Adenda-Transitoria-02-2016-FISE

ESTE DOCUMENTO NO TIENE VALIDEZ SIN LA FIRMA DEL REPRESENTANTE DEL FISE
ADENDA TRANSITORIA AL CONVENIO PARA EL SERVICIO DE INSTALACIONES INTERNAS
RESIDENCIALES DE GAS NATURAL A EJECUTARSE CON RECURSOS DEL FISE
Conste por el presente documento, la “Adenda Transitoria al Convenio para el Servicio Integral de
Instalaciones Internas Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con Recursos del FISE en la Zona
xx – xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx” (en adelante “Adenda Transitoria”), que celebra de una parte el
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, en adelante "LA
ENTIDAD", con RUC N° 20376082114, con domicilio legal en Calle Bernardo Monteagudo N° 222,
distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, representado por el Jefe de
Proyecto FISE, Jacqueline Jeanny Kam Paredes, identificada con DNI N° 07189557, designada
mediante Resolución de Gerencia General N° 046-2016-OS/GG, de fecha 29 de abril de 2016, y de
otra parte la empresa xxxxxxxxx, con RUC N° xxxxxxxxxxxxx, con domicilio legal para efectos del
presente convenio en xxxxxxxxxxx, distrito de xxxxx, provincia y departamento de Lima, cuyo
representante es el Sr. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con D.N.I. o C. E. N° xxxxxxxxxxxxxx, según poder
inscrito en el Asiento N° xxxxxxxxx de la Partida N° xxxxxxxxxxxx de la Zona Registral N° xx, Sede
xxx – Oficina Registral xxx, a quien en adelante se le denominará "LA EMPRESA INSTALADORA
GNR" o “EL CONCESIONARIO” en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 Con fecha 29 de agosto de 2016, LA ENTIDAD y LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL
CONCESIONARIO suscribieron el “Convenio para el Servicio Integral de Instalaciones Internas
Residenciales de Gas Natural a ejecutarse con Recursos del FISE en la Zona xx –
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx” (en adelante “Convenio”).
1.2 Actualmente, se viene presentando una situación de desabastecimiento en el mercado
peruano de Tuberías Pe-Al-Pe 2025, lo cual perjudica el cumplimiento del plazo de ejecución
del Servicio Integral de Instalaciones Internas1, debido a que la configuración técnica de la
instalación interna establecida en el Anexo 1 del Convenio considera la utilización de Tubería
Pe-Al-Pe 2025 en el primer tramo de la instalación; por lo que, resulta necesario establecer
una configuración técnica alternativa y temporal mientras dure esta situación de
desabastecimiento.
1.3 Ante esta situación, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 251-2016-OS/CD, publicada
en el diario oficial El Peruano el 12 de noviembre de 2016, se aprobó el Precio Máximo
Alternativo para el Servicio Integral de Instalación Interna domiciliario para un punto
empotrado o a la vista, que se aplicará en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red
1
En el Programa Anual de Promociones 2016, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 262-2016-MEM/DM, se
establece que el Administrador del FISE está a cargo de la ejecución del Programa de Promoción de Nuevos Suministros
Residenciales de Gas Natural en Lima, Callao e Ica, cuyo plazo de ejecución inicia el 4 de julio de 2016 y culmina el 31 de
diciembre de 2016.
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de Ductos en Lima y Callao y en la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos
en Ica, con la finalidad de contrarrestar las implicancias de la situación desabastecimiento.
CLÁUSULA SEGUNDA: CONFIGURACIÓN DE LA INSTALACIÓN INTERNA
2.1 LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO, por razones de desabastecimiento de
tuberías Pe-Al-Pe 2025, podrá utilizar de manera excepcional, temporal y alternativa a la
configuración técnica establecida en el Anexo 1 del Convenio, la siguiente configuración de la
instalación interna:
Configuración Alternativa 14182
2
Material
Tipo
:
:
Puntos de Suministro
Diámetros mínimos
Longitud con 1418
:
:
:
Pe-Al-Pe
a la vista o empotrado (hasta cuarto piso en
edificaciones verticales)
1 punto el cual debe ser para cocina doméstica.
1418
Longitud total de la instalación interna (L)
Ítem
Material
Cantidad
1
Conector para medidor de gas 1418 x Tuerca Universal G ¾”
1
2
Válvula bola 1418 Pe-Al-Pe
2
3
Tubería Pe-Al-Pe 1418
L
4
Adaptador Codo 90° 1/2 NPT x 1418 grafado
1
5
Tubería Flexible (Conector Flexible de Elastómero)
1
La tubería, válvulas y accesorios de esta configuración deben cumplir con las especificaciones técnicas señaladas en el
numeral 2.2.1 del Anexo 1 del Convenio; es decir, el color de la Tubería PE-AL-PE 1418 será de color amarillo (instalación
a la vista o empotrado) o blanco (instalación a la vista). Asimismo, mientras se encuentre vigente la Adenda Transitoria,
LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO, de manera adicional a lo previsto en el Convenio, podrá utilizar
Tuberías PE-AL-PE 2025 de color blanco pintadas de amarillo para instalaciones empotradas, de acuerdo con las
recomendaciones del fabricante, según lo dispuesto en el numeral 12.14.2 de la NTP 111.011 vigente.
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2.2 LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO podrá utilizar la configuración
alternativa señalada en el numeral precedente o la configuración técnica del numeral 2.3.1 del
Convenio.
2.3 Si LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO utiliza la configuración alternativa
del numeral 2.1 de la presente Adenda Transitoria, deberá modificar sus precios propuestos para
la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna durante la primera convocatoria para la
suscripción del Convenio, los cuales no podrán ser mayores a los precios máximos establecidos en
la Resolución de Consejo Directivo N° 251-2016-OS/CD. Además, LA EMPRESA INSTALADORA GNR
o EL CONCESIONARIO deberá informar y entregar al Usuario FISE de Gas Natural la “Declaración
Jurada sobre información de Tuberías PE-AL-PE 1418”del Anexo 1 de la presente Adenda
Transitoria antes que este suscriba el Convenio de Financiamiento FISE. Este documento deberá
ser suscrito por el Usuario FISE de Gas Natural y deberá ser entregado en copia a LA ENTIDAD
junto con las liquidaciones semanales para el pago del Servicio Integral de Instalaciones Internas.
CLÁUSULA TERCERA: RATIFICACIÓN Y VIGENCIA
La suscripción de la presente Adenda Transitoria se realiza en aplicación de lo previsto en la
Cláusula Décimo Tercera del Convenio. En tal sentido, las partes acuerdan expresamente que la
presente Adenda Transitoria entrará en vigencia a partir de su suscripción y se mantendrá vigente
hasta el 31 de diciembre de 2016, inclusive.
Durante la vigencia de la presente Adenda Transitoria, LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL
CONCESIONARIO podrá utilizar la configuración técnica alternativa señalada en el numeral 2.1 de
la Cláusula Segunda a los Usuarios FISE de Gas Natural, cumpliendo con lo señalado en el numeral
2.3 de la presente Adenda Transitoria.
La configuración técnica alternativa de la Cláusula Segunda se aplicará a los Usuarios FISE de Gas
Natural que hayan suscrito Convenio de Financiamiento FISE hasta el 31 de diciembre de 2016.
Vencido el plazo de vigencia de la presente Adenda Transitoria se deberá cumplir estrictamente
con la configuración técnica señalada en el numeral 2.3.1 del Anexo 1 del Convenio.
Las partes dejan constancia que los demás términos y condiciones señalados en el Convenio no
modificados por la presente Adenda Transitoria se mantienen vigentes para todos sus efectos, por
lo que se ratifican en estos términos.
Suscrito en la ciudad de Lima, a los 15 días del mes noviembre del año 2016, en dos ejemplares
idénticos, en señal de conformidad con el texto de la presente Adenda Transitoria.
Jacqueline Jeanny Kam Paredes
Jefe del Proyecto FISE
LA ENTIDAD
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Representante Legal
LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL
CONCESIONARIO
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LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO declara que, para la Configuración
Alternativa 1418, sus precios por la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna serán los
siguientes:
Servicio Integral de
Instalación Interna
Empotrado
A la vista
Lima, 15 de noviembre de 2016
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Representante Legal
LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL
CONCESIONARIO
Precios Sin IGV (S/.)
Precios Con IGV (S/.)
ANEXO 1
DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE TUBERÍAS PE-AL-PE 1418
Señores:
OSINERGMIN
Calle Bernardo Monteagudo 222
Magdalena
Lima, Perú
Por medio de la presente declaro tener conocimiento que el Servicio Integral de Instalación
Interna que será cubierto por el FISE me permite contar con un punto de consumo para cocina y
que además me permitiría realizar una ampliación futura de la instalación para un punto adicional
para un segundo artefacto y, eventualmente, podría alcanzar para conectar un tercer artefacto,
siempre que se cumplan las condiciones técnicas establecidas por el concesionario de distribución
de gas natural y la normativa vigente.
Asimismo, declaro expresamente que LA EMPRESA INSTALADORA GNR o EL CONCESIONARIO me
ha informado de manera clara y precisa que la construcción de la instalación interna de gas natural
con tubería de diámetro 1418 me permite contar con un punto de consumo para cocina y que
además me permitiría realizar una ampliación futura de la instalación para un punto adicional para
un segundo artefacto (terma). Solamente en algunos casos, podría alcanzar para conectar un
tercer artefacto (secadora).
También se me ha informado que aproximadamente a partir de la primera semana de enero de
2017 podría acceder a una instalación con tuberías de diámetros 2025 y 1216 (tuberías con mayor
diámetro), con la cual podría realizar ampliaciones futuras de dos puntos adicionales para
conectar otros dos artefactos (terma y secadora).
Por lo tanto, acepto voluntariamente que se construya la instalación interna dentro de mi vivienda
con tubería de diámetro 1418, para lo cual asumo las limitaciones que se tenga a futuro para
ampliar puntos adicionales para conectar otros artefactos.
EMPRESA INSTALADORA GNR O EL
CONCESIONARIO
USUARIO FISE GAS NATURAL
Firma
Firma
DNI
DNI
Nombre y Apellidos
Nombre y Apellidos
Razón Social de la Empresa Instaladora
Dirección