Nº EXPEDIENTE: 3-2014 / SUMANSER PLIEGO DE - Sepides

PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN
DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN
DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL MEDIANTE
PROCEDIMIENTO ABIERTO
Nº EXPEDIENTE: 3-2014 / SUMANSER
ÍNDICE
I.
DISPOSICIONES GENERALES .................................................................... 4
1.
OBJETO ................................................................................................................................................................ 4
2.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.......................................................................................................... 4
3.
PLAZO DE VIGENCIA ........................................................................................................................................ 5
4.
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO............................................... 5
5.
NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO............................................................................ 6
6.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN........................................................................................................................ 7
7.
MESA DE CONTRATACIÓN.............................................................................................................................. 7
8.
CARÁCTER CONTRACTUAL DE LA DOCUMENTACIÓN ............................................................................ 7
9.
PERFIL DEL CONTRATANTE .......................................................................................................................... 8
II.-
REQUISITOS DE LOS LICITADORES...................................................8
10.
APTITUD PARA CONTRATAR........................................................................................................................ 8
11.
ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR ........................................................................................ 9
12.
PROHIBICIONES DE CONTRATAR ..............................................................................................................10
13.
ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ............................................................................................................10
III.
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ..........................................................12
14.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN .......................................................................................................12
15.
ANUNCIO DE LICITACIÓN............................................................................................................................12
16.
PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES ........................................................................................................13
17.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ..............................................................................................................13
18.
APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES....................................................................................18
19.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN....................................................................................................................19
20.
PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN .................................................................................................................25
21.
ADJUDICACIÓN................................................................................................................................................26
22.
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.............................................................................................................27
23.
GARANTÍA PROVISIONAL.............................................................................................................................28
24.
PRECIO Y FORMA DE PAGO..........................................................................................................................29
25.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ................................................................................................................29
26.
PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO..............................30
27.
CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS....................................................................................34
28.
PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO ....................................................................................................35
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2.
29.
SUBCONTRATACIÓN......................................................................................................................................37
30.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................................................38
31.
JURISDICCIÓN COMPETENTE......................................................................................................................39
ANEXO 1. – SERVICIOS Y ENTIDADES INCLUIDAS EN EL PERÍMETRO DE LA LICITACIÓN.....................42
ANEXO 2 - MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA...............................................................43
ANEXO 3.- RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES REALIZADOS.....................................................................44
ANEXO 4.- MODELO DE AVAL ................................................................................................................................45
ANEXO 6 PROPOSICIÓN ECONÓMICA..................................................................................................................47
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VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
3.
I.
DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO
El presente pliego de condiciones particulares (en adelante PCP) tiene por objeto
especificar las condiciones que han de regir la contratación de los servicios de
vigilancia y recepción descritos en el Anexo 1 para las entidades que en el mismo se
relacionan.
Las codificaciones correspondientes, según la nomenclatura del vocabulario común
de los contratos (CPV) de la Comisión Europea, responden a los siguientes códigos:
 79714000-2 Servicios de vigilancia.
 79992000-4 Servicios de recepción.
2. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato objeto del presente Pliego se adjudicará mediante procedimiento abierto
con varios criterios de adjudicación, al amparo de lo previsto en el artículo 157 y
siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, TRLCSP.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 155 TRLCSP, el Órgano de
Contratación podrá, por razones debidamente justificadas, renunciar a celebrar el
contrato antes de la adjudicación, o desistir de la misma antes de que ésta se
produzca cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de
preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. La
causa habrá de justificarse en el expediente.
De acuerdo con el artículo 149 del TRLCSP, si durante la tramitación de un
procedimiento y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la
personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o
por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el
procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la
escisión o la adquirente del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad,
siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de
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4.
contratar y acredite su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en el PCP
para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
Cualquier referencia que se haga en este PCP al término “días”, se entenderá referido
a días naturales, salvo si expresamente se indica que son hábiles (Disposición
Adicional 12ª TRLCSP).
3. PLAZO DE VIGENCIA
El plazo de vigencia de los contratos será de DOS (2) AÑOS desde el día 1 de Enero
de 2015, y podrá ser prorrogado expresamente, por acuerdo de las partes, antes de
su vencimiento, por anualidades hasta un máximo de DOS (2) AÑOS, a excepción de
los servicios:
 Vigilancia del Complejo Campos Velázquez
 Vigilancia del Bloque I del Complejo Campos Velázquez
 Recepción del Bloque I del Complejo Campos Velázquez
Estos servicios se iniciarán el 1 de mayo de 2015 y finalizarán en la misma fecha que
el resto de los servicios.
4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
4.1 PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación por la duración de los contratos, asciende a la
cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS DE EURO
(2.229.374,43 €).
Dicho presupuesto no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido y se desglosa
en función del servicio y ubicaciones que se exponen a continuación:
 Servicio de vigilancia y seguridad
EDIFICIO/TERRENOS
Complejo Campos Velázquez - Madrid
Bloque I de Campos Velázquez - Madrid
Edificio Villa de Madrid - Madrid
PRESUPUESTO
BASE
DURACIÓN
DE LICITACIÓN
(€ SIN IVA)
20 MESES
20 MESES
24 MESES
497.193,40 €
66.313,89 €
211.816,80 €
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5.
Edificio Génesis - Madrid
Naves en el Parque Empresarial de Morero – Cantabria
Terrenos e instalaciones en Valle de Trápaga-Trapagarán,
Galindo - Vizcaya
Polígono Abra Industrial de Abanto y Ciérvana - Vizcaya
Terrenos e instalaciones de Granada – Granada
Parcelas en Parque Empresarial Principado de Asturias - Avilés
24 MESES
24 MESES
244.080,00 €
193.092,82 €
24 MESES
299.503,80 €
24 MESES
24 MESES
24 MESES
277.486,37 €
200.737,95 €
143.767,20 €
 Servicio de recepción
EDIFICIO
Bloque I de Campos Velázquez - Madrid
Edificio Génesis - Madrid
PRESUPUESTO
BASE
DURACIÓN
DE LICITACIÓN
(€ sin IVA)
20 MESES
24 MESES
43.311,80 €
52.070,40 €
Las ofertas económicas presentadas por los licitadores no podrán exceder del
presupuesto base de licitación arriba indicado para cada ubicación. El exceso
será causa automática de rechazo de las proposiciones.
4.2 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS TRES MIL CINCUENTA EUROS CON DOCE CÉNTIMOS DE EURO
(4.803.050,12€), IVA excluido.
En este importe se han tenido en cuenta los requisitos contemplados en el
artículo 88 del TRLCSP y, en concreto, se han considerado la totalidad de las
posibles prórrogas y modificaciones.
5. NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Los contratos que se celebren como consecuencia del presente procedimiento de
adjudicación tienen naturaleza privada, y se regirán en su preparación y
adjudicación por el presente Pliego, el de prescripciones técnicas, las Instrucciones
Internas de Contratación del Grupo SEPIDES, el TRLCSP, el Reglamento General de la
Ley de Contratos de Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto
1098/2001 de 12 de octubre (en adelante RGLC), y el Real Decreto 817/2009 de 8
de mayo por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del
Sector Público y resto de normativa aplicable y normativa sectorial vigente. En
cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por el Derecho privado.
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6.
El contrato, a pesar de su valor estimado, superior a 207.000 €, no se encuentra
sujeto a regulación armonizada, al no estar incluido en los apartados 1 al 16 del
anexo II del TRLCSP (artículo 13.1 de esta norma).
6. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
Las sociedades que constan en el Anexo 1 han facultado debidamente a SEPIDES
para realizar cuantos actos sean necesarios para llevar a cabo la adjudicación del
contrato. En consecuencia, el Órgano de Contratación y Adjudicación será el Comité
de Dirección de SEPIDES el que licitará en nombre propio y en el de aquéllas.
La formalización de los contratos se realizará entre cada una de las entidades del
Anexo 1 (en adelante, “el contratante”) y quien resulte adjudicatario. Por lo tanto, los
efectos, cumplimiento y extinción del contrato serán de cuenta de cada una de las
entidades firmantes de los mismos.
7. MESA DE CONTRATACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el art. 320.1 del TRLCSP y en el art. 21 del R.D.
817/2009 por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector
Público, la composición de la mesa de contratación será la siguiente:
 Presidente: Secretario General.
 Vocales:
- Director de la Asesoría Jurídica, que actuará además como Secretario.
- Un representante de la Dirección Económica, Financiera y Corporativa.
- Un representante de la Dirección de Negocios de la Actividad Inmobiliaria.
- Un representante de la Dirección de Control de Riesgos.
- Un representante de la Dirección de Planificación y Control.
8. CARÁCTER CONTRACTUAL DE LA DOCUMENTACIÓN
El presente Pliego, sus anexos, y el pliego de prescripciones técnicas, al igual que la
oferta del adjudicatario y los documentos de formalización de los contratos, que se
ajustarán al contenido del presente Pliego, tienen carácter contractual, por lo que
deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario en el acto de
formalización del contrato, cuyas cláusulas prevalecerán en caso de duda.
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7.
El desconocimiento del contrato en cualesquiera de sus términos, de los anexos que
forman parte del mismo, o pliegos de toda índole que puedan tener aplicación en la
ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su
cumplimiento.
9. PERFIL DEL CONTRATANTE
Los pliegos y la documentación contractual relativa a la presente licitación, serán
accesibles a través del perfil del contratante ubicado en la Plataforma de
Contratación del Estado, al que se podrá acceder por medio de la página web de
SEPIDES (www.sepides.es) o a través de la propia Plataforma.
En todo caso, las empresas interesadas pueden recabar información adicional en la
siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] .
II.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES
10. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una
prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o
profesional.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus
prestaciones están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad
que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea
deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática
Permanente Española, que se acompañará a la documentación que se presente, que
el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación
de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público
asimilables a los enumerados en el artículo 3 TRLCSP, en forma sustancialmente
análoga. Estas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación
de apoderados o representantes para sus operaciones, y estar inscritas en el
Registro Mercantil.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de
Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado
en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de
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8.
que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas
estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada
organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar
que cumplen este requisito.
Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan
temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en
escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán
obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único
de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las
obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio
de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos
de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una
unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la
constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de
constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del
contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente
con la del contrato hasta su extinción.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o
profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o
prestación que constituye objeto de esta licitación.
11. ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR
La capacidad de obrar de los empresarios que fueran personas jurídicas se
acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto
fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad,
debidamente inscritos, en su caso, en el registro público que corresponda, según el
tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de
Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el
registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están
establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado,
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9.
en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las
disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con
informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado
correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el
domicilio de la empresa.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del
Estado acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, conforme
al artículo 83 del TRLCSP, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su
personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o
empresarial y solvencia económica y financiera, y clasificación así como la
concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar
en el mismo.
La prueba del contenido del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas
del Estado se efectuará mediante certificación del órgano encargado del mismo, que
podrá expedirse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
12. PROHIBICIONES DE CONTRATAR
No podrán concurrir a la licitación las personas en quienes concurra alguna de las
prohibiciones de contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP.
13. ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA
Para presentar proposiciones, los empresarios deberán acreditar estar en posesión
de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica.
13.1 Solvencia Técnica o Profesional
La solvencia técnica o profesional se acreditará aportando la siguiente
documentación:
a. Certificado de la clasificación en vigor, emitido por el Registro Oficial de
Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (R.O.L.E.C.E).
La clasificación exigida será la siguiente:
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10.
GRUPO
M
SUBGRUPO CATEGORÍA
02
D
El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una
declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de
clasificación no han tenido variación. La clasificación de las Uniones de
Empresas se determinará mediante la acumulación de las clasificaciones
individuales de cada una de las empresas asociadas. Así, para proceder a la
acumulación, todas habrán de haber obtenido previamente la clasificación
como contratistas de servicios.
La aportación del certificado de clasificación emitido por el Registro Oficial
de Licitadores y Empresas Clasificadas del ESTADO (R.O.L.E.C.E), será
suficiente, por sí sola, para acreditar la solvencia técnica del licitador,
eximiendo además de la obligación de presentar la documentación prevista
en el apartado 17 sobre 1) punto 1 (Documentos acreditativos de la
personalidad, capacidad del empresario y de la representación), apartado
17 sobre 1) punto 2 (solvencia económica y financiera) y punto 3
(acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del art. 60
del TRLCSP).
En el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión
Europea, no será exigible la clasificación, ya concurran al contrato
aisladamente o integrados en una unión de conformidad con el artículo 66
del TRLCSP. En su caso, deberán acreditar fehacientemente haber ejecutado
en los últimos tres años un contrato de vigilancia y seguridad de cuantía
equivalente al 75% del presupuesto de licitación anualizado, o dos cuya
suma equivalga al 100% del presupuesto de licitación anualizado, con la
aportación de certificados de buena práctica. Estos certificados indicarán el
importe, las fechas y el lugar de prestación del servicio y se precisará si se
realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron
normalmente a buen término.
b.
En lo que se refiere al Servicio de Recepción, deberán presentar una
relación suscrita por un responsable legal de la empresa en la que se
recojan los principales trabajos realizados en los últimos tres años que
incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de las mismas,
según Anexo 3 “Relación de trabajos similares realizados”.
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11.
c.
Subcontrataciones. En caso de subcontrataciones o colaboración externa,
deberán indicarse expresamente las partes del contrato objeto de ella e
incluirse la documentación que acredite por escrito el correspondiente
compromiso, indicando el nombre de las empresas subcontratistas o
colaboradoras, acompañando sus referencias y concretando el porcentaje
que representa cada servicio a realizar por terceros sobre la totalidad.
13.2 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la presentación de
dos de los siguientes documentos:
a. Declaraciones apropiadas de entidades financieras o en su caso, justificante
de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro
oficial que corresponda, con el informe de auditoría si fuera preceptivo o se
dispone del mismo. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en
Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación,
los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el
volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto
del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles
en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del
empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho
volumen de negocios.
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
14. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto mediante varios criterios de
adjudicación, regulado en el TRLCSP, y demás normativa que le sea de aplicación.
15. ANUNCIO DE LICITACIÓN
El anuncio de licitación se publicará en el Perfil del Contratante ubicado en la
Plataforma de Contratación del Estado al que se podrá acceder por medio de la
página web de SEPIDES (www.sepides.es) o a través de la propia Plataforma y en el
Diario Oficial de la Unión Europea.
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12.
El pliego de cláusulas particulares, y el de prescripciones técnicas, serán accesibles y
estarán a disposición de los licitadores desde el día de la publicación del anuncio.
16. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en la sede social de SEPIDES, calle Velázquez nº
134 bis (Madrid), en mano o por correo certificado, en horario comprendido de
lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a
14:00 horas, hasta el día señalado en el anuncio de licitación.
Cuando la documentación se envíe por correo certificado, el empresario deberá
justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al
órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax al número
91 396 10 55 en el mismo día o bien mediante correo electrónico a la dirección
siguiente: [email protected] siempre que, en este último caso, pueda existir
constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las
comunicaciones y se identifique fidedignamente al remitente y al destinatario.
Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del
envío y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la proposición si es
recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la
terminación del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, transcurridos los diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin
haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador del
contenido de la totalidad de las cláusulas y condiciones del pliego, sin salvedad o
reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir
ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o
figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la
no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
17. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las proposiciones y documentación complementaria se presentarán en TRES
SOBRES cerrados y lacrados, identificados con los números 1, 2 y 3, con indicación
de la licitación a la que concurren, y firmados por el licitador o su representante,
indicando en cada uno de los sobres, de forma legible:
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13.
 Identificación del sobre y documentación que contiene.
 Título del procedimiento al que se presenta la oferta.
 Nombre y apellidos o razón social del licitador.
 Nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que
lo hace.
 Número de teléfono, fax y dirección de email a efecto de notificaciones.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias
autenticadas, conforme a la legislación en vigor. En el interior de cada sobre se
incluirá en hoja independiente la relación de su contenido.
Los licitadores extranjeros presentarán todos los documentos relacionados en los
apartados siguientes traducidos al idioma español.
Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada.
SOBRE 1): DOCUMENTACIÓN LEGAL Y SOLVENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA Y
TÉCNICA
En el sobre 1) se incluirán los siguientes documentos:
1. Los que acrediten la personalidad y capacidad jurídica del empresario y, en su
caso, su representación, conforme a las cláusulas anteriores, mas una fotocopia
legitimada notarialmente del D.N.I. del licitador o de su representante. Se
acompañará obligatoriamente declaración responsable relativa a la subsistencia
del poder de representación.
2. Los que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica de los licitadores
según lo establecido en el apartado 13 de este Pliego.
3. Una declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de
contratar según el artículo 60 del TRLCSP ajustado al modelo del Anexo 2 de este
Pliego.
4. Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de
los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las
incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con
renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder
al licitante.
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14.
5. Documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional a que se
refiere al apartado 23 de este Pliego, según modelo de los anexos 4 y 5 de este
Pliego.
6. Documentación acreditativa de personal con discapacidad. Los empresarios
podrán presentar, al sólo efecto de determinar la preferencia de la adjudicación
de los contratos, una declaración responsable de contar en su plantilla con
personal con discapacidad o en situación de exclusión social en número superior
al 2%, con indicación expresa del porcentaje de estos trabajadores que son fijos
sobre el total de la plantilla.
7. Documentos que acreditan el cumplimiento de las obligaciones Tributarias y de
Seguridad Social.
Los licitadores acreditarán hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y de Seguridad Social, impuestas por las disposiciones
vigentes, mediante la presentación de los documentos (en original o copia
compulsada o testimonio notarial) siguientes:
a) Certificación expedida por la Administración Tributaria del Ministerio de
Economía y Hacienda, donde se especifique estar al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias, referente a haber
presentado las declaraciones y, en su caso, efectuado el ingreso del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre
Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionados o de las retenciones a
cuenta de ambos, y del Impuesto sobre el Valor Añadido o del Impuesto
General indirecto Canario o Impuesto sobre la producción, los servicios y
la importación en Ceuta y Melilla; así como haber presentado la
declaración anual relativa a sus operaciones económicas con terceras
personas a que se refiere el Real Decreto 1065/2007 de julio, como
consecuencia de obligaciones tributarias cuyo plazo reglamentario de
presentación hubiere vencido durante los doce meses inmediatamente
anteriores a la fecha de adjudicación.
b) Certificado de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, que exprese
que el licitador se haya inscrito en la Seguridad Social o, en su caso, si se
trata de empresario individual, afiliado y en alta en el régimen de la
Seguridad Social que corresponda por razón de la actividad y haber
afiliado, en su caso y haber dado de alta a los trabajadores que tenga a su
servicio; e igualmente que está al corriente en el pago de cuotas u otras
deudas con la misma o, en su caso, tener concedido aplazamiento o
fraccionamiento en el pago de tales cuotas o de otras deudas con la
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VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
15.
Seguridad Social.
En el supuesto de que liciten Uniones Temporales de Empresas (UTE) tanto de
personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su
capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento
aparte los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el
porcentaje de participación de cada uno de ellos en la UTE y deberán asignar la
persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena
representación de todos antes el adjudicador.
SOBRE 2): PROPOSICIÓN TÉCNICA
El sobre 2 contendrá los siguientes documentos relacionados con el trabajo a
desarrollar en ambos servicios (Vigilancia y Recepción):
1. Memoria Técnica
2. Mejoras
3. Autocontrol de Calidad
1. Memoria Técnica
Con el objeto de evaluar el conocimiento e interpretación de los trabajos a
realizar por parte de los licitadores, se presentará una Memoria Técnica, que
demuestre el conocimiento específico de las dependencias y espacios donde se
llevarán a cabo los servicios objeto de contratación y la metodología
(procedimiento y protocolos) para su ejecución, de modo que quede claro el
conocimiento del alcance de los servicios. Esta Memoria Técnica, de forma clara y
concisa y de manera individualizada para cada dependencia objeto del servicio,
ha de contener:
a)
Descripción de los espacios e instalaciones objeto del servicio que acredite el
conocimiento del licitador del alcance de los trabajos a desarrollar.
b)
Descripción detallada de la metodología y el plan de trabajo a desarrollar
atendiendo a las especificaciones que cada dependencia requiera y relación
de los recursos materiales aportados al servicio de cada ubicación.
La Memoria Técnica no deberá exceder de 70 páginas escritas por una cara, con
espaciado y tipos de letra normales.
2. Mejoras
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16.
Junto con la Memoria Técnica y el Plan de Calidad, cada licitador presentará las
mejoras que desee incluir en su propuesta de entre las especificadas en el punto
19.1.2 del PCP, incluyendo una descripción detallada de cada una de ellas.
Este documento no deberá exceder de 20 páginas escritas por una cara, con
espaciado y tipos de letras normales.
3. Autocontrol de Calidad
Junto con la Memoria Técnica, cada licitador presentará, también de modo
concreto para cada dependencia objeto del servicio, un plan de garantía de
calidad, indicando las medidas que se proponen para controlar y garantizar la
calidad de los trabajos. En este apartado, lejos de solicitar un documento
generalista, se solicita conocer aquellas medidas que la empresa tenga
instauradas para el seguimiento y aseguramiento de la calidad del servicio
prestado, valorando más este apartado en la medida que el mismo se adapte al
alcance de cada servicio.
En concreto, el plan de garantía de calidad ha de contener:
- Descripción del organigrama del servicio.
- Detalle del plan de seguimiento y control del mismo.
- Descripción del protocolo de gestión de incidencias que pudieran producirse.
Este documento no deberá exceder de 30 páginas escritas por una cara, con
espaciado y tipos de letras normales.
SOBRE 3): PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El sobre 3 contendrá la proposición económica, especificándola con claridad y
expresando su valor en euros, redactada conforme al modelo que figura en el Anexo
6 del presente Pliego, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido.
No se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que
impidan conocer claramente lo que el adjudicador estime fundamental para
considerar la oferta.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y
admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error
manifiesto en los importes de la proposición, o existiese reconocimiento por parte
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17.
del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será
desechada por la mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el
cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
No se admitirán proposiciones económicas en las que el presupuesto total ofertado
exceda del presupuesto base de licitación, así como tampoco se admitirán
propuestas económicas en las que el desglose del presupuesto por dependencia
exceda del desglose del presupuesto base de licitación indicado en el apartado 4.1
del presente Pliego. El incumplimiento de esta norma implicará la eliminación
automática de la empresa o empresas concursantes, que quedarán ya excluidas de la
propuesta de adjudicación.
18. APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
Se procederá, en primer lugar, a la apertura y revisión de la documentación
contenida en el sobre 1.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada,
o si se precisasen aclaraciones o documentación complementaria, se concederá un
plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador subsane el error o
indique las aclaraciones requeridas o presente la documentación complementaria.
Una vez analizada la documentación señalada en los párrafos anteriores, y
subsanados, en su caso, los defectos y omisiones o presentadas las aclaraciones o
documentación complementaria requerida, se determinarán los licitadores que se
ajustan a los criterios de selección de la presente contratación, con pronunciamiento
expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su
rechazo. Se comunicará a las empresas la admisión o rechazo. Las empresas
eliminadas en esta fase de admisión previa no serán consideradas a ningún efecto en
el resto del proceso de adjudicación.
Finalizada dicha fase, se reunirá la mesa de contratación y se procederá a la
apertura del sobre 2, presentado por los licitadores previamente admitidos. Se
comprobará la inclusión de toda la documentación solicitada y su contenido será
objeto de estudio y valoración, ponderando los criterios que se señalan a
continuación, pudiendo recabar cuantos informes técnicos se estimen convenientes
o bien el asesoramiento de los técnicos que al objeto se designen.
Una vez realizado el estudio y valoración, se determinarán los licitadores cuya
propuesta técnica haya superado los criterios fijados en la presente contratación,
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18.
con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la oferta técnica suficiente, y los
no admitidos por calidad técnica insuficiente, tal y como esta definida en la cláusula
19 siguiente. A todos ellos, se les comunicará la admisión o rechazo.
Las ofertas que correspondan a las proposiciones calificadas como técnicamente
insuficientes quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato. El
sobre 3 no podrá ser abierto y será devuelto cerrado a los licitadores.
En el día que se señale en el anuncio de licitación, la mesa de contratación procederá
en acto público a la apertura del sobre 3.
Las ofertas admitidas y aceptadas serán económicamente valoradas de acuerdo con
lo previsto en el presente Pliego. Una vez determinadas las valoraciones técnica y
económica, se procederá a la valoración global de las ofertas. Si de la valoración de
las ofertas se apreciara un incumplimiento de los pliegos o de las normas o
instrucciones de aplicación, podrán ser excluidas, mediante resolución motivada, las
ofertas objeto de incumplimiento.
19. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo con lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP, se procede a
continuación a enumerar los criterios directamente vinculados al objeto de los
contratos a los que se ajustará la adjudicación.
19.1 Evaluación de la oferta técnica
Para valorar la oferta técnica de una propuesta se analizarán y puntuarán los
aspectos de la misma que se relacionan seguidamente:
CRITERIO
a) Memoria Técnica
b) Mejoras
c) Autocontrol de calidad
TOTAL VALORACIÓN TÉCNICA
PUNTUACIÓN
MÁXIMA
45 puntos
40 puntos
15 puntos
100 puntos
La puntuación técnica (PT) será el resultado de sumar las valoraciones a, b y c.
Las ofertas de los licitadores admitidos quedarán encuadradas en dos
intervalos:
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VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
19.
- Ofertas con calidad técnica insuficiente: aquéllas que hayan obtenido una
valoración inferior al 50% en alguno de los criterios de valoración a y c.
- Ofertas con calidad técnica suficiente: aquellas que igualen o superen los
requisitos anteriores.
Las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica insuficiente no serán
tomadas en consideración, de manera que, en el caso de no existir ofertas en el
otro intervalo, se procederá a declarar desierto el procedimiento.
19.1.1 Valoración de la Memoria Técnica. Máximo 45 puntos.
Incluirá las valoraciones de las memorias técnicas de vigilancia y de
recepción. Para la valoración de la Memoria Técnica se tendrían en
cuenta aspectos tales como:
- Descripción de los espacios e instalaciones objeto del servicio.
(máx. 8 puntos)
- Descripción de la metodología de trabajo en el servicio de
vigilancia. (máx. 25 puntos). Se valorará aportar un Plan de
Seguridad y Vigilancia para las instalaciones objeto del contrato, con
los protocolos de actuación del personal de seguridad ante las
situaciones que se pudieran originar en el desempeño de sus
funciones, valorándose la adaptación a cada espacio e instalación
según necesidades, situación y características, y la actuación que se
propone ante cada situación (intrusión, daños, robos o hurtos,
incendios, inundación, evacuación, otros.), detallándose en los
protocolos las operaciones a realizar, secuencia, tiempos de
respuesta, recursos materiales y efectivos intervinientes.
Igualmente se valorará que el plan incluya entre otros: un estudio de
seguridad previo, el manual general o específico de la empresa,
órdenes de puesto generales o específicas, un plan de “Acudas”, un
plan de inspecciones y calidad del servicio, auditorías de calidad,
informes de control y mejora continuada del servicio o cualquier
otro aporte que facilite el correcto desarrollo del servicio durante la
vigencia del contrato.
- Relación de los recursos materiales aportados para este
contrato por cada ubicación, indicando antigüedad, marcas y
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20.
modelos, etc. (máx. 8 puntos). Fórmula de puntación. Mayores
recursos aportados: 8 puntos. Resto: proporcional.
- Descripción de la metodología de trabajo para el servicio de
recepción. (máx. 4 puntos). Se valorará la aportación de una
memoria descriptiva de la ejecución de los trabajos a realizar
durante el servicio en la que se indiquen los protocolos propuestos
para el eficaz funcionamiento del mismo, valorándose la adaptación
a cada uno de los espacios e instalaciones objeto del contrato, según
necesidades, situación y características.
19.1.2 Valoración de las Mejoras. Máximo 40 puntos.
Para la valoración de las mejoras planteadas en el Pliego Técnico, se
tendrá en cuenta lo siguiente:
A) Instalación de cámaras de vídeo-vigilancia
Se valorará como mejora la instalación y mantenimiento, durante
toda la vida del contrato, de un sistema de vídeo-vigilancia
perimetral conectado a una central de alarmas que garantice las 24
horas del día la seguridad exterior de los inmuebles y patios que a
continuación se detallan y que cuente con las garantías legales
exigidas.
Para la asignación de los puntos en este apartado, se tendrán en
cuenta aspectos como: número de elementos a instalar dentro de
cada ubicación, características técnicas de cada uno de los
elementos a instalar, etc.
A.1. Naves Colores en el Parque Empresarial del Cortijo del
Conde (Granada).
A.2. Colonia Directivos Vilafruns (Cataluña).
A.3. Naves Catoira (Pontevedra).
Este apartado se valorará con un máximo de 15 puntos, según lo
siguiente:
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21.
*
*
*
*
B)
Instalación en las tres ubicaciones:
Instalación en dos ubicaciones:
Instalación en una ubicación:
Ninguna instalación:
Máx. 15 puntos
Máx. 10 puntos
Máx. 5 puntos
0 puntos
Instalación de sistema de control de rondas de vigilancia
Se valorará como mejora la instalación (software y hardware) y el
mantenimiento de sistemas de control, que permitan al
contratante verificar el cumplimiento en la realización de las
rondas de seguridad a realizar por los vigilantes de seguridad y la
periodicidad de las mismas en los puntos señalados a
continuación. Este servicio deberá mantenerse durante toda la
vida del contrato, incluidas licencias si fuera necesario.
Para la asignación de los puntos en este apartado, se tendrán en
cuenta aspectos como: número de elementos a instalar dentro de
cada ubicación, características técnicas de cada uno de los
elementos a instalar, etc.
B.1. Bloque I del Complejo Campos Velázquez (Madrid)
B.2. Edificio Villa de Madrid (Madrid)
Este apartado se valorará con un máximo de 10 puntos, según lo
siguiente:
* Instalación en dos ubicaciones:
* Instalación en una ubicación:
* Ninguna instalación:
C)
Máx. 10 puntos
Máx. 5 puntos
0 puntos
Instalación de centralita de alarmas con Conexión a Central
Se valorará como mejora la instalación y mantenimiento de
centralitas de alarmas, con conexión a Central de Alarmas durante
toda la vida del contrato, que contando con las garantías legales
exigidas permitan al contratante aumentar la seguridad de las
oficinas que a continuación se detallan.
Para la asignación de los puntos en este apartado, se tendrán en
cuenta aspectos como: número de elementos a instalar dentro de
cada ubicación, si incluye o no video-grabación de imágenes,
tiempos de respuesta ante incidencias, etc.
C.1. Oficina de SEPIDES en C/Velazquez, 105 de Madrid.
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22.
C.2. Oficina
de
SEPIDES
en
Ctra.
Pinos-Puente,
Km.2
(Granada).
C.3. Oficina de SEPIDES en Parque Empresarial
Morero
(Cantabria).
Este apartado se valorará con un máximo de 15 puntos, según lo
siguiente:
*
*
*
*
Instalación en las tres ubicaciones:
Instalación en dos ubicaciones:
Instalación en una ubicación:
Ninguna instalación:
Máx. 15 puntos
Máx. 10 puntos
Máx. 5 puntos
0 puntos
19.1.3 Valoración del Autocontrol de Calidad. Máximo 15 puntos.
Para la valoración del Autocontrol de Calidad se tendrían en cuenta
aspectos tales como:
- Aportación del organigrama de servicio. 2 puntos. (Puntuación:
aporta organigrama: 2 puntos; no aporta organigrama: 0 puntos)
- Descripción y detalle del control y seguimiento del servicio
(máx. 7 puntos). Se valorará la presentación de un plan de
contingencias ante situaciones como absentismo, rotaciones,
tiempos de respuesta, etc. Igualmente se valorará la aportación de un
registro diario de actividades mediante partes de control,
cuestionarios y otros. Se valorarán también todas aquellas
actuaciones que redunden una mejora en el desempeño del servicio
así como planes de formación, etc…
- Descripción de un protocolo para la gestión de incidencias y
urgencias (máx. 6 puntos).
19.2 Evaluación de la oferta económica
Para obtener las puntuaciones económicas (PE) de las ofertas se procederá de
la siguiente forma:
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23.
Se entenderá que incurren presuntamente en valores anormales o
desproporcionados, aquellas ofertas cuya baja porcentual supere en 20 puntos
a la baja porcentual media.
- Se entiende por baja porcentual de una oferta (B), la diferencia entre el
presupuesto base de licitación (PBL) y el importe de la oferta económica
(IOE) correspondiente, en tanto por ciento.
PBL-IOE
Baja porcentual de una oferta (B) = ---------------- X 100
PBL
- Se entiende por baja porcentual media, la media aritmética de las bajas
porcentuales de las ofertas situadas en el intervalo de calidad técnica
suficiente.
A las proposiciones incursas en valores anormales o desproporcionados les
será de aplicación lo dispuesto en el artículo 152, apartados 3 y 4 de la
TRLCSP.
En este supuesto, se requerirá a los licitadores que aporten, en el plazo de tres
días, un informe justificativo, si lo desean, en relación con el precio ofertado. Si
no es aportado, la oferta será automáticamente considerada como incursa en
valores anormales o desproporcionados de forma firme.
A las ofertas no incursas en valores anormales o desproporcionados se les
asignará la puntuación obtenida de la siguiente forma:
Se otorgarán 100 puntos a la oferta económica de importe más bajo (baja
porcentual máxima (BM)) y el resto de las ofertas se puntuarán de acuerdo con
la siguiente fórmula:
B
PE = 90 + 10 x --------BM
La puntuación económica se redondeará al segundo decimal.
19.3 Evaluación global de la oferta:
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24.
La puntuación global (PG) de las ofertas se calculará con arreglo a la siguiente
fórmula:
PG = 0,40 x PT + 0,60 x PE
Siendo:
 PT = “puntuación técnica”
 PE = “puntuación económica”
20. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
En el caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los
criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida aquélla de
mayor puntuación económica y, en caso de igualdad de puntuación económica será
preferida la proposición presentada por aquella empresa que en el momento de
acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores
discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren
empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral
con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá
preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor
porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla
Una vez analizadas las proposiciones de los licitadores, la mesa de contratación, por
delegación del Órgano de Contratación, clasificará, por orden decreciente, las
proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas incursas en valores
anormales o desproporcionados, conforme a los criterios de adjudicación señalados
en el apartado anterior y requerirá al licitador que haya presentado la oferta
económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de DIEZ (10) DÍAS
hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento,
presente aval definitivo por cada una de las contrataciones.
La garantía deberá ser prestada mediante la presentación de un aval bancario,
expedido por una entidad de reconocido prestigio, con obligación del pago a primer
requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, y con
renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden y división. La duración del aval
será indefinida hasta que el adjudicador autorice su cancelación.
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25.
La garantía definitiva indicada podrá ser prestada también mediante seguro de
caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la
caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato. La Entidad
Aseguradora, y el seguro de caución habrán de cumplir con los requisitos contenidos
al respecto en el TRLCSP.
El importe de la garantía será del 4% del importe del precio del contrato.
La garantía cubrirá la correcta ejecución de los servicios en los plazos previstos, las
penalizaciones que se contienen en el apartado 28 y la indemnización por daños y
perjuicios que se prevé en el apartado 30 y su devolución al adjudicatario se
realizará conforme con lo previsto en el artículo 102 del TRLCSP.
Cuando, como consecuencia de una eventual modificación del contrato, el valor de
los trabajos contratados experimente variación, se reajustará la garantía constituida
en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la
garantía y el presupuesto de los servicios vigentes en cada momento.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar
la misma documentación del licitador siguiente por el orden en que hayan quedado
clasificadas las ofertas.
La mesa de contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de
adjudicación junto con el acta de la sesión.
21. ADJUDICACIÓN
El Órgano de Contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por
la Mesa, y dentro de los CINCO (5) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción del aval,
adjudicará el contrato al licitador con mejor puntuación, sin perjuicio de la eventual
revisión de la adjudicación en vía de recurso especial en materia de contratación, de
acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La licitación podrá declararse desierta si ninguna de las proposiciones presentadas
fuera admisible, con arreglo a las prescripciones técnicas y a los criterios de
capacidad y solvencia del presente Pliego, de acuerdo con lo previsto en el TRLCSP.
Una vez decidida la adjudicación, a tenor de los criterios establecidos en este pliego,
será publicada y notificada al adjudicatario, así como al resto de los participantes en
la licitación, mediante fax u otro procedimiento que deje constancia de su recepción.
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
26.
Una vez transcurrido un plazo de 12 meses, plazo que se estipula de validez de la
oferta, sin haber recibido la notificación o haberse comunicado la resolución de
adjudicación, el licitador que lo desee podrá requerir por escrito en cualquier
momento la retirada de su proposición y la devolución o cancelación de la garantía
provisional prestada, a lo que el adjudicador procederá obligatoriamente, salvo que
el acuerdo de resolución del procedimiento hubiera sido dictado antes de expirar el
plazo indicado, debiendo en ese caso justificarlo así ante la empresa.
21.1 Obligaciones previas a la formalización del contrato
a)
En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de
empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en
escritura pública, dentro del plazo otorgado, y N.I.F. asignado a la Unión
Temporal, así como la designación de la persona, que, en calidad de
gerente único o apoderado de ésta, actuará en su representación.
b)
El licitador se obliga a concertar la póliza o pólizas de seguro de
responsabilidad civil para cubrir cualquier riesgo que pudiera producirse
como consecuencia de los trabajos. A tal efecto, y con anterioridad a la
firma del contrato, el adjudicatario entregará copia de la póliza o pólizas
indicadas, así como del recibo o recibos del pago de la prima o primas
correspondientes, que acrediten la vigencia del seguro o seguros
concertados. Dichos documentos quedarán incorporados al contrato.
La suma asegurada será, como mínimo, igual al importe correspondiente
al precio del presente contrato, y el plazo de vigencia de las coberturas
será como mínimo hasta la finalización del contrato.
En cualesquiera pólizas de seguro, por los conceptos antes indicados, se
designará como beneficiario al contratante.
22. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Dado que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación
conforme al artículo 40.1, la formalización no podrá efectuarse antes de que
transcurran QUINCE (15) DÍAS hábiles desde que se remita la notificación de la
adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato
en plazo no superior a CINCO (5) días a contar desde el siguiente a aquel en que
hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
27.
párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la
suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el
órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
Los contratos se formalizarán en documento privado o, si lo pide cualquiera de las
partes, en escritura pública, siendo de cuenta del peticionario los gastos que ello
implique. Formará parte integrante del contrato, anexándose al mismo, los pliegos
de esta licitación y la oferta del adjudicatario.
A este acto, concurrirá el adjudicatario o su representante y, cuando el
representante sea persona distinta del firmante de la proposición económica, poder
bastante vigente otorgado por el adjudicatario.
En caso de que, por causas imputables al adjudicatario, no se formalizara el contrato,
se podrá acordar la resolución del compromiso derivado de la adjudicación de los
trabajos objeto del presente pliego. En este supuesto se procederá a la incautación
de la garantía provisional y, en su caso, a la indemnización correspondiente por
daños y perjuicios ocasionados.
23. GARANTÍA PROVISIONAL
Para tomar parte en la licitación, los licitadores deberán constituir previamente, a
disposición del Órgano de Contratación, una garantía provisional por importe del
2% del presupuesto de licitación, CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y SIETE EUROS (44.587 €). La garantía se presentará mediante aval de
Entidad bancaria de primer orden, con obligación de pago a primer requerimiento,
debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, en el cual se renuncie
expresamente a los beneficios de excusión, orden y división, según el modelo que
figura en el Anexo 4. La duración del aval será indefinida hasta que el adjudicador
autorice su cancelación.
La garantía indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución
celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución,
debiendo hacerse entrega del certificado del contrato conforme al TRLCSP. Se
adjunta modelo de seguro de caución como Anexo 5 (PCP).
La garantía provisional responderá del mantenimiento de las ofertas de los
licitadores hasta la adjudicación del contrato, o de cualquier otra causa que impida
la adjudicación definitiva por causa imputable al licitador. Para el que resulte
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28.
adjudicatario responderá también del cumplimiento de las obligaciones impuestas
en el artículo 151.2 del TRLCSP.
La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación del contrato,
extinguiéndose automáticamente y siendo devuelta a los licitadores no propuestos
adjudicatarios inmediatamente después, a su petición. Asimismo le será devuelta al
licitador adjudicatario, a su petición, tras la adjudicación definitiva.
Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de
empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las
empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida y
garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.
24. PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio mensual del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, más
la cantidad correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido vigente y demás
tributos de cualquier índole que sean de aplicación.
El adjudicatario contratará y facturará de forma independiente con cada una de las
entidades descritas en el Anexo 1 y el pago se realizará mediante transferencia, con
vencimiento más próximo a los días 5 o 20 de cada mes o, si esos días no fueran
hábiles, hasta el inmediato hábil siguiente, en el plazo máximo de SESENTA (60)
DIAS de la fecha de emisión de la factura.
En la factura se desglosará el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor
Añadido.
Los precios ofertados se establecen con carácter de fijos para toda la duración de
servicios, con excepción de las modificaciones previstas en siguiente apartado.
25. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En virtud de lo dispuesto en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, si las necesidades de actividad del contratante lo
requieren, podrá modificarse el alcance de los servicios contratados, por los
siguientes motivos:
a) Variación en el número de dependencias en las que se requiere alguno de los
servicios objeto de licitación.
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29.
b) Transformación de los usos/funcionalidades de algunas de las dependencias para
las que se licita el servicio.
En caso de incremento del alcance del servicio el adjudicatario estará obligado a la
prestación del servicio en un plazo de dos meses desde que el contratante lo solicite.
En caso de reducción del alcance del servicio, los espacios podrán dejar de formar
parte del objeto del contrato, total o parcialmente, estando obligado el adjudicatario
a renunciar a la prestación del servicio, con un preaviso de un mese, sin que el
adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
El coste del contrato se incrementará o reducirá según corresponda tomando como
referencia el número de horas requeridas para la ejecución del servicio.
El porcentaje que puedan suponer estas modificaciones/variaciones no podrá
superar el 10% del precio de adjudicación del contrato.
26. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá contar con todos los permisos, licencias y autorizaciones
necesarias para el ejercicio de su actividad, así como cumplir la normativa específica
que regula los presentes servicios. Los servicios se prestarán a riesgo y ventura del
adjudicatario con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente
Pliego que sirve de base al contrato, y conforme a las instrucciones contenidas en el
pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que en interpretación técnica
de éste diera al adjudicatario el responsable designado al efecto por cada una de las
entidades descritas en el Anexo 1. Cuando las instrucciones fueran de carácter
verbal, deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que
sean vinculantes para las partes.
26.1 Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de
riesgos
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes
en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
El adjudicatario asume directamente cuantas responsabilidades de todo
orden deriven de las obligaciones que le impone este Pliego y, en general, las
que guarden relación con la prestación de los servicios, comprendidas las
responsabilidades a terceros.
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VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
30.
El adjudicatario responderá de todas las reclamaciones, por los daños,
perjuicios y menoscabos, personales o materiales que, como consecuencia de
la ejecución de los servicios o de acciones y omisiones del adjudicatario y sus
empleados, incluso los que obedezcan a terceros, fuerza mayor o fortuitos,
puedan causarle al personal del contratante o a terceros. Asimismo, el
adjudicatario, responderá en los mismos términos de los daños causados a los
terrenos e instalaciones u otros bienes propiedad del contratante o de
terceros. Todo ello sin perjuicio del posterior ejercicio por el adjudicatario de
las acciones de resarcimiento que contra terceros responsables pudieran
asistirle. A título meramente enunciativo se consignan especialmente como
responsabilidades asumidas por el adjudicatario las nacidas de muerte,
lesiones y toda clase de daños y perjuicios sufridos por terceros, incluyendo el
personal bajo la dependencia del mismo, en función, en todos ellos, de su
relación con los trabajos, de los daños y perjuicios ocasionados en bienes de
dominio público y del pago de sanciones pecuniarias impuestas por la
Administración por causas imputables al adjudicatario.
El adjudicatario se obliga a cumplir, respecto del contratante, y respecto de
los servicios y en relación con el objeto del presente contrato, con todas sus
obligaciones legales como Empresario, cualesquiera que sean éstas y muy
especialmente las de carácter laboral.
Será a cargo exclusivo del adjudicatario el coste íntegro del personal
necesario para los trabajos, salarios, dietas, cargas sociales y fiscales
personales y societarias, transporte, alojamiento y manutención en su caso,
etc. El adjudicatario exhibirá y entregará copia al contratante, en caso de que
éste se lo solicite, del justificante de pagos de la Seguridad Social del
personal que trabaja junto con el TC2 de la empresa, indicando los
empleados que ese mes han participado en los trabajos; así como del abono
de los salarios y del abono de los tributos directos o indirectos relacionados
con los trabajos o su personal. Sin perjuicio de lo anterior, el contratante
podrá exigir, en cualquier momento al adjudicatario, los documentos
justificativos de estar dado de alta en la Seguridad Social, relativos a
cualquier trabajador que se encuentre en los trabajos objeto de este
contrato, obligándose en este acto el adjudicatario a entregar tales
documentos en un plazo no superior a 5 días naturales a contar desde la
petición.
Durante la vigencia del presente contrato y hasta su finalización, el
adjudicatario se obliga a renovar los certificados que acreditan el
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31.
cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social cuantas
veces sea necesario, entregando al contratante copia de dichas renovaciones.
En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones,
el contratante no satisfará al adjudicatario ningún pago hasta la entrega del
certificado correspondiente.
El contratante podrá resolver unilateralmente el contrato, si el adjudicatario
no entregara las copias antes dichas; o si de las mismas se dedujese un
incumplimiento. Si el contratante resuelve el contrato por el incumplimiento
de estas obligaciones, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización
alguna.
El adjudicatario se obliga a indemnizar al contratante, por cualquier
cantidad que éste viniere obligado a satisfacer como consecuencia de
accidentes de personal del adjudicatario o bien derivados de cualquier
incumplimiento de sus obligaciones al amparo del contrato, incluyendo
gastos de abogados y/o procuradores que el contratante haya podido
satisfacer. Asimismo, el adjudicatario indemnizará a la entidad contratante,
incluyendo los gastos antes citados, en el caso de que fuera condenada en
virtud de sentencia judicial firme derivada de reclamaciones planteadas por
cualquier trabajador del adjudicatario.
El adjudicatario acepta para sí la condición de patrono absoluto, exonerando
de toda responsabilidad al contratante, quedando formalmente obligado al
cumplimiento respecto a todo el personal propio o subcontratado de las
disposiciones legales vigentes en materia laboral, sindical, de seguridad y
salud en el trabajo. El adjudicatario asume la responsabilidad por cualquier
sanción, multa, etc. que pueda ser impuesta al contratante como
consecuencia de los trabajos objeto del contrato, solidariamente con el
contratante y/o, en su caso, con el Subcontratista y autoriza al mismo para
que satisfaga su importe con cargo al fondo de garantía estipulado en el
contrato, y sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales en el caso de
que aquellas garantías no fueran suficientes.
26.2 Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa
contratista:
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32.
Además de los derechos y obligaciones generales derivados del régimen
jurídico del presente contrato, el adjudicatario atenderá especialmente a las
siguientes obligaciones:
1. El adjudicatario deberá contratar a su costa al personal necesario para
atender sus obligaciones y deberá hacerse cargo igualmente del personal
procedente de la contrata anterior, de conformidad con las disposiciones
normativas y/o convencionales en vigor.
El adjudicatario queda obligado, con respecto al personal que emplee y
del que se haga cargo en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las
disposiciones vigentes y de las que puedan promulgarse durante la
ejecución del mismo. Dicho personal dependerá exclusivamente del
adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su
calidad de empleador respecto del mismo, siendo la empresa contratante
ajena a dichas relaciones laborales.
2. Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección de la persona o
personas que, reuniendo los requisitos exigidos en los pliegos, quedará/n
adscrita/s a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por
parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.
3. La empresa adjudicataria procurará que exista estabilidad en el puesto de
trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y
obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen
funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad
contratante.
1.
El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y
continuo, sobre dichas personas, el poder de dirección inherente a todo
empresario, a saber:
 Negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias
y vacaciones, las sustituciones del trabajador en casos de baja o
ausencia.
 Obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono
de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda.
 Obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales,
ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y
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33.
obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y
empleador.
2.
El adjudicatario velará especialmente por que el trabajador adscrito a la
ejecución del contrato desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones
desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del
contrato.
27. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
El adjudicatario queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la
información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y
condiciones de seguridad que dicte el responsable del contrato designado por el
contratante.
El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la
que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio a la que se le haya dado el
referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará
obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos
o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga
conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco
años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140 del TRLCSP.
El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de
los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos
sin autorización escrita de la entidad contratante.
El adjudicatario adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa
de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la
obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que
acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras
personas.
El Órgano de Contratación no podrá divulgar la información facilitada por los
empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en
particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las
ofertas.
A estos efectos, el adjudicatario podrá designar como confidenciales alguno o
algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse
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34.
claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio
documento señalado como tal.
Como efecto de la adjudicación del presente contrato, el adjudicatario quedará
obligado al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), por lo que como
consecuencia de la celebración del mismo, el adjudicatario adquiere la condición de
Encargado de Tratamiento, y queda obligado a guardar la más estricta
confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como
consecuencia de prestación del servicio.
El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los
ficheros del adjudicador o entidad contratante para la prestación del servicio objeto
del contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a
efectos de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en
el artículo 12 de la LOPD.
La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario, será calificada como
grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de
índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación
vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Responsable del Fichero, sobre los
daños y perjuicios que en materia de protección de datos, se deriven del
incumplimiento de las mismas.
En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se
deriven del incumplimiento de esta obligación.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de
esta información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
28. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO
El adjudicatario está obligado a cumplir el objeto del contrato, según las previsiones
recogidas en el pliego de prescripciones técnicas y el pliego de cláusulas
particulares.
En caso de producirse un incumplimiento, el contratante notificará esta
circunstancia al adjudicatario.
Los incumplimientos podrán calificarse como leves, graves y muy graves.
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35.
a) Son incumplimientos leves:
 Interrupción o retraso en el inicio de la prestación del servicio por un plazo
inferior a 3 horas por causas no justificadas y siempre que no sea reiterada.
 El incumplimiento o defectuoso cumplimiento de cualquiera de las
condiciones de este pliego o de las ordenes del servicio y la comisión de actos
que repercutan negativamente en la imagen o servicio, o supongan una
irregular prestación de los mismos, sin que, por el grado de su importancia,
puedan calificarse como graves o muy graves.
 No facilitar al contratante los informes o datos en plazo a que viene obligada
la adjudicataria contractualmente o que se le requieran motivadamente.
 Falta de uniformidad en el personal encargado de la prestación de servicios,
si la falta se subsanare dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la
deficiencia observada.
b) Son incumplimientos graves:
 La comisión reiterada de faltas leves. Se entiende por reiteración la existencia
de tres incumplimientos leves en el transcurso de los tres meses siguientes a
detectarse el primero de dichos incumplimientos
 La interrupción temporal en la prestación de cualquiera de los servicios, más
de 3 horas sin causa justificada.
 La falta o deficiencia de uniformidad en el personal encargado o la mala
prestación del material del servicio, siempre que no sea corregida por el
adjudicatario en el plazo máximo de 48 horas.
 El incumplimiento no reiterado por el adjudicatario de las obligaciones
laborales o de seguridad social con el personal adscrito a los servicios.
 El incumplimiento de las órdenes del responsable dirigidas a evitar
situaciones peligrosas o molestas para el personal.
 El reiterado incumplimiento o defectuoso cumplimiento de cualquiera de las
condiciones de este pliego o de las órdenes del servicio y la comisión de actos
que repercutan negativamente en la imagen o servicio, o supongan una
irregular prestación de los mismos.
 La obstaculización de las tareas de control e inspección prerrogativa del
contratante.
c) Son incumplimientos muy graves:
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36.
 La comisión reiterada de faltas graves (se entiende por comisión reiterada la
existencia de tres incumplimientos calificados como graves durante la
vigencia del contrato).
 Demora superior a un día sobre la fecha prevista para el comienzo de la
prestación del servicio, salvo causa mayor.
 La paralización o interrupción de la prestación del servicio por plazo superior
a 24 horas, salvo causa justificada o fuerza mayor.
 El retraso sistemático comprobado en los horarios, graves irregularidades
reiteradas en la forma de la prestación.
 La cesión, subarrendamiento o traspaso, total o parcial, de los servicios sin
autorización expresa y escrita del contratante.
 El incumplimiento grave de las condiciones contractuales en materias laboral,
de seguridad e higiene u obligaciones generales.
Estos incumplimientos serán penalizados según la tabla siguiente:
INCUMPLIMIENTO
PENALIZACIÓN
Leve
Advertencia
Grave
Del 5% al 10% del importe mensual del contrato
Muy Grave
El 10% del importe mensual del contrato, pudiéndose
además resolver el mismo, lo que llevaría implícita la
incautación de la garantía definitiva.
Las penalidades serán deducidas de las correspondientes facturas, produciéndose de
forma automática la compensación. Si esta fuera insuficiente para cubrir la
penalización antes dicha, el adjudicatario deberá abonarla en el plazo de CINCO (5)
DIAS hábiles a contar desde su reclamación.
El pago de las penalidades no excluirá la indemnización por daños y perjuicios a que
se pudiera tener derecho.
29. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá ceder o transferir el contrato a un tercero, en su totalidad o
en parte, ni ceder un interés cualquiera incluido en el contrato, sin la autorización
escrita del contratante.
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VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
37.
Todas las subcontrataciones deberán contar con la autorización del contratante, que
a su vez podrá rehusarla dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la
comunicación por el adjudicatario. Esta autorización no eximirá al adjudicatario de
ninguna de sus obligaciones contractuales. El adjudicatario será responsable de
todas las acciones, deficiencias o negligencias de sus subcontratistas y de sus
agentes, empleados y obreros y trabajos realizados, así como del cumplimiento por
los subcontratistas de las obligaciones legales en materia laboral, seguridad social,
seguridad e higiene en el trabajo en la misma medida que para su propio personal o
trabajos realizados. Nada de lo contenido en este contrato se entenderá que
establece un vínculo o relación entre el contratante y los subcontratistas.
En los casos en que haya subcontrataciones, el contratante podrá exigir, y el
adjudicatario se compromete a presentar, certificados de los subcontratistas en los
que se acredite la situación de los pagos pendientes de abono por el adjudicatario o
cualquier otra reclamación contra aquel, en el momento de la última factura.
30. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución de los contratos:
El incumplimiento de las recíprocas obligaciones contenidas en el Contrato que
facultará a ambas partes a la resolución del mismo, en los términos del artículo
1.124 del Código Civil y en particular:
a) La falta de cumplimiento en tiempo y forma del adjudicatario de los
requerimientos que le hubieren sido notificados por el órgano de contratación o
por las entidades, será igualmente causa de resolución del Contrato.
b) Cuando a juicio del contratante, los procedimientos y medios utilizados no se
ajustasen a los previstos en el Contrato y el adjudicatario no aceptara
reemplazarlos.
c) La extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario, disolución de la UTE o
muerte o incapacidad del contratista individual.
d) El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se establezcan.
e) La inobservancia de la confidencialidad en el trato de la documentación
manejada.
f) La comisión de 2 o más faltas muy graves.
g) Cualquier otra causa recogida en este Pliego, en el de prescripciones técnicas y en
el TRLCSP.
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38.
La resolución del contrato por cualquiera de las causas antes dichas, a excepción del
mutuo acuerdo, dará derecho, en todo caso, al contratante, a una indemnización por
daños y perjuicios, además de la penalidad, en su caso, establecida en el contrato.
La parte que inste la resolución del contrato deberá notificar a la otra, por conducto
notarial, su voluntad de resolver unilateralmente el contrato basándose en cualquiera
de las causas previstas en esta estipulación. Los motivos expuestos serán
considerados como reconocidos por la otra parte, salvo protesta por la misma de igual
forma y en el plazo de DIEZ (10) DÍAS a contar desde la recepción de la comunicación
antes citada.
Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las partes se
acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas. De conformidad igualmente con
el indicado precepto, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de
empresas o ramas de actividad de las mismas o transmisión de su patrimonio
empresarial, continuará el contrato con la entidad a la que se atribuya el contrato,
que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes del mismo,
siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de
contratar y tenga la solvencia exigida para poder participar en el procedimiento de
adjudicación o que las diversas sociedades beneficiarias de las mencionadas
operaciones y, en caso de subsistir, la sociedad de la que provengan el patrimonio,
empresas o ramas segregadas, se responsabilicen solidariamente con aquélla de la
ejecución del contrato.
El Adjudicatario queda obligado a comunicar a SEPIDES o a la empresa contratante
por escrito, las circunstancias y condiciones de su extinción.
Si no pudiese producirse la subrogación por no reunir la entidad a la que se atribuya
el contrato la aptitud para contratar exigida para la adjudicación de este contrato, se
resolverá el contrato, considerándose a todos los efectos como un supuesto de
resolución por culpa del adjudicatario.
31. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Tratándose de un contrato de servicios comprendidos entre las categorías 17 al 27
del Anexo II del TRLCSP, en concreto en la número 23, y con un valor estimado
superior a 207.000 €, el orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las
cuestiones litigiosas que pudieran surgir sobre los actos de preparación y
adjudicación del contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio de que, en
su caso, proceda la interposición del recurso especial en materia de contratación
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39.
regulado en el artículo 40 del TRLCSP, a interponer ante el Tribunal Administrativo
Central de Recursos Contractuales (artículo 41.1 TRLCSP).
Para el conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en
relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, será competente el
orden jurisdiccional civil, con sometimiento expreso a los jueces y tribunales de
Madrid.
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40.
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO 1: SERVICIOS Y ENTIDADES INCLUIDAS EN EL PERÍMETRO DE LA
LICITACIÓN.
ANEXO 2: MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA.
ANEXO 3: RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES REALIZADOS.
ANEXO 4: MODELO DE AVAL
ANEXO 5: MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN
ANEXO 6: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
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41.
ANEXO 1. – SERVICIOS Y ENTIDADES INCLUIDAS EN EL PERÍMETRO DE LA
LICITACIÓN.
 Servicio de vigilancia y seguridad
EDIFICIO/TERRENOS
Complejo Campos Velázquez - Madrid
Bloque I de Campos Velázquez - Madrid
Edificio Villa de Madrid - Madrid
Edificio Génesis - Madrid
Naves en el Parque Empresarial de
Morero – Cantabria
Terrenos e instalaciones del Valle de
Trápaga-Trapagarán, Galindo - Vizcaya
Polígono Abra Industrial de Abanto y
Ciérvana - Vizcaya
Terrenos e instalaciones de Granada –
Granada
Parcelas en el Parque Empresarial del
Principado de Asturias - Avilés
CONTRATANTE
C.I.F
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
A-48001382
A-48001382
A-48001382
A-48001382
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
A-48001382
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
A-48001382
A.I. Abra Industrial, S.A.
Agruminsa, S.A.
A-48021349
A-48052385
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
A-48001382
Parque Empresarial del
Principado de Asturias, S.L.
B-82536632
 Servicio de recepción
EDIFICIO/TERRENOS
Bloque I de Campos Velázquez - Madrid
Edificio Génesis - Madrid
CONTRATANTE
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
Sepi Desarrollo Empresarial, S.A.
C.I.F
A-48001382
A-48001382
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42.
ANEXO 2 - MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA
D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de …………..c/
………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de
…………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en …………… provincia de
…………. C/ ………………………. Núm. ……………………….
DECLARA:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el
firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en
el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado
por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en los términos y condiciones
previstos en el mismo.
Lo que declara responsablemente en ……………, a ….. de …………… de 2014
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43.
ANEXO 3.- RELACIÓN DE TRABAJOS SIMILARES REALIZADOS
Cliente
Objeto del
contrato
Lugar de
ejecución
Fecha de
inicio
Fecha de
finalización
Importe del
contrato
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44.
ANEXO 4.- MODELO DE AVAL
.................Sociedad Anónima, sucursal de calle .................. núm. y en su nombre y
representación D. ................... y D. ............................, con poderes suficientes para obligarle en
este acto
AVALA
solidariamente a ................................., con N.I.F., frente a ......................................... con N.I.F. ..........,
y domicilio en ...... C/ ................., hasta la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS (44.587€) en concepto de garantía provisional,
para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de los
servicios de vigilancia y recepción de los inmuebles y terrenos propiedad del grupo SEPI
DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A.
El presente aval se presta, en concepto de garantía a primera solicitud, con renuncia
expresa al beneficio de excusión, división y orden. En consecuencia, el Banco se
compromete expresamente a efectuar el pago a ......................................... de la indicada
cantidad por éste reclamada, dentro de los tres días siguientes al primer requerimiento
que haga al banco con tal objeto.
Este aval tendrá validez en tanto ................................... no autorice su cancelación.
El presente aval ha sido inscrito con esta misma fecha en el Registro Especial de
Avales con el número ......
En .................. a ........ de .................................. de 2014
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45.
ANEXO 5. - MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La entidad ……………………….. con N.I.F., nº …………….. , y con domicilio a efectos de
notificaciones y requerimientos en la C/ …………… nº ………. de ……………….., C.P. …………., y
en su nombre y representación D. ………………………, y D. …………….. con poderes
suficientes para obligarles en este acto, según resulta del bastanteo de poderes de la
parte inferior de este documentos
ASEGURA
A ……………………., N.I.F. ……………… en concepto de tomador del seguro, ante SEPI
DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., en adelante asegurado, hasta el importe de
CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS (44.587€), virtud de
lo dispuesto por la normativa de aplicación, en concepto de GARANTIA PROVISIONAL,
para responder de las obligaciones derivadas de la adjudicación del contrato de los
servicios de vigilancia y recepción de los inmuebles y terrenos propiedad del grupo SEPI
DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en
la normativa de contratación del sector público estatal vigente.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al
asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del
asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que al asegurador deba
hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle
contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer
requerimiento de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., en los mismos términos y
condiciones generales establecidas en la Normativa de Contratación del Estado vigente.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que SEPI DESARROLLO
EMPRESARIAL, S.A., autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido
en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación
complementaria.
En …………….., a ……… de ………………de 2014.
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46.
ANEXO 6. - PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D...................................................,
.................................,
calle
domiciliado
en
................................,
...............................................,
número..........
provincia
con
de
Documento
Nacional de Identidad número............................, actuando en nombre ..............................(propio o
de la Empresa que representa. En caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de
una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado
de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento
Abierto con varios criterios de adjudicación del contrato de los servicios de vigilancia y recepción de
los inmuebles y terrenos propiedad del grupo SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. se compromete
a ejecutar al contrato de referencia con arreglo a la siguiente proposición económica:
EDIFICIO/TERRENO SERVICIO DE
VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PRESUPUESTO
MENSUAL OFERTADO
(€ sin IVA)
Complejo Campos Velázquez – Madrid
Bloque I de Campos Velázquez - Madrid
Edificio Villa de Madrid – Madrid
Edificio Génesis – Madrid
Naves en el Parque Empresarial de
Morero – Cantabria
Terrenos e instalaciones del Valle de
Trápaga-Trapagarán, Galindo – Vizcaya
Polígono Abra Industrial de Abanto y
Ciérvana – Vizcaya
Terrenos e instalaciones de Granada –
Granada
SUBOTALES:
EDIFICIO/ SERVICIO DE RECEPCION
Bloque I de Campos Velázquez – Madrid
Edificio Génesis – Madrid
SUBTOTALES:
VIGILANCIA Y SEGURIDAD +
RECEPCIÓN
PRESUPUESTO TOTAL
OFERTADO
Meses
€ sin iva
20
20
24
24
24
24
24
24
PRESUPUESTO
MENSUAL OFERTADO
(€ sin IVA)
PRESUPUESTO TOTAL
OFERTADO
Meses
20
24
PRESUPUESTO TOTAL
MENSUAL OFERTADO
€ SIN IVA (VIGILANCIA +
RECEPCION)
€ sin iva
PRESUPUESTO TOTAL
OFERTADO
€ SIN IVA
(VIGILANCIA +
RECEPCION)
TOTALES OFERTADOS SERVICIOS DE
VIGILANCIA Y RECEPCIÓN
......................... a ........ de ........................de 2014
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR PARA LA ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
VIGILANCIA Y RECEPCIÓN EN DISTINTOS PUNTOS DEL GRUPO SEPIDES
47.