LA GACETA N° 161 de la fecha 23 08 2016

Firmado
CARLOS digitalmente
CARLOS
ALBERTO por
ALBERTO
RODRIGU RODRIGUEZ
PEREZ (FIRMA)
EZ PEREZ Fecha:
(FIRMA) 2016.08.22
15:25:32 -06'00'
La Uruca, San José, Costa Rica, martes 23 de agosto del 2016
AÑO CXXXVIII
Nº 161
24 páginas
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Pág 2
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
Considerando:
CONTENIDO
Pág
PODER EJECUTIVO
Nº
Acuerdos............................................................................ 2
Resoluciones.................................................................... 10
DOCUMENTOS VARIOS............................................... 10
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos............................................................................. 16
Avisos.............................................................................. 16
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA........................ 17
RÉGIMEN MUNICIPAL................................................. 18
AVISOS.............................................................................. 18
NOTIFICACIONES......................................................... 24
FE DE ERRATAS............................................................. 24
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
CONSEJO DE GOBIERNO
Nº 223
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las disposiciones contenidas en el
artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración
Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria número ciento
dos, celebrada el catorce de junio del dos mil dieciséis, tomó el
acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocido el oficio ALDSDI-OFI-10-16 de fecha 08 de junio del 2016, suscrito por el
señor Marco William Quesada Bermúdez, Director de la Secretaría
del Directorio de la Asamblea Legislativa, en el que comunica la
ratificación de los nombramientos de las señoras Victoria Eugenia
Hernández Mora y Silvia Charpentier Brenes, como Directoras
ante la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica. Acuerdo
declarado firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de
Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400028382.—Solicitud Nº 62014.—
( IN2016053592 ).
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Nº 0036-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Primer
Secretario con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de Viena, Austria, el Ministro de Relaciones Exteriores
y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-06115 del 9 de junio del 2015, con el fin de que el personal de carrera
diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio
concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-0065-15 del 8 de julio del 2015, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Primer Secretario con funciones consulares
en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria.
VI.—Que mediante Resolución DM-093-2015 del 14 de
julio del 2015, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el
puesto Primer Secretario con funciones consulares en la Embajada
de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a Daniel Gerardo López Zúñiga, cédula Nº 3-03800203 en el cargo de Primer Secretario con funciones consulares,
en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena,
Austria. Esto en virtud de que posee una Licenciatura en Relaciones
Internacionales con énfasis en Política Exterior y Diplomacia de la
Universidad Nacional y una Maestría en Relaciones Internacionales
y Diplomáticas con énfasis en Administración de Proyectos de
Cooperación Internacional de la Universidad Nacional, cuenta con
una amplia experiencia profesional como docente universitario en
Relaciones Internacionales en diversas universidades nacionales.
Por estas razones la Administración considera que es una persona
idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
Carlos Alberto Rodríguez Pérez
Said Orlando de la Cruz Boschini
Carmen Muñoz Quesada
Mario Enrique Alfaro Rodríguez
DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL
DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
REPRESENTANTE MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
REPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
IX.—Que el señor Daniel Gerardo López Zúñiga ha cumplido
con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota
de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Daniel Gerardo López
Zúñiga, cédula Nº 3-0380-0203 en el cargo de Primer Secretario
con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa
Rica en la ciudad de Viena, Austria, a partir del 01 de abril del 2016
y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050475 ).
Nº 0037-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un
Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
Santo Domingo, República Dominicana, el Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número
CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el
personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de
este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de
enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el
puesto Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.
Pág 3
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido
nombrar al señor Luis Diego Carro Montoya, cédula 1-0866-0766
en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.
Esto en virtud de que es Licenciado en Derecho y Notario Público
de la Universidad de Costa Rica, cuenta con una especialidad en
Impuestos por el Centro Interamericano de Administraciones
Tributarias (CIAT), con vasta experiencia como asesor jurídico en
materia tributaria. Por estas razones la Administración considera que
es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que el señor Luis Diego Garro Montoya ha cumplido
con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota
de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Luis Diego Garro Montoya,
cédula 1-0866-0766 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión,
en la Embajada de Costa Rica en la Ciudad de Santo Domingo,
República Dominicana, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos
establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de
la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el
1° de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050476 ).
Nº 0038-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
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La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un
Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
Montevideo, Uruguay, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del
16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera
diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio
concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-008-16 del 2 de febrero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de
febrero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para
el puesto Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Montevideo, Uruguay.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a la señora María Miriam Lezama López, cédula
Nº 6-0106-0476 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en
la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay.
Esto en virtud de que es Licenciada en Derecho de la Universidad
Autónoma de Centro América, Notario Público de la Universidad
Autónoma de Centro América, que ha desempeñado labores en la
Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI) como Jefe del
Departamento Legal, con experiencia en asuntos administrativos,
laborales y agrarios; docente de derecho en la Universidad Autónoma
de Centro América, Universidad de San José y Universidad Central.
Por estas razones la Administración considera que es una persona
idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que la señora María Miriam Lezama López ha cumplido
con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota
de 90%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora María Miriam Lezama
López, cédula Nº 6-0106-0476 en el cargo de Consejero y Cónsul, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo,
Uruguay, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de
2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos
en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050477 ).
Nº 0039-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un
Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en la
ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América, el Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso
Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con
el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el
Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el
puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en el Consulado General
de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de
América.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de
enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el
puesto Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica
en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas, cédula
Nº 1-0898-0792 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en
el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas,
Estados Unidos de América. Esto en virtud de que es Licenciada en
Derecho y Notario Público de la Universidad Autónoma de Centro
América, que ha desempeñado labores en el Ministerio de Justicia,
Ministerio de Seguridad Pública, Ministerio de Educación como
asesora legal, con experiencia en procesos administrativos de cobro
y trámites notariales registrales. Por estas razones la Administración
considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes
mencionado.
IX.—Que la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas ha
cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular
con una nota de 90%. Por tanto,
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Rosa Patricia Arguedas
Vargas, cédula Nº 1-0898-0792 en el cargo de Consejero y Cónsul,
en comisión, en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de
Houston, Texas, Estados Unidos de América, a partir del 01 de abril
del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con
todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del
Servicio Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050478 ).
N° 0040-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8),
12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones
que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia
establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un
Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de Puerto España, Trinidad y Tobago, el Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número
CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el
personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de
este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de
enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el
puesto Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
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sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 49 del
mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente
nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera
que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de
ninguna manera dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto, cédula
6-0191-0336 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión,
en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España,
Trinidad y Tobago. Esto en virtud de que es Master en Relaciones
Internacionales Iberoamericanas de la Universidad Rey Juan Carlos,
España, Doctora en Comunicación y Paz de la Universidad Para la
Paz de las Naciones Unidas, Licenciada en Psicología Clínica de la
Universidad Latina de Costa Rica, Licenciada en Administración de
Servicios Sociales Infantiles de la Universidad Estatal a Distancia,
que ha desempeñado labores en la Universidad Estatal a Distancia
sede Puntarenas y en el INCOP; cuenta con amplia experiencia
de trabajo en el sector privado en cargos gerenciales. Por estas
razones la Administración considera que es una persona idónea para
desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto ha
cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular
con una nota de 90%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez
Soto, cédula 6-0191-0336 en el cargo de Consejero y Cónsul, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto
España, Trinidad y Tobago, a partir del 16 de abril del 2016 y
hasta el 16 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º— Rige a partir del 16 de abril del 2016 y hasta el
16 de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050479 ).
Nº 0041-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones
que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia
establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
Pág 6
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Brasilia, Brasil, el Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal
de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este
Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-008-16 del 02 de febrero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de
febrero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para
el puesto de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada
de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 49 del
mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente
nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera
que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de
ninguna manera dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de
carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
ha decidido nombrar a la señora Flor de María Sánchez Orozco,
cédula Nº 5-0167-0416, Ministro Consejero y Cónsul General, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia,
Brasil. Esto en virtud de que es Licenciada en Sociología y Master
en Relaciones Internacionales y Diplomacia de la Universidad
Nacional, y cuenta con un Posgrado en Ciencias Sociales con
Especialidad en Relaciones Internacionales de la FLACSO, que
ha ejercido cargos de analista en el Ministerio de Planificación
Nacional y de especialista en el IICA; cuenta con amplia
experiencia de trabajos para Programas de Naciones Unidas para
el Desarrollo, en la Defensoría de los Habitantes, conocimientos en
gestión de la cooperación internacional, estrategias y mecanismos
de relacionamiento externo; además es docente en la Maestría de
Relaciones Internacionales en la Universidad Nacional. Por estas
razones la Administración considera que es una persona idónea para
desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que la señora Flor de María Sánchez Orozco ha
cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular
con una nota de 85%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Flor de María Sánchez
Orozco, cédula Nº 5-0167-0416, Ministro Consejero y Cónsul
General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de Brasilia, Brasil, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01
de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos
establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de
la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5133.—( IN2016050480 ).
N° 0044-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8,
12, 20, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de San Salvador, El Salvador, el Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número
CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el
personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de
este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares
en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El
Salvador.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero
del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró
la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de
Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a Percy Kenneth Rodríguez Argüello, cédula
N° 1-0838-0557 en el cargo de Ministro Consejero con funciones
consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de San Salvador, El Salvador. Esto en virtud de que cuenta
con un Bachillerato en Historia de la Universidad de Costa Rica,
una Maestría en Relaciones Internacionales y Diplomacia de la
Universidad Nacional y Maestría en Comunicación y Mercadeo
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
de la Universidad Latina de Costa Rica; ha desempeñado cargos
públicos, laboró como consultor e investigador, es autor de libros y
artículos en revistas especializadas; como Alcalde ejerció funciones
de administración pública, es profesor y director de la Escuela de
Relaciones Internacionales en la Universidad Latina con funciones
de gestión académica, administrativa y planificación estratégica,
ha coordinado investigaciones y como Editor revisó numerosos
estudios sobre el panorama económico, social, y político nacional
e internacional. Por estas razones la Administración considera que
es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que el señor Percy Kenneth Rodríguez Argüello ha
cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular
con una nota de 85%. Por tanto,
Pág 7
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8),
12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares
en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero
del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró
la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de
Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz, cédula
5-0133-0544 en el cargo de Ministro Consejero con funciones
consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de Kingston, Jamaica. Esto en virtud de que es Licenciado en
Relaciones Económicas Internacionales de la Academia de Estudios
Económicos de Bucarest, con un Postgrado en Diplomacia de la
Universidad Hyperion de Rumania, cuenta con experiencia previa
en funciones diplomáticas, es autor de varios libros, laboró en
CENPRO, en PROCOMER coordinando programas de capacitación
y promoción de exportaciones, realizó el curso de especialidad en
Promoción de Exportaciones de JICA en Japón, ha sido docente
en la Universidad Interamericana de Costa Rica, Universidad
Latina de Costa Rica, Universidad Interamericana y en el Colegio
Universitario de Alajuela. Por estas razones la Administración
considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes
mencionado.
IX.—Que el señor Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz ha
cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular
con una nota de 80%. Por tanto,
Considerando:
ACUERDAN:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de Kingston, Jamaica, el Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número
CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el
personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de
este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
Artículo 1º—Nombrar a Ernesto del Carmen Villavicencio
Ruiz, cédula 5-0133-0544 en el cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de Kingston, Jamaica, a partir del 01 de abril del 2016
y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril del 2018.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar a Percy Kenneth Rodríguez Argüello,
cédula 1-0838-0557 en el cargo de Ministro Consejero con funciones
consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de San Salvador, El Salvador, a partir del 01 de abril del 2016 y
hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050481 ).
N° 45-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050482 ).
Pág 8
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
N° 46-2016-SE-RE
ACUERDAN:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Artículo 1º—Nombrar a Carlos Eduardo Umaña Alvarado,
cédula 1-1156-0779 en el cargo de Consejero y Cónsul, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa,
Canadá, a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de
2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos
en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el
1° de abril del 2018.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8),
12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un
Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de Ottawa, Canadá, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
ordenó la apertura del Concurso Interno N° CCSE-105-15 del 16
de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera
diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio
concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de
enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el
puesto de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Ottawa, Canadá.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula
1-1156-0779 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá. Esto en
virtud de que cuenta con un Bachillerato y la Maestría en Economía
de la Universidad de Costa Rica, un Máster in International
Economic Law and Policy de la Universidad de Barcelona, se ha
desempeñado como asesor y negociador comercial en COMEX,
en el IICA y para CATRADE Grupo Consultor; como investigador
en la Academia de Centroamérica y en el Instituto IICE. Por estas
razones la Administración considera que es una persona idónea para
desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que el señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado ha
cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular
con una nota de 80%. Por tanto,
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—EL Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050483 ).
N° 47-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8),
12), 20), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República
de Costa Rica; los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio
Exterior de la República y los artículos 15, 18 y 26 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo
con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que
se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida
en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones
objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio
de continuidad orgánica de la Administración y en el principio
de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica con sede
en la ciudad de Seúl, Corea, el Ministro de Relaciones Exteriores
y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal
de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este
Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior
mediante oficio CCSE-008-16 del 2 de febrero del 2016, remitió al
señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso
Interno para el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General en la
Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de
febrero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para
el puesto de Ministro Consejero y Cónsul General en la Embajada
de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos
en comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera
diplomática o por razones de conveniencia nacional. En el mismo
sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo Estatuto: “Los
funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha
potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha
decidido nombrar a la señora Sofía Cristina Salas Monge, cédula
1-1013-0804, en el cargo de Ministro Consejero y Cónsul General,
en comisión, en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de
Seúl, Corea. Esto en virtud de que posee la Licenciatura en Derecho
de la Universidad de Costa Rica, una especialidad en Derecho
Notarial de la Universidad de Costa Rica y la Maestría en Derechos
Humanos de la University of Essex, UK, cuenta con experiencia
como coordinadora técnica y administrativa de proyectos y
asistencia a migrantes vulnerables en la Organización Internacional
para las Migraciones (OIM). Por estas razones la Administración
considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes
mencionado.
IX.—Que la señora Sofía Cristina Salas Monge ha cumplido
con los requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho
del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica, y aprobó el examen sobre materia consular con una nota
de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Sofía Cristina Salas Monge,
cédula N° 1-1013-0804, en el cargo de Ministro Consejero y Cónsul
General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica con sede en la
ciudad de Seúl, Corea, a partir del 01 de junio del 2016 y hasta el 01
de junio de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos
establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de
la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá
asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período
en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 y hasta el
01 de junio del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud N° 5134.—( IN2016050497 ).
Nº 0052-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la
Administración Pública.
Considerando:
I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 0033-2016-SE-RE
del 15 de marzo del 2016, se nombró a la señora Yanis Lucrecia
Quesada Sancho, cédula de identidad Nº 1-0752-0531, en el cargo
de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica
en Managua, Nicaragua.
II.—Que el nombre correcto de la funcionaria es Yanis
Lucrecia Quesada Chanto.
III.—Que se requiere corregir el error material y modificar el
artículo primero del Acuerdo Nº 0033-SE-RE del 15 de marzo del
2016, para consignar correctamente el nombre de la señora Yanis
Lucrecia Quesada Chanto, cédula de identidad Nº 1-0752-0531. Por
tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar el artículo primero del Acuerdo
Ejecutivo Nº 0033-SE-RE del 15 de marzo del 2016, para que en
adelante se lea:
“Artículo 1º—Nombrar a la señora Yanis Lucrecia Quesada
Chanto, cédula Nº 1-0752-0531, en el cargo de Consejero y Cónsul,
en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Managua, Nicaragua
Pág 9
a partir del 15 de marzo del 2016 y hasta el 15 de marzo de 2018,
en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el
Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.”
Artículo 2º—Rige a partir del 15 de marzo del 2016 y hasta el
15 de marzo del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 18 de abril del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto a. í., Alejandro Solano Ortiz.—1
vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5134.—( IN2016050498 ).
Nº 0053-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior
de la República, número CCSE-105-2015 del 16 de diciembre de
2015, la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la
Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
mediante resolución DM-053-2016 del 16 de febrero del 2016,
designó en el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares,
en promoción, en la Embajada de Costa Rica en el Reino de los
Países Bajos, al Tercer Secretario de carrera diplomática, señor
Christian Peter Kandler Rodríguez, cédula de identidad número
1-0593-0720. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Tercer Secretario de carrera diplomática,
señor Christian Peter Kandler Rodríguez cédula de identidad
número 1-0593-0720, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de
Ministro Consejero con funciones consulares, en promoción, en la
Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, a partir del
01 de junio del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 al 01 de
junio del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 09 de mayo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto.—Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud Nº 5134.—( IN2016050499 ).
N° 0054-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18
y 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo
41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para el Servicio Exterior de
la República, número CCSE-105-2015 del 16 de diciembre de 2015,
la plaza de Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa
Rica en el Chicago, Estado de Illinois, Estados Unidos de América.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
mediante resolución DM-053-2016 del 16 de febrero del 2016,
designó en el cargo de Consejero y Cónsul, en promoción, en la
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La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
Embajada de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, al Agregado
de carrera diplomática, señor Gustavo Adolfo Ramírez Baca, cédula
de identidad número 1-1230-0625. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Agregado de carrera diplomática, señor
Gustavo Adolfo Ramírez Baca, cédula de identidad número 1-12300625, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de Consejero y
Cónsul, en promoción, en el Consulado General de Costa Rica en
Chicago, Estado de Illinois, Estados Unidos de América, a partir del
01 de agosto del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir
funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en
el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las
normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de agosto del 2016 al 01 de
agosto del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 09 de mayo del
2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1
vez.—O.C. N° 29101.—Solicitud N° 5134.—( IN2016050500 ).
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Resolución DM-DJ-325-2016.—Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.—Despacho del Ministro.—San José, a las
quince horas con cuarenta minutos del día tres de agosto del dos
mil dieciséis.
Manuel Antonio González Sanz, cédula de identidad Nº
1-720-207, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, según
nombramiento que consta en el acuerdo de la Presidencia de la
República número 001-P del 08 de mayo del 2014; de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes de
la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227, del 02
de mayo de 1978 y con el artículo 6º del Reglamento de Tareas y
Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Decreto
Ejecutivo Nº 19561.
RESUELVE:
Delegar el conocimiento y la firma de las resoluciones para
ejecución de partidas presupuestarias de todos los programas de
este Ministerio, exigidas por la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año
2016, Ley Nº 9341 del primero de diciembre del dos mil quince, así
como todo documento de carácter presupuestario en el señor Mario
Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo de este Ministerio,
cédula de identidad Nº 1-472-775. La presente resolución modifica
la resolución DM-DJ-018-2016, de fecha 22 de enero del 2016.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y notifíquese al
señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo.
RESUELVE:
En procura de una administración más eficiente, delegar
el conocimiento y la firma de los documentos referentes a
liquidación de viáticos en el exterior del país, como suplente del
señor Viceministro Alejandro Solano Ortiz, en el señor Mario
Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo de este Ministerio
y portador de la cédula de identidad Nº 1-472-775. La presente
resolución modifica la resolución DM-DJ-033-2014, de fecha 21 de
mayo del 2014.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y notifíquese al
señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo.
Manuel A. González Sanz, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 62899.—Solicitud
Nº 19317.—( IN2016053031 ).
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
La señora Ingrid Lerma Delgado con de cédula 8-01000827, vecina de Alajuela, en calidad de apoderada generalísima de
la compañía Vets and Pets Trading Costa Rica S. A., con domicilio
en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 4: Kit Test Lipasa Pancreática Felina
fabricado por IDEXX Inc. de Estados Unidos de América, con los
siguientes principios activos Cada prueba contiene: Anticuerpos
monocionales anti fPL y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Prueba rápida para la determinación de los niveles de lipasa
pancreática específica en suero felino. Con base en el Decreto
Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control
de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro
del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—
Heredia, a las 10 horas del día 11 de julio del 2016.—Dr. Luis
Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2016050508 ).
EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Manuel A. González Sanz, Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 62899.—Solicitud
Nº 19317.—( IN2016053030 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el Tomo 2, Folio 20, Título N° 871, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe de la Cruz, en el año dos mil trece, a
nombre de Víctor Morales Jean Carlos, cédula 5-0397-0678.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los veintiocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051823 ).
Resolución DM-DJ-327-2016.—Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto.—Despacho del Ministro.—San José, a las
quince horas con cuarenta minutos del día cuatro de agosto del dos
mil dieciséis.
Manuel Antonio González Sanz, cédula de identidad Nº
1-720-207, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, según
nombramiento que consta en el acuerdo de la Presidencia de la
República Nº 001-P del 08 de mayo del 2014; de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes de la Ley
General de la Administración Pública, Ley Nº 6227, del 02 de mayo
de 1978 y con el artículo 6º del Reglamento de Tareas y Funciones
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Decreto Ejecutivo
Nº 19561.
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada,
“Rama Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
01, folio 145, título Nº 1568, emitido por el Liceo Rodrigo Facio, en
el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Kattia Monge
Ramírez. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de
apellido, cuyo nombre y apellido correcto es: Kattia Kawer Ramírez,
cédula Nº 1-0737-0486. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los catorce días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016051309 ).
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JUSTICIA Y PAZ
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Rafael Ramos Lintón, casado dos veces, cédula de identidad
700960070 con domicilio en Villas de Ayarco casa P-33 de Súper
Jennie 200 sur y 75 oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: RF
BIENES RAÍCES
como marca de servicios en clase: 36.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas:
de los colores: Rojo y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada
el 13 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006763. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de julio de 2016.—
Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050072 ).
Randall Gerardo Castro Rodríguez, casado una vez, cédula
de identidad 109800581, en calidad de apoderado generalísimo de
Servicios Múltiples Rackam Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101354535, con domicilio en Central, San Isidro, Calle Loría;
portón frente a Calle Bellavista, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GAMBA NIT-200 como marca de fábrica en clase:
1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Fertilizantes.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
15 de junio del 2016. Solicitud Nº 2016-0005761. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2016.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2016050133 ).
Roberto Alterno Ugalde, casado una vez, cédula de identidad
111090761, en calidad de apoderado especial de Inversiones
Mediterráneo Tropical Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101713541 con domicilio en Barva, San Roque, Residencial Bello
Higuerón casa número 11, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: ALIMENTOS TZANETITA como nombre comercial en
clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49 un
establecimiento comercial dedicado a fabricación de alimentos,
ubicado en Heredia, Barva, San Roque, Residencial Bello Higuerón
casa número 11. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 7 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006584. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de julio del 2016.—
Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050214 ).
Marylis Muñoz Robles, casada, cédula de identidad
106140574, en calidad de apoderado general de Coastal Latinos
Costa Rica S.R.L, Cédula jurídica 3-102- 668032 con domicilio
en Tilarán, del mercado municipal 50 metros oeste instalaciones
del Hotel y Cabinas El Sueño, Guanacaste, Costa Rica solicita la
inscripción de: E.mov Energía en Movimiento
como marca de comercio en clase 12
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Bicicleta eléctrica. Reservas: Se hace
reserva del color verde. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada
el 23 de junio del 2016, solicitud Nº 2016-0006073. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 18 de julio del 2016.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2016050239 ).
Alejandro Pacheco Saborío, soltero, cédula de identidad Nº
115180020, en calidad de apoderado especial de Gabriela Barzuna
Pacheco, soltero, cédula de identidad Nº 115270581, con domicilio
en: La Uruca, barrio Cristal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TRÍADA
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como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial para
la venta de ropa y sombrerería para hombre, mujer, niño y bebé, ropa
interior, ropa para dormir incluyendo pijamas, delantales, bolsos y
carteras, cosmetigueras, almohadones, tazas, botellas para agua,
posavasos así como souvenirs, stickers y accesorios en general.
Ubicado en San José, La Uruca, barrio Cristal, de Canal 6, 200 metros
sur, 100 metros oeste y 50 metros sur. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 06 de abril del 2016. Solicitud N° 20160003153. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de junio del 2016.—
Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2016050254 ).
Sergio Jiménez Odio, casado una vez, cédula de identidad
108970615, en calidad de apoderado especial de Fibrocentro S. A.,
Cédula jurídica 3101073988 con domicilio en 100 metros al sur del
autoservicio de la Dos Pinos, barrio Luján, Costa Rica, solicita la
inscripción de: SUNGUARD como marca de comercio en clase
17 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Materiales
aislantes incluyendo pero no limitado a aislamientos reflectivos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el
14 de enero del 2016, solicitud Nº 2016-0000361. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2016.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2016050255 ).
Gabriel Eduardo Araujo Saavedra, soltero, cédula de
residencia 186200232216, en calidad de apoderado generalísimo
de G Y G Sanidad Pecuaria S. A., cédula jurídica 3101699614 con
domicilio en Alajuela Villa Hermosa, de la Asociación Un Niño
con Cariño 750 metros al norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: G&G Sanidad Pecuaria S. A.
como marca de comercio en clase 31
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Alimento para animales. Se cita a
terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 18 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006950. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2016050256 ).
Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad
108490717, en calidad de apoderado especial de Novogar S. A.,
cédula jurídica 3101693063 con domicilio en Escazú, San Rafael,
Centro Corporativo El Cedral, edificio Integra Legal, torre uno,
quinto piso, oficinas Bufete Integra Legal, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clases 36 y 37
internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 36: Servicios de corretaje,
administración, arrendamiento y venta de bienes
inmuebles. y 37: Servicios de construcción;
servicios de reparación; servicios de instalación.
Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 8 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006604.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de julio del 2016.—
Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050262 ).
Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad
108490717, en calidad de apoderado especial de 3-101-695514
S. A., cédula jurídica 3101695514, con domicilio en Escazú, San
Rafael, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Integra Legal, Torre
Uno, Quinto Piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Vistas de San Pablo CONDOMINIO
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La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: 49: Un establecimiento
comercial dedicado a un condominio que se dedicará a la
administración, arrendamiento, venta, construcción, reparación e
instalación de bienes inmuebles, así como servicios de seguridad y
mantenimiento de condominio, ubicado 500 metros oeste del
antiguo supermercado MXM, carretera principal a Heredia. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de
julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006606. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—
San José, 22 de julio del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2016050263 ).
Carlos Corrales Azuola, casado una vez, cédula de identidad N°
108490717, en calidad de apoderado especial de N° 3-101-707610 S.
A., cédula jurídica N° 3-101-707610, con domicilio en Escazú, San
Rafael, Centro Corporativo el Cedral, edificio Integra Legal, Torre
Uno, quinto piso, Oficinas Bufete Integra Legal, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Heredia Parks CONDOMINIO
como nombre comercial en clase(s):
internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: 49: Un establecimiento
comercial dedicado a la administración, arrendamiento, venta,
construcción, reparación e instalación de bienes inmuebles, así
como servicios de seguridad y mantenimiento del condominio,
ubicado en la Aurora de Heredia, de la Fábrica Casino 300 metros
norte y 200 metros este. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006605.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de julio del 2016.—
Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050264 ).
Xinia Arroyo Jiménez, casada una vez, en calidad de
apoderada generalísima de la Asociación Centro Educativo
Adventista de Costa Rica, cédula jurídica 3002564510, con
domicilio en Hatillo centro, seiscientos metros este del Liceo
Roberto Brenes Mesén, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CENTRO EDUCATIVO ADVENTISTA DE COSTA RICA
BILINGÜE como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento
comercial dedicado a Centro Educativo, prekinder, primaria y
secundaria, ubicada en Hatillo centro, 600 metros al este del Liceo
Roberto Brenes Mesén. Reservas: No se hace reserva de la palabra:
“COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 7 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006591. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del
2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050295 ).
Mario Alberto Campos Conejo, casado una vez, cédula de
identidad N° 108180660, en calidad de apoderado generalísimo de
Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L.,
cédula jurídica N° 3004045111, con domicilio en del Hospital
Nacional de Niños, 350 metros al norte, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CASA FÁCIL CS COOPESERVIDORES,
como marca de servicios en clase: 36
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios financieros. Reservas: de los
colores: blanco, verde claro, celeste y oro. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de mayo del 2016. Solicitud N° 2016-0005090. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de junio del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050301 ).
José Antonio Silva Meneses, casado una vez, cédula de
identidad 110820529, en calidad de apoderado especial de BW
Oasis Limitada, Cédula de identidad 3102710746con domicilio en
Santa Cruz, Tamarindo, Oficina P&D Abogados, Centro Comercial
Tamarindo Business Center, local número dos, Guanacaste, Costa
Rica, solicita la inscripción de: BW Oasis
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un
establecimiento comercial dedicado a la hotelería.
Ubicado en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, 3
km del cruce de Huacas hacia Tamarindo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 27 de junio del 2016, solicitud Nº 2016-0006150. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2016 .—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2016050305 ).
Cinthia Rucy Calvo Jiménez, divorciada una vez, cédula de
identidad Nº 602380670, con domicilio en: Quepos, Puntarenas,
frente a la Fiscalía de Quepos y Parrita, Costa Rica, solicita la
inscripción de: SUPER JORDIX
como nombre comercial en clase 49 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento
comercial
dedicado
a
supermercado, venta de abarrotes, verduras,
carnicería, perfumería, licores, ubicado en
Puntarenas – Quepos frente a las oficinas de la fiscalía de Quepos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
mayo del 2016. Solicitud N° 2016-0005095. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 13 de junio del 2016.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2016050308 ).
Tattiana Gabriela Pérez Cedeño, soltera, cédula de identidad
402020490 con domicilio en San Roque de Barva, Urbanización
Santander, del Bar Restaurante El Higuerón, 100 metros al norte y
100 metros al oeste, casa esquinera costado sur del play, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase
25 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos
de sombrerería. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 4 de febrero del 2016,
solicitud Nº 2016-0001033. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
10 de febrero del 2016.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2016050315 ).
Tattiana Gabriela Pérez Cedeño, soltera, cédula de identidad
Nº 402020490, con domicilio en: San Roque de Barva, urbanización
Santander, del bar restaurante El Higuerón, 100 metros al norte y
100 metros al oeste, casa esquinera costado sur del play, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 04 de febrero del 2016. Solicitud N° 2016-0001032. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 10 de febrero del 2016.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2016050316 ).
Ma. Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad N°
109330536, en calidad de Apoderada Especial de Distribuidora
Panamericana Sociedad Anónima, con domicilio en 10a avenida 2171 zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción
de: IN GRUPO LATINOAMERICANO DE EMPAQUES,
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
como marca de fábrica y comercio en clase: 1.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos químicos para la industria,
materias plásticas en bruto; productos químicos
para conservar alimentos; adhesivos (pegamentos)
para la industria, todos para ser utilizados como material de empaque.
Reservas: De los colores negro y blanco. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de octubre del 2015. Solicitud N°
2015-0010150. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de julio
del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050326 ).
Ma. Gabriela Arroyo Vargas, cédula de identidad 109330536,
en calidad de Apoderada Especial de Distribuidora Panamericana,
Sociedad Anónima con domicilio en 10a avenida 21-71 Zona 1,
Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: IN
GRUPO LATINOAMERICANO DE EMPAQUES
como marca de fábrica y comercio en clase: 16.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Papel, cartón y artículos de estas
materias no comprendidos en otras clases;
adhesivos (pegamentos) de papelería; materias
plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); todos para
ser utilizados como material de empaque. Reservas: De los colores
negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de octubre del 2015. Solicitud Nº 20150010151. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del
2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2016050327 ).
Eliécer Antonio González Araya, casado una vez, cédula
de identidad Nº 401480269, con domicilio en urbanización San
Francisco, casa Nº R8, Ulloa, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LGlatex
como marca de fábrica y comercio en clase: 2.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Pinturas, barnices, lacas; productos
antioxidantes y productos para conservar la
madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto;
metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores
y artistas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006865. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de julio del 2016.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2016050333 ).
Erick Solano Coto, soltero, cédula de identidad N° 111350461,
en calidad de Apoderado Especial de Kurt Wasserman Consulting
LLC, con domicilio en 21827 North Scottsadale, AZ 85255, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: MIRADA FLASH,
como marca de fábrica en clase: 3. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: Productos de belleza, particularmente
encrespadores de pestañas y suero para el crecimiento de pestañas.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 4 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006432. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 26 de julio del 2016.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2016050341 ).
Juan Carlos Cersosimo D’agostino, casado dos veces, cédula
de identidad 110800755, en calidad de apoderado especial de La
Pirámide Sociedad de Capital Variable con domicilio en San
Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: DECO BLOND como marca de fábrica en clase
3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
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cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006577. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Carlos
Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050369 ).
Juan Carlos Cersosimo D’Agostino, casado dos veces,
cédula de identidad 110800755, en calidad de apoderado especial
de la Piramide Sociedad de capital variable, con domicilio en San
Salvador, Departamento de San Salvador, El Salvador , solicita
la inscripción de: DECO PERÓXIDO como marca de fábrica
en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
productos cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006578. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—
Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050370 ).
Noelia del Rosario Mora Godinez, casada una vez, cédula de
identidad 111730785 con domicilio en La Sabana de Tarrazú, 100
metros al este del Típico La Sabana, San José, Costa Rica , solicita
la inscripción de: BYG ECOPOLLO
como marca de comercio en clase: 29 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Pollo crudo
y sus derivados. Reservas: de los colores: amarillo,
rojo, negro y verde. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de junio de 2016.. Solicitud
Nº 2016-0006081. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio
del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2016050401 ).
Eslava María Hernández Jiménez, divorciada dos veces,
cédula de identidad 303040442, en calidad de apoderada especial
de Alberysam Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica 3-102-228105, con domicilio en Heredia, Mercedes Norte;
900 metros al norte, del Palacio de los Deportes, contiguo a la
Capilla Barrio España, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MONTEALTO MAGIS ALTIUS como marca de servicios
en clase: 41. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades
deportivas y culturales, servicios de educación prestados por
colegios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006624. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—
Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2016050410 ).
Carlos Eduardo Corella Carballo, casado dos veces, cédula
de identidad Nº 103360491, con domicilio en: Mercedes Norte, 460
metros al norte del Liceo Samuel Sáenz Flores, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CORELLA
como marca de comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao y
sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y
preparaciones a base de cereales; pan, productos de
pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza;
vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 01 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006364.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85
de la Ley N° 7978.—San José, 13 de julio del 2016.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2016050412 ).
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La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
José Pablo Monge Villalobos, casado una vez , cédula de
identidad 109880147, en calidad de apoderado generalísimo
de Oxus Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101714409, con
domicilio en Vásquez de Coronado, distrito Primero San Isidro; 150
metros sur, de la Panadería Santa Rita, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Jaspe
como nombre comercial en clase: 49 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un
establecimiento comercial dedicado a tratamientos
faciales, servicios estéticos y spa, ubicado en San
José, Vásquez de Coronado, Distrito primero, San
Isidro, 150 metros sur de la Panadería Santa Rita
Reservas: De los colores: verde y morado. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a
partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de
julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006569. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—
San José, 18 de julio del 2016.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2016050446 ).
Norman Castro Hidalgo, soltero, cédula de identidad 104830383
con domicilio en Ipís de Goicoechea cond. Korobo casa N° 62, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Folclórica Nayuribes Oro
como marca de servicios en clase 41 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio
entretenimiento. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 07 de junio del 2016,
solicitud Nº 2016-0005471. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2016.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2016050449 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869,
en calidad de apoderado especial de Lost Beach Vacation Rentals
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102681913
con domicilio en Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa número
400, portón café, San José, Costa Rica solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clases 39 y 43
internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 39 Organización de viajes turísticos,
servicios de organización de paquetes turísticos,
servicios de reservas de viajes turísticos,
suministro de información por internet sobre
viajes turísticos y 43 Servicios de alojamiento en complejos
turísticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006617. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de julio del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050502 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad Nº
113790869, en calidad de apoderado especial de Lost Beach
Vacation Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica Nº 3102681913, con domicilio en: Escazú, San Rafael,
Calle La Ceiba, casa Nº 400, portón café, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: LOST BEACH VACATIONS como
marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: organización de viajes turísticos, servicios
de organización de paquetes turísticos, servicios de reservas de
viajes turísticos, suministro de información por internet sobre viajes
turísticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006618. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050503 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad Nº
113790869, en calidad de apoderada especial de Lost Beach Vacation
Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº
3102681913, con domicilio en: Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba,
casa Nº 400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Lost Beach Rentals como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
alojamiento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de julio del 2016. Solicitud N° 2016-0006619. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050505 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869,
en calidad de apoderada especial de Lost Beach Vacation
Rentals Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
3102681913con domicilio en Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba,
casa número 400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Lost Beach Management como marca de servicios
en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 36
Administración de bienes inmuebles. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160006620. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2016.—
Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050506 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad 113790869,
en calidad de apoderado especial de Lost Beach Vacation Rentals
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102681913
con domicilio en Escazú, San Rafael, Calle La Ceiba, casa número
400, portón café, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LOST BEACH
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: 49 Un establecimiento
comercial dedicado a la organización de viajes turísticos, servicios de
organización de paquetes turísticos, servicios de reservas de viajes
turísticos, suministro de información por internet sobre viajes
turísticos, alojamiento turístico y vacacional, reservas de alojamiento
turístico servicios de guías turísticos, alquiler, mantenimiento y
administración de propiedades, ubicado en Puntarenas, Jacó, Calle
Ancha Plaza Blvd Comercial 1. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 08 de julio de 2016. Solicitud Nº 20160006621. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio de 2016.—
Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2016050507 ).
Robert C. Van Der Putten, divorciado, cédula de identidad
800790378, en calidad de apoderado especial de Insumos DISAGRO
para la Industria S. A., con domicilio en Anillo Periférico 17-36 Zona
11, ciudad de Guatemala, República de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: Aquaplus Oxy-Plus
como marca de fábrica y comercio en
clase: 1. Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 1 Fertilizantes
minerales, orgánicos, inorgánicos, para
aplicación en la tierra, edáficos, foliares,
solubles, mezclas físicas, químicas,
fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para las tierras y cultivos.
Reservas: De los colores: celeste y gris. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 22 de julio del 2016. Solicitud Nº 20160007097. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de julio del 2016.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016050509 ).
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
Marcas de ganado
Solicitud N° 2016-1391.—Juan Rafael Mora Hernández,
cédula de identidad 2-0166-0894, en calidad de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Asolico Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-368624, solicita la inscripción de:
S8E
como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia,
Sarapiqui, La Virgen, San Miguel, Colonia Carvajal, de la escuela
4 kilómetros al este. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 11 de julio del 2016. Según expediente N° 2016-1391.—San
José, 12 de julio del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2016050487 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
el Estatuto de la entidad: Asociación Fintech Centroamérica y El
Caribe, con domicilio en la provincia de: San José-Escazú, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Procurar los intereses
generales de sus asociados en cualquier asunto de interés común
ante todo tipo de entidades y organizaciones públicas y privadas
ya sean nacionales o internacionales prestándoles asesoría y apoyo
para solucionar sus problemas particulares. Cuyo representante,
será el presidente: Ernesto José Leal Medal, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 402820.—Dado en
el Registro Nacional, a las 13 horas 41 minutos y 32 segundos,
del 21 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016050143 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su
inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana
Beth Shalom Internacional, con domicilio en la provincia
de: Guanacaste-Liberia, cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: propagación de la fe cristiana, todo con
base en la doctrina de Jesucristo divulgando y enseñando la
Palabra de Dios, contenida en las Sagradas Escrituras y para
tal efecto podrá instalar salas o iglesias donde podrán celebrar
sus reuniones, cultos religiosos y educacional, cultural e
intelectual, para todos sus asociados y publico simpatizante.
Cuyo representante, será el presidente: Luis Miguel Ramos
Consuegra, con las facultades que establece el estatuto.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento: Tomo: 2016, asiento: 403192.—
Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 33 minutos y 51
segundos, del 27 de junio del 2016.—Lic. Henry Jara Solís,
Director a. í.—1 vez.—( IN2016050496 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patente de invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Genentech
Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada:
INHIBIDORES DE SERINA/
TREONINA CINASA. La
presente invención se refiere a
compuestos que tienen la
fórmula I en donde R1, X1, X2,
X3 y X4 como se define en la
presente son inhibidores de la
cinasa ERK. También se
describen
composiciones
y
métodos para tratar trastornos hiperproliferativos. La memoria
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descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 498/16; C07D
471/16; A61K 31/435; cuyo(s) inventor(es) es(son) Kolesnikov,
Aleksandr, Do, Steven. Prioridad: 06/12/2013 US 61/912,905;
03/12/2014 WO 2014US068452. Publicación internacional:
11/06/2015 WO2015/085007. La solicitud correspondiente lleva el
número 20160309, y fue presentada a las 14:10:30 del 04 de julio del
2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 06 de julio del 2016.—Lic.
Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016051362 ).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794,
mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Genentech,
Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada:
COMPOSICIONES
Y
MÉTODO PARA TRATAR
CONDICIONES ASOCIADAS
CON EL COMPLEMENTO.
La
invención
proporciona
métodos y composiciones para
tratar
varias
enfermedades
degenerativas (por ejemplo,
AMD) con un inhibidor del factor
D (por ejemplo, anticuerpo antifactor D o fragmento de unión al antígeno de este). También se
proporcionan métodos de selección o identificación de pacientes para
el tratamiento con un inhibidor del factor D. Los métodos incluyen el
uso de biomarcadores pronósticos y/o predictivos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C12Q 1/68; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Yaspan, Brian, Graham, Robert Royal, Dressen,
Amy, Li, Zhengrong, Strauss, Erich, Bugawan, Teodorica. Prioridad:
/ /; 16/08/2013 US 61/866,651; 30/08/2013 US 61/872,098;
11/08/2014 WO 2014US050579; 02/05/2014 US 61/988,012;
07/07/2014 US 62/021,487. Publicación internacional: 19/02/2015
WO2015/023596. La solicitud correspondiente lleva el número
20160132, y fue presentada a las 13:18:04 del 16 de marzo del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 14 de julio del 2016.—Lic.
Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016051363 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)
PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado
Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso,
HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud
de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y
ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de:
MAUREEN BARBOZA ALVARADO, con cédula de identidad
número 1-1020-0723, carné número 24029. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Exp. 16-001435-0624-NO.—San José, 15 de
julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2016050551 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)
PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado
oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso,
HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud
de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y
ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de:
ANA LIDIETTE PEÑA GUTIÉRREZ, con cédula de identidad
número 5-0216-0427, carné número 17775. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
Pág 16
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes
a esta publicación. Expediente Nº 16-001449-0624-NO.—San
José, 21 de julio del 2016.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos.—1
vez.—( IN2016051058 ).
CIENCIA, TECNOLOGÍAY TELECOMUNICACIONES
El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones,
por medio del Viceministerio de Telecomunicaciones, de
conformidad con lo contenido en el artículo 361 de la Ley General
de la Administración Pública Nº 6227, somete a consulta pública no
vinculante de las instituciones y público en general:
El “Proyecto Canon de Reserva del Espectro
Radioeléctrico 2017 pagadero 2018 y Plan
Operativo Institucional 2017”, emitido
por parte de la Superintendencia
de Telecomunicaciones
Las personas interesadas podrán hacer llegar sus observaciones
o comentarios a la Dirección de Evolución y Mercado de
Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones, del
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT),
ubicada en San José, Barrio Tournón, Edificio Almendros, diagonal
a las oficinas del Sistema Nacional de Áreas de Conservación
(SINAC), en el horario de 08:00 a. m. a 04:00 p. m., al fax: 22111280 o al correo electrónico: [email protected] dentro del
plazo de diez días hábiles a partir de la presente publicación.
Para consultar el texto del proyecto presentado por SUTEL,
favor visitar la dirección electrónica: http://www.telecom.
go.cr/cp_canon_2017.—Cynthia Morales, Directora a. í. de
Concesiones y Normas en Telecomunicaciones, Viceministerio de
Telecomunicaciones.—Licda. Gabriela Vargas Salmerón, Encargada
de Publicaciones.—1 vez.—O. C. Nº 3400027420.—Solicitud Nº
62700.—( IN2016056880 ).
AMBIENTE Y ENERGÍA
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0359-2012.—Exp. N° 9731P.—Agroravi S. A., solicita
concesión de: 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo AB-1605 en finca de su propiedad
en Paracito, Santo Domingo, Heredia, para uso agroindustrial.
Coordenadas 219.770 / 532.750 hoja abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir
de la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2013.—
Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2013049803 ).
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
Registro civil-Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de
ocurso incoadas por Karla María Flores no indica segundo apellido
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
Nº 2891-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de
Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas veintiún minutos
del dos de setiembre de dos mil catorce. Expediente Nº 294512014. Resultando: 1°—..., 2°—... Considerando: l.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Ian Santiago Megelas Flores... en el sentido que
e! nombre y el apellido de la madre,... son “Karla María Flores no
indica segundo apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—( IN2016050504 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Juan
José Mayorquín Ruiz, se ha dictado la resolución N° 3432-2016, que
en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del
quince de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 4704-2016. Resultando
1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—
Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquense los asientos nacimiento de
Fabián José Ruiz Pavón; de Nayeli Francisca Ruiz Ramírez; y de
Natalia de los Ángeles Ruiz Ramírez, en el sentido que los apellidos
del padre son Mayorquín Ruiz.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—
1 vez.—( IN2016050541 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por
Marisol Rivas García, se ha dictado la resolución N° 3497-2016,
que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas treinta
minutos del quince de junio del dos mil dieciséis. Exp. N° 419782015. Resultando 1°—..., 2°—…, 3°—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento
de nacimiento de Walter Sequeira Díaz, en el sentido que el primer
apellido de la madre es Rivas.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2016050568 ).
Se hace saber que en diligencias incoadas por Hernán Camilo
Sánchez Bolaño, se ha dictado la resolución Nº 3860-2016 que en
lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección
de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del cinco de julio
del dos mil dieciséis. Expediente Nº 46347-2015. Resultando: 1º—
…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—
Sobre el Fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento
de Camila Hurtado Palma, en el sentido que la persona inscrita debe
tenerse registralmente como hija únicamente de Johanna Carolina
Palma Vásquez, costarricense.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2016051625 ).
AVISOS
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Ernesto Salvador López Meléndez, mayor, unión libre,
ejecutivo de ventas, nicaragüense, cédula de residencia N° DI
155808233611, vecino de San José, Desamparados San Jerónimo
Residencial Tauro casa 25, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº
138276-2015.—San José, 20 de junio de 2016.—German Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050488 ).
Dexter Agustín Esposito Silveyra, mayor, soltero, publicista,
venezolano, cédula de residencia N° DI 186200063924, vecino de
Guachipelín de Escazú, Loma Real, Condominio La Salamandra
casa 2, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 138282-2015.—San José, 20
de junio del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1
vez.—( IN2016050495 ).
Sofía del Carmen Valenzuela Reyes, mayor, soltera, estudiante,
mexicana, cédula de residencia N° DI 148400131035, vecina
de San José, 1.5 km al este de Wal-Mart Curridabat, Residencial
Santa Lucía, casa 23 carretera vieja a Tres Ríos, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
138056-2015.—San José, 23 de junio de 2016.—German Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050515 ).
Edwin Trejos Luna, mayor, casado, economista, nicaragüense,
cédula de residencia número 155804361905, vecino de Tres Ríos, La
Unión, Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este
Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 134955-2015.—San José, a las
1:53 horas del 26 de noviembre del 2015.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050518 ).
Lesly Vanessa Requene Castro, mayor, soltera, servidora
doméstica, nicaragüense, cédula de residencia N° 155821525025,
vecina de El Carmen Guadalupe San José, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término
de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
136368-2015.—San José, 20 de abril de 2016.—Vinicio Mora
Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050520 ).
Katerine Garcia Mejía, mayor, soltera, ingeniera, colombiana,
cédula de residencia N° DI 117000006414, vecina de Heredia,
Central, San Francisco, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1382952015.—San José, 20 de junio del 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050521 ).
Lorena Álvarez Yandun, mayor, soltera, soporte técnico,
colombiana, cédula de residencia N° DI 117001057929, vecina
de San José, Cuatro Reinas de Tibás del Mega Super; 100 norte,
Condominio Toñita Apartamento 42, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este registro, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1379532015.—San josé, 29 de julio del 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050545 ).
María Adela Vásquez López, mayor, unión libre, comerciante
independiente, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200334701,
vecina de Desamparados, Los Guidos, Sector 3 calle 8, casa N° 12,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de
este aviso. Exp. 137151-2015.—San José, 21 de abril del 2016.—
Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050555 ).
Dora Cecilia Restrepo Monsalve, mayor, viuda, pensionada,
colombiana, cédula de residencia N° DI 117000434733, vecina de
Heredia, San Francisco, Condominio Hacienda San Agustín, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante
la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este registro, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 138298-2015.—San josé, 20 de junio del 2016.—
German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050580 ).
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CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-001459-01
Contratación de una empresa que realice el análisis y rediseño
de la estructura organizacional de la Auditoría
General del Banco Nacional
El pliego de condiciones y planos de este proceso podrá ser
retirado a partir de este momento, en la oficina de la Proveeduría
General, situada en el edificio de la Dirección de Recursos
Materiales del Banco Nacional de Costa Rica, en La Uruca, frente a
la Mercedez Benz, sin costo alguno.
Las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General, a
más tardar a las diez (10:00 a.m.) horas, según reloj ubicado en este
despacho, del día 29 de agosto del 2016.
La Uruca, 23 de agosto del 2016.—Dirección General
de Infraestructura y Compras.—Lic. Erick Aguilar Díaz,
Supervisor de Carteles.—1 vez.—O. C. N° 522965.—
Solicitud N° 63028.—( IN2016057086 ).
AVISOS
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SAN JOSÉ OESTE
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA UNIDAD PEDAGÓGICA
DANIEL ODUBER QUIRÓS
CONTRATACIÓN PÚBLICA N° 001-2016
Productos Alimenticios Comedor Escolar del Curso Lectivo
2017 (Productos alimenticios cárnicos, lácteos, frutas,
verduras, legumbres y abarrotes)
La Junta Administrativa de La Unidad Pedagógica Daniel
Oduber Quirós, invita a participar en La Contratación Pública N°
001-2016, para el suministro de Productos Alimenticios Comedor
Escolar del Curso Lectivo 2017 (Productos alimenticios cárnicos,
lácteos, frutas, verduras, legumbres y abarrotes).
La contratación se financiará por transferencia directa del
Programa PANEA, según acuerdo del acta número 281, artículo 6
del 16 de agosto del 2016.
Dicho Cartel estará disponible del 24 de agosto al 13 de
setiembre del 2016, en las instalaciones del Centro Educativo, en
Oficina de La Dirección de 8:00 a.m. a 3:30 p.m.
El Costo del Cartel es de ¢5.000,00 y podrán depositarlo a la
cuenta: N° 100-1-000-144030-4. Cuenta Cliente: 15100011440304.
Nota Aclaratoria: Se comunica a otros interesados en participar
en Las Contrataciones Administrativas para Cocinero y Servicios
Profesionales (Tesorero Contador) que del 5 al 26 de octubre se
estará llevando a cabo el Proceso de Licitación al cual tendrán
acceso, solicitando El Cartel de Licitación de 8:00 a.m. hasta las
3:30 p.m. en la Oficina de La Dirección de La Unidad Pedagógica.
Yo r l e n J i m é n e z C a r v a j a l , P r e s i d e n t e . — 1 v e z . —
( IN2016056998 ).
ADJUDICACIONES
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES
LICITACION PÚBLICA Nº 2016LN-000001-CNR
Proyecto: compra e instalación de sistema de aire
acondicionado para el edificio A del CONARE
El Consejo Nacional de Rectores avisa que mediante sesión
Nº 24-16 del 16 de agosto del 2016, se acuerda en firme readjudicar
la Licitación Pública Nº 2016LN-000001-CNR “Proyecto: compra
e instalación de sistema de aire acondicionado para el edificio A del
CONARE” de la siguiente forma:
Climatisa Climatización Industrial S. A., cédula jurídica
3-101-505197. Proyecto: Compra e instalación de sistema de aire
acondicionado para el edificio A del Consejo Nacional de Rectores.
Incluye mano de obra y materiales. Plazo de ejecución 15.5 semanas.
Todo de acuerdo al cartel y la oferta presentada. Total adjudicado a
Climatisa $590.900,00.
Pavas, 18 de agosto del 2016.—Proveeduría.—MAP. Jonathan
Chaves Sandoval.—1 vez.—O. C. N° 0014628.—Solicitud N°
63056.—( IN2016057090 ).
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
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RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
En el Cementerio Central, existe un derecho a nombre de
Familia Hidalgo Campos y Villalobos Campos, los hermanos de
ambas familias solicitan se traspase este derecho a uno de ellos y
además desean incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: María de los Ángeles Hidalgo Campos, cédula 04-0095-0232
Beneficiarios: María Cristina Hidalgo Núñez, cédula 04-0140-0385
Francine Melissa Arce Hidalgo, cédula 04-0209-0079
Dayan Cristina Arce Hidalgo, cédula 04-0248-0904
Jorge Villalobos Campos, cédula 02-0173-0928
Santiago Villalobos Campos, cédula 04-0087-0313
Susana Villalobos Campos, cédula 02-0162-0335
Lote Nº 105 Bloque F, medida 9 metros cuadrados, para 6
nichos, solicitud 2511, recibo 13974, inscrito en Folio 1 Libro 68.
Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 30 de junio del 2016. Se emplaza por
30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador.—1 vez.—
( IN2016050546 ).
En el cementerio Mercedes, existe un derecho a nombre de:
Álvarez Brenes Alexis, la que en vida fue su esposa solicita se le traspase
este derecho y además desea incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria:
Beneficiarios:
Blanca Rosa Masís Quesada, cédula 03-0219-0717
Paula Alejandra Álvarez Masís, cédula 01-0934-0651
Esteban Alexis Álvarez Masís, cédula 04-0185-0002
Laura Álvarez Masís, cédula 04-0172-0116
José Pablo Álvarez Masís 04-0190-0243
Lote Nº 21 Bloque F, medida 6 metros cuadradas, para 4
nichos, solicitud 235, recibo 63328, inscrito en Folio 11 Libro 1, el
cual fue adquirido el día 16 de octubre de 1993. Datos confirmados
según constancia extendida por la Administración de Cementerios
con fecha 07 de julio de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a
todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que
se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad
de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de
Cementerios.—1 vez.—( IN2016050552 ).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
La Municipalidad de Orotina informa: que mediante acuerdo
definitivamente aprobado por el Concejo Municipal de Orotina, en
sesión ordinaria número 14-2016, artículo 06, aparte 2, inciso 2).
Comunicado mediante oficio MO CM 0083 16 2016-2020. Donde
se autoriza la actualización de la tarifa de recolección y disposición
final de desechos de la siguiente manera:
Según estudio Municipalidad
Residencial
Comercial 1
Comercial 2
Comercial 3
Comercial 4
Comercial 5
Institucional
Tarifa
Redondeada
3.958,00
9.894,00
19.788,00
31.660,00
47.491,00
63.321,00
7.915,00
Que en fecha 8 de julio de 2016, se ha publicado por primera
vez la actualización de la tarifa.
Por tanto: Se procede a publicar por segunda vez las tarifas
aprobadas, ratificando las mismas.
Orotina, 01 de agosto del 2016.—Mba. Margoth Montero
Jiménez, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—( IN2016050548 ).
EL CONCEJO MUNICIPAL DE OROTINA EN EL ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA 20-2016
CELEBRADA EL DÍA 28-07-2016,
ARTÍCULO 1, INCISOS 1-2
Considerando:
Que mediante acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 363,
celebrada el 09 de setiembre de 2014, el Concejo Municipal ha
aprobado el nuevo modelo tarifario, y ha sido publicada la fórmula
y su justificación, en el diario oficial en fecha 31 de octubre de 2014,
La Gaceta 210. Por tanto;
El Concejo Municipal de Orotina, autoriza la actualización de
la tarifa de parques y aseo de vías y sitios públicos de la siguiente
manera:
A. Se establece la fórmula que se aplicará en el caso del servicio
de parques a cada una de las propiedades del distrito primero
del cantón de Orotina:
Nota: El equivalente a 0,06113%
Se establece la fórmula que se aplicará en el caso de aseo de
vías y sitios públicos aplicados a cada una de las propiedades del
distrito primero del Cantón de Orotina:
Nota: El equivalente a 0,05934%
2.- Aprobar en la totalidad el documento presentado por la
administración tributaria denominado entrega de estudios tarifarios
aseo de vías y sitios públicos y parques año 2016, ya que es un
asunto de legalidad, justicia y solidaridad tributaria.”
Aprobada la dispensa de trámite de comisión el fondo y la
firmeza con cinco votos de los Regidores Castillo Castro, Esquivel
Agüero, Rojas Baltodano, González Salas y Montero Rodríguez.
Acuerdo firme publíquese en el diario oficial La Gaceta así mismo
la administración convoca a audiencia pública el próximo 19 de
agosto a la 1:30 p.m. En la sala de sesiones del Concejo Municipal
de la Municipalidad de Orotina. Los expedientes de estos reajustes
de tasas se encuentran a disposición en el Departamento de la
Administración Tributaria.
Kattya Salas Castro, Secretaria.—1 vez.—( IN2016050549 ).
AVISOS
INMOBILIARIA ARMORICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Armorica Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y tres mil doscientos
noventa y nueve, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas la
reposición de los libros de Actas de Asamblea General y Actas de Junta
Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan
Carlos Rossi Lara, Presidente.—1 vez.—( IN2016051555 ).
VILLATORRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Yo, Ricardo Adolfo Rojas Kopper, mayor de edad, casado
una vez, Ingeniero Industrial, vecino de San José, Pozos de Santa
Ana, Bosques de Lindora, casa número ciento treinta y nueve,
portador de la cédula de identidad número uno-quinientos ochentacuatrocientos seis, en mi condición de gerente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Villatorres Sociedad
de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos siete mil setecientos ochenta, por este
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
medio hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros
de Asamblea General, Registro de Accionistas y Junta Directiva
de dicha sociedad debido a su extravío sin conocer su paradero.—
San José, primero de agosto de dos mil dieciséis.—Ricardo Rojas
Kooper, Gerente.—1 vez.—( IN2016051736 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinticinco de
julio del año dos mil dieciséis, se protocolizan acuerdos de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad BC
Network Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula
octava del pacto constitutivo, revocar nombramientos de secretario,
tesorero y fiscal y hacer otros de nuevo.—San José, cuatro de agosto
del año dos mil dieciséis.—Licda. Ligia María González Leiva,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051390 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, en la ciudad de
San José a las trece horas de hoy, se constituyó Cospersacr Sociedad
Anónima. Capital social totalmente inscrito y pagado. Domicilio San José.
Plazo social cien años.—San José, tres de agosto del dos mil dieciséis.—
Licda. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—( IN2016051500 ).
Por escritura autorizada a las nueve horas de hoy, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Inversiones Maraca de Guápiles S. A., en que se modifica la cláusula
sexta de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación
de la sociedad, se elimina el agente residente, se ratifica en sus cargos
al presidente y al secretario y se nombran nuevos tesorero y fiscal.—
San José, primero de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. José Leonardo
Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2016051503 ).
Esta notaría protocolizó acta de asamblea general de socios
de Agropecuaria Luna de Octubre S. R. L., cédula tres-ciento
dos-cero ochenta y seis mil quinientos veinticuatro, en la cual se
reforman las cláusulas segunda, tercera, séptima y octava de los
estatutos.—San José, 28 de julio de 2016.—Lic. Enio Dino Blando
Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016051524 ).
Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante en
notaría, a las 18:00 horas del 03 de agosto del 2016, de la empresa
Inversiones Veinticuatro Garita-Alajuela S. A., se reformó
cláusula segunda domicilio, y se nombró nueva junta directiva y
fiscal.—Heredia, Belén, 23 de junio del 2016.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016051525 ).
Ante esta notaría, se solicitó realizar protocolización de
cambio de junta directiva de la sociedad anónima Piedra y Montero,
cedula jurídica 3-101-150483.—Cartago, 02 de agosto del 2016.—
Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016051527 ).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco-nueve otorgada
a las 09:00 horas del día 04 de agosto del año 2016, protocolicé una
acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima
Tres-Ciento Uno-Seiscientos Dieciocho Mil Ochocientos
Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente
y tesorera.—San José, 04 de agosto dieciséis.—Licda. Nancy
Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016 051531).
Por escritura número ciento cincuenta y seis-nueve otorgada
a las 10:00 horas del día 04 de agosto del año 2016, protocolicé una
acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima
Tocarema Altos Trescientos Tres Sociedad Anónima, se nombra
nuevo presidente, secretario, tesorera y fiscal.—San José, 04 de
agosto del dos dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051533 ).
Por escritura otorgada a las nueve horas del once de junio
de dos mil dieciséis, se modifica nombre de la sociedad Equipos
Topográficos S. A. por Tres D Mapping S. A.—San José,
uno de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Daniel León Núñez,
Notario.—1 vez.—( IN2016051547 ).
Por escritura pública otorgada a las trece horas del veinticinco
de julio de dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Marketing
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Guanacasteco LB Sociedad Anónima, por los que se aumenta el
capital social y se modifica el número de acciones.—Liberia, dos
de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Gerardo Andrés Camacho
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016051551 ).
Por escritura otorgada hoy protocolicé el acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas celebrada por Los Cuarzos de
Piedra S. A., en la que se modifica cláusula cuarta del plazo.—San
Ramón, Alajuela, 3 de agosto de 2016.—Lic. Luis Adrián Quirós
Carmona, Notario.—1 vez.—( IN2016051559 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del 21 de
julio del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad Consultoría y Tasación Cimeca S. A. Se
disuelve la sociedad.—Cartago, 21 de julio del 2016.—Lic. Edwin
Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016051561 ).
Mediante escritura de protocolización de acta de Cárnicas
San Martín S. A. se procedió a reformar las clausulas segunda del
domicilio y sétima de la administración de esa sociedad, así mismo se
nombró nueva junta directiva. Escritura 189 folio 87 vuelto tomo tres
de 14 horas 3 agosto del 2016.—San José, 4 de agosto del 2016.—Lic.
José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2016051622 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de
Esparza, a las 14:30 horas del 21 de octubre de 2015, Carlos Alberto
Peña Díaz, cédula de residencia 186200541416, José Gregorio
Martínez Gamardo, cédula de residencia 186200541630 y Rafael
Ángel Martínez Gamardo, cédula de residencia 186200540522,
constituyen una sociedad anónima denominada MG & PD S. A.,
domiciliada en Esparza, distrito primero, cantón segundo de la
provincia de Puntarenas, específicamente en Esparza centro, de la
Escuela Arturo Torres setenta y cinco metros norte, con un plazo
social de 99 años y un capital social de 120.000 colones.—Licda.
Virginia Vindas Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2016051660 ).
El día de hoy ante esta notaria, se ha otorgado escritura
mediante la cual la compañía Temperatura Alta Sociedad
Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil seiscientos
treinta y nueve, nombra secretario de la junta directiva.—Alajuela,
primero de agosto del año dos mil dieciséis.— Lic. Mario Alberto
Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016051672 ).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las 10:00 horas
del día 29 de julio del año 2016, se protocolizan acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Overseas Management Trust Services Inc Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-689276, en
la que se acuerda la modificación de la cláusula novena del pacto
constitutivo.—San José, 3 de agosto del año 2016.—Lic. Esteban
Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016051677 ).
Ante esta notaría, por escritura de las diecisiete horas treinta
minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Vistas Lindas de Santa Rosa
S. A. Capital social diez mil colones; totalmente suscrito y pagado.
Domicilio Alajuela, Barrio San José, frente al costado norte del
Templo Católico. Presidente Jefry Rodríguez Rodríguez. Plazo
social noventa y nueve años.—Alajuela 21 de julio del 2016.—Lic.
Aníbal Zavaleta Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2016051694 ).
Por escritura número 57-8, del tomo número 8 de mi protocolo,
otorgada a las 15:30 horas del 28 de junio del 2016, el señor
Vernor Lines Sancho y la sociedad V L & Asociados Limitada,
constituyeron una sociedad anónima.—Lic. Raymundo Volio Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2016051710 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizan
acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Amapola
Cuatro S. A., por medio de los cuales se reforma la cláusula primera
del nombre, segunda domicilio, sétima representación y se nombra
junta directiva y fiscal.—San José, 3 de agosto del 2016.—Licda.
Ana Isabel Borbón Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016051713 ).
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Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 03 de
agosto del 2016, se nombra nuevo presidente de la junta directiva;
y fiscal; de la sociedad Tanano & C.A.L.I.F.A.C. S. A.—Ciudad
Quesada, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ivannia Barboza Carvajal,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051719 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Bohemia Venture Investments Limitada.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario.—1 vez.—CE2016005526.—( IN2016052403 ).
En escritura número ciento setenta de las diez horas del
veintinueve de julio del año dos mil dieciséis, protocolice acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vita
Bellavista Casa Doscientos Catorce Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta
y seis mil setecientos treinta y seis, reformando las cláusulas
segunda y décima del pacto constitutivo de la sociedad.—San José,
veintinueve de julio del 2016.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser,
Notario.—1 vez.—( IN2016051739 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos
del 3 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bruno
Zafiro Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera
Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2016005527.—( IN2016052404 ).
La suscrita notaria pública, hago constar que mediante
escritura número cuarenta y cuatro del tomo uno de mi protocolo,
se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
empresa Softdial S. A., en donde se realizó cambio de junta directiva
y modificación parcial de la cláusula sexta del pacto constitutivo.—
San José, 4 de agosto del 2016.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051741 ).
Mediante protocolización de acta de asamblea general
extraordinaria de socios otorgada ante esta notaría, a las diecisiete
horas del siete de abril del año dos mil dieciséis, se aumenta el
capital social de la sociedad denominada Construcciones Yireh
Sociedad Anónima.—Barva, 3 de agosto de 2016.—Lic. Zamantha
Pamela Cedeño Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016051745 ).
Por escritura número 2-2 otorgada ante los notarios públicos
Ariel Leiva Fernández y Daniel Guillén Jiménez, a las 16 horas
del 01 de junio de 2016, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Agrícola El Cántaro
S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula 5 del
pacto social.—San José, 21 de julio de 2016.—Lic. Daniel Guillén
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016051758 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00
horas del 4 de agosto del 2016, se protocolizó asamblea general de
accionistas de Savoy Royalty S. A., en San José, en su domicilio
social, a las 11:00 horas del 3 de agosto del 2016, se reformaron
las cláusulas segunda y sexta referentes al domicilio social y la
representación.—San José, 4 de agosto de 2016.—Lic. Andrés Mora
Carli, Notario.—1 vez.—( IN2016051764 ).
Se hace saber que por escritura pública número 24-7, otorgada
ante mí notaría; a las 08:30 horas del día 28 de junio de 2016, se disuelve
la sociedad denominada Corporación Gova Sociedad Anónima,
domiciliada en Cartago centro, con cédula de persona jurídica número
3-101-105453.—Cartago 04 de julio de 2016.—Lic. Óscar Eduardo
Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2016051771 ).
Por escritura otorgada ante mí Ilse González Menéndez,
constituyo A Best Harvest Sociedad Anónima, abreviado a su
aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Representación
legal ejerciendo su presidente Jonnathan Núñez Barrantes y tesorero
Winston Fernández Escobar, conjuntamente.—San José, cuatro de
agosto del dos mil dieciséis.—Licda. Ilse González Menéndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051773 ).
Mediante escritura pública número 38-7, otorgada ante esta
notaría, en Cartago a las 08:00 horas del 27 de julio de 2016, visible al
folio 022 frente del tomo 7 del protocolo del suscrito notario público, se
ha constituido la sociedad denominada Inversiones Flapa Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse S. A., capital social totalmente
suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 27 de julio de 2016.—
Lic. Óscar Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2016051774 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Multicultivos del Pacífico Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Roldán Morales
Novoa, Notario.—1 vez.—CE2016005517.—( IN2016052394 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas
00 minutos del 05 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Harbour Ventures Limitada.—San José, 06 de mayo
del 2016.—Lic. Ricardo Barquero Córdoba, Notario.—1 vez.—
CE2016005528.—( IN2016052405 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas
30 minutos del 6 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Visus Merchandising Sociedad Anónima.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2016005529.—( IN2016052406 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00
minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Pinkmeup Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Cecilia
Naranjo Arias, Notaria.—1 vez.—CE2016005530.—( IN2016052407 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas
00 minutos del 30 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Meta y Paz Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1
vez.—CE2016005531.—( IN2016052408 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Desarrollos Urbanísticos Garabito Azul GMH Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Julián Ortega
Volio, Notario.—1 vez.—CE2016005532.—( IN2016052409 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15
minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Inmobiliaria Rokafa de la Fuente Sociedad Anónima.—San José,
06 de mayo del 2016.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016005533.—( IN2016052410 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 05 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Marisquería El Puente Sociedad Anónima.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Lucrecia Campos Delgado,
Notaria.—1 vez.—CE2016005534.—( IN2016052411 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada AD Corp Cloud Sociedad Anónima.—San José, 06
de mayo del 2016.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1
vez.—CE2016005535.—( IN2016052412 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Oficinas CCIFCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016005536.—( IN2016052413 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00
minutos del 5 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Taller Mecánico Hermanos Ramírez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Xinia María Arias
Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2016005537.—( IN2016052414 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas
00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jovisan Incorporated Sociedad Anónima.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2016005538.—( IN2016052415 ).
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Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Consulta Médica Oncológica JMBD Limitada.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Karla Vanessa Corrales
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016005539.—( IN2016052416 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
30 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Professional English Services Inc. Sociedad
Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Federico Calvo
Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016005551.—( IN2016052428 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora de Pollo y Huevos San Benito S. B Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Arturo Arce
Lara, Notario.—1 vez.—CE2016005540.—( IN2016052417 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 15 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Instituto Tecnológico del Sur ITESUR Sociedad Anónima.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Augusto José Rojas Trejos,
Notario.—1 vez.—CE2016005552.—( IN2016052429 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada González y Restrepo Comercializadora Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Celenia Godínez
Prado, Notaria.—1 vez.—CE2016005541.—( IN2016052418 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Rents Cinco Cero Seis Sociedad Anónima.—San José,
06 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2016005542.—( IN2016052419 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas
40 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inspiration Design Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Ismene Arroyo
Marin, Notario.—1 vez.—CE2016005543.—( IN2016052420 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Baptista & Company Business Services Limitada.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Karla Vanessa Corrales
Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016005544.—( IN2016052421 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Lordeco Realty Sociedad Anónima.—San José,
6 de mayo del 2016.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez,
Notario.—1 vez.—CE2016005545.—( IN2016052422 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas
30 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Single Tropical Birds of Junquillal C.O.J.D
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de mayo
del 2016.—Lic. Lauren Roxana Campos Campos, Notaria.—1
vez.—CE2016005546.—( IN2016052423 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas
00 minutos del 27 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jadamat Latam Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—
CE2016005547.—( IN2016052424 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00
minutos del 4 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada
Red Social Lógica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava,
Notario.—1 vez.—CE2016005548.—( IN2016052425 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
15 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Guerrero Sociedad Anónima.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Denis Mauricio Artavia Cordero,
Notario.—1 vez.—CE2016005549.—( IN2016052426 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas
00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Balmofrawi Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—
CE2016005550.—( IN2016052427 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 00
horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Rosa Gue Sociedad Anónima.—San José,
6 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—
CE2016005553.—( IN2016052430 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 04 horas
00 minutos del 23 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Muebles Varios y Solano Sociedad Anónima.—
San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams
Anglin, Notario.—1 vez.—CE2016005554.—( IN2016052431 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas
00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada A&T Comercial Sociedad Anónima.—San José, 6
de mayo del 2016.—Lic. Ana María Trejos Zamora, Notaria.—1
vez.—CE2016005555.—( IN2016052432 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas
00 minutos del 5 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Seguridad Privada Villalareso D&J Sociedad
Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Federico Calvo
Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016005556.—( IN2016052433 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas
00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Residencia del Cerro Congo Sociedad Anónima.
San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Andrea Bonilla Hernández,
Notaria.—1 vez.—CE2016005557.—( IN2016052434 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas
00 minutos del 18 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Osarq Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Echeverría Escalante,
Notario.—1 vez.—CE2016005558.—( IN2016052435 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
30 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Centro Interamericano para la Salud Global Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Maritza Araya
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016005559.—( IN2016052436 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Lógica APP SM Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Francisco
Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—CE2016005560.—( IN2016052437 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Arroca Sociedad Anónima.—San José,
6 de mayo del 2016.–Lic. Mileny Quesada Avendaño, Notario.—1
vez.—CE2016005561.—( IN2016052438 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Hotel y Sala de Eventos la Condesa Sociedad
Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.–Lic. Federico Calvo
Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016005562.—( IN2016052439 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13
horas 00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la
sociedad denominada KC Royals Development Sociedad
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de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del
2016.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—
CE2016005563.—( IN2016052440 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Echandi Biología Molecular Sociedad Anónima.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Yiell Flores Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2016005564.—( IN2016052441 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada
JLBW Dain Tree Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Eleonora Alejandra Varela
Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2016005565.—( IN2016052442 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas
00 minutos del 08 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada NAV Star Consulting Sociedad Anónima.—San José,
06 de mayo del 2016.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—CE2016005566.—( IN2016052443 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas
00 minutos del 05 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Trazo Veinticuatro Sociedad Anónima.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Edgar Alberto García Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2016005567.—( IN2016052444 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Campo de Criptana Sociedad
Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Loana Leitón
Porras, Notaria.—1 vez.—CE2016005568.—( IN2016052445 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Los Olivos de Dios Sociedad Anónima.—San José, 6
de mayo del 2016.—Licda. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2016005569.—( IN2016052446 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
13 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Constructora y Bienes Raíces K Y P Sociedad
Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Gustavo Casado
Ramos, Notario.—1 vez.—CE2016005570.—( IN2016052447 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00
minutos del 4 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Guru Driver RC-GD Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Fabio Arturo Guerrero Díaz,
Notario.—1 vez.—CE2016005571.—( IN2016052448 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Scandinavian Management Group Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Ivannia Méndez
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016005572.—( IN2016052449 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09
horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Zara Limitada.—San José, 03 de mayo
del 2016.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—
CE2016005391.—( IN2016052503 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
30 minutos del 26 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Orgánicos de Costa Rica OCR Sociedad Anónima.—
San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio Solís Sandoval,
Notario.—1 vez.—CE2016005392.—( IN2016052504 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Importaciones JYBMD Sociedad Anónima.—San
José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ana Yancy Fuentes Porras,
Notaria.—1 vez.—CE201605393.—( IN2016052505 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Empresarial Auren Sociedad Anónima.—
San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora,
Notario.—1 vez.—CE2016005394.—( IN2016052506 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
30 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Moving and Relocutions Service y GG Limitada.—
San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón,
Notario.—1 vez.—CE2016005395.—( IN2016052507 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
00 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Turísticos Ana Laura Sociedad
Anónima.—San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Minor
Roberto Duran Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2016005396.—
( IN2016052508 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 28 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Ramviquez Sociedad Anónima.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notario.—1
vez.—CE2016005397.—( IN2016052509 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 30 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Fulcon Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo
del 2016.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—
CE2016005398.—( IN2016052510 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 29 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Jovi Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 04
de mayo del 2016.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2016005399.—( IN2016052511 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 22 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria RDGZ Dos Mil Cuatro Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Sergio José Solano
Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2016005573.—( IN2016052450 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas
30 minutos del 15 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada A.I.A. del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 4
de mayo del 2016.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—
CE2016005400.—( IN2016052512 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 3 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Outsourcing Proag Sociedad Anónima.—San José,
6 de mayo del 2016.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1
vez.—CE2016005574.—( IN2016052451 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11
horas 00 minutos del 2 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Patmonjo Limitada.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—
CE2016005401.—( IN2016052513 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
45 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Star Cargo Service Sociedad Anónima.—San José,
22 de mayo del 2016.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2016006251.—( IN2016052466 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 14 horas
00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Soul of The Jungle Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 4 de mayo del 2016.—Lic. César Augusto Mora
Zahner, Notario.—1 vez.—CE2016005402.—( IN2016052514 ).
La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
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Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Piñas y Tubérculos del Edén Sociedad Anónima.—
San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Lolita Arias Sánchez,
Notaria.—1 vez.—CE2016005403.—( IN2016052515 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
30 minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Conejo Vaquez Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—
CE2016005415.—( IN2016052527 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas
00 minutos del 25 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada KRF El Látigo Sociedad Anónima.—San José, 04
de mayo del 2016.—Lic. Ronald Eduardo González Calderón,
Notario.—1 vez.—CE2016005404.—( IN2016052516 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
30 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Liam Baby House Sociedad Anónima.—San José,
04 de mayo del 2016.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2016005416.—( IN2016052528 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15
horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Transportes Refrigerados Jiménez
Vargas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2016005405.—( IN2016052517 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
20 minutos del 23 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Cerba Ferretería Sociedad Anónima.—San José,
04 de mayo del 2016.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría,
Notaria.—1 vez.—CE2016005417.—( IN2016052529 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas
00 minutos del 19 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Taltu de Alajuela Sociedad Anónima.—
San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Alvarado Corella,
Notario.—1 vez.—CE2016005406.—( IN2016052518 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas
00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Casa de Tranquilidad Limitada.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—
CE2016005407.—( IN2016052519 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas
30 minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Dos Tucanes Pura Vida Limitada.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—
CE2016005408.—( IN2016052520 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas
30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada J.J.A Asociados Sociedad Anónima.—San José,
04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez,
Notario.—1 vez.—CE2016005409.—( IN2016052521 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Nesma Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Clara Eugenie Alvarado
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005410.—( IN2016052522 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora Luiska Sociedad Anónima.—San José,
04 de mayo del 2016.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notario.—1
vez.—CE2016005411.—( IN2016052523 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 29 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Autos Las Vegas Sociedad Anónima.—San José,
04 de mayo del 2016.—Lic. Eugenia María Hernández Carballo,
Notaria.—1 vez.—CE2016005412.—( IN2016052524 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas
00 minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Miyamoto International Costa Rica Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—
CE2016005413.—( IN2016052525 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
30 minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Manzana Rosa de Bello Horizonte Sociedad
Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Jeannina Saborío
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2016005414.—( IN2016052526 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas
00 minutos del 20 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Óptima Encuentro Y Bienestar H-J Sociedad
Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Dennis Alfredo León
Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2016005418.—( IN2016052530 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 16 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servicios y Soluciones E & CH Corp. Sociedad
Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ángel Valdivia
Sing, Notario.—1 vez.—CE2016005419.—( IN2016052531 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
30 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Moneyline Investment Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—
Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—
CE2016005420.—( IN2016052532 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Euroimport Nacional Sociedad Anónima.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares,
Notario.—1 vez.—CE2016005421.—( IN2016052533 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas
00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Finchley Group Sociedad Anónima.—San José, 04
de mayo del 2016.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—
CE2016005422.—( IN2016052534 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas
30 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Francois International Sociedad Anónima.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Cecilia Ester Tristán Trelles,
Notaria.—1 vez.—CE2016005423.—( IN2016052535 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Lot Thirty Two VDPG Caracara Limitada.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí,
Notaria.—1 vez.—CE2016005424.—( IN2016052536 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas
00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Ultrabox Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Juan José Nassar Güell,
Notario.—1 vez.—CE2016005425.—( IN2016052537 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00
minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Transportes Refrigerados DJV Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Coto Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2016005426.—( IN2016052538 ).
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La Gaceta Nº 161 — Martes 23 de agosto del 2016
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Fontech Cero Uno Sociedad Anónima.—San José,
04 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1
vez.—CE2016005427.—( IN2016052539 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas
00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Desarrollo el Burgo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 09 de mayo del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino
Granados, Notario.—1 vez.—CE2016005583.—( IN2016052714 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00
horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Total Software Solutions Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notario.—1 vez.—
CE2016005428.—( IN2016052540 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas
05 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Portugalete Quinto A Sociedad Anónima.—San
José, 09 de mayo del 2016.—Licda. Blanca Rosa Rodríguez Ruiz,
Notaria.—1 vez.—CE2016005584.—( IN2016052715 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas
30 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Estrada Debazach Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Álvaro José Meza
Lazarus, Notario.—1 vez.—CE2016005429.—( IN2016052541 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Altituda Verde Pacífico Limitada.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2016005430.—( IN2016052542 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 30 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Biomimesis Sociedad Anónima.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2016005431.—( IN2016052543 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas
00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Serenidad del Océano Limitada.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1
vez.—CE2016005432.—( IN2016052544 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
50 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Billy Dogs Sociedad de Responsabilidad Limitada.—
San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrian Echeverría Escalante,
Notario.—1 vez.—CE2016005433.—( IN2016052545 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
00 minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora Viax Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—
Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—CE2016005434.—
( IN2016052546 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Investment Management Experts Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—
Lic. Omar Jalil Ayales Adén, Notario.—1 vez.—CE2016005435.—
( IN2016052547 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas
00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Minnesota Irish Gte Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Juan Antonio Casafont
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016005436.—( IN2016052548 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas
00 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Katanore Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo
del 2016.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1 vez.—
CE2016005671.—( IN2016052685 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas
30 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Villa Almendro Sociedad Anónima.—San José,
10 de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams Anglin,
Notario.—1 vez.—CE2016005672.—( IN2016052686 ).
NOTIFICACIONES
DIRECCION DE INSPECCIÓN
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del
patrono Servicios de Seguridad Privada y Mantenimiento de Áreas
Verdes Sociedad Anónima, número patronal 2-03101577144-001001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal
de la Caja Costarricense de Seguro Social de Alajuela, ha dictado
el Traslado de Cargos número de caso 1302-2016-578, que en lo
que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial
efectuada, se han detectado omisiones salariales de los trabajadores
detallados en hoja de trabajo, folios 0042 a 0043 del expediente
administrativo, por el período en estudio que comprenden desde
octubre del dos mil cuatro a marzo del dos mil seis, con dos
trabajadores. Total de salarios omitidos ¢8.900.397,45, Total de
cuotas obreras y patronales de la Caja ¢2.017.720,10. Total de
aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢511.772,85.
Consulta expediente: en esta oficina Alajuela, Ciudad Central, de
la esquina sureste de los Tribunales de Justicia cien metros este y
veinticinco metros norte, antiguo Hospital San Rafael de Alajuela, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone
la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones
dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte
Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José.
De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con
solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Alajuela, 28 de julio del 2016.—Lic. Luis
Gerardo Cruz Cruz, Jefe.—1 vez.—( IN2016050561 ).
FE DE ERRATAS
AVISOS
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
En la Política POL/PRO-SC01 Trámites de Plataforma de
Servicios, política específica C “Trámite de Carné”, punto 3, léase
correctamente:
Inciso a.2
2. Debe aportar una declaración jurada emitida por un notario
público en hoja de seguridad no protocolizada, timbrada y
sellada en donde se demuestre la unión de hecho, atendiendo
los requisitos del artículo 242 del Código de Familia.
Inciso f.2
2. Aportar una declaración jurada emitida por un notario
público en hoja de seguridad no protocolizada, timbrada y
sellada, y la documentación que demuestre la convivencia
mínima de tres años.
Junta Directiva.—M.Sc. Lilliam González Castro,
Presidenta.—1 vez.—( IN2016056433 ).