tuar uar de o, o nte? ¿Cómo actuar en situación de - CCOO

Para asesorarte y tramitar
cualquier gestión…
Número 5
EN UN CONTEXTO TAN HOSTIL, MÁS QUE NUNCA…
¡TE INTERESA CONOCER TUS DERECHOS!
¿Cómo actuar
en
situación de
embarazo,
lactancia o
parto reciente?
Por una maternidad segura y saludable
en el puesto de trabajo...
AFÍLIATE A CCOO, TU SINDICATO.
¿Cómo actuar en
situación de
embarazo,
lactancia o
parto reciente ?
2
7
Correos aprobó el nuevo procedimiento de actuación para garantizar la
protección de las trabajadoras en situación de embarazo, lactancia o parto
reciente frente a posibles riesgos laborales en su puesto de trabajo. Reseñamos para todos los interesados e interesadas las cuestiones más importantes a tener en cuenta que se recogen en el procedimiento, así como
las preguntas más usuales cuando estamos en esta situación.
Estoy embarazada, ¿cuándo tengo que comunicar a la empresa mi
embarazo?
¿Cuál es la duración del permiso de lactancia?
El Estatuto de los Trabajadores lo sitúa en 9 meses pero en la regulación de Correos lo tenemos mejorado y este permiso se puede disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses.
¿En qué consiste el permiso de lactancia según nuestra regulación?
La Ley no establece la obligación de comunicar el embarazo en una fecha
concreta. Ahora bien, es conveniente comunicárselo al Jefe de Unidad en
cuanto se tiene certeza del embarazo para que se adopten las medidas oportunas en materia de prevención de riesgos.
Tanto para personal laboral como para funcionario, consiste en 1 hora de
ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias
horas). La madre, por propia voluntad, puede decidir reducir la jornada en una
hora al final o al principio o acumular el permiso en jornadas completas.
Para confirmar el embarazo hay que presentar informe del médico de familia y/
o ginecólogo donde además se incluya la ausencia de patología que pueda incidir sobre el normal desarrollo del embarazo.
En el caso de parto múltiple, cada uno de los hijos/as generará de forma independiente el derecho al disfrute de este permiso, acumulándose su duración.
Es un permiso retribuido que no pueden negarte.
¿Cómo puedo saber si mi puesto de trabajo conlleva algún riesgo
para mi embarazo?
En el caso de optar por disfrutar el permiso de forma acumulada
en jornadas completas ¿cuántos días son?
Correos a través del “Procedimiento de actuación para
trabajadoras en situación de embarazo, lactancia o parto
reciente” ha determinado qué puestos de trabajo no
comportan ningún riesgo y qué puestos en determinadas condiciones pueden presentar algún riesgo.
Nuestra regulación establece que la acumulación de jornadas completas no
superará las cuatro semanas de duración.
¿Cuáles son los puestos que no comportan
riesgos?
Sí. El permiso se puede disfrutar tanto en los supuestos de lactancia natural como artificial, y tanto para hijos biológicos como hijos adoptados siempre que
sean menores de 12 meses de edad.
Jefe de Distribución, Jefe administrativo, Administrativo,
Jefe de tratamiento, Sanitario, Técnico de prevención.
¿Qué ocurre con el resto de puestos?
En el Protocolo/procedimiento de embarazo se determina qué funciones no pueden realizar los diferentes puestos y a partir de cuántas semanas; así, por ejemplo, desde el inicio de un embarazo ninguna mujer trabajará de noche o tendrá
que coger una moto. En cuanto sepas que estás embarazada, contacta con
CCOO y te diremos los riesgos que tiene tu puesto de trabajo, a partir de
cuántas semanas y cómo actuar.
¿El permiso se disfruta tanto en los casos de lactancia natural como artificial?
¿El padre puede solicitar el permiso de lactancia?
Sí. El permiso de lactancia es individualizado y puede ser disfrutado indistintamente por cualquier de los progenitores. En el caso que los 2 trabajen el permiso sólo puede ser disfrutado por uno de ellos.
¿Pueden despedirme por solicitar y disfrutar el permiso de lactancia?
No. Se trataría de un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales.
6
3
En el caso de adopción o acogimiento, si la madre no trabaja
¿puede el padre disfrutar del permiso?
Aunque la madre no trabaje, en este caso, si el padre cumple con los requisitos
necesarios, sí podría disfrutar del permiso.
En caso de adopción o acogimiento ¿qué edad debería tener el hijo/a adoptado para generar derecho a la prestación por maternidad?
Deberán ser menores de 6 años, o entre 6 años y 18 discapacitados (que
acrediten grado de minusvalía mayor o igual a 33%, o que por sus circunstancias y experiencias, tengan dificultades de inserción social y familiar).
¿Cuántos días de permiso tiene el padre por nacimiento de un hijo
o hija, en Correos?
El personal laboral de Correos tendrá derecho a disfrutar de un permiso por 10 días de nacimiento de hijo/a
inmediatamente posteriores al parto y 13 días de suspensión del contrato que se solicitan directamente al
INSS.
El personal funcionario de Correos tendrá derecho a
23 días de descanso ininterrumpidos e inmediatamente
posteriores al parto por nacimiento de hijo/a.
Si estoy embarazada, ¿tengo derecho a solicitar permiso para ir a
revisiones médicas? ¿Qué duración tiene este permiso? ¿Es retribuido?
Sí. En caso de embarazo puedes acudir a los exámenes prenatales por el
tiempo indispensable. Es un permiso retribuido, por tanto no te pueden descontar nada del salario por estas ausencias. Siempre hay que aportar al jefe
de unidad el justificante.
Tengo que hacerme la prueba de la Amniocentesis, y me dice mi
médico que tengo que guardar dos días de reposo ¿tengo que solicitar la baja médica?
Debes comunicarlo a Correos y si te ponen algún tipo de problema, tienes que
solicitar la baja a tu médico.
¿Qué diferencia hay entre embarazo de riesgo y riesgo en el embarazo?

El embarazo de riesgo es aquel en el que
diferentes factores pueden propiciar que la
evolución del embarazo pueda presentar
problemas. Se considera incapacidad temporal por contingencia común, por lo que
se perciben las mismas retribuciones y,
por tanto, se tienen los mismos descuentos que con una enfermedad común.

El riesgo en el embarazo es aquel en que la exposición laboral y, por
tanto, el puesto de trabajo puede suponer un riesgo para el feto o la madre. Se trata de una suspensión del contrato como si se tratara de incapacidad temporal por contingencias profesionales por lo que se percibe
el 100% de la base reguladora.
Ampliables en ambos supuestos en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo/a partir del segundo.
En el supuesto de parto, en caso de que el padre u otro progenitor
no desee disfrutar el permiso por paternidad, ¿puede disfrutarlo la
madre?
No. Este permiso es un derecho exclusivo del padre (u otro progenitor),
por tanto la madre no puede hacer uso de él. Si el padre rechazase hacer
uso del mismo, el derecho se pierde.
4
Si estoy incluida en las bolsas de empleo de Correos y me llaman
para formalizar un contrato estando embarazada, ¿ podría decaer
de las bolsas por estar en esa situación?
En primer lugar tienes que saber que no puede existir discriminación y que
se prive de formalizar un contrato por estar embarazada. Ahora bien, si al
llamar a una mujer embarazada para formalizar una contratación ya se encuentra en alguna de las situaciones de embarazo de riesgo, riesgo en el embarazo,
riesgo durante la lactancia…las normas de contratación contemplan estas causas como justificadas para no decaer de las bolsas; es más, cuando el propio
candidato/a se encuentra en situación de licencia de maternidad/adopción y lactancia (incluidas paternidad, acogimiento…) y manifiesta su no disponibilidad,
mientras dure la situación, según la legislación vigente, no rotará en las bolsas.
¿Podría Correos extinguir la relación laboral por cualquier causa
relacionada con el embarazo?
No. Todo despido que se produzca por cualquier causa relacionada con el embarazo será considerado discriminatorio y nulo.
¿Cuál es la duración del permiso de maternidad?
La duración del periodo de descanso por maternidad es de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple,
de discapacidad y de hospitalización del recién nacido, en dos semanas
más por cada hijo/a partir del segundo; estableciendo la necesidad de disfrutar 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.
En los supuestos de adopción internacional, en el cual los progenitores
deban desplazarse previamente al país de origen del adoptado, tendrán un
permiso de hasta 2 meses percibiendo en este periodo las retribuciones básicas, sin perjuicio de poder iniciar la baja de maternidad hasta 4 semanas antes
de la resolución judicial o administrativa por la que se constituya la adopción o
acogimiento.
5
En el supuesto de fallecimiento de la madre, ¿tendría derecho el
padre a hacer uso del permiso de maternidad?
Sí. En dicho caso el padre (o el otro progenitor) podrá hacer uso de la totalidad
del permiso/baja de maternidad o de la parte que reste desde la fecha de parto.
En el supuesto de fallecimiento del bebé ¿tendría derecho la madre al permiso de maternidad?
La madre tendrá derecho a disfrutar del permiso por maternidad como si esta
situación no se hubiese producido. Asimismo, la madre podrá solicitar la reincorporación a su puesto de trabajo, una vez transcurridas las 6 semanas de descanso obligatorio posteriores al parto.
También contempla la legislación vigente, el disfrute del permiso de maternidad
cuando el bebé no llega a nacer y, por tanto, se produce un aborto a partir del
sexto mes de gestación.
¿Qué retribuciones percibiré cuando me encuentre de baja por
maternidad?
La prestación consiste en un subsidio correspondiente al 100% de la base
reguladora correspondiente.
Si tengo un contrato temporal y finaliza antes de dar a luz ¿tendría
derecho a la prestación por maternidad?
Una vez extinguida la relación laboral, teniendo todos
los requisitos de cotización en regla, se tendrá derecho
a percibir la prestación por maternidad.
En el caso de parto y que ambos progenitores
trabajen ¿tiene derecho el padre a disfrutar el
permiso de maternidad?
Sí. El padre (o el otro progenitor) tendría derecho a hacer uso de parte de la
baja maternal o de la totalidad, bien de forma simultánea o sucesiva con la de
la madre, salvo las 6 semanas inmediatas al parto -que son descanso obligatorio para la madre- siempre que acredite los requisitos necesarios y ambos trabajen.
4
Si estoy incluida en las bolsas de empleo de Correos y me llaman
para formalizar un contrato estando embarazada, ¿ podría decaer
de las bolsas por estar en esa situación?
En primer lugar tienes que saber que no puede existir discriminación y que
se prive de formalizar un contrato por estar embarazada. Ahora bien, si al
llamar a una mujer embarazada para formalizar una contratación ya se encuentra en alguna de las situaciones de embarazo de riesgo, riesgo en el embarazo,
riesgo durante la lactancia…las normas de contratación contemplan estas causas como justificadas para no decaer de las bolsas; es más, cuando el propio
candidato/a se encuentra en situación de licencia de maternidad/adopción y lactancia (incluidas paternidad, acogimiento…) y manifiesta su no disponibilidad,
mientras dure la situación, según la legislación vigente, no rotará en las bolsas.
¿Podría Correos extinguir la relación laboral por cualquier causa
relacionada con el embarazo?
No. Todo despido que se produzca por cualquier causa relacionada con el embarazo será considerado discriminatorio y nulo.
¿Cuál es la duración del permiso de maternidad?
La duración del periodo de descanso por maternidad es de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple,
de discapacidad y de hospitalización del recién nacido, en dos semanas
más por cada hijo/a partir del segundo; estableciendo la necesidad de disfrutar 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.
En los supuestos de adopción internacional, en el cual los progenitores
deban desplazarse previamente al país de origen del adoptado, tendrán un
permiso de hasta 2 meses percibiendo en este periodo las retribuciones básicas, sin perjuicio de poder iniciar la baja de maternidad hasta 4 semanas antes
de la resolución judicial o administrativa por la que se constituya la adopción o
acogimiento.
5
En el supuesto de fallecimiento de la madre, ¿tendría derecho el
padre a hacer uso del permiso de maternidad?
Sí. En dicho caso el padre (o el otro progenitor) podrá hacer uso de la totalidad
del permiso/baja de maternidad o de la parte que reste desde la fecha de parto.
En el supuesto de fallecimiento del bebé ¿tendría derecho la madre al permiso de maternidad?
La madre tendrá derecho a disfrutar del permiso por maternidad como si esta
situación no se hubiese producido. Asimismo, la madre podrá solicitar la reincorporación a su puesto de trabajo, una vez transcurridas las 6 semanas de descanso obligatorio posteriores al parto.
También contempla la legislación vigente, el disfrute del permiso de maternidad
cuando el bebé no llega a nacer y, por tanto, se produce un aborto a partir del
sexto mes de gestación.
¿Qué retribuciones percibiré cuando me encuentre de baja por
maternidad?
La prestación consiste en un subsidio correspondiente al 100% de la base
reguladora correspondiente.
Si tengo un contrato temporal y finaliza antes de dar a luz ¿tendría
derecho a la prestación por maternidad?
Una vez extinguida la relación laboral, teniendo todos
los requisitos de cotización en regla, se tendrá derecho
a percibir la prestación por maternidad.
En el caso de parto y que ambos progenitores
trabajen ¿tiene derecho el padre a disfrutar el
permiso de maternidad?
Sí. El padre (o el otro progenitor) tendría derecho a hacer uso de parte de la
baja maternal o de la totalidad, bien de forma simultánea o sucesiva con la de
la madre, salvo las 6 semanas inmediatas al parto -que son descanso obligatorio para la madre- siempre que acredite los requisitos necesarios y ambos trabajen.
6
3
En el caso de adopción o acogimiento, si la madre no trabaja
¿puede el padre disfrutar del permiso?
Aunque la madre no trabaje, en este caso, si el padre cumple con los requisitos
necesarios, sí podría disfrutar del permiso.
En caso de adopción o acogimiento ¿qué edad debería tener el hijo/a adoptado para generar derecho a la prestación por maternidad?
Deberán ser menores de 6 años, o entre 6 años y 18 discapacitados (que
acrediten grado de minusvalía mayor o igual a 33%, o que por sus circunstancias y experiencias, tengan dificultades de inserción social y familiar).
¿Cuántos días de permiso tiene el padre por nacimiento de un hijo
o hija, en Correos?
El personal laboral de Correos tendrá derecho a disfrutar de un permiso por 10 días de nacimiento de hijo/a
inmediatamente posteriores al parto y 13 días de suspensión del contrato que se solicitan directamente al
INSS.
El personal funcionario de Correos tendrá derecho a
23 días de descanso ininterrumpidos e inmediatamente
posteriores al parto por nacimiento de hijo/a.
Si estoy embarazada, ¿tengo derecho a solicitar permiso para ir a
revisiones médicas? ¿Qué duración tiene este permiso? ¿Es retribuido?
Sí. En caso de embarazo puedes acudir a los exámenes prenatales por el
tiempo indispensable. Es un permiso retribuido, por tanto no te pueden descontar nada del salario por estas ausencias. Siempre hay que aportar al jefe
de unidad el justificante.
Tengo que hacerme la prueba de la Amniocentesis, y me dice mi
médico que tengo que guardar dos días de reposo ¿tengo que solicitar la baja médica?
Debes comunicarlo a Correos y si te ponen algún tipo de problema, tienes que
solicitar la baja a tu médico.
¿Qué diferencia hay entre embarazo de riesgo y riesgo en el embarazo?

El embarazo de riesgo es aquel en el que
diferentes factores pueden propiciar que la
evolución del embarazo pueda presentar
problemas. Se considera incapacidad temporal por contingencia común, por lo que
se perciben las mismas retribuciones y,
por tanto, se tienen los mismos descuentos que con una enfermedad común.

El riesgo en el embarazo es aquel en que la exposición laboral y, por
tanto, el puesto de trabajo puede suponer un riesgo para el feto o la madre. Se trata de una suspensión del contrato como si se tratara de incapacidad temporal por contingencias profesionales por lo que se percibe
el 100% de la base reguladora.
Ampliables en ambos supuestos en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo/a partir del segundo.
En el supuesto de parto, en caso de que el padre u otro progenitor
no desee disfrutar el permiso por paternidad, ¿puede disfrutarlo la
madre?
No. Este permiso es un derecho exclusivo del padre (u otro progenitor),
por tanto la madre no puede hacer uso de él. Si el padre rechazase hacer
uso del mismo, el derecho se pierde.
2
7
Correos aprobó el nuevo procedimiento de actuación para garantizar la
protección de las trabajadoras en situación de embarazo, lactancia o parto
reciente frente a posibles riesgos laborales en su puesto de trabajo. Reseñamos para todos los interesados e interesadas las cuestiones más importantes a tener en cuenta que se recogen en el procedimiento, así como
las preguntas más usuales cuando estamos en esta situación.
Estoy embarazada, ¿cuándo tengo que comunicar a la empresa mi
embarazo?
¿Cuál es la duración del permiso de lactancia?
El Estatuto de los Trabajadores lo sitúa en 9 meses pero en la regulación de Correos lo tenemos mejorado y este permiso se puede disfrutar hasta que el menor cumpla 12 meses.
¿En qué consiste el permiso de lactancia según nuestra regulación?
La Ley no establece la obligación de comunicar el embarazo en una fecha
concreta. Ahora bien, es conveniente comunicárselo al Jefe de Unidad en
cuanto se tiene certeza del embarazo para que se adopten las medidas oportunas en materia de prevención de riesgos.
Tanto para personal laboral como para funcionario, consiste en 1 hora de
ausencia del trabajo que se podrá dividir en dos fracciones (dos medias
horas). La madre, por propia voluntad, puede decidir reducir la jornada en una
hora al final o al principio o acumular el permiso en jornadas completas.
Para confirmar el embarazo hay que presentar informe del médico de familia y/
o ginecólogo donde además se incluya la ausencia de patología que pueda incidir sobre el normal desarrollo del embarazo.
En el caso de parto múltiple, cada uno de los hijos/as generará de forma independiente el derecho al disfrute de este permiso, acumulándose su duración.
Es un permiso retribuido que no pueden negarte.
¿Cómo puedo saber si mi puesto de trabajo conlleva algún riesgo
para mi embarazo?
En el caso de optar por disfrutar el permiso de forma acumulada
en jornadas completas ¿cuántos días son?
Correos a través del “Procedimiento de actuación para
trabajadoras en situación de embarazo, lactancia o parto
reciente” ha determinado qué puestos de trabajo no
comportan ningún riesgo y qué puestos en determinadas condiciones pueden presentar algún riesgo.
Nuestra regulación establece que la acumulación de jornadas completas no
superará las cuatro semanas de duración.
¿Cuáles son los puestos que no comportan
riesgos?
Sí. El permiso se puede disfrutar tanto en los supuestos de lactancia natural como artificial, y tanto para hijos biológicos como hijos adoptados siempre que
sean menores de 12 meses de edad.
Jefe de Distribución, Jefe administrativo, Administrativo,
Jefe de tratamiento, Sanitario, Técnico de prevención.
¿Qué ocurre con el resto de puestos?
En el Protocolo/procedimiento de embarazo se determina qué funciones no pueden realizar los diferentes puestos y a partir de cuántas semanas; así, por ejemplo, desde el inicio de un embarazo ninguna mujer trabajará de noche o tendrá
que coger una moto. En cuanto sepas que estás embarazada, contacta con
CCOO y te diremos los riesgos que tiene tu puesto de trabajo, a partir de
cuántas semanas y cómo actuar.
¿El permiso se disfruta tanto en los casos de lactancia natural como artificial?
¿El padre puede solicitar el permiso de lactancia?
Sí. El permiso de lactancia es individualizado y puede ser disfrutado indistintamente por cualquier de los progenitores. En el caso que los 2 trabajen el permiso sólo puede ser disfrutado por uno de ellos.
¿Pueden despedirme por solicitar y disfrutar el permiso de lactancia?
No. Se trataría de un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales.
Para asesorarte y tramitar
cualquier gestión…
Número 5
EN UN CONTEXTO TAN HOSTIL, MÁS QUE NUNCA…
¡TE INTERESA CONOCER TUS DERECHOS!
¿Cómo actuar
en
situación de
embarazo,
lactancia o
parto reciente?
Por una maternidad segura y saludable
en el puesto de trabajo...
AFÍLIATE A CCOO, TU SINDICATO.
¿Cómo actuar en
situación de
embarazo,
lactancia o
parto reciente ?