21 de junio del 2016 - Diputación de Castellón

1
PRESIDENTE:
D. Javier Moliner Gargallo
DIPUTADOS:
D. Salvador Aguilella Ramos
D. José Benlloch Fernández
D. José Miguel Carbo Amat
D. Antonio José Cases Mollar
Dª. Cristina Fernández Alonso
Dª. Cristina Gabarda Ortín
D. Mario Ángel García Bascones
D. Francisco Juan Mars
D. Juan Bautista Juan Roig
D. Antonio Miguel Lorenzo Górriz
Dª Virginia Martí Sidro
D. Evaristo Martí Vilaró
D. Andrés Martínez Castellá
D. Luís Martínez Fuentes
Dª. María Nieves Martínez Tarazona
D. José Manuel Navarro Arnau
D. Iban Pauner Alafont
D. Santiago Pérez Peñarroya
D. Pablo Roig Ferrando
D. Luís Rubio Catalán
Dª María José Safont Melchor
D. Vicent Francesc Sales Mateu
Dª. María José Tena Martínez
D. Josep Xavier Trenco Pitarch
D. José Ignacio Vallejo Segura
Dª. Elena Vicente-Ruíz Climent
SECRETARIO GENERAL
D. Manuel Pesudo Esteve
INTERVENTORA,
Dª. Mª Isabel Gil de Grado
----------------------En la ciudad de Castellón de la Plana, a
veintiuno de junio de dos mil dieciséis,
siendo las trece horas, previo reparto de la
convocatoria y orden del día, con la
debida antelación, se reúnen en el Salón
de Plenos de la Excma. Diputación
Provincial los señores expresados al
margen, al objeto de celebrar, en primera
convocatoria, sesión ordinaria del Pleno
de esta Excma. Diputación Provincial de
Castellón
de
la
Plana,
conforme
al
siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, correspondiente a la
celebrada el día 17 de mayo de 2016.
2. Dación de cuenta de las resoluciones de la Presidencia, de la 1342 de 11 de
mayo, a la 1632 de 13 de junio de 2016.
TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO
3. Toma de posesión como diputado provincial de D. José Ignacio Vallejo Segura.
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JAVIER MOLINER GARGALLO (2 de 2)
PRESIDENTE
Fecha Firma: 23/06/2016
HASH: 62e84231999454806dd47d7ebd09c8a5
MANUEL PESUDO ESTEVE (1 de 2)
SECRETARIO GENERAL
Fecha Firma: 22/06/2016
HASH: 3f0534b65569b7f150bf20808fc37a1b
NUM. 7.- SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL
DE CASTELLÓN DE LA PLANA, CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA
VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS.
2
4. Dación de cuenta del Decreto de la Presidencia, número 1457 de 25/05/2016,
relativo a la renuncia a las retribuciones de D. Ana Peñalver Bermudo.
5. Dictamen sobre la moción presentada por el Grupo Ciudadanos, para garantizar
la accesibilidad total a la página web de la Diputación de Castellón.
6. Dictamen sobre la moción presentada por el Grupo Compromís, sobre la
recuperación de la línea de ayudas al mobiliario urbano para los pueblos.
7. Dictamen sobre la aprobación inicial de la Estrategia Provincial de Innovación y
Creación de Valor Público 2016 – 2018.
8. Dictamen de aprobación del Plan de Transparencia a las Entidades Locales y
dinamización del Plan de Modernización administrativa de los ayuntamientos.
HACIENDA, FISCALIZACIÓN Y ESPECIAL DE CUENTAS
9. Dación de cuenta del periodo medio de pago, correspondiente al mes de abril
de 2016.
10. Dación de cuenta del periodo medio de pago, correspondiente al mes de mayo
de 2016.
11. Dictamen sobre la aceptación de: delegaciones de diversos ayuntamientos en
materia de recaudación.
12. Dictamen sobre la aprobación de reconocimientos extrajudiciales:
▪
▪
▪
Servicios de transporte colectivo de viajeros, a favor de entidades
provinciales de carácter social o cultural. Noviembre, diciembre 2013.
Tratamiento y eliminación de residuos. Noviembre, diciembre 2015 y
enero, febrero, marzo y abril de 2016.
Servicio de cocina central, abril y mayo 2016.
Mantenimiento instalaciones de detección, intrusión y videovigilancia.
Meses de enero, febrero, marzo y abril de 2016.
13. Dictamen de aprobación del Expte. 3/2016, de modificación presupuestaria,
mediante créditos extraordinarios para inversiones financieramente sostenibles,
financiadas con el superávit de la liquidación del año 2015.
14. Dictamen de aprobación del Expte. 4/2016, de modificación presupuestaria,
mediante créditos extraordinarios y suplementos de créditos, financiados con
bajas de aplicaciones presupuestarias.
SERVICIOS A LA CIUDADANÍA
15. Dictamen sobre la Moción conjunta de los Grupos Socialista y Compromís,
sobre la creación de una línea de subvenciones para cubrir el transporte.
16. Dictamen de aprobación de un Convenio de colaboración entre la Diputación
Provincial de Castellón y el CSIC relativo a la financiación de un contrato
predoctoral.
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▪
3
DESPACHO EXTRAORDINARIO
TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO
1. Proposición de modificación del régimen de sesiones Plenarias.
CRECIMIENTO ECONÓMICO
2. Aprobación definitiva del Plan Provincial de Obras y Servicios para el año 2016.
MOCIONES
3. Moción presentada por el Grupo Socialista solicitando abrir una nueva
convocatoria de subvenciones con el Remanente de los POYS 2016.
▪
Enmienda de adición, presentada por el Grupo Compromís.
4. Moción presentada por el Grupo Ciudadanos para defender la libertad de los
estudiantes para realizar las prácticas independientemente del tipo de
universidad del que procedan.
▪ Enmienda de adición, presentada por el Grupo Popular.
5. Moción presentada por el Grupo Compromís, para la creación de un Servicio de
Publicaciones.
▪
Enmienda de modificación, presentada por el Grupo Ciudadanos.
RUEGOS Y PREGUNTAS.–---------------------------ORDEN DEL DÍA
1. APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR, CORRESPONDIENTE A
LA SESION PLENARIA DE FECHA 17 DE MAYO DE 2016.
Conocida el acta correspondiente a la sesión anterior, celebrada el día 17 de mayo, y
habiendo recibido los señores miembros de la Corporación copia literal de la misma, por
unanimidad de todos los presentes, se acuerda su aprobación.
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6. Moción presentada por el Grupo Popular sobre la retirada de los recursos de
inconstitucionalidad contra las leyes de derecho civil foral valenciano.
7. Moción presentada por el Grupo Popular de apoyo del Centro de intervención de
baja exigencia CIBE Castellón.
4
2. DACIÓN DE CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA, DESDE LA
1342, DE 11 DE MAYO DE 2016, A LA NÚMERO 1632 de 13 de JUNIO DE 2016.
Se da cuenta de las resoluciones de la Presidencia, desde la número 1342, de 11 de
mayo de 2016, a la número 1632 de 13 de junio de 2016, según la relación adjunta a
continuación:
Fecha
Resumen
DECRETO
2016-1342 11/05/16
[DECsancfilatelica14]
10:00
inicio expte. sancionador asoc. filatelica noulas subv. 2014
DECRETO
2016-1343 11/05/16
[DECRsancmediterranea] 10:01
expediente sancionador subv. eventos
mediterránea marketing y publicidad
DECRETO
[DECRETO]
2016-1344 11/05/16
14:32
Resolución
procedimiento
sancionador
simplificado
al
Ayuntamiento de Onda por presentación extemporánea de la
justificación de la subvención para acondicionamiento zonas
urbanas 2015
DECRETO
[DECRETO]
2016-1345 11/05/16
15:21
Reconocimiento obligación subvención
2015 Ayuntamiento de Ludiente
DECRETO
[DECRETO]
2016-1346 11/05/16
15:21
Reconocimiento obligación
Ayuntamiento de La Vilavella
DECRETO
[DECRETO]
2016-1347 11/05/16
15:22
Reconocimiento obligación subvención plagas
mosquitos 2015 Ayuntamiento de Almenara
subvención
culturales
2014
espacios degradados
desratización
2015
moscas
y
DECRETO
2016-1348 11/05/16
[DECRETO READMISION 15:25
MVV]
Decreto readmisión María Vilar Vargas, según sentencia dictada
en Autos Despido 000008/2016, Juzgado de lo Social Nº 4 de
Castellón.
DECRETO
[DECRETO]
Servicio TPV virtual castillo de Peñiscola
2016-1349 11/05/16
23:43
DECRETO
2016-1350 11/05/16
[DECRETO 28 2016]
23:43
Relación de facturas nº 28/2016
DECRETO
2016-1351 12/05/16
[decreto
adjudicación 12:06
campaña de teatro de
personas mayores para
2016]
adjudicación campaña de teatro personas mayores
DECRETO
2016-1352 12/05/16
[DECRETO-Aprobar
12:06
Complemento
Productividad Fija Nómina
Mayo 2016]
Aprobar Complemento Productividad Fija Nómina Mayo 2016
DECRETO
2016-1353 12/05/16
[DECRETO-Reconocer
12:06
derecho percibir nuevo
trienio nómina Mayo 2016]
Reconocer derecho percibir nuevo trienio nómina Mayo 2016
DECRETO
2016-1354 12/05/16
[DECRETO-Autorizar
12:06
pago Enrique Pellicer
Batiste cuota Colegio
Abogados
2º trimestre
2016]
Autorizar pago Enrique Pellicer Batiste cuota Colegio Abogados
2º trimestre 2016
Diputación de Castellón
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Nombre
DECRETO
2016-1355 12/05/16
[Decreto
contratación 12:28
suministro
barajas
y
tapetes personalizados]
Aprobación de expediente contratación suministro barajas y
tapetes personalizados para el área de Acción Social
DECRETO
2016-1356 12/05/16
[decretoaprobacion
12:28
expediente y pliegos]
aprobación expediente y pliegos licitación mantenimiento parque
microinformático
DECRETO
2016-1357 12/05/16
[Decreto 2ª y ultima 12:28
prorroga]
Aprobación de segunda y ultima prorroga servicio se mediación
de seguros privados
DECRETO
2016-1358 12/05/16
[CjaFja1-16Castillo]
13:19
Caja Fija nº 1/2016 Castillo Peñiscola.
DECRETO
2016-1359 12/05/16
[CjaFja2-16JesusGomez] 13:20
Caja Fija N2/2016. Jesus Gomez. Seguridad Presidencia
DECRETO
[DECRETO]
2016-1360 12/05/16
13:20
resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
Rafael Esteve Lloret talleres Estrategia
DECRETO
[DECRETO]
2016-1361 12/05/16
13:20
resolución aprobación reconocimiento obligación programa FUE
FBT mayo
DECRETO
2016-1362 12/05/16
[DECRETO 29 2016]
14:29
Relación de facturas nº 29/2016
DECRETO
2016-1363 12/05/16
[DECRETO
14:54
BENICASSIM]
LIQUIDACIÓN PRECIO GESTIÓN PADRÓN IAE
DECRETO
2016-1364 12/05/16
[DECRETO ORPESA]
14:55
LIQUIDACIÓN PRECIO GESTIÓN ELABORACIÓN PADRÓN IAE
DECRETO
[DECRETO]
2016-1365 13/05/16
8:03
DESIGNAR
A ASUNCION JAREÑO PARA FORMALIZAR
CONTRATO DE TRABAJO DE AUXILIAR PUERICULTURA.
DECRETO
[DECRETO]
2016-1366 13/05/16
8:04
DECRETO PAGO SUBVENCIÓN PENDIENTE AÑO 2015 DE
CONVOCATORIA CLUBES DE ÉLITE
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
2016-1367 13/05/16
RELACION 8:05
Aprobación de facturas
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
2016-1368 13/05/16
RELACION 8:06
Aprobación de facturas
DECRETO
2016-1369 13/05/16
[DECRETO
PAGO 8:06
CERTIFICACION]
PAGO CERTIFICACION AYUNTAMIENTO
"REPARACION PISCINAS"
DECRETO
2016-1370 13/05/16
[DECRETO
devolución 8:07
garantía Gráficas Castañ]
Aprobación devolución garantía definitiva 1/10
DECRETO
2016-1371 13/05/16
[Decreto evolucion ahorro 9:18
prima anual segundo año]
Aprobación de prima ahorro energético segundo año
DECRETO
2016-1372 13/05/16
[Decreto
contratación 9:19
señalización ruta Territorio
Templario]
Aprobación de expediente
"Territorio Templario"
DECRETO
DECRETO PAGO DIETAS POR DESPLAZAMIENTO ELCHE
2016-1373 13/05/16
contratación
DE
BARRACAS
señalización
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
ruta
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5
6
9:19
DECRETO
2016-1374 13/05/16
[DECRETO-Conceder
9:19
Valentín Salvador Calvo
anticipo retribuciones]
Conceder Valentín Salvador Calvo anticipo retribuciones
DECRETO
2016-1375 13/05/16
[DECRETO-Conceder
9:20
Purificación Fuster Roig
ayuda
social
hijo
discapacitado]
Conceder Purificación Fuster Roig ayuda social hijo discapacitado
DECRETO
2016-1376 13/05/16
[Decreto
pago
BOE 9:23
licitación
del
seguro
multirriesgo
de
la
Diputación de Castellón.
Expte 101-2016]
Aprobación de ...
DECRETO
2016-1377 13/05/16
[decreto
adjudicacion 9:23
servicio de prevención
comunitaria a unidades
familiares con menores en
situación de riesgo de
exclusión social.]
adjudicacion servicio prevención comunitaria a unidades
familiares con menores en situación de riesgo de exclusión social
DECRETO
2016-1378 13/05/16
[Decreto suministro e 9:23
instalacion
equipo
dosificación
para
el
control de olores en las
EBARS de la playa de
Xilxes]
Aprobación de suministro e instalación equipos dosificación para
el control de olores en las EBARs de la playa de Xilxes
DECRETO
2016-1379 13/05/16
[DECRETO Cert. nº 3 9:24
Canet]
Autorización pago cert. nº 3 "Local municipal Canet"
DECRETO
2016-1380 13/05/16
[Decreto_ctt_odt]
9:25
Aprobación de facturas
DECRETO
2016-1381 13/05/16
[DECRETO
9:46
desestimación ampliacion
prorrogaeje]
desestimacion peticion nueva prorroga ejecución al ayto de La
Serratella al PMEH 2015
DECRETO
2016-1382 13/05/16
[Decreto_ctt_odt]
10:41
Aprobación de facturas
DECRETO
2016-1383 13/05/16
[decreto IR 4 2016]
13:23
Expediente 4 de Incorporación de Remanentes
DECRETO
[DECRETO]
2016-1384 13/05/16
13:55
Expediente aplazamiento de pago deuda Ayuntamiento Lucena
del Cid
DECRETO
[DECRETO]
2016-1385 13/05/16
13:56
Expediente de compensación Ayuntamiento de Forcall
DECRETO
[DECRETO]
2016-1386 13/05/16
14:08
Aplazamiento deuda Ayuntameinto de Navajas
DECRETO
2016-1387 13/05/16
[Decreto Modificación 2 14:20
Modificación Decreto 2016-1102
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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[DECRETO]
7
Actividades musicales]
2016-1388 13/05/16
14:20
CONCIERTO DAMARIS GELABERT
DECRETO
2016-1389 13/05/16
[GAIATAS/01]
14:20
DECRETO
PAGO
DIVERSAS
GAIATAS
CASTELLON,
CONVOCATORIA ILUMINACION GAIATAS CASTELLON 2016
DECRETO
[DECRETO]
ENCUENTRO
CLASICO
2016-1390 13/05/16
14:20
NACIONAL
PROGRAMADORES
TEATRO
DECRETO
2016-1391 13/05/16
[decreto justificacion]
14:20
APORTACION POR IMPORTE DE 94.500,00€ AL CONSORCIO
DE MUSEOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, AÑO 2014
DECRETO
[DECRETO]
Decreto pago facturas Dipcas music Festival
2016-1392 13/05/16
14:20
DECRETO
2016-1393 16/05/16
[DTO WORD TAU RRP 12:55
MTP]
Decreto trámite de audiencia expediente de responsabilidad
patrimonial instruido como consecuencia de reclamación
formulada por D. Mario Treviño Peña.
DECRETO
2016-1394 16/05/16
[DECRETO (aprobación 13:02
PSS y aceptación PLAN
GEST. RESIDUOS)]
APROBACIÓN PLAN DE SEGURIDAD Y
ACEPTACIÓN PLAN RESIDUOS EDAR XODOS
DECRETO
[DECRETO]
Aportación 2016 Consorcio Residuos C2
2016-1395 16/05/16
13:09
SALUD
Y
DECRETO
2016-1396 16/05/16
[DECRETO
(resolución 18:48
procedimiento
sancionador)]
Aprobación de RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR
OBRA POYS 2014-2015 - GELDO
DECRETO
2016-1397 16/05/16
[DECRETO
(resolución 18:48
procedimiento
sancionador)]
Aprobación
de
RESOLUCIÓN
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR OBRA PLAN DE ADECUACIÓN - GELDO
DECRETO
2016-1398 16/05/16
[DECRETO
(resolución 18:49
procedimiento
sancionador)]
Aprobación
de
RESOLUCIÓN
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR OBRA ARDL 2015 FANZARA
DECRETO
2016-1399 16/05/16
[DECRETO
(resolución 18:49
procedimiento
sancionador)]
Aprobación de RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR
PUEBLA DE ARENOSO ARDL 2015
DECRETO
2016-1400 17/05/16
[DECRETO-Declarar
10:42
Amparo
Cruz
Flor
situación
excedencia
cuidado hijo menor tres
años]
Declarar Amparo Cruz Flor situación excedencia cuidado hijo
menor tres años
DECRETO
2016-1401 17/05/16
[DECRETO-Ampliar
10:42
excedencia cuidado hijo
menor tres años: María
José Montes Sánchez]
Ampliar excedencia cuidado hijo menor tres años: María José
Montes Sánchez
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
Aprobación de facturas
2016-1402 17/05/16
RELACION 10:42
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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DECRETO
[DECRETO]
DECRETO
2016-1403 17/05/16
[DECRETO-Nombrar
10:42
Funcionaria Interina Berta
Clausell Beltrán Técnico
Medio
Redes
y
Diplomacia
Muncipal
suplir
licencia
por
maternidad]
Nombrar Funcionaria Interina Berta Clausell Beltrán Técnico
Medio Redes y Diplomacia Municipal suplir licencia por
maternidad
DECRETO
2016-1404 17/05/16
[DECRETO-Susbsanar
10:42
error Decreto 2016-1278
importe
locomociones
asistencia curso Natividad
Gargallo Edo]
Susbsanar error Decreto 2016-1278 importe locomociones
asistencia curso Natividad Gargallo Edo
DECRETO
2016-1405 17/05/16
[Decreto
contratación 10:42
varios talleres para el
fomento
del
empleo,
emprendimiento
y
promoción económica]
Aprobación de expediente contratación varios talleres para el
fomento del empleo, emprendimiento y promoción económica
DECRETO
2016-1406 17/05/16
[DECRETO-Autorizar
10:42
pago
José
Francisco
Fabra
Castillo
indemnización
gastos
asistencia Jornada]
Autorizar pago José Francisco Fabra Castillo indemnización
gastos asistencia Jornada
DECRETO
2016-1407 17/05/16
[DECRETO-Aprobar
10:42
Complemento
Productividad
Variable
Nómina Mayo 2016]
Aprobar Complemento Productividad Variable Nómina Mayo 2016
DECRETO
2016-1408 17/05/16
[DECRETO-Nombrar
10:42
Funcionaria InterinaLucía
Vidal
Montoliu
cubrir
puesto vacante 214 de
Auxiliar de Recaudación]
Nombrar Funcionaria Interina Lucía Vidal Montoliu cubrir puesto
vacante 214 de Auxiliar de Recaudación
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
2016-1409 17/05/16
RELACION 10:42
Aprobación de facturas
DECRETO
[DECRETO]
2016-1410 17/05/16
10:42
DECRETO ANULACIÓN SUBVENCIÓN EVENTOS 2015 CON
REINTEGRO ANTICIPO
DECRETO
2016-1411 17/05/16
[DECRETO-Aprobar
10:53
dietas y locomociones
próxima nómina]
Aprobar dietas y locomociones próxima nómina
DECRETO
[DECRETO]
Reconocimiento obligación subvención plagas
mosquitos, edición 1 2015, ayuntamiento de Artana
2016-1412 17/05/16
11:47
moscas
y
DECRETO
2016-1413 17/05/16
[DECRETO-PAGO FRA. 11:57
BROTHER
PROJECTIONS]
dECRTO DE PAGO FRA. 003630 BROTHER PROJECTIONS
S.L., por un + de Circ.
DECRETO
REINCORPORACION
2016-1414 17/05/16
PORN
SENTENCIA
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
MARIA
VILAR
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8
9
12:26
VARGAS AEDL
DECRETO
2016-1415 17/05/16
[Decreto
sustitución 13:02
Secretario General de
17-22 mayo 2016]
Sustitución de D. Manuel Pesudo Esteve por periodo vacacional
DECRETO
[DECRETO]
N.I.
POR
ACUMULACION
TAREAS
RECAUDACION DURANTE SEIS MESES
2016-1416 17/05/16
13:07
AUXILIARES
DECRETO
2016-1417 17/05/16
[DECRETO-Autorizar
13:08
pago Sandra Ramírez
Varella gastos asistencia
Taller en Evaluación y
Diagnóstico Dificultades
Específicas
de
Aprendizaje.]
Autorizar pago Sandra Ramírez Varella gastos asistencia Taller
en Evaluación y Diagnóstico Dificultades Específicas de
Aprendizaje.
DECRETO
2016-1418 17/05/16
[DECRETO
13:08
ADJUDICACIÓN]
Aprobación de ...
DECRETO
[DECRETO]
2016-1419 18/05/16
12:01
Resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
SILCA2015 SLU, en concepto material TE Albocácer
DECRETO
[DECRETO]
2016-1420 18/05/16
12:03
Resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de A
CIENCIA CIERTA S.L., feria vivienda
DECRETO
[Decreto
recaudación]
2016-1421 18/05/16
Curso 12:56
Aprobación de ciclo formativo cursos recaudación
DECRETO
2016-1422 18/05/16
[DECRETO-Disponer
12:56
reincorporación
Inmaculada
Arrando
Olucha jornada completa
trabajo]
Disponer reincorporación Inmaculada Arrando Olucha jornada
completa trabajo
DECRETO
2016-1423 18/05/16
[DECRETO-Conceder
12:56
Jorge Martínez Safont
licencia no retribuida]
Conceder Jorge Martínez Safont licencia no retribuida
DECRETO
[DECRETO]
2016-1424 18/05/16
12:57
DECRETO FIN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 42 Y PICO
S.L.
DECRETO
[DECRETO]
2016-1425 18/05/16
12:57
DECRETO PAGO SUBVENCIÓN AÑO 2016, CON MINORACIÓN
Y PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE 42 Y PICO S.L.
2016-1426 18/05/16
contratación 12:59
promoción
Aprobación de expediente contratación campaña provincial
promoción de la salud en municipios del interior de la provincia
2016-1427 18/05/16
12:59
Aprobación de adjudicación asistencia para auditorías marca
Ruta Sabor
DECRETO
2016-1428 18/05/16
[DECRETO (PAGO DEL 18:53
50%)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO DEL
50% TRAS LA TERMINACIÓN OBRA POYS 2014-2015, NÚM. 56
DECRETO
[DECRETO]
resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
Sinequanon Ferias y Eventos S.L. en concepto feria vivienda
DECRETO
[Decreto
campaña
salud]
DECRETO
[DECRETO]
2016-1429 18/05/16
21:19
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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[DECRETO]
DECRETO
2016-1430 18/05/16
[CjaFja3-16Penyeta]
21:20
Caja Fija nº 3/2016 Penyeta Roja
DECRETO
[decreto
cero2014]
2016-1431 19/05/16
importe 10:29
Abono importe 0,00 Consorcio de Museos de la Comunidad
Valenciana, año 2014.
DECRETO
2016-1432 19/05/16
[Decreto 2016]
10:30
Aprobación asistencia a Ferias de Libro del Servicio de
Publicaciones.
DECRETO
2016-1433 19/05/16
[DECRETO-PAGO FRA. 10:30
Nº 17, CEBE MUNTAGES
TEATRALS-VISITAS
TEATRALIZADAS
CASTILLO PEÑISCOLA]
decreto de pago fra nº 17 CEBE MUNTATGES TEATRALS,
VISITAS TEATRALIZADAS CASTILLO DE PEÑISCOLA.
DECRETO
2016-1434 19/05/16
[DECRETO-PAGO FRA. 10:30
Nº 1]
DECRETO DE PAGO, FRA. Nº 1 DE J. CARLES BENLLIRE
BOU, POR LA DIRECCION Y COORDINACION DEL FESTIVAL
DE TEATRO CLASICO CASTILLO DE PEÑISCOLA 2.01
DECRETO
2016-1435 19/05/16
[DECRETO
2016-1041 11:53
[Decreto
Gestion
e
impartición de taller]
decreto aprobación gestión e impartición de taller como hablar en
publico con eficacia
DECRETO
[decreto
a.tecnica
proyectos
depuración]
2016-1436 19/05/16
adjudicacion 11:53
redacción
obras
adjudicacion a. tecnica plan depuración de la comunidad
Valenciana
DECRETO
2016-1437 19/05/16
[DECRETO
(pago 14:40
convenio
aparejadores
CATÍ)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO CON
ENDOSO AL COLEGIO APAREJADORES 1ER Y 2º SEM 2015 AYTO CATÍ
DECRETO
2016-1438 23/05/16
[DECRETO
(pago 9:50
convenio
aparejadores
CASTILLO,
XODOS,
LUDIENTE
Y
VILLAHERMOSA)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓNI Y PAGO
CONVENIO APAREJADORES CON ENDOSO, IGNACIO
SERRA, 2º SEM 2015, AYTOS DE CASTILLO, VILLAHERMOSA,
LUDIENTE Y XODOS
DECRETO
2016-1439 23/05/16
[DECRETO
(pago 9:50
convenio
aparejadores
COSTUR)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO
CONVENIO APAREJADORES CON ENDOSO AYTO COSTUR 2º SEM 2015
DECRETO
2016-1440 23/05/16
[DECRETO
(pago 9:50
convenio
aparejadores
LALLOSA)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACION Y PAGO
CONVENIO APAREJADORES CON ENDOSO - AYTO. DE LA
LLOSA, 2º SEM 2016
DECRETO
[DECRETO]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO CON
ENDOSO CONVENIO COLEGIO APAREJADORES, AYTO.
ROSSELL, 2º SEM-2015
2016-1441 23/05/16
9:51
DECRETO
2016-1442 23/05/16
[DECRETO Cert. nº 10 10:01
Tirig-Salsadella]
Autorización pago cert. nº 10 Ctra. Tírig-Salsadella
DECRETO
2016-1443 23/05/16
[DECRETO 31 2016]
11:21
Relación de facturas nº 31/2016
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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10
11
DECRETO
2016-1444 23/05/16
[DECRETO 30 2016]
11:21
Relación de factura nº 30/2016
DECRETO
2016-1445 23/05/16
[DECRESOLEXPTSANC 17:11
SANANTONA]
RESOLUCION
DECRETO
EXPTE
JUSTIFICACION
SUBVENCIONES
CULTURALES 2015
DECRETO
2016-1446 23/05/16
[DECRESOLSANCESPA 17:11
RDENYA]
DECRESOLUCIONEXPTE.SANCIONADOR
JUSTIFICACION
SUBVENCION ACTIVIDADES CULTURALES 2015
DECRETO
2016-1447 23/05/16
[deresolsanc3riusforcall]
17:11
decreto resolucion expte. sancionador fuera de plazo justificación
subvencion actividades culturales 2015
DECRETO
[DECRETO]
Pago Fra. de Artesanitos Castellon, por la segunda parte de
Artesanos por un dia.
DECRETO
2016-1449 23/05/16
[EVENT15/17]
17:11
DECRETO PAGO DIVERSAS
EVENTOS CULTURALES 2015
ENTIDADES
DECRETO
2016-1450 23/05/16
[RECRE15/12]
17:11
DECRETO PAGO DIVERSAS SUBVENC. AYUNTAMIENTOS
POR RECREACIONES HISTORICAS 2015
DECRETO
[AS-2015-22]
2016-1451 24/05/16
11:54
Reconocimiento de obligación a terceros AS-2015-22
DECRETO
[DECRETO]
2016-1452 24/05/16
15:29
DECRETO PAGO MES
DEPORTES ADRIÀ PUIG
ABRIL
PRIVADAS,
ASISTENCIA
TÉCNICA
DECRETO
2016-1453 25/05/16
[DECRETO RECAU PA 9:44
130-2016 HERSOR]
Decreto comparecencia en Procedimiento Abreviado Nº
000130/2016, ante Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº
1 de Castellón, por recurso cont-admvo. interpuesto en materia
tributaria por HERSOR, S.L.
DECRETO
[DECRETO]
Expte 4/2016 Transferencia de Crédito
2016-1454 25/05/16
9:45
DECRETO
2016-1455 25/05/16
[Decreto
liquidación 9:47
intereses de demora]
Aprobación de liquidación intereses de demora Joyas Rurales
DECRETO
[DECRETO]
Expte 05/2016 de Ajustes de Personal
2016-1456 25/05/16
9:56
DECRETO
2016-1457 25/05/16
[Decreto renuncia Anna 10:01
Peñalvert]
Aceptación régimen dedicación parcial y baja en Seguridad Social
de Anna Peñalver Bermudo
DECRETO
2016-1458 25/05/16
[DECRETO
PO 10:14
000270-2016 MPT]
Decreto de personación ante Juzgado Cont-Admvo. Nº 1 de
Castellón en PO 270/2016, en materia de responsabilidad
patrimonial.
DECRETO
2016-1459 25/05/16
[Decreto aportaci? Entes 10:38
Junio-2016][1]]
Aportación Junio-2016 O.A.L. y Consorcios Diputación
DECRETO
2016-1460 25/05/16
[DECRETO-Aprobar
10:52
relación
aspirantes
y
fecha
inicio
pruebas
selectivas Bolsa Trabajo
de
Auxiliar
de
Puericultura]
Aprobar relación aspirantes y fecha inicio pruebas selectivas
Bolsa Trabajo de Auxiliar de Puericultura
DECRETO
[Decreto
Aprobación de expediente contratación patrocinio cocinero para
posicionamiento marca Castellò Ruta de Sabor
2016-1461 25/05/16
contratación 10:55
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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2016-1448 23/05/16
17:11
SANCIONADOR
ACTIVIDADES
12
DECRETO
2016-1462 25/05/16
[DECRETO 33 2016]
13:02
Relación de facturas nº 33/2016
DECRETO
2016-1463 25/05/16
[DECRETO MAYO 2016] 13:03
DECRETO RECAUDACION MAYO 2016.
DECRETO
2016-1464 25/05/16
[DECRETO
(pago 13:06
convenio
aparejadores
VILAFAMÉS)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO
CONVENIO APAREJADORES CON ENDOSO - AYTO DE
VILAFAMÉS - 2º SEMESTRE 2015
DECRETO
2016-1465 25/05/16
[DECRETO
(pago 13:06
convenio
aparejadores
XERT)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO
CONVENIO APAREJADORES CON ENDOSO - AYTO DE XERT
- 2º SEM. 2015
DECRETO
2016-1466 25/05/16
[DECRETO
(pago 13:06
convenio
aparejadores
ZUCAINA)]
Aprobación de RECONOCIMIENTO OBLIGACIÓN Y PAGO
CONVENIO APAREJADORES CON ENDOSO, AYTO DE
ZUCAINA, 2º SEM. 2015
DECRETO
2016-1467 25/05/16
[DECRETO 32 2016]
15:00
Relación de facturas nº 32/2016
DECRETO
2016-1468 26/05/16
[Decreto desplazamientos 10:34
Sres.
Diputados
abril
2016]
Desplazamientos Sres. Diputados abril 2016
DECRETO
[DECRETO]
2016-1469 26/05/16
15:57
Nómina funcionarios Mayo 2016
DECRETO
[DECRETO]
2016-1470 26/05/16
16:45
Nómina diputados mayo 2016
DECRETO
[DECRETO]
2016-1471 26/05/16
16:46
Nómina personal pasivo mayo 2016
DECRETO
[DECRETO]
2016-1472 26/05/16
17:36
Resolución aprobación autorización disposición a favor FUE
programa BT
DECRETO
2016-1473 27/05/16
[DECRETO-PAGO FRA. 9:05
Nº 7-NORRIS BRONSON]
Decreto de pago fractura dd NORRIS BRONSON, Festival
Castelló Negre 2.016
DECRETO
2016-1474 27/05/16
[Decreto AD Dipcas Music 9:06
Festival 2016]
Decreto AD Publicidad Dipcas Music Festival 2016
DECRETO
[DECRETO]
PAGO SUBVENCION ENTIDADES JUVENILES 2015
2016-1475 27/05/16
9:08
DECRETO
2016-1476 27/05/16
[DECRETO AB MINUTA 15:10
PROCURADORA FPS PO
1-000460-2015]
Decreto abono minuta procuradora por su interención ante la Sala
de lo Contencioso-Admiinistrativo del Tribunal Superior de Justicia
de la Comunidad Valenciana, Sección Primera, en el
Procedimiento Ordinario Nº 1/000460/2015.
DECRETO
[DECRETO]
DISPONIENDO BAJA FIN CONTRATO ISABEL SORIANO
ESCRIG
2016-1477 27/05/16
15:14
DECRETO
2016-1478 30/05/16
[DECRETO Cert. nº 4 9:15
Autorización pago cert. nº 4 CPP 2016
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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patrocinio cocinero para
posicionamiento
marca
Castellò Ruta de Sabor]
13
CPP]
DECRETO
2016-1479 30/05/16
[DECREsolsanccritiques] 10:49
DECRETO
RESOLUCION
EXPTE.
JUSTIFICACION
SUBVENCIONES
CULTURALES 2015
SANCIONADOR
ACTIVIDADES
DECRETO
2016-1480 30/05/16
[DECRESANCIONADOR 10:50
ELGROC]
RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR JUSTIFICACION
SUBVENIONES ACTIVIDADES CULTURALES 2015
DECRETO
2016-1481 30/05/16
[DECRESOLSANCIVILAN 10:50
OVINA]
RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR JUSTIFICACION
SUBVENIONES ACTIVIDADES CULTURALES 2015
DECRETO
2016-1482 30/05/16
[DECRESOLSANCIONBE 10:50
LLISANA]
RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR JUSTIFICACION
SUBVENIONES ACTIVIDADES CULTURALES 2015
DECRETO
2016-1483 30/05/16
[decresolsancionLOBOTA 10:50
DO]
DECRETO RESOLUCIÓN EXPEDIENTE
JUSTIFICACION
SUBVENCIONES
CULTURALES 2015
DECRETO
[decreto
publicidad
formativas]
2016-1484 30/05/16
adjudicacion 12:05
acciones
adjudicacion publicidad acciones formativas
DECRETO
[Decreto
Aranzadi]
2016-1485 30/05/16
licencias 12:05
SANCIONADOR
ACTIVIDADES
DECRETO
2016-1486 30/05/16
[DECRETO-Autorizar
12:06
pago
indemnización
miembros Tribunal bolsa
trabajo
Profesor
Pedagogía Terapéutica]
Autorizar pago indemnización miembros Tribunal bolsa trabajo
Profesor Pedagogía Terapéutica
DECRETO
2016-1487 30/05/16
[Decreto
bolsas 12:07
correspondencia
con
ventana, para el servicio
de Recaudación]
Aprobación de bolsas correspondencia con ventana, para el
servicio de Recaudación
DECRETO
[DECRETO]
2016-1488 30/05/16
12:07
DECRETO
FIN
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR
FEDERACIÓN DE JUDO CA POR JUSTIFICAR FUERA DE
PLAZO SUBVENCIÓN 2015
DECRETO
2016-1489 30/05/16
[DECRETO-Conceder
12:07
Joaquín Miguel Burgar
Arquimbau ayuda social
hijo menor tres años]
Conceder Joaquín Miguel Burgar Arquimbau ayuda social hijo
menor tres años
DECRETO
2016-1490 30/05/16
[DECRETO-Conceder
12:07
Belén
Marco
Breva
anticipo retribuciones]
Conceder Belén Marco Breva anticipo retribuciones
DECRETO
2016-1491 30/05/16
[DECRETO-Autorizar
12:07
pago Mª José Paulo
Hernández
gastos
asistencia
Taller
en
Evaluación y Diagnóstico
Autorizar pago Mª José Paulo Hernández gastos asistencia Taller
en Evaluación y Diagnóstico Dificultades Específicas de
Aprendizaje.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Aprobación de renovacion licencias Aranzadi
14
Dificultades
Específicas
de Aprendizaje.]
DECRETO
2016-1492 30/05/16
[Decreto gastos escalera 12:07
Benasal]
Aprobación de facturas
DECRETO
2016-1493 30/05/16
[DECRETO-Adscribir
12:07
Funcionaria
Interina
Mónica Grifo Ripollés
puesto vacante de Auxiliar
de Puericultura]
Adscribir Funcionaria Interina Mónica Grifo Ripollés puesto
vacante de Auxiliar de Puericultura
DECRETO
2016-1494 30/05/16
[Decreto Vado Avda. Vall 12:08
de Uxó ND]
Aprobación pago al Ayuntamiento de Castellón Vado Avda. Vall de
Uxó. Nuevas Dependencias
DECRETO
2016-1495 30/05/16
[Decreto IBI Urbana resto 12:08
y Rústica]
Aprobación pago al Ayuntamiento
Inmuebles Urbana y Rústica
DECRETO
2016-1496 30/05/16
[Decreto IBI Inmueble 12:08
Hermanos Bou, 28]
Aprobación pago al Ayuntamiento de Castellón IBI-2016 Inmueble
Hermanos Bou, 28
DECRETO
[Decreto
conducción]
2016-1497 30/05/16
curso 12:08
Aprobación de Curso coducción eficiente y prevención de
accidentes
DECRETO
2016-1498 30/05/16
[DECRETO-Autorizar
12:08
pago
José
Francisco
Fabra
Castillo
indemnización
gastos
inscripción Jornada “8th
European Conference On
Sustainable
Cities
&
Towns”]
Autorizar pago José Francisco Fabra Castillo indemnización
gastos inscripción Jornada “8th European Conference On
Sustainable Cities & Towns”
DECRETO
2016-1499 30/05/16
[DECRETO-Autorizar
12:09
pago Sandra Ramírez
Varella gastos inscripción
Taller en Evaluación y
Diagnóstico Dificultades
Específicas
de
Aprendizaje.]
Autorizar pago Sandra Ramírez Varella gastos inscripción Taller
en Evaluación y Diagnóstico Dificultades Específicas de
Aprendizaje.
DECRETO
2016-1500 30/05/16
[DECRETO-Autorizar
12:09
pago Mª José Paulo
Hernández
gastos
inscripción
Taller
en
Evaluación y Diagnóstico
Dificultades
Específicas
de Aprendizaje.]
Autorizar pago Mª José Paulo Hernández gastos inscripción Taller
en Evaluación y Diagnóstico Dificultades Específicas de
Aprendizaje.
DECRETO
2016-1501 30/05/16
[DECRETO-Aprobar
12:09
gratificaciones
razón
servicio próxima nómina]
Aprobar gratificaciones razón servicio próxima nómina
DECRETO
DISPONER GASTO CAMPAÑA DESCUBRE LA MONTAÑA MES
Castellón
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
IBI-2016
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 89
2016-1502 30/05/16
de
15
12:09
DECRETO
[DECRETO]
DE MAYO
2016-1503 30/05/16
12:09
ANULAR DECRETO NUM 1298 DE 5 DE MAYO 2016 POR
ERROR
DECRETO
2016-1504 30/05/16
[DECRETO-Subsanar
12:09
error Decreto 2016-1352,
complemento
productividad
Peones
Ares]
Subsanar error Decreto 2016-1352, complemento productividad
Peones Ares
DECRETO
2016-1505 30/05/16
[DECRETO-Abonar
3º 12:09
pago paga extraordinaria
y adiconal del mes de
diciembre
de
2012
(Mayo))]
Abonar 3º pago paga extraordinaria y adiconal del mes de
diciembre de 2012 (Mayo)
DECRETO
[Decreto
contrato]
2016-1506 30/05/16
modificacion 12:15
Aprobación de modificacion contrato transporte discrecional de
pasajeros dentro de las campañas de personas mayores y otros
colectivos.
DECRETO
[Decreto
prorroga]
2016-1507 30/05/16
segunda 12:15
Aprobación de segunda y ultima prorroga del servicio de
mantenimiento de webs provinciales
DECRETO
2016-1508 30/05/16
[Decreto 2ª y ultima 12:15
prorroga prevención y
contro legionelosis]
Aprobación de prorroga prevencion y control de la legionelosis
DECRETO
[Decreto IPC]
2016-1509 30/05/16
12:15
Aprobación de IPC arrendamiento local en Onda, oficina de
Recaudación
DECRETO
[DECRETO]
2016-1510 30/05/16
12:16
BAJA FIN CONTRATO OPERARIOS ARQUEOLOGIA
DECRETO
2016-1511 30/05/16
[Autorizacion gasto 2016] 12:16
Aprobación de autorizacion gasto 2016
DECRETO
[DECRETO]
DISPONIENDO N.INTERINO POR ACUMULACION TAREAS
COMO AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN
ADMON. E
INNOVACION PUBLICA
2016-1512 30/05/16
12:16
DECRETO
2016-1513 30/05/16
[Decreto Campeonato de 12:16
españa infantil]
Aprobación de viaje penyeta.
DECRETO
2016-1514 30/05/16
[adjudicacion servicio de 12:27
prospección de empleo]
servicio de prospección de empleo
DECRETO
[DECRETO]
2016-1515 30/05/16
12:27
DISPONER ALTA Y BAJA DESDE 1 AL 30 JUNIO DEL
PROFESOR INGLES TALLER EMPLEO LUCENA
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
2016-1516 30/05/16
RELACION 12:27
Aprobación de relacion de facturas
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
2016-1517 30/05/16
RELACION 12:28
Aprobación de facturas
DECRETO
[DECRETO]
2016-1518 30/05/16
12:28
DISPONIENDO
BAJA
FIN
CONTRATO
PUERICULTURA ASUNCION JAREÑO ZAFRA
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
AUXILIAR
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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[DECRETO]
16
DECRETO
[DECRETO]
2016-1519 30/05/16
12:28
DECRETO RENOVACION
CONTRATO DE TRABAJO Y
DISPONIENDO LA BAJA DE DOÑA MARIA JOSE CEBRIAN
ASENSI COMO AUXILIAR DE PUERICULTURA
DECRETO
[DECRETO]
2016-1520 30/05/16
12:28
DECRETO PAGO SUBVENCIONES PENDIENTE AÑO 2015 - 2ª
CONVOCATORIA, FED. JUDO CV
DECRETO
2016-1521 30/05/16
[Decreto
IBI
Hospital 12:32
Provincial]
Aprobación pago al Ayuntamiento de Castellón IBI-2016 Inmueble
Hospital Provincial
DECRETO
2016-1522 30/05/16
[Decreto pago de facturas] 12:32
Aprobación de factura
DECRETO
2016-1523 30/05/16
[Decreto pago factura]
12:32
Aprobación de factura
DECRETO
2016-1524 30/05/16
[Decreto facturas]
12:32
Aprobación de factura
DECRETO
[DECRETO]
2016-1525 31/05/16
9:57
Resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
Pascual Benet
DECRETO
[DECRETO]
2016-1526 31/05/16
9:57
resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de autos
mediterraneo s.a.
DECRETO
[DECRETO]
2016-1527 31/05/16
23:15
Designación miembros
auditorías energéticas
DECRETO
[DECRETO]
2016-1528 31/05/16
23:18
Reconocimiento obligación subvención auditorías energéticas
Ayuntamiento de Toras
Valoración
subvenciones
DECRETO
2016-1529 1/06/16
[Decreto IVTM-2016]
13:26
Autorizar, disponer y reconocer pago al Ayto. de Castellón de
recibos IVTM-2016
DECRETO
[Decreto
barandilla
Peñiscola]
2016-1530 1/06/16
colocacion 13:26
Castillo
Aprobación de colocación de barandilla en el patio de cubierta de
Castillo de Peñiscola
DECRETO
2016-1531 1/06/16
[Decreto
contratación 13:26
mantenimiento y soporte
técnico
tecnologías
intercativas, multitáctiles y
sensoriales]
Aprobación de la contratacón del mantenimiento y soporte técnico
tecnologías interactivas, multitáctiles y sensoriales ubicadas en
Penyeta
DECRETO
2016-1532 1/06/16
[Decreto_
rediseño
y 13:27
actualización pagina web
corporativa]
Aprobación de rediseño y actualización de la pagina web
Corporativa de la Diputación.
DECRETO
2016-1533 1/06/16
[Decreto asitencia tecnica 13:27
coordinador Seguridad y
Salud]
Aprobación de asistencia tecnica coordinador Seguridad y Salud
DECRETO
[Decreto
gasto 2016]
2016-1534 1/06/16
autorización 13:27
Aprobación de autorizacion de gasto 2016
DECRETO
[Decreto
contrato]
2016-1535 1/06/16
prorroga 13:39
Aprobación de primera prorroga arrendamiento del alojamiento de
servidores y discos
DECRETO
2016-1536 1/06/16
Aprobación de servidor almacenaje de archivo de documentos
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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Comisión
17
[Decreto
servidor
de 13:39
almacenaje de archivo de
docuemtnos digitales para
la imprenta]
digitales para la Imprenta
DECRETO
2016-1537 1/06/16
[DECRETO
13:39
ADJUDICACION
TRATAMIENTO
Y
ELIMINACION
RESIDUOS]
Adjudicacion tratamiento y elmininacion residuos de junio a
diciembre 2016
DECRETO
2016-1538 1/06/16
[Decreto pago factura]
13:39
Aprobación de pago factura
DECRETO
[DECRETO
FACTURAS]
Aprobación de Facturas
DECRETO
2016-1540 1/06/16
[decreto adjudicación a.t. 13:39
fomento económico sector
truficola]
adjudicacion A.T. fomento economico sector truficola
DECRETO
2016-1541 1/06/16
[Decreto enajenación de 13:39
consumibles
para
impresoras propiedad de
la Diputación]
Aprobación de expediente
consumibles para impresoras
DECRETO
[decreto
pliegos]
Aprobación rectificación pliegos expedeente para la contratación
de varios talleres para el fomento del empleo
DECRETO
[Decreto 2
prorroga]
2016-1542 1/06/16
rectificación 13:40
2016-1543 1/06/16
y ultima 13:43
contratación
enajenación
de
Aprobación de ultima prorroga gestoria laboral y fiscal municipal
DECRETO
2016-1544 1/06/16
[DECRETO-Prorrogar
13:43
nombramiento
interino
Ana I. Sánchez Cortés en
puesto de TISE suplir
excedencia cuidado hijo]
Prorrogar nombramiento interino Ana I. Sánchez Cortés en puesto
de TISE suplir excedencia cuidado hijo
DECRETO
2016-1545 1/06/16
[DECRETO-Prorrogar
13:43
nombramiento
interino,
María Dolores Benaloy
Expósito como TISE suplir
excedencia cuidado hijo]
Prorrogar nombramiento interino, María Dolores Benaloy Expósito
como TISE suplir excedencia cuidado hijo
DECRETO
2016-1546 1/06/16
[DECRETO-Aceptar
13:43
renuncia y disponer baja
voluntaria Beatriz López
Almenar
Funcionaria
Interina
Auxiliar
Administrativa]
Aceptar renuncia y disponer baja voluntaria Beatriz López
Almenar Funcionaria Interina Auxiliar Administrativa
DECRETO
[DECRETO]
2016-1547 1/06/16
14:19
CONTRATO VISITAS NOCTURNAS CASTILLO DE PEÑISCOLA
DECRETO
2016-1548 1/06/16
CONTRATO FESTIVAL DOLÇAINA I TABAL 2016
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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2016-1539 1/06/16
RELACION 13:39
18
14:24
DECRETO
[DECRETO]
2016-1549 1/06/16
14:25
CONTRATO XARXA CASTILLO DE PEÑISCOLA
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1550 1/06/16
(Genérico 18:39
DECRETO PAGO 25% - POYS 2015 - VILLAFRANCA
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1551 1/06/16
(Genérico 18:39
DECRETO PAGO 25% - POYS 2015-ALQUERÍAS - OBRA Nº 75
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1552 1/06/16
(Genérico 18:40
DECRETO PAGO 25% - POYS 2015- OLOCAU - OBRA Nº 44
DECRETO
2016-1553 1/06/16
[DECRETO RECAU PA 21:11
310-2016 RHA]
Decreto personación en recurso cont-admvo. PA 310/2016, en
materia tribunaria, Juzgado Cont-Admvo. Nº 1 de Castellón.
DECRETO
[DECRETO]
2016-1554 2/06/16
14:37
DECRETO DE CONTRATACION COMPAÑIAS-VARIAS XIX
EDICION FESTIVAL TEATRO CLASICO CASTILLO DE
PEÑISCOLA 2.01
DECRETO
[DECRETO]
2016-1555 2/06/16
14:51
DECRETO PAGO FACTURAS CONTRATO COBERTURA
INFORMATIVA EVENTOS MESES MARZO Y ABRIL
DECRETO
2016-1556 2/06/16
[DECRETO 34 2016]
16:08
Relación de facturas nº 34/2016
DECRETO
2016-1557 2/06/16
[CjaFija1-16Publicaciones 16:08
]
Caja Fija Nº 1/2016 de Publicaciones.
DECRETO
[DECRETO]
2016-1558 3/06/16
0:22
Reconocimiento obligación subvención plagas moscas
mosquitos, edición 2, Ayuntamiento de Vilanova d'Alcolea
2016-1559 3/06/16
subsanacion 8:57
Decreto subsanación justificación subvención becas formación
DECRETO
[decreto
oropesa]
DECRETO
2016-1560 3/06/16
[DECRETO
ANTICIPO 16:16
FORCALL 2016 2 PLAZO]
DECRETO ANTICIPO FORCALL 2016 2 PLAZO
DECRETO
[DECRETO]
Ibi Hospital Provincial 2016
2016-1561 3/06/16
16:17
y
DECRETO
2016-1562 5/06/16
[DECRETO (autorización 20:48
prórroga ejecución)]
Aprobación de AUTORIZACIÓN
OBRA ARDL 2015
PRÓRROGA EJECUCIÓN
DECRETO
2016-1563 5/06/16
[DECRETO (autorización 20:49
prórroga ejecución)]
Aprobación de AUTORIZACIÓN
OBRA ARDL 2015
PRÓRROGA EJECUCIÓN
DECRETO
2016-1564 6/06/16
[FACTURACIONBOPMAY 9:39
O2016]
Facturación BOP Mayo-2016
DECRETO
2016-1565 6/06/16
[DECRETO
(resolución 9:49
mutuo acuerdo)]
Decreto resolución contrato ACTIA - EDAR MATET
DECRETO
2016-1566 7/06/16
[DECRETO-Aprobar
9:57
Aprobar Complemento Productividad Fija Nómina Mayo 2016
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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[DECRETO]
19
Complemento
Productividad Fija Nómina
Mayo 2016]
DECRETO
2016-1567 7/06/16
[DECRETO-Reconocer a 9:57
Berta Clausell Beltrán,
derecho flexibilizar horario
fijo jornada laboral]
Reconocer a Berta Clausell Beltrán,
fijo jornada laboral
DECRETO
2016-1568 7/06/16
[DECRETO-Aceptar
9:57
renuncia y disponer baja
voluntaria Vicente Abarca
Soliva
Funcionario
Interino puesto Auxiliar
Recaudación]
Aceptar renuncia y disponer baja voluntaria Vicente Abarca Soliva
Funcionario Interino puesto Auxiliar Recaudación
DECRETO
2016-1569 7/06/16
[DECRETO-Conceder
9:57
Miguel Ramón Múñoz
Bellmunt
anticipo
retribuciones]
Conceder Miguel Ramón Múñoz Bellmunt anticipo retribuciones
DECRETO
2016-1570 7/06/16
[DECRETO-Conceder
9:58
Pedro Jiménez Escudero
anticipo retribuciones]
Conceder Pedro Jiménez Escudero anticipo retribuciones
DECRETO
2016-1571 7/06/16
[DECRETO-Reconocer
9:59
derecho percibir nuevo
trienio nómina Junio 2016]
Reconocer derecho percibir nuevo trienio nómina Junio 2016
DECRETO
2016-1572 7/06/16
[DECRETO-Conceder
9:59
Laura
Bel
Benavent
reducción jornada cuidado
hijos menores]
Conceder Laura Bel Benavent reducción jornada cuidado hijos
menores
DECRETO
2016-1573 7/06/16
[DECRETO-Reconocer a 9:59
Siro R. Cabedo Martí,
derecho flexibilizar horario
fijo jornada labora]
Reconocer a Siro R. Cabedo Martí,
fijo jornada labora
DECRETO
2016-1574 7/06/16
[DECRETO 35 2016]
16:27
Relación de facturas nº 35/2016
DECRETO
[DECRETO]
2016-1575 7/06/16
16:49
dECETO DE CONTRATACIÓN CON ASSOCIACIO MUSICAL
JOAN BTA. COMES, ciclo música barroca por iglesias
monumentales.
DECRETO
[DECRETO]
2016-1576 7/06/16
16:51
pago trabajos previos ii Fase mural Sta Maria
DECRETO
2016-1577 7/06/16
[DECRETO
FERIA 16:51
NOVELA ROMANTICA]
CONTRATO FERIAN NOVELA ROMANTICA
DECRETO
2016-1578 8/06/16
[Decreto pago recibos de 9:18
luz]
Aprobación de pago de luz del arrendamiento del local para
recaudación de Onda
DECRETO
Aprobación de Servicio para la gestión del Procedimiento de
derecho flexibilizar horario
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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2016-1579 8/06/16
derecho flexibilizar horario
[Decreto servicios para la 9:18
gestión del procedimiento
de Exppropiaciones en el
proyecto " Ampliación y
mejora de la carretera
CV-120, desde la Mata al
limiete de la Provincia]
Expropiaciones en el proyecto "Ampliación y mejora de la
carretera CV-120, desde la Mata al limite de la provincia”.
DECRETO
2016-1580 8/06/16
[Decreto trabajos tecnicos 9:18
"Ampliación y mejora ctra.
CV-120 desde la Mata al
limite de la provincia"]
Aprobación de trabajos técnicos de adecuación del proyecto de
las obras de "Ampliación y mejora de la carretera CV-12, desde la
Mata al limite de la provincia".
DECRETO
[DECRETO]
2016-1581 8/06/16
10:10
Nombramiento interino por acumulacion de tareas de nueve
auxiliares de recaudacion en distintas zonas por cuatro meses
DECRETO
[DECRETO]
2016-1582 8/06/16
10:10
alta auxiliar administrativo nombramiento interino por acumulacion
tareas
DECRETO
[Decreto
humedades
c.peñiscola]
2016-1583 8/06/16
reparación 10:53
garita
Aprobación de reparación de humedades en la garita del parque
de artilleria del Castillo de Peñiscola
DECRETO
[Decreto
contrato]
2016-1584 8/06/16
prorroga 10:53
Aprobación de prorroga contrato asistencia tecnica informatica
para servicio de recaudacion
DECRETO
2016-1585 8/06/16
[DECRETO-Desestimar la 10:53
reclamación presentada
por Dña. María Gema Flor
Pérez concurso bolsa
trabajo
Profesor
Pedagogía Terapéutica]
Desestimar la reclamación presentada por Dña. María Gema Flor
Pérez concurso bolsa trabajo Profesor Pedagogía Terapéutica
DECRETO
2016-1586 8/06/16
[Decreto_prorroga]
10:54
Aprobación de prorroga mantenimiento gestion integral de tributos
DECRETO
[DECRETO]
2016-1587 8/06/16
10:54
RENUNCIA CONTRATO TRABAJO MARIA LUISA SILLA CRUZ
AUXILIAR RECAUDACION
DECRETO
2016-1588 8/06/16
[DECRETO-Conceder
11:49
Mar de Diego Santos
ayuda social hijo menor
tres años]
Conceder Mar de Diego Santos ayuda social hijo menor tres años
DECRETO
2016-1589 8/06/16
[DECRETO-Aprobar
11:49
dietas
locomociones
próxima nómina]
Aprobar dietas locomociones próxima nómina
DECRETO
2016-1590 8/06/16
[DECRETO-Aprobar
11:49
gratificaciones
razón
servicio próxima nómina]
Aprobar gratificaciones razón servicio próxima nómina
DECRETO
[DECRETO]
2016-1591 8/06/16
11:49
Prorroga del contrato de trabajo de M.Luisa Lopez Puigdollers,
Auxiliar Administrativa en Accion Social por un periodo de tres
meses hasta el 06/09/2016
DECRETO
2016-1592 8/06/16
[DECRETO-Nombrar
11:52
Nombrar provisionalmente Isabel Vicent Font puesto núm. 921
Jefe Negociado Deportes
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 89
20
21
provisionalmente
Isabel
Vicent Font puesto núm.
921
Jefe
Negociado
Deportes]
DECRETO
2016-1593 8/06/16
[DECRETO-Autorizar
11:52
pago
indemnización
miembros Tribunal bolsa
trabajo
Oficial
Artes
Gráficas]
Autorizar pago indemnización miembros Tribunal bolsa trabajo
Oficial Artes Gráficas
DECRETO
2016-1594 8/06/16
[DECRETO
PAGO 13:45
CONVENIOS
COMPLEMENTARIO
IBARSOS-CULLA 3]
DECRETO
PAGO
IBARSOS-CULLA 3
DECRETO
2016-1595 8/06/16
[DECRETO
PAGO 13:45
CONVENIOS
COMPLEMENTARIO
TIRIG SALSADELLA 3]
DECRETO PAGO
COMPLEMENTARIO
DECRETO
2016-1596 8/06/16
[DECRETO
PAGO 13:45
REGISTRO PROPIEDAD
OROPESA
PLANTA
PURINES VALL D'ALBA]
DECRETO PAGO REGISTRO PROPIEDAD OROPESA DEL
MAR PLANTA PURINES VALL D'ALBA
DECRETO
2016-1597 9/06/16
[DECRETO Cert. nº 1]
11:23
Autorización pago Cert. nº 1 CV-105
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1598 9/06/16
(Genérico 11:56
DECRETO PAGO 25% - POYS 2015 - ZORITA - OBRA Nº 74
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1599 9/06/16
(Genérico 11:57
DECRETO PAGO 25% - POYS 2015 - ZORITA - OBRA Nº 73
DECRETO
[DECRETO
expediente]
2016-1600 9/06/16
archivo 11:59
Aprobación de ...
DECRETO
[AS-2015-24]
2016-1601 9/06/16
13:25
Reconocimiento
AS-2015-24
DECRETO
[AS-2015-23]
2016-1602 9/06/16
13:26
Reconocimiento de obligación a terceros Subv. Servicios
Sociales. AS-2015-23
CONVENIOS
obligación
a
COMPLEMENTARIO
TIRIG-SALSADELLA
terceros,
varias
3
subv.
DECRETO
2016-1603 9/06/16
[ALTA_02_06_2016]
13:26
Concesión de alta/baja de teleayuda
DECRETO
[DECRETO]
2016-1604 10/06/16
10:30
resolución aprobación reconocimiento obligación varias facturas
TE Lucena
DECRETO
[DECRETO]
2016-1605 10/06/16
10:31
resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de Fue
programa FBT
DECRETO
[DECRETO]
2016-1606 10/06/16
10:31
resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de Mª
Luisa Capellin
DECRETO
[DECRETO]
2016-1607 10/06/16
10:31
Resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
EULEN S.A.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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de
CONVENIOS
22
DECRETO
[DECRETO]
2016-1608 10/06/16
10:31
Resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
Adriana Botogan
DECRETO
[DECRETO]
2016-1609 10/06/16
10:32
Resolución aprobación reconocimiento obligación a favor de
David Martínez curso TE Albocácer
DECRETO
2016-1610 10/06/16
[DECRETO-Adscribir
10:59
provisionalmente
funcionaria Mª del Mar
Cabanes Pitarch puesto
1062
vacante
de
Administrativo en Cultura]
Adscribir provisionalmente funcionaria Mª del Mar Cabanes
Pitarch puesto 1062 vacante de Administrativo en Cultura
DECRETO
2016-1611 10/06/16
[DECRETO-Autorizar
11:00
pago Enrique Pellicer
Batiste cuota Mutualidad
Abogacia 06/2016]
Autorizar pago Enrique
Abogacia 06/2016
DECRETO
2016-1612 10/06/16
[Decreto Pago Liquidaci? 11:00
IBI- Inmuebles en Vinaròs]
Liquidación IBI inmueble CL Santa Bárbara 32B y 32C en Vinaròs
DECRETO
2016-1613 10/06/16
[Decreto Pago Liquidación 11:00
IBI Oficina Recaudaciión
Nules]
Liquidación IBI inmueble CL Virgen de la Soledad en Nules
DECRETO
2016-1614 10/06/16
[DECRETO-Aprobar
11:01
Complemento
Productividad
Variable
Nómina Junio 2016]
Aprobar Complemento Productividad Variable Nómina Junio 2016
DECRETO
2016-1615 10/06/16
[DECRETO-Autorizar
11:01
pago Eduardo
Escrig
Salvador
gastos
asistencia AGORA 2016]
Autorizar pago Eduardo Escrig Salvador gastos asistencia
AGORA 2016
DECRETO
2016-1616 10/06/16
[DECRETO-Autorizar
11:01
pago
Mª
Ángeles
Guillamón Beltrán gastos
asistencia AGORA 2016]
Autorizar pago Mª Ángeles Guillamón Beltrán gastos asistencia
AGORA 2016
DECRETO
2016-1617 10/06/16
[DECRETO-Autorizar
11:01
pago Susana Calduch
Ortega gastos asistencia
AGORA 2016]
Autorizar pago Susana Calduch Ortega gastos asistencia AGORA
2016
DECRETO
2016-1618 10/06/16
[Decreto base de datos 11:05
juridico para el sepam y
recaudación]
Aprobación de base datos jurídica de espublico
DECRETO
[DECRETO]
Modificacion decreto 1512 de 30 de mayo de 2016 error material.
DECRETO
2016-1620 10/06/16
[Decreto
acceso
a 14:51
informacion
publica
Decreto derecho acceso a información pública-Castelló en
moviment
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2016-1619 10/06/16
11:05
Pellicer Batiste cuota Mutualidad
23
DECRETO
[DECRETO]
2016-1621 10/06/16
15:04
PRODUCCION Y 4 ESPECTACULOS "INFINITO"
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1622 10/06/16
(Genérico 15:08
DECRETO ARCHIVO EXPTE. - POYS 2015 - OLOCAU (LAS
LOMAS)
DECRETO
[DECRETO
2015)]
2016-1623 10/06/16
(Genérico 15:08
DECRETO ARCHIVO EXPTE. - POYS 2015-ALQUERÍAS
DECRETO
2016-1624 10/06/16
[Decreto
acceso
a 15:47
informacion
publica
Expte.2607_2016]
Decreto derecho acceso a información pública-Junta de Personal
DECRETO
2016-1625 10/06/16
[DECRETO
16:14
COMPENSACION
LUCENA 2016]
Compensación deudas Ayuntamiento de Lucena del Cid
DECRETO
2016-1626 10/06/16
[DECRETO
16:24
COMPENSACION
NAVAJAS 2016]
Compensación deudas Ayuntamiento de Navajas
DECRETO
2016-1627 10/06/16
[DECRETO
16:27
COMPENSACION
FORCALL 2016]
Compensación deudas al Ayuntamiento de Forcall
DECRETO
2016-1628 13/06/16
[RESOLSANCBENICASSI 11:30
M]
DECRETO RESOLUCION EXPTE. SANCIONADOR AYTO.
BENICASSIM SUBVEN.RECREACIONES HISTORICAS 2015
DECRETO
2016-1629 13/06/16
[DECRETO 37 2016]
17:32
Relación de facturas nº 37/2016
DECRETO
2016-1630 13/06/16
[DECRETO 36 2016]
17:33
Relación de facturas nº 36/2016
DECRETO
[DECRETO]
Expte Transferencias de crédito 05/2016
2016-1631 13/06/16
18:52
DECRETO
2016-1632 13/06/16
[DECRETO RECAU PA 18:55
311-2016 TDCA]
Personación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº
1 de Castellón en procedimiento jurisdiccioinal PO Nº
000311/2016, en materia tributaria.
La Corporación queda enterada.
3. TOMA DE POSESIÓN COMO DIPUTADO PROVINCIAL DE D. JOSÉ IGNACIO
VALLEJO SEGURA.
Acto seguido se procede al juramento y toma de posesión del Sr. Diputado D. José
Ignacio Vallejo Segura, que ha cumplido los requisitos correspondientes, al haber sido
propuesto por la Junta Electoral Central, según acreditación llevada a cabo por la misma
y presentación de la correspondiente credencial y, asimismo, haber realizado la
declaración de bienes y de actividades establecidas legalmente.
Diputación de Castellón
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Expte.2215_2016]
24
Por el Sr. Vallejo se procede a efectuar la promesa, en los siguientes términos:
“Prometo por mi conciencia y honor, cumplir fielmente las obligaciones del cargo de
Diputado provincial, con lealtad al Rey, acatamiento al Estatuto de autonomía y guardar y
hacer guardar la Constitución, como norma fundamental del Estado.”
4. DACIÓN DE CUENTA DEL DECRETO DE LA PRESIDENCIA, NÚMERO 1457
DE 25/05/2016, RELATIVO A LA RENUNCIA A LAS RETRIBUCIONES DE Dª.
ANNA PEÑALVER BERMUDO.
Por Secretaría se da cuenta del Decreto de la Presidencia número 1457 de fecha 25 de
junio de 2016, del siguiente tenor literal:
“Dada cuenta del escrito presentado por Dª. Anna Peñalver Bermudo, Diputada
Provincial, de fecha 9 de mayo de 2016, registro de entrada núm. 19580, por el que
solicita se acepte su renuncia, desde la fecha 17 de mayo a la retribución en régimen de
dedicación parcial y se proceda con la misma fecha a causar baja en el régimen general
de la Seguridad Social.
Visto lo establecido en el art. 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, así como lo establecido en el acuerdo del Pleno de esta Diputación
de fecha 26 de junio de 2015, por lo que en base a todo ello resuelvo:
Primero: Aceptar la renuncia a la retribución en régimen de dedicación parcial
presentada por Dª. Anna Peñalver Bermudo, Diputada Provincial, procediendo a la baja
en el régimen general de la Seguridad Social con fecha 17 de mayo de 2016.
Segundo: Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Diputación Provincial.
La Corporación queda enterada.
5. DICTAMEN SOBRE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO
CIUDADANOS, PARA GARANTIZAR LA ACCESIBILIDAD TOTAL A LA PÁGINA
WEB DE LA DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN.
Por Secretaría se advierte de la presentación de una moción por parte del Grupo
Ciudadanos, que ha sido informada favorablemente en la Comisión de Transparencia y
Buen Gobierno de fecha 14 de junio de 2016.
Así mismo, en fecha 17 de junio se ha presentado una enmienda parcial de sustitución,
por parte del Grupo Popular. Ambas se transcriben literalmente a continuación.
Diputación de Castellón
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Tercero: Trasladar el presente acuerdo a los servicios de Personal, Tesorería e
Intervención a los efectos de su cumplimentación, así como al propio interesado.”
25
MOCIÓN DE CIUDADANOS
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las personas con discapacidad y otros colectivos como las personas mayores, precisan
de una protección específica y singularizada que garantice su participación plena y
efectiva en nuestra sociedad. Las Administraciones Públicas deben garantizar que todos
los ciudadanos con independencia de su grado de discapacidad o dificultad de
aprendizaje puedan ejercer sus derechos y libertades básicas.
En nuestra sociedad persisten numerosas barreras que dificultan dicho ejercicio de
derechos y libertades, uno de ellos se encuentra en el acceso y uso de las páginas web.
La accesibilidad web tiene como objetivo lograr que las páginas web sean utilizables por
el máximo número de personas, independientemente de sus conocimientos o
capacidades personales e independientemente de las características técnicas del equipo
utilizado para acceder a la web.
La accesibilidad web indica la capacidad de acceso a la web y a los contenidos por todas
las personas, independencia de la discapacidad (física, intelectual o técnica) que
presenten o de las que deriven del contexto de uso (tecnológicas o ambientales). Esta
cualidad está íntimamente relacionada con la usabilidad.
La Ley General de Derechos de la personas con discapacidad y de su inclusión social,
vigente desde 2007, reconoce a las personas con discapacidad como titulares de una
serie de derechos y, a los poderes públicos como garantes del ejercicio real y efectivo de
sus derechos, de acuerdo a lo previsto en la Convención Internacional de los derechos
de las personas con discapacidad. Y establece el régimen de infracciones y sanciones
que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Sin embargo, y a pesar de estar exigido por la legislación vigente desde 2007, hasta hoy,
la Diputación de Castellón no figura el Nivel Doble-A de conformidad con las directrices
de accesibilidad, la página web de esta casa presenta numerosas deficiencias de
accesibilidad, tal y como refleja el informe del Observatorio Nacional de Accesibilidad.
Somos conocedores que la Diputación de Castellón está queriendo revertir esta situación
de ilegalidad en la que se encuentra, y está queriendo garantizar los derechos básicos
de accesibilidad porque implica a un significado número de vecinos de nuestra provincia.
Las modificaciones que se van a introducir van a permitir una mayor facilidad de acceso.
La Diputación de Castellón ha obtenido buenos resultados en cuanto a la transparencia
de la Institución. Nos consta, por los medios de comunicación, el compromiso del equipo
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Están obligadas por la legislación vigente a cumplir con el nivel medio de accesibilidad
en el contenido de sus páginas web, según lo establecido en la Norma UNE
139803/2012, entre otras, las Diputaciones, Ayuntamientos,..... y todas las empresas que
pertenezcan al sector público empresarial.
26
de Gobierno por modernizar la Diputación y estar a la vanguardia de los instrumentos
que pueden acercar a los ciudadanos el funcionamiento y la información de esta
Administración.
Desde Ciudadanos queremos ir un paso más allá, puesto que todos estos vecinos
necesitan una especial atención y cariño, queremos ofrecer nuestro apoyo para corregir
este grave problema e impulsar que no sólo se cumpla con la Norma obteniendo la
DobleA sino que desde esta Diputación se pongan todos los recursos necesarios para
obtener la TripleA de accesibilidad total.
Por todo ello proponemos los siguientes:
ACUERDOS
1. Que se realice una evaluación completa inicial y evaluaciones periódicas de la
accesibilidad de la página web de esta Diputación tomando como referencia la Norma
UNE 139803/2012.
2. Que se tomen las medidas necesarias de manera que se consiga que la página web
sea accesible en su grado máximo, enfocados a obtener la TripleA del Observatorio de
Accesibilidad.
3. Se adquiere el compromiso formal para garantizar la mayor accesibilidad a los sitios
web de la Diputación de Castellón, facilitando que las informaciones, servicios y demás
contenidos permitan un acceso sencillo por parte del mayor número de usuarios
posibles, haciendo especial hincapié en las personas con discapacidad y de edad
avanzada.
4. Se dará traslado del presente acuerdo a todos los Ayuntamientos de la Provincia de
Castellón así como a las Asociaciones de discapacitados.”
ENMIENDA DEL GRUPO POPULAR
- Aplicar las medidas derivadas de la auditoria en materia de accesibilidad de la página
web, ya contratada por esta Diputación, y tomar como normal la UNE 139803-2012.”
En primer lugar, por parte del grupo Ciudadanos a aceptar la enmienda presentada por el
grupo Popular.
A continuación, se procede a la votación de la Moción enmendada y el Pleno, por
unanimidad, acepta la moción que literalmente dice así:
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“1. Sustituir la redacción del punto 1 de la moción de Ciudadanos, la cual quedaría de la
siguiente forma:
27
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las personas con discapacidad y otros colectivos como las personas mayores, precisan
de una protección específica y singularizada que garantice su participación plena y
efectiva en nuestra sociedad. Las Administraciones Públicas deben garantizar que todos
los ciudadanos con independencia de su grado de discapacidad o dificultad de
aprendizaje puedan ejercer sus derechos y libertades básicas.
En nuestra sociedad persisten numerosas barreras que dificultan dicho ejercicio de
derechos y libertades, uno de ellos se encuentra en el acceso y uso de las páginas web.
La accesibilidad web tiene como objetivo lograr que las páginas web sean utilizables por
el máximo número de personas, independientemente de sus conocimientos o
capacidades personales e independientemente de las características técnicas del equipo
utilizado para acceder a la web.
La accesibilidad web indica la capacidad de acceso a la web y a los contenidos por todas
las personas, independencia de la discapacidad (física, intelectual o técnica) que
presenten o de las que deriven del contexto de uso (tecnológicas o ambientales). Esta
cualidad está íntimamente relacionada con la usabilidad.
La Ley General de Derechos de la personas con discapacidad y de su inclusión social,
vigente desde 2007, reconoce a las personas con discapacidad como titulares de una
serie de derechos y, a los poderes públicos como garantes del ejercicio real y efectivo de
sus derechos, de acuerdo a lo previsto en la Convención Internacional de los derechos
de las personas con discapacidad. Y establece el régimen de infracciones y sanciones
que garantizan las condiciones básicas en materia de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Sin embargo, y a pesar de estar exigido por la legislación vigente desde 2007, hasta hoy,
la Diputación de Castellón no figura el Nivel Doble-A de conformidad con las directrices
de accesibilidad, la página web de esta casa presenta numerosas deficiencias de
accesibilidad, tal y como refleja el informe del Observatorio Nacional de Accesibilidad.
Somos conocedores que la Diputación de Castellón está queriendo revertir esta situación
de ilegalidad en la que se encuentra, y está queriendo garantizar los derechos básicos
de accesibilidad porque implica a un significado número de vecinos de nuestra provincia.
Las modificaciones que se van a introducir van a permitir una mayor facilidad de acceso.
La Diputación de Castellón ha obtenido buenos resultados en cuanto a la transparencia
de la Institución. Nos consta, por los medios de comunicación, el compromiso del equipo
de Gobierno por modernizar la Diputación y estar a la vanguardia de los instrumentos
que pueden acercar a los ciudadanos el funcionamiento y la información de esta
Diputación de Castellón
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Están obligadas por la legislación vigente a cumplir con el nivel medio de accesibilidad
en el contenido de sus páginas web, según lo establecido en la Norma UNE
139803/2012, entre otras, las Diputaciones, Ayuntamientos,..... y todas las empresas que
pertenezcan al sector público empresarial.
28
Administración.
Desde Ciudadanos queremos ir un paso más allá, puesto que todos estos vecinos
necesitan una especial atención y cariño, queremos ofrecer nuestro apoyo para corregir
este grave problema e impulsar que no sólo se cumpla con la Norma obteniendo la
DobleA sino que desde esta Diputación se pongan todos los recursos necesarios para
obtener la TripleA de accesibilidad total.
Por todo ello proponemos los siguientes:
ACUERDOS
1. Aplicar las medidas derivadas de la auditoria en materia de accesibilidad de la página
web, ya contratada por esta Diputación, y tomar como normal la UNE 139803-2012.
2. Que se tomen las medidas necesarias de manera que se consiga que la página web
sea accesible en su grado máximo, enfocados a obtener la TripleA del Observatorio de
Accesibilidad.
3. Se adquiere el compromiso formal para garantizar la mayor accesibilidad a los sitios
web de la Diputación de Castellón, facilitando que las informaciones, servicios y demás
contenidos permitan un acceso sencillo por parte del mayor número de usuarios
posibles, haciendo especial hincapié en las personas con discapacidad y de edad
avanzada.
4. Se dará traslado del presente acuerdo a todos los Ayuntamientos de la Provincia de
Castellón así como a las Asociaciones de discapacitados.”
Finalmente, se procede a la explicación del voto por parte de los grupos políticos.
6. DICTAMEN SOBRE LA MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO COMPROMÍS,
SOBRE LA RECUPERACIÓN DE LA LÍNEA DE AYUDAS AL MOBILIARIO
URBANO PARA LOS PUEBLOS.
Por Secretaría se advierte de la presentación de una Moción, por parte del Grupo
Compromís, que ha sido dictaminada favorablemente en la Comisión Informativa de
Transparencia y buen gobierno, de fecha 14 de junio de 2016, así como una Enmienda
de adición por parte del Grupo Ciudadanos, que se transcriben literalmente a
continuación:
Diputación de Castellón
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[…....]
29
MOCIÓN
“EXPOSICIÓ DE MOTIUS
La Diputació de Castelló ha eliminat del Pla Estratègic de Subvencions 2014-2016 la línia
de subvencions denominada «Subvencions a Ajuntaments de la província de Castelló
per al condicionament ambiental de zones urbanes». Eixes ajudes es destinaven, segons
la convocatòria dels anys anteriors, a accions de condicionament en zona pública tant de
l'entorn físic, com a natural de zones urbanes, sent beneficiaris els ajuntaments de la
província de Castelló. En concret, les ajudes eren per a
1. Creació de zones verdes públiques.
a. Enjardinament de noves zones urbanes
b. Adquisició de testos per a millora visual o delimitació de l'ús ordenat de la zona.
c. Execució de mitgeres o alineacions per evitar l'impacte visual o zones d'accés
amb risc
2. Restauració de jardins amb reposició de marres i faltes.
a. Reposició de planta o modificacions de jardins ja existents per a la millora de
l'ús públic.
b. Canvi de plantacions o substrats per a la millora del manteniment o disminució
en el consum d'aigua.
c. Restauració o recuperació de jardins d'interès botànic
3. Actuacions de condicionament o mesures correctores en zones degradades al casc
urbà.
a. Actuacions d'eliminació de risc en zones degradades (amb neteges de residus,
tanques, pantalla vegetal, etc.)
b. Integració i restauració paisatgista en l'entorn urbà.
En el context actual de crisi econòmica, en la qual els ajuntaments tenen molt poca
capacitat d'inversió i un alt nivell d'endeutament, la Diputació hauria d'impulsar una línia
d'ajudes per facilitar l'execució d' actuacions a les zones verdes del municipi i/o zones
degradades que arreplegue l'adquisició de tot tipus de subministraments per
dignificar-les.
DEMANEM
1-Que es recupere la línia «Subvencions a Ajuntaments de la província de Castelló per
al condicionament ambiental de zones urbanes».
2-Que es dote aquesta línia de subvencions en fons del romanent de Tresoreria o dels
sobrants els POIS.»
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4. Adequació, millora o adquisició d'equipaments d'ús públic.
a. Adquisició i col·locació de mobiliari urbà (bancs, papereres, fonts, etc.)
b. Passarel·les integrades i adaptades per a l'ús de persones amb dificultat de
mobilitat.
30
ENMIENDA DE ADICIÓN
“TERCERO,- Que en esta línea de ayudas se incluya la adquisición de mobiliario para
juegos infantiles y otro tipo de mobiliario, que favorezcan la inclusión de las personas con
discapacidad y de la tercera edad.”
Se inician las intervenciones con la del Sr. Trenco que acepta la Enmienda de adición
presentada.
A continuación se inicia el debate.
[….....]
Finalizado el debate, el Pleno, con los votos a favor de los grupos Compromís y
Ciudadanos, la abstención del grupo Socialista y del grupo Castelló en Moviment y el
voto en contra del grupo Popular, por mayoría desestima la moción presentada con la
enmienda de adición incorporada.
7. DICTAMEN SOBRE LA APROBACIÓN INICIAL DE LA ESTRATEGIA
PROVINCIAL DE
INNOVACIÓN
Y CREACIÓN DE VALOR PÚBLICO
2016 – 2018.
En primer lugar, se procede, tras consensuar los grupos, al debate conjunto de este
punto 7 y del siguiente punto 8 del orden del día, iniciándose las intervenciones
[….....]
“Resultando que el Servicio de Administración e Innovación tiene encomendadas las
funciones de diseño e implementación de las políticas públicas provinciales asociadas a
la implantación de la Administración electrónica, a la transparencia, a la modernización
administrativa y, en general, al buen gobierno.
Considerando que para el desarrollo de todas esas políticas es preciso establecer una
estrategia determinada, acotada temporalmente, que defina concretamente las
prioridades de objetivos y proyectos a desarrollar.
Por lo que en base a todo ello, a propuesta de la Comisión Informativa de Transparencia
y Buen Gobierno, con la abstención de Castelló en Moviment y los votos a favor del resto
de grupos políticos, el Pleno de la Diputación, por mayoría, adopta el siguiente acuerdo:
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Finalizadas las intervenciones el Pleno, procede a la adopción de los siguientes
acuerdos:
31
PRIMERO. Aprobar inicialmente la Estrategia Provincial de Innovación y Creación de
Valor Público 2016 – 2018, que se incorpora a esta propuesta como anexo a la misma.
SEGUNDO. Someter a información pública la citada Estrategia, por plazo de 30 días, al
efecto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias a la misma, significando
que en el supuesto de no presentarse se entenderá definitivamente aprobada.”
8. DICTAMEN DE APROBACIÓN DEL PLAN DE TRANSPARENCIA A LAS
ENTIDADES LOCALES Y DINAMIZACIÓN DEL PLAN DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE LOS AYUNTAMIENTOS.
“Resultando que por la Diputación Provincial de Castellón se aprobó la convocatoria y
bases del Plan Provincial de Modernización Administrativa dirigido a Entidades Locales
de la Provincia de menos de 5.000 habitantes, y posteriormente se amplio dicho Plan
para los ayuntamientos de entre 5.000 y 20.000 habitantes de la Provincia de Castellón.
Resultando la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno publicada en el B.O.E el 10 de diciembre de 2013 , así como la Ley 2/2015, de
la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la
Comunitat Valenciana publicada en el D.O.G.V el 8 de abril de 2015 .
Resultando que a finales de 2015, la plataforma GESTIONA puso a disposición de los
Ayuntamientos un módulo específico de transparencia para dar cumplimiento a las dos
normativas mencionadas.
Considerando la Disposición Final 3ª de la Ley 11/2007, destaca el papel de las
Diputaciones Provinciales para garantizar en el ámbito de los municipios que no
dispongan de suficientes medios técnicos y organizativos la adaptación a la
Administración Electrónica.
Considerando el artículo 36.1.g ) de la Ley 7/1985, que establece como competencia
propia de las Diputaciones la prestación de los servicios de administración electrónica
en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
Considerando que se esta tramitando simultáneamente la correspondiente modificación
de créditos.
Considerando informe favorable emitido por los técnicos del Servicio Provincial de
Asistencia a Municipios.
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Resultando que por el SEPAM se ha elaborado un Plan de Transparencia a las
Entidades Locales y dinamización del Plan de modernización Administrativa de los
Ayuntamientos, cuyos objetivos son: la concienciación a los usuarios de la actualización
del portal de transparencia, asesoramiento en cuanto a la carga inicial de contenidos,
autosuficiencia de los mismos en cuanto a la gestión y mantenimiento de los contenidos
publicados y su formación .
32
Visto el dictamen de la Comisión de transparencia y buen gobierno, con la abstención del
grupo Castelló en moviment y los votos a favor del resto de grupos políticos, el Pleno,
por mayoría, acuerda aprobar EL PLAN DE TRANSPARENCIA A LAS ENTIDADES
LOCALES Y DINAMIZACIÓN DEL PLAN DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE
LOS AYUNTAMIENTOS, redactado por el Servicio de Asesoramiento a Municipios,
(SEPAM).”
HACIENDA, FISCALIZACIÓN Y ESPECIAL DE CUENTAS
9. DACION DE CUENTA DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DEL MES DE ABRIL DE
2016, CALCULADO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL REAL
DECRETO 635/2014.
“Considerando que el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la
metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las
Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos
de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en su articulo 6.2 establecen la
obligación de publicar periódicamente la información relativa al periodo medio de pago
global a proveedores mensual, la información se publicará en el portal web.
Realizados los cálculos el resultado para el mes de abril de 2016 es de 21,21 días, con
el siguiente detalle:
Código de entidad
Ratio
de
operaciones
pagadas
Ratio
de
operaciones
pendientes de
pago
Periodo
medio
pago
mensual
17-12-000-DD-00
Dip. Provincial
de Castellón
23,26
4,02
12,63
17-00-083-CC000
C.
Concesionario
de Aguas Pla de
l’Arc
0,00
423,00
423,00
117-00-026-CC-000
(*)
C. Prev. Ext.
Incen. Y Salv de
Castellón
39,36
40,32
40,09
17-12-000-DV-005
Esc. Taurina
-13,88
-27,03
-14,94
8,1717-00-006-HH-00
0
F.
Hospital
Provincial
de
Castellon
-24,77
-29,55
-25,35
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
de
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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Entidad
33
3617-12-000-DV-001
P.Prov. Turismo
Costa
del
Azahar
-7,95
6,56
2,51
La Corporación queda enterada.
10. DACIÓN DE CUENTA DEL PERIODO MEDIO DE PAGO, CORRESPONDIENTE
AL MES DE MAYO DE 2016.
“Considerando que el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la
metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las
Administraciones Públicas y las condiciones y el procedimiento de retención de recursos
de los regímenes de financiación, previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en su articulo 6.2 establecen la
obligación de publicar periódicamente la información relativa al periodo medio de pago
global a proveedores mensual, la información se publicará en el portal web.
Realizados los cálculos el resultado para el mes de mayo de 2016 es de 14,25 días, con
el siguiente detalle:
Código de entidad
Ratio
de
operaciones
pagadas
Ratio
de
operaciones
pendientes de
pago
Periodo
medio
pago
mensual
17-12-000-DD-00
Dip. Provincial
de Castellón
9,31
0,57
5,62
17-00-083-CC000
C.
Concesionario
de Aguas Pla de
l’Arc
0,00
454,00
454,00
117-00-026-CC-000
(*)
C. Prev. Ext.
Incen. Y Salv de
Castellón
36,40
-1,19
28,87
17-12-000-DV-005
Esc. Taurina
-20,05
-11,00
-19,20
8,1717-00-006-HH-00
0
F.
Hospital
Provincial
de
Castellon
-24,49
-3,00
-24,22
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
de
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Entidad
34
3617-12-000-DV-001
P.Prov. Turismo
Costa
del
Azahar
-13,82
-9,81
-10,62
La Corporación queda enterada.
11. DICTAMEN SOBRE LA ACEPTACIÓN DE: DELEGACIONES DE DIVERSOS
AYUNTAMIENTOS EN MATERIA DE RECAUDACIÓN.
A) RESULTANDO que el Ayuntamiento de Torás, en acuerdo plenario de fecha 23 de
noviembre de 2015, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
“Al amparo de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, que establece que las competencias
de las Entidades locales son propias o atribuidas por delegación y en los artículos 106.3,
123 k) y 36.1 f) ambos del citado precepto legal, por los que se regula la delegación de
competencias propias, en general y de la gestión, inspección y recaudación de tributos
en particular.
De conformidad asimismo, con lo preceptuado en el artículo 7.1 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en adelante TRLRHL, que se refiere a la
delegación de la gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria pero también de
los restantes ingresos de derecho público, la Diputación de Castellón está habilitada para
realizar, por delegación de las entidades locales integradas en su territorio, las facultades
de gestión, liquidación, inspección y recaudación de tributos y restantes ingresos de
derecho público.
Resultando que el Ayuntamiento, está interesado en que la Diputación de Castellón
realice, por delegación suya, las facultades de gestión, liquidación y recaudación, en los
términos y con el alcance señalado en el presente acuerdo, del Impuesto sobre
Vehículos de Tracción Mecánica.
El Pleno de la Corporación, por unanimidad, adopta el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Delegar en la Diputación de Castellón con efectos a partir del 01 de enero
de 2016, las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica que a continuación se indican:
- Tramitación y resolución en materia de reconocimiento y denegación de exenciones y
bonificaciones.
- Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las deudas
tributarias y, en su caso, las autoliquidaciones.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Visto el artículo 8 del TRLRHL señala que las Administraciones tributarias del estado, de
las Comunidades Autónomas y de las entidades locales colaborarán en todos los
órdenes en la gestión, liquidación, inspección y recaudación, previéndose mecanismos
de colaboración entre ellas.
35
SEGUNDO.- La prestación de los servicios que se deriven de la delegación de funciones
que contempla el presente acuerdo, comportará la compensación económica que se
establece en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de
gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público de
la Diputación Provincial de Castellón. Asimismo será de aplicación la Ordenanza de
gestión, recaudación e inspección de los ingresos de derecho público municipales cuya
gestión ha sido delegada en la Diputación de Castellón, publicada en el BOP nº 96 de 7
de agosto de 2003, teniendo en cuenta que:
- Los importes recaudados por la Diputación de Castellón serán transferidos
mensualmente al Ayuntamiento junto con el detalle de las aplicaciones contables
y presupuestarias para cada tipo de ingreso. Asimismo, el Ayuntamiento tendrá
acceso al aplicativo de la Diputación para consultar en cualquier momento el
estado de sus cuentas recaudatorias.
- La Diputación rendirá cuentas de la gestión recaudatoria, a través de las
cuentas de recaudación, al menos una vez al año coincidiendo con la finalización
del ejercicio presupuestario correspondiente. Todo ello a efectos de posibilitar, por
un lado, el control y seguimiento de los saldos contables y, de otro, la fiscalización
de la recaudación.
Los
gastos
de
representación
y
defensa
en
los
recursos
contencioso-administrativos interpuestos contra actos administrativos derivados
de la gestión delegada, serán a cargo de la Diputación.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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- Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
- Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos o
debidos y su materialización.
- Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra dichos actos y, en
su caso, revisión de los actos dictados.
- Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las materias
comprendidas en este punto.
- Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
- Dictado de la providencia de apremio.
- Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de recibo y
tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
- Recaudación, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
- Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante autoliquidación.
- Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
- Cruce de información con la Administración del Estado mediante procesos informáticos.
- Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de datos con sus
correspondientes justificantes para su posterior traslado a la Jefatura Provincial de
Tráfico.
- Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos de pago.
- Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos incobrables.
- Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados en vía de
recaudación.
36
TERCERO. La transmisión de la información que ambas Administraciones puedan necesitar
para dotar de virtualidad práctica a esta delegación, se realizará, en la medida de
lo posible, por medios telemáticos y en soporte magnético.
1. Las solicitudes, reclamaciones y recursos en materia de gestión, liquidación,
inspección y recaudación del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
delegado, podrán presentarse en alguno de los registros previstos en la Ley 30/92 y,
en particular, en el registro general de la Diputación de Castellón que se encuentra
en cada una de las oficinas del Servicio Provincial de Gestión, Inspección y
Recaudación.
1 La Diputación de Castellón se compromete a tratar los datos personales por cuenta
del Ayuntamiento incorporando las medidas de protección que en cada momento
establezca la legislación. De la misma manera, el uso de estos datos queda restringido al
ámbito de aplicación del presente convenio, quedando expresamente no autorizado
cualquier otro uso no especificado.
CUARTO.1.- La delegación efectuada mediante el presente acuerdo se mantendrá desde el inicio
de su vigencia, el 01 de enero de 2016 por tiempo indefinido siempre que ninguna de las
dos partes manifieste su voluntad en contrario con una antelación mínima de 3 meses.
2.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de los convenios y demás documentos que
puedan resultar necesarios para materializar la delegación de facultades.
3.- Proceder a la publicación en el BOP y en el DOGV del presente acuerdo, una vez la
delegación sea aceptada por el Pleno de la Diputación Provincial de Castellón”.
B) RESULTANDO que el Ayuntamiento de La Jana, en acuerdo plenario de fecha 7 de
abril de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:
Al amparo de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, que establece que las
competencias de las Entidades locales son propias o atribuidas por delegación y
en los artículos 27 y 106.3, ambos del citado precepto legal, por los que se regula la
delegación de competencias propias, en general y de la gestión, inspección y
recaudación de tributos en particular.
De conformidad, así mismo, con lo preceptuado en el artículo 7.1 del texto refundido
de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, en adelante TRLRHL, que se refiere a
la delegación de la gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria pero
también de los restantes ingresos de Derecho público, la Diputación de Castellón
está habilitada para realizar, por delegación de las entidades locales integradas en
su territorio, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de
tributos y restantes ingresos de Derecho público.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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“PUNTO OCTAVO.- Propuesta del equipo de gobierno sobre renovación y ampliación de
la delegación en la Diputación de la gestión de los tributos locales.
37
Visto que el artículo 8 del TRLRHL, señala que las Administraciones tributarias del
Estado, de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales colaborarán
en todos los ordenes en la gestión, liquidación, inspección y recaudación,
previéndose mecanismos de colaboración entre ellas.
RESULTANDO que, el ayuntamiento de LA JANA está interesado en que la
Diputación de Castellón realice, por delegación suya, las facultades de gestión,
liquidación, inspección y recaudación, en los términos y con el alcance señalado en
el presente acuerdo, tanto de los tributos como de los restantes ingresos de
Derecho público de su titularidad municipal que se detallan a continuación.
RESULTANDO que, con esta finalidad y al amparo de lo que prevén los artículos
4 de la ley 30/1992 y el artículo 7.1 del TRLRHL, se propone al Pleno del
Ayuntamiento la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Renovar y ampliar el convenio de delegación actual con la Diputación de
Castellón con efectos a partir del 1 de enero de 2016 refiriéndose inclusive a los
ingresos municipales que habiéndose devengado antes del 1 de enero de 2016,
puedan o deban ser objeto de alguna de las actuaciones comprendidas en el
presente acuerdo, que a continuación se enumeran:
Facultades en materia de gestión tributaria y en materia de recaudación de los
siguientes tributos:
• Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
• Impuesto sobre Actividades Económicas.
• Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
-Tasas municipales (Vados permanentes, Alcantarillado, Basuras, Canalones y chorreras,
Aguas Potables, así como las demás que en su día se aprueben).
Facultades en materia de recaudación ejecutiva de los siguientes tributos e ingresos
de Derecho Público:
• Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
• Contribuciones Especiales.
• Cuotas de urbanización.
• Ingresos de Derecho Público (prestaciones patrimoniales de carácter público no
tributarias, precios públicos y multas y sanciones pecuniarias).
Convalidar, por este acuerdo, y a efectos de lo prevenido en el articulo 67 de la Ley
30/1992, de 27 de noviembre, cuantos actos de trámite y resoluciones hayan sido
realizados por el Servicio Provincial de Gestión, Inspección y Recaudación de la
Diputación de Castellón en recaudación ejecutiva relativos a dichos conceptos desde
el 01 de enero de 1992.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Facultades en materia de recaudación voluntaria y ejecutiva de los siguientes
tributos:
38
SEGUNDO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre
Bienes inmuebles que aparecen relacionadas en el artículo 77 del TRLRHL, a saber:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución de expedientes en materia de reconocimiento y
denegación de exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso la revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictar la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la Administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general, incluyéndose en este punto la captación de datos con
sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la
Administración del Estado.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados
en el procedimiento de recaudación.
TERCERO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir
del 1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto
sobre Actividades Económicas que a continuación se indican:
•
•
•
Tramitación y resolución de expedientes en materia de reconocimiento y
denegación de exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
39
•
•
•
Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos y su
materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictar la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la Administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidas a la
gestión tributaria en general incluyéndose, en este punto, la captación de
datos con sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la
administración del Estado.
Realización de la Inspección del impuesto.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados en
vía de recaudación.
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución en materia de reconocimiento y denegación de
exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias y, en su caso, las autoliquidaciones.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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CUARTO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre
Vehículos de Tracción Mecánica que a continuación se indican:
40
A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictado de la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo
Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante autoliquidación
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de datos con
sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la Jefatura
Provincial del Tráfico.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados en
el procedimiento de recaudación.
•
•
•
•
•
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias y en su caso las autoliquidaciones.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
•
•
•
•
Elaboración del padrón anual, con los datos facilitados por el
Ayuntamiento de acuerdo con la ordenanza municipal en vigor y
exposición pública del mismo.
Dictado de la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con
acuse de recibo tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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QUINTO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria que a continuación
se indican, de las tasas municipales:
41
•
•
•
•
•
•
•
Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante
autoliquidación.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del
periodo ejecutivo.
Cruce de información con la administración correspondiente, mediante
procesos informáticos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente, referidas a
la gestión tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de
datos con sus correspondientes justificantes.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos
dictados en vía de recaudación.
SEXTO.- La prestación de los servicios que se deriven de la delegación y
encomienda de funciones que contempla el presente acuerdo, comportará la
compensación económica que se establece en la Ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por prestación de servicios de gestión, inspección y recaudación de los tributos
y otros ingresos de Derecho público de la Diputación Provincial de Castellón.
Asimismo será de aplicación la Ordenanza de gestión, recaudación e inspección de
los ingresos de derecho público municipales cuya gestión ha sido delegada en la
Diputación de Castellón, publicada en el BOP nº 133 de 30 de octubre de 2007,
teniendo en cuenta que:
Los importes recaudados por la Diputación de Castellón serán transferidos
mensualmente al Ayuntamiento junto con el detalle de las aplicaciones contables
y presupuestarias para cada tipo de ingreso. Asimismo, el Ayuntamiento tendrá
acceso al aplicativo de la Diputación para consultar en cualquier momento el estado de
sus cuentas recaudatorias.
La Diputación rendirá cuentas de la gestión recaudatoria, a través de las cuentas de
recaudación, al menos una vez al año coincidiendo con la finalización del ejercicio
presupuestario correspondiente. Todo ello a efectos de posibilitar, por un lado, el
control y seguimiento de los saldos contables y, de otro, la fiscalización de la
recaudación.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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El servicio de actualización del IBI urbana, tendrá carácter gratuito para el
Ayuntamiento cuando tenga su origen en las declaraciones que los contribuyentes
presentan mediante los modelos 901 y 902, aunque éstos últimos provengan de
previos requerimientos por parte de la Diputación. No serán gratuitos, conforme a lo
dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de
gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público
de la Diputación Provincial, los trabajos de campo o de investigación que luego
vayan a suponer una inspección por parte del Catastro.
42
La representación y defensa en los recursos contencioso-administrativos
interpuestos contra actos administrativos derivados de la gestión delegada, serán a
cargo de la Diputación. Sin embargo, respecto a las gestiones que se realizan de
deudas cuya providencia de apremio haya sido dictada por la tesorería municipal,
únicamente se asumirá la defensa por parte de la Diputación respecto a los
actos dictados en el procedimiento de apremio pero no respecto de los actos
dictados por el Ayuntamiento en fase de gestión o los dictados en periodo voluntario
de cobro.
SÉPTIMO.•
•
•
La transmisión de la información que ambas Administraciones puedan
necesitar para dotar de virtualidad práctica a esta delegación, se
realizará, en la medida de lo posible, por medios telemáticos y en soporte
magnético.
Las solicitudes, reclamaciones y recursos en materia de gestión, liquidación,
inspección y recaudación de los ingresos de Derecho público delegados,
podrán presentarse en alguno de los registros previstos en la Ley 30/92
y, en particular, en el registro general de la Diputación de Castellón que se
encuentra en cada una de las oficinas del Servicio Provincial de Gestión,
Inspección y Recaudación.
La Diputación de Castellón se compromete a tratar los datos personales
por cuenta del Ayuntamiento incorporando las medidas de protección que en
cada momento establezca la legislación. De la misma manera, el uso de
estos datos queda restringido al ámbito de aplicación del presente convenio,
quedando expresamente no autorizado cualquier otro uso no especificado.
OCTAVO.- La renovación y ampliación de la delegación efectuada mediante el
presente acuerdo se mantendrá desde el inicio de su vigencia, (1 de enero de
2016 hasta el día 31 de diciembre de 2016).
C) RESULTANDO que el Pleno del Ayuntamiento de Rosell, en sesión pública celebrada
el día 30 de mayo de 2016, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
“PRIMERO.- RENOVACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA DELEGACIÓN REALIZADA POR EL
AYUNTAMIENTO DE ROSSELL EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN,
DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN, LIQUIDACIÓN, INSPECCIÓN Y RECAUDACIÓN
DE TRIBUTOS LOCALES Y OTROS INGRESOS DE DERECHO PUBLICO.
Al amparo de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local, en adelante LRBRL, que establece que las
competencias de las Entidades locales son propias o atribuidas por delegación y
en los artículos 27 y 106.3, ambos del citado precepto legal, por los que se regula la
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Esta Delegación se entenderá prorrogada cada año siempre que ninguna de las dos
partes manifieste su voluntad, con una antelación mínima de 3 meses, en
contrario”.
43
delegación de competencias propias, en general y de la gestión, inspección y
recaudación de tributos en particular.
De conformidad, así mismo, con lo preceptuado en el artículo 7.1 del texto refundido
de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, en adelante TRLRHL, que se refiere a
la delegación de la gestión, liquidación, inspección y recaudación tributaria pero
también de los restantes ingresos de Derecho público, la Diputación de Castellón
está habilitada para realizar, por delegación de las entidades locales integradas en
su territorio, las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de
tributos y restantes ingresos de Derecho público.
Que el artículo 8 del TRLRHL, señala que las Administraciones tributarias del Estado,
de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales colaborarán en todos
los ordenes en la gestión, liquidación, inspección y recaudación, previéndose
mecanismos de colaboración entre ellas.
RESULTANDO que, el ayuntamiento de ROSSELL está interesado en que la
Diputación de Castellón realice, por delegación suya, las facultades de gestión,
liquidación, inspección y recaudación, en los términos y con el alcance señalado en
el presente acuerdo, tanto de los tributos como de los restantes ingresos de
Derecho público de su titularidad municipal que se detallan a continuación.
RESULTANDO que, con esta finalidad y al amparo de lo que prevén los artículos
4 de la ley 30/1992 y el artículo 7.1 del TRLRHL, el Pleno del Ayuntamiento en
sesión del día 30 de mayo de 2016, con el voto favorable de todos los asistentes, adopta
el acuerdo de delegación a favor de la Diputación de Castellón que a continuación se
transcribe:
ACUERDO:
Facultades en materia de gestión tributaria y en materia de recaudación de los
siguientes tributos:
•
•
•
Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Facultades en materia de recaudación voluntaria y ejecutiva de los siguientes
tributos:
-Tasas municipales (Suministros agua potable, Recogida de Basuras, cementerio y otras,
así como las demás que en su día se aprueben).
Diputación de Castellón
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PRIMERO.- Renovar y ampliar el convenio de delegación actual con la Diputación de
Castellón con efectos a partir del 1 de enero de 2016 refiriéndose inclusive a los
ingresos municipales que habiéndose devengado antes del 30 de mayo de 2016,
puedan o deban ser objeto de alguna de las actuaciones comprendidas en el
presente acuerdo, que a continuación se enumeran:
44
Facultades en materia de recaudación ejecutiva de los siguientes tributos e ingresos
de Derecho Público:
•
•
•
•
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Contribuciones Especiales.
Cuotas de urbanización.
Ingresos de Derecho Público (prestaciones patrimoniales de carácter público no
tributarias, precios públicos y multas y sanciones pecuniarias).
Convalidar, por este acuerdo, y a efectos de lo prevenido en el articulo 67 de la Ley
30/1992, de 27 de noviembre, cuantos actos de trámite y resoluciones hayan sido
realizados por el Servicio Provincial de Gestión, Inspección y Recaudación de la
Diputación de Castellón en recaudación ejecutiva relativos a dichos conceptos desde
el 01 de enero de 1992.
SEGUNDO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre
Bienes inmuebles que aparecen relacionadas en el artículo 77 del TRLRHL, a saber:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución de expedientes en materia de reconocimiento y
denegación de exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso la revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictar la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la Administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general, incluyéndose en este punto la captación de datos con
sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la Administración
del Estado.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
Diputación de Castellón
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
45
•
•
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados en
el procedimiento de recaudación.
TERCERO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir
del 1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto
sobre Actividades Económicas que a continuación se indican:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución de expedientes en materia de reconocimiento y
denegación de exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos y su
materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictar la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con
acuse de recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del
periodo ejecutivo.
Cruce de información con la Administración del Estado, mediante
procesos informáticos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidas
a la gestión tributaria en general incluyéndose, en este punto, la
captación de datos con sus correspondientes justificantes para su
posterior traslado a la administración del Estado.
Realización de la Inspección del impuesto.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos
dictados en vía de recaudación.
CUARTO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
46
Vehículos de Tracción Mecánica que a continuación se indican:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución en materia de reconocimiento y denegación de
exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias y, en su caso, las autoliquidaciones.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictado de la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo
Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante autoliquidación
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de datos con
sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la Jefatura
Provincial del Tráfico.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados en
el procedimiento de recaudación.
QUINTO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria que a continuación
se indican, de las tasas municipales:
•
•
•
•
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias y en su caso las autoliquidaciones.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
Diputación de Castellón
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
47
•
dichos actos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración del padrón anual, con los datos facilitados por el
Ayuntamiento de acuerdo con la ordenanza municipal en vigor y
exposición pública del mismo.
Dictado de la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con
acuse de recibo tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante
autoliquidación.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del
periodo ejecutivo.
Cruce de información con la administración correspondiente, mediante
procesos informáticos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente, referidas a
la gestión tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de
datos con sus correspondientes justificantes.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos
dictados en vía de recaudación.
SEXTO.- La prestación de los servicios que se deriven de la delegación y
encomienda de funciones que contempla el presente acuerdo, comportará la
compensación económica que se establece en la Ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por prestación de servicios de gestión, inspección y recaudación de los tributos
y otros ingresos de Derecho público de la Diputación Provincial de Castellón.
Asimismo será de aplicación la Ordenanza de gestión, recaudación e inspección de
los ingresos de derecho público municipales cuya gestión ha sido delegada en la
Diputación de Castellón, publicada en el BOP nº 133 de 30 de octubre de 2007,
teniendo en cuenta que:
El servicio de actualización del IBI urbana, tendrá carácter gratuito para el
Ayuntamiento cuando tenga su origen en las declaraciones que los contribuyentes
presentan mediante los modelos 901 y 902, aunque éstos últimos provengan de
previos requerimientos por parte de la Diputación. No serán gratuitos, conforme a lo
dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de
gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público
de la Diputación Provincial, los trabajos de campo o de investigación que luego
vayan a suponer una inspección por parte del Catastro.
Diputación de Castellón
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•
48
Los importes recaudados por la Diputación de Castellón serán transferidos
mensualmente al Ayuntamiento junto con el detalle de las aplicaciones contables
y presupuestarias para cada tipo de ingreso. Asimismo, el Ayuntamiento tendrá
acceso al aplicativo de la Diputación para consultar en cualquier momento el estado de
sus cuentas recaudatorias.
La Diputación rendirá cuentas de la gestión recaudatoria, a través de las cuentas de
recaudación, al menos una vez al año coincidiendo con la finalización del ejercicio
presupuestario correspondiente. Todo ello a efectos de posibilitar, por un lado, el
control y seguimiento de los saldos contables y, de otro, la fiscalización de la
recaudación.
La representación y defensa en los recursos contencioso-administrativos
interpuestos contra actos administrativos derivados de la gestión delegada, serán a
cargo de la Diputación. Sin embargo, respecto a las gestiones que se realizan de
deudas cuya providencia de apremio haya sido dictada por la tesorería municipal,
únicamente se asumirá la defensa por parte de la Diputación respecto a los
actos dictados en el procedimiento de apremio pero no respecto de los actos
dictados por el Ayuntamiento en fase de gestión o los dictados en periodo voluntario
de cobro.
•
•
•
La transmisión de la información que ambas Administraciones puedan
necesitar para dotar de virtualidad práctica a esta delegación, se
realizará, en la medida de lo posible, por medios telemáticos y en soporte
magnético.
Las solicitudes, reclamaciones y recursos en materia de gestión, liquidación,
inspección y recaudación de los ingresos de Derecho público delegados,
podrán presentarse en alguno de los registros previstos en la Ley 30/92
y, en particular, en el registro general de la Diputación de Castellón que se
encuentra en cada una de las oficinas del Servicio Provincial de Gestión,
Inspección y Recaudación.
La Diputación de Castellón se compromete a tratar los datos personales
por cuenta del Ayuntamiento incorporando las medidas de protección que en
cada momento establezca la legislación. De la misma manera, el uso de
estos datos queda restringido al ámbito de aplicación del presente convenio,
quedando expresamente no autorizado cualquier otro uso no especificado.
OCTAVO.- La renovación y ampliación de la delegación efectuada mediante el
presente acuerdo se mantendrá desde el inicio de su vigencia, (1 de enero de
2016 hasta el día 31 de diciembre de 2016).
Esta Delegación se entenderá prorrogada cada año siempre que ninguna de las dos
partes manifieste su voluntad, con una antelación mínima de 3 meses, en
contrario”.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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SÉPTIMO.-
49
D) RESULTANDO que el Pleno del Ayuntamiento de Castellfort, en sesión de 23 de
diciembre de 2015, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
“ASUNTO.- RENOVACIÓN Y AMPLIACIÓN DE LA DELEGACIÓN REALIZADA POR EL
AYUNTAMIENTO DE CASTELLFORT EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE
CASTELLÓN, DE LAS FACULTADES DE GESTIÓN, LIQUIDACIÓN, INSPECCIÓN Y
RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS LOCALES Y OTROS INGRESOS DE DERECHO
PUBLICO.
Resultando que el Ayuntamiento de Castellfort está interesado en que la Excma.
Diputación Provincial de Castellón realice, por delegación, las facultades de gestión,
liquidación, inspección y recaudación, en los términos y con el alcance señalado en el
presente acuerdo, tanto de los tributos como de los restantes ingresos de Derecho
público de su titularidad municipal que se detallan a continuación.
Considerando q u e el artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, ( en adelante LRBRL), establece que las competencias de
las Entidades locales son propias o atribuidas por delegación.
Considerando que los artículos 27 y 106.3 de la LRBRL regulan la delegación de
competencias propias en general, y de la gestión, inspección y recaudación de tributos en
particular.
Considerando lo preceptuado en el artículo 7.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas
Locales (en adelante TRLRHL), así como en el articulo 4 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
PRIMERO.- Renovar y ampliar el convenio de delegación actual con la Diputación de
Castellón con efectos a partir del 1 de enero de 2016 refiriéndose inclusive a los
ingresos municipales que habiéndose devengado antes del 01 de enero de 2016,
puedan o deban ser objeto de alguna de las actuaciones comprendidas en el
presente acuerdo, que a continuación se enumeran:
Facultades en materia de gestión tributaria y en materia de recaudación de los
siguientes tributos:
•
•
•
Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Facultades en materia de recaudación voluntaria y ejecutiva de los siguientes
tributos:
-Tasas municipales: Alcantarillado, Canalones y chorreras, Tenencia de perros, Suministro
de agua, Recogida de residuos sólidos urbanos, Otorgamiento de licencias urbanísticas,
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Por cuanto antecede, los miembros del Pleno de la Corporación, por unanimidad de los
presentes, ACUERDAN:
50
así como las demás que en su día se aprueben..
Facultades en materia de recaudación ejecutiva de los siguientes tributos e ingresos
de Derecho Público:
•
•
•
•
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Contribuciones Especiales.
Cuotas de urbanización.
Ingresos de Derecho Público (prestaciones patrimoniales de carácter público no
tributarias, precios públicos y multas y sanciones pecuniarias).
Convalidar, por este acuerdo, y a efectos de lo prevenido en el articulo 67 de la Ley
30/1992, de 27 de noviembre, cuantos actos de trámite y resoluciones hayan sido
realizados por el Servicio Provincial de Gestión, Inspección y Recaudación de la
Diputación de Castellón en recaudación ejecutiva relativos a dichos conceptos desde
el 01 de enero de 1992.
SEGUNDO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir del
1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre
Bienes inmuebles que aparecen relacionadas en el artículo 77 del TRLRHL, a saber:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución de expedientes en materia de reconocimiento y
denegación de exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso la revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictar la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la Administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general, incluyéndose en este punto la captación de datos con
sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la
Administración del Estado.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
51
•
•
•
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados
en el procedimiento de recaudación.
TERCERO.- Renovar y ampliar la delegación en la Diputación de Castellón a partir
del 1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto
sobre Actividades Económicas que a continuación se indican:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución de expedientes en materia de reconocimiento y
denegación de exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos y su
materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictar la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la Administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referidas a la
gestión tributaria en general incluyéndose, en este punto, la captación de
datos con sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la
administración del Estado.
Realización de la Inspección del impuesto.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados
en vía de recaudación.
CUARTO.- Delegar en la Excma. Diputación Provincial de Castellón a partir del 1 de
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
52
enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria del Impuesto sobre
Vehículos de Tracción Mecánica que a continuación se indican:
•
•
•
•
•
•
Tramitación y resolución en materia de reconocimiento y denegación de
exenciones y bonificaciones.
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias y, en su caso, las autoliquidaciones.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos y en su caso revisión de los actos dictados.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración, aprobación y exposición pública del padrón anual.
Dictado de la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con acuse de
recibo, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo
Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante autoliquidación
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del periodo
ejecutivo.
Cruce de información con la administración del Estado, mediante procesos
informáticos.
Actuaciones para asistencia e información al contribuyente referidas a la gestión
tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de datos con
sus correspondientes justificantes para su posterior traslado a la Jefatura
Provincial del Tráfico.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos dictados en
el procedimiento de recaudación.
QUINTO.- Renovar y ampliar la delegación en l a Excma. Diputación Provincial de
Castellón a partir del 1 de enero de 2016 respecto de las funciones de gestión tributaria
que a continuación se indican, de las tasas municipales:
•
•
•
Realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las
deudas tributarias y en su caso las autoliquidaciones.
Emisión de los documentos de cobro y acreditaciones del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de devolución de ingresos
indebidos y su materialización.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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A su vez, también se renueva y amplia la delegación en la Diputación de Castellón
respecto de:
53
•
•
Tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra
dichos actos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente referida a las
materias comprendidas en este punto.
A su vez, también se renueva y amplia la delegación en l a Excma. Diputación
Provincial de Castellón respecto de:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Elaboración del padrón anual, con los datos facilitados por el
Ayuntamiento de acuerdo con la ordenanza municipal en vigor y
exposición pública del mismo.
Dictado de la providencia de apremio.
Práctica de las notificaciones tanto por correo ordinario como con
acuse de recibo tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.
Recaudación de las altas en el impuesto, practicadas mediante
autoliquidación.
Liquidación y recaudación del interés de demora y de los recargos del
periodo ejecutivo.
Cruce de información con la administración correspondiente, mediante
procesos informáticos.
Actuaciones para la asistencia e información al contribuyente, referidas a
la gestión tributaria en general incluyéndose en este punto la captación de
datos con sus correspondientes justificantes.
Tramitación y resolución de los expedientes en materia de aplazamientos y
fraccionamientos del pago.
Tramitación y resolución de los expedientes de declaración de créditos
incobrables.
Tramitación y resolución de los recursos interpuestos contra actos
dictados en vía de recaudación.
SEXTO.- La prestación de los servicios que se deriven de la delegación y
encomienda de funciones que contempla el presente acuerdo, comportará la
compensación económica que se establece en la Ordenanza fiscal reguladora de la
tasa por prestación de servicios de gestión, inspección y recaudación de los tributos
y otros ingresos de Derecho público de la Diputación Provincial de Castellón.
Asimismo será de aplicación la Ordenanza de gestión, recaudación e inspección de
los ingresos de derecho público municipales cuya gestión ha sido delegada en la
Diputación de Castellón, publicada en el BOP nº 133 de 30 de octubre de 2007,
teniendo en cuenta que:
El servicio de actualización del IBI urbana, tendrá carácter gratuito para el
Ayuntamiento cuando tenga su origen en las declaraciones que los contribuyentes
presentan mediante los modelos 901 y 902, aunque éstos últimos provengan de
previos requerimientos por parte de la Diputación. No serán gratuitos, conforme a lo
dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de
gestión, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público
de la Diputación Provincial, los trabajos de campo o de investigación que luego
Diputación de Castellón
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•
54
vayan a suponer una inspección por parte del Catastro.
Los importes recaudados por la Excma. Diputación Provincial de Castellón serán
transferidos mensualmente al Ayuntamiento junto con el detalle de las
aplicaciones contables y presupuestarias para cada tipo de ingreso. Asimismo, el
Ayuntamiento tendrá acceso al aplicativo de la Diputación para consultar en cualquier
momento el estado de sus cuentas recaudatorias.
La Diputación rendirá cuentas de la gestión recaudatoria, a través de las cuentas de
recaudación, al menos una vez al año coincidiendo con la finalización del ejercicio
presupuestario correspondiente. Todo ello a efectos de posibilitar, por un lado, el
control y seguimiento de los saldos contables y, de otro, la fiscalización de la
recaudación.
La representación y defensa en los recursos contencioso-administrativos
interpuestos contra actos administrativos derivados de la gestión delegada, serán a
cargo de la Diputación. Sin embargo, respecto a las gestiones que se realizan de
deudas cuya providencia de apremio haya sido dictada por la tesorería municipal,
únicamente se asumirá la defensa por parte de la Diputación respecto a los
actos dictados en el procedimiento de apremio pero no respecto de los actos
dictados por el Ayuntamiento en fase de gestión o los dictados en periodo voluntario
de cobro.



La transmisión de la información que ambas Administraciones puedan necesitar
para dotar de virtualidad práctica a esta delegación, se realizará, en la
medida de lo posible, por medios telemáticos y en soporte magnético.
Las solicitudes, reclamaciones y recursos en materia de gestión, liquidación,
inspección y recaudación de los ingresos de Derecho público delegados,
podrán presentarse en alguno de los registros previstos en la Ley 30/92 y,
en particular, en el registro general de la Diputación de Castellón que se
encuentra en cada una de las oficinas del Servicio Provincial de Gestión,
Inspección y Recaudación.
La Excma. Diputación Provincial de Castellón se compromete a tratar los datos
personales por cuenta del Ayuntamiento incorporando las medidas de
protección que en cada momento establezca la legislación. De la misma
manera, el uso de estos datos queda restringido al ámbito de aplicación del
presente convenio, quedando expresamente no autorizado cualquier otro uso no
especificado.
OCTAVO.- La renovación y ampliación de la delegación efectuada mediante el
presente acuerdo se mantendrá desde el inicio de su vigencia, el 1 de enero de
2016 hasta el día 31 de diciembre de 2016.
Esta Delegación se entenderá prorrogada cada año siempre que ninguna de las dos
partes manifieste su voluntad, con una antelación mínima de 3 meses, en
contrario”.
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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SÉPTIMO.-
55
CONSIDERANDO que el artículo 7.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, establece que las entidades locales podrán delegar en la comunidad
autónoma o en otras entidades locales en cuyo territorio estén integradas, las facultades
de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias y de los restantes ingresos
de derecho público que la Ley les atribuye y que les correspondan.
CONSIDERANDO que asimismo, el mencionado artículo 7 del TRLRHL, en su punto 2,
dispone que “El acuerdo que adopte el Pleno de la corporación habrá de fijar el alcance
y contenido de la referida delegación y se publicará, una vez aceptada por el órgano
correspondiente de gobierno, referido siempre al Pleno, en el supuesto de Entidades
Locales en cuyo territorio estén integrados en los “Boletines Oficiales de la Provincia y de
la Comunidad Autónoma” para general conocimiento”.
CONSIDERANDO que dicha delegación conlleva la asunción, por parte de cada
Ayuntamiento, de la normativa en esta materia establecida por la Diputación de Castellón
vía Ordenanza, en concreto, por lo que respecta a las actualmente en vigor, de la
“Ordenanza de gestión, recaudación e inspección de los ingresos de derecho público
municipales cuya gestión ha sido delegada en la Diputación de Castellón” y la
“Ordenanza Fiscal nº 7 Reguladora de la tasa por prestación de servicios de gestión,
inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público”, así como
de las que pudieran dictarse en un futuro afectantes a la materia delegada.
12. DICTAMEN
SOBRE
EXTRAJUDICIALES:
◦
LA
APROBACIÓN
DE
RECONOCIMIENTOS
SERVICIOS DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS, A FAVOR DE
ENTIDADES PROVINCIALES DE CARÁCTER SOCIAL O CULTURAL.
NOVIEMBRE, DICIEMBRE 2013.
“Vistas las facturas que a continuación se relacionan, que importan 5.490,12 euros,
emitidas por la empresa AUTOS MEDITERRANEO S.A. CIF A12000394 por el transporte
colectivo de viajeros, a favor de entidades provinciales de carácter social o cultural,
realizado durante los meses de noviembre y diciembre de 2013
Diputación de Castellón
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Por lo expuesto, con el dictamen de la Comisión de Hacienda, Contratación y Especial
de Cuentas el Pleno por unanimidad, ACUERDA la aceptación por parte de la
Diputación Provincial de Castellón de las delegaciones y encomiendas efectuadas por
los Ayuntamientos referidos, según los acuerdos plenarios citados asimismo
anteriormente, de las funciones que se indican, con sujeción a las Ordenanzas citadas
en el considerando anterior, procediéndose a la publicación de dicha delegación en los
Boletines Oficiales de la Provincia y de la Comunidad Autónoma para general
conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.1 y 2 del Texto
Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el 106.3 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el 15 de la Ley 30/92 de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.”
56
EMISOR
Nº
FECHA
FACTURA
FECHA
REGISTRO
DESCRIPCIÓN
PRESTACIÓN
IMPORTE
Autos
Mediterráneo
SA
13FV001312 19/11/2013
19/11/2013 Servicios prestados durante el
mes de Octubre 2013.- Entidades
Sectoriales
2.765,00
Autos
Mediterráneo
SA
13FV001414 16/12/2013 17/12/2013 Servicios prestados durante el
mes de Noviembre 2013.Entidades Sectoriales
2.118,52
Autos
Mediterráneo
SA
13FV0014 16/12/2013 17/12/2013 Servicios prestados durante el
mes
de
Diciembre
2013.Entidades Sectoriales
606,60
TOTAL
5.490,12
Resultando que se ha emitido informe por el Jefe de Acción Social en fecha 3 de junio de
2016
Considerando que, según se desprende del informe emitido por Acción Social, los
trabajos se han realizado correctamente, según las órdenes dadas por el Diputado de
acción social y que la cantidad reclamada es procedente en cuanto a su importe.
Vistos los informes emitidos por Secretaría e Intervención, y con el dictamen favorable de
la Comisión de Hacienda, el Pleno con los votos a favor del grupo Popular, la abstención
de los grupos Socialista, Compromís y Castelló en Moviment, y el voto en contra del
grupo Ciudadanos, por mayoría acuerda reconocer la obligación y el posterior pago a la
empresa AUTOS MEDITERRANEO, S.A. CIF A 12000394 de la cantidad de 5.490,12
euros, importe de las facturas arriba relacionadas, supeditando la autorización,
disposición y reconocimiento del gasto a favor de la mencionada empresa, a la
aprobación de un expediente de modificación del presupuesto de gasto del ejercicio
2016, de acuerdo con lo establecido en el art. 177 del RDL 2/2004 de 5 de marzo del
T.R.L.R. de las Haciendas Locales).
Todo ello sin perjuicio de que por el Órgano competente de contratación se adopten las
medidas oportunas para que el expediente previo de contratación se tramite en todos los
casos.”
◦
TRATAMIENTO Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS. NOVIEMBRE, DICIEMBRE
2015 Y ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL DE 2016.
“Vista las facturas que a continuación se relacionan:
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Considerando que concurren los requisitos necesarios para la aplicación de la doctrina
que prohíbe el enriquecimiento sin causa, según sentencias del Tribunal Supremo (24 de
enero de1984, 27 de febrero de 1984, 13 de julio de 1984, 20 de marzo de 1985, 18 de
junio de 1985, 20 de octubre de 1987, 9 de octubre de 2000 y otras muchas).
57
EMISOR
Nº
FECHA
FACTURA
DESCRIPCIÓN PRESTACIÓN
IMPORTE
(€)
RC
RECIPLASA
356
30/11/2015
Eliminación resíduos
urbanos.Noviembre
sólidos
9.565,38 __
RECIPLASA
385
31/12/2015
Eliminación resíduos
urbanos.Diciembre
sólidos
9.510,13 __
RECIPLASA
28
31/01/2016
Eliminación resíduos
urbanos.Enero
sólidos
11.706,38 23679
59
29/02/2016
Eliminación resíduos
urbanos.Febrero
sólidos
10.594,20 23679
RECIPLASA
88
31/03/2016
Eliminación resíduos
urbanos.Marzo
sólidos
13.607,85 23679
RECIPLASA
117
30/04/2016
Eliminación resíduos
urbanos.Abril
sólidos
13.375,55 __
RECIPLASA
Considerando que, según se desprende del informe técnico, emitido por los servicios
técnicos de la Oficina de Técnica de Asistencia a Municipios, Los trabajos se han
realizado correctamente, según las órdenes dadas por el Diputado de sostenibilidad y
que la cantidad reclamada es procedente en cuanto a su importe.
Vistos los informes emitidos por Secretaría e Intervención, y con el dictamen favorable de
la Comisión de Hacienda, el Pleno, con los votos a favor del grupo Popular, la abstención
del grupo Socialista, Compromís y Castelló en Moviment y el voto en contra del grupo
Ciudadanos, por mayoría, acuerda reconocer la obligación y el posterior pago a la
empresa RECIPLASA, RECICLADOS DE RESIDUOS LA PLANA, S.A. con C.I.F.
A-12377297 de la cantidad de 35.908,43 euros, importe de la facturas número 28, 59 y
88 arriba relacionadas, autorizando y disponiendo el gasto a favor de la mencionada
empresa, con cargo a la aplicación presupuestaria 16212-4622200 del vigente
Presupuesto, número de operación de R.C. 23679, supeditando la autorización,
disposición y reconocimiento del gasto por importe de 32.451,06 euros, a favor de la
mencionada empresa por las facturas número 356, 385 y 117, a la aprobación de un
expediente de modificación del presupuesto de gasto del ejercicio 2016, de acuerdo con
lo establecido en el art. 177 del RDL 2/2004 de 5 de marzo del T.R.L.R. de las Haciendas
Locales).
Todo ello sin perjuicio de que por el Órgano competente de contratación se adopten las
medidas oportunas para que el expediente previo de contratación se tramite en todos los
casos.”
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
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Considerando que concurren los requisitos necesarios para la aplicación de la doctrina
que prohíbe el enriquecimiento sin causa, según sentencias del Tribunal Supremo (24 de
enero de1984, 27 de febrero de 1984, 13 de julio de 1984, 20 de marzo de 1985, 18 de
junio de 1985, 20 de octubre de 1987, 9 de octubre de 2000 y otras muchas).
58
◦
SERVICIO DE COCINA CENTRAL, ABRIL Y MAYO 2016.
INTURCOSA
46758
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
2.844,67 23556
INTURCOSA
46754
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
40.925,61 23556
INTURCOSA
46752
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
10.728,43 23562
INTURCOSA
46756
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
8.793,08 23564
INTURCOSA
46757
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
1.070,53 23564
INTURCOSA
46753
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
1.687,75 23562
INTURCOSA
46755
30/04/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Abril
1.058,35 23556
INTURCOSA
46904
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
3.293,83 25686
INTURCOSA
46922
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
44.892,58 25686
INTURCOSA
46920
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
1.083,57 25686
INTURCOSA
46925
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
11.017,50 25687
INTURCOSA
46924
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
2.037,71 25687
INTURCOSA
46918
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
9.969,26 25688
INTURCOSA
46917
31/05/2016
Serv
cocina
central
centros
socio-educativos Diputación. Mayo
1.254,51 25688
Resultando que se ha emitido informe por el Jefe de Compras y según se desprende del
mismo, los trabajos se han realizado correctamente y que la cantidad reclamada es
procedente en cuanto a su importe.
Considerando que concurren los requisitos necesarios para la aplicación de la doctrina
que prohíbe el enriquecimiento sin causa, según sentencias del Tribunal Supremo (24 de
enero de1984, 27 de febrero de 1984, 13 de julio de 1984, 20 de marzo de 1985, 18 de
junio de 1985, 20 de octubre de 1987, 9 de octubre de 2000 y otras muchas).
Vistos los informes emitidos por Secretaría e Intervención, y con el dictamen favorable de
la Comisión de Hacienda, el Pleno, con los votos a favor del grupo Popular, la
abstención de los grupos Socialista, Compromís y Castelló en Moviment y el voto en
contra del grupo Ciudadanos, por mayoría,
acuerda reconocer la obligación y el
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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“Vista la facturas que a continuación se relacionan presentadas por la empresa
INSTALACIONES TURISTICAS COSTERAS S.A.
59
posterior pago a INTURCOSA. con CIF A-12016937 de la cantidad de 140.656,93 euros,
importe de las facturas arriba relacionadas, autorizando y disponiendo el gasto a favor
de la mencionada empresa con cargo a las aplicaciones presupuestarias
32000-2271600, 23101-2271600 y 32300-2271600 del vigente Presupuesto, números de
operación de R.C.23556,23562,23564,23556,25686,25687 y 25688.
Todo ello sin perjuicio de que por el órgano competente de contratación se adopten las
medidas oportunas para que el expediente previo de contratación se tramite en todos los
casos.”
◦
MANTENIMIENTO INSTALACIONES DE DETECCIÓN, INTRUSIÓN Y
VIDEOVIGILANCIA. MESES DE ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL DE
2016.
“Vistas las facturas que a continuación se relacionan, que importan 3.214,92 euros,
emitidas por la empresa CASVA SEGURIDAD S.L. con CIF B12508370
EMISOR
Nº
FECHA
FACTURA
FECHA
REGISTRO
DESCRIPCIÓN
PRESTACIÓN
IMPORTE
Casva
Seguridad SL
6S0797 28/02/2016
21/03/2016 Mantenimiento Instalaciones de
Detección, Intrusión y Video
Vigilancia Enero/Febrero
1.607,46
Casva
Seguridad SL
6S1324 31/03/2016
14/04/2016 Mantenimiento Instalaciones de
Detección, Intrusión y Video
Vigilancia Marzo
803,73
Casva
Seguridad SL
6S1839 30/04/2016
18/04/2016 Mantenimiento Instalaciones de
Detección, Intrusión y Video
Vigilancia Abril
803,73
TOTAL
3.214,92
Considerando que concurren los requisitos necesarios para la aplicación de la doctrina
que prohíbe el enriquecimiento sin causa, según sentencias del Tribunal Supremo (24 de
enero de1984, 27 de febrero de 1984, 13 de julio de 1984, 20 de marzo de 1985, 18 de
junio de 1985, 20 de octubre de 1987, 9 de octubre de 2000 y otras muchas).
Vistos los informes emitidos por Secretaría e Intervención, y con el dictamen favorable de
la Comisión de Hacienda, el Pleno con los votos a favor del grupo Popular, la
abstención de los grupos Socialista, Compromís y Castelló en Moviment, y el voto en
contra del grupo Ciudadanos, por mayoría, acuerda reconocer la obligación y el
posterior pago a la empresa CASVA SEGURIDAD S.L. con CIF B12508370, por importe
de 3.214,92 euros de las facturas arriba relacionadas, autorizando y disponiendo el
gasto a favor de la mencionada empresa con cargo a las aplicaciones presupuestarias
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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Considerando que, según se desprende de los informes emitidos por el Jefe de
Ingeniería Interna, los trabajos se han realizado correctamente, según las órdenes dadas
por el Diputado de Ingeniería Interna y que la cantidades reclamadas son procedentes
en cuanto a sus importes.
60
92003-2270101, 92002-2270100, 33000-2270100, 92060-2270100, 92030-2270100,
43903-2270100, 93200-2130000, 42502-2269900, 41201-2130000 del vigente
Presupuesto, número de operación de R.C. 25952.
Todo ello sin perjuicio de que por el Órgano competente de contratación se adopten las
medidas oportunas para que el expediente previo de contratación se tramite en todos los
casos.”
A continuación por parte de los grupos políticos se procede a la explicación del voto
[….............]
13. DICTAMEN DE APROBACIÓN DEL EXPTE. 3/2016, DE MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA, MEDIANTE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS PARA
INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, FINANCIADAS CON EL
SUPERÁVIT DE LA LIQUIDACIÓN DEL AÑO 2015.
Tras consensuar los grupos, se procede al debate conjunto de este punto 13 y del
siguiente punto 14 del orden del día, iniciándose las intervenciones
[….....]
Finalizadas las intervenciones el Pleno, procede a la adopción de los siguientes
acuerdos:
Considerando que se han incorporado créditos al Presupuesto de 2016 procedentes de
Inversiones Financieramente sostenibles de 2015, financiadas con el superávit
presupuestario de 2.014, por importe de 1.274.740'08 €, resultando por tanto el superávit
presupuestario 2015 disponible de 1.363.016'98 €.
Considerando la Disposición adicional octogésima segunda de la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el 2016, que prorroga lo dispuesto en la disposición adicional
sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, en relación con el destino del superávit presupuestario de las
entidades locales correspondiente a 2015, para lo cual se deberá tener en cuenta la
disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Considerando que se cumple lo señalado en la Disposición Adicional sexta de la Ley
2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera,
Diputación de Castellón
Plaza de las Aulas, 7, Castellón. 12001 Castellón. Tfno. 964 359 600. Fax: 964 359 554
Cód. Validación: 54SZ5QE4JDGKYDCSMEC57LG93 | Verificación: http://dipcas.sedelectronica.es/
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“Considerando que el superávit presupuestario del ejercicio 2015, ajustado en términos
SEC, asciende a 2.637.757'06 €, según se desprende del informe de Intervención,
emitido en fecha 30 de marzo de 2016, de evaluación del cumplimiento del objetivo de
estabilidad presupuestaria, de la regla del gasto y del límite de deuda con motivo de la
aprobación de la liquidación del Presupuesto General del año 2015.
61
apartados 1. a) y 1.b), referente a los limites en materia de autorización de operaciones
de endeudamiento, así como a la existencia simultáneamente en el ejercicio anterior de
superávit en contabilidad nacional y remanente de tesorería positivo para gastos
generales.
Formulada la propuesta para la realización durante este ejercicio de inversiones
financieramente sostenibles financiadas con el superávit del año 2015, el Pleno, con la
abstención del grupo Ciudadanos y Castelló en Moviment y los votos a favor del resto de
grupos políticos, por mayoría, acuerda:
Primero: Aprobar la siguiente modificación de créditos del presupuesto del año 2016,
mediante créditos extraordinarios en el grupo de programa 453 Carreteras, financiado
con el remanente de tesorería para gastos generales.
MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS
Periodo
2016
Código
Nombre
45312/619000 MTO. CONSERV. Y MEJORA RED VIARIA PROVINCIAL
0
(IFS)
Total
1.360.000,00
TOTAL CREDITOS EXTRAORDINARIOS
1.360.000,00
TOTAL MODIFICACIÓN
1.360.000,00
MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS
Periodo
Código
Nombre
Total
2016
87000
REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES
1.360.000,00
TOTAL BAJAS DE CREDITOS
1.360.000,00
TOTAL MODIFICACIÓN
1.360.000,00
14. DICTAMEN DE APROBACIÓN DEL EXPTE. 4/2016, DE MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA,
MEDIANTE
CRÉDITOS
EXTRAORDINARIOS
Y
SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS, FINANCIADOS CON BAJAS DE
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS.
Vistas las propuestas de los Diputados Delegados de suplementar determinadas
aplicaciones presupuestarias o de creación de créditos extraordinarios que constan en el
expediente y considerando la ejecución de presupuesto a fecha actual.
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Segundo: Modificar el Anexo de Inversiones del Presupuesto del ejercicio 2016,
incluyendo el proyecto 2016104 “Inversiones financieramente sostenibles financiadas
con el superávit 2015” por un importe total de 1.360.000'00 €.
62
El Pleno de la Corporación, con el voto a favor del grupo Popular, la abstención de los
grupos Compromís y Castelló en Moviment y el voto en contra de los grupos Socialista y
Ciudadanos, por mayoría, acuerda:
Primero: La presente modificación de créditos del presupuesto del año 2016 financiada
con bajas en partidas de gastos.
MODIFICACIÓN
PRESUPUESTO DE
GASTOS
Código
Nombre
Total
16212/4622200/2015
RECOGIDA R.S.U. ALTO MIJARES (ZONA IV AREA 8)
14.864,72
16212/4622200
RECOGIDA R.S.U. ALTO MIJARES (ZONA IV AREA 8)
4.786,20
92030/63300047
CUERPO DE CAMARA FOTOGRÁFICA PROFESIONAL
41400/2269998
ACCIONES SECTORIALES RUTA DEL SABOR
41200/2269900
OTROS GASTOS DIVERSOS GRANJA
500,00
17.737,04
3.262,96
TOTAL SUPLEMENTOS
41.150,92
Código
Nombre
33602/6290001
ADQUISICION EJEMPLAR FACSIMIL EN PERGAMINO
AYUDAS ECONOMICAS PARA DESPLAZAMIENTO A ACCIONES
FORMATIVAS
CONTRATACIÓN SERVICIO TRANSPORTE COLECTIVO A FAVOR
DE ENT. SOCIALES
8.612,54
TOTAL CREDITOS EXTRAORDINARIOS
20.102,66
TOTAL MODIFICACIÓN GASTOS
61.253,58
43903/4801302
23107/2279901/2013
Total
6.000,00
5.490,12
MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS
Nombre
Total
41201/2270671
ASIST. TECNICA PROYECTO TRUFICOLA PROVINCIAL
41400/4790012
CONVENIO GASMA
43900/2269930
PROGRAMA BECAS RECIEN TITULADOS FUE-DIPUTACIÓN
92030/6230600
MAQUINAS DIGITALES DE IMPRESIÓN
33602/6321102
PROYECTO MUSEOGRAFICO CASTILLO PEÑISCOLA
33800/4820364
BANDAS DE MUSICA FIESTAS MAGDALENA
6.000,00
15.000,00
6.000,00
25.540,86
8.612,54
100,18
TOTAL BAJAS DE CREDITOS
61.253,58
TOTAL MODIFICACIÓN INGRESOS
61.253,58
Diputación de Castellón
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Código
63
Segundo: Modificar los siguientes Proyectos de Gasto:
2016021 “Cuerpo de Cámara Fotográfica Profesional Digital”, incrementando las
previsiones iniciales de gastos en 500 euros.
2016017 “Proyecto Museográfico del Castillo de Peñíscola”, manteniendo las previsiones
de gasto, si bien incorporando al Proyecto la aplicación presupuestaria 33602/6290001
“Adquisición ejemplar facsímil en Pergamino”.
2016001 “Adquisición máquinas digitales imprenta”. Modificar las previsiones iniciales de
gastos disminuyéndolas en 25.540'86 €
SERVICIOS A LA CIUDADANÍA
15. DICTAMEN SOBRE LA MOCIÓN CONJUNTA DE LOS GRUPOS SOCIALISTA Y
COMPROMÍS, SOBRE LA CREACIÓN DE UNA LÍNEA DE SUBVENCIONES
PARA CUBRIR EL TRANSPORTE.
Por Secretaría se advierte de la presentación de una Moción por parte del Grupo
Socialista, así como de una Enmienda por parte del Grupo Compromís, para adherirse a
la Moción, sobre la creación de una línea de subvenciones para cubrir el transporte.
Ambas fueron dictaminadas favorablemente en la Comisión de Servicios a la Ciudadanía
de fecha 31 de mayo de 2016 y se transcriben literalmente a continuación.
Igualmente, en fecha 17 de junio, se ha presentado una Enmienda a la totalidad por el
Grupo Popular, que igualmente se transcribe.
MOCIÓN
Des de la Diputació de Castelló s'ha anunciat el projecte denominat “Repoblem” dins la
Campanya per la Consolidació de la Població Rural de la Província de Castelló, amb
l'objectiu de paralitzar la despoblació de pobles d'interior de la província de Castelló
mitjançant ajudes, infraestructures i serveis, fem trasllat de la problemàtica que pateixen
els alumnes d'estudis no obligatoris de certes zones rurals de la província.
Les ajudes establertes per part de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i
Esport són per alumnes que cursen estudis obligatoris, per la qual cosa hi ha un grup
d'alumnes de zones rurals que no tenen accés al transport escolar gratuït i que realitzen
els seus estudis postobligatoris en els centres que s'indica. Fins ara este problema ha
estat resolt econòmicament per part de les famílies dels alumnes afectats a nivell
particular, pagant ells el transport regular fins al centre docent o fins al començament
d'una ruta de transport escolar establerta amb alumnes que cursen estudis obligatoris.
A manera d'exemple, les zones afectades en el curs 2015-2016, són:
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“EXPOSICIÓ DE MOTIUS
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IES ALFONSO XIII – VALL D'ALBA
Ares del Maestre, Albocàsser, Vilar de Canes, Benassal, Culla
Estos alumnes paguen el desplaçament des del seu domicili fins Els Rosildos, on
comença la ruta de l'alumnat d'ESO.
IES SECCIÓ ALTO PALANCIA (JÉRICA-VIVER)
Novaliches, Caudiel, Pina de Montalgrao, El Toro, Pavías, Jérica, Viver.
Estos alumnes paguen el desplaçament des de la Secció del IES ALTO PALANCIA
(Jérica-Viver) fins a l'IES ALTO PALANCIA (Segorbe)
IES NTRA SRA CUEVA SANTA – SEGORBE
Altura, Almedíjar, Castellnovo, Soneja, Azuébar, Mas de Noguera, Fuente la Reina,
Barracas, Gaibiel, Navajas.
Estos alumnes tenen la parada de transport en l'IES CUEVA SANTA i fins al IES ALTO
PALANCIA van caminant.
Donar una ajuda econòmica a les famílies afectades aquest curs per tal de solucionar
esta problemàtica no haguera suposat una despesa superior a 40.000 euros.
Assabentats de la campanya “Repoblem”, de la Diputació de Castelló, considerem que la
problemàtica assenyalada compleix totalment les expectatives i els objectius del projecte.
Per aquest motiu, és la Diputació de Castelló, l'organisme que ha de donar solució a este
assumpte, considerant que contribuiria de manera notable a pervindre la despoblació de
les zones rurals esmentades, facilitant l'accés dels alumnes als ensenyaments no
obligatoris, i a la prevenció de l'abandonament escolar prematur i a la fi de millorar el
nivell educatiu de la població rural que puga contribuir al seu desenvolupament.
Per tot l'exposat en el text d'aquesta moció, presentem per al seu debat i aprovació els
següents acords.
ACORDS
2) Donar trasllat d'este acord a la Direcció Territorial d'Educació de Castelló.»
ENMIENDA DE COMPROMÍS
«Afegir com a presentant i signant de la moció a Xavier Trenco Pitarch portaveu del Grup
Compromís, quedant la moció com una moció CONJUNTA del grup Socialista i del Grup
Compromís.»
Diputación de Castellón
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1) Instar a la Diputació de Castelló a obrir una línia de subvenció en els ajuntaments que
tinguen alumnes que cursen estudis en els centres citats, per a cobrir el cost econòmic
dels desplaçaments.
65
ENMIENDA A LA TOTALIDAD DEL GRUPO POPULAR
«EXPOSICIÓ DE MOTIUS
El passat mes de setembre el president de la Diputació, Javier Moliner es va reunir amb
el president de la Generalitat, Ximo Puig, per estudiar la possibilitat de finançament de
projectes conjunts per millorar la qualitat de vida dels castellonencs.
Malgrat que el cap del Consell es va comprometre a estudiar les cinc peticions que des
de la Diputació estimàvem prioritàries, a hores d'ara no ha hagut cap comunicació per
part de la Generalitat.
Una de les peticions feia referència a l'habilitació d'una partida per sufragar junt a la
Diputació la posada en marxa d'una xarxa de transport rural a la demanda en els pobles
d'interior amb pitjors connexions, per a que així els veïns puguen tenir les prestacions
més adequades, i entre elles es troba el transport escolar.
Tot i que les competències en educació i en transport són única i exclusivament de la
Generalitat, des de la Diputació ens oferim a col·laborar perquè entenem que és prioritari
lluitar contra el despoblament del món rural i la millor manera d'arrelar a la gent al territori
i de consolidar població, és que tots els ciutadans de la província, independentment d'on
visquen puguen gaudir del mateix nivell de serveis i de les mateixes oportunitats.
Especialment afectats es troben els alumnes de Batxillerat, que al ser un ensenyament
post-obligatori ja no reben cap ajuda per part de la Conselleria d'Educació. En esta
situació es troben les famílies d'Ares del Maestre, Albocàsser, Vilar de Cannes, Benassal
i Culla que van a l'IES de Vall d'Alba; les de Novaliches, Caudiel, Pina del Montagrao, El
Toro, Pavías, Jérica, Viver; també les d'Altura, Almedijar, Castellnovo, Soneja, Azuébar
Mas de Noguera, Fuente la Reina, Barracas, Gaibiel i Navajas; que es desplacen fins
l'IES ALTO PALANCIA a fer Batxillerat.
L'educació és cosa de tots: famílies, ajuntaments, Diputació i Generalitat, i per tant la
despesa extraordinària del transport dels ensenyaments post-obligatoris haurà de ser
també cosa de tots.
PROPOSTA D' ACORD
1) La Diputació sufragarà les tres quartes parts del cost del transport corresponents a les
famílies, els ajuntaments i la Diputació.
2) Instar a la Conselleria d'Educació a fer-se càrrec de la seua quarta part de la despesa.
Diputación de Castellón
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Entre estes oportunitats es troba evidentment l'Educació, eina fonamental de progrés de
les nostres societats i que necessita ser recolzada de cara a evitar l'abandonament
escolar i millorar els resultats acadèmics, que sense cap dubte es veuen perjudicats pel
fet de que els alumnes acaben fent llargs recorreguts, de fins a tres hores i mitja cada
dia, la qual cosa repercuteix negativament en el seu rendiment escolar.
66
3) Instar a la Conselleria d'Educació a implantar el Batxillerat en el municipi de Benassal,
on hi ha un Institut públic de creació recient que podria albergar els ensenyaments
post-obligatoris acurtant els temps de viatge dels estudiants.
4) Donar trasllat a la Conselleria d'Educació dels presents acords.»
Se inician las intervenciones.
[…......]
Finalizadas las intervenciones, el Pleno con los votos a favor del grupo Popular y del
grupo Ciudadanos, y los votos en contra de los grupos Socialista, Compromís y Castelló
en Moviment, por mayoría, aprueba la Enmienda a la totalidad presentada por el Grupo
Popular, decayendo, en consecuencia la Moción presentada.
16. APROBACIÓN CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL Y EL CSIC
RELATIVO A LA FINANCIACIÓN DE UN CONTRATO PREDOCTORAL.
“Visto el proyecto de convenio a suscribir entre la Excma. Diputación de Castellón y la
Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas para la financiación de
un contrato predoctoral.
Vistos los informes de secretaria y de intervención, de no existencia de duplicidad de
competencias y de sostenibilidad financiera, en aplicación de lo establecido en el art. 7.4
de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a
la nueva redacción dada por la Ley 10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de
gestion administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana.
Vista la existencia de consignación presupuestaria en el vigente presupuesto de la
Corporación Provincial, en la aplicación 41500/4811700, RC. número 24065 y
RCFUT número 24066.
Visto el informe de la Jefa del Servicio de Cultura, Restauración, Deportes y Juventud de
fecha 8 de junio de 2016.
De conformidad con el dictamen de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía de fecha
14 de junio de 2016, el Pleno de la Diputación, con la abstención del grupo Castelló en
Moviment y los votos a favor del resto de grupos políticos, por mayoría, acuerda:
Primero.- Aprobar tal y como aparece redactado en el expediente el convenio entre esta
Excma. Diputación de Castellón y la Agencia Estatal Consejo Superior de
Diputación de Castellón
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Visto el informe de Asesoría Jurídica de fecha 2 de junio de 2016 y el informe de
fiscalización previa de intervención de fecha 2 de junio de 2016.
67
Investigaciones Científicas, cuyo objeto es regular la financiación de un contrato
predoctoral en formación (de acuerdo con los requisitos indicados en el artículo 21 y la
disposición transitoria cuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación), para residentes en España y cuya titulación haya sido
expedida por universidades tanto españolas como extranjeras, si bien en este ultimo
caso los títulos deberán tener carácter de homologable en España.
Segundo.- Aprobar la aportación de esta Diputación con arreglo a las siguientes
anualidades:
Anualidad 2016. Contrato
Anualidad 2017. Contrato
Anualidad 2018. Contrato
Anualidad 2019. Contrato
Anualidad 2020.Contrato
6.301,15 €
18.903,43 €
19.353,51 €
20.253,66 €
13.502,44 €
Tercero.- Autorizar y disponer el gasto por importe de SEIS MIL TRESCIENTOS UN
EUROS CON QUINCE CENTIMOS DE EURO (6.301,15€), para la financiación del
contrato predoctoral con inicio el día 1 de septiembre de 2016, con cargo a la aplicación
presupuestaria 45100.4811700 del vigente presupuesto de la Corporación, nº de
operación contable RC 24065, a favor de la Agencia Estatal Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, C.I.F. nº Q2818002D.
Cuarto.- Autorizar y disponer el gasto futuro por importe de 72.013,04 euros número de
rcfut 24066 en las anualidades que se detallan anteriormente. Los compromisos de gasto
futuro estarán condicionados a los créditos que se habiliten en los respectivos
presupuestos, así como a la formalización del convenio.
Quinta.- Facultar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya para
la firma del convenio.”
A continuación se procede a la explicación del voto por parte de los grupos políticos
DESPACHO EXTRAORDINARIO
Previa declaración de la urgencia, se procede a la aprobación de los siguientes
acuerdos:
TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO
1. PROPOSICIÓN
PLENARIAS.
DE
MODIFICACIÓN
DEL
RÉGIMEN
DE
SESIONES
En cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 78 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, relativo al
Diputación de Castellón
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[…..............]
68
régimen de sesiones, el Pleno, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO
Que las Sesiones Ordinarias del Pleno de la Diputación se celebren el tercer martes de
cada mes, en este Palacio Provincial, a las 11,00 horas.
En el supuesto de que dicho día fuera inhábil, la Sesión se celebraría el primer día hábil
siguiente, a la misma hora.
En Segunda Convocatoria, la sesión se celebrará 48 horas después, a la misma hora.
SEGUNDO
Adecuar la celebración de las Comisiones Informativas extraordinarias que se celebren
en la fecha indicada, a la hora de la citada sesión, así como la Junta de Gobierno que se
celebrará en la misma fecha a las 10,30 horas.”
CRECIMIENTO ECONÓMICO
2. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS
PARA EL AÑO 2016.
Se inician las intervenciones de los grupos políticos
[…...............]
Finalizadas las intervenciones, se procede a la adopción del siguiente acuerdo:
Resultando que en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 32.3 del RD. Legislativo
781/86 de 18 de abril, se hizo pública dicha aprobación inicial en el Boletín Oficial de la
Provincia número 61 de fecha 19 de mayo de 2016, con objeto de que pudieran
presentarse las alegaciones y reclamaciones que, en su caso, se consideraran
oportunas.
Considerando que además de las alegaciones se han detectado los siguientes errores
en la citada aprobación inicial que afectan, en algunos casos al título de las obras, en
otros a errores en los cálculos de la financiación de las mismas y en otros a una nueva
inclusión de una solicitud no incluida por error:
Obra nº 5 – Aín.- Se corrige de oficio el título de la obra por no ser viable su ejecución. El
título definitivo es: “Mejora de accesibilidad en edificio multiusos”.
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“Resultando que por acuerdo de Pleno de fecha 17 de mayo de 2016, se aprobó
inicialmente el Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia
municipal para el año 2016.
69
Obra nº 67 - Cortes de Arenoso (San Vicente).- “Habilitación de planta baja de edificio
multifuncional como consultorio y local social”. El Ayuntamiento solicita la obra por
importe de 75.000,00 €. Dicha Obra está vinculada a la obtención de instrumento
ambiental por lo que le corresponde un subvencionable de 30.000,00 € con una
subvención del 95% (308 habitantes). En la aprobación inicial aparece la siguiente
financiación: Aportación Diputación= 42.750,00 €; Aportación Ayuntamiento= 32.250,00 €
cuando lo que debería aparecer es: Aportación Diputación= 28.500,00 €; Aportación
Ayuntamiento= 46.500,00 €.
Obra nº 117 – Olocau del Rey.- Se ha publicado la obra con el título incompleto
“Urbanización entorno de la piscina y restauración”. Se procede a la corrección del título
por el de “Urbanización entorno de la piscina y restauración del lavadero de la Canaleta”
Obra nº 126 – Peñíscola.- “Instalación alumbrado público en Calle Camino Cervera”. El
importe publicado no se corresponde con el solicitado. El importe definitivo es de
143.570,02 € y se procede a su corrección.
Obra nº 144 – Salzadella.- Se ha publicado la obra con el título incorrecto “Rehabilitación
de Antigua Escuela Cuartel”. Se procede a la corrección del título por el de
“Rehabilitación de Antigua Casa Cuartel”
Obra nº 205 – Vistabella del Maestrazago (El Boi).- Se ha publicado la obra con el título
incompleto “Formación de eje de vertebración del municipio”. Se procede a la corrección
del título por el de “Formación de eje de vertebración del municipio: El sendero GR-7 y la
hospedería del Boi”
Obra nº 223 – Mancomunidad Espadán-Mijares.- La mancomunidad informa de que la
actuación se corresponde con un suministro, por lo que procede el cambio del título de la
misma, que pasa a ser: “Suministro paneles para zonas de contenedores en todos los
municipios de la mancomunidad”
Considerando que una vez finalizado el periodo de alegaciones, presentadas todas ellas
en tiempo y forma, se han informado FAVORABLEMENTE, conforme al informe emitido
por la Oficina Técnica de Asistencia a Municipios:
Obra nº 85 – Espadilla.- El Ayuntamiento solicita el cambio del título, ampliando el
inicialmente solicitado y quedando definitivamente: “Pavimentación Calle Arrabal y de
Arriba y reposición de infraestructuras, 1ª Fase”. Mismo importe y misma financiación.
Obra nº 115 – Navajas.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el título publicado por
no ser posible la realización de la actuación solicitada. El título definitivo es:
“Levantamiento topográfico de red general y acometidas individuales de red de
saneamiento municipal”. Mismo importe y misma financiación.
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Obra nº 226 – Mancomunidad Alt Maestrat.- No se había incluido su solicitud por error.
Se incluye de oficio con el título “Suministro: sillas y mesas para actividades de
Mancomunidad”, por importe de 26.194,66 €.
70
Obra nº 123 – Oropesa del Mar.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el título
publicado por no estar completo y también el importe solicitado. El título definitivo es:
“Accesibilidad al medio urbano para la Avenida Estación, Avenida de la Marina, Calle
Teruel, Calle Doctor Bellido y Avenida del Faro” por importe de 168.160,58 € que
corresponden únicamente al presupuesto de ejecución por contrata. De este modo la
financiación definitiva quedaría: Aportación Diputación= 30.000,00 €; Aportación
Ayuntamiento= 138.160,58 €.
Obra nº 129 – Puebla de Arenoso.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el título
publicado por no estar completo. El título definitivo es: “Sustitución red de abastecimiento
en Calle Loreto, Calle del Pan y Calle Vigas y pavimentación Calle del Pan”. Mismo
importe y misma financiación.
Obra nº 150 – Sarratella.- El Ayuntamiento solicita cambio de la obra inicial por no ser
viable su ejecución, así como de su presupuesto. El título definitivo es: “Reforma de
planta baja del antiguo horno de La Serratella” por importe de 29.999,99 € que
corresponden al presupuesto de ejecución por contrata y a los honorarios de dirección.
De este modo la financiación definitiva quedaría: Aportación Diputación= 28.499,99 €;
Aportación Ayuntamiento= 1.500,00 €.
Obra nº 214 – Alquerías del Niño Perdido.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el
presupuesto de la obra. El importe solicitado definitivo es: 55.000,00 €, por lo que la
financiación definitiva quedaría en: Aportación Diputación= 30.000,00 €; Aportación
Ayuntamiento= 25.000,00 €.
Así mismo, antes de la aprobación inicial se presentó un recurso de reposición contra el
acuerdo del Pleno que desestimaba una alegación a las bases aprobadas al no haberse
incluido la unidad poblacional “La Basseta” de Vilafamés en la convocatoria y un escrito
de alegaciones a las bases aprobadas por el Ayuntamiento de Vila-real. Dichos escritos
han sido informados por el Jefe de la Sección de Planificación, informes cuyo tenor literal
dice:
“Visto el escrito de fecha 19 de abril de 2016, Registro de Entrada 2016-E-RC-16190, de
21 de abril de 2016, presentado por el Ayuntamiento de Vilafamés, por el que se formula
Recurso de Reposición contra la aprobación de las Bases del Plan Provincial de Obras y
Servicios 2016.
Vista la alegación interpuesta por el Ayuntamiento de Vilafamés en la que indicia que, si
bien en la publicación del BOP de 23 de enero de 2016, sí aparecía el núcleo
poblacional la Basseta, y no siendo así en la posterior publicación de 20 de febrero de
2016. Motivo por el cual se interpone recurso de reposición contra el acuerdo de Pleno
de fecha 15 de marzo de 2016 que aprueba el citado Plan.
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Obra nº 220 – Mancomunidad Baix Maestrat.- La Mancomunidad solicita se rectifique el
importe solicitado al haber detectado errores de cálculo en algunas facturas presentadas
como presupuestos. El importe solicitado definitivo es: 23.778,48 €, por lo que la
financiación definitiva quedaría en: Aportación Diputación= 13.078,16 €; Aportación
Mancomunidad= 10.700,32 €.
71
Por todo lo anterior, y de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, el técnico que suscribe formula las
siguientes,CONSIDERACIONES:
PRIMERO: Respecto a las alegaciones formuladas cabe indicar que como bien se indica
en las bases del citado Plan, el listado que se toma como referencia es aquel que se
encuentra oficialmente publicado en el INE ofreciendo los datos poblacionales del año
anterior.
En el caso de la publicación del BOP, de fecha 23 de enero, el listado de referencia del
INE que se encontraba oficialmente publicado era el que hacía referencia a la población
con fecha 1 de enero de 2014. Y en él aparecía la unidad poblacional la Basseta con un
número de habitantes de 15.
El INE publica los datos oficiales del año 2015 en el BOE el 17 de diciembre 2015,
incorporando el listado a la Web con posterioridad a la adopción del Primer acurdo de
Pleno de la Diputación, y actualizando los datos a fecha 1 de enero de 2015. En este
nuevo listado, los datos oficiales para la unidad poblacional la Basseta son de 13
habitantes. Por parte de esta Diputación Provincial, se utiliza desde hacen años el
criterio de conceder los Planes Provinciales a unidades poblacionales, pedanías y
diseminados poblacionales, siempre que estos superen los 15 habitantes ya que una
cifra por debajo, se considera una cifra escasa e insuficiente para otorgar una
subvención de Plan Provincial.
En base a lo anterior el Técnico que suscribe considera que NO PROCEDE estimar el
Recurso de Reposición presentado por el Ayuntamiento de Vilafamés.”
“Visto el escrito de fecha 09 de junio de 2016, Registro de Entrada 2016-E-RC-27275, de
10 de marzo de 2016, presentado por el Ayuntamiento de Vila-real, por el que se
formulan alegaciones contra las Bases del Plan Provincial de Obras y Servicios 2016.
Vista al Base Segunda del citado escrito en el se considera que se conculcan los
Principios de Igualdad y no discriminación entre los ciudadanos de la Provincia de
Castellón, vulnerando así el artículo 8.3.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y los artículos 10 a 15 del Reglamento de desarrollo
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Asimismo, la misma Base
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En este sentido, en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y
Sostenibilidad de la Administración Local, se estima que da amparo a políticas
redistributivas en las que el alcance de la aportación económica de la Administración se
ingiere progresivamente en relación directa con la justificación de su falta de medios
siempre que estos repercutan de forma eficiente en la población, estimando que el
umbral poblacional es el medio más objetivo para articular el régimen respecto del que
se estructuran los Planes Provinciales de Obras y Servicios. En el caso que nos ocupa,
el otorgamiento de una subvención a estas unidades poblaciones resultaría
desproporcionado e ineficaz en atención a la propia finalidad del Plan Provincial.
72
Segunda del citado escrito en el considera además que se están vulnerando los artículos
1, 3 y 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación Provincial.
Vista la Base Tercera en la que se formula la consideración de que los municipios con
población entre 5.000 y 20.000 habitantes han de optar entre realizar la inversión en el
núcleo de población o en alguna de las entidades singulares o núcleos diseminados. Y
añadiendo al mismo tiempo que se restringe el tipo de inversión en el núcleo principal de
las poblaciones de más de 20.000 habitantes, suponiendo una discriminación no
justificada respecto de los ciudadanos de esas poblaciones. También se indica que se ha
establecido de forma arbitraria los núcleos de población a los que van destinadas las
ayudas, condicionando de esta manera la autonomía municipal.
Vista la citada base del escrito de referencia en la que se alega respecto de las
competencias y la discriminación en relación a la población de los municipios, en la que
se cita que, “las limitaciones de la población únicamente son aplicables respecto de las
obligaciones de la Diputación en su relación con los municipios. No con los ciudadanos a
los que va dirigida la ayuda...”. Añadiendo que las competencias que quiera ejercer no
están, ni pueden estar sujetas al límite poblacional, puesto que la Diputación debe
prestar sus servicios en todo el ámbito de la provincia en igualdad de condiciones.
Vista la solicitud final en la que se propone modificar la Base Segunda del Plan
Provincial de Obras y Servicios en lo referente a los Beneficiarios, con el siguiente tenor
literal:
“1. Los Ayuntamientos cuya población no supere los 5.000 habitantes:
a. Una solicitud para el núcleo principal, y
b. Hasta tres solicitudes para las entidades singulares y/o núcleos poblacionales,
determinados por el Ayuntamiento.
2. Los Ayuntamientos cuya población superior a 5.001 habitantes:
a. Una solicitud para el núcleo principal, o
b. Hasta tres solicitudes para las entidades singulares y/o núcleos poblacionales,
determinados por el Ayuntamiento”.
el
técnico
que
suscribe
formula
las
siguientes,
PRIMERO: Respecto a las alegaciones formuladas en la base primera del escrito de
referencia el técnico que suscribe es del parecer, como ya informó en la documentación
obrante en el expediente del Plan Provincial de Obras y Servicios para 2016, que las
bases cumplen con la legislación vigente en la materia. Concretamente respecto al
artículo 8 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
Reglamento de desarrollo. Ya que se cumple con todos los principios en él dispuestos.
Asimismo, el técnico que suscribe también es del parecer, que se cumple con lo
dispuesto íntegramente en la ordenanza general de subvenciones de la Diputación de
Castellón. Por ello el técnico que suscribe considera que no se vulnera ninguno de los
principios establecidos en las citadas normativas.
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Por todo lo anterior,
CONSIDERACIONES:
73
SEGUNDO: Respecto a las alegaciones formuladas en la base segunda, en las que se
indica que las inversiones tanto en el núcleo de población como las entidades singulares
se condiciona arbitrariamente las ayudas afectando a la autonomía municipal, el técnico
que suscribe considera que dentro de la actividad de fomento de la administración y sin
contravenir ninguna normativa, la administración que pretende incentivar cualquier
actividad puede regularlo con cierto margen discrecional, tal y como se desprende en la
propia exposición de motivos de la Ley General de Subvenciones, por ello, tanto lo
establecido en las Bases del Plan Provincial de Obras y Servicios 2016 como las
consideraciones formuladas en el escrito de alegaciones del Ayuntamiento de Vila-real
contienen un carácter subjetivo respecto del que éste técnico no puede formular ninguna
objeción que vaya más allá de valorar la mera legalidad de los mismos.
CUARTO: Respecto de la solicitud del Ayuntamiento de Vila-real en la que se propone
modificar la base segunda del Plan Provincial de Obras y Servicios 2016 este técnico
considera que dicha redacción, al igual que la que está regulada en las Bases no
contraviene lo establecido por la Ley, si bien la redacción concreta del texto viene dada
al amparo de la actividad de fomento de la propia administración y va destinada a regular
una actividad concreta a criterio de los órganos de gobierno, por lo que no
contraviniendo a la Ley el técnico que suscribe no puede formular ninguna objeción.
Por todas estas consideraciones, cabe concluir que las alegaciones formuladas por el
Ayuntamiento de Vila-real se circunscriben al incumplimiento del principio de no
discriminación, regulando de manera diferenciada en las Bases del Plan Provincial de
Obras y Servicios la actividad de fomento de esta Administración, circunscribiendo una
mayor aportación económica respecto de aquellos Ayuntamientos en los que se estima
que disponen exiguos medios personales y materiales para hacer frente al coste de
infraestructuras afectas a la satisfacción de los servicios públicos. En este sentido, en la
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local, se estima que da amparo a dichas políticas redistributivas en las
que el alcance de la aportación económica de la Administración se ingiere
progresivamente en relación directa con la justificación de su falta de medios, estimando
que el umbral poblacional es el medio más objetivo para articular el régimen respecto del
que se estructuran los Planes Provinciales de Obras y Servicios y que pretende activar
los principios de solidaridad intermunicipal para garantizar la prestación unificada, plural
y generalista de los servicios públicos.
En base a lo anterior el Técnico que suscribe considera que NO PROCEDE estimar las
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TERCERO: Respecto a las alegaciones formuladas en la base tercera, en la que se
hace referencia a la discriminación en relación a la población de los municipios, en la
que se indica que las limitaciones de la población únicamente son aplicables respecto de
las obligaciones de la Diputación en su relación con los municipios. No con los
ciudadanos a los que va dirigida la ayuda, el técnico que suscribe considera que las
bases del Plan Provincial de Obras y Servicios cumplen con lo establecido en el artículo
36 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local y que el
reparto de las subvenciones en arreglo a la población de los municipios no contraviene
en ningún caso lo establecido en la Ley, es más, el técnico considera que la propia Ley
también regula los servicios que debe prestar la Diputación respecto a cada municipio en
función del número de habitantes que éste tiene.
74
alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Vila-real.”
Vistos los informes de Intervención, Oficina Técnica y Planificación, con los votos a favor
de los grupos Popular y Compromís, la abstención de los grupos Ciudadanos y Castelló
en Moviment y los votos en contra del grupo Socialista, el Pleno, de la Diputación, por
mayoría acuerda:
1.- Corregir de oficio los siguientes errores detectados:
Obra nº 5 – Aín.- Se corrige de oficio el título de la obra por no ser viable su ejecución. El
título definitivo es: “Mejora de accesibilidad en edificio multiusos”.
Obra nº 67 - Cortes de Arenoso (San Vicente).- “Habilitación de planta baja de edificio
multifuncional como consultorio y local social”. El Ayuntamiento solicita la obra por
importe de 75.000,00 €. Dicha Obra está vinculada a la obtención de instrumento
ambiental por lo que le corresponde un subvencionable de 30.000,00 € con una
subvención del 95% (308 habitantes). En la aprobación inicial aparece la siguiente
financiación: Aportación Diputación= 42.750,00 €; Aportación Ayuntamiento= 32.250,00 €
cuando lo que debería aparecer es: Aportación Diputación= 28.500,00 €; Aportación
Ayuntamiento= 46.500,00 €.
Obra nº 117 – Olocau del Rey.- Se ha publicado la obra con el título incompleto
“Urbanización entorno de la piscina y restauración”. Se procede a la corrección del título
por el de “Urbanización entorno de la piscina y restauración del lavadero de la Canaleta”
Obra nº 126 – Peñíscola.- “Instalación alumbrado público en Calle Camino Cervera”. El
importe publicado no se corresponde con el solicitado. El importe definitivo es de
143.570,02 € y se procede a su corrección.
Obra nº 205 – Vistabella del Maestrazago (El Boi).- Se ha publicado la obra con el título
incompleto “Formación de eje de vertebración del municipio”. Se procede a la corrección
del título por el de “Formación de eje de vertebración del municipio: El sendero GR-7 y la
hospedería del Boi”
Obra nº 223 – Mancomunidad Espadán-Mijares.- La mancomunidad informa de que la
actuación se corresponde con un suministro, por lo que procede el cambio del título de la
misma, que pasa a ser: “Suministro paneles para zonas de contenedores en todos los
municipios de la mancomunidad”.
Obra nº 226 – Mancomunidad Alt Maestrat.- No se había incluido su solicitud por error.
Se incluye de oficio con el título “Suministro: sillas y mesas para actividades de
Mancomunidad”, por importe de 26.194,66 €.
2.Estimar
las
alegaciones
Ayuntamientos/Mancomunidades:
presentadas
por
los
Diputación de Castellón
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Obra nº 144 – Salzadella.- Se ha publicado la obra con el título incorrecto “Rehabilitación
de Antigua Escuela Cuartel”. Se procede a la corrección del título por el de
“Rehabilitación de Antigua Casa Cuartel”
75
Obra nº 85 – Espadilla.- El Ayuntamiento solicita el cambio del título, ampliando el
inicialmente solicitado y quedando definitivamente: “Pavimentación Calle Arrabal y de
Arriba y reposición de infraestructuras, 1ª Fase”. Mismo importe y misma financiación.
Obra nº 115 – Navajas.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el título publicado por
no ser posible la realización de la actuación solicitada. El título definitivo es:
“Levantamiento topográfico de red general y acometidas individuales de red de
saneamiento municipal”. Mismo importe y misma financiación.
Obra nº 123 – Oropesa del Mar.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el título
publicado por no estar completo y también el importe solicitado. El título definitivo es:
“Accesibilidad al medio urbano para la Avenida Estación, Avenida de la Marina, Calle
Teruel, Calle Doctor Bellido y Avenida del Faro” por importe de 168.160,58 € que
corresponden únicamente al presupuesto de ejecución por contrata. De este modo la
financiación definitiva quedaría: Aportación Diputación= 30.000,00 €; Aportación
Ayuntamiento= 138.160,58 €.
Obra nº 129 – Puebla de Arenoso.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el título
publicado por no estar completo. El título definitivo es: “Sustitución red de abastecimiento
en Calle Loreto, Calle del Pan y Calle Vigas y pavimentación Calle del Pan”. Mismo
importe y misma financiación.
Obra nº 150 – Sarratella.- El Ayuntamiento solicita cambio de la obra inicial por no ser
viable su ejecución, así como de su presupuesto. El título definitivo es: “Reforma de
planta baja del antiguo horno de La Serratella” por importe de 30.000,00 € que
corresponden al presupuesto de ejecución por contrata y a los honorarios de dirección.
De este modo la financiación definitiva quedaría: Aportación Diputación= 28.500,00 €;
Aportación Ayuntamiento= 1.500,00 €.
Obra nº 220 – Mancomunidad Baix Maestrat.- La Mancomunidad solicita se rectifique el
importe solicitado al haber detectado errores de cálculo en algunas facturas presentadas
como presupuestos. El importe solicitado definitivo es: 23.778,48 €, por lo que la
financiación definitiva quedaría en: Aportación Diputación= 13.078,16 €; Aportación
Mancomunidad= 10.700,32 €.
3.- Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Ayuntamiento de Vilafamés al
acuerdo del Pleno de fecha 15 de marzo de 2016 que desestimó su alegación sobre la
no inclusión del núcleo de población “La Basseta”, por los motivos expuestos en el
informe del Jefe de la Sección de Planificación plasmado íntegramente en el expositivo
del presente acuerdo.
4.- Desestimar la alegación presentada por el Ayuntamiento de Vila-real a las bases
aprobadas para la convocatoria del presente Plan Provincial por los motivos expuestos
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Obra nº 214 – Alquerías del Niño Perdido.- El Ayuntamiento solicita que se modifique el
presupuesto de la obra. El importe solicitado definitivo es: 55.000,00 €, por lo que la
financiación definitiva quedaría en: Aportación Diputación= 30.000,00 €; Aportación
Ayuntamiento= 25.000,00 €.
76
en el informe del Jefe de la Sección de Planificación plasmado íntegramente en el
expositivo del presente acuerdo.
5.- Aprobar definitivamente el Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de
competencia municipal para el año 2016, quedando el mismo con la siguiente
financiación:
- Aportación Diputación…………………………… … 5.970.579,80 €
- Aportación Ayuntamientos……………………… … 2.497.326,64 €
- IMPORTE TOTAL PLAN……………….. …… ….. 8.467.906,44 €
6.- Publicar en el BOP el resumen de la financiación del plan y el listado definitivo de las
obras del POYS 2016.
7.Trasladar
expresamente
el
presente
acuerdo
a
todos
los
Ayuntamientos/Mancomunidades que han presentado alegaciones a la aprobación inicial
del Plan, así como a aquellos cuyas solicitudes se han rectificado de oficio y al
Ayuntamiento de Vilafamés por la desestimación del recurso de reposición interpuesto.
8.- Facultar ampliamente al Sr. Presidente o a quien legalmente le sustituya, para que,
en nombre y representación de esta Diputación suscriba cuantos documentos sean
precisos en ejecución de los anteriores acuerdos.”
MOCIONES
3. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA SOLICITANDO ABRIR
UNA NUEVA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES CON EL REMANENTE DE
LOS POYS 2016.
•
ENMIENDA DE ADICIÓN, PRESENTADA POR EL GRUPO COMPROMÍS.
MOCIÓN
«EXPOSICIÓ DE MOTIUS
El pressupost de la Diputació per al Pla Provincial d'Obres i Serveis per a l'exercici 2016
es va fixar en 7.840.000,00 €.
Finalitzat el termini de presentació de sol·licituds, segons consta en l'acta de la sessió de
ple del mes de Maig d'enguany, l'import de total d'obres i serveis sol·licitats ascendeix a
8.451.680,99 €, al que li correspon una aportació de la Diputació Provincial de
5.982.986,17 € i per part dels Ajuntaments beneficiaris de 2.468.694,82 €.
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Por Secretaría se advierte de la presentación de una Moción, por parte del Grupo
Socialista, así como de una Enmienda de adición por parte del Grupo Compromís, que
se transcriben literalmente a continuación:
77
1.857.014 €, el 23,5% de la partida consignada no s'ha utilitzat, quedant aquesta com a
romanent de tresoreria. Aquest romanent és la prova empírica, que en els POIS 2016
cabien tots els municipis de la província independentment de la seua població, que no
se'ls llevava diners als xicotets per a donar-li-ho als grans, que tots els arguments
esgrimits per l'equip de govern eren més excuses que criteris objectius.
Aquest 1.857.014€, ja està consignat, i donat que aquesta Diputació segons consta en la
liquidació del pressupost del 2015 disposa d'un romanent de 46 milions d'euros, no tenim
cap necessitat d'incrementar els romanents per a després signar convenis singulars que
escapen als preceptes de: publicitat, transparència, lliure concurrència, objectivitat,
igualtat i no discriminació, que regula la Llei General de Subvencions de 38/2003, de 17
de novembre.
Per tot l'exposat es proposen per al seu debat i aprovació els següents acords:
1º Sol·licitar al President de la Diputació Provincial que se liciten unes noves bases de
subvencions als ajuntaments en el 1.857.014 € sobrants del POIS 2016, en els que
s'incloga en uns criteris objectius a tots els municipis i ciutats de la província de
Castelló.»
ENMIENDA DE ADICIÓN
«EXPOSICIÓ DE MOTIUS
1. Creació de zones verdes públiques.
a. Enjardinament de noves zones urbanes
b. Adquisició de testos per a millora visual o delimitació de l'ús ordenat de la zona.
c. Execució de mitgeres o alineacions per evitar l'impacte visual o zones d'accés
amb risc
2. Restauració de jardins amb reposició de marres i faltes.
a. Reposició de planta o modificacions de jardins ja existents per a la millora de
l'ús públic.
b. Canvi de plantacions o substrats per a la millora del manteniment o disminució
en el consum d'aigua.
c. Restauració o recuperació de jardins d'interès botànic
3. Actuacions de condicionament o mesures correctores en zones
degradades al casc urbà.
a. Actuacions d'eliminació de risc en zones degradades (amb neteges de residus,
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La Diputació de Castelló ha eliminat del Pla Estratègic de Subvencions 2014-2016 la línia
de subvencions denominada «Subvencions a Ajuntaments de la província de Castelló
per al condicionament ambiental de zones urbanes». Eixes ajudes es destinaven, segons
la convocatòria dels anys anteriors, a accions de condicionament en zona pública tant de
l'entorn físic, com a natural de zones urbanes, sent beneficiaris els ajuntaments de la
província de Castelló. En concret, les ajudes eren per a
78
tanques, pantalla vegetal, etc.)
b. Integració i restauració paisatgista en l'entorn urbà.
4. Adequació, millora o adquisició d'equipaments d'ús públic.
a. Adquisició i col·locació de mobiliari urbà (bancs, papereres, fonts, etc.)
b. Passarel·les integrades i adaptades per a l'ús de persones amb dificultat de
mobilitat.
En el context actual de crisi econòmica, en la qual els ajuntaments tenen molt poca
capacitat d'inversió i un alt nivell d'endeutament, la Diputació hauria d'impulsar una línia
d'ajudes per facilitar l'execució d'actuacions a les zones verdes del municipi i/o zones
degradades que replegue l'adquisició de tot tipus de subministres per dignificar-les.
La normativa actual dels POIS estableix que “Las solicitudes deberán consistir en la
realización de inversiones sobre prestación de servicios obligatorios, de conformidad con
lo establecido en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad
de la Administración Local, y también aquellos comprendidos en cualquier otra línea de
actuación de competencia municipal, pudiendo ser excluidas aquéllas que no se ajusten
a la Ley y siendo principalmente las siguientes: a) Alumbrado público, b) Cementerio, c)
Recogida de residuos, d) Limpieza viaria, e) Abastecimiento domiciliario de agua potable,
f) Alcantarillado, g) Acceso a los núcleos de población, h) Pavimentación de las vías
públicas, i) Caminos rurales.”
DEMANEM
Una vez debatido el contenido de este punto conjuntamente con el punto 6 del orden del
día, y tras aceptar el grupo Socialista la enmienda presentada por el grupo Compromís,
se procede a la votación del mismo, por lo que el Pleno, con los votos a favor de los
grupos Socialista, Compromís, y Castelló en Moviment, la abstención del grupo
Ciudadanos y los votos en contra del grupo Popular, por mayoría desestima la moción
presentada con la enmienda incorporada.
4. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO CIUDADANOS PARA DEFENDER LA
LIBERTAD DE LOS ESTUDIANTES PARA REALIZAR LAS PRÁCTICAS
INDEPENDIENTEMENTE DEL TIPO DE UNIVERSIDAD DEL QUE PROCEDAN.
•
ENMIENDA DE ADICION PRESENTADA POR EL GRUPO
POPULAR
Por Secretaría se advierte de la presentación de una Moción, por parte del Grupo
Ciudadanos, así como una Enmienda de Adición presentada por el Grupo Popular, que
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Que se incorpore a l'apartat de les inversions principals a realitzar un apartat j) Accions
de condicionament en zona pública tant de l'entorn físic, com a natural de zones urbanes
que replegaria: creació de zones verdes públiques, restauració de jardins amb reposició
de marres i faltes, actuacions de condicionament o mesures correctores en zones
degradades al nucli urbà, adequació, millora o adquisició d'equipaments d'ús públic.»
79
se transcriben a continuación:
MOCIÓN
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La educación es fundamental en el avance de cualquier sociedad y supone la
herramienta más importante para hacer una sociedad más justa, tanto en el aspecto
económico como en el social. La educación no puede convertirse en un arma política
arrojadiza cada cuatro años. Por ello, cualquier reforma de Educación tiene que contar
con el mayor consenso y la implicación de todos los agentes sociales y representantes
públicos. Un Pacto por la Educación a una generación vista, tal y como propone
Ciudadanos, mejoraría la competitividad de nuestros hijos y evitaría el uso partidista de
la enseñanza.
Las directrices ideológicas de los partidos no pueden ni deben marcar el rumbo de la
educación. Como ya defendimos en el pleno anterior, el poder elegir es fundamental en
cualquier democracia. En este caso, la Conselleria en su afán adoctrinador de su modelo
de enseñanza ha dado un paso más para excluir al alumnado de las universidades
privadas de la libertad de poder realizar las prácticas en hospitales públicos.
Los profesionales del sector de la medicina españoles están cotizados en toda Europa
por su alto nivel de preparación y profesionalidad y ahora por una posición ideológica del
Consell damos un paso atrás en lugar de hacia delante.
Las administraciones deberían de trabajar para que los universitarios que han cursado
titulaciones del área de la salud, con el grado de medicina y enfermería se conviertan en
los mejores médicos y enfermeros posibles. Y además, que contemos con los mejores
profesionales sanitarios en España para ofrecer una sanidad pública de universal y de
calidad.
1.- Instar a la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deportes de la
Comunidad Valenciana que ofrezca igualdad de oportunidades entre el alumnado
universitario público o privado, a la hora de realizar prácticas en la administración
publica.
2.- Instar a la Generalitat Valenciana a tomar cuantas medidas sean necesarias para
garantizar la mejor formación posible de los futuros profesionales sanitarios valencianos,
independientemente si se trata de una universidad publica o privada.
3.- Instar a la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deportes de la
Comunidad Valenciana a dar marcha atrás en cuanto su política de prácticas en
hospitales públicos valencianos, para no coartar la libertad de elección de los futuros
alumnos entre universidad pública o privada por no poder elegir un centro público donde
realizar sus prácticas.
Diputación de Castellón
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ACUERDOS
80
4.- Trasladar a las Administraciones públicas de la Generalitat Valenciana dicho
acuerdo.”
ENMIENDA DE ADICION
“PROPUESTA DE ACUERDO
1.- Instar al Consell a garantizar el acceso universal a las becas, de la Generalitat para la
realización de estudios universitarios, atendiendo al criterio de renta, con independencia
de la Universidad en la que el alumno curse su formación superior.
2.- Instar al Consell a garantizar el acceso directo a las becas de la Generalitat para la
realización de estudios universitarios en universidades de la Comunitat para todos los
alumnos que tengan la condición de víctimas de violencia de género, con independencia
de la Universidad en la que el alumno curse su formación superior.
3.- Dar traslado del presente acuerdo a la Generalitat Valenciana.”
Se inician las intervenciones con la de la Sra. Cristina Fernández, que procede a la
aceptación de la Enmienda de adición presentada.
[….....]
A continuación se inicia el debate.
[….....]
Finalizado el debate, con los votos a favor de los grupos Popular y Ciudadanos y la
abstención del resto de grupos políticos, el Pleno, por mayoría, aprueba la moción
presentada con la incorporación de la enmienda de adición, quedando el texto del
siguiente tenor literal:
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La educación es fundamental en el avance de cualquier sociedad y supone la
herramienta más importante para hacer una sociedad más justa, tanto en el aspecto
económico como en el social. La educación no puede convertirse en un arma política
arrojadiza cada cuatro años. Por ello, cualquier reforma de Educación tiene que contar
con el mayor consenso y la implicación de todos los agentes sociales y representantes
públicos. Un Pacto por la Educación a una generación vista, tal y como propone
Ciudadanos, mejoraría la competitividad de nuestros hijos y evitaría el uso partidista de
la enseñanza.
Las directrices ideológicas de los partidos no pueden ni deben marcar el rumbo de la
educación. Como ya defendimos en el pleno anterior, el poder elegir es fundamental en
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MOCIÓN
81
cualquier democracia. En este caso, la Conselleria en su afán adoctrinador de su modelo
de enseñanza ha dado un paso más para excluir al alumnado de las universidades
privadas de la libertad de poder realizar las prácticas en hospitales públicos.
Los profesionales del sector de la medicina españoles están cotizados en toda Europa
por su alto nivel de preparación y profesionalidad y ahora por una posición ideológica del
Consell damos un paso atrás en lugar de hacia delante.
Las administraciones deberían de trabajar para que los universitarios que han cursado
titulaciones del área de la salud, con el grado de medicina y enfermería se conviertan en
los mejores médicos y enfermeros posibles. Y además, que contemos con los mejores
profesionales sanitarios en España para ofrecer una sanidad pública de universal y de
calidad.
ACUERDOS
1.- Instar a la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deportes de la
Comunidad Valenciana que ofrezca igualdad de oportunidades entre el alumnado
universitario público o privado, a la hora de realizar prácticas en la administración
publica.
2.- Instar a la Generalitat Valenciana a tomar cuantas medidas sean necesarias para
garantizar la mejor formación posible de los futuros profesionales sanitarios valencianos,
independientemente si se trata de una universidad publica o privada.
3.- Instar a la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deportes de la
Comunidad Valenciana a dar marcha atrás en cuanto su política de prácticas en
hospitales públicos valencianos, para no coartar la libertad de elección de los futuros
alumnos entre universidad pública o privada por no poder elegir un centro público donde
realizar sus prácticas.
5.- Instar al Consell a garantizar el acceso universal a las becas, de la Generalitat para la
realización de estudios universitarios, atendiendo al criterio de renta, con independencia
de la Universidad en la que el alumno curse su formación superior.
6.- Instar al Consell a garantizar el acceso directo a las becas de la Generalitat para la
realización de estudios universitarios en universidades de la Comunitat para todos los
alumnos que tengan la condición de víctimas de violencia de género, con independencia
de la Universidad en la que el alumno curse su formación superior.
7.- Dar traslado del presente acuerdo a la Generalitat Valenciana.
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4.- Trasladar a las Administraciones públicas de la Generalitat Valenciana dicho acuerdo.
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5. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO COMPROMÍS, PARA LA CREACIÓN DE
UN SERVICIO DE PUBLICACIONES.
•
ENMIENDA DE MODIFICACION PRESENTADA POR EL GRUPO
CIUDADANOS.
Por Secretaría se advierte de la presentación de una Moción, por parte del Grupo
Compromís, así como de una Enmienda de modificación presentada por el Grupo
Ciudadanos, que se transcriben literalmente a continuación:
MOCIÓN
“EXPOSICIÓ DE MOTIUS
En l’actualitat la Diputació realitza la publicació d’una serie de volums seguint diversos
criteris de selecció:
-D'interès provincial, és a dir que es refereixen a algun tema, estudi o recerca d'interès
cultural, artístic, científic, literari, etc. referit a les terres i gents de la província de
Castelló.
-D'oportunitat, és a dir que la seva edició es realitze amb motiu d'alguna celebració,
commemoració o activitat que justifique la presentació i publicació de l'obra.
-De rigor i qualitat científica del treball a editar, sent originals i inèdits
-D'ordre d'entrada en el registre general.
Al nostre entendre es fa necessària la creació d’un Consell Assessor de Publicacions que
utilitze criteris objectius, de necessitat i interés general a l’hora de definir quines seran les
publicacions a editar.
Com que en l’actualitat entre els propis treballadors i treballadores de la Diputació hi ha
persones que tenen llicenciatures i preparació suficient per formular opinions
fonamentades i objectives sobre la importància i necessitat de la publicació o no d’una
obra, creiem que algunes d’elles haurien de formar-ne part. També hi hauria d’estar
present gent titulada universitària i de reconegut prestigi de fora de la Diputació, atenent
al seu currículum.
Per tot açò, proposen
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Tanmateix molts del llibres que es publiquen a través d’aquest procediment són editats
amb l’únic vistiplau i depenent de l’únic criteri subjectiu del diputat de Publicacions.
Aquesta discrecionalitat absoluta xoca amb els criteris de transparència i bon govern que
proclama l’equip de govern de Javier Moliner i pot donar lloc a pensar que a través de les
publicacions es beneficia a determinades persones o localitats, més afins al partit que
governa la Diputació.
83
PROPOSTA DE RESOLUCIÓ
1.
La Diputació de Castelló constituirà un Consell Assessor de Publicacions, que
decidirà les obres que seran publicades pel Servei de Publicacions, d’entre les
sol·licituds efectuades per particulars i entitats, i independentment dels acords establits
amb la Universitat Jaume I i altres entitats, que en tot cas seran respectats.
2.
Aquest Consell Assessor estarà format en al seua tercera part per un grup de
personal tècnic de la pròpia Diputació. Les altres dues terceres parts estaran formades
per persones de reconegut prestigi Intel·lectual i acadèmic, titulades per la Universitat i
que no formen part de la plantilla de la Diputació de Castelló.
3.
Cada partit amb representació política, així con les entitats cíviques i culturals de
la província, podran proposar una persona. Entre totes les propostes es configurarà un
grup de consens aprovat per tots els partits polítics amb representació en aquesta
Diputació, atenent fonamentalment al currículum de les persones proposades.
4.
De manera periòdica, quan s’escaiga, es reunirà aquest Consell i es posarà a la
seua disposició totes les sol·licituds de publicacions que hagen tingut entrada en la
Diputació.
5.
Aquest Consell decidirà quines seran les publicacions a realitzar per Servei de
Publicacions, establint l’ordre en què serà efectuada aquesta publicació.»
ENMIENDA DE MODIFICACIÓN
PROPUESTA DE ACUERDO
Los puntos; PRIMERO, CUARTO y QUINTO quedarán redactados de la misma forma
SEGUNDO.- Este consejo asesor estará formado exclusivamente por técnicos.
El punto TERCERO quedará eliminado en su totalidad.”
En primer lugar se procede a la aceptación de la modificación por parte del Grupo
Compromís
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“Desde el grupo político de Ciudadanos (C's) entendemos la lógica de establecer un
criterio de selección para las publicaciones de la Diputación de Castellón, más allá de la
arbitrariedad del equipo de Gobierno. No obstante consideramos que el Consejo Asesor
de Publicaciones debería estar integrado exclusivamente de técnicos. Los puntos de
acuerdo quedarán de la siguiente forma:
84
Se inician las intervenciones.
[…....]
Finalizado el debate, el Pleno, por unanimidad, aprueba la moción presentada con la
incorporación de la Enmienda, quedando el texto redactado del siguiente tenor literal:
MOCIÓN
“EXPOSICIÓ DE MOTIUS
En l’actualitat la Diputació realitza la publicació d’una serie de volums seguint diversos
criteris de selecció:
-D'interès provincial, és a dir que es refereixen a algun tema, estudi o recerca d'interès
cultural, artístic, científic, literari, etc. referit a les terres i gents de la província de
Castelló.
-D'oportunitat, és a dir que la seva edició es realitze amb motiu d'alguna celebració,
commemoració o activitat que justifique la presentació i publicació de l'obra.
-De rigor i qualitat científica del treball a editar, sent originals i inèdits
-D'ordre d'entrada en el registre general.
Tanmateix molts del llibres que es publiquen a través d’aquest procediment són editats
amb l’únic vistiplau i depenent de l’únic criteri subjectiu del diputat de Publicacions.
Aquesta discrecionalitat absoluta xoca amb els criteris de transparència i bon govern que
proclama l’equip de govern de Javier Moliner i pot donar lloc a pensar que a través de les
publicacions es beneficia a determinades persones o localitats, més afins al partit que
governa la Diputació.
Com que en l’actualitat entre els propis treballadors i treballadores de la Diputació hi ha
persones que tenen llicenciatures i preparació suficient per formular opinions
fonamentades i objectives sobre la importància i necessitat de la publicació o no d’una
obra, creiem que algunes d’elles haurien de formar-ne part. També hi hauria d’estar
present gent titulada universitària i de reconegut prestigi de fora de la Diputació, atenent
al seu currículum.
Per tot açò, proposen
PROPOSTA DE RESOLUCIÓ
1.- La Diputació de Castelló constituirà un Consell Assessor de Publicacions, que
decidirà les obres que seran publicades pel Servei de Publicacions, d’entre les
Diputación de Castellón
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Al nostre entendre es fa necessària la creació d’un Consell Assessor de Publicacions que
utilitze criteris objectius, de necessitat i interés general a l’hora de definir quines seran les
publicacions a editar.
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sol·licituds efectuades per particulars i entitats, i independentment dels acords establits
amb la Universitat Jaume I i altres entitats, que en tot cas seran respectats.
2.- Aquest Consell Assessor estarà format exclusivament per personal tècnic.
3.- De manera periòdica, quan s’escaiga, es reunirà aquest Consell i es posarà a la seua
disposició totes les sol·licituds de publicacions que hagen tingut entrada en la Diputació.
4.- Aquest Consell decidirà quines seran les publicacions a realitzar per Servei de
Publicacions, establint l’ordre en què serà efectuada aquesta publicació.»
6. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR SOBRE LA RETIRADA DE
LOS RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LAS LEYES DE
DERECHO CIVIL FORAL VALENCIANO.
Por Secretaría se da cuenta de la presentación de una Moción, por parte del Grupo
Popular, que se transcribe literalmente a continuación:
MOCIÓN
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Estatuto de Autonomía de 2006, que reconoce la categoría de Nacionalidad Histórica
al pueblo valenciano, asume la importancia del derecho civil foral valenciano dentro del
ámbito competencial de la Generalitat, y restablece plenamente la competencia que
sobre este derecho estuvo vigente en el Reino cristiano de Valencia desde el siglo XIII.
Así, el artículo 49-1º-2ª consagra la competencia exclusiva de la Generalitat Valenciana
para la conservación, desarrollo y modificación del Derecho Foral Civil Valenciano.
En definitiva, el texto estatutario vigente señala al derecho civil foral como uno de los
elementos identitarios de los valencianos, en la línea de otros estatutos como los de
Aragón o Cataluña. Pero, como ha ocurrido en tantas ocasiones a lo largo de nuestra
historia, desde Madrid se imponen cortapisas a nuestro autogobierno, y ello pese a que
el artículo 7 obliga a la Generalitat a que la reintegración del derecho civil foral sea un
principio rector de la actuación del Consell y de Les Corts, en línea con lo previsto en el
propio Preámbulo del Estatut.
Es imprescindible para evitar injustos tratamientos contrarios al principio de igualdad, la
retirada, vía desistimiento, de los discriminatorios recursos de inconstitucionalidad
planteados por el Estado central, porque, en definitiva, lo que se cuestiona con esos
recursos es la propia existencia del derecho civil foral valenciano, y con ello, la potestad
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En el ejercicio de esa competencia exclusiva, la Generalitat aprobó normas de amplia
demanda social, como la Ley del régimen económico matrimonial valenciano (2007), la
Ley de custodia compartida (2011), la Ley de Uniones de Hecho (2012) y la Ley de los
contratos y otras relaciones jurídicas agrarias (2013). Tres de estas cuatro leyes están
actualmente recurridas por el Estado central ante el Tribunal Constitucional.
86
de dar una solución propia a nuestros problemas actuales.
Como valencianos tenemos que ser conscientes de lo que suponen estos recursos
planteados ante el Tribunal Constitucional por el Estado: un perjuicio a nuestra voluntad
de dar solución en el ámbito del derecho privado a algunos de los problemas y retos que
se nos plantean por el hecho de ser una sociedad moderna. Así, desde el año 2008,
miles de parejas valencianas se han casado en separación de bienes; y han optado por
la custodia compartida de padres y madres de los hijos en caso de separación, tal y
como han hecho Navarra, Aragón, Euskadi y Cataluña, y como parece que también va a
hacer el Parlamento para el resto de España (siguiendo, por cierto, el modelo
valenciano).
Por todo ello, proponemos para su debate y votación en el pleno la siguiente propuesta
de acuerdo:
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO.- Instar al Gobierno de España que retire los recursos de inconstitucionalidad
contra nuestro derecho civil.
SEGUNDO.-Dar traslado del presente acuerdo al Gobierno de España, a las Cortes
Valencianas y a la Asociación de Juristas Valencianos( AJV).”
Se inician las intervenciones.
[…..]
Finalizado el debate, el Pleno, con el voto en contra del grupo Ciudadanos y los votos a
favor del resto de grupos políticos, por mayoría , aprueba la moción presentada.
Por Secretaría se da cuenta de la presentación de una moción, por parte del Grupo
Popular, que se transcribe literalmente a continuación:
MOCIÓN
“El Centro de Intervención de Baja Exigencia de Castellón (CIBE Castelló) es un centro
socio sanitario que lleva 19 años atendiendo a personas drogodependientes y
alcohólicas con el objetivo de reducir los daños y riesgos de estas adicciones. Este es el
único centro de reducción de daños de la provincia, referente en la Comunidad
Valenciana por ser el primero que se puso en marcha, como programa pionero en la
reducción de daños que ofrecía hasta junio de 2015 atención nocturna continuada.
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7. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR DE APOYO DEL CENTRO
DE INTERVENCIÓN DE BAJA EXIGENCIA CIBE CASTELLÓN.
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El centro realiza una importante función de soporte social. Así, los servicios más
demandados son los que cubren necesidades básicas. Esta es una de las
características diferenciales respecto a otros dispositivos asistenciales para personas
con trastornos adictivos.
Desde este dispositivo se atiende a personas que debido a la adicción que padecen se
encuentran en situación de exclusión grave: la mayoría (76% en 2015) de las personas
que acuden al centro se encuentra en situación de sin hogar, lo que les genera una
mayor vulnerabilidad frente a las enfermedades, ataques externos, dificultades en la
adecuada alimentación e higiene, para el seguimiento de sus tratamientos médicos… De
las personas atendidas el 43% de las mujeres y el 38% de los hombres son personas
que proceden de otros municipios de la provincia de Castellón, el resto proceden del
propio municipio (47% en ambos sexos) y de otros lugares (10% mujeres y 15%
hombres)
En el CIBE Castelló estas personas obtienen: Atención integral de carácter sanitaria,
psicológica y social, alimentación, higiene personal, lavandería, descanso nocturno,
talleres psico-socio-sanitarios e intercambio de material para el consumo higiénico. El
centro actúa como principal puerta de entrada al sistema sanitario y social, garantizando
los procesos de atención e inclusión social de las personas drogodependientes más
vulnerables. Las personas en situación de exclusión tienen dificultades para acceder a
estos sistemas a veces por desinformación, a veces por sus propias limitaciones, a
veces por aspectos burocráticos que deben resolverse… el acceso a los derechos
sociales no siempre es sencillo para estos/as ciudadanos/as. Desde el CIBE Castelló se
acompaña ese proceso de acceso a sus derechos en unas condiciones dignas.
Algunas de las consecuencias de la reducción de servicios sobre las personas que
acuden al centro son:
- No poder realizar el descanso nocturno en el centro, con mayores perjuicios en época
de frío, donde es vital prevenir complicaciones de salud por la climatología.
- Menor seguimiento de los tratamientos, con incremento de la toma inadecuada. Hay
que tener en cuenta que muchas de estas personas tienen otras enfermedades
asociadas que requieren de toma de medicación: El porcentaje de personas adictas con
una enfermedad mental asociada es creciente. En este sentido el centro realiza una
importante labor en la administración de estos tratamientos evitando abusos de
medicación, sobre dosificación y otras administraciones incorrectas. Se asegura la toma
diaria y se puede llevar un seguimiento del resultado del tratamiento. Todo en
coordinación con los centros prescriptores, lo que permite una intervención más eficaz.
- Incremento de ingresos hospitalarios, atenciones en urgencias y en primaria.
- Incremento de actividades marginales para la subsistencia.
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- Reducción de 4 a 2 comidas diarias, ahora solo de lunes a viernes.
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-Menor franja horaria para la recogida y dispensación de jeringuillas,
materiales para el consumo
y de otros
- Incremento del deterioro que produce la patología adictiva en la persona afectada.
La importante reducción en la financiación que se viene produciendo de forma
sistemática desde hace años, ha llevado a que un centro perfectamente equipado para
dar atención nocturna y pernocta, en el que las administraciones han realizado una
importante inversión en su día, se vea abocado a reducir también drásticamente su
horario de atención, por no poder mantener los puestos de trabajo necesarios para la
atención nocturna. Así el centro ha pasado de prestar atención diurna y nocturna con
horario de atención de 20,5 horas diarias, 365 días al año a 6 horas diarias en horario de
mañanas, sólo en días laborables. En prejuicio de la ya vulnerable situación de las
personas atendidas, cuyas necesidades básicas requieren ser cubiertas a diario.
Seguir reduciendo el CIBE Castelló pone en riesgo la sostenibilidad y calidad del único
recurso que atiende de forma especializada a personas en exclusión grave con consumo
asociado de drogas y/o alcohol, conductas de alto riesgo para su salud y la de la
comunidad.
Mejoras que supondría la apertura de la noche:
- Cobertura de 4 comidas diarias (desayuno, comida, merienda y cena) toda la semana
incluidos los festivos (actualmente sólo de lunes a viernes)
- Dispensación continuada de los tratamientos directamente observados.
-Mejora de la salud de los pacientes, con descenso de Incremento de ingresos
hospitalarios, atenciones en urgencias y en primaria.
-Descenso de actividades marginales para la subsistencia, al cubrir la mayor parte de
sus necesidades básicas en el centro y pasar más horas en el mismo (función de
acompañamiento y contención)
-Incremento dela recogida y dispensación de jeringuillas y de otros materiales para el
consumo al aumentar la franja horaria de atención.
Por todo ello, proponemos para su debate y votación en el pleno la siguiente propuesta
de acuerdo:
PROPUESTA DE ACUERDO
1. La Diputación de Castellón asume el compromiso de suscribir un convenio singular
con CIBE Castellón, por la cuantía de 20.000 euros, que es el coste aproximado de la
apertura del centro por las noches durante los tres meses más fríos del año, y que
permitirá que sus usuarios no pasen las noches en la calle.
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- Descenso de personas durmiendo en cajeros y espacios inadecuados.
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2. Instar a la Generalitat Valenciana a que deje sin efecto el recorte del 11% que ha
afectado al CIBE y que ha supuesto una bajada en los presupuestos del 2016 de 20.000
euros, recorte que ha supuesto el despido del último monitor y un menoscabo en la
calidad de la atención a los usuarios.
3. Dar traslado del presente acuerdo a la Generalitat Valenciana.”
Se inician las intervenciones.
[….....]
Finalizado el debate, el Pleno, con los votos a favor de los grupos Popular y Ciudadanos
y la abstención del resto de grupos políticos, por mayoría, aprueba la moción
presentada.
RUEGOS Y PREGUNTAS
Se abre el turno de ruegos y preguntas con la intervención del Sr. Trenco
Una vez finalizado el turno de ruegos y preguntas, y no habiendo más asuntos a tratar,
por la Presidencia se levanta la sesión siendo las dieciséis horas y cuarenta minutos del
día al comienzo indicado, extendiéndose la presente acta, de orden y con el visto bueno
del Ilmo. Sr. Presidente, de cuyo contenido, como Secretario, certifico.
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