DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO SOBRE PATENTE Sello

DECLARACION Nº ___________
MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS
DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO SOBRE PATENTE
Del 1º de _______ de 201___ al
30 de ____________de 201___.-
PERIODO Nº_________
USO EXCLUSIVO MUNICIPAL
Cuenta Nº:
Localización catastral:
CUADRO I. IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
1. N° CÉDULA (física o jurídica)
2, NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL
3. Domicilio fiscal (señas):
4. Prov incia
5, Cantón:
6. Distrito
7. N° Telef.:
8. N° Fax:
9. N° Apdo Postal:
En caso de persona jurídica anotar la siguiente información del representante legal:
10. N° Cédula:
11. Nombre y apellidos:
12. Correo electrónico:
13. Domicilio fiscal (señas)
14. Provincia:
15. Cantón:
16. Distrito:
CUADRO II.- IDENTIFICACIÓN ESTABLECIMIENTO DONDE SE UBICA LA LICENCIA
17. Nombre del negocio
19. Finca Nº
20. Distrito
18 Domicilio (señas):
21, N° Telef
22. Activ idad económica
CUADRO III. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO EN RÉGIMEN TRIBUTACION TRADICIONAL
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
23, Ingreso Brutos (art. 7 de la Ley de Patentes del cantón de Desampareados Nº 9110)
¢
24. Multiplicar por el porciento 0,35%(casilla 23*0,35%)
¢
25, TOTAL IMPUESTO DEL PERIODO (Anotar monto casilla 24)
¢
Cuadro IV. TIMBRE PRO-PARQUE (Ley de Biodiversidad, N° 7788, art. 43)
26. TIMBRE PRO- PARQUES NACIONALES (2% de casilla 25)
¢
27. TIMBRE ANUAL PRO PARQUES NACIONALES (¢5.000.00 patentados de licores)
¢
28. TOTAL TIMBRE PRO-PARQUES NACIONALES
¢
29. IMPUESTO A PAGAR (CASILLAS 25 +28)
¢
CUADRO IV. DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO REGIMEN TRIBUTACIÓN SIMPLIFICADO
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
30. Total de compras del periodo (La suma de las 4 declaraciones trimestrales)
¢
31. Multiplicar por el porcentaje del 33% (casilla 30*33%)
¢
32.Producto obtenido se multiplica por el porcentaje del 0,35% (casilla 30*0,35%)
¢
33. TOTAL IMPUESTO DEL PERIODO (Anotar monto casilla 32)
¢
CUADRO V. TIMBRE PRO-PARQUE (Ley de Biodiversidad, N° 7788, art. 43)
34. TIMBRE PRO- PARQUES NACIONALES (2% de casilla 33)
¢
35. TIMBRE ANUAL PRO PARQUES NACIONALES (¢5.000.00 patentados de licores)
¢
36. TOTAL TIMBRE PRO-PARQUES NACIONALES
¢
37. IMPUESTO A PAGAR DEL PERIODO (CASILLAS 33+36)
¢
CUADRO VI. IMPUESTO POR RÓTULOS Y VALLAS PUBLICITARIAS
38.Rótulos adosados o colgantes, menores de 1,20 m de largo por 0,60 m de alto (¢2.797,08)
¢
3 9 .R ó tu lo s a d o s a d o s o c o lg a n te s m a y o re s d e 1,2 0 m y h a s ta 3 m d e la rg o p o r 1,5 0 m d e a lto (¢ 5 .5 9 4 ,16 )
¢
40.Rótulos adosados y colgantes, con medidas superiores a 3 mts. (¢11.188,33)
¢
Firma del Declarante
USO EXCLUSIVO MUNICIPAL
Nombre del Funcionario que recibe
Fecha de recepción :
Número de Cédula
Sello de Recepción
Requisitos para la Declaración del Impuesto de Patentes
• Copia del acuse de recibo y detalle de la declaración de renta enviada
por la Administración Tributaria Virtual. parte de la Dirección General
de Tributación (D-101) correspondiente al periodo vigente.
• Formulario de declaración debidamente lleno y firmado por el
responsable. En caso de ser entregado por una tercera persona y se
trate de una sociedad; deberá de presentar la personería jurídica y
copia de la cédula del representante. En caso de personas físicas;
solamente la cédula del responsable del negocio.
• Si el trámite se realiza de forma personal, basta con confrontar el
documento de identidad.
• Copia del formulario D-151 enviado por la Administración Tributaria
Virtual (Registro de Proveedores)
• Si los patentados son los dueños de la propiedad, deberán de cumplir
con los deberes formales y materiales; (estar al día en el pago de los
impuestos municipales y haber declarado el valor de las propiedades).
• Los Patentados inscritos en el régimen simplificado; deben aportar las
cuatro declaraciones correspondientes enviados por la Administración
Tributaria Virtual (D-105).
• El plazo para presentar la declaración rige dentro de los tres meses
siguientes al término del período fiscal.
En caso de no presentar la declaración en los plazos señalados en la ley, se
aplicará la multa del 25% del impuesto a cancelar, esto fundamentado en el
artículo 11 de la Ley No. 9110.