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EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE
GUATAVITA CUNDINAMARCA S.A. ESP
EMSERGUATAVITA S.A ESP.:
 Informa a toda la comunidad que por la reducción de las lluvias y el aumento de
las temperaturas y por ende el descenso en los niveles de los afluentes se
prohíbe hacer Riegos, Lavar Fachadas, Carros, Buses y demás que tengan que
ver con el mal uso del preciado liquido, para lo cual los invitamos a almacenar
el agua necesaria para consumo, haciendo uso racional de ella.
¡Recordemos que gota a gota el agua se agota!
 También que el aprovechamiento ilícito del servicio de Agua Potable que presta
la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios constituye un delito, por lo que
solicita a todos sus usuarios abstenerse de las siguientes conductas:
ARTICULO 240. HURTO CALIFICADO. <Artículo modificado por el artículo 37 de la Ley
1142 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> La pena será de prisión de seis (6) a
catorce (14) años, si el hurto se cometiere
La pena será de cinco (5) a doce (12) años de prisión cuando el hurto se cometiere
sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas,
telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión o distribución de energía
eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de Acueducto y
Alcantarillado.
(…)
ARTÍCULO 256. DEFRAUDACIÓN DE FLUÍDOS. El que mediante cualquier mecanismo
clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de
energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno,
incurrirá en prisión de dieciséis (16) a setenta y dos (72) meses y en multa de uno
punto treinta y tres (1.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
Nit: 900318086-4
E-mail [email protected]
Tel. 8577069 Ext.14
Guatavita - Cundinamarca