universidad regional autónoma de los andes “uniandes”

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS
TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
TEMA:
“GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MÉDICAS
QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL.”
AUTORA:
ARTEAGA ARTEAGA ALEXANDRA MARIELA
ASESOR:
DR. MALDONADO CANDO JOSÉ LUIS, Msc.
SANTO DOMINGO – ECUADOR
2015
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
CERTIFICADO DEL ASESOR
DR. JOSÉ LUIS MALDONADO CANDO. MSc, en calidad de Asesor de Tesis,
designado por disposición del Rectorado de la Universidad Regional Autónoma
de los Andes “UNIANDES”, certifico que el trabajo de tesis previo a la
obtención del título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA,
titulado: “GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES
MEDICAS QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL”,
elaborado por la señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, se desarrolló bajo
los lineamientos Jurídicos y Académicos de la Institución, por lo que, se
aprueba para la revisión a lectores y calificación correspondiente.
El interesado puede hacer uso del presente certificado, para los efectos
oportunos, así como también se autoriza la presentación para la evaluación
correspondiente por parte de los lectores designados por la Universidad.
Atentamente;
DR. MALDONADO CANDO JOSÉ LUIS. MSc.
ASESOR.
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
CERTIFICADO DEL AUTORÍA DE LA TESIS
Señora Alexandra Mariela Arteaga Arteaga, estudiante de la Facultad de
Jurisprudencia de la Carrera de Derecho de la Universidad Regional Autónoma
de los Andes “UNIANDES”, declaro en forma libre y voluntaria que la presente
investigación y elaboración de la Tesis que versa sobre el tema “GRUPOS DE
DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA
EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL”, así como las expresiones vertidas
en la misma son de mi autoría, la cual la he realizado a base de recopilación
bibliográfica de la Legislación Ecuatoriana e Internacional, y consultas en
Internet.
En consecuencia, asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y el
cuidado respectivo a remitirme a las fuentes bibliográficas, a fin de fundamentar
el contenido expuesto. Otorgo las plenas facultades de la Universidad Regional
Autónoma de los Andes “UNIANDES”, a fin de que emplee el presente trabajo
investigativo, como bibliografía para futuras investigaciones relacionadas con el
tema planteado.
Atentamente,
Sra. Alexandra Mariela Arteaga Arteaga
ESTUDIANTE
DEDICATORIA
Dedico este trabajo investigativo a mi Dios quien supo guiarme por el buen
camino y darme fuerzas para seguir adelante y no desmayar en los problemas
que se presentaban en el camino, a mis hijos SANTIAGO NICOLAS,
VALENTINA ESTEFANIA y MATEO DAVID ECHEVERRIA ARTEAGA, por su
amor, comprensión y lo más importante porque son mi motivación en los
momentos difíciles, y por ellos me he lleno de coraje para conseguir mis
objetivos.
Finalmente, a mí porque me lo merezco, por el esfuerzo, sacrificio y
perseverancia que he realizado para lograr la culminación de mi carrera
profesional.
Alexandra Mariela Arteaga Arteaga
AGRADECIMIENTO.
Primero a mis hijos por su compresión, por quedarse en casa mientras yo, su
madre me iba a estudiar y que me esperaban ansiosos a que llegara a casa
para llenarme de besos y abrazos y preguntarme como me había ido en la
Universidad, y que por ellos lucharé siempre para ser un ejemplo a seguir en
todos los aspectos de mi vida y ustedes hijos se puedan sentir siempre
orgullosos.
Un agradecimiento especial a una señora colaboradora que es parte de mi
familia que, sin su apoyo incondicional, cuidando a mis hijos con amor y
dedicación en el momento en que yo me iba a estudiar y que sin su ayuda no
hubiere podido llegar hasta donde estoy ahora.
A mis maestros que a lo largo de este tiempo de estudio compartieron sus
conocimientos y también por la paciencia que tuvieron muchas de las veces
cuando tuvieron que volver a explicar la clase porque no la habíamos
entendido.
A mis compañeros de estudio por su apoyo moral y que estos cinco años que
pasamos juntos estudiando han sido momentos agradables y llenos de
alegrías, y que con sus ocurrencias hicieron haciendo que el estudio sea más
llevadero y que esos momentos inolvidables se quedaran en mi mente y en mi
corazón
Alexandra Mariela Arteaga Arteaga.
ÍNDICE
Pág.
CONTENIDO
Introducción ........................................................................................................ 1
Antecedentes de la investigación........................................................................ 1
Situacion problematica ........................................................................................ 1
Problema cientifico.............................................................................................. 6
Objeto de la investigacion y campo de acciòn .................................................... 7
El Objeto de Iinvestigación. ................................................................................ 7
El Campo de Acción. .......................................................................................... 7
Identificación de la línea de investigación. .......................................................... 7
OBJETIVOS. ....................................................................................................... 7
Objetivo General. ................................................................................................ 7
Objetivos Específicos. ......................................................................................... 8
Idea a defender. .................................................................................................. 8
Variables de la investigacion............................................................................... 8
Justificaciòn del tema. ......................................................................................... 9
Metodos y tecnicas e instrumentos de investigacion. ......................................... 9
Resumen de los capítulos de la tesis................................................................ 11
Elementos de novedad, aporte teorico, significacion ........................................ 11
CAPITULO I
MARCO TEÓRICO.
1.1
Origen y evolución del objeto de investigación. ................................... 13
1.1.1
La discapacidad y la evolución de los modelos .................................... 13
1.1.2
Fundamentación Constitucional. .......................................................... 15
1.1.2.1 De los Derechos Constitucionales. ...................................................... 15
1.2
Evolución legal de la discapacidad en los convenios Universales. ...... 18
1.2.3
Los Derechos Humanos para las personas con discapacidad ............. 27
1.2.6
Del Seguro Social Obligatorio. ............................................................. 34
1.2.6.1 Definición y Concepto del Seguro Social Obligatorio ........................... 34
1.2.9
Sujetos de protección la Seguridad Social ........................................... 38
1.2.10 Riesgos cubiertos por el Seguro Social Obligatorio ............................. 39
1.2.11 Beneficiarios al IESS ............................................................................ 40
1.3
Conclusiones parciales del capítulo. .................................................... 41
CAPÍTULO II
MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA.
2.1
Caracterizacion del Problema Seleccionado . ...................................... 43
2.2
Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo. ......... 48
2.2.1
Modalidad de la Investigación. ............................................................. 48
2.2.1.1 Investigación Cualitativa....................................................................... 49
2.2.1.2 Investigación Cuantitativa. ................................................................... 49
2.2.2
Tipos de Investigación.......................................................................... 49
2.2.2.1 De Campo. ........................................................................................... 49
2.2.2.2 Bibliográfica.......................................................................................... 49
2.2.2.3 Documental. ......................................................................................... 49
2.2.2.4 Población y Muestra. ............................................................................ 50
2.2.3
2.2.3.1
Métodos utilizados para el desarrollo de la investigación. .................... 50
Métodos. ............................................................................................ 50
2.2.3.1.1 Método Inductivo. ............................................................................... 50
2.2.3.1.2 Método Deductivo. ............................................................................. 51
2.2.3.1.3 Método Histórico. ............................................................................... 51
2.2.3.1.4 Método Analítico. ............................................................................... 51
2.2.3.1.5 Método Sintético. ............................................................................... 51
2.2.3.1.6 Método Comparado. .......................................................................... 51
2.2.4
Técnicas e instrumentos de investigación ........................................... 52
2.2.4.1 El fichaje.............................................................................................. 52
2.2.4.2 Observación Directa. ........................................................................... 52
2.2.4.3 Encuesta.. ........................................................................................... 52
2.2.4.4 Entrevistas. ......................................................................................... 52
2.2.4.5 Instrumentos ....................................................................................... 52
2.2.4.6 Cuestionarios. ..................................................................................... 52
2.2.4.6.1Interpretación de Resultados. ............................................................. 52
2.2.4.7 Entrevistas.. ........................................................................................ 56
2.3
Conclusiones parciales del capítulo. .................................................... 59
CAPITULO III
VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN
3
PROCEDIMIENTO DE LA APLICACIÓN DE LOS RESULTADOS
............................ 60
3.1
Propuesta del investigador.................................................................... 60
3.2
Certificados de Viabilidad del Tema. .................................................... 63
Conclusiones Generales. .................................................................................. 66
Recomendaciones. ........................................................................................... 66
Bibliografía
RESUMEN EJECUTIVO.
El presente trabajo se titula “Grupos de Doble Vulnerabilidad y las atenciones
médicas que otorga el Instituto de Seguridad Social”, para obtener una atención
médica por parte del Hospital del Seguro Social desde la primera aportación al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y de esta forma alcanzar los
objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay)”, se ha realizado
esta investigación porque existe un problema latente que no todos lo saben,
pero que es inevitable no tomar en cuenta a las personas con discapacidad
ahora con la inclusión todos debemos conocer
que estas personas son
consideradas por nuestra Constitución como grupos de doble vulnerabilidad y
que el Estado les prestará mayor atención y que esto no se está cumpliendo.
La Metodología de la Investigación utilizada son: los métodos inductivodeductivo, analítico-sintético, histórico-lógico, encuestas y entrevistas a
diferentes personas con discapacidad que tienen un empleo en Santo
Domingo, y la línea de la investigación está enmarcada en los Derechos de
Grupos de Atención Prioritaria.
Por lo tanto, con la presente investigación se logra proyectar la incorporación
de un literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, a fin de que las
personas con discapacidad sean atendidas desde el primer mes de aportación
al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, y de esta forma hacer efectivos
sus Derechos consagrados en la Constitución, a favor de las personas
consideradas de doble vulnerabilidad.
EXECUTIVE SUMMARY
This paper is entitled "Vulnerability and Double Groups medical attention
granted by the Institute of Social Security" for medical care by the Social
Security Hospital after the first contribution to the Ecuadorian Institute of Social
Security, and thus achieve the objectives of the National Plan for Good Living
(sumak Kawsay) "has conducted this investigation because there is an
underlying problem that not all know, but it's impossible not to take into account
people with disabilities now with the inclusion should all know that these people
are considered by our Constitution as doubly vulnerable groups and that the
state will pay more attention to them and this is not being met.
The research methodology used are inductive-deductive, analytic-synthetic,
historical and logical methods, surveys and interviews with different people with
disabilities who are employed in Santo Domingo, and the line of research is
framed on the Rights of groups Priority Attention.
Thus the present research does shed incorporating a literal in Art. 107 of the
Law on Social Security, so that people with disabilities are served from the first
month of contribution to the Ecuadorian Institute of Social Security, and thus
enforce their rights enshrined in the Constitution, in favor of those considered
doubly vulnerable.
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación se enmarca en el estudio sobre los
“Grupos de Doble Vulnerabilidad y las atenciones médicas que otorga el
Instituto de Seguridad Social”, La presente propuesta está enfocada en la
reforma del artículo 107 de la ley de Seguridad Social, por cuanto no se han
tomado en cuenta a las personas con discapacidad y que aportan también al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para que sean atendidas desde la
primera aportación que realicen a esta Institución, en caso de enfermedad y
así mismo que su atención sea inmediata y prioritaria, por ser considerados
personas de doble vulnerabilidad y de esta forma alcanzar los objetivos del
Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay), lo cual permite plantear,
formular y delimitar el problema, establecer los objetivos tanto general como
específicos y su justificación.
 Antecedentes de la investigación.
Revisados los temas de tesis dentro de la biblioteca de la ciudad de Santo
Domingo y CEDIC de la Universidad Regional Autónoma de los Andes
“UNIANDES”, no existe tema de perfil de tesis con el planteamiento y enfoque
direccionado al planteamiento del problema de la falta de atención médica por
parte del IEES a sus afiliados con discapacidad desde la primera aportación del
Seguro Social.
 Situación Problemática
Los Derechos Humanos son el conjunto de prorrogativas inherentes a la
naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para
el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente
organizada. Estos derechos establecidos en la Constitución y en las Leyes,
deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
1
La Constitución de la República del Ecuador y los Tratados Internaciones
garantiza sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos, en
particular la educación, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus
habitantes.
La Ley de Seguridad Social en su Art. 17 textualmente dispone que “el IESS
tiene la misión de proteger a la población urbana y rural, con relación de
dependencia laboral o sin ella, contra la contingencia de enfermedad,
maternidad, riesgos de trabajo, discapacidad, cesantía, invalidez, vejez y
muerte, en los términos que consagra esta Ley”.
La discapacidad en un problema muy antiguo y es un asunto importante de
derechos humanos y desarrollo, basado en las mejores pruebas sobre la
condición actual de las personas con discapacidad, las barreras que enfrenta
cada día y lo que se puede hacer para superarlas y asegurar su participación
en la vida política, cultural, social y económica, tanto como cualquier otra
persona.
Alrededor de 470 millones de personas en edad laboral sufren alguna forma de
discapacidad que difiere en la naturaleza y el grado de severidad. A ello se
añade el aspecto del género, la edad o la situación económica, que influyen en
el estatus y acceso al mercado de trabajo.
La OIT define personas con discapacidad en el trabajo a "aquellas cuyas
perspectivas de seguridad, regreso, mantenimiento y progreso en un empleo
adecuado se ven reducidas de forma importante debido a un reconocimiento
adecuado de una discapacidad física, sensorial, intelectual o mental".
De manera general, las personas con discapacidad experimentan formas
comunes de discriminación, como un alto nivel de desempleo, prejuicios en
cuanto a su productividad o incluso la exclusión del mercado laboral. Se
enfrentan asimismo a la discriminación en el momento de la contratación.
2
En nuestro país y en todo el mundo existe mayor conciencia sobre la
discapacidad, pero a pesar de eso las personas con discapacidad siguen
sufriendo algunas formas de discriminación y esto dificulta su vida diaria, entre
las múltiples dimensiones en las que se expresa la discriminación de las
personas con alguna discapacidad, hay algunas extremadamente graves y que
pueden revertirse con políticas públicas y estrategias de concientización y
sensibilización adecuadas.
Entre ellas, la discriminación educativa y la salud que afecta muchísimo en los
cuales no pueden integrarse a las escuelas públicas por la falta de rampas,
aulas y baños apropiados es necesario una resolución urgente a dicho
problema.
La infraestructura arquitectónica sigue afectando a los discapacitados en
muchos edificios públicos y estaciones. En las calles ha habido progresos, pero
todavía el mal estado de las veredas, rampas y la ausencia de semáforos para
ciegos crea impedimentos para la circulación de las personas con
discapacidades. Por su parte, es de esperar que los colectivos incrementen el
número de unidades capaces de transportar a personas en sillas de rueda.
Además de los problemas de accesibilidad, las personas con discapacidades
son víctimas de discriminación laboral.
Es menester reconocer que esto está cambiando, se puede visualizar
claramente con el crecimiento del número de empresas que emplean a
personas con alguna discapacidad, todavía es muy fuerte el prejuicio que lleva
al rechazo de sujetos que pueden adaptarse plenamente a diferentes puestos
de trabajo, brindando resultados positivos.
En este terreno se necesita que se desplieguen campañas públicas de
concientización y de promoción del empleo de personas con alguna
discapacidad. Además, hay que dotarlos de instrumentos para su inserción.
Las instituciones públicas, para garantizar la igualdad de oportunidades, deben
3
proporcionar herramientas que reviertan la discriminación que padecen las
personas con discapacidades en ámbitos como el de la educación, la salud, el
transporte y el trabajo.
Es también necesario indicar que las instituciones gubernamentales, en su
carácter como representantes del gobierno escuchen las necesidades de
aquellos a quienes gobiernan. Aunque en la actualidad hay un avance
progresivo, aún hay mucho por hacer, es necesario crear una cultura de
inclusión. Favorecer dicha cultura es tarea tanto de las instituciones como de
todos nosotros. Es una labor para la cual las instituciones necesitan indagar
más acerca de las necesidades de los discapacitados y una labor en la que
nosotros necesitamos proponer y hacer escuchar aún más la necesidad de ser
incluidos.
La presente propuesta está enfocada en la reforma del artículo 107 de la ley de
Seguridad Social, por cuanto no se han tomado en cuenta a las personas con
discapacidad y que aportan también al IEES, para su atención en el caso de
enfermedad, que sean atendidos desde el primer mes de aportación y que su
atención sea prioritaria e inmediata, por ser considerados personas de doble
vulnerabilidad.
De la conversación lograda con varias personas con algunas limitaciones
físicas, entre ellos María Jimena Arcentales Sancho, de 30 años de edad,
cajera de OPEVIAL, con limitación física de luxación de cadera, se le realizó la
siguiente pregunta.
¿Usted necesito atención medica antes de los tres meses, después de estar
aportando al Instituto de Seguridad Social y si este se la brindó?
Respuesta: yo si necesité al segundo mes de estar aportando, me acerqué a
que me dieran un turno, porque antes era así que uno tenía que acercarse a
pedir turno por ventanilla, pero no me lo dieron, me dijeron que regrese al otro
día me dieron un turno para el siguiente año 2015, y como necesitaba de
atención medica tuve que irme a un médico particular, ahora llevo aportando al
4
seguro más de 5 años, cuando estuve embarazada llame al Call Center al
primer mes de embarazo y me dieron una cita con el ginecólogo, cuando tenía
cinco meses y medio de embarazo a pesar de haber explicado mi situación,
después de esto tuve 3 citas más hasta dar a luz , pero en la última cita no
hubo ginecólogo y me tuve que ir a un médico particular y el parto si me
atendió el Hospital del seguro.
A Santiago Vladimir Delgado Hidalgo, de 26 años, de profesión egresado de
Psicología, empleado del Concejo de la Judicatura, con limitación física de
Ostiomilitis Femur y Artrosis en la rodilla derecha, se le realizó la misma
pregunta.
Respuesta: Si necesité atención médica pero lamentablemente no me
atendieron y yo tampoco insistí, preferí irme a un médico particular y ahora si
me hago atender pero así mismo cuando pido una cita médica me la dan al
mes y eso por contactos que tengo logro que me den para el mes, es muy
complicado que me atiendan, y si voy por emergencia me dan un turno para la
tarde, o para unas 3 horas después, y observando mi situación, si se supone
que voy por emergencia es porque necesito que me atiendan realmente,
deberían darnos prioridad a personas como nosotros.
Tatiana Guevara, de 27 años de edad, empleada del Consejo de Judicatura,
con limitación física en el brazo izquierdo ocasionado por un derrame y
estrabismo, se le hizo igual la misma pregunta.
Respuesta: Si necesité de atención médica, pero no lo conseguí, porque me
dijeron que no había cupo y después de tres años de aportación nuevamente
insistí llamando al Call Center y si me dieron la cita para diciembre del 2015,
pero mi llamada la hice en abril del mismo año, aun explicándole la situación en
que me encuentro, pienso yo que si deberían darnos una atención inmediata y
prioritaria tratándose de nosotros.
5
Conforme lo establece la Constitución de la República en el capítulo III que
trata de los Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, en el
Art. 35.- Atención de Grupos Vulnerables.- Las personas adultas mayores,
niñas,
niños
y
adolescentes,
mujeres
embarazadas,
personas
con
discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria
y especializada en los ámbitos público y privado.
La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las
víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales
o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en
condición de doble vulnerabilidad.
El problema radica en que, si el Estado obliga a los empleadores a afiliar a sus
empleados desde el primer día de labores, como lo regulado en la Ley de
Seguridad Social en su Art. 73, así mismo el Estado debe brindar una atención
prioritaria e inmediata por lo menos desde la primera aportación al Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a las personas con discapacidad,
considerados como un grupo de doble vulnerabilidad, en casos de enfermedad,
al no hacerlo, se está violentando sus derechos garantizados en la
Constitución.
 Problema científico.
La falta de atención médica por parte del Instituto de Seguridad Social (IESS)
para los grupos considerados constitucionalmente de doble vulnerabilidad por
no haber cumplido el número de imposiciones determinadas en la Ley de
Seguridad Social.
6
 Objeto de la Investigación y Campo de Acción
 El Objeto de investigación.
Ley de Seguridad Social.
 El Campo de Acción.
El campo de acción está enmarcado a mejorar la atención por parte de la
Seguridad Social y que por lo menos su atención médica sea para ellos desde
la primera aportación al IESS.
 Identificación de la línea de investigación.
El presente proyecto investigativo, tiene vínculo directo con la línea de
investigación referente a los derechos de Grupos de Atención Prioritaria.
 Objetivos.
 Objetivo General.
Proyectar la incorporación de un Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad
Social, a fin de que las personas con discapacidad comprobada, consideradas
como grupo de atención prioritaria, reciban las prestaciones médicas por parte
del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, desde el momento que
acrediten una aportación como afiliados previo a garantizar sus derechos al
buen vivir.
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 Objetivos Específicos.
1. Fundamentar jurídica y doctrinariamente la necesidad de atención en el
área de la salud a los discapacitados desde la primera aportación al
Seguro Social.
2. Acudir al hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, así como
al Centro de Atención Ambulatoria Centro de Santo Domingo, a fin de
evidenciar la problemática social en este tema.
3. Elaborar los componentes jurídicos tendientes a reformar el Art. 107 de la
Ley de Seguridad Social, ATENCION MÉDICA INMEDIATA a las
personas discapacitadas desde la primera aportación del Seguro Social.
4. Validar la propuesta por expertos
 Idea a defender.
Con la reforma al Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, incorporando un
Literal que establezca la atención prioritaria e inmediata en el caso de
enfermedad a personas con discapacidad comprobada, se lograría aplicar los
Derechos consagrados en la Constitución de la República del Ecuador en
materia de Seguridad Social.
 Variables de la investigación.
Variable independiente.
Incorporación de un Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, que
establezca la atención inmediata y prioritaria en caso de enfermedad a las
personas con discapacidad desde la primera aportación al IESS.
Variable dependiente.
8
Conseguiría aplicar los Derechos consagrados en la Constitución de la
República en materia de Seguridad Social.
 Justificación del tema.
El presente trabajo se justifica considerando que con la Incorporación de un
Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, respecto a la atención
médica a las personas con discapacidad comprobada desde el primer mes de
aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se busca aplicar los
Derechos consagrados en la Constitución y así proteger a las personas con
discapacidad comprobada dando atención en el área de la Salud que tanto
necesitan la Ley Orgánica de Discapacidades en el Art. 19 - Derecho a la
salud.- El Estado garantizará a las personas con discapacidad el derecho a la
salud y asegurará el acceso a los servicios de promoción, prevención, atención
especializada permanente y prioritaria, habilitación y rehabilitación funcional e
integral de salud, en las entidades públicas y privadas que presten servicios de
salud, con enfoque de género, generacional e intercultural.
Desde este punto de vista la propuesta tiene valor científico y humanitario por
contribuir a mejorar la Legislación de Seguridad Social, lo que significa que es
de utilidad práctica cuando permite establecer el vacío en la Ley respecto a la
atención médica prioritaria e inmediata a las personas con discapacidad, desde
la primera aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
 Métodos y técnicas e instrumentos de investigación.
La Metodología, Técnicas y Herramientas a emplear en la investigación, como
la presente es de carácter Descriptivo y Bibliográfico, porque está dirigida a
como es y cómo está la situación de las variables, a la vez que es de aplicación
al ofrecer propuestas factibles para la situación del problema, por lo que se
emplean las siguientes.
9
 Métodos.
Inductivo, deductivo que una vez alcanzados los objetivos propuestos, nos
permita aplicarlos y esto ayudara a mejorar la prestación del servicio de salud
por parte del IEES.
Inductivo, porque analizaremos otros componentes respecto al tema de
investigación.
Deductivo, porque individualizaremos toda la estructura del perfil de
investigación para su futura aplicación.
Analítico- sintético, porque este método hará posible la comparación de todo
hecho, fenómeno, idea, caso, etc.
Histórico- lógico, porque analizaremos cronológicamente los hechos las
ideas del pasado comparándolas con hechos actuales.
Descriptivo- sistémico, porque se hará una observación actual de los
fenómenos y casos, en los que se procuró la interpretación nacional.
 Técnicas
Fichaje, se la utilizará con la finalidad de incluir datos escuchados, leídos o
combinados.
Observación directa, se la utilizará con mayor importancia porque se realizará
un trabajo de campo continúo determinándose las influencias que intervienen
en el fenómeno
Encuestas, se aplicarán a la muestra constituidas en las Entidades Públicas,
hospitales, centros de atención ambulatorios, subcentros, etc.
10
Entrevistas, se las realizará a las Entidades Públicas, hospitales, centros de
atención ambulatorios, subcentros, etc.
 Resumen de los capítulos de la tesis.
En el capítulo I.- Se encuentra el Marco Teórico en donde determina el origen
y evolución del tema, se presentan los conceptos científicos de diferentes
doctrinarios que hablan sobre la discapacidad y la falta de atención prioritaria e
inmediata a estas personas y conclusiones parciales.
En el capítulo II.- Se aborda el Marco Metodológico, partiendo desde las
características del sector, descripción del procedimiento metodológico,
propuesta de la investigación y las conclusiones parciales del capítulo.
Para finalizar encontraremos el capítulo III.- Denominado Marco Propositivo,
en donde se halla la propuesta de Reforma al Art. 107 de la Ley de Seguridad
Social e incorporando un Literal respecto a la atención en el área de la salud
para las personas con discapacidad, que sea desde su primera aportación al
Instituto de Seguridad Social.
 Elementos
de
novedad,
aporte
teórico,
significación
práctica.
La novedad científica del presente trabajo es el alcance que se pretende
llegar al presentar este Proyecto de Ley, proponiendo que la atención en el
área de la salud para las personas con discapacidad que están aportando al
Instituto de Seguridad Social sean atendidas desde su primera aportación en el
área de la salud, así mismo, con el presente Proyecto de Ley, se está
reconociendo Derechos constitucionales adquiridos, puesto que estas personas
son consideradas como grupo de atención prioritaria.
11
Como aporte teórico de este Proyecto de Ley, es el análisis profundo del
tema de investigación, de la problemática que se presenta por la falta de
atención médica inmediata y prioritaria por parte del Seguro Social y con este
aporte se conseguirá la incorporación de un literal en el artículo 107 de la Ley
de Seguridad Social.
La significación de la práctica es que con la incorporación de un literal al Art.
107 de la Ley de Seguridad Social, en el que se determine que los afiliados con
discapacidad, puedan ser atendidos desde el primer día de aportación, se
estaría garantizando y haciendo efectivos sus derechos de preferencia en la
atención a la salud, como grupo vulnerable en la sociedad.
Del presente trabajo de tesis, es que se determine y sancione la violencia y
despojo patrimonial de los bienes pertenecientes al adulto mayor, a fin de
garantizar sus derechos como grupo de atención prioritaria y vulnerable en el
Ecuador.
CAPITULO I
1 MARCO TEÓRICO.
El presente trabajo de investigación se enmarca en el estudio sobre los
“Grupos de Doble Vulnerabilidad y las atenciones médicas que otorga el
Instituto de Seguridad Social”, La presente propuesta está enfocada en la
reforma del artículo 107 de la ley de Seguridad Social, por cuanto no se han
tomado en cuenta a las personas con discapacidad y que aportan también al
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para que sean atendidas desde la
primera aportación que realicen a esta Institución, en caso de enfermedad y
así mismo que su atención sea inmediata y prioritaria, por ser considerados
personas de doble vulnerabilidad y de esta forma alcanzar los objetivos del
Plan Nacional del Buen Vivir (Sumak Kawsay), lo cual permite plantear,
formular y delimitar el problema, establecer los objetivos tanto general como
específicos y su justificación.
12
1.1
Origen y evolución del objeto de investigación.
1.1.1 La discapacidad y la evolución de los modelos: desde la
marginación hasta la inclusión
La historia de la discapacidad se empieza a entender de una forma dramática
desde la época de los antiguos griegos, específicamente en Esparta; donde los
bebés que nacían con algún tipo de discapacidad tanto física como intelectual
eran exterminados, costumbre que perduró durante muchos siglos. El filósofo
romano Lucio Séneca (4 a. de C. - 65 d. de C.) explica: ‘matamos seres
deformes y ahogamos a aquellos niños que nacen enfermizos, débiles y
deformados. No actuamos así por ira o enfado, sino guiándonos por los
principios del raciocinio: separamos lo defectuoso de lo saludable’.
El infanticidio formaba parte del llamado ‘modelo de la prescindencia o
negativo’: la discapacidad tendría su origen en causas religiosas, siendo un
castigo de los dioses.
También se consideraba que las personas con discapacidad transmitían
mensajes ‘diabólicos’, estas personas no merecían vivir y por lo tanto su
existencia era considerada innecesaria. Con posterioridad, durante la Edad
Media se mantuvo el modelo de presidencia sosteniéndose la concepción de
un origen sobrenatural para la discapacidad y se las internaban en forma
permanente, o debían vivir de la limosna, conformándose así el denominado
modelo de marginación.
El año de 1970 significó el comienzo de un nuevo acercamiento a la
discapacidad. Los derechos humanos de las personas discapacitadas
empezaron a gozar de una mayor aceptación internacional.
En el nuevo decenio, la Asamblea General adoptó dos de las principales
declaraciones en materia de discapacidad. La Declaración de los Derechos del
Retrasado Mental del 20 de diciembre de 1971 proporcionó un marco para la
13
protección de estos derechos mediante la adopción de medidas a nivel
nacional e internacional.
La Declaración afirmaba que las personas con retraso mental tienen, hasta
donde resulta factible, los mismos derechos que el resto de seres humanos,
incluyendo los derechos a atención médica y educación adecuadas, a
seguridad económica, a un tutor cualificado que cumpla los requisitos
estipulados, a la protección frente a la explotación y al acceso a procesos
judiciales. La Declaración afirmaba que, de ser posible, las personas con
retraso mental debían vivir con sus familias o con familias de acogida y
participar en los variados aspectos de la vida de la comunidad.
Esencialmente, la Declaración preparó el terreno para la futura adopción de un
conjunto completo de principios que finalmente fuesen dirigidos a integrar en la
sociedad a las personas discapacitadas.
La Declaración de los Derechos de los Impedidos, adoptada por la Asamblea
General el 9 de diciembre de 1975, fomenta la protección de estos derechos en
los niveles nacional e internacional. Se reconocía el hecho de que los
discapacitados debían gozar de los mismos derechos políticos y civiles que los
demás, incluyendo medidas que les permitiesen ser autosuficientes. La
Declaración reafirmaba los derechos de estas personas a la educación, a la
atención sanitaria y a servicios de colocación.
Además, reconocía su derecho a la seguridad económica y social, al empleo, a
vivir con sus familias, a participar en acontecimientos sociales y creativos, a
recibir protección frente a cualquier tipo de explotación, abuso o trato
degradante y a disponer de ayuda legal. Habiendo comprendido la necesidad
de fomentar la participación plena de los discapacitados en la vida social y en
el desarrollo de la sociedad, el 16 de diciembre de 1976 la Asamblea General
declaró el año 1981 Año Internacional de los Impedidos, y estableció que ese
14
año se dedicase a integrar plenamente a las personas discapacitadas en la
sociedad
1.1.2 Fundamentación Constitucional.
Para poder resaltar el primer epígrafe se ha considerado investigar los
siguientes temas constitucionales
1.1.2.1 De los Derechos Constitucionales.
Artículo. 1.- “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia,
social,
democrático,
soberano,
independiente,
unitario,
intercultural,
plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de
manera descentralizada.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la
autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas
de participación directa previstas en la Constitución.” (Constitucion de la
Republica del Ecuador, 2008)
En nuestro País el cambio de un Estado liberal como modelo constitucional a
un Estado constitucional de derechos y justicia social, trae como consecuencia
un cambio de cultura jurídica. En pocas palabras la Constitución es la esencia
garantista de los derechos, el cual crea una serie de acciones jurisdiccionales
para la protección de quienes habitan en el Estado.
Artículo. 3.- Son derechos primordiales del Estado:
“…1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos
establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en
particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua
para sus habitantes…” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008)
15
Todas las personas que conforman el Estado ecuatoriano están amparadas por
los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos
internacionales. Sin discriminación alguna. Para ejercer estos derechos los
podemos exigir, ante una autoridad competente a fin de que garantice el
cumplimiento de los mismos.
Artículo. 6.- “…Todas las ecuatorianas y ecuatorianos son ciudadanos y
gozarán de los derechos establecidos en la Constitución…” (Constitucion de la
Republica del Ecuador, 2008)
Como lo establece la Constitución todas las personas somos iguales y
gozaremos de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser
discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad
de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación
política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria,
orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física;
ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente,
que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce
o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El
Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real
en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de
desigualdad.
1.1.2.2 Del Derecho a la salud.
Artículo. 32.- “La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya
realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al
agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad
social, ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales,
culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin
exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral
16
de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de
salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad,
interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con
enfoque de género y generacional.” (Constitucion de la Republica del Ecuador,
2008)
El derecho a la salud obliga a los Estados a generar condiciones en las cuales
todos puedan vivir lo más saludablemente posible. Esas condiciones
comprenden la disponibilidad garantizada de servicio a la salud, condiciones de
trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos. El
derecho a la salud no se limita a estar sano.
Para poder vivir con dignidad es necesario estar sano y tener salud. Los
poderes públicos tienen el deber de crear los medios asistenciales y las normas
de protección hacia las personas así garantizar la vida.
1.1.2.3 De los Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria.
Artículo. 35.- “Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes,
mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de
libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta
complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos
público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en
situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato
infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial
protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad” (Constitucion
de la Republica del Ecuador, 2008)
En el presente artículo la Constitución del 2008, el Estado Ecuatoriano busca
atender prioritariamente a las personas que se encuentran en un estado
vulnerable, así como también busca brindar protección garantizando una
igualdad sin discriminación política económica, social, entre otras.
17
1.1.2.4 Declaración Universal de los Derechos Humanos.
“La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento
declarativo adoptado por la asamblea general de las naciones unidas. La unión
de esta declaración y los pactos internacionales de derechos humanos y sus
protocolos comprende lo que se ha denominado la carta internacional de
derechos humanos.
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la
Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor
de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y
se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de
vida dentro de un concepto más amplio de la libertad”. (Prohumana, 2011)
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión
política o de cualquier otra índole, origen nacional, social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica
o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa de una
persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo
administración fiduciaria.
1.2
Evolución legal de la discapacidad en los convenios Universales.
Existen antecedentes en la materia que aún no incorporaban los cambios
conceptuales introducidos por el modelo de vida independiente, pero que vale
la pena mencionar. La resolución número 3447 de la Asamblea General de las
Naciones Unidas del 9 de diciembre de 1975, denominada, “Declaración de los
Derechos de los Impedidos”, enuncia en su primer Artículo una definición de
“impedido” que es constante con la filosofía no superada por la legislación de
ese momento, que era definida por el modelo de Rehabilitación: “El término
18
impedido designa a toda persona incapacitada de subvenir por sí misma, en su
totalidad o en parte, a las necesidades de una vida individual o social normal a
consecuencia de una deficiencia, congénita o no, de sus facultades físicas o
mentales”.
Sin embargo, el nuevo panorama que se nutre de la tesis sobre la discapacidad
que desarrolla el paradigma de autonomía personal, hizo necesaria una acción
más decidida por parte de los organismos internacionales dedicados a la
promoción de los Derechos Humanos, a fin de que los estados iniciaran o
fortalecieran los procesos internos de protección de esta minoría. Sobre esta
línea de pensamiento, la Organización de las Naciones Unidas, en la figura de
su Asamblea General, aprueba el “Programa de Acción Mundial para las
Personas con Discapacidad”, resolución número 3752, del 3 de diciembre de
1982, que en su objetivo claramente expresa los principios que con urgencia
deben ser promovidos por los Estados Miembros de la Organización.
 Objetivos:
El propósito del Programa de Acción Mundial para las Personas con
Discapacidad es promover medidas eficaces para la prevención de la
discapacidad y para la rehabilitación y la realización de los objetivos de
igualdad y de plena participación de las personas con discapacidad en la vida
social y el desarrollo social y económico. Estos principios deben aplicarse con
el mismo alcance y con la misma urgencia en todos los países,
independientemente de su nivel de desarrollo.
El apartado de antecedentes del Programa de Acción Mundial para las
Personas con Discapacidad destaca las dimensiones del problema y reconoce
la importancia de que éste, por cierto, nada pequeño colectivo, tenga mejores
condiciones de vida en igualdad con sus semejantes.
 Antecedentes:
19
Hay en el mundo más de 500 millones de personas con discapacidad, a las que
se les debe reconocer los mismos derechos y brindar iguales oportunidades
que a todos los demás seres humanos. Con demasiada frecuencia, estas
personas han de vivir en condiciones de desventaja debido a barreras físicas y
sociales existentes en la sociedad, que se oponen a su plena participación. El
resultado es que millones de niños y adultos del mundo entero arrastran a
menudo una existencia marcada por la segregación y la degradación.
Se admite en este texto, probablemente por primera vez en uno de su
categoría, que es el entorno el que impone barreras y limitaciones para que
esta población pueda disfrutar a plenitud de sus derechos, lo que representa ya
un avance en la forma en que la legislación comienza a incorporar el nuevo
pensamiento elaborado por la doctrina.
Otra evidencia sobre el cambio que trata de promover la normativa
internacional a la luz de las ideas del emergente modelo de vida independiente,
tiene que ver con la toma de conciencia de la colectividad, sobre la importancia
y la necesidad que exista y se respete la diversidad entre las personas, con un
claro reconocimiento de que la discapacidad no es una enfermedad, ni un
problema, sino que se trata de una condición de algunos individuos, como lo
puede ser cualquier otra, que cobra mayor o menor importancia cuando el
entorno no respeta las necesidades especiales de las personas que pertenecen
a esta agrupación, poniéndolas así en una situación de desigualdad, o
desventaja. Este es un factor determinante para el éxito de este movimiento
social.
Es ilustrativo de este naciente respeto a la diversidad en el tema de la
discapacidad recoger lo apuntado por documento de la ONU en su comentario,
el cual expresa “Las personas con discapacidad no forman un grupo
homogéneo. Por ejemplo, las personas con enfermedad o deficiencias
mentales, visuales, auditivas o del habla, las que tienen movilidad restringida o
las llamadas deficiencias médicas: todas ellas se enfrentan a barreras
20
diferentes de índole diferente y que han de superarse de maneras de
diferentes”.
Como ejemplo de este renovado esfuerzo por crear normas que protejan a este
colectivo se citan sin pretender ser exhaustivos, los siguientes documentos:
-Convenio sobre la readaptación profesional y empleo de (personas
invalidas), C159, de la Conferencia General de Organización Internacional del
Trabajo adoptado en Ginebra, Suiza, el 20 de junio de 1983.
-Principios para la protección para los enfermos mentales y el
mejoramiento para la atención de la salud mental, emitidos por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en resolución número 46119 el 17 de
diciembre de 1991.
Vale la pena retomar una vez más, los avances conceptuales que introduce el
modelo de autonomía personal, el cual como ya se explicó, abandona la idea
de que la discapacidad reside en el individuo y que por tanto este debe ser
integrado a las dinámicas sociales, para centrar la discusión en las relaciones
del entorno con esta población, de lo cual se ocupa la Organización mundial de
la Salud, cuando modifica dentro de la definición de discapacidad el último de
sus componentes la –minusvalía- y lo remplaza por el de “desventaja” el cual
define como “La situación de un individuo con una deficiencia o discapacidad a
quien se le discrimina o limita en su desarrollo como integrante de una
sociedad”.
Se transcribe el artículo 1, que introduce la obligación de los Estados firmantes
a promover medidas para que las sociedades tomen mayor conciencia sobre la
temática de la discapacidad: “1.- Toma de conciencia. Los Estados deben
adoptar medidas para hacer que la sociedad tome mayor conciencia de las
personas discapacitadas, sus derechos, sus necesidades, sus posibilidades y
su contribución” y en sus Art. 2.- Se refiere a la obligación de los Estados de
prestar y garantizar la prestación de atención médica a este colectivo. En el
21
mismo sentido el Art. 3.- dedica su texto a establecer la responsabilidad de los
Estados en garantizar la existencia y prestación de servicios de rehabilitación a
las personas con discapacidad. En su artículo 7 Empleo. - Los Estados deben
reconocer el principio de que las personas con discapacitadas deben estar
facultadas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con
discapacidad para ejercer sus derechos humanos, en particular en materia de
empleo. Tanto en las zonas rurales, como en las zonas urbanas debe haber
igualdad de oportunidades para obtener un empleo productivo y remunerado en
el mercado de trabajo.
1.2.1 La Discapacidad en América
En el caso del sistema interamericano de Derechos Humanos, se inician
conversaciones para incorporar la temática en los cuerpos legales de la región.
De este modo, el 5 de junio de 1996, se aprueba en Panamá, por resolución
número 136, el documento que denominó “Compromiso de Panamá con las
personas con discapacidad en el Continente Americano”.
En este acuerdo, los Estados parte de la Organización asume y ratifican una
serie de compromisos con esta agrupación, de ese modo ya en el
considerando del documento se puede leer:
TENIENDO EN CUENTA que la discapacidad puede dar origen a situaciones
de discriminación, por lo que resulta necesario propiciar el desarrollo de
acciones y medidas que permitan mejorar sustancialmente la situación de las
personas con discapacidad en el Hemisferio; CONSIDERANDO que en la
Declaración de Principios de la cumbre de las Américas, los Jefes de Estado y
de Gobierno, reunidos en Miami en 1994, declararon que “resulta inaceptable
que algunos sectores de nuestras poblaciones se encuentren marginados y no
participen plenamente de los beneficios del desarrollo”, y plantearon como
objetivo “mejorar la satisfacción de las necesidades de toda población,
especialmente de las mujeres y o grupos más vulnerables, incluido las
poblaciones indígenas, los discapacitados, los niños, los ancianos y las
minorías”.
22
RECORDANDO que el Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre
los Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, “Protocolo de San Salvador”, reconoce el derecho de toda persona
afectada por una discapacidad física o mental “a recibir una atención especial
con el fin de alcanzar el máximo desarrollo de su personalidad”.
Ya en el cuerpo del documento se leen acuerdos como los que se destacan a
continuación:
1.- Destacar su compromiso de intensificar los esfuerzos en favor de las
personas con discapacidad.
2.- Manifestar su más firme y decidido compromiso con la defensa y promoción
de los Derechos Humanos a las personas con discapacidad y la necesidad de
que se mejoren los servicios y se ofrezcan mayores oportunidades para las
personas con discapacidad en el continente americano.
3.- Recomendar a los Estados miembros que, dentro de sus posibilidades,
intensifiquen sus esfuerzos a fin de crear oportunidades equitativas para las
personas con discapacidad en los servicios de salud, educación y capacitación,
así como oportunidades de empleo y de vida independiente y, en general,
facilidades para que se integren y contribuyan plenamente a la sociedad en
forma productiva.
En 1999, el 7 de junio, se suscribe la denominada “Convención Interamericana
para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad”, Resolución número 1608 de la Asamblea General de los
Estados Americanos, reunida en Guatemala.
Este documento, que representa la culminación de un lento, arduo, pero
ineludible proceso para consagrar en una norma de carácter regional, el
pensamiento más actual y vanguardista sobre el tema de los Derechos
Humanos de las personas con discapacidad, así como de las obligaciones que
competen a los gobiernos en el proceso, que recién inicia, de consolidación
23
legal de estos derechos al interior de las naciones miembros de la
Organización; comienza en su considerando a reseñar la mayoría de las
normas que aquí se han comentado y que contribuyen sin pretender ser
exhaustivas, el marco general sobre la tutela internacional, sobre los derechos
de esta población.
En su artículo 1 Discapacidad. El término “Discapacidad” significa una
deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o
temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales
de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico
y social.
1.2.2 Derechos Humanos de las personas con discapacidad, realidad o
quimera.
Habida cuenta de la escaza información disponible –como estadísticas,
literatura y estudios en general- sobre el tema de la discapacidad y de la
situación real de este colectivo, (hecho que debe llamar la atención, debido a
que es un indicador que permite vislumbrar el abandono que por parte de los
gobiernos, padece este colectivo), se decidió a modo de cierre, dejar planteada
la envergadura de la problemática y los retos que implica para los distintos
países de la región,
haciendo especial énfasis en la realización de los
derechos a la educación, al trabajo y a la salud. Para finalizar se plantean
algunos aspectos o temas no resueltos, con el propósito de estimular a la
reflexión del lector y eventualmente al debate de ideas sobre el tema, en los
foros que se logre construir para tal efecto, sobre posibles mecanismos que
funciones como aceleradores del proceso de disfrute efectivo de los derechos
de esta población.
No es que la Convención no sirva o que no tuvo sentido su adopción, pues
sería muy miope y ortoplacista sostener semejante postura. Además, sería un
absurdo desconocimiento sobre la extensa legislación internacional que
sustenta los postulados de esta. Falta esperar a que la Ley empiece a
24
cumplirse y a dar sus frutos, es decir, a convertirse en vivencia diaria, en
actitud colectiva, en respeto consiente, pasar de la letra a la práctica cotidiana.
Para llegar a este ideal no resulta suficiente afirmar que las personas con
discapacidad ya tienen sus derechos garantizados. Lo necesario, con carácter
de urgencia, además de una tutela efectiva al interior de cada país (donde los
tribunales
de
justicia
pueden
sentar
precedentes
significativos,
con
mecanismos más expeditos para tal efecto), es decir que exista un cambio de
mentalidad en todas las personas, pero especialmente con las que no conviven
con esta realidad ya que estas tienen una percepción negativa o distorsionadas
con las personas con discapacidad, producto del desconocimiento al no
enfrentar esta situación a diario, o hacerlo a través de los prejuicios heredados,
imperantes aun en la conciencia colectiva.
Para este cambio de mentalidad solo existe una salida que es la convivencia.
No se puede hablar de lo que no se conoce, no se puede pensar en respeto
sino se practica, es urgente que se construyan en todos los espacios familiares,
comunales, políticos y sociales en general oportunidades de encuentro entre
las personas, sin distingo y sin que sus condiciones particulares sean motivo de
discriminación.
En el campo del respeto al acceso a la salud, en las situaciones de desatención
no parecen existir soluciones en el corto plazo, para romper con el abandono
en que se encuentran las personas con discapacidad, que viven, o mejor dicho
sobreviven, en las zonas rurales, pues los servicios médicos y de rehabilitación
no están en condiciones de suministrar cobertura suficiente en la zona lejana a
los centros de población, donde son deficientes. Uno de los problemas más
alarmantes en la actualidad es el acceso oportuno de la población a la salud,
que se agravan si se revisan las pobres condiciones de accesibilidad con que
cuentan estos servicios en la región.
Más grave resulta admitir que más allá de las limitaciones de cobertura, existen
otras en el orden de la carencia casi total de políticas institucionales y de
planificación, que permitan la inversión de recursos humanos y financieros por
25
parte de las instituciones que hoy administran estos servicios de manera
insuficiente y oportuna, para atender adecuadamente las necesidades de un
colectivo que representa un altísimo porcentaje de la población. Dichas
limitaciones crecen día con día producto de la inconciencia de muchos, que
consideran la discapacidad como un fenómeno aislado y lejano a ellos, y que
desconocen que las principales causas de la existencia de una población de
personas con discapacidad no son las enfermedades ni las causas genéticas
hereditarias sino los accidentes de tránsito y de índole laboral, así como la
guerra y otros desordenes civiles que padece a región.
El efecto de la marginación de las personas con discapacidad tiene
consecuencias que van más allá de las dificultades que afronta cada individuo
inmerso en esta situación para salir adelante, e incluso van más allá de las
limitaciones que sufre cada familia que convive con esta realidad. El fenómeno
social de la discapacidad incide en todos los campos del quehacer humano y
de este efecto no se puede excluir los indicadores económicos de cualquier
país. La discapacidad ha sido, en la mayoría de las ocasiones, hermana de la
pobreza, pues las personas que se encuentran en esta situación tienen
enormes dificultades para conseguir un trabajo digno, en parte por la poca
educación a la que han tenido acceso, producto de la realidad que se describe
y, por otra parte, debido a la negativa fundada en prejuicios heredados e
injustificados de los empleadores que no han querido darles la oportunidad de
demostrar sus capacidades y cualidades. El derecho al trabajo en esta región,
está inmersa en la corriente de la globalización, enfrenta un panorama tan o
más oscuro que los otros derechos, denominados de la segunda generación, o
derechos económicos, sociales y culturales, de estas poblaciones vulnerables,
si los Estados no actúan de inmediato adoptando medidas que garanticen esas
opciones de trabajo, muy por encima de la rentabilidad y productividad de los
negocios, dioses estos de la nueva y deshumanizada economía mundial.
26
1.2.3 Los Derechos Humanos para las personas con discapacidad en el
Ecuador.
A partir del año 2007, el Estado Ecuatoriano marca cambios para la garantía de
derechos de las personas con discapacidad con la generación de un marco
normativo especializado, definición de políticas públicas, crea y organiza nueva
institucionalidad, define competencias específicas en las áreas de salud,
educación, empleo, accesibilidad, capacitación, política tributaria. “La Misión
Solidaria “Manuela Espejo” efectuó 825.576 atenciones médicas a personas
con discapacidad, se realizaron 21.062 consultas de genetistas y 35.257
consultas de otros especialistas. Asimismo, se registraron 26.095 casos de
personas con discapacidad en situación crítica, aquellos en los que es urgente
la atención del Estado” Para cumplir con estos mandatos constitucionales el
MIES define su nuevo modelo de gestión con la finalidad de impulsar la
inclusión económica y social para las personas con discapacidad y sus familias,
desde un enfoque basado en la persona, potenciando las capacidades de
afecto, contención y conocimiento de sus familia y promoviendo el concepto de
comunidad inclusiva, recupera su rol rector, define políticas de calidad y
universalidad para sus servicios, en un sistema desconcentrado de servicios
sociales.
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, ratificada por el Ecuador en el año 2008, es el resultado de
muchos años de lucha por los derechos de las personas con discapacidad. Fue
elaborada con la activa participación de gobiernos, organizaciones de derechos
humanos, ONG`s y, sobre todo, organizaciones de personas con discapacidad.
Su propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones
de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por
todas las personas con discapacidad, además de promover el respeto de su
dignidad inherente.”
27
Los principios generales de la Convención, mencionados en el Artículo 3, son
los siguientes:
- El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad
de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
- La no discriminación;
- La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
- El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad
como parte de la diversidad y la condición humana;
- La igualdad de oportunidades;
- La accesibilidad;
- La igualdad entre el hombre y la mujer;
- El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con
discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.
La Constitución de la República del año 2008, en sus Arts.11, 47, 48 y 49
garantizan la protección y desarrollo integral de las personas con discapacidad
y sus familias; posiciona a la planificación y a las políticas públicas como
medios para lograr los objetivos del Buen Vivir. Además, establece como
objetivos el propiciar la equidad social y territorial, promover la igualdad en la
diversidad, garantizar derechos y concertar principios rectores de la
planificación del desarrollo.
El Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017 plantea mejorar la calidad de
vida de las personas con discapacidad de acuerdo a los siguientes objetivos:
28
1) Auspiciar la igualdad, la cohesión y la integración social y territorial en la
diversidad; 2) Mejorar las capacidades y potencialidades de la población;
3)
Mejorar la calidad de vida de la población; 4) Garantizar los derechos de la
naturaleza y promover un ambiente sano y sustentable ; 5) Garantizar el trabajo
estable, justo y digno, en su diversidad de formas ; 6) Construir y fortalecer
espacios públicos, interculturales y de encuentro común; 7) Garantizar la
vigencia de los derechos y la justicia; 8) Garantizar el acceso a la participación
pública y política; 9) Consolidar la transformación del Estado para el buen vivir.
La gestión del MIES se guía por los siguientes principios: Igualdad, inclusión y
equidad, universalidad, integralidad y corresponsabilidad.
La Ley Orgánica de Discapacidades define a la persona titular de derechos en
los siguientes términos:
“Para efectos de esta Ley se considera persona con discapacidad a toda
aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales,
intelectuales
o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera
originado, ve restringida permanentemente en al menos un treinta por ciento
(30%) su participación o limitada su capacidad biológica, sicológica y asociativa
para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria”. (Art.6).
Por otra parte, el Artículo 86 de la Ley Orgánica de Discapacidades, entre
otros, determina que las personas con discapacidad tienen derecho a la
protección y promoción social por parte del Estado, que les permita el máximo
desarrollo de su personalidad, fomento de autonomía y la disminución de la
dependencia.
El Ministerio de Inclusión Económica y Social en cumplimiento al Mandato
Constitucional y la Ley Orgánica de Discapacidades define a través del
Estatuto Orgánico por Procesos, mediante Acuerdo Ministerial No. 000154, de
8 de enero de 2013, su nuevo modelo de gestión y en su estructura
institucional conforma la Subsecretaría de Discapacidades con las Direcciones
29
de Inclusión Social, de Prestación de Servicios y de Familia, siendo la misión
de la Dirección de Prestación de Servicios: “ Contribuir a la inclusión social de
las personas con discapacidad y sus familias, a través de la prestación de
servicios”. El 10 de enero de 2013, se pública la Norma Técnica, con Acuerdo
Ministerial No. 000163 que regula y viabiliza los procesos de implementación y
funcionamiento de los servicios y modalidades de atención para las personas
con discapacidad, con la finalidad de operativizar y homogenizar la prestación
de servicios para este grupo de atención prioritaria a través de las siguientes
modalidades:
Centros diurnos de cuidado y desarrollo integral para personas con
discapacidad.
Centros de referencia y acogida inclusivos para el cuidado de personas con
discapacidad en situación de abandono; y, Atención en el hogar y la
comunidad.
1.2.4 Situación actual de las personas con discapacidad: Contexto
Nacional e Internacional.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó en el año 2011 el Informe
Mundial sobre la Discapacidad. La importancia de este documento está en que
se reúnen datos de personas con discapacidad de todo el mundo por primera
vez.
Se espera que, en años futuros, las cifras de personas con discapacidad
aumenten,
derivadas
de
enfermedades
como
diabetes,
problemas
cardiovasculares, cáncer o trastornos mentales.
Diez cuestiones básicas que el informe destaca sobre discapacidad:
Más de 1.000 millones de personas tienen algún tipo de discapacidad.
Alrededor del 15% de la población mundial "tiene grandes dificultades para vivir
30
normalmente" y cada vez serán más debido al envejecimiento de la población y
el aumento de las enfermedades crónicas.
Las poblaciones vulnerables son las más afectadas, pero no las únicas, los
países de ingresos bajos registran una mayor prevalencia, sobre todo, entre las
niñas, niños, mujeres, adultos mayores, y los adultos en condición de pobreza.
Las personas con discapacidad reciben a menudo una atención sanitaria
escasa.
La mitad de las personas con discapacidad no puede pagar los servicios de
salud, reciben peor trato e incluso se les niega la atención.
Los niños y niñas con discapacidad tienen menos probabilidades de acudir a la
escuela, sobre todo en los países más pobres.
El desempleo es más frecuente. Las tasas de empleo son más bajas para los
hombres con discapacidad (53%) y las mujeres con discapacidad (20%).
Aumenta la vulnerabilidad a la pobreza. Alimentación insuficiente, vivienda
precaria, falta de acceso a agua potable y saneamiento son situaciones
habituales entre las personas con discapacidad, en especial, en países
empobrecidos.
Los ingresos también son más bajos, ya que deben abonar la atención médica
o la asistencia personal.
En nuestro país se han dado varias aproximaciones a la situación de las
personas con discapacidad. La población del Ecuador es de 14.483.499
personas, de las cuales el 5.6% de la población ecuatoriana presenta algún tipo
de discapacidad (INEC-CENSO2012), es decir más o menos alrededor de
815.900 personas, de los cuales 48,4% son hombres y 51,6% son mujeres. En
31
el siguiente cuadro se visualiza el porcentaje de discapacidad por provincia de
acuerdo al INEC-Censo 2010:
De acuerdo a los datos del CONADIS (Consejo Nacional de Discapacidades) el
número de personas con discapacidad carnetizadas es de 352.517 personas,
con discapacidad, de las cuales 119.000 reciben el bono de desarrollo humano,
distribuidas por provincias según el siguiente gráfico:
ID
TOTAL
PROVINCIA
PROVINCIA
PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
1
AZUAY
25339
2
BOLIVAR
5528
3
CAÑAR
6341
4
CARCHI
4995
5
COTOPAXI
8882
6
CHIMBORAZO
11917
7
EL ORO
17347
8
ESMERALDAS
12295
9
GUAYAS
78862
10
IMBABURA
9468
11
LOJA
12887
12
LOS RIOS
16858
13
MANABI
41370
14
MORONA SANTIAGO
4003
15
NAPO
3689
16
PASTAZA
2364
17
PICHINCHA
50253
18
TUNGURAHUA
9967
19
ZAMORA CHINCHIPE
3207
20
GALAPAGOS
273
21
SUCUMBIOS
4709
22
ORELLANA
4521
32
23
SANTO DOMINGO DE 9260
LOS TSACHILAS
24
SANTA ELENA
8356
total
352.517
Fuente: CONADIS - PPS – RIPS 2013
Las provincias con mayor número de personas con discapacidad son las dos
más pobladas: Guayas y Pichincha, le sigue en prevalencia la región
amazónica.
Dentro de la caracterización de las personas con discapacidad es importante
tomar en cuenta que dentro de esta población existen grupos que se
encuentran en los diferentes niveles de pobreza (extrema pobreza; bajo la línea
de pobreza; y sobre la línea de pobreza), en el siguiente cuadro se muestra el
número de personas con discapacidad en los dos niveles de pobreza.
1.2.5 Análisis de las personas con discapacidad
La Organización Mundial de la Salud define la “Discapacidad es un término
general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las
restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a
una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son
dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la
participación son problemas para participar en situaciones vitales”.
Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una
interacción entre las características del organismo humano y las características
de la sociedad en la que vive.
33
El Estado reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente
equilibrado.
Los
derechos
fundamentales
también
denominados derechos naturales, libertades personales, derechos humanos,
se configuran desde el siglo XXI, impulsados por la Revolución Francesa y
Revolución Norteamericana. (Zumárraga, 1996)
Se los denomina derechos fundamentales porque pertenecen al ser humano,
son intrínsecos a la naturaleza humana, anteriores a la existencia misma del
Estado, y por lo tanto, este no los otorga. En Ecuador los derechos
fundamentales son reconocidos por la Constitución y por el orden jurídico
internacional en los tratados internacionales. (Zumárraga, 1996)
Es muy importante que se tenga en cuenta cada uno de los derechos, los
niveles de obligaciones del Estado, son tres; garantizar, proteger y promover.
Los derechos son garantizados en cuanto a que el Estado debe intervenir, a
este tipo de derechos laborales y sociales para la prestación de servicios, el
reconocimiento de estos derechos implica las obligaciones positivas, que el
Estado tiene que hacer o realizar. El derecho real es el que tenemos sobre una
cosa sin respecto a determinada persona.
1.2.6 Del Seguro Social Obligatorio.
1.2.6.1 Definición y Concepto del Seguro Social Obligatorio
El Dr. Otto Von Bismarck, en su Manual de Derecho al Seguro Social
Obligatorio, define el significado del término Seguro Social de la siguiente
forma, “seguro, proviene del latín y más exactamente del vocablo securus
que puede traducirse como “tranquilo”. Se trata de un adjetivo fruto de la
suma del prefijo y del sustantivo cura que es sinónimo de “cuidado o
preocupación”.
34
“La segunda palabra de este término, social, también tiene su origen
etimológico en el latín. En su caso procede del nombre socius que puede
determinarse que significa compañero”. (Bismarck, 2005)
Para el Dr. Augusto Valenzuela en su obra “El Seguro Social como programa
de protección” manifiesta que el Seguro Social Obligatorio “es un programa
que financia o administra el gobierno para satisfacer las necesidades
básicas de las personas sin recursos. Por lo general suelen estar
dirigidos a quienes viven en condiciones de pobreza, a las familias
numerosas, grupos de atención prioritaria como mujeres embarazadas,
niños, personas discapacitadas y ancianos”. (Valenzuela, 2000).
En conclusión, podemos determinar que el término de Seguridad Social
Obligatorio es bastante amplio y abarca todo aquello que en una primera
aproximación implica un ideal de bienestar colectivo, en términos generales. Se
refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la
protección social o a la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas,
como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con
niños, mujeres en estado de embarazo, ancianos y entre otras.
1.2.7 Régimen general de la Seguridad Social.
Según nuestra Carta Magna la Ley de Seguridad Social sea en el ámbito
público y universal, no podrá privatizarse y atenderá las necesidades
contingentes de la población. La protección de las contingencias se hará
efectiva a través del seguro universal obligatorio y de sus regímenes
especiales.
Art. 34.- “El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas
las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La
seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad,
universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y
35
participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas.
(Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008)
El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la
seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no
remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo,
toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de
desempleo.” (Constitucion de la Republica del Ecuador, 2008)
Para Tena Suck e Italo Morales, en su obra “Nuevos Rumbos de la Seguridad
Social”, “manifiestan que el sistema del Seguro Social como instrumento de
orden público, quedan obligados mediante una cuota o prima que cubren los
patrones, los trabajadores y el Estado, a entregar al asegurado o beneficiarios,
una pensión o subsidio, cuando se realizan algunos de los siniestros o riesgos
que protege o ampara, así como también cubrir con todos los gastos médicos
desde su afiliación”. (Suck, 2010)
El Dr. Otto Von Bismarck, en su Manual de Derecho al Seguro Social
obligatorio
nos
dice:
“Que
la
Seguridad
Social
son
instituciones
gubernamentales encargadas de proporcionar prestaciones económicas y de
salud, así como servicios sociales para satisfacer las necesidades básicas de
la sociedad civil a fin de suministrar su buen vivir de la población”. (Bismarck,
2005)
En el art. 1 de la Ley de Seguridad Social textualmente expresa “…el Seguro
General Obligatorio forma parte del sistema nacional de Seguridad Social y,
como tal su organización y funcionamiento se fundamentan en los principios de
solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y
suficiencia…” (Ley de Seguridad Social , 2012)
El Seguro Social Obligatorio, se extenderá a toda la población urbana y rural,
con independencia de su situación laboral. Las prestaciones para las personas
36
que realizan trabajo doméstico no remunerado y tareas de cuidado se
financiarán con aportes y contribuciones del Estado.
Por lo tanto, podemos concluir que el régimen general de la Seguridad Social
tiene como margen beneficiar en igualdad de condiciones a sus afiliados
principales en los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad,
equidad, eficiencia, subsidiariedad como medios para alcanzar el Buen Vivir.
Así mismo el sistema de Seguridad Social comprenderá las entidades públicas,
normas, políticas, recursos, servicios y prestaciones de seguridad social, y
funcionará con base en criterios de sostenibilidad, eficiencia, celeridad y
transparencia. El Estado norma, regula y controla las actividades relacionadas
con la Seguridad Social.
1.2.8 Derecho a la Seguridad Social.
Los sujetos obligados a solicitar la protección del Seguro General Obligatorio,
en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la
ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con
relación laboral o sin ella; en particular como el trabajador en relación de
dependencia, el trabajador autónomo, el profesional en libre ejercicio, el
administrador o patrono de un negocio, el dueño de una empresa unipersonal,
el menor trabajador independiente; y los demás asegurados obligados al
régimen del Seguro General Obligatorio en virtud de leyes y decretos
especiales. (www.iess.gob.ec, 2013)
Son sujetos obligados a solicitar la protección del régimen especial del Seguro
Social Campesino, los trabajadores que se dedican a la pesca artesanal y el
habitante rural que labora habitualmente en el campo, por cuenta propia o de la
comunidad a la que pertenece, que no recibe remuneraciones de un empleador
público o privado y tampoco contrata a personas extrañas a la comunidad o a
terceros para que realicen actividades económicas bajo su dependencia.
(www.iess.gob.ec, 2013)
37
El Derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable el cual todas las
personas que ingresen a formar parte de un trabajo remunerado y que se
encuentren en zona rural (campo) tendrá los beneficios a ser atendido en su
salud integral.
El Art. 33 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que el trabajo
es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización
personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas
trabajadoras
el
pleno
respeto
a
su
dignidad,
una
vida
decorosa,
remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable
y libremente escogido o aceptado.” (Constitucion de la Republica del Ecuador,
2008)
El trabajo en nuestro Estado es garantizar un sustento económico para la vida
y su bienestar social, el hombre como ser humano tiene una actividad y por lo
tanto está haciendo uso de su cuerpo mente y alma, para que el trabajo sea
eficaz necesitamos estar bien de salud, ya que de ahí parte el estado de ánimo
para realizar una actividad laboral, el Estado tratando de unir estos dos
elementos, establece medidas para una seguridad social
1.2.9 Sujetos de protección de la Seguridad Social.
Son sujetos obligados a solicitar la protección del Seguro General Obligatorio,
en calidad de afiliados, todas las personas que perciben ingresos por la
ejecución de una obra o la prestación de un servicio físico o intelectual, con
relación laboral o sin ella, en particular:
a) El trabajador con relación de dependencia
b) El trabajador autónomo
c) El profesional en libre ejercicio
38
d) El administrador o patrono de un negocio
e) El dueño de una empresa unipersonal
f) El menor trabajador independiente; y,
g) los demás asegurados obligados al régimen del Seguro General
Obligatorio. En virtud de leyes y decretos especiales.” (Ley de Seguridad
Social, 2015)
Son afiliados al Seguro Social todas las personas quienes aportan a la
institución para lo cual pueden ser personas con relación de dependencia o
personas que aporten de forma voluntaria, amas de casa y servicio doméstico
que deseen ser atendidos a los beneficios del IESS.
1.2.10 Riesgos cubiertos por el Seguro Social Obligatorio.
El Seguro General Obligatorio protegerá a sus afiliados contra las
contingencias que afectan su capacidad de Trabajo y la Obtención de un
Ingreso Acorde con su actividad habitual en los casos de:
a) Enfermedad;
b) Maternidad;
c) Riesgos del trabajo;
d) Vejez muerte e invalidez que incluye discapacidad; y
e) Cesantía.
39
El Seguro Social Campesino ofrecerá prestaciones de salud y, que incluye
maternidad, a sus afiliados, y protegerá al Jefe de familia contra las
contingencias de vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad.
Para los efectos del Seguro General Obligatorio, la protección contra la
contingencia de discapacidad se cumplirá a través del seguro de invalidez.
(www.iess.gob.ec, 2015)
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social tiene la misión de proteger a la
población urbana y rural con relación de dependencia laboral o sin ella contra
las
contingencias
de
Enfermedad
maternidad
Riesgos
del
Trabajo,
discapacidades, cesantía, invalidez, vejez y muerte. Además, cuenta como es
una aseguradora moderna Técnica y sencilla orientada a conseguir
prestaciones suficientes, oportunas, y de calidad que satisfagan y superen las
expectativas de sus afiliados.
La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a
toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer
estados de necesidad. El Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales
que garanticen el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como
el de la sanidad, salud y en general todo el espectro posible de la seguridad
social.
1.2.11 Beneficiarios al IESS.
El Dr. Augusto Valenzuela en su obra “El Seguro Social como programa de
protección” “Establece que en la actualidad las redes de protección social
deben estar orientadas a programas diseñados para brindar apoyo focalizado
del ingreso y acceso a servicios sociales básicos a los grupos más pobres de la
población y/o aquellos que necesitan asistencia después de depresiones
económicas, desastres naturales u otras situaciones que representen riesgos
mayores”. (Valenzuela, 2000)
40
Son beneficiarios al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS:
El
trabajador con relación de dependencia, el trabajador autónomo, el profesional
en libre ejercicio, el administrador o patrono de un negocio, el dueño de una
empresa unipersonal, el menor trabajador independiente; y los demás
asegurados obligados al régimen del Seguro General Obligatorio.
Sin ninguna discriminación, los hijos de los afiliados tienen derecho a la
protección de salud desde los cero hasta los 18 años. El afiliado que requiere
atención para su hijo debe acreditar por lo menos tres meses de aportación
continua antes de acceder a la atención.
1.3
Conclusiones parciales del capítulo.
Luego de haber realizado la presente investigación he llegado a las siguientes
conclusiones:
 Que los derechos constitucionales y los que constan en los Instrumentos
Internacionales de Derechos Humanos, serán de directa e inmediata
aplicación. Y da múltiples privilegios a grupos de atención prioritaria de
doble vulnerabilidad.
 Que la Seguridad Social es un derecho irrenunciable de todas las
personas, y será y debe ser un deber y responsabilidad primordial del
Estado.
 Que la Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que
le asiste a toda persona para acceder a una protección básica para
satisfacer estados de necesidad.
 Que es necesario reformar el artículo 107, de la Ley de Seguridad Social
vigente, ya que se encuentra restringiendo los derechos primordiales de
las personas que se encuentran en un estado de doble vulnerabilidad.
41
 Que nuestra Ley de Seguridad Social, está siendo muy rígida respecto al
tiempo de espera que tienen que pasar los afiliados al seguro general
vulnerando así uno de los derechos constitucionales.
42
CAPÍTULO II
2 MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA
PROPUESTA.
Mediante el desarrollo de este capítulo, se establece y se utiliza la metodología
y sus instrumentos más adecuados para el desarrollo del presente trabajo
investigativo de tesis.
2.1
Caracterización del problema seleccionado para la investigación.
A fin de profundizar más el tema investigativo, se procedió a concurrir al
Hospital de IESS de Santo Domingo, así como al Centro de Atención
Ambulatoria de esta Jurisdicción, el cual manifestaron que no se podía negar la
atención a ningún afiliado siempre y cuando calificara con el derecho a la
atención, es decir que cumpla con las aportaciones requerida en la Ley de
Seguridad Social.
43
También se mencionó sobre la atención de las personas afiliadas con
discapacidad, el cual manifestaron que de igual forma tienen que cumplir con
las aportaciones requeridas.
La Carta Fundamental ecuatoriana establece que todas las personas,
comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y por lo tanto
gozarán de los derechos establecidos y garantizados en la Constitución de la
República y en los Instrumentos Internacionales. Para poder ejercer los
derechos que nos merecen los podemos promover y exigir ya sea de forma
individual o colectiva, ante las autoridades competentes y dichas autoridades
deben garantizar el cumplimiento de los mismos, es importante recalcar que en
nuestro país no hay discriminación para ninguna persona ya que todas las
personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y
oportunidades, los derechos que se establecen en la Constitución y en los
instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e
inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público
administrativo, que es nuestro caso, estos derechos se los puede aplicar de
oficio, es decir por acción de la autoridad competente o a petición de parte, que
es la actuación del interesado titular del derecho, para el ejercicio de las
constitucionales, no se podrán exigir condiciones o requisitos que no se
encuentren estipulados en nuestra carta magna o en la Ley, las garantías a las
que nos estamos refiriendo deben ser justificadas y no se podrá alegar falta de
norma jurídica para justificar cualquier violación o desconocimiento, para
desechar dicha acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento,
sabemos que ninguna norma podrá restringir el contenido de los derechos ni de
las garantías constitucionales ya que todos los principios y garantías son
inalienables, irrenunciables, indivisibles, independientes y de igual jerarquía, el
reconocimiento de estos derechos de los que estamos hablando, no excluirá
los demás derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades,
pueblos y nacionalidades que sean necesarios para su desenvolvimiento, el
contenido de estos derechos se desarrollará de manera progresiva a través de
las normas, jurisprudencia y las políticas públicas, el Estado generará y
garantizará las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y
44
ejercicio, será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo,
que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de las
garantías y por últimos recordemos que el más alto deber del Estado, consiste
en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.
(Corporacion de Estudios y Publicaciones, 2015)
Art. 33.- “El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico,
fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a
las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable
y
libremente
escogido
o
aceptado.”
(Corporacion
de
Estudios
y
Publicaciones, 2015)
Nuestra Constitución menciona que el trabajo es un deber social fuente de
relación social y sobre todo nos dice que es la base de la economía el trabajo
es la vida del hombre y una persona sin trabajo, prácticamente es una persona
sin una verdadera vida. Claramente nuestra Constitución vigente nos
manifiesta que el estado es quien garantizará a los trabajadores entre otros
derechos un trabajo saludable, de este precepto partimos para plantear nuestro
objetivo que es dar mayores beneficios al trabajador enmarcándonos a lo que
nuestra
carta
magna
nos
permite.
(Corporacion
de
Estudios
y
Publicaciones, 2015)
Es importante señalar que el presente Proyecto se encuentra en la línea del
Buen Vivir y como tal amparada en la Constitución de la República y como se
viene reiterando las Leyes.
El presente trabajo se justifica considerando que con la Incorporación de un
Literal en el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, respecto a la atención
médica a las personas con discapacidad comprobada desde el primer mes de
aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se busca aplicar los
Derechos consagrados en la Constitución y así proteger a las personas con
discapacidad comprobada dando atención en el área de la Salud que tanto
45
necesitan la Ley Orgánica de Discapacidades en el Art. 19 - Derecho a la
salud.- El Estado garantizará a las personas con discapacidad el derecho a la
salud y asegurará el acceso a los servicios de promoción, prevención, atención
especializada permanente y prioritaria, habilitación y rehabilitación funcional e
integral de salud, en las entidades públicas y privadas que presten servicios de
salud, con enfoque de género, generacional e intercultural.
Desde este punto de vista la propuesta tiene valor científico y humanitario por
contribuir a mejorar la Legislación de Seguridad Social, lo que significa que es
de utilidad práctica cuando permite establecer el vacío en la Ley respecto a la
atención médica prioritaria e inmediata a las personas con discapacidad, desde
la primera aportación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
De la conversación lograda con varios señores con algunas limitaciones físicas,
entre ellos María Jimena Arcentales Sancho, de 30 años de edad, cajera de
OPEVIAL, con limitación física de luxación de cadera, se le realizó la siguiente
pregunta.
¿Usted necesitó atención médica antes de los tres meses, después de estar
aportando al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?
Respuesta: Yo si necesité al segundo mes de estar aportando, me acerque a
que me dieran un turno, porque antes era así que uno tenía que acercarse a
pedir turno por ventanilla, pero no me lo dieron, me dijeron que regrese al otro
día me dieron un turno para el siguiente año, y yo como necesitaba de atención
medica tuve que irme a un médico particular, ahora llevo aportando al seguro
más de 5 años, cuando estuve embarazada llame al número 140 “Call Center”
al primer mes de embarazo y me dieron una cita con el ginecólogo, cuando
tenía cinco meses y medio de embarazo a pesar de haber explicado mi
situación, después de esto tuve 3 citas más hasta dar a luz , pero en la última
cita no hubo ginecólogo y me tuve que ir a un médico particular y el parto si me
atendió el seguro.
46
A Santiago Vladimir Delgado Hidalgo, de 26 años, de profesión egresado de
Psicología, empleado del Consejo de la Judicatura, con limitación física de
Ostiomilitis Femur y Artrosis en la rodilla derecha, se le realizó la misma
pregunta.
Respuesta: Si necesité atención médica pero lamentablemente no me
atendieron y yo tampoco insistí, preferí irme a un médico particular y ahora si
me hago atender pero así mismo cuando pido una cita médica me la dan al
mes y eso por contactos que tengo logro que me den para el mes, es muy
complicado que me atiendan, y si voy por emergencia me dan un turno para la
tarde, o para unas 3 horas después, y observando mi situación, si se supone
que voy por emergencia es porque necesito que me atiendan realmente,
deberían darnos prioridad a personas como nosotros.
Tatiana Guevara, de 27 años de edad, empleada del Consejo de Judicatura,
con limitación física en el brazo izquierdo ocasionado por un derrame y
estrabismo, se le hizo igual la misma pregunta.
Respuesta: Si necesité de atención médica pero no lo conseguí, porque me
dijeron que no había cupo y después de tres años de aportación nuevamente
insistí llamando al Call Center y si me dieron la cita para diciembre del 2015,
pero mi llamada la hice en abril del 2015, aun explicándole la situación en que
me encuentro, pienso yo que si deberían darnos una atención inmediata y
prioritaria tratándose de nosotros.
Conforme lo establece la Constitución de la República en el capítulo III que
trata de los Derechos de las Personas y Grupos de Atención Prioritaria, en el
Art. 35.- Atención de Grupos Vulnerables. - Las personas adultas mayores,
niñas,
niños
y
adolescentes,
mujeres
embarazadas,
personas
con
discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria
y especializada en los ámbitos público y privado.
47
La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las
víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales
o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en
condición de doble vulnerabilidad.
El problema radica en que, si el Estado obliga a los empleadores a afiliar a sus
empleados desde el primer día de labores, como lo regulado en la Ley de
Seguridad Social en su Art. 73, así mismo el Estado debe brindar una atención
prioritaria e inmediata por lo menos desde la primera aportación al IEES a los
discapacitados considerados como un grupo de doble vulnerabilidad, en casos
de enfermedad al no hacerlo se está violentando sus derechos garantizados en
la Constitución.
El Estado a través de la Seguridad Social, busca dar protección a los más
necesitados, es por ello que nos referimos al grupo de atención prioritaria,
estas personas que acabamos de mencionar en el párrafo anterior, son
aquellas que deben ser atendidas con anterioridad en el tiempo o en el orden
de una persona normal, ellos deben de tener una precedencia, antelación o
privilegio frente a las demás personas que a diferencia de ellos poseen mejores
condiciones.
2.2
Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la
investigación.
La investigación realizada fue basada en ciertos parámetros en cuanto a la
metodología, y son los siguientes:
2.2.1 Modalidad de la Investigación.
La presente investigación es cualitativa y cuantitativa.
48
2.2.1.1 Investigación Cualitativa.
Con esta investigación cualitativa pude estudiar la calidad de las actividades,
relaciones, asunto, medios, que son los hechos jurídicos que permite identificar
la naturaleza profunda de las realidades y su estructura dinámica del problema
planteado.
2.2.1.2 Investigación Cuantitativa.
Es cuantitativa porque he trabajado sobre datos demostrativos, particularmente
estadísticos que nos permitieron llegar a conclusiones determinadas.
2.2.2 Tipos de Investigación.
El presente trabajo se enmarca en los siguientes tipos de investigación:
2.2.2.1 De Campo.
Por lo que la investigación se la ha realizado en el lugar de los hechos a fin de
determinar sus problemas y características objetivas.
2.2.2.2 Bibliográfica.
Porque para fundamentar las variables se ha recurrido a los datos científicos,
contenidos en la bibliografía que consta en el trabajo, sobre todo se recurrió a
la doctrina y legislación nacional e internacional.
2.2.2.3 Documental.
Porque ha sido necesario completar la investigación con datos contenidos en
documentos públicos y privados.
49
2.2.2.4 Población y Muestra.
Para la elaboración de este trabajo ha sido necesario recurrir a un universo de
personas que están verdaderamente capacitadas con sus conocimientos sobre
el tema, por tanto, el universo por sí solo es reducido y equivalente a su
muestra en tal razón no es necesario la aplicación de la correspondiente
fórmula.
Composición
Población
%
Usuarias(os) del servicio médico IESS
25
50%
Funcionarios del IESS
3
6%
Jueces de Santo Domingo de los Tsàchilas
2
4%
Abogados en el libre ejercicio
10
20%
Estudiantes universitarios
10
20%
Total
50
100%
2.2.3 Métodos utilizados para el desarrollo de la investigación.
2.2.3.1 Métodos.
En el desarrollo del presente trabajo investigativo, se ha utilizado los siguientes
métodos a fin de alcanzar los objetivos planteados y a su vez fundamentar
jurídicamente la propuesta hecha en base de la reforma planteada:
2.2.3.1.1 Método Inductivo.
Porque a través de éste método se ha investigado y deducido a través de
hechos particulares lo que he permitido obtener conclusiones o leyes
universales con principios generales o universales que explican o relacionan el
fenómeno estudiado.
50
2.2.3.1.2 Método Deductivo.
Mediante este método se ha logrado obtener razonamientos partiendo de
conocimientos generales, los cuales permitieron explicar y solucionar
problemas particulares, presentados en el planteamiento del problema.
2.2.3.1.3 Método Histórico.
Porque el tema del presente proyecto se ha logrado estudiar la trayectoria y
evolución con fenómenos no jurídicos, su aplicación desarrollo, fortalezas y
debilidades, logrando así entender su importancia y necesidad en los distintos
tiempos y espacios de la humanidad.
2.2.3.1.4 Método Analítico.
Porque ha sido posible comprender en toda su extensión el tema, separando
las partes que lo componen, analizar y determinar con ello la característica
general del fenómeno investigado.
2.2.3.1.5 Método Sintético.
Porque reunidos los elementos en un todo gracias al análisis, ha sido posible
llegar a la síntesis.
2.2.3.1.6 Método Comparado.
Porque se ha visto la necesidad del estudio y análisis de diferentes
instituciones jurídicas incluyendo la de sistemas jurídicos de otros países para
poder establecer las particularidades de nuestro tema.
51
2.2.4 Técnicas e instrumentos de investigación
La técnica es el conjunto de instrumentos y medios a través de los cuales se
efectúa el método.
2.2.4.1
El fichaje. - Por medio de esta técnica auxiliar de la investigación
científica se registró todos los datos obtenidos en los instrumentos utilizados
como fue la ficha, en este caso la ficha bibliográfica y nemotécnica.
2.2.4.2
Observación Directa. - Se la utilizará con mayor importancia
porque se realizará un trabajo de campo continúo determinándose las
influencias que intervienen en este fenómeno.
2.2.4.3
Encuesta. - Con este medio se aplicarán las 50 encuestas para
acreditar la aceptación de la problemática planteada.
2.2.4.4
Entrevistas. - Se realizarán entrevistas orales, durante el
desarrollo de la tesis, con el objetivo de obtener criterios y opiniones de
personas capacitadas que conocen de la problemática, como a su vez de los
afectados directos.
2.2.4.5
Instrumentos. - Los instrumentos que se utilizaron para ésta
investigación son:
2.2.4.6
Cuestionarios. - Este instrumento será utilizado para realizar las
correspondientes 5 preguntas las mismas que serán aplicadas a 60 personas.
2.2.4.6.1 Interpretación de Resultados.
52
NO.
1
2
3
PREGUNTAS
¿Está afiliado usted al Seguro Social?
¿Sabe usted que es el I.E.S.S?
¿Sabe
usted
cuanto
debe
aportar
el
trabajador al Seguro Social?
4
¿Sabe
usted
cuanto
debe
aportar
el
empleador al Seguro Social?
¿Conoce usted los beneficios que brinda el
5
Sabía usted que en una empresa en la cual
¿Sabe cuánto tiempo tiene que esperar para
acceder a los servicios del I.E.S.S?
¿Le gustaría que se reduzca el tiempo de
9
40
10
50
80%
20%
100%
35
15
50
70%
30%
100%
40
10
50
80%
20%
100%
40
10
50
80%
20%
100%
25
25
50
50%
50%
100%
30
20
50
60%
40%
100%
25
25
50
50%
50%
100%
45
5
50
90%
10%
100%
50
0
50
100%
0%
100%
50
0
50
100%
0%
100%
tengan 25 empleados debe contratar a una
persona con discapacidad?
8
%
para acceder a los servicios de salud que
brinda el I.E.S.S?
7
NO
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?
¿Sabe usted cuantas aportaciones debe tener
6
SI
espera para acceder a los servicios que
presta el I.E.S.S?
¿Está de acuerdo que para las personas con
discapacidad el I.E.S.S debería minorar las
10
aportaciones a una y por lo tanto el tiempo de
espera se reduciría?
53
 Porcentaje en barra
2.2.4.6.1.1 Análisis de Resultados de la Encuesta.
De las encuestas realizadas a cincuenta personas de Santo Domingo, de
distintas Profesiones, edades, género y raza se establece los siguientes
resultados.
Pregunta 1.- El 80 % de los encuestados se encuentran afiliados al Seguro
Social, mientras que el 20% de los encuestados no se encuentran afiliados
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.
54
Pregunta 2.- El 70% de los encuestados tienen un concepto claro de que es el
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, mientras que el 30%
desconocen para qué sirve el Seguro Social en el Ecuador
Pregunta 3.- El 80% de los encuestados conocen cuanto aporta un trabajador
al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS; mientras que el 20%
desconocen de cuanto hay que aportar al IESS.
Pregunta 4.- El 80% de los encuestados conocen cuanto debe aportar un
empleador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS; mientras que el
20% no saben cuánto debe aporta el empleador al IESS.
Pregunta 5.- El 50% de los encuestados saben cuáles son sus beneficios ante
el Seguro Social IESS; mientras que el 50% desconocen de alguna manera los
beneficios que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.
Pregunta 6.- El 60 % de los encuestados conocen cuantas aportaciones una
persona debe tener para ser atendido en el IESS; mientras que el otros 40% de
los encuestados manifiestan desconocen cuantas aportaciones debe tener una
persona para ser atendido en el hospital del IESS.
Pregunta 7.- El 50% de los encuestados Saben de alguna manera que en una
empresa en la cual tengan 25 empleados debe contratar a una persona con
discapacidad; mientras el 50% lo desconocen.
Pregunta 8.- El 90 % de los encuestados saben cuánto tiempo tienen que
esperar para ser atendido en el IESS; mientras el 10% de los encuestados no
saben cuánto tiempo tienen que esperar para ser atendido en el IESS.
Pregunta 9.- El 100% de los ciudadanos encuestados creen necesario que se
debe reducir el tiempo de espera en el IESS para acceder a sus beneficios de
salud.
55
Pregunta 10.- El 100% de los ciudadanos encuestados creen necesario que se
debe reducir el tiempo de aportaciones en el IESS para las personas tienen
alguna discapacidad y así puedan acceder a los beneficios de salud que brinda
el Seguro Social.
2.2.4.7
Entrevistas.-
Se
realizarán
entrevistas
orales,
a
los
representantes de las Entidades públicas y privadas, con el objetivo de obtener
criterios y opiniones de personas capacitadas que conocen de la problemática,
como a su vez de los afectados directos.
La entrevista fue realizada a personalidades de las distintas entidades del
cantón Santo Domingo.
Entrevista al Dr. Enrique Santiago Briones Sotomayor. Juez de la
Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de
los Tsáchilas.
56
1.- ¿Cuáles son sus datos personales, como nombre y apellido, formación
académica y cargo que ocupa?
Mi
nombre
es
Enrique
Santiago
Briones
Sotomayor,
Doctor
en
Jurisprudencia, el cargo que actualmente ocupo es el de Juez Multicompetente
de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas.
2.- ¿A su criterio, quienes conforman los grupos de atención prioritaria?
Nuestra actual Constitución del Ecuador dispone que los adultos mayores,
niños,
niños
y
adolescentes,
mujeres
embarazadas,
personas
con
discapacidad, gente privada de su libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria
y especializada en los ámbitos público y privado.
3.- ¿Usted cree que las instituciones públicas y privadas cumplen con el
mandato constitucional en brindar una atención prioritaria hacia las
personas de doble vulnerabilidad?
Bueno actualmente aún no se cumple con este mandato constitucional, “No”
todas las entidades públicas y privadas se encuentran cumpliendo con esta
disposición constitucional, todo esto se da por falta de sensibilidad al prójimo,
falta de cultura y falta de campañas públicas que debe brindar el Estado a la
ciudadanía en general, en lo principal hacia los estudiantes; recuerdo yo, que
en mis tiempos nos daban clases de valores, moral, ética y cultura, ahora estas
materias han quedado en el olvido.
4.- ¿Considera usted que con el actual gobierno se está dando una mejor
atención a personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad?
En la actualidad nuestro país ha tenido un cambio radical, puesto que la
Constitución del 2008, se encarga de velar que se cumplan los derechos
consagrados en ella, así como se preocupa de brindar una atención prioritaria
57
de todas y todos los ecuatorianos que se encuentran en estado de
vulnerabilidad.
Por lo tanto yo si considero que el cambio que está teniendo el Ecuador es
para bien de todos los ecuatorianos, claro que hay excepciones en normas que
al paso del tiempo tienen que ir cambiando como por ejemplo la Ley de
Seguridad Social, entre otras.
5.- ¿Cree usted que la Ley de Seguridad Social está restringiendo el
derecho a la salud de sus afiliados, en principal de personas de doble
vulnerabilidad?
Sin dudarlo, la Ley de Seguridad Social, si está restringiendo los derecho de
salud de sus afiliados, puesto que para un afiliado sea atendido, tiene que
esperar seis meses consecutivos, y si tiene los seis meses cumplidos no hay
turnos, realmente el Seguro Social Ecuatoriano necesita un cambio en la parte
de procedimientos de atención al usuario, puesto que no lo hay, claro sin
menoscabar
que
el
gobierno
si
se
ha
preocupado
mejorando
las
infraestructuras o construyendo nuevos hospitales.
La Ley del Seguro Social Obligatorio, se encuentra contraviniendo a los
derechos establecidos en la Constitución, ya que para la misma los derechos a
la salud son de carácter preferente y necesario para las y los ciudadanos.
6.- ¿Cree usted necesario incorporar un literal en el Art. 107 de la Ley de
Seguridad Social, a fin establecer la atención desde el primer día de
aportación de las personas afiliadas con discapacidad?
Si es necesario reformar la Ley de Seguridad Social, puesto que ciertos
artículos están restringiendo los derechos que tenemos todos los afiliados y
que se encuentran prescritos en la Constitución, hay que recordar que toda
norma tiene que ir evolucionando a medida de la necesidad de un pueblo; cabe
58
nueva mente recalcar que las normas que se encuentren contraviniendo a la
norma supra (Constitución) tienen que ser reformadas.
2.3
Conclusiones parciales del capítulo.
Dentro del capítulo II en el cual se refiere al Marco Metodológico utilizado a lo
largo del desarrollo de la investigación, he consignado los principales métodos
como medio para obtener un resultado final que constituye la propuesta y los
considerandos que justifican su necesidad, he derivado a las siguientes
conclusiones:
 Que el Artículo 107, de la Ley de Seguridad Social está violentando el
derecho al Buen Vivir que tienen las personas de doble vulnerabilidad.

Que la población en general siente la necesidad que de las leyes se
hagan en beneficio a la necesidad del pueblo, mas no sean normas que
contravengan los derechos consagrados en la Constitución.
 Que se hace necesaria la reforma planteada para brindar una protección
adecuada frente a las contingencias y en las situaciones de necesidad
que tienen las personas de doble vulnerabilidad.
 Que nuestra Ley de Seguridad Social, está siendo muy rígida respecto al
tiempo de aportaciones que tienen que hacer los afiliados del Seguro
General Obligatorio, para poder acceder a uno de los beneficios, que
brinda el IESS.
59
CAPITULO III
VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU
APLICACIÓN
3 Procedimiento de la aplicación de los resultados de la
investigación
3.1
Propuesta del investigador
PROYECTO DE REFORMA A LEY DE SEGURIDAD SOCIAL
REPÚBLICA DEL ECUADOR
ASAMBLEA NACIONAL
LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN
EL PLENO DE LA COMISIÓN LEGISLATIVA Y DE FISCALIZACIÓN.
CONSIDERANDO:
Que es necesario reformar el Artículo 107 literal a y b de la Ley de Seguridad
Social en razón de que el tiempo de espera para acceder a los beneficios que
el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social presta, es muy extenso y por
consiguiente en su conclusión.
Que la actual Constitución de la República del Ecuador se refiere a los
Derechos Constitucionales, manifestando por consiguiente que los derechos
60
constitucionales como son la salud y seguridad social consagran principios:
como
solidaridad,
obligatoriedad,
universalidad,
equidad,
eficiencia,
subsidiaridad, suficiencia y transparencia.
Que los Derechos Constitucionales se podrán ejercer, promover y exigir de
forma individual o colectiva ante las autoridades competentes
En el ejercicio de las atribuciones constitucionales expide la siguiente ley
reformatoria:
REFORMA A LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL
Art. 1.- Refórmese el artículo 107 de la Ley de Seguridad Social, incorporando
otro literal, por lo que la disposición legal quedaría así:
Art. 107 Ley de Seguridad Social. - Se causará derecho a las prestaciones de
este Seguro cuando el afiliado o la afiliada hayan cumplido:
a. Seis (6) imposiciones mensuales ininterrumpidas, para contingencia de
enfermedad;
b. Doce (12) imposiciones mensuales ininterrumpidas, anteriores al parto, para
contingencia de maternidad; y,
c. Seis (6) imposiciones mensuales ininterrumpidas, para el subsidio monetario
de enfermedad.
d).- Una (1) imposición mensual para contingencia de enfermedad para las
personas con discapacidad comprobada.
El afiliado o la afiliada que dejaren de aportar, conservarán su derecho a las
prestaciones de enfermedad o maternidad hasta dos (2) meses posteriores al
cese de sus aportaciones.
61
Se exceptúa del tiempo de espera para contingencia de enfermedad al jubilado
y al derechohabiente de orfandad en goce de pensiones.
La prestación de salud se realizará con tecnologías apropiadas a la
disponibilidad de recursos del Seguro, sin menoscabo de la calidad y dentro de
los rangos de suficiencia que determinen los protocolos de diagnóstico y
tratamientos aprobados por la Administradora del Seguro General de Salud.
Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, capital de la República
del Ecuador, a los 02 días del mes de octubre del 2015.
f).- Gabriela Rivadeneira Burbano
PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE ECUADOR
62
3.2
Certificados de viabilidad del tema.
CERTIFICADO DE VIABILIDAD
A petición verbal de la interesada, la señora Alexandra Mariela Arteaga
Arteaga, portador de la cédula de ciudadanía N° 1718201401, tengo a bien
manifestar que una vez conocido el Proyecto de Tesis para la obtención del
Título de Abogado de los Tribunales de la República del Ecuador, cuyo tema es
“GRUPOS DE DOBLE VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS
QUE OTORGA EL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL” consideró que es
viable, ya que brindará un gran aporte a la sociedad y en especial a las
afiliados que se encuentran en estado de vulnerabilidad
El interesado puede hacer usos de la presente certificación en lo que más
estime conveniente.
Dr. Enrique Santiago Briones Sotomayor
JUEZ DE LA SALA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE PROVINCIAL DE
JUSTICIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS
63
CERTIFICADO DE VIABILIDAD
A petición verbal de la interesada, la señora Alexandra Mariela Arteaga
Arteaga, portadora de la cédula de ciudadanía N° 1718201401, tengo a bien
manifestar que una vez conocido y analizado el contenido social del Proyecto
de Tesis para la obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la
República
del
Ecuador,
cuyo
tema
es:
“GRUPOS
DE
DOBLE
VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL” considero es viable y que es un gran
aporte al Derecho Ecuatoriano, sobre todo un avance para todas las afiliados
que se encuentran en estado de doble vulnerabilidad.
La interesada puede hacer uso de la presente certificación en lo que estime
conveniente.
Atentamente,
DRA. ADELA DIAZ
SECRETARIA RELATORA DE LA MULTICOMPETENTE DE LA CORTE
PROVINCIAL DE JUSTICIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS
64
CERTIFICADO DE VIABILIDAD
A petición verbal de la interesada, la señora Alexandra Mariela Arteaga
Arteaga, portadora de la cédula de ciudadanía N° 1718201401, tengo a bien
manifestar que una vez conocido y analizado el contenido social del Proyecto
de Tesis para la obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la
República
del
Ecuador,
cuyo
tema
es:
“GRUPOS
DE
DOBLE
VULNERABILIDAD Y LAS ATENCIONES MEDICAS QUE OTORGA EL
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL” considero que es viable y que será un
gran aporte principalmente a que son afiliados al seguro social obligatorio.
El interesado puede hacer uso de la presente certificación en lo que estime
conveniente.
DR. DAVID ECHEVERRÍA TIPSE
Medico
65
CONCLUSIONES GENERALES.
Luego de haber realizado la presente investigación he llegado a las siguientes
conclusiones:
 Que los Derechos Constitucionales y los Instrumentos Internacionales de
derechos humanos, serán de directa e inmediata aplicación.
 Que el trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico
fuente de realización personal y base de la economía.
 Que la Seguridad Social es un derecho irrenunciable de todas las
personas, y será y debe ser un deber y responsabilidad primordial del
Estado.
 Que nuestra Ley de Seguridad Social, está siendo muy rígida respecto al
tiempo de espera y más cuando se trata de una persona con
discapacidad para que puedan acceder a uno de los beneficios que
sirven para velar por los derechos constitucionales.
 Que es necesario reformar el artículo 107 literales a y b de la Ley de
Seguridad Social vigente.
RECOMENDACIONES.
66
Luego de haber realizado la presente investigación me permito realizar las
siguientes recomendaciones:
 Que el Consejo Directivo del IESS tome en cuenta los derechos
preferentes primordiales que tienen las personas de doble vulnerabilidad
y que se encuentran consagrados en la Constitución de la República del
Ecuador.
 Que la Universidad Regional Autónoma de los Andes “Unidades”
extensión Santo Domingo, remita el presente
proyecto de Ley a la
Asamblea Nacional en la que se reforme el Artículo 107 literales a) y b)
de la Ley de Seguridad Social.
 Que los Asambleísta tomen en consideración el presente proyecto
investigativo que busca reformar el Artículo 107, literal a) y b) de la Ley
de Seguridad Social y lo aprueben, para de esta forma los ecuatorianos
podamos contar con una norma actualizada que responde a las
necesidades de la sociedad actual.
67
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MADRID : GALARZA, 2005. ISBN 325-456-785-1.
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ANEXOS N. 1
FOTOGRAFIAS
PARTE EXTERNA DEL HOSPITAL IESS SANTO DOMINGO
ENTREVISTA AL DR. ENRIQUE BRIONES SOTOMAYOR JUEZ PROVINCIAL
ANEXOS N. 2
CERTIFICADO DE ORTOGRAFÍA
ANEXOS N. 3
FORMULARIO DE LA ENCUESTA
FORMULARIO DE LA ENCUESTA
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
ESCUELA DE DERECHO
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO
DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
Por favor lea detenidamente las preguntas; marque con una (X) donde usted crea
conveniente.
Sus respuestas son muy necesarias para la realización de este trabajo de
investigación.
1.- ¿Está afiliado usted al Seguro Social?
Si ( )
No ( )
2.- ¿Sabe usted que es el I.E.S.S?
Si ( )
No ( )
3.- ¿Sabe usted cuanto debe aportar el trabajador al Seguro Social?
Si ( )
No ( )
4. ¿Sabe usted cuanto debe aportar el empleador al Seguro Social?
Si ( )
No ( )
5. ¿Conoce usted los beneficios que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social?
Si ( )
No ( )
6.- ¿Sabe usted cuantas aportaciones debe tener para acceder a los servicios de
salud que brinda el I.E.S.S?
Si ( )
No ( )
7.- ¿Sabía usted que en una empresa en la cual tengan 25 empleados debe contratar
a una persona con discapacidad?
Si ( )
No ( )
8.- ¿Sabe cuánto tiempo tiene que esperar para acceder a los servicios del
I.E.S.S?
Si ( )
No ( )
9.- ¿Le gustaría que se reduzca el tiempo de espera para acceder a los servicios que
presta el I.E.S.S?
Si ( )
No ( )
10.- ¿Está de acuerdo que para las personas con discapacidad el I.E.S.S debería
minorar las aportaciones a una y por lo tanto el tiempo de espera se reduciría?
Si ( )
No ( )