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RENE BEIMAVENTE CASH
..NOTARIO PUBLICO
HUÉRFANOS 1207
F. 6967339-6967647
SANTIAGO
, ,' N O T A R I O 3
PUBLICO
OM P R
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•f\. ?. I
_.rtJp_SE._SANCHEZ.V_ffOMP^f}lA.LIMITADA^.
PEDRO_jPE8EZ CABRERA^
EN SANTIAGO; 1 REPÚBLICA DE 'CHILE/ ;a
cinco
de•
E n e r o
de
mil novecientos ochenta y 'siete ante: mí, RENE BENAVENTE CASH,
Abogado/ Notario PiíblicorjTitul.aF..ld,9,'laL 'CHíf^H^li^!?? Pu.inía í£
taria de Santiago, "de1 este Adomicilio/ Paseo Huérfanos número
mil doscientos siete/ comparecen?-DON JOSÉ 'ÁNGEL SÁNCHEZ FERNANDEZ, "español, casado, industria 1,: domiciliado en Santiago, Cartagena
número doscientos dos, Poblacióft-Búzeta, -'cédula de identidad
número cinco millones doscientos ''Veintisiete1 mil doscientos /
guíóV'nueve de'"SántÍ^go/Jén^répr6B_6nt_aci¿n i ''de la Sociedad "JOSÉ SÁNCHEZ 1 Y COMPAÑÍA'LIMITADA"/'domiciliada en Santiago, Ave_
rTIda Vivaceta número'mil ^setecientos dos;: y por la otra parte,
/CON ' PEDRO jPERjsz
CABRERA»: 'chileno> casado,^constructor, domici-
do'en'-'Avenidá<"ViYáceta número mil setecientos setenta y dos
Santiago,'cédula de''Identidad númv<5ro tres millones sesenta y
cinco mil ochocientos;sesenta y unó^guidn¡dos de Santiago, am
bos?mayores de edad/'quienes se identificaron¡con las respectivas cédulas>ya Citadas¿ y exponen;' P R-I'M E R o
: Don José
Ángel Sánchez''Ferníndeá'declara que''la Sociedad '• "José Sánchez
ubicado. en_jes£a.._c iudad/_...caliaJermín_yJ.iíace..ta _ní¡mjer.ajnil_se.ie_r_
^^
primitivamente por dos porciones' de
¡man
ñor-poniente
i _ una sola
, propiedad ubicada en la esquina
i ' "......
*
^
i de _
les Fermín Vivaceta y José*' Bisquert,: que :tíene una ex;tensión de_ cincuenta y cinco metros por calle Vivaceta, y cuajrenta y cuatro metros aproximadamente, por calle Bisquert, encerrando una superficie de doa mil quinientos treinta metros
¡cuadrados, aproximadamente, .Las\.medidas-antes señaladas corre£
1ponden a las indicadas en los títulos de la propiedad, sin embargo en la realidad pudieren existir extensiones diferentes,
que serán determinadas-posteriormente por;qui¿rv;comparece como
x
comprador en este instrumento. Los: deslindes;son los siguien-,
es, segiín -sus ^títulos: a 1 Mor te,:' con ,d on Manfredo Guil ler Herrera; 'al Sur, con calle Alberto ¿¿gers, hoy ,José' Bisquert; al
Oriente, con Avenida Fermín Vivaceta;. y al Poniente, con don
Rubén Medina ./La Sociedad . "José*, .Sanche? , y Compañía,! Limitada",
denominada anteriormente "Sociedad Industrial¿Sánchez.Caride
L-imitada", adquirid por compra el inmueble a :dpn José Ferníndez Sánchez, según consta de la,escritura de,fecha primero de
.Agosto de mil; novecientos ¡sesenta >y. ¡tres, 'ante :e-l, Notario de
Santiago, don Fernando Escobar, Vivian, ¡y•. cuyo dominio, se ins-r •
cribid a fojas dieciseis.mil seiscientos.; cuarenta y vtres Número dieciocho mil noventa-y'-nueve "en el Registro de Propiedaddel año mil novecientos -sesenta y i.tres /,en e 1 >Conservador de Bie
nos Raíces de Santiago.
B E G U M D _ O i , < Por. - a l - presente actc
don José" Ángel Sánchez 'Fernández^., enrrepresentación.de la So-
ENE BENAVENTE CASH
, '.NOTARIO PUBLICO
, HUÉRFANOS 1207
• F.6967339 '6967647
,
SANTIAGO
cédente >; a^don Pedro'Péréz Cabrera) guien* por- su parte declara que'
mente se» encuentra < T E R C E R
La. venta , se hace como
cuerpo cierto, no.obstanterj^cabidarexpresada;' con todo lo
.edificado yi plantado, • con; todos sus- derechos» usos costumbres,
servidumbres activas yipasivas yjdemás adherentes, sin deuda
alguna y 'libre de gravámenes, ^hipotecas, arrendamientos, prohi^
biciones, embargos,^juicios,; acciones:resolutorias y de cual-
quiera i otra limitación de dominio.» La>vendedora queda obligada
al saneamiento ilegal.; Cualquier! .diferencia que! pudiere resultar -respecta'-de-; la ^superficie-del', inmueble materia de este in¿
trümento./i con; motivo de ¡unaí medie ion; que haga el comprador, en
relación con las indicadas; en estasescritura^ no alterarán en
ningún caso la voluntad.icontractual'',de ilas. partes y las condiciones estipuladas>'de manera-'italxqueíuna: eventual mayor exten
sidn quedará comprendida asimismo;ven esta compraventa, a beneficio del comprador, quié'n podrá, .sin. previa, autorización ni
Domparecencia del vendedor, por sí'o,cualquier persona a su nom
bre,; efectuar las ¡correcciones 'planimé'triaas y de inscripción.
Al efecto, podrá presentar*el plano/comías medidas correspondientes,,: aprobado por la(correspondiente ^Dirección de Obras Mu
nicipa'les.- C 'U A 'i^,? O
El. prepioide esta compraventa
la suma de Trece 'mií'lones'de' pesos'que el comprador paga
es
al
.contado,' suma que 'la'>!vend-édora;.dec:lara recibir en dinero efeci-^pj' a su.'entera'.conformidad;' ¿^ p U I N T O
: La .vendedora
hace presente que 'sU actual ¡nombre'-"de Sociedad "José* Sánchez
y Compaflía Limitada1'1 fue' acordadp ;por los socios de la "Sociedad ^Industria!'Sánchezr'Caride Limitada", mediante escritura de
fecha nueve de,Julio,de mil,.novecientos setenta y cinco, ante
el. Notario P\5bXico;d'e..Sáhtiago, don Sergio Rodríguez Carees, e
inscrita en > elj> Re gis tro de Comercio del afip mil novecientos
yicinco.¿..de 1 Conservador de Bienes^ Rafees de Santiago, a_fpJlasjjslete mil doscientos, veintisietef'»j3úmero trea 'mil
novecientos veintiséis. El mencionado'documento no-se inserta
por ser conocido de laa1partes y*a'expresa;solicitud de ellas.
S E X T O
;
La personería'• con que >acttía don; José Ángel Sán-
chez! Fernández/ en representación de<"la Sociedad' "José' Sánchez
y Compañía'Limitada", consta de la cláusula quinta' de la escritura >de>modificación de¡sociedad; de ;fecha?nueve de¡Julio
, de mil 1 novecientos ' setenta-y cinco,;" referidaHenííla;cláusula precedente. Dicha Sociedad, fu^ constituida con- e 1' nombre
de
"Fernández Sánchez y Compañía Limitada",' según escritura públ¿
ca de fecha treinta y uno de Octubre de mil novecientos cincuenta y siete, ante el Notario Público de Santiago, don Luis
Azrfcar
Alvarez, y su extraisto se inscribió en-el Registro de
Comercio del afio mil novecientos cincuenta y siete, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas ;cinco mil setecientos cuarenta y cuatro, Número tres mili novecientos siete.
Posteriormente, se efectuaron diversas modificaciones al pacto
social, incluyendo el nombre de1 la sociedad,;! hasta, llegar a
su actual denominación ya indicada. Los documentos aludidos no
se insertan por ser conocidos
de las partes.S_ E P^TV I M_ O_ ;
Los gastos derivados de la presente escritura,••••ya sea por concepto de derechos, impuestos, inscripciones, <y,otros, similares
•serán de,cargo exclusivo .del-comprador. O C T A V 0_
_;
Las
partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, para todos
los efectos legales derivados del presente contrato/ y se someten a la jurisdicción de su«,tribunales.?. N O V E N O
; Se
.RENE BENAVENTE CASH
NOTARIO PUBLICO
HUÉRFANOS 1207
F. 6967339 -69G7647
SANTIAGO
.
nea gue sean procedenteB en el cpmpetente_ jtegistro del-- GQñgervador de Bienes Raíces^respectiyp. CONTRIBUCIpNES:_ Se acredj.-^
_ta_ cancelada J.a j:uarta cuo^ta_ del aRo mil_novecientoa ochenta
y seis
a nombre de Sánchez José y Cia ktda. F. Vivaceta mil
setecientos dos al mil setecientos sesenta y cuatro, bajo el
Rol Número dos mil treinta y tres guian nueve de la Comuna de
Conchalí/ registra un avalúo de Once millones doscientos ochen_
ta mil ciento cuarenta pesos. Hay timbre de Caja, CONFORME.En comprobante y previa lectura, así lo otorgan y firman los
comparecientes con el Notario que autoriza. SE DA COPIA. DOY
FE'. -
^TÍFICO: Que la presentg copla que
dó;;l^3.;::. fojas, es "toatímoníb"!leí