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PATRONATO DEL REAL ALCAZAR DE SEVILLA
CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
TIPO DE CONTRATO: Contrato administrativo de Servicios, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 19 el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
OBJETO.- Servicio de visitas guiadas con motivo de los actos protocolarios que se celebren en el
Real Alcázar de Sevilla en 2017
TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN: Contrato menor según lo dispuesto en
el art. 111 en relación con el art 138 TRLCSP
CUANTÍA DEL CONTRATO:
Importe sin IVA:
4.250,00 €
21% IVA:
892,50 €
Importe con IVA:
5.142,50 €
PLAZO DE EJECUCIÓN: desde su adjudicación hasta el 31 de DICIEMBRE de 2017.
CUALIFICACIÓN DEL PERSONAL: guías oficiales de Sevilla debidamente acreditados con
conocimiento de al menos tres idiomas: inglés, francés y alemán.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Precios unitarios por visita, a la baja sobre el
precio máximo establecido en el punto 2 del PPT. La oferta se acompañará de la acreditación
exigida.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: Oferta económica más baja .
Valoración de la proposición económica:
100 Puntos a la oferta más baja .El resto de forma proporcional, conforme a la siguiente
fórmula(Sólo se tendrán en cuenta dos decimales)
.
P = 100(X/B)
En donde:
B: oferta económicamente más baja de las admitidas (porcentaje más alto de baja)
X: oferta que se valora
P: puntuación obtenida por la oferta que se valora
El importe de adjudicación del contrato coincidirá con el de licitación, implicando la baja realizada
por el adjudicatario el aumento de visitas, según necesidades, hasta el límite del precio de
adjudicación.
FACTURACIÓN: Facturas mensuales donde se especifiquen los servicios realizados.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: El lugar de presentación será únicamente el Registro del Real
Alcázar , Patio de Banderas, s/n , 41004 Sevilla, Unidad de Asuntos Generales, en el plazo
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indicado en la invitación/l anuncio publicado en el perfil del contratante del Ayuntamiento de
Sevilla.
El plazo de presentación de ofertas será el indicado en la invitación/anuncio, entendiéndose
presentadas en plazo aquellas ofertas que a la fecha de terminación de éste hubieren entrado en
el Registro del Patronato del Real Alcázar.
Las ofertas se presentaran en un sobre cerrado, conforme a lo dispuesto en el PPT. Dentro del
sobre los interesados deberán presentar junto con la oferta económica, la documentación que a
continuación se relaciona:
Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador.
1.La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante
la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en que consten las
normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro
Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del
Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del
contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del
certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional.
Documentos acreditativos de la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de
representación, bastanteado por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Sevilla.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el
Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el
requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia
compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su
caso, el documento que haga sus veces.
- Declaración responsable .
Declaración responsable de tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones para
contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de
hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente al Estado, la
Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Sevilla y con la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes. Se acompaña modelo.
- Domicilio :
Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta
circunstancia deberá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un
número de teléfono y fax. Se acompaña modelo.
-Obligaciones Tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar
obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real
Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de
22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
- Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración
responsable de no estar obligado a presentarlas.
-Obligaciones con el Ayuntamiento de Sevilla.
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Certificación positiva, expedida por el Ayuntamiento de Sevilla justificativa de la inexistencia de
deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que
no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario, o bien,
autorización para que el Servicio administrativo recabe directamente los datos a la Tesorería
Municipal.
-Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en
el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se
acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado
impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al
respecto.
En el caso de que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo empresarial se deberá
adjuntar declaración al respecto, y se estará a lo dispuesto en el artículo 86 del RD 1098/2001, de
12 de octubre.
De conformidad con la modificación introducida en el art. 146 del TRLCAP, por la Ley 14/13,
de 28 de septiembre, de apoyo a los emprendedores, la documentación anteriormente
relacionada podrá ser sustituida por una declaración responsable del licitador, suscrita por
persona debidamente legitimada, indicando que cumple las condiciones exigidas en este
procedimiento y descritas anteriormente.
El licitador que sea propuesto como adjudicatario del contrato deberá aportar, en la Unidad de
Asuntos Generales del Real Alcázar, la documentación que antecede en el plazo máximo de
TRES días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación del requerimiento. La
presentación de la oferta supone la aceptación incondicional de todas las prescripciones
administrativas y técnicas que rigen el presente contrato. El contratista deberá tener suscritos y en
vigor todos los seguros obligatorios, así como, en su caso, un seguro que cubra las
responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, debiendo disponer de todos los
seguros y permisos preceptivos para el correcto desarrollo y ejecución de objeto del contrato.
La adjudicación del contrato se publicará en el perfil del contratante del Ayuntamiento, sirviendo
de notificación a todos los efectos.
A tenor de lo anterior, el acto de adjudicación del contrato, que será publicado en el perfil, es firme
en vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo común, o bien, interponer, directamente y en el plazo de
dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación, recurso contencioso administrativo,
conforme a lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley 30/92 y artículo 46 de la ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. No obstante, podrá utilizar otros
recursos si lo estima conveniente.
Dirección del perfil: www.sevilla.org/perfildelcontrante
Sevilla, en la fecha que figura a pie de documento
LA JEFA DE SERVICIO
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