Año XXIII, núm. 1185, 4 de julio de 1963 - Biblioteca Virtual Miguel

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UN POCO DE "SUSPENSE / /
También como en estas modernas películas de intriga, los
Maestros están sufriendo la inquietud de un porvenir desconocido.
En estos días recibimos multitud de cartas de compañeros
que manifiestan esta inquietud,
pretendiendo conocer exactamente si el concurso en tramitación se resolverá o no antes
de septiembre. Las razones que
nos exponen en favor de la
pronta resolución del concurso
son justificadísimas. El que pide
«huyendo» del pueblo y teme
que si no se resuelve con tiempo le hagan pasar las hieles
amargas el año de forzada permanencia, después de que se conozcan los nombramientos pro
visionales. El que espera la re
solución del concurso para que
sus hijos puedan continuar los
estudios en otros ambientes. El
que prefiere que si ha de tardar
un año en resolverse el concurso, no se le adjudique Escuela,
lo que le permitiría intervenir
en futuros cambios de destino
Y así muchísimos más.
No ignoramos que si el concurso no se resuelve antes de
primero de septiembre, la posesión de los destinos obtenidos
no podrá realizarse antes de la
primera quincena de septiembre siguiente, pues así terminantemente lo dispone el artículo 49
del Estatuto, en desarrollo de
lo establecido en el artículo 87
de la Ley, ya que los Maestros
no obtuvieron la modificación
de este artículo como lo consiguieron Inspectores y Profesores de Normal, los que, en virtud do las Leyes de 16 de diciembre de 1954 y 20 de julio de
1955, lograron dos posesiones durante el curso, una al principio
de él y otra para casos de concursos resueltos posteriormente,
a principios de año.
Como los Maestros tienen que
tomar posesión necesariamente
al iniciarse el curso, confiamos
en que las autoridades del' Ministerio, haciéndose cargo de
esta situación de verdadera
emergencia, incrementarán los
medios de personal y material
de la sección correspondiente
con el fin de activar todo lo
posible un concurso tan voluminoso como el actual y evitar
retrasos que supondrían una situación complicada y difícil en
la Escuela.
Y esto en tanto se acomodan
los preceptos del Estatuto a las
necesidades actuales.
Como ya decíamos en otro artículo anterior, no es prudente
intentar resolver los concursos
de traslados promovidos por cerca de noventa mil Maestros con
las formas y los medios de hace
veinte años, cuando el número
de Maestros existentes era muy
poco más de la mitad.
Parece como si el Estatuto de
1947. hoy viarente, se hubiese redactado a título compensatorio,
regalando a los Maestros a ma-
EN ESTE NUMERO:
Modelo de instancia para la reclamación de los descuentos
sobre haberes.
Pág. 414
Mejora de remuneraciones a los Maestros. Texto íntegro de
la Ley.
Pág. 415
Convocatoria de premios para libros infantiles y juveniles.
Págs. 415 y 416
Admitidos a las oposiciones a Inspectores.
Pág. 419
Convocatoria de Becas para Maestros Nacionales que cursan
Pedagogía.
Pág. 421
Adiós, niño, hasta luego, por Mariano Arrieta.
Pág. 422
Niños de ESCUELA ESPAÑOLA.
Año XXIII
Núm.
1185
Madrid, 4 de julio de 1963
Depósito legal: M. 187 —1958
nos llenas derechos que no se
cifraron en billetes de banco.
Esta minuciosidad y precisión
de derechos administrativos es
posible que suponga un grave
obstáculo en la fluidez de los
concursos y, por consiguiente,
en su desarrollo.
Ahora que, gracias a Dios, se
ha iniciado una corriente de consideración efectiva hacia la labor que los Maestros realizan,
y los pasos se dirigen hacia una
compensación económica justa,
sería el momento de que los valiosos elementos técnicos del
Ministerio estudiasen una reforma profunda del Estatuto, especialmente en cuanto a provisión de destinos se refiere.
Tal vez fuera conveniente, y
lo decimos tan sólo a título de
ejemplo, que los destinos se limitaran en una primera fase a
grandes circunscripciones de comunes intereses económicos o
ambientales, dejando para una
fase posterior y totalmente descentralizada, la minuciosa determinación de los destinos finales.
Este sistema ya se ha iniciado por el Decreto de 16 de mayo, que modifica el régimen de
licencias por enfermedad. La solemne y previa reunión de la
Comisión Permanente para la
designación de los sustitutos de
los Maestros enfermos con respecto de las normas establecidas en la Orden de 21 de enero
de 1952, y a cuyo sometimiento
se deben muchos días de abandono de Escuelas, ha quedado
cancelada. Hoy el Delegado Administrativo nombra al Maestro
sustituto inmediatamente después que tiene conocimiento de
la baja del Maestro anterior, dejando la comunicación a la Inspección y a la Comisión Permanente como trámites posteriores.
De igual modo los derechos de
la Escuela a estar atendida por
un Maestro fijo deben ser preferidos a los particulares de los
Maestros.
414
4 de
LAS PREGUNTAS
DE E S T O S D Í A S
Reclamación da los descuentos sobre beberes
OPOSITORES A INGRESO
Los documentos que han de presentar los opositores aprobados—dentro del plazo de veinte días hábiles,
a partir de la fecha en que se hizo
pública la lista—ya los relacionamos
en el número 1.182. Solamente que
los Maestros que actualmente sirven
Escuela como interinos están excusados de presentar los documentos siguientes: d) Certificado de penales;
e) y f) certificados médicos; e i)
certificados de buena conducta.
CONCURSO DE TRASLADOS
Sabemos que la Sección correspondiente del Ministerio está trabajando
activamente en la resolución del concurso. Quizá la resolución se haga
pública antes de comenzar el curso,
pero todavía no se pueden fijar fechas probables, ya que los trabajos
se encuentran en su primera fase.
LICENCIAS POR ESTUDIOS
Recordamos que el plazo para solicitar licencias por estudios, cuya
convocatoria y normas incluímos en
nuestro número anterior, termina el
próximo día 10 de este mes.
NO
...
...
...
HAY NADA NUEVO SOBRE...
Oposiciones a direcciones.
Oposiciones a diez mil.
Colocación de Maestros rurales.
Concursa para dos plazas en ei
Grupo "Zumalacárregui" de Madrid
ANUNCIO
Vacante una sección de niños y
una de niñas en el Grupo escolar
«Zumalacárregui», de Madrid, el Instituto «San José de Calasanz», de
Pedagogía (Consejo Superior de Investigaciones Científicas), p a r a el
mejor cumplimiento de lo que dispone el artículo 3.o de la Orden de
19 de diciembre de 1941. hace pública la siguiente convocatoria:
Podrán aspirar a ocupar dichas vacantes los Maestros y Maestras pertenecientes al Escalafón del Magisterio Nacional que se ajusten a las
bases expuestas a continuación:
1.» Tener aprobadas las oposiciones a plazas ds más de diez mil habitantes o haber ejercido en propiedad población que rebase d i c h o
censo.
2.» No pasar de cuarenta años de
edad.
3.» Encontrarse en servicio activo.
4.» No haber estado sometido a
expediente gubernativo.
A la instancia se unirá hoja de
servicios certificada, cerrada en el
plazo de presentación de la instancia, y cuantos documentos estimen
convenientes para justificar méritos
profesionales, apostó."icos y patrióticos. Se estimará- como mérito relevante la posesión de la Licenciatura
en Pedagogía.
Acompañarán también u n a breve
Memoria de la labor realizada en las
Escuelas que hayan servido y certificación académica personal.
Las Maestras seleccionadas se someterán, si el Patronato lo juzga
conveniente, a u n ejercicio teórico
y otro de carácter práctico ante un
Tribunal, constituido por el Director del Instituto «San Jo^é de Calasanz», la Secretaria del mismo, la
Inspectora del Patronato, el Direc-
julio
de
1963
En vista de las numerosas consultas que nos han dirigido muchos lectores sobre la forma en que han de reclamarse los descuentos realizados
con demasía sobre los haberes y la gratificación, incluímos a continuación
u n modelo de instancia y unas normas para este caso, aunque, naturalmente, según los quinquenios de cada interesado y la categoría en la qu«
estuviesen durante los meses que van desde 1 de enero de 1962 al 1 de
abril de 1963, variará la cantidad a reclamar.
MODELO DE INSTANCIA
limo. Sr.:
Don X. X. y X., Maestro nacional de
provincia de
con
domicilio en la calle o plaza
de dicha localidad, a V. I., con
el respeto y consideración debidos, expone:
Que, como consecuencia de la sentencia del Tribunal Económico
Central de 16 de enero de 1963, publicada en el «Boletín Oficial del
Ministerio de Hacienda» de 26 de marzo de 1963, estima que se le
han descontado indebidamente, desde 1 de enero de 1962 a 1 de
abril de 1963
pesetas, según se detalla:
Por la diferencia de reintegro de catorce mensualidades del año 1962 de su sueldo de
más
quinquenios, y doce meses de gratificación
eventual de
pesetas, del tanto por ciento
de
a
Por las diferencias de tres meses del año 1963, de
sueldo de
pesetas, más
quinquenios y
la gratificación eventual de tres meses del tanto
por ciento de
a
ptaa.
ptas.
Total
ptaa.
Suplica que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de
Recaudación de 13 de octubre de 1903, 6e digne admitir la presente
instancia y, previos los informes y comprobaciones necesarias, dé las
órdenes oportunas para que le sea reintegrada la cantidad de
pesetas que por error de apreciación de la Administración se le descontaron indebidamente.
a
de
de
(Firma)
rimo. Sr. Delegado de Hacienda de l a provincia de
Nota.—La petición ha de referirse a cantidades exactas. A estos efectos
hemos publicado en el número 1.184 de «Escuela Española» los tipos de
descuento a que fueron sometidos los haberes de los Maestros por la acumulación de la gratificación y los que correspondía en el caso de que la
gratificación, como ahora se ha reconocido, fuera eventual.
Para ayudar a nuestros lectores, y teniendo en cuenta que en estos
cálculos no hemos considerado los quinquenios que con las mensualidades
extraordinarias han de tenerse en cuenta, las cantidades a reclamar serían,
en conjunto, 108 pesetas mensuales para la primera categoría, 96,45 para
la segunda, 93,55 para la tercera, 62,45 para la cuarta, 7,85 para la quinta,
32,65 para la sexta, 160,65 para la séptima y 134.90 para la octava. En estas
cantidades va incluida la diferencia a reclamar por los haberes y la gratificación, y deben incrementarse con el importe del descuento que corresponda a los quinquenios de cada interesado.
CALCULO DE LAS CANTIDADES A RECLAMAR
Para saber lo que cada uno debe reclamar se ha de multiplicar la cantidad arriba indicada, según la categoría del interesado, por el número de
meses que estuvieron sometidos a estos descuentos, desde 1 de enero de 1962
hasta 1 de abril de 1963.
tor o la Directora del Grupo escolar
«Zumualacárregui» y un Maestro o
Maestra de dicho Grupo, designados
por el Patronato, que actuarán de
Secretarios.
El p'.azo de presentación de instar rias finalizará definitivamente el
14 de julio próíimo.
Los expedientes serán entregados
en la Srcretaría del Instituto «San
Jcré de Calasanz» (Serrano, 127. Madrid).
Junta general de "La Enseñanza Católica'*
El domingo día 7, a las doce de
la mañana, en Claudio Coello, 32, se
celebrará J u n t a general de la Asociación Provincial de Maestros de Madrid «La Enseñanza Católica».
^ « P O S I C I O N E S OFICIALES
Mejora de remuneraciones a los Maestros.—Admitidos a las oposiciones a Inspectores.—Concursos para premiar libros infantiles y juveniles.'—Instrucciones sobre los exámenes de Grado del
Bachillerato.—Creaciones de Escuelas.
»0LETIi\ OFICIAL M I OTLBG
GACETA r*E MADRID
VIERNES. 28 DE JUNIO DE 1963
S e c o n v o c a el P r e m i o N a c i o n a l para
juveniles
libros
i l JUNIO.—O. M.
Con el propósito de fomentar y estimular la labor editorial española dedicada a la producción de libros destinados a los adolescentes de uno u otro sexo,
Este Ministerio, a propuesta de la Comisión de Información y Publicaciones Infantiles y Juveniles del Consejo Nacional de Prensa, ha tenido a bien disponer:
Artículo l.o Se crea un Premio Nacional, dotado con
100.000 pesetas, para recompensar a la Empresa editorial que presente ej mejor conjunto de libros editados
en España desde el 1 de enero de 1962 hasta ej día
30 de junio de 1963, y destinados a lectores masculinos
o femeninos cuya edad esté comprendida entre los trece
y los diecisiete años. El mencionado premio se discernirá por concurso, con arreglo a las siguientes bases:
1.» Loe libros que se presenten al concurso pueden
formar parte de una colección determinada o constituir
un conjunto de títulos aptos para una biblioteca juvenil, sin estar reunidos bajo el nombre concreto de una
colección.
En cualquier caso no se tomarán en consideración
aquellos títu'os que, a juicio del Jurado, no sean apropiados a lectores de Ja edad antes indicada.
Mejora de r e m u n e r a c i o n e s a los M a e s t r o s de
primera e n s e ñ a n z a y fijación de la c u a n t í a del
crédito necesario para s u efectividad e n el a ñ o
en curso
28 JUNIO.—LEY.
La Escuela primaria ha constituido para el Estado español un motivo de atención constante por la trascendencia que tiene para Jas generaciones que inician
6us actividades educativas el que encuentren en esta
enseñanza los fundamentos de su formación religiosa y
ética y la base firme de unos conocimientos que le permitan pasar a más elevados estudios.
Prueba de esta preocupación la constituyen las distintas medidas de orden legal que se vienen sucediendo,
tanto en :os aspectos técnicos en armonía con las nuevas exigencias pedagógicas como en Ja práctica, en cuanto a que se ha creado el número de Maestros que resul2.» Las colecciones o conjuntos de Jibros no deberán
tan imprescindibles tenierTdo en cuenta la población escomprender menos de diez títulos, y por su contenido
colar y se han construido los edificios que alojen a 1»
tendrán que ofrecer una garantía de continuidad en la
misma en debidas condiciones.
finalidad formativa que se propongan, pudiendo comprender las diversas materias y géneros literarios de inE=te conjunto do medidas quedaría incompleto si al
propio tiempo no se eleva el nivel económico de los terés juvenil, dándose preferencia a aquellos fondos editoriales presentados en que predomine la novela.
Maestros de acuerdo con la dignidad de su profesión,
Para valorar los méritos de los concursantes se tensin olvidar que es también aconsejable concederles una
drán en cuenta, además del interés intrínseco y tipográcompensación en razón no sólo a las condiciones de sus
•fico
de las publicaciones que se presenten, los precios
destinos, sino también porque la importancia de su mide venta al público de las mismas y aquellas circunssión educativa les ob'iga a una intensa dedicación, que
tancias que permitan apreciar la mejor labor de difuexcede en muchos casos a las horas de la labor normal
sión a la literatura juvenil de que se trata.
en la Escuela.
Y aunque últimamente se han otorgado algunas me3.» Los autores de los títulos podrán ser españoles o
joras en los devengos de este personal, no lo han sido
extranjeros, si bien todas las obras deberán estar edien la cuantía que corresponde al cometido a su cargo,
tadas en lengua castellana.
por ¡o que se entiende que deben completarse aquellos
incrementos en forma que los Maestros obtengan u n a
4.» El premio en ningún caso podrá ser fraccionado,
satisfacción a sus esfuerzos.
aunque sí ser declarado desierto cuando, a Juicio del
Jurado, las obras presentadas no alcancen el nivel que
En su virtud, y de conformidad con la propuesta elase desea para los lectores juveniles españoles, en cuyo
borada por las Cortes EspañoJas, dispongo:
caso el Jurado podrá proponer los fines a que se desArtícu'o I.» A partir del día 1 del mes siguiente al
tine el importe de aquél.
de la publicación de Ja presente Ley, la gratificación
complementaria que se satisface a los Maestros de pri5.» El Jurado que haya de discernir la adjudicación
mera enseñanza con cargo al concepto 347/123, subcondel premio será designado por el Ministro de Informacepto 10, del Presupuesto de gastos en vigor de la Sección y Turismo y estará constituido por personas cuación 18, «Ministerio de Educación Nacional», se establelificadas que sean Vocales de la Comisión de Informace en 24.000 pesetas anuales para todos ellos, sin que
ción y Publicaciones Infantiles y Juveniles o especialisla mejora sea de apjicación a los destinados en el extas en literatura juvenil.
tranjero, a excepción de los que prestan servicio en Andorra.
6.» Las Empresas editoras que deseen concursar al
premio que por la presente Orden se convoca deberán
Art. 2.o Para la efectividad de dicha mejora 6e fija
presentar,
en el Registro Genera; del Ministerio de Inen 2.305.224.000 pesetas la cualtía anual del crédito conformación y Turismo (avenida del Generalísimo, númesignado en e: Presupuesto en vigor de la Sección 18 de
ro 39). y en un plazo de treinta días hábiles, a partir
Obligaciones de los Departamentos ministeriales, «Minisde la pub'icación de esta convocatoria en el «Boletín
terio da Educación Nacional ; capítulo 100, «Persona'»;
Oficial del Estado», la siguiente documentación:
artícu'o 120. «Otras remuneraciones» servicio 347, «Dia) Instancia dirigida al Secretario de la Comisión de
rección General de Enseñanza Primaria»; concepto 347/
Información y Pub.'icaciones Infantiles y Juveniles del
123, «Remuneraciones diversas», cuya expresión se 6usConsejo
Nacional de Prensa, haciendo constar su persotiuye por la siguiente: «Para gratificaciones complemennalidad, domicilio y demás datos relativos a su identifitarias dsi sueldo a los Maestros de primera enseñanza
cación.
que sirvan Escuelas nacionales de cualquier régimen de
provisión, a 24.000 psetas anuales todos ellos, sin que
b) Tres ejemplares de cada uno de los títulos que
la mejora sea de aplicación a los destinados en e¡ expresenten al concurso, de Jos cuales se expedirá el oportranjero, a excepción de los que prestan servicio en Antuno recibo, siendo devueltos, tras la adjudicación del
dorra.»
premio, en un pjazo de sesenta días.
Art. 3.o Se autoriza al Ministro de Hacienda para dec) Una relación, por triplicado, de los títulos que la
terminar en su día la cuantía del crédito a habilitar terespectiva editorial posea como de inmediata aparición,
niendo en cuenta la fecha de entrada en vigor de la
detallando las fechas aproximadas en que la misma tendrá lugar.
correspondiente mejora.
Art. 4.- El importe del correspondiente crédito se cuLos concursantes se obligan a presentar posteriormenbrirá en la forma determinada por el artículo 41 de la
te aquellos títulos de su fondo editorial que el Jurado
vigente Ley de Administración y Contabilidad de la Haestime conveniente examinar y que no se hayan acomcienda Pública.
pañado con la instancia.
Dada en Barcelona, a 28 de junio de 1963.—Francisco
Madrid, 11 de junio de 1963.—Fraga Iribarne.
Franco.
(«B. O. del E.» del 28 de Junio.>
(«B. O. del E.» del 28 de Junio.)
416
4
de
julio
Se convoca el Premio Nacional para libros
infantiles
11 JUNIO.—o. M.
Con el propósito de fomentar y estimular la labor editorial española dedicada a la producción de libros destinados a los niños de uno u otro sexo,
Este Ministerio, a propuesta de la Comisión de Información y Publicaciones Infantiles y Juveniles del Consejo Nacional dé Prensa, ha tenido a bien disponer:
Artículo I.» Se crea un Premio Nacional, dotado con
100.000 pesetas, para recompensar a la Empresa editorial
que presente la mejor labor de conjunto realizada a
través de un estimab'.e número de libros de valor positivo, editados en España desde el 1 de enero de 1960
hasta el dia 30 de junio de 1963, y destinados a los
lectores masculinos o femeninos cuya edad no exceda
de los trece años.
El mencionado Premio se discernirá por concurso, con
arreglo a las siguientes bases:
1.» Los libros aue se presenten al concurso pueden
formar parte de una colección determinada o constituir
un conjunto de títulos aptos para una biblioteca infantil, sin estar reunidos bajo el nombre concreto de una
colección. La producción de dichos libros se entenderá
independiente de la aue el mismo editor pueda realizar
para adolescentes.
En cualquier caso no se tomaián en consideración
aquellos títulos que. a juicio del Jurado, no sean apropiados a lectores de edad superior a la antes indicada.
2.a Las coleccioness o conjuntos de libros que se presenten tendrán que ofrecer una garantía de continuidad
en la finalidad informativa que se propongan, pudiendo
comprender las diversas materias y géneros literarios de
Interés infantil sin omitir el cuento, la novela y los
libros de juegos.
Para valorai los méritos de los conccrsantes se tendrá
en cuenta, además d;;l interés intrínseco y tipográfico de
las publicaciones q w se presenten, los precios de venta
al púb'ico de las nr.smas y aquellas circunstancias que
permitan apreciar la mej-or labor de difusión de la literatura infantil de que se trata.
3.a Los autores de los títulos podrán ser españoles
o extranjeros, si bien todas las obras deberán estar editadas en lengua castellana.
4.a El premio en ningún caso podrá ser fraccionado,
aunque sí ser declarado desierto cuando, a juicio del.
Jurado, las obras presentadas no alcancen el nivel que
se desea para los lectores infantiles españoles, en cuyo
caso el Jurado podrá proponer los fines a que se destine el importe de aquél.
5.» El Jurado que haya de discernir la adjudicación
del Premio será designado por el Ministro de Información y Turismo y estará constituido por personas cualificadas que sean Vocales de la Comisión de Información y Publicaciones Infantiles y Juveniles o especialistas en literatura infantil.
6.a Las Empresas editoras que deseen concursar al
Premio que por la presente Orden se convoca deberán
presentar, en el Registro General del Ministerio de Información y Turismo (avenida del Generalísimo, número 39) y en un plazo de treinta días hábiles, a partir
de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», la siguiente documentación:
a) Instancia dirigida a. Secretario de la Comisión de
Información y Publicaciones Infantiles y Juveniles del
Consejo Nacional de Prensa, haciendo constar su perso-
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Vestidos, faldas, tergal, blusas, etc.
de
1963
nalidad, domicilio y demás datos relativos a su identificación.
b) Tres ejemplares de cada uno de los títulos seleccionados que presenten al concurso, de los cuales se expedirá el oportuno recibo, siendo devueltos, tras la adjudicación del Premio, en un plazo de sesenta días.
c) Tres catálogos o relaciones de los títulos que componen el fondo completo editorial de su producción infantil.
Los concursantes se obligan a presentar posteriormente aquellos títulos de su fondo editorial que el Jurado
estime conveniente examinar y que no se hayan acompañado con la instancia.
Madrid, 11 de junio de 1963.—Fraga Iribarne.
(«B. O. del E.» del 28 de junio.)
LUNES, 1 DE JULIO DE 1963
Se c r e a , d e n t r o d e la J e f a t u r a C e n t r a l del S e r v i c i o
E s c o l a r d e A l i m e n t a c i ó n y N u t r i c i ó n , los D e p a r t a m e n t o s d e 1, D e p a r t a m e n t o d e E d u c a c i ó n e n
A l i m e n t a c i ó n y N u t r i c i ó n . 2, D e p a r t a m e n t o d e
C o m p l e m e n t o A l i m e n t i c i o . 3, D e p a r t a m e n t o d e
C o m e d o r e s E s c o l a r e s , y 4, D e p a r t a m e n t o de P r o gramación
10 JUNIO.—O. M.
Ante el progresivo desarrollo, en amplitud y eficacia,
del Servicio Escolar de Alimentación y Nutrición, y para
facilitar, por otra parte, la continuidad sistemática del
programa de Educación en Alimentación y Nutrición en
cada una de las Escuelas,
Este Ministerio, de conformidad con la Orden ministerial de 25 de octubre de 1954 («B. O. del E.» del 4 de
diciembre) y lo establecido en los Convenios y Planes
de operaciones con F. A. O. y U. N. I. O E. P. («Boletín Oficial del Estado» del 21 de noviembre de 1959),
ha resuelto:
Crear, dentro de la Jefatura Central del Servicio Escolar de A'imentación y Nutrición (S. E. A. N.), los
departamentos de:
1. Departamento de Educación en Alimentación y Nutrición.
2. Departamento de Comp'emento Alimenticio.
3. Departamento de Comedores Escolares; y
4. Departamento de Programación.
Madrid, 10 de junio de 1S63.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 1 de julio.)
Ejecución de las Instrucciones de exámenes de
Grado del Bachillerato
21 MAYO.—R. DE LA D.
Para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la
Orden ministerial de 21 de marzo de 1963 («B. O. del
Estado» del 30), que aprueba las instrucciones para los
exámenes de Grado, Elemental y Superior, del Bachillerato,
Esta Dirección General ha resuelto:
l.o Cálculo de la calificación de cada grupo de ejercicios.
El tercer párrafo del apartado b) de la norma 11 de
la Orden de 21 de marzo de 1963 se entenderá en el
sentido de que la calificación de cada grupo de ejercicios será calculada sumando las puntuaciones de los
dos ejercicios del grupo de la correspondiente puntuación media del Libro de Calificación Escolar y dividiendo por tres.
2.o Valoración del Libro de Calificación Escolar.
El último párrafo del apartado c) de la misma norma 11 deberá ser interpretado en el sentido de que la
puntuación media del Libro de Calificación Escolar correspondiente a cada grupo de materias será tenida en
cuenta siempre, pero sólo hasta una diferencia (en más
o en menos) de dos puntos.
3.o Alumnos de convocatorias y pruebas anteriores.
El apartado a) de la norma 18, según la cual se ha
de computar para la calificación ¿a obtenida por ¡os
alumnos en determinados ejercicios y pruebas de convocatorias anteriores, será estrictamente observado siempre que sean conocidas esas cifras; pero cuando resulte
imposible disponer de tal puntuación anterior, la calificación será la media que resulte de sumar la puntuación de los ejercicios que ahora se realicen con la media del Libro y de dividir por el número de sumandos.
4.o Registro de la puntuación en las calificaciones.
A partir de la presente convocatoria de exámenes, en
todas las actas y en todas las diligencias del Libro de
Calificación Escolar se expresará, junto a la calificación
del alumno, en cada asignatura de curso y en cada ejercicio de Grado, ¿a puntuación exacta obtenida por aquél.
Escuela
5.o Disposiciones complementarias de la Instrucciones
de Grado.
Se tendrá en cuenta que la Orden ministerial de 21 de
marzo de 1963 ha sido completada con estas otras normas: Norma 12 de las propias Instrucciones, omitida en
su publicación original e inserta en el «Boletín Oficial
del Estado» del día 25 de abril siguiente; Orden ministerial de 22 de marzo de 1963 («Boletín Oficial del Estado» del 30), sobre la opción de los alumnos en cuanto
al momento y al proeedimeinto para obtneer el título
de bachiller superior, y Orden ministerial de 11 de abril
de este mismo año («B. O. del E.» del 8 de mayo), que
precisa la forma de realizar algunos ejercicios, solamente
en este año, por los alumnos que se presentaron ya a
ciertas convocatorias anteriores.
Madrid, 21 de mayo de 1963.—El Director general, Ángel González.
(«B. O. del E.» del 1 de julio.)
MARTES, 2 DE JULIO DE 1963
Se crean Escuelas nacionales en la provincia
de Barcelona
17 JUNIO.—O. M.
Vistos los expedientes, propuestas y actas reglamentarias para la creación de nuevas Escuelas nacionales de
Enseñanza Primaria;
Teniendo en cuenta que en todos los citados documentos se justifica Ja necesidad de proceder a la creación de las nuevas Escuelas solicitadas en beneficio de
los intereses de la enseñanza y los favorables informes
emitidos: que existe crédito consignado en el presupuesto de gastos de este Departamento para la creación de
nuevas plazas de Maestros y Maestras y lo preceptuado
en la Ley de Educación Primaria,
Este Ministerio ha dispuesto:
1.» Que se consideren creadas definitivamente, y con
destino a las localidades que se citan, las siguientes Escuelas nacionales de Enseñanza Primaria, por las que serán acreditadas las indemnizaciones correspondientes a
la casa-habitación:
Barcelona
Grupo mixto «Juan Antonio Parera», en la barriada de
la Verneda. del Ayuntamiento de Barcelona (capital), con
dirección sin curso y catorce unidades (siete de niños
y siete de niñas). Quedan integradas en él dos secciones
de niñas del Grupo escolar «España», las unitarias de
niñas números 23, 32 y 40 y las unitarias de niños números 36. 37 y la de la calle Escudillers Blanch, número 4. creándose dos plazas de Maestra y cuatro de Maestro y una dirección sin curso.
Tres unidades de niños y tres de niñas en el Grupo
escolar mixto del casco del Ayuntamiento de San Vicente
deis Horts.
Dos unidades de niños en el Grupo escolar de niños
«Angela Roca», del casco del Ayuntamiento de Vlladecáns.
Una unidad de niñas en el Grupo escolar de niñas
«Angela Rosa», del casco del Ayuntamiento de Viladecáns.
2.o Por la Inspección de Enseñanza Primaria y Comisión Permanente de Educación se dará cumplimiento
a los apartados l.o y 2.o de la Orden ministerial de 31 de
marzo de 1949.
Madrid, 17 de junio de 1963.—Lora lamayo.
(«B. O. del E.» del 2 de julio.)
Relación de aspirantes a las oposiciones para
plazas de Profesores de Labores y Enseñanza del
Hogar de Escuelas del Magisterio
14 JUNIO.—R. DE LA D.
Expirado el plazo de reclamaciones señalado en la Orden de esta Dirección General de 15 de abril último
(«B. O. del E.» del 16 de mayo siguientes), por la que
se publica ¡a relación de aspirantes admitidas y excluidas a las oposiciones convocadas para proveer plazas de
Profesoras especiales de Labores y Enseñanzas del Hogar de Escuelas del Magisterio, habiendo subsanado dentro del plazo fijado al efecto por doña María Concepción San Juan Martínez la omisión padecida en su instancia, al no consignar la manifestación de que reúne
en la fecha determinada todas las condiciones que en
la Orden de convocatoria se expresan,
Esta Dirección General ha resuelto acceder a lo solicitado por doña María Concepción San Juan Martínez,
incluyéndola en la relación de aspirantes admitidas definitivamente a las referidas oposiciones que a continuación se consigna, ordenada teniendo en cuenta lo
dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de 4 de
septiembre de 1931:
Española
417
1. Doña Carmen Quintero de Luna.
2. Doña María Jesús Leiros Glráldez.
3. Doña María del Carmen Mota Sanz.
4. Doña Isabel Serrano Medina.
5. Doña María del Carmen Alvarez Medina.
6. Doña María del Carmen González de Prado.
7. Doña Leonor Claudia Sánchez González.
8. Doña María del Pilar Castell Edo.
9. Doña Benita Mariana Fernández Sánchez.
10. Doña Pilar Domínguez Gómez-Plana.
11. Doña Petra Criado Escribano.
12. Doña Araceli Sánchez Sánchez.
13. Doña María del Carmen Teixidor Masó.
14. Doña Gabriela Ortiz Cabrera
15. Doña Josefa Ayuda Morales.
16. Doña Carmen Gimeno Guínot.
17. Doña María del Pilar Rius Blanco.
18. Doña María Manuela Illobre Fernández.
19. Doña Adela Delgado Delgado.
20. Doña María del Pilar Gregorio García.
21. Doña María Cristina Delgado Gómez.
22. Doña Caridad Jaimez Muñoz.
23. Doña Francisca Bolaños Martínez.
24. Doña María del Carmen Garrote Alvaredo.
25. Doña Josefa Cabello Montoro.
26. Doña María Josefa López-Sela y Díaz-Faes.
27. Doña Consolación García Guijarro.
28. Doña Antonia Millán Sánchez.
29. Doña María Julia Salazar Mayoral.
30. Doña Elena Navarro Viguer.
31. Doña María de los Angeles González Mena.
32. Doña María del Pilar Ramos Muñoz.
33. Doña María de la Luz Porral Yunta.
34. Doña Apolonia Lorenzo Coll.
35. Doña María de los Dolores Marín Fernández.
36. Doña María del Rosario Garzón Real.
37. Doña María Teresa Mateos y Galindo.
38. Doña Magdalena García Garcés.
39. Doña Dorotea Gallego Peñalver.
40. Doña María Antonia Garrido Rasero.
41. Doña María Concepción San J u a n Martínez.
42. Doña María del Rosario Calzada Ortiz.
43. Doña Adela López Berzosa.
44. Doña María Eugenia García Ruiz.
45. Doña Agustina Bech Rodeja.
46. Doña Eufemia Pérez Sánchez.
47. Doña María de la Cruz Lóoez Mena.
48. Doña Ascensión Márquez Fernández.
Madrid, 14 de junio de 1963.—El Director general,
J. Tena.
(«B. O. del E.» del 2 de julio.)
JUEVES, 27 DE JUNIO DE 1963
Se crean Escuelas en régimen de Consejo
Escolar Primario
11 JUNIO.—o. M.
Este Ministerio ha dispuesto:
l.o Que se consideren creadas definitivamente, y con
destino a las localidades que se citan, y sometidas a los
Consejos Escolares Primarios que se detallan, las siguientes Escuelas nacionales de Enseñanza Primaria:
Una unidad de niños en la Agrupación escolar del N
casco del Ayuntamiento de Albacete (capital), dependiente del Consejo Escolar Primario de la Delegación Nacional de Juventudes.
Una unidad de niños en la Institución Hogar Internado-mediopensionado del Ayuntamiento de San Vicente
del Raspeig (Alicante), dependiente del Consejo Escolar
Primario del Superior de Protección de Menores.
Una unidad de niñas en la Agrupación «Ave María
del Quemadero», del casco del Ayuntamiento de Almería
(capital), dependiente del Consejo Escolar Primario del
Patronato Doicesano de Educación Primaria de Almería.
Una unidad de niños y conversión en de niñas de la
mixta de La Cuesta del Gato, del término municipal de
Almería (capital), dependiente del Consejo Escolar Primario Patronato Diocesano de Educación Primaria de
Almería.
Una unidad a cargo de Maestro en Arrolobos, del Ayuntamiento de Camino Morisco (Cáceres), dependiente del
Consejo Escolar Primario de Las Hurdes.
Una unidad de niños en el casco del Ayuntamiento
de Jumilla (Murcia), dependiente de un Consejo Escolar Primario del Ayuntamiento...
Una unidad de niñas en la plaza de Santiago, número 9, del casco del Ayuntamiento de Estella (Navarra),
dependiente del Consejo Escolar Primario «Congregación
Hijas de María Inmaculada».
Una unidad de niñas en la parroquia de San Pedro
de Mosteíro, del Ayuntamiento de Ramlranes (Orense),
dependiente del Consejo Esco'ar Primario «Patronato Diocesano de Educación Primaria de Orense».
Una unidad de niños y una de niñas en Albandi y
418
4 «e
|«lie
una unidad de niños y una de niñas en Abono, del
Ayuntamiento de Carreño (Oviedo), dependientes de u n
Consejo Escolar Primario de la «Sociedad Anónima Tíldela Veguín»...
Una unidad de niños y una de niñas en Fuente del
Rey, del Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), dependientes del Consejo Escolar Primario «Patronato
Arzobispal de Educación Primaria de Sevilla».
Una mixta, servida por Maestra, en la Colonia Ana
Sanchiz, del término municipal de Alcira (Valencia),
dependiente de un Consejo Escolar Primario «Empresa
Cartonajes Suñer Hermanos»...
Una unidad de niños en el Instituto Médico-Pedagógico Infantil, del casco del Ayuntamiento de Valladolid,
dependiente del Consejo Escolar Primario «Orden Hospitalaria de los Hermanos de San J u a n de Dios»...
Madrid, 11 de junio de 1963.—Lora Xamayo.
(«B. O. del E.» del 27 de junio.)
Se c r e a n y s u p r i m e n E s c u e l a s d e p e n d i e n t e s del
Patronato Suburbios de Madrid
11 JUNIO.—O. M.
Visto el expediente incoado por el Patronato Escolar
de los suburbios de esta capital, en solicitud de la creación y supresión de Escuelas nacionales de Enseñanza
Primaria dependientes del mismo; y
Teniendo en cuenta que se justifica debidamente la
petición, que se dispone de locales adecuados y dotados de todos cuantos elementos son necesarios para la
debida instalación y funcionamiento de las Escuelas, que
existe crédito del consignado en el presupuesto de gastos de este Departamento para la creación de nuevas
plazas de Maestros y Maestras, así como para las indemnizaciones que por casa-habitación corresponde y los favorables informes emitidos,
Este Ministerio ha dispuesto:
l.o Que se consideren creadas definitivamente y dependientes del Patronato Escolar de los suburbios de esta
capital, las siguientes Escuelas nacionales de Enseñanza
Primaria, por las que serán acreditadas las indemnizaciones correspondientes a la casa-habitación:
Una unidad de párvulos en el Grupo escolar «San Ramón», de niñas, de la avenida de Barcelona, número 86,
Una unidad de niños y una de niñas en la calle Martina Ayela, del poblado Nuestra Señora de los Angeles.
2.o Que a todos sus efectos se consideren suprimidas
las Escuelas nacionales que a continuación se detallan,
todas ellas dependientes del Patronato Escolar de loe
suburbios de esta capital:
Una unidad de niños y dos de niñas en Valdebebas,
carretera de Alcobendas. kilómetro 6, que fueron concedidas por Ordenes ministeriales de 22 de diciembre
de 1942 y 2 de juüo de 1955 («B. O. del E.» del 2 de
enero de 1943 y 27 de junio de 1955).
Tres unidades de niños, una de niñas y otra de párvulos de la barriada de Pozoblanco (Orcasitas), concedidas por Ordenes ministeriales de 29 de julio de 1961
(«B. O. del E.» del 19 de agosto).
Dos unidades de niñas de la calle José Paulete, número 2, concedidas por Orden ministerial de 20 de abril
de 1961 («B. O. del E.» del 13 de mayo).
Una unidad de niños de la calle Ronda de Segovia,
número 21, concedida por Orden ministerial de 22 de
diciembre de 1942 («B. O. del E.» del 2 de enero de 1943).
3.o La dotación de las nuevas plazas será la correspondiente al sueldo personal que por su situación en ©1
Escalafón general del Magisterio tengan los que se designen para regentarlas, creándose para la provisión de
las resultas dos plazas de Maestra y una de Maestro
nacionales, con cargo al crédito que para estas atenciones figura consignado en el presupuesto de gastos d«
este Departamento.
4.o El nombramiento de los Maestros será acordado
por este Ministerio, a propuesta formulada por el Patronato Escolar de los suburbios de esta capital, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.o del Decreto de
18 de octubre de 1958 («B. O. del E » del 31).
Madrid, 11 de junio de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 27 de junio.)
de
1963
i o n Quitóte» d e lo Moncha
EDICIÓN INFANTIL
Por NICOLÁS GONZÁLEZ RUIZ
PRECIO: 25 pesetas
dinámica Interna) de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Madrid, con el sueldo anual de veintiocho
mil trescientas veinte pesetas, correspondiente a la octava categoría del Escalafón de Catedráticos numerarlos de
Universidad, hasta que exista vacante en la cuarta, a la
que pertenece como Catedrático hasta esta fecha, en situación de excedencia activa; tres mil pesetas anuales
más, conforme a lo determinado en la vigente Ley de
Presupuestos, y demás ventajas que le conceden las disposiciones en vigor.
Madrid, 25 de mayo de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 8 de junio.)
S e resuelve la oposición r e s t r i n g i d a convocada
p a r a ia p r o v i s i ó n d e l a s p l a z a s d e P r o f e s o r e s d e
t é r m i n o de «Modelado y Vaciado» de las E s c u e l a s
d e A r t e s y Oficios d e B a r c e l o n a , O v i e d o y S a n t i a g o
25 MAYO.—O. M.
limo. Sr.: Visto el expediente tramitado para la provisión, por el turno de oposición restringida, de las plazas de Profesores de término «Modelado y Vaciado» de
las Escuelas de Artes y Oficios de Barcelona, Oviedo y
Santiago, convocadas por Ordenes ministeriales de 14 de
julio de 1959 y 14 de noviembre de 1960, respectivamente.
Este Ministerio, de acuerdo con la propuesta formulad
da por el Tribunal, ha resuelto:
1.' Nombrar a don Antonio Ramón González López,
Profesor de término de «Modelado y Vaciado» de la Escuela de Artes y Oficios de Barcelona, con el sueldo o la
gratificación anual de veintiún mil cuatrocientas ochenta pesetas, que percibirá con cargo a la dotar¡ó" rie ¡a
vacante y con todos los demás derechos y obligaciones
que les corresponden, según la legislación vigente; y
2.* Que se declaren desiertas las plazas de Profesores
de término de «Modelado y Vaciado» de las Escuelas de
Artes y Oficios de Oviedo y Santiago, las cuales se proveerán en f.u dia por el t u r n o que reglamentariamente
corresponda.
Madrid, 25 de mayo de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 8 de junio.)
Se n o m b r a Secretario de la E s c u e l a de A r t e s y
Oficios A r t í s t i c o s d e C i u d a d R e a l a d o n A n t o n i o
López Torres
85 MAYO.—O. M.
limo. Sr.: Vista la propuesta formulada por la Direcrección de la Escuela de Artes y Oficios Artísticos de
Ciudad Real, y de conformidad con lo preceptuado en el
Real Decreto de 16 de diciembre de 1910 y Orden ministerial de 26 de agosto de 1940,
Este Ministerio ha tenido a bien nombrar a don Antonio López Torres Secretario de la Escuela de Artes y
Oficios Artísticos de Ciudad Real, con todas las facultades y prerrogativas reconocidas a dicho cargo por las
disposiciones vigentes.
Madrid, 25 de mayo de 1963.—Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 8 de junio.)
ACADEMIA PREPARATORIA
MAESTROS :
Preparación I n g r e s o F a c u l t a d Filosofía
Curso intensivo de v e r a n o
CORSOS:
SÁBADO, 8 DE JUNIO DE 1963
Se nombra Catedrático de la Universidad de
Madrid, en virtud de oposición, a don Manael
Alia Medina
17 MAYO.—O. M.
limo. Sr.: En virtud de oposición.
Este Ministerio ha resuelto nombrar a don Manuel Alia
Medina Catedrático numerario de «Geografía física» (Geo-
Normales: A p e r t u r a , 1 de febrero y 15 de o c t u b r e
V e r a n o : A p e r t u r a , 1 de julio
INFORMES :
Clases o r a l e s : C a r d e n a l Cisneros, 62, 1.°
( J u n t o Metro Quevedo)
P o r c o r r e s p o n d e n c i a : Cea Bermúdez, 15, 4.»
Teléfono 22174 79 - MADRID
Escuela
MIÉRCOLES, 26 DE JUNIO DE 1963
Admitidos y excluidos a las oposiciones
de Inspectores
25 MAYO.—R. DE LA D.
En uso de las atribuciones conferidas por el número l.o del artículo 4.o de la Orden ministerial de 15 de
marzo de 1963 («B. O. del E.» del 4 de abril), que convocó oposiciones a ingreso en el Cuerpo de Inspección
de Enseñanza Primaria,
Esta Dirección General ha resuelto:
I.» Declarar admitidos a las oposiciones de referencia
a los siguientes aspirantes:
I, Alarcón Martínez, doña María Purificación; 2, Alonso Fernández, dona Cándida Elena; 3, Alvarez Mendaña,
don Alvaro; 4, Aivarez Reinares, doña Cristina; 5, Amengual Fondevüa, doña Juana Ana; 6, Arco García, doña
Clara del; 7, Arnáu Jaques, doña Guadalupe; 8, Avila
Garrido, doña Juana; 9, Ballesteros Montero, doña María
Concepción; 10, Baró Soler, doña María Teresa.
II, Bastida Gaspá, don Juan; 12, Bayór. López, doña
RafaeJa Ezequiela; 13, Bedia Ocejo, don Domingo; 14, Bedia Trueba, doña María Luisa; 15, Bejar Hurtado, don
Manuel; 16, Beltrán Noriega, doña María del Rosario;
17, Benítez Pascual, doña María Carmen; 18, Bravo Lozano, doña María Arselina; 19, Burillo Solé, don Luis
María; 20, Caballero Caballero, don Adelicio.
21, Calderón García, doña María Josefa; 22, Cano Cano, don Bernabé; 23, Carda Ros, doña Rosa María; 24,
Carrasco Maurín, doña María Victoria; 25, Carrascoso
García, doña Trinidad; 26, Casas Motilla, don Juan; 27,
Caselles Beltrán, don Pedro; 28, Cassinello Company, doña Carmen; 29, Castán Miranda, don Jesús; 30, Centeno
Astorga, doña María de los Milagros.
31, Conejo Enamorado, doña Purificación; 32, Contreras Villalobos, doña Juliana María; 33, Corrales Berrocal, don Miguel; 34, Couso Martínez, doña María Mercedes; 35, Cuerda Menéndez, don Marino; 36, Delgado
Catalán, don José; 37, Delgado Rodríguez, doña María
Antonia; 38, Díaz-Peco Díaz-Peco, don Julián; 39, Díaz
Perrer, doña Elena; 40, Domínguez Cabrejas, doña María
Rosa.
41, Domínguez Delgado, doña María Josefa; 42, Domínguez Estévez, dona Josefa Manuela; 43, Domínguez
Felipe, don Francisco; 44, Domínguez de la Rúa, doña
María Pascua; 45, Echevarría Rosales, doña Berta; 46,
Echevarría Rosales, doña Emilia; 47, Egido Rodríguez,
doña María Concepción; 48, Elena Martín, doña Concepción; 49, Escalona Cazcarra, don José; 50, Escribano Vigil, doña María Concepción.
51, Escutia Vicente, don Marcial; 52, Estefani Zabala,
don Antonio; 53, Fernández Cano, don Felipe; 54, Fernández Fernández, doña Felicidad María; 55, Fernández
Figueroa, don Emilio; 56, Fernández Lámela, doña Ol'mpia; 57, Fernández Martínez, doña Covadonga; 56, FÍADcés Lafuente, don Amando Emilio; 59, Fuente Almendres,
doña María Luisa de la; 60, Galilea Bezaco, doña Rosa.
61, Gallego Jorreto, doña Joaquina; 62, Garcés Valenzuela, doña Carmen; 63, García Cañizares, doña María
de la Paz; 64, García Carrasco, don Florencio; 65, García
Caselles, doña Jacinta; 66, García García, don Jaime;
67, García López, don Ángel; 68, García Manuel, doña
María Luz; 69, García Martín, don Ángel; 70, García de
la Mata, doña María.
71, García Valladares, doña Encarnación; 72, Garrido
Calvillo, doña María Jesús; 73, Gastesi Vesga, doña María Natividad; 74, Gavilanes Sanz, doña María Soledad;
75, Gómez Barriocanal, don Francisco; 76, Gómez García, don José Carlos; 77, Gómez e Isabel, doña María
Loreto; 78, González Alvarez, doña Elena Josefa; 79, González Cuesta, doña Nieves; 80, González Díaz, doña Luisa.
81, González García, don Joaquín; 82, González González, don Ángel; 83, González Jiménez, don Antonio;
84, Gutiérrez González, don Diego; 85, Gutiérrez Jiménez, don José; 86, Herce Garraleta, doña María pilar;
87. Hernández Palomeque, don Gervasio; 88, Hernández
Veloso, doña María Teresa; 89, Jiménez Herreros, don
Pedro; 90, Jiménez Nájera, doña Elena.
91, Jorge Manchado, doña María Pilar Milagros; 92,
Justel Carracedo, don Antonio; 93, Lago Mauricio, doña
María Luisa; 94, Lahita Ruiz, doña Juana; 95, Lavara
Gros, don Elíseo; 96, Liñán Macías, don Francisco; 97,
López Anta, don Lamberto; 98. López Castellanos, doña
Josefa: 99, López Pérez, doña Josefa; 100, Llops Olagüe,
don Ángel.
101. Macías López, doña Ana María; 102, Maestre Olivar, doña Carmen; 103. Manrique Arnáiz, don Miguel;
104, Martínez Fernández, don Ambrosio: 105, Martínez
Gonzalo, don Fernando: 106, Martínez Mateo, doña Casi'da; 107, Martínez Medrano. doña Eulalia; 108, Marroig
Miguel doña Catalina: 109, Matamala Arevalillo, don Jesús: 110. Maya Gallardo, don José David de la.
I I I , Mesía Pacheco, doña Estrella; 112, Mezquita Mendizábal, doña María del Carmen; 113, Monge Lerma, doña
Española
419
María del Carmen; 114, Mora Benosa, doña Montserrat;
115, Montero Pardo, doña Regina; 116, Moreno Espinosa,
doña Fermina Dolores; 117, Moreno García, don Antonio;
118, Morón Domínguez, don Francisco; 119, Muñoz Cuena, doña María del Carmen; 120, Muñoz Muñoz, doña
Carmen.
121, Navarro Sala, doña Josefina; 122, Ordás Rodríguez, don Graciliano; 123, Osanz Barba, don Blas; 124,
Oso Cantero, doña Elia; 125, Pablo Marco, doña María
del Carmen; 126. Padilla Bravo, doña María Cristina;
127, Pajarín Araujo, doña Matilde Teresa; 128, Palacios
Huerta, doña María del Pilar; 129, Pantrigo Antúnez,
doña Vicenta; 130, Pereira Rico, don Alberto.
131, Pérez Carreño, doña Elvira; 132, Pérez Casado
doña Angelines; 133, Pérez Lázaro, don Juan; 134, Pé
rez López, don Eusebio; 135, Pérez Méndez, don J u a l
José; 136, Pérez Veiras, doña Olimpia María; 137, Pl
ñeiro García, doña María del Carmen; 138, Plana Barrabes, don José María: 139, Polo Gómez, doña Carmen;
140, Puebla Gonzalo, doña E. Carmen.
141, Ramis Rosselló, don Lorenzo; 142, Ranz y Diez de
Artazcos, doña María Estrella; 143, Redondo Aparicio,
doña Juliana; 144, Reques Sebastián, doña María; 145,
Ríos Rojo, doña Evangelina de los: 146, Rivera Vila, doñ a Elisa; 147, Rodríguez de la Torre, don Arturo; 148,
Roig Ibáñez, don José: 149, Rojo Sastre, don Antonio;
150, Román Gutiérrez, don Ángel.
151, Romero Penín, doña Isabel; 152, Rubio Fernández,
doña María Luisa; 153, Ruiz Mochales, doña María del
Carmen; 154, Sáez Solbes, don Pedro; 155, Sánchez Fernández, doña Eva; 156, Sanz Pérez, don Antonio; 157,
Sempere Agulló. don Arturo; 158, Serrano de las Heras,
don José; 159, Serrano Tomé, don Adolfo; 160, Sola Ramírez, don José Eugenio.
161, Soler Llopis, doña Rosa; 162, Solivellas Llabrés,
doña Catalina; 163, Tejero Barra, doña Ana María; 164,
Toledano Martínez, doña Donatila; 165, Vázquez Boga,
doña María; 166, Veiga Aldáriz,' doña Flora; 167, Vent u r a Limosner, don Manuel; 168, Vergara García, doña
María Encarnación; 169, Vidal León, doña Leonor; 170,
Vilella Echarri, doña Carmen Vicenta.
171,Villalba Díaz, don Sebastián; 172. Villamor Beneito,
doña María Francisca; 173, Zapater Cornejo, don José
María; 174, Zapater Cornejo, don Miguel.
l.o Considerar excluido, por no acompañar los recibos justificativos del abono de 150 pesetas en la Sección
de Habilitación y de 60 en la Caja Única, como dispone
el apartado 3.o de la Orden de convocatoria, a don Virgilio Cacharro Pardo.
Considerar igualmente excluida a doña Esther Sáiz Estiváriz, por haber tenido entrada su solicitud en el Registro General del Departamento fuera del plazo reglamentario.
3.° Los aspirantes eliminados a que se hace referen
cia en el apartado precedente, si consideran infundadf
su exclusión, podrán interponer recurso de reposición
impugnando aquélla ante esta Dirección General de Enseñanza Primaria en el plazo de quince días hábiles, a
contar desde el siguiente a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad
con lo preceptuado en el Decreto de 10 de mayo de 1957,
regulador de concursos y oposiciones (artículo 7.o, en relación con el artículo 3.o).
Madrid, 25 de mayo de 1963. — El Director general.
-J. Tena.
(«B. O. del E.» del 26 de junio.)
SÁBADO, 1 DE JUNIO DE 1963
Se autoriza al Ministerio de E d u c a c i ó n N a c i o n a l
para adquirir por c o n c u r s o público material
didáctico para E s c u e l a s N a c i o n a l e s de E n s e ñ a n z a
Primaria, c o n cargo al crédito extraordinario
c o n c e d i d o por L e y 161/1962
16 MAYO.—DECRETO
En virtud de expediente reglamentario, a propuesta
del Ministro de Educación Nacional, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de
mayo de 1963, dispongo :
Artículo único.—Se autoriza al Ministerio de Educación Nacional a adquirir por concurso público material
didáctico para las Escuelas Nacionales de Enseñanza Primaria, por la cuantía señalada en la Ley ciento sesenta y
•uno/mil novecientos sesenta y dos, de veinticuatro de
diciembre, por no establecerse previamente por la Administración los proyectos o modelos y estar comprendido en lo dispuesto en el número cuarto del artículo cincuenta y cuatro de la Ley de Contabilidad.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a 16 de mayo de 1963.—Francisco Franco.—El Ministro de Educación Nacional, Manuel Lora Tamayo.
(«B. O. del E.» del 1 de Junio.).
4 de
420
julio
de
1963
TAMBIÉN LOS JUBILADOS
Ya c o n o c e n n u e s t r o s lectores la reciente aprobación
de la L e y e c o n ó m i c a que pone e n v i g o r el crédito para
satisfacer la gratificación extraordinaria de los Maestros
y s u virgente p r o m u l g a c i ó n ,
que permitirá, de acuerdo
con los t é r m i n o s de la mism a L e y , cobrar el a u m e n t o
con efectos de primero de
julio.
Como e n el proyecto presentado por el Gobierno, y
del que o p o r t u n a m e n t e dim o s cuenta, t a m b i é n e n s u
aprobación, las Cortes justifican la aplicación inmediata de la mejora en la imprescindible necesidad de asistencia e n que se e n c u e n t r a n
los Maestros, y por boca del
que defendió el d i c t a m e n , el
Procurador s e ñ o r R e v u e l t a ,
s e manifiesta que la Comis i ó n correspondiente de las
Cortes ha elevado una pon e n c i a al Gobierno pidiéndo-
le que p r e s e n t e u n p r o y e c t o
de L e y m e j o r a n d o los sueldos de todos los profesional e s de la E n s e ñ a n z a Primaria e n s u s distintos e s t a m e n tos, a d e m á s de fijar créditos
q u e s o n n e c e s a r i o s para atenc i o n e s de E n s e ñ a n z a Primaria que no h a n podido ser
cubiertas c o n este crédito,
c o m o l a s gratificaciones para
E s c u e l a s de difícil d e s e m p e ño, casa de s u s t i t u t o s , gratificaciones de p r i m e r d e s t i n o
y otras nacidas al amparo de
la flexibilidad del crédito anterior. N o s satisface el públic o r e c o n o c i m i e n t o de la importancia d e la labor encom e n d a d a al Maestro y conf i a m o s e n que el Gobierno
n o precisará de m a y o r e s est í m u l o s para a t e n d e r la dem a n d a que le hace la m á s gen u i n a r e p r e s e n t a c i ó n popular de n u e s t r a s I n s t i t u c i o n e s .
E s t o n o s lleva de la m a n o
a m a n i f e s t a r que las m i s m a s
LUNES, 20 DE MAYO DE 1963
Se crean A g r u p a c i o n e s E s c o l a r e s e n la provincia
de Zaragoza
9 ¡\?AYO.—O. ¡\l.
Visto el expediente incoado por el Consejo de Inspección de Enseñanza Primaria de Zaragoza, en cumplimiento del Decreto 400/1962 de 22 de febrero, sobre Agrupaciones escolares, y el informe de la Inspección Central.
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta, ha
resuelto :
1." Constituir los siguientes Grupos escolares en la
provincia de Zaragoza:
Ayuntamiento de Alagón (casco) :
Mixto, con Dirección sin curso y 15 unidades (seis de
niños, seis de niñas y tres de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños con seis secciones y Dirección sin grado; la graduada de niñas de tres secciones ; las unitarias de niños números 1, 2 y 3 y las tres
de párvulos.
Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (casco) :
Mixto, con Dirección sin curso y diez unidades (cuatro
de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Quedan
integradas las graduadas de niños y niñas de cuatro
secciones cada una y las dos de párvulos, creándose una
plaza de Dirección sin curso.
Ayuntamiento de Borja (casco) :
Mixto, con Dirección sin curso y 12 unidades (seis
de niños, cinco de niñas y una de párvulos). Quedan
integradas las dos graduadas de niños de tres secciones
cada u n a ; la de niñas de cinco secciones y la de párvulos, creándose una plaza de Dirección sin curso.
Ayuntamiento de Calatayud (casco) :
Mixto «Ramón y Cajal», con Dirección sin curso y 14
anidades (cinco de niños, seis de niñas y tres de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños de
jéis secciones—una de ellas de párvulos—y Dirección
sin grado; las siete secciones—dos de ellas de párvulos—
del Grupo escolar de niños y la unitaria de niñas del
barrio de La Consolación, suprimiéndose la Dirección sin
grado del Grupo escolar de niñas, actualmente vacante.
Ayuntamiento de Calatorao (casco):
Mixta, con Dirección sin curso y 14 unidades (seis de
niños, seis de niñas y dos de párvulos). Quedan integra- :
das las graduadas de niños y niñas de cuatro secciones
cada u n a ; las dos unitarias de niños y dos de niñas y
las dos Escuelas de párvulos, creándose una plaza de
Dirección sin curso.
razones que justifican la medida adoptada y la posible
que s e interesa s i r v e n para
justificar la a t e n c i ó n que merecen los Maestros jubilados.
Realizaron, c o m o los que
h o y están e n activo, la alta
m i s i ó n de contribuir a la
grandeza y prosperidad de la
Patria, s i n m e d i o s económicos que les permitieran ahorrar para la v e j e z y t a m b i é n
ellos sufren las dificultades
e c o n ó m i c a s propias de u n período de desarrollo.
Si la amplitud de la reform a fuese tan g r a n d e que resultara prohibitiva, v i g e n t e
la L e y de actualización de
p e n s i o n e s e n activo, s e realizará a t r a v é s del sueldo, o al
m e n o s declarando acumulable la gratificación concedida,
de tal forma que pudiera surtir efectos p a s i v o s , tanto para los Maestros a c t u a l m e n t e
beneficiados, c o m o para los
q u e se e n c u e n t r a n e n situación de p a s i v o s .
Ayuntamiento de Elipa (casco) :
Mixto «Gaspar Remiro», con Dirección sin curso y 12
unidades (seis de niños, cinco de niñas y una de párvulos). Quedan integrados el Grupo escolar de niños de
seis secciones y Dirección sin grado; la graduada de niñas de cuatro secciones; la unitaria de niñas y la de
párvulos.
Ayuntamiento de Gallur (casco) :
Mixto, con Dirección sin curso y diez unidades (cuatro
de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y niñas de cuatro secciones cada una y las dos de párvulos, creándose una
plaza de Dirección sin curso.
Ayuntamiento de Quinto de Ebro (casco) :
Mixto, con Dirección sin curso y diez unidades (cuatro
de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y niñas de cuatro secciones cada una y las dos de párvulos, creándose una
plaza de Dirección sin curso.
Ayuntamiento de Sadaba (casco) :
Mixto «Jardines», con Dirección sin curso y diez unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y dos de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños y niñas
de cuatro secciones cada una y las dos de párvulos, creándose una plaza de Dirección sin curso.
Ayuntamiento de Uncastillo (casco) :
Mixto «Primo de Rivera», con Dirección sin curso y
diez unidades (cuatro de niños, cuatro de niñas y dos
de párvulos). Quedan integradas las graduadas de niños
y niñas de cuatro secciones cada una y las dos de párvulos, creándose una plaza de Dirección sin curso.
Ayuntamiento de Zaragoza (casco) :
Mixto «Cándido Domingo», con Dirección sin curso y
11 unidades (seis de niños y cinco de niñas). Quedan integradas el Grupo escolar de niños de seis secciones y
Dirección sin grado y la graduada de niñas de cinco
secciones.
Mixto «Fernando el Católico», barrio de Oliver, con
Dirección sin curso y 16 unidades (diez de niños, cinco
de niñas y una de párvulos). Quedan integradas las
graduadas de niños y niñas «Fernando el Católico», de
cinco secciones cada una, el Grupo escolar «Juan José
Lorente», de niños, de seis secciones—una de ellas de
párvulos—y Dirección sin grado.
«Ramón y Cajal», con Dirección sin curso y diez unidades (seis de niños y cuatro de niñas). Quedan integrados el Grupo escolar «Ramón y Cajal» de niños con seis
secciones y Dirección sin grado, la de párvulos municipal
la graduada de párvulos de tres secciones.
(Continuará.)
í«B. O. del E.» del 20 de mayo.)
Escuela
Española
Convocatoria de Becas p a r a Maestros n a c i o nales q u e cursan P e d a g o g í a
La Comisaría General de Protección Kscolar y Asistencia Social, en
nombre del Patronato del Pondo Nacional para el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades,
de acuerdo con ia Orden ministerial
de 18 de mayo de 1963 («B. O. del
Estado» del 7 de junio) y como órgano ejecutivo del Patronato de Protección Escolar, convoca concurso público de méritos para la adjudicación por prórroga o' nueva concesión
de 100 becas con destino a Maestros nacionales en ejercicio que cursan estudios de Filosofía y Letras
(Sección de Pedagogía), dotadas con
cargo al crédito figurado en el concepto 3.o, artículo 1.°, capítulo IV,
del III Plan de Inversiones para 1963,
pub'icado por Orden ministerial de
14 de mayo («B. O. del E.» del 8 de
Junio).
I. CONVOCATORIA DE LAS BECAS
Y TRAMITE DE LAS SOLICITUDES
1. Se convocan 100 becas para
Maestros nacionales en ejercicio que
deseen cursar estudios durante el
curso 1963-64 en las Facultades de
Filosofía y Letras.
La cuantía de estas becas se determinará en consideración a las circunstancias económicas de los solicitantes, dentro del III Ciclo del
Plan de Igualdad de Oportunidades
para 1963, si bien la dotación máxima no podrá exceder normalmente
de la atribuida al tipo C de dicho
ciclo.
i. Plazo de solicitud.—Las Instancias se presentarán en las Delegaciones Administrativas de Educación
Nacional de la provincia en que sirvan Escue a los peticionarios, durante el período comprendido entre el
1 y el 15 de julio próximo, ambos
inclusive. Dentro de los tres días siguientes, las Delegaciones Administrativas enviarán las documentaciones a las respectivas Inspecciones de
Enseñanza Primaria.
Durante los días 17 al 20 del mes
de julio las Inspecciones deberán informar individualmente cada solicitud y remitir los expedientes completos a la Comisaría General de Protección Escolar y Asistencia Social,
y relación nominal de candidatos presentados, a la Comisaría de Protección Escolar del Distrito Universitario respectivo.
Las solicitudes de prórroga de beca serán enviadas directamente por
las Delegaciones Administrativas de
Educación Nacional a la Sección de
Protección Escolar del Ministerio de
Educación Nacional.
3. Requisitos que deben reunir
los candidatos.—Las condiciones necesarias para optar a las becas que
ee convocan son las siguientes:
a) Ser Maestro nacional con más
de dos años de servicios efectivos.
b) No tener nota desfavorable en
el expediente personal ni hallarse
6ometido a expediente gubernativo.
c) Acreditar no'.ab^e aprovechamiento en los estudios anteriores.
4. Documentación que debe acomp;iñ;>rse a la instancia.—A las instancias de nueva adjudicación deberá acompañarse hoja de servicios del
candidato, certificada por la Delegación Administrativa correspondiente,
y certificación académica personal
de los estudios realizados, con expresión de las calificaciones alcanzadas, en la que deberán consignarse
todas las asignaturas que componen
el curso.
En el caso de que puedan justifi-
carse otros méritos profesionales deberá acompañarse la documentación
correspondiente.
Los candidatos que soliciten la
prórroga de la beca que les fué concedida para el actual curso académico de 1962-63 presentarán solamente
con la instancia certificación académica de los estudios cursados.
Los candidatos, tanto de prórroga
como de nueva adjudicación, deberán especificar claramente en su instancia la Facultad donde pretenden
cursar sus estudios durante el curso 1963-64.
II.
421
pector Jefe de Enseñanza Primaria
y de la cual formarán parte un
Profesor numerario de la Escuela del
Magisterio, nombrado por la Dirección General de Enseñanza Primaria,
y un Maestro nacional de la capital,
designado por la Jefatura Provincial
del Servicio Español del Magisterio,
que actuará de Secretario.
En la capitales cabeceras de Distrito actuará de Presidente ei Comisario dí Protección Escolar y Asistencia Social, siendo Vicepresidente
el Inspector Jefe de Enseñanza Primaria.
10. Jurado nacional. — En el Ministerio de Educación Nacional se
constituirá un Jurado nacional, designado por el Jefe del Departamento, que valorará las pruebas realizadas por los candidatos a becas de
nuevo adjudicación y examinará las
certificaciones a c a d é m i c a s de los
Maestros que solicitan la prórroga
de su beca para el curso académico 1963-64.
La selección de los becarios deberá concluirse antes del 31 de julio.
PRUEBAS Y CRITERIOS PARA
LA SELECCIÓN
5. Las becas que se solicitan en
turno de nueva adjudicación serán
otorgadas por concurso-oposición entre todos los solicitantes, quienes
deberán realizar una prueba de aptitud y capacidad de tipo general en
las respectivas capitales de provincia.
6. Contenido de las pruebas de aptitud.—El día 16 de julio, a las nueve de la mañana, los aspirantes a
las becas de nueva adjudicación realizarán, en el lugar que oportunamente les será indicado por la Inspección Provincial, las s i g u i e n t e s
pruebas:
a) Cuestionario de veinte preguntas sobre temas de Pedagogía o relacionados con la educación, que se
responderán en forma breve y concisa, con una extensión no mayor de
veinte palabras cada una de ellas.
b) Desarrollo de u n tema pedagógico.
Ambos ejercicios, iguales para todos los candidatos, serán remitidos
en . sobre lacrado al Presidente de
la Comisión examinadora provincial,
que se abrirá en el momento de iniciar las pruebas.
7. Lugar de celebración de las
pruebas.—Los Maestros que aspiren
a estas becas y que en la fecha señalada para la realización de las
pruebas se encuentren en provincia
distinta a quella en la que solicitaron la beca podrán obtener del Presidente de la Comisión examinadora
de la provincia en la que se encuentren presentes en dicha fecha autorización para realizar en ella sus
ejercicios.
8. Remisión de las pruebas al Ministerio. — Concluidas las pruebas, y
antes del 22 de julio, los ejercicios
serán remitidos al Ministerio de Educación Nacional (Sección de Protección Escolar), por correo certificado,
acompañados del a c t a correspondiente.
IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES
DE LOS BECARIOS
11. La concesión de la beca lleva
implícita la percepción del sueldo que
le corresponda al Maestro por su categoría en el Escalafón, reconociéndosele los servicios dentro del Departamento como prestados al frente de
la Escuela.
12. Los Maestros nacionales que
obtengan beca vienen obligados a
presentar durante las últimas decenas de los meses de diciembre y marzo del curso 1963-64, en la Dirección
General de Enseñanza Primaria del
Departamento, volante suscrito por
el Decano de la Facultad en la que
cursen sus estudios, acreditativo tanto de la, asiduidad a las clases teóricas y prácticas como de su buena
conducta y aprovechamiento. El incumplimiento de lo anteriormente
indicado o la presentación de desfavorable volante obligará a la Dirección General de Enseñanza Primaria a formular propuesta de supresión de beca a la Comisaría General de Protección Escolar y Asistencia Social. La anulación de la
misma irrogará al Maestro afectado
el no poderse incorporar a la Escuela de que sea titular hasta el día
1 de septiembre siguiente, sin que
le fuere de abono, a efecto alguno,
el tiempo comprendido entre el día
1 del mes posterior a. la decena de
presentación del volante y el 1 de
septiembre del curso escolar 1963-64.
Igualmente les son de aplicación
las obligaciones que se establecen en
la Resolución de la Comisaría General de Protección Escolar y Asistencia Social de 20 de mayo de 1963
(«B. O. del E.» del 6 de junio).
III. COMISIONES DE SELECCIÓN
9. Comisiones examinadoras provinciales.— En cada capital de provincia donde existan solicitantes de
estos beneficios y en las plazas de
C^uta y Melilla, si fuera posible, se
constituirá una Comisión examinadora, que estará presidida por el Ins-
V. PRORROGA DEL BENEFICIO
13. Los becarios s e l e c c i o n a d o s ,
tanto de prórroga como de nueva
adjudicación, para poder continuar
durante el curso 1964-65 en el disfrute del beneficio deberán reunir
los requisitos y condiciones que se
exijan en la correspondiente convocatoria.
PEDAGOGIAELEMENTAL
por
RUFINO BLANCO SÁNCHEZ
OCHO PESETAS
Pídase a
EDITORIAL ESCUELA ESPAÑOLA
Mayor, 4 - MADRID-13
VI. INTERPRETACIÓN DE ESTA
CONVOCATORIA
14. Para lo no previsto en la presente Resolución se tendrán en cuenta las normas generales de concesión
de becas y licencias contenidas en
la Orden ministerial de 6 de mayo
de 1961 («B. O. del E.» del 28) y
disposiciones complementarias que
se pudieran dictar.
Madrid, 18 de junio de 1963.—El
Comisario general, Isidoro Martín.
422
4 de
Clausura del curso esrolar de
la Enseñanza Municipal
En el Instituto Municipal de Educación se ha celebrado el acto de
clausura dej curso escolar de la Enseñanza Municipal. E! acto fué presidido por el primer Teniente de Alcalde y Director del Instituto, don
J c é María Gutiérrez de! Castillo, al
que acompañaban el Subdirector general de Enseñanza Primaria, don
Antonio Edo, y el Concejal y Vicepresidente de la Diputación, don Eugenio Lostáu, así como otras persona''dades.
Tras unas palabras del Padre Venancio Marcos, el Subdirector del
Instituto, señor López Gete, hizo un
resumen de la labor desarrollada a
lo largo del curso.
Por último, el primer Teniente de
Alcalde agradeció al Ministerio la
co'aboración prestada en la titulación del personal docente especializado y se refirió al prob'ema ds la
enseñanza diferencial, que—dijo—
hay que continuar atacando hasta
su resolución.
IX Curso Infantil de Verano
del Instituto Municipal de
Educación
TRATARA SOBRE «ALIMENTOS PARA NIÑOS», CELEBRÁNDOSE EN
BENICARLO (CASTELLÓN)
El IX Curso Infantil de Verano,
organizado por el Instituto Municipal de Educación y al que asistirán
a'umnos y alumnas de los Colegios
«Nuestra Señora de la Pa'oma», «San
Ildefonso». «Palacio Valdés», Escuelas «Aguirre» y «Bosque», Grupos
escolares «Moreno Rosales», «Jacinto
Benavente», «Ruiz Giménez» y «San
Eugenio y San Isidro», Clases de
Educación Diferencial dej I. M. E. y
unitarias de Vallecas, Chamartín y
San Blas, tratará este año sobre el
sugestivo tema de «Alimentos para
niños», con la co'aboración de diversas entidades comerciales dedicadas
a estos productos.
El curso se dividirá en dos turnos:
uno de niños, al que asistirán cien
escolares, bajo la dirección del Subdirector del Colegio «San Ildefonso»
y Director del Departamento Nacional del Servicio Escolar de Alimentación don Maximino Sanz, que comenzará el 3 de agosto, y otro de
niñas, bajo la dirección de doña
Concha Badía, Directora de Escuelas «Bosque», comenzando el 23 del
citado mes.
Anteriormente, y en la misma localidad de Benicarló (Castellón), el
Instituto Municipal de Educación
celebrará el primer turno del Curso
ds Verano, desarrollando el tema «Escuela-Olimpíada», que comenzará el
día 13 de ju'io. patrocinado por diversas Federaciones deportivas.
julio
de
ADIÓS,
1963
NIÑO,
HASTA
LUEGO
Se termina el curso...
La Escuela se cierra...
Tú, niño, te vas... Yo, t u maestro, también...
Sólo queda El, el Maestro Único, en Imagen colgante de brazos abiertos,
inmóvil, elevado expectante...
Tu maestro, niño, t e h a mirado a ti antes de irse... Y h a mirado a
El... Tu maestro, niño, t e siente a ti porque siente a El, piensa en ti porque piensa en El... Y a fuerza de pensar y de sentir os une en una misma
cosa en lo más profundo de su ser...
Por eso, niño, t u maestro, al decirte adiós, no se despide... Tu maestro,
niño, se queda, en El, contigo, en comunión... Porque sabe que t ú en las
vacaciones oirás la Santa Misa, comulgarás como yo, t u maestro, con El,
nuestro Maestro, aunque nuestros cuerpos se hallen lejos.
Permaneceremos unidos en la Vida, que es El; en el Camino, que es El;
en la Verdad, que es El, sirviendo juntos el plan maravilloso del Padre,
glorificando a la Trinidad en el uso de la playa, del aire, de los frutos
sabrosos del verano, de la siesta reparadora, del cantar alegre de los pájaros, de los progresos de nuestra técnica, de la lucha deportiva noble, de la
victoria sobre nosotros mismos...
Tú, niño, y yo, tu maestro, que nos educamos mutuamente en el Camino, en la Vida, que nos señaló el Padre, sabemos que la Vida no tiene
interrupción y siempre es Camino... Ahora, al cerrarse la Escuela, al terminar este curso, hemos cubierto una etapa.
Repararemos fuerzas físicas en los ambientes adecuados para seguir luego, cuando llegue la hora de reanudar la marcha. Será un Día de la Cruz,
izando la bandera española, después de una Misa del Espíritu Santo, según
nuestras leyes divinas y humanas—que en nuestra España están de acuerdo—, cuando tú, niño, y yo, tu maestro, nos volveremos a encontrar, reunidos físicamente en nuestra sala de clase, mirando el Crucifijo, en petición,
de la consigna diaria de nuestro común caminar, cumpliendo el plan del
Padre.
Por eso mi adiós, niño, sólo quiere decir que Dios te acompañe siempre. Hasta luego....—Mariano ARRIETA.
"Recolecciones" se celebrará
en el Valle de los Caídos
La tanda de ejercicios que con el
nombre de « R e c o l e c c i o n e s » , para
Maestras nacionales, había de celebrarse en Avila se hará en los mismos días ya fijados, pero en el Valle
de los Caídos.
El precio de la pensión para los
días de estancia en la Abadía, del
17 al 24 de¿ mes en curso, es de
80 pesetas diarlas.
Para reserva de plazas dirigirse lo
más rápidamente posible a Visitación
Sanz de Lara, General Oráa, 19, Madrid-6, o Araceli Guglieri, Guzmán
el Bueno, 3, Madrid-15, y Julia Hipólito, Bulas, 9, Toledo.
M a e s t r o Madrid (casco urbano)
permutaría con Huelva, Málaga, Algeclras, Ceuta, Cádiz, Cartagena, Alicante, Castellón de la Plana, Tarragona, Gijón o Vlgo. Dirigirse a: Manuel María Jiménez Gil. Calle Cte.
Zorita, número 12, 1.», D. Madrid-20.
Exposición de trabajos
escolares en Ceuia
Organizada por el Inspector de Ja
Zona, señor Rico Vercher, y bajo el
patrocinio de la Caja de Ahorros y
Monte de Piedad de Ceuta, se ha
inaugurado en aquella ciudad una
exposición de trabajos escolares, corno culminación del segundo curso
de enseñanzas sociales.
Cada una de las Escuelas ha tomado a su cargo una serie de trabajos que comprenden las actividades
características de cada una de las regiones españolas, con expresión de
su arte, historia, geografía y vida social.
Las tradiciones, paisajes, costumbres, producciones y todo Lo que singulariza cada una de las comarcas
de nuestra variada geografía ha sido
presentado con singular acierto por
las unidades escolares a quienes correspondió su desarrollo.
La Exposición, montada en el Salón del Trono del Ayuntamiento ceutí ha obtenido un extraordinarioéxito de público, destacando los valores que encierra la Escuela nacional.
CORTE Y CONFECCIÓN. ACADEMIA HOYOS
Centro de enseñanza por correspondencia, recientemente aprobado por el
Ministerio de E. N. Calificado en grupo 1.° con el número 47. Método
Hoyos. (7.a edición), aprobado por el Ministerio de E. N. Precio: 200 ptas.
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Al pedir folleto mencionar esta Revista
Escuela
Delegación Administrativa de
Madrid
AVISO
Se ruega a los Maestros y Maestras
nacionales aprobados en la oposición
de 1961 y que tomaron posesión el
26 de febrero próximo pasado se pasen por estas oficinas, sitas en Esparteros, 1, a fin de presentar hoja
de servicios certificada y partida de
nacimiento o copia c o m p a s a d a de
la misma a efectos escalafonales.
Igualmente se recuerda que todos
los Maestros ascendidos por corrida
de escalas recojan sus títulos administrativos, por la tarde, en el Negociado de Contabi'idad.
Los Maestros y Maestras de la oposición citada anteriormente están todos ascendidos al sueldo de 21.840
pesetas.
Madrid, 27 de junio de 1963.—El
'De'egado.
Plaza de Patronato en vi !a<
fraftca de los Barros (Badajoz)
El Consejo Escolar Primario «Patronato San José» anuncia concurso
para ;a provisión en propiedad de
una vacante para Maestro diezmilista en la graduada dependiente de
este Patronato.
La instancia, dirigida al reverendo
Padre Presidente del Consejo, deberá
presentarse, antes del 15 de agosto,
acompañada de hoja de servicios y
méritos que puede alegar.
El Maestro seleccionado percibirá,
además del sueldo que le corresponda, casa-habitación, etc., unos ingresos mensuales no inferiores a dos mil
pesetas.
Además de las clases oficiales el
Maestro ha de atender las permanencias, a las que asistirán todos los
alumnos de su curso.
CiNVIRSIf^N ABIERTA
PERMUTAS
«Tengo proyectada una permuta,
pero me dicen que como la que permuta conmigo cumple sesenta y ocho
año* en agosto no puedo hacerla.
¿Esto es así'»
—La condición 4.» del artículo 83
del Estatuto, modificado por Decreto de 21 de diciembre de 1951, establece que no se podrá permutar si
se tiene mas de sesenta y ocho años
cumplidos en la fecha de solicitud
de la permuta, por lo que si entablan la permuta antes de que su
permutante cumpla los sesenta y
ocho años y se le concede con tiempo podrá tomar posesión de la Escuela permutada del 1 al 15 de septiembre, aunque su compañera haya
cumplido la edad en este intervalo.
PFRMUTAS
«Tengo proyectada una permuta,
pero me dicen que como la que perm u t a conmigo cumple sesenta y ocho
años en e posto no puedo hacerla.
¿Esto es asi'»
—La condición 4.» del articulo 83
del Estatuto, modificado por Decreto de 21 do diciembre de 1951, establece que no se podrá permutar si
se tiene más de sesenta y ocho años
cumplidos en la fecha de solicitud
de la permuta, por lo que si entablan la permuta antes de que su
permutante cumpla los sesenta y
ocho años y se le concede con tiempo podrá tomar posesión de la Escuela permutada del 1 al 15 de septiembre, aunque su compañera haya
cumplido la edad en este intervalo.
Española
LA SEMANA
Martes, 25. ESPAÑA.—Los sueldos de la Administración Local serán atemperados a los de la Administración Central.
EXTRANJERO.—«La libertad vuestra es nuestra libertad», dijo el
Presidente Kennedy a los miembros del Parlamento alemán, reunidos
en la Paul Kirehe de Francfort.
—Más de 20.000 telegramas y cartas de felicitación recibió Pablo VI al día siguiente de su elección como 263 sucesor en la roca
de Pedro.
Miércoles, 26. ESPAÑA.—Franco inaugura las nuevas ínstalacioaes de la Escuela de Maestría Industrial de Barcelona.
EXTRANJERO.—Kennedy dijo en su visita al Berlín Occidental:
«La muralla es una prueba palpable del fracaso del comunismo.»
—Hassan II es recibido en París por el Presidente De Gaulle.
Jueves, 27. ESPAÑA.—Franco y su esposa visitan el Real Monasterio de Montserrat.
—Se aprueba en las Cortes la nueva gratificación de los Cuerpos
de Correos y del Magisterio.
EXTRANJERO.—Una «huelga sorpresa» en el Metro paraliza la vida
en París.
—Cincuenta mil franceses podrán salir de Argelia, previa u n a declaración de que han pagado sus impuestos.
—El 29 de septiembre se reanudará el Concilio Ecuménico Vaticano n .
Viernes. 28. ESPAÑA.—El Ministro de la Gobernación impone al
señor Porcioles, Alcalde de Barcelona, la Gran Cruz de Isabel la Católica.
EXTRANJERO.—El primer Ministro francés, Michel Debré, ha dicho a los periodistas: «Europa, desprovista de una fuerza nuclear propia, podría inclinarse un día a las ofertas rusas.»
—Ha comenzado en Londres el proceso contra el doctor Ward, acusado de proxenetismo, Dráctica de abortos y otros delitos de cariz
semejante. La testigo. Cristina Keeler, divirtió a la sala con sus declaraciones sobre la dolce vita» de la casa de Ward.
—Castro reconoce que este año hubo en Cuba la peor cosecha de
azúcar.
Sábado, 29. ESPAÑA.—«No puede haber bienestar social si no se
edifica sobre los principios de la Ley de Dios», ha dicho Franco a los
tarra conenses.
—España ingresa en el G. A. T. T.
EXTRANJERO.—Pablo VI dice a los periodistas de todo el mundo: «Queremos creer que u n alto concepto guía toda vuestra actividad. Sois, en cierto modo, colegas míos.»
—Macmillan y Kennedy estudian en Londres los principales problemas del mundo.
—La R. A. U. rompe sus relaciones diplomáticas consulares con
Portugal.
Domingo, 30. ESPAÑA.—Franco, después de pasar por Tarragona,
es triunfalmente recibido en Lérida, donde pronunció un importante
discurso, en el que dijo que u n a política trascendente tiene más importancia para el mantenimiento de los valores espirituales.
EXTRANJERO.—Su Santidad el Papa Pablo VI ha sido coronado
en la plaza de San Pedro ante una inmensa muchedumbre de todas
las tierras, pueblos y lenguas, de más de 500.000 personas.
A la ceremonia de la coronación asistieron representantes diplomáticos de unas ochenta naciones. Figuraban reyes, como los de Bélgica—Balduíno y Fabiola—, Presidentes de Italia, Brasil, Jefes de Gobierno, etc.
. —Kennedy llega a Milán, después de visitar las tierras de sus mayores en Irlanda.
Lunes, 1. ESPAÑA.—Con motjvo de la coronación de Pablo VI,
Franco ha concedido un amplio indulto, que por primera vez alcanza
a los reincidentes y reiterantes.
—«Vuestra adhesión es la demostración más clara de la identificación del Gobierno con el pueblo», ha dicho Franco en Lérida.
—Cincuenta personas heridas, en su mayoría niños, en una parroquia gallega por hundimiento del suelo de la sala donde veían por
televisión la coronación del Papa.
EXTRANJERO.—Kennedy pasa por Italia en visita ni oficial ni
privada. Se ha entrevistado con Segni y el nuevo jefe del Gobierno,
señor Leone.
—Las alianzas del mundo occidental pasan, por las mismas crisis
que las alianzas comunistas.
—El Gobierno francés estudia la reglamentación de las huelgas
para evitar los desórdenes actuales.
423
4
424
de
julio
de
1963
Revista de educación^ fundada por loa
hijos de Ezequiel Solana.
Es el periódico que usted necesita
para estar al día de todas las cuestiones pedagógicas y profesionales
que interesan al Maestro, al opositor
t al estudiante de Magisterio. Se publica semanalmente y lanza suplementos
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Becas de (a Mutualidad para
Concurso de una plaza de Maes-
hué fonos del Magisterio
tro en el Coleg o de Huérfanos
La J u n t a Nacional de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria ha resuelto anunciar convocatoria de bacas para estudios (curso
de 1963-64), con arreglo a las siguientes bases, que habrán de reunir
los peticionarios:
1.» Ser huérfanos del Magisterio.
2.a Encontrarse en edad de protección por parte de la Mutualidad,
si bien ésta se amplía para los varones, y precisamente para este tipo
de protección, hasta los veinticinco
años.
3.a Haber realizado los solicitantes, con notable aprovechamiento, los
estudios precedentes del curso anterior.
4.a La beca es compatible con la
pensión de orfandad, pero incompatible con cualqiúer otra beca que le
pueda ser conc."!lida por Organismos
ajenos a la Mutualidad.
5.a Las nuevas becas pueden solicitarse para estudios medios y superiores.
6.a Las instancias serán dirigidas
al ilustrísimo señor Presidente de la
Junta Nacional de la Mutualidad, a
las 'iue habrán de acompañarse los
certificados académicos respectivos,
y serán tramitadas por conducto de
las Juntas Provinciales correspondientes.
7.a Durante el mes de julio, todos aquellos, huérfanos que hubiesen
disfrutado beca de esta Entidad en
el curso anterior, en cualquiera de
los estudios, deberán—si así lo desean—solicitar la prórroga de la que
venían disfrutando, mediante instancia y certificado académico; en el
mismo p;azo y con dichos documentos deberán presentar su petición los
aspirantes a becas por primera vez,
8.a El disfrute de las becas se iniciará a partir del mes de octubre.
Madrid, junio 1963.
de Maestros "Nuestra S ñora del
SOY LA MADRE DEL AMOR
por
MARISA VILLARDEFRANCOS
Apariciones y milagros de Nuestra
Señora: Nazaret, la Virgen del Pilar,
de Covadonga, de Montserrat, de la
Almudena, de los Reyes, de la Puencisla, de Aránzazu, de la Merced, de
Guadalupe, Milagrosa, Fátima y Siracusa
PRECIO: 28 PESETAS
EüinniAL
ESCUEU ESPAÑOLA
Mayor, 4 - Apart. 14.540 - Madrld-13
Pilar" de Zaragoza
Se convoca u n concurso selectivo
entre Maestros nacionales ingresados
por oposición para cubrir una plaza
creada por Orden ministerial de fecha 30 de agosto de 1962 en el Colegio «Nuestra Señora del Pilar», de
Zaragoza, dependiente del Patronato
de Huérfanos de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.
Los concursantes deberán reunir
los requisitos siguientes: Estar en
activo, con permanencia al frente de
su Escuela o sección graduada con
un tiempo mínimo de tres años; no
haber cumplido cuarenta anos de
edad en la fecha de la publicación
de esta convocatoria y no hallarse
sujetos a expediente gubernativo ni
cumpliendo sanción.
Es condición indispensable para
tomar parte en este concurso selectivo tener aprobadas Zas oposiciones
de diez mi! o más habitantes, o haber regentado en propiedad definitiva Escuela en localidad de este
censo, o estar en posesión del título
de Licenciado en las' Facultades, de
Filosofía y Letras o en Ciencias.
Los méritos y títulos que aleguen
los concursantes, no sólo de los estudios profesionales, sino de aquellos
especiales que demuestren una experiencia en el orden a la vida y
funcionamiento de un Internado, deberán probarlo documentalmente.
Acompañarán asimismo hoja- de
servicios, certificada en la fecha de
la solicitud, y escrito preventivo de
aceptación del nombramiento en el
caso de ser propuesto.
La jornada escolar a que vendrán
sujetos los Maestros seleccionados
será de cinco horas, como clases generales. Igualmente se obligatoria la
cooperación en los servicios especiales de comedor, Colonia escolar, excursiones y cuantos exijan la vida
funcional del Internado.
EJ Maestro que resulte seleccionado, aparte del sueldo que Je correspondiere como Maestro dentro del
Escalafón del Magisterio, la gratificación de casa - habitación y demás
emolumentos oficiales, la Mutualidad
Nacional de Enseñanza Primaria le
compensará con una retribución especial. Asimismo dispondrá de vivienda aneja.
Se concede u n plazo, que finalizará el día 20 de julio próximo, para
la presentación de instancias, hojas
de servicios y cuantos documentos
estimen los interesados aportar, debiendo dirigirlas al ilustrísimo señor
Presidente de la J u n t a Nacional de
la Mutualidad de Enseñanza Primaria (calle de Fenández de la Hoz, 64,
Madrid).
Madrid, 26 de junio de 1963.
s
LOS LIBROS ESCOLARES
Organizado por el Centro de Documentación y Orientación Didáctica
de Enseñanza Primaria, y en uno de
los sacones de la Delegación Nacional de Sindicatos, se ha celebrado
del 24 al 28 de junio pasado sesiones de estudios sobre las condiciones que deban reunir los libros escolares para la mayor eficacia de su
empleo.
En mesa redonda, con la intervención de destacados especialistas en
la materia, se ha estudiado en sesiones de mañana y tarde todos los
aspectos que presenta este problema,
de extraordinario interés para nuestras Escuelas, debatiéndose cada uno
de los temas tratados con interés y
profundidad de conocimientos.
Por el estudio y de los Inspectores, Maestros y Profesores de Escuelas del Magisterio que han intervenido en las deliberaciones pasaron
las conclusiones presentadas para el
perfeccionamiento de los libros de
lectura, libros de texto en las distintas materias de los cuestionarios
y condiciones materiales que deben
reunir los libros dedicados a nuestros escolares, obteniéndose interesantes conclusiones que suponemos
serán publicadas para conocimiento
de los estudiOFOs.
El interés demostrado por los asistentes es índice del acierto en la
elección de este tema de estudio por
el Centro de Documentación y del
que seguramente han de obtener beneficio para, la enseñanza en nuestras Escuelas.
ULTIMA HORA
Nota de la Dirección Genere I
de Enseñanza Primaria
La Dirección General de Enseñanza Primaria se complace en comunicar que se han terminado en toda
España las oposiciones a ingreso en
el Magisterio Nacional, habiéndose
cumplido escrupulosamente por todos los Tribunales el calendario fijado. De las 14.000 plazas anunciadas
a la oposición se han cubierto 12.060,
o sea el 86.1 por 100, habiendo quedado vacantes 1.147 para Maestros y
793 para Maestras.
Madrid, 26 de junio de 1963.
Sáez - Madrid