Prima AFP Te Informa

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GUÍA DE INFORMACIÓN
Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados
en el Sistema Privado de Pensiones
1.- ¿Qué es el Régimen de Jubilación Anticipada?
Es un régimen temporal en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) destinado a aquellos afiliados que cumplan con las condiciones o se
encuentren en las situaciones siguientes:
Contar con un mínimo de 55 años para el caso de hombres y de 50 años para el caso de mujeres, cumplidos con anterioridad
a la presentación de la solicitud.
Deberá encontrarse desempleado durante 12 meses o más, de manera consecutiva e ininterrumpida, además el periodo
de desempleo debe corresponder al mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
Consideraciones:
Calculo de pensión de acceso
El cálculo de la pensión se realizará considerando:
El fondo acumulado por aportes obligatorios
Los aportes voluntarios con fin previsional
El valor actualizado del Bono de Reconocimiento, siempre que se encuentre reconocido y confirmado por la ONP.
Solicitud de retiro de fondo
De cumplir con los requisitos el afilado podrá:
Retirar hasta el 95.5% de su fondo acumulado.
Solicitar un porcentaje menor al 95.5% y recibir una pensión de jubilación con el saldo restante siempre que la pensión de
acceso calculada fuese igual o mayor a una RMV , caso contario éste fondo se quedará en la CIC del afiliado hasta el
momento de su jubilación (65 años).
Bono de Reconocimiento (BdR):
Si la pensión de acceso calculada, es igual o superior a la Remuneración Mínima Vital, se solicitará a la ONP la redención
anticipada del Bono de Reconocimiento (BdR)
Si la pensión de acceso calculada es menor a una RMV, la ONP redimirá (pagara) el valor del bono al cumplimiento de los
65 años.
El Valor del Bono de Reconocimiento será devuelto en la misma proporción solicitada como devolución.
En caso haya declarado derecho a BdR y no ha iniciado el trámite respectivo y desee obtener pronunciamiento respecto al presente
Régimen, podrá presentar una Declaración Jurada rectificando la información sobre el derecho al Bono de Reconocimiento consignada en
el Contrato de Afiliación y la AFP procederá a realizar el cálculo considerando sólo los aportes registrados en su Cuenta Individual de
Capitalización.
Asimismo, en caso haya declarado no tener derecho a BdR en su Contrato de Afiliación o no exista información sobre el derecho al
precitado beneficio, la AFP procederá a realizar el cálculo considerando el criterio señalado en el párrafo anterior.
Consideraciones:
El afiliado que acceda a la devolución parcial o total (95.5%) de su Cuenta Individual de Capitalización, deberá tener en cuenta:
En caso decidas retirar el 95.5% de tu fondo, deberás tener en cuenta que:

Si falleces, tus potenciales beneficiarios no tendrán derecho a una pensión de sobrevivencia.

No tendrás derecho a ningún beneficio de garantía estatal como acceder a una pensión mínima (en caso cumplas con los
requisitos)
En caso decidas retirar un porcentaje de tu fondo:

El saldo restante se utilizará para el pago de una pensión de jubilación.

Si falleces, tus potenciales beneficiarios recibirán una pensión de sobrevivencia reducida, debido a que el saldo restante de tu
fondo será menor.

No tendrás derecho a ningún beneficio de garantía estatal como acceder a una pensión mínima (en caso cumplas con los
requisitos).
2.- ¿Qué documentos debo presentar para iniciar el trámite?
Si aplica para devolución:
a. Copia simple de su Documento de Identidad.
Si desea hacer trámite de jubilación:
a. Solicitud de acceso al Régimen debidamente completada y suscrita.
b. Copia simple de su Documento de Identidad.
c. Documentos que acrediten la condición de sus beneficiarios:
1
Copia certificada de la partida de matrimonio civil con
una antigüedad de emisión no mayor a seis meses.
Cónyuge
2
Copia simple de su Documento de Identidad.
3
Copia certificada del Pronunciamiento Judicial que
confirme la unión de hecho o documento que acredite el
inicio del proceso judicial para la unión de hecho.
Concubino
Hijo no nato
4
Copia simple de su Documento de Identidad.
5
Certificado médico de embarazo.
6
Copia autenticada notarialmente de la Partida de
Nacimiento o certificada por la Municipalidad.
Hijos menores de 18 años
7
Copia simple del DNI del menor para la atención en
Essalud.
8
Copia autenticada notarialmente de la Partida de
Nacimiento o certificada por la Municipalidad.
9
Hijos inválidos menores de 18 años
Documentos que sustenten la condición de inválidos
para suscribir la respectiva solicitud de Evaluación y
Calificación de Invalidez o Dictamen de invalidez
expedido
por
el
COMAFP
o
COMEC,
según
corresponda.
10 Copia simple de su Documento de Identidad.
11 Documentos que sustenten la condición de inválidos
para suscribir la respectiva solicitud de Evaluación y
Calificación de Invalidez o Dictamen de invalidez
expedido
Hijos inválidos mayores de 18 años
por
el
COMAFP
o
COMEC,
según
corresponda.
12 Copia autenticada notarialmente de la Partida de
Nacimiento o certificada por la Municipalidad.
13 Copia autenticada notarialmente de la Partida de
Nacimiento
del
afiliado
o
certificada
por
la
Municipalidad.
Padres mayores de 60 años dependientes
económicamente del afiliado
14 Declaración Jurada de dependencia económica.
15 Copia simple de su Documento de Identidad.
16 Copia autenticada notarialmente de la última Boleta de
Ingresos a la fecha de presentación de la solicitud.
17 Copia autenticada notarialmente de la Partida de
Nacimiento
del
afiliado
o
certificada
por
la
Municipalidad.
18 Copia simple del Documento de Identidad de cada
Padres inválidos
padre.
19 Documentos que sustenten la condición de inválidos
para suscribir la respectiva solicitud de Evaluación y
Calificación de Invalidez expedido por el COMAFP o
COMEC, según corresponda.
3.- ¿Dónde debo realizar el trámite correspondiente?
El trámite se realiza de manera presencial en cualquier agencia de Prima AFP a nivel nacional, previa cita.
En caso se encuentre imposibilitado de realizar el trámite de manera presencial, lo podrá realizar a través de un apoderado
debidamente acreditado, el cual deberá adjuntar los siguientes documentos:
Certificado médico que acredite el impedimento el mismo que deberá tener una antigüedad de emisión no mayor a 7 días
calendario a la fecha de presentación de la solicitud.
Certificado domiciliario que acredite su residencia en otra localidad donde no exista una agencia de la AFP el mismo que deberá
tener una antigüedad de emisión no mayor a 7 días calendario a la fecha de presentación de la solicitud.
Constancia de Movimiento Migratorio Original expedido por DIGEMIN o copia legalizada de dicho documento, en caso el afiliado
se encuentre fuera del país. Dicho documento deberá tener una antigüedad de emisión no mayor a 7 días calendario a la fecha
de presentación de la solicitud.
Copia autenticada notarialmente del Documento de Identidad del apoderado.
Testimonio de la Escritura Pública de otorgamiento de poder específico o copia legalizada de la misma, debidamente inscrita en
los Registros Públicos, así como copia literal de la Partida Electrónica en la que conste dicha inscripción. Si la inscripción del
poder en los Registros Públicos es mayor a 30 días calendario, deberá presentar el original de la Vigencia de Poder emitida por
la Oficina Registral correspondiente.
4.- ¿Qué debo hacer para sacar mi cita?
Comuníquese con nosotros a:
Lima: 615-7272
Provincias: 0- 801- 18010