NOTA INFORMATIVA SOBRE EL PRINCIPIO DE PRUDENCIA

LICITACIONES SEGUROS
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Introducción
Información General
Requisitos
Comunicación a Compañías de Seguros
Adendas
Preguntas y Respuestas
LICITACIONES SEGUROS
INTRODUCCIÓN
INVITACIÓN PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE SEGUROS
Nos. 001/14 y 002/14
El Banco Davivienda invita a las compañías de seguros autorizadas
en Colombia para operar los ramos de Vida Grupo Deudores e
Incendio y Terremoto, para que presenten condiciones de
aseguramiento para la adecuada protección de los intereses de los
deudores de EL BANCO en la cartera Hipotecaria de Vivienda y de
Leasing Habitacional.
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LICITACIONES SEGUROS
INFORMACIÓN GENERAL
Atendiendo las disposiciones legales vigentes y especialmente el título 2 del libro 36 de la parte 2 del Decreto
2555 de 2010, modificado por el Decreto 673 de abril 2 de 2014, expedido por el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público; reglamentado por la Circular Externa No. 022 de julio 30 de 2014, emitida por la
Superintendencia Financiera de Colombia, el Banco Davivienda invita a las compañías de seguros
autorizadas para operar los ramos de Vida Grupo Deudores e Incendio y Terremoto, para que presenten
condiciones de aseguramiento para la adecuada protección de los intereses de los deudores de EL BANCO en
la cartera Hipotecaria de Vivienda y de Leasing Habitacional.
Los siguientes requisitos deberán ser cumplidos y demostrados por los Interesados en participar en los
presentes procesos licitatorios, podrán participar solamente aquellas compañías de seguros que cumplan
con lo siguiente:
Ver los Requisitos
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REQUISITOS
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Para conocer los requisitos de admisibilidad para la
licitación 001/14 - Incendio y Terremoto
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Para conocer los Formatos Anexos para la Licitación
001/14 - Incendio y Terremoto
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Para conocer los requisitos de admisibilidad para la
licitación 002/14 - Vida e ITP Deudores
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Para conocer los Formatos Anexos para la Licitación
002/14 - Vida e ITP Deudores
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ADENDAS
ADENDA No. 1
Por medio de la cual se publica el cronograma de los procesos licitatorios 001/14 y 002/14, por medio de los cuales se contratarán los seguros de Incendio y Terremoto y Vida
Deudores de los créditos asociados a los créditos Hipotecarios de Vivienda y Operaciones de Leasing Habitacional del Banco Davivienda S.A. y se informan las direcciones
electrónicas de las personas de contacto.
1. Cronograma
ACTIVIDAD
2. Personas de contacto:
FECHA
Apertura del proceso – invitación a las aseguradoras
publicación en www.davivienda.com
Jueves 2 de octubre de 2014
Presentación de Carta de Cumplimiento de los Requisitos de
Admisibilidad y entrega del Pliego de Condiciones
Miércoles 8 y jueves 9 de octubre de 2014 en horario de 8:30 am a 5:00 pm
Preguntas y observaciones al pliego de condiciones
Viernes 10 de octubre a viernes 24 de octubre de 2014
Notificación de la lista de interesados que cumplen con los
requisitos de Admisibilidad y respuestas y modificaciones al Pliego
Hasta el lunes 3 de noviembre de 2014
Entrega Información Mínima para Presentar Posturas
Jueves 13 de noviembre de 2014
Cierre y entrega de Posturas
jueves 27 de noviembre de 2014 a las 16:00 horas
Audiencia de apertura de Posturas y Adjudicación
Viernes 28 de noviembre de 2014 a las 11:00 horas
Entrega Póliza de Cumplimiento
Lunes 29 de diciembre de 2014
Inicio de vigencia de los contratos
31 de diciembre de 2014 a las 24:00 horas
Entrega de pólizas matrices
Jueves 15 de enero de 2015
ADENDA No. 2
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En caso de inquietudes o dudas sobre los requisitos de
admisibilidad y/o documentos soporte, pueden remitir
correo a las siguientes personas:
Diana E Gomez: [email protected]
Andrés H Cuervo: [email protected]
Alfredo Mora: [email protected]
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ADENDAS
ADENDA No. 2
Adenda No. 2 al proceso 001/14 - Selección de la(s) compañía(s) aseguradora(s) para
el otorgamiento del(os) contrato(s) colectivo(s) del(os) seguro(s) de Incendio y
Terremoto asociado a los créditos Hipotecarios de Vivienda y Leasing Habitacional.
Por medio de la cual se suprime el diligenciamiento del Formato Anexo # 5 de la carta
de invitación a participar y se reemplaza por una certi cación suscrita por el
representante legal indicando que cumplen con el requisito de tener o cinas de
representación en por lo menos el 70% de las 22 ciudades relacionadas en los
Requisitos de Admisibilidad donde el Banco tiene o cinas bancarias.
Además, se rati ca que todas las compañías de seguros que tengan autorizado el
ramo de Incendio y Terremoto, pueden participar en el presente proceso.
Adenda No. 2 al proceso 002/14 - Selección de la(s) compañía(s) aseguradora(s) para
el otorgamiento del(os) contrato(s) colectivo(s) del(os) seguro(s) de Vida e ITP
asociado a los créditos Hipotecarios de Vivienda y Leasing Habitacional.
ADENDA No. 1
Inicio
Por medio de la cual se suprime el diligenciamiento del Formato Anexo # 4 de la carta
de invitación a participar y se reemplaza por una certi cación suscrita por el
representante legal indicando que cumplen con el requisito de tener o cinas de
representación en por lo menos el 70% de las 22 ciudades relacionadas en los
Requisitos de Admisibilidad donde el Banco tiene o cinas bancarias.
Además, se rati ca que todas las compañías de seguros que tengan autorizado el
ramo de Vida e ITP, pueden participar en el presente proceso.
LICITACIONES SEGUROS
Preguntas sobre requisitos de admisibilidad
Preguntas sobre los pliegos
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PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
A continuación nos permitimos dar respuesta a las inquietudes planteadas por los distintos interesados en participar en el Proceso de Contratación de seguros No. 001/14 –
Incendio y Terremoto y Proceso de Contratación de Seguros No. 002/14 – Seguro de Vida Deudores, asociados a los créditos hipotecarios de vivienda y operaciones de
leasing habitacional otorgados por el Banco Davivienda S.A. (en adelante el “Banco”)
Pregunta 1: AXA COLPATRIA
Respuesta:
“Amablemente nos permitimos solicitar prórroga de 10 Días hábiles para la
presentación de los requisitos de Admisibilidad requeridos dentro del proceso en
referencia .
Los plazos establecidos por el Banco para el desarrollo de estos procesos de
contratación responden no solo a lo exigido tanto por el artículo 2.36.2.2.1 y
siguientes del Decreto 2555 de 2010, como por la Circular Externa 022 de 2014
expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, sino a la vigencia de los
seguros con los que actualmente cuenta el Banco, que se extiende hasta el 31 de
diciembre del año en curso, con lo cual, se requiere de la antelación su ciente para
concluir los trámites necesarios en orden a contar con la o las compañías que presten
estos servicios, con lo cual no es posible acceder a la petición de ampliación de los
plazos establecidos.
Fecha sugerida para la presentación de estos requisitos 24 de Octubre de 2014.”
“La razón obedece a que dado el detalle de la información solicitada dentro de los
requisitos habilitantes en los anexos a diligenciar de ambos pliegos y la consecución de
rmas tanto de nuestro representante legal como de los contadores y revisores scales
que acrediten dicha información, se requiere de más días para su obtención. Por lo
tanto muy amablemente les solicitamos se considere extender el plazo para la
presentación de tales requisitos de acuerdo con la fecha indicada en nuestro correo del
día de ayer.
Agradecemos su atención y esperamos sea de recibo nuestra observación.”
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PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Pregunta 2: SURAMERICANA
“1. En el Anexo 3 de los requisitos de admisibilidad se solicitan los indicadores
nancieros de las Compañías Aseguradoras con fecha a Septiembre 30 de 2014. Esta
información no es posible entregarla jurídicamente antes de día 14 de octubre del
presente año, toda vez que para que ésta se pueda divulgar debe enviarse primero a la
Superintendencia Financiera de Colombia, la cual para el tercer trimestre del presente
año deberá ser entregada el día 10 de octubre en horas de la noche, fecha posterior al
cierre de la los requisitos de Admisibilidad y entrega de postulaciones para el presente
proceso licitatorio, por lo que solicitamos sea posible entregar esta información con
cierre a junio 30 de 2014.”
Esta pregunta fue presentada para el caso tanto de seguros generales como de vida, por
lo que su respuesta igualmente aplica para los dos procesos
Respuesta:
Las cifras que solicita el Banco no necesariamente son las transmitidas por las
Compañías a la Superintendencia Financiera de Colombia (“SFC”) sino las que
certi quen sus representantes legales y revisores scales a través del
diligenciamiento y forma de los correspondientes formatos, las cuales el Banco
podrá cotejar con la información pública que reposa en dicha Entidad. Sin embargo,
para efectos del análisis pertinente se tendrá en cuenta la información que se incluya
en los mencionados formatos.
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Sobre el particular, en concepto del Banco aunque no se hayan transmitido los
estados nancieros a la SFC, las Compañías sí están en capacidad de diligenciar los
formatos con base en los resultados obtenidos en el mes de septiembre, certi cando
las cifras incluidas en el mismo ya que la transmisión es una obligación legal de las
entidades vigiladas, pero desde el punto de vista legal no le otorga o quita validez a
los estados nancieros. Ahora bien, en el evento en que, en desarrollo del análisis de
la información entregada, el Banco detecte diferencias materiales entre las cifras
presentadas y las que obren en la información pública que obra en la SFC, solicitará la
explicación correspondiente con la respectiva Compañía de Seguros.
En consecuencia, no es posible acceder a su solicitud por considerar innecesario
esperar a que los estados nancieros a corte del mes de septiembre sean
transmitidos al ente de control, ya que es posible adelantar el análisis pertinente
sobre los documentos y cifras que se presenten.
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PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Pregunta 3: SURAMERICANA
Pregunta 4: SURAMERICANA
“2. De conformidad a lo consagrado en el numeral 2.4 de la circular externa 022
de2014, solicitamos que la información solicitada en el Anexo 4 de la invitación a la
licitación pública No. 02 de 2014 - SELECCIÓN DE LA(S) COMPAÑÍA(S)
ASEGURADORA(S) PARA EL OTORGAMIENTO DEL(LOS) CONTRATO(S) COLECTIVO(S)
DE LOS SEGUROS DE VIDA E ITP ASOCIADOS A LOS CRÉDITOS HIPOTECARIOS DE
VIVIENDA Y LEASING HABITACIONAL DEL BANCO DAVIVIENDA.– , que vayan más allá
de la existencia de red de o cinas o de la representación en las regiones en las cuales se
encuentran ubicados los riesgos, tales como: dirección, encargado, e-mail, teléfono,
fax, número de empleados, número de encargados para atención de siniestros, sistema
de informática, monto de delegación para de nir pago de siniestros, o la lista de
ajustadores; sean consagrados como obligaciones contractuales sujetas a ser
cumplidas en el desarrollo del contrato por tratarse de obligaciones para la prestación
del servicio durante la vigencia del contrato, lo cual, de acuerdo a la norma citada, en
ningún caso pueden ser consideradas como requisitos de admisibilidad.”
“En el numeral 13. Reaseguro Terremoto del Anexo 1. “Serán requisitos de
admisibilidad adicionales únicamente para el seguro de incendio y terremoto los
siguientes:” solicitamos aclarar si aplica exclusivamente para la cobertura de terremoto
o para el contrato en general que da cobertura a los riesgos de incendio y terremoto.”
Esta pregunta fue presentada para el caso tanto de seguros generales como de vida, por
lo que su respuesta igualmente aplica para los dos procesos.
Respuesta
Les informamos que el numeral 13 de los requisitos de admisibilidad para el ramo de
terremoto son exclusivos para este amparo. lantar el análisis pertinente sobre los
documentos y cifras que se presenten.
Pregunta 5: SURAMERICANA
“Adicionalmente, frente a lo establecido en el mismo numeral 13, literal a. quisiéramos
saber si la participación del 25% de un reasegurador en la cobertura de terremoto está
delimitada exclusivamente a la parte cedida en un contrato proporcional o también
hace referencia a la protección catastró ca que debe tener la Compañía para sus
retenciones.”
Respuesta
Respuesta
Tienen razón en su solicitud y por tanto los pliegos han sido modi cados a través de
Adenda publicada en la página Web del Banco.
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El numeral 13 literal a se debe aplicar para todo tipo de contrato que tenga suscrito la
aseguradora para amparar el riesgo de terremoto.
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PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Pregunta 6: POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS
Respuesta
Los índices de endeudamiento, reservas técnicas, etc, solicitados en desarrollo de los procesos que nos
ocupa, fueron determinados por el Banco teniendo en cuenta el volumen de su cartera y operaciones, los
estándares que ha venido manejando, y así mismo las cifras reportadas en general por el sector, como
resultado de lo cual se obtuvieron los consagrados en los respectivos pliegos de condiciones, por considerar
que son los necesarios para el Banco. Así mismo, y con base en el análisis adelantado, pudimos determinar
que con los mismos sí se garantiza la pluralidad de oferentes.
En consecuencia, no es posible aceptar las solicitudes efectuadas por ustedes.
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LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Pregunta 7: AXA COLPATRIA
Generales .
“Solicitamos que la información nanciera exigida se veri que solamente con los datos
con corte a Diciembre 31 de 2013 en razón a que actualmente no se cuenta con los datos
consolidados a 30 de septiembre de 2014.”
información, se requiere de más días para su obtención. Por lo tanto muy amablemente
les solicitamos se considere extender el plazo para la presentación de tales requisitos de
acuerdo con la fecha indicada en nuestro correo del día de ayer y que se rati ca en la
presente comunicación.”
Respuesta
Comedidamente les solicitamos remitirse a la respuesta a la Pregunta 1 contenida en
este documento.
Respuesta
No es posible acceder a su solicitud ya que para el Banco es importante conocer
información reciente de las Compañías, para efectos de determinar que se cuenta en
la actualidad con la capacidad, índices y estándares requeridos en los pliegos de
condiciones. Esto aunado a que avanza el último trimestre del presente año, con lo
cual consideramos que ha transcurrido un tiempo importante y es necesario conocer
cual ha sido la evolución de las Compañías a lo largo del año.
Pregunta 9: AXA COLPATRIA
“Teniendo en cuenta que la invitación para la contratación de los seguros de vida
deudores (proceso 002/2014) fue enviada a la compañía de Seguros de Vida Axa
Colpatria, solicitamos no restringir la participación de manara exclusiva a dicha
compañía ya que está también se puede presentar a través de nuestra compañía de
Seguros generales Axa Colpatria Seguros.”
Pregunta 8: AXA COLPATRIA
Respuesta
“Solicitamos prórroga de 10 Días hábiles para la presentación de los requisitos de
Admisibilidad requeridos dentro del proceso en referencia. La razón obedece a que dado
el detalle de la información solicitada dentro de los requisitos habilitantes en los anexos
a diligenciar de ambos pliegos y la consecución de rmas tanto de nuestro
representante legal como de los contadores y revisores scales que acrediten dicha
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Tienen razón. Las Compañías de Seguros Generales que tengan autorizado operar el
ramo de vida, también podrán presentar propuesta dentro de este proceso y así se ha
noti cado a través de Adenda que fue publicada en la página Web del Banco.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Preguntas 10, 11 y 12: AXA COLPATRIA
Nota: Para efectos de las respuestas, han sido reagrupadas según el tema de cada una.
Proceso Licitatorio 001 de 2014 Incendio Terremoto.
“4. Agradecemos reconsiderar y modi car el Numeral 6 Requisitos de Admisibilidad en
el sentido de modi car el Índice de Nivel de Endeudamiento solicitamos que una vez
aplicada la formula el indicador exigido sea menor o igual a Ochenta y cinco % (80% ) con
corte a 31 de Diciembre de 2013 .
5. Agradecemos reconsiderar y modi car el Numeral 8 Patrimonio Su ciente en el
sentido de modi car el patrimonio contable exigido solicitamos que este indicador sea
mayo o igual a 0.4 % del valor asegurado total.
8. Agradecemos reconsiderar y modi car la información exigida en el Anexo 4 Requisito
de Admisibilidad para la Cobertura de Terremoto – Patrimonio Su ciente. En tal sentido
solicitamos que esta información se veri que con corte a Diciembre 31 de 2013,
Actualmente no se cuenta con la información con corte a 30 de septiembre de 2014.”
Respuesta
En relación con el tema de los índices de capacidad y endeudamiento, nos
permitimos reiterar que los mismos fueron determinados por el Banco teniendo en
cuenta el volumen de su cartera y operaciones, los estándares que ha venido
manejando, y así mismo las cifras reportadas en general por el sector, como
resultado de lo cual se obtuvieron los consagrados en los respectivos pliegos de
Inicio
Siguiente
condiciones, por considerar que son los necesarios para el Banco. Así mismo, y con
base en el análisis adelantado, pudimos determinar que con los mismos sí se
garantiza la pluralidad de oferentes. En consecuencia, no es posible aceptar sus
solicitudes de cambio.
Tratándose de la fecha de los estados nancieros para el cálculo del indicador de
“Patrimonio Su ciente”, les solicitamos remitirse a la respuesta a la pregunta 7 de
este documento.
Pregunta 13: AXA COLPATRIA
“6. Agradecemos reconsiderar y modi car el Numeral 9 Red de O cinas. En el sentido
de modi car la cobertura exigida por la entidad, solicitamos que esta cobertura
corresponda como mínimo al 40 % de representación en las ciudades principales
informadas en este numeral.”
Respuesta
Al igual que para los demás requisitos solicitados en estos dos procesos, éste fue
determinado por el Banco con base en el volumen de su cartera y el número de
clientes. Para este caso especí co existe un ingrediente adicional que se consideró
consistente en los estándares y niveles de servicio en la atención de los clientes y la
distribución geográ ca de los mismos, los cuales exigen una capacidad logística
importante. Es de resaltar, que el Banco tendrá especial cuidado para que no se
presente ninguna desmejora en dichos niveles de servicio, con lo cual el requisito de
cobertura del 70% es el que se considera no solo adecuado, sino necesario. En
consecuencia, no es posible aceptar su solicitud.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Pregunta 14: AXA COLPATRIA
Preguntas 15 y 16: AXA COLPATRIA
“7. Agradecemos reconsiderar y modi car el Numeral 13 Reaseguro de Terremoto. En
tal sentido solicitamos eliminar el literal a) en el cual se exige que “no podrá existir
concentración en un solo reasegurador de más del 25% de total de sus contratos.
Actualmente varias de las compañías aseguradoras en Colombia hacen parte de
multinacionales y por ende la capacidad de sus contratos de reaseguro depende al
100% de su casa matriz. Por lo tanto la exigencia de tal requisito imposibilitaría la
presentación de las compañías de seguros que probablemente dispongan de las
mayores capacidades en el mercado local.”
Nota: Para efectos de las respuestas, han sido reagrupadas según el tema de cada una.
Proceso Licitatorio 002 de 2014-10-08 Vida E ITP Deudores.
“9. Agradecemos reconsiderar y modi car el Numeral 6 Requisitos de Admisibilidad.
En tal sentido solicitamos modi car los parámetros Financieros Exigidos, respecto del
Índice de Nivel de Endeudamiento, respetuosamente solicitamos que una vez aplicada
la fórmula el indicador exigido sea menor o igual a Ochenta y cinco % (85% ) con corte a
31 de Diciembre de 2013 .
Respuesta
Para el Banco es de fundamental importancia que exista una distribución del riesgo
con los reaseguradores, en los términos consagrados en los Pliegos de Condiciones.
Consideramos que no es exacta su a rmación en el sentido de que con ello se
imposibilita la presentación de las Compañías que cuentan con el reaseguro de sus
matrices, toda vez que en el mercado es posible efectuar la distribución solicitada
para un tipo de contrato especí co. En consecuencia, no se puede aceptar su
solicitud.
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11. Agradecemos reconsiderar y modi car el Numeral 8 Red de O cinas. En el sentido
de modi car la cobertura exigida por la entidad, solicitamos que esta cobertura
corresponda como mínimo al 40 % de representación en las ciudades principales
informadas en este numeral .”
Respuesta
Les solicitamos remitirse a los acápites “Preguntas 10, 11 y 12” y “Pregunta 13”,
respectivamente, consignados en el presente documento.
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PREGUNTAS SOBRE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Pregunta 17: AXA COLPATRIA
“10. Amablemente solicitamos que la información acreditada en el anexo 5. Se
veri que solamente con la rma del representante legal de la Compañía aseguradora.
La razón obedece a que la consecución de tal certi cación por parte de alguno de
nuestros clientes podría tardar un tiempo mayor al que requerimos para la
presentación de los requisitos de admisibilidad de la oferta. En caso de no ser posible
acceder nuestra petición muy respetuosamente solicitamos se disminuya de dos a una
certi cación por parte cliente.”
Respuesta
Es importante para el Banco que la experiencia solicitada en el Anexo 5 esté
certi cada directamente por los clientes de la respectiva Compañía, lo cual además
es un requisito usual en este tipo de procesos de selección. Adicionalmente, se
considera que un número de dos certi caciones es el mínimo adecuado para los
intereses del Banco. Por lo tanto, no es posible acceder a su solicitud.
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LICITACIONES SEGUROS
COMUNICACIÓN DECLARATORIA DESIERTA DE LOS
PROCESOS DE CONTRATACIÓN DE SEGUROS Nos. 001/14 y 002/14
El Banco Davivienda se permite comunicar a las compañías de seguros que presentaron Carta de Cumplimiento
de Requisitos de Admisibilidad para hacer parte del proceso de selección de la(s) aseguradora(s) con la(s)
cual(es) se contrataría(n) las pólizas para los ramos de Vida Grupo Deudores e Incendio y Terremoto, para la
protección de los intereses de los deudores del BANCO en la cartera Hipotecaria de Vivienda y de Leasing
Habitacional, que una vez analizados los documentos presentados por cada una de ellas el día 9 de octubre de
2014, se constató que ninguna de las compañías participantes acreditó en un 100% el cumplimiento de los
Requisitos de Admisibilidad solicitados en la Invitación.
En consecuencia, el BANCO declara desiertos los procesos en mención.
Mediante comunicación dirigida a cada uno de los Interesados, se indicarán las razones particulares de la
presente decisión.
Dado lo anterior, el BANCO procederá a dar cumplimiento a las normas vigentes aplicables.
Bogotá, octubre 31 de 2014.
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LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Razón por la cual solicitamos eliminar los requisitos de admisibilidad adicionales”.
PREGUNTAS POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. (en adelante
“Positiva”) SOBRE EL PROCESO LICITATORIO 002/14 VIDA DEUDORES:
Respuesta: No compartimos el entender de Positiva respecto al Decreto 1745 de
2014, en cuanto a la nueva y pendiente reglamentación del artículo 2.36.2.2.3 del
Decreto 2555 de 2010 por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia (en
adelante “SFC”), dado que el nuevo Decreto lo único que modi có de dicho artículo
fue sustituir el concepto de “riesgo crediticio” por el de “fortaleza nanciera”, habida
cuenta que el primero no aplica para el sector de las compañías aseguradoras. En
consecuencia, por ese simple hecho, no se puede suponer, como erróneamente lo
hace Positiva, que con ello se dejó sin efectos la reglamentación ya emitida al
respecto por parte de la SFC, es decir la Circular 022 de 2014, salvo que expresamente
así lo hubiera expresado el mismo Decreto, o manifestado la mencionada entidad de
vigilancia y control.
PREGUNTA NO. 1: “…Con la expedición de Decreto 1745 del 12 de septiembre de
2014, los requisitos de admisibilidad adicionales, quedaron sujetos a la
reglamentación que expida la Superintendencia Financiera con posterioridad a la
vigencia de la norma mencionada, en la cual especi que los criterios bajo los cuales
las entidades nancieras pueden incluir o no y en qué términos los requisitos de
admisibilidad adicionales, ya que si bien la Superintendencia Financiera expidió la
circular externa 022 de 2014, esta quedó sin efecto respecto de los requisitos
adicionales, como quiera que el Artículo 1 del Decreto 1745 de 2014, estableció
nuevamente que: “La Superintendencia Financiera de Colombia determinará los
criterios bajo los cuales las entidades nancieras podrán incluir requisitos de
admisibilidad adicionales a la cali cación de fortaleza nanciera.”,(el subrayado es
nuestro) queriendo ello signi car que los efectos de esta normatividad no pueden
retrotraerse a la circular externa 022 de 2014, por no contener esta norma efectos
retroactivos, tal y como así lo dispone el artículo 3ro del Decreto 1745 de 2014 en
cuanto hace referencia a que “el presente decreto rige a partir de la fecha de su
publicación”, razón por la cual los requisitos adicionales contenidos en el pliego de
condiciones referidos a la capacidad nanciera y patrimonial, la experiencia,
atención y a las estipulaciones sobre reaseguros, resultan inoponibles y su exigencia
podría ser vista como una práctica insegura o como un acto que podría atentar contra
la libre competencia en la medida que con la exigencia de requisitos de
admisibilidad adicionales se podría excluir la participación de varias compañías de
seguros
Inicio
Siguiente
Adicionalmente, consideramos que el cambio en el artículo 2.36.2.2.3 del Decreto
2555 de 2010, modi cado inicialmente por el Decreto 673 de 2014 y posteriormente
por el Decreto 1745 de 2014, no faculta, ni a este Banco, ni a Positiva, ni a ninguna
otra entidad nanciera o aseguradora, para dar por hecho que una Circular Externa
emitida por la SFC, ha quedado sin efectos per se, y en este caso particular nos parece
improbable que dicha entidad vaya a cali car la aplicación de la Circular 022 de 2014
como práctica insegura, máxime cuando la misma SFC hizo observaciones a los
pliegos de condiciones que fueron entregados por nosotros y dentro de estas no se
encuentra la prohibición de aplicar dicha Circular, sino más bien todo lo contrario.
Por lo anteriormente expuesto no se eliminarán los requisitos admisibilidad
adicionales establecidos en la Invitación y en el Pliego de Condiciones, por estar
éstos acorde con la Ley y demás normatividad aplicable.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
PREGUNTA NO. 2. “NUMERAL 3.11. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO MÁXIMO
DEL 80%:
Atentamente solicitamos modi car esta exigencia a un máximo del 90%, en la
medida que al ser datos del sector y de público conocimiento podría conducir a una
selección adversa, y en todo caso por que con esta exigencia se excluye a múltiples
compañías de seguros interesadas en el proceso.
Del mismo modo, solicitamos a la entidad, remitir el estudio técnico del sector y los
argumentos técnicos con fecha antecedente a la apertura del proceso, que se
tuvieron en cuenta para la exigencia del indicador actual.
Asimismo, solicitamos a la Entidad aclarar si dentro del estudio técnico se avizoró
que con el nivel de endeudamiento pretendido varias compañías de seguros
quedarían excluidas de participar en el presente proceso de selección en
contraposición del criterio de igualdad de acceso y la búsqueda de la participación
de la mayor cantidad de entidades aseguradoras en los procesos de licitación.
Las compañías de seguros deben identi car y cuanti car cuáles son las obligaciones
derivadas de los contratos de seguros que suscriben y deben asignar las partidas
necesarias para garantizar el pago o reconocimiento futuro de esas obligaciones.
Desde el punto de vista contable, las reservas técnicas representan el compromiso
que mantiene la aseguradora hacia su masa de asegurados. Pero no es propiamente
un pasivo.
En ese sentido, se evidencia que la capacidad para contratar y asumir riesgos por
parte de Positiva S.A. Compañía de Seguros, conforme al exceso del patrimonio
adecuado registrado en los indicadores nancieros requeridos por la
Superintendencia Financiera de Colombia como ente controlador para autorizar la
operación de las compañías aseguradoras en Colombia en la asunción de riesgos y
emisión de pólizas de seguros, el cual se ve re ejado en el siguiente cuadro,
(extractado de la página web del citado ente controlador), se evidencia que Positiva
S.A., aseguradora interesada en participar el proceso de selección que nos ocupa, se
encuentra con un exceso de patrimonio adecuado de ($438.415.000.000),
capacidad su ciente para asumir los riesgos derivados de la expedición de las pólizas
materia del presente proceso
Solicitamos nos informen si dentro de los argumentos técnicos se tuvo en cuenta la
participación de aseguradoras de orden estatal, que por su objeto eminentemente
social deben contener niveles de endeudamiento diversos al sector.
(Cuadro)”
Reiteramos que “las reservas técnicas son los recursos que destina una compañía de
seguros para respaldar las obligaciones que ha contraído con sus asegurados. El
régimen de reservas técnicas es el conjunto de normas prudenciales establecidas
por el regulador con el propósito de atender las directrices que deben seguir las
aseguradoras para estimar adecuadamente dichas obligaciones.
Respuesta: Se solicitó por parte de Davivienda que las aseguradoras interesadas en
participar en el Proceso de Contratación tuvieran un nivel de endeudamiento
máximo del 80% dado que el área de riesgo del Banco consideró que es éste el
indicador adecuado a exigir teniendo presente las característica y el volumen de la
cartera, así como el riesgo que el Banco maneja de acuerdo con sus estándares de
calidad, los cuales no es posible desatender o desmejorar.
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LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Por otro lado, Positiva señala que esta exigencia podría conducir a una selección
adversa y excluye a múltiples compañías de seguros, sobre lo cual nos permitimos
informar que antes de iniciar el Proceso de Contratación, el Banco Davivienda, con la
información pública con corte al mes de agosto de 2014, realizó un estudio del nivel
de endeudamiento máximo al 80% y de 26 compañías de seguros autorizadas para
operar el ramo de Vida, constató que 17 de éstas cumplen con dicho nivel,
demostrando de esta manera que el requisito lo cumple más de 50% de las
compañías del sector autorizadas para manejar los respectivos ramos, garantizando
así que más de una compañía podría participar en el Proceso de Contratación.
En cuanto que las reservas técnicas de las compañías de seguros no son
necesariamente un pasivo, es necesario resaltar que conforme al Decreto 2973 de
2013, por el cual se modi có el Título 4 del Libro 31 de la Parte 2 del Decreto 2555 de
2010, se consagró en el Artículo 2.31.4.1.3. lo siguiente:
“Contabilización de las reservas técnicas. Las anteriores reservas, con excepción de la
reserva de riesgos catastró cos, se contabilizarán en el pasivo de la entidad por su
valor bruto, es decir, sin descontar la parte a cargo del reasegurador…” (Subrayado
fuera del texto).
Así las cosas se deja claro que las reservas técnicas, salvo la excepción establecida por
la Ley deberán contabilizarse en el pasivo de la Compañía Aseguradora y por tanto
deben ser tomadas como tales, y no como lo señala Positiva en su comunicación.
Por último, en cuanto al cuestionamiento de Positiva en relación con si este Banco
tuvo en cuenta la participación de aseguradoras de orden estatal, reiteramos que
para el establecimiento de éste y los demás índices exigidos en los pliegos de
Inicio
Siguiente
condiciones, se tuvieron en cuenta todas las compañías de seguros autorizadas para
actuar en los respectivos ramos, en igualdad de condiciones, en los términos del
Decreto 673 de 2014 y de la Circular Externa 022 del mismo año, expedida por la SFC,
los cuales no exigen que se haga distinción o consideración particular alguna para el
caso de las entidades con participación estatal en su capital, en nuestro concepto
precisamente para garantizar el principio que ustedes mismos invocan de libre
competencia.
PREGUNTA NO. 3. “NUMERAL 8.8. LAS POSTURAS, CON SUS COPIAS Y SUS
ANEXOS NO SERÁN DEVUELTOS DE MANERA TOTAL O PARCIAL, NI
TAMPOCO SE AUTORIZARÁ SU POSTERIOR CONSULTA.
Solicitamos eliminar esta estipulación, toda vez que la normatividad vigente
establece unos mecanismos de protección frente a prácticas inseguras y la
correspondiente denuncia de presuntos actos contrarios a la libre competencia, de
modo que no autorizar la consulta de las otras posturas, cercena la posibilidad de
emprender acciones legales en contra de la entidad nanciera.
Respuesta: En la medida en que las posturas que se presenten serán abiertas en
medio de una audiencia pública, tal como lo exigen las normas vigentes aplicables,
no entendemos su comentario en relación con la posible existencia de actos
contrarios a la libre competencia, ni tampoco cómo se viole el derecho a que se
inicien con posterioridad acciones en contra del Banco, salvo que Positiva esté
partiendo de la mala fe de éste.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Tal como está diseñado el proceso, no existe una instancia de publicación y consulta
de las posturas que presenten los proponentes con miras a que los mismos puedan
presentar observaciones con respecto a las posturas de los demás, y no le vemos
ningún objeto a abrir la misma por la razón antes expuesta, cual es que las posturas
serán conocidas de manera pública por la totalidad de los proponentes.
PREGUNTA NO. 4. “NUMERAL 10.1. COSTO POR RECAUDO
Requerimos nos suministren los argumentos técnicos mediante los cuales se
determinó que el costo de la tarifa por recaudo es del $16.000 pesos más IVA”.
Respuesta: Lo primero que hay que aclarar es que el costo de la tarifa por cada
recaudo es de $12.000 + IVA, ver página 9 del Pliego de Condiciones Licitación
002/14, siendo esto un total de $ 13.920 y no de $16.000 + IVA como señala el
Interesado.
Por otro lado, el cálculo del costo de recaudo de cartera obedece al costo de la
infraestructura y de su operación para el recaudo, no consideramos necesario ni
estamos obligados de conformidad con las normas vigentes aplicables a dar detalles
sobre el cálculo de esta cifra. Adicionalmente, es de recalcar que en los términos del
numeral 4 del artículo 2.36.2.2.10 del Decreto 2555 de 2010, dicha tarifa aplica
únicamente en el caso en que la entidad aseguradora adjudicataria decida utilizar al
Banco para este n.
Inicio
Siguiente
PREGUNTA NO. 5 “NUMERAL 10.2.3. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
ADICIONALES RELACIONADOS CON LA CAPACIDAD FINANCIERA Y
PATRIMONIAL.
Solicitamos a la entidad establecer un solo corte para la remisión de la información,
proponemos que se exija Estados Financieros a 31 de diciembre de 2013, no hay
razón jurídica para que la entidad exija un corte distinto aduciendo una posible
garantía de las condiciones de capacidad nanciera y patrimonial pues para ello el
Decreto 673 de 2014 estableció en el parágrafo del artículo 2.36.2.2.7 la posibilidad
de la institución nanciera de dar por terminado el contrato unilateralmente con un
preaviso mínimo de 90 días calendario cuando el patrimonio técnico de la
aseguradora caiga por debajo de los niveles mínimos legales establecidos.”
Respuesta: El Banco Davivienda está requiriendo cifras a dos fechas, con corte a 31
de diciembre de 2013 y a 30 de septiembre de 2014 ya que considera importante
conocer la evolución y situación actual y a corto plazo de la Compañía Aseguradora
Interesada, por ende no se aceptará su solicitud.
PREGUNTA NO. 6. “NUMERAL 10.2.4.3. CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA
ANEXO 5 INFORME SOBRE EXPERIENCIA.
Respetuosamente requerimos se aclare que las certi caciones sobre experiencia en
lo atinente a: números de siniestros pagados y objetados podrá presentarse en cero
(0) debido a que la experiencia siniestral de la cuenta puede ser favorable y no
presentarse reclamación alguna.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
De la misma manera, solicitamos aclarar que como quiera que el año en curso no ha
fenecido se permita acreditar la experiencia en “valor de las primas” por el término
corrido de este año o fracción.
Respuesta: Se aclara que en la certi caciones de experiencia, en lo relacionado con
número de siniestros pagados y objetados en el último año podrán presentarse en
cero (0).
En atención a lo anterior, el Pliego de Condiciones establecido por Davivienda
determina que el momento para establecer si el Interesado se presenta bajo la
modalidad de coaseguros es cuando se acreditan los Requisitos de Admisibilidad
considerando que es necesario que todos los miembros del coaseguro cumplan con
todos estos requisitos, y en atención al principio de igualdad, estos requisitos deben
ser evaluados de manera concomitante con los Interesados en participar de manera
individual.
De igual manera se aclara a los Interesados que en este mismo certi cado se podrá
acreditar la experiencia en valor de las primas por el término corrido de éste año,
toda vez que ya ha corrido más del 50% del mismo.
Con base en lo anterior no es posible atender su solicitud.
PREGUNTA NO. 7. “NUMERAL 10.3. COASEGUROS.
Teniendo en cuenta que el criterio establecido desde el punto de vista normativo
establece que la oferta será una tasa de prima mensual incluyendo el IVA expresada
en porcentaje del monto asegurado de los riesgos que se licitan y que la adjudicación
se hará a la postura con el menor precio de la prima de seguros para el deudor, se
considera que establecer tasas diferenciales podría no corresponderse con ese
criterio y en todo caso bajo los criterios de análisis solicitados la aseguradora actual
se encuentra en ventaja con sus competidoras”
Solicitamos aclarar que la modalidad de coaseguro podrá ser utilizada en cualquier
tiempo, pues limitarlo a la fecha en la cual se presentaron los requisitos de
admisibilidad resulta desacertado, pues implica que las compañías de seguros con
capacidad técnica y operativa tengan que elegir de manera previa y SIN
INFORMACION DE LA CUENTA si se presentan en coaseguro, restringiendo la
posibilidad de análisis de la información y su autonomía para ir o no en coaseguros.”
Respuesta: La Circular Externa 022 de 2014 expedida por la SFC en el inicio 2 del
numeral 2 de la Instrucción Segunda, señala que “…en el evento que se permita la
participación de entidades aseguradoras a través de la gura de coaseguro, se debe
establecer la forma en que las mismas deben cumplir con los requisitos de
admisibilidad”.
Inicio
Siguiente
PREGUNTA NO. 8. “NUMERAL 11.5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Respuesta: No estamos de acuerdo con la posición de Positiva en relación con que
se bene cie a la compañía actual o a cualquier otra compañía en especí co, toda vez
que en la Información Mínima para Presentar Posturas que se entregará a las
compañías que cumplan con los requisitos de admisibilidad, se incluirá el detalle e
información su cientes para cotizar por edad o rango de edades, información con la
cual cada aseguradora podrá cotizar conforme a su análisis técnico, en igualdad de
condiciones para todos los Interesados.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
PREGUNTA NO. 9. “NUMERAL 12.11. ATENCIÓN DE SINIESTROS.
PREGUNTA NO. 10. “NUMERAL 12.14. PAGO DE SINIESTROS:
Solicitamos aclarar que el único documento válido para declarar la ITP es el emitido
por las juntas regionales o nacionales de cali cación o de la EPS o Fondo de
Pensiones respectivo.
Solicitamos aclarar a qué obedece el hecho que sea el Banco quien pague
directamente al asegurado el valor de la indemnización, cuando legalmente quien
tiene esta obligación es la aseguradora”.
Del mismo modo, solicitamos aclarar que para que exista cobertura, la
estructuración de la enfermedad y la fecha del dictamen deberá corresponder a la
vigencia de la póliza contratada.”
Respuesta: Obedece a que el bene ciario de la póliza es el Banco.
Respuesta: Teniendo en cuenta que el contrato de seguros de rige por el Código de
Comercio y por ende no está atado a la normatividad del Régimen de Seguridad
Social, las cali caciones de pérdida de capacidad laboral dadas por las EPS, ARL,
Compañías de Seguros y/o juntas regionales y nacionales de cali cación, son un
medio probatorio más, sin que sean los únicos para determinar el estado de
Incapacidad Total y Permanente de un asegurado por parte de la aseguradora.
Solicitamos aclarar a la entidad, si en la actualidad existe algún asegurado que su
cartera de consumo sea superior a los $10.000.000.000. Y si existe algún tipo de
requisito de asegurabilidad para estos montos tan altos.”
En cuanto la segunda aclaración solicitada, en relación con que para que exista
cobertura, la estructuración de la enfermedad y la fecha del dictamen deberá
corresponder a la vigencia de la póliza contratada, señalamos que no aceptamos la
misma, toda vez que técnicamente consideramos que la fecha de estructuración de
la enfermedad puede darse antes de la vida del crédito, lo cual forma parte de los
aspectos que deberán ser valorados por la compañía aseguradora al momento de la
emisión de la póliza, y por tanto no es un hecho que se pueda alegar al momento del
pago de la indemnización.
Inicio
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PREGUNTA NO. 11 “MÁXIMO VALOR ASEGURADO
Respuesta: Está información será suministrada por el Banco a los Interesados con
la Información Mínima para Presentar Postura.
PREGUNTA NO. 12. “SINIESTROS/DOCUMENTOS PARA EL PAGO DE
SINIESTROS:
Solicitamos que dentro de los documentos mínimos exigidos para el pago de
siniestros, también se incluya la Declaración de Asegurabilidad suministrada por el
Banco.”
Respuesta: Para el estudio del siniestro las compañías de seguros podrán
establecen los requisitos técnicos que considere necesarios, dentro de los cuales
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
podrán exigir la Declaración de Asegurabilidad. Lo que el Banco y el asegurado
deben demostrar es la ocurrencia del hecho y la cuantía de los daños, información
que se puede demostrar con los documentos mencionados en el numeral 12.11 del
Pliego de Condiciones.
c.
La indicación en cada uno de esos casos, si se trata de crédito hipotecario o
leasing habitacional.
15. De la misma forma, requerimos para completitud de la cotización, lo siguiente:
PREGUNTA NO. 13. RESPECTO A LA DECLARACIÓN DE ASEGURABILIDAD:
Solicitamos informar si esta será suministrada a la aseguradora en caso de así
requerirlo.
Respuesta: La Declaración de Asegurabilidad es un formato de la compañía
aseguradora que por intermedio del Banco se diligencia por parte del Asegurado, de
esta manera podrá estar en custodia del Banco o de la aseguradora, dependiendo de
cómo se pacte entre las partes. En el evento en que el Banco sea quien custodie este
documento será suministrado a solicitud.
PREGUNTAS NO. 14 Y 15. CARTERA Solicitamos que la información de la
cartera se encuentre discriminada de la siguiente forma:
a.
El listado de asegurados, con la indicación del saldo insoluto de la deuda y
para aquellos casos en mora lo correspondiente al capital no pagado, la
discriminación de los interés corrientes y de mora, los honorarios jurídicos,
sobregiros y primas de seguros de conformidad con lo estipulado en valor asegurado
individual de cada asegurado.
b.
El listado debe contener de ser posible: la edad, la ciudad o región, el género
con discriminación exacta por cartera.
Inicio
Siguiente
a.
El per l de asegurados por rangos de edades, preferiblemente así:
De 18 a 30 años
De 31 a 40 años
De 41 a 50 años
De 51 a 60 años
De 61 a 70 años
De 71 a 75 años
De 76 a 80 años
De 81 a 99 años
b.
Conforme lo descrito en dichos rangos, se solicita la distribución geográ ca
y valores asegurados igualmente en rangos esta vez por valores, tal y como se
expone a continuación:
De $0 a $300.000.000. millones de pesos
De $300.000.001 a $500.000.000 millones de pesos
De $500.000.001 a $700.000.000 millones de pesos
De $700.000.001 a $1.000.000.000 millones de pesos
Los mayores a $1.000.000.000 millones de pesos.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Respuesta: Tendremos en cuenta su recomendación, sin que esto implique
obligación alguna por parte del Banco de ser suministrada la información de la
cartera de la manera exacta señalada por Positiva en los numerales 14 y 15
anteriores.
PREGUNTAS SURAMERICANA SOBRE EL PROCESO LICITATORIO 001/14
INCENDIO Y TERREMOTO:
1.
PREGUNTA NO. 1 “De acuerdo con el numeral 10.5 Presentación de la
Carta de Cumplimiento de los Requisitos de admisibilidad, solicitamos precisar si
esta carta junto con los anexos asociados corresponden a la información que se
entregó el 9 de octubre, ya que lo enunciado en el citado numeral incluye
condiciones como: entrega de copia, información en medio magnético, índice con la
información presentada, así como numeración de todos los documentos;
condiciones que no fueron precisadas en el ANEXO No. 1 REQUISITOS DE
ADMISIBILIDAD VIDA y ANEXO No. 2 CARTA DE CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD de la invitación publicada en la página web del
banco.
Respuesta: Efectivamente el numeral 10.5, así como el anexo 2, anexo 4, anexo 5,
anexo 6 y anexo 6.1, hacen parte de la Fase de Admisibilidad la cual ya se culminó con
la entrega, el pasado 9 de octubre, por parte de los Interesados de los documentos
soporte de los Requisitos de Admisibilidad exigidos por el Banco para éste proceso.
“Asimismo solicitamos se nos permita entregar la Reserva de la carta de
cumplimiento de los requisitos de admisibilidad mencionada en el numeral 10.6,
Inicio
Siguiente
incluyendo la reserva de la información que se entregue y la ya entregada como
requisitos de admisibilidad el pasado 9 de octubre.”
Respuesta: Se modi cará el Pliego de Condiciones, en el sentido solicitado por usted,
para que a través de una comunicación especí ca los Oferentes puedan indicar
cuales de los documentos ya entregados y los que serán entregados en la Fase de
Postura, tienen el carácter de reservados.
2.
PREGUNTA NO. 2 “El parágrafo 1 del Artículo 2.36.2.2.16. del Decreto
2555 modi cado por el Decreto 673 de 2014, se consagra “Las aseguradoras
presentarán sus ofertas como una tasa de prima mensual incluyendo el IVA,
expresada en porcentaje del monto asegurado de los riesgos que se licitan. Dicha
oferta deberá incluir y discriminar el costo de recaudo de las primas y la comisión del
corredor de seguros cuando corresponda.” Por lo anterior, solicitamos explicarnos
cómo se debe incluir el costo por recaudo informado en el numeral 10.1 del pliego de
condiciones, en la tasa de prima mensual.”
Respuesta: El costo del recaudo indicado por el Banco debe ser incluido por cada uno
de los Oferentes dentro del cálculo actuarial propio de la técnica de seguros, que
utilicen para determinar la tasa comercial a cotizar.
Así mismo, solicitamos nos expliquen cómo es la fórmula para determinar la tasa de
prima mensual con menor precio y teniendo en cuenta el costo de recaudo, en el
evento en que una aseguradora determine utilizar su propio sistema de recaudo de
las primas.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Respuesta: en la Información Mínima para Presentar Posturas se entregará una
tabla de Excel con la distribución de los asegurados por edad y con el valor asegurado
para cada edad, por lo mismo cada Oferente colocará la tasa mensual cotizada en
miles de pesos para cada edad en la columna correspondiente y la hoja calculará la
prima mensual, al nal realizará la sumatoria de las primas resultantes. La
comparación de este resultado en las diferentes Posturas determinará la más
económica.
Si una aseguradora decide no usar el servicio de recaudo del Banco sino utilizar su
propio sistema de recaudo, este costo no estará incluido en el cálculo de la tasa
comercial a cotizar y dicha circunstancia deber estar expresamente señalada en la
Postura.
3.
PREGUNTA NO. 3: “En el Anexo 3 de los requisitos de admisibilidad se
solicitaron los indicadores nancieros de las Compañías Aseguradoras con fecha a
septiembre 30 de 2014. Esta información no fue posible entregarla antes de día 14
de octubre del presente año, toda vez que para que ésta se pueda divulgar debía
enviarse primero a la Superintendencia Financiera de Colombia, la cual para el tercer
trimestre del presente año debía ser entregada el día 10 de octubre en horas de la
noche, fecha posterior al cierre de la los Requisitos de Admisibilidad y entrega de
postulaciones para el presente proceso licitatorio, por lo que solicitamos sea posible
entregar esta información con cierre a septiembre junto con la Reserva de la carta de
cumplimiento de los requisitos de admisibilidad”.
Respuesta: No, es viable atender su solicitud toda vez que ya está cerrada la Fase de
Admisibilidad y la información que se solicitó, junto con su fecha de reporte, era un
requisito de la misma. Cabe aclarar que conforme a la respuesta dada por el Banco a
Sura el día 9 de octubre de 2014, se comunicó lo siguiente:
Inicio
Siguiente
“Las cifras que solicita el Banco no necesariamente son las transmitidas por las
Compañías a la Superintendencia Financiera de Colombia (“SFC”) sino las que
tendrán que certi can sus representantes legales y revisores scales a través del
diligenciamiento y forma de los correspondientes formatos, las cuales el Banco
podrá cotejar con la información pública que reposa en dicha Entidad. Sin embargo,
para efectos del análisis pertinente se tendrá en cuenta la información que se
incluya en los mencionados formatos. “
Por lo que la información solicitada podía haber sido entregada con base en los
estados nancieros de prueba que las aseguradoras realizan previo al reporte de la
información nal a la Superintendencia.
4.
PREGUNTA NO. 4 “Favor informar el plazo para la formulación de
Preguntas sobre la Información Técnica que será suministrada el 13 de noviembre de
2014.”
Respuesta: Desde el día del recibo de la misma y hasta dos (2) días antes del cierre y
entrega de las Posturas. Se tendrá en cuenta esta inquietud para ajustar el
Cronograma del Proceso de Contratación.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
PREGUNTAS SURAMERICANA SOBRE EL PROCESO LICITATORIO 002/14
VIDA DEUDORES:
1.
PREGUNTA NO. 1: “De acuerdo con el numeral 10.5 Presentación de la
Carta de Cumplimiento de los Requisitos de admisibilidad, solicitamos precisar si
esta carta junto con los anexos asociados corresponden a la información que se
entregó el 9 de octubre, ya que lo enunciado en el citado numeral incluye
condiciones como: entrega de copia, información en medio magnético, índice con la
información presentada, así como numeración de todos los documentos;
condiciones que no fueron precisadas en el ANEXO No. 1 REQUISITOS DE
ADMISIBILIDAD VIDA y ANEXO No. 2 CARTA DE CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD de la invitación publicada en la página web del
banco.”
Respuesta: Efectivamente el numeral 10.5, así como el anexo 2, anexo 4 y anexo 5,
hacen parte de la Fase de Admisibilidad la cual ya se culminó con la entrega, el
pasado 9 de octubre, por parte de los Interesados de los documentos soporte de los
Requisitos de Admisibilidad exigidos por el Banco para éste proceso.
“Asimismo solicitamos se nos permita entregar la Reserva de la carta de
cumplimiento de los requisitos de admisibilidad mencionada en el numeral 10.6,
incluyendo la reserva de la información que se entregue y la ya entregada como
requisitos de admisibilidad el pasado 9 de octubre.”
Respuesta: Se modi cará el Pliego de Condiciones, en el sentido solicitado por
usted, para que a través de una comunicación especí ca los Oferentes puedan
indicar cuales de los documentos ya entregados y los que serán entregados en la
Fase de Postura, tienen el carácter de reservados.
Inicio
Siguiente
2.
PREGUNTA NO. 2: “El parágrafo 1 del Artículo 2.36.2.2.16. del Decreto
2555 modi cado por el Decreto 673 de 2014, se consagra “Las aseguradoras
presentarán sus ofertas como una tasa de prima mensual incluyendo el IVA,
expresada en porcentaje del monto asegurado de los riesgos que se licitan. Dicha
oferta deberá incluir y discriminar el costo de recaudo de las primas y la comisión del
corredor de seguros cuando corresponda.” Por lo anterior, solicitamos explicarnos
cómo se debe incluir el costo por recaudo informado en el numeral 10.1 del pliego de
condiciones, en la tasa de prima mensual.”
Respuesta: El costo del recaudo indicado por el Banco debe ser incluido por cada uno
de los Oferentes dentro del cálculo actuarial propio de la técnica de seguros, que
utilicen para determinar la tasa comercial a cotizar.
“Así mismo, solicitamos nos expliquen cómo es la fórmula para determinar la tasa de
prima mensual con menor precio y teniendo en cuenta el costo de recaudo, en el
evento en que una aseguradora determine utilizar su propio sistema de recaudo de
las primas.”
Respuesta: en la Información Mínima para Presentar Posturas se entregará una
tabla de Excel con la distribución de los asegurados por edad y con el valor asegurado
para cada edad, por lo mismo cada Oferente colocará la tasa mensual cotizada en
miles de pesos para cada edad en la columna correspondiente y la hoja calculará la
prima mensual, al nal realizará la sumatoria de las primas resultantes. La
comparación de este resultado en las diferentes Posturas determinará la más
económica.
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Si una aseguradora decide no usar el servicio de recaudo del Banco sino utilizar su
propio sistema de recaudo, este costo no estará incluido en el cálculo de la tasa
comercial a cotizar y dicha circunstancia deber estar expresamente señalada en la
Postura.
3.
PREGUNTA NO. 3: En el Anexo 3 de los requisitos de admisibilidad se
solicitaron los indicadores nancieros de las Compañías Aseguradoras con fecha a
septiembre 30 de 2014. Esta información no fue posible entregarla antes de día 14
de octubre del presente año, toda vez que para que ésta se pueda divulgar debía
enviarse primero a la Superintendencia Financiera de Colombia, la cual para el tercer
trimestre del presente año debía ser entregada el día 10 de octubre en horas de la
noche, fecha posterior al cierre de la los Requisitos de Admisibilidad y entrega de
postulaciones para el presente proceso licitatorio, por lo que solicitamos sea posible
entregar esta información con cierre a septiembre junto con la Reserva de la carta de
cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
Por lo que la información solicitada podía haber sido entregada con base en los
estados nancieros de prueba que las aseguradoras realizan previo al reporte de la
información nal a la Superintendencia.
4.
PREGUNTA NO. 4: “Favor informar el plazo para la formulación de
Preguntas sobre la Información Técnica que será suministrada el 13 de noviembre de
2014.”
Respuesta: Desde el día del recibo de la misma y hasta dos (2) días antes del cierre y
entrega de las Posturas. Se tendrá en cuenta esta inquietud para ajustar el
Cronograma del Proceso de Contratación
PREGUNTAS CARDIF SOBRE EL PROCESO LICITATORIO 002/14 VIDA
DEUDORES:
Respuesta: No, es viable atender su solicitud toda vez que ya está cerrada la Fase de
Admisibilidad y la información que se solicitó, junto con su fecha de reporte, era un
requisito de la misma. Cabe aclarar que conforme a la respuesta dada por el Banco a
Sura el día 9 de octubre de 2014, se comunicó lo siguiente:
1.
Pregunta No. 1: “En el ítem 12.14-Pago de Siniestros no se hace referencia
a cuáles canales de seguridad y bases de datos para la emisión de los informes
solicitados se podrán conocer a través del Banco, ¿Es posible conocer esta
información?”
“Las cifras que solicita el Banco no necesariamente son las transmitidas por las
Compañías a la Superintendencia Financiera de Colombia (“SFC”) sino las que
tendrán que certi can sus representantes legales y revisores scales a través del
diligenciamiento y forma de los correspondientes formatos, las cuales el Banco
podrá cotejar con la información pública que reposa en dicha Entidad. Sin embargo,
para efectos del análisis pertinente se tendrá en cuenta la información que se
incluya en los mencionados formatos. “
Respuesta: Aquellos informes que contengan información sensible de clientes
deberán ser remitidos por el canal seguro que se establezca con el Banco, esto se
de nirá con el Oferente Adjudicatario del proceso mediante acuerdos de servicio.
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LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
2.
Pregunta No. 2: “¿Cuál es la de nición exacta en el numeral 12.15 sobre
"estaciones de infraestructura técnica"?”
5.
Pregunta No. 5: “En el ítem 12.7- Pólizas Adicionales, nos podrían
informar cuál sería el costo estimado de las mismas?”
Respuesta: Una terminal (equipo de cómputo) con el sistema de la aseguradora,
mediante la cual puedan realizarse en tiempo real (en línea) consultas, trámites,
emisiones, modi caciones cancelaciones y cualquier otro movimiento de las pólizas
de seguros suscritas con la aseguradora por parte de los clientes asegurados del
Banco.
Respuesta: El costo de la póliza “Cyber Risk” solicitada por el Banco no lo
conocemos, lo obtienen ustedes producto de la negociación que hagan con la
aseguradora que se las emita.
3.
Pregunta No. 3: “En el ítem 12.15- Infraestructura Técnica mencionan que
el interesado deberá comprometerse a instalar en los 15 días siguientes a la
adjudicación una estación de su sistema de administración. ¿Cuáles características y
recursos especí cos (PC, teléfonos, internet, impresoras, Software) deben cumplir
estos 2 recursos? ¿cuál (sic) es el per l requerido para estos 2 recursos?¿Estos 2
recursos serán In House?”
Respuesta: computadores (pantalla, CPU, teclado y mouse) con el sistema de
administración de la aseguradora; antivirus; office; rewall, entre otros.
4.
Pregunta No. 4: “En el ítem 10.2.4.1 Red de O cinas, ¿La atención que se
solicita para las ciudades que se mencionan allí pueden ser in House del Banco?”
Respuesta: No, no se trata de abrir un punto de atención en las o cinas del Banco,
sino de que la aseguradora cuente con infraestructura propia consistente en o cinas
de representación de la aseguradora en por lo menos el porcentaje de las ciudades
indicadas a las cuales el cliente, en caso de inquietudes, reclamaciones de siniestros,
quejas o reclamos, pueda dirigirse a que se le atienda en las mismas.
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6.
Pregunta No. 6: “En el ítem 10.1- Costo de Recaudo, Por favor aclarar si el
Banco realizará el cobro del costo de recaudo por los cobros no efectivos o solo
informara efectivos?”
Respuesta: Se realizará el cobro por todos los seguros causados y facturados a los
clientes, teniendo en cuenta que el Banco paga las primas con independencia de que
el cliente pague o no su cuota de crédito incluyendo los seguros.
7.
Pregunta No. 7: “¿Cuáles son los procesos de pruebas requeridas para el
plan de continuidad de negocio que solicita el Banco en el numeral 12.12?”
Respuesta: Todos aquellos que, según las políticas de administración del riesgo de
cada aseguradora, permitan validar que los planes de contingencia son capaces de
soportar la operación del negocio garantizando la continuidad del mismo.
8.
Pregunta No. 8: “En el ítem 7.2.9 Condiciones de Suscripción y Servicio
hacen referencia a la atención de clientes Premium, ¿Cual (sic) es proceso que debe
seguirse para el proceso de suscripción y servicio de los mismos?”
LICITACIONES SEGUROS
PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
Respuesta: Lo solicitado por el Banco en el numeral mencionado, es únicamente el
servicio de exámenes a domicilio, los procesos de suscripción y servicio son los
mismos que para los demás clientes.
12. Pregunta No. 12: “¿Cuál es el tiempo de respuesta con el que se cuentará
(sic) para la toma de exámenes médicos?”
Respuesta: Se deberán coordinar máximo 48 horas posteriores a la solicitud.
9.
13. Pregunta No. 13: “En el ítem 7.2.9 Condiciones de Suscripción y Servicio,
El Banco une municipios aledaños a Bogotá (Chía, Cota, Cajica, Funza y Mosquera)
como cobertura de la misma ciudad. Podrían de nir exactamente que municipios
aledaños a ciudades como Cali, Medellín, Barranquilla, tendrán que ser incluidas
para cumplir con este requisito.”
Pregunta No. 9 “¿Existen varios asegurados para un solo crédito?”
Respuesta: SI; todos los deudores del crédito.
10. Pregunta No. 10 “¿Quien (sic) asume los extra costos de exámenes
médicos a domicilio solicitados? Anexo No.7 ítem 7.2.9 Condiciones de Suscripción y
de Servicio.”
Respuesta: La aseguradora asume estos costos siempre que exija requisitos de
asegurabilidad como los exámenes médicos y de laboratorio.
11. Pregunta No. 11 “¿Cómo se nos reportará y con cuál es el tiempo para la
solicitud de exámenes médicos a domicilio?”
Respuesta: Será un acuerdo de servicios que se establecerá con el Banco, sin
embargo nuestra experiencia nos hace recomendar tener un correo electrónico a
donde los funcionarios del Banco autorizados para pedir este servicio, escriban a la
aseguradora, reportando la información necesaria para coordinar los exámenes, y
sea la aseguradora con el área encargada de este servicio que coordine el cliente el
sitio, hora y recomendaciones para prestarle el servicio.
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Respuesta: Aquellos que se encuentren dentro de un radio de aproximadamente
20Km fuera del perímetro urbano de la ciudad principal.
14. Pregunta No. 14: “ Existe una adenda comunicada por el Banco en el
pliego de Requisitos de Admisibilidad donde eliminaban el diligenciamiento del
Anexo 4: Listado de Sucursales y puntos de atención de la aseguradora , pero en el
nuevo pliego lo vuelven a relacionar pero esta ves (sic) como Anexo 6, es necesario
diligenciar este anexo?”
Respuesta: No, ese formato se diligenciaba para la Fase de Admisibilidad, la cual ya
se culminó con la entrega de los documentos entregados por ustedes el pasado 9 de
octubre, sin embargo es exigencia del decreto 673 de 2014, que los Requisitos de
Admisibilidad deben estar relacionados en el Pliego de Condiciones por lo que
relacionan nuevamente en los mismos.
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PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
15. Pregunta No. 15: “¿El Banco asume el pago de la prima ante la
aseguradora?”
Respuesta: Si, independientemente que el cliente entre en mora el Banco paga las
primas para garantizar la cobertura sobre el riesgo asegurado.
corrientes y de mora, seguros y cualquier otra suma que se relacione con la operación
del crédito tales como: Costos de cobranza y procesos jurídicos. La pregunta es: ¿El
pago de la prima la efectúan sobre este mismo saldo?”
Respuesta: Si, el cálculo de la base de cálculo incluye todos los conceptos
relacionados al crédito y su cobranza en caso de mora.
16. Pregunta No. 16: “En el ítem 12.14- Pago de Siniestros no se hace
referencia exacta a los días de plazo máximo para efectuar pago de siniestros, ¿Es
posible conocer está información?”
19. Pregunta No. 19: “¿Es posible conocer los montos que se han pagado
correspondiente a pagos comerciales en las vigencias más recientes?”
Respuesta: El plazo por ustedes solicitado en esta pregunta está establecido en el
numeral 12.11 del Pliego de Condiciones.
Respuesta: Incluiremos información de ésta índole en el informe de siniestralidad
de la Información Mínima para Presentar Postura.
17. Pregunta No. 17: “Es factible conocer el uno a uno de siniestros incurridos
que afectaron las dos o tres últimas vigencias con la siguiente información: Fecha de
Ocurrencia, Fecha de Aviso, Cobertura Afectada, Edad o fecha de nacimiento del
asegurado afectado, Género del Asegurado Afectado, Monto del Siniestro Incurrido,
Estado del Siniestro (pagado o pendiente).”
20. Pregunta No. 20: Es posible conocer cifras consolidadas de primas y
siniestros para las vigencias anteriores?
Respuesta: Con la Información Mínima para Presentar Postura se entregará
información de la siniestralidad de la cuenta la cual será su ciente para analizar el
resultado de ésta y estructurar la Postura, sin embargo esto no signi ca o
compromete al Banco a entregar el nivel de detalle por ustedes solicitado.
18. Pregunta No. 18: “Como valor asegurado se de ne: saldo insoluto de las
obligaciones entendiéndose este como: El saldo a capital más los intereses
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Respuesta: En la Información Mínima para Presentar Postura se entregará esta
información.
21. Pregunta No. 21: “¿Es posible conocer el listado (uno a uno) de
asegurados actuales que superen los 120 MCOP de valor asegurado? Si fuera posible
incluir por favor la fecha de nacimiento o edad y el valor asegurado.”
Respuesta: En la Información Mínima para Presentar Postura se entregará la
información por rangos de valor asegurado, edad y ubicación, sin embargo no se
entregará detalle uno a uno de créditos o clientes.
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PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
22. Pregunta No. 22: ¿Es posible establecer las exclusiones que manejan
actualmente?
Respuesta: No, dicha información se suministrará únicamente al Oferente que
resulte adjudicatario del Proceso de Contratación
23. Pregunta No. 23 “¿En la actualidad solo aplica tasa mensual? En caso
negativo, ¿Qué sucede con la prima no devengada? ¿Se traslada a la nueva
aseguradora?”
Respuesta: Solo manejamos tasas mensuales, independientemente de la
periodicidad de pago.
24. Pregunta No. 24: “Es factible conocer la distribución de asegurados por
valor asegurado de acuerdo con la siguiente distribución:”
Respuesta: En la Información Mínima para Cotizar se entregará la información por
rangos de valor asegurado, edad y ubicación, con lo que satisfacemos la solicitud
hecha por ustedes en éste punto.
25. Pregunta No. 25: "En el ítem 10.2.5.2.se relaciona ""La Nómina de
Reaseguradores que respalden la propuesta deberán contar al menos en un 80% de
dicha nómina, con una cali cación mínima de…""
Por lo anterior deberán acreditar dicha cali cación con una certi cación emitida por
el Interesado y rmada por su representante legal.
Nota: En el evento en que los Interesados se presenten en Coaseguro cada uno de los
miembros que lo conforman deberán demostrar lo señalado en el presente numeral.
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Solicitamos muy amablemente se nos aclare sí el certi cado del reasegurador
deberá ser suscrito por el representante legal de este o por el representante legal de
la compañía de seguros que participa en el proceso de contratación de seguros.”
Respuesta: Lo debe suscribir el representante legal del interesado, es decir, de la(s)
aseguradora(s) que se presenta(n) al proceso.
26. Pregunta No. 26: "El ítem No. 12.1. Póliza de Cumplimiento se establece
que: " Una vez se noti que la adjudicación, la aseguradora deberá constituir una
póliza de cumplimiento, regida por las normas de contratación entre particulares,
por una suma de dos mil millones de pesos ($2.000.000.000) y una vigencia igual al
plazo de la adjudicación y cinco (5) años más"
Solicitamos revisar el plazo de los 5 años adicionales, por los siguientes motivos:
Consideramos que puede ser un plazo muy largo para una etapa pos contractual
para el tipo de objeto de la contratación, estos plazos post contractuales que se
manejan de 5 años se otorgan en contrataciones de obras civiles o para suministros
de bienes de calidad o correcto funcionamiento de los mismos los cuales
generalmente cuentan con garantía de 5 años o más. De conformidad con lo anterior
solicitamos muy amablemente se reduzca el plazo de estos años a tres (3) o
menos."”
Respuesta: La razón para solicitar los cinco (5) años adicionales obedece a la
necesidad de cubrir la prescripción extraordinaria garantizando el pago de siniestros
futuros que sean reportados aun luego de terminar la vigencia del contrato de
seguro suscrito con el Oferente Adjudicatario del proceso.
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PREGUNTAS SOBRE LOS PLIEGOS
27. Pregunta No. 27: “En el ítem No. 13.1. Efectividad De La Póliza De
Cumplimiento se establece que: " EL BANCO hará efectiva la garantía de
CUMPLIMIENTO si la(s) aseguradora(s) adjudicataria(s) no cumple(n) con
cualquiera de las condiciones detalladas en el presente numeral de este Pliego De
Condiciones o cualquier otra condición propia de la ejecución del contrato de
seguros. Quedará a favor de EL BANCO en calidad de sanción, la ejecución de la
garantía de cumplimiento, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al
reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por la garantía, incluyendo
la cancelación anticipada del contrato de seguros, de acuerdo con lo indicado en el
numeral 13.3 de los presentes términos"
En este caso, sugerimos aclarar la redacción del mismo dado que no es clara en lo
referente a “EN CALIDAD DE SANCION (sic)”, toda vez que las Pólizas de
Cumplimiento de contratos entre particulares excluyen las Multas, Sanciones,
Clausulas Penales y Pecuniarias.”
Respuesta: Tendremos en cuenta su observación, ajustando el Pliego de
Condiciones en ese sentido.
Bogotá. Octubre 31 de 2014
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