corresponde testimonio numero: tres mil trescientos

CORRESPONDE TESTIMONIO
NUMERO: TRES MIL TRESCIENTOS UNO / DOS MIL DIECISÉIS N° 3301 /2016
DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y CONSIGUIENTE REFORMA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SUSCRITO POR LA SOCIEDAD CABLETEL BOLIVIA S.R.L.----------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
En la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas quince y diez p.m. del día Lunes, veintiséis del mes de Septiembre del año Dos mil dieciséis.Ante Mí: DRA. JENNY ERIKA REYES LEAÑO, Abogada - Notaría de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial, fueron presentes en esta Oficina
Notarial los señores: MARÍA DE LOS MILAGROS CHIAPPE ARANGUREN con C.l. 3467680 L.P., CARLOS ROLANDO CHIAPPE ARANGUREN con C.l.
3467679 L.P. y MARÍA LOLA CHIAPPE ARANGUREN con C.l. 3467678 L.P.; mayores de edad, hábiles por derecho, vecinos de ésta ciudad, a quienes de
identificarlos Doy Fe. --------------- Y para que eleve a instrumento público me presentaron una minuta de AMPLIACIÓN DEL OBJETO SOCIAL Y
CONSIGUIENTE REFORMA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, adjunto de un Acta,
documentos que transcritos fiel y literalmente son del tenor siguiente:-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
TRANSCRIPCIÓN DE LA MINUTA.--------------- ---------------SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA:--------------- En los registros de escrituras públicas que corren
a su cargo, sírvase usted insertar una de ampliación del objeto social y consiguiente reforma de la escritura de constitución de Sociedad de Responsabilidad
Limitada al tenor y contenido de las siguientes cláusulas:--------------- PRIMERA.- (De los antecedentes)--------------- 1.1 Mediante escritura pública N°
137/2008 extendida por ante la Notaría de Fe Pública de José Nava Barrero en fecha 18 de abril de 2008, se ha constituido la Sociedad de Responsabilidad
Limitada que gira bajo la razón social de "CABLETEL BOLIVIA S.R.L", con personería jurídica debidamente reconocida, Matrícula de Comercio No. 138722
emitida por FUNDEMPRESA. --------------- Mediante Testimonio No. 2543/2016 extendida por ante la Notaría de Fe Pública de la doctora Jenny Erika Reyes
Leaño en fecha 8 de agosto de 2016 aumenta el capital social y se modifica la escritura de constitución de la sociedad de responsabilidad
limitada.--------------- SEGUNDA.- (Ampliación de objeto social).- En mérito a la determinación ampliar el objeto de la sociedad conforme se desprende del
Acta de la Asamblea Extraordinaria de fecha 26 de septiembre de 2016, y en cumplimiento de las cláusulas décima y décima primera de la Escritura de
Constitución, mediante la presente se modifica la cláusula cuarta de la Escritura de Constitución de la Sociedad de acuerdo a lo siguiente:--------------- Se
introduce el siguiente párrafo:--------------- "La sociedad también podrá realizar importación, distribución, comercialización al por mayor y menor de productos
de consumo masivo en general, de: productos alimenticios y/o bebidas de todo tipo; productos para la higiene y cuidado personal o de uso cosmético;
productos veterinarios o para uso animal; productos de limpieza y salubridad doméstica o profesional; productos para el hogar; productos electrodomésticos
y electrónicos; productos especializados para hoteles ("ammenities"); cotillón, productos para niñas y niños y productos para todo tipo de eventos sociales;
prendas y accesorios de vestir y/o calzados; bisutería y manufacturas de variada índole; productos y artículos para oficinas; productos especializados para
restaurantes y snacks; juguetes, juegos y artículos para recreo y deporte; productos de seguridad para oficinas, hogares y establecimientos; insumos de
ferretería; productos para iluminación, entre ellos iluminación led; productos para la construcción."--------------- En consecuencia, la cláusula cuarta queda
redactada de la siguiente manera:--------------- "El objeto de la sociedad, en ámbito territorial no limitado, es el de prestar servicios de repetición de señales
de audio, video y datos vía satelital, en sistema multicanal, cerrando y codificando; vía cable; inalámbrico de microondas y la prestación de otros servicios
complementarios y conexos.--------------- Así la sociedad podrá promocionar, ofrecer y vender estos servicios y realizar todas las actividades mercantiles
propias.--------------- Asimismo, las actividades inherentes y relacionadas a este objeto son: a) La comercialización, distribución, exportación, importación,
representación y consignación de toda clase de equipos y/o accesorios para la distribución de señales y de equipos electrónicos, en general; b) La
reparación integral y/o reacondicionamiento de equipos de transmisión de señales de televisión y datos y sus accesorios; c) El diseño, construcción,
instalación, reparación, representación, acondicionamiento y mantenimiento de todo tipo de equipos mecánicos, electrónicos, electromecánicos y de
telecomunicaciones, ya sean de televisión o de cualquier otro servicio o medio de transmisión de voz, o datos, incluyendo sistemas de televisión satelital,
microondas o cable; su comercialización, distribución, exportación, importación, consignación v la realización de actividades afines y complementarias, ya
sea de componentes o de los equipos e implementos destinados a contribuir al cumplimiento del objeto social.--------------- La sociedad también podrá realizar
importación, distribución, comercialización al por mayor y menor de productos de consumo masivo en general, de: productos alimenticios y/o bebidas de
todo tipo; productos para la higiene y cuidado personal o de uso cosmético; productos veterinarios o para uso animal; productos de limpieza y salubridad
doméstica o profesional; productos para el hogar; productos electrodomésticos y electrónicos; productos especializados para hoteles ("ammenities");
cotillón, productos para niñas y niños y productos para todo tipo de eventos sociales; prendas y accesorios de vestir y/o calzados; bisutería y manufacturas
de variada índole; productos y artículos para oficinas; productos especializados para restaurantes y snacks; juguetes, juegos y artículos para recreo y
deporte; productos de seguridad para oficinas, hogares y establecimientos; insumos de ferretería; productos para iluminación, entre ellos iluminación
led; productos para la construcción.--------------- A tal efecto, la sociedad podrá realizar sin reserva ni limitación alguna, todos los actos y contratos de
administración y disposición que fueren necesarios y convenientes para desarrollar todas las actividades comerciales inherentes o accesorias a su objeto
social. - TERCERA.- (De la vigencia de las escrituras)--------------- Las escrituras de constitución de la sociedad, así como las modificatorias, quedarán
vigentes en todo cuanto no fuera modificado por el presente documento.--------------- CUARTA.- (Del valor de documento privado)--------------- Mientras se
protocolice la presente minuta tendrá valor de documento privado.--------------- QUINTA.- (De la aceptación)--------------- Nosotros: Maria De Los Milagros
Chiappe Aranguren, Carlos Rolando Chiappe Aranguren, Maria Lola Chiappe Aranguren, aceptamos todas y cada una de las cláusulas del presente contrato
de aumento de capital y nos comprometemos a su fiel y estricto cumplimiento. Por lo demás, usted, señor Notario, se servirá agregar las cláusulas de
seguridad y estilo.--------------- La Paz, 26 de septiembre de 2016.--------------- Firmado: Maria De Los Milagros Chiappe Aranguren.--------------- Firmado:
Carlos Rolando Chiappe Aranguren.--------------- Firmado: Maria Lola Chiappe Aranguren.--------------- Firma y Sello: Carolina Amonzabel Morón.ABOGADA.- RPA: 6181376CAM.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
TRANSCRIPCIÓN DEL ACTA DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD CABLETEL BOLIVIA S.R.L.-------------------------------======= ACTA DE LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA================= SOCIEDAD CABLETEL BOLIVIA S.R.L. ===========
En la ciudad de La Paz a horas once del día 26 de septiembre del año dos mil dieciséis, se realizó la Asamblea Extraordinaria de Socios de la sociedad
CABLETEL BOLIVIA S.R.L. en las oficinas situadas en la ciudad de La Paz, habiendo considerado el siguiente orden del día:--------------- Punto Único.
Ampliación del objeto social.--------------- Asistieron a la reunión los siguientes socios que representan el 100% de las cuotas de participación de la
sociedad:--------------- María De Los Milagros Chiappe Aranguren Carlos Rolando Chiappe Aranguren María Lola Chiappe Aranguren En mérito al artículo 299
del Código de Comercio, habiéndose verificado la asistencia de los socios que representan el 100% de las cuotas de participación de la sociedad, se realiza
la Junta Extraordinaria de socios de CABLETEL BOLIVIA S.R.L.--------------- La socia Maria de los Milagros Chiappe Aranguren hablo sobre las diferentes
oportunidades que podría tener la empresa. Los socios luego de considerar los comentarios y las posibilidades de crecer decidieron proseguir con las
mismas en beneficio de la sociedad.--------------- Ante esta determinación la socia Maria Lola Chiappe Aranguren hizo uso de la palabra haciendo notar que
para realizar las actividades que se consideraron sería necesario ampliar el objeto de la sociedad.--------------- En este sentido, y a objeto de aprovechar las
nuevas oportunidades y desafíos de la empresa, se resolvió proceder con la ampliación del objeto de la sociedad incorporando en la cláusula cuarta de la
Escritura de Constitución de la Sociedad de acuerdo a lo siguiente:--------------- Que se proceda a introducir el siguiente párrafo:--------------- "La sociedad
también podrá realizar importación, distribución, comercialización al por mayor y menor de productos de consumo masivo en general de: productos
alimenticios y/o bebidas de todo tipo; productos para la higiene y cuidado personal o de uso cosmético; productos veterinarios o para uso animal; productos
de limpieza y salubridad doméstica o profesional; productos para el hogar; productos electrodomésticos y electrónicos; productos especializados para
hoteles ("ammenities"); cotillón, productos para niñas y niños y productos para todo tipo de eventos sociales; prendas y accesorios de vestir y/o calzados;
bisutería y manufacturas de variada índole; productos y artículos para oficinas; productos especializados para restaurantes y snacks; juguetes, juegos y
artículos para recreo y deporte; productos de seguridad para oficinas, hogares y establecimientos; insumos de ferretería; productos para iluminación,
entre ellos iluminación led; productos para la construcción."--------------- En consecuencia, la cláusula cuarta queda redactada de la siguiente
manera:--------------- "El objeto de la sociedad, en ámbito territorial no limitado, es el de prestar servicios de repetición de señales de audio, video y datos vía
satelital, en sistema multicanal, cerrando y codificando; vía cable; inalámbrico de microondas y la prestación de otros servicios complementarios y
conexos.--------------- Así la sociedad podrá promocionar, ofrecer y vender estos servicios y realizar todas las actividades mercantiles propias.--------Asimismo, las actividades inherentes y relacionadas a este objeto son: a) La comercialización, distribución, exportación, importación, representación y
consignación de toda clase de equipos y/o accesorios para la distribución de señales y de equipos electrónicos, en general; b) La reparación integral y/o
reacondicionamiento de equipos de transmisión de señales de televisión y datos y sus accesorios; c) El diseño, construcción, instalación, reparación,
representación, acondicionamiento y mantenimiento de todo tipo de equipos mecánicos, electrónicos, electromecánicos y de telecomunicaciones, ya sean
de televisión o de cualquier otro servicio o medio de transmisión de voz, o datos, incluyendo sistemas de televisión satelital, microondas o cable; su
comercialización, distribución, exportación, importación, consignación y la realización de actividades afines y complementarias, ya sea de componentes o
de los equipos e implementos destinados a contribuir al cumplimiento del objeto social.--------------- La sociedad también podrá realizar importación,
distribución, comercialización al por mayor y menor de productos de consumo masivo en general de: productos alimenticios y/o bebidas de todo tipo;
productos para la higiene y cuidado personal o de uso cosmético; productos veterinarios o para uso animal; productos de limpieza y salubridad doméstica o
profesional; productos para el hogar; productos electrodomésticos y electrónicos; productos especializados para hoteles ("ammenities"); cotillón, productos
para niñas y niños y productos para todo tipo de eventos sociales; prendas y accesorios de vestir y/o calzados; bisutería y manufacturas de variada índole;
productos y artículos para oficinas; productos especializados para restaurantes y snacks; juguetes, juegos y artículos para recreo y deporte; productos de
seguridad para oficinas, hogares y establecimientos; insumos de ferretería; productos para iluminación, entre ellos iluminación led; productos para la
construcción.--------------- A tal efecto, la sociedad podrá realizar sin reserva ni limitación alguna, todos los actos y contratos de administración y disposición
que fueren necesarios y convenientes para desarrollar todas las actividades comerciales inherentes o accesorias a su objeto social." La Asamblea aprobó
por unanimidad la ampliación del objeto social en la redacción antes señalada, debiendo suscribirse la respectiva escritura de ampliación de objeto social y
modificación de la escritura de constitución. Se encomendó esta tarea a la socia Maria De Los Milagros Chiappe Aranguren facultándola a suscribir y realizar
cuanto acto y trámite sea necesario.--------------- A pedido de la socia Maria De Los Milagros Chiappe Aranguren se abrió un cuarto intermedio para elaborar
el Acta. Reiniciada la Asamblea, el Acta fue aprobada por unanimidad.---------------- La reunión concluyó a horas 13:30.--------------- Firmado: Maria De Los
Milagros Chiappe Aranguren.--------------- Firmado: Carlos Rolando Chiappe Aranguren.--------------- Firmado: Maria Lola Chiappe Aranguren.--------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
==================================================== CONCLUSIÓN =====================================================
Es conforme con la Minuta Original y Acta documentos que luego de ser numerados y rubricados por mí, la suscrita notario, son agregados a la colección
de su clase, de conformidad a lo prescrito por la Ley del Notariado Plurinacional y Articulo un mil doscientos ochenta y siete del Código Civil, en consecuencia
los comparecientes aprueban y ratifican su contenido, previa lectura de principio a fin, sin nota ni observación alguna a su tenor, y capaces para el efecto
Doy Fe.===============================================================================================================
FDO.: MARÍA DE LOS MILAGROS CHIAPPE ARANGUREN.- C.l. 3467680 L.P.--------------- FDO.: CARLOS ROLANDO CHIAPPE ARANGUREN.- C.l.
3467679 L.P.--------------- FDO.: MARÍA LOLA CHIAPPE ARANGUREN.- C.l. 3467678 L.P.--------------- ANTE MI: Sello Notarial: JENNY ERIKA REYES
LEANO.- NOTARÍA DE FE PUBLICA 1ra. CLASE N° 97.- 07201220.- La Paz-Bolivia.---------------Firmado y sellado: ANTE MÍ: Jenny Erika Reyes
Leaño.- NOTARÍA DE FE PÚBLICA DE PRIMERA CLASE N° 97.- 07201220.- La Paz-Bolivia.-======================= SELLOS Y SIGNOS
NOTARIALES ==========================================================================================================
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CONCUERDA: El presente testimonio con el original de su referencia al que en su caso me remito, el mismo que confrontado legalmente lo autorizo, signo,
firmo y sello en la ciudad de La Paz, en la fecha de su otorgamiento. Doy fe.---------------------------------------------------------------------------------------------------F-