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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 23 de setiembre del 2016
Avisos Judiciales
EDICTO
EDICTO
Ante el Juez Williams Norabuena Carpio Juzgado
del Primer Paz Letrado- llo, expediente Nro.004222016-0-2802-JP-C1-01 especialista Dr. Huber Brandon Rojas Huamani, mediante resolución Nro. 02
de fecha 12 de Septiembre del 2016 la solicitud
presentada por Wilver Maximiliano Lazo Vargas
en vía, proceso no contencioso la Rectificación
de Partida de Nacimiento, a efecto de corregir los
nombres y apellidos de su Sra. Madre Ester Alicia
Vargas Bahamondes, se Resuelve: Admitir la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, por
ofrecidos los medios probatorios, agregase a los
autos los anexos que se adjuntan, señálese fecha
para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día 03 de octubre del dos mil dieciséis
a las tres de la tarde, Regístrese y Hágase Saber.- llo
21 de septiembre del 2016. Huber Brandon Rojas
Huamani Secretario Judicial —Primer Juzgado de
Paz Letrado —Ilo Corte superior de justicia de Moquegua. (23 Septiembre).
EDICTO
Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de llo,
que despacha el Juez Julio Martin Pinazo Quispe
(Expediente N° 00410-2016-0-2802-JP-FC-02), SE
HA RESUELTO: 1) Admitir a trámite la demanda de
PRESTACION ALIMENTARIA, interpuesta por ANA
MARIEL ESPEJO ESTRABER, en representaci6n de
su menor hijo NICOLAS SEBASTIAN ELIAS ESPEJO,
en contra de JONATHAN YSAIAS ELIAS URBINA,
en Vía del PROCESO UNICO. 2) TRASLADO por el
termino de CINCO DIAS al demandado para que
conteste la demanda, bajo apercibimiento de
declararse rebelde, en caso de no absolver la demanda.- Por ofrecidos sus medios probatorios y
agréguese a sus antecedentes los anexos que se
acompañaría.- TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.Firmado Usmelda Valdivia Flores.- Especialista
Legal del Segundo Juzgado de Paz Letrado — llo.Ilo, 15 de Septiembre del 2016. (23 Septiembre).
EDICTO
Ante el Juzgado Mixto de Ilo, que despacha el señor Juez Adolfo Cornejo Polanco, con intervención
del secretario abogado Marco Cáceres Ninaja, Expediente 0305- 2016-0-2802-JM-CI-01 Gualberto
Fernando Zevallos Quinaya viene tramitando la
Autorización Judicial de rectificación de partida
de nacimiento Nro. 1610 de 1940 inscrita en la
Municipalidad Provincial de no, a fin que se autorice judicialmente el cambio de su apellido paterno de Zevallos, la letra “V” por la de B” debiendo
quedar como ZEBALLOS, consiguiente su nombre
completo de Gualberto Fernando Zeballos Quinaya habiéndose señalado para la audiencia de
actuación y declaración judicial el 31 de octubre
del 2016 a horas 12.30 horas. Autorizado por el
abogado Juan Gilberto Abril Chirinos. Ilo 20 de
setiembre del 2016. (23 Septiembre).
EDICTO
El Juez del Primer Juzgado Mixto de Moquegua Dr.
JUAN PAREDES ROMERO, Secretario Dr. JAIME TARQUI PEDRAZA, Exp.70-2016, RESUELVE: Admitir
la Demanda de CAMBIO DE NOMBRE de apellido
paterno de ESPINAL en lugar de HINOSTROZA, interpuesta por MERCEDES JESUS ESPINAL ESPINAL,
con citación del MINISTERIO PUBLICO. Tramítese
en PROCESO NO CONTENCIOSO. Se fija fecha para
la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día VENTITRES DE SEPTIEMBRE a horas NUEVE DE LA MAÑANA AUTORIZANDO EL PRESENTE LA SECRETARIA JUDICIAL QUE SUSCRIBE
POR VACACIONES DEL SECRETARIO CURSOR DE LA
CAUSA. Moquegua, 21 de Septiembre del 2,016.
Marcos Noel Calizaya Pinto – Abogado – Reg. 29
CAM; Abog. Karina Pintos Linares – Secretaria Judicial Primer Juzgado Mixto Mcal Nieto – Corte
Superior de Justicia de Moquegua. (23 Setiembre)
EDICTO
Ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto,
Expediente N° 00210-2016-0-2801-JM-CI-02, Espe-
cialista Legal Abog. Gaby Nina Escobar; PAMELA
MILAGROS PARI MANCHEGO, ha seguido un Proceso de Cambio de su Apellido Paterno de PARI, por
el de LEIVA, en su Acta de Nacimiento N° 294, de
Fecha de Inscripción del 22 de Abril de 1993, ante
los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial
de Mariscal Nieto, habiéndose expedido Sentencia, en la Audiencia de Actuación y Declaración
Judicial del 24 de Agosto del 2016, disponiendo
el Cambio de su Apellido Paterno de PARI, por
el de LEIVA, quedando sus Nombres y Apellidos,
como PAMELA MILAGROS LEIVA MANCHEGO;
efectuándose la presente Publicación para los
efectos de Ley. Moquegua, 20 de Setiembre del
2016. Adrian Lima Aguilar – Abogado Reg. CAM
272 – Cas Elect. 8421. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto
de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de
Moquegua. (23 Setiembre)
EDICTO
Expediente N° 0002-2016-0-2801-JM-CI-01, El Primer Juzgado Mixto, que despacha el Señor Juez
Dr. Juan Porfirio Paredes Romero, Secretario Dr.
Jaime Tarqui Pedraza, en los autos seguidos por
Elvis Jhon MAMANI MAMANI, con citación del
Ministerio Publico, sobre (RECTIFICACION DE PARTIDA), se ha ordenado mediante Resolución N°
07, de fecha 08 de Julio del 2016, la publicación
el auto Final la misma que ha resuelto: 1).-Declarando fundada la Solicitud de cambio de nombre,
interpuesta por Elvis JHON MAMANI MAMANI. 2).En consecuencia autorizo el cambio de nombre
del solicitante en cuanto a sus apellidos paterno
y materno Mamani Mamani, por el de EUGENIO
COAGUILA, debiendo figurar en lo sucesivo sus
nombres completos como ELVIS JHON EUGENIO
COAGUILA, en lugar de ELVIS JHON MAMANI MAMANI, en la parte principal de su partida de nacimiento, sin que ello altere su filiación. 3).- Una vez
efectuado sus publicaciones correspondientes en
el diario oficial el peruano y la república, y consentida que quede la presente resolución se inscriba el cambio de nombre dispuesto en el punto
precedente, por lo que se comunica a todas a las
personas que tenga interés, y actuar con arreglo a
ley, Regístrese y Notifíquese: Autorizando el presente la secretaria que suscribe por vacaciones del
secretario cursor de la causa. Moquegua, 21 de
Setiembre del 2016.- Abog. Karina Pintos Linares
– Secretaria Judicial Primer Juzgado Mixto Mcal
Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua
(23 Setiembre)
EDICTO JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL
En el Expediente N° 00325-2016-0-2801-JM-CI-01,
ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de
Moquegua, que despacha el Juez Juan Porfirio Paredes Romero, actuando como Especialista Legal
Karina Pantos Linares, en la demanda interpuesta
por RUTH FABIANA MAMANI RAMOS sobre Cambio de Nombre, por lo que mediante Resolución
N° 02 de fecha 14 de Setiembre del 2016 se ha RESUELTO lo siguiente: ADMITIR a trámite la solicitud
de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por RUTH FABIANA MAMANI RAMOS, solicitando el Cambio de
Nombre, en lo que respecta a su primer apellido
paterno MAMANI por el DE LA TORRE, para que en
lo sucesivo figure como RUTH FABIANA DE LA TORRE RAMOS, en su Partida de Nacimiento, debiendo de oficiarse a la Municipalidad Distrital de San
Cristóbal, para la anotación marginal en la Partida
de Nacimiento, con citación del Ministerio Publico,
debiendo de tramitarse en la vía de PROCESO NO
CONTENCIOSO, disponiéndose que el extracto de
la solicitud se publique por una sola vez en la forma prevista en el Articulo N° 828 del Código Procesal Civil. Señalándose la Audiencia de Actuación y
Declaración Judicial el día SIETE DE OCTUBRE DEL
DOS MIL DIECISEIS, a las QUINCE HORAS en el local del Juzgado. Moquegua, 22 de Setiembre del
2,016. Richard E. Dominguez Ugarte – Abogado.
CAM 302; Abog. Karina Pantos Linares – Secretaria
Judicial – Primer Juzgado Mixto Mcal Nieto - Corte
Superior de Justicia de Moquegua. (23 Setiembre)
SUCESION INTESTADA
SUCESION INTESTADA
NOEMI L. FERNANDEZ JIMENEZ. ABOGADA-NOTARIA DE MOQUEGUA. ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN JR. ANCASH 350, EN ESTA CIUDAD,
DE CONFORMIDAD CON LOS ART. 12 Y 41 DE LA
LEY 26662, DOÑA ANALIA NIDIA GAMEZ CARNERO, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN
EN VIDA FUERA SU SEÑOR PADRE DON ANICETO
MARIO GAMEZ QUINTANILLA, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO SUS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A:- DOÑA JENNIFER KARLA GAMEZ PAUCA;
- DOÑA GLENY ANABEL GAMEZ CARNERO; - DOÑA
MAYDA MARIANELLA GAMEZ CARNERO; - DOÑA
MELISSA MARIANELLA GAMEZ CARNERO; - DOÑA
LENKA LILIANA GAMEZ CARNERO. - DON ERICK
RAMIRO GAMEZ CARNERO; - DON MICHAELL
ANDREE GAMEZ PAUCA; - DON RODRIGO PERCY
GAMEZ CARNERO; DOÑA ANALIA NIDIA GAMEZ
CARNERO, TODOS ELLOS EN CALIDAD DE DESCENDIENTES. ASI COMO A DOÑA RITA ELIANA PAUCA
SANCHEZ, EN CALIDAD DE CONYUGE SUPERSTITE. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LAS
PERSONAS QUE CREAN TENER VOCACION HEREDITARIA.- MOQUEGUA 20 SETIEMBRE 2016. NOEMI
L. FERNANDEZ JIMENEZ. NOTARIA PUBLICA. (23
SETIEMBRE)
SUCESION INTESTADA
Ante ml: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de
Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429
de esta ciudad, el señor LUIS ROGELIO MILLONES
CUSICANQUI solicita la Sucesión Intestada de su
madre señora LUCRECIA VIOLETA CUSICANQUI DE
MILLONES. Se procede conforme a los Artículos
13 y 41 de la Ley 26662. Ilo, 21 de Setiembre del
2,016. (23 Setiembre)
DECLARACION DE UNION DE HECHO
DECLARACION DE UNION DE HECHO
ANTE MI MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN,
ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA
MARISCAL NIETO, CON OFICIO NOTARIAL UBICADO EM LA CALLE MOQUEGUA N°758 DE MOQUEGUA, SE PRESENTAN DON ELIAS CATACORA
VTLCA,. IDENTIFICADO CON D.N.I. N° 42362973, Y
DOÑA SABITA CARMEN, CHAMBILLA NINA, IDENTIFICADA CON DNI N°80659988, SOLICITANDO
QUE SE RECONOZCA SU UNION DE HECHO, POR
HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMFEDIMENTO PARA
CONTRAER MATRIMONIO POR MAS DE DOS AÑOS.
MOQUEGUA, 2016 SETIEMBRE 21. GUISELLE VERA
KIHIEN - ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO. (23 SETIEMBRE)
DECLARACION DE UNION DE HECHO
ANTE MI, DRA YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO,
NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN
EL JR. CALLAO N° 300, SE HAN PRESENTADO ANTE
MI OFICIO DON ERNESTO MAQUERA AGUILAR Y
DOÑA YUHUANA ROQUE ROQUE SOLICITANDO
QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR
ESTAR CONVIVIENDO LIBRE DE IMPEDIMENTO
PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DIECINUEVE AÑOS. ILO, 15 DE SETIEMBRE DEL 2016
YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (23 SETIEMBRE)
REMATE
PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA
En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y
CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA
103, contra NICOLASA JILAPA CONDORI Y RAUL
CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma
de Dinero, Expediente Nº 00364-2011-0-2802-JPCI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz
Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con
intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito
Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque
a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien
inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO
PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI)
V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO
DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL
FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR
LA IZQUIERDA CON EL LOTE N°10 CON 20.06 ML;
POR LA DERECHA CON EL PASAJE N°34 CON 20.05
ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10
ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°
P08013580 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA
REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA
TASACIÓN (Comercial): US $/. 12,421.62 (Doce mil
cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares
Americanos). BASE DE REMATE: US $/. 8,281.08
(Ocho mil doscientos ochenta y uno con 08/100
Dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes
de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito
en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO
Inscrito en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez, hasta por la suma de S/. 4,532.21.
EMBARGO Inscrito en el Asiento 00006, a favor de
Caja Municipal de Tacna hasta por la suma de S/.
2,500.00 EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008,
a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO
NUESTRA GENTE S.A.A. , hasta por la suma de S/.
23,000.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008,
a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO
SANTA CATALINA de MOQUEGUA LTDA 103, hasta
por la suma de S/. 23,000.00. En la Partida Registral N° P08013580 del Registro de la Propiedad
Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR
DEL REMATE: lunes 24 de octubre de 2016, a horas
15:00 pm En el Hall del local del Segundo Juzgado
de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro.
325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el
Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono:
999098701, correo: [email protected]. LOS
POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no
menos del diez por ciento del valor de la tasación
en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a
su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada
en el Banco de la Nación) consignando número
de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel
y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma
inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de conformidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, agosto 26 de 2016. Dr. Asdel Vega
Tirado Martillero Público Matrícula 209. (21, 22,
23, 26, 27, 28 Septiembre).
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE
PUBLICO DE DERECHOS Y ACCIONES DE BIEN
INMUEBLE
En el Expediente N° 00062-2012-0-2802-JP-CI-02
en los autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA contra RAQUEL DEYSI ALVAREZ LOAYZA Y WILBER ORLANDO
SILVA HUAYNA, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA
DE DINERO, el Señor Juez del 2D0 Juzgado de Paz
Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia
de Moquegua, Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, Especialista Legal Dra. USMELDA VALDIVIA
FLORES, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO
EN 1RA CONVOCATORIA los derechos y acciones
que tiene el ejecutado (50%), en el siguiente Bien
Inmueble: 1.- Inmueble Ubicado en Pueblo Joven
Miguel Grau II — CALLE 4 MZ E’ lote 10, del Distrito
de llo, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuyas medidas perimétricas y colindancias
se encuentran Inscritas en Ia Partida Electrónica
N° P08023205 de la Zona Registral XIII — Sede
Tacna - Oficina Registral Moquegua. VALOR DE
TASACION DE TODO EL BIEN: El Valor de Tasación
asciende a Ia Suma de 5/.26,657.33. NUEVOS SOLES. VALOR DE TASACION DE LOS DERECHOS Y
ACCIONES: El Valor de Tasación asciende a la Suma
de S/.13,328.66. NUEVOS SOLES. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de Ia Tasación, lo que
asciende a Ia Suma de S/.8,885.77.NUEVOS SOLES.
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene Ia siguiente afectación: 1.-EMBARGO JUDICIAL: A Favor de
Ia COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA
CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 130, Hasta por
la Suma de S/.3,000.00.NUEVOS SOLES, Expedida
por el 2D0 Juzgado de Paz Letrado de llo, Expediente 00062-2012-0-2802-JP-CI-02 Inscrito en
el Asiento 00006, El 12/09/2012. FECHA Y HORA
DEL REMATE: El bien será Rematado el día 29 de
Septiembre del 2016, a Horas 16:30. PM. y será
Ilevado a cabo por el Abogado Martillero Publico
Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional
N° 226, con Telf.: 942089706 — RPM: *0074114 /
#945010777 -E-mail: albertooscarramos@hotmail.
com. LUGAR DE REMATE: Sito en la Calle Matara
N° 325, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el
10% del Valor de Ia Tasación del bien a rematarse,
mediante depósito, en
cheque de gerencia
girado a su nombre y presentara el arancel y su
DNI .Los Honorarios del Martillero Publico más el
IGV se cancelaran al finalizar el Remate y será por
cuenta del Adjudicatario. Ilo, 13 de Septiembre de
2016. (19, 20, 21, 22, 23, 26 Septiembre).
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
EXP: 00237-2015-79-2802-JR-PE-02, Se emplaza,
notifica y cita a DAVID DANIEL MERCADO HERRERA, con Ia RESOLUCION N° 02 que RESUELVE: SE
RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al
acusado David Daniel Mercado Herrera, identificado con DNI N° 00798956, nacido el 15 de noviembre de 1967, en el distrito, provincia y departamento de Lima, hijo de Daniel e Isabel, domiciliado
en urbanización Luis E. Valcárcel manzana 23, lote
8-11o, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por Ia Policía Nacional del Perú,
debiendo de cursarse los oficios correspondientes
para su ubicación, captura y puesta a disposición
de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio
de notificársele vía edictos en el diario oficial de
esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su
abogado defensor en su nueva situación jurídica
al abogado defensor público Héctor Robert Acuña
Robles, a efecto de que asuma su defensa en dicha
calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a
disposición de este Juzgado del acusado para el
inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.
(23, 26, 27 Septiembre).
EDICTO PENAL
Expediente Nº 00571-2016-35-2801-JR-PE-01.
Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal
Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.
Se cita y emplaza a don HILARIO ASIS RAMOS RAMOS, identificado con DNI Nº 04724107, de sexo
masculino, de fecha de nacimiento 12 de agosto
de 1972, de estado civil soltero, con instrucción secundaria completa, natural de Chojata – Sanchez
Cerro - Moquegua, nombre de los padres Cecilio
y Epifania, a efecto de que se ponga a derecho,
debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha
09 de setiembre ha sido declarado Reo Ausente,
disponiéndose su conducción compulsiva por
parte de la Policía Nacional del Perú, institución
que deberá proceder a su ubicación y captura a
nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a
disposición del juzgado a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato; sin perjuicio de
que se informe cada sesenta días de las acciones
realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como
abogado defensor del acusado ausente al doctor
Arturo Walter Flores Estuco, quien deberá hacerse
cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante
edictos a fin de que se ponga a disposición de la
autoridad competente para afrontar la audiencia
única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto
sea puesto a disposición del juzgado el acusado
ausente. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto.
Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista
Legal.- Moquegua, 09 de setiembre de 2016. (2326-27 Setiembre)
EDICTO PENAL
Viernes, 23 de setiembre del 2016
Expediente N° 0460-2016-91-2801-JR-PE-02.SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº
460-2016-91-2801-JR-PE-02, seguida en contra
de Antony Wilson Martinez Saga, Ronal Smith Rojas Sobrino, por el delito de Estafa, en agravio de
Yarleni Nilda Manchego Vasquez; la señora Jueza
encargada del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución número cuatro de fecha 12 de
septiembre del 2016, SE NOTIFIQUE por Edictos a
ANTONY WILSON MARTINEZ SAGA, RONAL SMITH
ROJAS SOBRINO, con el contenido de la resolución
número 02 de fecha 26 de julio del 2016, la cual
dispone: córrase TRASLADO por el plazo de tres
días a los demás sujetos procesales posiblemente
afectados con la medida, a quienes se les deberá
notificar en los domicilios señalados por el representante del Ministerio Público; y vencido dicho
plazo, con o sin absolución, póngase los autos a
despacho para resolver, dejando constancia que
atentos al contenido del ACUERDO PLENARIO N°
7-2011/CP-116 es suficiente en medidas como
la prescrita, el traslado a la parte contraria y no
existe necesidad de audiencia tal como se venía
haciendo. Y se notifique por edictos extracto del
Requerimiento Fiscal En el caso de autos se tiene
que el representante del Ministerio Público Tercer Despacho de Investigación de conformidad
con lo establecido en los artículos 2 inciso 10 de
la Constitución Política del Estado, artículo VI del
Título Preliminar del Código Procesal Penal y artículo 230 del acotado Código adjetivo, SOLICITA se
dicte EL LEVANTAMIENTO DE COMUNICACIONES
Y TELECOMUNICACIONES de ANTONY WILSON
MARTÍNEZ SAGA, ROÑAL SMITH ROJAS SOBRINO
y YARLENINILDA MANCHEGO VASQUEZ a efectos
de: 1) Las empresas de telefonía informen respecto a los números telefónicos registrados a nombre
de los imputados ANTONY WILSON MARTÍNEZ
SAGA, ROÑAL SMITH ROJAS SOBRINO y la agraviada YARLENI NILDA MANCHEGO VASQUEZ, así
como el registro de llamadas entrantes, salientes,
mensajes y otros realizados desde y hacia sus números en fecha 25 de enero del 2016. 2) Las empresas de telefonía faciliten, en forma inmediata,
la localización de teléfonos móviles utilizados en
las llamadas realizadas en fecha 25 de enero del
2016 entre las 12:00 horas y 17:00 horas a Yarleni
Nilda Manchego Vasquez a los números que registre. Para tal efecto, se solicita a su despacho, la
resolución correspondiente que autorice recabar
dicha información de las empresas telefónicas
CLARO, MOVISTAR, BITEL y ENTEL, que resulta necesaria con motivo de la investigación seguida por
la presunta comisión del delito de Estafa agravada,
ello en merito a los siguiente Hechos: El día 25 de
enero del 2016 a las 12:40 horas aproximadamente, la agraviada Yarleni Nilda Manchego Vásquez,
se encontraba en el interior de su domicilio, circunstancias en que recibió una llamada de una
persona de sexo masculino, quien le refirió que
su hija Yelina Milagros había sido asaltada y que al
tratar de defenderse había tirado una piedra que
le cayó a una menor, ocasionando que esta última
termine en el Hospital donde falleció, identificándose la persona que llamaba por teléfono como
policía, exigiéndole a la denunciante la suma de
S/. 5,000.00 soles a fin de cancelar la denuncia que
había en contra de su hija, motivo por el cual la
agraviada realizó un primer depósito por la suma
de S/. 2,000.00 soles al número de cuenta 19133596982-0-43 a nombre del imputado Anthony
Wilson Martínez Saga, el segundo depósito fue
por S/. 300.00 soles y el tercer depósito fue por la
suma de S/. 3,000.00 soles, estos últimos al mismo
número de cuenta, siendo el última depósito por
la suma de S/ 500.00 soles al número de cuenta N°
191-33665927-0-85 a nombre del imputado Roñal
Smith Rojas Sobrino. Luego de ello, la denunciante indica que recibió una llamada de su hija Yelina
Milagros Diaz Manchego, a quien le comunicó
lo que había pasado, la misma que le refirió que
todo era mentira ya que ella se encontraba en su
domicilio.- FIRMADO. DRA. RUTH DEYSI COHAILA
QUISPE, JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG.
VANESSA CHOQUECAHUA CCAMA BUSTAMANTE
ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 13 de septiembre del 2016.(23-26-27
Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente N° 042-2016-28-2801-JR-PE-02. SE-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
GUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº
042-2016-28-2801-JR-PE-02, seguida en contra de
Merida Luz Zegarra Meza, por el delito de Falsificación de Documentos, en agravio de la Municipalidad Distrital de Torata; el señor Juez encargado
del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución N° 05 del día de la fecha, NOTIFIQUESE por
Edictos a MERIDA LUZ ZEGARRA MEZA, con la resolución número 02 de fecha 18 de julio del 2016,
mediante la cual se resuelve: CORRASE TRASLADO
a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de
acusación, para efectos de que puedan por escrito
y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350° del Código Procesal
Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en
la audiencia preliminar de control de acusación, y
el REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN, en contra la
imputada MERIDA LUZ ZEGARRA MEZA, por ser
responsable a título de AUTOR, por el delito contra
la FE PÚBLICA, en la modalidad de FALSIFICACIÓN
DE DOCUMENTOS, tipificado y sancionado en el
Art. 427° del Código Penal, en agravio del ESTADO
representado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE TORATA. 1) IMPUTACIÓN CONCRETA: Se imputa
a Merida Luz Zegarra Meza, que el día 02 de mayo
del 2015 luego de llegar a la ciudad de Moquegua q proveniente del departamento de Lima,
se dirigió al complejo Ernesto Gambetta donde
se encontraba la comisión encargada realizando
los preparativos respectivos a efecto de proceder
con el bingo bailable programado por la Municipalidad distrital de Torata; es así; que la imputada
decide comprar Bingos y procedió a adquirir tres
de ellos. Momentos más tarde el Bingo se inició y
cuando se encontraba en el tramo final “el apagón”
por la suma de S/. 10.000.00 nuevos soles, la denunciada se presentó al estrado oficial presentando dos bingos con los códigos siguientes N° 2878
y 2881, indicando que tenía el bingo ganador. Es
así, que el organizador revisa número por número y efectivamente uno de los cartones contenía
en su integridad los números a GANADOR, declarándola públicamente como la ganadora de este
evento. Luego al verificar minuciosamente la tarjeta ganadora la comisión organizadora se Cerciora
que el cartón ganador se encontraba adulterado
por lo que el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Torata solicita la intervención de
la Policía Nacional del Perú, 2) Tipificación: Los hechos que sustentan el presente requerimiento, se
encuentran tipificados en el ART. 427°.- FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS ”El que hace, en todo o en
parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación
o servir para probar un hecho, con el propósito de
utilizar el documento, será reprimido, si de su c |
uso pueda resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de
diez años y con treinta a noventa días multa si se
trata de un documento público, registro público,
titulo autentico o cualquier otro transmisible por
endoso o al portador y con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años,
y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco
días multa, si se trata de un documento privado “.
El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legítimo, siempre que de su uso
pueda resultar algún perjuicio, será reprimido con
las mismas penas. 3) PENA: El Ministerio Publico
PROPONE que se imponga a la acusada MERIDA
LUZ ZEGARRA MEZA DOS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. 4) Reparación Civil, la suma
de S/ 1000.00 soles que deberá abonar la acusada a favor de la Municipalidad Distrital de Torata.
FIRMADO. DR. ALBERTO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ ENCARGADO AL SEGUNDO JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL
NIETO. Avocándose el Magistrado que suscribe la
presente en mérito a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia N° 583-2016-P-CSJMO. ABOG.
VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua,
21 de septiembre del 2016 (23-26-27 Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente Nº 00570-2016-89-2801-JR-PE-01.
Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal
Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.
Se cita y emplaza a don MARTIN JONATHAN CCALLATA MAMANI, identificado con DNI Nº 46664101,
de sexo masculino, de fecha de nacimiento 03 de
noviembre de 1990, de estado civil soltero, natural de Moquegua, nombre de los padres Efrain y
Placida Eufemia, grado de instrucción segundo de
secundaria, a efecto de que se ponga a derecho,
debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha
06 de setiembre de 2016 ha sido declarado Reo
Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú,
institución que deberá proceder a su ubicación y
captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá
ponerlo a disposición del juzgado a efectos de que
afronte la audiencia única de juicio inmediato; sin
perjuicio de que se informe cada sesenta días de
las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se
nombra como abogado defensor del acusado
contumaz al doctor Arturo Walter Flores Estuco,
quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado
contumaz mediante edictos a fin de que se ponga
a disposición de la autoridad competente para
afrontar la audiencia única de juicio inmediato en
su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la
causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Roger Pari Taboada
- Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de
Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.-. Moquegua, 07 de setiembre de 2016. (23-26-27 Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente Nº 00546-2016-90-2801-JR-PE-01.
Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal
Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.
Se cita y emplaza a don JUAN RENE RONDON PEREZ, identificado con DNI Nº 29556496, de sexo
masculino, de fecha de nacimiento 06 de marzo
de 1968, natural de Ilo – Moquegua, de estado
civil soltero, con instrucción secundaria completa,
nombre de los padres Juan y Ana, a efecto de que
se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 03 de fecha 06 de setiembre del 2016
ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su
conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder
a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez
hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado
a fin de que afronte la audiencia única de juicio
inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas
tendientes al cumplimiento del mandato judicial,
bajo responsabilidad. Se nombra como abogado
defensor del acusado ausente al doctor Arturo
Walter Flores Estuco, quien deberá hacerse cargo
de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la
citación del acusado ausente mediante edictos
a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única
de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE la
reserva del proceso en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Roger
Pari Taboada - Juez del Segundo Juzgado Penal
Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos
Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua,
07 de setiembre de 2016. (23-26-27 Setiembre)
EDICTO
EDICTO
Ante el Juez Williams Norabuena Carpio Juzgado
del Primer Paz Letrado- llo, expediente Nro.004222016-0-2802-JP-C1-01 especialista Dr. Huber Brandon Rojas Huamani, mediante resolución Nro. 02
de fecha 12 de Septiembre del 2016 la solicitud
presentada por Wilver Maximiliano Lazo Vargas
en vía, proceso no contencioso la Rectificación
de Partida de Nacimiento, a efecto de corregir los
nombres y apellidos de su Sra. Madre Ester Alicia
Vargas Bahamondes, se Resuelve: Admitir la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, por
ofrecidos los medios probatorios, agregase a los
autos los anexos que se adjuntan, señálese fecha
para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día 03 de octubre del dos mil dieciséis a
las tres de la tarde, Regístrese y Hágase Saber.- llo
21 de septiembre del 2016. Huber Brandon Rojas
Huamani Secretario Judicial —Primer Juzgado de
Paz Letrado —Ilo Corte superior de justicia de Moquegua. (23 Septiembre).
EDICTO
Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de llo,
que despacha el Juez Julio Martin Pinazo Quispe
(Expediente N° 00410-2016-0-2802-JP-FC-02), SE
HA RESUELTO: 1) Admitir a trámite la demanda de
PRESTACION ALIMENTARIA, interpuesta por ANA
MARIEL ESPEJO ESTRABER, en representaci6n de
su menor hijo NICOLAS SEBASTIAN ELIAS ESPEJO,
en contra de JONATHAN YSAIAS ELIAS URBINA,
en Vía del PROCESO UNICO. 2) TRASLADO por el
termino de CINCO DIAS al demandado para que
conteste la demanda, bajo apercibimiento de
declararse rebelde, en caso de no absolver la demanda.- Por ofrecidos sus medios probatorios y
agréguese a sus antecedentes los anexos que se
acompañaría.- TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.Firmado Usmelda Valdivia Flores.- Especialista
Legal del Segundo Juzgado de Paz Letrado — llo.Ilo, 15 de Septiembre del 2016. (23 Septiembre).
EDICTO
Ante el Juzgado Mixto de Ilo, que despacha el señor Juez Adolfo Cornejo Polanco, con intervención
del secretario abogado Marco Cáceres Ninaja, Expediente 0305- 2016-0-2802-JM-CI-01 Gualberto
Fernando Zevallos Quinaya viene tramitando la
Autorización Judicial de rectificación de partida
de nacimiento Nro. 1610 de 1940 inscrita en la
Municipalidad Provincial de no, a fin que se autorice judicialmente el cambio de su apellido paterno de Zevallos, la letra “V” por la de B” debiendo
quedar como ZEBALLOS, consiguiente su nombre
completo de Gualberto Fernando Zeballos Quinaya habiéndose señalado para la audiencia de
actuación y declaración judicial el 31 de octubre
del 2016 a horas 12.30 horas. Autorizado por el
abogado Juan Gilberto Abril Chirinos. Ilo 20 de
setiembre del 2016. (23 Septiembre).
EDICTO
El Juez del Primer Juzgado Mixto de Moquegua Dr.
JUAN PAREDES ROMERO, Secretario Dr. JAIME TARQUI PEDRAZA, Exp.70-2016, RESUELVE: Admitir
la Demanda de CAMBIO DE NOMBRE de apellido
paterno de ESPINAL en lugar de HINOSTROZA, interpuesta por MERCEDES JESUS ESPINAL ESPINAL,
con citación del MINISTERIO PUBLICO. Tramítese
en PROCESO NO CONTENCIOSO. Se fija fecha para
la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día VENTITRES DE SEPTIEMBRE a horas NUEVE DE LA MAÑANA AUTORIZANDO EL PRESENTE LA SECRETARIA JUDICIAL QUE SUSCRIBE
POR VACACIONES DEL SECRETARIO CURSOR DE LA
CAUSA. Moquegua, 21 de Septiembre del 2,016.
Marcos Noel Calizaya Pinto – Abogado – Reg. 29
CAM; Abog. Karina Pintos Linares – Secretaria Judicial Primer Juzgado Mixto Mcal Nieto – Corte
Superior de Justicia de Moquegua. (23 Setiembre)
EDICTO
Ante el Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto,
Expediente N° 00210-2016-0-2801-JM-CI-02, Especialista Legal Abog. Gaby Nina Escobar; PAMELA
MILAGROS PARI MANCHEGO, ha seguido un Proceso de Cambio de su Apellido Paterno de PARI, por
el de LEIVA, en su Acta de Nacimiento N° 294, de
Fecha de Inscripción del 22 de Abril de 1993, ante
los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial
de Mariscal Nieto, habiéndose expedido Sentencia, en la Audiencia de Actuación y Declaración
Judicial del 24 de Agosto del 2016, disponiendo
el Cambio de su Apellido Paterno de PARI, por
el de LEIVA, quedando sus Nombres y Apellidos,
como PAMELA MILAGROS LEIVA MANCHEGO;
efectuándose la presente Publicación para los
efectos de Ley. Moquegua, 20 de Setiembre del
2016. Adrian Lima Aguilar – Abogado Reg. CAM
272 – Cas Elect. 8421. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto
de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de
Moquegua. (23 Setiembre)
EDICTO
Expediente N° 0002-2016-0-2801-JM-CI-01, El Primer Juzgado Mixto, que despacha el Señor Juez
Dr. Juan Porfirio Paredes Romero, Secretario Dr.
Jaime Tarqui Pedraza, en los autos seguidos por
Elvis Jhon MAMANI MAMANI, con citación del
Ministerio Publico, sobre (RECTIFICACION DE PARTIDA), se ha ordenado mediante Resolución N°
07, de fecha 08 de Julio del 2016, la publicación
el auto Final la misma que ha resuelto: 1).-Declarando fundada la Solicitud de cambio de nombre,
interpuesta por Elvis JHON MAMANI MAMANI. 2).En consecuencia autorizo el cambio de nombre
del solicitante en cuanto a sus apellidos paterno
y materno Mamani Mamani, por el de EUGENIO
3
COAGUILA, debiendo figurar en lo sucesivo sus
nombres completos como ELVIS JHON EUGENIO
COAGUILA, en lugar de ELVIS JHON MAMANI MAMANI, en la parte principal de su partida de nacimiento, sin que ello altere su filiación. 3).- Una vez
efectuado sus publicaciones correspondientes en
el diario oficial el peruano y la república, y consentida que quede la presente resolución se inscriba el cambio de nombre dispuesto en el punto
precedente, por lo que se comunica a todas a las
personas que tenga interés, y actuar con arreglo
a ley, Regístrese y Notifíquese: Autorizando el presente la secretaria que suscribe por vacaciones del
secretario cursor de la causa. Moquegua, 21 de
Setiembre del 2016.- Abog. Karina Pintos Linares
– Secretaria Judicial Primer Juzgado Mixto Mcal
Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua
(23 Setiembre)
EDICTO JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL
En el Expediente N° 00325-2016-0-2801-JM-CI-01,
ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de
Moquegua, que despacha el Juez Juan Porfirio Paredes Romero, actuando como Especialista Legal
Karina Pantos Linares, en la demanda interpuesta
por RUTH FABIANA MAMANI RAMOS sobre Cambio de Nombre, por lo que mediante Resolución
N° 02 de fecha 14 de Setiembre del 2016 se ha RESUELTO lo siguiente: ADMITIR a trámite la solicitud
de CAMBIO DE NOMBRE, interpuesta por RUTH FABIANA MAMANI RAMOS, solicitando el Cambio de
Nombre, en lo que respecta a su primer apellido
paterno MAMANI por el DE LA TORRE, para que en
lo sucesivo figure como RUTH FABIANA DE LA TORRE RAMOS, en su Partida de Nacimiento, debiendo de oficiarse a la Municipalidad Distrital de San
Cristóbal, para la anotación marginal en la Partida
de Nacimiento, con citación del Ministerio Publico,
debiendo de tramitarse en la vía de PROCESO NO
CONTENCIOSO, disponiéndose que el extracto de
la solicitud se publique por una sola vez en la forma prevista en el Articulo N° 828 del Código Procesal Civil. Señalándose la Audiencia de Actuación y
Declaración Judicial el día SIETE DE OCTUBRE DEL
DOS MIL DIECISEIS, a las QUINCE HORAS en el local del Juzgado. Moquegua, 22 de Setiembre del
2,016. Richard E. Dominguez Ugarte – Abogado.
CAM 302; Abog. Karina Pantos Linares – Secretaria
Judicial – Primer Juzgado Mixto Mcal Nieto - Corte
Superior de Justicia de Moquegua. (23 Setiembre)
SUCESION INTESTADA
SUCESION INTESTADA
NOEMI L. FERNANDEZ JIMENEZ. ABOGADA-NOTARIA DE MOQUEGUA. ANTE MI OFICIO NOTARIAL SITO EN JR. ANCASH 350, EN ESTA CIUDAD,
DE CONFORMIDAD CON LOS ART. 12 Y 41 DE LA
LEY 26662, DOÑA ANALIA NIDIA GAMEZ CARNERO, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN
EN VIDA FUERA SU SEÑOR PADRE DON ANICETO
MARIO GAMEZ QUINTANILLA, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO SUS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A:- DOÑA JENNIFER KARLA GAMEZ PAUCA;
- DOÑA GLENY ANABEL GAMEZ CARNERO; - DOÑA
MAYDA MARIANELLA GAMEZ CARNERO; - DOÑA
MELISSA MARIANELLA GAMEZ CARNERO; - DOÑA
LENKA LILIANA GAMEZ CARNERO. - DON ERICK
RAMIRO GAMEZ CARNERO; - DON MICHAELL
ANDREE GAMEZ PAUCA; - DON RODRIGO PERCY
GAMEZ CARNERO; DOÑA ANALIA NIDIA GAMEZ
CARNERO, TODOS ELLOS EN CALIDAD DE DESCENDIENTES. ASI COMO A DOÑA RITA ELIANA PAUCA
SANCHEZ, EN CALIDAD DE CONYUGE SUPERSTITE. LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LAS
PERSONAS QUE CREAN TENER VOCACION HEREDITARIA.- MOQUEGUA 20 SETIEMBRE 2016. NOEMI
L. FERNANDEZ JIMENEZ. NOTARIA PUBLICA. (23
SETIEMBRE)
SUCESION INTESTADA
Ante ml: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de
Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429
de esta ciudad, el señor LUIS ROGELIO MILLONES
CUSICANQUI solicita la Sucesión Intestada de su
madre señora LUCRECIA VIOLETA CUSICANQUI DE
MILLONES. Se procede conforme a los Artículos
13 y 41 de la Ley 26662. Ilo, 21 de Setiembre del
2,016. (23 Setiembre)
DECLARACION DE UNION DE HECHO
4
La República
DECLARACION DE UNION DE HECHO
ANTE MI MARIA ISABEL GUISELLE VERA KIHIEN,
ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA
MARISCAL NIETO, CON OFICIO NOTARIAL UBICADO EM LA CALLE MOQUEGUA N°758 DE MOQUEGUA, SE PRESENTAN DON ELIAS CATACORA
VTLCA,. IDENTIFICADO CON D.N.I. N° 42362973, Y
DOÑA SABITA CARMEN, CHAMBILLA NINA, IDENTIFICADA CON DNI N°80659988, SOLICITANDO
QUE SE RECONOZCA SU UNION DE HECHO, POR
HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMFEDIMENTO PARA
CONTRAER MATRIMONIO POR MAS DE DOS AÑOS.
MOQUEGUA, 2016 SETIEMBRE 21. GUISELLE VERA
KIHIEN - ABOGADA NOTARIA PUBLICA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO. (23 SETIEMBRE)
DECLARACION DE UNION DE HECHO
ANTE MI, DRA YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO,
NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN
EL JR. CALLAO N° 300, SE HAN PRESENTADO ANTE
MI OFICIO DON ERNESTO MAQUERA AGUILAR Y
DOÑA YUHUANA ROQUE ROQUE SOLICITANDO
QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR
ESTAR CONVIVIENDO LIBRE DE IMPEDIMENTO
PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DIECINUEVE AÑOS. ILO, 15 DE SETIEMBRE DEL 2016
YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (23 SETIEMBRE)
REMATE
PRIMER REMATE EN SUBASTA PÚBLICA
En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y
CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA
103, contra NICOLASA JILAPA CONDORI Y RAUL
CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma
de Dinero, Expediente Nº 00364-2011-0-2802-JPCI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz
Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con
intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito
Martillero Público con Matricula Nro. 209, saque
a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien
inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO
PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI)
V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO DE ILO, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO
DE MOQUEGUA. CUYA ÁREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL
FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR
LA IZQUIERDA CON EL LOTE N°10 CON 20.06 ML;
POR LA DERECHA CON EL PASAJE N°34 CON 20.05
ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10
ML. INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°
P08013580 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA
REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE LA
TASACIÓN (Comercial): US $/. 12,421.62 (Doce mil
cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares
Americanos). BASE DE REMATE: US $/. 8,281.08
(Ocho mil doscientos ochenta y uno con 08/100
Dólares Americanos), equivalente a las 2/3 partes
de la tasación. AFECTACIONES: HIPOTECA Inscrito
en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO
Inscrito en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez, hasta por la suma de S/. 4,532.21.
EMBARGO Inscrito en el Asiento 00006, a favor de
Caja Municipal de Tacna hasta por la suma de S/.
2,500.00 EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008,
a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO
NUESTRA GENTE S.A.A. , hasta por la suma de S/.
23,000.00. EMBARGO Inscrito en el Asiento 00008,
a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO
SANTA CATALINA de MOQUEGUA LTDA 103, hasta
por la suma de S/. 23,000.00. En la Partida Registral N° P08013580 del Registro de la Propiedad
Inmueble de la Oficina Registral de Ilo, Zona Registral Nro. XII - Sede Tacna. DIA, HORA Y LUGAR
DEL REMATE: lunes 24 de octubre de 2016, a horas
15:00 pm En el Hall del local del Segundo Juzgado
de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matará Nro.
325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el
Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Público. Teléfono:
999098701, correo: [email protected]. LOS
POSTORES: Oblarán ante el Martillero Público no
menos del diez por ciento del valor de la tasación
en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a
su nombre. Deben presentar tasa judicial (pagada
en el Banco de la Nación) consignando número
de expediente, Juzgado y DNI (copia del arancel
y DNI. Los Honorarios serán abonados, de forma
inmediata, por el adjudicatario más el IGV., de con-
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
formidad con la Ley del Martillero Publico y su Reglamento. Ilo, agosto 26 de 2016. Dr. Asdel Vega
Tirado Martillero Público Matrícula 209. (21, 22,
23, 26, 27, 28 Septiembre).
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE
PUBLICO DE DERECHOS Y ACCIONES DE BIEN
INMUEBLE
En el Expediente N° 00062-2012-0-2802-JP-CI-02
en los autos seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA contra RAQUEL DEYSI ALVAREZ LOAYZA Y WILBER ORLANDO
SILVA HUAYNA, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA
DE DINERO, el Señor Juez del 2D0 Juzgado de Paz
Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia
de Moquegua, Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, Especialista Legal Dra. USMELDA VALDIVIA
FLORES, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO
EN 1RA CONVOCATORIA los derechos y acciones
que tiene el ejecutado (50%), en el siguiente Bien
Inmueble: 1.- Inmueble Ubicado en Pueblo Joven
Miguel Grau II — CALLE 4 MZ E’ lote 10, del Distrito
de llo, Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuyas medidas perimétricas y colindancias
se encuentran Inscritas en Ia Partida Electrónica
N° P08023205 de la Zona Registral XIII — Sede
Tacna - Oficina Registral Moquegua. VALOR DE
TASACION DE TODO EL BIEN: El Valor de Tasación
asciende a Ia Suma de 5/.26,657.33. NUEVOS SOLES. VALOR DE TASACION DE LOS DERECHOS Y
ACCIONES: El Valor de Tasación asciende a la Suma
de S/.13,328.66. NUEVOS SOLES. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de Ia Tasación, lo que
asciende a Ia Suma de S/.8,885.77.NUEVOS SOLES.
AFECTACIONES: El bien inmueble tiene Ia siguiente afectación: 1.-EMBARGO JUDICIAL: A Favor de
Ia COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA
CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 130, Hasta por
la Suma de S/.3,000.00.NUEVOS SOLES, Expedida
por el 2D0 Juzgado de Paz Letrado de llo, Expediente 00062-2012-0-2802-JP-CI-02 Inscrito en
el Asiento 00006, El 12/09/2012. FECHA Y HORA
DEL REMATE: El bien será Rematado el día 29 de
Septiembre del 2016, a Horas 16:30. PM. y será
Ilevado a cabo por el Abogado Martillero Publico
Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional
N° 226, con Telf.: 942089706 — RPM: *0074114 /
#945010777 -E-mail: albertooscarramos@hotmail.
com. LUGAR DE REMATE: Sito en la Calle Matara
N° 325, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el
10% del Valor de Ia Tasación del bien a rematarse,
mediante depósito, en
cheque de gerencia
girado a su nombre y presentara el arancel y su
DNI .Los Honorarios del Martillero Publico más el
IGV se cancelaran al finalizar el Remate y será por
cuenta del Adjudicatario. Ilo, 13 de Septiembre de
2016. (19, 20, 21, 22, 23, 26 Septiembre).
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
EXP: 00237-2015-79-2802-JR-PE-02, Se emplaza,
notifica y cita a DAVID DANIEL MERCADO HERRERA,
con Ia RESOLUCION N° 02 que RESUELVE: SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado David Daniel Mercado Herrera, identificado con DNI N°
00798956, nacido el 15 de noviembre de 1967, en
el distrito, provincia y departamento de Lima, hijo
de Daniel e Isabel, domiciliado en urbanización Luis
E. Valcárcel manzana 23, lote 8-11o, en contra de
quien se ordena su conducción compulsiva por Ia
Policía Nacional del Perú, debiendo de cursarse los
oficios correspondientes para su ubicación, captura
y puesta a disposición de este Despacho, en hora
y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos
en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se
le nombra como su abogado defensor en su nueva
situación jurídica al abogado defensor público Héctor Robert Acuña Robles, a efecto de que asuma su
defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el
ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta
la puesta a disposición de este Juzgado del acusado
para el inicio del juicio. TOMESE RAZON Y HAGASE
SABER. (23, 26, 27 Septiembre).
EDICTO PENAL
Expediente Nº 00571-2016-35-2801-JR-PE-01.
Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal
Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.
Se cita y emplaza a don HILARIO ASIS RAMOS RAMOS, identificado con DNI Nº 04724107, de sexo
masculino, de fecha de nacimiento 12 de agosto
de 1972, de estado civil soltero, con instrucción se-
cundaria completa, natural de Chojata – Sanchez
Cerro - Moquegua, nombre de los padres Cecilio
y Epifania, a efecto de que se ponga a derecho,
debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha
09 de setiembre ha sido declarado Reo Ausente,
disponiéndose su conducción compulsiva por
parte de la Policía Nacional del Perú, institución
que deberá proceder a su ubicación y captura a
nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a
disposición del juzgado a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato; sin perjuicio de
que se informe cada sesenta días de las acciones
realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como
abogado defensor del acusado ausente al doctor
Arturo Walter Flores Estuco, quien deberá hacerse
cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante
edictos a fin de que se ponga a disposición de la
autoridad competente para afrontar la audiencia
única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto
sea puesto a disposición del juzgado el acusado
ausente. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto.
Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista
Legal.- Moquegua, 09 de setiembre de 2016. (2326-27 Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente N° 0460-2016-91-2801-JR-PE-02.SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº
460-2016-91-2801-JR-PE-02, seguida en contra
de Antony Wilson Martinez Saga, Ronal Smith Rojas Sobrino, por el delito de Estafa, en agravio de
Yarleni Nilda Manchego Vasquez; la señora Jueza
encargada del Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución número cuatro de fecha 12 de
septiembre del 2016, SE NOTIFIQUE por Edictos a
ANTONY WILSON MARTINEZ SAGA, RONAL SMITH
ROJAS SOBRINO, con el contenido de la resolución
número 02 de fecha 26 de julio del 2016, la cual
dispone: córrase TRASLADO por el plazo de tres
días a los demás sujetos procesales posiblemente
afectados con la medida, a quienes se les deberá
notificar en los domicilios señalados por el representante del Ministerio Público; y vencido dicho
plazo, con o sin absolución, póngase los autos a
despacho para resolver, dejando constancia que
atentos al contenido del ACUERDO PLENARIO N°
7-2011/CP-116 es suficiente en medidas como
la prescrita, el traslado a la parte contraria y no
existe necesidad de audiencia tal como se venía
haciendo. Y se notifique por edictos extracto del
Requerimiento Fiscal En el caso de autos se tiene
que el representante del Ministerio Público Tercer Despacho de Investigación de conformidad
con lo establecido en los artículos 2 inciso 10 de
la Constitución Política del Estado, artículo VI del
Título Preliminar del Código Procesal Penal y artículo 230 del acotado Código adjetivo, SOLICITA se
dicte EL LEVANTAMIENTO DE COMUNICACIONES
Y TELECOMUNICACIONES de ANTONY WILSON
MARTÍNEZ SAGA, ROÑAL SMITH ROJAS SOBRINO
y YARLENINILDA MANCHEGO VASQUEZ a efectos
de: 1) Las empresas de telefonía informen respecto a los números telefónicos registrados a nombre
de los imputados ANTONY WILSON MARTÍNEZ
SAGA, ROÑAL SMITH ROJAS SOBRINO y la agraviada YARLENI NILDA MANCHEGO VASQUEZ, así
como el registro de llamadas entrantes, salientes,
mensajes y otros realizados desde y hacia sus números en fecha 25 de enero del 2016. 2) Las empresas de telefonía faciliten, en forma inmediata,
la localización de teléfonos móviles utilizados en
las llamadas realizadas en fecha 25 de enero del
2016 entre las 12:00 horas y 17:00 horas a Yarleni
Nilda Manchego Vasquez a los números que registre. Para tal efecto, se solicita a su despacho, la
resolución correspondiente que autorice recabar
dicha información de las empresas telefónicas
CLARO, MOVISTAR, BITEL y ENTEL, que resulta necesaria con motivo de la investigación seguida por
la presunta comisión del delito de Estafa agravada,
ello en merito a los siguiente Hechos: El día 25 de
enero del 2016 a las 12:40 horas aproximadamente, la agraviada Yarleni Nilda Manchego Vásquez,
se encontraba en el interior de su domicilio, circunstancias en que recibió una llamada de una
persona de sexo masculino, quien le refirió que
su hija Yelina Milagros había sido asaltada y que al
tratar de defenderse había tirado una piedra que
Viernes, 23 de setiembre del 2016
le cayó a una menor, ocasionando que esta última
termine en el Hospital donde falleció, identificándose la persona que llamaba por teléfono como
policía, exigiéndole a la denunciante la suma de
S/. 5,000.00 soles a fin de cancelar la denuncia que
había en contra de su hija, motivo por el cual la
agraviada realizó un primer depósito por la suma
de S/. 2,000.00 soles al número de cuenta 19133596982-0-43 a nombre del imputado Anthony
Wilson Martínez Saga, el segundo depósito fue
por S/. 300.00 soles y el tercer depósito fue por la
suma de S/. 3,000.00 soles, estos últimos al mismo
número de cuenta, siendo el última depósito por
la suma de S/ 500.00 soles al número de cuenta N°
191-33665927-0-85 a nombre del imputado Roñal
Smith Rojas Sobrino. Luego de ello, la denunciante indica que recibió una llamada de su hija Yelina
Milagros Diaz Manchego, a quien le comunicó
lo que había pasado, la misma que le refirió que
todo era mentira ya que ella se encontraba en su
domicilio.- FIRMADO. DRA. RUTH DEYSI COHAILA
QUISPE, JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG.
VANESSA CHOQUECAHUA CCAMA BUSTAMANTE
ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 13 de septiembre del 2016.(23-26-27
Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente N° 042-2016-28-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº
042-2016-28-2801-JR-PE-02, seguida en contra de
Merida Luz Zegarra Meza, por el delito de Falsificación de Documentos, en agravio de la Municipalidad Distrital de Torata; el señor Juez encargado del
Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria
de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución N° 05 del día de la fecha, NOTIFIQUESE por
Edictos a MERIDA LUZ ZEGARRA MEZA, con la resolución número 02 de fecha 18 de julio del 2016,
mediante la cual se resuelve: CORRASE TRASLADO
a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de
acusación, para efectos de que puedan por escrito
y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350° del Código Procesal
Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en
la audiencia preliminar de control de acusación, y
el REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN, en contra la
imputada MERIDA LUZ ZEGARRA MEZA, por ser
responsable a título de AUTOR, por el delito contra
la FE PÚBLICA, en la modalidad de FALSIFICACIÓN
DE DOCUMENTOS, tipificado y sancionado en el
Art. 427° del Código Penal, en agravio del ESTADO
representado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE TORATA. 1) IMPUTACIÓN CONCRETA: Se imputa
a Merida Luz Zegarra Meza, que el día 02 de mayo
del 2015 luego de llegar a la ciudad de Moquegua q proveniente del departamento de Lima,
se dirigió al complejo Ernesto Gambetta donde
se encontraba la comisión encargada realizando
los preparativos respectivos a efecto de proceder
con el bingo bailable programado por la Municipalidad distrital de Torata; es así; que la imputada
decide comprar Bingos y procedió a adquirir tres
de ellos. Momentos más tarde el Bingo se inició y
cuando se encontraba en el tramo final “el apagón”
por la suma de S/. 10.000.00 nuevos soles, la denunciada se presentó al estrado oficial presentando dos bingos con los códigos siguientes N° 2878
y 2881, indicando que tenía el bingo ganador. Es
así, que el organizador revisa número por número y efectivamente uno de los cartones contenía
en su integridad los números a GANADOR, declarándola públicamente como la ganadora de este
evento. Luego al verificar minuciosamente la tarjeta ganadora la comisión organizadora se Cerciora
que el cartón ganador se encontraba adulterado
por lo que el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Torata solicita la intervención de
la Policía Nacional del Perú, 2) Tipificación: Los hechos que sustentan el presente requerimiento, se
encuentran tipificados en el ART. 427°.- FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS ”El que hace, en todo o en
parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación
o servir para probar un hecho, con el propósito de
utilizar el documento, será reprimido, si de su c |
uso pueda resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de
diez años y con treinta a noventa días multa si se
trata de un documento público, registro público,
titulo autentico o cualquier otro transmisible por
endoso o al portador y con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años,
y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco
días multa, si se trata de un documento privado “.
El que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legítimo, siempre que de su uso
pueda resultar algún perjuicio, será reprimido con
las mismas penas. 3) PENA: El Ministerio Publico
PROPONE que se imponga a la acusada MERIDA
LUZ ZEGARRA MEZA DOS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. 4) Reparación Civil, la suma
de S/ 1000.00 soles que deberá abonar la acusada a favor de la Municipalidad Distrital de Torata.
FIRMADO. DR. ALBERTO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ ENCARGADO AL SEGUNDO JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL
NIETO. Avocándose el Magistrado que suscribe la
presente en mérito a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia N° 583-2016-P-CSJMO. ABOG.
VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua,
21 de septiembre del 2016 (23-26-27 Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente Nº 00570-2016-89-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal
Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana.
Se cita y emplaza a don MARTIN JONATHAN CCALLATA MAMANI, identificado con DNI Nº 46664101,
de sexo masculino, de fecha de nacimiento 03 de
noviembre de 1990, de estado civil soltero, natural
de Moquegua, nombre de los padres Efrain y Placida
Eufemia, grado de instrucción segundo de secundaria, a efecto de que se ponga a derecho, debido a
que mediante Resolución Nº 02 de fecha 06 de setiembre de 2016 ha sido declarado Reo Contumaz,
disponiéndose su conducción compulsiva por parte
de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del
juzgado a efectos de que afronte la audiencia única
de juicio inmediato; sin perjuicio de que se informe
cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo
responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Arturo Walter
Flores Estuco, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del
acusado contumaz mediante edictos a fin de que
se ponga a disposición de la autoridad competente
para afrontar la audiencia única de juicio inmediato
en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la
causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado
el acusado contumaz. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez
del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal
Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.-. Moquegua, 07 de setiembre de 2016.
(23-26-27 Setiembre)
EDICTO PENAL
Expediente Nº 00546-2016-90-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se
cita y emplaza a don JUAN RENE RONDON PEREZ,
identificado con DNI Nº 29556496, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 06 de marzo de 1968,
natural de Ilo – Moquegua, de estado civil soltero,
con instrucción secundaria completa, nombre de
los padres Juan y Ana, a efecto de que se ponga a
derecho, debido a que mediante Resolución Nº 03
de fecha 06 de setiembre del 2016 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción
compulsiva por parte de la Policía Nacional del
Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho,
deberá ponerlo a disposición del juzgado a fin de
que afronte la audiencia única de juicio inmediato
en su contra; sin perjuicio de que se informe cada
sesenta días de las acciones realizadas tendientes
al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor
del acusado ausente al doctor Arturo Walter Flores
Estuco, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del
acusado ausente mediante edictos a fin de que se
ponga a disposición de la autoridad competente
para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE la reserva del proceso
en tanto sea puesto a disposición del juzgado el
acusado ausente. Fdo. Roger Pari Taboada - Juez
del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana Especialista Legal.- Moquegua, 07 de setiembre de
2016. (23-26-27 Setiembre)
Viernes, 23 de setiembre del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
La República
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 23 de setiembre del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE ILO
______________________________________________________________________________________________
PODER JUDICIAL DEL PERU
AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
Resolución N° 01
Ilo, dos de Setiembre
Del dos mil dieciséis.-
VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su
Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en
el Diario Oficial; y
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar una Audiencia Pública
Extraordinaria en forme trimestral, con el objeto de controlar el cumplimiento de la duración de los plazos procesales de
instrucción y de juzgamiento de los procesos penales ordinarios con encausados en cárcel y libres, así como de los
procesos sumarios con encasado en cárcel, ordenando la libertad inmediata cuando la libertad bajo vigilancia de los
acusados con carcelería haya vencido; y en su caso, dictar las medidas de corrección y disciplinarias que correspondan; y
siendo responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, con la asistencia del Señor
Fiscal.
RESOLVIERON:
1.- Conforme al rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día TREINTA DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO
A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, la realización de la
AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año Judicial dos mil dieciséis en la
competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo;
2.- ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de las instrucciones ordinarias con reo en cárcel
pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se
encuentren en el Despacho del Fiscal, con indicación de número y fecha de entrega, asimismo con formular una razón
por cada causa presentada con los datos consignados en el artículo 3° numeral 2) del Reglamento de Audiencias
Públicas Extraordinarias;
3.- MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto competente de materia Penal en liquidación y Fiscalías, para que cumplan
con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales
en liquidación conforme lo dispone el artículo 03 numeral 03 del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias,
ello para dar cuenta en el acto de la audiencia.
4.- DISPUSIERON: Se oficie a los Directores de los Establecimientos Penitenciario de Tacna y Arequipa, para que remita
la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento, incluidos los procesos penales sumarios, con
indicación del tiempo que permanecen detenidos, dando cuenta de ello en la Audiencia y se publique la presente
resolución en el Diario “La República” por el término de ley. Autorizan la presente resolución los Magistrados que
suscriben en mérito a lo dispuesto por el artículo 141° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
S.S.
CONTRERAS CUZCANO.
RUIZ NAVARRO.
Viernes, 23 de setiembre del 2016
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA
Moquegua, 31 de agosto de 2016.
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma
establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES
ORDINARIAS, en el mes de SEPTIEMBRE del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuation en la
siguiente fecha:
Órgano Jurisdiccional
JUZGADO DE FAMILIA DE ILO
Día
Viernes 30 de
Septiembre
Hora de inicio
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y/hora indicados, durante la cual los señores abogados y
justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional
respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus
diligencias programadas
CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES
MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA
Moquegua, 31 de agosto de 2016.
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma
establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES
ORDINARIAS, en el mes de SEPTIEMBRE del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuation en la
siguiente fecha:
Órgano Jurisdiccional
JUZGADO DE TRABAJO DE ILO
Día
Jueves 29 de
Septiembre
Hora de inicio
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y/hora indicados, durante la cual los señores abogados y
justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional
respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus
diligencias programadas
CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES
MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 23 de setiembre del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
SALA MIXTA MOQUEGUA
Audiencia Pública Extraordinaria – Tercer Trimestre 2016
Resolución Nº 01
Moquegua, seis de Setiembre del dos mil dieciséis.VISTOS Y CONSIDERANDO: ----------------------------------------------------------------PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en
el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con
Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el
Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la República, procederán a realizar
una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se
tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un
plazo razonable o bien a ser puesta en libertad.--------------------------------------------------SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta – Penal su estricto y fiel cumplimiento, de
conformidad con la Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho,
mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de
los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la
asistencia de la Fiscalía Superior; por lo que:------------------------------------------------------------------------------RESOLVIERON: 1) Conforme al Rol de Audiencias de ésta Sala PROGRAMAR para el día JUEVES VEINTINUEVE
DE SETIEMBRE del año dos mil dieciséis, a las NUEVE HORAS, la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA
EXTRAORDINARIA correspondiente al Tercer Trimestre del año judicial dos mil dieciséis, en la competencia
territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias
número diez de la Sede Moquegua. 2) ORDENARON: Que por secretaría se formule la razón general de los
procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y
una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. 3)
MANDARON: Se oficie al Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y
Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto
(Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las
relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en
liquidación, para dar cuenta en el acto de la audiencia. 4) DISPUSIERON: Se oficie al Director del Establecimiento
Penitenciario de Moquegua, al Director del Establecimiento Penitenciario de Tacna y al Director del
Establecimiento Penitenciario de Arequipa, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están
pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Segundo
Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro – Omate y de la Sala Mixta de Moquegua.
Publíquese la presente resolución en el Diario “La Republica” por el término de ley. REGISTRESE Y HÁGASE
SABER.S.S.
GONZALEZ AGUILAR
NAJAR PINEDA
COAGUILA MITA