Con observaciones a los artículos 20 y 21, relativos a planeación

Asamblea Constituyente de la Ciudad de México
Gaceta Parlamentaria
Recinto de Xicoténcatl 9, antigua sede del Senado de la República
CONTENIDO
Propuestas ciudadanas
Con observaciones a los artículos 20 y 21, relativos a planeación del desarrollo y el ordenamiento territorial, propuesta por
la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción de la
Ciudad de México
Propuesta 29
Lunes 17 de octubre
Número 14-P8
ASAMBLEA CONSTITUYENTE
CIUDAD DE MÉXICO
Recepción de Documentos
000027
Folio: -S^- ¿^3 •" /9-APcZ^y^
Fecha y hora de recepción: /<.
/S-Zí
Proponente
Nombre o Razón Social:
(JCL/}¿éJ
Datos de Contacto:
Domicilio:
Teléfonos (s):
i.
Correo electrónico:
7^/aj/^ ét <2,^<//c. ¿:>rCA
Modo de presentación:
Escrito
Digital
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Anexos (Descripción):
3é>
Correo electrónico
Asunto
Para
CC
Propuesta Cámara Mexicana de la industria de ia Construcción
[email protected] <[email protected]>
Fecha: 10/14/16 03:27 p.m.
De: Itzamna Pi^a Diaz <[email protected]:
Maria Antonieta López <mantonie{[email protected]>,
Francisco Solares ([email protected]) ([email protected]) <[email protected]>,
Andrea Barragán Heredia <[email protected]>
ima9e002.ipg (11kB)
OF-396-CONSTITUCION-CDMEXtCO.pdf (162kB)
DCTO-EJECUTlVO-EXPOSIClONDEMOTIVOS-141016(2).pdf (217kB)
CUADRO COMPARAT!VO-PROPUESTAS-CMIC-141016.docx MOOkB)
Dip. Alejandro de Jesús Encinos Rodríguez
Presidente Mesa Directiva de ia Asamblea Constituyente
Atendiendo la Convocatoria de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México el pasado 7 de octubre del 2016. a
presentar propuestas sobre el contenido del proyecto de Constitución Política de lo Ciudad de México, envío la propuesta que realizo la
Cámara Mexicana de lo industrio de la Construcción de lo Ciudad de México o trovés de su represeniante el Ing. Froncisco Jovier Solares
Alemán, Presidente de la CMIC CDMX
C4M«f« M«xU»a« dt l«
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"i'.tfilfl'J'ÍC'tliC C-t^I
iizamna
(5i)V124 7400 6xt./<563
Pina Díaz
"¡í- i--rr i;
000027
1i OCT 2015
'dc
CONSTITUYENTE
DEWaUDADDEMEX^O
Asunto; RE: Propuesta Cámara Méxicana de la Industria de la
Construcción
Fecha: 10/14/1605:44 p.m.
De: Ing. SergioViliaiobos <[email protected]>
Para: 'itzamna Pi^a Díaz' <[email protected]>,
[email protected]
CC: 'María Antonieta López' <[email protected]>,
[email protected],
"Andrea Barragan Heredia' <[email protected]>
image001.jpg (11kB)
En tiora buena.
Veremos cómo reaccionarán.
Es magnífico que la CMIC manifieste su postura. Ojalá las demás Cámaras también lo hagan.
Saludos y buen fm de semana.
Sergio Villalobos.
De: Itzamna Pi^a Diaz [mailto:[email protected]]
Enviado el: viernes, 14 de octubre de 2016 03:29 p. m.
Para: [email protected]
CC: Maria Antonieta López <[email protected]>: Francisco Solares ([email protected]) ([email protected])
<[email protected]>: Andrea Barragan Heredia <[email protected]>
Asunto: Propuesta Cámara Méxicana de la Industria de la Constmcción
Dip. Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez
Presidente Mesa Directiva de la Asannblea Constituyente
Atendiendo la Convocatoria de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México el pasado 7 de
octubre del 2016, a presentar propuestas sobre el contenido del proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México,
envío la propuesta que realiza laCámara Mexicana de laIndustria de la Construcción de la Ciudad de México a través de su
representante el Ing. Francisco Javier Solares Alemán. Presidente de la CMIC CDMX
biAntri* tf* la «••rtrvcttM
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Itzamna
Piño Díaz
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i
ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE LA
PROPUESTA CMIC CDMX
CIUDAD DE MÉXICO
CAPITULO
1.-
PLANEACION
IDEM
DEMOCRÁTICA
Artículo
20.-
Planeación
del
IDEM
Esta Constitución garantiza el dereclio a la
IDEM
Desarrollo
ciudad
a
través
de
instrumentos
de
pianeación, jurídicos, administrativos y de
participación ciudadana para hacer
Ciu^
efectivas las funciones social, económica,
cultural y ambiental de la ciudad,
satisfacer las necesidades individuales y
los
intereses
planeación
de
la
democrática
comunidad.
La
asegurará
la
continuidad del desarrollo y el usufructo
equitativo de la Ciudad de México.
A. Sistema de Planeación
IDEM
1. El sistema de planeación será un
IDEM
proceso articulado y perdurable
cuyas etapas y escalas serán
establecidos
en
las
leyes
correspondientes. Tendrá como
instrumento
el
Plan
General
de
Desarrollo de la Ciudad de México;
el
Programa
General
de
Ordenamiento
Territorial
y
. í*
'
1
V
COMENTARIOS (JUSTIFICACION)
Desarrollo Urbano; los Programas
sectoriales
y
especiales;
el
Programa de Gobierno de la
Ciudad de México; los Programas
de Gobierno de las demarcaciones
territoriales y los parciales de las
colonias, pueblos y comunidades
indígenas y barrios originarlos. Sus
características y contenidos serán
precisados
en
la
ley
correspondiente.
2.
El Plan General de Desarrollo de la
Ciudad de México definirá las
El Plan General de Desarrollo de la Ciudad
Sugerencia de forma, ya que se utiliza 2
de México definirá las políticas de largo veces el vocablo "determinar".
plazo en materia de desarrollo ambiental,
de desarrollo ambiental, urbano, urbano, rural, económico, social, cultural y
rural, económico, social, cultural y de seguridad ciudadana y tendrá por
políticas de largo plazo en materia
de seguridad ciudadana y tendrá objeto el equilibrio territorial y la cohesión
por objeto el equilibrio territorial y social. Su vigencia será de veinte años,
la cohesión social. Su vigencia será Dodrá ser revisado en los casosq^
de veinte años, podrá ser revisado determine la ley, contendrá
en los casos que determine la ley,
misma que determinará las
sanciones por incumplimiento en
su aplicación. Será sometido para
su aprobación ante el Congreso de
incumplimiento en su aplicación. Será
sometido para su aprobación ante el
Congreso de la ciudad y tendrá carácter
de ley.
la ciudad y tendrá carácter de ley.
3. El
Programa
Ordenamiento
General
de
Territorial
y
Desarrollo Urbano será elaborado
por el Instituto de Planeación,
aprobado por el Congreso y tendrá
IDEM
una vigencia de seis años.
4. Los Programas de Gobierno de la
Ciudad de l^léxico, y de las
demarcaciones
deberán
IDEM
ser
congruentes con el Plan General y
con la política de finanzas públicas.
Serán elaborados por el Ejecutivo
de la ciudad y por las Alcaldías,
quienes los enviarán al Congreso
local
para
su
conocimiento,
durante los primeros tres meses de
la administración correspondiente.
Tendrán una vigencia de seis y tres
años
respectivamente
y
se
evaluarán de acuerdo con la ley.
B. Instituto de Planeacíón de la
Ciudad de México
IDEM
1. La elaboración y seguimiento del
Plan General de Desarrollo y el
Programa
General
de
IDEM
Ordenamiento
Territorial
y
Desarrollo Urbano recaerán en el
Instituto de Planeacíón de la
Ciudad de México, el cual incluirá
la participación directa de los
sectores académicos, sociales y
económicos con
las modalidades
que establezca la ley. Este Instituto
será un órgano del poder público,
con autonomía técnica y de
gestión, dotado de personalidad
jurídica y patrimonio propio.
Tendrá como funciones:
I.
Elaborar
estudios
los
diagnósticos
y
requeridos
por
los
IDEM
procesos de planeación e integrar
un
Sistema
de
Información
Estadística y Geográfica científico,
accesible y transparente;
II.
Presentar
el
Plan
General
de
IDEM
Ordenamiento
Desarrollo
Urbano
Territorial
ante
^
i Ciu< ici|l
Desarrollo y el Programa General
de
^
y
el
Congreso de la Ciudad de México
para su aprobación;
IIL
Participar en la elaboración de los
programas de desarrollo de la
IDEM
Zona Metropolitana del Valle de
México y en todos los acuerdos
regionales en los que participe la
Ciudad de México.
IV.
Capacitar a la ciudadanía y a sus
organizaciones
sociales
para
participar en los procesos de
planeación
y
difundir
el
conocimiento sobre su dudad;
IDEM
(
1
V.
Verificar
la
congruencia
y
IDEM
alineación entre la asignación
presupuestal
del gasto,
las
estrategias y acciones establecidas
en el Plan General y los demás
programas aprobados y;
VI.
Las demás que determine la ley.
2.
El Instituto de Planeación de la
Ciudad de México tendrá un
Director General, designado por
mayoría calificada del Congreso de
la dudad de una terna propuesta
por el Jefe de Gobierno y
permanecerá seis años en su
cargo. Su órgano de gobierno será
presidido por el Jefe de Gobierno y
contará con un Consejo con
facultades deliberativas y de
consulta,
integrado
por
representantes del gobierno de la
ciudad,
la academia y las
organizaciones civiles y sociales
con experiencia en temas de
planeación, investigación y gestión
del desarrollo, así como en los
relacionados con e! ordenamiento
territorial. La elección de sus
con,:ej,?ror ciudadanos se sujetará
a lo previsto para el nombramiento
de los organismos autónomos. La
ley determinará su funcionamiento
IDEM
|EI Instituto de Planeación de la El cargo tendrá que ser de Director
Ciudad
de
México
tendrá
un
Director General, designado por
mayoría calificada del Congreso de
la ciudad de una terna propuesta
por el Jefe de Gobierno y
permanecerá seis años en
cargo,
debiendo
iniciar
su
este
período a la mitad d_e[ período del
lobierno en turno
•
y contará con un
con
facultades
Consejo
deliberativas
y
de
consulta,
integrado por representantes del
gobierno de la ciudad, la
academia, el sector económico y el
sectorsocial^^^HH^^^^I
^^^^^^iH^con experiencia
en
temas
investigación
desarrollo,
de
planeación,
y
gestión
del
así
como
en
los
relacionados con el ordenamiento
territorial. La elección de sus
General, por ser un Instituto, en las
estructuras orgánicas normalmente de las
dependencias
gubernamentales,
el
máximo cargo del organigrama es la
Dirección General, se elimina la figura del
jefe de gobierno en su organigrama para
darle autonomía.
consejeros ciudadanos se sujetará
y facultades.
a lo previsto para el nombramiento
de los organismos autónomos. La
ley determinará su funcionamiento
y facultades.
3. Este Instituto podrá asesorarse con
los consejos que ia ley establezca,
IDEM
como órganos de diálogo político
con
carácter
consultivo
y
propositivo en materia económica,
social y ambiental.
4. La evaluación
programas
de
y
las políticas,
acciones
IDEM
que
implementan los entes de la
administración pública estará a
cargo del organismo autónomo
previsto en esta Constitución.
Artículo 21.- Ordenamiento territorial
A.
IDEM
Medio Ambiente
1. La biodiversidad, los ecosistemas
naturales y las especies nativas
son bienes comunes, su cuidado es
de
interés
IDEM
público
y
corresponsabilidad entre gobierno
y sociedad. Las leyes garantizarán
la protección del medio ambiente
IDEM
para las presentes
generaciones.
2.
Los
servicios
y
futuras
ambientales
son
IDEM
esenciales para la viabilidad de la
ciudad. Las autoridades adoptarán
medidas para garantizar la recarga
de los acuíferos, la conservación
de los bienes naturales, el
incremento de áreas verdes, la
protección de la atmósfera, la
recuperación del suelo y la
resiliencia
ante
fenómenos
adversos.
Se
impedirá
la
deforestación, la destrucción de
humedales y la contaminación del
suelo y el agua. Se fomentará la
adopción
de
patrones
de
producción y consumo compatibles
con el respeto a los ciclos vitales
de la naturaleza.
3. Las autoridades garantizarán el
derecho a un medio ambiente
sano. Se creará un sistema de
medición
y
monitoreo
de
contaminantes, en particular las
gases
efecto
emisiones
de
invernadero a fin
de reducir las
cusas y mitigar las consecuencias
del cambio climático. Asimismo
establecerán
las
medidas
necesarias y los calendarios para
IDEM
un transición acelerada entre el
uso de combustibles fósiles y el de
energías limpias.
4. El principio precautorio regirá en
IDEM
los casos en que existan indicios
fundados de que el uso de
productos
0
tecnologías
representen riesgos para la salud
pública 0 el medio ambiente, en
los términos que determine la ley.
5. El daño y el deterioro ambiental
genera responsabilidad. Quienes lo
provoquen están obligados a llevar
a
cabo
acciones
para
IDEM
la
compensación y la reparación
integral del daño, sin perjuicio de
las
sanciones
penales
o
administrativas que establezcan las
leyes.
6. Las autoridades garantizarán el
IDEM
derecho de acceso a la información
pública sobre el medio ambiente y
establecerán
mecanismo
de
participación y consulta ciudadana
en las regulaciones y programas
ambientales.
/
7. La Ciudad de México promueve y
protege
los
conocimientos
y
«
IDEM
prácticas tradicionales que los
pueblos y comunidades indígenas
realizan para la preservación de su
medio ambiente.
B, Gestión sostenible del agua
1.
IDEM
Las autoridades de la Ciudad de
1.
con
alto
consumo
Se
considera
excesivo
hablar
de
alto
México garantizarán la distribución consumo de agua, si no existe un
parámetro. No se le puede prohibir a
México garantizarán la distribución
diaria y equitativa de aqua de
diaria y equitativa de agua de
calidad en su territorio e impedirán
el establecimiento de industrias y
servicios
Las autoridades de la Ciudad de
calidad en su territorio
de
y
agua.
se
incentivará
nadie dedicarse a lo que quiera, como lo
establece el artículo 5° de la Carta Magna:
Artículo 5o. - A ninguna persona podrá
el Impedirse que se dedique a la profesión,
establecimiento de industrias y
servicios con consumo de agua
reducido.
industria, comercio o trabajo que le
acomode, siendo lícitos. El ejercicio de
esta libertad sólo podrá vedarse por
determinación judicial, cuando se ataquen
los derechos de tercero, o por resolución
gubernativa, dictada en los términos que
marque la ley, cuando se ofendan los
derechos de la sociedad. Nadie puede ser
privado del producto de su trabajo, sino
por resolución judicial.
Se sugiere cambiar la redacción en un
sentido positivo, no prohibitivo.
2. Se
adoptarán
medidas
para
asegurar
el
saneamiento,
entendido como el acceso y uso de
instalaciones y servicios para la
IDEM
recolección,
conducción,
tratamiento y disposición de aguas
residuales.
3. La política en materia de abasto de
agua y saneamiento garantizará:
3. La política en materia de abasto de Se homologa con las atribuciones del
agua y saneamiento deberá ser Instituto de Planeación de la Cd.Mx.,
establecida en el Plan General de contemplado en el artículo anterior.
Desarrollo por el Instituto de
Planeación de la Ciudad de México,
se deberán incentivar el
uso de
nuevas tecnoloqías y qarantizar:
a) La preservación, restauración y
IDEM
viabilidad futura del ciclo del aqua;
b) La conservación, protección y
recuperación de las zonas de
recarga de los acuíferos, de los
cuerpos de agua, humedales, ríos,
presas y canales, así como la
IDEM
invección de aqua al subsuelo;
c) La satisfacción de las necesidades
de orden social, garantizando el
acceso
básico vital
personas
a
conforme
todas
las
a
los
IDEM
parámetros internacionales;
d) El establecimiento de tarifas
progresivas de acuerdo a su
consumo;
IDEM
e) La reducción de ias pérdidas por
IDEM
fuqas en ias redes de distribución;
f) La captación individual y colectiva
de aguas de lluvia, el tratamiento y
reutilización de aguas a fin de
revertir la sobreexplotación de los
IDEM
acuíferos y;
g) La elaboración y aplicación de un
plan de infraestructura de largo
plazo para el aproveciiamiento,
tratamiento y preservación del
agua, así como para la prevención
IDEM
del agotamiento de los acuíferos.
las
4. El servicio público de abasto de
agua y su saneamiento será
prestado por el gobierno de la
ciudad a través de un ente público,
con autonomía técnica, económica y
de gestión, que coordinará las
instituciones
acciones de las instituciones locales
4. El servicio público de abasto de
agua y su saneamiento será
prestado por el gobierno de la
ciudad a través de un ente público,
con autonomía técnica y de
gestión,
que
acciones
de
locales
coordinará
las
con
perspectiva
metropolitana y visión de cuenca
hidrográfica.
con
perspectiva
metropolitana
visión de cuenca hidrográfica.
La CMIC considera fundamental agregar la
palabra "económica" a fin de respetar los
recursos públicos y privados que se
recauden por concepto de cobro de agua
y la necesidad de la futura participación
del sector privado en contratos de
Asociación Público Privados "APP's" para
reforzamiento,
ampliación
y
y el
mantenimiento de la red hidráulica, así
como para el tratamiento de las aguas
residuales que requiere la Ciudad de
México.
{.
i
5.
Las
actividades
económicas
no
podrán comprometer en ningún
caso
la
satisfacción
de
las
>
necesidades de uso
doméstico del aqua.
personal y
6. El gobierno garantizará en todos
6. El gobierno garantizará en todos
los niveles educativos, la cultura
del uso y cuidado del agua.
los niveles educativos, la cultura
Forma
del uso y cuidado del agua, que se
establecerán en los ordenamientos
jurídicos aplicables.
7. El
desperdicio
contaminación
del
se
agua
y
su
7. El
sancionarán
desperdicio
del
contaminación
conforme a ias
conforme a las leyes.
se
agua
y su
Forma
sancionarán
disposiciones
leqales aplicables.
C. Regulación del suelo
1,
Esta
Constitución
IDEM
reconoce
la
1.
función social del suelo y la
propiedad. El gobierno de la ciudad
es responsable de gestionar el
suelo para garantizar el desarrollo
1
El reconocimiento que hace el Estado
debe hacer referencia a los derechos, no a
derecho a la propiedad. El términos sociológicos.
gobierno
de
la
ciudad
es
responsable de gestionar el suelo
para garantizar el desarrollo
incluyente y el ordenamiento
sostenible de su territorio y del
entorno regional en el que se
incluyente y ei ordenamiento
sostenible de su territorio y del
entorno regional en el que se
ubica.
ubica.
2.
El Pian General de Desarrollo de la
Es importante
Ciudad de México y el Programa
Ciudad de México y el Programa
General
General
Planeación de
la
Cd.Mx. Tanto
la
elaboración del Plan General de Desarrollo
El Plan General de Desarrollo de la
Territorial
de
y
determinarán
Ordenamiento
Desarrollo
las
Urbano
áreas
no
2.
de
Ordenamiento
Territorial y Desarrollo Urbano,
serán elaborados por el Instituto
referir al
Instituto
de
de la Cd. Mx como el Programa General de
Ordenamiento Territorial y Urbano.
urbanizadas
por
razones
de
preservación ecológica, captación
de acuíferos, productividad rural,
de
vulnerabilidad
razones de preservación ecológica,
captación
de
acuíferos,
productividad rural, vulnerabilidad
ante fenómenos naturales y
protección del patrimonio cultural e
naturales
patrimonio
ante
fenómenos
y
protección
del
cultural e histórico.
Para tal efecto se establecerán las
regulaciones,
sanciones que
incentivos
garanticen
y
su
preservación y mantenimiento.
Planeadón
de la
Ciudad
de
Méxicoy^terminarán las áreas no
urbanizables
histórico.
Para
establecerán
tal
las
por
efecto
se
regulaciones,
incentivos
y
sanciones
garanticen
su
preservación
que
y
mantenimiento.
3. El gobierno de la ciudad evitará la
expansión
sobre
áreas
no
urbanizables y fomentará
el
mejoramiento y la autoproducción
3. El gobierno de la dudad evitará la Se
eliminan
las
ejemplificaciones
expansión
sobre
áreas
no contempladas tácitamente en el género.
urbanizables y fomentará su
meioramiento.
de viviendas adicionales en predios
familiares ubicados en pueblos,
barrios y colonias populares, en
apoyo a la densificación, la
consolidación urbana y el respeto
al derecho de las personas a
permanecer en los lugares donde
han habitado.
4. Las obras urbanas, públicas o
privadas,
proyectos
y
megaproyectos privilegiarán el
interés público controlando que su
realizadón no implique la exdusión
de
actividades y
residentes
de
4. Las obras urbanas,
privadas,
megaproyectos
interés público
públicas
proyectos
privilegiarán
Se
eliminan
las
ejemplificaciones
contempladas tácitamente en el género.
menor
ingreso,
así
como
afectaciones a la naturaleza ya los
bienes comunes y públicos.
5.
El territorio de la Ciudad de México
se
clasificará
en
suelo
de
5.
La clasificación del territorio de la
Ciudad de México
conservación, ejidos, comunidades,
áreas ambientales estratégicas y
suelo urbano.
Se remite al Plan General de Desarrollo
Urbano y demás instrumentos jurídicos
que elabore el Instituto de Planeación de
la Cd. Mx.
Las leyes y los
instrumentos
de
planeación
determinarán
las
políticas.
Instrumentos, y aprovechamientos
que se podrán llevar a cabo
conforme
a
las
siguientes
quedará establecida en el Plan Se elimina la clasificación del suelo, ya
General de Desarrollo elaborado que
eso
se
establecerá
en
el
por el Instituto de Planeación de la ordenamiento jurídico respectivo.
Ciudad de México. Las leyes y los
instrumentos
de
planeación
disposiciones:
elaborados
por
determinarán
dicho
las
instituto
políticas,
instrumentos, y aprovechamientos
que se
podrán
conforme
a
llevar a cabo
las
ti
siguientes
disposiciones;
a) Se
establecerán
principios
IDEM
asociados al desarrollo sostenible
en
el
suelo
de
conservación
garantizando la compensación y
pago por servicios ambientales. Se
evitará su ocupación irregular,
respetando los derechos de las
personas que habitan los poblados
rurales, pueblos y comunidades
indígenas y barrios oriqinarios;
. i
•
e
«
b) Se promoverá el uso eficiente del
suelo urbano, la generación de
b) Se promoverá el uso eficiente del
vivienda social, la densificación
sujeta a las capacidades de
infraestructura
y
servicios,
la densificación y
sujeta
a
las
suelourbanoJB^^^^^^^H
redensificación
capacidades de infraestructura y
características de la imagen urbana
y utilización de predios baldíos;
servicios, y características de la
imagen
urbana
IBdHHIHl
acuerdo al Plan
General de Desarrollo de la Ciudad
de
México,
Instituto
de
elaborado
Planeación
Ciudad de México.
c) Se definirán las áreas estratégicas
IDEM
para garantizar la viabilidad de los
servicios ambientales y;
d) El uso y aprovechamiento del suelo
definido en
planeación
los
IDEM
instrumentos de
sólo
podrá
ser
modificado por causa de utilidad
pública.
6. Para modificar los usos del suelo,
IDEM
las autoridades informarán y
consultarán previamente a la
comunidad sobre los proyectos
específicos y los estudios de
impacto social, económico y
ambient¿J.SLa 'ey determinará los
casos en que la consulta será
vinculante;
en
todo
caso
se
e
por
el
de
la
privilegiará el interés público.
7.
Los incrementos en el valor del
7.
suelo derivados del proceso de
se
considerarán
urbanización,
parte de la riqueza pública de la
ciudad.
La ley regulará su
aprovechamiento para restaurar
los ecosistemas y las zonas
degradadas de la ciudad.
Los incrementos en el valor del
suelo derivados del proceso de
urbanización,
se
considerarán
agregado a la propiedad privada.
8. La regulación del uso del suelo
contemplará:
a) La
dotación
territoriales
en
de
áreas
reservas
urbanas
IDEM
a) La dotación de reservas territoriales
en
áreas
urbanas
consolidadas
consolidadas para destinarlo a la
producción social del hábitat y la
deberán estar contempladas en el
vivienda.
Ciudad de México.
b) La
certeza
jurídica
a
los
asentamientos precarios que no
Plan General de Desarrollo de la
\=d
I
certeza—jurídica
iGcntamientos precaves-
estén ubicados en zonas de alto
riesgo o de preservación ecológica;
c) El reconocimiento de la posesión
legítima del suelo, gue no derive
de invasión o despojo, como
requisito
suficiente
para
la
íiüiMiiliÉMüiiiiiiriifíiiiíiiürlííiiiii
cgítima del suelo, que no deri
íe—invasión—e—despojo
i^il-n
.;i.firinn^P
nnrn
adquisición de subsidios y créditos
para la producción social de la
vivienda ;y
d) Los
mecanismos
prácticas
para
especulativas
evitar
en
IDEM
los
cambios de uso del suelo.
9.
Los derechos de edificación serán
9.
administrados por el gobierno de la
ciudad
para
distribuir
equitativamente las cargas y
que
imponga
el
beneficios
ordenamiento
Los derechos de edificación serán
administrados por el gobierno de la
d'íGtrib
ciudad.
Feas
territorial,
crriton
I
incluyendo la recuperación de las
plusvalías generadas que deberán
ser aplicadas en beneficio de los
sectores de bajos ingresos.
10. Las
autoridades
Instituirán
rííf t;
las
políticas e instrumentos de gestión
urbana y ambiental para evitar
procesos de segregación social. La
ley determinará los gravámenes a
ley determinará los gravámenes a
la
propiedad
inmobiliaria
subutilizada según el Plan General
la propiedad inmobiliaria ociosa
con fines de especulación.
de
Desarrollo
de
la
Ciudad
de
México con el fin de promover su
óptima utilización.
D. Desarrollo rural
IDEM
1.
Las
zonas
rurales de
la
ciudad
IDEM
serán protegidas y conservadas
promoviendo un aprovechamiento
racional y sostenible que permita
garantizar el derecho a la tierra,
preservar el equilibrio ecológico,
ios
recursos
naturales
y los
servidos ambientales que prestan,
así como la prosperidad de las
personas propietarias y poseedoras
oriqinarias.
2. El
gobierno
de
la
ciudad
promoverá la agricultura urbana, el
desarrollo rural, la producción
agropecuaria,
agroindustrial,
silvícola., acuícola y ariiesanal, así
como proyectos de ecoturismo
para el debido aprovechamiento de
los recursos naturales y la
preservación
del
suelo
de
IDEM
,Ciüji i meHíc»
conservación.
3. Se armonizará el desarrollo urbano
IDEM
y el rural que respete las formas,
prácticas y actividades culturales
de las personas y comunidades. Se
establecerán criterios y procesos
de cooperación, convivencia e
intercambio
económico
e
1
intersectorial con las personas,
instituciones y dependencias del
medio urbano.
e
4. Se impedirá el uso de todo
producto
genéticamente
modificado que cause daño a los
IDEM
ecosistemas, a la salud y a la
sociedad;
se
favorecerá
el
desarrollo
de
la
agricultura
orgánica.
5. Se
impulsará la
innovación,
investigación,
transferencia
IDEM
de
tecnología amable con el medio
ambiente, el extensionismo, la
comercialización, y la capacitación
M Cíut
en el medio rural. Se evitará el
crecimiento urbano y se impedirá
jr
la invasión en áreas rurales con
infraestructura,
asentamientos
equipamientos
ajenos
a
y
las
comunidades rurales.
E. Vivienda
IDEM
1. La vivienda
es el principal
componente del espacio urbano,
IDEM
del ordenamiento territorial, de la
vida comunitaria y del bienestar de
las personas y las familias.
2.
Las autoridades establecerán una
política
habitacional a
garantizar
el
derecho
fin
a
de
una
IDEM
Ú
vivienda adecuada en los términos
reconocidos por esta Constitución,
para lo cual:
a) Instrumentarán políticas de suelo
a) Instrumentarán políticas de suelo
urbano y reservas territoriales que
urbano y reservas territoriales que
El tema de vivienda es de interés general,
no se puede solo referir en la constitución
consideren
consideren
a la vivienda de tipo social.
condiciones
de
ubicación, densidad y normas de
construcción para el desarrollo de
condiciones
de
ubicación, densidad y normas de
en
construcción para el desarrollo de
vivienda
calidad, en
colaboración con los organismos
federales y locales y con los
federales y locales^ycon los
promotores privados y sociales;
promotores privados
vivienda
social
de
calidad,
b) Establecerán
programas
que
cubran al conjunto de sectores
sociales que enfrentan carencias
habitacionales, favoreciendo a las
personas en situación de pobreza y
a
los
grupos
de
colaboración con los organismos
IDEM
atención
prioritaria;
c) Asegurarán que las políticas en la
materia contemplen la vivienda
nueva terminada, la progresiva, el
mejoramiento y consolidación de
viviendas
en
rehabilitación
proceso
o
y
la
renovación
del
parque habitacional en deterioro.
Fomentarán
el
reciclamiento
de
inmuebles en estado de riesgo
estructural;
IDEM
d) Adoptarán
contribuyan
medidas
a
la
que
IDEM
sostenibilidad
ambiental;
e) Establecerán mecanismos que
regulen e impulsen la vivienda de
IDEM
arrendamiento; v
f) En los casos que requieran el
IDEM
desplazamiento de personas por
razones de interés público, se
indemnizará
o
reubicará
inmediatamente a sus residentes
en lugares seguros, cercanos y en
P
condiciones iguales o mejores a la
vivienda de origen. En caso de no
ser esto posible, se ofrecerá
protección legal y opciones para la
reposición de la vivienda afectada.
3. El gobierno de la ciudad protege y
3. El gobierno de la ciuda^ratege y
apoya la producción social de la
vivienda y del hábitat que realizan
apoya la producción
vivienda y del hábitat que realizan
sus habitantes en forma individual
sus habitantes en forma individual
u organizada, sin fines de lucro.
u organizada, sin fines de lucro.
Para tales efectos:
Para tales efectos:
a) Asignarán recursos y formulará los
instrumentos jurídicos, financieros
a)
flca-gfva-Fan rQCür5Q;^w|IH|MWII
nstruniontos
El gobierno de la ciudad debe proteger
todo tipo de vivienda (no solo la social,
como lo indica el numeral uno de este
apartado).
Este inciso no procede en virtud de que la
fracción 3 contemplaría la vivienda en
y administrativos de inducción y
general y no solamente la producción
fomento adecuados a esta forma
social de ésta.
de producción en sus diversas
modalidades;
b) Fomentará la vivienda cooperativa
en sus diversas modalidades, la ley
en
la materia
regulará su
constitución, funcionamiento y
El gobierno de la ciudad debe proteger
todo tipo de vivienda (no solo la
b) Fomentará la vivienda
en
sus
diferentes
cooperativa).
modalidades
formas de tenencia;
•1' jO'jOj KJ !m
c) Promoverá la asesoría integral para
'1 i i/•
el desarrollo de estos proyectos y;
Esta fracción promueve las Invasiones ya
que no da prioridad a la certeza de la
propiedad física y jurídica del suelo.
d) Dará prioridad en el acceso al
suelo
a
quienes
impulsen
pi
M
}
proyectos que integren áreas de
convivencia
social,
servicios
educativos,
espacios
públicos,
. •»
«I• NI
C
r** 'Ir't r ».
-J»-.!
•/ l>,t> '
. >1
'
productivos y otros servicios.
4. La
política
de
vivienda
será
4. La
política
de
Se homologa que toda la política de
vivienda
vivienda deberá estar contemplado en el
Pian General de Desarrollo Urbano y en el
ejecutada
por
un
instituto
especializado que facilite el acceso
a las personas, familias y grupos
I( I n n'.i j
•/
' J•
I
sociales a una vivienda adecuada
para el beneficio individua!, el
fortalecimiento del patrimonio y la
' 1«/
convivencia social.
del
Plan
General
de la Constitución.
II n.n 7 iM'.fM I;
' /M ».l 11 M w i n w
de
7
ará dentro
Desarrollo
Urbano de la Ciudad de México y el
Programa
de
Ordenamiento
Territorial Desarrollo Urbano.
programa de Ordenamiento Territorial y
Urbano, de conformidad con el artículo 20
5. El
gobierno
instrumentará
El gobierno no debe de regular distintas
formas legales de propiedad y tenencia de
la vivienda, incluyendo las modalidades
y
regulará
las distintas formas
legales de propiedad y tenencia de
la
vivienda,
incluyendo
las
del arrendamiento y la cooperativa de uso
y goce, ya que atenta contra los derechos
de propietarios que arrendan sus
viviendas, así como los esquemas de
modalidades del arrendamiento y
la cooperativa de uso y goce.
garantizar la propiedad privada.
financiamiento de la vivienda, con lo cual
se afecta el desarrollo e inversión futura
en el sector de la vivienda, quedando en
manos exclusivas del Estado.
F. Infraestructura física y
IDEM
tecnológica
1. Es responsabilidad del gobierno de
la ciudad y de las Alcaldías, en el
ámbito
de
sus
1. Es responsabilidad del gobierno de Se homologa
la ciudad y de las Alcaldías, en el Planeación.
ámbito
respectivas
competencias, elaborar un plan de
largo plazo la inversión pública que
asegure
la
de
su^respecti^
competencias,
modernización
permanente de la infraestructura
física y tecnológica, así como:
respetar
los
planes y programas realizados por
el Instituto de Planeación de la
Ciudad, así como:
a) Ampliar,
supervisar
mantener,
y
conservar,
renovar
la
infraestructura necesaria para el
IDEI^
con
el
Instituto
de
funcionamiento
adecuado
de
la
ciudad;
b) Asegurar la distribución equitativa
y la operación efectiva de los
servicios
públicos
y
el
IDEM
equipamiento
urbano
en
condiciones de calidad, suficiencia,
sanidad, accesibilidad y seguridad,
fomentando
el
uso
y
el
aprovechamiento
de
tecnologías
sostenibles;
c) Garantizar
servicios
públicos
IDEM
accesibles, basados en el diseño
universal;
d) Adoptar las medidas necesarias d)Adoptar las medidas necesarias para
para que las tarifas de los servicios que las tarifas de los servidos públicos
justas y progresivas en
públicos
sean
asequibles
y sean
progresivas en función
del función del consumo; y
consumo; y
e) Expandir
la
infraestructura
telecomunicaciones
a
fin
de
IDEM
de
garantizar la conectividad en la
ciudad, especialmente en espacios
públicos.
2. Las autoridades podrán establecer
sistemas
propios
para
la
generación y abasto de enerqía.
IDEM
'
1
Consideramos que es diferente
la
participación privada en un servicio, que
3. Queda prohibida la privatización de
los
servicios
públicos
de
recolección y tratamiento de
privatizar un servicio.
permitirá la participación del sector
privado en la prestación de los servicios
públicos de recolección y tratamiento de
residuos sólidos de acuerdo a las leyes
residuos sólidos.
relativas
4. Toda intervención, gubernamental
0 privada, en !a vía pública o el
equipamiento
urbano
deberá
contar con un permiso de la
IDEM
«id
autoridad competente y una fianza
que garantice el cumplimiento de
la
obra
y
la
reparación
I«
de
eventuales daños.
5.
Las autoridades facilitarán a sus
habitantes
el
acceso
a
IDEM
las
tecnologías de la información y la
comunicación a fin de asegurar su
integración
a
la sociedad
del
conocimiento y el ejercicio de los
derechos
reconocidos
Constitución.
en
esta
6. Se promoverá la expansión de
infraestructurd \
en
telecomunicaciones
y
la
transferencia tecnológica a favor
IDEM
de la ciudad, en el marco del
otorgamiento
de
concesiones,
permisos y autorizaciones para el
USO,
aprovechamiento
y
explotación
de
bienes
del
patrimonio de la Ciudad de México,
así como en las adquisiciones,
arrendamientos y enajenaciones de
bienes, prestación de servicios y
contratación de obra pública.
7. Las
autoridades
concurrencia
con
locales,
los
en
IDEM
sectores
social y privado, promoverán una
1 Cíu^ iüjd!
conectividad eficiente, según los
establezca la ley, en observancia
del principio de acceso universal.
8. Los poderes locales crearán un
sistema público de radio, televisión
y medios digitales de comunicación
de la Ciudad de México que será
garante y promotor del derecho a
saber, así como de! ejercicio de
ciudadanía y la participación social.
Tendrá por objeto la promoción de
la cultura, la libertad de expresión,
la difusión de información objetiva,
plural y oportuna, la información
IDEM
educativa, el respeto y la igualdad
entre las personas.
e
G. Espado público y convivencia
IDEM
social
1.
En
!a
Ciudad
de
(^léxico
es
IDEM
prioridad la creación, recuperación,
mantenimiento y defensa de los
espacios públicos para usos
comunitarios. Las calles, plazas y
parques
públicos
son
el
componente fundamental de la
convivencia
y
la
expresión
ciudadana,
así
como
de
la
movilidad urbana.
...
2. El diseño y gestión de los espacios
IDEM
^
públicos deberán estar en armonía
con la imagen y el paisaje y con los
usos y necesidades de las
comunidades. El gobierno de la
ciudad regulará su cuidado y
protección a fin de evitar la
contaminación visual, acústica o
ambiental provocada por cualquier
publicidad
o
instalación
de
w
servicios.
3. La propiedad del equipamiento y la
vía pública corresponde a la Ciudad
de México. El gobierno de la ciudad
tiene la facultad de transmitir e!
uso,
goce
o
particulares
y
disfrute
a
los
establecer
los
IDEM
i-;[
•"'"Mtü'iiici.
aravámenes que determine la ley.
4. El gobierno de la ciudad impedirá
la
ocupación
espacios
privada
públicos,
de
los
vías
de
IDEM
circulación y áreas no urbanizadas.
Las leyes establecerán incentivos
urbanos y fiscales para generar
espacios abiertos de uso público y
áreas verdes.
5. Se
promoverá
la
corresponsabilidad
entre
el
gobierno y la sociedad en la
creación y mejoramiento de las
áreas verdes, parques y plazas de
la ciudad y su entorno rural y en la
definición
de
IDEM
prioridades,
oroaramas y provectos.
6. La Ciudad de México garantiza el
IDEM
derecho a realizar actividades de
esparcimiento, ocio y recreativas
turísticas, promovidas por el
gobierno la ciudad, las Alcaldías y
por empresas públicas, privadas y
sociales.
H. Accesibilidad v movilidad
IDEM
i
El gobierno de la Ciudad de México
garantizará la accesibilidad y la movilidad
IDEM
de las personas mediante su consolidación
como ciudad poticéntrica y la integración
de un sistema multimodal de conectividad
y transporte. Para tal efecto:
a) Desarrollará políticas de movilidad
a) Desarrollará políticas de movilidad La CMIC considera importante que las
de los peatones, de las personas
con discapacidad y de los usuarios
políticas de movilidad y el desarrollo de
transporte colectivo lo instrumente el
de vehículos no motorizados. Dará
Instituto de Planeación.
prioridad
al
desarrollo
de
transporte colectivo y masivo de
calidad,
sobre
el
individual
a través del Instituto
de Planeación de la Ciudad de
automotor;
México;
b) Estimulará el uso de vehículos no
contaminantes y establecerá áreas
reservadas y seguras
peatones y ciclistas;
a
«• 'W p\
los
c) Regulará
el
equipamiento
adecuado
en
las
vías
y
edificaciones de uso público para
permitir la accesibilidad de todas
las personas;
IDEM
d) Implementará
IDEM
campañas
de
educación en favor de una nueva
cultura
cívica
de
la
movilidad,
fomentar la fluidez, seguridad y
prevención
de
incidentes
y
o
%
accidentes de tránsito, así como el
carácter púbiico de las vialidades;
V
e) Reglamentará
la
participación
IDEM
privada en concesiones para la
prestación de los servicios de
transporte
y
estacionamiento
públicos.
I. Vulnerabilidad,
prevención y
IDEM
mitigación de riesgos
El gobierno de la ciudad garantizará la
IDEM
seguridad de las personas, estableciendo
medidas de prevención, mitigación y
gestión de riesgos que reduzcan la
vulnerabilidad ante eventos originados por
fenómenos naturales y por la actividad
humana. Asimismo:
a) Deberá informar y prevenir a la
población ante los riesgos que
amenacen su existencia mediante
la elaboración de sistemas de
monitoreo,
pronóstico,
alerta
temprana y atlas de riesgos, la
coordinación institucional para la
prevención, mitigación, auxilio,
atención,
recuperación
y
reconstrucción ante la ocurrencia
de una situación de emergencia,
IDEM
siniestro o desastre, privilegiando
la integridad de las personas;
b) Verificará
permanentemente
el
IDEM
estado de las zonas y los
inmuebles en riesgo, promoviendo
una
cultura
participativa,
comunitaria
y
responsable,
reforzando la autoprotecdón, la
corresponsabilidad, la ayuda mutua
V el auxilio a la Doblación.
c) Realizará programas participativos
IDEM
de reubicación de las personas y
familias de escasos recursos que
habiten en zonas y edificaciones de
que
riesgo
en
condiciones
compensen
sus
pérdidas
patrimoniales y mejoren su calidad
de vida. Asimismo establecerá los
mecanismos
necesario
para
garantizar dichas compensaciones
en los casos de responsabilidad de
......
las empresas inmobiliarias; y
d) Llevará a cabo las demás acciones
IDEM
que establezca la ley en esta
materia.
*
CHICO
Ciudad de México a 12 de octubre de 2016
PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN AL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN DE
LA CDMX POR PARTE DE LA CÁMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE
LA CONSTRUCCIÓN
En la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), creemos que es
fundamental la participación de todos los sectores de la sociedad de nuestra
Ciudad para aportar propuestas para la elaboración de la Constitución Política de la
Ciudad de México, por lo que con base en el proyecto presentado por el Jefe de
Gobierno del Distrito Federal a través de la Gaceta Parlamentaria número l-I
publicada el jueves 15 de septiembre de 2016 hacemos los siguientes comentarios
y observaciones al mismo, particularmente a los artículos 20 y 21:
1. Los Industriales formales de la Construcción, estamos convencidos de que
todos los ciudadanos de la Ciudad de México somos Iguales, con los mismos
derechos y obligaciones sin distingo de su clase social, posición económica,
raza, etnia, credo, género o preferencias sexuales.
2. El Estado debe promover el desarrollo sostenido y armónico entre los
ciudadanos, respetar e impartir las leyes que la rigen, garantizar los
derechos y seguridad de la población que incluye la correcta prestación de
servicios y el seguimiento de los planes de desarrollo sustentable de la
Ciudad de México.
3. Se debe respetar y garantizar la Propiedad Privada y dar reglas claras para
el caso en que se deba de expropiar por intereses públicos bien definidos.
4. El usufructo que obtenga la propiedad privada por plusvalía, cambio de usos
de suelo, incremento de la Infraestructura urbana, y otros beneficios
tangibles e intangibles serán exclusivos del propietario, no del estado.
5. Consideramos muy conveniente la propuesta de creación del Instituto de
Planeación de la Ciudad de México, sin embargo, creemos debe tener una
estructura autónoma que permita respetar el Plan de Desarrollo de la
Ciudad de México y el Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Urbano que se propone desarrollar en el artículo 20 del proyecto de la
Constitución Política a fin de que los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial
Periférico Sur No. 4839 Colonia Parques del Pedicyul, Ciuüud de México C.P. i40IÜ
ICHICO
que tenga la Ciudad durante la vigencia de los mismos, los respeten y
cumplan. La importancia de estos Planes y Programas es fundamental para
el desarrollo sostenible del futuro de la Ciudad de México, por lo que deben
ser desarrollados por expertos en las diferentes materias y debe ser
resguardado por el Instituto de Planeación.
En cuanto al Instituto de Planeación de la Ciudad de México referido en el
Apartado B del Artículo 20, consideramos que deberá funcionar con un esquema
similar al del Banco de México, en su estructura y autonomía.
Por otra parte, estamos convencidos que el correcto desarrollo de nuestra Ciudad
será a través de proporcionar leyes claras e incluyentes para toda la sociedad, por
lo que consideramos el Artículo 21, referente al Ordenamiento Territorial,
fundamental para dar garantías a todos los ciudadanos sobre sus derechos y
definir sus obligaciones dentro del entorno urbano.
Nos preocupa como ciudadanos y como Cámara Empresarial, que no se señale la
participación del sector económico en el desarrollo y elaboración de los Planes de
Desarrollo de la Ciudad de México y el Programa de Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Urbano, así como notar que el Proyecto de Constitución no obliga al
Estado a garantizar la seguridad sobre la Propiedad Privada en todos sus aspectos,
tanto en el espacio aéreo, como en los mecanismos claros yjustos de expropiación
de la propiedad privada para intereses públicos que se definan en los mismos y de
proyectos públicos futuros.
En cuanto a la Gestión Sostenible del Agua (Art. 21 Apartado B), proponemos que
las políticas en materia de abasto de agua deberá estar sujeto al Instituto de
Planeación de la Ciudad de México.
Del Uso del Suelo (Art. 21 Apartado C) consideramos que el gobierno de la Ciudad
de México es responsable de garantizar la propiedad privada y que deberá tener el
Instituto de Planeación la gestión del suelo y ordenamiento del territorio.
Con respecto al rubro de Vivienda (Art. 21 Apartado E), es prioritario que el
gobierno de la ciudad proteja todo tipo de vivienda, (no sólo la social, como lo
indica el numeral uno de este apartado).
Del tema de Infraestructura Física y Tecnológica (Art. 21 Apartado F), la CMIC
considera que se debe contemplar la participación del sector privado para
jüi f-lo. AbS.VCi^lóíii'J
(\¡tquo.s dL-t i'odiüuni, Cuíííh:! (if;
C.r. UDICl
CHICO
colaborar con el gobierno para proporcionar dicha infraestructura y poder prestar
algunos de estos servicios a través de figuras como:
a. Contratos de Asociación Público Privados (APPs)
b. Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS)
c.
Concesiones
d. Fideicomisos de Prestación de Servicios, entre otros.
Ya que en este apartado se excluyen esquemas de participación conjunta entre el
gobierno y el sector privado.
Y con respecto a la Accesibilidad y l^ovilidad (Art. 21 Apartado H) consideramos
importante que las políticas de movilidad y el desarrollo de transporte colectivo lo
instrumente el Instituto de Planeación.
Cabe señalar que el contenido detallado respecto a las modificaciones y
sugerencias de nuestras propuestas, se pone a su disposición en el cuadro anexo
de tres columnas con la justificación del comentario, los cuales sometemos a la
consideración para su análisis correspondiente.
Sin otro particular, quedo a sus apreciables órdenes.
Atentamente
Ing. Francisco Javier Solares Alemán
Presidente de la Delegación
Ciudad de México-CMIC
Copias: Ing. Juan Paratore García, Director General, CMIC.
Lic. Ma. Antonieta López Guerra, Directora Jurídica, CMIC.
Lic. Itzamna Piña Díaz, Gerente de Ciudad de México, CMIC.
Lic. Andrea Barragán Heredia, Gerente de Asuntos Jurídicos y Corporativos, CMIC.
MALG/ABH
h'cfiícdCu
No. 'UiJ'/ Ci'
iVjiqilitji Pedict jiíl,
iíí; McxirCM'. 14010
Gaceta Parlamentaria
Lunes 17 de octubre de 2016
Asamblea Constituyente de la Ciudad de México
Mesa Directiva
Presidente: Diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez
Vicepresidentes: Diputados Clara Marina Brugada Molina, Irma Cué Sarquis, Mauricio Tabe Echartea
Secretarias: Diputadas Margarita Saldaña Hernández, Bertha Elena Luján Uranga, Aída Arregui Guerrero
Domicilio: Xicoténcatl número 9, colonia Centro, CP 06018, delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México
Dirección electrónica: http://www.diputados.gob.mx/asambleaconstituyentecdmx/