Pliego Técnico ETSAE

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
PARTICULARES DEL CONCURSO DE IDEAS
PARA EL PROYECTO DE LA OBRA DEL
NUEVO EDIFICIO DE LA ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR ARQUITECTURA Y EDIFICACIÓN
(ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII,
CELEBRADO POR LA UPCT (EXPEDIENTE
CPJ-01/17).
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONCURSO
DE IDEAS PARA EL PROYECTO DE LA OBRA DEL NUEVO EDIFICIO DE LA ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR ARQUITECTURA Y EDIFICACIÓN (ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII
CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE
REGIR EL CONCURSO DE IDEAS PARA EL PROYECTO DE LA OBRA DEL
NUEVO EDIFICIO DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR ARQUITECTURA
Y EDIFICACIÓN (ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII CELEBRADO
POR LA UPCT.
1.- OBJETO DEL CONCURSO DE IDEAS.
1.1.El presente concurso tiene por objeto seleccionar la mejor idea de Arquitectura para el
diseño del Proyecto del edificio de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura y
Edificación (ETSAE) en el campus de Alfonso XIII, celebrado por la Universidad
Politécnica de Cartagena (en adelante UPCT), a juicio del Jurado y con sujeción a los
criterios que se establecen en el Pliego de Bases Técnicas que se acompaña al
presente Pliego de Cláusulas Administrativas, de acuerdo con lo establecido en los
arts. 78 a) y ss. de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de
26 de febrero de 2014, y en los arts. 184 y ss del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en
adelante TRLCSP), y en cuanto no contradiga lo dispuesto por la anterior.
1.2.La UPCT, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 32.4 de la Directiva mencionada y en
los artículos 174.d) 184.2 a) del TRLCSP, tiene prevista la tramitación de un
Procedimiento Negociado sin Publicidad (en adelante PNSP), con los seis finalistas
del presente Concurso, a los que se invitará a la licitación en dicho procedimiento,
con el fin de determinar el adjudicatario del contrato para la Redacción del Proyecto
Básico, Proyecto de Ejecución, Dirección Facultativa de las Obras, Dirección de
Ejecución y Coordinación de Seguridad y Salud correspondientes.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
2.1. El presente concurso se regirá prioritariamente por el presente Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares (en adelante PCAP) y por el Pliego de Bases Técnicas
que se acompaña, además de por lo dispuesto en los arts. 78 a) y ss. de la Directiva
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2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, y en los
arts. 184 y ss. del TRLCSP.
2.2.Serán además de aplicación la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común, la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público y demás normativa vigente en la materia.
2.3.En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera de los documentos
contractuales, prevalecerá éste, en el que se contienen los derechos y obligaciones que
asumirán las partes del contrato.
2.4.El desconocimiento del presente Pliego, del contrato y de sus documentos anexos o
de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración que
puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la
obligación de su cumplimiento.
2.5.La UPCT ostenta la prerrogativa de resolver las dudas y conflictos de interpretación
que pudieran plantearse en el desarrollo del presente Concurso. Las resoluciones que
dictara la Universidad, en el ejercicio de las prerrogativas de interpretación,
modificación, resolución y efectos del presente Concurso, serán inmediatamente
ejecutivas.
2.6.Dado que se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada, serán susceptibles
de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del
contencioso-administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP
conforme a la tramitación prevista en dicho artículo y en los artículos 41 y siguientes
del TRLCSP. El recurso especial tendrá carácter potestativo.
2.7.De acuerdo con el artículo 21.1 del TRLCSP, el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la
preparación, adjudicación, efectos y extinción del contrato.
3. PRESUPUESTO DEL CONCURSO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO
3.1.El presente concurso no implica gastos para la Universidad.
3.2.No obstante, los titulares de los seis proyectos merecedores de la máxima puntuación
de acuerdo a los criterios de valoración consignados en el presente PCAP, serán
invitados a la participación en un procedimiento negociado sin publicidad, a los
efectos de formalizar la contratación para la redacción del proyecto básico, proyecto
de ejecución, la dirección facultativa, la dirección de ejecución y la coordinación de
seguridad y salud de la consiguiente obra, por un importe de licitación de 332.523,09
(IVA excluido). Importe total: 402.352,93 €, IVA incluido, de acuerdo con el
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siguiente desglose, atendiendo las indicaciones del Colegio Oficial de Arquitectos de
la Región de Murcia (COAMU):
1. Honorarios de proyecto y dirección facultativa:
H = 6% del P.E.M.: 4.166.956,04 * 0.06 =
-
250.017,36 €
Los honorarios se abonarán por fases, según la siguiente distribución:
Redacción del Proyecto Básico
40% H = 100.006,94 €
Redacción Proyecto de Ejecución
30% H = 75.005,21 €
Dirección Facultativa de las Obras
30% H = 75.005,21 €
2. Honorarios dirección de ejecución
o Dirección de Ejecución
30% H = 75.005,21
3. Honorarios seguridad y salud
o Coordinación de Seguridad y Salud:
3% H = 7.500,52 €
Todas las cantidades anteriormente consignadas se verán incrementadas con el
correspondiente I.V.A. vigente en el momento de la licitación, entendiéndose
incluida toda la documentación legal exigible para la tramitación de las
pertinentes licencias, autorizaciones de uso y legalización de instalaciones.
3.3.Asimismo, a los licitadores del concurso de ideas que posteriormente sean admitidos
y participen en el procedimiento negociado les serán abonados:
3.3.1. En concepto de primas de participación, una cantidad individual de 4000 €, que
en caso del adjudicatario de dicho procedimiento le será deducida de los
honorarios finales a percibir de lo estipulado en su oferta.
3.3.2. En concepto de premios, concedidos en función del orden de prelación derivado
del resultado del PNSP restringido resultante, las cantidades siguientes:
-
Primer Premio.- Dotado con la cantidad de 4.000 €, adicional a los honorarios
a percibir como adjudicatario por la ejecución del contrato.
Segundo Premio.- Dotado con la cantidad de 3.000 €.
Tercer Premio.- Dotado con la cantidad de 2.000 €.
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-
Tres Accésits.- Dotado con la cantidad de 1.000 €.
3.4.Por tanto, el valor estimado del contrato del procedimiento negociado derivado del
presente Concurso, determinado por el importe total de los pagos y premios a los
participantes y ganadores, será de 364.523,09 €.
3.5.En el caso de que alguno de los ganadores del concurso inicial desistiera, no
dispusiera de la solvencia económica y técnica para concurrir a dicho procedimiento
negociado, o estuviera incurso en alguna de las causas de prohibición para contratar,
se invitará a participar por orden decreciente de puntuación a los siguientes
candidatos de la fase de concurso, siendo por tanto estos últimos los beneficiarios de
la cantidad a percibir en concepto de la prima de participación.
3.6. El procedimiento negociado sin publicidad restringido que se deriva de este concurso
de ideas será financiado por el Programa Operativo 2014ES16RFOP019 de los
fondos FEDER 2014-2020 Región de Murcia.
4. COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL JURADO
4.1.El Jurado encargado de fallar el Concurso estará compuesto por los siguientes
miembros:
•
En representación de la Universidad Politécnica de Cartagena:
o Vicerrector de Campus y Sostenibilidad de la Universidad, que actuará en
funciones de Presidente del órgano.
o El Director de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación
(ETSAE).
o El Jefe del Área de Infraestructuras y Sostenibilidad de la Universidad.
o Un representante designado por el Departamento de Arquitectura y
Tecnología de la Edificación de la Universidad.
•
Tres representantes de otras Instituciones:
o Un representante designado del Colegio Oficial de Arquitectos de la
Región de Murcia (COAMU).
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o Un representante designado por el Colegio Oficial de Aparejadores,
Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de la Región de Murcia
(COAATIEMU).
o Un representante designado por el Excelentísimo Ayuntamiento de
Cartagena.
•
Seis arquitectos de reconocido prestigio:
o
o
o
o
o
o
•
Dña. Victoria Acebo García.
D. Juan Domingo Santos.
D. Víctor López Cotelo.
D. Carlos Quintáns Eiras
Dña. Eva Prats Güerre.
D. José Morales Sánchez.
La Jefa del Servicio de Contratación y Servicios de la Universidad, en condición
de Secretario del Jurado (con voz pero sin voto), o persona del Servicio en quien
delegue.
Los cargos institucionales de la universidad pueden ser sustituidos por persona en
quien se delegue dicha representación.
4.2.El Jurado adoptará sus decisiones o dictámenes con total independencia, sobre la base
de las propuestas que le serán presentadas de forma anónima, y atendiendo
únicamente a los criterios indicados en el anuncio de celebración del concurso.
4.3. El Jurado tendrá autonomía de decisión o de dictamen, levantándose acta de todas las
deliberaciones y decisiones.
4.4.El Jurado hará constar en un informe, firmado por sus miembros, la clasificación de
los proyectos, de acuerdo con los criterios establecidos, junto con sus observaciones y
cualesquiera aspectos que requieran aclaración, así como de la posible concurrencia
de causas de exclusión. Se respetará el anonimato de los autores de todos los
proyectos hasta que el Jurado emita su dictamen o decisión.
4.5.Las actas de las deliberaciones del Jurado se firmarán por todos los miembros
asistentes y serán públicas desde el momento del fallo del Concurso. Las decisiones
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se tomarán por mayoría simple y, en caso de empate, decidirá el voto de calidad del
Presidente.
4.6.Las decisiones del Jurado serán razonadas. Los miembros podrán hacer constar los
argumentos que justificaron su voto y, en su caso, el desacuerdo con el criterio
mayoritario.
4.7.Para lo no dispuesto en el presente artículo, serán de aplicación las disposiciones que
se contienen en los arts. 15 y ss. de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público.
5. DESTINATARIOS DEL CONCURSO Y REQUISITOS.
5.1. Podrán participar en el presente Concurso todas aquellas personas que estén en
posesión de la titulación habilitante para el ejercicio de la profesión regulada de
Arquitecto.
De igual forma podrán participar todos aquellos profesionales extranjeros, con la
titulación equivalente homologada, de acuerdo con la normativa de aplicación
correspondiente.
En ambos casos, deberán tener capacidad para contratar con la Administración, bien
de forma individual o con equipo multidisciplinar. En cualquier caso, estos últimos
deberán estar dirigidos, al menos, por un Arquitecto-Director, que figurará como
representante del equipo.
Cuando las propuestas se presenten por un equipo multidisciplinar, todas las personas
integradas en él, deberán presentar la documentación administrativa que se indica en
la Cláusula 6, acreditativa del cumplimiento de los requisitos del punto 5.2 siguiente.
Cuando la proposición se presente por una persona jurídica se acreditará la titulación
académica habilitante de los técnicos responsables.
Cada participante podrá presentar únicamente una sola propuesta, tanto si acude solo
como si lo hace en equipo.
5.2.De conformidad con lo dispuesto en el art. 54 del TRLCSP sólo podrán contratar con
la Universidad las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan
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plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y
acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, además de
contar con la habilitación profesional exigible para la realización de la actividad o
prestación que constituya el objeto del contrato.
5.3.Las personas jurídicas sólo podrán participar válidamente en este Concurso, si
además de presentar un facultativo o un equipo multidisciplinar que cumpla los
requisitos del art. 5.1, tienen entre las prestaciones que estén comprendidas dentro de
los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas
fundacionales, les sean propios, las tareas objeto del mismo.
5.4.Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea
deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente
española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de
procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas
españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o
entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma
sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se
prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados
signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de
Comercio.
6. DOCUMENTACIÓN
CONCURSO
6.1.
A
PRESENTAR
PARA
PARTICIPAR
EN
EL
Modo de presentación de las ofertas.
6.1.1. Los interesados en participar en el Concurso deberán presentar dos Sobres A y B,
en el que hagan constar el nombre “Concurso de ideas para el Proyecto de la
obra del nuevo Edificio de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura y
Edificación (ETSAE) en el Campus de Alfonso XIII celebrado por la UPCT”,
identificados unicamente con un “Lema” que garantizará en todo caso el
anonimato de la propuesta.
Dicha documentación se presentará antes de la finalización del plazo que se
indique en el anuncio de convocatoria publicado en el BOE, en el DOUE y en el
Perfil del Contratante de la Universidad, pudiendo acceder al mismo a través de la
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dirección de Internet de la UPCT: www.upct.es, con la ruta de epígrafes con
carácter sucesivo siguiente: “Sede Electrónica/ Perfil del contratante/ Tipos de
contratos 05: Concurso de Proyectos con Jurado. Contrato CPJ - 01/17. También
se podrá consultar la documentación del concurso en la siguiente dirección web:
www.concurso.etsae.upct.es
6.1.2. El lema identificativo de las propuestas deberá constar de una combinación de
caracteres alfanuméricos, con un máximo de 15 caracteres, de los cuales, al
menos tres serán numéricos, y en ningún caso podrá aportar información que
permita relacionar la propuesta con los autores de la misma. El
incumplimiento de estas condiciones será causa de exclusión del concurso.
6.1.3. Las ofertas se entregarán en el Registro General de la UPCT dentro del plazo
señalado en el anuncio de licitación, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes
(excepto festivo). Si este plazo coincide con sábado o festivo se entenderá
prorrogado hasta el siguiente día hábil.
6.1.4. Cuando la documentación se envíe por “Correos”, el concursante deberá justificar
la fecha de imposición del envío en la oficina de “Correos” y anunciar al Órgano
de Contratación la remisión de la oferta mediante, fax al número: +34 968 338
945, telegrama o correo electrónico, en el mismo día.
La comunicación por correo electrónico se remitirá a la dirección
[email protected]. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si
existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido
íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al
destinatario.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la oferta si es recibida
por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha y hora de la
terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
No será admitida, en ningún caso, la documentación que no se haya recibido
transcurridos diez (10) días naturales desde la finalización del plazo fijado para la
admisión de propuestas en el anuncio de licitación o en las cartas de invitación.
6.1.5. Toda la documentación incluida en cualquiera de los dos sobres deberá estar
redactada en español.
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6.1.6. Si por necesidades de la forma de presentación o envío postal se requiere
identificar al remitente, los sobres A y B, debidamente anónimos, serán
introducidos en un sobre exterior, en el que figurarán los datos del remitente.
6.1.7. Terminado el plazo de recepción de ofertas, el responsable del Registro General
de la Universidad expedirá una certificación relacionada de la documentación
recibida o de la ausencia de licitadores, en su caso, que remitirá a la Secretaría
General.
La Secretaría General de la Universidad garantizará en todo momento el
anonimato de la autoría de las propuestas. El material recibido será
desempaquetado por personas ajenas al Jurado y designadas por la misma, que
cuidarán que no se pierda el anonimato, haciendo desaparecer toda referencia al
remitente que pudiera haber en los envoltorios exteriores o albaranes de los
envíos, dejando únicamente los sobres A y B para su examen por el Jurado.
6.1.8. Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Secretaría General
expedirá Certificación de las propuestas recibidas, con indicación en su caso de
las posibles incidencias que se hubiesen podido producir.
Dicha Certificación será remitida al Vicerrector de Planificación Económica y
Estratégica, quién la elevará al Órgano de Contratación, junto con la propuesta de
concursantes admitidos y excluidos, en su caso, quién resolverá según proceda.
6.1.9. Por el Órgano de Contratación se dará traslado al Jurado de las ofertas admitidas
al concurso.
6.2.
Contenido de los Sobres.
6.2.1. Contenido del “Sobre A”:
-
Modelo de Solicitud de Inscripción del Anexo I o el Anexo II en función de
la naturaleza jurídica del solicitante, acompañada de fotocopia del DNI del
representante de la empresa o equipo, en su caso, y de cada uno de los
miembros del equipo.
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-
-
-
Declaración del Modelo del Anexo III a rellenar por cada uno de los
miembros del equipo, y en el caso de tratarse de una persona jurídica por el
representante de la misma.
Declaración del Modelo del Anexo IV a rellenar por cada uno de los
miembros del equipo y en el caso de tratarse de una persona jurídica por el
representante de la misma.
Modelo del Anexo V de Ficha de datos de la empresa.
Fotocopia del Título Universitario Oficial que habilite para el ejercicio de la
profesión regulada de Arquitecto (o título equivalente homologado) del
Director del equipo y de cada uno de los miembros del mismo.
6.2.2. Contenido del “Sobre B”:
6.2.2.1. Tres paneles tamaño DIN-A1 y una memoria escrita:
Un máximo de tres paneles tamaño DIN-A1. Dichos paneles estarán maquetados
en vertical y montados en tableros ligeros (cartón-pluma de 1 cm o similar),
figurando el lema elegido por el concursante en la esquina superior derecha. Se
recomienda representar los planos a escala definida de uso común incluyendo
además la escala gráfica. Se admitirá cualquier expresión explicativa de la
propuesta incluida en la superficie del panel, tal como dibujos, fotos de maqueta,
fotomontajes, renders, cuadros resúmenes de superficies, etc. No se admiten
vídeos ni cualquier formato que necesite de dispositivos electrónicos.
Una MEMORIA escrita, de máximo 15 páginas en tamaño A4 que contendrá una
descripción de la solución adoptada, más una justificación razonada del estudio
económico de la propuesta ateniéndose al Presupuesto Estimado.
6.2.2.2. Un CD identificado exteriormente con el mismo lema que los paneles, el
cual incluirá:
-
La reproducción de los paneles incluidos en el punto anterior, en único
archivo .pdf, nombrado con el lema elegido más _PANELES.pdf; con una
resolución de 300 dpi.
-
La reproducción de la citada MEMORIA, en un archivo en formato .pdf.
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Toda la documentación incluida en el sobre B garantizará el anonimato de los
participantes. La vulneración del principio de anonimato será causa automática de
exclusión. La identidad del autor o autores será únicamente realizada por un lema.
6.3. Consultas a realizar por los participantes.
6.3.1. Los concursantes podrán realizar cuantas consultas tengan por conveniente en el
plazo de 30 días a contar desde la publicación del anuncio del presente Concurso
en el DOUE.
6.3.2. Las consultas deberán dirigirse por escrito a la siguiente dirección de correo
electrónico [email protected].
6.3.3. La organización del concurso no responderá individualmente a las consultas. La
relación completa y anónima de las consultas junto con las aclaraciones realizadas
será publicada en la página web del concurso en un máximo de 15 días después de
finalizar el periodo de consultas.
6.3.4. Las respuestas a las consultas planteadas que se comuniquen a los concursantes
tendrán la consideración de aclaración o ampliación de las Bases del Concurso o
su documentación, no de modificación.
6.3.5. Está previsto realizar una visita colectiva al emplazamiento. Se anunciarán fechas
en la web del concurso, una vez producida la publicación del anuncio del mismo
en el DOUE.
6.4.Causas de exclusión del Concurso.
Será excluida del Concurso toda propuesta que incurra en alguno de los siguientes
defectos:
6.4.1. Sea remitida fuera de plazo.
6.4.2. Su presentación no obedezca estrictamente a las normas para Documentación
gráfica, Memoria o Anonimato.
6.4.3. Cuando el concursante descubra su identidad o intente influir en la decisión del
Jurado.
6.4.4. No cumplimente el programa en sus aspectos básicos y fundamentales.
6.4.5. Presente contradicciones esenciales, inexactitudes o aspectos incomprensibles.
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6.4.6. Hacer uso de su proyecto o partes del mismo por cualquier medio de difusión,
hasta que no se haya fallado definitivamente el Concurso.
7. DESARROLLO DEL CONCURSO
7.1.Una vez finalizado el plazo de presentación de proyectos, el Jurado procederá a
evaluar los trabajos presentados, mediante la valoración de la documentación
contenida en el Sobre B de los mismos, de acuerdo a los siguientes criterios de
valoración:
a. Calidad arquitectónica de la propuesta (hasta 50 puntos). Se tendrá en cuenta:
- La materialización formal de la propuesta.
- El cumplimiento del programa.
- El ajuste al presupuesto de ejecución previsto.
- La adecuación funcional de la propuesta al programa.
b. Integración de la propuesta con el entorno del Campus Alfonso XIII (hasta 30
puntos). Se tendrá en cuenta:
- La organización del/los edificios dentro del Campus y entre ellos.
- La capacidad de generar un “corazón” para la escuela y un espacio de
centralidad para el Campus Alfonso XIII.
- La adecuación de la propuesta al entorno inmediato del Campus.
- La adecuación de la propuesta al entorno urbano.
- La escala de la intervención.
c. Sostenibilidad y eficiencia. (hasta 20 puntos) Se tendrá en cuenta:
- La sostenibilidad social, económica y ambiental de la propuesta.
- La eficiencia energética.
- La calidad constructiva y estructural.
- La materialidad (con aspectos a considerar como la durabilidad o el
mantenimiento).
7.2.El Jurado redactará un informe en el que figurará la valoración ordenada y motivada
de las quince mejores propuestas.
7.3.Conocido el fallo del Jurado se procederá a la apertura del Sobre A de dichas
propuestas, por el Vicerrectorado de Planificación Económica y Estratégica
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verificándose que contienen la documentación requerida de conformidad. En caso de
que adoleciesen de algún defecto se requerirá a los interesados para que lo subsanen
en el plazo de tres días hábiles desde que recibieran la notificación del requerimiento.
La no subsanación en plazo de la documentación requerida, en su caso, será causa de
exclusión de la oferta, concediéndose nuevo plazo a los siguientes clasificados en la
lista.
7.4.Por el Vicerrectorado de Planificación Económica y Estratégica se remitirá al Órgano
de Contratación el Informe del Jurado, junto con la propuesta de la designación de los
seis proyectos ganadores, y de las ofertas a excluir en su caso por los defectos
observados en la documentación obrante en el Sobre A.
7.5.A la vista de lo anterior, el Órgano de Contratación emitirá Resolución Rectoral,
indicando los seis concursantes que serán invitados al procedimiento negociado sin
publicidad subsiguiente, que deberá ser motivada si no se ajusta a la propuesta del
Jurado.
7.6.Dicha resolución será susceptible de recurso especial en materia de contratación
previo a la interposición del contencioso-administrativo, conforme a la tramitación
prevista en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP, con carácter potestativo por los
concursantes.
7.7.Seguidamente, el Órgano de contratación dictará Orden de Inicio para la tramitación
de dicho procedimiento negociado sin publicidad, remitiéndose invitación a licitar a
los seleccionados, que deberán presentar sus ofertas con el detalle de un anteproyecto,
atendiendo a las recomendaciones y sugerencias formuladas por la Universidad, de
acuerdo con lo establecido en los pliegos de condiciones aprobados.
7.8.En el caso de que por parte de alguno de los ganadores no se pueda acreditar el estar
en posesión de los requisitos de solvencia económica y técnica o profesional
señalados en el apartado 7.9 siguiente, podrá completar dicha solvencia concurriendo
solidariamente en condiciones de corredacción y codirección con otros facultativos
que dispusieran de ella.
7.9.Los licitadores al PNSP deberán estar en posesión de los siguientes requisitos de
solvencia técnica:
7.9.1.
Acreditación de la solvencia económica:
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Se acreditará indistintamente por cualquiera de los siguientes medios:
1.- Volumen anual de negocios del licitador o candidato, por importe igual
o superior al 70% del presupuesto base de licitación previsto en el
apartado 3.2 del presente pliego, al menos en uno de los cinco últimos
años previos a la formalización del encargo.
2.- Justificante de un seguro de responsabilidad civil por importe igual o
superior a 300.000 €.
7.9.2.
Acreditación de la solvencia técnica:
Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 5
años por la empresa licitadora o profesional autónomo que concurra a la
licitación, que incluya importe, fechas y destinatarios de los mismos. Los
servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados
expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea
una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto
privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este
certificado, mediante una declaración del empresario.
A estos efectos, se considerará que el licitador tiene capacidad técnica
suficiente para concurrir a la presente licitación si acredita la prestación de
al menos un servicio o trabajo por importe igual o superior al 70% del
valor estimado del contrato, y de naturaleza similar al mismo.
7.10. En caso de que uno o más de los titulares de los proyectos merecedores de las seis
primeras posiciones ganadoras declinaran el ofrecimiento de concurrir a dicha
licitación, no dispusiesen de la solvencia económica o técnica y profesional requerida,
o incurriesen en causas de prohibición de contratar, el Órgano de Contratación de la
Universidad procederá a cursar la invitación respectiva, por orden decreciente de
prelación a los siguientes integrantes de la lista hasta contar con un número de seis
participantes o licitadores al mismo.
7.11. El PNSP finalizará mediante Resolución Rectoral en la que:
_____________________________________________________________________________
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EL CONCURSO
DE IDEAS PARA EL PROYECTO DE LA OBRA DEL NUEVO EDIFICIO DE LA ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR ARQUITECTURA Y EDIFICACIÓN (ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII
CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
-
-
Se adjudicará el contrato para la redacción del Proyecto Básico y de
Ejecución, la Dirección Facultativa de las Obras, la Dirección de Ejecución y
la Coordinación de Seguridad y Salud.
Se designará a los ganadores de los premios establecidos en la Cláusula 3.3.2
del presente Pliego, en atención al orden de prelación resultante de la
aplicación de los criterios de valoración previstos en el Pliego de Cláusulas
Administrativas de dicho PNSP.
7.12. Para la negociación y adjudicación de dicho PNSP se emplearán criterios de
valoración similares a los previstos para la presente fase de concurso de ideas, a los
que se incorporarán, en su caso, criterios de eficiencia en el gasto en una ponderación
no superior al 10% de la puntuación total.
7.13. La UPCT se reserva el derecho a formular indicaciones en la idea premiada
durante la fase de redacción del proyecto sobre aquellas modificaciones de
distribución que estime oportunas para mejorar la funcionalidad. Igualmente, los
redactores estarán obligados a introducir, si fuese necesario, todos aquellos cambios
que hagan que el proyecto sea técnica y urbanísticamente viable, de acuerdo a las
especificaciones técnicas de la Universidad. El incumplimiento de las instrucciones e
indicaciones dadas por la Universidad darán lugar a la anulación del encargo o
resolución del contrato.
7.14. Tras la resolución de adjudicación del PNSP se procederá al pago de los premios
y primas de participación a los participantes, en las condiciones señaladas en el punto
3.3 del presente PCAP.
8. DIVULGACIÓN DE PROYECTOS POR LA UNIVERSIDAD
La presentación de ofertas al presente concurso supondrá la autorización de sus autores
para la divulgación por la UPCT de los proyectos presentados, seleccionados o
premiados, por medio de publicaciones o exposiciones, sin requerir autorización expresa
de los concursantes.
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DE IDEAS PARA EL PROYECTO DE LA OBRA DEL NUEVO EDIFICIO DE LA ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR ARQUITECTURA Y EDIFICACIÓN (ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII
CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
Cartagena, a 24 de febrero de 2017
EL RECTOR
Firmado digitalmente por ALEJANDRO
BENEDICTO|DIAZ|MORCILLO
ALEJANDRO
Nombre de reconocimiento (DN):
cn=ALEJANDRO BENEDICTO|DIAZ|
MORCILLO, serialNumber=20807838Z,
BENEDICTO|
givenName=ALEJANDRO BENEDICTO,
MORCILLO, ou=Ciudadanos,
DIAZ|MORCILLO sn=DIAZ
o=ACCV, c=ES
Fecha: 2017.02.24 09:20:18 +01'00'
Alejandro Díaz Morcillo
ASESORAMIENTO JURÍDICO
Examinado adjunto el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares correspondiente al
Expediente CPJ- 01/17, la Jefa del Servicio de Asesoría jurídica que suscribe, al emitir el
preceptivo informe, nada tiene que objetar al contenido del mismo.
Cartagena, a 23 de febrero de 2017.
LA JEFA DE SERVICIO DE ASESORIA JURÍDICA
MARIA|DE LA
VEGA|VIDAL
Firmado digitalmente por MARIA|DE LA
VEGA|VIDAL
Nombre de reconocimiento (DN):
cn=MARIA|DE LA VEGA|VIDAL,
serialNumber=22993002V,
givenName=MARIA, sn=DE LA VEGA
VIDAL, ou=Ciudadanos, o=ACCV, c=ES
Fecha: 2017.02.24 09:08:10 +01'00'
Fdo.: María de la Vega Vidal
_____________________________________________________________________________
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DE IDEAS PARA EL PROYECTO DE LA OBRA DEL NUEVO EDIFICIO DE LA ESCUELA TÉCNICA
SUPERIOR ARQUITECTURA Y EDIFICACIÓN (ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII
CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
ANEXO I: MODELO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA ARQUITECTO
INDIVIDUAL O EQUIPO MULTIDISCIPLINAR
D/Dña._____________________________________________________________,
con
DNI: ________________, Arquitecto/a, actuando en nombre propio/como director del equipo de
profesionales constituido por:
D._________________________________________________________________________
D._________________________________________________________________________
D._________________________________________________________________________
D._________________________________________________________________________
D._________________________________________________________________________
EXPONE
Que enterado de lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego
de Bases Técnicas, que expresamente asumo y acato en su totalidad, del Concurso de ideas para
el Proyecto de la obra del nuevo edificio de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura y
Edificación (ETSAE) en el Campus de Alfonso XIII celebrado por la UPCT (Expediente
CPJ-01/17), y declarando responsablemente ser autor/es del proyecto que se presenta al presente
concurso
SOLICITA
La inscripción en el mencionado Concurso convocado por esa Universidad, adjuntando a tal
efecto la documentación siguiente:
-
Copia del DNI de los miembros del equipo, con identificación del Arquitecto/a- Director
que los encabeza.
Declaraciones responsables de los Anexos III y IV propia y de cada uno de los miembros
del equipo.
Ficha del Modelo del Anexo V del presente Pliego.
(Lugar, fecha y firma)
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
ANEXO II: MODELO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA PERSONA
JURÍDICA
D/Dña._____________________________________________________________,con DNI
nº ___________________ en nombre propio (o en representación de la
Empresa_________________________________________________________ con domicilio en
_______________________ c/_________________________ ___________________nº___,
según poder otorgado ante el Notario de _______________________el día ______de
________________ de _____, bajo el nº _________________ de su protocolo) y con CIF. nº
_____________________.
EXPONE
Que enterado de lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego
de Bases Técnicas, que expresamente asumo y acato en su totalidad, del Concurso de ideas para
el Proyecto de la obra del nuevo edificio de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura y
Edificación (ETSAE) en el Campus de Alfonso XIII celebrado por la UPCT (Expediente
CPJ-01/17), participando con el siguiente equipo técnico de profesionales con los que la empresa
mantiene una relación laboral por cuenta ajena/relación mercantil al efecto, y declarando
responsablemente que los mismos son autor/es del proyecto que se presenta al presente concurso,
desarrollado en el marco de dicha relación
SOLICITA
La inscripción de la empresa en el mencionado Concurso convocado por esa Universidad,
adjuntando a tal efecto la documentación siguiente:
-
Copia del DNI de los miembros del equipo, con identificación del Arquitecto/a- Director
que los encabeza.
Declaraciones responsables de los Anexos III y IV propia y de cada uno de los miembros
del equipo.
Ficha del Modelo del Anexo V del presente Pliego.
(Lugar, fecha y firma)
_____________________________________________________________________________
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
ANEXO III: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR
INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
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TÉCNICA SUPERIOR ARQUITECTURA Y EDIFICACIÓN (ETSAE) EN EL CAMPUS DE ALFONSO XIII
CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17).
D._____________________________________________________________con DNI nº
_____________________expedido en _____________el día _______________ con domicilio en
_______________C/____________________________________nº__________
en
nombre
propio
(o
en
representación
de
la
Empresa_________________________________________________________con domicilio en
_______________________ c/_________________________ ___________________nº___,
según poder otorgado ante el Notario de _______________________el día ______de
________________ de _____, bajo el nº _________________ de su protocolo) y con CIF. nº
_____________________.
Como participante en el procedimiento público a que se refiere este Anexo
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
Primero.- Que la empresa/el declarante no se halla incursa/o en ninguna de las causas de
prohibición para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
Segundo.- Que está facultada para contratar con la Universidad Politécnica de Cartagena, ya que
se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de acuerdo con
las disposiciones vigentes, habiendo cumplido los requisitos establecidos en los artículos 13 y 14
del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la
Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Tercero.- Que la empresa se haya dada de alta en el IAE, en el epígrafe correspondiente al objeto
del contrato, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, en relación con las
actividades que vengan realizando a la fecha de presentación de las solicitudes, de conformidad
con lo establecido en el art. 13, a) del RGLCAP.
Cuarto.- Que conoce y acepta incondicionalmente el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y el de Bases Técnicas que rige la presente contratación.
(lugar, fecha y firma).
_____________________________________________________________________________
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA EN
NINGUNO DE LOS SUPUESTOS RECOGIDOS EN LA LEY 5/2006, DE 10 DE
ABRIL, DE REGULACIÓN DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES DE LOS
MIEMBROS DEL GOBIERNO Y DE LOS ALTOS CARGOS DE LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, NI DE LA LEY 53/1984, DE 26
DE DICIEMBRE,
DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, NI SON CARGOS ELECTIVOS
REGULADOS EN LA LEY 5/1985, DE 19 DE JUNIO, DE RÉGIMEN
ELECTORAL GENERAL (Se deberá entregar una copia por el representante de la empresa, en su
caso, o el Arquitecto Director del equipo multidisciplinar, y una por cada integrante del equipo).
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17).
Cuando se trate de Sociedad o persona jurídica:
D.
___________________________________________,
como
apoderado
de
_________________________________________________________declara
bajo
su
responsabilidad que la Empresa a la que representa, licitadora en el procedimiento administrativo
a que se refiere este Anexo, está facultada para contratar con la Administración, ya que ni los
administradores de la misma, ni sus cónyuges o personas vinculadas con análoga relación de
convivencia afectiva, ni los descendientes menores de edad de las personas mencionadas, se
hallan incursos en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los
conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración
General del Estado, ni de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, ni son cargos electivos regulados en la Ley 5/1985, de 19,de junio de
Régimen Electoral General.
(Lugar, fecha y firma)
Cuando se trate de persona física:
D. ___________________________________________, declara bajo su
responsabilidad que, siendo licitador en este procedimiento administrativo de contratación está
facultado para contratar con la Administración, ya que, ni él mismo, ni su cónyuge o persona
vinculada con análoga relación de convivencia afectiva, ni sus descendientes menores de edad se
hallan incursos en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los
conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración
General del Estado, ni de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, ni son cargos electivos regulados en la Ley 5/1985, de 19 de junio de
Régimen Electoral General.
(Lugar, fecha y firma)
_____________________________________________________________________________
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..
ANEXO V: FICHA DE DATOS DE LA EMPRESA O EMPRESARIO
INDIVIDUAL
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17).
Sociedad o persona jurídica:
RAZÓN SOCIAL / NOMBRE Y APELLIDOS:
C.I.F.:
DIRECCIÓN POSTAL:
Teléfono:
Fax:
PERSONA DE CONTACTO/Teléfono
E-MAIL:
PODER PARA CONTRATAR
FECHA ESCRITURA DE PODER:
APODERADO:
D.N.I.:
NOTARIO: D.
Nº DE PROTOCOLO:
FECHA:
- Correo electrónico del destinatario para notificaciones electrónicas:
Fdo.: _____________________________
Persona física:
NOMBRE Y APELLIDOS:
N.I.F.:
DIRECCIÓN POSTAL:
Teléfono:
Fax:
E-MAIL:
- Correo electrónico del destinatario para notificaciones electrónicas:
Fdo: ___________________
_____________________________________________________________________________
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CELEBRADO POR LA UPCT (CPJ-01/17)..