ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 5034

N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 5034
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 85/SSDHPC/16
FIN DEL ANEXO
N° 1
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 2
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 25/SSDCCYC/16
CUIT
27-37932496-2
20-14951680-9
APELLIDO Y NOMBRE
LADAGA, Maria Belen
HERZ, Adrian Guillermo
DESDE
01/03/2016
01/03/2016
HASTA
31/12/2016
31/12/2016
MENSUAL
1 cta de $8690 y 9 ctas de $7000
1 cta de $15903 y 9 ctas de $29000
TOTAL
$ 71.690
$ 276.903
TOTAL
$ 348.593
ORG.
DEP.
FUNCION
SSDCCYC DGAYCC ADMNISTRATIVO
SSDCCYC DGGDC
PROFESIONAL
FIN DEL ANEXO
OBSERVACION
BACHILLER
ING. INDUSTRIAL
Nº EXPEDIENTE
9573912-MGEYA-SSDCCYC/16
9575791-MGEYA-SSDCCYC/16
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 3
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 29/SSDCCYC/16
CUIT
27-26837144-9
27-14162247-7
APELLIDO Y NOMBRE
WUTZKE, Lorena Ines
FERRARI, Juana Liliana
DESDE
01/03/2016
01/03/2016
HASTA
MENSUAL
31/12/2016 1 cta:$27.000 y 9 ctas:$9.000
31/12/2016 1 cta:$ 21.300 y 9 ctas:$7.100
TOTAL
TOTAL
ORG.
DEP.
$ 108.000 SSDCCYC DGDYPC
$ 85.200 SSDCCYC DGAYCC
$ 193.200
FIN DEL ANEXO
FUNCION
OBSERVACION
Nº EXPEDIENTE
PROFESIONAL
ABOGADA
4881509-MGEYA-SSDCCYC/16
ADMINISTRATIVO PRIMARIO
3855866-MGEYA-SSDCCYC/16
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 4
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 30/SSDCCYC/16
CUIT
27-33010631-5
20-24822172-1
27-34037918-2
27-33957948-8
APELLIDO Y NOMBRE
GRAMAJO, Maria Belen
ROJAS, Alfredo German
VILLAR, Maria Ailen
IRIGO, Debora
DESDE
01/03/2016
01/04/2016
01/03/2016
01/03/2016
HASTA
31/12/2016
31/12/2016
31/12/2016
31/12/2016
MENSUAL
1 cta:$ 19.724 y 9 ctas:$13.000
$ 28.000
$ 9.000
$ 14.000
TOTAL
$ 136.724
$ 252.000
$ 90.000
$ 140.000
TOTAL:
$ 618.724
ORG.
SSDCCYC
SSDCCYC
SSDCCYC
SSDCCYC
DEP.
DGGDC
DGGDC
DGAYCC
DGAYCC
FIN DEL ANEXO
FUNCION
ADMINISTRATIVO
ADMINISTRATIVO
ADMINISTRATIVO
ADMINISTRATIVO
OBSERVACION
POLIMODAL
PERITO MERCANTIL
BACHILLER
BACHILLER
Nº EXPEDIENTE
9655685-MGEYA-SSDCCYC/16
9654266-MGEYA-SSDCCYC/16
9572874-MGEYA-SSDCCYC/16
10268368-MGEYA-SSDCCYC/16
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 5
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 34/SSDCCYC/16
APELLIDO Y NOMBRE
RAMOS, Angela
ROSA, Tamara Aylen
SACCOMANNO, Liliana Irma
SALEVICH, Victoria
SANTO, Christian Javier
VACA, Alejandro Uriel
VALLEJO, Silvia
VALDEZ, Matias Nicolas
YUDICE, Maria Cristina
LOIACONO, Agustina
CAROSELLA, Agustin
CAROSELLA VITALE, Daniela R.
GALESIO, Ana Maria
OSMAN, Paula Elizabeth
MILANO, Santiago
PASTORUTI, Federico Lionel
GREGORINI PEREIRA, Mariana
SANAGUA, Maria Belen
BORDIEU, Milagros
FERNANDES, Laura Emilse
FERNANDEZ, Cecilia
LHEZ, Lucila
LONGINOTTI CORONEL, Rodrigo
CUIT
27-10036519-2
27-38893963-5
27-11593471-1
23-38787694-4
20-29637063-1
20-25271534-8
27-14408250-3
20-34999076-9
27-06714395-2
27-36754566-1
20-38918386-6
27-33689460-9
27-34983985-2
27-35335545-2
20-31917478-9
20-31234696-7
23-37032465-4
27-37869324-7
27-35728222-0
27-35371435-5
27-12661861-7
27-35360622-6
20-37660969-4
Monto Actual
$ 7,100
Incremento
1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150
Total
1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250
Periodo
01/03/2016 al 31/12/2016
$ 7,100
$ 7,100
1 cta: $19.500 y 9 ctas: $6.500
$ 7,100
$ 7,100
$ 7,300
$ 6,600
$ 7,100
$ 15,000
$ 9,200
$ 10,900
$ 8,600
$ 8,600
$ 15,000
$ 8,500
$ 7,500
$ 8,500
$ 7,300
$ 7,300
$ 8,500
$ 7,300
$ 7,300
1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150
1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150
1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta: $3.300 y 9 ctas: $1.100
1 cta: $22.800 y 9 ctas: $7.600
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150
1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150
1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$ 2.850 y 9 ctas: $950
1 cta: $3.000 y 9 ctas: $1.000
1 cta:$ 10.150 y 9 ctas:$ 8.250
1 cta: $9.600 y 9 ctas: $ 7.600
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta: $3.450 y 9 ctas: $1.150
1 cta: $10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$ 9.000 y 9 ctas: 3.000
1 cta: $2.070 y 9 ctas: $690
1 cta:$ 8.280 y 9 ctas: $2.760
1 cta: $5.289 Y 9 ctas: $1.763
1 cta:$ 3.870 y 9 ctas:$ 1.290
1 cta:$ 8.163 y 9 ctas: $2.721
1 cta:$1.500 y 9 ctas: $500
1 cta:$ 6.000 y 9 ctas:$2.000
1 cta:$ 3.000 y 9 ctas:$1.000
1 cta:$ 3300 y 9 ctas:$1.100
1 cta:$ 5.100 y 9 ctas:$ 1.700
1 cta: $3.750 y 9 ctas:$ 1.250
1 cta:$ 5.100 y 9 ctas:$1.700
1 cta: $3.300 y 9 ctas: $1.100
1 cta:$ 24.000 y 9 ctas: $18.000
1 cta: $11.270 y 9 ctas: $9.890
1 cta: $19.180 y 9 ctas: $13.660
1 cta: $13.889 y 9 ctas: $10.363
1 cta:$12.470 y 9 ctas: $9.890
1 cta:$ 23.163 y 9 ctas:$17.721
1 cta: $10.000 y 9 ctas:$9.000
1 cta:$13.500 y 9 ctas:$9.500
1 cta:$ 11.500 y 9 ctas:$ 9.500
1 cta:$10.600 y 9 ctas:$ 8.400
1 cta:$12.400 y 9 ctas:$9.000
1 cta:$ 12.250 y 9 ctas:$9.750
1 cta:$12.400 y 9 ctas:$9.000
1 cta:$10.600 y 9 ctas:$ 8.400
01/03/2016 al 31/12/2016
FIN DEL ANEXO
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
EXP. AMPLIATORIA
10370097-MGEYA-SSDCCYC/16
10370318-MGEYA-SSDCCYC/16
10370364-MGEYA-SSDCCYC/16
10370409-MGEYA-SSDCCYC/16
10370460-MGEYA-SSDCCYC/16
10370617-MGEYA-SSDCCYC/16
10370781-MGEYA-SSDCCYC/16
10370709-MGEYA-SSDCCYC/16
10370868-MGEYA-SSDCCYC/16
10371137-MGEYA-SSDCCYC/16
10270236-MGEYA-SSDCCYC/16
10270614-MGEYA-SSDCCYC/16
10270723-MGEYA-SSDCCYC/16
10270844-MGEYA-SSDCCYC/16
10270893-MGEYA-SSDCCYC/16
10273010-MGEYA-SSDCCYC/16
10273083-MGEYA-SSDCCYC/16
10273147-MGEYA-SSDCCYC/16
10327865-MGEYA-SSDCCYC/16
10328204-MGEYA-SSDCCYC/16
10328470-MGEYA-SSDCCYC/16
10328739-MGEYA-SSDCCYC/16
10328990-MGEYA-SSDCCYC/16
EXP. CONTRATACIÓN
3858736-MGEYA-SSDCCYC/16
3858888-MGEYA-SSDCCYC/16
3859210-MGEYA-SSDCCYC/16
3859413-MGEYA-SSDCCYC/16
3859777-MGEYA-SSDCCYC/16
3859875-MGEYA-SSDCCYC/16
3860089-MGEYA-SSDCCYC/16
3859993-MGEYA-SSDCCYC/16
3860199-MGEYA-SSDCCYC/16
3799556-MGEYA-SSDCCYC/16
3798152-MGEYA-SSDCCYC/16
3798540-MGEYA-SSDCCYC/16
3799036-MGEYA-SSDCCYC/16
3799397-MGEYA-SSDCCYC/16
2947204-MGEYA-SSDCCYC/16
3800309-MGEYA-SSDCCYC/16
3800662-MGEYA-SSDCCYC/16
3800773-MGEYA-SSDCCYC/16
3852262-MGEYA-SSDCCYC/16
3852505-MGEYA-SSDCCYC/16
3852701-MGEYA-SSDCCYC/16
3852885-MGEYA-SSDCCYC/16
3853082-MGEYA-SSDCCYC/16
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 6
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 35/SSDCCYC/16
APELLIDO Y NOMBRE
GALARZA, Amira Lujan
FRANCO, Oscar
FONTANA, Maria Angela
FERNANDEZ, Liliana Graciela
DE BRASI, Ana Carolina
CASOLI, Barbara Edith
CARRANZA, Alejandro Ezequiel
CARDOSO, Rocio Mercedes Maria
DESIMONE, Facundo Martin
CUIT
27-37952523-2
20-05539868-3
27-16825046-6
27-14014459-8
23-23700197-4
27-28033123-1
20-37142838-1
27-37992798-5
20-31762999-1
Monto Actual
$ 7,100
$ 7,100
$ 7,600
$ 7,100
$ 10,500
$ 7,100
$ 7,600
$ 7,100
$ 8,450
Incremento
1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150
1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150
1 cta:$1950 y 9 ctas: $650
1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150
1 cta: $4.725 y 9 ctas:$1.575
Total
1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250
1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250
Periodo
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$ 9.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$15.225 y 9 ctas:$ 12.075
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150
1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$1950 y 9 ctas: $650
1 cta:$ 9.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
1 cta:$3.450 y 9 ctas:$ 1.150
1 cta:$ 10.550 y 9 ctas: $8.250
01/03/2016 al 31/12/2016
$ 14,000
01/03/2016 al 31/12/2016
$ 5,550
FIN DEL ANEXO
EXP. AMPLIATORIA
10369072-MGEYA-SSDCCYC/16
10368375-MGEYA-SSDCCYC/16
10368285-MGEYA-SSDCCYC/16
10367800-MGEYA-SSDCCYC/16
10367734-MGEYA-SSDCCYC/16
10367661- -MGEYA-SSDCCYC/16
10367509-MGEYA-SSDCCYC/16
10367424-MGEYA-SSDCCYC/16
10371021-MGEYA-SSDCCYC/16
EXP. CONTRATACIÓN
3856716-MGEYA-SSDCCYC/16
3856568-MGEYA-SSDCCYC/16
3856379-MGEYA-SSDCCYC/16
3801919-MGEYA-SSDCCYC/16
3801607-MGEYA-SSDCCYC/16
3801345-MGEYA-SSDCCYC/16
3966464-MGEYA-SSDCCYC/16
3801064-MGEYA-SSDCCYC/16
3852395-MGEYA-SSDCCYC/16
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 7
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 36/SSDCCYC/16
APELLIDO Y NOMBRE
VOLINO, Mariano
MENGELLE, Claudia Matilde
ESTIGARRIBIA VILLORDO, Maria Laura
CUIT
Monto Actual
Incremento
Total
Periodo
EXP. AMPLIATORIA
EXP. CONTRATACIÓN
20-27902205-0
27-14000748-5
27-19017438-2
$ 18,000
$ 7,400
$ 7,500
$ 2,000
1 cta:$2.550 y 9 ctas: $850
1 cta: $7.500 y 9 ctas:$ 2.500
$ 20,000
1 cta:$ 9.950 y 9 ctas: $8.250
1 cta:$ 15.000 y 9 ctas:$ 10.000
01/03/2016 al 31/12/2016
10334456-MGEYA-SSDCCYC/16
10369893-MGEYA-SSDCCYC/16
10272600-MGEYA-SSDCCYC/16
3858336-MGEYA-SSDCCYC/16
7444678-MGEYA-SSDCCYC/16
7190232-MGEYA-SSDCCYC/16
01/03/2016 al 31/12/2016
01/03/2016 al 31/12/2016
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 8
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1°.- OBJETO.
La presente contratación tiene por objeto la contratación de un espacio ubicado en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires para ser destinado a la realización de eventos que
sean generados por la Secretaría de Planeamiento, Evaluación y Coordinación de
Gestión (SECPECG) dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en un todo de
acuerdo con las especificaciones vertidas en el presente Pliego y en el Pliego de
Especificaciones Técnicas.
Artículo 2º.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.
El presente llamado, se convoca mediante el procedimiento de Contratación Menor en
los términos del Régimen de Contrataciones vigente para la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38° de la Ley N° 2.095
(texto consolidado según Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 95/2014, y las
normas contendidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado
por Disposición N° 396/DGCYC/14, en el presente Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 3°.- PLAZO DE DURACIÓN CONTRACTUAL. OPCIÓN A PRÓRROGA.
El plazo de duración del contrato será de DOCE (12) meses con opción a prórroga de
conformidad con la normativa vigente.
Artículo 4°.-DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL- ORDEN DE PRELACIÓN.
Rigen la presente contratación los siguientes documentos que se complementan
recíprocamente. Todos los documentos que integran esta contratación serán
considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre
los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
a) Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones que sean de aplicación a la
contratación.
b) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
1
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 9
c) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Circulares con o sin consulta
que se dicten antes de la fecha de apertura de las ofertas, si las hubiera
d) El Pliego de Especificaciones Técnicas, sus anexos y las Circulares con o sin
consulta que se dicten antes de la fecha de apertura de las ofertas, si las
hubiera.
e) La oferta.
f) El acto administrativo de adjudicación.
g) La orden de compra.
Todo cuanto no esté previsto en la documentación contractual será resuelto de
acuerdo con la normativa aplicable y las disposiciones del Derecho Público, dentro del
espíritu y finalidad del objeto de la Contratación.
Artículo 5º.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS.
Se considera domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el
proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las
notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio
declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las
notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil
siguiente al de su publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en
el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en conjunción con lo
dispuesto en los artículos 6° y 7° del Anexo I del Decreto N° 1.145/09.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ (10) días
de su notificación. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituye
domicilio en la calle Uspallata N° 3160, piso 2°de esta Ciudad.
Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios
constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones
judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito
2
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 10
en calle Uruguay N° 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el domicilio que
en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley
N° 1.218.
Artículo 6°.- APERTURA. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
La presentación de la oferta deberá abarcar los aspectos técnicos y económicos. La
apertura de la misma se efectuará en el día y horario que se fije en la publicación
efectuada en el BAC, en la invitación a cotizar cursada oportunamente y en la
publicación efectuada en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Asimismo la presentación de la oferta deberá efectuarse, en un todo de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 104° de la Ley N° 2.095 y el artículo 102° del Decreto
Reglamentario Nº 95/2014.
Artículo
7°.-
EL
REGISTRO
INFORMATIZADO
ÚNICO Y PERMANENTE DE
PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP).
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos
en el RIUPP o presentar constancia de inicio de trámite. Todo ello de conformidad con
lo previsto en el artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14.
Artículo 8°.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por el término
de VEINTE (20) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura de la
misma. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la
garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días
anteriores
al
vencimiento
del
plazo,
aquella
se
considerará
prorrogada
automáticamente por un lapso igual al inicial (artículo 102° inc. 5) del Decreto
Reglamentario N° 95/2014).
Artículo 9°.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA OFERTA.
Las ofertas serán presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos
3
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 11
disponibles. Se deberá cumplir con todos los requerimientos exigidos en el presente
Pliego de Bases y Condiciones, y se deberán adjuntar los documentos solicitados en
soporte electrónico.
Los documentos que por sus características deban ser presentados, o que por sus
características, el oferente no pueda subirlo electrónicamente, deberán presentarse en
soporte papel y serán individualizados en la oferta y entregados en la en la sede de la
Gerencia Operativa de Compras, Obras y Mantenimiento de la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, hasta la fecha y
hora establecida para la apertura de ofertas (artículo 17° del Decreto Nº 1145/09).
Para la presentación de la propuesta, el oferente deberá tener en cuenta, además de
las condiciones requeridas, lo establecido en el artículo 104° de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 5.666), el artículo 102° del Decreto Reglamentario Nº
95/2014 y artículo 12° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado
por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14.
La oferta deberá comprender los aspectos técnicos y económicos.
 Documentación que debe integrar la oferta:
1) Acreditación de Personería: documentación que acredite la capacidad de la persona
que suscribe la oferta para obligar a la firma oferente:
En el caso de Personas Jurídicas, la representación será ejercida por el Representante
Legal de la misma o un Apoderado.
•
Si es Representante Legal, deberá acompañarse copia certificada por notario
del instrumento en el cual surja su designación como tal (Estatuto Social,
Contrato Social o el que corresponda de acuerdo con el tipo societario y Acta
de Asamblea y/o Directorio de la cual surja la actual distribución de cargos
directivos o autoridades de la sociedad).
•
Si es Apoderado, deberá acompañarse el poder en original o copia certificada
por notario.
2) Declaración Jurada de aptitud para contratar (Anexo I del Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales).
4
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 12
3) Declaración jurada que no se encuentra incurso en ninguna de las inhabilitaciones
para contratar.
4) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el
oferente acepta la competencia de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y
Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero
o jurisdicción.
Artículo 10°.- EXCEPCIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS (artículo 103° de la Ley N° 2.095
texto consolidado según Ley N° 5.666).
De conformidad con lo previsto en los incisos a) y b) del citado artículo, para el
presente procedimiento de selección, los oferentes quedan exceptuados de
presentar:
 Garantía de mantenimiento de la oferta.
 Garantía de Cumplimiento de Contrato
Las restantes garantías previstas en el artículo 17° del Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales deberán constituirse en los casos que corresponda.
Artículo 11°.- COTIZACIÓN.
Los oferentes deberán expresar el monto total de su oferta en letras y números.
La moneda de cotización de la oferta y de pago será en pesos, moneda de curso legal
en la República Argentina.
A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), este Gobierno reviste
la condición de Exento, en consecuencia, en las propuestas económicas que el
interesado presente junto a las ofertas no se deberá discriminar el importe
correspondiente a la incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el
precio cotizado. El número de CUIT correspondiente al Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires es el 34-99903208-9.
Artículo 12°.- ADJUDICACIÓN.
La adjudicación será efectuada mediante el correspondiente acto administrativo, de
5
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 13
conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de la Ley N° 2095 texto consolidado
según Ley N° 5.666.
El acto administrativo de adjudicación, será notificado a través de BAC al adjudicatario
y al resto de los oferentes dentro de los SIETE (7) días de emitido. El mismo será
publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y se publicará en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de UN (1) día (artículo 23° del Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales).
Artículo 13°.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO (artículo 112º Decreto
Reglamentario N° 95/2014).
El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al
adjudicatario, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta.
El adjudicatario podrá rechazar la orden de compra dentro de los TRES (3) días de su
notificación, únicamente en el caso en que se encuentre vencido el mantenimiento de
su oferta.
De darse éste supuesto la autoridad competente puede adjudicar el contrato al
oferente que siga en el orden de mérito.
Artículo 14°. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El contratista deberá comenzar con la ejecución del contrato dentro de los CINCO (5)
días hábiles computados desde la notificación de la Orden de Compra, venciendo a los
DOCE (12) meses del inicio del plazo de ejecución.
Artículo 15º.- PLAZO Y FORMA DE PAGO.
El pago se efectuará en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas, dentro del plazo de
TREINTA (30) días de la fecha de presentación de la respectiva factura y parte de recepción
definitiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 28°, 29° y 30° del Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14.
6
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 14
Los pagos por el espacio no tendrán relación con la cantidad de eventos realizados
mensualmente, ni con la duración de los mismos.
Artículo 16°.- OBLIGACIÓN DEL ADJUDICATARIO EN CUANTO AL PERSONAL
AFECTADO.
El personal afectado por el Adjudicatario al cumplimiento de las obligaciones
contractuales no tendrá relación laboral ni vínculo alguno con el Gobierno de la Ciudad
de Autónoma de Buenos Aires. En este sentido, la adjudicataria se obliga a mantener
indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos de todo reclamo y acción
judicial que resulte en consecuencia.
Estarán a exclusivo cargo de la adjudicataria los salarios, seguros, y cargas sociales y
previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculados con la ejecución
contractual, quedando expresamente exonerado el Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre
ambos.
Queda debidamente asentado que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio
que eventualmente se generare por cuestiones de índole laboral entre la adjudicataria
y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones
contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que
los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de
transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de
convenios colectivos de trabajo en vigencia.
Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que
recaigan sobre la adjudicataria.
Artículo 17°.- PENALIDADES Y SANCIONES.
Rigen para el presente procedimiento de selección, todas las penalidades y sanciones
previstas en el Titulo SEXTO. Capítulos XII y XIII de la Ley N° 2095 (texto consolidado
7
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 15
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 (continuación)
según Ley N° 5.666) y lo previsto por el Decreto Reglamentario Nº 95/2014,
debiéndose aplicar las mismas según lo establecido en los capítulos mencionados.
Artículo 18°.- JURISDICCIÓN.
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones
efectuadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las partes quedan
sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos,
Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a
cualquier otro fuero o jurisdicción.
8
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 16
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 (continuación)
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Informe
Número:
Buenos Aires,
Referencia: S/ Contratación de espacio para eventos
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Art. 1º.-Objeto de la contratación
La presente contratación tiene por objeto la contratación de un espacio ubicado en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para ser destinado a la realización de eventos que sean generados por la Secretaría de
Planeamiento, Evaluación y Coordinación de Gestión.
Las propuestas deberán contar con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y en el presente Pliego
Art. 2º.- Ubicación:
El espacio deberá estar ubicado dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con vías de acceso rápidas.
Art. 3º.- Superficie:
Deberá contar con una superficie mínima de 100 metros cuadrados cubiertos y contar con acceso para
personas con capacidades especiales.
Art. 4º.- Mobiliario
El adjudicatario, deberá contemplar dentro de sus costos la provisión del mobiliario, el cual como mínimo
deberá contar con:
·
Comedor formal,
·
Mesón comunitario,
·
sillas para recibir como mínimo 50 invitados,
·
juego de living completo.
Art. 5º.- Estado de conservación:
El espacio podrá ser a estrenar, reciclado o restaurado siempre y cuando garantice el perfecto
funcionamiento de los servicios básicos existentes (Agua, gas, electricidad), cumpliendo además con la
totalidad de las reglamentaciones vigentes.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 17
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 125/SECPECG/16 (continuación)
Deberá encontrarse en un adecuado estado de mantenimiento que permita su ocupación inmediata una vez
notificada la orden de compra.
Art. 6º. Servicios conexos:
El espacio debe contar con:
·
Aire acondicionado frio/calor individual o central,
·
Control de acceso,
·
Cámaras de seguridad,
·
Red de datos y wi-fi,
·
Pantalla y proyector.
·
Equipo de sonido adecuado para la realización de eventos de hasta 100 personas.
·
Servicio de valet parking.
Asimismo, debe contar con el personal adecuado durante todo el horario establecido en el artículo 8º del
presente, a los fines de poner en funcionamiento y operar el equipamiento antedicho.
Art. 7º.- Servicio de catering:
El Espacio debe poner a disposición de los eventos a realizar un servicio de catering y cafetería, cuyo costo
no está incluido en la presente contratación y será abonado individualmente en cada Evento que se realice
en caso de que se haga uso del mismo.
Art. 8º.- Disponibilidad horaria:
El espacio deberá estar disponible exclusivamente para la Secretaria los SIETE (7) días de la semana en el
horario comprendido entre las 7:00 y las 23:00 hs. La única excepción contemplada serán los días 1 de
enero, 1 de mayo y 25 de diciembre.
El GCBA podrá informar de la realización de los Eventos con 2 horas de anticipación a la realización del
Evento.
Art. 9º.- Causal de rescisión.
Será considerada causa suficiente para la recisión del contrato el incumplimiento acreditado de lo dispuesto
en el artículo 8º del presente Pliego.
Asimismo, también será causal de rescisión el mal estado de mantenimiento del inmueble donde se realizan
los eventos.
Art. 10º.- Visita de los inmuebles.
El GCBA se reserva el derecho de previamente a la adjudicación realizar una visita a los espacios
ofertados, a fin de constatar el correcto estado de pintura, vidrios, elevadores si los tuviera, sistema de
iluminación, sanitarios, etc.
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 18
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 205/ASINF/16
" 2016- Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina"
Anexo I
APELLIDO y NOMBRE
DNI
CUIL N°
SITUACIÓN
DE REVISTA
ACUÑA MAXWELL STEPHANIE
35957447
27-35957447-4
PT
BATISTA CRISTIAN
MONTINI ULISES
TOSCANO LORENA
LOPEZ LARA
VALASTRO GISELA
BRUNETTI CARLA
BARTOLOMEO MARÍA L
FERNANDEZ OSVALDO
GARONE JOSE
REY DANIEL
ROJAS CLAUDIO
VILLANUEVA LUCRECIA
AGUILAR GASTÓN
20-34978930-3
20-31470613-8
27-23668487-9
27-38559875-6
27-25769555-2
27-31937325-5
27-22470351-7
20-13624697-7
20-12370055-5
20-29568331-8
20-20199507-9
27-16937731-1
20-20006941-3
SALZANO FERNANDO
LIUZZO ANABELLA
SANDOVAL ESTEBAN
CHIODI MARÍA DANIELA
34978930
31470613
23668487
38559875
25769555
31937325
22470351
13624697
12370055
29568331
20199507
16937731
20006941
35359405
29575835
35202976
27713622
OSSWALD CAMILA
FERNANDEZ ELIANA
RIVERA MARIANO
ALEN FREIRE MANUEL
39645622
34691004
26841174
32438084
20-35359405-3
27-29575835-5
23-35202976-9
27-27713622-3
27-39645869-7
27-34691004-1
20-26841174-8
20-32438084-2
ARANDA ARIEL
CAFA DIEGO
MARSON EUGENIA
PETRONI MARIANO
25095438
30181444
32402623
35110662
20-25095438-8
20-30181444-6
27-32402623-7
20-35110662-0
DIRECCION
UNIDAD
ORGANIZATIVA
ATN
U.R
400
PT
PP
PP
PT
PP
PT
PT
PP
PP
PP
PP
PP
PT
PT
PT
PT
PT
21840060
21840000
21840400
21840060
21840400
21840060
21840060
21840400
21840400
21840400
21840400
21840010
21840200
21840200
21840200
21840200
21840500
SA-06
AB-05
AA01
SA-01
AA-01
00H
00H
00H
00H
00H
PT
PT
PT
PP
DGSERV
DGSERV
DGSERV
DGIASINF
21840500
21840500
21840500
21840300
00H
00H
00H
TA 01
PP
PT
PP
PT
DGIASINF
DGIASINF
DGIASINF
DGIASINF
21840000
00H
00H
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGTAL
DGISIS
DGISIS
DGISIS
DGISIS
DGSERV
21840300
21840300
21840300
21840300
FIN DEL ANEXO
TA-01
AA01
00H
AA01
00H
00H
AA 01
00 H
AA 01
00 H
400
1000
300
500
1000
300
1000
500
400
500
500
700
500
1200
800
1100
600
400
1000
1000
1000
1000
1000
600
1000
RESOLUCIÓN
RESOL-2016-136-SSSYP
RESOL-2016-136-SSSYP
RESOL-2016-136-SSSYP
RESOL-2016-136-SSSYP
RESOL-2016-129-SSSYP
RESOL-2016-129-SSSYP
RESOL-2016-43-ASINF
RESOL-2016-21-ASINF
RESOL-2016-121-ASINF
RESOL-2016-121-ASINF
RESOL-2016-121-ASINF
RESOL-2016-157-ASINF
RESOL-2016-157-ASINF
RESOL-2016-180-ASINF
RESOL-2016-180-ASINF
RESOL-2016-180-ASINF
RESOL-2016-180-ASINF
RESOL-2016-179-ASINF
RESOL-2016-179-ASINF
RESOL-2016-166-ASINF
RESOL-2016-166-ASINF
RESOL-2016-59-ASINF
RESOL-2016-59-ASINF
RESOL-2016-59-ASINF
RESOL-2016-111-ASINF
RESOL-2016-59-ASINF
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 19
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 206/ASINF/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Modificación Presupuestaria
Ejercicio: 2016
Requerimiento Nº: 8907
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 15897115
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Nº: 15897115
Norma Aprobatoria:
Nº:
MGEYA
2016
MGEYA
2016
Fecha: 16/12/2016
Fecha: 16/12/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
683-DIR.GRAL.DE
INTEGRACIÓN DE
SISTEMAS
683-DIR.GRAL.DE
INTEGRACIÓN DE
SISTEMAS
Programa
94-DES Y CALIDAD DE
APL
0
94-DES Y CALIDAD DE
APL
0
Subprograma
0
Proyecto
CREDITO
0
Actividad
1-CONDUCCIÓN
0
1-CONDUCCIÓN
0
Obra
Partida FueFin FinFun
2110
11
13
3140
11
13
Diferencia:
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
Importe
-1.129,00
1.129,00
0,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 20
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 207/ASINF/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Modificación Presupuestaria
Ejercicio: 2016
Requerimiento Nº: 5665
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 19325831
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
MGEYA
Nº: 19325831
Norma Aprobatoria:
2016
MGEYA
Nº:
Fecha: 17/08/2016
2016
Fecha: 17/08/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
Programa
Subprograma
Proyecto
CREDITO
685-DIRECCION GENERAL 97-Estand de Aplic y
DE SERVICIOS
Tecno
0
1-DIR. GRAL DE
SERVICIOS
0
685-DIRECCION GENERAL 97-Estand de Aplic y
DE SERVICIOS
Tecno
0
1-DIR. GRAL DE
SERVICIOS
0
683-DIR.GRAL.DE
INTEGRACIÓN DE
SISTEMAS
683-DIR.GRAL.DE
INTEGRACIÓN DE
SISTEMAS
94-DES Y CALIDAD DE
APL
0
1-DESARROLLOS INTEGRAD 0
94-DES Y CALIDAD DE
APL
0
1-DESARROLLOS INTEGRAD 0
Actividad
Obra
51-IMPLEMENTACION
MODELOS DE ENTREGA
SERVICIOS
51-IMPLEMENTACION
MODELOS DE ENTREGA
SERVICIOS
51-DESARROLLO DE
SISTEMAS
51-DESARROLLO DE
SISTEMAS
DE
DE
DE
DE
Partida FueFin FinFun
Importe
3520
22
13
4810
22
13
-1.200.000,00
-300.000,00
3520
22
13
300.000,00
4810
22
13
1.200.000,00
Diferencia:
ANEXO II
Rol
Definiciones
Titulares
Director General
Responsable de las definiciones
estratégicas del BA-CSIRT.
Gerente Operativo
Pág. 1 de
Responsable de la coordinación
diaria de la operativa del BACSIRT
Suplentes
Gustavo Linares
1
Claudio Avin
Gustavo Linares
SOC
Responsable de recibir los
reportes de eventos e incidentes
de seguridad y de realizar la
asignación primaria
Ulises Montini
Alberto Pardo
Gestión de incidentes
Responsable de gestionar los
incidentes de seguridad que se
reportan
Alberto Pardo
Ulises Montini
Gestión documental
Responsable de mantener
ordenada, actualizada y
disponible la doumentación
Pablo Romanos
Rodrigo López
Gestión infraestructura
Responsable de gestionar toda la
infraestructura del BA-CSIRT
Natalia Gorrini
Diego Ricchetti
Difusión
Responsable de la difusión de
información desde el BA-CSIRT
hacia su Comunidad Objetivo
Rodrigo López
Natalia Gorrini
Responsable Legal
Responsable de la asesoría legal
del BA-CSIRT
Brenda Santagada
Marcos Magnanini
Aspectos
administrativos
Responsable de las gestiones
administrativas
Stephanie Acuña
Maxwell
FIN DEL ANEXO
0,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 878/MJYSGC/16
FIN DEL ANEXO
N° 21
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 22
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 276/SSADS/16
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA ADQUISICION DE UNA PLATAFORMA DE
GEO-POSICIONAMIENTO, GESTIÓN INTEGRAL DE VEHÍCULOS Y EFECTIVOS, Y
LA AMPLIACION Y ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTINGENCIA 911 PARA
EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Contratación Directa se convoca en los términos del Régimen
de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 inciso 6 de la Ley N° 2.095, (texto
consolidado según Ley N° 5.666), los Decretos Nros. 1.145/09, 95/14, 114/16 y
411/16, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y N° 1.160/MHGC/11, el Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14, y
las presentes Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas.
Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) llama a Contratación
Directa para el “Adquisición de una plataforma de geo-posicionamiento, gestión
integral de vehículos y efectivos, y la ampliación y adecuación del Sistema de
Contingencia 911.”, de acuerdo al Artículos 28 inciso 6 de la Ley 2.095 (texto
consolidado según Ley Nº 5.666), a las características estipuladas en el Pliego de
Especificaciones Técnicas (PET), a las condiciones de tiempo, forma y lugar de
entrega previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y
en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Art. 3.- PLAZO DE CONTRATACION
El plazo de la contratación es por veinticuatro (24) meses corridos e ininterrumpidos a
contar desde la fecha de comienzo de ejecución del contrato objeto de la presente. El
citado comienzo de ejecución deberá producirse dentro de los diez (10) días de
perfeccionada la correspondiente Orden de Compra.
Art. 4.- PRÓRROGA DEL CONTRATO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 23
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar el contrato en los términos de Artículo
119 apartado III) de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), y
reglamentada por Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros.
114/16 y 411/16.
Art. 5.- CONDICIONES DE CALIDAD
a) Con respecto a la CALIDAD de este sistema, deberá contar con la Certificación
Internacional de Calidad ISO 9001. Las normas “ISO 9001Administración de Sistema
de Calidad” establecen a nivel internacional los requisitos de un sistema de gestión de
calidad a ser empleado por una organización, en donde se cuenta con la capacidad de
proveer productos y/o servicios que cumplan con las necesidades de los clientes y con
los requisitos regulatorios aplicables, a ser demostrados. Fiscalizado por la
Organización Internacional de Normalización.
b) Los productos y/o servicios a proveer deberán ser originales, nuevos y sin uso,
modelo de serie sin modificaciones ni alteraciones y cumplir con las especificaciones
técnicas y control de calidad establecidas por el fabricante.
c) Deberán encontrarse en producción en la fábrica de origen, no aceptándose
modelos almacenados, ni discontinuados por la fábrica.
Art. 6.- CÓMPUTO DE PLAZOS
Los plazos deben computarse en días hábiles, salvo disposición expresa en contrario
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82º de la Ley 2.095 (texto consolidado
según Ley Nº 5.666) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los
Decretos Nros. 114/16 y 411/16, y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo
normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/1997,
ratificado por Resolución Nº 41/LCABA/98.
El cómputo de los plazos en las compras y contrataciones electrónicas se efectuará
conforme lo estipulado en los artículos 5º “Cómputo de Plazos” y 7º “Notificaciones
Electrónicas” del Anexo I del Decreto N° 1.145/09.
Art. 7.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considera domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el
proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores (RIUPP), en el que se tendrán por válidas todas las
notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Se considerará como domicilio legal constituido el domicilio
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 24
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
declarado por el proveedor como sede de sus negocios en el RIUPP. Todas las
notificaciones que hayan de efectuarse se entienden realizadas a partir del día hábil
siguiente al de su publicación y mediante BAC, conforme los términos establecidos en
el artículo 6° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en conjunción con lo
dispuesto en los artículos 6° y 7° del Anexo I del Decreto N° 1.145/09.
Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos DIEZ (10)
días de su notificación.
La Dirección General Suministros de Seguridad constituye domicilio en la Av.
Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Todas la notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios
constituidos aquí referidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones
judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas,
sito en calle Uruguay N° 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en el
domicilio que en el futuro lo reemplace, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
20° de la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 5.454).
Art. 8.- JURISDICCIÓN
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones
efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la
jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Art. 9.- OBTENCION DEL PLIEGO
Los Pliegos de Bases y Condiciones del llamado a Contratación Directa se encuentran
disponibles en forma gratuita en el portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC).
Art.10.-INSCRIPCIÓN
EN
EL
REGISTRO I NFORMATIZADO ÚNI CO Y
PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SEC TOR PÚ BLICO D E L A CI UDAD
(RIUPP).
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos
en el RIUPP o presentar constancia de inicio de trámite. Todo ello de conformidad con
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 25
lo previsto en el artículo 5° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales
aprobado por medio de la Disposición N° 396/DGCYC/14.
Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el
RIUPP y en BAC.
Art. 11.- CONSULTAS
De acuerdo a lo previsto en el artículo 9° del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales aprobado por la Disposición N° 396/DGCYC/14 y artículo 15° del Decreto
N° 1.145/09, los oferentes que se hayan acreditado y cumplido con el procedimiento
de registración, autenticación y autorización como usuario externo de BAC, podrán
formular consultas y/o pedidos de aclaraciones acerca de los Pliegos de Bases y
Condiciones a través de dicho sistema.
GARANTÍAS
Art. 12.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto
en el Artículo 17 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas
en el Artículo 17.2 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y
concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), y su Decreto
Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16.
No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté
expresamente indicado como depósito de garantía.
Art. 13.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Art.14.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de
la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes
deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando
el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada
en la Dirección General Suministros de Seguridad dentro del plazo de veinticuatro (24)
horas de formalizado el Acto de Apertura de ofertas, en la Av. Regimiento de Patricios
N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 26
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
Art. 15.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La garantía de cumplimiento del contrato será del diez por ciento (10%) sobre el valor
total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar y entregar a la Dirección
General Suministros de Seguridad la constancia respectiva de la garantía de
cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de
Compra.
Art. 16.-GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
La garantía de impugnación al Pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado
de la contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
La Cuenta Corriente - Nº 26.678/7 "Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco
Ciudad de Buenos Aires.
DE LA OFERTA
Art. 17.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
El oferente deberá mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de
treinta (30) días desde el Acto de Apertura, prorrogables automáticamente hasta la
fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste
fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días
hábiles anteriores al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 104 de la Ley
Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666),cuya reglamentación se encuentra en
el Artículo 102 Inciso 5 del Decreto Reglamentario Nº 95/14, modificado por los
Decretos Nros. N° 114/16 y 411/16.
Art. 18.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La oferta deberá ser presentada en BAC a través de los formularios electrónicos
disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente
requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, y las Especificaciones Técnicas, y que, junto con la
documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte
electrónicamente, integrarán la oferta.
No se admitirá otra oferta que la presentada en BAC, rechazándose las remitidas por
correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 27
De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se
hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El
mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la
Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros de Seguridad, ubicada en la
Av. Regimiento de Patricios Nº 1142, 1°piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del
oferente.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este
Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos,
que podrán presentarse en su idioma original.
No se admitirán ofertas que no se ajusten a las condiciones establecidas en el
Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Serán
desestimadas las ofertas que adjunten archivos en formatos editables.
Art. 19.- FORMA DE COTIZAR
El oferente debe formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el Renglón.
Deberá cotizar obligatoriamente el precio mensual, y el precio total por el periodo de
contratación previsto en el Pliego.
La Oferta deberá expresarse por el Renglón, en pesos ($) moneda de curso legal en la
República Argentina.
Se deberán considerar únicamente las especificaciones detalladas en el Pliego de
Especificaciones Técnicas para el renglón.
Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo
necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en los precios
todos los costos relativos a los bienes.
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los
pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas, ni ofertas por parte del
renglón.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de
exento, atento a lo cual no deberá discriminarse el importe correspondiente a la
incidencia de este impuesto, debiendo incluirse el mismo en el precio cotizado.
Art. 20.- FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la
devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere
advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 28
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
adjudicatario, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de
las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Art. 21.- CONTENIDO DE LA OFERTA
La propuesta deberá contener:
1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales), con indicación de la fecha de suscripción de dicho
documento.
2) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente o
resuelto, que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento
(50%) del activo total de la empresa.
3) Declaración Jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las
causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública.
4) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el
oferente aceptará la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y
Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra
jurisdicción o competencia.
5) Garantía de mantenimiento de Oferta, de acuerdo a lo establecido en el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales.
6) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los
aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares
Con y Sin Consulta.
7) Acreditación de Personería:
Personas Jurídicas:
a) Contrato Social y Acta de designación del representante (v.g. Estatuto de Sociedad
Anónima, Acta de Asamblea de designación de Directores y Actas de Directorio de
distribución de cargos en la que se nombra Presidente o su equivalente según el tipo
societario, sea S.A, S.R.L, y las demás previstas en la Ley de Sociedades
Comerciales, como también Asociaciones Civiles, Fundaciones, etc.) con la
correspondiente inscripción ante el Registro Público de Comercio. Si en el contrato
social se han limitado las facultades del representante legal, estableciéndose que los
actos objeto de la presente requieren ser autorizados por el Directorio, Asamblea u
otro órgano según el tipo de persona jurídica de que se trate se acompañará también
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 29
el acta que expresamente lo autorice. En cualquier caso, las copias deberán ser
certificadas por escribano público.
8) Acta en donde se deja constancia de la realización de una prueba de campo, con
antelación a la presentación de la Oferta, indicando los resultados de los parámetros y
funcionalidades solicitadas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
9) Acreditar la disponibilidad de los módulos configurables, códigos fuentes y su
capacidad para su modificación, compilación y parametrización en caso de ser
necesario.
10) Contemplar la incorporación de cuatrocientas (400) horas mensuales de desarrollo
por el término de la duración del contrato para cumplimentar con requerimientos de la
información adicional o la incorporación de nuevas funcionalidades que surjan de la
operación.
11) Información verificable respecto a dónde se encuentra brindando servicio, en
ámbitos nacionales.
12) Acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS integradas a
despachos policiales para servicios públicos.
13) Acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS integradas a
Sistemas de Radio con GPS.
14) Presentar un cronograma de entrenamiento y actividades, tendientes a la
capacitación funcional y operativa de los diferentes módulos y plataformas.
15) Acreditar experiencia comprobable en aplicaciones de seguridad pública, no menor
a mil quinientos (1.500) vehículos de servicios policiales con una frecuencia de
reportes de una posición cada treinta (30) segundos en la República Argentina, por un
periodo no inferior a cinco (5) años, a la fecha de la Apertura.
16) Certificación ISO 9001 vigente.
17) Manual correspondiente de instalación y utilización de cada una de las
plataformas.
18) Constancia/s de visita/s (Anexo I): Los oferentes deberán visitar indefectiblemente
las instalaciones establecidas en el renglón que cotizan, a fin de instruirse de todas las
características que hacen a la prestación del servicio.
Las visitas deberán ser coordinadas con la Dirección General Suministros de
Seguridad
vía
mail
a
[email protected]
y
[email protected], quien extenderá un comprobante como
constancia de haber cumplido con la presente exigencia, el cual deberá ser adjuntado
a la oferta.
La presentación de la oferta lleva implícito el total conocimiento de los lugares y de las
condiciones ambientales en las que se desarrollarán las tareas que se le contraten.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 30
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
19) El oferente deberá contar con una antigüedad en plaza no menor a 5 años
20) La cotización.
Art. 22.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Se regirá por lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado
según Ley N° 5.666), sin perjuicio de ello y en forma complementaria al mismo, se
establecen las siguientes causales de desestimación de ofertas:
a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC.
b) Que no esté cumplimentada la garantía de mantenimiento de oferta en cualquiera
de las formas establecidas en estos pliegos.
c) Que al momento de la preadjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el
RIUPP y en BAC.
d) Que la oferta técnica no detalle los elementos mínimos que hagan posible una
evaluación por parte de la Comisión Evaluadora de Ofertas, no entendiéndose como
tal la mera remisión al Pliego Único de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas.
e) Que la oferta presentada contenga condicionamientos.
f) Que el original no estuviese firmado por el oferente o su representante legal.
El GCABA se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta que no se ajuste
sustancialmente a las condiciones de la presente Contratación.
Art. 23.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno
conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la
evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la
aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también
de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en
adelante dudas o desconocimiento.
El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición,
deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o
agentes.
PRESENTACIÓN DE OFERTA. APERTURA
Art. 24.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 31
La oferta deberá presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a
Contratación Directa, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC.
Art. 25.- ACTO DE APERTURA
El Acto de Apertura de oferta se efectuará a través de BAC, liberándose la oferta en el
día y hora establecidos en el correspondiente llamado, formulándose electrónicamente
el acta pertinente para conocimiento del participante y funcionarios designados.
Si el día señalado para la Apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el
acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos
originalmente.
El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura según su exclusivo
derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente al adquirente del Pliego, y
publicando dicha postergación en los términos previstos por el Artículo 100 de la Ley
N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación.
Art. 26.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES.
Se establece el plazo de TRES (3) días hábiles, a partir del día siguiente al del Acto de
Apertura de ofertas, para ejercer el derecho de vista de las ofertas presentadas y
admitidas en esta contratación. Concluido el plazo de vista establecido, las
actuaciones pasarán para su pertinente evaluación, quedando precluida la instancia de
la vista de ofertas.
Art. 27.- RECHAZO
El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado a contratar o de rechazar la
oferta presentada con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha
decisión otorgue derecho alguno al oferente para formular y/o efectuar reclamo alguno.
Art. 28.- ADJUDICACIÓN
La Autoridad Competente dictará el Acto Administrativo de adjudicación, el que una
vez suscripto, será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario.
La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día.
Los recursos que se deduzcan contra el Acto Administrativo de adjudicación se rigen
por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma
de
Buenos
Aires,
aprobada
por
Decreto
de
Necesidad
y
Urgencia
N°
1510/GCABA/1997 ratificada por Resolución N° 41/LCABA/98 (texto consolidado
según Ley Nº 5.666).
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 32
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
Art. 29- CONTRATACION DIRECTA FRACASADA
En caso de que el oferente no reúna las condiciones y requisitos mínimos que resulten
indispensables para ser adjudicatarios, la Contratación será declarada fracasada, sin
que ello de derecho a reclamación alguna por parte del oferente.
Art. 30- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la Orden de Compra al
adjudicatario, tal lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09 y
Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Art. 31.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Son obligaciones del adjudicatario:
a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido
cuidado y diligencia.
b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA, como
así también la legislación y normativa nacionales vigentes.
c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el
de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se
ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el
capítulo “RÉGIMEN DEPENALIDADES”.
Art. 32.- RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Contratación al
cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de
relación alguna con el GCABA.
Estarán a exclusivo cargo del adjudicatario los salarios, seguros, leyes y cargas
sociales, previsionales y cualquier otra erogación sin excepción, vinculada con la
ejecución contractual y del servicio; quedando expresamente liberado el GCABA por
tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente entendido que el GCABA no asumirá responsabilidad alguna y
estará desligado, de todo conflicto o litigio que eventualmente se generare por
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 33
cuestiones de índole laboral, entre el adjudicatario y el personal que éste ocupare a los
fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera
implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales
vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden
laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual
criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan
sobre el adjudicatario ó locador.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros
con los que el adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las
obligaciones emergentes del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, del
presente Pliego de Condiciones Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas
y del Contrato en general, debiendo los subcontratistas cumplir con todas las
obligaciones previstas en los respectivos Pliegos para el adjudicatario de la
Administración.
RÉGIMEN DE PENALIDADES
Art. 33.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales
originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente
Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones
Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades:
a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato,
b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas,
c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario.
En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario
durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la
sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido
y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente Acto
Administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
Las penalidades establecidas en la Ley N° 2.095 no son de aplicación cuando el
incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor,
debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por el
adjudicatario.
Art. 34. MULTAS
En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en
función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 34
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
que se enuncian a continuación.
Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad
previstos en la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto
Reglamentario Nº 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16.
1. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse
concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del uno por
ciento (1%) del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada
siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días.
2. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario
pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea
aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al diez por ciento
(10%) del valor del contrato que se rehabilita.
La graduación de esta penalidad será regulada por el GCABA, teniendo en cuenta la
naturaleza, gravedad y reincidencia de la falta cometida, como así también en los
antecedentes del adjudicatario, y de acuerdo a los parámetros establecidos en la Ley
N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y su reglamentación. Las multas se
graduarán en porcentajes sobre la facturación que perciba en el mes en que se
configure la infracción, o en montos fijos en pesos, según se determine en cada caso
particular. Serán consideradas faltas graves, y como consecuencia se aplicará a cada
una de ellas la multa que a continuación se describe:
a. Por no cumplir con las fechas comprometidas en el contrato, por causas imputables
al Adjudicatario, por cada día de demora se aplicará una multa equivalente al uno por
ciento (1%) sobre el monto total que corresponda a la etapa parcial incumplida en
término. De producirse la mora en las fechas comprometidas para más de una etapa,
el porcentaje se elevará al doble para aquellas etapas posteriores a la primera.
b. Por incumplimiento de los plazos de reparación y/o recambio requeridos para el
cumplimiento de las obligaciones de mantenimiento, se aplicará una multa equivalente
al 1% sobre la facturación mensual correspondiente a dicho ítem, tomando como base
el mes en que se configuró el incumplimiento o el mes en que fuere detectado el
mismo, en su caso.
c. Por modificar alguno de los procedimientos detallados en los Presentes Pliegos, en
el Pliego de Especificaciones Técnicas, y en el Contrato, sin la previa autorización del
GCABA, se aplicará una multa equivalente al 2% sobre el total de facturación que
corresponda sobre la etapa en que fue modificado el procedimiento.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 35
3. Cuando el adjudicatario incurra en negligencias graves y reiteradas en la ejecución
del contrato o incumpla las obligaciones a su cargo, la autoridad de aplicación podrá
rescindir el contrato, quedando a cargo de la adjudicataria incumplidora la reparación
de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
4. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del adjudicatario y con las
consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere cualquier tipo de
fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión.
Art. 35. PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la
garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se
pierde en forma proporcional.
2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el
estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un
importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un veinte por
ciento (20%) del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en
un plazo de tres (3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se
producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta.
Art. 3 6. PÉRDIDA DE G ARANTÍA DE M ANTENIMIENTO DE O FERTA Y DE
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 del Anexo I del
Decreto Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16.
La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del
oferente por el plazo máximo previsto en la ley.
Art. 37. RESCISIÓN DEL CONTRATO
1. Falsedad de los datos en la Declaración Jurada del Artículo 96 Anexo I del Decreto
Reglamentario N° 95/14, modificado por los Decretos Nros. 114/16 y 411/16. Si la
falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato
hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y
perjuicios.
2. Rechazo de la Orden de Compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario
rechazare la Orden de Compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el
contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de
proceder a la ejecución de la garantía de mantenimiento de la oferta, sin perjuicio de
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 36
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
las demás sanciones contractuales, quedando a cargo del co-contratante la reparación
de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario
no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días
de notificada la Orden de Compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo.
Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el
contrato con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato o de un monto
equivalente a dicha garantía, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los
daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó
la rehabilitación, no hace el pago de la multa del diez por ciento (10%) a la que se
hace mención en el Artículo 34 de este Pliego, dentro de los tres (3) días de habérsele
comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de
pleno derecho(cfr. Art. 123 de la Ley N° 2095 texto consolidado por ley N° 5.666
reglamentado por Artículo 121 del Anexo I del Decreto N° 95/14, modificado por los
Decretos Nros. 114/16 y 411/16).
5. Incumplimiento de contrato con prestaciones de carácter especial. El incumplimiento
de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción
fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la
Administración, es penalizado con la rescisión del contrato con más la pérdida de la
garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella, quedando a
cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado
con
su
accionar.
7. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera
determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su
accionar.
8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su
cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o
incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir
unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de las
daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el co-
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 37
contratante transfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado
previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato
por culpa del co-contratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del
contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios
que hubiere causado con su accionar.
Art. 38.- SANCIONES
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente Pliego, el
oferente o co-contratante puede asimismo ser pasible de las sanciones previstas en el
Artículo 137 de la Ley Nº 2.095 (texto ordenado según Ley N° 5.666).
Art. 39.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Son causales de extinción del contrato las siguientes:
a)
Expiración del plazo término del contrato y las respectivas prorrogas si las hubiere,
según lo estipulado en el presente Pliego.
b)
Mutuo acuerdo.
c)
Quiebra del adjudicatario.
d)
Rescisión.
Art. 40.- PAGO
El adjudicatario podrá requerir al GCABA un primer pago en concepto de anticipo
financiero, que podrá ser requerido una vez notificada la Orden de Compra.
El anticipo no podrá superar el diez por ciento (10%) del monto total adjudicado.
El pago del anticipo se gestionará previa entrega de una contragarantía del cien por
ciento (100%), de conformidad con lo previsto en el Artículo 101 Inciso C) de la Ley
2.095 (texto ordenado según Ley N° 5.666).
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Artículos 26
al 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Art. 41.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario, sus consultores y personal que se encuentren ligados a la provisión
de productos, equipos y/o servicios objetos del presente llamado están obligados a
mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga del
GCABA y/o el organismo contratante, o de cualesquiera otras fuentes públicas o
privadas indicadas por el organismo contratante, en relación con el objeto del contrato.
Esta obligación no se extinguirá con el cumplimiento del objeto del contrato. El
incumplimiento de esta obligación será considerada falta gravísima y dará lugar a la
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 38
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
resolución del contrato por incumplimiento culpable del adjudicatario, sin perjuicio de
las restantes sanciones civiles y penales que pudieran corresponder.
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son
encomendadas, es propiedad exclusiva del GCABA. La información, ideas, conceptos,
práctica y/o técnicas a cuyo conocimiento el adjudicatario acceda y/o se generen con
motivo del presente trabajo, forman parte del secreto institucional propiedad del
GCABA, por lo que se compromete a:
•
Mantener absoluta reserva de las mismas.
•
Custodiarlas apropiadamente.
•
No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
•
No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo cesión y/o
consentimiento previo y por escrito otorgado por el GCABA.
•
En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al
adjudicatario, este último se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a
poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la responsabilidad
por su cumplimiento por parte del personal.
•
En caso de que el adjudicatario decida subcontratar a terceros (con previo
consentimiento del organismo contratante) para efectuar total o parcialmente su
trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su
conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por
el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de
finalizada la relación con el GCABA.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 39
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 40
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONTRATACIÓN DIRECTA PARA LA ADQUISICION DE UNA PLATAFORMA DE
GEO-POSICIONAMIENTO, GESTIÓN INTEGRAL DE VEHÍCULOS Y EFECTIVOS, Y
LA AMPLIACION Y ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTINGENCIA 911 PARA
EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RENGLÓN
CANTIDAD
DESCRIPCIÓN
Adquisición de una plataforma de geo-
1
Un (1)
posicionamiento, gestión integral de vehículos y
efectivos, y la ampliación y adecuación del Sistema
de Contingencia 911.
OBJETO
Las presentes especificaciones tienen por objeto la implementación de la plataforma
indicada en el Renglón 1 y sus Módulos, incluida la provisión de equipamiento en
comodato, a ser implementada en el ámbito de la Policía de la Ciudad dependiente del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
La Plataforma deberá abarcar en un todo a las distintas dependencias propuestas
según se detalla en el Anexo II deI presente Pliego, y la provisión y el mantenimiento
del equipamiento existente de equipos de instalados GPS móviles, infraestructura de
hardware y Software necesaria y la provisión de las comunicaciones y datos móviles
según la descripción del proyecto que se detallará a continuación.
Deberá poseer cobertura total dentro de todo el territorio de la República Argentina,
con especial detalle en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Conurbano
Bonaerense.
El servicio se prestará por el plazo de veinticuatro (24) meses.
PLATAFORMA D E G EO-POSICIONAMIENTO
Y GESTIÓN INTEGRAL DE
VEHÍCULOS Y EFECTIVOS.
El servicio a prestar deberá ser integral, el mismo deberá abarcar los siguientes
módulos:
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 41

Módulo de Contingencia SATE911.

Módulo de AVL y Monitoreo incluyendo unidades móviles con vínculo por
GPRS, y móviles y efectivos equipados con transceptores con GPS.

Módulo de Gestión de Patrullaje y Planes de trabajo.

Módulo para dispositivos móviles de consultas de Patentes, DNI y Servidor de
intercambio de datos.
La plataforma objeto de la presente especificación deberá, en términos generales,
tener la capacidad de mostrar en forma geo-referenciada sobre cartografía digital, al
menos MIL QUINIENTOS (1.500) unidades vehiculares y QUINCE MIL (15.000)
equipos de radio con GPS efectivos que operan en la geografía de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y supletoriamente los desplegados en el Conurbano
Bonaerense.
Asimismo deberá establecerse una vacancia del sistema que permita el incremento de
la capacidad de monitoreo en al menos un Cuarenta POR CIENTO (40%). Esto es en
razón de que el sistema requerido es de misión crítica, y el mismo puede ser sujeto de
ampliaciones de la zona de cobertura, en razón de las exigencias que se produzcan en
función de la aplicación de las políticas de Seguridad Ciudadana.
MÓDULO DE CO NTINGENCIA DE L A CTUAL S ISTEMA DE EMERGENCIA 911
(SATE 911) Y (C.O.D.M):
El proveedor deberá relevar, dimensionar todo el hardware existente, trasladarlo e
instalarlo al nuevo sitio a definir, actualizarlo, ampliarlo hasta 80 (ochenta) puestos de
trabajo (atención y despacho) y mantener, durante la vigencia de duración del
contrato, al SISTEMA DE ATENCION DE EMERGENCIA 911 (SATE 911) y el
CENTRO OPERATIVO DE DESPACHO DE MOVILES (C.O.D.M). Tendrá a su cargo
el reemplazo inmediato del equipamiento defectuoso, tanto en el domicilio de
Azopardo 670 piso 1º, como así también del nuevo domicilio a designar dentro del
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la previsión de que el actual
sistema recibe diariamente unas 15.000 (quince mil) llamadas promedio y genera unos
5.000 (cinco mil) despachos policiales.
Dimensionar el Hardware existente, Integra la solución total:
•
Central Telefónica redundante
•
Teléfonos IP y Analógicos
•
Grabadores IP y Analógicos
•
Switch
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 42
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
•
Servidores de Dominio, Aplicación y Bases de datos
•
UPS para toda la solución, excluyendo las PC de escritorio
•
Total de PC de escritorios
Deberá contar con una guardia técnica cubriendo 7x24x365.
El proveedor deberá demostrar la capacidad de poder ampliar, modificar, mantener e
implementar dentro del Sistema SATE 911 desarrollos requeridos por este Ministerio,
para ello se establece una carga horaria de programación de 400 horas mensuales
durante toda la duración del contrato, conforme lo establecido en el Punto 10 del
artículo 21 del Pliego de Condiciones Generales.
Prueba de Campo
Se realizará a los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el
presente Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%)
operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen.
Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una
Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la
Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes
aspectos:
1)
Instalación de una terminal de monitoreo emulando el Módulo de Contingencia del
actual sistema de Emergencia 911 (SATE 911) y (C.O.D.M):
2)
Conexión a la Base de datos del sistema AVL de móviles y radios
actualmente en uso, donde se recibirán los reportes de posición de los recursos.
3)
Se cargarán diez (10) Llamadas de emergencias, y se procederá a realizar los
despachos correspondientes.
4)
Análisis de la información generada en estos sucesos y eventos.
5)
Se procederá a imprimir los reportes correspondientes.
6)
Se analizarán las características funcionales del software, solicitadas en el
presente Pliego.
Todo esto deberá ser implementado en un servidor de test conectado con la central
telefónica existente.
Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un Acta en donde se dejará
constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los
parámetros y funcionalidades que se han podido verificar, la cual se acompañará en la
oferta.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 43
La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de
considerar la propuesta del Oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la
misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta.
MÓDULO DE AVL Y MONITOREO DE RECURSOS MÓVILES:
El servicio a prestar comprende la puesta en marcha de todo un sistema mediante el
cual los recursos afectados al mismo estarán enrolados a este sistema de control
vehicular (AVL) que permitirá la localización automática con reportes periódicos,
automáticos, repetitivos, a intervalos de tiempos iguales y preestablecidos
de su
posición, velocidad de desplazamiento, dirección de desplazamiento, estado, fecha y
hora. Dichos reportes se generarán y transmitirán desde el móvil, a razón de un
reporte como mínimo cada setenta (70) metros de recorrido, o cuando ocurra un giro,
o cada treinta (30) segundos, sin necesidad de consulta alguna por ningún medio. De
resultar conveniente, esta frecuencia de reportes podrá ser ajustada en un futuro, por
lo que los equipos a incorporar deberán permitir ser configurados en forma remota a
este efecto.
Asimismo este módulo tendrá que soportar los reportes periódicos de todas las radios
con GPS de la nueva Policía de la Ciudad contempladas para ser monitoreadas.
El oferente deberá realizar un relevamiento integral del total de los dispositivos
instalados actualmente en la flota policial. Tendrá a su cargo el mantenimiento
correctivo y preventivo de los mismos.
Redes Móviles
A los efectos de minimizar pérdidas de información por indisponibilidad momentánea o
zonas sin cobertura de redes móviles de comunicaciones, y por tratarse de una
aplicación de Misión Crítica, asociada a la Seguridad Pública, el sistema garantizará
un servicio en la Ciudad de Buenos Aires - acorde lo establecido en las presentes
especificaciones- mediante la utilización de una segunda red móvil de diferente
prestador al anterior y en un radio no menor a CIEN (100) Km, por lo tanto los nuevos
equipos AVL a instalar deberán operar simultáneamente como mínimo sobre DOS (2)
redes integrales e independientes, y que operen según el estándar GPRS disponible
en el país.
Alarmas
Adicionalmente, el servicio deberá permitir también, una modalidad de reportes en
estado de emergencia, con transmisión instantánea y simultanea de las alarmas por
ambas redes y a una frecuencia no menor a UN (1) reporte cada DIEZ (10) segundos
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 44
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
durante un lapso de QUINCE (15) minutos, que se activará manualmente por el
conductor de la unidad frente a situaciones de riesgo que así lo justifique. Asimismo, la
condición de emergencia, podrá activarse en forma remota desde el sistema que
comanda el operador que cuente con los permisos adecuados. El estado de
emergencia de algunos de los móviles no deberá afectar el servicio regular de reportes
en el resto de los móviles. Esta señal, alertará automáticamente al personal de
operaciones, para lo cual deberá generar una alarma claramente identificable en los
sistemas de monitoreo de los mismos, permitiendo así el despacho inmediato de
unidades policiales que se encuentren operando en la vecindad. El sistema deberá
soportar una cantidad mínima de QUINCE (15) móviles en alarmas disparadas en
forma simultánea.
Datos
Los reportes así generados y transmitidos, serán registrados en tiempo real, en una
base de datos instalada en el DATACENTER del proveedor y controlada por el
MINISTERIO DEL JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Alcance de la Solución
1) La solución a proveer, estará conformada por:
a) Equipamientos AVL con doble modem para la transmisión de datos de los
móviles.
b) Servidores de bases de datos y software de comunicaciones.
c) Terminales de operación.
d) Servicio de Seguimiento Vehicular.
e) El servicio mensual del soporte y servicio técnico de 7 x 24.
2) Se requiere que ante las siguientes contingencias el sistema posea como
mínimo las siguientes características:
a) Ante la indisponibilidad de red de transmisión de datos GPRS, el equipo
deberá conmutar en forma automática e instantánea y pasar a reportar por
la segunda red de datos móviles, si ésta también se encuentra en estado
de indisponibilidad el equipo guardará los reportes de posición en logs de
datos que se transmitirán cuando se recupere alguna de las redes.
b) Ante la Indisponibilidad de la red global de posicionamiento GPS, el equipo
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 45
deberá enviar la última posición válida hasta que se recupere la señal de
satélite.
3) La instalación del equipamiento deberá contar con una batería de respaldo
para que alimente a todo el sistema por al menos CUATRO (4) horas en el
caso que los equipos queden sin alimentación principal; condición esta última
que se deberá informar al software de monitoreo como un estado de alerta
bien diferenciado, para poder actuar en consecuencia.
4) Los UN MIL QUINIENTOS (1.500) equipos a proveer e instalar y mantener,
deben ser provistos con un botón de emergencias. El equipamiento deberá
admitir la incorporación de audio bidireccional en la cabina de los móviles e
identificación de conductores, sin tener que modificar el equipamiento ni la
instalación de los equipos en forma sustancial.
5) Si se utilizara como medio de comunicación la red GPRS, los equipos
deberán contar con doble modem y doble SIM activada, para conmutar de
operadora, si se produce alguna perdida de servicio. El servicio de GPRS
deberá poseer un punto de acceso privado (APN propio). Así mismo, los
equipos deberán poder grabar en memoria las posiciones de CUATRO (4)
horas sin servicio, si es que no pueden trasmitir las mismas por ningún medio;
para luego reenviarlas al restablecerse el servicio.
6) Servidores a utilizar: La administración y mantenimiento de los servidores de
datos estarán a cargo del proveedor y la supervisión a cargo del contratista.
7) Los servidores a utilizar serán provistos por el proveedor y deberá contar con
la capacidad de almacenar y distribuir el volumen de datos exigidos en el
presente pliego de bases y condiciones, los residirán en el Datacenter que
proveerá el contratista; el proveedor será el encargado de administrar y
operar los servidores de tal forma que se cumpla con el servicio requerido sin
pérdida de datos, respetando los niveles de disponibilidad establecidos en
punto 2.d.8) del presente pliego
8) El dimensionamiento del equipamiento informático, deberá ser tolerante a
fallas (redundante) y asegurando la disponibilidad del mismo en un porcentaje
del 99,999 % mensual y su dimensionamiento deberá poder recibir, procesar,
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 46
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
y almacenar, los datos provenientes de UN MIL QUINIENTOS (1.500)
móviles, reportando a razón de SETENTA (70) metros, cambio de ángulo de
giro y TREINTA (30) segundos durante las VEINTICUATRO (24) horas al día
y reportando no menos de QUINCE (15) situaciones de alarmas en forma
simultaneas. También se deberá considerar los reportes periódicos de hasta
QUINCE MIL (15.000) radios con GPS que posera la nueva Policía de la
Ciudad.
9) Aplicativos de software: Se instalará la plataforma para monitoreo, gestión,
administración
del
sistema,
reportes
y
estadísticas.
Los
sistemas
mencionados se instalarán en aquellos sitios que indique el contratista.
10) Servicio de conectividad y datos: Se deberán utilizar los servicios de
conectividad en aquellos sitios que se prevean los cuales se detallan en el
Anexo II que indica específicamente la ubicación y características de
instalación en cada sitio.
11) La conectividad entre los distintos puntos mencionados en el Anexo II y los
servidores ubicados en el Datacenter, se deberán adaptar a los enlaces
existentes en cada uno de dichos puntos, los cuales surgirán del relevamiento
realizados en las dependencias detalladas en dicho Anexo.
12) El servicio de seguimiento vehicular, incluyendo su correspondiente servicio
técnico preventivo y correctivo, mano de obra y materiales, para subsanar
todo tipo de faltas no atribuibles al mal uso ó trato incorrecto. En estos casos,
(mal uso ó trato incorrecto); se facturará la reposición del servicio en concepto
de materiales, mano de obra y desplazamientos, a los valores normales de
plaza.
13) El servicio mensual del soporte; servicio técnico y actualización funcional y
cartográfica de los programas de monitoreo de unidades y análisis que
operara el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES. Según el siguiente detalle:
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 47
a) Actualizaciones cartográficas.
b) Incorporación de nuevas funcionalidades.
c) Incorporación de nuevas capas de visualización que serán entregadas por
EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES en formato SHP en latitud longitud, WGS84.
d) Incorporación de nuevos parámetros para su evaluación.
e) Incorporación de nuevas modalidades de visualización.
f) Producción de reportes según formatos a requerimiento.
g) Desarrollos y/o integraciones con otras bases de datos –no incluyendo
provisión de licenciash) Servicio de mesa de ayuda y atención de urgencias de software
VEINTICUATRO (24) horas; SIETE (7) días a la semana de la Plataforma
de Monitoreo.
Exactitud de las Posiciones
La exactitud de las posiciones que reportan los móviles, será igual o mejor que
VEINTICINCO (25) metros, NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del tiempo para
cada móvil que se desee seguir y NOVENTA Y CINCO POR (95%) del área de
cobertura del sistema en todo el territorio de la República Argentina.
Encriptación
Toda la información transmitida desde los servidores a los sistemas de monitoreo
estará encriptada a prueba de intercepciones indebidas.
Módulo de Administración
El sistema debe contar con un módulo para la creación de usuarios, asignación de
roles y permisos a los mismos y asignación al centro de operaciones de pertenencia.
Los roles a incorporar en la plataforma de monitoreo serán:
1) Rol Administrador: tiene todos los privilegios de operación configuración y
visualización de la plataforma de sistema.
2) Rol Operador MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES: observa la operación de todas las unidades enroladas en el
sistema.
3) Rol Operador de Alarmas: observa la operación de todas las unidades
enroladas en el sistema.
4) Rol Operador de Comando: observa la operación de todas las unidades
enroladas en el sistema correspondiente a cada una de las Fuerzas de
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 48
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
Seguridad.
5) Rol Operador
Circunscripción: observa la operación de las unidades
enroladas en el sistema y pertenecientes a la operación solamente de su
circunscripción.
6) Rol Operador Comisaría: observa la operación de las unidades enroladas en
el sistema y pertenecientes a la operación solamente de su comisaría.
Distribución y Visualización de la Información
La plataforma deberá poder administrar la información visualizada y el nivel de acceso
a la misma, dependiendo de los perfiles y grupo al que pertenezca el usuario que
opere el sistema mediante roles / perfiles a través de tablas de permisos y
restricciones que respondan al rol del usuario dentro de la organización creados con el
módulo de Administración de Roles y Perfiles. Asimismo, se deberá prever la
posibilidad de visualizar y administrar desde cualquier puesto, la totalidad de la flota
de unidades con equipo de AVL de la nueva Policía de la Ciudad y de las Fuerzas
de Seguridad con la correspondiente habilitación.
La visualización de las unidades sobre la cartografía digital deberá funcionar en forma
idéntica en cada puesto de trabajo, independientemente de la ubicación del mismo, los
cuales podrán estar distribuidos en diferentes reparticiones dentro del área de
incumbencia del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES, según se detalla en el Anexo II al presente Pliego.
Arquitectura
La plataforma deberá
estar
desarrollada con una arquitectura distribuida de
manera que permita un funcionamiento independiente de cada puesto de trabajo.
1) El sistema debe conformarse en DOS (2) pilares fundamentales para su
funcionamiento: el servidor de datos y una aplicación desktop.
a) Servidor de datos: Se debe encargar de almacenar y administrar los datos
y poseer conectividad con las aplicaciones desktop instaladas en las
terminales de los usuarios.
b) Aplicación desktop: Se debe instalar en las computadoras de los usuarios
del sistema tanto la aplicación como la cartografía a utilizar. Debe permitir
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 49
visualizar toda la información recibida desde el servidor, almacenar
información en forma local para lograr mayor velocidad, interactuar con el
servidor enviando y recibiendo información.
2) Funcionamiento e interacción entre las partes:
a) La aplicación desktop debe poseer conectividad con el servidor mediante
protocolos estándar: HTTP, TCP, FTP.
b) Los datos transmitidos deben estar encriptados para seguridad de la
información.
c) La aplicación desktop debe realizar tareas de alta, baja y modificación
sobre los datos de la base de datos del servidor y sincronizar los mismos
en una base de datos local para mejorar la velocidad en la operatoria del
sistema.
Sincronización
El sistema deberá permitir la sincronización de aquellos parámetros incorporados o
modificados por otro operador o administrador en tiempo real estando en
funcionamiento, de manera tal que la visualización sea la misma para todos los
puestos de trabajo, siempre respetando los grupos de trabajo y sus respectivos
permisos.
Además el procedimiento de sincronización deberá permitir la actualización en forma
automática o a requerimiento de la cartografía en los distintos puestos de trabajo.
Velocidad de Respuesta del Sistema
Deberá asegurar una velocidad de respuesta acorde a la atención de urgencias. Los
tiempos de respuesta para la Geo-referenciación de los recursos con GPS en
movimiento, en el mapa serán acordes al tipo de prestación solicitada, esto es debido
a que se tratará de un sistema de Misión Crítica para Seguridad Pública. De manera
análoga, la actualización y cambio de estado de los eventos producidos en los móviles
mapeados deberán estar optimizados, por idénticas razones.
El tiempo de latencia del todo el sistema o sea el tiempo desde que se genera el
reporte en la unidad hasta que se visualiza en la pantalla del operador no puede ser
más de CINCO (5) segundos.
Integración con Protocolo de Radio
La plataforma AVL deberá poder integrarse a los diferentes protocolos de los
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 50
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
transceptores de radio que actualmente utilizan la Policía Federal Argentina,
Gendarmería Nacional Argentina, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad
Aeroportuaria y la nueva Policía de la Ciudad De Buenos Aires que posean GPS para
su visualización en la cartografía correspondiente.
La plataforma de AVL deberá prever además gestionar hasta QUINCE MIL (15.000)
equipos transceptores móviles y portátiles con GPS, los cuales deberán estar
totalmente integrada a la plataforma de AVL de monitoreo.
Capacidades y Características Funcionales del Sistema
1) El sistema de control de Monitoreo deberá contar mínimamente con las
siguientes características:
a) Las pantallas de operación serán en idioma castellano.
b) Seguimiento de una unidad determinada en el mapa con una latencia no
mayor a CINCO (5) segundos.
c) Manejo de zonas geográficas:
A. Mapa:
I. Manejo de múltiples capas.
II. Importación de capas.
III. Herramientas de zoom, selección, scroll, acercar, alejar, mapa
completo.
IV. Desplazamiento por arrastre en todas las direcciones.
V. Posibilidad de visualización a pantalla completa.
VI. Medición de distancias.
B. Unidades:
I. Datos propios del móvil.
II. Estado (ej: en servicio, en garaje, descompuesto, en reparación,
etc.).
III. Velocidad de desplazamiento.
IV. Dirección de desplazamiento
C. Iconografía: deberá ser configurable por usuario y que permita:
I. Identificar visualmente diferentes tipos de vehículos y diferentes
flotas.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 51
II. Denotar si el vehículo está en movimiento (y el sentido) o detenido.
III. Mostrar la confiabilidad de la posición.
IV. Indicar si un vehículo se encuentra detenido por más de un lapso
establecido.
V. Indicar la traza del vehículo con diferentes colores dependiendo de
la zona que patrulla
VI. Visualización, localización y operación de datos históricos de
cada unidad, incluido eventos / alarmas.
VII. Visualización optativa de los vehículos.
VIII. Funciones para el trazado de áreas de seguridad / rutas de
recorrido; y asignación de reglas.
IX. Búsqueda de direcciones que a la vez muestre en el sistema
dicha dirección y el/los móviles más cercanos a la misma, esta
información debe visualizarse en un tiempo no mayor a CINCO (5)
segundos.
X. Búsqueda por unidad.
XI. Visualización de la Grilla de datos de Móviles y grilla de datos de
Radios.
XII. Trazado de recorrido de las unidades y sentido de circulación a
demanda del operador.
D. Manejo de Eventos / Alarmas configurables por unidad o grupo de
unidades, deberán poder reportar éstas situaciones como mínimo
mediante las bitácoras el sistema, email, pop-up en la consola del
operador, etc. En éste último caso, el operador deberá completar un
formulario con datos del evento y su resolución. Los eventos, como
mínimo serán:
I. Señal de Alarma.
II. Unidad detenida por un tiempo x.
III. Unidad sin reporte de posición en un tiempo x.
IV. Entrada/salida de ruta o área.
V. Permanencia en ruta o área por un tiempo x.
VI. Desvío de ruta o área.
VII. Exceso de velocidad.
VIII. El sistema deberá prever un evento de alarma ante la Desconexión
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 52
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
de batería.
E. Administración del sistema:
I. Parametrizar y configurar el software.
II. Habilitar / deshabilitar funcionalidades.
III. Mantenimiento de usuarios, roles/perfiles y las políticas de acceso
al sistema.
F. Exportación de información: Posibilidad de exportar a texto, CSV,
planilla de cálculo, PDF.
Alarmas Condicionales
El sistema deberá permitir establecer Alarmas Condicionales tales como velocidades
máximas, faltas de reportes de las unidades, entradas y salidas de áreas de seguridad
o rutas y otros parámetros a ser definidos oportunamente por el MINISTERIO DE
JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. Asimismo, toda la
información recibida en dichas terminales será almacenada para su posterior análisis,
toda vez que sea necesario, por ejemplo en situaciones de auditoría o de accidentes
de tránsito, o emergencias.
El Administrador del sistema podrá establecer y configurar las alarmas condicionales
para la flotas de unidades a instalar.
Áreas de Vigilancia
El sistema permitirá la configuración de “áreas de vigilancia” o “rutas”, para el caso de
monitorear recorridos de dichas zonas, el mismo permitirá la medición de tiempos,
determinación de la cantidad de móviles activos en su ruta; horarios, y otros
parámetros de calidad de servicio como así también alertar cuando un móvil asignado
a dicha área de vigilancia ó cuadricula sale, entra o se desvía de la misma, o cuando
dentro de ella se detiene por tiempos mayores que los previstos, a los efectos de
permitir la generación de alarmas tempranas frente a posibles situaciones de
emergencia o anormales, como así también la confección de estadísticas asociadas
con la seguridad.
El Administrador del sistema podrá establecer y configurar las Áreas de vigilancia y
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 53
rutas a asignar para la flotas de unidades a instalar.
Logística del Móvil y Radios más Cercano
Dado un evento geo-referenciado en el mapa que requiere atención urgente, el Módulo
GIS deberá ser capaz de asistir al operador de despacho indicando la logística del
recurso más cercano, por tipo de prestación ofrecida.
Esto quiere decir que el operador deberá disponer fácilmente el resultado de la
logística del móvil más cercano para cada tipo de evento: que requiere el envío de un
móvil de la Policía o de otro recurso con dispositivo GPS incorporado.
Este resultado será indicado con la información del número de móvil y deberá ser
siempre visualizado en el mapa.
Módulo de Geo-referenciación
El Módulo AVL/GIS dispondrá de un módulo que permita la geo-referenciación de
direcciones sobre cartografía digital, ingresado como Calle-Altura, y distinga ambas
aceras y la geo-referenciación de puntos a partir del ingreso Ruta-Km sobre el mapa
de las rutas, por cualquier usuario del Sistema con los permisos adecuados.
Además el sistema deberá referenciar la ubicación en tiempo real de los vehículos que
cuenten con equipos de Localización Automática (AVL) incorporados disponiéndose
así de su ubicación.
Prueba de Campo
A los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente
Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%)
operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen.
Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una
Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la
Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes
aspectos:
1) Instalación de una terminal de monitoreo emulando una terminal operativa y
operando el mismo paquete de aplicaciones (software) a ofrecer.
2) Instalación con los dispositivos de localización de DIEZ (10) unidades.
3) Visualización de DIEZ (10) unidades como “móviles de prueba” reportando en
condiciones normales, y bajo una condición de emergencia en tiempo real.
4) Simular una alarma y un despacho integrado a la información de localización
correspondiente a los vehículos Policiales equipados con sistema de AVL, de
modo tal que se pueda visualizar el vehículo de test en “alarma” y el móvil
policial más cercano en condiciones de asistirlo.
5) Ídem punto anterior con DOS (2) alarmas simultáneas. Una generada
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 54
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
mediante el botón de pánico instalado en la unidad y la otra generada
mediante el sistema de AVL sobre el equipo instalado en un móvil.
6) Análisis de la información generada en estos eventos.
7) Análisis de una situación real de patrullaje para el conjunto de los DIEZ (10)
móviles en un área específica y durante un lapso no menor a UNA (1) hora y
su visualización en el sistema con su correspondiente reporte.
8) Realizar un ensayo que simule un puesto de monitoreo móvil con el sistema
instalado en una notebook y un modem 4G.
9) visualización de la posición de los recursos que cuenten con la Radio
Motorola yIcom con GPS.
Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un acta en donde se dejará
constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los
parámetros y funcionalidades solicitadas en el presente Pliego y que se han podido
verificar.
La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de
considerar la propuesta del oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la
misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta.
MÓDULO DE GESTIÓN DE PATRULLAJE:
Definición
La solución deberá ser una herramienta orientada a la generación de mapas
temáticos de patrullaje cuadra a cuadra, la cual permitirá automatizar el cálculo de las
estadísticas correspondientes a los recorridos de los móviles en cuanto a las variables
relevadas en los registros del sistema y su relación con las magnitudes geográficas y
socio demográficas de las zonas en estudio.
Opciones del Mapa Cartográfico
El mapa deberá contar con:
1) Visualización de múltiples capas.
2) Control de capas.
3) Herramientas de zoom, selección, scroll, acercar, alejar, visualizar mapa
completo.
4) Desplazamiento por arrastre en todas las direcciones.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 55
5) Mediciones de distancias lineales, lineales acumuladas y circulares.
6) Impresión de mapa.
7) Herramienta de información cartográfica.
8) Paleta de información que indique los rangos de colores para la interpretación
de los informes temáticos.
Sincronización con el sistema de seguimiento vehicular (AVL)
La solución de gestión y estadística de patrullaje propuesta deberá tener la posibilidad
de integrarse al sistema de seguimiento vehicular (AVL).
La Solución deberá integrarse y trabajar en líneas con la base de datos del sistema de
seguimiento vehicular y tomar la información para la generación de los diferentes
mapas temáticos y estadísticas.
Mapa temático de patrullaje.
La solución propuesta deberá contar con la posibilidad de generar la información de
los mapas temáticos agrupados, considerando los diferentes estratos policiales como
ser: Circunscripciones, Comisarías, y Cuadrículas.
Los informes temáticos obtenidos se deberán visualizarse cuadra a cuadra.
Deberá permitir al usuario capturar, archivar, analizar, recuperar y distribuir la
información sin importar sin importar la tecnología generadora/receptora de la
información.
Deberá ser una solución integradora de informes inteligentes, administración de datos
de salida y visualización de la información.
Administración de Usuarios y Perfiles
La Plataforma deberá contar con acceso seguro mediante usuario y contraseña
encriptado.
Deberá contar con diferentes perfiles de usuario para definir las características de
accesibilidad a la información como así también el acceso a los diferentes ítems de la
solución.
Organización de la Información
Los datos deberán estar organizados por Circunscripciones, Comisarías y Cuadrículas
permitiendo el fácil acceso a la generación de la información.
Indicadores del Tablero de control del patrullaje.
La solución propuesta deberá permitir la generación de un mapa detallado del
patrullaje cuadra a cuadra por cada una de las circunscripciones, comisarías y
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 56
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
cuadrículas, determinando el rango de fecha y hora solicitada, indicando con un color
las calles patrulladas y con otros colores aquellos que no fueron patrulladas, cantidad
de móviles activos reportando posición y cantidad de móviles que se encuentran sin
reportar posición.
El resultado del informe deberá proveer los siguientes datos:
1) Fecha y hora de generación del reporte.
2) porcentaje total de la zona de la comisaría, expresada en Kms lineales.
3) Distancias patrulladas en Kms y Porcentajes.
4) Distancias sin patrullar en Kms y Porcentajes.
5) Móviles activos reportando en cantidades y Porcentajes.
6) Móviles inactivos en cantidad y porcentajes.
También será necesario que la misma contenga en algún lugar referencia del
significado de los colores resultantes.
La plataforma deberá permitir configurar los parámetros de patrullaje para la
generación del informe temático.
Deberá otorgar informes específicos de diferentes tipos. Para cada tipo de informe
deberá permitir seleccionar móviles individuales, búsqueda de móviles por número de
identificación, patente y descripción, conjunto de móviles por comisaría y rango de
fecha/hora. Se deberá contar con una herramienta que permita agrupar móviles según
el interés de análisis del usuario.
Informes Requeridos
1) Mapas tipo temáticos (Ejemplo mapa de patrullaje explicado anteriormente)
2) Mapa tipo Buffer: Deberá mostrar los puntos de posición de recorrido de los
vehículos y deberá armar un área continua (buffer) uniendo dichos puntos con
un radio determinado.
3) Reporte de Velocidades: Este reporte deberá
visualizar los promedios de
velocidades de patrullaje de cada uno de los móviles, deberán poder
agruparse por rango de velocidades y tiempos de patrullaje en dichos rangos,
este informe se deberá poder obtener rangos de fechas y horas (desde/hasta)
Total de móviles, Móviles reportando posición y móviles sin reportar, el
reporte deberá contar con indicadores tales como:
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 57
a) Mayor tiempo de permanencia patrullando dentro de un rango determinado
de velocidades.
b) Tiempo sin reporte de posiciones.
c) Rango de velocidades promedios por ejemplo: entre 5 y 20 Kms/h, entre
20 y 40 Kms/h., etc.
Se deberá permitir visualizar los informes en forma individual como así también
solapar la información de varios informes en el mismo mapa.
Actualización de la información
Esta información se deberá actualizar periódicamente como mínimo cada CINCO (5)
minutos e indicando el patrullaje de la última hora, estos parámetros podrán ser
cambiados desde la configuración de la plataforma.
Utilización de la Plataforma
La Solución deberá contar con algún mecanismo de control dentro del tablero de
indicadores que permita saber en tiempo real, los usuarios que se encuentran
conectados al sistema y a que circunscripción o comisaria pertenecen, tiempos de
conexión, IP, Puerto, etc.
Gestión de Robos
La solución deberá contar con un formulario donde se puedan cargar los robos
correspondientes a cada comisaría y con la tipificación correspondiente. Para acceder
a esta funcionalidad el operador deberá tener los permisos correspondientes.
Informe de Robos
Deberá visualizar todos los robos ingresados al sistema que se produjeron en la zona
de comisaría y rango de fecha seleccionados. Los robos deben ser tipificados (como
por ejemplo robo automotor, robo a mano armada, robo general, etc). En los casos de
robo automotor deberá mostrar información correspondiente los datos del vehículo
siniestrado.
La solución propuesta deberá contar con un informe de robos y patrullaje simultáneo,
mostrando el temático de patrullaje (explicado en puntos anteriores), el lugar del robo y
la indicación de la distancia lineal desde el sitio del robo a cada móvil correspondiente
a esa zona de comisaría en el momento del robo.
Deberá contar con una herramienta de visualización en mapa de uno o varios robos a
la vez previamente seleccionados por el operador, indicando fecha/hora y lugar del
robo. También deberá contar con una herramienta que permita al operador visualizar
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 58
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
en un mapa temático las zonas de comisaría según la cantidad de robos que
contenga.
Deberá contar con un gestor de reportes que permita la impresión de los mismos.
Registro Histórico
La solución deberá contar con una herramienta de consulta de registros de posición
históricos de todos los móviles.
El Informe de registro histórico deberá contar con los siguientes filtros de búsqueda:
rango de fecha y hora, rango de velocidad, alarma y eventos.
Los Informes de históricos deberán contar con las siguientes funcionalidades
adicionales:
1) Visualizar la información de posición en cartografía digital local
2) Reproducción de recorrido con control de velocidad de reproducción.
3) Crear una ruta (buffer) a partir del recorrido histórico consultado.
4) Exportar listado de posiciones históricas a formato Excel.
5) Exportar listado de posiciones históricas a formato CSV.
6) Generar gráficos de velocidades (líneas en valores absolutos y tortas en
porcentaje).
Deberá contar con un informe de reproducción histórica en una zona y rango horario
determinados por el operador. Deberá permitir delimitar zonas circulares y poligonales.
De esta manera el resultado final de este informe deberá reflejar que móviles pasaron
por dicha zona en un rango horario de interés.
Experiencia en Mapas de patrullaje
La plataforma deberá contar con experiencia comprobable en la instalación y
operación de Plataformas de mapa de patrullaje en alguna fuerza de seguridad de la
República Argentina de por lo menos un año de operación.
Prueba de Campo
A los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente
Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%)
operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen.
Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 59
Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la
Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes
aspectos:
1) Instalación de una terminal de monitoreo emulando una terminal de patrullaje
2) Conexión a la Base de datos del sistema AVL actual, donde se recibirán los
reportes de las unidades.
3) Se
deberá
realizar
el
mapa
de patrullaje correspondiente a una
circunscripción, comisaría y cuadrícula, indicado por la autoridad competente
en el momento del ensayo.
4) Se configurará el mapa de patrullaje con las variables necesarias para el
ensayo.
5) Se simularán robos los cuales serán cargados en el sistema.
6) Análisis de la información generada en estos eventos.
Se analizarán las características funcionales del software, solicitadas en el presente
Pliego.
Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un acta en donde se dejará
constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los
parámetros y funcionalidades que se han podido verificar.
La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de
considerar la propuesta del oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la
misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta.
MÓDULO PARA DISPOSITIVOS MÓVILES DE CONSULTA DE PATENTES, DNI Y
SERVIDOR DE INTERCAMBIO DE DATOS.
La Solución propuesta deberá poder integrarse con la base de datos que indique el
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
mediante un protocolo de encriptación propietario, de tal manera que ingresando un
Número de dominio o bien un Número de documento, permita consultar los datos
correspondientes a dichos dominios e informar si los mismos cuentan con
antecedente, pedidos de captura o informe de robo automotor.
Esta plataforma deberá ser soportada por dispositivos con sistemas operativos
Android y Windows.
El servidor de intercambio de Datos deberá contar con la capacidad de poder integrar
futuros protocolos de intercambio con otros sistemas que indique este Ministerio.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 60
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
Descripción del Servicio
La solución propuesta deberá contar con las siguientes funcionalidades:
1) Pantalla de Acceso mediante Usuario y contraseña.
2) Pantalla de consulta por Número de Patente, esta deberá devolver toda la
información correspondiente a ese dominio, y si tuviera informe de robo, ésta
deberá ser claramente identificable por el operador.
3) Pantalla de Consulta por número de documento: Deberá devolver toda la
información relacionada al número de documento y claramente si cuenta con
pedido de captura.
4) Pantalla de Novedades: deberá informar
las novedades referentes a
vehículos denunciados como robados, las últimas novedades deberán
aparecer al principio de la pantalla y con algún color que las identifique como
tales.
Prueba de Campo
A los efectos de verificar el cumplimiento de la performance exigida en el presente
Pliego, como así también su integración y estado CIEN POR CIENTO (100%)
operativo de los Módulos del sistema que se ofrecen.
Consecuentemente, se coordinará con antelación a la presentación de Ofertas, una
Prueba de Campo con las autoridades del Ministerio de Justicia y Seguridad de la
Ciudad de Buenos Aires, que permita constatar mediante un ensayo real los siguientes
aspectos:
1) Instalación en una tableta Android y un dispositivo Windows emulando una
terminal operativa y operando el mismo paquete de aplicaciones (software) a
ofrecer.
2) Ingresar Usuario y contraseña
3) Realizar una consulta por Patente y recibir la información en tiempo real.
4) Realizar una consulta por Número de Documento y recibir la información en
tiempo Real.
5) Análisis de la información generada en estos eventos.
Al finalizar la prueba de campo se confeccionará un acta en donde se dejará
constancia de la realización de dicha prueba indicando los resultados de los
parámetros y funcionalidades que se han podido verificar.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 61
La realización de la prueba de campo es condición obligatoria a los efectos de
considerar la propuesta del oferente. No obstante lo anterior, la ponderación final de la
misma se realizará junto con la evaluación técnica general de la propuesta.
DESARROLLO A MEDIDA
a. El proveedor de las Plataformas deberá contar con la posibilidad de modificar,
actualizar, configurar y parametrizar los módulos de las distintas plataformas
incluyendo SATE911 y/o también de modificar y compilar los códigos fuente con
el objetivo de agregar nuevas funcionalidades al mismo o mejorar las existentes
cuando lo requiera el MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES. Por tal motivo deberá acreditar la disponibilidad
de los módulos configurables, códigos fuentes y su capacidad para su
modificación, compilación y parametrización en caso de ser necesario, conforme
Articulo 21 Inciso 9 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
b. El proveedor deberá contemplar en su oferta la incorporación de cuatrocientas
(400) horas mensuales de desarrollo por el término de la duración del contrato
para cumplimentar con requerimientos de la información adicional o la
incorporación de nuevas funcionalidades que surjan de la operación, conforme
Articulo 21 Inciso 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
DESARROLLOS EXISTENTES CON SERVIDORES DE INTERCAMBIO 911
a. La Plataforma deberá contar con desarrollos existentes y operativos de
interfaces a servidores de intercambio de datos de sistemas de atención de
Emergencias 911 que permitan corroborar la capacidad de integración del
proveedor.
b. Se deberá documentar esta información aportando datos concretos que permitan
verificar donde se encuentra brindando servicio, en ámbitos nacionales,
conforme Articulo 21 Inciso 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de Oferta.
EXPERIENCIA DE
I NTEGRACIÓN CO N DE SPACHO P OLICIALES P ARA
SERVICIOS PÚBLICOS
a. La plataforma presentada deberá acreditar experiencia en soluciones operativas
de sistemas AVL-GIS integradas a despachos policiales para servicios públicos,
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 62
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
conforme Articulo 21 Inciso 12 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
b. Se deberá acreditar experiencia en soluciones operativas de sistemas AVL-GIS
integradas a Sistemas de Radio con GPS, conforme Articulo 21 Inciso 12 del
Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
CARTOGRAFÍA
a. La cartografía será provista por el proveedor y contemplará el área de servicio
del proyecto a nivel de ejes de calle con los atributos correspondientes a nombre
de calle y numeración discriminado esta derecha e izquierda.
b. Deberán estar cargadas las capas de espacios verdes, hidrografía, líneas de
ferrocarril, avenidas, autopistas, e hitos (hospitales, escuelas, estaciones de
ferrocarril, circunscripciones, comisarías, etc.)
c. La cartografía deberá ser instalada en cada puesto de trabajo y funcionará en
forma local, por tal motivo la plataforma deberá contar con un módulo de
actualizaciones automáticas para mantener al día los cambios y mejoras
realizadas en la misma. Deberá tener la capacidad de poder actualizarse y
sincronizarse con el servidor central en forma automática en todas las estaciones
de trabajo donde se encuentre instalada la plataforma
d. La información provista por el proveedor, será cargada en los servidores
y/o
puestos
de trabajo exclusivamente, estando prohibido extraerlos para
darles otro uso distinto a aquel objeto del presente llamado. Esta condición
estará contemplada en las cláusulas de confidencialidad que serán parte
integrante del contrato, y deberán proponerse como parte integrante de la
propuesta.
e. De disponer durante la prestación del servicio, ya sea actualizaciones o mejoras
de la cartografía y de sus atributos el proveedor contará con QUINCE (15) días
hábiles para su incorporación.
f. La cartografía propuesta deberá ser instalada en forma local y en cada puesto de
trabajo, así mismo la solución.
g. A fin de garantizar la confiabilidad del motor de cartografía de la plataforma, el
mismo deberá contar por lo menos con DOSCIENTAS (200) implementaciones.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 63
CAPACITACIÓN
El Oferente deberá presentar como parte de su propuesta integral, un cronograma de
entrenamiento y actividades, tendientes a la capacitación funcional y operativa de los
diferentes módulos y plataformas, conforme Articulo 21 Inciso 14 del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares.
Se deberá proveer todo el material necesario para el dictado de los cursos, incluyendo
los manuales en castellano de todos los niveles de instrucción, los cuales serán
dictados donde indique el organismo contratante dentro de las dependencias del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
a. Curso de capacitación de operación de las plataformas y módulos.
Se realizarán cursos de capacitación a los operadores de las centrales de
operaciones del MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Organismos dependientes.
1) Tipo de Curso: Intensivo
2) Cantidad CIEN (100) participantes
3) Duración: TREINTA (30) horas
4) Perfil de cursantes: Usuario Final
El objetivo de este curso es capacitar a los operadores de la central de
operaciones a fin de posibilitar el correcto uso del software de monitoreo y
despacho de las unidades, así como también las herramientas de análisis.
b. Curso de mantenimiento y configuración de las plataformas y módulos.
Se realizarán cursos de capacitación a los administradores de las plataformas.
1) Tipo de Curso: Intensivo
2) Cantidad: DIEZ (10) participantes
3) Duración: SESENTA (60) horas
4) Perfil de cursantes: Conocimiento de redes, bases de datos
El objetivo de este curso es capacitar a los administradores del sistema en los distintos
aspectos que hacen a la configuración de sistema, administración de roles y perfiles,
configuración de las terminales y servicio técnico preventivo correctivo de la
plataforma.
CENTRO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS, CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO Y
DEL SOPORTE TÉCNICO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 64
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
El centro de atención de reclamos deberá funcionar, ya sea en forma telefónica, por
fax o por correo electrónico.
El oferente deberá detallar el funcionamiento del centro de atención de reclamos
disponibilidad y guardias pasivas.
El centro de atención de reclamos deberá ser atendido por operadores que posean
cursos, certificaciones y/o estudios terciarios o universitarios relacionados con
Informática.
El servicio de soporte deberá tener el siguiente esquema de niveles de servicio:
1) Servicio de Soporte Nivel 1 (atención de usuarios y administración básica):
Los agentes atenderán las consultas, reclamos e incidencias, derivan al
siguiente nivel de atención e informan al usuario del cierre del caso.
Dada la envergadura y criticidad del servicio, el Adjudicatario deberá contar
con un esquema de cobertura 5x9 (Lunes a Viernes de 9 a 18) con guardias
pasivas fuera de horario con disponibilidad absoluta, inmediata y sin límite.
Deberá poder monitorear y verificar el correcto funcionamiento utilizando
herramientas de gestión remota para minimizar los tiempos de respuesta ante
incidentes.
2) Servicio de Soporte Nivel 2 (administración avanzada y resolución de
incidentes complejos):
Es responsable por la resolución de incidentes complejos, y también por la
administración avanzada y operación de la plataforma que compone la
solución, a saber en dónde se incluyen la infraestructura Informática:
servidores, bases de datos, sistemas operativos y gestión Software del
Sistema, gestión de la estación de trabajo del cliente y AVL.
El oferente deberá contar con Soporte de Nivel 2, en un esquema de
cobertura 7x24 (todos los días del año las 24 hs del día) en modalidad de
guardia pasiva, y con disponibilidad absoluta, inmediata y sin límite para
trasladarse a cualquiera de los centros si fuera necesario.
El Adjudicatario tendrá a su cargo el servicio técnico del hardware y software instalado
en este servicio para conservarlo en buen estado de funcionamiento, el acceso a
nuevas versiones o modificaciones parciales y Soporte Técnico durante todo el
período de contratación. Los traslados y mano de obra estarán incluidos en la Oferta.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 65
El Adjudicatario deberá garantizar la provisión de mano de obra y los elementos
necesarios para la resolución de las fallas.
Se define una prioridad para la resolución de los desperfectos, en función del impacto
de los mismos, según se detalla en la siguiente:
1) Prioridad 1: El desperfecto implica problemas operativos que ponen en riesgo
el cese del servicio.
2) Prioridad 2: La capacidad operativa en un Puesto está interrumpida o en
riesgo de cese de servicio.
3) Prioridad 3: Existen dificultades operativas pero pueden soslayarse mediante
el reinicio de la aplicación o bien aguardar la solución definitiva.
4) Prioridad 4: Sin impacto en el servicio. Generalmente a la espera de cambios.
En función de la priorización de los desperfectos, el adjudicatario deberá
asegurar los siguientes tiempos de respuesta para la atención y resolución de
los mismos:
Prioridad
Tiempo de Atención
Tiempo de Resolución
1
1 hora
3 horas
2
2 horas
6 horas
3
2 horas
12 horas
4
4 horas
24 horas hábiles
La segunda columna de la tabla anterior establece el tiempo máximo desde la
notificación de un problema hasta la efectiva atención, y la tercera columna de la tabla
establece el tiempo máximo desde la notificación del problema hasta la efectiva
resolución del mismo.
Los plazos se computarán a partir del momento en el cual el proveedor sea notificado
fehacientemente del problema. A tal efecto, el Comitente establece los siguientes
mecanismos de notificación fehaciente:
1) Correo electrónico: El proveedor deberá indicar la/s dirección/es de correo
electrónico a utilizar.
2) Telefax: El proveedor deberá facilitar al menos un número telefónico con fax.
Cualquier otro mecanismo legalmente establecido de notificación fehaciente.
EXPERIENCIA
Tratándose de una aplicación asociada con la seguridad pública, la plataforma a
utilizar deberá contar con experiencia comprobable en aplicaciones de seguridad
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 66
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
pública, no menor a MIL QUINIENTOS (1.500) vehículos de servicios policiales con
una frecuencia de reportes de una posición cada TREINTA (30) segundos en la
República Argentina, por un período no inferior a CINCO (5) años, a la fecha de la
apertura, conforme Articulo 21 Inciso 15 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares.
El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta.
Se deberán aportar datos concretos de dichos móviles, (Institución, cantidad de
vehículos, contacto). El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de
oferta.
El oferente deberá contar con una antigüedad en plaza no menor a 5 años, conforme
Articulo 21 Inciso 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. El no
cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta.
CERTIFICACIONES Y HOMOLOGACIONES
El Oferente deberá contar con Certificación ISO 9001, dicha certificación deberá estar
vigente al día de la presentación de la Propuesta, conforme Articulo 21 Inciso 16 del
Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
El no cumplimiento de este requisito será causal de rechazo de oferta.
INSTALACIÓN Y CONTINUIDAD DEL SERVICIO
El oferente deberá incluir en la propuesta el manual correspondiente de instalación y
utilización de cada una de las Plataformas, conforme Articulo 21 Inciso 17 del Pliego
de Bases y Condiciones Particulares.
Por tratarse de una plataforma de misión crítica, el Adjudicatario contará con un plazo
máximo de DIEZ (10) días para la continuidad del servicio actualmente en
funcionamiento. Esta implementación no deberá afectar el normal funcionamiento de
las áreas involucradas en el proceso.
En virtud de ello se deberá efectuar una migración gradual, durante el plazo
establecido previamente, entre el equipamiento del Adjudicatario y el proveedor del
servicio saliente, coordinando todas las tareas a realizar según cronograma aprobado
a total satisfacción del MJYSGC.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 67
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 68
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
ANEXO I
ANEXO 1
CONSTANCIA DE VISITA
Buenos Aires, ....................................................
Por la presente, dejo constancia que en el día de la fecha, se hizo
presente
el
representante
de
la
firma
........................................................................................,
Dn.
..........................................................................................,
D.N.I./
C.I./
L.C./ L.E N° ................................ para realizar la visita de las
instalaciones
de
…………………………,ubicada
calle…………………………………………………….
en
la
……………………
previo a la apertura de la Contratación Directa N° ........................, que se
efectuará el día .........................
Por lo tanto, se deja constancia que se ha tomado debido conocimiento
de las instalaciones existentes.
........................................................
Firma y sello del representante de la
Dirección General Suministros de Seguridad
Sello
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 69
ANEXO II
LUGARES DE INSTALACIÓN
A continuación se detallan las dependencias en donde se instalarán las máquinas (PC)
correspondientes, y las Plataformas a utilizar en cada sitio.
El Oferente debe relevar los sitios de instalación realizando una visita a las
dependencias, con el objetivo de verificar los emplazamientos tanto de las PC como
de los enlaces existentes para una correcta operación del servicio.
1. MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES,
Centro Operativo y Armado de la Sala de Monitoreo,
2. Contingencia SATE911 mantenimiento de la actual Plataforma y traslado al nuevo
sitio a definir por parte del ministerio.
3. División ALARMAS, Av. Belgrano 1549 5° piso, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
4. COMANDO UNIFICADO, Av. Belgrano 1549 4° piso, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
5. Dirección General de COMISARÍA, Moreno 1550 1° piso of. 121, CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
6. Dirección General de OPERACIONES,
Moreno 1550 1° piso of. 144, CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
7. Circunscripciones
 Circunscripción Nº 1: Lavalle 451 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
 Circunscripción Nº 2: Catamarca Nº 1345 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
 Circunscripción Nº 3: Julián Álvarez 2373 piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 70
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
 Circunscripción Nº 4: San José Nº 1224 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
 Circunscripción Nº 5: Av. Juramento Nº 4367 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES.
 Circunscripción Nº 6: Av. Díaz Vélez Nº 5152 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES.
 Circunscripción Nº 7: Chivilcoy Nº 453 Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
 Circunscripción Nº 8: Av. Ana Díaz y Chafállate Piso 1º, CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES.
8. Comisaría
En las siguientes dependencias se instalará el Módulo de Monitoreo y AVL.. El
oferente debe relevar las características de las PC existentes realizando una visita a
las dependencias Policiales, con el objetivo de verificar que son adecuadas para la
instalación y operación del sistema propuesto y del servicio ofrecido, en el caso que
las PC existentes no sean suficientes para brindar el servicio solicitado los oferentes
deberán proveer en comodato, equipos PC acordes a los requerimientos del sistema.
 Comisaría 1°, Lavalle 451, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 2°, Perú 1050, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 3°, Tucumán 1560, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 4°, Tacuarí 1770, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 5°, Lavalle 1958, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 6°, Venezuela 1931, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 71
 Comisaría 7°, Lavalle 2625, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 8°, Gral. Urquiza 550, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 9°, Billinghurst 471, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 10°, Muñiz 1250, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 11°, Av. Díaz Vélez 5152, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 12°, Valle 1454, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 13°, Av. Avellaneda 1548, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 14°, Bolívar 1419, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 15°, Suipacha 1156, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 16°, San José 1224, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 17°, Av. Las Heras 1861, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL..
 Comisaría 18°, Av. San Juan 1757, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 19°, Charcas 2844, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 72
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
 Comisaría 20°, Catamarca 1345, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 21°, Julián Álvarez 2373, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 22°, Av. Ing. Huergo 640, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 23°, Av. Santa Fe 4000, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 24°, Pinzón 456, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 25°, Av. Scalabrini Ortiz 1350, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 26°, Av. Montes de Oca 861, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 27°, Camargo 645, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UNA (1) Plataforma de monitoreo
 Comisaría 28°, Av. Vélez Sarsfield 760, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 29°, Santos Dumont 4350, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 30°, Av. Gral. Hornos 768, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 73
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 31°, Av. Cabildo 232, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 32", Av. Caseros 2724, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 33°, Mendoza 2263, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 34°, Quilmes 456, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 35°, Cuba 3145, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 36°, Pedernera 3405, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 37°, Juramento 4367 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.,
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 38°, Cnel. E. Bonorino 258, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 39°, Olazabal 5437, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 40°, Remedios 3748, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 41°, A. Búfano 1800, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 42º, Av. Lisandro de la Torre 2343, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 43°, Chivilcoy 453, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 74
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 276/SSADS/16 (continuación)
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2016- Año de l B i ce nte nari o de l a De cl araci ón de Inde pe nde nci a de l a R e públ i ca Arge nti na
 Comisaría 44°, M. Porcel de Peralta 726, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 45°, José Cubas 4154, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 46°, Av. De los Inmigrantes 2550, CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 47°, Av. Nazca 4254, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 48°, M. Leguizamón 4347, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 49°, Machaín 3045, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 50°, Av. Gaona 2738, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 51°, Artilleros 2081, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 52°, Av. Ana Díaz y Cafayate, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 53°, Rep. Árabe Siria 2961/65, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
 Comisaría 54°, Rep. Árabe Siria 2961/65, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES.
UN (1) Módulo de monitoreo y AVL.
FIN DEL ANEXO
G
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 75
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN
ANEXO N°
I 5699/MCGC/16
RESOLUCION
NO: 17220
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP,18054826/20161
CONTRATANTE:
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Contratado/a
SIEGRIST
ISABEllE
CATHERINE
I
Nro.
CUITa
COI
EXT
94839376
Representado/a
(1 )
CUIT
I
27948393765
I
I
Periodo
Desde
Hasta
Docum.
Tipo
Nro.
por:
I
15-07-16
31.Q7.16
Importe
Descripción de la función
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)
ASISTENTE ARTISTICO CUl rURAL
USINA DEL ARTE
Nro.
Cuotas
'1
1
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artishco (contrato de represenlación).
FIRMA
Pág.
1 de
FIN DEL ANEXO
Monto
I
4.500.00
Total
I
4.500,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 76
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN
N° 5926/MCGC/16
ANEXO I
RESOLUCION
N°: 17444
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP.1806705Sf2016I
CONTRATANTE:
Contratado/a
BRUSA EMANUEl
(1) S610 para aquellos contratados
JUAN IGNACIO
que poseen representante
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUlTo
CDI
ONI
CUIT
26959692
23269596929
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Período
Desde
Hasta
19.Q6.16
19-06-16
Importe
Descripción de la función
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)MUSICO PARA LA USINA DEL ARTE
Nro.
Cuotas
1
Monto
I
legal yfo artístico (contrato de representación),
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
14.000,00
Totai
14.000,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6825/MCGC/16
FIN DEL ANEXO
N° 77
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6826/MCGC/16
FIN DEL ANEXO
N° 78
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6838/MCGC/16
FIN DEL ANEXO
N° 79
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 6840/MCGC/16
FIN DEL ANEXO
N° 80
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 81
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7118/MCGC/16
ANEXO I
RESOLUCION
N°: 18781
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP-19860134/2016
CONTRATANTE:
Contralado/a
GALLI MA1NINl JUAN PABLO
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUITa
COI
ONI
CUIT
27861159
20278611591
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Período
Desde
Hasta
01-08.16
31-08.16
Importe
Descripción de la función
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO) •
ASISTENTE ARTISTrco CULTURAL,
A r ENelON AL ESPECTADOR USINA OH
Nro.
Cuotas
,
ARTE
(1) S610 para aquellos contratados
que poseen representante
legal y/o artistico (contrato de representación).
FIRMA
?6g.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
Monto
Total
20.000,00
20.000,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 82
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN
N° 7119/MCGC/16
ANEXO I
RESOLUCION
N°: 18780
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP-19863750/2016I
CONTRATANTE:
Contratado/a
GOlOJN
(1) Sólo para aquellos contratados
RUBEN EDUARDO
que poseen representante
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUlTo
COI
ONI
CUIT
11673118
20116731186
Representado/a
(1 )
Docum.
Tipo
Nro.
por:
I
Periodo
Desde
Hasta
14-08-16
14-08-16
Importe
Descripción de la función
I
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)'I
MUSICO EN LA U'sINA DEL ARTE
Nro.
Cuotas
,
legal y/o artislico (contrato de representación).
FIRMA
?á.g.
1. de
FIN DEL ANEXO
Monto
I
37.500,00
Total
37.500,00
o
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 83
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7124/MCGC/16
ANEXO I
RESOLUCION
N°: 18782
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXp.19864188f2016I
CONTRATANTE:
Docum.
Tipo
Nro.
Contratado/a
BARREIRO
(1) Sólo para aquellos contratados
EMILlANO
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
ROBERTO
Que poseen representante
Nro.
CUITa
COI
DNI
CUIT
35860252
20358602526
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Período
Desde
Hasta
14-08-16
14-08-16
Importe
Descripción de la función
LOCACION
DE SERVICIO (CONTRATo)-1
MUS1CO USINA DEL ARTE
Nro.
Cuotas
1
legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
:!. de
FIN DEL ANEXO
I
Monto
Total
8.000,00
8.000,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 84
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7125/MCGC/16
ANEXO I
RESOLUCION
oo.oo.oo.oooo
••
N°: 18783
oo.oooooo.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXp.19678890/2016I
OIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Oocum.
Tipo
Nro.
Contratado/a
EXT
GUEVARA VELASQUEZ
KATHERINE
I
95580370
Nro.
CUITa
COI
Representado/a
(1 )
por:
Período
Desde
Hasta
Oocum.
Tipo
Nro.
I 01-08.16
31-08-16
CUIT
27955803707
Importe
Descripción de la función
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)'I
ASISTENTE ARTISTICO CULrURAL
Nro.
Cuotas
1
USINA DEL ARTE
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal ylo artístico (contrato de representación).
FIRMA
?ág.
de
1
FIN DEL ANEXO
Monto
I
8.000,00
Total
8.000,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 85
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 7129/MCGC/16
ANEXO I
RESOLUCION
N°: 18779
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
CONTRATANTE:
Contratado/a
EXP-19482708/2016
OVADIA IRENE
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
ONI
32091251
(1) S610 para aquellos contratados
que poseen representante
Nro.
CUITa
COI
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Periodo
Desde
Hasta
01-08-16
CUIT
31-08.16
27320912518
Importe
Descripción de la función
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATo)-1
PRODUCTORA ARTISTICA SAL BAFICI
Nro.
Cuotas
,
legal yfo artislico (contrato de representación).
FIRMA
?A~J.
1 de
FIN DEL ANEXO
Monto
I
10.000,00
Total
10.000,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 86
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1259/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24006
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-26715648/2016
Contratado/a
DI PALMA FERNANDO FELIX
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
25475681
20254756815
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
26-10-16
26-10-16
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MAESTRO PIANISTA DE REPERTORIO
COREOGRAFICO - DANZAR POR LA PAZ
- UNICEF
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
1.611,00
1.611,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 87
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1270/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24422
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-27104704/2016
INCHAUSTI JOAQUIN
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
34583701
23345837019
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
25-10-16
24-11-16
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE DE PRODUCCION EN LA
OBRA COPTIC LIGHT
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
10.000,00
10.000,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 88
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1272/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24017
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
EXP-26712294/2016
TRUNSKY ROZAS CARLOS
GUSTAVO
DNI
CUIT
17901382
20179013828
EXP-26712297/2016
TAMBUTTI MARIA EMILIA
DNI
CUIT
29513482
27295134823
EXP-22712307/2016
MARITANO FURCADA PABLO
EXP-26712329/2016
MANZANO ESTEBAN ROBERTO
EXP-26712335/2016
GOYENECHE MARIA TRINIDAD
EXP-26712260/2016
CACCIATORE MAURO
SEBASTIAN
DNI
CUIT
25557842
20255578422
DNI
CUIT
25275467
23252754679
DNI
CUIT
27309397
23273093974
DNI
CUIT
32803477
20328034779
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- COREOGRAFIA EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
45.000,00
45.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- VESTUARIO EN LA OBRA EL INFIERNO
IMAGINARIO
1
42.500,00
42.500,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- DIRECTOR DE ESCENA EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
47.000,00
47.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CANTANTE TENOR EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
29.600,00
29.600,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CANTANTE MEZZOSOPRANO EN LA
OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
33.600,00
33.600,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- BAILARIN EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
26.000,00
26.000,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 89
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1273/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24022
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26688837/2016
MORAN ALICIA VIVIANA
EXP-26688433/2016
PERDAENS JOELLE MARIE
GHISLAIN
EXP-26689701/2016
OLIVIERI MARCELA LILIAN
EXP-26689840/2016
PROSERPIO JULIA ANDREA
EXP-26690107/2016
BERTHET FEDERICO ANDRES
EXP-26690272/2016
MEZA ALBA MARIELA
EXP-26690409/2016
SADOVNIK PAULA ANDREA
EXP-26690740/2016
PEREZ BERGLIAFFA ANA
CAROLINA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Representado/a por:
(1)
DNI
CUIT
22710950
27227109500
EXT
CUIT
92557334
27925573340
DNI
CUIT
20912416
27209124160
DNI
CUIT
25640964
27256409645
DNI
CUIT
26717023
20267170232
DNI
CUIT
31648182
27316481820
DNI
CUIT
26194509
27261945091
DNI
CUIT
25690904
27256909044
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA EN LA
OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA EN LA
OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE CELLO EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE FLAUTA EN
LA OBRA EL ENFERMO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
2
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 24022
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26690931/2016
PERSICO GABRIEL
EXP-26691088/2016
LEIVA MARIA PAULA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
11702839
23117028399
DNI
CUIT
26588238
27265882388
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE FLAUTA EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE CELLO EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
2 de
2
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 90
GOBIERNO
DE- LA
CIUDAD DE BUENOS
AIRES
ANEXO
RESOLUCIÓN
N° 1274/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24015
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26712265/2016
STANOVNIK MARIA EUGENIA
EXP-26712269/2016
MARCAIDA TERESA
EXP-26712237/2016
BUSTAMANTE FACUNDO OSCAR
EXP-26712395/2016
DELPINO JIMENA
EXP-26712400/2016
BRISSIO DAMIAN CLAUDIO
EXP-26712372/2016
DOMINELLI FABIAN OMAR
EXP-26712376/2016
MAIER IVAN
EXP-26712384/2016
FAVARO ORIANA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Representado/a por:
(1)
DNI
CUIT
31656983
27316569833
DNI
CUIT
30575293
27305752938
DNI
CUIT
33781463
20337814639
DNI
CUIT
26946171
27269461719
DNI
CUIT
31347331
20313473318
DNI
CUIT
17128767
20171287678
DNI
CUIT
29929473
20299294731
DNI
CUIT
27688664
27276886644
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- BAILARINA EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
26.000,00
26.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- BAILARINA EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
26.000,00
26.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- BAILARIN EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
26.000,00
26.000,00
04-11-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CARACTERIZACION EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
6.000,00
6.000,00
04-11-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CARACTERIZACION EN EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
6.000,00
6.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ACTOR EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
33.600,00
33.600,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CANTANTE TENOR EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
29.600,00
29.600,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CANTANTE SOPRANO PARA LA OBRA
EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
33.600,00
33.600,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
2
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 24015
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26712392/2016
ILLANES CATANI SABRINA
NATALIA
EXP-26712320/2016
GLADIC MARIANO
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
29645396
27296453965
DNI
CUIT
30025512
20300255125
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
04-11-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CARACTERIZACION EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
6.000,00
6.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CANTANTE BARIOTONO EN LA OBRA
EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
25.600,00
25.600,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
2 de
2
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 91
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1275/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24025
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26530296/2016
LACUNZA OSVALDO RUBEN
EXP-26530653/2016
DE OLASO MANUEL
EXP-26530791/2016
SCHMIDT MARISA
EXP-22712273/2016
MORUJA BEATRIZ ELENA
EXP-26712277/2016
MARMOREK MERCEDES
EXP-26712281/2016
NIGRO MARIANA MARCELA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
11489579
20114895793
DNI
CUIT
25146777
20251467774
DNI
CUIT
21793484
27217934848
DNI
CUIT
14951182
27149511828
DNI
CUIT
24872603
27248726038
DNI
CUIT
18331486
27183314861
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE TROMPETA
EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE CLAVE EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE OBOE EN LA
OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MAESTRA PREPARADORA E
INSTRUCTORA IDIOMATICA EN LA OBRA
EL ENFERMO IMAGINARIO
1
14.000,00
14.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE DE DIRECCION / STAGE
MANAGER EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
17.000,00
17.000,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- SOBRETITULADO EN LA OBRA EL
INFIERNO IMAGINARIO
1
7.800,00
7.800,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 92
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1276/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24023
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26531252/2016
VIVES HERNAN JAVIER
EXP-26531352/2016
COSTOYAS DOLORES
EXP-26531731/2016
ERDFEHLER ESTELA CRISTINA
EXP-26531898/2016
ROBLES BETINA MABEL
EXP-26687856/2016
JUAREZ JESSICA AILEN
EXP-26688076/2016
CARNERO CECILIA
EXP-26530946/2016
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
Representado/a por:
(1)
DNI
CUIT
20372627
23203726279
DNI
CUIT
14900777
27149007771
DNI
CUIT
05673937
27056739373
DNI
CUIT
21968998
27219689980
DNI
CUIT
35374699
27353746990
DNI
CUIT
30673709
27306737096
DNI
CUIT
20946040
20209460409
ABRAHAM SERGIO ENRIQUE
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE TIORBA EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE TIORBA EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA
GAMBA EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ILUMINACION EN LA OBRA EL
ENFEERMERO IMAGINARIO
1
42.500,00
42.500,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE
CONTRABAJO EN LA OBRA EL
ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE TROMPETA
EN LA OBRA EL ENFERMERO
IMAGINARIO
1
11.680,00
11.680,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
2
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 24023
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-26689576/2016
LINDEMANN ANTJE RENATE
EXP-26689025/2016
COSATTINI MARTHA SUSANA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
EXT
CUIT
94414984
27944149843
DNI
CUIT
14184860
27141848602
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLIN EN
LA OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
20-10-16
13-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DEVIOLIN EN LA
OBRA EL ENFERMERO IMAGINARIO
1
11.690,00
11.690,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
2 de
2
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 93
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1281/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24495
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-27223452/2016
Contratado/a
ROSSO SANTIAGO ANDRES
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
22884013
20228840131
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
01-12-16
31-12-16
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- COORDINADOR DE PROYECTO
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
25.000,00
25.000,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 94
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1289/EATC/16
ANEXO I
Nº : 24653
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-27316063/2016
Contratado/a
STURMER DAVID ROBIN
SPENSER
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
EXT
CUIT
93644191
20936441913
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
13-10-16
26-10-16
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MAESTRO DE CLASE - GISELLE
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
14.670,00
14.670,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 95
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 17/SSAIYPM/16
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Informe firma conjunta
Número:
Buenos Aires,
Referencia: Rendicin Movilidad 4° Trimestre
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
MODELO Nº 5
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS INTERJURISDICCIONALES Y POLITICA METROPOLITANA
PLANILLA RESUMEN TRIMESTRAL
APELLIDO Y MOMBRE
D.N.I.
MODALIDAD DE
CONTRATACION DEL
AGENTE
ALVAREZ Daniela Andrea
18.272.107
Contrato
ALVAREZ Mariana Lorena
23.205.228
Planta de Gabinete
DEMATTEI Silvina Andrea
28.422.187
Planta de Gabinete
PELLICAN Veronica
38.324.046
Planta de Gabinete
ISTURIZ Lucia Maria
14.789.441
Planta Transitoria
AVERNA Daniel Angel
27.308.195
Planta Transitoria
PODESTA Matias Ariel
26.873.761
Contrato
COHEN Graciela Beatriz
32.004.078
Contrato
SZEINBAUM, Elizabeth Mayra
31,496,891
Contrato
GONZALEZ MORALES Juan
27,622,956
Contrato
LLAMAS TRIVI, Mauro Santiago 29.150.010
Contrato
PERÍODO
SON PESOS
IMPORTE
IMPORTE
EROGADO
EROGADO
RESTO
TAXI/REMIS TRANSPORTE
PUBLICO
$
$
846,80
685,00
$
$
2.790,76
732,50
$
$
4.329,12
228,50
$
$
1.139,12
228,88
$
$
556,80
1.243,12
$
$
1.661,12
558,50
$
$
1.392,00
572,50
$
$
2.132,08
658,00
$
$
1.322,40
703,50
$
$
1.150,72
782,50
$
$
566,08
720,00
Octubre a Diciembre 2016
Veinticinco mil con 00/100
"Se deja constancia que las personas que se detallan no utilizan para su traslado vehículo oficial"
FIN DEL ANEXO
IMPORTE TOTAL
EROGADO
$
1.531,80
$
3.523,26
$
4.557,62
$
1.368,00
$
1.799,92
$
2.219,62
$
1.964,50
$
2.790,08
$
2.025,90
$
1.933,22
$
1.286,08
$
25.000,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 96
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 512/APRA/16
ANEXO I
Condiciones a Cumplir:
1.
Cumplir con la Ley N° 1.540 y Decreto Nº 740/07.
2.
Reducir los niveles de ruidos y vibraciones de todas las maquinarias y vehículos utilizados, mediante
la utilización de dispositivos adecuados.
3.
Desarrollar las actividades susceptibles de generar ruidos y vibraciones molestas en horarios
adecuados y donde se cause el menor impacto negativo posible.
4.
Cumplir con la Ley Nº 1.356 y Decreto Reglamentario Nº 198/06.
5.
Acondicionar las vías de circulación dentro del predio de la obra para mitigar la generación
de material particulado.
6.
Realizar la carga y descarga de insumos dentro del predio, y no permitir el estacionamiento de
vehículos de carga sobre la vía pública en las inmediaciones de la obra.
7.
Instalar todos los vallados, señalizaciones, cintas de seguridad, alarmas y carteles
indicadores necesarios para evitar daños y perjuicios sobre los peatones y vehículos que circulan por la vía
pública.
8.
Seleccionar el itinerario de los vehículos de carga compatibilizando sus características y el tipo de
carga, con las vías de circulación y el volumen de tránsito, de forma tal de respetar las normas de
circulación.
9.
Construir la zona de ingreso y egreso de vehículos con un radio de giro tal que se genere un espacio
para la ocupación de vehículos en espera fuera de los carriles de circulación de las calles que limitan el
emprendimiento.
10.
Contar con un sistema de señal sonora y visual, para indicar el ingreso y egreso de los camiones con
el objeto de minimizar el riesgo de accidentes con peatones. Dicho sistema deberá cumplir con los
requisitos establecidos por la Ley Nº 1.540.
11.
Contar con las autorizaciones de la Dirección General de Registros de Obras y Catastro y de la
Dirección General Ordenamiento del Espacio Público para la ocupación de la vía pública.
12.
No permitir vehículos en espera con el motor funcionando.
13.
Verificar antes de la partida del camión cargado desde o hacia la obra, la adecuada aplicación de
resguardos físicos para evitar derrames, voladuras, caídas, desprendimientos así como riesgos de
sobrepesos y desplazamiento.
14.
Cumplir con la Ley 216 y modificatorias, respecto a la circulación de camiones cuyo peso excedan
las 12 toneladas.
15.
Contar con Plan de Contingencia para casos de Incendio, Explosión, Derrames y Derrumbes firmado
por profesional idóneo. Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 97
16.
Poseer Plan de Contingencias en caso de derrame de residuos o sustancias peligrosas teniendo en
cuenta las recomendaciones establecidas en las Hojas de Seguridad de las sustancias Químicas utilizadas.
Su implementación será responsabilidad exclusiva del titular de la actividad.
17.
Contar, en forma previa al inicio de la obra, con planos y toda otra información necesaria para
detectar y evitar las interferencias con servicios públicos, así como con lo relacionado al cumplimiento con
las condiciones contra incendio y medios de salida, según el Código de la Edificación.
18.
En caso de corresponder, acordar cronogramas de cortes con empresas de servicios públicos.
19.
Acordar con la Dirección General del Sistema Pluvial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, las obras referidas a la infraestructura de desagües pluviales.
20.
Colocar mallas adecuadas a la entrada del sistema de alcantarillado para impedir la descarga de
escombros, suelo excavado o materiales en general.
21.
Se deberán tomar los resguardos necesarios a fin de evitar la descarga de residuos de materiales,
especialmente los provenientes del lavado de hormigoneras, a la red pluvial.
22.
Realizar el acopio o depósito temporario de hidrocarburos, pinturas, solventes, lubricantes, etc. en un
sector delimitado, techado, con solado no absorbente y con pendientes y barreras adecuadas para evitar
derrames e infiltraciones en el suelo.
23.
En caso de que las características organolépticas del suelo extraído permitan presumir la
existencia de contaminantes, se deberá analizar el mismo y presentar los resultados ante la
Autoridad de Aplicación, quien determinará la forma correcta de gestionar el suelo contaminado.
24.
Documentar y archivar la recepción en el sitio de disposición final del material producto de la
excavación.
25.
Contar con un Plan de Gestión de Residuos, que contemple la estricta separación por tipo,
establezca las formas de manipulación, almacenamiento, transporte, frecuencias, disposición y/o
recolección dentro del marco normativo vigente en la materia.
26.
Realizar la segregación y disposición de los residuos con características peligrosas en lugares
previamente identificados, debiendo documentar y archivar los Manifiestos de retiro extendidos por
empresas transportistas y tratadoras habilitadas.
27.
Cumplir con lo previsto en los Art. 29° y 30° del Decreto N° 2020 reglamentario de la Ley 2214 por el
tiempo que demande la construcción del emprendimiento, respecto de los residuos peligrosos.
28.
Cumplir con la Resolución N° 550/11 de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo ante la existencia
de trabajos de demolición y/o tareas de excavación de subsuelos y submuración.
29.
La ubicación de los obradores deberá generar la mínima interferencia con la circulación vehicular,
peatonal e incluso ferroviaria, tanto por las actividades propias como para la circulación de acceso al mismo.
30.
Cumplir con la Ley N° 11.843 para Control de Roedores y con la normativa legal vigente en lo que
respecta a Control de Vectores.
31.
En caso de encontrarse durante la obra hallazgos de objetos de valor material, científico, artístico o
arqueológicos deberá tomar las medidas necesarias a fin de asegurar su valor patrimonial y deberá dar
intervención al área de competente del GCABA.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 98
32.
Mantener en servicio la Línea Ferroviaria Mitre ramal Tigre durante la ejecución de las tareas, salvo
interrupciones por cortos períodos en momentos donde se requiera.
33.
Compatibilizar las tareas de desmontaje y deconstrucción del puente peatonal Dorrego ubicado en
Av. Virrey Vértiz 1600 entre Virrey del Pino y José Hernández y el proceso constructivo del Viaducto del
Ferrocarril Mitre ramal Tigre, garantizando tanto su seguridad, como la de las personas involucradas, los
vecinos lindantes y el público en general.
34.
Retirar diariamente el material de demolición y deconstrucción del puente peatonal Dorrego ubicado
en Av. Virrey Vértiz 1600 entre Virrey del Pino y José Hernández, procediendo a su posterior disposición en
las playas ferroviarias.
35.
El Contratista deberá dar cumplimiento a las medidas de mitigación propuestas y el Plan de Gestión
Ambiental presentado en el Estudio de Impacto Ambiental presentado.
36.
Previo al inicio de obras, se deberá presentar el proyecto ejecutivo y el plan de trabajo ante la
Administración de Infraestructuras Ferroviarias S.E., conforme lo manifestado por dicho organismo en el
Tramite N° 3420-ADIF- 2016.
37.
El Titular de la actividad deberá tener en cuenta la observación realizada por la Dirección General de
Espacios Verdes por Nota N° NO-2016-08892789-DGEV, respecto a la intervención del arbolado
preexistente.
38.
Se deberá cumplir con las consideraciones establecidas mediante Nota N° NO-2016-10593133DGPLUR por la Dirección General de Planeamiento Urbano.
39.
Se deberá cumplir con las consideraciones establecidas según Nota N° NO-2016-18783875DGPMOV por la Dirección General de Planificación de la Movilidad respecto de las medidas de mitigación a
implementar para aquellos locales comerciales afectados durante la Etapa Constructiva.
40.
Se deberá cumplir con lo declarado en la Nota N° NO-2016-23305903-DGPMOV, donde la Dirección
General de Planificación de la Movilidad deja constancia que el proyecto no prevé la necesidad de impulsar
la expropiación de dos lotes ubicados en el Tramo identificado como 2C.
41.
Se deberá tener en cuenta las recomendaciones realizadas por la Dirección General de Obras de
Infraestructura Urbana, mediante Nota Nº NO-2016-15154276-DGOINFU, respecto de la incorporación de
tecnologías existentes orientadas a reducir la contaminación acústica; considerar la accesibilidad y
pasarelas para evacuación en los tramos entre estaciones; y estudiar alternativas consistentes de
ocupación de los nuevos espacios bajo viaducto.
42.
Cumplir con las condiciones establecidas por la Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica
por Informe Nº IF-2016-16427280-DGET, a saber:
1.
Etapa de obra:
1.1.
Limitar el horario de las obras en general y en particular para las actividades que generan altos
niveles de ruido, como demoliciones, utilización de máquinas de corte, etc.
1.2.
Establecer horarios para carga y descarga de materiales compatibles con los de las actividades
circundantes.
1.3.
Utilizar maquinarias y equipos de baja emisión de ruido.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 99
1.4.
Utilizar silenciadores adecuados en los equipos motorizados, dispositivos de supresión o
amortiguación de ruidos en maquinarias, etc.
1.5.
Realizar mantenimiento y control permanente de escapes y silenciadores en todos los equipos y
vehículos de combustión afectados a la obra.
1.6.
Utilizar instalaciones que conformen pantallas perimetrales de protección de transmisión de polvo y
ruidos al entorno.
1.7.
Proveer a los operarios de equipos de protección personal de acuerdo a lo estipulado por la
legislación vigente.
2.
Etapa Operacional:
2.1.
Instrumentar acciones de vigilancia y control sobre vehículos que acceden y operan en el área del
Proyecto.
2.2.
Controlar en forma continua el estado de conservación del pavimento e instrumentar acciones para
su mantenimiento permanente.
2.3.
Establecer un programa de monitoreo acorde a la ley N° 1.540 y su decreto reglamentario N° 740/07,
a través del cual se planifique y ejecute el control en forma periódica de los niveles sonoros resultantes.
3.
Condiciones complementarias:
3.1.
En caso de que con la ejecución del proyecto se verificasen incrementos de significativa magnitud en
el nivel de presión sonora respecto de la situación observada en la etapa preoperacional, deberán
ejecutarse las medidas de mitigación pertinentes, de manera de minimizar las emisiones sonoras generadas
por el flujo vehicular en la región comprometida”.
43.
Cumplir con las condiciones establecidas por la Subgerencia Operativa de Sitios Contaminados por
Nota Nº NO- 2016-24680548-DGET donde se establece que el contratista deberá previo al inicio de las
obras:
"43.1. Llevar a cabo un Estudio de Fase II con muestreo de suelos y barros en aquellos sectores de la traza
donde se prevé un uso recreativo/residencial/comercial a futuro. Los compuestos a analizar podrán ser
acotados en función de los relevamientos realizados, se recomienda prestar principal atención a los
derivados de hidrocarburos (HTP, BTEX, PAHs) y a los metales pesados (Pb, Cd, Hg, etc). En casos de
tener evidencia o presunción, incluir PCBs, Asbestos, o cualquier analito que se considere relevante.
43.2. En caso de que durante la excavación de suelos se interceptara la napa freática, se deberá evaluar
la presencia de Compuestos de Interés en agua subterránea.
43.3. Todas las determinaciones analíticas deberán llevarse a cabo mediante laboratorio inscripto en
RELADA.
43.4. Los sectores de suelo dónde se evidencias manchas de hidrocarburos deberán ser preferentemente
removidos y gestionado como Residuos Peligrosos.
43.5. En caso de realizarse actividades u obras que involucren la necesidad de extracción de suelo y/o
agua subterránea, fuera del área intervenida; se deberán desarrollar las correspondientes gestiones y
acciones, conforme a la Resolución 326-APRA-13 y el Artículo 28 de la Ley 2214.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 100
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 512/APRA/16 (continuación)
43.6. Llevar a cabo la gestión de los residuos mencionados, poniendo principal atención en identificar los
de carácter peligroso conforme Ley N° 2214, los cuales deberán gestionarse como tales.
43.7. Los tanques de almacenamiento de hidrocarburos subterráneos o aéreos deberán ser correctamente
erradicados, previa obtención de autorización, siguiendo los lineamientos de la
Resolución N°
326/APRA/13, Anexo III, presentando el correspondiente Plan de Extracción de SASH o SAAH
conjuntamente con Operador In Situ habilitado, en caso de corresponder.
43.8. Todas las tareas deberán llevarse a cabo resguardando la seguridad de los trabajadores mediante
utilización de elementos de protección personal.
43.9. En caso de determinar presencia de compuestos de interés excedidos respecto a los niveles guías
establecidos mediante Resolución N° 326/APRA/13, deberá llevarse a cabo un Análisis basado en Riesgo
conforme Norma IRAM N° 29590 para el escenario de obrero de construcción.
44.
Previo a toda obra, deberá acreditar la contratación de una cobertura Daño Ambiental de Incidencia
Colectiva previsto por el artículo 22° de la Ley Nacional N° 25.675.
45.
En caso que el proyecto en cuestión se vea alterado, dichas modificaciones deberán ser informadas
a este organismo.
46.
Una vez finalizadas las obras, se deberá presentar una Auditoria Ambiental que manifieste el estricto
cumplimiento de las condiciones establecidas para el proyecto en cuestión y cuyos resultados deberán ser
presentados ante la Autoridad de Aplicación. La Auditoria deberá presentarse con las firmas del solicitante y
el responsable técnico del proyecto; que reviste el carácter de declaración jurada.
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16
N° 101
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación)
N° 102
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación)
N° 103
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación)
N° 104
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 513/APRA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 105
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 106
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 539/DGTALINF/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 8994
SIGAF
Ejercicio: 2016
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Unidad Ejecutora
Nº: 27376875
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Nº: 27376875
Norma Aprobatoria:
Nº:
MGYA
2016
MGYA
2016
Fecha: 20/12/2016
Fecha: 20/12/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
Programa
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
Subprograma
0
Proyecto
CREDITO
Actividad
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
0
0
0
Obra
Partida FueFin FinFun
2310
11
13
2920
11
13
Diferencia:
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
Importe
-35.563,00
35.563,00
0,00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 107
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 53/DGMYT/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CONTRATACIÓN DIRECTA POR ESPECIALIDAD – INTERVENCIÓN
ARTISTICA BAJO PUENTE
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 1 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 108
ÍNDICE GENERAL
Art. 1° . - PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.
Art. 2° . - OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
Art. 3° . - PRESUPUESTO OFICIAL.
Art. 4° . - PLAZO DE CONTRATACIÓN Y LUGAR DE PRESTACION.
Art. 5° . - CLASE DE PROCEDIMIENTO.
Art. 6° . - PRÓRROGA DEL CONTRATO.
Art. 7° . - DOMICILIO Y NOTIFICACIONES.
Art. 8° . - COMPETENCIA JUDICIAL.
Art. 9° . - CÓMPUTO DE PLAZOS.
Art. 10° . - CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO.
Art. 11° . - DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN.
Art. 12° . - CONDICIONES PARA SER OFERENTE.
Art. 13° . - IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE.
Art. 14° . - PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Art. 15° . - MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Art. 16° . - CONTENIDO DE LA OFERTA.
Art. 17° . - FORMA DE COTIZAR.
Art. 18° . - CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
Art. 19° . - FALSEAMIENTO DE DATOS.
Art. 20° . - CONSULTAS, ACLARACIONES Y CIRCULARES.
Art. 21° . - VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA.
Art. 22° . - IMPUGNACIÓN AL PLIEGO.
Art. 23° . - VISTA DE LAS PRESENTACIONES.
Art. 24° . - APERTURA DE LAS OFERTAS.
Art. 25° . - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 2 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 109
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Art. 26° . - RECHAZO.
Art. 27° . - CONTRATACION DIRECTA FRACASADA.
Art. 28° . - ADJUDICACIÓN.
Art. 29° . - COTEJO DE LA INFORMACIÓN.
Art. 30° . - CESIÓN / TRANSFERENCIA.
DEL CONTRATO.
Art. 31° . - DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Art. 32° . - REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL.
Art. 33° . - DAÑOS A TERCEROS.
Art. 34° . - PENALIDADES.
Art. 35° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Art. 36° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Art. 37° . - CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
Art. 38° . - FORMA DE PAGO.
Art. 39° . - SEGUROS.
Art. 40° . - AUTORIDAD DE APLICACIÓN.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 3 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 110
Art. 1° . - PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN.
El present e ll amado a Cont rat aci ón Di rect a por Especi ali dad, se convoca en los t érmi nos
del Régi men de Compras y Cont rat aci one s v i gent e para Bue nos Ai res Compras, en un
t odo de acuerdo con lo di spuest o en el Art . 28 Inc. 4° de la Ley N° 2095, en su t ext o
consoli dado por Ley N° 5454, sus Decret os Reglame nt ari os N° 1145/ GCABA/ 09, Nº
95/ GCABA/ 14 y
sus modi f i cat ori os N°
114/ GCBA/ 16 y
N°
411/ GCABA/ 16,
las
Resol uci ones Nº 596/ MHGC/ 11 y Nº 1. 160/ MHGC/ 11, el Pli ego Úni co de Bases y
Condi ciones Generales par a la Cont r at aci ón de Bi enes y Servi cios del Gobi erno de la
Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res, aprobado por Di sposi ci ón Nº 396/ DGCYC/ 14, las
present es Cláusulas Part i culares y el Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas.
Art. 2° . - OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
El Gobi erno de la Ci udad Aut ónoma de Buenos Ai res l lam a a Cont rat aci ón Di rect a por
Especi ali dad según Art . 28 Inc. 4, Ley 2095, en su t ex t o consoli dado por Ley N° 5454,
para ef ect uar l a cont rat aci ón de una “ Int erv enci ón art íst i ca baj o pue nt e” , co n dest i no a
la Di recci ón General de Mant e ni mi ent o y Tallere s dependi ent e de la Subsecret ari a de
Uso del Espaci o Públi co del Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co de la Ci udad
Aut ónoma de Bueno s Ai res, de acuerdo a l as co ndi ci ones est ab leci das e n el Pli ego de
Condi ciones Generales y el present e Pli ego de Condi ci ones Part i cul ares y según el
si gui ent e det alle:
RENGLÓN
1
DESCRIPCIÓN
CANTIDADES
Serv i ci os Art íst i cos y Cult urales - Reali zaci ón de
840 met ros cuadrados de murales
1
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 4 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 111
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Art. 3° . - PRESUPUESTO OFICIAL.
El presup uest o of i ci al para l a present e cont rat aci ón es de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL
($ 150. 000).
Art. 4° . - PLAZO DE CONTRATACIÓN Y LUGAR DE PRESTACION.
La duraci ón t ot al de la cont rat aci ón será de 60 (sesent a) días hábi les, debi endo
prest arse en aquellos lugares est ableci dos en el Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas.
Art. 5° . - CLASE DE PROCEDIMIENTO.
El present e procedi mi ent o se l lev ará a cabo como cont r at aci ón di rect a por especi ali dad,
procedi mient o regulado por e l Ar t . 28 Inc. 4° de la Ley Nº 2095, en su t ex t o consoli dado
por la Ley N° 5454 y su Decret o Reglament ari o N° 95/ GCABA/ 14 y sus modi f i cat ori os.
Art. 6° . - PRÓRROGA DEL CONTRATO.
El Gobierno de la Ci udad de Buenos Ai res se reserv a el derecho de prorrogar el Cont rat o
celebrado con qui en resul t e Adj udi cat ari o, baj o i dént i cas condi ci ones y respet ándose los
v alores cont ract uales, de ac uerdo a lo est ab leci do en el Art . 119 de la Ley Nº 2095, en su
t ext o consoli dado por Ley N° 5454 y su Decret o Reglame nt ari o Nº 95/ GCABA/ 14 y sus
modi f i cat ori os.
Art. 7° . - DOMICILIO Y NOTIFICACIONES.
Se consi derará domi ci li o del of erent e, aquel que oport uname nt e const i t uya en su
Of ert a, el cual deberá encont r arse dent ro del ej i do de la Ci udad Aut ónom a de Buenos
Ai res. De lo cont rari o, se est ará por aquel declarado ant e el Regi st ro Inf ormat i zado
Úni co y Permanent e de Prov eedores del Sect or Públi co de la Ci udad, dependi ent e del
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 5 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 112
Mi ni st eri o de Haci enda, Di recci ón General de Compras y Cont rat aci ones (Art . 6 de l
Pli ego Úni co de Bases y Condi ciones Generales). Asi mi smo se consi derará domi ci li o
elect róni co const i t ui do, el correo elect róni co declarado por el prov eedor en oport uni dad
de i nscri bi rse en el Regi st ro Inf or mat i zado Úni co y Permane nt e de Prov eedores en el que
se t endr án por v áli das t odas l as not i f i caci ones elect róni cas que se an c ur sadas por el
Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res, conf orme a lo s t érmi nos e st ab leci dos en el Ar t . 6
del Pli ego Úni co de Base s y Condi ci ones Generales, concomi t ant e con lo di spuest o en los
Art s. 6 y 7 del Anexo I del Decret o Nº 1145/ GCABA/ 09.
Todo cambi o de domi ci li o deberá ser comuni cado f ehaci ent ement e al Gobi erno de la
Ci udad Aut ónoma de Bue nos Ai res y surt i rá ef ect o una v ez t ransc urri dos di ez (10) días de
su not i f i caci ón al Gobi erno, el cual deberá est ar si t uado dent ro del t erri t ori o de la
CABA.
El Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res const i t uye domi ci li o en Av. Mart ín García Nº
346 Pi so 3º, de la Ci udad Aut ó noma de Buenos Ai res. Todas las not i f i caci ones ent re las
part es ser án v áli das si se ef ect úan en los domi ci li os const i t ui dos, except o para el
Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res re spect o de las not i f i caci ones j udi ci ales que, par a
t ener v ali dez, deberán est ar di ri gi das al domi ci li o de la Procuraci ón Gener al de l a
Ci udad de Buenos Ai res - Depart ament o Cédulas y Of i cios Judi ci ales si t o en cal le Ur uguay
Nº 458, de conf ormi dad con lo di spuest o por la Resoluci ón Nº 77/ PG/ 06.
Art. 8° . - COMPETENCIA JUDICIAL.
Ant e cualq ui er di vergenci a que pudi era susci t ar se, ambas par t es q uedan somet i das a l a
compet enci a de los J uzgados e n lo Cont enci oso, Admi ni st rat i v o y Tri but ari o de la Ci udad
Aut ónoma de Buenos Ai res renunci ando a c ualq ui er ot ro f uero o j uri sdi cci ón (Art . 7º
Pli ego Úni co de Condi ci ones Generales).
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 6 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 113
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Art. 9° . - CÓMPUTO DE PLAZOS.
El cómput o de plazos se ef ect uará conf orme lo est i pul ado en Art . 82 de la Ley N° 2095
conf orme t ext o conso li dado por l a Ley N° 5454 y sup let ori ament e por la Ley de
Procedi mi ent os Admi ni st r at i v os de la Ci udad Aut ónom a de Bue nos Ai res (Decret o de
Necesi dad y Urgenci a N° 1510/ GCABA/ 97 conf orme t ext o consoli dado por la Ley N° 5454).
Art. 10° . - CONSULTA Y ADQUISICIÓN DEL PLIEGO.
Los Pli egos de Bases y Condi ci ones se encuent ran a di sposi ci ón de los i nt eresados para su
consult a y adqui si ci ón en w w w. buenosai rescompras. gob. ar.
Los of erent es que hay an adqui ri do los Pli egos y que hubi eran cumpli do con el
procedi mient o de regi st raci ón, aut ent i caci ón y aut ori zaci ón como usuari o ext er no de BAC,
podrán f ormular consult as y/ o aclar aci ones de los Pli egos de Bases y Condi ci ones en la
f orma previ st a en el present e Pli ego hast a cuarent a y ocho (48) horas previ as a la
apert ura.
Art. 11° . - DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL. ORDEN DE PRELACIÓN.
Los si gui ent es document os const i t uyen la document aci ón cont ract ual:
A) El Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales y sus Anexos;
B) El Pli ego de Bases y Condi ci ones Part i culares y Ci rculares Aclarat ori as si las hubi ere;
C) El Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas y Ci rculares Aclarat ori as si las hubi ere;
D) Cont rat o u Orden de Compra cuando correspondi era;
E) La Of ert a y los document os aclarat ori os t omados en cuent a para la Adj udi caci ón;
Cuando exi st a di vergenci a ent re los document os se ñalados en el párraf o ant eri or, a los
f i nes de su i nt erpret aci ón prev alecerá el orden en que han si do expuest os.
Art. 12° . - CONDICIONES PARA SER OFERENTE.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 7 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 114
Podrán part i ci par como of erent es en la present e cont rat aci ón:
1.
Las soci edades comerci ales regul arme nt e const i t ui das conf orme a la Ley
General de Sociedades N° 19. 550 y sus modi f i cat ori as, domi ci li adas en el país y las
regularment e const i t ui das en el ext eri or, de acuerdo a las leyes de su país.
2.
Las Soci edades Ext ranj eras deberán hal larse i nscri pt as en la Rep úbli ca
Argent i na e n los t érmi nos de los Art íc ulos 118° y 123° de l a Ley N° 19. 550 en f orm a
prev i a a la suscri pci ón del cont rat o, en el caso que result en adj udi cat ari as.
3.
Las Soci edades Comerci ales podrán par t i ci par en l a cont rat aci ón como
of erent es en f orma i ndiv i dual o bi en como i nt egrant es de una UT, no pudi endo ser part e
i nt egrant e de más de una de ellas. En ni ngún caso podrán hacer uso de ambas
alt er nat i v as. Las UT no podrán est ar i nt egrad as por más de t res (3) soci edades. La
det ecci ón de alguna de est as si t uaci ones, será mot i v o de rechazo aut omát i co de t odas
las of ert as en q ue part i ci pen l as f i rm as que no observ asen las li mi t aci ones ant es
descri pt as.
4.
Las perso nas humanas o j urídi cas co n capaci dad p ara ob li garse, q ue no se
encue nt re n comprendi das en el Ar t ículo 98° de la Ley 2095 según t ext o conso li dado por
Ley N° 5454 y que se e ncue nt re n i nscri pt as e n el Regi st ro Inf ormat i zado Úni co y
Permanent e de Prov eedores.
5.
Los of erent es deberán c umpli r con la apt i t ud j urídi ca requeri da en el pre sent e
pli ego, la cual se det ermi nar a t eni endo e n cue nt a los e st at ut os soci ales y demás
document aci ón legal correspondi ent e. La dur aci ón de la soci edad i ndi vi dual y de cada
una de las i nt egrant e s de la UT, en su caso, deberá ser cont est e con el plazo previ st o
para la present e cont rat aci ón con más sus ev ent uales prórrogas.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 8 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 115
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
En los casos de UT, t odas las Soci edades que lo i nt egre n deberán c ump li r en lo que
respect a a su const i t uci ón y demás ef ect os, las prescri pci ones del Ar t ículo 1463° ,
si gui ent es y concordant es de l Códi go Civ i l y Comerci al de la Naci ón Ley N° 26. 994 y sus
normas complement ari as, como así t ambi én con los recaudos menci onados en el pri mer
párraf o del present e art ículo, cumpli endo con las si gui ent es premi sas:
1) En el compromi so de const i t uci ón de la UT deberá est ablecerse en f orma expresa:
- Responsabi li dad soli dari a e i li mi t ad a de sus i nt egrant es por
t odas las
obli gaci ones emergent es del compromi so, si n benef i ci o de di v i si ón ni excusi ón.
- Cant i dad y nat uraleza de los aport es que cada i nt egrant e compromet a.
- Su obj et o debe ser exclusi v ament e el c ump li mi ent o del cont rat o y su pl azo de
vi genci a no i nf eri or al p lazo cont rac t ual, debi endo prev erse una ev ent ual prórroga y
ext ensi ón.
2) Y en especi al:
- Uni f i car su personería y f i j ar domi ci li o úni co.
- Acredi t ar f ehaci ent ement e su deci si ón i rrev ocable de asoci arse para est a
present aci ón, expresada a t rav és de los órganos correspondi ent es de cada soci edad.
- Acompañar Decl araci ón Jur ada baj o la f orma de i nst rument o p úb li co ot orgado
en el país y co nf orme a las norm as argent i nas, y suscri pt a por t odos lo s i nt egr ant es de l a
mi sma, en la que:
- Se desi gna al Represe nt ant e Legal de una de las soci edades i ndi v i duales como
Represent ant e Úni co de la UT, a los ef ect os que corresponda.
Con la of ert a se deberá i ncorporar una copi a cert i fi cada y legali zada del compromi so de
Const i t uci ón de la UT.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 9 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 116
En el sup uest o de que la doc ument aci ón q ue acredi t a l a perso nería j urídi ca del of erent e
o cualqui er ot ro i nst r ume nt o legal rel aci onado con la pre sent e co nt r at aci ón no est uv i era
redact ada en i di oma cast e ll ano, di cha document aci ón deberá ser acompañada por una
t rad ucci ón legali zada por Tr aduc t or Púb li co con mat ríc ul a v i gent e al día de la t rad ucci ón
y a la f echa de present aci ón de la of ert a.
Los poderes conf eri dos f uera de la Rep úbli ca Arge nt i na ser án ot orgados según las f ormas
del lugar de ot orgami ent o y serán debi dament e legali zados según legi sl aci ón naci onal
apli cab le, debi endo ser legali zados por el Consulado Argent i no que correspondi ere y por
el Mi ni st ro de Relaci ones Ext eri ores de la Naci ón, o cont ar con la Apost i l la de l a Haya, en
su c aso. Asi mi smo, deberá ser legali zada e n f orma si mi lar t oda la document aci ón
requeri da para el caso de Soci edades Ext ranj eras (cert i f i cados de exi st enci a legal,
est at ut os,
ac t as de
Di rect ori o,
i nst r ument os de
v i ncul aci ón,
balances y
ot ra
document aci ón exi gi ble).
Respect o a los bal ances y est ados de si t uaci ón p at ri moni al de las Soci edades
Ext ranj er as, expresados en la mo neda del país de ori gen, deberán haber si do
present ados ant e e l correspondi ent e organi smo de cont rol. Asi mi smo, deberá adj unt arse
una t r aducci ón al esp año l conf ecci onada por Tr aduc t or Púb li co Naci onal con m at ríc ul a
vi gent e al día de la t r aducci ón y a l a f echa de la present aci ón de of ert a, respect o de
t odos los i mport es relaci onados con l as paut as de ev aluaci ón económi ca prev i st as en
est e pli ego, conv ert i dos a l a mo neda de cur so legal e n la Repúb li ca Argent i na, al t i po de
cambi o ut i li zado y la f echa de ref erenci a y f uent e, t odo ello debi dament e legali zado.
Art. 13° . - IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE.
No podrán concurri r como of erent es al present e procedi mi ent o:
-
Las soci edades si mples o de hecho.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 10 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 117
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
-
Las empresas y / o soci edades i nt egrad as por perso nas hum anas y/ o j urídi cas
cuyos mi embros del Di rect ori o, Consej o de Vi gi lanci a, Síndi cos, Gerent es, Soci os,
Represent ant es o Apoderados sean age nt es y/ o f unci onari os, baj o cualq ui er f orma de
modali dad cont ract ual, de la Admi ni st raci ón Públi ca Naci onal, Prov i nci al o del GCBA.
-
Las empresas y / o soci edades i nt egrad as por perso nas hum anas y/ o j urídi cas
cuyos mi embros del Di rect ori o, Consej o de Vi gi lanci a, Síndi cos y/ o Gerent es se
encuent ren i nscri pt os en el Regi st ro de Deudores Ali ment ari os Morosos del GCBA.
-
Las empresas, aun cuando f ormar an par t e de una UT, y/ o soci edades que
hayan si do sanci onadas con suspe nsi ón o i nhabi li t aci ón por part e de alguno de los
Poderes u Órganos menci onados en e l Art ículo Nº 2 de l a Ley Nº 2095 y su Decret o
Reglament ari o N° 95/ GCABA/ 14, mi ent ras di chas sanci ones si gan v i gent es.
-
Aque llos supuest os prev i st os en el Art ículo 98 de la Ley Nº 2095 ( t ext o
consoli dado por Ley N° 5454) y su Decret o Reglament ari o N° 95/ GCABA/ 14.
Art. 14° . - PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
La present aci ón de cada of ert a se har á a t rav és de los f ormulari os elect róni cos
di sponi bles en BAC, cump li endo con t odos los requeri mi ent os exi gi dos en los Pli egos de
Bases y Condi ci ones y adj unt ando t odos y cada uno de los document os soli ci t ados en
ellas en soport e elect róni co.
La Gerenci a Operat iv a Compras y Cont rat aci ones NO RECIBIRÁ DOCUMENTOS QUE SEAN
PRESENTADOS EN SOPORTE PAPEL, a excepci ón de aquellos docume nt os q ue por sus
caract eríst i cas no puedan ser present ados en soport e elect róni co a cri t erio de la
Aut ori dad Admi ni st rat i v a.
La document aci ón que no se present e a t r av és de los f ormulari os menci onados en el
pri mer párraf o del present e art ículo, con las excepci ones ref eri das, no será consi derada
como part e i nt egrant e de la Of ert a y consecuent ement e carecerá de v alor j urídi co.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 11 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 118
Toda la i nf ormaci ón y document os que se acompañe n, y que sean requeri dos en est e
Pli ego deberán est ar f i rmados en t odas sus f oj as por persona(s), con capaci dad
suf i ci ent e par a obli gar al of erent e y ser red act ados e n i di oma cast el l ano, a excepci ón de
f ollet os i lust rat i v os, que podrán present arse en su i di oma ori gi nal.
En el sup uest o de que la doc ument aci ón q ue acredi t a l a perso nería j urídi ca del of erent e
o cualqui er ot ro i nst r ume nt o legal rel aci onado con la pre sent e co nt r at aci ón no est uv i era
redact ado
en
i dioma
cast el lano,
deberá
ser
acompañado
por
una
t rad ucci ón
debi dament e legali zada por el Colegi o de Traduct ores Púb li cos de del Ci udad de Buenos
Ai res.
Art. 15º . - MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.
Los of erent es se obli gan a mant ener y gar ant i zar los t ér mi nos de su of ert a por un
período de t rei nt a (30) días hábi les cont ados a part i r de la f echa del Act o de Apert ura de
Of ert as. Si el of erent e no mani f est ar a su v olunt ad de no renov ar la garant ía de
mant eni mi ent o de of ert a con una ant elaci ón míni m a de di ez (10) días hábi les ant eri ores
al v enci mi ent o del plazo, se procederá según lo est ablece el Ar t . 19 del Decret o N°
1145/ GCABA/ 09.
Art. 16° . - CONTENIDO DE LA OFERTA.
Para la present aci ón de las propuest as, los of erent es deberán present ar:
1)
Cart a de present aci ón f i rmada por el of erent e o su represent ant e donde
mani f i est e expresament e su deci si ón de part i ci par en e l prese nt e ll amado y l a
acept aci ón de t odas las cláusulas de los Pli egos de Bases y Condi ci ones.
2)
Const anci a de i nscri pci ón en el Regi st ro Úni co y Permane nt e de Prov eedores
del Gobi erno de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res o const anci a de i ni ci o de t rámi t e
de i nscri pci ón (Art . 5 del Pli ego de Bases y Condi ci ones Generales).
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 12 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 119
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Es condi ci ón para la adj udi caci ón que el of erent e se enc uent re i nscri pt o en el
Regi st ro Úni co y Permanent e de Prov eedores (RIUPP) del Gobierno de la Ci udad
Aut ónoma.
En caso que el Of erent e se encuent re i nscri pt o en el RIUPP, la docume nt aci ón e
i nf ormaci ón cont eni da en el Regi st ro Úni co y Permanent e de Prov eedores del Gobierno
de la Ci udad Aut ónom a de Buenos Ai res deberá est ar debi dament e act uali zada a la f echa
de present aci ón de la of ert a.
Para el sup uest o de of erent es con t rámi t e de soli ci t ud de i nscri pci ón en el RIUPP,
deberán present ar, además copi a cert i f i cada del Cont rat o Soci al o Est at ut os Soci ales y
Act a de Asamble a y/ o Di rect orio de la cual surj a l a act ual di st ri buci ón de cargos
di rect i v os o aut ori dades de la soci edad, y Cert i f i cado de Deudores Ali ment ari os Morosos.
3)
Inst r ume nt os co nst i t ut i v os de la soci edad, est at ut os, act as de asamblea,
modi f i caciones,
desi gnaci ón
de
aut ori dades,
t odo
ot ro
document o
soci et ari o
debi dament e i nscri pt o, que acredi t e el cumpli mi ent o de los requi si t os previ st os en los
Pli egos y la represent aci ón del of erent e, j unt o con la const anci a de su i nscri pci ón en l a
Inspecci ón General de Just i ci a o Regi st ro Públi co correspondi ent e.
En el caso de t rat ar se de una UT deberá acompañar se un compromi so de
const i t uci ón de l a Uni ón Tr ansi t ori a debi dament e cer t i f i cado, suscri pt o por
sus
respect i vos represent ant es legales, medi ant e el que mani f i est en la v olunt ad de reuni rse
baj o la modali dad de una UT par a la ej ecuci ón de l obj et o del prese nt e procedi mi ent o,
plasmando en el mi smo los dat os correspondi ent e s, que luego deberá cont e ner el
ef ect iv o cont rat o de const i t uci ón, conf orme lo est ab leci do en el Art ículo 14° de l
present e Pli ego de Cláusul as Par t i culare s. Di cho compromi so deberá i neludi bleme nt e
expresar l a cant i dad y nat ur aleza de los aport es que cada i nt egrant e compromet a en l a
ment ada UT.
4)
Cot i zaci ón de la Of ert a, en los t érmi nos señalados en el present e Pli ego.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 13 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
5)
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 120
Deberán acompañarse los docume nt os de los cuáles result e( n) la( s) persona(s)
que represent ará( n) al of erent e en el present e l lamado, con f acul t ades par a obli garlo,
reali zar t odos los act os y fi rmar los document os que sean necesari os. Para el caso de las
UT, t odas y cada una de las soci edades que lo const i t uye n deberán ot orgar poder en
legal f orma, a f av or del represent ant e común a t odas ellas.
6)
Declaraci ón Jurada de Apt i t ud p ara co nt r at ar, conf orme al Anexo I de l Pli ego
Úni co de Bases y Condi ci ones Generales.
7)
Declaraci ón J urad a de no t e ner demanda, arbi t raj e u ot ro t i po de li t i gi o
pendi ent e que i nvolucre o pueda t ener i mpact o sobre más del ci ncuent a por ci ent o
(50%) del act i v o t ot al de la empresa.
8)
Declaraci ón Jur ada de que par a cualq ui er si t uaci ón j udi ci al que se susci t e, el
of erent e acept a la compet enci a de los Juzgados en lo Cont enci oso Admi ni st rat i v o y
Tri but ari o de la Ci ud ad Aut ónom a de Buenos Ai res, renunci ando a cualqui er ot ro f uero,
j uri sdi cci ón o compet enci a.
9)
Declaraci ón J urad a de Domi ci li o en el ej i do de la Ci udad Aut ónom a de Buenos
Ai res.
10) Declaraci ón Jurada de q ue cump le con t odas l as exi genci as e st ab leci das en los
Pli egos de Bases y Condi ci ones.
En el sup uest o de que la doc ument aci ón q ue acredi t a la per sonería j urídi ca del Of erent e
o cualqui er ot ro i nst r ume nt o legal rel aci onado con la pre sent e co nt r at aci ón no est uv i era
redact ada
en
i di oma
cast el lano,
deberá
ser
acompañado
por
una
t rad ucci ón
debi dament e legali zada.
No serán dese st i madas Of ert as que a cri t eri o del GCBA cont engan errores de f orma que
result aren subsanables.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 14 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 121
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Art. 17° . - FORMA DE COTIZAR.
Solo se admi t i rán of ert as correspondi ent es a la t ot ali dad del serv i ci o cont rat ado, y de
acuerdo a l as c ant i dades y cali dad requeri da. Deberá cot i zarse el renglón e n su t ot ali dad,
no se acept arán cot i zaci ones parci ales ni por part e del Renglón. Se consi dera que el
OFERENTE, ant es de present ar su OFERTA, ha t eni do en cuent a t odo lo necesari o para la
plena y cabal ej ecuci ón del cont r at o, i nc luye ndo en los preci os t odos los cost os re lat i v os
a los serv i ci os a sumi ni st rar y el t ransport e hast a el lugar de ej ecuci ón.
El of erent e deberá present ar j unt o con la of ert a la est ruc t ura real de cost os que
respald a cada rengló n del preci o of ert ado. De ella debe surgi r el det alle de los cost os
di rect os e i ndi rect os que la compone n, la i nci denci a i mposi t i v a y la ut i li dad p rev i st a.
Tambi én se deberá i ndi car el preci o de referenci a asoci ado a cada uno de los concept os
que componen la est ruct ura real de cost os.
Los preci os de referenci a a ut i li zar ser án los i nf orm ados por el Inst i t ut o Naci onal de
Est adíst i ca y Censos, l a Di recci ón de Est adíst i ca dependi ent e de la Ad mi ni st raci ón
Gubernament al de Ingresos Púb li cos del GCABA o el organi smo q ue l a reempl ace, o por
ot ros organi smos públi cos especi ali zados, aprobados por el comi t ent e.
El OFERENTE deberá presentar su OFERTA en moneda nacional Pesos.
Art. 18° . - CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES.
La so la prese nt aci ón de l a Of ert a, i mport a de par t e del Of erent e, el p leno conoci mi ent o
del ámbi t o en el que se prest ará el Serv i ci o, las condi ci ones, f act ores ext ernos,
caract eríst i cas propi as y gener ale s de su desarro llo, acept ando t odas las c láusulas de los
Pli egos, por lo que no podrá co n post eri ori dad i nv ocar en su f av or, para j ust i f i car los
errores en que p udi era haber i nc urri do al f orm ular l a Of ert a, d uda o desconoci mi ent o de
las cl áusul as y di sposi ci ones legales ap li cab les o de las co ndi ci ones t écni cas y f áct i cas
del Serv i ci o.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 15 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 122
Asi mi smo el Of erent e se hace responsab le de maner a excl usi v a por la obt enci ón de la
i nf ormaci ón y de la reali zaci ón de los est udi os de campo necesari os para la el aboraci ón
de su Of ert a.
Art. 19° . - FALSEAMIENTO DE DATOS.
El f alseami ent o de dat os dará lugar a la i nmedi at a exclusi ón del of erent e. Si la f alsedad
f uere adv ert i da con post eriori dad a la cont rat aci ón, será causal de resci si ón por culpa
del cont rat i st a, si n perj ui ci o de las demás responsabi li dades que pudi eren corresponder.
Art. 20° . - CONSULTAS, ACLARACIONES Y CIRCULARES.
Los adqui rent es de los Pli egos podrán f ormul ar, por escri t o, consult as y/ o aclar aci ones
sobre el cont eni do de los Pli egos de Bases y Condi ciones, las que se reali zarán medi ant e
BAC hast a cuare nt a y ocho (48) horas prev i as a la f echa est ableci da para l a apert ur a de
of ert as, en un t odo de acuerdo a lo di spue st o en el Art ículo 9 del Pli ego Úni co de Bases y
Condi ci ones Generales.
Art. 21° . - VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA.
Será exclui da t oda of ert a que adolezca de uno o más de los si gui ent es v i ci os:
a)
Que se present e f i rmada por persona( s), si n capaci dad suf i ci ent e para obli gar
al of erent e.
b)
Que cont enga correcci ones, rasp aduras, enmi end as o agregados q ue no est én
debi dament e salv ados y f i rmados por la mi sma persona que f i rmó la of ert a.
c)
Que cont enga condi ci onami ent os.
El Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res se reserv a el derecho de rechazar cualqui er
of ert a que no se aj ust e sust anci alment e a las condi ci ones de la present e cont rat aci ón.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 16 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 123
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Art. 22° . - IMPUGNACIÓN AL PLIEGO.
La i mpugnaci ón al Pli ego deberá ser acompañada con una gar ant ía equi v alent e al t res
por ci ent o (3%) del mont o t ot al est i mado de la cont rat aci ón.
La i mpugnaci ón al Pli ego será t r ami t ad a conf orme lo est ab lece el Ar t . 20º i nci so a) y el
Art . 21° párraf o 4° , 5° y 6° del Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones Generales.
Art. 23° . - VISTA DE LAS PRESENTACIONES.
El derecho de vi st as con relaci ón a l as copi as present ad as en est a cont rat aci ón se regi rá
por lo est ableci do en la Ley de Procedi mi ent os Admi ni st r at i v os de la Ci udad de Bue nos
Ai res.
Art. 24° . - APERTURA DE LAS OFERTAS.
El act o de apert ura de of ert as se ef ect uará a t rav és de BAC. Las of ert as serán li beradas
el día y hora est ab leci dos en el re spect i v o llamado a Cont rat aci ón Di rect a, f ormulándose
elect róni came nt e el
Act a per t i nent e para co noci mi ent o de los part i ci pant es y
f unci onari os desi gnados (Art . Nº 20 del Anexo I del Decret o Nº 1145/ GCABA/ 09 y Art . Nº
8 del Anexo I de la Resoluci ón Nº 1160/ MHGC/ 2011).
El si st em a asegura cer t eza en la hora y f echa de l a apert ura y per mi t e a los Of erent es
acceder al rest o de las of ert as prese nt adas, las q ue podrán ser observ adas por los
mi smos dent ro de las v ei nt i cuat ro (24) horas si gui ent e s a l a apert ur a en l a Gerenci a
Operat i v a de Compras y Cont rat aci ones, si t a en Av da. Mart ín García Nº 346 Pi so 3º –
Ci udad Aut ónoma de Buenos Ai res.
Las ev ent uale s observ aci ones reali zadas por los of erent es no ge nerar án obli gaci ones de
ni ngún t i po al Gobi erno de la Ci udad de Bue nos Ai res, así como ni ngún derecho a los
of erent es que las reali zaran.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 17 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 124
Art. 25° . - INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
Para l a ev aluaci ón de las of ert as, l a Gerenci a Operat i v a de Compras y Cont rat aci ones de
est e Mi ni st eri o, podrá requeri r de los of erent es, la i nf ormaci ón compleme nt ari a que
est i me necesari a si n q ue ello af ect e el derecho de i guald ad ent re el los, ni al t ere los
t érmi nos de las of ert as present adas.
Art. 26° . - RECHAZO.
El Gobi erno de la Ci udad Aut ó noma de Buenos Ai res, se reserv a el derecho de rev ocar el
ll am ado o de rechazar la t ot ali dad de las of ert as prese nt adas con ant eri ori dad al
perf ecci onami ent o del cont rat o, si n que di cha deci si ón ot orgue derecho alguno a los
of erent es para f ormular y/ o ef ect uar reclamo alguno.
Art. 27° . - CONTRATACION DIRECTA FRACASADA.
En caso de que los of erent es no re únan l as condi ci ones y requi si t os míni mos que re sult e n
i ndi spensables p ara ser Adj udi cat ari os, la Cont r at aci ón será decl ar ada f rac asada, si n que
ello de derecho a reclamaci ón alguna por part e de los of erent es.
Art. 28° . - ADJUDICACIÓN.
El act o q ue di sponga l a adj udi caci ón ser á not i f i cado act o a t odos los of erent es
f ehaci ent ement e a t r av és de BAC, pub li cándolo, asi mi smo, en el Bolet ín Of i ci al de l a
Ci udad Aut ónoma de Bue nos Ai res, e n l a pági na Web del Gobi erno de la Ci udad y en e l
port al w ww. buenosai rescompras. gob. ar. Los rec ursos cont r a la adj udi caci ón, t r ami t arán
por expedi ent e separado f ormado por las copi as pert i nent e s, si n i nt er rumpi r l a ul t eri or
t rami t aci ón del expedi ent e pri nci pal, de conf ormi dad con lo prescri pt o por el Decret o
de Necesi dad y Urgenci a Nº 1510/ GCABA/ 97 aprobado por Resoluci ón Nº 41/ LCABA/ 98.
La aut ori dad compet ent e resolv erá los recursos admi ni st rat i v os prev io di ct amen de la
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 18 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 125
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Procuraci ón General de la Ci udad de Buenos Ai res.
Art. 29º . - COTEJO DE LA INFORMACIÓN.
La Aut ori dad de Ap li caci ón podrá requeri r al cont rat i st a e n c ualqui er mome nt o de las
et apas de l a ej ecuci ón del cont r at o, el acceso a sus li bros de cont abi li dad y doc ument os
cada v ez que lo consi dere necesari o. A t ales ef ect os, el personal de l a aut ori dad de
apli caci ón podrá v i si t ar, i nspecci onar y audi t ar las of i ci nas, depósi t os, equi pos, et c. , del
cont rat i st a.
Art. 30° . - CESIÓN / TRANSFERENCIA.
El cont r at o no podrá ser t r ansf eri do o cedi do por el adj udi cat ari o a t erceros si n prev i a
aut ori zaci ón expresa del GCABA, previ o di ct amen de la Proc uraci ón Gener al de l a
Ci udad. En caso de que e l lo sucedi era si n l a me nci onada aut ori zaci ón, podrá darse por
resci ndi do el cont rat o por causa at ri bui ble al adj udi cat ari o.
En t odos los c asos e l adj udi cat ari o cedent e cont i nuara obli gado soli dari ame nt e con e l
cesi onari o por las obli gaci ones y responsabi li dades emergent es del cont r at o. La
t ransf ere nci a aut ori zada de l cont rat o deberá ser p ub li cada e n el bolet ín Of i ci al de l a
Ci udad de Buenos Ai res y exhi bi da en los mi smos medi os y plazos que la adj udi caci ón.
DEL CONTRATO.
Art. 31° . - DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
En la ej ecuci ón del cont rat o, el cont rat i st a deberá aj ust arse est ri ct ament e a los
t érmi nos y condi ci ones que se est ab lezcan e n el prese nt e Pli ego y a las i nst r ucci ones que
i mpart a el Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co del Cont rat o, obli gándose -ent re
ot ras acci ones- a:
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 19 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
a)
Ut i li zar
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
t odos los medi os compromet i dos,
pudi endo i ncorporar,
N° 126
prev i a
aprobaci ón de Mi ni st eri o de Ambi ent e y Espaci o Públi co, los medi os, si st emas, y mét odos
que aconsej e l a ev oluci ón t ecnológi ca y/ o carac t eríst i cas operat i v as, y que cont ri buyan
a mej orar la cali dad del serv i ci o.
b)
Observ ar las di sposi ci ones legales re lat i v as a la Hi gi ene y Seguri dad en el
Trabaj o y las di sposi ci ones de caráct er laboral y prev i si onal.
c)
Responder e n f orma excl usi v a, por cualq ui er daño que p udi ere ocasi onarse
con mot i v o o por una f alenci a de la prest aci ón cont rat ada.
Art. 32° . - REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL.
Todo el personal o t erceros af ect ados por el cont rat i st a de la cont rat aci ón al
cump li mi ent o de l as ob li gaci ones y/ o re laci ones j urídi co cont rac t uale s carecerán de
relaci ón alguna con el GCABA.
Est arán a excl usi v o cargo del cont rat i st a los sal ari os, seguros, leyes y cargas soci ales y
previ si onales y c ualq ui er ot ra erogaci ón, si n excepci ón, v i nculados co n la ej ecuci ón
cont rac t ual; q uedando expresament e li berado el GCABA por t ales concept os, y si n que se
conf i gure soli dari dad alguna ent re ambos.
Queda debi dament e ac larado y ent e ndi do que el GCABA no asumi rá responsabi li dad alguna
y quedará desli gado respect o de t odo conf li ct o o li t i gio que ev ent ualme nt e se gener ase
por cuest i ones de índole laboral ent re el cont rat i st a y el perso nal que ést e ocupare a los
f i nes de cumpli r con sus obli gaci ones cont rac t uale s y que, en consecuenci a, pudi era
i mpli car l a i nt erv enci ón del gremi o que los nuclea y / o de aquel los organi smos e st at ales
vi nculados con el cont ralor de t ransgresi ones a normas est ab leci das para el orden laboral,
o del cump li mi ent o de conv eni os colect ivos de t rabaj o en v i genci a. Igual cri t eri o se hace
ext ensi v o a las obli gaci ones prev i si onales e i mposi t i v as que recai gan sobre el cont rat i st a.
Asi mi smo, el GCABA no asumi rá responsabi li dad alguna por reclamos de t erceros con los
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 20 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 127
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
que el cont rat i st a hubi ere cont rat ado a los f i nes de cumpli r con las obli gaci ones
emergent es del present e Pli ego y del Cont rat o en general.
Art. 33° . - DAÑOS A TERCEROS.
El cont r at i st a i mpleme nt ará e n la re ali zaci ón de l as act i v i dades que comprendan e l obj et o
de la co nt r at aci ón, t odas las medi das de seguri dad q ue sean necesari as p ara dar
cump li mi ent o a la legi sl aci ón v i gent e en la m at eri a, par a ev i t ar daños a per sonas o cosas y
si ellos se produj eran, será responsable por el resarci mi ent o de los perj ui ci os.
Las comuni caci ones que se ref i eran a medi das de seguri dad, deberán ser c umpli das
i nexcusableme nt e de acuerdo con las i ndi caci ones i mpart i das por el GCABA y dent ro del
plazo que ést e i ndi que.
Art. 34° . - PENALIDADES.
El i nc umpli mi ent o por part e de adj udi cat ari o de las obli gaci ones emergent e s de l a
relaci ón cont rac t ual o de los índi ces prev i st os en el pli ego y l as norm as que f i j an los
requi si t os y modali dades de la prest aci ón del serv i cio f acult ará al GCABA a l a apli caci ón
de las penali dades y/ o sanci ones, dur ant e t odo el plazo cont ract ual, aun cuando el
cont rat o se encont rar á resci ndi do y/ o ej ecut ado en su t ot ali dad al t i empo en que se
f ormali ce el correspo ndi ent e ac t o admi ni st rat i v o, la apli caci ón de la pe nali dad y/ o
sanci ón.
Falt as Grav es:
Se graduar án e n porcent aj es sobre l a f act uraci ón t ot al del mes ant eri or al peri odo en
que se det ect a la si t uaci ón que corresponda a la f alt a o en caso de t rat arse del
i ncump li mi ent o de un ít em, sobre la f act ur aci ón del serv i ci o correspondi ent e al mi smo.
Se apli cará est a graduaci ón cuando se v eri f i quen las si gui ent es si t uaci ones:
1) Por ej ecuci ón de un modelo no exclusi v o, o bi en por plagi o de algún ot ro di seño.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 21 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 128
2) Falt a de const i t uci ón o renov aci ón de los seguros exi gi dos.
Falt as lev es:
Se graduar an e n porcent aj es sobre l a f act uraci ón t ot al del mes ant eri or al peri odo en
que se det ect a la si t uaci ón que corresponda a la f alt a o en caso de t rat arse del
i ncump li mi ent o de un ít em, sobre la f act ur aci ón del serv i ci o correspondi ent e al mi smo.
Se graduarán de ac uerdo a l a gr av edad en una escala de sde 0, 01% a 1, 5% y se apli car a
est a graduaci ón cuando se v eri f i quen las si gui ent es si t uaci ones:
1.
Incumpli mi ent o de orden de prov i si ón por cada hecho t ot al o parci al.
2.
Incumpli mi ent o de los plazos est i pulados en las et apas est ableci das en el PET.
3.
Por cada def i ci enci a det ect ada en cont roles durant e la prov i si ón.
4.
Ut i li zaci ón de equi pami ent o y/ o mat eri ales no aprobados por el GCABA.
5.
Incumpli mi ent o de las condi ci ones de seguri dad míni mas requeri das.
6.
Toda t rasgresi ón a l as condi ci ones est ab leci das en e l prese nt e pli ego, para la
prest aci ón de los serv i ci os, que no se encuent re precedent ement e enumerada.
No se i mpondrán pe nali dades, sanci ones y/ o m ult as y/ o comput o de def i ci enci as
est ab leci das en el PCP, en caso f ort ui t o o de f uerza mayor, debi dament e acredi t ados y
denunci ados por el adj udi cat ari o dent ro de las 72 horas de ocur ri do el o los hechos
respect i vos. Quedan i nc lui dos en est os concept os cat ást rof es de la nat uraleza, act os de
sabot aj e o t errori smo, act os de prot est a i legales o de grav edad i nst i t uci onal, hechos de
t erceros i mprev i si bles e i nevi t ables, h uelgas o medi das de f uerza generales. Quedan
expresament e exclui das de est a enumeraci ón l as hue lgas o medi das de f uerza si ndi cales
o laborales q ue sean consecue nci a de i ncump li mi ent os de los cont r at i st as de sus
obli gaci ones laborales soci ales o previ si onales, como t ambi én los hechos produci dos por
su culpa o negli genci a.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 22 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 129
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Art. 35° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Son obli gaci ones del cont rat i st a:
a.
Ej ecut ar las obli gaci ones cont r aídas por el present e cont rat o con el debi do
cui dado y di li genci a.
b.
Cumpli r con lo est ableci do dent ro de los plazos paut ados en el PET.
c.
Respet ar l as locaci ones est ableci das y aprobadas por la aut ori dad de
apli caci ón.
d.
Ut i li zar los mat eri ales propue st os en e l PET o, en caso de no poder cumpli r
con est o, soli ci t ar aut ori zaci ón a la aut ori dad de apli caci ón para la ej ecuci ón de los
serv i ci os con mat eri ales de cali dad si mi lar.
e.
Ej ecut ar l as t areas det al ladas respet ando el c aráct er exc lusi v o del di seño
selecci onado y aprobado por GCABA.
f.
Respet ar y acat ar la Legi slaci ón y la Normat i v a v i gent e en el GCABA.
g.
Cumpli r e n t i empo y f orma con lo prev i st o en el Pli ego de Bases y Condi ci ones
Generales, en el present e Pli ego de Cláusulas Part i culares.
Art. 36° . - DE LAS OBLIGACIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
Son obli gaci ones del Gobi erno de la Ci udad de Buenos Ai res durant e l a ej ecuci ón del
cont rat o:
a.
Pagar e n t i empo y f orma las ob li gaci ones a su cargo, y que surj an
exclusi v ament e del cont rat o.
b.
Desi gnar expresame nt e al área de l Gobi erno de la Ci ud ad de Bue nos Ai res que
of i ci ará de recept ora de las i nf ormaci ones proporci onadas por el cont rat i st a.
c.
Fi scali zar el f i el cumpli mi ent o del cont rat o medi ant e el cont rol e i nspecci ón
responsable de las ac t i v i dades desplegadas por el cont rat i st a par a la prest aci ón del
serv i ci o obj et o de la present e cont rat aci ón.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 23 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 130
Art. 37° . - CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
La relaci ón cont ract ual quedará ext i ngui da por:
-
Expi raci ón del t érmi no del cont rat o y/ u orden de compra.
-
Mut uo acuerdo.
-
Qui ebra del cont rat i st a, o concur so prev ent iv o salv o aut ori zaci ón j udi ci al en
cont rari o.
-
Resci si ón del co nt r at o por i nc ump li mi ent o del cont rat i st a según lo est ableci do
en el prese nt e Pli ego y lo prescri pt o en l a Ley Nº 2095 (t ext o conso li dado por Ley N°
5454).
Conf orme lo previ st o en el art . 9 i nc. a) de la Ley 2095 t ext o consoli dado por
Ley N° 5454.
-
Art. 38° . - FORMA DE PAGO.
El pago será ef ect uado e n un t odo de acuerdo a las di sposi ci ones cont e ni das e n los
Art ículos 26° , 27° , 28° , 29° , 30° y 31° de l Pli ego Úni co de Bases y Condi ci ones
Generales.
Art. 39° . - SEGUROS.
a) Generalidades
El Adj udi cat ari o deberá cont rat ar los seguros que se det al lan en el present e art ículo y
acredi t ar la const i t uci ón de los mi smos y su v i genci a dur ant e t odo el peri odo
cont rac t ual,
medi ant e
la present aci ón de copi as de sus respect i v as póli zas y
comprobant es de pago de l premi o, except o para el sup uest o de la cobert ura de d año
ambi ent al, la c ual se ac redi t ará medi ant e prese nt aci ón del ori gi nal e n l a Di recci ón
General de Seguros conf orme la Resoluci ón Nº 2780/ MHGC/ 10.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 24 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 131
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Asi mi smo es de señalar que, deberán acredi t arse l as cobert ur as, como míni mo una v ez
por año o cada v ez que modi f i que y/ o cambi e de compañía asegur adora, si empre con
previ a aut ori zaci ón del GCABA, o cada v ez que el GCABA lo soli ci t e, se prese nt arán
copi as de las póli zas y de sus comprobant es de pago del premi o.
La cont r at aci ón de los seguros q ue aq uí se ref i ere es i ndependi ent e de aque l los ot ros
que le sean legal ment e exi gi bles al Adj udi cat ari o por su act i v i dad a f i n de bri ndar
cobert ura a los posi bles daños q ue af ect en a t erceros, como consecuenci a de ot ras
cuest i ones at i nent es a su act i v i dad.
El Adj udi cat ari o deberá mant ener act uali zadas t odas las póli zas de los seguros exi gi dos
con ant el aci ón no menor a cuarent a y ocho (48) horas a q ue opere la f echa de
v enci mient o de las mi smas, que deberán t e ner v i genci a hast a la ef ect i v a fi nali zaci ón de
los t rab aj os encomendados conf orme el cont rat o y/ o cont rat os celebrados, i ncl ui das las
posi bles prórrogas.
Si durant e l a prest aci ón de l a ej ecuci ón cont r act ual se prod uj era el v enci mi ent o de las
póli zas, el Adj udi cat ari o est ará ob li gado a const i t ui r nuev os seguros hast a l a f i nali zaci ón
ef ect iv a de la re laci ón co nt r act ual, con una ant e laci ón no me nos de c uare nt a y ocho
(48) horas a q ue opere la f echa de v enci mi ent o de las mi sm as. La no act uali zaci ón de las
póli zas dará l ugar a las sanci ones que por e llo correspo ndan, de ac uerdo a las
conv enci ones cont ract uales.
El adj udi cat ari o será el úni co responsab le de los perj ui ci os que ocasi onare l a
i nobserv anci a de los seguros exi gi dos en el present e Pli ego, en las f ormas y con la
vi genci a est i pulada, q uedando el GCABA exent o de t oda responsabi li dad respect o de
cualqui er si ni est ro que se produj era en est e caso
Queda ent endi do que, si n perj ui ci o de su respo nsabi li dad general por los si ni est ros q ue
pudi eran ocurri r dur ant e los t rabaj os co nt r at ados, e l Cont rat i st a asume el i mport e de las
f ranqui ci as obli gat ori as i mpuest as por las Compañías Aseguradoras.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 25 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 132
Quedará a cri t eri o del GCABA co nf orme los t rab aj os a ef ect uar obj et o de la prese nt e
cont rat aci ón la i nc l usi ón/ i ncorporaci ón/ excl usi ón de c láusulas de cobert ura, medi da de
la prest aci ón y modi f i caci ón de sumas asegurad as, d urant e la v i genci a de las póli zas
cont rat adas por el adj udi cat ari o.
b) De las compañías aseguradoras.
Las cobert uras de seguros correspondi ent es a los ramos Responsabi li dad Ci v i l, Acci dent es
Personales y Seguro Técni co deberán ser cont rat adas en una empresa asegur adora
habi li t ada por la Superi nt ende nci a de Seguros de la Naci ón, que al menos cuent e con un
Pat ri moni o Net o superi or a los $ 500. 000. 000 (pesos qui ni e nt os mi l lone s), de acuerdo al
úl t i mo balance anual present ado ant e l a ci t ada Superi nt ende nci a y publi cado por la
mi sma.
Deberán t ambi én acredi t ar una c ali f i caci ón est ableci da por una cali f i cadora de Ri esgo
aut ori zada a operar en la Repúbli ca Argent i na.
Lo ant edi cho y enumerado no ser á requeri do en lo s supue st os de cobert ur as del ramo
Ri esgos del Tr abaj o, Daño Ambi ent al de Inci denci a Colect i v a y/ ó Cauci ón (Gar ant ías de
cumpli mi ent o).
c) De los seguros en particular.
1) Laborales:
Los exi gidos por las leyes laborales v i gent es para prot eger al personal en relaci ón de
dependenci a, medi ant e seguro suscri pt o con una Asegur adora de Ri esgo del Trabaj o
(ART) aut ori zada p ara b ri ndar ese t i po de cobert ura, i ncl uyendo específ i cament e las
cont i ngenci as deriv adas de los acci dent es de t rabaj o, de muert e, i nv ali dez t ot al o
parci al .
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 26 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 133
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
Todo el personal o t erceros af ect ados por el Adj udi cat ari o de la cont rat aci ón al
cump li mi ent o de las obli gaci ones y/ o rel aci ones j urídi co cont ract uales carecerán de
relaci ón alguna con el Gobi erno de la Ci udad de Aut ónoma de Buenos Ai res.
Est arán a excl usi v o cargo del adj udi cat ari o los sal ari os, seguros, leyes y cargas soci ales y
previ si onales y cualqui er ot ra erogaci ón si n excepción, v i nculados con l a ej ecuci ón
cont rac t ual, quedando expresament e li berados el GCABA por t ales concept os , y si n que
se conf i gure soli dari dad alguna ent re ambos.
Queda debi dament e ent endi do que el Gobierno no asumi r á responsabi li dad alguna y
est ar á desli gado de t odo conf li ct o o li t i gio que ev ent ualment e se generare por
cuest i ones de índole laboral ant e e l Adj udi cat ari o y el perso nal q ue ést e oc upare a los
f i nes de cump li r con sus ob li gaci ones cont ract uales y que, e n consec uenci a, p udi era
i mpli car l a i nt erv enci ón del gremi o que los nuc lea y/ o de aquel los organi smos est at ales
vi nculados con el cont ralor de t ransgre si ones a nor mas est ab leci das par a el orden
laboral, o del cump li mi ent o de conv eni os colect ivos de t rabaj o en vi genci a. Igual cri t eri o
se hace ext ensi v o a la obli gaci ones previ si onales e i mposi t i v as que recai gan sobre el
adj udi cat ari o.
Asi mi smo, el GCABA no asumi rá responsabi li dad alguna por reclamos de t erceros con los
que el Adj udi cat ari o hubi ere cont rat ado a los f i nes de cump li r con las obli gaci ones
emergent es del present e Pli ego, del Pli ego de Especi f i caci ones Técni cas, y del Cont rat o.
Seguro de Riesgos del Trabaj o
En el supue st o de la cobert ura de ri esgos de t rabaj o, para t rabaj adores en relaci ón de
dependenci a:
- Se deberá acompañar j unt o con la póli za, cert i f i cados de cobert ura de los
t rabaj adores, en los cuales se det alle el si gui ent e t ext o:
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 27 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 134
“ Por l a pr esent e, l a A. R. T, r enunci a en f or ma expr esa a r ecl amar o i ni ci ar t oda acci ón
de repet i ción o de regr eso cont r a el Gobi er no de l a Ci udad de Aut ónoma de Buenos
Ai r es, sus f unci onar i os y/ ó empl eados, sea con f undament o en el ar t . 39 ap. 5 de l a Ley
24. 557, o en cual qui er ot r a nor ma j ur ídi ca, con mot i vo de l as pr est aci ones en especi e o
di ner ar i as que se vea obl i gada a abonar , cont r at ar u ot or gar al per sonal dependi ent e o
ex dependient e del Adj udi cat ar i o/ Cont r at i st a, ampar ados por l a cober t ur a del cont r at o
de af i l i aci ón N° XXXX, por acci ones del t r abaj o o enf er medades prof esi onal es, ocur r i dos
o cont r aídas por el hecho o en ocasi ón de t r abaj o. ”
2) Seguro de Accidentes Personales
En el sup uest o de la cobert ura de Seguro de Acci dent es Per sonales, p ara q ui enes prest an
serv i ci os baj o las di st i nt as modali dades de cont rat aci ón y no rev i st an re laci ón de
dependenci a:
-Se deberá acompañar j unt o con la pó li za, cert i f i cados de cobert ura de lo s t rab aj adores,
en los cuales se det alle el si gui ent e t ext o:
“ Por l a pr esent e, l a “ Asegur ador a” , renunci a en f or ma expr esa a r ecl amar o i ni ci ar t oda
acci ón de r epet i ci ón o de r egreso cont r a el Gobier no de l a Ci udad de Aut ónoma de
Buenos Ai r es, sus f unci onar i os y/ ó empl eados, con mot i vo de l as pr est aci ones enespeci e
o di ner ar i as que se vea obl i gada a abonar , cont r at ar u ot or gar a los pr est adores de
ser vi ci os que haya cont r at ado el Adj udi cat ar i o/ Cont r at i st a, ampar ados por l a pól iza N°
XXXX y por acci ones ocur r i das o cont r aídas por el hecho o en ocasi ón de t r abaj o . ”
Las condi ci ones de cobert ura míni mas serán las si gui ent es:
Seguro de Acci dent es Personales:
La asegur adora se obli gar á a i ndemni zar a los asegurados, ant e el f alleci mi ent o
acci dent al e i nv ali dez t ot al y / o parci al permanent e deri v ados de acci dent es acaeci dos,
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 28 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 135
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6 -Añ o d e l Bi ce n te n a ri o d e l a D e cl a ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
como así t ambi én en co ncept o de las erogaci ones e n q ue se i ncurran por asi st e nci a
médi ca y/ o f armacéut i ca según t opes i ndemni zat ori os det ermi nados en póli za.
Alcance de las cobert uras: Jornada de serv i ci o i ncluyendo cobert ura i n-i t i nere.
Sumas a Asegurar (Mont o Míni mo):
•
Muert e: Pesos Cuat roci ent os Mi l ($ 400. 000)
•
Inv ali dez Tot al y/ o parci al perm ane nt e por acci dent e: Pesos Cuat roci ent os Mi l ( $
400. 000)
•
Asi st enci a Médi co Farmacéut i ca (AMF): Pesos Qui nce mi l ($ 15. 000)
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva
El adj udi cat ari o/ prest ador de serv i ci os debe asegurar, baj o póli za de responsabi li dad
civ i l, los daños que como consecuenci a de t areas i nherent es a su ac t i v idad que puedan
ocasi onar a personas, bi enes o cosas de propi edad del GCABA o de t erceros.
Suma Asegurad a Míni ma: La mi sm a ser á por un mo nt o míni mo de $ 3. 000. 000 (Pesos Tres
Mi llones)
Se det all an de manera e nunci at i v a y no t axat i v a las cobert uras adi ci onales a i ncl ui rse de
corresponder en cada caso:
A) Responsabi li dad Civi l emergent e de escapes de gas, i ncendi o, rayo y / o explosi ón,
descargas eléct ri cas.
B) Daños por caída de obj et os, cart eles y/ o let reros
C) Daños por hechos mali ci osos, t umult o popular.
D) Grúas, Gui nches, aut o elev adores.
E) Bi enes baj o cui dado, cust odi a y cont rol.
F) Carga y descarga de bi enes f uera del local del asegurado.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 29 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 136
El cont rat o deberá cont ener un endoso en car áct er de co-asegur ado si n rest ri cci ón de
ni nguna especi e o nat ur aleza a f av or del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser
consi derados t erceros en póli za.
4) Seguro Técnico EQUIPAMIENTO/ MAQUINARIA (en caso de cor r esponder )
El adj udi cat ari o deberá cubri r sus m áqui nas y equi pos a part i r del moment o en que se
encuent ra ef ect uando la obra obj et o de la present e cont rat aci ón.
-
Cobertura
General:
Cobert ura cont r a pérdi das y/ o
daños mat eri ales
ext ernos, si empre q ue t ales pérdi das y / o daño s se produzcan e n f orma acci dent al,
súbi t a e i mprev i st a y que se haga necesari a una reparaci ón y/ o reposi ci ón.
-
Cobertura Básica: Daños t ot ales por Ince ndi o, Acci dent e, Robo y/ o Hurt o, a
prorrat a hast a el v alor i ndi v i dual de cada equi po.
-
Cobertura Adicional: Responsabi li dad Ci vi l por lesi ones y/ o m uert e y daños
mat eri ales a cosas de t erceros hast a el v alor del equi po, con un míni mo de pesos ci en
mi l ($ 100. 000).
La acredi t aci ón de la cont rat aci ón de los Seguros es condi ci ón i neludi ble par a el i ni ci o
de la prest aci ón cont rat ada.
Art. 40° . - AUTORIDAD DE APLICACIÓN.
La Aut ori dad de Apli caci ón a cargo de los product os, serv i ci os y/ o prest aci ones obj et o de
la prese nt e cont r at aci ón es l a Di recci ón General de Mant e ni mi ent o y Tal leres
dependi ent e de la Subsecret aría de Uso del Espaci o Públi co del Mi ni st eri o de Ambi ent e y
Espaci o Públi co.
PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
página 30 de 30
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 137
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Hoja Adicional de Firmas
Pliego
Número: PLIEG-2016-27621925- -DGMYT
Buenos Aires, Jueves 22 de Diciembre de 2016
Referencia: EX-2016-26118860-DGTALMAEP - PCP - Contratacion Directa por Especialidad Mural por
una cabeza.-
El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 30 pagina/s.
Digitally signed by Comunicaciones Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2016.12.22 18:38:31 -03'00'
flores dario
Director General
D.G. MANTENIMIENTO Y TALLERES (SSUEP)
Digitally signed by Comunicaciones
Oficiales
DN: cn=Comunicaciones Oficiales
Date: 2016.12.22 18:38:32 -03'00'
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 138
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
CONTRATACIÓN DIRECTA POR ESPECIALIDAD – INTERVENCIÓN
ARTÍSTICA BAJO PUENTE
PLIEG-2016-27621756- -DGMYT
página 1 de 4
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 139
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
INDICE GENERAL
1. – OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
2. – DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
3. – EJECUCIÓN DE LA TAREA
3. 1. – PROYECTO
3. 2. – REALIZACIÓN DE LA TAREA
3. 3. - PLAZO
PLIEG-2016-27621756- -DGMYT
página 2 de 4
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 140
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
1 – OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La present e cont rat aci ón t i ene como obj et o ef ect uar una “ Int erv enci ón
art íst i ca baj o puent e” . Para ello, se cont rat ará a un dest acado art i st a para la
reali zaci ón de murales en las cuat ro paredes que componen el baj o Puent e
Dorrego, si t uado sobre la Av . Li bert ador ent re Av . Dorrego y Av . Int . Bullri ch y
el baj o Puent e Bullri ch, ubi cado en la mi sma av eni da ent re Av . Int . Bullrli ch y
Si nclai r. La superf i ci e a cubri r con murales asci ende a 840 met ros cuadrados.
2 – DESCRIPCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La cont rat aci ón i nclui rá el di seño del mural, la prov i si ón de mat eri ales y
herrami ent as para su ej ecuci ón y la part i ci paci ón del art i st a en act i v i dades de
part i ci paci ón ci udadana durant e la ej ecuci ón de la t area y su post eri or
i nauguraci ón.
3 – EJECUCIÓN DE LA TAREA
3. 1. - PROYECTO
Ant es de i ni ci ar la ej ecuci ón del mural, el art i st a deberá present ar a la
Di recci ón General de Mant eni mi ent o y Talleres el proyect o del mural, para su
aprobaci ón. El proyect o t i ene su ej e en el t ema “ Por una cabeza” , a t rav és
del cual el art i st a deberá desarrollar y plasmar t odas las líneas que propone
ese uni v erso creat i v o.
La present aci ón deberá i nclui r el det alle de los mat eri ales a ut i li zar, las
t écni cas art íst i cas a emplear, una muest ra a escala de modo que se pueda
apreci ar la ubi caci ón y di st ri buci ón del mural, así como t ambi én t oda
i ndi caci ón que haga a la mej or comprensi ón de la t écni ca apli cada y a la
apreci aci ón del buen art e del di seño.
La Di recci ón General de Mant eni mi ent o y Talleres podrá soli ci t ar al art i st a
t oda la i nf ormaci ón t écni ca y complement ari a que crea conv eni ent e.
PLIEG-2016-27621756- -DGMYT
página 3 de 4
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 141
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 53/DGMYT/16 (continuación)
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUT ÓNOMA DE BUENOS AIRES
“2 0 1 6-Añ o d el Bi centenario d e l a D ecla ra ci ó n d e In d e p e n d e n ci a d e l a R e p ú b l i ca Arg e n ti n a ”
3. 2. – REALIZACIÓN DE LA TAREA
El art i st a deberá ej ecut ar el proyect o aprobado por la Di recci ón General de
Mant eni mi ent o y Talleres en el baj o Puent e Dorrego, si t uado sobre la Av .
Li bert ador ent re Av . Dorrego y Av . Int . Bullri ch y el Puent e Bullri ch, ubi cado
en la mi sma av eni da, ent re Av . Int . Bullrli ch y Si nclai r. Las paredes a
i nt erv eni r art íst i cament e son cuat ro (4), si endo la superf i ci e t ot al de 840
met ros cuadrados.
La prov i si ón de mat eri ales, herrami ent as, andami aj es y seguros necesari os
para llev ar a cabo la t area a cargo del art i st a.
3. 3. – PLAZO
El art i st a deberá ej ecut ar La t area en un plazo máxi mo de 60 (sesent a) días
hábi les, que comenzará a comput arse a part i r de la aprobaci ón del proyect o.
PLIEG-2016-27621756- -DGMYT
página 4 de 4
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 142
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 6/UAIGOB/16
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ministerio de Gobierno
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA-MINISTERIO DE GOBIERNO-
REPARTICIÓN:
PLANILLA DE RESÚMEN TRIMESTRAL
APELLIDO Y NOMBRE
D.N.I.
MODALIDAD DE
CONTRATACION DEL
AGENTE
IMPORTE
EROGADO
TAXI /
REMISE
IMPORTE
EROGADO
RESTO
TRANSPORTE
PUBLICO
IMPORTE
TOTAL
EROGADO
1965.28
1967.60
1931.16
1965.28
1967.60
1931.16
CASSIA, Luciana Romina
21,954,408 Planta Permanente
16,881,063 Planta Permanente
17,726,722 Planta Permanente
29,151,911 Planta Permanente
2032.56
2032.56
MENDEZ, Miriam A.
22,980,711
Contratado
2023.28
2023.28
BREA, Sonia
21,873,501
Contratado
2080.12
2080.12
IBENDAHL, Sandra Karina
GRIGERA, Ana C.
FLORINDO, Marcela
12000.00
TRIMESTRE:
TOTAL
Cuarto/2016
SON PESOS: DOCE MIL "Se deja constancia que las personas que se detallan no utilizan para sus traslados vehículo oficial"
FIN DEL ANEXO
12000.00
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 143
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 211/DGTALET/16
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El objeto de la presente contratación consiste en la compra de CIEN (100) fotografías
del reconocido fotógrafo “Aldo Sessa”, CUIT N° 20-04305787-2, de momentos y
lugares únicos de de la Ciudad de Buenos Aires, con destino a la Dirección General
de Estrategias de Comunicación Masiva del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, conforme los términos del presente Pliego.
Artículo 2º.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Para la admisibilidad de las Ofertas, se efectuará la Evaluación de Ofertas tomando
en forma objetiva los requisitos exigidos por la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto
Nº 1.772/06, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, y los Pliegos de Bases y
Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas. La simple
presentación de ofertas implica el conocimiento de todo el régimen legal indicado
precedentemente, con la declaración expresa que lo conoce y acepta en todas sus
partes. La presente contratación se realiza bajo la modalidad de Contratación Directa,
por exclusividad de acuerdo a lo establecido en el Artículo 28 inc.) 5 de la Ley Nº
2.095 y su modificatoria.
Artículo 3º.- DESCRIPCIÓN
El presente servicio consiste en la compra de 100 (cien) fotografías del reconocido
fotógrafo “Aldo Sessa”, CUIT N° 20-04305787-2 de momentos y lugares únicos de
la Ciudad de Buenos Aires ya retratados e imposible de su repetición con fines de
promoción turística y cultural, a través de su publicación en diferentes canales de
comunicación gráficos y digitales.
Artículo 4°.- FORMA Y PLAZO DE ENTREGA
El material deberá ser entregado en formato de alta calidad cuyo estándar mínimo será
5294 x 3326 /px a 300 dpi, en formato raw/net (sujeto a disponibilidad) más jpg, a través
de una Plataforma online de almacenamiento en nube, que permita cargar y descargar
archivos de gran tamaño, y/o mediante un dispositivo portátil de almacenamiento,
compuesto por una memoria flash, accesible a través de un puerto USB.
Nota: La elección de las fotografías objeto de ésta contratación, estará a cargo de la
Dirección General de Estrategias de Comunicación Masiva.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 144
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 211/DGTALET/16 (continuación)
Artículo 5º.- ALCANCE DE LA EXPLOTACIÓN
Los derechos sobre las imágenes a que se refiere el presente, comprenden los
derechos de explotación bajo la modalidad contratada o cualquier otra que el
Gobierno de la Ciudad estime conveniente, ya sea que la lleve a cabo mediante la
intervención de la contratante, de un tercero o por sí mismo. Tales derechos pasan a
ser de propiedad exclusiva del Gobierno de la Ciudad que no deberá abonar por su
explotación bajo cualquier modalidad otros conceptos que los que se establecen en
la orden de compra.
Nota: A los efectos de los derechos de la explotación, el adjudicatario deberá,
mediante escritura pública y a su costa, ceder los mismos al Gobierno de esta
Ciudad.
Artículo 6º.- INDEMNIDAD
La adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por
cualquier reclamo vinculado al contenido de las imágenes y a los derechos que
eventualmente pudieran invocar las personas que hubieran participado en su
elaboración. Asimismo, la adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires por la explotación de las mismas en los términos previstos en la
cláusula anterior.
Artículo 7°.- CONSULTA, ADQUISICIÓN Y VALOR DEL PLIEGO
El pliego es gratuito y podrá ser obtenido a través del Sistema Electrónico “Buenos
Aires
Compras”
(BAC),
donde
se
encontrará
disponible
en
el
portal
www.buenosairescompras.gob.ar. En las contrataciones electrónicas (BAC), solo el
proveedor que haya ingresado en BAC y se haya acreditado para la adquisición del
Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de participante
dentro del procedimiento de selección.
Artículo 8°.- INSCRIPCIÓN
El contratante deberá estar inscriptos en BUENOS AIRES COMPRAS (BAC),
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
del MINISTERIO DE HACIENDA. La inscripción debe ser iniciada por el interesado
a través del sitio de Internet, sin perjuicio de la posterior presentación de la
documentación ante el citado BAC.
Artículo 9°.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 211/DGTALET/16 (continuación)
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de
toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las
circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de
las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin
consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante su
desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los Pliegos de
Bases y Condiciones con la oferta.
Artículo 10.- PLAZO MANTENIMIENTO DE OFERTA
VEINTE (20) hábiles a partir de la fecha de Apertura de las Ofertas.
Artículo 11.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al
adjudicatario y su aceptación. Siendo que el presente procedimiento tramita
mediante BAC, el contrato se perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía
de la orden de compra al adjudicatario y su aceptación, dentro del plazo de
mantenimiento de la oferta.
Artículo 12.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
El Órgano Licitante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en
cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a
indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
Artículo 13.- FORMA DE PAGO
A los efectos de la cancelación del saldo del precio, será condición sine qua non que
la prestación que constituye el objeto de la contratación se haya realizado en forma
satisfactoria y que, por ende, se haya emitido el correspondiente PARTE DE
RECEPCIÓN DEFINITIVA (PRD) certificando dicha circunstancia. Cumplimentado
que fuera dicho recaudo, procederá el pago dentro de los TREINTA (30) días hábiles
desde la presentación de la pertinente factura conforme lo dispuesto por el artículo
116 del Decreto N° 95/2014 aprobatorio de la reglamentación de la Ley N° 2095 y su
modificatoria de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
y por el artículo 28 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado
por Disposición DGCC N° 396/2014.
Artículo 14.- PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
Expresada que sea la conformidad con los servicios realizados por parte de la
DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL de este organismo,
se procederá a emitir el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA.
FIN DEL ANEXO
N° 145
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 146
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El objeto de la presente es la contratación de un Servicio de Producciones Fotográficas, destinado
a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta del Ente de Turismo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el detalle que contiene el presente pliego.
Artículo 2º.- MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
Para la admisibilidad de las Ofertas, se efectuará la Evaluación de Ofertas tomando en forma
objetiva los requisitos exigidos por la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06, su
Decreto Reglamentario Nº 95/14, y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y
Especificaciones Técnicas. La simple presentación de ofertas implica el conocimiento de todo el
régimen legal indicado precedentemente, con la declaración expresa que lo conoce y acepta en
todas sus partes. La presente contratación se realiza bajo la modalidad de Contratación Menor, al
amparo del Artículo 38 de la Ley N° 2095 y su modificatoria, su Decreto Reglamentario N° 95/14 y
su modificatorio
Artículo 3º.- DESCRIPCIÓN.
El presente servicio consiste en la contratación de un Servicio de Producciones Fotográficas en
distintos atractivos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino a la Dirección General de
Desarrollo y Competitividad de la Oferta.
Los lugares donde se realizarán las fotografías serán determinados por la Dirección General de
Desarrollo y Competitividad de la Oferta.
El servicio deberá incluir la edición final y entrega de un mil (1.000) fotografías con edición,
corrección de color y retoques de tres(3) fotografías por atractivo.
Dicha edición estará sujeta a conformidad por parte de la Dirección General de Desarrollo y
Competitividad de la Oferta, quienes podrán sugerir cambios o modificaciones.
Las fotografías deberán realizarse con dos (2) equipos fotográficos de alta calidad de 18MP y de
23MP, con lentes de 16-35mm (f2.8), 70-200mm (f.4), yde 50mm (f1.4).
Las fotografías deben poseer una resolución mínima de entre 72 y 240 dpi a 3000 pixeles de ancho
apaisado en formato RAW, y JPG en alta definición. Las fotos deben estar guardadas con un
nombre que especifique el barrio y lugar o descripción específica de donde se tomaron para poder
identificarlas. Si tienen retoques es necesario contar también con la versión original de la misma
foto.
Artículo 4°.-PLAZO Y FORMA DE ENTREGA.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 147
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 (continuación)
Las entregas se realizaran de forma inmediata a partir del perfeccionamiento del documento
contractual. La forma de entrega será mediante descarga desde un dispositivo USB o disco externo
en el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a menos que tuvieran forma de
subirlas en alta a un link del cual descargar las fotografías en la calidad descripta.
Artículo 5º.- ALCANCE DE LA EXPLOTACIÓN
Los derechos sobre las imágenes a que se refiere el presente, comprenden los derechos de
explotación bajo la modalidad contratada o cualquier otra que el Gobierno de la Ciudad estime
conveniente, ya sea que la lleve a cabo mediante la intervención de la contratante, de un tercero o
por sí mismo. Tales derechos pasan a ser de propiedad exclusiva del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires sin abonar por su explotación bajo cualquier modalidad otros
conceptos que los que se establecen en la orden de compra que se emita en virtud de la presente
contratación.En el caso de que en las fotografías aparezcan personas, se deberá contar con autorización
expresa de las personas cuya imagen aparezca en las fotografías, pudiendo el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacer uso de ellas con fines promocionales. Dichas
autorizaciones deberán ser entregadas a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la
Oferta, una vez finalizada y aprobada la producción, deslindando al Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires de todo reclamo ulterior por uso de imagen.
La adjudicataria será responsable de los costos derivados por la contratación de actores y sus
derechos en su caso.
Artículo 6º.- INDEMNIDAD
La adjudicataria dejará indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por cualquier
reclamo vinculado al contenido de las imágenes y a los derechos que eventualmente pudieran
invocar las personas que hubieran participado en su elaboración. Asimismo, la adjudicataria dejará
indemne al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la explotación de las mismas en
los términos previstos en la cláusula anterior.
Artículo 7°.- CONSULTA, ADQUISICIÓN Y VALOR DEL PLIEGO
El pliego es gratuito y podrá ser obtenido a través del Sistema Electrónico “Buenos Aires Compras”
(BAC), donde se encontrará disponible en el portal www.buenosairescompras.gob.ar. En las
contrataciones electrónicas (BAC), solo el proveedor que haya ingresado en BAC y se haya
acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener
condición de participante dentro del procedimiento de selección.
Artículo 8°.- PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS.
La presentación debe realizarse por el sistema de Buenos Aires Compras antes del horario
indicado. En todos los casos se debe indicar el precio unitario y el total resultante. En caso de
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 148
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 (continuación)
discrepancia, se tendrá como válido el precio que resulte de multiplicar el precio por unidad por la
cantidad de unidades requeridas.
Artículo 9°.- INSCRIPCIÓN
Los interesados en participar en la presente contratación deberán estar inscriptos en BUENOS
AIRES COMPRAS (BAC), dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
del MINISTERIO DE HACIENDA. La inscripción debe ser iniciada por el interesado a través del sitio
de Internet, sin perjuicio de la posterior presentación de la documentación ante el citado BAC.
Artículo 10.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LAOFERTA.
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la
normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la
previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones
estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que
pueda alegar en adelante su desconocimiento, por lo que no es necesaria la presentación de los
Pliegos de Bases y Condiciones con la oferta.
Artículo 11.- ADJUDICACIÓN – CRITERIOS DE EVALUACIÓN - NOTIFICACIÓN
El Órgano Contratante podrá discernir la adjudicación de la presente contratación en cabeza del
oferente que hubiere formulado la propuesta más conveniente. A tal fin, contará con facultades
suficientes para adoptar dicha decisión, siempre y cuando enmarque su proceder dentro de
parámetros elementales de razonabilidad y extreme la motivación del acto administrativo en que
la adjudicación se concrete. En ese sentido, deberán tenerse en consideración, como criterios
elementales de ponderación: los antecedentes empresarios y técnicos de los oferentes, lo que
incluye –entre otros- solvencia patrimonial y experiencia en la prestación de servicios de similares
características que el que aquí se contrata; la razonabilidad y seriedad de la propuesta, la inversión
comprometida y el precio.
La adjudicación se notificará fehacientemente al adjudicatario y al resto de los oferentes dentro de
los 7 (siete) días de emitido el acto administrativo. Siendo que el presente procedimiento tramita
mediante BAC, el acto administrativo de adjudicación, será notificado por dicha vía al adjudicatario
y al resto de los oferentes. El mismo será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar
y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el plazo de 1 (un) día.
Artículo 12.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación fehaciente de la orden de compra al adjudicatario y
su aceptación. Siendo que el presente procedimiento tramita mediante BAC, el contrato se
perfecciona con la notificación efectuada por dicha vía de la orden de compra al adjudicatario y su
aceptación, dentro del plazo de mantenimiento de la oferta.
Artículo 13.- DECISIÓN DE DEJAR SIN EFECTO EL PROCEDIMIENTO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 149
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 212/DGTALET/16 (continuación)
El Órgano Licitante puede dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier
momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización
alguna a favor de los interesados u oferentes.
Artículo 14.- PRÓRROGA DEL CONTRATO
El Organismo contratante, conforme las facultades derivadas del Artículo 117°, inc.) III de la Ley N°
2.095 (modificada por el Artículo 49 de la Ley N° 4.764), podrá prorrogar el contrato por un
período igual al contratado y en idénticas condiciones.
Artículo 15.- PRERROGATIVA DEL GCABA
Cuando se estime que el precio de la mejor oferta presentada resulta excesivo con relación al
monto estimado de la contratación podrá solicitarse una mejora en el precio de la oferta. Por
aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economía previstos tanto en la Ley N° 2095 de
Compras y Contrataciones, como en la Ley N° 70 de Administración Financiera, ante la negativa del
oferente de mejorar el precio, queda a criterio de la Comisión de Evaluación de ofertas proseguir
con la preadjudicación debiendo justificar tal situación.
Artículo 16.- ÚNICA FORMA DE PAGO
A los efectos de la cancelación del saldo del precio, será condición sine qua non que la prestación
que constituye el objeto de la contratación se haya realizado en forma satisfactoria y se haya
emitido el correspondiente PARTE DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (PRD). Cumplimentado dicho
recaudo, procederá el pago dentro de los TREINTA (30) días hábiles desde la presentación de la
pertinente factura conforme lo dispuesto por el artículo 116 del Decreto N° 95/2014 aprobatorio
de la reglamentación de la Ley N° 2095 y su modificatoria de Compras y Contrataciones de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y por el artículo 28 del Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales aprobado por Disposición DGCC N° 396/2014.
Los adjudicatarios deberán proceder a la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro en el
Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en cualquiera de sus sucursales, en la cual se depositarán los
pagos por la presente contratación
Artículo 17.- VALOR DEL PLIEGO
Sin valor.
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 531/PG/16
FIN DEL ANEXO
N° 150
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 151
ANEXO - CA 214
G o b i e r n o d e l a C i u d a d Au t ó n o m a d e B u e n o s Ai r e s
P o l i cí a M e t r o p o l i t a n a
COMISIONADO MAYOR
Apellido/s y Nombre/s
SANCHEZ, Raúl Alberto
Comisionado Mayor
Jerarquía
11.897.670
L.P.
D.N.I.
Situación de Revista
Actividad – Servicio Efectivo
110
Fecha de Nacimiento
11/12/1955
Dependencia
Dirección Asesoría General- Gabinete Jefatura
Jefatura- Subjefatura de Policía Metropolitana
Alta
Fecha
Resolución MJYSGC
19/10/2012
689/12
Curso de Ascenso (I.S.S.P.): APROBADO
Estudios Realizados:
• Especialización en Administración y Derecho de la Seguridad Pública
Pública- Universi•
dad del Salvador.
Especialización en Administración y Derecho de la Seguridad Pública
Pública- Universidad Carlos III de Madrid, España.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 152
ANEXO - CA 214 (continuación)
G o b i e r n o d e l a C i u d a d Au t ó n o m a d e B u e n o s Ai r e s
P o l i cí a M e t r o p o l i t a n a
COMISIONADO MAYOR
Apellido/s y Nombre/s
TORRES, Sergio Horacio
Comisionado Mayor
Jerarquía
11.960.148
L.P.
D.N.I.
Situación de Revista
Actividad – Servicio Efectivo
11
111
Fecha de Nacimiento
01/07/1956
Dependencia
Dirección Control del Desempeño Profesional
Alta
Fecha
Resolución MJYSGC
19/10/2012
689/12
Curso de Ascenso (I.S.S.P.): APROBADO
Estudios Realizados:
•
•
Abogacía- Universidad de Buenos Aires.
Especialización en Administración y Derecho de la Seguridad Pública
Pública- Universidad Carlos III de Madrid, España.
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 153
ANEXO - CA 214 (continuación)
G o b i e r n o d e l a C i u d a d Au t ó n o m a d e B u e n o s Ai r e s
P o l i cí a M e t r o p o l i t a n a
COMISIONADO MAYOR
Apellido/s y Nombre/s
VELASCO, Norberto Álvaro
Comisionado Mayor
Jerarquía
12.753.249
D.N.I.
L.P.
Actividad – Servicio Efectivo
Situación de Revista
98
Fecha de Nacimiento
24/03/1957
Dependencia
Superintendencia de Seguridad y Policía ComunitariaComisaría Comuna 4
Alta
Fecha
Resolución MJYSGC
30/03/2012
214/12
Curso de Ascenso (I.S.S.P.): APROBADO
Cursos Realizados:
• Curso SADE- Perfil funcionarios.
• Segunda Jornada Departamento Políticas de Género
Estudios Realizados:
• Bachiller. Escuela de Cadetes “Coronel Ramón Lorenzo Falcón”, Policía Federal
Argentina.
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 154
TRIMESTRALES
Atento lo dispuesto por el art. 34 de la Ley N° 5239
SECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA - Primer Trimestre Año 2016
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 155
TRIMESTRALES
Atento lo dispuesto por el art. 34 de la Ley N° 5239
SECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA Y FUNCIÓN PÚBLICA - Primer Trimestre Año 2016
(continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 156
ANEXO - EO 1470
MARCA
MODELO
DOMINIO
TITULAR
DNI/CUIL/CUIT
PEUGEOT
405
ACH878
VARADY, ALEJANDRO
4283033
FIAT
SPAZIO
AJK318
VINCULO DINAMICO SRL
30-70905582-4
CHEVROLET
CORSA
GHW570
JAMOBER SRL
33-71407912-9
RENAULT
TORINO
TYC875
VIÑUALES, CARLOS ERNESTO
10400260
PEUGEOT
404
VGQ490
FABRICIUS, JOSE LUIS
6483364
SAAB
900 CS
BAB724
VARELA LOPEZ, RAMON
93344683
CHEVROLET
MERIVA
EPR565
SALMUN. ALCIRA FABIANA
21150668
RENAULT
TRAFIC
RUT083
ROQUEIRO, CARLOS MANUEL
7605755
CHEVROLET
AVEO G3
LUF120
RODRIGUEZ, MATIAS FELIX
33522320
FIAT
DUNA SL 1.6
TTJ040
TRACCHIA MONICA PATRICIA
14010624
PEUGEOT
206
DWY475
ISAURRALDE MARIA FLORENCIA
32023410
FIAT
TEMPRA SC
TKL723
CARUSO HECTOR CHRISTIAN
23093735
FORD
ESCORT
BPP957
AVIL, SERGIO
20379822
FORD
FOCUS
EMY020
PORTICELLA, NESTOR VICENTE
10141465
RENAULT
19
BSZ928
FERRARI, JUAN CARLOS
4112089
CHRYSLER
NEON
CNI966
GRECO, ERNESTO ENRIQUE
25790149
CHEVROLE
MERIVA
JDC303
ETCHEHUN ADRIAN LEANDRO
22872324
FORD
MONDEO
DZN285
O`FARREL SILVINA RAQUEL
2446031
RENAULT
KANGOO
GXB624
ROMANO MIGUEL ANGEL
12392305
AUDI
A4 1.8 T
CTQ812
MARTINEZ HORACIO CLAUDIO
13295641
RENAULT
JEEP
XFI001
DIAZ HECTOR FERNANDO
4602668
FORD
GALAXY
TDA951
TORRES FRANCISCA LIDIA
2782056
RENAULT
12
VRX656
POLTRONETTI ANDREA
11957034
HONDA
C1192161
CORFATEX SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA N/I
FORD
TNACTY
FNT550VN
FAIRLANE
XBL833
MARTINEZ, ALBERTO EMILIO
4097646
FIAT
FIORINO
GAG063
VILLONE, GABRIELA MARCELA
18595778
PEUGEOT
505
RVP530
LUNA, CATALINA LEONOR
26583453
HONDA
ACCORD
RMQ690
FASSINO, CARLOS DOMINGO
14011304
PEUGEOT
505
RVP530
LUNA, CATALINA LEONOR
26583453
HONDA
ACCORD
RMQ690
FASSINO, CARLOS DOMINGO
14011304
PEUGEOT
504
VVR693
VAJA, RINALDO JOSE
4361964
BMW
116I
FRC418
CAVALLONE, JUAN ADRIAN
35166750
FORD
RANGER
HJM511
CONSTRUCCIONES CORPORATIVAS S.R.L.
30-71411401-4
VOLKSWAGEN GOL
FGE544
URRUTIA, ALAN JOEL
27333147
DODGE
1500
UPI906
GIMENEZ IRRAZABAL SANTIAGO
18602034
FORD
TAUNUS GHIA
TMH772
MOLINA SERGIO OMAR
24316564
FIN DEL ANEXO
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1494
FIN DEL ANEXO
N° 157
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1493
FIN DEL ANEXO
N° 158
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1492
N° 159
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1492 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 160
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 161
ANEXO - EO 1491
,
GOBIERNO
ADMINISTRACiÓN
2011/201212013
AÑOS FISCALES
CONTRIBUYENTE:
VESSAS.A.
AIRES
GUBERNAMENTAL
DIRECCiÓN
G. C. B. A.
-
DE LA CIUDAD
DE BUENOS
DE INGRESOS
PÚBLICOS
INSCRIPCION
GENERAL DE RENTAS
1172725-10
N"
DOMICILIO:
"2014. Año de las Letras Argentinas",
DIFERENCIAS
Calle Lavalle N' 538 (CABA)
DE VERIF1CAClON
PERIODOS FISCALES
2011
AÑO FISCAL:
HUBROS
Venta al por menor de productos
Qct-11
AlICUOTA
MONTO IMPONIBLE
ANALIZADOS
DECLARADO
alimenticios
n.C.p.
nov-11
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p.
dic-11
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p
DECLARADO
AJUSTADO
$ 66.394,77
$ 72.732,36
VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO
AJUSTADO
SALDO
$ 12.092,19
$11.185,28
1,50%
2,00%
$ 906,91
$ 663.947,71_
1,50%
2,00%
$ 995,92
$ 13.278,95
$ 12.283,03
$ 727.323,61,
1,50%
2,00%
$ 1.090,99
$ 14.546,47
$ 13.455,48
$ 604.609,42
$ 60.460,94
("lo)
AJUSTADO
-
~
J~-l
rTí
><
en
CO
~
subtotal
2012
AÑO FISCAl:
--
RUBROS
ANALIZADOS
Venta al por menor de productos
ene-12
AJUSTADO
DECLARADO
alimenticios
n.c.p
DECLARADO
$ 677.v72,99
S 67.707,30
AJUSTADO
SALDO
AJUSTADO
DECLARADO
1,50%
2,00%
S 1.015,61
$13.541,46
S 12,525,85
S 1.028,47
$13.712,97
S ":2.684,50
S 685~~
S (,35 G.;8,66,
1,50%
2.00%
mar-12
Venta al por menor de productos
Cllimenticlos n.c.p.
$ 77.254,00
S 772.543,99
1,50%
2,00%
$ 1.158,81
$ 15.450,88
$ 14,292,07
abr-12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n,c.p
$ 62.774,81
$ 627 748,09
1,50%
2,00%
$ 941,62
$ 12.554,96
$11.613,34
may-12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n,c.p.
$ 64.192,09
S 641,920,89
1,20%
2,00%
$ 770,31
$ 12.838,42
$12,068,11
jun-12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.C,p
$ 66.018,04
$ 660.180,42
1,50%
2,00%
$ 990,27
$ 13.203,61
$ 12,213,34
S 5.905,09
S 81.302,30
$ 75.397,21
feb-12
¡- ___
o
,Venta
al por menor de productos
alimenticios
n.c,p
Subtotal
S 4.065.115,04
S 406.511,04
2012
AÑO FISCAL:
RUBROS ANALIZADOS
MONTO IMPONIBLE
DECLARADO
jul.12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p.
ago-12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c,p
sep.12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.C.p
oct-12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n,c.p.
nov-12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p
dlc.12
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c,p
,
AJUSTADO
2,00%
$ 1.032,10
$ 13.760,85
$ 76.355,69
$ 763.556,90
1,50%
2,00%
$1.145,34
$15.271,14
$14.125,80
$ 73.143,76
$ 731,437,66
1,50%
2,00%
$ 1.097,16
$ 14,628,75
$ 13,531,59
$ 83.193,60
$ 831 ,936,03
1,50%
2,00%
$ 1,247,90
$ 16.638,72
$ 15.390,82
$ 93,383,74
$ 933.837,42
1,50%
2,00%
$ 1.400,76
$ 18.676,75
$ 17.275,99
$ 98.979,54
$ 989.759,32
1,50%
2,00%
$ 1.484.69
$ 19.795,19
$18.310,50
S 493.862,68
$ 4.938.569,66
S 7.407,95
$ 98.771,40
$ 91.363,45
MONTO IMPONIBLE
ene-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p
feb-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.C p.
mar-13
Venta al por menor de productos
alimentiCIOS n.c.p
-Venta-al-por-menor-.de-productas
alimenticios
n,e p
may-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c p.
jun-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n,c.p
Subtotal
DE LAS .MODIFICACIONES:
lo declarado
porel
contribuyente
$ 12.728,75
de alicuQtas
en el Impuesto
Sobre
y de montos
los
Ingresos
DECLARADO
AJUSTADO
VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO
AJUSTADO
$ 898,545,76
1,50%
2,00%
$ 1,347,97
$17,972,91
$ 71.372,04
$ 713.714,47
1.50%
2,00%
$ 1.070,58
$ 14.274,29
$ 13,203,71
S 90.204,56
$ 902.022,94
1,50%
2.00%
$ 1.353,07
$ 18.040,46
S 16.687.39
$ 83.195,04
$ 831.937,52
1,50%
2,00%
$1,247,94
$ 16.638,75
$ 15.390,81
$ 78,058, ~2
$ 780,560,43
1.50%
2,00%
$ 1.170,87
$15.611,21
$ 14.440,34
S 74.618,38
$ 746.183,80
1,50%
2,00%
$ 1.119.28
$ 14,923,68
$13.804,40
S 7.309,71
S 97.461,30
S 90.151,59
imponibles
S 4.873.064,861
determinadas
en base'a
los Montos
..
lmponibles-AFIP
e __
de aceptar
el contribuyente
las diferencias
de verificación,
$ 16.?2.~,_g4
Brutos.Contribuyente:
:~
Cdor.Manuel
En caso
SALDO
$ 89,864.57
S 487.313,71
Diferencias
ALlCUOTA (%)
AJUSTADO
Firma
NOTA:
SALDO
1,50%
DECLARADO
con
VERIFlCAC10N DEL IMPUESTO
DECLARADO
$ 688.042,33
RUBROS ANALIZADOS
MOTIVO
AJUSTADO
2013
AÑO FISCAL:
-----abr-1-3-
DECLARADO
$ 68.806,35
,
Subtotal
ALlCUOTA (%)
AJUSTADO
deberá
................. .................. .......... ......................... ................................ ...............................
dejar
expresa
conformidad
....................................................
• •
de elro.
en
C>J
VER1FICACION DEL IMPUESTO
ALlCUOTA(%)
MONTO IMPONIBLE
S 36.923,79
S 39.917,61
S 2.993,82
S 1.995.880,74
$ 199.588,07
al, COjltreras ColomFC.461,001
Firma Supervisor:
IW
~,
ca
en
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 162
ANEXO - EO 1491 (continuación)
•
'-
GOBIERNO
DE BUENOS
ADMINISTRACIÓN
-'
DE LA CIUDAD
AÑOS FISCALES
GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS
CONTRIBUYENTE:
VESSAS.A.
PÚBLICOS
DIRECCiÓN GENERAL DE RENTAS
G.C.S.A.
2013
AIRES
INSCRIPCION
1172725-10
W
DOMICILIO:
"2014. Año de las Letras Argentinas".
DIFERENCIAS
DE VERIFrCACrON
Calle Lavalle N' 538 (CABA)
PERIODOS FISCALES
ANO FISCAL;
2013
RUBROS
MONTO IMPONIBLE
ANALIZADOS
DECLARADO
jul.13
ago-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n,c.p.
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p
sep-13
VenIa al por menor de productos
alimenticios
n.c.p.
oct-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p
nov-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c,p
dic-13
Venta al por menor de productos
alimenticios
n.c.p.
--- --
DECLARADO
AJUSTADO
VERIFICACION DEL IMPUESTO
DECLARADO
AJUSTADO
SALDO
$ 94.395,33
$ 943.953,43
1,50%
2,00%
$ 1.415,93
$ 18.879,07
$17.463,14
$ 92.070,39
$ 920.703,95
1,50%
2,00%
$ 1.381,06
$ 18.414,08
$ 17.033,02
1,50%
2,00%
$ 1.379,25
$ 18.390,04
$17.010,79
0,00%
2,00%
$ 0,00
$ 22,570,18
$ 22.570,18
$ 91.950,19
subtotal
ALlCUOTA ("lo)
AJUSTADO
$ 919.502,00
$ 0,00
$1.128.508,90
$ 0,00
$1.067.281,53
0,00%
2,00%
$ 0,00
$ 21.345,63
$ 21.345,63
$ 0,00
$ 1,097,556,86
0,00%
2,00%
$ 0,00
$ 21.951,14
$21,951,14
S 278.415,91
$ 6.077.506,67
S 4.176,24
$121.550,14
$117.373,90
AÑO FISCAL:
MONTO IMPONIBLE
ANALIZADOS
----------
DECLARADO
-------
AlICUOTA
AJUSTADO
DECLARADO
("lo)
AJUSTADO
AJUSTADO
<:J"I
SALDO
-
~
S 0,00
RUBROS ANALIZADOS
S 0,00
S 0,00
S 0,00
$ 0,00
DECLARADO
AJUSTADO
DECLARADO
VER1FICACION DEL IMPUESTO
ALlCUOTA(%)
MONTO IMPONIBLE
-
AJUSTADO
SALDO
AJUSTADO
DECLARADO
--$ 0,00
$ 0,00
S 0,00
Subtotat
AÑO FISCAL:
AltCUOTA
MONTO IMPONIBLE
RUBROS ANALIZADOS
-
AJUSTADO
DECLARADO
DECLARADO
-
por el contribuyente
S O,OO!
Diferencias
de alicuotas
y de montos imponibles
en el Impuesto Sobre los Ingresos
DECLARADO
SALDO
AJUSTADO
-
5ubtotal
MOTIVO DE LAS MODIFICACIONES:
VERIF1CACION DEL IMPUESTO
{%)
AJUSTADO
determinadas
en base a los Montos Imponibles.AFIP
Brutos.-
p
Firma Contribuvente:
Cdar.ManuelVi~ontreras
En caso de aceptar el contribuyente
las diferencias
de verificación.
.... .... ....... ....... ....... ................... .................................................................
deberá dejar expresa conformidad
....... ........ .
$ 0,00
$0,00
$ 0,00
$ 0,00
Ficm, Ic,p'cto,
NOTA:
$ 0,00
$ 0,00
~
- -
con lo declarado
<:J"I
(O
VER1F1CAC10N DEL IMPUESTO
DECLARADO
AÑO FISCAL
-
=~
r-s
<J.J
RUBROS
Subtotal
-
n-.
t;r1
:><
<:J"I
de ello.
............................... .................
FIN DEL ANEXO
Firma supelVisor:
~
ColomFC.461,001
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1490
N° 163
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1490 (continuación)
N° 164
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1490 (continuación)
N° 165
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - EO 1490 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 166
N° 5034 - 27/12/2016
Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N° 167
ANEXO - EP 378
ANEXO – (Resolución C. D. N° 103 /2016)
Resolución Técnica N° 44 “Normas Contables Profesionales: Modificación de la Resolución
Técnica N° 36 - Balance Social”
SEGUNDA PARTE
1. Reemplazar la sección C. Niveles de aplicación de la Guía GRI de la segunda parte de la
Resolución Técnica N° 36 “Balance Social”, por la siguiente:
C. Descripción de los criterios
Aquellas organizaciones que elaboren sus memorias de sustentabilidad de conformidad con los
estándares o guía previstos por el Global Reporting Initiative –GRI-, deberán ajustarse a lo
establecido en la última versión disponible aprobada por tal organismo y publicada en español
en la página de Internet de esta Federación.
Asimismo, y de acuerdo a lo consignado por el GRI, deberán indicar qué opción o nivel se ha
aplicado para la confección de la memoria.
2. Eliminar el Anexo II: Pautas de la guía para la elaboración de memorias de
sustentabilidad del Global Reporting Initiative.
3. Modificar el punto 2.1 Memoria de Sustentabilidad del Capítulo II de la Segunda Parte,
según lo siguiente:
“2.1. Memoria de Sustentabilidad
Para la elaboración de la Memoria de Sustentabilidad se atenderá a las pautas y principios
establecidos por el GRI, según lo establecido en la sección C de la presente resolución.
A los efectos de una mejor visualización de la evolución de los indicadores, éstos se
presentarán en forma comparativa con uno o más ejercicios anteriores, excepto en la primera
elaboración del Balance Social.”
Graciela A. Núñez
Secretaria
Humberto Bertazza
Presidente
FIN DEL ANEXO