I 0 NOV 2016 - Gobierno Regional Cajamarca

GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
No.1
-2016-GR.CAJ/GR.
Cajamarca,
I 0 NOV 2016
VISTO:
El Oficio N° 663-2016-GR.CAJ/GRDE con registro MAD N° 2543567, oficio N° 328-2016-GR.CAJ-DIRCETUR con registro
MAD N° 2537050, Informe Técnico N° 01-2016-GR.CAJ/GRDE de fecha 24 de Octubre de 2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° y 192° de la Constitución Política de Perú establece que los Gobiernos Regionales son competentes para
formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil;
Que, la Ley n° 27867 modificada por Ley n° 27902 y Ley N° 28013 — Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su artículo
9°, establece que son competencias institucionales de los Gobiernos Regionales en los incisos; g) Promover y regular actividades y/o
servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, viabilidad, comunicaciones,
educación, salud y medio ambiente, conforme a ley. Así mismo en el artículo 63° se establecen tres funciones directamente relacionadas
con el Planeamiento Estratégico Regional de Turismo; en el inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar, administrar
las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes
sectoriales, inciso b) Formular concertadamente, aprobar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo turístico de la región y el
inciso c) Aprobar directivas relacionadas con la actividad turística, así como criterios técnicos que aseguren el cumplimiento de
objetivos y metas que se derivan de los lineamientos de la política nacional de turismo;
Que, la Ley N° 29408 — Ley General de Turismo, en su artículo 4° establece "Es competencia del Organismo Rector, corresponde
,
Aal Ministerio de Comercio exterior y Turismo aprobar y actualizar el Plan estratégico Nacional de Turismo (PENTUR) así como
¿i•:i
O
coordinar y orientar a los gobiernos regionales y locales en materia de turismo, fomentando el desarrollo del turismo social y la
implantación de estrategias para la facilitación turística, inversión y promoción del turismo interno y receptivo, entre otras", El artículo
,
VC1A r»,=\\'
11° establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba y actualiza el Plan Estratégico Nacional de turismo (PENTUR)
dentro de las políticas de Estado, como instrumento de planeamiento y Gestión del sector turismo de largo plazo en el ámbito nacional;
Que, la Ordenanza Regional N° 016-2010-GR.CAJ-CR, mediante la cual se aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado:
Cajamarca 2021, en la cual se establece en su eje de Desarrollo Económico. Objetivo Estratégico: "Competitividad territorial sostenible
con generación de riqueza y empleo digno utilizando tecnologías apropiadas", Tema de Intervención "Competitividad Económica
Regional" , Objetivo Especifico 1: "Desarrollo competitivo de cadenas de valor en la actividad agropecuaria, turismo y minería",
Estrategia 3: " Fomentar el desarrollo del Turismo Sostenible", Programa 5: "Fortalecimiento del Sector Turismo y Artesanía";
Que la Resolución Ejecutiva Regional N° 286-2012-GR-CAJ/P mediante la cual se aprueba el Plan Estratégico Institucional
2012-2015 del Gobierno Regional de Cajamarca en el cual se establece en su Eje Económico, objetivo Estratégico general II, Objetivo
parcial HA, en su Estrategia 2.1.2 Impulsar la gestión empresarial y el desarrollo de capacidades de los agentes productivos, mediante la
acción 2.1.2.1 <Fortalecer las capacidades de los Consejos Regionales de turismo, Agrario, de Producción y energía.
Que, la Resolución Ejecutiva Regional N° 273-2011-GR-CAJ/P, mediante la cual se aprueba las Políticas Públicas y Estrategias
del Gobierno Regional de Cajamarca, en donde se establece en su Eje Económico Política N.7: Turismo rural para complementar medios
de vida de familias campesinas, rescatar manifestaciones culturales y valorar ecosistemas;
Que, el Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR) es un instrumento de gestión que contribuye a impulsar el desarrollo
turístico, social y económico de una región, permite la evaluación de su potencial turístico y busca ordenar las acciones que se deben
llevar a cabo a corto, mediano y largo plazo, teniendo en cuanta factores como: oferta, demanda, la competencia, las tendencias de
mercado y también las características o vocación de los diferentes territorios con potencial turístico de la región;
Que, para el proceso de Formulación del Plan estratégico regional de Turismo: Cajamarca 2025, es necesaria la conformación de
un equipo Técnico Regional, para brindar el asesoramiento y las orientaciones correspondientes cuando fue,re-necesario; ,
Jr. Santa Teresa Journet N°. 351— Urb. La Alameda - Cajamarca
GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
No.
ygi -2016-GR.CAJ/GR.
GOISCRIN. .CNAL
vjcli
Cajamarca,
rts-,C ,-a
1 0 MY 2016
Estando a lo dispuesto, con visto bueno de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;
la Dirección regional de Asesoría Jurídica y conformidad de Gerencia General Regional; en uso de las facultades conferidas por la Ley
n° 27783
—
Ley de Bases de la Descentralización
—
Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N°
27902 y Ley 28013;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Conformar el Equipo Técnico Regional que tendrá a su cargo la formulación de la "Construcción del
Plan Estratégico Regional de Turismo de Cajamarca al 2025",
integrado por:
DIRECCION REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
-Lic. Fiorela Rodríguez Espinoza: Directora Regional de Comercio Exterior y Turismo
-Ing. Julio Cesar Palacios Matute: Director de Turismo (e).
-Lic. Sofía Angelina Quispe Malaver: Planificador I.
-Bach. Rocío LLatas Vásquez: Profesional en Turismo.
GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA
-Econ. Jorge Paredes Vásquez: Sub Gerencia de Planeamiento y CTI.
-Lic. Ubelser Lezama Abanto: Gerencia Regional de Desarrollo Económico.
-Econ. Jimmy Edinson Álvarez Cortez
—
Asesor FAG
ARTÍCULO SEGUNDO: El equipo Técnico Regional definirá la metodología para la formulación de la "Construcción del
Plan Estratégico Regional de Turismo de Cajamarca al 2025 "; bajo los lineamientos establecidos por el Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo — MINCETUR, en la "Guía Metodológica para la elaboración de Plan Estratégico Regional de Turismo (PERTUR)".
ARTICULO TERCERO: Disponer, que a través de Secretaría General, se notifique a las unidades Organicas que competa, asi
como a los funcionarios y profesionales nominados
REGÍSTRESE Y PUBLIQUESE
N.4(
•:17,)/7.7.7ce
(.9
;1AL CAJAMA
•
• .
•
Porfirio Me a Vásquez
OBERNADOR GIONAL (e)
Jr. Santa Teresa Journet N°. 351— Urb. La Alameda - Cajamarca