bases procurador - Ayuntamiento de Cartagena

BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DE UNA PLAZA DE
PROCURADOR.
PRIMERA. Objeto de la convocatoria
Es objeto de esta convocatoria la cobertura interina de una plaza de
Procurador, Subgrupo A1, que cesará cuando la misma sea ocupada por
funcionario de carrera o desaparezcan las razones de necesidad y urgencia
que aconsejan su provisión interina, de conformidad con lo previsto en el
art. 10 del RDL 5/2015, de 30 de Octubre, Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, Disposición Adicional Primera del
R.D. 896/91, y en el art. 27 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, que aprueba
el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Admón.
del Estado, de aplicación supletoria a la Admón. Local.
SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes:
1º. Ser español, tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de
la Unión Europea, o la de algún estado al que en virtud de la aplicación de
los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores, en cuyo caso deberá acreditarse el dominio hablado y escrito
del castellano como lengua oficial del Estado.
2º. Ser mayor de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación
forzosa.
3º. Estar en posesión del título de Licenciado o Grado en Derecho, o haber
satisfecho los derechos para la expedición del mismo.
4º. Estar inscrito en un Colegio de Procuradores que permita el ejercicio en
Cartagena.
5º. Acreditar una antigüedad de cinco años en el ejercicio de la
Procuraduría.
6º. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño
normal de las funciones del puesto.
7º. No haber sido separado del servicio de las Administraciones Públicas ni
estar inhabilitado para el desempeño de puestos en las mismas.
TERCERA. Solicitudes de participación en el proceso selectivo:
Los interesados en optar a la provisión del puesto deberán presentar
instancia en el Registro General del Ayuntamiento, dirigida al Sr. Concejal
del Área de Hacienda e Interior, manifestando que reúnen todos y cada uno
de los requisitos de la Base Primera, en el plazo de DIEZ DÍAS
NATURALES a partir de la publicación del Edicto de convocatoria en la
prensa local. Junto a ella deberán aportar la documentación acreditativa de
los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el “currículum vítae”,
con justificación documental de los méritos alegados para la fase de
Concurso.
Las instancias se podrán presentar también de forma telemática, a
través de la web municipal (www.cartagena.es) Empleo Público, o en
cualquiera de las formas determinadas en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 78,88 €, serán
satisfechos por los aspirantes en régimen de autoliquidación en los
impresos habilitados al efecto por la Administración municipal, que se
encuentran disponibles en la página web de este Excmo. Ayuntamiento:
www.cartagena.es (TRAMITES/ HACIENDA/ AUTOLIQUIDACIONES/
TASAS DE DERECHOS DE EXAMEN), realizando su ingreso en
cualquier entidad bancaria autorizada antes de presentar la solicitud, no
admitiéndose el pago fuera de dicho plazo.
CUARTA. Tribunal de Selección:
El Tribunal, que será designado por el Concejal del Área de Hacienda e
Interior, se publicará junto con la lista provisional de admitidos y
excluidos, contará con un presidente, un secretario y tres vocales, y su
composición se ajustará a lo establecido en el artículo 60 del Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los miembros del Tribunal quedan sujetos al régimen de abstención y
recusación establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
QUINTA. Proceso selectivo:
Constará de dos fases: oposición y concurso.
1º. FASE DE OPOSICIÓN: De carácter eliminatorio, consistirá en el
desarrollo de un supuesto práctico relacionado con las funciones del puesto
de trabajo.
Esta prueba se calificará de cero a sesenta puntos, debiéndose obtener una
puntuación mínima de treinta para considerar superada cada una de ellas.
2º. FASE DE CONCURSO: Consistirá en la valoración de los méritos
alegados por los aspirantes que estén documentalmente acreditados, la cual
se hará con arreglo al siguiente baremo, que no tendrá carácter
eliminatorio:
1.- Por servicios prestados a las Administraciones Públicas en el ejercicio
de la Representación Procesal, acreditados por certificado de la
Administración o del correspondiente Colegio, a 0,2 puntos por pleito hasta
un máximo de 20.
2.- Por experiencia en el ejercicio libre de la profesión, acreditada por
certificación del correspondiente Colegio, a 0,1 puntos por pleito hasta un
máximo de 12.
3.- Por formación en el ámbito de la Representación Procesal, valorada a
criterio del Tribunal, hasta un máximo de 8 puntos.
SEXTA. Resolución:
Efectuado el proceso selectivo, el Tribunal propondrá para su
nombramiento al aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.
El aspirante seleccionado deberá personarse en el Servicio de
Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena en el plazo de
CINCO DÍAS a partir de la publicación de la Resolución, aportando los
documentos necesarios para su nombramiento como funcionario interino.
Asimismo, el Tribunal formulará propuesta de lista de espera para
cubrir bajas o incidencias que pudieran registrarse en el transcurso de la
relación laboral, según el orden de prelación de las calificaciones obtenidas
por los aspirantes.
SEPTIMA. Incidencias:
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas e incidencias que
se produzcan en todo lo no previsto en las presentes Bases.