guía - Primer Grupo de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá

Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
CONTENIDO
Introducción ......................................................................................................... 3
Objetivos ............................................................................................................... 4
Generalidades sobre el proceso de selección................................................ 5
Criterios para la verificación de requisitos mínimos....................................... 11
Preguntas frecuentes ........................................................................................ 20
Publicación de resultados de verificación de r.m ......................................... 32
Reclamaciones .................................................................................................. 33
Publicación de resultados en firme o definitivos ........................................... 34
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
I. PRESENTACIÓN
La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC y la Universidad de Pamplona,
presentan la Guía de orientación para el aspirante sobre el proceso de
Verificación de Requisitos Mínimos para las Convocatorias Nos. 323 de 2014 –
Secretaría Distrital de Planeación, 327 de 2015 – Instituto de Desarrollo Urbano
y 328 de 2015 – Secretaría Distrital de Hacienda.
Esta guía tiene como propósito el brindar a los aspirantes del “Primer Grupo
de Convocatorias de Empleo Público en Bogotá 2015” la información
necesaria sobre cómo se desarrolla el proceso de Verificación de Requisitos
Mínimos y su papel en el mismo. De esta manera se asegura que ésta etapa
de las convocatorias se realice con la mayor transparencia para los aspirantes
en la medida en que conocen de antemano las condiciones y criterios sobre
los cuales se realiza el análisis de la documentación cargada a la aplicación.
Por ello en este documento, podrán encontrar información sobre las
generalidades del proceso, así como los criterios que se tendrán en cuenta a
la hora de revisar los documentos cargados por los aspirantes, el proceso
realizado por la Universidad de Pamplona, las preguntas frecuentes, la
publicación de resultados, el proceso para reclamaciones, y la publicación
en firme de admitidos y no admitidos.
Esperamos que esta guía le pueda brindar la información que requiere para
poder entender el proceso del que hace parte, y pueda seguir con el mismo
en buen término en las siguientes etapas.
Comisión Nacional del Servicio Civil – Universidad de Pamplona
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
II. Introducción
La Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC es el organismo encargado de
la administración y vigilancia de la Carrera Administrativa y para este fin
adelantó la licitación pública LP-CNSC-009 de 2015, con el fin de realizar el
proceso de selección de personal de las Convocatorias 323 de 2014 - SDP,
para proveer 291 empleos; 327 de 2015 – IDU para proveer 90 empleos y 328
de 2015 – SDH para proveer 806 empleos, concurso abierto de méritos todos
pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa.
El Artículo 30 de la Ley 909 de 2004 y el Artículo 3 del Decreto 760 de 2005,
establecen que los concursos serán adelantados por la CNSC, a través de
contratos o convenios interadministrativos, suscritos con universidades
públicas o privadas, instituciones universitarias o instituciones de educación
superior, acreditadas para tal fin; como resultado del proceso licitatorio 009
de 2015 se suscribió el contrato N°. 366 de 2015 con la Universidad de
Pamplona, para realizar desde la verificación de Requisitos Mínimos hasta la
consolidación de la información para la conformación de las listas de
elegibles.
Los procesos de selección tienen por objetivo escoger personal idóneo para
el desempeño de las funciones del cargo, que cuente con las mejores
competencias, habilidades y destrezas, además de la formación y la
experiencia; estos procesos están sujetos a los principios de mérito, libre
concurrencia e igualdad en el ingreso, publicidad, transparencia,
imparcialidad, confiabilidad, eficacia, eficiencia y validez en el desarrollo de
sus etapas; por ello la CNSC y la Universidad de Pamplona presentan la Guía
de Verificación de Requisitos Mínimos.
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
III. Objetivos
•
Exponer a los aspirantes el procedimiento utilizado para realizar el
ejercicio de verificación del cumplimiento del Requisito Mínimo,
utilizando los documentos cargados previamente en el aplicativo
diseñado por la CNSC para esta actividad.
•
Presentar algunos ejemplos que le permitan conocer la aplicabilidad
de la normas reglamentarias para este proceso de selección, dadas en
los Acuerdos 528 de 2014 – SDP y 544 de 2015 modificatorio del artículo
11 del Acuerdo 528 de 2014; 541 de 2015 – IDU y 542 DE 2015 SDH, para
los requisitos mínimos exigidos para el empleo que hayan seleccionado
y que estén señalados en la Oferta Pública del Empleo de Carrera –
OPEC.
•
Presentar los criterios que de acuerdo con la norma se tuvieron en
cuenta, tales como: Educación formal, Educación para el trabajo y
Desarrollo Humano, Experiencia laboral, Experiencia Profesional,
Experiencia Relacionada, etc.
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
IV.Generalidades sobre el proceso de
selección
La Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, a través de las actividades
realizadas por la Universidad de Pamplona, ofrece a todos los concursantes
para la etapa de Verificación de Requisitos Mínimos, las garantías
constitucionales y legales, para seleccionar a través del mérito, al talento
humano idóneo, atendiendo para esto, las especificaciones establecidas en
la normas fijadas en las Convocatorias 323 de 2014 - SDP, 327 de 2015 – IDU y
328 de 2015 – SDH, y lo exigido por la OPEC para cada empleo.
Para este ejercicio se desarrollaron las siguientes actividades:
1. Inscripción y cargue de documentos
La etapa de inscripción y la fase de cargue de documentos, se desarrollaron
por la Comisión Nacional del Servicio Civil, a través del aplicativo dispuesto
para el efecto, en la página Web de la CNSC, en las fechas establecidas y
divulgadas oportunamente. Los aspirantes ingresaron con el número PIN
asignado una vez fue realizado el pago correspondiente, de acuerdo con el
nivel del cargo seleccionado y el número de su documento de identificación,
tanto para realizar la inscripción como para cargar los documentos soporte
de dicha inscripción.
2. Publicación de la lista de inscritos
Una vez finalizaron las fechas para realizar la inscripción, la CNSC a través de
su página Web, publicó los inscritos a las Convocatorias 323 de 2014 - SDP,
327 de 2015 – IDU y 328 de 2015 – SDH, con los datos registrados en la mismas.
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Verificación de requisitos mínimos
3. Revisión de Requisitos Mínimos
La Universidad de Pamplona verificará el cumplimiento de los requisitos
mínimos establecidos en la OPEC para cada empleo, tanto para Educación,
como para Experiencia con base en la documentación aportada por el
aspirante y de acuerdo con los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital
de Planeación - SDP, el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU y la Secretaría
Distrital de Hacienda – SDH.
Como revisar la hoja de vida de los aspirantes
•
En el aplicativo dispuesto por la CNSC para tal fin, la Universidad de
Pamplona verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos
en los empleos, conforme la documentación presentada por los
aspirantes.
•
Será responsabilidad de los evaluadores (analistas y supervisores)
revisar integralmente toda la documentación presentada por el
aspirante pues son ellos quienes toman la decisión de admisión en el
proceso que posteriormente queda plasmada en la respectiva acta
del proceso.
•
Verificarán, en primer lugar, la presentación de la cédula de
ciudadanía o contraseña del documento en trámite, para acreditar
que se trata de la persona que se inscribió (nombres, apellidos y
número de documento), y ser ciudadano colombiano que no haya
cumplido los 65 años de edad.
•
Verificarán el requisito de educación formal, es decir, que hayan
aportado certificaciones, diplomas, actas de grado o títulos otorgados
por las instituciones correspondientes o certificado de terminación de
materias del respectivo pensum académico, cuando así lo permita la
legislación vigente al respecto. La presentación de la tarjeta
profesional o matrícula profesional correspondiente, según el caso,
excluye la presentación de los documentos enunciados anteriormente.
•
En los casos en que se requiera acreditar tarjeta o matrícula profesional,
podrá sustituirse por la certificación expedida por el organismo
competente de otorgarla en la cual conste que dicho documento se
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
encuentra en trámite, siempre cuando se acredite el respectivo título
o grado.
•
Si el aspirante no presenta certificaciones, diplomas, actas de grado o
títulos otorgados por las instituciones correspondientes y que se
encuentren requeridos por la OPEC, el analista deberá dejar en estado
de NO CUMPLE.
•
Revisado el requisito de estudio, el analista procederá a verificar los
documentos que acreditan la experiencia requerida en la OPEC.
•
El analista revisará las certificaciones laborales aportadas por el
aspirante en forma cronológica, de manera que no se contabilice dos
veces el mismo periodo de tiempo, excepto para las certificaciones de
medio tiempo o tiempo parcial y que cumplan con los requisitos
establecidos en el artículo 20 de los Acuerdos 528 de 2014; y 541 y 542
de 2015.
•
Los términos de años de experiencia corresponden a 365 días
completos por año.
•
Las certificaciones que no sean claras y legibles o no reúnan los
requisitos que se exigen en las convocatorias, no serán tenidas en
cuenta para la verificación de requisitos, ni podrán ser objeto de
posterior complementación.
•
Para poder contabilizar la experiencia, las certificaciones deben
precisar: nombre y razón social de la empresa que lo expide; cargos
desempeñados; funciones, salvo que la ley establezca; fecha de
ingreso y de retiro (día, mes y año) para cada empleo desempeñado
y jornada laboral, en los casos de vinculación legal o reglamentaria.
•
La experiencia solo es válida hasta el día de inicio de cargue virtual de
documentos por parte de los aspirantes a cada Convocatoria, que
para el caso en particular, corresponde al día 27 de Octubre de 2015
la Convocatoria 327 de 2015 del Instituto de Desarrollo Urbano IDU. Para
la Convocatoria 328 de 2015, se tendrá como fecha de inicio de la fase
de cargue de documentos, el día 4 de noviembre de 2015.
•
El analista deberá verificar en caso de que el aspirante NO CUMPLA
con alguno de los dos ítem (educación y experiencia), si la OPEC
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
contempla EQUIVALENCIAS, y aplicar lo dispuesto en el artículo 25 del
decreto 785 de 2005.
•
En conclusión, para la etapa de verificación de requisitos mínimos la
Universidad de Pamplona, confrontará los documentos aportados por
el aspirante con los requisitos de formación académica y experiencia
establecidos en los empleos objeto de las convocatorias, los cuales son
determinados por la entidad en la Oferta Pública de Empleos de
Carrera (OPEC), de conformidad con el Manual de Funciones y
Competencias Laborales vigente para la época.
4. Equipo de trabajo
La Universidad de Pamplona, convocó y seleccionó un selecto grupo
interdisciplinario de profesionales y personal en formación (con al menos
aprobado cuatro (4) años de una carrera universitaria) en las disciplinas de
Derecho, psicología, Ingeniería industrial, Administración de empresas,
Contaduría y Comunicación Social, para conformar el equipo de Supervisores
y Analistas para la verificación de Requisitos Mínimos.
Los supervisores de grupo son profesionales con conocimiento especializado
de al menos dos (2) años de experiencia en el desarrollo de selección de
personal o de Concursos abiertos de méritos.
La Universidad de Pamplona tiene como criterio preferencial que el personal
contratado haya participado en procesos similares, para lo cual realizó una
exhaustiva evaluación, validación y análisis de sus hojas de vida, verificando
la existencia de competencias básicas requeridas para el desempeño del
proceso que se aborda, tales como: conocimiento y experiencia en
verificación de requisitos mínimos, conocimiento de los sistemas de
información utilizados en estos procesos, y la debida motivación y
compromiso, entre otros, a fin de lograr que la Universidad cumpla con su
labor institucional.
El grupo seleccionado está capacitado en las siguientes temáticas:
•
Acuerdos 528 de 2014, 541 y 542 de 2015
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Verificación de requisitos mínimos
•
Normas vigentes relacionadas
•
Protocolo de seguridad
•
Conocimiento y funcionamiento del aplicativo de requisitos mínimos
•
Requisitos que deben contener los certificados de estudio y
experiencia
•
Protocolo a utilizar para la valoración de la documentación.
5. Protocolo de Seguridad
La Universidad de Pamplona con el ánimo de mantener el carácter de estricta
reserva en estos procesos, se ha preocupado por implementar altas medidas
de seguridad, aportando condiciones de operación, trabajo y
funcionamiento de los equipos que serán utilizados por el personal y por
establecer las garantías de confidencialidad requeridas.
Mecanismos de seguridad:
a. Estudio de seguridad del personal involucrado en el proceso.
b.
Circuito cerrado de televisión con grabación 24 horas.
c.
Vigilancia privada del sitio durante las 24/7 horas.
d. Sistema de control de acceso biométrico facial y dactilar para ingreso a
la sala de seguridad
e.
Manejo de la información restringido.
f.
Actas de confidencialidad
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
6. Niveles jerárquicos
El proceso de Verificación de Requisitos Mínimos para las Convocatorias 323
de 2014 – Secretaría Distrital de Planeación, 327 de 2015 Instituto de Desarrollo
Urbano y 328 de 2015 Secretaría Distrital de Hacienda, se desarrollará para los
siguientes niveles jerárquicos en cada entidad así:
Nivel Profesional
Agrupa los empleos cuya naturaleza demanda la ejecución y aplicación de
los conocimientos propios de cualquier carrera profesional, diferente a la
técnica profesional y tecnológica, reconocida por la ley y que según su
complejidad y competencias exigidas les puedan corresponder funciones de
coordinación, supervisión y control de áreas internas encargadas de ejecutar
los planes, programas y proyectos institucionales, (Art. 4, Decreto 785 de 2005).
Nivel Técnico
Comprende los empleos cuyas funciones exigen el desarrollo de procesos y
procedimientos en labores técnicas misionales y de apoyo, así como las
relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología, (Art. 4, Decreto
785 de 2005).
Nivel Asistencial
Comprende los empleos cuyas funciones implican el ejercicio de actividades
de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores o
de labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o
tareas de simple ejecución, (Art. 4, Decreto 785 de 2005).
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
V. Criterios para la verificación de
requisitos mínimos
¿Qué es la Verificación de Requisitos Mínimos?
La etapa de Verificación de Requisitos Mínimos es una fase del proceso, en la
cual se determina si los aspirantes cumplen con los requisitos en cuanto a
educación y experiencia, los cuales se encuentran establecidos en la Oferta
Pública de Empleos de las Convocatorias Nos. 323 de 2014 – Planeación
Distrital – SDP,327 de 2015 – Instituto de Desarrollo Urbano – IDU y 328 de 2015Secretaria Distrital de Hacienda - SDH y que pueden ser observados a través
del aplicativo dispuesto para tal fin, al que se puede acceder a través de la
página web de la Comisión Nacional del Servicio Civil www.cnsc.gov.co y de
la Universidad de Pamplona www.unipamplona.edu.co.
Es importante aclarar que “el Aspirante que acredite y cumpla los requisitos
mínimos establecidos para el empleo al cual se inscribió, será admitido para
continuar en el proceso de selección. El aspirante que no cumpla con todos
los requisitos mínimos establecidos para el empleo al cual se inscribió, será
inadmitido y no podrá continuar con el proceso de selección, generando su
retiro del concurso, en cualquier etapa que se encuentre”1
Este proceso se realizará sólo para los aspirantes que hayan realizado el
cargue de la documentación de estudios y experiencia a través del aplicativo
diseñado para tal fin, en el plazo estipulado por la CNSC, tal como lo
establece el Artículo 22, de los Acuerdos No. 528 de 2014, 541 y 542 de 2015:
“La entrega de documentos de manera oportuna es una obligación a cargo
del aspirante y se efectuará únicamente a través del aplicativo que disponga
la CNSC o la universidad o institución de educación superior que la CNSC
contrate para el efecto. Los documentos cargados al aplicativo no deben
aparecer repetidos, enmendados, con tachaduras o ilegibles. La no
presentación por parte de los aspirantes de la documentación de que trata
este artículo, dentro de los plazos fijados, dará lugar a entender que el
1
Artículo 23 de los Acuerdos 528 de 2014, 541 y 542 de 2015,por el cual se precisa que la verificación del
cumplimiento de los requisitos mínimos para el empleo al que se aspira, no es una prueba ni un instrumento de
selección, es una condición obligatoria de orden constitucional y legal, que de no cumplirse será causal de no admisión
y, en consecuencia, genera el retiro del aspirante del concurso
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
aspirante desiste de continuar en el proceso de selección y, por tanto,
quedará excluido del concurso, sin que por ello pueda alegar derecho
alguno”.
¿Cómo se realiza la Verificación de los Requisitos Mínimos?
La Universidad de Pamplona dispone de un equipo de analistas idóneos y
capacitados para realizar la verificación del cumplimiento de los Requisitos
Mínimos para los empleos establecidos en las OPEC correspondientes, con
base en los documentos aportados por el aspirante.
Para la verificación de los Requisitos Mínimos se requiere
atender los siguientes conceptos:
Con el fin de facilitar la comprensión de los conceptos manejados en los
Acuerdos reguladores de las convocatorias, nos permitimos proveer sus
definiciones:
1.
Documentos Específicos:
Cédula de Ciudadanía: La no presentación de la cédula de ciudadanía, o
presentación de la misma en un formato no vigente o presentarla en mal
estado, NO es causal de exclusión de las Convocatorias.
2.
Educación:
Entendida como la serie de contenidos teórico - prácticos adquiridos
mediante formación académica o capacitación.
Requisito exigido para la OPEC, el cual varía según el cargo al que se postuló
el concursante, así mismo se pueden presentar las siguientes inquietudes:
¿Es un requisito presentar la tarjeta profesional?
Es un requisito que puede ser sustituido, debido a que la tarjeta profesional
para las Convocatorias 323 de 2014, 327 y 328 de 2015, es requerida para la
verificación de los requisitos mínimos de educación, pero con base en el
artículo 19 de los Acuerdos 541 de 2015, 542 de 2015 y 528 de 2014: “en los
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
casos en que se requiera acreditar la tarjeta o matrícula profesional, podrá
sustituirse por la certificación expedida por el organismo competente de
otorgarla, en la cual conste que dicho documento se encuentra en trámite,
siempre y cuando se acredite el respectivo título de grado.
Atendiendo lo normado, en el componente de educación, la Universidad de
Pamplona, tuvo en cuenta los siguientes conceptos:
A.
Educación Formal:
Se entiende por los conocimientos académicos adquiridos en instituciones
públicas o privadas, debidamente reconocidas por el Gobierno Nacional,
correspondientes a la educación básica primaria, secundaria, media
vocacional; superior en los programas de pregrado en las modalidades de
formación técnica profesional, tecnológica y profesional y de postgrado en
las modalidades de especialización, maestría, doctorado y postdoctorado.
B. Certificación de la Educación Formal:
Los estudios se acreditarán mediante la presentación de certificados,
diplomas, grados o títulos, otorgados por las instituciones correspondientes o
certificado de terminación de materias del respectivo pensum académico,
cuando así lo permita la legislación vigente al respecto. Para su validez
requerirán de los registros y autenticaciones que determinen las normas
vigentes sobre la materia.
C.
Tarjeta Profesional:
Según el Decreto 1785 de 2014, Artículo 10: “La tarjeta profesional o matrícula
correspondiente, según el caso, excluye la presentación de los documentos
enunciados anteriormente. En los casos en que se requiera acreditar la tarjeta
o matrícula profesional podrá sustituirse por la certificación expedida por el
organismo competente de otorgarla, en la cual conste que dicho documento
se encuentra en trámite, siempre y cuando se acredite el respectivo título o
grado. Dentro del año siguiente a la fecha de posesión, el empleado deberá
presentar la correspondiente tarjeta o matrícula profesional. De no
acreditarse en ese tiempo, se aplicará lo previsto en el artículo 5° de la Ley
190 de 1995, y las normas que la modifiquen o sustituyan”.
D. Títulos y Certificados Obtenidos en el Exterior:
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
Según el Decreto 1785 de 2014, Artículo 11: “Los estudios realizados y los títulos
obtenidos en el exterior requerirán para su validez, de la homologación y
convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional o de la
autoridad competente. Quienes hayan adelantado estudios de pregrado o
de postgrado en el exterior, al momento de tomar posesión de un empleo
público que exija para su desempeño estas modalidades de formación,
podrán acreditar el cumplimiento de estos requisitos con la presentación de
los certificados expedidos por la correspondiente institución de educación
superior. Dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de posesión, el
empleado deberá presentar los títulos debidamente homologados. Si no lo
hiciera, se aplicará lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 190 de 1995 y las
normas que la modifiquen o sustituyan. Esta disposición no prorroga el término
de los trámites que a la fecha de expedición del presente Decreto se
encuentren en curso”.
Los documentos requeridos para la verificación de los Requisitos Mínimos en
el factor de educación son:
A. Certificaciones, diplomas, actas de grado o títulos otorgados por las
instituciones correspondientes o certificado de terminación de materias del
respectivo pensum académico, cuando así lo permita la legislación
vigente a legislación vigente al respecto. Para su validez requerirán de los
registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la
materia. La Tarjeta Profesional en los casos reglamentados por la Ley.
B. Título académico de postgrado: para el caso de los empleos Asesor y
Profesional Especializado, el aspirante debe anexar el título de posgrado
en las modalidades de Especialización, Maestría o Doctorado (según sea
el caso).
3. Experiencia:
Se entiende como los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridas o
desarrolladas durante el ejercicio de un empleo, profesión, arte u oficio.
Según lo establecido en los Acuerdos No. 528 de 2014, 541 y 542 de 2015, la
experiencia se clasifica en:
• Profesional • Relacionada • Profesional Relacionada • Laboral.
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
a) ¿Qué es la Experiencia Profesional?
Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación de todas las materias
que conforman el pensum académico de la respectiva formación
profesional, diferente a la Técnica Profesional y Tecnológica, en el ejercicio
de las actividades propias de la profesión o disciplina exigida para el
desempeño del empleo.
b) ¿Qué es la Experiencia Relacionada?
La obtenida en el ejercicio de empleos o actividades que tengan funciones
similares a las del cargo a proveer o en una determinada área de trabajo o
área de la profesión, ocupación, arte u oficio.
c) ¿Qué es la Experiencia Profesional Relacionada?
Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación de todas las materias
que conforman el pensum académico de la respectiva formación
profesional, diferente a la Técnica Profesional y Tecnológica, en el ejercicio
de empleos o actividades que tengan funciones similares a las del empleo a
proveer.
En este sentido es importante tener en cuenta que para poder establecer los
años de experiencia profesional y/o de experiencia profesional relacionada,
desde la terminación de materias, el aspirante debió haber cargado en el
aplicativo la constancia de terminación de materias, emitida por la Institución
de Educación Superior.
d) ¿Qué es la Experiencia laboral?
Es la adquirida con el ejercicio de cualquier empleo, ocupación, arte u oficio.
Teniendo en cuenta lo anterior, se presenta a continuación la manera cómo
se evalúa y se clasifica la experiencia requerida para el cumplimiento del
requisito mínimo.
¿Qué se tendrá en cuenta en la evaluación del factor experiencia?
Para la acreditación de la experiencia se tienen en cuenta las constancias o
certificaciones escritas, expedidas por la autoridad competente de las
respectivas instituciones oficiales o privadas, detallando que estas deben de
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
cumplir los parámetros establecidos en los Artículos 20 y 21 de los Acuerdos
528 de 2014, 541 y 542 de 2015, así:
•
•
•
•
•
Nombre o razón social de la entidad que lo expide.
Cargos desempeñados.
Funciones, salvo que la ley las establezca
Fecha de ingreso y de retiro (día, mes y año) para cada empleo
desempeñado,
Jornada laboral, en los casos de vinculación legal o reglamentaria
Las certificaciones deben ser expedidas y suscritas por el Jefe de Personal o
Representante Legal de la entidad o quien haga sus veces. La experiencia
acreditada mediante contratos de prestación de servicios, deberá ser
soportada con la respectiva certificación de la ejecución del contrato o
mediante acta de liquidación o terminación, precisando las actividades
desarrolladas.
Para el caso de certificaciones expedidas por personas naturales, las mismas
deberán llevar las firmas, antefirma legible (nombre completo) y número de
cédula de ciudadanía del empleador contratante, así como su dirección y
teléfono. Cuando de presente experiencia adquirida de manera simultánea
(tiempos traslapados), en una o varias instituciones, el tiempo de experiencia
se contabilizará por una sola vez.
En los casos en que el aspirante haya ejercido su profesión o actividad en
forma independiente o en una empresa o entidad actualmente liquidada, la
experiencia se acreditará mediante declaración del mismo, siempre y
cuando se especifiquen las fechas de inicio y de terminación, el tiempo de
dedicación y las funciones o actividades desarrolladas, la cual se entenderá
rendida bajo la gravedad del juramento.
Estudio de caso:
A continuación se presenta un estudio de caso, el cual permitirá ejecutar los
conceptos desarrollados anteriormente, buscando ejemplificar la
aplicabilidad de los mismos:
Primer Caso
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
El Sr. A se postuló para el cargo 205646, denominado Profesional Especializado
código 222 grado 27.
Los requisitos mínimos previstos en la OPEC son los siguientes:
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACION – SDP
Número empleo: 205646
Nivel Jerárquico: Profesional
Denominación: Profesional especializado
Dependencia: Oficina Control Interno
Requisitos estudio: Título Profesional en Administración de Empresas,
Administración de Negocios, Administración Pública.
Título Profesional en Economía.
Título Profesional en Derecho.
Título Profesional en Contaduría Pública.
Título Profesional en Ingeniería Industrial.
Título de Posgrado e en áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por Ley.
Requisitos experiencia: Setenta y dos (72) meses de experiencia profesional
relacionada.
Equivalencia: Las previstas en el Art. 25 del Decreto 785 de 2005.
Funciones:
• Orientar las actividades de la administración del riesgo, Modelo
Estándar de Control Interno, Sistema de Control Interno y cultura de
autocontrol logrando sensibilizar y capacitar en cuanto a su
implementación, fortalecimiento y mejoramiento continuo en el
cumplimiento de la misión institucional.
• Revisar informes de auditoría para medir y evaluar la eficiencia,
eficacia y efectividad de los procesos y procedimientos misionales y
de apoyo en la Secretaría Distrital de Planeación bajo las normas
establecidas.
• Revisar el seguimiento realizado a los planes de mejoramiento interno
y externo y a las actividades específicas coyunturales, verificando el
cumplimiento de lo dispuesto en la norma vigente y la efectividad de
las acciones correctivas implementadas.
18
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
•
•
•
•
•
Estudiar los controles definidos para la gestión tales como indicadores,
estándares de desempeño y mecanismo de evaluación con el fin de
verificar su relación con los planes, programas y proyectos logrando
que sean apropiados, se mejoren permanentemente y se apliquen
por los responsables de su ejecución de acuerdo a la normatividad
vigente.
Orientar a las áreas de la Secretaría Distrital de Planeación en la
elaboración de las respuestas con el fin de dar cumplimiento a los
requerimientos de los entes de control y con base en los procesos
establecidos.
Adelantar la evaluación independiente a la sostenibilidad del Sistema
de Control Interno de acuerdo con los planes de acción propuestos y
mediante la aplicación de la metodología dispuesta por el
Departamento Administrativo de la Función Pública.
Efectuar seguimiento al cumplimiento de la normatividad sobre
anticorrupción, transparencia y ley antitrámites.
Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior
inmediato de acuerdo con la naturaleza del empleo y la norma
vigente para asegurar la productividad de la oficina.
El Sr. A cargó en el aplicativo de la CNSC los siguientes documentos:
Documentos Específicos:
Folio 1: Cédula de Ciudadanía.
Folio 2: Libreta Militar
Folio 3: Tarjeta Profesional del Colegio Colombiano de Contadores.
Educación Formal:
Folio 4: Título de la Universidad ZZZ como Contador Público, con fecha de
Grado 25 de Noviembre de1990.
Folio 5: Acta de Grado de Contador Público de la Universidad ZZZ
Folio 6: Especialización en Revisoría Fiscal
Experiencia:
Folio 7. Certificación de la experiencia adquirida en la empresa PP donde
laboró como, auxiliar contable durante el periodo comprendido entre el 2 de
enero de 1988 al 20 de octubre de 1990. Funciones
Folio 8: Certificación de la experiencia obtenida en la Empresa XX, realizando
actividades profesionales como Jefe del departamento Contable, durante el
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
periodo comprendido entre el 24 de noviembre de 1991 y el 20 de Julio de
2004.
Folio 9: Certificación de la experiencia laboral obtenida en la Empresa YY, a
partir de 25 de Julio de 2004 hasta el 23 de Octubre de 2015, como Revisor
Fiscal.
A continuación se presenta el análisis de la documentación aportada por el
aspirante, para determinar si con las certificaciones enviadas virtualmente, el
aspirante cumple con los requisitos de experiencia mínimos, determinada en
la OPEC, para el empleo seleccionado:
La experiencia acreditada en el folio 7, se puede catalogar como Laboral, ya
que ejerció como auxiliar contable, realizada antes de obtener el título
profesional, razón por la cual no se puede tomar como experiencia
profesional.
La experiencia acreditada por medio del folio 8, se puede determinar como
Profesional Relacionada, porque desempeño funciones similares a las del
empleo ofertado en la OPEC, con un tiempo laborado de 6 años, 2 meses, 28
días, realizado después de obtener el título profesional.
La experiencia certificada por medio del folio 9, se puede clasificar como
experiencia profesional Relacionada, debido a que la experiencia anexada
como Revisor Fiscal tiene funciones similares a las del cargo; se debe señalar
que esta experiencia fue adquirida con posterioridad a la obtención del título
profesional; cumpliendo con los requisitos de la experiencia profesional
relacionada
Conclusión del caso:
Una vez se concluye que de acuerdo con las certificaciones aportada el folio
8, este cuenta con 12 años, 7 meses y 27 días de experiencia profesional
relacionada; se procede a realizar la verificación de los requisitos mínimos
correspondiente a la educación formal, facilitada en los folios 4 y 5 se verifica
que cuenta con título profesional exigido en la OPEC, para este empleo;
además cuenta con la especialización, folio 6, en un área afín con las
funciones a desempeñar.
Así las cosas, el señor PP estaría cumpliendo con los requisitos de experiencia
y de educación exigidos en la OPEC; por lo que su resultado será ADMITIDO.
20
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
VI. Preguntas frecuentes
1. Educación
¿Si aporta solamente la Tarjeta Profesional pero no el Diploma de Grado?
En caso de que el aspirante solo haya aportado la tarjeta profesional
que acredite la formación académica, relacionada con la profesión
requerida en la OPEC, y no el diploma o acta de grado del respectivo
título, esta tarjeta podrá suplir el título profesional.
Es importante anotar que si la tarjeta profesional trae la fecha de
grado, la experiencia profesional se contabilizará a partir de esta, de
no traerla se contará a partir de la fecha de su expedición.
Me presenté para un empleo catalogado como Profesional Especializado,
pero no tengo el título de postgrado, solamente una certificación del plan de
estudios realizados, ¿es válida?
No es válida. La OPEC de la Convocatorias 323 de 2014 – SDP, 327 DE
2015 – IDU 328 DE 2015 – SDH, exigen el Título de postgrado en áreas
relacionadas con las funciones del empleo, por lo que la constancia
de los estudios realizados no es suficiente porque no se puede
catalogar como un título de postgrado, es decir una certificación de
terminación de plan de estudios, no tiene la misma calidad de un título.
¿Los títulos de Educación obtenidos en otro país son válidos?
Los estudios realizados y los títulos obtenidos en el exterior son válidos
siempre y cuando estén apostillados por el órgano competente del
país origen, con el fin de verificar la legitimidad del mismo, aclarando
que si están en idioma diferente al oficial, deben estar traducidos por
el traductor autorizado como lo exige la norma correspondiente,
Resolución 7144 del 2014 Ministerio de Relaciones Exteriores.
Para el caso en el que los títulos del exterior no hayan sido convalidados
ni homologados, el aspirante presentará el título, pero podrá dentro de
21
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
los 2 años siguientes a la fecha de posesión presentarlo con su
homologación respectiva.
Me presenté para un cargo del Nivel asistencial, donde me exigen diploma
de bachiller, pero en la educación anexo Título profesional como Abogado:
¿Es esto válido para cumplir el requisito mínimo de Educación?
Sí es válido, porque el título profesional como Abogado certifica los
estudios en la educación superior, y para ingresar a dicho nivel
educativo debió acreditar el título de bachiller; no obstante no podrá
ser tenido en cuenta en la prueba de valoración de antecedentes,
para obtener puntaje, porque el título ya fue utilizado para el
cumplimiento de los requisitos mínimos.
2. Experiencia
¿La experiencia acreditada mediante contratos de prestación de servicios es
válida?
Esta es válida, siempre y cuando se “soporte con la respectiva
certificación de la ejecución del contrato o mediante acta de
liquidación o terminación precisando las actividades desarrolladas”
(Acuerdos 528 de 2014, 541 y 542 de 2015, Artículo 20).
¿Quién debe suscribir las certificaciones de experiencia?
Las certificaciones deberán ser expedidas por el Jefe de Personal o el
Representante Legal de la Entidad o quien haga sus veces, tanto para
la entidad pública o privada.
¿Es válido que la experiencia la certifique una persona natural?
Sí es válida. Siempre y cuando este documento contenga la firma,
nombre completo, número de cédula de ciudadanía del empleador
contratante, como también su dirección y teléfono.
¿Se puede certificar una persona en ejercicio de actividades de forma
independiente?
22
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
En los casos en que el aspirante haya ejercido su profesión o actividad
en forma independiente, o en una empresa o entidad actualmente
liquidada, la experiencia se acreditará mediante declaración del
mismo, siempre y cuando se especifiquen las fechas de inicio y de
terminación, el tiempo de dedicación y las funciones o actividades
desarrolladas; la experiencia certificada de esta forma se entenderá
rendida bajo la gravedad de juramento (Artículo 19, Acuerdos 528 de
2014, 541 y 542 de 2015).
¿Es necesario que la certificación acreditada por sí mismo sea autenticada
ante notaría?
No es necesario que la declaración sea autenticada ante notaría o
sede administrativa, ya que la afirmación que haga el aspirante, se
entenderá hecha bajo la gravedad de juramento (Artículo 7, Decreto
Ley 019 de 2012).
¿Si presenté certificados de experiencia obtenida en otro país, qué sucede?
Son válidos siempre y cuando sean debidamente apostillados o
legalizados según las normas legales, además si esta en idioma
extranjero también debe estar traducida por traductor autorizado.
¿Mis certificaciones de experiencia dan cuenta solamente de meses no de
fechas (laboró de enero a septiembre de 2010), qué tiempo es válido como
experiencia?
En este caso se toma como fecha de inicio de labores el último día del
mes, es decir, 31 de enero de 2010 y como fecha de finalización de la
prestación del servicio el primer día del mes, es decir 1 de septiembre
de 2010.
¿Certifiqué una experiencia que da cuenta solamente de años: “donde laboré
durante los años 2010 a 2014”, cómo me la validan?
Se toma el último día del año 2010, como extremo inicial de la relación
(31 de diciembre de 2010), y como extremo final de las labores, el
primer día del año 2014 (01 de enero de 2004), Debe recordarse que
las certificaciones de experiencia que desea hacer valer en el
concurso de méritos, deben contener fechas exactas de vinculación y
desvinculación, es decir día, mes y año.
23
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
He asesorado en el ejercicio de mi profesión, varias instituciones en un mismo
tiempo ¿Cómo me contabilizan este tiempo?
El tiempo de experiencia se contabilizará por una solo vez, por
consiguiente se tomarán las fechas que permitan establecer un término
de vinculación más amplio, es decir, si trabajó en la empresa TT desde
el 4 de mayo de 2006 hasta el 10 de diciembre de 2013 y en la empresa
YT desde el 6 de junio de 2007 hasta el 8 de noviembre de 2013, el
analista tomará la experiencia de la empresa TT, ya que es de mayor
tiempo ejecutado y que contiene el periodo traslapado de las dos
certificaciones. Por otro lado, si laboró en la empresa YT hasta el 31 de
diciembre de 2013 el analista utilizará la experiencia total de la
empresa TT hasta el 10 de diciembre del 2013 y posteriormente valorará
la experiencia de la empresa YT desde el 11 de diciembre hasta el 31
de diciembre de 2013, dando veinte días adicionales.
Me postulé para un cargo asistencial donde me piden experiencia laboral y
adjunto dos certificaciones sin funciones, ¿estás certificaciones me las
validan?
Sí se validan, siempre y cuando la OPEC solicite experiencia laboral, ya
que las certificaciones sin funciones se toman como experiencia
adquirida durante el ejercicio de cualquier profesión, arte u oficio. De
este modo se deja constancia que laboró durante un tiempo
específico.
¿Para esta convocatoria se aplican equivalencias?
Según el Decreto Ley 785 de Marzo 17 de 2005, Artículo 25, las
equivalencias allí contempladas se aplicarán para las Convocatorias
323 de 2014 – Secretaría Distrital de Planeación - SDP y 327 de 2015 –
Instituto de Desarrollo Urbano – IDU. Para el caso de la Convocatoria
328 de 2015 – Secretaría de Hacienda Distrital – SDH, se aplicará lo
dispuesto para cada empleo en la Oferta Pública de Empleos de
Carrera – OPEC.
¿Por qué no incluyeron mi profesión en la OPEC?
Porque las entidades convocantes, que para el presente caso son la
Secretaría Distrital de Planeación, el Instituto de Desarrollo Urbano y la
Secretaría Distrital de Hacienda, son las responsables de definir las
profesiones para cada empleo, según sus necesidades.
24
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
A continuación relacionamos algunos ejemplos de la verificación de requisitos
mínimos:
Estudio de caso No. 2
La aspirante No. 2, se postuló para el empleo 208869, denominado:
profesional especializado, grado 5 de la dependencia Oficina de Control
Interno para el cual los requisitos mínimos, dados en la OPEC, son los siguientes:
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU
Número empleo: 208869
Nivel Jerárquico: Profesional
Denominación: Profesional especializado
Dependencia: Oficina Control Interno
Requisitos estudio: Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Administración
de Sistemas Informáticos en el núcleo básico del conocimiento en: ingeniería
de sistemas, telemática y afines.
Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas
relacionadas con las funciones del empleo.
Requisitos experiencia: Dieciocho (18) meses de experiencia profesional
relacionada.
Equivalencia: Las previstas en el Art. 25 del Decreto 785 de 2005.
Funciones:
• Evaluar mediante técnicas de auditoría generalmente aceptadas el
Sistema de Control Interno (SCI), en los procesos y procedimientos de
la Entidad, con el propósito de verificar el funcionamiento del SCI, en
materia de sistemas de información y tecnología, con el fin de
establecer las posibles desviaciones al "deber ser" y recomendar
acciones de mejoramiento, de conformidad con el procedimiento
establecido.
• Recopilar, analizar y procesar los papeles de trabajo que se generan
en las evaluaciones, seguimientos y/o monitoreo a los planes de
mejoramiento, a los procedimientos designados y a los que la Entidad
suscriba con los órganos de control, en temas de su competencia,
con el propósito de dar soporte conceptual y documental a los
informes correspondientes.
25
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
•
•
•
•
•
•
•
•
Hacer seguimiento y/o monitoreo a los planes de mejoramiento o
acciones de mejoramiento que presenten las áreas encargadas de
ejecutar los procedimientos asignados y a los que Entidad suscriba
con los órganos de control, con el propósito de verificar que se corrijan
las desviaciones observadas y que haya cumplimiento de dicho plan,
realizando las observaciones que fueren necesarias de conformidad
con el procedimiento establecido.
Brindar asistencia logística y metodológica a las áreas encargadas de
ejecutar los procesos asignados en la atención a órganos de control
y en la estructuración y elaboración de los planes de mejoramiento
que el Instituto suscriba con éstos, con el fin de garantizar su entrega
en forma oportuna.
Reportar los cambios en las leyes, normatividad, políticas y demás
documentos vigentes relacionados con el tema de control interno,
con el propósito de mantener actualizado el normograma de la
dependencia.
Generar recomendaciones en el desarrollo del Sistema de Control
Interno a las áreas encargadas de ejecutar los procesos asignados,
de acuerdo con lo evidenciado en las evaluaciones, verificaciones y
seguimientos realizados a éstos, proponiendo acciones orientadas a
fomentar la cultura del autocontrol, el mejoramiento continuo y
fortalecimiento del Sistema de Control Interno del IDU, así como la
efectiva administración de los riesgos de acuerdo con los lineamientos
establecidos.
Participar en el diseño, estructuración y elaboración del Plan de
Auditoría Anual de la dependencia y los Programas de Auditorías en
los que esté involucrado, con el propósito de ejecutarlos y convertirlos
en herramientas de autocontrol que permitan conseguir los objetivos
y metas trazadas y así contribuir con el fortalecimiento del Sistema de
Control Interno del IDU.
Preparar el informe de Derechos de Autor de la Entidad, y los demás
que le sean asignados por el Jefe de la Oficina de Control Interno, con
la calidad y oportunidad requeridas.
Evaluar la evolución de la Entidad en el manejo de los riesgos de
carácter tecnológico y de sistemas de información, así como el
avance de los planes de tratamiento y continuidad, e identificar
nuevos riesgos para proceder a solicitar la actualización del
respectivo plan, de conformidad con las políticas del Instituto.
Liderar las auditorías a los Sistemas Integrados de Gestión en lo
correspondiente al Sistema de Gestión de la Seguridad de la
información (SGSI).
26
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
•
Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el superior
inmediato, de acuerdo con la naturaleza y propósito del cargo.
La Aspirante No. 2 envió virtualmente los siguientes documentos:
Documentos Específicos:
Folio 1 Cédula de Ciudadanía.
Folio 2 Tarjeta Profesional del COPNIA, como Ingeniero de Sistemas
Folio 3 Licencia de Conducción.
Educación Formal:
Folio 4 Acta de grado de la Universidad A. N. como Ingeniero de Sistemas con
fecha de Grado 25 de marzo del 1995.
Folio 5 Acta de grado de especialización en Sistemas Gerenciales de
Ingeniería, otorgado por la Universidad J, el 11 de septiembre de 1998.
Experiencia:
Folio 6 experiencia profesional adquirida en el Fondo Nacional del Ahorro,
realizando actividades como funcionario de planta en carrera administrativa,
desde el 12 de enero de 1996 hasta el 28 de octubre de 2014, para un tiempo
total de 18 años 9 meses, desempeñando las siguientes funciones:
• Realizar herramientas para la gestión de proyectos de tecnología, de
acuerdo con los estándares internacionales.
• Realizar el control de digitación de la información registrada de los sistemas.
• Presentar informes que le sean solicitados.
Conclusión del caso:
De acuerdo con las certificaciones aportadas por la aspirante No. 2 se puede
verificar que cumple con la educación formal exigida en la OPEC para este
requisito, folios 4 y 5, aporta especialización afín con las funciones a
desempeñar; con respecto a la experiencia, solamente con el folio 6 estaría
cumpliendo, debido a que certifica 18 años y 9 meses de experiencia
profesional relacionada y lo exigido por el cargo es de 43 meses. En este orden
de ideas cumpliría con los requisitos de estudio y experiencia, dando como
resultado de la verificación: ADMITIDA.
27
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
Estudio de caso No. 3
El aspirante No. 3 se postuló al cargo 208308, con denominación: Técnico
Operativo, grado 17 el cual tiene previsto los siguientes requisitos mínimos:
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – SDH
Número empleo: 213005
Nivel Jerárquico: Técnico
Denominación: Técnico Operativo
Dependencia: Subdirección de Operación Financiera
Requisitos estudio: Título de Formación Técnica Profesional o Tecnológica en:
Administración, Administración Bancaria, Administración Comercial y
Financiera, Administración Contable, Tributaria y Financiera, Administración
de Empresas, Procesos Administrativos, Gestión Empresarial, Administración
de Empresas y Banca, Administración de Finanzas y Negocios
Internacionales, Administración de Redes de Computadores, Administración
de Redes de datos, Administración de Sistemas, Administración de Sistemas
de Información, Administración de Sistemas de Información y
Documentación, Administración e Informática, Administración Empresarial,
Administración en Contabilidad y en Sistemas, Administración en
Informática, Administración Financiera, Administración Financiera con
énfasis en Sistemas, Administración Financiera y Comercial, Administración
Financiera y de Sistemas, Administración y Finanzas, Análisis de Costos y
Presupuestos, Banca e Instituciones Financieras, Banca Electrónica,
Contaduría Pública, Contaduría Financiera, Contaduría Pública, Contaduría
y Finanzas, Contaduría y Tributaria, Costos y Auditoria, Costos y Tributaria,
Estadística, Finanzas Públicas, Finanzas y Auditoria Sistematizada, Finanzas y
Negocios Internacionales, Finanzas y Relaciones Internacionales, Finanzas y
Sistemas Contables, Gestión Administrativa y Financiera; o terminación y
aprobación del pensum académico de educación superior en formación
Profesional en: Administración Bancaria y Financiera, Administración de
Empresas, Administración de Empresas con énfasis en Finanzas,
Administración de Empresas con énfasis en Negocios Internacionales,
Administración de Empresas y Finanzas, Administración de Instituciones de
Servicio, Administración de Negocios, Administración Financiera,
Administración Financiera y de Sistemas, Administración Pública,
Administración y Finanzas, Administración y Gestión de Empresas,
28
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
Administración y Negocios Internacionales, Contaduría Pública, Contaduría
Pública y Finanzas Internacionales, Economía, Ingeniería Financiera,
Ingeniería Administrativa y de Finanzas, Ingeniería Industrial, Negocios
Internacionales, Negocios y Finanzas Internacionales.
Requisitos experiencia: Treinta (30) meses de experiencia relacionada.
Equivalencia: 1. Terminación y aprobación de los estudios de formación
técnica profesional o tecnológica en las mismas disciplinas establecidas en
el requisito inicial y cuarenta y dos (42) meses de experiencia relacionada.
2. Título de formación técnica profesional o tecnológica en las mismas
disciplinas establecidas en el requisito inicial y título de formación técnica
profesional o tecnológica adicional al inicialmente exigido en las mismas
disciplinas establecidas en el requisito inicial y que no corresponda al mismo
núcleo programático.
Funciones:
• Elaborar el documento de requerimientos técnicos que deban
cumplir los proponentes para garantizar la interrelación entre los
sistemas y procesos de tesorería y los productos o servicios a contratar
según los lineamientos dados sobre la materia.
• Realizar asistencia técnica a las entidades para resolver los
inconvenientes operativos que se presentan durante el manejo del
sistema de información y gestión de Tesorería de acuerdo con los
procedimientos establecidos.
• Elaborar y revisar las especificaciones funcionales y realizar las
pruebas para garantizar que la modificación y/o adición de nuevos
procesos o requerimientos no genere inconvenientes en el correcto
funcionamiento del sistema de acuerdo con las necesidades del
proceso y con criterios de eficiencia y eficacia.
• Participar en coordinación con las áreas especializadas, en el diseño
e implementación de los mecanismos necesarios para asegurar la
calidad del servicio, mitigar el riesgo operativo, evitar la ocurrencia de
conflictos de interés y el manejo indebido de información privilegiada,
y de acuerdo con las normas que regulen la materia.
• Revisar, validar y ejecutar los procedimientos y controles para
salvaguardar la seguridad de los sistemas de información, de acuerdo
a las políticas y procedimientos establecidos.
• Atender a usuarios internos, externos y/o ciudadanos de acuerdo con
la naturaleza de las funciones asignadas y según las políticas,
parámetros y lineamientos de servicio establecidos.
• Participar en los planes, programas y proyectos, que se adelanten en
el área de trabajo o en la Entidad, así como en las reuniones o comités
29
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
•
•
en los cuales sea delegado o asignado en cumplimiento de la misión
de la Secretaría Distrital de Hacienda de acuerdo con las
instrucciones del superior inmediato.
Proponer e implementar mejoras y controles en los procesos,
indicadores de gestión y eventos de riesgo de acuerdo con la
naturaleza del cargo y lo establecido en el sistema Integrado de
Gestión.
9. Cumplir las demás funciones contenidas en las leyes, decretos,
acuerdos e instructivos internos o las que le sean asignadas acordes a
la naturaleza, nivel y requisitos del cargo.
El aspirante cargó los siguientes documentos en el aplicativo:
Documentos Específicos:
Folio 1. Cédula de Ciudadanía,
Folio 2. Libreta Militar.
Educación Formal:
Folio 3. Título Bachiller,
Folio 4. Tecnólogo en Administración Financiera con fecha de grado del 23
de junio de 2009.
Experiencia:
Folio 5. Certificación expedida por Bancolombia la cual constata que laboró
desde el 15 de enero de 2008 hasta el 20 de diciembre de 2010, realizando
funciones de consolidación de base de datos e informes de acuerdo con lo
requerido por el jefe inmediato. Funciones relacionadas con el cargo a
proveer.
Conclusión del Caso:
Realizando el análisis de las certificaciones aportadas por el aspirante se
observa que cumple con el requisito de educación formal puesto que adjunta
un título de tecnólogo en Administración Financiera. La experiencia exigida es
de 30 meses de experiencia relacionada, certificada en el folio 5; por lo tanto
su resultado es el de ADMITIDO.
Estudio de caso No. 4
30
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
La Sra. A.A, se presenta al empleo 213039, denominado Auxiliar Administrativo,
los requisitos de este empleo son:
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – SDH
Número empleo: 213039
Nivel Jerárquico: Asistencial
Denominación: Auxiliar Administrativo
Dependencia: Subdirección del Talento Humano
Requisitos estudio: Diploma de Bachiller en Cualquier Modalidad.
Requisitos experiencia: Seis (6) años de experiencia relacionada.
Equivalencia: Diploma de bachiller en cualquier modalidad y título de
formación tecnológica o de formación técnica profesional y tres (3) años de
experiencia relacionada.
Funciones:
• Elaborar las autorizaciones de retiro de cesantías y diligenciar los
formularios para pago de cesantía del antiguo régimen
oportunamente según las actividades designadas y atendiendo a los
procedimientos de calidad establecidos.
• Elaborar las certificaciones de bonos pensionales solicitadas, así como
las certificaciones de funciones, tiempo de servicios, salarios y
prestaciones, atendiendo a los procedimientos de calidad
establecidos.
• Proyectar respuestas a solicitudes y demás requerimientos de
funcionarios y ex funcionarios de la Entidad atendiendo a los
procedimientos de calidad establecidos.
• Tramitar la correspondencia en el sistema CORDIS o en el habilitado
para tal fin y controlar el estado de trámites, presentando los informes
respectivos que se le soliciten y atendiendo a los procedimientos de
calidad establecidos.
• Atender a usuarios internos, externos y/o ciudadanos de acuerdo con
la naturaleza de las funciones asignadas según las políticas,
parámetros y lineamientos de servicio establecidos.
• Participar en los planes, programas y proyectos, que se adelanten en
el área de trabajo o en la Entidad, así como en las reuniones o comités
en los cuales sea delegado o asignado en cumplimiento de la misión
de la Secretaría Distrital de Hacienda de acuerdo con las
instrucciones del superior inmediato.
31
Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
•
•
Proponer e implementar mejoras y controles en los procesos,
indicadores de gestión y eventos de riesgo de acuerdo con la
naturaleza del cargo y lo establecido en el sistema Integrado de
Gestión.
8. Cumplir las demás funciones contenidas en las leyes, decretos,
acuerdos e instructivos internos o las que le sean asignadas acordes a
la naturaleza, nivel y requisitos del cargo.
La Sra. A.A envió virtualmente las siguientes certificaciones a través del
aplicativo:
Documentos Específicos:
Folio 1 Cédula de Ciudadanía,
Folio 2: Licencia de Conducción.
Educación Formal:
Folio 2 Título de Bachiller técnico Contable. Con fecha del 15 de diciembre de
1988.
Experiencia: Certificación laboral expedida por Almacenes Éxito como
Asistente de Nómina desde el 30 Julio 2000 al 30 de enero 2014. Funciones
relacionadas con el cargo a proveer.
Conclusión del caso:
La Sra. A.A, cumple con el requisito mínimo de estudio. Con respecto a la
experiencia aporta una certificación que demuestra experiencia laboral por
un tiempo superior a 6 años. ADMITIDA.
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
VII. Publicación de resultados
verificacion de requisitos mínimos
de
Los resultados de la verificación de los Requisitos Mínimos serán publicados el
11 de abril de 2016, por la Universidad de Pamplona en la página web
unipamplona.edu.co y en la página web de la CNSC, www.cnsc.gov.co en el
link “Convocatoria No. 323, 327, 328 Primer Grupo de Convocatorias en
Bogotá 2015”.
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
VIII. Reclamaciones
Las reclamaciones de los aspirantes, con ocasión de los resultados de la
verificación del cumplimiento de requisitos mínimos, serán recibidas
únicamente dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de
publicación de los resultados.
Las reclamaciones serán recibidas y resueltas por la Universidad de Pamplona,
podrá utilizar la respuesta conjunta, única y masiva, de conformidad con la
Sentencia T – 466 de 2004, proferida por la Honorable Corte Constitucional.
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Guía de orientación para el aspirante.
Verificación de requisitos mínimos
IX. Publicación de resultados en firme o
definitivos
Las respuestas a las reclamaciones serán comunicadas a los aspirantes en los
términos del Artículo 33 de la Ley 909 de 2004; los aspirantes admitidos y no
admitidos definitivos, serán publicados en la página web de la Comisión
Nacional del Servicio Civil en el link www.cnsc.gov.co/index.php/323-327-328primer-grupo-de-convocatorias-en-bogota-2015, y en la página web de la
Universidad de Pamplona en el link http://web.unipamplona.edu.co en las
fechas que serán informadas con una antelación no inferior a cinco (5) días
hábiles a tal publicación, para las Convocatorias 323 de 2014 – SDP, 327 de
2015 – IDU, 328 de 2015 – SDH
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