Universidad de Alicante - Instituto Multidisciplinar para el Estudio

PLIEGO DE CONDICIONES
Convocatoria Pública
No. 005 de 2014
SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
PARA EL MERCADO REGULADO
Subgerencia Comercial
Transacciones de Energía
Armenia, Noviembre de 2014
TABLA DE CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCIÓN...................................................................................................................................... 4
1.
INFORMACIÓN A LOS PROPONENTES ...................................................................................... 5
1.1
1.2
1.3
1.4
1.5
1.6
1.7
1.8
1.9
1.9.1
1.10
1.11
1.12
1.13
1.14
2.
DEFINICIONES ........................................................................................................................................................ 5
OBJETO ................................................................................................................................................................... 5
TRANSPARENCIA .................................................................................................................................................... 5
INVITACIÓN PÚBLICA ............................................................................................................................................. 6
VALOR Y RETIRO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES ............................................................................................. 6
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS .......................................................................................................... 6
LUGAR, FECHA Y HORA DEL CIERRE ....................................................................................................................... 6
CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIONES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA......................................................... 7
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA EMPRESA ................................................... 7
De las Inhabilidades e Incompatibilidades Sobrevinientes .................................................................................... 7
FIRMA DE LA PROPUESTA ...................................................................................................................................... 7
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ........................................................................................................................ 7
VALIDEZ DE LA PROPUESTA ................................................................................................................................... 8
INTERPRETACIÓN, ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PLIEGO DE CONDICIONES .......... 8
MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ........................................................................................................................ 8
CONDICIONES DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ........................................................................ 9
2.1
2.2
2.3
2.4
2.5
3.
DURACIÓN DEL SUMINISTRO ................................................................................................................................. 9
ENERGÍA REQUERIDA ............................................................................................................................................. 9
TIPOS DE CONTRATO ............................................................................................................................................. 9
MODALIDADES DE OFERTAS .................................................................................................................................. 9
PRECIOS DE LA PROPUESTA ................................................................................................................................. 10
DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ............ 11
3.1
3.1.1
3.1.2
3.1.3
3.1.4
3.1.5
3.1.6
3.1.7
3.1.8
4.
INFORMACIÓN GENERAL ..................................................................................................................................... 11
Carta de Presentación de la Propuesta: ............................................................................................................... 11
Anexos de la Propuesta: ....................................................................................................................................... 13
Certificado de Inscripción Ante el ASIC ................................................................................................................ 13
Certificado de Existencia y Representación Legal de EL PROPONENTE................................................................ 13
Paz y Salvo de Obligaciones al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales ............................................ 14
Garantía de Seriedad de la Propuesta.................................................................................................................. 14
Copia del RUT actualizado .................................................................................................................................... 16
Formulario de Prevención Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo ..................................................... 16
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ................................................................. 19
4.1
4.2
4.3
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS ............................................................................................................................. 19
CAUSAS GENERALES DE DESCALIFICACIÓN Y/O RECHAZO DE PROPUESTAS ....................................................... 19
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ...................................................................................................................... 19
4.3.1
Parámetros de evaluación ................................................................................................................... 19
4.3.2
Procedimiento para Evaluación de Propuestas ................................................................................... 19
4.3.3
Propuestas Alternativas ...................................................................................................................... 20
5.
PROPONENTES SELECCIONADOS ........................................................................................... 21
5.1
DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN ....................................................................... 21
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5.2
5.3
5.4
5.5
5.5.1
5.5.2
5.5.3
5.5.4
5.6
5.7
5.8
5.8.1
5.8.2
5.8.3
5.8.4
5.8.5
5.8.6
5.8.7
5.8.8
COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA OFERTA ............................................................................ 21
DEVOLUCIÓN DEL CONTRATO FIRMADO ............................................................................................................. 21
DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD ..................................................................................................... 21
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO ............................................................................................................................ 22
GARANTÍA ÚNICA ................................................................................................................................................. 22
Amparo de Cumplimiento .................................................................................................................................... 22
Registro del Contrato ........................................................................................................................................... 22
Deducciones por Incumplimientos....................................................................................................................... 22
PUNTOS DE ENTREGA .......................................................................................................................................... 23
CANTIDAD CONTRATADA ..................................................................................................................................... 23
CONDICIONES COMERCIALES............................................................................................................................... 23
Mecanismo de Indexación de los Precios ............................................................................................................ 23
Presentación y Liquidación del Medio de Cobro .................................................................................................. 23
Entrega del Medio de Cobro ................................................................................................................................ 23
Forma de Pago ..................................................................................................................................................... 24
Garantías de Pago ................................................................................................................................................ 24
Interés de Mora ................................................................................................................................................... 24
Impuestos y Deducciones .................................................................................................................................... 24
Cesión del Contrato ............................................................................................................................................. 25
6.
MINUTA DEL CONTRATO ........................................................................................................... 26
7.
TABLAS CANTIDADES DE ENERGÍA SOLICITADA ................................................................. 32
TABLA 7.1 Periodo Enero 1 a Diciembre 31 de 2018, en kW .............................................................................................. 32
TABLA 7.2 Periodo Enero 1 a Diciembre 31 de 2019, en kW .............................................................................................. 33
TABLA 7.3 Factores de Indexación IPP e IPC ....................................................................................................................... 34
8.
ANEXOS ........................................................................................................................................ 35
8.1
CANTIDADES DE ENERGÍA A SUMINISTRAR ......................................................................................................... 35
Anexo 8.1.1 Oferta Básica Mensual para la Convocatoria Pública No. 005-2014 ............................................................... 35
Anexo 8.1.2 Ofertas Alternativas Estacionales para la Convocatoria Pública No. 005-2014............................................... 35
Anexo 8.1.3 Oferta Alternativa Anual para la Convocatoria Pública No. 005-2014 ............................................................ 36
Anexo 8.1.4 Oferta Alternativa Global para la Convocatoria Pública No. 005-2014 ........................................................... 36
8.2
EJEMPLO DE CALCULO DE GARANTÍA DE SERIEDAD ............................................................................................ 36
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INTRODUCCIÓN
La Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P - EDEQ S.A. E.S.P- quien en adelante se llamará LA
EMPRESA, de acuerdo con lo establecido en las Leyes 142 y 143 de julio de 1994 y dando cumplimiento a los
requerimientos de las Resoluciones emitidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, en
especial la Resolución 024 de 1995, 020 de 1996, 167 de 2008 y 134 de 2013 están interesadas en recibir
ofertas de energía y potencia eléctrica para atender su mercado regulado, en las cantidades que se definen
en este pliego.
De acuerdo con criterios comerciales y principios de igualdad de condiciones y oportunidades para todos los
que intervienen en el negocio de suministro de energía eléctrica, LA EMPRESA invita a las diferentes
empresas comercializadoras y generadoras, a participar en la presente Convocatoria Pública, cumpliendo de
esta manera con la normatividad vigente para la compra de energía destinada a cubrir la demanda del
mercado regulado.
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1.
1.1
INFORMACIÓN A LOS PROPONENTES
DEFINICIONES
LA EMPRESA: La Empresa de Energía del Quindío S.A. ESP., es una Sociedad Anónima, clasificada
legalmente como una empresa de servicios públicos mixta de Nacionalidad Colombiana, sociedad que, por
ser de Servicios Públicos Domiciliarios se rige por las normas de la Ley 142 y 143 de 1994; y en lo no previsto
en ellas se regirá por las reglas del Código del Comercio en cuanto a las Sociedades Anónimas.
EDEQ S.A. E.S.P. pertenece al Grupo Empresarial EPM, siendo este su accionista mayoritario.
EL PROPONENTE: Empresas que hayan adquirido el Pliego de Condiciones directamente de LA EMPRESA,
que tengan la categoría de Generadores o Comercializadores, incluyendo Plantas Menores y que se
encuentren inscritos y a paz y salvo ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales -ASIC-.
Igualmente que no se encuentren incursos en alguna de las causales de retiro del mercado o de limitación de
suministro establecidas en la regulación, teniendo en cuenta que no se aceptarán uniones temporales o
consorcios.
EL CONTRATISTA: Empresa (s) a la (s) cual (es) LA EMPRESA le ha aceptado la oferta realizada y/o ha
firmado contratos para el suministro de energía y potencia.
1.2
OBJETO
El objeto de la presente Convocatoria Pública es recibir propuestas para contratar el suministro de energía y
potencia eléctrica requerida para atender el mercado regulado de LA EMPRESA, incluyendo las pérdidas
correspondientes en el Sistema de Transmisión Nacional, para el período del 01 de Enero de 2018 al 31 de
Diciembre de 2019.
1.3
TRANSPARENCIA
LA EMPRESA, en su compromiso con la implementación de buenas prácticas de buen gobierno y el
fortalecimiento del principio de transparencia en la gestión, pone a disposición de sus grupos de interés,
canales para la denuncia de hechos y sucesos que en relación con la prestación del Servicio de Energía
Eléctrica en el Departamento del Quindío, puedan afectar negativamente sus intereses.
Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vinculen o puedan vincular a sus
trabajadores en prácticas indebidas para el favorecimiento de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas,
solicitamos, para efectos de las investigaciones correspondientes se informe través de alguno de los
siguientes medios:

Línea gratuita 018000-96-4545, donde recibirás atención en horarios de oficina de EDEQ (7 am a 12 m y
de 1:30 pm a 6 pm), a través de una persona calificada para este tipo de atención.

En nuestro Correo Ético [email protected] a través del cual registramos el caso para su posterior
análisis.
Para EDEQ es muy importante sus denuncias en pro de la construcción de prácticas acordes con nuestro
modelo de trasparencia, valores, código de ética y código de Buen Gobierno Corporativo.
La información obtenida será manejada con la más alta discreción y se reservará la identidad de quien la
suministre.
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1.4
INVITACIÓN PÚBLICA
LA EMPRESA formulan invitación pública a los interesados en presentar ofertas, mediante publicación en la
página Web de EDEQ S.A E.S.P. http://www.edeq.com.co link Contrataciones, mediante aviso de prensa, en
un diario de reconocida cobertura y amplia circulación nacional, de conformidad con lo dispuesto en
Resoluciones CREG 020 de 1996, CREG 167 de 2008 y CREG 134 de 2013.
1.5
VALOR Y RETIRO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
El presente pliego de condiciones tiene un precio unitario no reembolsable de seiscientos cincuenta mil pesos
moneda corriente ($650,000.oo M/Cte.), los cuales deben ser consignados como fecha máxima, el 27 de
Noviembre de 2014, fecha límite fijada para la venta de pliegos, en la cuenta de ahorros BANCO DE
OCCIDENTE Cuenta No 031867740, a nombre de EDEQ S.A. E.S.P Nit 800.052.640-9 en la consignación
deberá escribir claramente la Razón Social del oferente y relacionar en el campo referencia 1: Convocatoria
EDEQ No. 005-2014 y en referencia 2: el Nit del oferente. Copia de la consignación, por su valor exacto, debe
ser entregada a LA EMPRESA a más tardar en la fecha de cierre, es decir, el 27 de Noviembre de 2014, a
las 9:00 a.m. hora local, por vía fax al número (0_6) 7413100 ext. 1090 de la ciudad de Armenia o vía correo
electrónico a las direcciones: [email protected] y [email protected]
El pliego puede adquirirse a partir de las 7:00 horas del día 05 de Noviembre de 2014, en el Esquema
Comercial T&D de EDEQ S.A E.S.P, ubicada en la carrera 13 N° 14-17 de Armenia Quindío, Piso 3, también
en la página Web: www.edeq.com.co o a través del correo electrónico: [email protected] o
[email protected]
Sólo podrán presentar oferta quienes hayan cancelado el valor del pliego de condiciones. Este pliego no se
podrá ceder.
1.6
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
De conformidad con el literal i del artículo 5 de la Resolución CREG 020 de 1996 modificado por el artículo 2
de la Resolución CREG 167 de 2008, el plazo de preparación y presentación de las ofertas, que LA
EMPRESA otorga, será de 15 días hábiles, contados a partir del 05 de noviembre de 2014 desde las 7:00
a.m. y hasta el 27 de noviembre de 2014 a las 9:00 a.m., hora local.
1.7
LUGAR, FECHA Y HORA DEL CIERRE
Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la GERENCIA COMERCIAL TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN
ENERGÍA de LA EMPRESA, situada en la carrera 58 No. 42-125, Edificio Empresas Públicas de Medellín,
piso 8, oficina 8-423, Medellín, a más tardar el día 27 de Noviembre de 2014 a las 9:00 a.m., hora local,
donde se les marcará con la fecha y hora de entrega y serán depositadas inmediatamente en una urna
sellada.
A continuación de la hora mencionada se procederá a la apertura pública de la urna y de las ofertas
contenidas en ésta. No se aceptan ofertas por correo electrónico ni vía fax.
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1.8
CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIONES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA
Toda la correspondencia relacionada con la presente Convocatoria Pública, a excepción de las ofertas,
deberá ser dirigida a la Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P –EDEQ S.A E.S.P.-, ubicada en la carrera
13 N° 14-17 en la ciudad de Armenia, Quindío, Piso 3, al Esquema Comercial T&D de EDEQ S.A E.S.P, o a
las direcciones electrónicas: [email protected], [email protected] y, o al fax número (+6)
7413100 ext 1090 o al teléfono (+6) 7413100 ext 1246.
1.9
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA EMPRESA
Las inhabilidades e incompatibilidades que regirán en este Proceso de Contratación, son las contempladas en
la Constitución y la ley, especialmente aquellas señaladas en la Ley 142 de 1994 y el artículo 8 de la Ley 80
de 1993, Ley 1474 de 2011 o en las normas que lo modifiquen o adicionen.
EL PROPONENTE presentará una manifestación por escrito, donde conste que la sociedad que representa
no se halla incursa en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con LA EMPRESA.
1.9.1 De las Inhabilidades e Incompatibilidades Sobrevinientes
Si llegaren a sobrevenir inhabilidades e incompatibilidades durante la ejecución del contrato, EL
CONTRATISTA cederá el contrato, previa autorización escrita de LA EMPRESA, a una sociedad que cumpla
con las exigencias regulatorias vigentes exigidas por la CREG o si ello no fuere posible, renunciará a su
ejecución. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga de EL PROPONENTE dentro de este
proceso de Convocatoria Pública, se entenderá que renuncia a la participación en éste y a los derechos
surgidos del mismo.
1.10
FIRMA DE LA PROPUESTA
Este requisito se cumple con la firma de la carta de presentación y deberá hacerlo el representante legal o
apoderado de la persona jurídica de EL PROPONENTE.
1.11
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
EL PROPONENTE deberá presentar su propuesta en el lugar y fecha señalados en el numeral 1.7 LUGAR,
FECHA Y HORA DEL CIERRE. El original y 1 (una) copia de la propuesta serán puestos dentro de sobres o
paquetes separados, debidamente cerrados y marcados respectivamente como “Original” y “Copia”. Deberá
presentarse además copia de la propuesta en medio magnético (CD o memoria USB), teniendo en cuenta que
debe incluir todos los documentos de la propuesta escaneados por separado. Cada sobre será marcado con
la fecha y hora de recibo y será depositado dentro de una urna sellada.
Los sobres o paquetes deberán identificarse de la siguiente manera:

Estarán dirigidos a Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P - EDEQ S.A. E.S.P a la siguiente
dirección: GERENCIA COMERCIAL TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN ENERGÍA, carrera 58 No. 42-125,
Edificio Empresas Públicas de Medellín, centro de actividad 7500, oficina 8-423, Medellín.

Deberán ser rotuladas con el nombre de “Convocatoria Pública No. 005-2014, Mercado Regulado"

Indicarán además el nombre y dirección de EL PROPONENTE con el fin de que sea posible devolverle la
propuesta sin abrir, en caso de ser presentada extemporáneamente.
Si el sobre o paquete fuese entregado y depositado sin cerrar o sin las constancias requeridas en el párrafo
anterior, LA EMPRESA no asumirán responsabilidad alguna, en caso de que la propuesta sea traspapelada o
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abierta prematuramente. Las propuestas que reciban LA EMPRESA después del plazo fijado por ellas para la
recepción serán rechazadas y devueltas a EL PROPONENTE en las mismas condiciones en que fueron
recibidas. Si la oferta es enviada por correo debe hacerse con la suficiente antelación para que sea recibida
en LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. en la dirección antes mencionada, a más tardar en la
fecha y hora que se indicó. En todo caso LA EMPRESA no será responsable del retardo o extravío ni de otros
hechos desfavorables a EL PROPONENTE que se deriven de esta forma de entrega. Para garantizar el
estricto cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 020 de 1996, LA EMPRESA no aceptará
propuestas enviadas por fax o correo electrónico.
En caso de presentarse diferencias entre los documentos y formularios incluidos en la propuesta rotulada
como original y copia y/o los anexos de cantidades y precios, para todos los efectos primará el contenido del
sobre original, de manera que será éstos los incluidos en el proceso de evaluación y adjudicación de la
presente convocatoria. Igualmente si se presentan discrepancias entre el precio total y el unitario, prevalecerá
el monto expresado en palabras, de igual manera en caso de presentarse diferencias entre la información
escrita y la consignada en medio magnético, prevalecerá la información consignada en medio escrito como
copia original.
1.12
VALIDEZ DE LA PROPUESTA
En consonancia con el literal k del artículo 5 de la Resolución CREG 020 de 1996 modificado por el artículo 2
de la Resolución CREG 167 de 2008, la propuesta deberá tener una validez de quince (15) días calendario
contados a partir de la fecha de cierre de presentación de ofertas.
1.13
INTERPRETACIÓN, ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PLIEGO DE
CONDICIONES
Para la preparación de la oferta EL PROPONENTE deberá examinar todas las instrucciones, formularios,
condiciones, especificaciones y anexos que figuren en este Pliego de Condiciones.
En caso de duda EL PROPONENTE no debe asumir interpretaciones de los documentos del Pliego de
Condiciones, sino que debe solicitar aclaración mediante comunicación escrita dirigida al Esquema Comercial
T&D - EDEQ S.A. E.S.P, Carrera 13 N° 14-17, Piso 3, Armenia/Quindío, o a las direcciones electrónicas:
[email protected], [email protected], o vía fax al número (+6) 7413100 ext 1090, hasta
el 13 de noviembre de 2014. LA EMPRESA responderá por el mismo medio a más tardar el 21 de
noviembre de 2014 a la dirección informada por EL PROPONENTE y enviará copia de las aclaraciones
relevantes a quienes a la fecha hayan comprado el Pliego de Condiciones. No se aceptarán solicitudes de
aclaraciones, ni se responderán a éstas por medio telefónico. Sólo se dará respuesta a los proponentes que
hayan hecho efectiva la consignación por concepto de retiro del Pliego de Condiciones, para cuyo efecto
deberá ser enviada a las direcciones electrónicas: [email protected], [email protected]
Dado que la minuta hace parte integrante del Pliego de Condiciones, EL PROPONENTE deberá presentar
observaciones a la misma, durante el período establecido en el párrafo anterior. LA EMPRESA no aceptará
observaciones a la minuta con posterioridad al día 21 de noviembre de 2014.
LA EMPRESA, podrá, 2 (dos) días calendarios antes de que venza la entrega de propuestas, modificar el
plazo para presentar propuestas y modificar el Pliego de Condiciones mediante adenda dirigida a quienes a la
fecha hayan retirado dicho documento.
1.14
MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
Cualquier modificación que EL PROPONENTE quiera introducir a su propuesta deberá ser hecha en la misma
forma y por los mismos medios que los descritos para las propuestas, antes de la fecha y hora de cierre de la
Convocatoria Pública. La propuesta no podrá ser modificada con posterioridad a esa fecha y hora, so pena de
que se haga efectiva la Garantía de Seriedad de la propuesta, al que se hace referencia el numera 3.1.6 en su
totalidad.
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2.
2.1
CONDICIONES DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA
DURACIÓN DEL SUMINISTRO
LA EMPRESA requiere contratar el suministro de energía y potencia eléctricas requeridas para atender
parcialmente su demanda regulada durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 al 31 de
diciembre de 2019.
LA EMPRESA podrá contratar con uno o varios proponentes que presenten oferta para cada uno de los
meses del período solicitado, bajo la modalidad Pague Lo Contratado, según lo que convenga con sus
intereses económicos y en todo caso, con sujeción a los lineamientos contemplados en las Resoluciones
CREG 020 de 1996, CREG 167 de 2008 y CREG 134 de 2013 o aquellas que con posterioridad las
modifiquen, adicionen o sustituyan.
2.2
ENERGÍA REQUERIDA
En el numeral 7. CANTIDADES DE ENERGÍA REQUERIDA del presente pliego de condiciones, han sido
incluidas las cantidades estimadas de energía mensual y horaria requerida por LA EMPRESA para el período
comprendido entre el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019, que corresponden en demanda
horaria a la estimación de la curva de carga horaria del mercado regulado de LA EMPRESA. (Tablas No. 7.1 y
7.2)
LA EMPRESA se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas de acuerdo con su conveniencia
económica, siempre y cuando no se modifiquen la minuta del contrato y los términos del pliego de
condiciones, pero no se aceptarán ofertas alternativas con precios no determinados.
2.3
TIPOS DE CONTRATO
LA EMPRESA aceptará ofertas que consideren el período 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019,
con la modalidad de contrato tipo Pague lo Contratado, de acuerdo con las Tablas No. 7.1 y 7.2 donde los
valores horarios se consideran como topes hasta por los cuales LA EMPRESA podrá hacer la aceptación.
Se aclara que los contratos que se firmen como resultado de este proceso no desplazarán a ninguno de los
contratos existentes. Los nuevos contratos que surjan de futuras solicitudes públicas de ofertas, estarán
diseñados de manera que se evite el desplazamiento de éstos y otros contratos, LA EMPRESA podrá
inaplicar esta condición cuando a El CONTRATISTA se le aplique una limitación de suministro, de acuerdo
con las Resoluciones CREG 116 de 1998, CREG 001 de 2003, CREG 063 de 2003 y CREG 156 de 2011 o
aquellas que con posterioridad las modifiquen, adicionen o sustituyan. En caso de establecerse nuevos
mecanismos de compra de energía como ha propuesto la CREG, se advierte que éstos se sujetarán a las
reglas allí señaladas para todos los agentes del sector.
2.4
MODALIDADES DE OFERTAS
LA EMPRESA aceptará ofertas que consideren porcentajes parciales y suministros parciales, es decir,
mensuales, estacionales, anuales y global, siempre cumpliendo con los tipos de contrato, Las ofertas deben
presentarse como se definen en el numeral 8.1., Cantidades de Energía a Suministrar, del presente pliego
de condiciones en los Anexos No. 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3 y 8.1.4. Estos anexos hacen parte integrante de la
propuesta. Se recibirán ofertas alternativas que consideren indexación con IPP o IPC, para lo cual EL
PROPONENTE deberá seleccionar uno de los dos factores de indexación para la presentación de su oferta, y
sólo serán tenidas en cuenta si son económicamente convenientes para LA EMPRESA.
Las estaciones para esta Convocatoria Pública se definen de la siguiente forma:
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
Verano de 2018:
Enero a Abril de 2018 y Diciembre de 2018

Invierno de 2018:
Mayo a Noviembre de 2018

Verano de 2019:
Enero a Abril de 2019 y Diciembre de 2019

Invierno de 2019:
Mayo a Noviembre de 2019
Los suministros temporales se definen así:

Suministro Mensual: Para todos o cada uno de los meses a comprar.

Suministro Estacional: Para todas o cada una de los estaciones a comprar, o sea que aplica para todos
los meses de la estación. El porcentaje (%) aceptado será proporcional a la energía o potencia solicitadas
en cada mes.

Suministro Anual: Para todos o cada uno de los años a comprar.

Suministro Global: Para el período completo a comprar, o sea que aplica para los meses objeto de
compra.
EL PROPONENTE deberá tener en cuenta lo siguiente al completar cada una de las Tablas: En la Columna
No. 2 debe definir el porcentaje ofertado, hasta máximo el 100% de lo solicitado, teniendo en cuenta el tipo de
contrato; es decir, el porcentaje máximo que está dispuesto a venderle a LA EMPRESA de la energía
requerida para atender la demanda solicitada, en los meses, estaciones, años u oferta global en que desee
ofertar. LA EMPRESA se reserva el derecho de aceptar la oferta por cualquier porcentaje hasta el máximo
ofertado y se entiende que el precio presentado en la Columna No. 3 es el mismo para cualquier cantidad
dentro del porcentaje ofertado y que el porcentaje ofertado aplica para todas las horas del mes, estación, año
y oferta global.
En el Anexo 8.1.2 de Ofertas Estacionales los porcentajes presentados en la Columna No. 2 y los precios
ofertados en la Columna No. 3, deben ser los mismos para todos los meses de la estación correspondiente. Si
esto no se cumple en alguna de las estaciones, se evaluará la oferta de esa estación en las Tablas No. 7.1 y
7.2 como una oferta alternativa mensual y así podrá ser aceptada.
En el Anexo 8.1.3 de Oferta anual los porcentajes presentados en la Columna No. 2 y los precios ofertados en
la Columna No. 3, deben ser los mismos para los meses solicitados de cada año. Si esto no se cumple, se
evaluará la oferta anual en las Tablas No. 7.1 y 7.2 como una oferta alternativa mensual y así podrá ser
aceptada.
En el Anexo 8.1.4 de Oferta Global los porcentajes presentados en la Columna No. 2 y los precios ofertados
en la Columna No. 3, deben ser los mismos para los 24 meses solicitados. Si esto no se cumple, se evaluará
la oferta Global en las Tablas No. 7.1 y 7.2 como una oferta alternativa mensual y así podrá ser aceptada.
2.5
PRECIOS DE LA PROPUESTA
Los precios de la propuesta serán expresados en pesos por kilovatio-hora ($/kWh) con dos cifras decimales,
en forma de precio monomio en pesos colombianos constantes de octubre de 2014. LA EMPRESA se
reserva el derecho de calificar propuestas que consideren otros esquemas de precios, siempre y cuando los
esquemas se puedan comparar.
Los precios cotizados en todas las propuestas deben incluir todos los cargos que según la reglamentación
vigente en la fecha de apertura de propuestas sean responsabilidad de EL PROPONENTE.
LA EMPRESA, podrá considerar como ofertas alternativas aquellas que contengan descuentos por pronto
pago, cuyo plazo de pago sea menor al establecido en el numeral 5.8.4 Forma de Pago y que sea posterior al
mes de entrega de la energía, siempre sujeto a lo estipulado en los numerales 1.2 OBJETO, 2.3 TIPOS DE
CONTRATO y 2.4 MODALIDADES DE OFERTAS.
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3. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
3.1
INFORMACIÓN GENERAL
LA EMPRESA podrá contratar la energía y potencia eléctrica requerida para la atención de la demanda de su
mercado regulado con uno o varios proponentes, quienes serán responsables de cumplir con todas las
condiciones, requisitos técnicos y legales requeridos por la autoridad competente, y los descritos en este
pliego de condiciones, para celebrar y ejecutar el contrato de suministro de energía.
A continuación se indica el contenido de las propuestas y la forma como deben diligenciarse los formularios,
propuestas que deberán ceñirse a lo establecido en la presente convocatoria y estarán integradas por los
siguientes documentos:
3.1.1 Carta de Presentación de la Propuesta:
MODELO
Lugar y fecha: ________________
Número de radicación: ____________
Señores
EMPRESA DE ENERGÍA DEL QUINDIO S.A. E.S.P
ÁREA GESTIÓN COMERCIAL
ESQUEMA COMERCIAL T&D
Armenia
Asunto: Presentación de oferta para el suministro de energía eléctrica, Convocatoria Pública No. 005-2014,
para el período 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2019.
De acuerdo con las condiciones que se estipulan en el Pliego de Condiciones de la Convocatoria Pública No.
005-2014, y después de haber examinado cuidadosamente las características del suministro de energía
especificadas en dicho Pliego y en sus anexos, y luego de haber recibido las aclaraciones solicitadas,
declaramos que los aceptamos en su integridad, y por ello presentamos oferta para el suministro de energía
eléctrica al mercado regulado de LA EMPRESA durante el(los) período(s) comprendido(s) entre
______________________________. De ser favorecidos, presentaremos la documentación requerida y
devolveremos a LA EMPRESA el contrato firmado a más tardar 10 (diez) días hábiles después de la fecha de
recibo del texto del contrato, para su registro ante el ASIC, entendiendo que de acuerdo con el Código de
Comercio, una vez aceptada la oferta, surgen las obligaciones contractuales para las partes, las que no
dependen de la firma del contrato, y queda claro que el registro operará como requisito para su control,
inscripción y ejecución ante el ASIC.
Ejecutaremos el contrato por los precios, en los plazos y con los términos establecidos en el Pliego de
Condiciones y nuestra propuesta de suministro.
Mantendremos válida nuestra oferta por el término de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha
de cierre de presentación de propuestas, y procederemos a ampliar su validez y la vigencia de Garantía de
Seriedad si se diere el supuesto contemplado en este pliego.
Manifestamos que no nos hayamos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad
consignadas en la ley y que de sobrevenir alguna de ellas cederemos el contrato, previa autorización escrita
de LA EMPRESA y que de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar su ejecución.
Declaramos que la información contenida en nuestra oferta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas
que LA EMPRESA considere necesarias para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para
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LA EMPRESA conforme a las exigencias de los documentos de esta contratación, aceptamos que nuestra
oferta sea eliminada.
Declaramos que en el desarrollo de nuestro objeto social respetamos y damos plena observancia a los
Derechos Humanos reconocidos universalmente por la ONU y por el Sistema Interamericano de Derechos
Humanos de la OEA, incluida la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia consagrados en la
Convención Internacional de los Derechos del Niño, incorporados al ordenamiento jurídico colombiano por la
Ley 12 de 1991, y en la Ley 1098 de 2006. De igual manera, manifestamos que cumplimos de manera integral
las normas legales en materia laboral (salarios, prestaciones sociales, seguridad social e impuestos aplicables
y relacionados).
Manifiesto a EDEQ, que conforme a la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2014, acepto que mis datos
personales y los de mi compañía se encuentren incluidos en las bases de datos de oferentes, proveedores y
contratistas de EDEQ. De igual manera, conozco que tengo la posibilidad de acceder en cualquier momento a
dichos datos personales y el derecho de solicitar expresamente, en cualquier momento, su corrección,
actualización o supresión, en los términos establecidos por la normatividad precitada, dirigiendo una
comunicación escrita al correo electrónico [email protected]”
Atentamente,
Nombre de EL PROPONENTE:
NIT de EL PROPONENTE:
Número o Código de inscripción de
Cámara de Comercio
Dirección completa:
Teléfono No:
Fax No:
Nombre del Responsable de gestionar la
Oferta:
Teléfono y dirección electrónica del
Responsable:
Nombre del Representante Legal:
Documento de identidad del
Representante Legal:
Firma del Representante Legal:
¿Es Auto retenedor de Impuesto de Industria y Comercio en su Municipio?
Sí_____________
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No____________
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Si su respuesta es afirmativa, favor informar el Municipio._______________________.
Adicionalmente, EL PROPONENTE deberá indicar que la información consignada en su oferta tiene el
carácter de reservada, invocando expresamente la norma jurídica en que se fundamenta, con el fin de que LA
EMPRESA se abstenga de entregar la misma cuando cualquier persona natural o jurídica, ejerciendo el
derecho de petición, solicite copia de las ofertas. En el evento de no señalar las normas específicas que le
otorgan ese carácter, se tendrá por no escrito el aviso de reserva.
Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada, no es
suficiente con hacer mención simplemente de las normas que en su criterio le otorgan tal carácter, sino que
adicionalmente, en documento anexo a la carta de presentación, suscrito por el representante legal, debe
señalar expresa y debidamente los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter
mencionado. En el evento de no citar las normas legales, o habiéndolas citado no señale los fundamentos
correspondientes, se entenderá que ningún documento o parte de la oferta tiene el carácter de reservado y
que LA EMPRESA se encuentra autorizadas para suministrar la información que le sea solicitada por otro
oferente o un tercero.
3.1.2 Anexos de la Propuesta:
EL PROPONENTE deberá indicar en formatos idénticos a los del numeral 8.1 Cantidades de Energía a
Suministrar, del presente Pliego de Condiciones, las cantidades y porcentajes que ofrece para atender la
demanda requerida por LA EMPRESA, así mismo deberá indicar los precios de oferta en pesos colombianos
de octubre de 2014, por kilovatio-hora, con dos cifras decimales.
3.1.3 Certificado de Inscripción Ante el ASIC
EL PROPONENTE deberá anexar certificación del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales –
ASIC- que está inscrito como agente del Mercado de Energía Mayorista y que al momento de la presentación
de la oferta se encuentra a paz y salvo por todas sus transacciones en la Bolsa de Energía incluyendo STN y
STR, o que tiene acuerdo de pago vigente, y que no está incurso en procesos de limitación de suministro de
acuerdo con las Resoluciones CREG 116 de 1998, CREG 001 de 2003, CREG 063 de 2003 y CREG 156 de
2011 o aquellas que con posterioridad las modifiquen, adicionen o sustituyan. Esta certificación deberá tener
máximo 30 días de expedición al momento de la apertura de las Ofertas.
Dicha certificación podrá ser solicitada nuevamente por LA EMPRESA para la aceptación de las ofertas.
3.1.4 Certificado de Existencia y Representación Legal de EL PROPONENTE
Cuando EL PROPONENTE fuere persona jurídica de derecho privado, deberá acreditar, si es sociedad, su
existencia y representación mediante el certificado que para el efecto expida la Cámara de Comercio
correspondiente, teniendo en cuenta que la duración de la compañía, debe cubrir al menos un período igual al
plazo de ejecución del contrato y 1 (un) año más. Dicho certificado no deberá tener una antigüedad mayor de
3 (tres) meses, entre la fecha de su expedición y la fecha de cierre de esta contratación. Las demás entidades
lo harán, en la forma que corresponda conforme a la ley y el certificado deberá acreditar las mismas
exigencias.
Si el Representante Legal que firma la propuesta requiere de alguna habilitación especial, por ejemplo de
autorización previa de la Junta Directiva para realizar contratos de determinada cuantía, deberá presentarla
con la oferta. LA EMPRESA podrá exigir, en cualquier momento, la presentación de dicho documento.
Si EL PROPONENTE concurre por conducto de un apoderado, debe anexar el documento mediante el cual ha
conferido la representación a su apoderado, en el cual constarán expresamente los términos, el alcance de la
representación y la facultad para obligarlo.
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3.1.5 Paz y Salvo de Obligaciones al Sistema de Seguridad Social y Aportes Parafiscales
En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, las personas jurídicas deberán acreditar el pago de los
aportes por sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de
compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando
a ello hubiere lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con
los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo
régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los
seis 6 meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis 6
meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
El PROPONENTE deberá entregar un certificado expedido por el revisor fiscal o en su defecto por el
representante legal, mediante el cual se acredite el cumplimiento de las obligaciones Parafiscales a que hace
alusión el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en lo que corresponda la Ley 1607 de 2012 y la reglamentación
que se expida.
De igual forma, EL CONTRATISTA se compromete, durante la ejecución del contrato, al cumplimiento de sus
obligaciones ante los sistemas de Seguridad Social y Parafiscales cuando de acuerdo con su obligación haya
lugar, situación que acreditará ante LA EMPRESA con la presentación de cada cobro por suministro de
energía. LA EMPRESA no realizará el pago de la respectiva factura, hasta tanto no se aporte el paz y salvo
mencionado, sin que esta situación genere el pago de intereses de ningún tipo a favor de EL CONTRATISTA.
Las exigencias anteriores, aplican igualmente para la liquidación del contrato. En el momento de la liquidación
del contrato EL CONTRATISTA dejará constancia ante LA EMPRESA del cumplimiento y pago de tales
obligaciones durante toda su vigencia, estableciendo claramente lo cancelado por estos conceptos y el monto
que debieron haber cotizado o aportado. De encontrarse la existencia de alguna diferencia a cargo de EL
CONTRATISTA, LA EMPRESA podrá retener de las sumas adeudadas de la ejecución del contrato, el monto
del valor de los aportes y directamente hará el giro de dichos recursos a los correspondientes sistemas con
prioridad a los regímenes de salud y pensiones.
El hecho de no acreditar el cumplimiento de las obligaciones Parafiscales en el momento de la presentación
de la oferta dará lugar a la descalificación de la misma.
3.1.6 Garantía de Seriedad de la Propuesta
Cada propuesta deberá acompañarse de una garantía bancaria o de compañía de seguros a favor de
particulares o de empresas de servicios públicos, legalmente establecida en Colombia, de forma aceptable
para LA EMPRESA.
La garantía de seriedad de la oferta deberá tener una vigencia de cuarenta y cuatro (44) días calendario
contados a partir de la fecha de cierre de presentación de ofertas. Si EL PROPONENTE aceptado no firma sin
modificaciones unilaterales el contrato, o no presenta los documentos para su formalización, LA EMPRESA
podrá hacer efectiva la Garantía de Seriedad, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al
reconocimiento de perjuicios causados a las mismas y no cubiertos por el valor de la citada garantía.
Dicha garantía será respaldada con la firma del garantizado, el sello de cancelado o comprobante de pago por
parte del asegurador o certificado de cuenta corriente. La cuantía de la Garantía de Seriedad de la propuesta
será de 3% (tres por ciento) del valor de su Oferta Asegurable.
El tomador de la garantía deberá ser la persona que se hace responsable de la oferta. Mediante la
misma garantizará:

Que mantendrá la totalidad de su propuesta, sin modificaciones de ninguna clase, desde la fecha de cierre
del proceso de contratación y durante el período de validez de la oferta.

Que firmará el contrato, constituirá las garantías exigidas por LA EMPRESA y presentará los documentos
solicitados para su formalización.
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
Que aportará el certificado modificatorio ampliando la vigencia de la misma en el evento en que se le haya
solicitado la ampliación del término de la validez de la propuesta.
Igualmente la garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva si el proponente modifica, adiciona o retira su
oferta después del cierre para la presentación de ofertas de este proceso de contratación.
En la elaboración de las pólizas el oferente deberá constatar que el nombre de LA EMPRESA se consigne
como Empresa de Energía del Quindío S.A. ESP., NIT: 800.052.640-9. Igualmente el NIT y el nombre del
tomador o garantizado indicados en la garantía, deben corresponder exactamente con los que figuran en el
certificado de existencia y representación legal del oferente.
Ampliación de la garantía. En caso de que las necesidades de LA EMPRESA exijan la ampliación del plazo
para tomar una decisión sobre el proceso de contratación, los proponentes deberán ampliar la vigencia de la
garantía de seriedad por un período igual al de la ampliación del plazo; de todas maneras el proponente que
resulte favorecido con un contrato derivado del presente proceso de contratación, mantendrá vigente la
garantía de seriedad hasta que le sean recibidas y aprobadas por parte de LA EMPRESA las garantías y
demás documentos del contrato.
El valor de la Oferta a garantizar depende de si las ofertas son o no excluyentes. Como se expresa en el
numeral 4.3.2. Procedimiento para Evaluación de Propuestas, las ofertas son no excluyentes por definición, es
decir, LA EMPRESA considerará todas las ofertas simultáneamente a no ser que EL PROPONENTE
manifieste de forma explícita en su propuesta que sus ofertas son Excluyentes.

Ofertas No Excluyentes: Para cada mes, EL PROPONENTE deberá calcular la suma de los porcentajes
ofertados hasta un máximo del 100%, multiplicarla por la energía solicitada en cada mes y por su precio
máximo ofertado en el mes considerando tanto la oferta básica mensual como las alternativas, bajo
cualquiera de las modalidades mensual, estacional y global. Este procedimiento se repite para todos los
meses en los que exista al menos una modalidad de oferta y se calcula luego la suma de los valores
resultantes. Esta es la Oferta Asegurable, valor que debe multiplicarse por el 3%.

Ofertas Excluyentes: Para cada modalidad mensual, estacional y global, EL PROPONENTE deberá
calcular el valor de cada una de sus ofertas, tanto básica mensual como alternativas, multiplicando el
porcentaje ofertado en cada una de ellas por la cantidad de energía solicitada y por los precios ofertados.
Esos valores se comparan entre sí y se escoge aquella oferta de máximo valor como Oferta Asegurable,
valor que debe multiplicarse por el 3%.
Para claridad de los proponentes, en el numeral 8.2. Ejemplo Cálculo de Garantía de Seriedad se presenta
un ejemplo de los cálculos a realizar.
LA EMPRESA, teniendo en cuenta las diversas variantes de ofertas a presentar, admitirá desviaciones
máximas de un 20% (veinte por ciento) en el cálculo del valor de la garantía de seriedad de la oferta.
LA EMPRESA, teniendo en cuenta las desviaciones, podrán solicitar al PROPONENTE, ajustar la garantía. En
caso de que el PROPONENTE se negare a hacerlo, LA EMPRESA podrá hacer efectiva la garantía de
seriedad.
Así mismo, si EL PROPONENTE aceptado no firma sin modificaciones el contrato o tiene impedimento para
hacerlo por incumplimiento de alguna de sus obligaciones, LA EMPRESA podrá informar dentro de los 5 días
hábiles siguientes del conocimiento del hecho, al Proponente calificado en el siguiente lugar que se le acepta
su oferta, siempre y cuando su propuesta sea económicamente conveniente para LA EMPRESA. Dicho
proponente deberá ampliar la garantía de seriedad si fuese necesario y garantizar el registro del contrato ante
el ASIC, a través de una Garantía de Cumplimiento.
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3.1.7 Copia del RUT actualizado
EL PROPONENTE debe adjuntar en su oferta una copia legible del Registro Único Tributario RUT, expedido
por la DIAN. En cumplimiento con lo establecido por la Resolución 139 de Noviembre 21 de 2012 y la
Resolución 154 de Diciembre 14 de 2012, se requiere que el RUT se encuentre debidamente actualizado en
lo que corresponde al código de actividad económica de acuerdo a la nueva clasificación del CIIU y a la
clasificación como Grandes Contribuyentes según la Resolución 0041 de Enero 30 de 2014.
3.1.8 Formulario de Prevención Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
FORMULARIO
CONVOCATORIA PÚBLICA No. 005-2014
PREVENCIÓN LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
Introducción e instrucciones
Empresa de Energía del Quindío S.A. ESP., en su calidad de sujeto responsable de contar con un sistema de
gestión de riesgos Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, en adelante LA/FT, ha dispuesto el
presente formulario para quienes deseen vincularse con ella, en coherencia con sus actuales Políticas de
Gestión Integral de Riesgos y de Responsabilidad Social Empresarial.
El presente formato debe ser entregado con la propuesta y ser diligenciado totalmente.
Tenga en cuenta que:
a) Es posible que alguna información no aplique, en cuyo caso así se deberá expresar.
b) En el caso de personas jurídicas, el formato debe ser rubricado por el Representante Legal,
acompañándolo de fotocopia de su cédula de ciudadanía y del RUT de la empresa.
c) Para el caso de las personas naturales, el formato debe ser rubricado por el proponente (persona natural)
adjuntando fotocopia de su cédula de ciudadanía y del RUT.
d) Diligenciar los siguientes datos:
N° de PC: _______________
Valor en $: _________________
SMMLV:_____________
Información básica de la empresa
Nombre, razón o denominación social:
Identificación:
Dirección:
Ciudad:
Teléfono:
Celular:
e-mail 1:
e-mail 2:
Información del representante legal
Nombres:
Apellidos:
Identificación:
Teléfono:
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Fecha y Lugar de Expedición:
Celular:
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Dirección:
Ciudad:
e-mail:
Información de miembros de junta directiva, consejo de administración o su equivalente
Nombres:
Apellidos:
Identificación:
Fecha y Ciudad de Expedición:
Teléfono:
Celular:
Dirección:
Ciudad:
e-mail:
Información de revisores fiscales
Nombres:
Apellidos:
Identificación:
Fecha y Lugar de Expedición:
Cargo (indicar si es principal o suplente):
Teléfono:
Celular:
Dirección:
Ciudad:
e-mail:
En caso de tener una firma o persona jurídica, indicar los datos de la misma:
Razón social:
Identificación:
Accionistas o socios con participación superior o igual al cinco por ciento (5%)
Certifico que los asociados, accionistas o socios que tienen una participación superior o igual al CINCO
POR CIENTO (5%) de participación en el capital social de la entidad que represento son las personas
naturales o jurídicas que aparecen en la siguiente relación:
Nombres
Fecha de
Lugar de Participació
y
Expedición Expedición
n en el
Identificación*
Dirección
Ciudad
apellidos
del
del
capital
*
Documento Documento social (%)
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Nota: utilizar un cuadro aparte para detallar todos los socios en caso de requerir más espacio.
*En caso que uno de los accionistas sea una persona jurídica, especifique el nombre y la identificación de la
misma.
Manifestaciones
Con la presentación de la oferta declaro que:
Los recursos con los cuales se ejecutará el contrato no provienen de ninguna actividad ilícita y aquellos que
eventualmente recibiré por ejecución del contrato no serán destinados a financiar ninguna actividad ilícita.
La información consignada y anexa a este formulario es veraz y admito que cualquier omisión o inexactitud en
estos documentos podrá ocasionar el rechazo de esta solicitud y la devolución de la documentación, como
también la cancelación de mi inscripción.
En caso de ser persona jurídica, declaro que los recursos con los cuales fue constituida no provienen de
ninguna actividad ilícita.
Autorización
Mediante la presente, autorizo a Empresa de Energía del Quindío S.A. ESP ., para que consulte las listas
establecidas para el control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, así como las centrales de
información y/o bases de datos públicas, correspondiente a la persona jurídica que represento, a sus
representantes legales, revisores fiscales, miembros de Junta Directiva y Socios. Para el caso de personas
jurídicas, autorizo la consulta, tanto de la persona jurídica, como de los representantes legales, accionistas
con participación igual o superior al 5% del capital social.
Manifiesto que cualquier variación en la información suministrada será puesta en conocimiento de Empresa
de Energía del Quindío S.A. ESP.
De igual forma, se procederá cuando EDEQ lo requiera durante la ejecución del proceso de contratación o del
contrato (en caso que éste llegue a concretarse).
Para la constancia,
Firma (Representante del proponente/ proponente persona natural)
Nombres y apellidos:
Identificación:
Fecha y Lugar de Expedición:
Fecha:
“Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 Ley de Protección de Datos, reglamentado
parcialmente por el Decreto 1377 de 2013 y en el Decreto de Gerencia General 1946 del 26 de julio de 2013”
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4.
4.1
ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS
LA EMPRESA examinará las propuestas para determinar si los proponentes cumplen con los requisitos
exigidos, si están completas, si se ha constituido la garantía de seriedad requerida, si los documentos han
sido debidamente presentados, y en general, si se ajustan a los requisitos del Pliego de Condiciones.
4.2
CAUSAS GENERALES DE DESCALIFICACIÓN Y/O RECHAZO DE PROPUESTAS
LA EMPRESA no someterá a evaluación aquellas propuestas en las que se presente alguno de los siguientes
casos:

Cuando la propuesta presente desviaciones sustanciales a los pliegos de condiciones o cuando la
propuesta resulte incompleta o indebidamente diligenciada.

Cuando se presente la oferta básica mensual, y ésta no se ajusta al tipo de contrato de acuerdo con lo
definido en el numeral 2.3 TIPOS DE CONTRATO, o contenga períodos de suministro de contratos con
condiciones diferentes.

La oferta esté sujeta a petición de declaración de disponibilidad de energía.

Cuando haya adición o modificación de las cláusulas de la minuta del contrato que se publicó o modificó
de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.13.

Cuando, EL PROPONENTE se encuentre registrado en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la
Contraloría General de la República, LA EMPRESA en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la
Ley 610 del año 2000, se abstendrán de celebrar contrato, para lo cual se harán las consultas que en tal
sentido corresponden.

Cuando en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución GREG 134 del 2013, LA
EMPRESA comercializadoras, generadoras y otros agentes interesados en desarrollar nuevos proyectos
tengan sus valores de capacidad de respaldo de operaciones en el mercado para venta (CROM1amt)
menor a la máxima energía a ofertar en todos los meses del período del compromiso, que para el efecto
será de 1 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2019. Para tal efecto se tendrá en cuenta la última
versión definitiva de CROM1amt publicada por el ASIC al momento del cierre de la convocatoria.

Cualquier otra causa que se desprenda del Pliego de Condiciones o norma legal aplicable.
LA EMPRESA podrá descalificar o rechazar propuestas en el siguiente caso:

4.3
Cuando el oferente o sus accionistas o sus asociados o socios con participación superior a 5%, o sus
representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en una o algunas de las listas
vinculantes para el Estado Colombiano en relación con el lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
LA/FT.
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
4.3.1 Parámetros de evaluación
Las propuestas serán evaluadas con base en los precios presentados por EL PROPONENTE para la energía
ofertada.
4.3.2 Procedimiento para Evaluación de Propuestas
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LA EMPRESA seleccionará la oferta u ofertas más favorables de acuerdo con el siguiente procedimiento, con
el objeto de obtener las mejores condiciones económicas para la compra de la energía solicitada por LA
EMPRESA según lo descrito en este Pliego:
1.
Se escogerán como propuestas elegibles aquellas que cumplan en forma total con las condiciones
de este Pliego.
2.
Las propuestas elegibles, incluyendo las alternativas que cumplan con las condiciones mencionadas,
serán evaluadas con base en el precio, con el fin de obtener las mejores condiciones económicas,
teniendo en cuenta las variaciones de precio horarias, mensuales y estacionales que se presentan en
el mercado y considerando los posibles descuentos por pronto pago estipulados dentro de las
ofertas, de acuerdo al numeral 2.5 PRECIOS DE LA PROPUESTA. Para la evaluación de ofertas,
tanto básicas como alternativas, se considerarán las proyecciones del IPP o IPC que se presentan en
la Tabla No. 7.3, con el fin de hacer las ofertas comparables y determinar la conveniencia económica
para LA EMPRESA.
3.
En el caso que se tenga la posibilidad de combinación de Ofertas Mensuales, Estacionales, Anual y
Global, se escogerá la combinación de menor valor para LA EMPRESA. Las ofertas Mensuales,
Estacionales, Anual y Global, tanto la básica mensual como alternativas, se consideran como
No Excluyentes entre sí. Si EL PROPONENTE considera que sus ofertas son excluyentes,
debe manifestarlo de manera explícita en su oferta. Esta consideración deberá ser tenida en
cuenta para la valoración de la garantía de seriedad.
4.
LA EMPRESA podrá efectuar adjudicaciones parciales teniendo en cuenta la favorabilidad de los
precios ofertados.
5.
Para resolver los posibles casos de empate se acudirá a lo establecido al respecto en las
Resoluciones CREG 020 de 1996 y 167 de 2008. El empate se considera cuando existan dos o más
ofertas con igual precio para el mismo mes, estación, anual, incluyendo las ofertas globales.
6.
Los porcentajes de energía a aceptar se expresarán con 2 (dos) cifras decimales (X,XX%) y se hará
aproximación al valor más cercano, en caso de ser necesario.
7.
LA EMPRESA podrá durante el período de evaluación solicitar aclaración a EL PROPONENTE sobre
los términos de su oferta.
4.3.3 Propuestas Alternativas
Se consideran propuestas alternativas aquellas que no cumplen en todo o en parte con lo establecido en los
términos de este Pliego (respecto a cantidad, precio, plazo de pago, períodos y modalidad de suministro, entre
otros), razón por la cual LA EMPRESA se reserva el derecho de aceptarlas o rechazarlas, total o
parcialmente.
Para la presentación de las propuestas alternativas no se requiere la presentación de la oferta básica.
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5.
PROPONENTES SELECCIONADOS
De conformidad con la (s) mejor (es) propuesta (s) obtenida (s) y los métodos de evaluación descritos en el
numeral 4, se establecerá el orden de elegibilidad del (os) proponente (s) con quien (es) se celebrará contrato
de compra de energía para el período que resulte adjudicado, teniendo en cuenta los requerimientos de
energía establecidos por LA EMPRESA y su conveniencia económica.
5.1
DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
La declaratoria de desierto de la Convocatoria Pública No 005-2014 se hará sólo en el evento de que existan
motivos que impidan la selección objetiva de EL CONTRATISTA, cuando no se presenten propuestas o
ninguna de las presentadas se ajuste a los términos de referencia, cuando se haya violado la reserva de las
propuestas de manera ostensible antes del cierre del Proceso de Contratación, o cuando, a juicio de LA
EMPRESA, las diferentes propuestas se consideren inconvenientes desde el punto de vista económico o
desfavorables.
5.2
COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA OFERTA
La comunicación de aceptación o rechazo de oferta la hará el trabajador competente de LA EMPRESA a
todos los proponentes, dentro de los 15 (quince) días calendario a la fecha de cierre.
De igual forma, a las firmas proponentes a quienes se haya aceptado oferta se les remitirá el contrato
respectivo para su firma y posterior registro ante el ASIC por parte de LA EMPRESA. Habida cuenta de la
existencia de una oferta y su aceptación, queda entendido que el contrato se ha celebrado, esto es que
surgen las obligaciones para las partes, las cuales no dependen de la firma del contrato, y que el registro
opera como un requisito exigido por el ASIC para su control, inscripción y ejecución.
Si EL CONTRATISTA encontrare errores u omisiones a la comunicación de aceptación de la oferta, o al
contrato, deberá solicitar las correcciones o aclaraciones dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a su
recibo. Cualquier solicitud posterior en tal sentido, no lo exonerará de la posible aplicación de deducciones por
la demora en la entrega de los documentos. En caso de solicitarse éstas, el tiempo se contabilizará a partir del
momento en que le sea devuelto una vez corregido.
LA EMPRESA podrá abstenerse de celebrar el contrato cuando el oferente, sus accionistas, asociados o
socios, sus representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en alguna de las listas
Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo LA/FT, para lo cual se harán las consultas que en tal sentido
correspondan.
5.3
DEVOLUCIÓN DEL CONTRATO FIRMADO
El término máximo para allegar los documentos requeridos para la formalización del respectivo contrato será
de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del texto del contrato para la firma por parte
de EL PROPONENTE a quien se le aceptó la oferta y formalización del mismo ante LA EMPRESA.
Si EL PROPONENTE favorecido no presenta los documentos requeridos para iniciar su ejecución dentro del
plazo señalado, LA EMPRESA podrá hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la propuesta, a la que se hace
referencia el numeral 3.1.6, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios
causados a LA EMPRESA y no cubiertos por el valor de la citada garantía.
5.4
DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD
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Una vez firmado el contrato se podrán devolver las garantías de seriedad de las propuestas a EL PROPONTE
que así lo solicite.
5.5
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
EL CONTRATISTA constituirá a favor de LA EMPRESA una Garantía Única a favor de particulares o de
empresas de servicios públicos que ampare el cumplimiento de las obligaciones contractuales, la cual deberá
ser de procedencia y forma aceptables para LA EMPRESA.
5.5.1
GARANTÍA ÚNICA
Se constituirá esta garantía en la misma moneda del contrato, y deberá cubrir los riesgos que se indican a
continuación. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta de EL CONTRATISTA.
La garantía deberá ser constituida por EL CONTRATISTA en forma tal que cubra, única y exclusivamente, los
riesgos contemplados para la ejecución del contrato; dicha garantía no expirará por falta de pago de la prima o
por revocatoria unilateral.
Los riesgos que la garantía deberá cubrir son:
5.5.2
Amparo de Cumplimiento
Para asegurar el total y estricto cumplimiento de las obligaciones del contrato, deberá amparar una suma igual
al 3% (tres por ciento) del valor en pesos corrientes del suministro aceptado, utilizando los factores de
indexación de la TABLA 7.3 Factores de Indexación IPP e IPC. Se hará efectiva al CONTRATISTA, en
favor de LA EMPRESA, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido en
virtud del contrato mediante este amparo EL CONTRATISTA garantizará la ejecución de las obligaciones
derivadas de la relación jurídica surgida de la aceptación de la oferta, momento a partir del cual se surge la
relación contractual, y amparará los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales.
La Garantía de Cumplimiento tendrá una vigencia que se contará a partir del inicio de operación comercial del
contrato (inicio del plazo de ejecución) hasta 3 (tres) meses después de finalizado el plazo de ejecución. El
perjuicio incluye, sin limitarse a ello, el mayor valor que LA EMPRESA tenga que pagar por la energía dejada
de suministrar por el CONTRATISTA, en cuyos eventos, LA EMPRESA la podrá hacer efectiva. Para la
constitución de esta garantía, el valor estimado del suministro se calculará como la cantidad de energía
aceptada multiplicada por el precio correspondiente.
En caso de que la CREG expida regulación asociada al cumplimiento de la relación jurídica surgida de esta
oferta, durante su vigencia, el contratista se compromete a presentar las garantías adicionales a que haya
lugar y las que compensen el riesgo que la nueva regulación tenga por objeto cubrir.
5.5.3
Registro del Contrato
Si por cualquier causa imputable a EL PROPONENTE aceptado, no se procede al registro del contrato ante el
ASIC, se hará efectiva la Garantía de Cumplimiento del contrato.
5.5.4
Deducciones por Incumplimientos
Por incumplimiento de las obligaciones de una de las partes, la parte responsable del incumplimiento
cancelará a la otra, el 20% del valor que resulte de multiplicar la energía adjudicada que falte por suministrar,
por el precio adjudicado actualizado con IPP o IPC, según aplique, de acuerdo con los topes horarios
contratados, en el caso de que el incumplimiento provenga del CONTRATISTA y este no cancele dicha suma
LA EMPRESA hará efectiva la garantía que ampara el cumplimiento del contrato.
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5.6
PUNTOS DE ENTREGA
La entrega de energía de EL CONTRATISTA a LA EMPRESA se hará en los puntos actuales de frontera de
éstas con el Sistema de Transmisión Nacional (STN) y en los nuevos puntos de frontera con el STN que
surjan por el crecimiento de su mercado. Las pérdidas que se ocasionen en este sistema se considerarán
como una mayor demanda de LA EMPRESA.
5.7
CANTIDAD CONTRATADA
Los suministros objeto de este contrato se efectuarán de acuerdo con la cantidad total asignada por LA
EMPRESA a EL CONTRATISTA, expresada en kW para cada hora.
5.8
CONDICIONES COMERCIALES
Los pagos de los contratos que se originen de la presente Convocatoria Pública serán hechos por LA
EMPRESA con recursos propios, incluidos en los presupuestos de gastos de las respectivas vigencias
fiscales, según los Certificados de Disponibilidad Presupuestal 7377 y 7378 y la vigencia futura No. 818 del 28
de mayo de 2014. Todo pago deberá estar precedido por un medio de cobro que formule EL CONTRATISTA.
5.8.1 Mecanismo de Indexación de los Precios
Para la indexación mensual de los precios, expresados en $/kWh de octubre de 2014 hasta el inicio del
suministro y durante todo el período del suministro, se utilizará el Índice de Precios al Productor Total Nacional
(IPP) o el Índice de Precios al Consumidor Total (IPC) publicado por la entidad competente, de conformidad
con la oferta comercial aceptada e incorporada al contrato.
5.8.2 Presentación y Liquidación del Medio de Cobro
La presentación del medio de cobro debe realizarse mensualmente, liquidando el suministro del mes
inmediatamente anterior, utilizando como soporte los archivos del Administrador del Sistema de Intercambios
Comerciales (ASIC) en la última versión oficial al momento de elaborarlo.
5.8.3 Entrega del Medio de Cobro
El medio de cobro será dirigido al Esquema comercial T&D, carrera 13 N° 14-17, Edificio principal Empresa de
Energía del Quindío S.A. E.S.P, Piso 3, Armenia Quindío, fax (+6) 7413100 ext 1090. Se aceptará como
documento de cobro la copia recibida del mismo, vía fax o correo electrónico, [email protected],
[email protected], y [email protected], mientras se recibe el original y copia, los cuales
deberán haber sido recibidos por LA EMPRESA al menos 15 (quince) días calendario antes de la fecha de
vencimiento.
La facturación debe cumplir con lo establecido en el Decreto 1165 de 1996 modificado por el Decreto 1001 de
1997, Ley 1231 del 2008, en cuanto a la obligación de facturar y los requisitos de dicha facturación, pues la
omisión de alguno de ellos generará como consecuencia su rechazo.
Igualmente se debe detallar en el cuerpo de la factura el nombre del municipio donde se desarrolló la actividad
y el código de la actividad económica correspondiente. Si está exento de Impuesto de Industria y Comercio,
deberá aportar copia del acto mediante el cual se estableció dicha exención.
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5.8.4 Forma de Pago
El pago de la energía contratada será de treinta (30) días calendarios contados a partir del último día de
suministro del mes correspondiente, para cada período de cobro. En caso de que el medio de cobro bien
sea vía fax, correo electrónico u original, se reciba con posterioridad a lo expresado en el numeral anterior, el
pago del mismo se desplazará en igual número de días hábiles y debe ser acompañado con un documento
donde se indique claramente la nueva fecha de vencimiento.
5.8.5 Garantías de Pago
Dada su trayectoria de pago en el sector eléctrico, LA EMPRESA no considera necesario otorgar garantías
para los pagos de sus obligaciones por compras de energía. Sin embargo, si EL CONTRATISTA desea
alguna —incluyendo pagaré en blanco con carta de instrucciones— LA EMPRESA las otorgará, pero los
trámites y costos serán por cuenta de EL CONTRATISTA.
En el caso que EL CONTRATISTA solicite algún tipo de garantía, esta deberá ser devuelta en el momento de
terminar el contrato.
5.8.6 Interés de Mora
LA EMPRESA reconocerá intereses liquidados con la tasa máxima legal moratoria para pagos en mora,
certificada por la Superintendencia Financiera para el mes respectivo.
5.8.7 Impuestos y Deducciones
EL CONTRATISTA deberá pagar, por su cuenta, todos los gastos legales, impuestos, tasas, derechos y
contribuciones en que incurra por concepto del objeto contratado, en cumplimiento de las leyes, ordenanzas,
acuerdos y reglamentos aplicables, que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por la
autoridad competente, incluidos los tributos y gravámenes. Por lo tanto al preparar su oferta EL
PROPONENTE deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de
causarse por la ejecución del contrato. Para el año 2014, el timbre es del 0% (cero por ciento), por tanto no
debe considerarse en el precio, en todo caso dicho impuesto se liquidará y deducirá de acuerdo con las
normas que rijan al momento de efectuar los pagos.
LA EMPRESA deducirá del valor del contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden
nacional, departamental o municipal a que haya lugar (renta, impuesto sobre las ventas -IVA-, industria y
comercio, estampilla U. de A., entre otros), en el momento de hacer los pagos o abonos en cuenta, de
acuerdo con las disposiciones legales vigentes y sin dar lugar a reclamaciones por parte de EL
CONTRATISTA. Actualmente no existen impuestos regionales. Sin embargo, como se menciona en la
cláusula Vigésima Cuarta de la minuta del contrato, el contratista deberá pagar todos los gastos legales para
la realización del suministro contratado, dando cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos, reglamentos y
resoluciones aplicables que existan sobre el particular o que se decreten durante el desarrollo del contrato.
Cuando con posterioridad a la fecha de entrega de las propuestas el IVA o los impuestos al consumo tengan
alguna modificación por aumento, disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos al
consumo, ello será tenido en cuenta por LA EMPRESA para hacer los ajustes que sean del caso y
reconocerle a EL CONTRATISTA los mayores costos o hacerle las deducciones. La modificación por
aumento, disminución, eliminación o creación de otro tipo de tributos no será tenida en cuenta por LA
EMPRESA ni para hacer ajustes ni para hacer deducciones al CONTRATISTA.
Es entendido que LA EMPRESA no está obligada a expedir ningún certificado o a suscribir cualquier otro
documento destinado a que EL CONTRATISTA obtenga exención del pago de impuestos o derechos a su
cargo, y derivados del contrato.
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LA EMPRESA efectuará la retención en la fuente a título de Impuesto de Industria y Comercio, para los
municipios donde exista acuerdo, a EL CONTRATISTA que sea sujeto pasivo de retención, siempre y cuando
no se trate de actividades exceptuadas o de prohibido gravamen. Las entidades exentas de este tributo
deberán acreditar ante la Unidad Contabilidad de LA EMPRESA, el reconocimiento de la exención mediante
copia de la resolución expedida por la Secretaría de Hacienda Municipal del correspondiente municipio. Esta
situación está sujeta a modificación de acuerdo con la reglamentación de cada municipio.
Para efectos de la determinación de la retención del Impuesto de Industria y Comercio se requiere que EL
CONTRATISTA, en el momento de elaborar la factura, indique claramente la jurisdicción y el valor de lo
ejecutado donde se prestó el servicio. Previo a efectuarse el pago, EL CONTRATISTA debe demostrar que se
encuentra a paz y salvo con los pagos al Sistema Integral de seguridad Social y Parafiscales.
5.8.8 Cesión del Contrato
En caso de transformación de cualquiera de las partes se tendrá como titular a la nueva empresa o al ente
absorbente de los derechos y obligaciones de él emanado, sin necesidad de formalizar la cesión mediante
ratificación expresa. Para los demás casos de cesión se requerirá la autorización previa, escrita y expresa de
la otra parte.
En el evento de presentarse fusión, escisión, transformación o cualquiera otra reorganización de EL
CONTRATISTA, LA EMPRESA acepta anticipadamente que EL CONTRATISTA ceda todos sus derechos y
obligaciones derivadas del presente contrato, a la persona que la sustituya, siempre y cuando el cesionario
sea de las mismas calidades de EL CONTRATISTA.
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6.
MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO No. _____________
EL CONTRATISTA: ________________________ EN CALIDAD DE: ____________________________
LA EMPRESA EN CALIDAD DE COMERCIALIZADOR
SUMINISTRO DE ENERGÍA Y POTENCIA PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE
_____________________________________________________
CESAR AUGUSTO VELASCO OCAMPO, mayor de edad, vecino de Armenia, identificado con cédula de
ciudadanía número 4.564.383 de Salento Quindío, actuando en nombre y representación legal de Empresa de
Energía del Quindío S.A. E.S.P - EDEQ S.A. E.S.P, sociedad constituida por Escritura Pública No.2584 del 22
de diciembre de 1988, de la Notaría Primera del Circulo de Armenia Quindío, con domicilio en la ciudad de
Armenia Quindío y quien en adelante se denominará LA EMPRESA, y ____________________________,
mayor de edad, domiciliado en la ciudad de ______, identificado con cédula de __________ número
_______________
de
_________,
actuando
en
nombre
y
representación
legal
de
_______________________, que en adelante para efectos de este contrato se denominará EL
CONTRATISTA, se ha celebrado un contrato de suministro de energía y potencia, que se regirá por las
siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas por las disposiciones legales que regulen la materia.
PRIMERA: Antecedentes. a) LA EMPRESA inicio la apertura de la Convocatoria Pública No. 005-2014, para
el suministro parcial de la energía y potencia eléctrica requeridas para atender el mercado regulado,
incluyendo las pérdidas en el Sistema de Transmisión Nacional, para los meses comprendidos entre el 1 de
enero de 2018 y al 31 de diciembre de 2019, en todo caso la fecha de inicio del contrato será la fecha de
registro, de acuerdo con la regulación vigente en el momento del registro. b) Que son actividades inherentes
al objeto social de EL CONTRATISTA la generación y/o comercialización de energía. c) Que es actividad
propia del objeto social de LA EMPRESA la distribución y comercialización de energía eléctrica d) Que EL
CONTRATISTA y LA EMPRESA hacen parte del Sistema Interconectado Nacional -SIN- y por tanto el
despacho de generación y la operación del sistema se sujetan a las normas y procedimientos establecidos por
los organismos reguladores de dicho sistema. e) Que después que LA EMPRESA evaluaó la totalidad de
ofertas presentadas, la de EL CONTRATISTA cumple con las condiciones establecidas en el pliego y presenta
el mejor precio para LA EMPRESA. f) Que la ejecución del presente contrato deberá realizarse conforme a las
normas y procedimientos establecidos por el SIN, y particularmente por aquellos contenidos en el Reglamento
de Operación del Sistema Interconectado Nacional junto con sus adiciones y modificaciones, cuyas reglas
forman parte integrante e inseparable de este contrato, al igual que las normas y procedimientos establecidos
o que se establezcan sobre la materia, durante la vigencia de este contrato, por la Comisión de Regulación de
Energía y Gas -CREG- o quien haga sus veces. SEGUNDA: Objeto del Contrato. LA EMPRESA encarga a
EL CONTRATISTA y éste se obliga a suministrarle parte de la energía y potencia eléctrica requeridas para
atender su mercado regulado, según sus necesidades, así como se relaciona en el Anexo de Características a
este contrato, de acuerdo con el tipo de contrato “Pague Lo Contratado”, según los meses, precios y las
cantidades, indicadas en el Pliego de Condiciones de la Convocatoria pública No. 005-2014 y según la oferta
aceptada. PARÁGRAFO: Se entiende por necesidades de energía y potencia eléctrica efectivamente
requeridas por LA EMPRESA, para satisfacer las necesidades del mercado regulado, la energía eléctrica
registrada en sus fronteras con el SIN, más las pérdidas asignadas por el Administrador del Sistema de
Intercambios Comerciales -ASIC- o quien haga sus veces, por el uso del Sistema de Transmisión Nacional
STN menos la energía eléctrica registrada en las fronteras de LA EMPRESA con otros Comercializadores y
Grandes Clientes en las redes regionales de LA EMPRESA incluyendo sus pérdidas reales hasta el STN.
TERCERA: Fecha de Iniciación del Suministro y Término de Duración. EL CONTRATISTA se
compromete a suministrar la energía y potencia objeto de este contrato durante un plazo definido entre el
(día)_____de (mes)______ de (año)______ y el (día)___de (mes) ______ de (año) _______ para un total de
_________ (__) meses, en la forma dispuesta en el Pliego de Condiciones y acorde a como se aceptó la
oferta. CUARTA: Valor del Contrato. Para cualquier efecto, el presente contrato es de cuantía
indeterminada, porque este depende de los consumos mensuales registrados y de los precios reales en la
medida en que se ejecute el objeto del contrato y durante la vigencia del mismo. En consecuencia el valor
mensual de este contrato es el que resulte de multiplicar el precio unitario para cada hora, en pesos por
kilovatio-hora, actualizado mensualmente, por la cantidad de energía asignada a este contrato, expresada en
kilovatios-hora, del mercado regulado de LA EMPRESA mes a mes,. QUINTA: Precio Monomio de Energía
El precio de la energía es de ______________________ por kilovatio-hora (_____ $/kWh), en pesos
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colombianos constantes de octubre de 2014. Este precio incluye todos los cargos que son responsabilidad de
EL CONTRATISTA, de acuerdo con las resoluciones vigentes a la fecha de cierre de la Convocatoria Pública
No. 005-2014. Para la indexación mensual de los precios del contrato, expresados en $/kWh de octubre de
2014, hasta el inicio de suministro y durante todo el período de suministro, se utilizará el Índice de Precios al
Productor Total Nacional (IPP) o el Índice de Precios al Consumidor Total (IPC), publicado por la entidad
competente, bajo las siguientes fórmulas: 1. Ti = To*(IPPi/IPPo), donde: Ti corresponde al precio a aplicar en
el mes de consumos i, (mes a facturar); To corresponde al precio aceptado, en pesos de octubre de 2014;
IPPi es el Índice de Precios al Productor Total Nacional certificado por la entidad competente para el mes i;
IPPo es el Índice de Precios al Productor Total Nacional certificado por la entidad competente para el mes de
octubre de 2014 ó 2. Ti = To*(IPCi/IPCo), donde: Ti corresponde al precio a aplicar en el mes de consumos i,
(mes a facturar); To corresponde al precio aceptado, en pesos de octubre de 2014; IPCi es el Índice de
Precios al Consumidor Total Nacional certificado por la entidad competente para el mes i; IPCo es el Índice de
Precios al Consumidor Total Nacional certificado por la entidad competente para el mes de octubre de 2014.
Los demás cargos se reajustarán cómo y cuándo así lo autorice la CREG. PARÁGRAFO: Los cargos
adicionales que se originen por concepto de las nuevas legislaciones, resoluciones, decretos y actas que sean
emitidos por las autoridades competentes y que afecten la estructura de costos generando un real
desequilibrio económico para una de las partes, será objeto de revisión. Por ello, una vez demostrado el
mencionado desequilibrio, y acordado el ajuste correspondiente, se procederá a la modificación del contrato.
SEXTA: Puntos de Entrega. La entrega de la energía por parte de EL CONTRATISTA a LA EMPRESA se
hará en los puntos actuales de frontera de éstas con el Sistema de Transmisión Nacional y en los nuevos
puntos de frontera con el STN que surjan por el crecimiento del mercado de LA EMPRESA. SÉPTIMA:
Cantidad Contratada. Los suministros objeto de este contrato se efectuarán de acuerdo a la cantidad total
asignada por LA EMPRESA a EL CONTRATISTA, expresada en kWh para cada hora. OCTAVA: Medio de
Cobro y Forma de Pago. El valor de la energía será cobrado mensualmente por EL CONTRATISTA a LA
EMPRESA de acuerdo con el precio aceptado y de conformidad con la Cláusula Quinta de este contrato, a
más tardar 15 (quince) días corrientes antes de la fecha de pago, considerando la última versión oficial del
ASIC. El medio de cobro empleado por EL CONTRATISTA deberá ser dirigido al ESQUEMA COMERCIAL
T&D, carrera 13 N° 14-17, Edificio principal Empresa de Energía del Quindío S.A. E.S.P, Piso 3, Armenia
Quindío, en original y copia. Dicho medio de cobro deberá incluir como mínimo los siguientes conceptos: 1.
Fecha de elaboración y fecha de vencimiento. 2. la cantidad total asignada en kWh para el mes. 3. El precio
de la energía eléctrica correspondiente al mes de consumo. 4. Versión del ASIC utilizada para el cobro. 5.
Valor total a cobrar en el medio de cobro empleado por EL CONTRATISTA como resultado de multiplicar la
cantidad de energía eléctrica realmente consumida por el respectivo precio. 6. Las modificaciones o ajustes al
medio de cobro deben tener la misma fecha de vencimiento consignada en el medio de cobro inicial empleado
para el mes. LA EMPRESA cancelará la suma respectiva en pesos colombianos, una vez descontados los
impuestos, gravámenes o contribuciones que haya lugar, el plazo de pago será de treinta (30) días
calendarios contados a partir del último día de suministro del mes correspondiente, siempre y cuando
dicho medio de cobro haya sido recibido por LA EMPRESA en forma cumplida. PARÁGRAFO 1: Si LA
EMPRESA no paga lo adeudado en el término establecido reconocerá intereses liquidados con la tasa
máxima legal moratoria para pagos en mora, certificada por la Superintendencia Financiera para el mes
respectivo. PARÁGRAFO 2: En caso de presentarse errores o discrepancias respecto al valor que debe ser
cancelado o uno cualquiera de sus respectivos conceptos, LA EMPRESA estará obligada a cancelarle a EL
CONTRATISTA el valor allí señalado, excluyendo la cantidad glosada y dispondrá de un término de 3 (tres)
días hábiles, contados a partir de la fecha de su recibo por LA EMPRESA para manifestar por escrito a EL
CONTRATISTA las razones de su inconformidad. Si LA EMPRESA acepta las razones expuestas por EL
CONTRATISTA sobre la cantidad total o parcialmente glosada, reconocerá y pagará a éste a partir del día del
vencimiento del cobro original, un interés equivalente al DTF, aplicado a la cantidad glosada. Si las partes no
logran un acuerdo dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días calendarios siguientes al reclamo, sobre la suma o
sumas disputadas, acudirán al procedimiento señalado en la Cláusula Décima Novena del presente contrato.
PARÁGRAFO 3: LA EMPRESA no realizará el pago de la respectiva factura, hasta tanto EL CONTRATISTA
suministre el paz y salvo de pago por aportes a la seguridad social y parafiscales, sin que esta situación
genere el pago de intereses de ningún tipo a favor de EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO 4: Modificaciones o
ajustes: Las modificaciones o ajustes a las cantidades de energía resultantes de reliquidaciones hechas por
el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) sobre períodos anteriores y cuyos medios
de cobro hayan sido pagados o se encuentren vencidos, se cobrarán considerando el precio de la energía en
el mes modificado y su correspondiente actualización, utilizando para ello la tasa de Depósito a Término Fijo
(DTF) certificada por el Banco de la República. Para el período entre la fecha del vencimiento original del mes
que se está actualizando y el mes de emisión del cobro de actualización, se utilizarán las tasas DTF
mensuales del último día hábil de los meses existentes durante el período, y para el período entre el mes de
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emisión y del vencimiento del cobro se utilizará la tasa DTF del último día hábil del mes anterior al de
expedición del medio de cobro. Los pagos o abonos correspondientes a estos ajustes se harán el primer día
hábil del mes siguiente a la recepción del documento por LA EMPRESA, siempre que esto haya ocurrido con
15 (quince días) de anticipación. NOVENA: Sujeción de los Pagos a las Apropiaciones Presupuestales.
Todos los pagos que LA EMPRESA se obliga a realizar en desarrollo del presente contrato, se hacen con
recursos propios incluidos en los presupuestos de gastos de las respectivas vigencias fiscales. DÉCIMA:
Registro del Contrato y Exigibilidad. El registro del contrato ante el ASIC, tendrá como efecto primordial
permitir la liquidación y facturación de los intercambios de energía de LA EMPRESA participante en la Bolsa
de Energía y, además, el reconocer expresamente que las partes se someten a todas las reglas y
procedimientos relacionados con el objeto de este contrato, especialmente en lo relativo a facturación,
mediciones, racionamiento, fuerza mayor, riesgos en la transmisión, pérdidas en los Sistemas de Transmisión
Nacional y Regional. Igualmente harán parte del presente contrato el Reglamento de Operación,
especialmente los Códigos de Red y Comercial del SIN, así como el Estatuto de Racionamiento y los que los
modifiquen o deroguen. PARÁGRAFO: LA EMPRESA se encargará del registro del presente contrato ante el
ASIC. Si por cualquier causa imputable a EL CONTRATISTA el contrato no se puede registrar o no se puede
despachar durante su ejecución se hace efectiva la Garantía de Cumplimiento que ampara este riesgo, sin
perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados a las mismas y no
cubiertos por el valor de la Garantía de Cumplimiento. DÉCIMA PRIMERA: Límite de Responsabilidad e
Indemnizaciones. Cada una de las partes será responsable por los perjuicios que le ocasione a la otra,
siempre y cuando provengan o sean consecuencia de culpa o negligencia de la parte contra la cual se alega.
PARÁGRAFO: a) El CONTRATISTA no es responsable por las fallas en los sistemas de transmisión, ni por
restricciones en el suministro por racionamiento de energía o potencia decretada a nivel nacional o por
autoridad competente. b) La calidad, confiabilidad y continuidad son responsabilidad del operador de red y no
del CONTRATISTA. DÉCIMA SEGUNDA: Estatuto de Racionamiento. EL CONTRATISTA y LA EMPRESA,
en su condición de miembros integrantes del SIN, se someten a las condiciones del Estatuto de
Racionamiento, de acuerdo con las Resoluciones CREG 217 de 1997, CREG 119 de 1998, CREG 190 de
2009 o aquellas que con posterioridad las modifiquen, adicionen o sustituyan. DÉCIMA TERCERA: Fuerza
Mayor y Caso Fortuito. EL CONTRATISTA quedará exento de toda responsabilidad por dilación u omisión
en el cumplimiento de las obligaciones contractuales cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de
fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobada, por fuera del control de EL CONTRATISTA y que no
implique falta o negligencia de éste. Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas
constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación
colombiana. Los inconvenientes de fuerza mayor o caso fortuito deberán informarse a LA EMPRESA por el
medio más rápido posible, dentro de las 72 (setenta y dos) horas siguientes al momento en que hayan
comenzado; dentro de los 10 (diez) días siguientes, entregará a LA EMPRESA todos los detalles del hecho
constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que LA EMPRESA pueda requerir. DÉCIMA
CUARTA: Modificación y Terminación. Además de las causales previstas en la Ley 142 de 1994 y demás
disposiciones complementarias sobre modificación y terminación de contratos, el presente contrato podrá
modificarse cuando así lo convengan las partes, mediante iniciativa de una de ellas o de ambas, lo cual
realizarán mediante un Acta de Modificación Bilateral; y podrá darse por terminado, cuando se presente una
de las siguientes circunstancias: a) Ocurrencia de Fuerza Mayor o de Caso Fortuito que ponga a una de las
partes, o a ambas, en imposibilidad de cumplir el objeto contractual; b) Incumplimiento de las obligaciones de
una de las partes, caso en el cual la parte responsable del incumplimiento cancelará a la otra, el 20% del
valor que resulte de multiplicar la energía adjudicada que falte por suministrar, por el precio adjudicado
actualizado con IPP o IPC, según aplique, de acuerdo con los topes horarios contratados; en el caso de que el
incumplimiento provenga del CONTRATISTA y este no cancele dicha suma LA EMPRESA hará efectiva la
garantía que ampara el cumplimiento del contrato, si lo anterior no es posible acudirá a la vía judicial, para lo
cual este contrato presta mérito ejecutivo. c) El no pago por parte de LA EMPRESA del valor equivalente a 2
(dos) cobros consecutivos de energía eléctrica suministrada; d) Liquidación forzosa de una de las partes, o
embargo de sus bienes en forma tal que ponga en riesgo la continuidad del contrato; e) En el evento de que
una de las partes intervinientes ceda o transfiera a un tercero el presente contrato total o parcialmente, sin la
autorización previa, expresa y escrita de la contraparte. f) Cuando EL CONTRATISTA, sus accionistas,
asociados o socios con participación superior a 5%, sus representantes legales o miembros de Junta
Directiva, sean incluidos en las listas internacionales vinculantes para el Estado Colombiano de conformidad
con el derecho internacional (listas de la Organización de Naciones Unidas) o en las listas de la OFAC (Office
of Foreign Assets Control). En este caso, de ser posible y previa autorización de LA EMPRESA, el contrato
podrá cederse. PARÁGRAFO 1. Sustitución contractual: En caso de transformación empresarial de una de
las partes, la entidad nueva que llegare a absorber su patrimonio o aquella en la cual continúen radicados los
derechos, acciones, bienes y obligaciones patrimoniales vinculados al presente contrato, ocupará o continuará
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ocupando la posición contractual de la parte reestructurada, sin necesidad del consentimiento de la otra y sin
que la suscripción del otrosí que dé cuenta del cambio se considere esencial para que se efectúe la
sustitución contractual con plenos efectos entre las partes y ante terceros. PARÁGRAFO 2. No exención de
las obligaciones contractuales: La terminación anticipada del contrato no exime a ninguna de las partes del
cumplimiento de las obligaciones previamente contraídas en desarrollo del mismo. En el evento de ocurrencia
de una de las causales de terminación anticipada del contrato, la parte afectada lo informará inmediatamente
al ASIC para que éste deje de considerar el contrato en la comercialización del mercado mayorista.
PARÁGRAFO 3. Revisión: Cuando se presenten hechos posteriores a la aceptación de la oferta,
imprevisibles o imprevistos, que hagan más gravosa la prestación de futuro cumplimiento de una de las
partes, tales como disposición legal o acto administrativo de carácter superior y de alcance general, entre
otras, la parte afectada solicitará por escrito a la otra una revisión de los términos del contrato, con objeto de
restablecer el equilibrio económico; a partir de la fecha de la comunicación, las partes deberán adelantar un
proceso de ajuste económico mediante arreglo directo, conciliación u otro mecanismo de solución de
conflictos; si transcurridos dos (2) meses no hubieren llegado a concertar una fórmula, acudirán al juez, quien
examinará las circunstancias que hayan alterado las bases del contrato y ordenará, si ello fuere posible, los
reajustes que la equidad indique, los cuales serán de obligatorio cumplimiento para las partes; de no ser
posible establecer una fórmula de equilibrio, decretará la terminación del contrato, en los términos previstos en
el artículo 868 del Código de Comercio. PARÁGRAFO 4. Terminación Unilateral del Contrato: el presente
contrato podrá darse por terminado unilateralmente cuando a alguna de las partes se le haya iniciado algún
proceso de limitación del suministro de energía en bolsa de acuerdo con las Resoluciones CREG 116 de
1998, CREG 001 de 2003, CREG 063 de 2003, CREG 156 de 2011 o aquellas que con posterioridad las
modifiquen, adicionen o sustituyan, presentándose el incumplimiento de sus obligaciones en la continuidad del
suministro; caso en el cual la parte responsable del incumplimiento cancelará a la otra, el 20% del valor que
resulte de multiplicar la energía adjudicada que falte por suministrar, por el precio adjudicado actualizado con
IPP o IPC, según aplique, de acuerdo con los topes horarios contratados, para lo cual la parte afectada con el
incumplimiento podrá informar al ASIC la terminación anormal del contrato según lo dispuesto en la resolución
CREG 038 de 2010. En el caso de que el incumplimiento provenga del CONTRATISTA y este no cancele
dicha suma LA EMPRESA hará efectiva la garantía que ampara el cumplimiento del contrato, si lo anterior no
es posible acudirá a la vía judicial, para lo cual este contrato presta mérito ejecutivo. DÉCIMA QUINTA:
Cesión del Contrato. En caso de transformación de cualquiera de las partes se tendrá como titular a la
nueva empresa o al ente absorbente de los derechos y obligaciones de él emanado, sin necesidad de
formalizar la cesión mediante ratificación expresa. Para los demás casos de cesión se requerirá la
autorización previa, escrita y expresa de la otra parte. PARÁGRAFO: En el evento de presentarse fusión,
escisión, transformación o cualquiera otra reorganización de EL CONTRATISTA, LA EMPRESA acepta
anticipadamente que EL CONTRATISTA ceda todos sus derechos y obligaciones derivadas del presente
contrato, a la persona que la sustituya, siempre y cuando el cesionario sea de las mismas calidades de EL
CONTRATISTA. DÉCIMA SEXTA: Liquidación del Contrato. La liquidación del contrato deberá efectuarse
dentro de los 6 (seis) meses siguientes a su terminación y se hará constar en un acta suscrita por los
representantes legales de las partes o por los trabajadores en quienes éstos hubieren delegado tal función. En
el evento que el ASIC llegare a modificar la información correspondiente a la energía suministrada reportada
para este contrato, con posterioridad a la liquidación del mismo, las partes se obligan a realizar los ajustes y
pagos que fuesen del caso, de acuerdo con lo establecido en el Parágrafo 4 de la Cláusula Octava de este
contrato. DÉCIMA SÉPTIMA: Renuncia a Requerimiento: Para el cobro de cualquier suma de dinero que se
adeude en virtud de este contrato, no será necesario constituir en mora o requerir el pago de la misma,
derechos a los cuales renuncian las partes. DÉCIMA OCTAVA: Ley del Contrato y Controversia: Para
todas las diferencias que surjan entre las partes relacionadas con la ejecución del presente contrato, las
partes buscarán mecanismos de arreglo directo tales como la negociación directa, o la conciliación, esto
durante un término de hasta 30 (treinta) días calendario, contados a partir del día siguiente a aquél en que una
de las partes comunique a la otra por escrito la diferencia, si no se producen acuerdos las partes acudirán a la
jurisdicción contractual. DÉCIMA NOVENA: Inhabilidades e Incompatibilidades. Las partes declaran que
no se encuentran incursas para la celebración y ejecución del presente contrato en ninguna de las causales
de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución, en la ley general y particularmente en
aquellas señaladas en la Ley 80 de 1993 y Ley 142 de 1994, además de encontrarse a Paz y Salvo con los
organismos directamente relacionados con su actividad y que le exigen dicha calidad, para el cabal desarrollo
del giro ordinario de sus negocios. VIGÉSIMA: Régimen Jurídico. El presente contrato se rige por las
normas del derecho privado y, en especial, por las Leyes 142 y 143 de 1994 y demás normas concordantes
vigentes. Si con posterioridad a la fecha de su celebración y perfeccionamiento se expiden o promulgan
disposiciones legales que modifiquen los términos, condiciones y derechos adquiridos mediante este contrato,
las partes expresamente se obligan a realizar en el menor tiempo posible, todas las modificaciones y ajustes
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necesarios para dar cumplimiento a las nuevas regulaciones y para restablecer el equilibrio económicocontractual, de manera que se brinden mutuamente las condiciones que les permitan ejecutar el contrato
dentro de los parámetros económicos, financieros y de operación inicialmente pactados. VIGÉSIMA
PRIMERA: Domicilio, Comunicaciones y Notificaciones. Se establece como domicilio contractual el
municipio de Armenia. Todas las comunicaciones y notificaciones a que haya lugar en razón del presente
contrato serán remitidas directamente a los representantes legales de las partes o a quienes ellos designen.
VIGÉSIMA SEGUNDA: Impuestos, Gravámenes o Deducciones. Cuando con posterioridad a la fecha de
entrega de las propuestas el IVA o los impuestos al consumo tengan alguna modificación por aumento,
disminución o eliminación, así como la creación de nuevos impuestos al consumo, ello será tenido en cuenta
por LA EMPRESA para hacer los ajustes que sean del caso y reconocerle a EL CONTRATISTA los mayores
costos o hacerle las deducciones. La modificación por aumento, disminución, eliminación o creación de otro
tipo de tributos no será tenida en cuenta por LA EMPRESA ni para hacer ajustes ni para hacer deducciones al
CONTRATISTA. LA EMPRESA deducirá del valor del contrato, todos los impuestos y retenciones a que haya
lugar en el momento de hacer el pago, de acuerdo con las disposiciones legales y vigentes, sin dar lugar a
reclamaciones por parte de EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO: Impuesto de Timbre. Para el año 2014, tiene
una tarifa vigente de 0% (cero por ciento), en todo caso dicho impuesto se liquidará y deducirá de acuerdo con
las normas que rijan al momento de efectuar los pagos. VIGÉSIMA TERCERA: Gastos Legales. EL
CONTRATISTA deberá pagar todos los gastos legales para la realización del suministro contratado y dar
cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos, reglamentos y resoluciones aplicables que existan sobre el
particular o que se decreten durante el desarrollo del contrato. VIGÉSIMA CUARTA: Perfeccionamiento y
Ejecución del Contrato. De acuerdo con el Código de Comercio, una vez aceptada la oferta, surgen las
obligaciones contractuales para las partes, las que no dependen de la firma del contrato, y queda claro que el
registro operará como requisito para su control, inscripción y ejecución ante el ASIC. Y solo habrá lugar a ello
si EL CONTRATISTA ha cumplido con todas las obligaciones propias de esta etapa contractual. VIGÉSIMA
QUINTA: Documentos del Contrato: Hacen parte del presente contrato, entendiéndose que todos son
complementarios, y que cualquier estipulación que aparezca en uno de ellos regirá para todos: El Pliego de
Condiciones y sus Adendas, la propuesta, el texto del Contrato escrito y sus Adendas, las actas de
modificaciones bilaterales que sean acordadas por escrito entre las partes en desarrollo del Contrato, las
aclaraciones a los anteriores documentos, las normas que rigen la contratación, es decir, el reglamento de
operación, especialmente los Códigos de Red y Comercial, y el Estatuto de Racionamiento. En caso de
discrepancia entre los diferentes documentos, se atenderá lo dispuesto en ellos en el siguiente orden: el
Contrato y sus modificaciones, el Pliego de Condiciones y la propuesta y sus aclaraciones. VIGÉSIMA
SEXTA: Garantía De Cumplimiento: El CONTRATISTA constituirá a favor de LA EMPRESA una garantía
única, a favor de particulares o de empresas de servicios públicos, para asegurar el total y estricto
cumplimiento de las obligaciones del contrato, la cual deberá amparar una suma igual al 3% (tres por ciento)
del valor en pesos corrientes del suministro aceptado, utilizando los factores de indexación de la TABLA 7.3
Factores de Indexación IPP e IPC del pliego de condiciones. Se hará efectiva a EL CONTRATISTA, en favor
de LA EMPRESA, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido en virtud
del contrato, mediante este amparo EL CONTRATISTA garantizará la ejecución de las obligaciones derivadas
de la relación jurídica surgida de la aceptación de la oferta, momento a partir del cual se surge la relación
contractual, y amparará los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales. La
garantía de cumplimiento tendrá una vigencia que se contará a partir del inicio de operación comercial del
contrato (inicio del plazo de ejecución) hasta 3 (tres) meses después de finalizado el plazo de ejecución. El
perjuicio incluye, sin limitarse a ello, el mayor valor que LA EMPRESA tenga que pagar por la energía dejada
de suministrar por el CONTRATISTA, en cuyos eventos, LA EMPRESA la podrá hacer efectiva. Para la
constitución de esta garantía, el valor estimado del suministro se calculará como la cantidad de energía
aceptada multiplicada por el precio correspondiente. En caso de que la CREG expida regulación asociada al
cumplimiento de la relación jurídica surgida de esta oferta, durante su vigencia, EL CONTRATISTA se
compromete a presentar las garantías adicionales a que haya lugar y las que compensen el riesgo que la
nueva regulación tenga por objeto cubrir.
Para constancia, se firma 2 (dos) ejemplares del presente contrato No. ________, mismo tenor y valor
probatorio en la ciudad de Armenia, por LA EMPRESA, a los __ días del mes de ____________ de _______
y en la ciudad de ___________ por EL CONTRATISTA a los __ días del mes de _________ de _______.
LA EMPRESA,
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______________________________
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EL CONTRATISTA,
______________________________
Elaboró:
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Aprobó:
______________________________
Revisión Legal:
______________________________
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7.
TABLAS CANTIDADES DE ENERGÍA SOLICITADA
TABLA 7.1 Periodo Enero 1 a Diciembre 31 de 2018, en kW
Mes Tipo Dia
Laboral
ene-18 Sábado
Festivo
Laboral
feb-18 Sábado
Festivo
Laboral
mar-18 Sábado
Festivo
Laboral
abr-18 Sábado
Festivo
Laboral
may-18 Sábado
Festivo
Laboral
jun-18 Sábado
Festivo
Laboral
jul-18 Sábado
Festivo
Laboral
ago-18 Sábado
Festivo
Laboral
sep-18 Sábado
Festivo
Laboral
oct-18 Sábado
Festivo
Laboral
nov-18 Sábado
Festivo
Laboral
dic-18 Sábado
Festivo
Dias
21
4
6
20
4
4
19
5
7
21
4
5
21
4
6
19
5
6
20
4
7
21
4
6
20
5
5
22
4
5
20
4
6
20
4
7
H1
H2
H3
H4
H5
H6
6,918
5,560
4,827
4,688
5,512
8,784 13,210 14,973 17,717 19,723 21,863 23,713 22,120 21,022 21,471 21,516 21,776 22,571 25,812 28,847 26,616 22,651 16,589 10,899
H7
H8
H9
H10
H11
H12
H13
H14
H15
H16
H17
H18
H19
H20
H21
H22
H23
H24
total Mes
8,848
7,245
5,965
5,571
5,985
7,150 10,127 13,446 16,774 19,679 21,989 23,433 23,070 21,884 20,743 20,133 20,195 20,904 24,245 27,750 25,895 22,333 18,242 13,760 12,307,602
10,500
8,781
7,052
6,042
6,109
6,448
6,398
4,883
4,278
4,231
5,132
9,613 14,750 15,056 17,643 19,152 21,537 23,241 21,141 20,568 21,268 21,693 21,668 22,914 24,811 28,338 26,093 22,100 15,739
7,829
5,764
4,821
4,484
5,049
6,797
9,906
9,886 12,491 16,947 19,021 20,834 22,518 22,149 20,186 19,429 19,300 18,899 19,433 22,351 26,381 24,471 21,781 17,189 12,716 10,888,866
8,646
6,514
5,452
4,793
4,914
5,345
6,587
7,233
5,898
5,151
4,975
6,126 11,190 15,652 17,025 19,394 20,821 23,163 25,186 22,798 22,044 22,732 22,811 22,906 23,958 26,633 30,341 28,034 24,555 17,332 11,339
9,323
7,291
6,163
5,784
6,339
7,928 11,381 15,241 19,119 21,244 23,410 24,814 23,960 22,745 21,678 21,342 21,271 22,441 24,978 28,296 26,026 22,844 18,006 13,094 12,955,156
9,576
7,551
6,506
5,820
6,077
6,867
7,467
5,976
5,268
5,172
6,232
9,793 13,372 15,869 18,849 20,572 23,441 25,145 23,093 22,285 22,880 22,839 23,118 23,929 27,199 29,375 26,748 23,548 16,983 11,166
8,448
6,104
5,456
5,196
5,385
6,826
9,234 13,028 17,284 19,430 21,520 23,054 22,734 21,321 20,138 19,597 16,934 18,710 23,930 26,834 24,904 22,182 17,832 13,071 12,370,334
9,368
7,170
6,170
5,628
5,698
6,040
7,438 10,412 14,513 16,431 17,858 19,445 19,660 19,145 17,750 17,223 17,160 17,359 21,493 25,470 23,754 21,483 16,763 11,980
6,813
5,664
4,894
4,841
5,901
8,969 12,377 14,730 17,423 19,181 21,576 23,169 21,160 20,548 20,841 21,050 21,410 22,225 24,503 26,241 24,560 21,205 15,266 10,369
14,593 11,453 10,180
7,557
9,553 12,104 14,795 16,848 18,548 19,099 18,557 17,435 16,552 16,795 18,346 22,910 25,092 23,501 19,835 15,083 10,668
8,988 12,680 15,192 17,090 18,246 18,493 18,096 16,818 16,416 15,959 17,479 19,569 24,763 23,801 21,058 14,973
8,864
8,475 11,073 14,096 16,412 18,451 19,865 19,834 19,293 17,734 16,829 17,056 19,699 23,072 26,241 24,677 20,277 14,845 10,086
9,230
9,801 11,366 15,623 19,419 23,559 22,960 23,439 25,117 26,250 25,023 25,397 25,306 25,007 25,875 25,927 31,045 29,058 28,459 23,179 18,059 12,286,807
8,872
6,860
5,507
5,396
5,330
5,278
7,094 10,240 13,246 15,728 16,675 17,947 18,267 17,692 16,401 15,851 16,125 16,540 19,875 23,301 22,337 19,489 14,924
6,753
4,996
4,491
4,399
5,038
6,797
9,851 12,838 15,441 17,659 19,776 21,366 20,208 19,416 19,658 19,540 19,513 19,883 22,038 24,620 22,695 19,359 14,134
8,053
6,171
5,506
4,770
5,321
6,225
9,412
9,159 12,431 16,170 19,005 21,259 22,281 21,281 19,783 19,149 18,252 18,247 19,376 21,308 23,375 21,057 18,250 14,461 10,673 10,514,339
7,779
5,858
5,206
4,657
5,044
5,201
6,725
7,647
6,208
5,440
5,093
5,458
7,669 10,862 13,484 15,909 18,013 20,535 22,219 20,769 20,368 20,852 20,706 20,351 20,082 20,919 24,530 23,226 20,074 15,386 10,869
9,138 11,925 14,059 16,064 18,090 18,182 17,054 16,001 15,416 15,463 15,523 18,860 22,188 21,066 18,274 13,935
9,739
9,759
8,396
6,804
5,873
5,435
5,919
6,439
8,620 11,777 14,497 17,525 19,846 21,367 20,838 19,953 19,071 18,871 18,339 18,310 20,597 23,149 21,853 19,644 16,513 13,172 11,172,904
10,344
8,356
7,080
6,203
5,967
5,594
6,465
7,177
6,015
5,340
5,330
6,023
8,937 11,316 13,624 15,746 18,069 20,615 22,019 19,825 19,426 20,302 20,628 20,052 20,327 22,119 24,790 23,047 19,271 15,432 10,560
8,668
7,417
6,552
6,120
6,359
6,864
8,900 12,455 15,481 17,879 20,274 21,737 20,848 19,567 18,702 17,956 17,608 18,364 20,680 23,298 22,023 19,830 16,623 13,340 11,317,331
9,483
7,578
6,514
5,953
5,949
5,890
6,904
6,812
5,431
4,824
4,692
5,485
8,345 11,629 13,846 15,963 18,261 20,306 21,753 19,518 19,140 20,330 20,568 20,174 20,672 24,056 25,291 23,617 19,515 14,605
6,861
6,077
5,260
5,058
5,185
5,986
9,909
8,821 11,929 15,139 17,856 20,135 20,971 19,944 18,920 17,965 17,826 17,665 18,741 22,867 23,186 20,873 18,415 14,657 11,476 10,793,859
8,549
6,762
5,931
5,319
5,699
5,287
6,630
6,373
4,966
4,406
4,128
4,858
7,765 11,810 14,017 16,532 18,331 20,421 21,957 20,230 19,703 20,091 20,211 20,519 22,645 26,801 26,810 24,434 20,939 15,521 10,252
7,654
6,001
5,056
4,703
5,002
5,702
8,786 12,375 16,076 18,372 20,370 21,717 21,385 20,023 18,964 18,342 17,898 18,750 24,731 25,540 23,575 20,609 16,402 11,844 11,544,125
8,387
6,533
5,404
4,789
4,803
4,747
6,643
6,843
5,297
4,668
4,394
5,164
8,132 12,315 14,644 17,001 18,801 20,818 22,581 21,009 20,194 20,565 20,677 21,058 23,436 28,587 28,462 25,925 22,179 16,491 10,664
8,233
6,402
5,455
4,953
5,501
6,102
9,003 12,853 16,471 18,649 20,732 22,050 21,481 20,266 19,284 18,670 18,746 20,875 26,611 27,399 25,300 21,971 17,305 12,548 11,558,669
8,181
6,294
5,260
4,692
4,777
4,936
6,707
10,179
8,175
7,223
6,970
7,684
9,584 10,902 14,453 17,686 19,782 22,007 23,777 22,507 21,475 21,456 21,443 21,763 23,418 32,249 34,066 32,062 28,234 21,899 15,547
11,093
9,068
7,873
7,259
7,606
8,863
9,273 12,775 16,614 19,122 21,185 22,807 22,549 21,184 20,092 19,690 19,299 20,170 30,070 33,048 31,202 28,246 23,273 17,227 13,540,388
13,002 10,745
8,958
8,005
7,903
8,034
6,928
Convocatoria Pública N° 005-2014
8,637 11,587 13,823 15,474 16,933 17,663 17,092 16,019 15,472 14,889 14,400 16,325 20,979 20,992 18,482 13,775 10,066
9,652 12,282 14,938 16,791 17,838 18,075 17,515 16,339 15,855 15,556 15,836 18,309 22,317 21,481 19,099 14,933 10,140
8,544 11,014 13,562 15,470 16,989 17,324 16,647 16,050 15,769 14,950 16,644 20,822 21,651 20,575 16,868 12,506
9,082 12,125 14,720 16,420 17,915 18,426 17,646 16,416 15,768 15,492 17,472 22,617 23,779 22,318 19,072 14,255
8,431
9,730
9,263 12,453 15,081 16,993 18,266 18,765 18,042 17,052 16,292 16,267 18,928 24,143 24,735 23,420 19,925 14,948 10,100
9,238 12,325 14,997 16,770 18,301 18,739 18,393 17,453 16,857 16,640 17,569 26,178 29,149 28,339 25,782 20,106 14,047
Página 32 de 37
TABLA 7.2 Periodo Enero 1 a Diciembre 31 de 2019, en kW
Mes Tipo Dia
Laboral
ene-19 Sábado
Festivo
Laboral
feb-19 Sábado
Festivo
Laboral
mar-19 Sábado
Festivo
Laboral
abr-19 Sábado
Festivo
Laboral
may-19 Sábado
Festivo
Laboral
jun-19 Sábado
Festivo
Laboral
jul-19 Sábado
Festivo
Laboral
ago-19 Sábado
Festivo
Laboral
sep-19 Sábado
Festivo
Laboral
oct-19 Sábado
Festivo
Laboral
nov-19 Sábado
Festivo
Laboral
dic-19 Sábado
Festivo
Dias
21
4
6
20
4
4
20
5
6
20
4
6
22
4
5
18
5
7
22
3
6
20
5
6
21
4
5
22
4
5
19
5
6
21
4
6
H1
H2
H3
H4
H5
H6
H7
H8
H9
H10
H11
H12
H13
H14
H15
H16
H17
H18
H19
H20
H21
H22
H23
H24
total Mes
16,775 15,181 14,402 14,212 14,967 18,028 22,195 24,196 27,102 29,325 31,674 33,623 31,982 31,005 31,403 31,400 31,476 31,981 35,617 38,963 36,689 32,905 26,945 21,021
18,341 16,446 15,239 14,830 15,179 16,439 19,227 22,420 25,969 28,882 31,293 32,873 32,491 31,229 30,055 29,504 29,351 29,923 33,880 37,709 35,766 32,409 27,962 23,165 19,480,485
20,208 18,169 16,476 15,470 15,356 15,634 16,853 18,689 21,431 24,158 26,223 27,883 28,407 27,863 26,748 25,964 25,966 27,061 31,937 35,284 33,938 30,339 25,225 20,344
16,091 14,606 13,975 13,875 14,751 19,286 24,156 24,552 26,925 28,601 30,926 32,580 30,408 29,895 30,486 30,651 30,750 31,700 34,175 37,742 35,556 31,691 25,611 19,804
17,375 15,443 14,480 14,117 14,580 16,154 19,286 21,980 26,085 28,498 30,444 31,957 31,506 29,812 28,887 28,590 28,207 28,911 32,151 36,007 34,133 31,174 26,563 21,955 17,243,697
18,280 16,184 15,058 14,424 14,474 14,952 16,665 18,565 21,949 24,610 26,397 27,683 28,017 27,541 26,359 25,722 25,478 26,611 29,522 34,255 33,227 30,050 24,113 18,525
16,664 15,260 14,525 14,362 15,392 20,110 24,497 25,903 28,308 29,961 32,273 34,183 31,833 31,213 31,814 31,825 31,955 32,863 35,940 39,472 37,166 33,415 26,723 20,749
18,272 16,296 15,242 14,875 15,356 16,918 20,125 23,812 27,620 29,973 32,130 33,610 32,858 31,538 30,457 30,039 29,810 30,630 34,107 37,643 35,528 32,337 27,582 22,671 19,839,106
18,921 16,782 15,653 15,018 15,195 15,960 17,608 20,051 23,267 25,785 27,699 29,193 29,328 28,710 27,313 26,483 26,529 28,296 32,251 35,853 34,366 30,384 24,996 20,005
15,525 14,144 13,425 13,342 14,483 18,976 24,633 26,574 29,219 31,062 33,930 35,744 33,273 32,745 33,634 33,658 34,173 35,175 36,959 39,023 36,212 32,399 25,674 19,483
16,016 13,801 13,316 13,220 13,675 15,762 21,075 25,826 30,233 32,512 35,211 36,744 35,701 33,590 32,571 32,106 29,395 31,731 35,727 37,384 34,758 31,749 27,798 22,826 19,043,908
19,250 16,390 15,118 14,168 13,736 11,652 13,477 16,824 21,120 23,692 24,292 25,683 27,447 26,944 24,592 23,883 23,526 23,255 26,821 31,711 31,340 28,806 24,017 19,532
15,933 14,753 13,972 13,916 14,997 18,142 21,636 24,031 26,775 28,570 31,009 32,637 30,584 29,959 30,260 30,474 30,843 31,679 34,030 35,814 34,086 30,647 24,584 19,571
23,772 20,587 19,292 18,329 18,907 20,496 24,829 28,705 32,925 32,368 32,884 34,591 35,719 34,464 34,822 34,722 34,411 35,293 35,422 40,620 38,591 37,938 32,559 27,333 19,290,684
18,035 15,982 14,603 14,482 14,418 14,374 16,225 19,424 22,496 25,038 26,023 27,322 27,646 27,054 25,738 25,174 25,446 25,878 29,308 32,803 31,812 28,892 24,213 18,923
16,494 14,652 14,103 13,994 14,670 16,537 19,768 22,900 25,667 28,005 30,244 31,925 30,699 29,863 30,112 29,988 29,955 30,343 32,665 35,437 33,413 29,875 24,349 19,332
17,826 15,844 15,127 14,367 14,938 15,893 18,986 22,454 26,399 29,373 31,738 32,838 31,801 30,224 29,546 28,619 28,577 29,725 31,850 34,137 31,730 28,755 24,735 20,686 17,796,664
17,594 15,561 14,848 14,269 14,657 14,827 16,443 18,995 21,949 24,229 26,332 28,445 28,548 27,374 26,260 25,641 25,674 25,767 29,297 32,848 31,674 28,706 24,102 19,671
17,182 15,633 14,818 14,454 14,872 17,301 20,735 23,506 26,108 28,351 31,024 32,827 31,251 30,819 31,332 31,191 30,833 30,571 31,570 35,469 34,038 30,649 25,584 20,671
18,000 16,279 15,280 14,813 15,317 15,909 18,264 21,659 24,640 27,828 30,281 31,909 31,357 30,393 29,455 29,208 28,655 28,628 31,082 33,983 32,571 30,166 26,732 23,091 18,788,492
20,001 17,864 16,508 15,590 15,355 15,005 15,977 18,326 21,501 23,913 25,679 27,239 27,993 27,372 26,231 25,635 25,034 24,584 26,700 31,687 31,636 28,920 23,871 19,818
16,518 15,263 14,550 14,527 15,270 18,415 21,035 23,445 25,717 28,163 30,842 32,347 30,031 29,612 30,518 30,847 30,278 30,613 32,565 35,438 33,567 29,571 25,389 20,162
18,102 16,734 15,807 15,351 15,610 16,190 18,388 22,157 25,423 27,972 30,483 32,030 31,115 29,757 28,835 28,069 27,691 28,463 31,001 33,841 32,466 30,077 26,593 23,027 18,679,292
18,930 16,913 15,780 15,185 15,183 15,157 16,265 19,152 21,974 24,797 26,767 27,922 28,166 27,565 26,315 25,791 25,476 25,818 28,509 32,757 31,841 29,258 24,764 19,674
16,504 15,034 14,386 14,240 15,084 18,149 21,673 23,994 26,262 28,673 30,855 32,396 30,045 29,650 30,873 31,117 30,742 31,305 34,918 36,242 34,425 30,113 24,866 19,824
16,589 15,706 14,835 14,609 14,757 15,618 18,624 21,944 25,384 28,253 30,660 31,577 30,526 29,431 28,426 28,253 28,066 29,185 33,608 34,042 31,614 28,957 24,939 21,487 18,189,685
18,365 16,462 15,554 14,901 15,279 14,875 16,317 18,366 21,016 23,738 25,742 27,345 27,703 26,995 26,337 26,009 25,166 26,929 31,408 32,388 31,258 27,355 22,687 18,313
15,964 14,473 13,880 13,585 14,359 17,440 21,726 24,064 26,730 28,636 30,851 32,479 30,648 30,090 30,501 30,628 30,955 33,208 37,612 37,621 35,104 31,401 25,659 20,075
17,322 15,570 14,569 14,195 14,511 15,254 18,522 22,325 26,247 28,680 30,797 32,225 31,873 30,429 29,307 28,648 28,177 29,080 35,419 36,276 34,193 31,051 26,592 21,762 19,086,270
18,098 16,134 14,937 14,286 14,301 14,242 16,250 18,835 22,059 24,810 26,612 28,195 28,737 27,910 26,607 25,920 25,628 27,726 33,179 34,410 32,861 29,421 24,317 19,522
16,307 14,710 14,062 13,779 14,573 17,637 21,954 24,358 26,790 28,648 30,730 32,550 30,927 30,086 30,469 30,585 30,978 33,432 38,749 38,620 36,002 32,135 26,264 20,250
17,741 15,851 14,874 14,356 14,921 15,542 18,536 22,509 26,244 28,492 30,642 32,001 31,414 30,161 29,147 28,513 28,592 30,789 36,709 37,523 35,356 31,921 27,104 22,194 18,571,825
17,687 15,740 14,673 14,087 14,174 14,338 16,166 18,804 22,097 24,809 26,783 28,097 28,611 27,865 26,843 26,059 26,033 28,780 34,163 34,773 33,416 29,809 24,672 19,667
19,939 17,921 16,964 16,709 17,427 19,340 20,667 24,241 27,494 29,604 31,844 33,624 32,347 31,308 31,289 31,276 31,597 33,264 42,152 43,980 41,963 38,110 31,734 25,342
20,858 18,820 17,617 17,000 17,348 18,614 19,027 22,551 26,416 28,940 31,016 32,649 32,389 31,015 29,916 29,511 29,118 29,995 39,959 42,956 41,098 38,123 33,117 27,032 20,910,732
22,780 20,509 18,710 17,750 17,647 17,779 16,667 18,991 22,098 24,788 26,572 28,113 28,554 28,206 27,260 26,660 26,442 27,376 36,041 39,031 38,217 35,642 29,930 23,831
Convocatoria Pública N° 005-2014
Página 33 de 37
TABLA 7.3 Factores de Indexación IPP e IPC
A continuación se presentan las proyecciones para el IPP e IPC, con el fin de hacer las ofertas
comparables y determinar la conveniencia económica para LA EMPRESA.
Las proyecciones fueron realizadas exclusivamente de forma indicativa para ser utilizadas en la
evaluación de ofertas del presente proceso de compra de energía, por lo tanto no son referentes
para ser utilizadas para otros fines.
Factor
ene-18
feb-18
mar-18
abr-18
may-18
jun-18
jul-18
ago-18
sep-18
oct-18
nov-18
dic-18
ene-19
feb-19
mar-19
abr-19
may-19
jun-19
jul-19
ago-19
sep-19
oct-19
nov-19
dic-19
IPP
1.096
1.090
1.087
1.092
1.093
1.096
1.095
1.095
1.099
1.113
1.120
1.120
1.130
1.124
1.121
1.126
1.127
1.130
1.129
1.129
1.133
1.147
1.154
1.154
IPC
1.108
1.117
1.120
1.124
1.127
1.128
1.129
1.129
1.131
1.130
1.130
1.133
1.144
1.138
1.134
1.140
1.141
1.144
1.143
1.143
1.147
1.161
1.168
1.169
Nota: Se toma como referencia el mes de septiembre de 2014, donde su valor es igual a
1.
Convocatoria Pública N° 005-2014
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8.
8.1
ANEXOS
CANTIDADES DE ENERGÍA A SUMINISTRAR
Anexo 8.1.1 Oferta Básica Mensual para la Convocatoria Pública No. 005-2014
Proponente:
Columna No. 1
Mes
Enero, 2018
Febrero, 2018
Marzo, 2018
Abril, 2018
Mayo, 2018
Junio, 2018
Julio, 2018
Agosto, 2018
Septiembre, 2018
Octubre, 2018
Noviembre, 2018
Diciembre, 2018
Enero, 2019
Febrero, 2019
Marzo, 2019
Abril, 2019
Mayo, 2019
Junio, 2019
Julio, 2019
Agosto, 2019
Septiembre, 2019
Octubre, 2019
Noviembre, 2019
Diciembre, 2019
Columna No. 2
Porcentaje (%)
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
Columna No. 3
Precio, $/kWh (00,00)
Anexo 8.1.2 Ofertas Alternativas Estacionales para la Convocatoria Pública No. 005-2014
Proponente:
Columna No. 1
Estación
Verano, 2018
Invierno, 2018
Verano, 2019
Invierno, 2019
Convocatoria Pública N° 005-2014
Columna No. 2
Porcentaje (%)
(____) %
(____) %
(____) %
(____) %
Columna No. 3
Precio, $/kWh (00,00)
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Anexo 8.1.3 Oferta Alternativa Anual para la Convocatoria Pública No. 005-2014
Proponente:
Columna No. 1
Año
2018
2019
Columna No. 2
Porcentaje (%)
(____) %
(____) %
Columna No. 3
Precio, $/kWh (00,00)
Anexo 8.1.4 Oferta Alternativa Global para la Convocatoria Pública No. 005-2014
Proponente:
Columna No. 1
Global
8.2
Columna No. 2
Porcentaje (%)
Columna No. 3
Precio, $/kWh (00,00)
(____) %
EJEMPLO DE CALCULO DE GARANTÍA DE SERIEDAD
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