ALCANCE DIGITAL N° 210 a La Gaceta N° 192 del 06 10 2016

CARLOS
ALBERTO
RODRIGUEZ
PEREZ
(FIRMA)
Año CXXXVIII
San José, Costa Rica, jueves 6 de octubre del 2016
57 páginas
ALCANCE N° 210
PODER LEGISLATIVO
LEYES
PROYECTOS
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
DECRETOS
DOCUMENTOS VARIOS
2016
Imprenta Nacional
La Uruca, San José, C. R.
Firmado
digitalmente por
CARLOS ALBERTO
RODRIGUEZ PEREZ
(FIRMA)
Fecha: 2016.10.05
13:20:32 -06'00'
PODER LEGISLATIVO
LEYES
9398
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA PERFECCIONAR LA RENDICIÓN DE CUENTAS
ARTÍCULO 1.Como parte de la obligación constitucional que tienen los
funcionarios públicos de rendir cuentas por su labor y en aras de que dicho
ejercicio contribuya al mejoramiento continuo en la calidad del accionar estatal, se
establece la obligación de los rectores sectoriales, jerarcas ministeriales, de entes
descentralizados institucionales y de órganos de desconcentración máxima, de
elaborar, publicar y divulgar un informe anual, escrito, de la labor desarrollada por
la o las instituciones a su cargo.
ARTÍCULO 2.El informe indicado en el artículo anterior se deberá presentar
ante la Asamblea Legislativa de la República dentro de los primeros quince días
del mes de mayo. Adicionalmente, y a efectos de garantizar su máxima
divulgación, se incorporará copia de dicho informe en la página web de la
respectiva entidad u órgano; se remitirá, de manera digital, a los colegios
profesionales, escuelas universitarias, organizaciones sociales, comunales y
productivas de áreas afines a su ámbito de acción, además a los medios de
comunicación colectiva y partidos políticos con dirección electrónica conocida.
ARTÍCULO 3.-
El informe ha de incluir los siguientes contenidos mínimos:
a) Objetivos legales que dan origen y fundamento a la respectiva
entidad, órgano o sector.
b) Recursos financieros, humanos y materiales disponibles, con una
justificación de su necesidad y vigencia en orden al interés público y
cometidos de la institución.
c) El organigrama institucional vigente, que contendrá una descripción
de las diferentes áreas de trabajo y un recuento del número de
funcionarios, así como su clase (clasificación de puestos) y salarios
brutos.
d) Metas trazadas para el período en análisis, con indicación clara y
específica de los resultados concretos obtenidos para cada una de ellas,
tanto en el contexto del plan nacional de desarrollo, el plan sectorial y el
plan operativo institucional.
e) Descripción y justificación de créditos asumidos, modificaciones
salariales acordadas, procesos de contratación iniciados u adjudicados,
así como procesos o demandas judiciales enfrentadas o promovidas,
PLENARIO
-2-
viajes realizados
departamentos.
f)
por
jerarcas
LEY N.º 9398
institucionales
y
directores
de
Limitaciones u obstáculos encontrados.
g) Retos, objetivos e inversiones visualizados para el mediano y largo
plazos, tanto en el contexto institucional, como en el sectorial y nacional.
ARTÍCULO 4.Aquellos informes de los rectores sectoriales que sean
designados por la Asamblea Legislativa se presentarán directamente ante el
Plenario, que los escuchará y discutirá conforme se establezca en el Reglamento
de la Asamblea Legislativa.
ARTÍCULO 5.Los sectores, las entidades y los órganos regulados por esta
ley deberán promover mecanismos participativos, no solo para dar a conocer los
informes aquí establecidos, sino también para escuchar las inquietudes y
sugerencias de grupos organizados y de la población en general.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVA
PLENARIO
-3-
LEY N.º 9398
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los treinta días del mes de agosto de
dos mil dieciséis.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Antonio Álvarez Desanti
PRESIDENTE
Gonzalo Alberto Ramírez Zamora
PRIMER SECRETARIO
Marta Arabela Arauz Mora
SEGUNDA SECRETARIA
Fr.-
ASAMBLEA LEGISLATIVA
PLENARIO
-4-
1 vez.—O. C. N° 3400029841.—( IN2016072774 ).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LEY N.º 9398
PROYECTOS
PROYECTO DE LEY
LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS EXCESIVAS DE LOS BANCOS E
INCENTIVO PARA EL REBAJO DE INTERESES A LAS PERSONAS
ADICIÓN DE UN INCISO C) AL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N.° 7092,
DE 21 DE ABRIL DE 1988, LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA Y SUS REFORMAS
Expediente N.° 20.100
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
El mercado financiero costarricense presenta, en los últimos años, dos
características:
a)
una configuración oligopólica y,
b)
un crecimiento muy superior al del resto de la economía nacional.
Primero, respecto al carácter oligopólico, este carácter no competitivo ha
sido claramente analizado por el estudio Margen de Intermediación Financiera y
Poder de Mercado: El caso de Costa Rica, de Alejandro Castro Arias y Allechar
Serrano López, del Departamento de Investigaciones Económicas del Banco
Central de Costa Rica. En el citado estudio se concluye:
“Los resultados empíricos confirman las premisas en torno al
comportamiento bancario que lo ubican como una estructura no
competitiva tipo oligopólica. La conjetura propuesta en estudios previos
sobre un comportamiento al estilo Stackelberg parece razonable en el
sentido de que la evidencia sugiere que las entidades toman sus
decisiones en forma secuencial y no de manera simultánea. El hecho de
que la banca costarricense opere en un mercado no competitivo implica
que el precio no es igual a su costo marginal y por lo tanto la producción
no sea ´optima, es decir, se ofrecen menores servicios financieros a los
que existirían en un equilibrio competitivo.” 1
Segundo, es evidente el elevado dinamismo del sector financiero, en
comparación con el resto de la economía nacional, al observarse que el
crecimiento promedio del PIB real ha sido de un 3,9% anual, en el período (20111
En Castro y Serrano, (2013), Margen de Intermediación Financiera y Poder de Mercado: El caso
de Costa Rica, Documento de Investigación DI-04-2013 del Departamento de Investigación
Económica del Banco Central de Costa Rica, p. 16.
-2-
2015), mientras que, para este mismo período, el crecimiento promedio (real) del
sector “servicios financieros y seguros” asciende a un 6,8% anual.
Tasa de variación anual del PIB, y del PIB en sector servicios financieros y
seguros, Costa Rica, (2011-2015)
9.00
8.00
7.00
6.00
5.00
4.00
3.00
2.00
1.00
.00
Producto interno bruto a
precios de mercado
Servicios financieros y
seguros
2011
2012
2013
2014
2015
Fuente: Elaboración propia, según datos del Banco Central de Costa Rica (BCCR).
Solo considerando el año anterior (2015), resalta que mientras la economía
nacional creció solo un 2,8% (crecimiento real del PIB), el crecimiento del sector
“servicios financieros y seguros” fue de un 7,7% en términos reales. Es decir, el
sector “servicios financieros y seguros” creció, el año anterior, a un ritmo más de
dos veces superior al crecimiento general de la economía nacional.
Así, existe evidencia del carácter oligopólico del mercado financiero
nacional y del elevado dinamismo de este sector económico respecto al resto de la
economía nacional.
El alto dinamismo y el carácter oligopólico producen elevados rendimientos
para los integrantes del sector financiero. Durante los últimos 5 años (2011-2015),
las entidades del Sistema Financiero Nacional han acumulado ganancias netas,
después de impuestos y participaciones (resultado final), de más de 1,2 billones
de colones (₡1.207.665.847.000,00), según datos de la Superintendencia General
de Entidades Financieras (Sugef).
Estas dos características (carácter oligopólico del mercado financiero y alto
dinamismo) demuestran que los integrantes de este sector económico poseen una
capacidad económica superior.
Por tanto, y en congruencia con la necesidad de construir una estructura
tributaria progresiva, respetuosa del principio de capacidad económica, es
necesario que se establezcan tarifas diferenciadas y superiores para aquellas
entidades integrantes del Sistema Financiero Nacional que presenten altas
rentabilidades, para asegurar así que aquellas entidades con grandes
-3-
rentabilidades aporten de conformidad con esa capacidad económica superior.
En este proyecto de ley se propone que a las entidades del Sistema
Financiero nacional con alta rentabilidad y con altos rendimientos se aplique una
tarifa, del impuesto sobre las utilidades, 7,5 puntos porcentuales superior a la
aplicada al resto de personas jurídicas (30%).
La determinación de la recepción de altos rendimientos se realiza por medio
del “indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio”, según la
definición actual realizada por la Sugef. Este indicador permite establecer la
rentabilidad de cada entidad financiera, considera el tamaño de su patrimonio,
para hacer así comparable la rentabilidad de entidades de tamaño distinto.
Entre enero 2013 y marzo 2016, el “indicador de rentabilidad nominal sobre
patrimonio promedio” total para todo el Sistema Financiero Nacional ha variado
entre un mínimo de 7,06% y un máximo de 10,83%, resultando en un promedio de
8,48%.
Rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio, Sistema Financiero Nacional
Costa Rica, enero 2013-marzo 2016
12
10
8
Rentabilidad nominal
sobre Patrimonio
Promedio
6
Media (Ene/13-Mar16)
4
2
ene-16
oct-15
jul-15
abr-15
ene-15
oct-14
jul-14
abr-14
ene-14
oct-13
jul-13
abr-13
ene-13
0
Fuente: Elaboración propia, según datos de Sugef.
El resultado de las entidades integrantes del Sistema Financiero Nacional,
en lo que respecta a este indicador de rentabilidad, es profundamente desigual.
Para marzo de 2016, mientras que el 59% de las entidades del Sistema Financiero
Nacional reportan un indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio
inferior al 8%, el restante 41% reportan valores en este indicador que superan el
8%, llegando algunas entidades a reportar valores superiores al 15% (cerca del
doble del indicador de rendimiento de todo el Sistema Financiero Nacional).
-4-
Es claro que una porción amplia de las entidades del Sistema Financiero
Nacional presentan altos rendimientos económicos, y por tanto, una capacidad
económica superior.
En este proyecto, como se señaló antes, se propone que las entidades del
Sistema Financiero Nacional, que presenten, durante el período fiscal
correspondiente, un indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio promedio
superior al 8%, tributen una tarifa de un 37,5% en lo que corresponde al impuesto
sobre las utilidades (7,5 puntos porcentuales mayor que la tarifa del 30%
establecida para la generalidad de personas jurídicas en el inciso a) del artículo 15
de la Ley N.° 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta).
El problema del déficit fiscal alto, sostenido y creciente, que vivencia la
nación desde el 2009, exige que se tomen medidas para aumentar los ingresos
tributarios. Pero esas medidas de aumento de tributos deben guiarse hacia la
mayor progresividad posible, siendo que los nuevos ingresos deben ser aportados,
solidariamente, por aquellos contribuyentes de mayor capacidad económica. La
reforma fiscal necesaria no solo debe servir para cerrar una brecha
macroeconómica, sino también para construir una estructura tributaria más
progresiva. Es decir, la reforma tributaria, al mismo tiempo que una medida para
paliar la dinámica de la deuda pública creciente, debe ser una reconstrucción del
pacto social costarricense, una reconstrucción orientada hacia el crecimiento
económico inclusivo.
Por otra parte, otro problema de primera importancia que experimenta la
nación es el alto nivel de las tasas de interés que las entidades cobran por los
créditos. El margen de intermediación financiera, la diferencia entre las tasas de
interés pasivas y activas, es alto, derivado como se señaló previamente, del alto
nivel de concentración de poder de mercado que presenta el Sistema Financiero
Nacional. Este alto costo del crédito deriva en un desincentivo para la inversión y
la generación de empleos de calidad.
Así, considerando lo previamente expuesto, en el presente proyecto de ley
se propone establecer una tarifa del impuesto sobre utilidades superior para las
entidades financieras que cumplan con las siguientes condiciones:
a) Presenten un indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio
superior al 8%.
b) No hayan ofrecido, para todos los créditos otorgados, tasas de
interés activas inferiores al promedio del Sistema Financiero Nacional.
Así, se gravará con una tarifa superior a las rentas de aquellas entidades
financieras que obtengan rendimientos muy altos y no otorguen créditos con tasas
de interés menores que las promedio del Sistema Financiero Nacional. Así, por un
lado, se estará gravando, de forma más ajustada a la capacidad económica de las
entidades, las rentas extraordinarias obtenidas por las entidades financieras, y por
-5-
otra parte, se incentiva a las entidades a reducir sus tasas de interés activas, pues
si otorgan créditos a tasas de interés inferiores al promedio del Sistema Financiero
Nacional, no tendrán que pagar una tarifa superior a pesar de obtener
rendimientos superiores.
Hacer más progresivo el impuesto a las utilidades de las entidades
financieras e incentivar la reducción de las tasas de interés, son los objetivos que
se persiguen con la iniciativa que aquí se presenta.
En concordancia con ese objetivo de construir una reforma fiscal orientada
hacia el crecimiento inclusivo y de incentivar la reducción de las tasas de interés
en el mercado financiero nacional, la fracción legislativa del Frente Amplio somete
a consideración de las señoras diputadas y los señores diputados el siguiente
proyecto de ley.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS EXCESIVAS DE LOS BANCOS E
INCENTIVO PARA EL REBAJO DE INTERESES A LAS PERSONAS
ADICIÓN DE UN INCISO C) AL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N.° 7092,
DE 21 DE ABRIL DE 1988, LEY DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA Y SUS REFORMAS
ARTÍCULO ÚNICO.Adiciónese un inciso c), al artículo 15 de la Ley N.°
7092, de 21 de abril de 1988, Ley del Impuesto sobre la Renta y sus reformas,
corriéndose la respectiva numeración, y que se leerá como sigue:
“Artículo 15.[…]
c)
Cuando el promedio, durante el periodo fiscal correspondiente,
del indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio, de una
entidad del Sistema Financiero Nacional, regulada por la
Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), exceda
el ocho por ciento (8%), a la tarifa a aplicar a la renta imponible de
dicha entidad será de un treinta y siete coma cinco por ciento
(37,5%).
Si el promedio, durante el período fiscal correspondiente, del
indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio de una entidad del
Sistema Financiero Nacional, regulada por la Sugef, no excede el
ocho por ciento (8%), la tarifa a aplicar a la renta imponible será la
establecida en el inciso a) de este artículo.
-6-
Si el promedio, durante el período fiscal correspondiente, del
indicador de rentabilidad nominal sobre patrimonio, de una entidad
del Sistema Financiero Nacional, regulada por la Sugef, exceda el
ocho por ciento (8%), pero la entidad demuestra que durante el
período fiscal correspondiente ha ofrecido, para todos los créditos
otorgados, tasas de interés activas inferiores a cero punto veinticinco
puntos porcentuales al promedio del Sistema Financiero Nacional
para el mismo período, entonces la tarifa a aplicar a la renta
imponible será la establecida en el inciso a) de este artículo.
Se comprende rentabilidad nominal de las entidades como el
saldo acumulado de los últimos doce meses, de la diferencia entre
las cuentas de ingresos y gastos, sin considerar la inflación. Y se
comprende por patrimonio promedio de las entidades el saldo
promedio de los últimos doce meses, de las cuentas representativas
del derecho de los propietarios, (capital) sobre los activos netos
(activos menos pasivos) de la entidad, menos el interés minoritario
(en el caso de grupos o conglomerados financieros).
[…]”
TRANSITORIO ÚNICO.- La reforma al artículo 15 de, a la Ley N.° 7092, de 21 de
abril de 1988, Ley del Impuesto sobre la Renta y sus reformas, que se incluye en
esta ley, entrará a regir a partir del siguiente período fiscal posterior a la
publicación de esta ley.
Rige a partir de su publicación.
Edgardo Vinicio Araya Sibaja
Suray Carrillo Guevara
Jorge Arturo Mora Arguedas
Ana Patricia Mora Castellanos
José Antonio Ramírez Aguilar
Gerardo Vargas Varela
Carlos Enrique Hernández Álvarez
DIPUTADOS Y DIPUTADAS
22 de setiembre de 2016
NOTA:
-Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión
Permanente de Asuntos Jurídicos.
1 vez.—O. C. N° 26002.—( IN2016072668 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
DECRETOS
N.º 10-2016
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
De conformidad con los artículos 99 de la Constitución Política, 12 inciso a), y k) y 143 del Código
Electoral, Decreto Ejecutivo nº 67-2014-MGP, publicado en La Gaceta nº 48 , Alcance Digital Nº
38, del 09 de marzo de 2016.
DECRETA
1 SAN JOSE
01 CANTON SAN JOSE
V DISTRITO ZAPOTE
Mapa
069 Ju
002 ZAPOTE*D/. POBLADOS: ABOGADOS, AGUILAR, ALBORADA, CALLE
LOS MORA, CALVO, CARVAJAL, COLONIA BANCARIA, COND. TORRE
BLANCA, COOPERATIVA, COOPERATIVA MOP, DIAMANTES, FINSA,
GARGOLLO, GLORIA, INVU, JARDIN, LARA, LUISAS, MONTOYA, MORENO
CAÑAS, NICHOLAS, PRADERA, QUESADA DURAN, RAMIREZ VALIDO, SAN
GERARDO (PARTE SUR)*, VISTA HERMOSA.
Nota:
El poblado Maria Aguilar (San Cristóbal) se elimina del electoral Zapote (1-01-V-002) y se reubica
al electoral Cordoba (1-01-V-032).
069 Js
032 CORDOBA*. POBLADOS:
Nota:
El poblado Maria Aguilar (San Cristóbal) se elimina del electoral Zapote (1-01-V-002), se reubica
al electoral Cordoba (1-01-V-032) y se le modifica la denominación por San Cristóbal. El poblado
Cond. del Sur se incluye oficialmente en la DTE.
CALDERON MUÑOZ, CASTRO MADRIZ,
CERRITO (PARTE ESTE)*, COND. DEL SUR, MANGOS, SAN CRISTOBAL,
MONTEALEGRE*, SAN DIMAS, TREBOL, UJARRAS, YOSES SUR.
VIII DISTRITO MATA REDONDA
069 Io
005 MATA REDONDA*D/. POBLADOS:
Nota:
El poblado Calle Lang se elimina del electoral Mata Redonda (1-01-VIII-005) y se reubica al
electoral Perpetuo Socorro (1-01-VIII-035).
069 Io
035 PERPETUO SOCORRO*. POBLADOS: ANONOS (PARTE ESTE), BAJO
AMERICAS, CALLE ALVAREZ,
CALLE GOLF, CALLE LUISA, CASTRO, COLON, DEL PINO, FERNANDEZ
CASTRO, FINSA, GENERAL CAÑAS, LA LUISA, MADRIZ, PORRAS, RANCHO
LUNA, RESID. AMERICANAS, ROHRMOSER (PARTE ESTE), SASSON.
ANONOS (PARTE ESTE), BAJO CAÑADA (PARTE NORTE), BALCON VERDE,
CALLE LANG, CALLE MORENOS, HOLANDA*, LA SALLE, LAS VEGAS*,
LOMA LINDA, NIZA, PINOS, ROMA, TENIS, TOVAR, URB. NOSARA.
Nota:
El poblado Calle Lang se elimina del electoral Mata Redonda (1-01-VIII-005) y se reubica al
electoral Perpetuo Socorro (1-01-VIII-035).
1 SAN JOSE
02 CANTON ESCAZU
Mapa
III DISTRITO SAN RAFAEL
069 Im
003 SAN RAFAEL*D/. POBLADOS:
Nota:
El poblado Miravalles se elimina del electoral San Rafael (1-02-III-003) y se reubica al electoral
Guachipelín (San Gabriel) (1-02-III-005).
069 Gj
005 GUACHIPELIN (SAN GABRIEL)*. POBLADOS: CALLE DEL MANGO,
CALLE GUACHIPELIN, CALLE MATAPALO, CALLE VIRILLA, LOMA REAL,
COND. MIRAVALLES, QUINTANA, REAL PEREIRA (PARTE ESTE), REAL DE
PEREIRA NORTE, URB. CARREZ, URB. PINAR DEL RIO.
Nota:
El poblado Miravalles se elimina del electoral San Rafael (1-02-III-003), se reubica al electoral
Guachipelín (San Gabriel) (1-02-III-005) y se le modifica la denominación por Cond. Miravalles.
ALTO PALOMAS (PARTE ESTE),
ANONOS (PARTE OESTE), AYALA, BAJO ANONOS (PARTE OESTE), BAJO
PALOMAS, BETINA*, CALLE BARRO, CALLE CHAVES (PARTE NORTE),
CALLE CONVENTO, CALLE PAVAS, CALLE PRIMAVERA, CALLE SOCOLA,
CARAZO,
CARCHITA,
COUNTRY CLUB,
DELFINA,
DESARROLLO
UNIVERSAL,
FACIO CASTRO,
LAGUNILLA,
LAURELES,
MADRES
CARMELITAS, MAYNARD, MIRADOR, PALERMO, PALMA DE MAYORCA,
QUESADA, SANTA MARTA, TENA, TREJOS MONTEALEGRE, URB.
AMERICANA, URB. CEIBA, URB. MONTE ROCA, URIBE.
03 CANTON DESAMPARADOS
Mapa
I DISTRITO DESAMPARADOS
069 Lt
001 DESAMPARADOS*/. POBLADOS: BARRIO DAMAS, COLONIA DEL SUR,
DORADOS,
METROPOLI,
MORA ROJAS,
PALO GRANDE,
RESID.
MARSCHALL, ROJAS, BARRIO SAN JOSE, TRONCOS O TUCONADA, VISTA
VERDE.
Nota:
El poblado San José se elimina del electoral Calle Fallas (1-03-I-018) y se reubica al electoral
Desamparados (1-03-I-001) y se le modifica la denominación por Barrio San José.
069 Ms 018 CALLE FALLAS*/. POBLADOS: BELLAVISTA, CALIFORNIA, CALLE
ANGULO, CALLE CONTADORES, CALLE JORCO, CALLE NARANJOS,
CAPILLA, CARMEN MURILLO, CENTRO DE AMIGOS, CERAMICA, CIUD.
CUCUBRES, CRUCE (PARTE OESTE), FLORITA, JARDIN, LOS DURAZNOS,
MONSEÑOR SANABRIA, MONTE CLARO, RETOÑOS, RIO JORCO, SABARA,
SAN ESTEBAN REY, SAN ROQUE, TICA LINDA, TORREMOLINOS*, URB.
GARCIA MONGE.
Nota:
El poblado San José se elimina del electoral Calle Fallas (1-03-I-018) y se reubica al electoral
Desamparados (1-03-I-001).
069 Ls
028 SAN JERONIMO*. POBLADOS: ALTAMIRA, CALLE ARAYA, CIUD. LA
PAZ, COCORI (KAMAKIRI), LOMA LINDA, LOTO, PINOS, TAURO, URB.
PINAR DEL RIO, URB. KIRIA, VENECIA.
069 Ls 036 H. A. OFELIA CARVAJAL DE NARANJO.
XI DISTRITO SAN RAFAEL ABAJO
069 Mr 007 SAN RAFAEL ABAJO*D/. POBLADOS: ANGELES, AUTOFORES,
BALBOA, BARRIO LA TABLA, BARRIO SAN JOSE, CALLE BRUJO (PARTE
OESTE), COOPELOT, GARDENIA, SAN BUENAVENTURA, SANTA CECILIA,
TEJAR, UNIDAS, URB. LAREDO, URB. LOS FRUTALES, URB. PABLO
PRESBERE.
Nota:
El poblado Trevisa se elimina del electoral San Rafael Abajo (1-03-XI-007) y se reubica al
electoral Valencia (1-03-XI-031).
069 Lr
031 VALENCIA*. POBLADOS:
CALLE LA UNION, IMAS (FUENTES
MARTINEZ), LAS TRES MARIAS, LEO, LOS PINARES DE SEVILLA, MARJO,
RESID. HIGUERONES, SAGITARIO, TREVISA*,
URB. MONACO, URB.
VALENCIA, VIZCAYA.
Nota:
El poblado Trevisa se elimina del electoral San Rafael Abajo (1-03-XI-007) y se reubica al
electoral Valencia (1-03-XI-031).
04 CANTON PURISCAL
Mapa
I DISTRITO SANTIAGO
060 Rs
001 SANTIAGO *RD/. POBLADOS: BAJO MORAS, BARRIO CORAZON DE
MARIA, BARRIO EL CARMEN*, BARRIO LOS ANGELES, BUENOS AIRES,
CALLE BARBACOAS, CALLE SAN JUAN, CHARCON DE BARRIO LOS
ANGELES (PARTE OESTE), JARAZAL, JUNQUILLO ABAJO*, JUNQUILLO
ARRIBA (PARTE NORTE), KAMAKIRI, PUEBLO NUEVO, SAN FRANCISCO*,
SAN ISIDRO, SAN MARTIN, URB. LOS LAGOS.
Nota:
El poblado Junquillo Arriba* se le modifica la denominación por Junquillo Arriba (Parte Norte) y
se elimina el símbolo de escuela.
061 Dv 002 POZOS*/. POBLADOS: ALTO POZOS, BAJO BARRANCO, BAJO LAGUNA,
BAJO MAQUINA (PARTE OESTE), BAJO POZOS, CALLE POZOS, CAÑALES
ABAJO, CAÑALES ARRIBA O LLANO DE LIMON*.
060 Pr
034 CARIT*. POBLADOS: ALTO PARARRAYOS, BARRIO SANTA LUCIA,
CIRRI, ZAPOTE.
061 Fw 042 BAJO BADILLA*.
060 Rs
045 H. A. CORAZON DE JESUS.
060 Qq 046 SANTA CECILIA*. POBLADO: CALLE SAN RAFAEL.
II DISTRITO MERCEDES SUR
061 Bo 003 MERCEDES SUR*/. POBLADOS: ALTO LA LEGUA*, BAJO LA LEGUA*,
BAJO LA LEGUITA*, EL CRUCE, LOS CARMONA, SAN JOSECITO, VIBORA O
BEDOYA.
060 Sr
004 MERCEDES NORTE*/. POBLADOS:
Nota:
Los poblados Barrio Girasol y Junquillo Arriba (Parte Sur)* se incluyen oficialmente en la DTE.
BAJO MURILLO*, BARRIO
GIRASOL, CALLE VINDAS, JUNQUILLO ARRIBA (PARTE SUR)*, PLANCHA.
061 Gn 005 BOCANA*. POBLADO: BAJO QUESADA.
061 Dj
006
JILGUERAL*. POBLADOS:
ALTO PAVERO,
POTENCIANA, QUEBRADA AZUL, QUEBRADILLAS.
061 Im
008 TUFARES*. POBLADOS: ALTO LIMON, ORATORIO, VARA BLANCA,
CHARQUILLOS,
ZAPOTAL.
061 Hk 009 SALITRALES*/. POBLADOS:
TULIN.
LAJAS O SAN RAMON,
SURTUBAL,
061 Fm 011 ALTO LA PALMA*. POBLADOS: ALTO QUIVEL, LOS PERAZA.
061 Mg 016 LLANO GRANDE*. POBLADOS: BAJO LANAS O GUADALUPE*, LAJAS,
PLAYA BONITA (PARTE ESTE), QUEBRADA HONDA*, RANCHO LARGO,
SANGUIJUELAR, VENADO.
IX DISTRITO CHIRES
061 Qi
023 GUARUMAL*. POBLADOS: CERDAS, GUARUMALITO, SAN VICENTE*,
SANTA ROSA.
061 Qq 024 ZAPATON (SAN CARLOS)*. POBLADOS: ALTO CONCEPCION*, ALTO
PEREZ ASTUA*, BEJUCO, MUÑECO, REY*.
062 Gf
028 GAMALOTILLO*. POBLADOS:
COLONIA*,
QUEBRADA BONITA,
TIERRA FERTIL.
062 Ei
029 LOS ANGELES*.
062 Be
030 LA GLORIA*D/. POBLADOS: ALTO GLORIA, ANGOSTURA (PARTE
ESTE)*, ARENAL*, BAJO GUARUMAL, BAJO VEGA, CRISTO REY*, El
PLANTEL, NARANJAL*, PERICOS, PUEBLO NUEVO*, SAN GABRIEL.
Nota:
Los electorales La Gloria (1-04-IX-030) y Cristo Rey (1-04-IX-039) se refunden en el electoral La
Gloria (1-04-IX-030). El poblado El Plantel se incluye oficialmente en la DTE
061 Rn 031 MASTATAL*.
061 Kl
037 SAN MARTIN*. POBLADOS: ALTO PELON, LAJAS O SAN RAMON
(MONO CHINGO).
062 Cm 040 SAN MIGUEL*. POBLADOS: FILA DEL AGUACATE*,
AGUACATE, RIO NEGRO (PARTE NORTE).
062 Hi
LAJAS DE
043 VISTA DE MAR NORTE*. POBLADOS: BAJO CHIRES, CHIRES (NORTE
DEL RIO).
062 Bt
044 BAJO REY*.
1 SAN JOSE
05 CANTON TARRAZU
Mapa
II DISTRITO SAN LORENZO
071 Hv 004 SAN MARTIN*. POBLADOS: ALTO GUARUMAL, BAJO REYES, SAN
RAMON O NARANJILLO*.
071 Dw 005 SAN LORENZO*/. POBLADOS: ARDILLA, BAJO ZAPOTAL, CALLE
MONTERO, CALLE VARGAS, COTOS, DELICIAS, LAGUNA (ESTE DE SAN
LORENZO), MATA DE CAÑA*, MIRAMAR, PALMA, SAN ANTONIO, SAN
BERNARDO*, SANTA CECILIA DE SAN LORENZO, SANTA MARTA*, SANTA
ROSA.
Nota:
El poblado San Francisco se elimina del electoral San Lorenzo (1-05-II-005) y se reubica al
electoral San Carlos (1-05-III-008).
072 Bv 009 ESQUIPULAS*. POBLADOS: CERRO NARA*,
PASO REAL ARRIBA, RODEO (SAN ISIDRO)*.
JILGUERO,
PAQUITA,
071 Bv 012 SAN MIGUEL O SALADO*.
071 Cv 013 ZAPOTAL*. POBLADOS: ALTO ZAPOTAL, CUESTA DE MORAS*.
071 Gs
014 NAPOLES*. POBLADOS:
ALTO PACAYAS, ALTO PORTAL, BAJO
QUEBRADA HONDA, CHILAMATE, CONCEPCION, ESPERANZA*, SANTA
TERESA.
072 Ey 015 QUEBRADA ARROYO*.
III DISTRITO SAN CARLOS
071 Ep 008 SAN CARLOS*/. POBLADOS: ALTO CHIRAL, ALTO DEL CARMEN,
ALTO PAVON, BARRIO SANTA ANA, EL CURA, JAMAICA, LLANO DE LA
VIRGEN, PALMILERA, QUEBRADA SECA*, SAN FRANCISCO*, SAN JOSE*.
Nota:
El poblado San Francisco se elimina del electoral San Lorenzo (1-05-II-005) y se reubica al
electoral San Carlos (1-05-III-008).
071 Eñ 010 SAN JERONIMO*. POBLADOS: ALTO SAN JUAN*, BAJO DE JENARO O
SAN CAYETANO, SAN JOSECITO.
06 CANTON ASERRI
Mapa
V DISTRITO LEGUA
070 Ko 010 LEGUA*. POBLADOS: ALTO BUENA VISTA, BAJO MAQUINAS, LOS
ITABOS, OJO DE AGUA (PARTE SUROESTE).
070 Pn
011 BAJO DE PARRITA*. POBLADO: BAJO VENEGAS (PARTE NORTE).
071 Ah 018 ALTO AGUACATE*. POBLADOS:
LOMA DE JAMAICA.
LA PALMA,
LOMA CALVARIO,
071 Cf
020 LAGUNA (BAJO BIJAGUAL)*. POBLADO: CARMEN (PARTE NORTE).
Nota:
El poblado Carmen (Parte Norte) se incluye oficialmente en la DTE
Nota:
El electoral Carmen (1-06-V-021) se elimina del administrativo Legua (1-06-V), se reubica al
administrativo Parrita (6-09-I) con el código 6-09-I-028 y se le modifica la denominación por
Carmen (Parte Sur)
07 CANTON MORA
Mapa
III DISTRITO TABARCIA
069 Rb 004 TABARCIA*D/. POBLADOS: BAJO LIMA, CALLE LOS MARIN, CAÑAS,
SAN JUAN, SALTO, URB. CALLE VARGAS.
Nota:
El poblado San Juan se incluye oficialmente en la DTE.
070 Ab 005 PIEDRAS BLANCAS*. POBLADOS:
CARMONA.
CALLE BLANCA,
CALLE
069 Qa 006 MORADO*. POBLADO: CALLE UREÑA.
069 Rd 013 CORRALAR*. POBLADO: PUEBLO NUEVO (PARTE OESTE).
061 Bz
015 BAJO DE LOAIZA (SAN LORENZO)*.
060 Rz
022 BAJO DE BUSTAMANTE O ANGELES*.
10 CANTON ALAJUELITA
Mapa
II DISTRITO SAN JOSECITO
069 Mo 002 SAN JOSECITO*. POBLADOS: AGUILAR MACHADO, CALLE ALTO
(PARTE SUR)*, CALLE CALDERON, CALLE COCHEA, CALLE MANGOS,
CALLE MASTATE, CALLE NUEVA, CALLE TANQUE, LOS FILTROS*,
MANGO, OFELIA, PUEBLO ESCONDIDO, TU CASA, VISTAS DE ALAJUELITA.
Nota:
El poblado Doce de Julio se elimina del electoral San Josecito (1-10-II-002) y se reubica al
electoral San Antonio o El Llano (1-10-III-003).
III DISTRITO SAN ANTONIO
069 Nñ 003 SAN ANTONIO O EL LLANO*. POBLADOS: ARCANGELES, CALLE
AGUACATE, CALLE ALTO (PARTE OESTE), CALLE CALDERON, CALLE
CHANFAINA, CALLE COMUN O DE GRANADILLA, CALLE LA MORA O
SANTA MARIA, CALLE RABO DE MICO, CARACAS, CASCABELA, CALLE
DOCE DE JULIO, EL CODO, FARO DEL SURESTE, MESON, PIEDRA DE
FUEGO.
Nota:
El poblado Doce de Julio se elimina del electoral San Josecito (1-10-II-002) se reubica al electoral
San Antonio o El Llano (1-10-III-003) y se le modifica la denominación por Calle Doce de Julio.
069 Oo 006 LAMPARAS O CORAZON DE JESUS*.
EVANGELINA, POASITO, TEQUENDAMA.
POBLADOS:
FINCA
17 CANTON DOTA
Mapa
III DISTRITO COPEY
080 Ci
003 COPEY*/. POBLADOS:
Nota:
El poblado Rio Blanco se elimina del electoral Trinidad (1-17-III-006) y se reubica al electoral
Copey (1-17-III-003).
ALTO CAÑAZO, ALTO MIRAMAR, BARRIO
IMAS, BERNARDO UREÑA, CRUCE CHINCHILLA, FLORIDA, LAGUNA
CERRADA,
PEDREGOSO,
QUEBRADA GRANDE (PARTE ESTE),
RIO
BLANCO*, SAN CARLOS, SAN LUCAS.
080 Mñ 004 PROVIDENCIA*. POBLADOS: BAJO AZUL, EL BRUJO, OJO DE AGUA
(SUR CARRETERA), PIEDRA, RINCON, ZAPOTAL.
079 Rk 005 LA CIMA*/. POBLADO: CAÑON (PARTE SUR).
079 Sl
006 TRINIDAD*. POBLADOS: ALTO INDIO, CRUCES (SUR CARRETERA),
DOS AMIGOS (SUR CARRETERA), GARRAFA, MADRESELVA (PARTE SUR),
PASO MACHO (PARTE SUR), QUEBRADOR (SUR CARRETERA), RIO HUMO
(SUR CARRETERA), TRES DE JUNIO (SUR CARRETERA), VUELTAS.
Nota:
El poblado Rio Blanco se elimina del electoral Trinidad (1-17-III-006) y se reubica al electoral
Copey (1-17-III-003).
080 Kt
008 SAN GERARDO*. POBLADO: JABONCILLO*.
19 CANTON PEREZ ZELEDON
Mapa
VI DISTRITO PLATANARES
093 Qn 017 BOLIVIA*/. POBLADO: SAN GERARDO*.
093 Nl
025 SAN RAFAEL DE PLATANARES*D/. POBLADOS:
NARANJO*.
BONITAS*,
093 Mñ 035 SAN PABLO*/. POBLADOS:
NARANJOS, SAN PABLITO*.
Nota:
BAJO ESPINOZA,
MOLLEJONCITO,
El poblado Lourdes (Parte Norte) se elimina del electoral San Pablo (1-19-VII-035) y se reubica al
electoral San Gabriel (1-19-XII-029).
093 Mg 050 AGUAS BUENAS*. POBLADO: ORATORIO*.
094 Cn 057 SIERRA*.
093 Qk 063 VISTA DE MAR NORTE*. POBLADOS:
MASTATAL, VILLA FLOR (CANTARRANA).
093 Jn
093 Ll
ALTO DEL CARMEN,
079 RIO GRANDE*. POBLADO: CRISTO REY.
088 MOLLEJONES*. POBLADOS: BUENOS AIRES*, CONCEPCION (PARTE
OESTE)*.
093 Nj
089 SOCORRO*.
093 Ql
099 VILLA ARGENTINA*. POBLADO: BAJO BONITAS*.
Nota:
El electoral San Carlos (1-19-VI-058) se elimina del administrativo Platanares (1-19-VI) y se
reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-058.
VII DISTRITO PEJIBAYE
031 PEJIBAYE*D/. POBLADOS:
094 Bs
ACHIOTAL O VILLA HERMOSA*,
ASENTAMIENTO EL PROGRESO*, BARRIO NUEVO*, CIUD. EL RIO, GIBRE,
PARAISO*.
094 Fx
034 AGUILA ABAJO*. POBLADO: DELICIAS*.
094 Et
036 ZAPOTE*.
094 Cp 038 DESAMPARADOS*.
093 So
039 SAN MIGUEL*. POBLADOS: BAJO MINAS, MATASANOS.
093 Pq
040 MESAS*/. POBLADOS: MINAS, SAN MARCOS*.
094 Ez
077 SAN MARTIN (LAS MULAS)*. POBLADOS: ALTO LOS ANGELES O SAN
DIMAS, LIMONCITO.
094 Gu 078 GUADALUPE*/. POBLADO: SANTA FE DE AGUILA*.
094 Fr
086 TRINIDAD*. POBLADOS: ALTO TRINIDAD (PUÑAL)*, BELLA VISTA*.
094 Hv 087 VERACRUZ*. POBLADOS: BAJO CALIENTE, CALIENTILLO.
Nota:
El electoral San Gabriel (1-19-VII-029) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se
reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-029. El electoral Santa
Lucia (Santa Luisa) (1-19-VII-047) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica
al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-047. El electoral China Kicha (119-VII-069) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La
Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-069. El electoral San Antonio (1-19-VII-070) se
elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19XII) con el código 1-19-XII-070.
XII DISTRITO LA AMISTAD
093 Or
029 SAN GABRIEL*/. POBLADOS:
LOURDES (SAN ROQUE)*,
SANTA
CECILIA*.
Nota:
El electoral San Gabriel (1-19-VII-029) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se
reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-029. El poblado Lourdes
(Parte Norte) se elimina del electoral San Pablo (1-19-VII-035), se reubica al electoral San Gabriel
(1-19-XII-029) y se le modifica la denominación por Lourdes (San Roque). El poblado Lourdes
(Parte Sur) se elimina de la DTE
093 Ms 047 SANTA LUCIA (SANTA LUISA)*. POBLADO: ORATORIO.
Nota:
El electoral Santa Lucia (Santa Luisa) (1-19-VII-047) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19VII) y se reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-047. El poblado
Oratorio se incluye oficialmente en la DTE.
093 Kp 058 SAN CARLOS*.
Nota:
El electoral San Carlos (1-19-VI-058) se elimina del administrativo Platanares (1-19-VI) y se
reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-058.
093 Rz
069 CHINA KICHA*. POBLADO: MOCTEZUMA*.
Nota:
El electoral China Kicha (1-19-VII-069) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se
reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-069.
093 Pv
070 SAN ANTONIO*. POBLADOS:
BELLAVISTA,
CORRALILLO*,
SAN
ANTONIO ABAJO*.
Nota:
El electoral San Antonio (1-19-VII-070) se elimina del administrativo Pejibaye (1-19-VII) y se
reubica al administrativo La Amistad (1-19-XII) con el código 1-19-XII-070. El poblado Bellavista
se incluye oficialmente en la DTE.
Distrito Administrativo La Amistad, creado por Decreto Ejecutivo Nº 67-2014-MGP, publicado en
La Gaceta Nº 48 , Alcance Digital Nº 38, del 09 de marzo de 2016.
20 CANTON LEON CORTES CASTRO
Mapa
I DISTRITO SAN PABLO
070 Qv 001 SAN PABLO*D/. POBLADOS: BARRIO SAN FRANCISCO, LA CLARA,
LOS ANGELES, MONTES DE ORO, ROSARIO, SAGRADA FAMILIA.
Nota:
El poblado Abejonal se elimina del electoral San Pablo (1-20-I-001). El poblado Barrio La Virgen
se elimina del electoral San Pablo (1-20-I-001) y se reubica al electoral Angostura Abajo (1-20-II006).
070 Ru 018 CARRIZALES*.
II DISTRITO SAN ANDRES
070 Kr
002 SAN ANDRES*/. POBLADOS:
(PARTE ESTE)*, RASTROJALES.
070 Ls
006 ANGOSTURA ABAJO*. POBLADO: ABEJONAL (BARRIO LA VIRGEN).
Nota:
El poblado Barrio La Virgen se elimina del electoral San Pablo (1-20-I-001), se reubica al electoral
Angostura Abajo (1-20-II-006) y se le modifica la denominación por Abejonal (Barrio La Virgen).
BAJO LOS ANGELES*,
OJO DE AGUA
070 Mr 016 HIGUERON*. POBLADOS: BAJO BONILLA, BAJO GAMBOA, LLANO
GRANDE.
III DISTRITO LLANO BONITO
070 So
003 LLANO BONITO (SAN RAFAEL ARRIBA)*/. POBLADOS: BAJOS DE
PARRITA OESTE, BARRIO DURAN BONILLA, EL LLANO,
Nota:
Los poblados Santa Rosa Abajo Oeste* y Santa Rosa Arriba Oeste* se eliminan del electoral Llano
Bonito (San Rafael Arriba) (1-20-III-003) y se reubican al electoral San Rafael Abajo (Beneficio
Café) (1-20-III-007)
071 Bo 007 SAN RAFAEL ABAJO (BENEFICIO CAFE)*. POBLADOS: BARRIO
SAN JUAN, BARRIO SAN LUIS*, SANTA ROSA ABAJO OESTE, SANTA ROSA
ARRIBA OESTE.
Nota:
Los poblados Santa Rosa Abajo Oeste* y Santa Rosa Arriba Oeste* se eliminan del electoral Llano
Bonito (San Rafael Arriba) (1-20-III-003), se reubican al electoral San Rafael Abajo (Beneficio
Café) (1-20-III-007) y se les elimina el símbolo de escuela*.
070 Pñ
011 SAN FRANCISCO*. POBLADOS: BAJO MORAS, BAJO VENEGAS (PARTE
SUR), BARRIO CONCEPCION*, BARRIO SAN MIGUEL.
071 Cn 019 SANTA JUANA*. POBLADO: TABACALES.
IV DISTRITO SAN ISIDRO
070 Rs
004 SAN ISIDRO*/. POBLADOS: ALTO CARRIZAL, LOMA DE LA ALTURA.
070 Pp
008 SANTA ROSA ABAJO ESTE*. POBLADO: SANTA ROSA ARRIBA ESTE*.
Nota:
Al electoral Santa Rosa Arriba Este (1-20-IV-008) se le reubica la cabecera a Santa Rosa Abajo
Este (1-20-IV-008) y se le elimina el símbolo de escuela*.
071 Bq 012 TRINIDAD*. POBLADO: BAJO DE PARRITA ESTE O DE SAN RAFA*.
2 ALAJUELA
03 CANTON GRECIA
Mapa
III DISTRITO SAN JOSE
059 Iw
004 SAN JOSE Y SANTA GERTRUDIS NORTE*. POBLADOS: CALLE
CANGREJOS, CALLE EMERITA ARAYA, CALLE JOAQUIN ROJAS (PARTE
ESTE), CALLE OJO DE AGUA (PARTE NORTE), CALLE SAN ANTONIO (EL
BURRO), LA ERMITA, LOMA O SAN MARTIN, URB. EL ACHIOTE.
059 Kx 005 SANTA GERTRUDIS SUR*. POBLADOS: CALLE GUAYABAL, CALLE
LOS CHORROS, CALLE LOS TRAPICHES, CALLE OJO DE AGUA (PARTE SUR),
CALLE SOLIS (PARTE OESTE), CALLE UGALDE, CALLE ZAMORA (PARTE
OESTE), ROJAS, URB. ANIBAL GONZALEZ.
059 Lu 012 LA ARENA (PARTE NORTE)*. POBLADOS: CALLE DE LA ARENA,
DELICIAS O SANTA BARBARA, GUAYABAL (PARTE NORTE).
Nota:
Al electoral La Arena (2-03-III-012) se le modifica la denominación por La Arena (Parte Norte).
059 Fy
014 CALLE RODRIGUEZ*.
059 Ix
033 CALLE SAN JOSE*. POBLADOS:
CALLE GEOVANNY ARGUEDAS,
CALLE QUESADA, CALLE RESBALON, EL CRUCE, SANTA ROSA (PARTE
OESTE).
059 Jx 037 CEDRO*. POBLADOS: CALLE BARRANTES, PUNTA DE CAÑA, ULATE
04 CANTON SAN MATEO
Mapa
II DISTRITO DESMONTE
060 Fc
005 DESMONTE*/. POBLADOS: CONCEPCION, CUESTA COLORADA, EL
LIMON, FINCA LA SIERRA, FINCA SACRA FAMILIA, HELADO O LA
LIBERTAD*, LA UNION, PATIO DE AGUA NORTE, QUEBRADA HONDA, SAN
JUAN UNO, ZAPOTE.
060 Ce
010 ESTANQUILLOS O SAN ANTONIO (PARTE OESTE)*/. POBLADOS:
CALLE A CARRIZAL, PATO DE AGUA (PARTE OESTE).
Nota:
El electoral Estanquillo (San Antonio) (2-05-II-005) se elimina del administrativo Jesús (2-05-II),
se reubica al administrativo Desmonte (2-04-II) con el código 2-04-II-010 y se le modifica la
denominación por Estanquillos o San Antonio (Parte Oeste).
05 CANTON ATENAS
Mapa
II DISTRITO JESUS
060 Di
003 JESUS*/. POBLADOS: ALTO DEL MONTE*, BARROETA*, BOCA DEL
MONTE, CUAJINIQUIL, VUELTA POLACO.
060 Dk 004 SABANA LARGA*/. POBLADOS: FINCA ESPAVELES,
SAN VICENTE.
Nota:
GUACALILLO,
El electoral Estanquillo (San Antonio) (2-05-II-005) se elimina del administrativo Jesús (2-05-II),
se reubica al administrativo Desmonte (2-04-II) con el código 2-04-II-010 y se le modifica la
denominación por Estanquillos o San Antonio (Parte Oeste).
13 CANTON UPALA
Mapa
V DISTRITO DELICIAS
025 Fw 011 DELICIAS*D/. POBLADOS:
ASUNCION,
EL MANZANO,
FINCA
ARGENTINA (LLANOS ARGENTINA), FINCA CHIRIPA, FINCA MERCEDES
(FRONTERA), FINCA SAN SEBASTIAN, FINCA SANTA ROSA (FRONTERA),
FINCA SANTA ROSA SUR, LA CRUZ*, PATASTE, PAVAS*.
025 Jp
012 SANTA CLARA (PARTE ESTE)*. POBLADOS: FINCA BUENAVISTA,
FINCA MONTERREY, PERLA*, SAN JUAN.
Nota:
El poblado Perla se elimina del electoral Quebradón (2-13-V-034) y se reubica al electoral Santa
Clara (Parte Este) (2-13-V-012).
025 Bq 020 SAN RAMON*. POBLADOS: FINCA AMALITA, FINCA CONCEPCION,
FINCA SANTA LUCIA, LA PUEBLA, MEXICO*, MOCORON.
025 Jt
034 QUEBRADON*. POBLADOS: ASENT. TINAJAS, FINCA ESPERANZA.
Nota:
El poblado Perla se elimina del electoral Quebradon (2-13-V-034) y se reubica al electoral Santa
Clara (Parte Este) (2-13-V-012).
3 CARTAGO
01 CANTON CARTAGO
Mapa
V DISTRITO AGUACALIENTE O SAN FRANCISCO
078 Si
005 SAN FRANCISCO*D/. POBLADOS:
079 Aj
006 LOURDES*. POBLADOS: BARRO MORADO, CENICERO, EL MUÑECO*,
FINCA TRINIDAD,
GRANADILLA,
JUCOSAL,
MATA DE GUINEO,
NAVARRITO, URB. INCSA, URB. LAS LOMAS.
AGUA CALIENTE*,
CALLE
PITAHAYA, CIUDAD DE LOS NIÑOS*, COCORI*,
LA CHACONA, LOS
FRAILES, LOS PINARES, SALITRAL, ZANJON.
078 Qh 027 PITAHAYA*. POBLADOS: IMAS, LOPEZ, RESID. JARDINES DE
AGUACALIENTE, SAN ANTONIO DE PADUA, URB. CASTILLO, URB. CIUDAD
DE ORO, URB. MONTEALTO, VASQUEZ DE CORONADO.
Nota:
078 Ri
El poblado Resid. Cartago se elimina del electoral Pitahaya (3-01-I-027) y se reubica al electoral
Manuel de Jesús Jimenez (3-01-I-031).
031 MANUEL DE JESUS JIMENEZ*. POBLADOS:
CALLE ZOPILOTA,
RESID. CARTAGO.
Nota:
El poblado Resid. Cartago se elimina del electoral Pitahaya (3-01-I-027) y se reubica al electoral
Manuel de Jesús Jimenez (3-01-I-031).
078 Sg
035 GUAYABAL (PARTE ESTE)*. POBLADO: RESID. LA CAMPIÑA
Nota:
El electoral C.P. San Francisco (3-01-V-032) se elimina del administrativo Agua Caliente o San
Francisco (3-01-V) y se reubica al administrativo El Tejar (3-08-I) con el código 3-08-I-017
02 CANTON PARAISO
Mapa
I DISTRITO PARAISO
078 Sñ
001 PARAISO*D/. POBLADOS:
BARRIO FLORENCIO DEL CASTILLO,
BARRIO LA CASTILLA, BARRIO SAN ESTEBAN, BARRO HONDO, CALVARIO,
CHIVERRE O SAN ANTONIO*, CRUZ ROJA, CUCARACHO, CUESTA GRANDE,
CUESTA MADRIZ,
DULCE NOMBRE,
ESTACION,
FINCA CASTILLO,
GUTIERREZ, HOGAR PUEBLITO DE COSTA RICA, INVU, JORA, JOYA,
LAGUNA*, LLANO, LUISIANA, MORALES, MOZOTAL, PALMA, PEDREGAL,
PEIPUTE, PERICO, PIEDRA GRANDE, PITALILLO, PUCARES, RADIO,
RINCON, SALTO, SANCHIRI, SANTA MARTA, SOLARES, SOLEDAD*, URB.
CERRO VERDE, URB. EL ANGEL, URB. LA MISION, URB. LA VICENTINA,
VEINTIOCHO DE DICIEMBRE.
078 Rp 002 BIRRISITO*D/. POBLADOS: ALTO BIRRISITO, ASENT. ROGELIO COTO,
CERRO CHIQUITO, CHIRAL, CHIRRITALES, EL HUECO, LA CACHIMBA,
PANDORA, PARRUAS, TITERES.
Nota:
El poblado Barrio San Francisco se elimina del electoral Birrisito (3-02-I-002) y se reubica al
electoral Lapuente (3-02-II-019).
079 Ar
013 UJARRAS*. POBLADOS:
CALLE LOS PERICOS, FINCA SAN JUAN,
HACIENDA LA FLORA, LA MINITA, RESID. LOS CAPIROS, URB. FLORENCIO
DEL CASTILLO, VILLA ISABEL.
II DISTRITO SANTIAGO
078 Ou 003 SANTIAGO*/. POBLADOS: BARRIO LAS TROJAS, BIRRIS (PARTE ESTE),
CASA BLANCA, CORREDORES, CUSCARES, LA LOMA, MESAS*, MESITAS,
URB. EL BENEFICIO.
078 Qs
004 EL YAS*/. POBLADOS: JETA TUERTA, JUNQUILLAL, CALLE EL
NARANJO (PARTE NORTE), PUENTE FAJARDO, URB. ARBOLES DEL YAS.
078 Ps
011 LA FLOR*D/. POBLADOS: ARRABARA, DESENGAÑO, TALOLINGA.
078 Ss
015 AJENJAL*D. POBLADOS: CALLE DEL VALLE, CIUD. MARIA REINA,
FINCA ASENSAL O AJENJAL, NUEVA UJARRAS, URB. CUATRO CALLES.
078 Oq 019 LAPUENTE*. POBLADOS:
MIGUEL.
BARRIO SAN FRANCISCO,
FINCA SAN
Nota:
El poblado Barrio San Francisco se elimina del electoral Birrisito (3-02-I-002) y se reubica al
electoral Lapuente (3-02-II-19).
078 Rs
021 RIO REGADO*. POBLADOS:
CALLE ACEVEDO, CALLE EL NARANJO
(PARTE SUR), CALLE VALE, EL CIRJUELO, LA FORTUNA (EL ALTO), LOS
VIVES, PIEDRA AZUL*.
IV DISTRITO CACHI
079 At
009 CACHI*D/. POBLADOS: BAJOS URASCA, BARRIO CIENEGUITA, CALLE
VOLIO, LA MURRAY, NARANJO, PEÑAS BLANCAS*, PIEDRA GRANDE,
PUEBLO NUEVO, RIO DE OROS, URB. LAS ROSAS, URB. ROBLES DE CACHI,
URB. VISTA AL LAGO, VOLIO*.
078 Sv
010 URASCA*/. POBLADOS: BAJOS DE DOROTEA, FAJARDO, SURTUBAL.
079 Br
012 LA LOAIZA*. POBLADOS:
CALLE LOAIZA,
CUESTA SEGURA,
GUABATA (PARTE NORTE), GUAIRA, GUARIA, MATA DE GUINEO, PUENTE
CASIMIRO.
078 Qu 017 SAN JERONIMO O GUATUSO*. POBLADOS: GUATUSITO, JOYAS.
078 Py
018 SAN MIGUEL O HAMACA (PARTE OESTE).
Nota:
Al electoral San Miguel o Hamaca (Parte Oeste)* se le elimina el símbolo de escuela*.
03 CANTON LA UNION
Mapa
II DISTRITO SAN DIEGO
069 Lz
002 SAN DIEGO*D/. POBLADOS: BARRIO SAN MARTIN, CALLE NORTE O
RICHMOND, CALLE PADILLA, CALLE PIEDRA ENCANTO, LA ITABA,
MARIANA, OMEGA (PARTE SUR), PUEBLO NUEVO, RESID. PASO REAL,
TACORA, URB. DON EFRAIN, URB. FLORENCIO DEL CASTILLO, URB. MANOS
UNIDAS, URB. MECANIZADA, URB. PALMIRA, URB. SAN JUAN, URB.
SANTA MOHAL, URB. TORONJAS, URB. VILLA FLORIDA, VILLA SOFIA.
Nota:
El poblado Urb. El Cedro se elimina del electoral San Diego (3-03-II-002) y se reubica al electoral
San Rafael (3-03-IV-005).
078 Ma 009 SANTIAGO DEL MONTE*. POBLADOS: CALLE GIRALES*, CALLE
PEREZ, EULALIA, RESID. VILLA FLORENCIA, URB. LA YENY, URB. LAS
MARGARITAS, URB. TINOCO.
069 Mz 012 RINCON MESEN ESTE*. POBLADO: CALLE MESEN*.
IV DISTRITO SAN RAFAEL
078 Kc 005 SAN RAFAEL*D. POBLADOS: BARRIO PINAR DEL RIO, BELLELANDIA,
CALLE MUÑOZ, CARLOS MALAVASI, RESID. LA CARPINTERA, ESTANCIA
ANTIGUA, LA CRUZ, RESID. GENOVA, SAN CARLOS, SAN MIGUEL*,
SIERRAS DE LA UNION, URB. EL PILAR, URB. EL CEDRO.
Nota:
El poblado Urb. El Cedro se elimina del electoral San Diego (3-03-II-002) y se reubica al electoral
San Rafael (3-03-IV-005).
078 Ld 010 QUEBRADA DEL FIERRO*. POBLADO: URB. ENTEBE.
078 Lc
013 SAN VICENTE*. POBLADOS: PILARICA, SAUCEDO (SAUCES), URB.
ARBOLEDA, URB. VILLA ALEGRE.
078 Jb
016 YERBABUENA*. POBLADO: IZTARU.
05 CANTON TURRIALBA
Mapa
II DISTRITO LA SUIZA
089 Nr
013 PACAYITAS*/. POBLADOS:
(GUADALUPE), MARGARITA.
Nota:
El poblado Barrio El Progreso se elimina del electoral Pacayitas (3-05-II-013) y se reubica al
electoral San Vicente (3-05-II-050).
BARRIO ARAYA,
BUENOS AIRES
089 Qo 014 LA SUIZA*D/. POBLADOS:
ARCANGELES,
BARRO DE OLLA,
CARRIZAL, DAVID, FINCA NUBES, FINCA ROMA, HACIENDA CRISTINA*,
LAS COLONIAS*, LEONA (PARTE OESTE), PIEDRA GRANDE, SELVA (PARTE
SUR), SONIA, URB. FRANCISCO MENDEZ, URB. HUGO SMITH.
089 Sk
016 ATIRRO*/. POBLADOS: MAQUINA VIEJA, PUEBLO NUEVO.
089 Lt
033 MOLLEJONES*.
089 Pn
049 CARMEN*. POBLADO: SAN GERARDO.
089 Ns
050 SAN VICENTE*. POBLADO: EL PROGRESO*.
Nota:
El poblado Barrio El Progreso se elimina del electoral Pacayitas (3-05-II-013), se reubica al
electoral San Vicente (3-05-II-050) y se le modifica la denominación por El Progreso
089 Oñ 065 EL SILENCIO*. POBLADOS: ALTO ALEMANIA, BALALAICA, DANTA,
SILENCIO ARRIBA.
089 Qn 070 CANADA*. POBLADOS: BARRIO GONZALEZ, BARRIO SAN MARTIN,
CIUD. ABELARDO ROJAS, CIUD. ROJAS QUIROS, CRUZADA DE ATIRRO,
PROYECTO LAS GAVIOTAS.
089 Jt
074 PACUARE*.
08 CANTON EL GUARCO
Mapa
I DISTRITO EL TEJAR
078 Rg 001 EL TEJAR*D/. POBLADOS: BARAHONA, BARRIO LOS ANGELES,
BARRIO SAN FRANCISCO, CALDERON, CALLE A TOBOSI, CHAVARRIA,
GONZALEZ, RESID. ANDREA, SAN RAFAEL, SANTA CLARA*, SANTA
GERTRUDIS*, SAUCES, SILO, URB. EL GUARCO, URB. VICTORIA, URB.
VILLA FLORESTA, URB. ZORZALES, VIENTO FRESCO.
078 Se
006 BARRIO NUEVO*. POBLADOS:
RESID. CACIQUE, SANTO CRISTO,
URB. FUNDACION, URB. LAS CATALINAS, URB. LOS LLANOS.
078 Rh 015 ASUNCION (CANGREJAL)*/. POBLADOS:
VIEJA, VILLA FRANCISCA.
COLONIA, HACIENDA
078 Re
016 SABANA GRANDE*.
078 Si
017 C. P. SAN FRANCISCO.
Nota:
El electoral C.P. San Francisco (3-01-V-032) se elimina del administrativo Agua Caliente o San
Francisco (3-01-V) y se reubica al administrativo El Tejar (3-08-I) con el código 3-08-I-017.
4 HEREDIA
08 CANTON FLORES
Mapa
I DISTRITO SAN JOAQUIN
068 Sk
001 SAN JOAQUIN*D/. POBLADOS: CALLE CEMENTERIO, CALLE REAL
(PARTE NORTE), HACIENDA LUISIANA, LOS JOAQUINEÑOS, SANTA MARTA,
SANTISIMA TRINIDAD, URB. EL CAMPANARIO, URB. LAS FLORES, URB.
SAN JOAQUIN, URB. SANTA CECILIA, VILLA LICO, VILLA LUISIANA.
Nota:
El poblado Villa María se elimina del electoral San Joaquin (4-08-I-001) y se reubica al electoral
San Lorenzo (4-08-II-002).
II DISTRITO BARRANTES
068 Rl
002 SAN LORENZO*. POBLADOS:
Nota:
El poblado Villa María se elimina del electoral San Joaquín (4-08-I-001), se reubica al electoral
San Lorenzo (4-08-II-002) y se le modifica la denominación por Resid,. Campos de Maria o Villa
Maria
BARRIO BARRANTES*,
CALLE
RINCONADA, RESID. CAMPOS DE MARIA O VILLA MARIA, UGALDE, URB.
BARILOCHE, URB. SAN LORENZO, URB. VILLAS DEL RIO.
5 GUANACASTE
01 CANTON LIBERIA
Mapa
I DISTRITO LIBERIA
018 Eh 001 LIBERIA*RD/. POBLADOS: ARIZONA, BARRIO LOS ANGELES, BARRIO
MANUEL CORDOBA (IMAS), BOCANA, CACAO, CERROS, COND. LUNA
LIBERIANA, CONDEGA*, COYOLAR, DELICIAS*, FINCA BIRMANIA, FINCA
CEBADILLA, FINCA CHACARA, FINCA ESPERANZA DOS, FINCA GLORIA,
FINCA GUACHIPELIN, FINCA HERRADURA, FINCA MACONDO, FINCA SAN
JOCOBO, FINCA TIERRA BLANCA, FINCA ZELANDIA, HACIENDA CAÑADA,
HACIENDA EL REAL, HACIENDA LIRIAMBA, HACIENDA SAN HERNAN,
ISLETA (NORTE DEL RIO), JUANILAMA, MALINCHE, OREGANO, PASO
TEMPISQUE (PARTE ESTE), PLAZUELA, POLVAZALES, PUERCOS, SAN
BENITO, SAN LUCAS, SANTA INES, TRES MARIAS, TROZAS, VILLANUEVA.
018 Lm 010 SALTO OESTE*/. POBLADOS: CARAÑA, FINCA BELLAVISTA, FINCA
CHUMBULUN, FINCA FORMOSA, FINCA HUACAS, FINCA IBERIA, FINCA
RESCATE, FINCA SAN ANTONIO, FINCA SAN BOSCO, FINCA ZOPILOTA,
HACIENDA ASIENTILLO, HACIENDA PELON DE LA BAJURA*, HACIENDA
PALENQUE, MONTAÑITA, TERREROS*.
Nota:
El poblado Caraña se elimina del electoral La Victoria (5-01-I-015) y se reubica al electoral Salto
Oeste (5-01-I-010).
018 Gj
011 C. P. LIBERIA (MODULO B CASITAS).
018 Eg 012 H. A. LIBERIA.
018 Hg 013 BARRIO LA CRUZ*. POBLADOS: FINCA MATA DE CAÑA, FINCA SAN
JERONIMO, ROBLE DE SABANA, SANTA LUISA, URB. EL GOLFO.
018 Df
014 CORAZON DE JESUS*. POBLADOS: BARRIO SAN ANTONIO, BUENOS
AIRES, CAMBALACHE*, ENCINOS, JICARO, LAS BRISAS,
ANGELES*, URB. SANTA ANA*.
018 Fh
URB. LOS
015 LA VICTORIA*. POBLADOS: ARENA, BARRIO LAS BRISAS, BARRIO
PELONCITO*, BARRIO SAN MIGUEL, CHORICERA, FINCA ESPERANZA,
FINCA LAURELES, LA CARRETA, MOCHO, RESID. CASA BLANCA, RESID.
DANIEL ODUBER, SANTA LUCIA, URB. ALASKA.
Nota:
El poblado Caraña se elimina del electoral La Victoria (5-01-I-015) y se reubica al electoral Salto
Oeste (5-01-I-010).
018 Dh 016 SAN ROQUE*. POBLADOS: BARRIO MARTINA BUSTOS, CIUD. ROJAS
CHAVES, GUARIA, INVU SABANERO 1 y 2/, LA GALLERA, LOTES DE
GUALBERTO, NAZARETH*, URB. CURIME, VEINTICINCO DE JULIO.
017 Jt
017 SANTA MARIA*. POBLADO: EL ESCOBIO.
018 Db 020 RODEITO*.
018 Dh 021 MORACIA*/. POBLADOS:
RAFAEL, URB. CHOROTEGA.
FELIPE PEREZ,
PUEBLO NUEVO*,
SAN
018 Gj
022 C. P. LIBERIA (MODULO D1-D2).
018 Ff
023 CAPULIN*. POBLADOS: BARRIO LOS LAGOS, BARRIO SANTA ANA,
COND. DEL RIO, COND. TAYACAN, FINCA LA CHOCOLATA, RESID.
CAMINO DE LUNA, RESID. CHOROTEGA, RESID. DEL RIO, RESID. EL SITIO,
RESID. LA AMERICA, RESID. ROBLE SABANA, ZANJITA.
018 Gj
024 C. P. LIBERIA (MODULO D3-D4).
IV DISTRITO NACASCOLO
010 Lq 002 GUARDIA*D/. POBLADOS: BARRIO BUENOS AIRES, BARRIO CHINO,
BARRIO EL FOSFORO, BEJUCO, CABUYAL, CACAO, EXPERIMENTAL
HORIZONTE, FINCA CEBADILLA, FINCA IGUANITA, FINCA SAN MIGUEL,
FINCA SANTO TOMAS,
HACIENDA CULEBRA,
HACIENDA EL JOBO,
HACIENDA GUAPOTE, HACIENDA ORIENTE, HACIENDA PELON DE LA
ALTURA,
HACIENDA RANCHO ALEGRE, HACIENDA SAN MIGUEL,
HACIENDA SANTA ROSA, HACIENDA TRINIDAD, LAS BRISAS, LAS
TRANQUERAS, LOS LAGOS DE GUARDIA*, NACASCOLO, ORATORIO, PASO
LAJAS, PLAYA NARANJO, PUERTO CULEBRA, SAN FELIPE, SITIO
GUANACASTILLO, TRIUNFO*.
Nota:
El poblado Finca Monte Galan se elimina del electoral Guardia (5-01-IV-002) y se reubica al
electoral Comunidad (5-05-II-003).
03 CANTON SANTA CRUZ
Mapa
IV DISTRITO TEMPATE
011 Jc
018 TEMPATE*/. POBLADOS:
TEMPATE,
TEMPATE.
Nota:
BEJUCO*, CUESTA SARDINAL, CUESTA
FINCA PALO DE ARCO, HACIENDA LUPITA, PARAISO DE
El poblado Finca Juan Viñas se elimina del electoral Tempate (5-03-IV-018) y se reubica al
electoral Cartagena (5-03-V-019).
011 Rb 020 PORTEGOLPE*/. POBLADOS:
CHILES, RINCON.
FINCA GLORIA,
FINCA ZANJA, LOS
003 Ox 021 HUACAS*/.
003 Ex 027 POTRERO*. POBLADO: PLAYA POTRERO.
011 Pa
040 EL LLANO (EL CHORRO)*. POBLADOS: FINCA CARRERA BUENA,
FINCA SALTO.
V DISTRITO CARTAGENA
011 Nh 019 CARTAGENA*D/. POBLADOS:
CALLE ZORRA,
CAÑAFISTULA,
COROCITOS, CUESTA ARENAL, EDEN, FINCA ALCORNOQUE, FINCA
COROCITO, FINCA JUAN VIÑAS, FINCA PEÑAS BLANCAS, FINCA TAJO,
HIGUERON, JOBO, LOURDES, ORATORIO, TOYOSA, VILLA ROSARIO
(HUACALES), ZACATIPE.
Nota:
El poblado Finca Juan Viñas se elimina del electoral Tempate (5-03-IV-018) y se reubica al
electoral Cartagena (5-03-V-019).
011 Pd
032 LORENA*.
04 CANTON BAGACES
Mapa
I DISTRITO BAGACES
018 Qz 001 BAGACES*D/. POBLADOS: ARBOLITO*, BARRIO CHILE*, BARRIO SAN
ANTONIO, BRISAS, CINCO DE JUNIO, CORAZON DE JESUS (PUENTE
QUEMADO)*, EL COLMENAR, FINCA ENCANTO, FINCA ESPAÑA, FINCA
FELICIDAD, FINCA FRANCESA, FINCA GAVIOTA, FINCA LOBA, FINCA SAN
GERARDO, FINCA SANTA ROSA, FINCA SIERRA, FINCA TRINIDAD,
HACIENDA BRASIL,
HACIENDA LORAS,
HACIENDA MARSELLESA
(CHIRICANO), HACIENDA PALO VERDE, HACIENDA RECREO, HACIENDA
YOJAN, HORQUETILLA, LA LIMA, PARCELAS SAN MARTIN, URB. EL
REDONDEL, URB. EL RODEO, URB. PEDRO NOLASCO, URB. VALLE
DORADO, VILLA VIEJA.
027 Qg 002 MONTANO*/. POBLADOS: CASA VIEJA, COFRADIA, CORRALILLO,
CUESTA CAMBALACHE, CUESTA JOBO, FINCA OSCAR MIGUEL, HACIENDA
AURORA, LOMA ALTA, RIO BLANCO.
028 Of
003 BEBEDERO (NORTE DEL RIO)*. POBLADOS: FINCA LAS PIEDRAS,
FINCA PALMITA,
FINCA SAN JERONIMO,
HACIENDA MOJICA, URB. BEBEDERO.
027 Ia
HACIENDA CATALINA,
009 SALITRAL*. POBLADOS: FINCA COYOL, FINCA RIO BLANCO, FINCA
VENTANAS, MICO PINTADO, PITAL, SANTA ROSA.
028 Cd 011 MONTENEGRO*/. POBLADOS:
HACIENDA RANCHO REY.
FINCA LA FLOR,
FINCA MASAVI,
018 Op 014 PIJIJE*. POBLADOS: FINCA FLOR DE LIZ, FINCA LUCHA, FINCA RIO
POTRERO, FINCA SAN CAYETANO NORTE, FINCA SAN CAYETANO SUR,
FINCA SANTA ELENA,
HACIENDA CIRUELAS,
HACIENDA CORTES,
HACIENDA MONTEVERDE, LA ZANJA DE BARRO, SALTO ESTE, SAN
RAMON O PAPAYITO*.
Nota:
El poblado Pelón de la Bajura (Este Rio) se elimina de la DTE.
019 Ku 018 BAGATZI*. POBLADOS: ASENTAMIENTO FALCONIANA*, HACIENDA
TAMARINDO, LAS PLAYITAS*.
018 Qu 019 LLANOS DE CORTES*. POBLADO: ASENTAMIENTO MARAÑONAL.
028 Dc 020 AGUA CALIENTE*. POBLADOS: BARRIO POZA LINDA, FINCA
CULEBRA, FINCA PAMPA MIA, FINCA SAN JERONIMO (PARTE NORTE),
FINCA SANTA ISABEL, FINCA SONORA, PARCELAS LA SOGA.
III DISTRITO MOGOTE
026 Oc 008 GUAYABO*D/. POBLADOS: BARRIO 2000, BARRIO MIRAVALLES,
BARRIO OSES, FINCA TIZONA, HORCONES, LA ESE, LOS ANGELES*,
MOCHADERO, SAN PEDRO*, URB. YIYI.
Nota:
026 La
El poblado Torno se elimina del electoral Guayabo (5-04-III-008) y se reubica al electoral San
Isidro de Limonal (5-04-III-017).
013 PUEBLO NUEVO*. POBLADOS: HACIENDA LA GLORIA, RINCON DE LA
CRUZ*, SAN JORGE*.
018 Bz
017 SAN ISIDRO DE LIMONAL*. POBLADOS: BARRO DE OLLA, FINCA
CAJON, FINCA PARAISO, LIMONAL*, TORNO.
Nota:
El poblado Torno se elimina del electoral Guayabo (5-04-III-008) y se reubica al electoral San
Isidro de Limonal (5-04-III-017).
05 CANTON CARRILLO
Mapa
II DISTRITO PALMIRA
010 Rr
002 PALMIRA*D/. POBLADOS: BARRIO CIELO AZUL,
BARRIO LA
COYOLERA, BARRIO SAN PEDRO, INVU 1, INVU 2, LOS ANGELES, PALMIRA
TRES (INVU).
010 Nq 003 COMUNIDAD*/. POBLADOS: ASENT. MONTE GALAN, BARRIO MARIA
AUXILIADORA, COND. PRADOS DEL RIO, GAVILAN, HACIENDA LAS
TRANCAS, HACIENDA MONTE CLARO, KUKUI (SAN LUIS).
Nota:
011 As
El poblado Finca Monte Galan se elimina del electoral Guardia (5-01-IV-002) y se reubica al
electoral Comunidad (5-05-II-003) y se le modifica la denominación por Asent. Monte Galan
021 PASO TEMPISQUE (PARTE OESTE)*/. POBLADOS: FINCA DELICIAS,
SAN RAFAEL.
III DISTRITO SARDINAL
010 Rl
004 SARDINAL*D/. POBLADOS: BARRIO EL GUANACASTE, BARRIO LAS
PALMAS*,
BARRIO SIMON BOLIVAR,
BARRIO VERDUN,
BEJUCO,
CARPINTERO, COLEGIO, IMAS (VIETNAM), NANCITAL, OBANDITO*, PILAS,
PLAYONES, TABORES.
011 Bñ 005 SAN BLAS*/. POBLADOS: EL MORAL (PARTE NORTE), FINCA ANITA,
FINCA RASTROJO, FINCA SANTA ISABEL, GUAYABAL.
010 Rh 006 ARTOLA*. POBLADOS: ARTOLITA, HUAQUITAS.
010 Ne 011 EL COCO*D/. POBLADOS:
El PORVENIR, LA CHORRERA,
CANALES, OCOTAL, SAN MARTIN, URB. LA SEGOVIA.
LOS
010 Jj
015 PANAMA O CACIQUE*. POBLADOS: HACIENDA MONTE DEL BARCO,
PLAYA HERMOSA*.
Nota:
El poblado Hacienda El Roble se elimina del electoral Panamá o Cacique (5-05-III-015) y se crea
como distrito electoral con la denominación de Altos del Roble (5-05-III-022).
010 Sd
018 NUEVO COLON*. POBLADOS: DELICIAS, FINCA VASCONIA, FINCA
VOLCAN, GUACAMAYA, PASO REAL, PASO VAINILLA, PLAYA BLANCA,
PLAYA MATAPALO, ZAPOTAL.
010 Om 019 SANTA RITA*. POBLADOS: ASENT. DANIEL ODUBER, FINCA LIBANO,
NANCITE DULCE, TABLAZO.
011 Am 020 LIBERTADAD (HUACAS)*.
010 Gn
022 ALTOS DEL ROBLE*. POBLADO: LA CASCADA.
Nota:
El poblado Hacienda El Roble se elimina del electoral Panamá o Cacique (5-05-III-015) y se crea
como distrito electoral con la denominación de Altos del Roble (5-05-III-022). El poblado La
Cascada se incluye oficialmente en la DTE.
06 CANTON CAÑAS
Mapa
I DISTRITO CAÑAS
028 Ip
001 CAÑAS*RD/. POBLADOS: ALBANIA, ANDEZA, BARRIO SANTA ISABEL
ABAJO, BARRIO SANTA ISABEL ARRIBA, BARRIO MIGUEL ARAYA, BELLO
HORIZONTE*, CANTARRANAS O SAN LUIS*, CONCEPCION, CUESTA
DIABLO, CUESTA EL MICO, IMAS, INVU VIEJO*, KENNEDY, LA CORTE, LA
CUEVA,
LOS ANGELES,
MIRAVALLES,
PEDREGAL (URB. VERGEL),
PUEBLO NUEVO, RESID. NACAOME, RESID. VERGEL, SAN CRISTOBAL*,
SAN PEDRO, SANDIAL*, SANTA ROSA, URB. LA GRAN PIEDRA, URB. LAS
BRISAS (INVU), URB. LOS MALINCHES, URB. TENORIO.
Nota:
Los poblados Pochota y Villa Esperanza se eliminan del electoral Cañas (5-06-I-001) y se reubican
al electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018).
028 On 010 HOTEL*. POBLADOS: COLONIA SAN LUIS*,
SANTA PAULA, LIBERTAD*.
FINCA NILO,
FINCA
028 Eo 011 SANDILLAL*/. POBLADOS: BARRIO LAS ROMANITAS, CEDROS*,
COROBICI*, CORRENTADAS, EL CEPO, FINCA CONGOJAS, FINCA GUARIA,
FINCA MARIA CRISTINA, FINCA PACIFICA, FINCA UNION, MONTES DE ORO,
SAN ISIDRO*.
028 Gu 012 EL VERGEL*. POBLADOS: FINCA CHARCONES, FINCA REJOYA.
028 Lr
014 JABILLA ABAJO*. POBLADOS: BARRIO LOS ULATE, FINCA SALITRAL,
JABILLA ARRIBA, PASO LAJAS*, SAN ANTONIO.
028 Io
015 SAN MARTIN*. POBLADOS: BARRIO UNION, FINCA POZO DE AGUA,
TRES MARIAS, URB. VEROLIZ.
Nota:
El poblado Finca Paso Hondo se elimina del electoral San Martin (5-06-I-015) y se reubica al
electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018).
028 Hp 016 LAS PALMAS*. POBLADOS:
BARRIO EL BOSQUE,
CASTILLO, BARRIO SAN ANTONIO, URB. CHOROTEGA.
BARRIO EL
028 Kq 017 H. A. MARY BLANCO.
028 Ip 018 URB. LAS CAÑAS*. POBLADOS:
TERRAPEZ, VILLA ESPERANZA.
Nota:
FINCA PASO HONDO,
POCHOTA,
El electoral creado es Urb. Las Cañas (5-06-I-018). Los poblados Pochota y Villa Esperanza se
eliminan del electoral Cañas (5-06-I-001) y se reubican al electoral Urb. Las Cañas (5-06-I-018). El
poblado Finca Paso Hondo se elimina del electoral San Martin (5-06-I-015) y se reubica al electoral
Urb. Las Cañas (5-06-I-018). El poblado Terrapez se incluye oficialmente en la DTE
08 CANTON TILARAN
Mapa
I DISTRITO TILARAN
038 Dd 001 TILARAN*D/. POBLADOS: ASENT. MONSEÑOR MORERA*, BARRIO
BONANZA, BARRIO BUENOS AIRES*, BARRIO DOS PINOS, BARRIO SAN
ANTONIO,
BARRIO SANTA ROSA, BARRIO TOVAR, CAPRI (CABRA),
CARMEN*, CIUD. JUAN XXIII, FINCA BELLA VISTA, FINCA MANDELA,
FINCA QUESERA, HACIENDA SILENCIO, INVU, LOMA LINDA, LOMBARDIA,
PIAMONTE, TRES ESQUINAS, URB. CENIZAROS, URB. LINDA VISTA, URB.
LOMAS DEL CARMEN, URB. LOMAS DEL SOL, URB. QUEBRADA AZUL.
Nota:
El poblado Colonia ICE se elimina del electoral Tilarán (5-08-I-001) y se reubica al electoral Los
Ángeles de Santa Rosa (5-08-IV-007).
038 Hn 017 RIO CHIQUITO*. POBLADOS: CHIRIPA.
037 Rg 023 SAN LUIS*.
038 Dd 024 H. A. TILARAN.
IV DISTRITO SANTA ROSA
028 Bx 007 LOS ANGELES (SANTA ROSA)*/. POBLADOS: AGUILARES, COLONIA
ICE, CUESTA MUERTO, FINCA ESPERANZA, LA PALMA*, LOS MOISOS, SAN
JUAN, SAN RAFAEL.
Nota:
El poblado Colonia ICE se elimina del electoral Tilarán (5-08-I-001) y se reubica al electoral Los
Ángeles de Santa Rosa (5-08-IV-007).
037 Oa 008 PARCELAS DE QUEBRADA AZUL (LINDA VISTA)*/. POBLADOS:
CAMPOS AZULES, FINCA ALTAMIRA, FINCA LIRIO BLANCO, FINCA
RETIRO, HACIENDA MONTECRISTO, NARANJOS AGRIOS, RANCHITOS*,
SANTA CECILIA.
VI DISTRITO TIERRAS MORENAS
037 Lg 006 AGUACATE (PARTE OESTE)*.
Nota:
Al electoral Aguacate se le modifica la denominación por Aguacate (Parte Oeste).
027 Lx 011 TIERRAS MORENAS*/. POBLADOS: AGUAS GATAS, BAJO PAIRES,
FINCA INDIA, FINCA ISLA, PARAISO (PARTE ESTE)*, SABALITO*, SAN
LORENZO.
037 Ld 019 RIO PIEDRAS (GUADALAJARA)*.
Nota:
Al electoral Guadalajara se le modifica la denominación por Río Piedras (Guadalajara).
09 CANTON NANDAYURE
Mapa
II DISTRITO SANTA RITA
021 Py
002 SANTA RITA*/. POBLADOS:
GUASTOMATAL,
ZANJONES.
ANGOSTURA, FINCA PALMICHAL,
MOROTE (PARTE SUR)*, YERBABUENA (PARTE SUR),
Nota:
El poblado Hacienda Roxana se elimina del electoral Santa Rita (5-09-II-002) y se reubica al
electoral Cacao (5-09-II-024).
021 Ot
016 TACANIS*/.
021 Mw 024 CACAO*. POBLADOS: GUARIA, HACIENDA ROXANA*, UVITA (PARTE
SUR)*.
Nota:
El poblado Hacienda Roxana se elimina del electoral Santa Rita (5-09-II-002) y se reubica al
electoral Cacao (5-09-II-024).
IV DISTRITO SAN PABLO
030 Pb
004 SAN PABLO*/. POBLADOS: BARRIO LA UVITA, FINCA LAGUNA, FINCA
POZO DE PIEDRA, ISLA BERRUGATE, MATADERO DE BERRUGATE, PUERTO
THIEL*, SAN PABLO VIEJO.
Nota:
El poblado Puerto Thiel se elimina del electoral Pavones (5-09-IV-018) y se reubica al electoral
San Pablo (5-09-IV-004).
031Ae
018 PAVONES*/. POBLADOS: CANJEL*,
CHAMARRO, COROZAL OESTE.
Nota:
El poblado Puerto Thiel se elimina del electoral Pavones (5-09-IV-018) y se reubica al electoral
San Pablo (5-09-IV-004).
CANJELITO (LAS PARCELAS)*/,
6 PUNTARENAS
05 CANTON OSA
Mapa
VI DISTRITO BAHIA DRAKE
096 Nk 016 DRAKE*/. POBLADOS: AGUJITAS*, BOCA GANADO, BUENA VISTA,
CALETAS*, EL PROGRESO*, GUERRA*, ISLA DEL CAÑO, LLORONA, LOS
ANGELES*, PIEDRA EL ARCO, PLAYA COLORADA, QUEBRADA GANADO,
SAN PEDRILLO.
110 Da 027 RIYITO DE SIERPE*. POBLADOS:
QUEBRADA SUCIA.
096 Pr
BANEGAS (PARTE SUR), FINCA
033 RANCHO QUEMADO O DELICIAS*. POBLADO: CHIQUERON.
096 Sh 038 LOS PLANES*. POBLADO: SAN JOSECITO (RINCON)*.
097 Hy 039 ALTO LAGUNA*/. POBLADO: DOS BRAZOS (CIUDADELA GUAYMI).
Nota:
El poblado Ciudadela Guaymi se elimina del electoral La Palma o Independencia (6-07-II-003) y se
reubica al electoral Alto Laguna (6-05-VI-039). El poblado Ciudadela Guaymi se le modifica la
denominación por dos Brazos (Ciudadela Guaymi).
06 CANTON QUEPOS
Mapa
I DISTRITO QUEPOS
072 Ij
001 QUEPOS*RD/. POBLADOS: ARENAL, BARRIO BELLAVISTA, BARRIO
EL CERRO O TIPO H, BARRIO PARAISO, BARRIO VISTA BOSQUE, COLINAS
DEL ESTE*, ESPADILLA, ZONA AMERICANA, LOS ANGELES, RANCHO
GRANDE (INVU)*, TAJO.
072 Al
002 CERRITOS*. POBLADOS: GALLEGA*, GUACALILLO, LAS PARCELAS.
072 Be
006 DAMAS*. POBLADOS: FINCA PIRRIS, PAPATURRO, RIOS.
071 Rh 012 SAN RAFAEL (CERROS)*. POBLADOS:
CAÑAS, CERROS ARRIBA*, EL PRECARIO.
072 Jp
APAGON,
CANTA RANA,
016 RONCADOR*. POBLADOS: BOCA DE NARANJO, FINCA BARTOLO,
FINCA MONA*,
PASTORA.
FINCA QUEBRADA AZUL,
LLAMARON,
LLORONA*,
072 Ov 021 MARITIMA*. POBLADO: DELICIAS.
072 Fh
025 PAQUITA*. POBLADOS: CAÑITAS, ESTERO DAMAS, FINCA ANITA*,
JUNTA NARANJO O EL SWITCH, PUEBLO REAL, VISTA DE MAR.
072 Gl
031 LA INMACULADA*. POBLADOS:
BARRIO LAS PALMAS, BARRIO
LOURDES, BARRIO SAN MARTIN, FINCA PASCUA, LA MANAGUA, LOMAS
DEL CRUCE.
Nota:
El poblado Barrio Lourdes se elimina del electoral Naranjito (6-06-III-003) y se reubica al electoral
Inmaculada (6-06-I-031).
072 Kk 033 MANUEL ANTONIO*. POBLADOS: EL CRUCE, SECTOR LOS LIRIOS.
072 Hj
034 BOCA VIEJA*. POBLADOS: BAHIA AZUL, CALLE LOS ALFARO,
VENECIA.
072 Hi
035 COCAL*.
072 Fh
038 H. A. PAQUITA.
III DISTRITO NARANJITO
072 Do 003 NARANJITO*/. POBLADOS: CONCEPCION, PASCUA.
Nota:
072 Ds
El poblado Barrio Lourdes se elimina del electoral Naranjito (6-06-III-003) y se reubica al electoral
Inmaculada (6-06-I-031).
007 VILLANUEVA*. POBLADOS: COTOS, NENE, PASO REAL, SANTA
JUANA*, TOCORI.
072 Et
027 LONDRES*/. POBLADOS: BUENOS AIRES, CAPITAL, PASO DE LOS
INDIOS.
072 It
036 SABALO*. POBLADOS: BAJO SAVEGRE, BIJAGUAL, FINCA EL NEGRO*.
07 CANTON GOLFITO
Mapa
II DISTRITO PUERTO JIMENEZ
002 PUERTO JIMENEZ*D/. POBLADOS:
110 Ot
BALSA, COYUNDA, FINCA
BAMBU*, FINCA CATALINA, FINCA COROZAL, FINCA DELICIAS, FINCA
SAN MARTIN, FINCA ZAPOTE, LACONTE, PLAYA TIGRE, PUEBLO NUEVO,
RIO NUEVO, URB. EL COLEGIO, URB. FABRI, URB. SAN LAZARO.
Nota:
El poblado Carbonera se elimina del electoral Puerto Jimenez (6-07-I-002) y se crea como distrito
electoral con la denominación de Carbonera (6-07-II-038). Los poblados Agua Buena, Carate, Piro,
Playa Matapalo, Playa Sombrero y Río Oro se eliminan del electoral Puerto Jimenez (5-06-I-002) y
se reubican al electoral Carbonera (6-07-II-038).
110 Cf
003 LA PALMA O INDEPENDENCIA*D. POBLADOS: AMAPOLA*, CERRO
DE ORO, GUADALUPE*,
JIMENEZ*, URB. CERRITOS.
PLAYA BLANCA,
PUERTO ESCONDIDO DE
Nota:
El poblado Ciudadela Guaymi se elimina del electoral La Palma o Independencia (6-07-II-003) y se
reubica al electoral Alto Laguna (6-05-VI-039).
110 Jj
004 CAÑAZA DE JIMENEZ*. POBLADOS: AGUJAS ABAJO (BARRIO
BONITO)*, AGUJAS ARRIBA, CONTE DE PALO SECO*, MONTERREY, SAN
MIGUEL*.
110 Oñ 009 BOCA GALLARDO DE SANDALO*. POBLADOS: DOS BRAZOS DE RIO
TIGRE*, LAJITAS, PLAYA ÑEQUE*, SANDALO*, TERRONES, TIGRE DE
JIMENEZ.
111 Kv 038 CARBONERA*. POBLADOS: AGUA BUENA, CARATE, MATAPALO,
PIRO*, PLAYA SOMBRERO, RIO ORO*.
Nota:
El poblado Carbonera se elimina del electoral Puerto Jimenez (6-07-I-002) y se crea como distrito
electoral con la denominación de Carbonera (6-07-II-038). Los poblados Agua Buena, Carate, Piro,
Playa Matapalo, Playa Sombrero y Río Oro se eliminan del electoral Puerto Jimenez (5-06-I-002) y
se reubican al electoral Carbonera (6-07-II-038). El poblado Playa Matapalo se le modifica la
denominación por Matapalo.
III DISTRITO GUAYCARA
120 Mj 005 VILLA BRICEÑO (KILOMETRO 37)*. POBLADOS: ACAPULCO,
BOLSA, EL ALTO (VINCENZI), GAMBA*D, KILOMETRO 33*, LA JULIETA
(KILOMETRO 35)*, RIO BONITO.
Nota:
Al electoral Villa Briceño se le modifica la denominación por Villa Briceño (Kilometro 37)
120 Rt
010 RIO CLARO*D/. POBLADOS: BAMBEL 1*, BAMBEL 2 Y 3*, BAMBEL 4,
BARRIO RASTRO (POLIDEPORTIVO), BARRIO RITA CALDERON, BARRIO
SANTIAGO*, CHIQUEROS, COLONIA LUZ DEL MUNDO, FINCA RIO CLARO,
GORRION*, LA ESPERANZA (IDA)*, LA GLORIA, LA GRANJA CAMPESINA,
LA GUARIA, LOS ANGELES*, URB. GUAYCARA, URB. GUAYMI, URB.
SILVERIO.
120 Mu 015 LLANO BONITO*. POBLADO: LINDA VISTA*.
120 Mñ 016 UNION DE COTO NORTE*. POBLADO: BUENA VISTA.
120 Ik
017 VALLE DE LOS CEDROS O SAN MIGUEL*. POBLADO:
BAJO
CEDROS.
120 Qz 023 CARACOL NORTE (PARTE)*. POBLADOS: LAS NUBES (PARTE
OESTE)*, SANTIAGO DE CARACOL (PARTE OESTE)*, TIGRA*.
120 Rñ 026 VIQUILLAS*. POBLADOS: KILOMETRO 30, KILOMETRO 31, VILLA
FOSTER (KILOMETRO 29)*.
120 Os
031 LAGARTO (LA LUCHA)*. POBLADO: SAN FRANCISCO*.
120 Qt
035 SAN RAMON*. POBLADOS:
LAS DELICIAS*, LAS VEGAS*, PARCELAS
IDA, URB. EL ESFUERZO.
121 Fz
036 FINCA 54*. POBLADOS: COTO 63*, FINCA COOPERATIVA*, FINCA 55,
FINCA 56*, FINCA 57, FINCA 58*, FINCA 59, GORRION, PUEBLO TRISTE.
09 CANTON PARRITA
Mapa
I DISTRITO PARRITA
062 Rr
001 PARRITA*D/. POBLADOS:
ISLA PALO SECO*,
LOS ALMENDROS,
PUEBLO NUEVO*/ , URB. CESAR.
052 Pz
002 ESTERILLOS OESTE*. POBLADOS:
FINCA RANCHO NUEVO,
HIGUITO*, PUNTA MALA, SAN JULIAN*, VILLAS XIHU, VISTA DE MAR*.
062 Mh 004 CHIRES ARRIBA*. POBLADOS: CHIRES ABAJO, GUAPINOL*, JICOTE
ARRIBA*.
062 Kr
005 SARDINAL SUR*. POBLADO: MONTE SIERPE.
062 Ok 006 LOMAS DE PARRITA*. POBLADOS: FINCA ESPERANZA, LA LOMA*,
LA PALMA*, LA 45, LOS SUEÑOS*, PROYECTO GRUPOS 1 AL 9.
062 Po
007 LOS ANGELES*. POBLADO: RESID. LAS ACACIAS
062 Nq 008 EL TIGRE*. POBLADOS: JICOTE,
TECA, VALLADOLID ETAPAS I y II.
LA CORONA,
REFORMADORES,
062 Hp 010 CHIRRACA*. POBLADOS: MESAS*, RINCON DE MORALES.
062 Ht
011 SAN ISIDRO DE PLAYON*/.
062 Ht
012 SURUBRES*. POBLADOS: FILA DE SURUBRES, I GRIEGA.
062 Ou 013 PALO SECO*. POBLADOS: BARBUDAL*, FINCA NICOYA*,
SANTA RITA, LOURDES (SARDINAL)*, SAN BOSCO.
FINCA
062 Ow 014 VUELTA DE POCARES*. POBLADO: LA PLANTA.
071 Pa
015 POCARES*. POBLADO: SAN ISIDRO DE POCARES.
062 Jz
016 PORVENIR O LAS VEGAS*. POBLADO: SAN JUAN*.
071 Mc 017 SAN RAFAEL NORTE (RIO SECO)*. POBLADOS:
POCARITOS (RIO SECO), SAN RAFAEL SUR.
071 Of
ASENTAMIENTO
018 LAS PARCELAS O DAMITAS (PIRRIS)*. POBLADOS: SAN ANTONIO*,
VALERIA
Nota:
Al electoral Asentamiento Pirris (Las Parcelas) se le modifica la denominación por Las Parcelas o
Damitas (Pirris)
072 Fd
019 ISLA DAMAS*.
062 Fr
020 PIRRIS*.
062 Ew 021 BAMBU*.
062 Et
023 VALLE VASCONIA (BARRO)*. POBLADO: SAN GERARDO*.
062 Pg
024 BEJUCO*. POBLADO: ESTERILLOS ESTE*.
062 Qr
025 LA JULIETA*. POBLADOS: FINCA LIGIA, INVU LA GUARIA*, LOMA
LINDA, SITRADIQUE.
062 Iq
026 PLAYON SUR*/.
062 Rm 027 BANDERA*. POBLADO: PLAYA DE PALMA*.
071 Ee
028 CARMEN (PARTE SUR)*. POBLADOS: CHONTA, PALMAS, PIEDRAS
DE FUEGO, ROBLAR*.
Nota:
El electoral Carmen (1-06-V-021) se elimina del administrativo Legua (1-06-V), se reubica al
administrativo Parrita (6-09-I) con el código 6-09-I-028 y se le modifica la denominación por
Carmen (Parte Sur).
10 CANTON CORREDORES
Mapa
I DISTRITO CORREDOR
132 Cg 001 NEILY*RD/. POBLADOS: BARRIO CARTONERA, BARRIO EL CARMEN*D,
BARRIO EMPLEADOS MUNICIPALES, BARRIO ESTADIO, BARRIO LAS
PISCINAS, BARRIO EL PROGRESO, BARRIO LA UNION, BARRIO REDONDEL,
BARRIO SALAS VINDAS (CANTU), BOSQUE, CAÑO SECO, CAPRI, CIUD.
GONZALEZ*, CIUD. LA COLINA, CIUD. 22 DE OCTUBRE*, INVU, LA
ESPERANZA, LA FUENTE*, SAN JUAN, SAN RAFAEL*.
131 Ph
002 CAMPO DOS Y MEDIO*. POBLADOS: CAMPO DOS, CUESTA DE CAL,
FLORIDA.
131 Rl
003 BAJO LOS INDIOS*. POBLADO: GUAYABI*.
132 Hh 004 COTO CUARENTA Y DOS*. POBLADOS: ARGENTINA, BETEL, COTO
CUARENTA Y TRES, FINCA 45*, SAN JOSECITO, TROPEZON.
132 Hd 005 COTO CUARENTA Y SIETE*/. POBLADOS: CAÑADA, CASTAÑOS*,
CENTRAL CAMPESINA (FINCA 20)*, COTO CUARENTA Y OCHO, COTO
CUARENTA Y SEIS, ESTRELLA DEL SUR*, FINCA EL CLAVO, FINCA 44*,
FINCA 49*, FINCA 50*, FINCA 51*, FINCA 52*, FINCA 53, PANGAS*, SANTA
RITA.
132 Gn 006 ABROJO NORTE (VEGAS DE ABROJO NORTE)*. POBLADOS: ALTO
ABROJO (CACORAGUA)*, MIRAMAR*.
121 Ry 007 CAMPIÑA*. POBLADOS: EL BARRIDO, PUEBLO NUEVO DE COTO*/.
131 Pn
015 LOS PLANES*. POBLADOS: ALTO LIMONCITO, VILLA ROMA.
132 Fj
016 CARMEN (COLORADITO NORTE)*. POBLADOS:
Nota:
Al electoral Carmen se le modifica la denominación por Carmen (Coloradito Norte).
132 Be
ABROJO OESTE,
FINCA MIRLAS, SAN ANTONIO/, SANTA MARTA (PARTE OESTE).
022 RIO BONITO DE NEILY*. POBLADOS: AGUILARES, CARACOL SUR,
UNION.
132 De 024 FORTUNA*.
132 Bn 027
ABROJO-MONTEZUMA*/. POBLADOS:
(FRONTERA)*, MONTEZUMA O BELLAVISTA.
132 Cc
BAJO
LIMONCITO
029 RIO NUEVO*. POBLADOS: CARACOL NORTE (PARTE SUR), CEIBO,
LAS NUBES (PARTE ESTE), SANTIAGO DE CARACOL (PARTE ESTE), URB.
PALMA REAL.
132 Bc
030 H. A. NEILY.
III DISTRITO CANOAS
132 Pq
011 CANOAS*D. POBLADOS: ALTO BRUJO*, BARRIO CARTIN, BARRIO LA
LIBERTAD, BETANIA, CANOAS ABAJO (PARTE NORTE),
CANOAS, URB. CAMPOBELLO.
CAÑAZA DE
012 BARRIO NUEVO DE VERACRUZ*. POBLADOS:
132 Jn
ALTO SAN
ANTONIO*/, BAJO BRUJO, CERRO BRUJO, GUAYABAL, PALO SECO, SANTA
MARTA (PARTE ESTE) (COLORADITO SUR), URB. BARRIO NUEVO.
Nota:
Al poblado Santa Marta (Parte Este) se le modifica la denominación por Santa Marta (Parte este)
(Coloradito Sur).
132 Oh 013 COLORADO*. POBLADOS: GUAY, LOS BAJOS, PALMA*, VEGUITAS
DE COLORADO*.
132 Mk 014 MARIPOSA*. POBLADOS: LA GLORIA, NISPERO.
132 Lr
023 SAN MARTIN*. POBLADOS: CANOAS ARRIBA, SAN MIGUEL*.
132 Mo 031 DARIZARA*. POBLADOS: CIUD. EL TRIUNFO*, SAN ISIDRO*, VILLAS
DE DARIZARA.
132 Oq 032 BARRIO SAN JORGE*D. POBLADOS: ASENT. PADILLA, BARRIO
BRIGADA, BARRIO SAN GIL.
7 LIMON
01 CANTON LIMON
Mapa
III DISTRITO RIO BLANCO
113 Bm 002 LIVERPOOL*/. POBLADOS: LIMON 2000*, MEXICO, NUEVE MILLAS DE
LIVERPOOL, RESID. CARIBE, RIO MADRE, SAN ANTONIO, SANDOVAL.
Nota:
El poblado San Antonio se elimina del electoral Santa Rita (7-01-III-033) y se reubica al electoral
Liverpool (7-01-III-002).
113 Dk 011 RIO BLANCO*D. POBLADOS: QUITO*, VICTORIA*.
113 Ge 018 BRISAS DE VERAGUA*.
112 Ri
020 BUFALO*. POBLADOS:
LOMAS DE BUFALO,
BUFALO.
CEDRO O CEDAR CREEK*, LA LAGUNA,
LOMAS DEL TORO (PARTE ESTE), PLANTEL DE
113 Dm 033 SANTA RITA*. POBLADOS: MIRAVALLES (SANTA RITA SUR)*.
Nota:
El poblado San Antonio se elimina del electoral Santa Rita (7-01-III-033) y se reubica al electoral
Liverpool (7-01-III-002).
113 Dk 037 C. P. RIO BLANCO (SANDOVAL).
113 As
047 LOMA LINDA*.
02 CANTON POCOCI
Mapa
V DISTRITO CARIARI
086 Pb
006 CARIARI (CAMPO KENNEDY)*D/. POBLADOS: BARRIO SAN JUAN,
BOREAL, CALLE ALVARADO, CAMPO DE ATERRIZAJE*, CRISTO REY,
ESPAÑA, FINCA FORMOSA*, FINCA URANIA, HERMANOS, LA FLORESTA,
LA GLORIA, LA GUARIA, LA ORQUIDEA, PALERMO*, SAGRADA FAMILIA*,
URB. EL LLANO.
Nota:
Al electoral Campo Kennedy se le modifica la denominación por Cariari (Campo Kennedy)
075 Rw 012 BANAMOLA*. POBLADOS: FINCA PERDIZ, NAZARETH*, PROYECTO
LA SOLE.
086 Nd 015 CAMPO CINCO (SEMILLERO)*. POBLADOS: CAMPO 3*, CAMPO 4*,
FINCA COOPECABAN, PAVANA (IDA), TEL AVIV, URB. EL ENCANTO*,
VILLA HERMOSA (URB. LAS GAVIOTAS).
086 Kd 024 LOS ANGELES*. POBLADOS: CAROLINA TICA*, FINCA PONDEROSA,
HOJANCHA*.
086 Kf
025 CAMPO DOS*. POBLADOS: CANTARRANA, COOPECARIARI.
086 Fi
026 CUATRO ESQUINAS*D. POBLADOS:
ASENT. MANA*,
ASENT.
MONTERREY*, CASA VERDE*, FINCA FRUTERA, LA ESPERANZA*, VEGAS
DEL RIO PALACIO*.
086 Eñ 027 EL CEIBO*. POBLADOS: ASENT. LA LUCHA, CAÑO CHIQUERO, SAN
FRANCISCO*, ZACATALES.
086 Rb 042 ASTUA Y PIRIE*. POBLADOS: BARRIO EL CARMEN, BARRIO LAS
GAVIOTAS, COLONIA ZELEDON (PARTE OESTE)*, FINCA TORTUGUERO,
PUEBLO NUEVO, ROXANITA, SAN MARCOS, SAN MIGUEL.
086 Na 043 PROGRESO*. POBLADOS: FINCA ALGARBA, FINCA CARIBE, FINCA
OESTE, FRUTERA ATLANTICA*, LA VUELTA, LOS LAGOS*, LOS LIRIOS,
URB. LAS BRISAS*, URB. NUEVO CARIBE.
086 Ob 052 H. A. CARIARI.
03 CANTON SIQUIRRES
Mapa
VI DISTRITO ALEGRIA
088 Ip
005 ALEGRIA*. POBLADOS: RIO PEJE, VUELTAS.
088 Fr
013 SAN ISIDRO (ALTO HEREDIANA)*. POBLADOS: ALTO GERMANIA*,
BARRIO NUEVO DE SAN ISIDRO,
ESMERALDA, LA Y GRIEGA.
EL CRUCE*,
GRANO DE ORO*,
LA
Nota:
Al electoral Alto Herediana (San Isidro) se le modifica la denominación por San Isidro (Alto
Herediana).
088 Fp
036 PORTON IBERIA*. POBLADO: EL CEIBO*
04 CANTON TALAMANCA
Mapa
IV DISTRITO TELIRE
126 Qf
002 AMUBRI*/. POBLADOS: ALTO BUICHPANI, ALTO CACHABRI*, ALTO
CHINANGUCH, ALTO SURISAM, ALTO UREN*, BARRIO LOS DIQUES, BOCA
TSUIDI, CACHABRI (CACHABALI)*, CERRO SIOLA, CERRO STUTUK,
CORBITA, CRORIÑAC, CUESTA BUGU, CWACHCA, GUACHALAVA,
KAMUK, KIVUT, LUMBETA, NAMU O UOKI*, NIMASO, OURUT, PURISQUI,
PURITA, SIPURIO (TSPURIO), SOQI (TSOQI PARTE OESTE)*, SUKUT,
SURAYO, SWIRI*.
126 Oa 003 COROMA (COLOQCHA)*/. POBLADOS: ALTO LARI, BAJO CUEN
(CWEYKE)*, DURIÑAC*, FINCA SURUGURA, PIEDRA PINTADA, RIO COEN.
126 Rh 013 KATSI*. POBLADOS: BOCA UREN (ULEYÑAC)*, BRIS*, DURURPE*,
NAMUWOQI (TULUBOC QICHA)*, TSOQI (PARTE ESTE).
126 Mb 015 SEPEQUE*. POBLADOS: BARRIO ESCALANTE, FINCA JURUGURA,
KICHUGUECHA, MOJONCITO*, OROCHICO*, SAN JOSE CABECAR.
115 Gd 020 BAJO TELIRE (BAJO BLEY)*D. POBLADOS: ALTO BLEY, BISULARI,
BROY, CERRO AGUILA, DYESQIRA, NAQEAGRI, PJUJU, RANGALLE
(BICOLORI), TQEY, XORBATA.
Nota:
Al electoral Telire (Bley) se le modifica la denominación por Bajo Telire (Bajo Bley)*. El poblado
AltoTelire (Telire Tawa) se elimina de la DTE.
126 Qo 022 YORKIN*. POBLADOS: BRAI, SHUABB*.
104 Ls
023 ALTO TELIRE (BAJO PIEDRA MESA)*. POBLADOS: ALTO PIEDRA
MESA, BATUBATA (TORTUGAL), BECBTA (GUAYABAL)*, DATZIRIBATA
(MONTEVERDE), XIQEY (RIO EXEY).
Nota:
Al electoral Jakcatacla (Mesa de Piedra) se le modifica la denominación por Alto Telire (Bajo
Piedra Mesa)*. El poblado Alto Piedra Mesa se incluye oficialmente en la DTE.
06 CANTON GUACIMO
Mapa
I DISTRITO GUACIMO
087 Oh 001 GUACIMO*D/. POBLADOS: AFRICA*, ANGELINA, CABAÑA, CAMINO
LA GUAIRA*, CANTARRANA, EL TRES, FINCA RUDIN, FOX HALL,
GUAYACAN, INVU, LA PERLA*, LANDHURST, LAS PALMITAS*, LIBANO,
LOS GERANIOS*, LOS OLIVOS, LUCANIA, MANZANOS, OTILIA, PARAISO,
REINALDO KENNEDY, RESID. LAS ARALIAS, ROCA, SAN GERARDO,
SELVA*, SIRIA, SUCESO, URB. LOS COLEGIOS.
087 Me 002 HOGAR*. POBLADOS: CALLE CINCO, CALLE CUATRO, CALLE SEIS,
EDEN*.
087 Jh
003 BOSQUE*. POBLADOS:
TORRENTES, LA MANUDITA*.
Nota:
El poblado El Uno se elimina del electoral Bosque (7-06-I-003) y se reubica al electoral San Luis
(7-06-I-012).
087 Pk
004 PARISMINA*. POBLADOS: ESTACION RUDIN, LINDA VISTA.
Nota:
El poblado Agrimaga se elimina del electoral Parismina (7-06-I-004) y se reubica al electoral Río
Jimenez (Balsaville) (7-06-IV-007).
087 Kj
012 SAN LUIS*. POBLADOS: EL UNO, FINCA COBAL.
Nota:
El poblado El Uno se elimina del electoral Bosque (7-06-I-003) y se reubica al electoral San Luis
(7-06-I-012).
88 Ai
017 LAS COLINAS*. POBLADO: ISLETA*.
AGUACATE*,
FINCA ROSALIA,
FINCA
087 Nh 018 H. A. DAVID GARRO.
IV DISTRITO RIO JIMENEZ
087 Ko 007 RIO JIMENEZ (BALSAVILLE)*D/. POBLADOS:
AGRIMAGA*,
CARTAGENA*, CRUCE A CARTAGENA, DULCE NOMBRE, ESCOCIA DE RIO
JIMENEZ*, FINCA CLEMENCIA, FINCA ESMERALDA, FINCA RIO JIMENEZ,
FINCA TRINIDAD, JARDIN, LAS ORQUIDEAS, LIGIA (PUEBLO NUEVO)*,
NARANJOS*, RAMAL DE PARISMINA, SANTA MARIA*, SOCORRO (IDA).
Nota:
El poblado Agrimaga se elimina del electoral Parismina (7-06-I-004) y se reubica al electoral Río
Jimenez (Balsaville) (7-06-IV-007).
087 Iu
008 SANTA ROSA*. POBLADOS: BOCAS DEL RIO SILENCIO*, EL
CAMARON*, FINCA ENCANTO, FINCA ESCONDIDO, FINCA IRLANDA*, LA
LUCHA*.
087 Fu
011 LOS ANGELES*. POBLADO: FINCA SIRENA.
Dado en San José a los veintitrés días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
Luis Antonio Sobrado González
Presidente
Eugenia María Zamora Chavarría
Vicepresidenta
1 vez.—( IN2016072776 ).
Max Alberto Esquivel Faerron
Magistrado
DOCUMENTOS VARIOS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DIVISIÓN ADMINISTRATIVA
PROCESO DE DONACIÓN DE VEHÍCULOS, LEY 9078
COMUNICA:
A todas las personas físicas, jurídicas e instituciones públicas o privadas, interesadas
y legitimadas en la devolución de los vehículos o chatarra de vehículos, que se
encuentran detenidos en los Depósitos de Vehículos del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, así como en los patios de las delegaciones de la Policía de Tránsito, se hace
saber que:
De conformidad con lo que establece el Transitorio I y el artículo 155, ambos de la Ley Nº
9078 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, que cuentan con un
plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación, para hacer
valer sus derechos y para presentar ante la Delegación de Tránsito o Depósito del COSEVI
del lugar donde se custodia el vehículo, las órdenes judiciales o administrativas de
devolución de los mismos.
Se advierte que vencido el plazo indicado de los 15 días, sin que haya comparecido el
interesado a reclamar el bien o gestionado la devolución; se ejecutará el trámite para que
los bienes sean entregados (donados) por lotes a instituciones u organizaciones de
bienestar social, tal y como lo dispone el artículo 155 de la Ley Nº 9078 Ley de Tránsito por
Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial y el Dictamen Nº 292 del 3 de diciembre del 2012,
de la Procuraduría General de la República.
De conformidad con el indicado transitorio I en concordancia con el artículo 155 de la Ley
de Tránsito y el Manual de Procedimientos para el Proceso de Donación o remate de
vehículos en aplicación de la Ley Nº 9078, aprobado por este Ministerio; todo vehículo o
chatarra de vehículo entregado en donación no podrá circular por las vías públicas
terrestres y se procederá a la desinscripción en el Registro de Vehículos del Registro
Nacional y el levantamiento de los gravámenes del mismo.
Las autoridades donantes están facultadas por dicha Ley para ordenar la detención de los
vehículos que circulen en violación a esta disposición y para revocar la donación, y así
como para tener, por no merecedora de futuras donaciones, a las beneficiarias
incumplientes.
Así, a los efectos referidos y la normativa legal citada y vigente en la materia, se realiza la
presente publicación de vehículos, incluyendo bicicletas, detenidos en los Depósitos de
Vehículos de: Cartago y Pavas y las delegaciones de Policía de Tránsito de: Puntarenas,
Liberia y Ciudad Quesada.
PLANTEL DE CARTAGO
PLACA
S/P
S/P
MARCA
FREEDOM
YAMAHA
Nº MOTOR
VIN /MARCO
BORRADO
LZSJ CML007 5006620
2NO
2N0-052314
S/P
GEELY
JL162FMJ804130013
LBZACKl3586040013
M 217068
GENESIS
LC 1E50FMG002 l 42
LLCLPM6068CK00228
FREEDOM
TP47FMD9 I 000574
FR3YCD3029D000058
S/P
FREEDOM
BZI 520MI-U605467
LD5TCJPA57 l 000074
S/P
QINGQI
FARR
KAWASAKI
KI66FMI-30062769
LAEMNZ4069B930854
N/D
9FNCTEJL 781000602
MXI25AE-003566
MX l 25A-002295
SUZUKI
N/D
ZONG ZHEN
ZS 156FMI-25 I 00902
M 269206
M 213926
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
YAMAHA
SUZUKI
NID
LE50FMC42 l 602
N/D
LZSPCJLG855 l 60544
N/D
N/D
N/D
YAMAHA
N/D
VESPA
N/0
M 124998
BAJAJ
FDCBKM59227
FDCBKM59228
S/P
JUMBO
ZS l 54FMI-56701051
N/D
S/P
SUZUKI
N/D
LC6PAGA 1110030432
IRO
IR0-102837
YAMAHA
202-019684
2M2-0l 9684
S/P
SUZUKI
7BlOM86040
7810F138478
S/P
YAMAHA
3HB241400
N/D
M 29673
YAMAHA
IX0-017969
lX0-017969
M 210235
HONDA
SDHI 57FMI-C73068458
LAPCJF8273233608
S/P
SUZUKI
A8073410
M8073398
01980
DX200B-000990
3360066
IX0-019228
NID
TS 100-58311
I S 100-63454
HONDA
CT125El022074
CTI25-1022022
S/P
HONDA
AF l SE-2023469
N/D
M 115155
LING YANG
l 50FMG20313648
N/D
S/P
SUZUKI
TS I 252-2283 79
TS 1252-3393 75
S/P
S/P
M 49950
S/P
M 40543
S/P
M 14394
S/P
YAMAHA
KAWASAKI
YAMAHA
N/D
M 76194
YAMAHA
3
3-707867
S/P
SUZUKI
TS 1252-138673
TS1252-137032
M 71398
VESPA
193130
N/D
S/P
YAMAHA
N/D
N/D
S/P
BAJAJ
DFM5HM07213
DFFBHM32620
S/P
YAMAHA
N/0
V50-4042692
S/P
YAMAHA
N/D
H3-707649
M 102801
YAMAHA
1Ll-648005
lLl-648005
M 31892
YAMAHA
lX0-018777
lX0-018777
M 69835
KAWASAKI
GSE-175909
KEI OOB-017372
S/P
TRAXX
TAl2502062600009
TA125AGR-020625524
M 108145
YAMAHA
3NS
3N9-000966
M 90186
YESPA
E12RE-016505EE
C5R-016012CE
M 18933
HONDA
XL 125E-1226618
l 25E-l 226618
M 13553
YAMAHA
N/D
N/D
S/P
JIAILING
l 50F-009504
U25-930287
S/P
SUZUKI
TS 1252-195040
TS1252-324466
S/P
XINGFU
XJl 47FM-98005803
LAGPCF419Xl 030017
S/P
N/D
GS650G-121408
JS 1GP71G2100493
S/P
LONCIN
N/D
LLCLPM603111002093
M 77959
KAWASAKI
DX125AE-004347
MX125A002711
M 34704
SUZUKI
A 100-604830
Al 00-437861
S/P
YAMAHA
444-102434
444-102434
M 57182
SUZUKI
1E50FMG2I5198
907
BM 17582
YAMAHA
1T9-07I529
N/D
M 49637
YAMAHA
3TS-003216
3TS-0032 l 6
S/P
N/0
N/0
S541B-101683
S/P
YAMAHA
1T9-063638
1T9-063638
S/P
JIAILING
CT l 25E-1024525
N/D
M 39273
HONDA
CB125NE1006737
CB125N-1006714
S/P
N/D
TS 1852-103062
SF41B-104015
M 14060
VESPA
VBCL-166754
N/D
S/P
HONDA
AFI 8E-2042987
AF28- l 00703 7
S/P
SUZUKI
N/D
N/D
S/P
JIAILING
l 56FMI-95003067
95003158
S/P
FREEDOM
l 63FM-27 l 000539
LF3 YCM5057D000008
S/P
FREEDOM
l 56FMI-275000981
LF3PCJ7097B000192
M 126782
BAJAJ
FDEBLC63525
FDCBLC63385
S/P
YAMAHA
3TS-004498
3TS-004498
S/P
SHINERAY
MD03E-1003250
JKADXNA 12EA00589 l
S/P
BAJAJ
DFMBJE88980
DFFBJE46479
S/P
YAMAHA
IKT
lKT-021032
M 85944
HONDA
N/D
JH2MC l 50XKM 1O1525
S/P
SUZUKI
Jll3-104429
SJ 13A-1044 14
M 69851
BAJA]
CDEBHf 69354
06CBHF97471
S/P
SUZUKI
AI00-332469
AI00-231887
M 31072
VESPA
VNL3M70838
KDl 92075
S/P
HOFAI
169FML-6D052224
LXYPCML0460B699 AS
S/P
VESPA
FCS4M-l 25661
N/D
S/P
KAWASAKI
MX200AEO 10084
MX200A-001261
S/P
YAMAHA
lRO
lR0-114881
S/P
N/D
N/D
N/D
M 153410
SIKSKI
XSJ 152QMI05005455
LXEEK24026A000022
S/P
YAMAHA
558-014015
558-014015
S/P
HONDA
L250SE-l O100469
L250S-1010469
S/P
YAMAHA
052380
N/D
M 51179
VESPA
758173
DGM 167720MVLXL T801869
S/P
HONDA
XLI 25E-2038565
XL125-2034741 l
S/P
HONDA
SDHl 57FMI-73068366
LALPCJF8873233533
M 254578
MAXMOTOR
157QMJ7301 l 952
LP6TCK3B77020076 l
S/P
SUZUKI
1ESOFMG-448363
LC6PAGA 1750805413
S/P
JUMBO
157QMJ07090147
LFPWKT13281000462
S/P
YAMAHA
505-003488
505-003488
S/P
NID
N/D
TLI 25-1005129
S/P
SUZUKI
l E50FM8BW089855
LJCY AGLA 7X6000679
S/P
NID
l 56FMI-5A592020
LC6PCJD5360800023
S/P
N/D
TS 1252-228298
SF15A-101311
M 226140
LIGHT
156FMI06008250889
4271000889
S/P
N/D
QJ153QMI62000114
LA WTEJCC36B0031 l 6
M 23070
HONDA
CT125E-1022028
CTl 25-1022033
S/P
HONDA
AFI 8E-4052386
AF28-1471356
S/P
SUZUKI
l 57FMI-3P002 l 608
LC6PC1G9460817752
S/P
N/0
TS 1252-152129
TS 1252-1494 79
M 17018
VESPA
VNL2M120I 56
NID
S/P
YAMAHA
lX0-016884
lX0-016884
S/P
YAMAHA
lX0-006739
lX0-006739
S/P
YAMAHA
N/D
2N0-051239
S/P
YAMAHA
2X5-003824
2X5-003824
S/P
YAMAHA
3M2-106312
3M2-106312
BM 23056
N/D
ENS0-22083
CGBCGB0-44291
M49107
1IAILING
l 56FM-L9500 l 077
95000053
S/P
YAMAHA
3GT-000621
930
S/P
HONDA
MD09E-1014610
MD09-1 O14608
S/P
SUZUKI
IESOFMG-446991
7805F030467
S/P
YAMAHA
IKH
lKH-0
S/P
llAILING
l 56FM-19600194 7
N/D
S/P
YAMAHA
311-065569
311-065569
S/P
SUZUKT
E103-161350
151 DC13A3E2100585
S/P
YAMAHA
lRO
9C5M 1OB2X1C000569
S/P
HONDA
N/D
XL 75-5003086
S/P
YAMAHA
558-006272
17W-414751
S/P
YAMAHA
D-608270
233
M 219510
YAMAHA
RL7-002025
4L7-002025
S/P
LONCIN
LCLE50FNGA0339970
LLCLPM6062 l 078828
S/P
SUZUKI
TS1002-127464
TS 1002-117382
M 213130
N/D
XYl 57QM1070012522
L4STCKDK072300311
S/P
QINGQI
K166FML-30022825
LAEMNZ4087B933350
S/P
ZONGSHEN
ZSTl 56FMI-AA26100030
DFMBLC20339
M 109410
GENESIS
NF 100 E-1 021 100
KMYONFl OOYC006078
S/P
SUZUKI
f 103-127624
N/D
S/P
YAMAHA
3HB-287807
NID
S/P
SUZUKI
N/0
NID
S/P
YAMAHA
N/D
NID
S/P
SUZUKI
H401-112937
SH41A-102995
S/P
HONDA
N/0
N/D
191
M 143636
SUZUKI
LE50FMG5 l 8 l 56
LC6P AGA 1160820541
S/P
MCMOTOR
ZS l 56FMI-2A56 l O1370
LZSPCJLG655 l 63158
S/P
NID
XY l 57QMJ070011 O13
4STCKDK472002294
M 175085
XGJAO
162FMJ61103326
LX8PCKPOX6F000597
M 281062
MCMOTOR
ZSI69FML57l19235
LZSJCMLOX760029
S/P
YAMAHA
21B-1003857
MEIFE43C7-72003857
M 243337
GEELY
JL162FMJ712I30104
LB2ACK09876l20104
M 178953
FREEDOM
1P47FMD-71002394
LF3 YCD30970000094
S/P
NID
1T9-062333
17W-447738
S/P
GENESIS
156FMI6 l 592082
LC6PCJDSX60800407
S/P
VENTO
El 57FM2A-08H03755
5KMMSG2P097001089
S/P
TIGER
1P39FMA-08050231
LB404 P 103 7C810231
S/P
GENESIS
156FMI-W00063 l 6
LC6PC1B8770806l 63
M 194777
LIGHT
156FMI0600825091
LZ4SI52ll71000916
S/P
GENESIS
ZF169FML6030050
LB 7YMC 1026C030068
S/P
QINGQI
PI 52QM131057180
LAGEAF4027B910308
M 244818
LIGHT
167FML-87000232
FML 17000232
S/P
MCMOTOR
ZS169FML57119235
LZ5JDL067500293 l
S/P
YAMAHA
3HB-297077
N/D
S/P
AGV T07 07
113506
KINETIC
BIE-118316
BIF-YLl 16297
UM
L62FMJ-07L00632
L5DPCKB2572L00555
S/P
YAMAHA
H3
H3-709674
S/P
MOTOTEK
N/0
NID
M 131817
YUMBO
l 52QMI-041201379
LLFW JT6C441O14739
M 154101
FREEDOM
BZI 52QM106054274
LD5TCPA071 l00048
S/P
N/D
N/D
SFD0407233
M 106518
SUZUKI
Fl28-131871
BF14B-105576
S/P
KINETIC
BIEVM068556
B1F-VM067303
M 222936
LIFAN
l 62FMJ- 71507219
LF3YCK3A87D003064
M 248596
KATANA
Kl 66FML-3005775 l
LAEMNZ4629GA0003 8
S/P
JIAILING
161FM2-2006000484
FNAEKKC06000532 l
M 156748
N/D
164FML-06055618
B420-Pl G36C055613
M 265102
GEELY
JL162F11J803130109
LB2ACK097860300
M 49367
YAMAHA
506-0033 784
506-0033784
S/P
HONDA
N/D
N/D
S/P
FREEDOM
ZS162FMJ58301628
LZSJKL078500071 O
S/P
FREEDOM
ZS l 56FMl-2-56 I 02759
N/D
S/P
N/D
152QMl3AQ10371
N/D
S/P
FREEDOM
WY156FMI07500098
LWYPCJ90776000028
S/P
N/D
094565
CG125BRE15l7620
S/P
YAMAHA
N/D
N/D
S/P
GENESlS
156FMISOOO 1990
LC6PCJD5580800429
S/P
N/D
IL1523261
95F 1L 1-523261
S/P
FREEDOM
167FMM88100737
LLCLYM10X8F000553
M 107338
HONDA
HA07E-1540004
9C2HA07001R540004
S/P
YAMAHA
22E-004307
22E-004307
S/P
SUZUKI
1E50FMG-406978
LC6P AGA 1540806946
S/P
YAMAHA
SGD279
NID
M 83056
KAWASAKI
KHIEX500AE 150465
JKAEXVD185A011532
S/P
MOTO CRUISER LC 161 FMJXD252614
M 145110
SUZUKl
l57FMI-3D073790
LC6PCJG9X60805010
S/P
YAMAHA
3JM-004024
N/D
S/P
HONDA
5DH 157FMI730246 I 1
LALFCJF83 73077109
M 67347
HONDA
L250SE-5 l 05102
L2505-5105094
S/P
HONDA
1E05E-2129632
N/D
S/P
YAMAHA
lLO
N/D
S/P
SUZUKI
F410-1 91600
N/D
S/P
HERCHEE
91409
CB 125N-100630 l
S/P
S/P
S/P
M 37473
M 10463
S/P
S/P
BM 19092
S/P
M 48546
M 169644
M115991
S/P
YAMAHA
SUZUKl
SUZUKI
SUZUKI
YAMAHA
QINGQI
YAMAHA
YAMAHA
N/D
KAWASAKT
GENESIS
BAJAJ
HONDA
36L-412485
LC6PAGA 1960852024
1E50FMG408746
PEl 75-203660
N/D
Kl 66FML30020408
3ET
4CY-005954
N/D
MX 125AE03 7841
l 56FMlS0000672
DFMBJC36207
DHGBNL51585
36L-412485
TESOFMG-POOI 7929
LC6P AGA 1540809345
PEl 75-203685
N/D
LACMNZ40X78932328
3ET-007578
4CY-005954
N/D
MX125A-020501
LC6PC.JD5370800153
DFFBJC50269
NID
LLCLPJF0371 B75046
M 149849
M 124016
M 216032
S/P
M 33024
S/P
S/P
S/P
M 145632
S/P
S/P
BM 19546
S/P
S/P
S/P
M 145538
S/P
M 64725
M 223954
S/P
S/P
S/P
M 129818
M 158438
S/P
S/P
M 74647
S/P
M 232305
M 117636
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
M 34203
S/P
M 63811
S/P
S/P
M 144900
SUZUKI
lE50FMG-P000308
AEOLUS
1PE400MB206163429
UM
l 52QMI07050793 5
YUMBO
N/D
YAMAHA
3G8-003747
HONDA
CG 125BRE6 l 17908
YUMBO
ZS169FML57803l3l
N/D
IP39FMA07030072
FREEDOM
ZS l 56FMI-25610225
YAMAHA
IKT
HONDA
SDHI 57FMI83015880
YAMAHA
H3
MOTO CRUISER MCI P390MB96295635
SYM
XS1P52QMI-B072501669
FISHBONE
N/D
GENESIS
I56KMI\V0003468
QINGQI
157FMI0406009259
tr
YAMAHA
2RM
SUZUKI
P0026252
N/D
SUZUKI
YAMAHA
361-427460
MC MOTOR
ZS 169FMl571192 l 6
AEOLUS
l 56FMI0205 l 8845
FREEDOM
BZ l 52QM l06065134
LIGHT
DJ 156FMI0607300009
GENESIS
156FMI5A592009
N/D
6S850-154808
YAMAHA
17F
UM
ST156FMI07216110
GENESIS
156FM-32007001753
LIFAN
I P47FMD61118341
SIN SKI
XSJ 162FMJ06916030
N/D
MX125AE000694
FREEDOM
N/0
FREEDOM
l 56FMI-28500009 I
SUZUKI
N/0
GENESIS
162FMJ ...
SANYANG
AA700929
SUZUKI
F103-145551
YAMAHA
417-000673
FREEDOM
ZS 156FMI2A56 l O1341
LC6PAGA1260837235
LB2TAB1523 I M7457
LFFUJT6C881000243
N/D
3G8-003747
XLl25BR-1017956
LZSJCML0575208 I 43
LB404P1026C703072
LZSJCJL0365 l 62938
2YK-069373
LALBCJF85831203 l 7
H3-725985
LML TCBPLU966004 l 85
LXMTCJPM670052634
N/0
LC6PCJB8X70801135
1AELGZ40088650173
2RM-009563
LC6PCJK6X808 l 7 l 25
N/D
361-227460
LZSJCML0475002933
ALl25
1D5TCJPA771 l00l27
LAAJCJL I061057609
C6P6JD5260800028
3C2103112
17F-103214
L3Jl CB2B68C740055
9FNAAKJC870013682
LF3 YCD3036D002535
LXEMA14016A001557
MX 125A-000543
LZSJCJL0065162265
LF3PCJ70888000024
N/D
N/0
SYS35T125FN000963
JH2JEO 102CC3
417-000673
LZSPCJLG l 65163111
S/P
M 24360
S/P
S/P
M 19842
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
S/P
SIP
S/P
S/P
S/P
HONDA
FREEDOM
YAMAHA
GENESIS
YAMAHA
FLASH
N/D
VPT
MAGNUM
CANONDALE
BENOTO
SAPRIBIKE
MTB
BC
ALVARADO
N/D
N/D
N/D
N/0
SHOGUN
N/D
CONDOR
TREK
BENOTO
JAISA
N/D
N/D
MARIN
FLASH
JAISA
MAGNUM
BENOTO
MAGNUM
AVALANCHE
WH 156FMI-203G00482
BZ1520MI25120601
lRO
l 56FMI56793011
N/0
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
BICICLETA
LWBPCJF532A64230
...... JP AX6100031
lR0-107778
LC6PCJB825080205
N/D
JL02703202
N/D
N/D
G060731755
N/D
N/0
N/D
N/D
HFQV001238
N/D
N/D
N/D
376870
N/D
HZ4061203 794
5SJ31713
1502
N/0
8702065
N/0
N/D
N/D
825M
DF3G0834
1809
HZ21401930
EL7639
N/D
231
DEPÓSITO DE PAVAS
PLACA
S/P
CB 555
HONDA
MERCEDES
BENZ
VIN/MARCO
MOTOR
MARCA
N/D
JHA4DA935XLS050650
314,948-10-077767
N/D
S/P
EL3-831440A
LB 11 M-C70851
S/P
NISSAN
MERCEDES
BENZ
N/D
116024 12 126960
S/P
HYUNDAI
N/D
KMHJF31JPNU259345
91924
HONDA
EB2-3662033
N/0
S/P
HYUNDAI
N/0
KMHVF31JPNU7 l l 536
S/P
HYUNDAI
N/D
KMHLF3 l JOGU03 l 798
S/P
DATSUN
N/D
NID
CL 44571
N/D
N/D
S/P
HINO
MERCEDES
BENZ
343,910-10-155695
NID
S/P
INTERNA TIONAL N/D
S/P
HYlJNDAI
N/D
23618
DATSUN
Al2-018582B
N/D
S/P
VOLKSWAGEN
NID
9BWZZZ30ZGT042 l 31
246246
HONDA
N/D
JHMAH5339ES033055
S/P
YAMAHA
NID
L2-128922
S/P
YAMAHA
N/0
4L8-000150
S/P
YAMAHA
IKH
LKH-030677
S/P
VESPA
VLX 1M202288
N/D
303275CIE-020, 100
DELEGACIÓN DE PUNTARENAS
PLACA
91240 TOYOTA
VIN /MARCO
MOTOR
MARCA
KP36-110582
N/D
DELEGACIÓN DE CIUDAD QUESADA
PLACA
VIN /MARCO
MOTOR
MARCA
S/P
YAMAHA
2TW-041948
9C62TWOOOVOO 11918
S/P
SINSKI
XSJ l 57FMI-07905944
N/D
S/P
YAiv1AHA
NID
30X001222
S/P
AGRALE
N/D
9C5M l 2D2XKC0022 l 2
M 12155
HONDA
SLIOOE-134777
N/D
S/P
YAMAHA
lRO
IR0-107742
S/P
YAMAHA
594-201495
594-201495
S/P
IIONDA
XL 1OOE-1126648
N/D
S/P
YAMAHA
lKH
lKH-000133
S/P
HONDA
MD08-l 006936
MD08-1006901
S/P
HONDA
L 1855E-5020366
L 1855-5020135
S/P
YAMAHA
558-006676
558-006618
S/P
DAELIM
VF125E-1207488
VF 125E-l 20736
S/P
KAWASAKI
DX l 25AE005638
DX125A-003291
S/P
N/D
1FS2FMH-08G10289
L4GADHLBX85000159
S/P
YAMAHA
3TS-Ol 9454
3TS-019454
M 49934
YAMAHA
3TS-003861
3TS-003861
S/P
YAMAHA
4BL-023913
4BL-023913
S/P
HONDA
MD03E-1015640
N/0
S/P
HONDA
156FM-015023
N/D
M 63265
YAMAHA
N/0
34X-003855
S/P
YAMAHA
JT-040864
3TT-040864
S/P
N/0
055683
007459
S/P
YAMAHA
A7-086956
2A7-086956
S/P
HONDA
L250SE-5008165
N/D
S/P
UM
157FM-80AOOO 15
LJEPCJL298000121
S/P
HONDA
N/D
N/D
S/P
YAMAHA
3TS-010317
3TS-010317
S/P
YAMAHA
N/D
3SR-008670
CL 64480
DATSUN
A 12-127701
N/D
DELEGACIÓN DE CAÑAS
PLACA
MARCA
MOTOR
YIN/MARCO
392127
NISSAN
N/D
JN 1GB2286LU516902
CL91377
MISTUBISHI
N/D
JB7FL25E3JP02l659
534827
HYUNDAI
N/D
KMHJF31 JPMU039355
CL 149973
NISSAN
N/0
1N6SD l 6YXMC399792
M 94838
YAMAHA
17T001103
17T-001103
M 49508
YAMAHA
3UJ-001141
3UJ-001141
M 163351
BAJAJ
N/D
MD2DU56Z06FB02 l 82
M 104659
YAMAHA
3HB-255327
N/D
M 51238
YAMAHA
3TS-004507
3TS-004507
M 374986
KATANA
162FMJ1306051374
LV7MGZ4050A900899
M 75474
YESLING
95010634
M 57681
YAMAHA
1,'
1,'
M 109577
HONDA
J017E31640042
1,'
M 22880
HONDA
XL l 25E-2023177
XLI 25-1206215
M 93435
YAI'v1AHA
1K1427
2YK070488
M 103013
YAMAHA
N/D
l T9-0l 6463
M 204667
WAYSTAIR
1,'
N/D
M 49899
YAMAHA
lRO
lR0-112318
M 28231
1,'
N/D
I S 1852-23143
M 224778
FORMULA
LC 161FMJFD300149
LLCLPS2E38 l 080602
M 43367
YAMAHA
40R-009503
N/D
M 160540
HAOJUE
l 56FMIW0000952
N/D
BM 22340
1,'
N/D
C6D04266 l LJ
M 60869
YAMAHA
LTW-041875
9062TWOOON0041875
M 58975
YAMAHA
X3MD-036494
X3MD-036494
M 61590
+?'$
156F-007422
N/D
M 134271
KINETTC
8JE-XA097509
B 1FXA095959
M 36793
YAMAHA
4L8-002203
418-002203
154764
JEEP
N/D
1,'
CL 84296
TOYOTA
1,'
N/D
3TS-016405
DELEGACIÓN DE LIBERIA
PLACA
MARCA
VIN /MARCO
MOTOR
M 62003
YAMAHA
3TS-020162
3TS-016220
M 123406
MElTIAN
LP52FMH30176285
N/D
M 196053
YUMBO
157QMJ070610353
LFFWKT6Cl 710018005
M 69449
YAMAHA
3TS-003772
1 vez.—Solicitud N° 12383.—O. C. N° 27898.—( IN2016066402 ).