CARATTERISTICHE RETORICO-STILISTICHE NEI

CARATTERISTICHE RETORICO-STILISTICHE NEI DOCUMENTI DELLA
COLLECTIO AVELLANA SULLO SCISMA DI DAMASO E URSINO
Juana Torres
Universidad de Cantabria-Santander
Los documentos relativos al cisma de Dámaso y Ursino están recogidos solamente en la
Collectio Avellana1, y no aparecen en ninguna otra de las colecciones canónicas de ambiente
itálico del s. V-VI. Lo mismo ocurre con la mayoría de las cartas de esa Colección, pues
tampoco han sido incluidas en las demás compilaciones. La más reciente edición de la CA
data del s. XIX, fue realizada por Otto Guenther2 y contiene 243 cartas de papas, emperadores
y altos funcionarios sobre cuestiones jurídicas o canónicas, distribuidas en 5 partes. En este
estudio me voy a centrar en los 13 documentos iniciales de la CA, que se refieren al cisma de
Dámaso y Ursino, con especial atención a los dos primeros: - Quae gesta sunt inter Liberium
et Felicem episcopos y – Libellus quorundam schismaticorum, por ser la parte más importante
del dossier, además de las respuestas imperiales sobre medidas legislativas. La editio princeps
del Libellus y del correspondiente Rescriptum fue llevada a cabo en el s. XVII por Jacques
Sirmond3, a quien se deben los títulos por los que en la actualidad son conocidos: Libellus
precum ad Imperatores, y Rescriptum Theodosii pro Marcellino et Faustino presbyteris. La
edición más reciente, de 2016, es de Aline Canellis y está acompañada de traducción
francesa4.
Seguramente Günther utilizó la primera edición de Sirmond para la elaboración de la CA,
o al menos la tuvo en cuenta en los documentos iniciales, pues explica en la primera nota de
los Gesta que Sirmond lo editó junto con el Libellus y el Rescriptum5. Él hizo lo mismo en su
Cf. R. Lizzi Testa, “La Collectio Avellana e le collezioni canoniche romane e italiche del V-VI secolo: un
progetto di ricerca”, Cristianesimo nella Storia 35 (2014) 77-236, Appendice a cura di G. Marconi - S. Margutti,
pp. 104-236.
2
O. Günther, Epistolae Imperatorum Pontificum Aliorum Inde ab a. CCCLXVII usque DLIII datae Avellana
Quae Dicitur Collectio, CSEL vol. 35, I (Praga, Viena y Leipzig 1895)
3
J. Sirmond, Marcellini et Faustini presbyterorum Libellus precum ad Imperatores, París, 1650.
4
A. Canellis, Faustin (et Marcellin) Supplique aux Empereurs (Libellus precum et Lex augusta), ed. y tr. fr.,
Sources Chrétiennes 504, Paris, 2006.
1
O. Günther, CA, t. I, p. 1: Edidit una cum n. 2 et 2a Iac. Sirmond, Marcellini et Faustini libellus precum…,
Parisiis 1650.
5
edición, incluyendo, a modo de prefacio, una síntesis de los principales sucesos del cisma de
Dámaso y Ursino como consecuencia de las divisiones entre los papas Liberio y Félix.
Todos los estudiosos coinciden en que las Collectiones se elaboraron con unos objetivos
precisos, aunque difieran sobre ellos según el punto de vista6. Por lo que se refiere a la CA,
me parece plausible la hipótesis sugerida por Rita Lizzi7 respecto a los 40 primeros
documentos; en su opinión el rey Atalarico habría encargado al prefecto del pretorio
Casiodoro en el 533 la redacción de un edicto con disposiciones en contra del suffragium
eclesiástico, y le pediría también que dictara normas para evitar que las elecciones episcopales
crearan nuevos cismas. No por casualidad las cartas de la CA tratan sobre algunos cismas de
la iglesia de Roma, por ejemplo el de Dámaso y Ursino y el de Bonifacio e Hilario, pero no se
refieren a otros, como el célebre enfrentamiento entre Símaco y Lorenzo. A juicio de la
estudiosa italiana, la explicación estaría en que los conflictos excluidos pertenecían a la época
del reinado de Teodorico y que, cuando Casiodoro se dispuso a redactar el edicto, pretendía
reconstruir el procedimiento tradicional que había regulado las elecciones papales bajo
emperadores romanos solamente.
Más allá de las hipótesis respecto a la génesis de la CA, lo cierto es que la reconstrucción
histórica de los hechos ha sido llevada a cabo ya magníficamente8 y que, por tanto, en esta
exposición no pretendo aportar nuevos datos. Mi interés se orienta más bien hacia los aspectos
filológicos y, como recoge el título, a los rasgos retórico-estilísticos de los documentos sobre
el cisma entre Dámaso y Ursino. Al final intentaré determinar si las dos primeras cartas
6
Cf., entre otros, E. Wirbelauer, Kirchenrechtliche Sammlungen, in Lexikon der antiken christlichenLiteratur, 3
(2002), 429; P. Blaudeau, Le siège de Rome et l’Orient (448-536): étude géoecclésiologique, (Collection de
l’École française de Rome, 460) Roma 2012.
7
R. Lizzi Testa, “La Collectio Avellana e le collezioni canoniche…, 2014, pp. 94-99.
8
Por citar solo los estudios más recientes, cf. G. De Spirito, “Ursino e Damaso – Una nota”, en Peregrina
Curiositas. Eine Reise durch den ʽorbis antiquusʼ zu Ehren von D. Van Damme, Göttingen, 1994, pp. 263-274;
R. Lizzi Testa, “La politica religiosa di Teodosio I. Mitti storiografici e realtà storica”, en Atti della Academia
Nazionale dei Lincei. Rendiconti, s. 9, vol. VII, (1996) pp. 323-361; J. Fernández Ubiña, “El Libellus precum y
los conflictos religiosos en la Hispania de Teodosio”, Revista de Estudios de la Antigüedad Clásica, 8, Granada,
1997, pp. 103-123; M. Simonetti, “Lucifero di Cagliari nella controversia ariana”, Vetera Christianorum 35,
1998, pp. 279-299; A. Canellis, “Arius et les ʽariensʼ dans le Libellus precum de Faustin et Marcellin”, Studia
Patristica 36, Lovaina, 2001, pp. 489-501; G. Corti, Lucifero di Cagliari. Una voce nel conflitto tra Chiesa e
impero alla metà del IV secolo, Estudia Patristica Mediolanensia 24, Milán, 2004; R. Lizzi Testa, Senatori,
Popolo, Papi. Il governo di Roma al tempo dei Valentiniani, Edipuglia, Bari, 2004, esp. pp. 129-206; A. Alba
López, “El cisma luciferiano”, en G. Bravo Castañeda y R. González Salinero (eds.), Minorías y sectas en el
mundo romano (Actas del III Coloquio de la Asociación Interdisciplinar de Estudios Romanos, 2006, Signifier
Libros, pp. 177-191; y J. Fernández Ubiña, “Los clérigos marginados en el Concilio de Elvira y el Libellus
precum”, en R. González Salinero (ed.) Marginados sociales y religiosos en la Hispania tardorromana y
visigoda, Madrid-Salamanca, 2013, Signifer libros, pp. 21-49.
fueron redactadas por el mismo autor, evidenciando, en cualquier caso, sus características
comunes y sus diferencias.
Ya he señalado que en las ediciones de Sirmond y de Günther la Súplica de los sacerdotes
(presbyteri) Faustino y Marcelino ante la Corte es precedida del relato de los Gesta. Dada su
posición, ha sido considerado una especie de prefacio y se le ha concedido el mismo valor
histórico-jurídico que al Libellus, pero una lectura atenta revela que ambos documentos no se
escribieron al mismo tiempo y que los objetivos y los destinatarios eran también distintos. Se
observa que el texto no es un testimonio objetivo de los acontecimientos que tuvieron lugar
cuando primero Liberio y Félix y después Dámaso y Ursino se disputaron la sede de Roma, ya
que se muestra unilateral y utiliza un tono feroz contra Dámaso. Probablemente su autor era
partidario de Ursino y por ello habría distorsionado la realidad9. Pese al título de este
documento, alusivo a los acontecimientos entre los obispos Liberio y Félix, dedica muy poco
espacio a narrar el cisma, así como el exilio del primero (Gesta 1-4), en cambio se extiende en
la descripción de los supuestos desmanes cometidos por Dámaso, proporcionando numerosos
detalles y la longitud es bastante mayor que en la primera parte del relato (Gesta 5-14). Hace
recaer en el papa Dámaso la responsabilidad de los numerosos altercados e incluso de los
asesinatos, que habría logrado ocultar a las autoridades imperiales mediante sobornos.
Sorprende la manifiesta tendenciosidad del autor de esta narración, que no se corresponde con
la reconstrucción de los hechos llevada a cabo por Amiano Marcelino; el historiador
distribuye a partes iguales la culpa. Acusa a los dos anti-papas de un deseo ilimitado de
apoderarse de la sede episcopal, y a sus respectivos seguidores de entablar violentísimos
enfrentamientos que causaron numerosos heridos y muertos. El vencedor de ese conflicto fue
Dámaso, “gracias a los esfuerzos del partido que lo apoyaba”10. Como acertadamente asegura
Rita Lizzi, la explicación a esta discordancia estaría en que los Gesta estaban destinados a su
circulación entre los partidarios de Ursino, a modo de panfleto difamatorio y propagandístico,
pero no iban dirigidos a la Corte11.
Frente a las normas epistolares vigentes en la época12, en los Gesta no se menciona al
destinatario, no hay alusiones a un hipotético interlocutor y tampoco aparece ninguna fórmula
de cortesía para concluir. El estilo es básicamente descriptivo y sigue el orden cronológico de
los acontecimientos, marcado por frecuentes expresiones temporales como: temporibus
9
Cf. R. Lizzi Testa, Senatori, Popolo, Papi… 2004, pp. 131-132.
Amm. 27, 3, 11.
11
R. Lizzi Testa, Senatori, Popolo, Papi… 2004, pp. 153-154.
12
Cf. A.A.R., Bastiaensen, Le cérémonial épistolaire des chrétiens latins, origine et premiers développements,
Graecitas e Latinitas Christianorum primaeva, supl. 2, Nijmegen, 1964.
10
Constantii (Gesta 1), post annos duos (Gesta 3), tertio anno (Gesta 3), post annos octo
Valentiniano et Valente consulibus X Kalendarum Decembrium die (Gesta 4), octavo
Kalendas Octobres Gratiano et Dagalaifo consulibus (Gesta 4), post dies septem (Gesta 6),
hora diei secunda septimo Kalendarum Novembrium die Gratiano et Dagalaifo consulibus
(Gesta 7), post tres dies (Gesta 8), saepe (Gesta 9), septimo decimo Kalendarum Octobrium
Lupicino et Iovino conss. (Gesta 10), y sexto decimo Kal. Decembr. (Gesta 11). La cantidad
de circunstanciales de tiempo en un texto tan breve revela la preocupación del autor por
precisar con exactitud las fechas para darle mayor apariencia de verosimilitud al relato.
Por lo que se refiere al léxico, abundan los epítetos negativos y las descalificaciones para
con los actos de Félix, de Dámaso y de sus seguidores: impii (Gesta 1); ambitione corruptus,
cum summo periuri scelere (Gesta 2); manus perfidiae, cum magno dedecore (Gesta 3);
periuri (Gesta 5); ingenti pretio corrupit (Gesta 6); perfidi (Gesta 7); homicidae, tanta
impietas (Gesta 9); conscius scelerum, contentio nefanda, iniquii (Gesta 11); auctor scelerum
et homicida, strage (Gesta 12); factum crudelissimum, precibus apud eos molitur et pretio
(Gesta 13); prava eius intentio (Gesta 14). Como contraste a ese predominio de términos que
describen acciones malvadas e injustas, apenas se registran cuatro o cinco observaciones
positivas, siempre referidas a Ursino y a sus fieles, como podemos ver: plebe sancta (Gesta
5); vir venerabilis, plebs fidelis (Gesta 6); sancta plebs (Gesta 8); vir sanctus et sine crimine
(Gesta 11). Está claro que el autor pretendía difundir una imagen de Dámaso extremadamente
negativa para crear un estado de opinión favorable a Ursino, por contraste.
El estilo de ese documento es muy sencillo, consta de periodos breves y no manifiesta
ninguna elaboración retórica. Probablemente debido a su finalidad propagandística, no parecía
necesario esforzarse en utilizar figuras retóricas ni adornos estilísticos propios del nivel
literario, ya que no tenía esas pretensiones ni estaba destinado a presentarse ante la Corte.
La segunda carta de la CA, conocida como el Libellus precum, fue redactada entre el
383 y el 384 en Constantinopla por Faustino, un sacerdote ultra-niceno. Se trata de una
súplica (preces) de protección frente los ataques que estaban sufriendo los seguidores de
Lucifer de Cagliari, y la firman Faustino y Marcelino, ambos procedentes de la comunidad
luciferiana de Roma presidida por el obispo Efesio. Se sitúa en el contexto del conflicto
surgido como consecuencia de la readmisión en la Iglesia de los obispos “caídos” -lapsidurante la segunda sesión del Concilio de Rímini (359). En ese concilio los filo-arrianos se
sirvieron de ciertas maniobras para enmascarar sus intenciones e hicieron firmar a los obispos
nicenos una fórmula que afirmaba que el Hijo era semejante al Padre, es decir, apoyaron la
doctrina de los homeístas. Mientras que algunos obispos como Hilario de Poitiers y el Papa
Liberio consideraban que los lapsi en realidad habían sido engañados, los luciferianos en
cambio, liderados por el obispo de Cagliari, estimaban que se habían manchado con el pecado
de la herejía, y por ello no los recibieron en su comunión13. Como consecuencia de su
posición, debieron ser objeto de todo tipo de vejaciones y eso explica la redacción de la
súplica que ahora voy a analizar.
La petición va dirigida a los emperadores Valentiniano II, Teodosio y Arcadio para que
cesen las humillaciones de Dámaso y otros obispos occidentales contra los luciferianos, y el
autor quiere poner de manifiesto que ellos no son herejes, sino nicenos fieles, “verdaderos
católicos”, como él los define. Denuncia la injusta persecución de que son objeto, y esa
denuncia se justifica porque en ocasiones se les maltrata aplicando las leyes de los
emperadores, especialmente de Teodosio, contra los herejes. Manifiesta su confianza en que
una respuesta favorable del poder imperial bastará para resolver el conflicto, porque tiene
fuerza de ley.
En este documento sí se observa un gran manejo de la retórica y de la elaboración
estilística. Por sus características se puede identificar con el género judicial en tanto en cuanto emite
juicios sobre acontecimientos del pasado, acusando a los seguidores de Dámaso de cometer injusticias.
Pero además de adaptarse a ciertas reglas de tipo jurídico, debido al carácter propio de la
Supplicatio14, acata también las exigencias formales del género epistolar, ya que comparte
ambas formas literarias. Faustino comienza con una respetuosa dedicatoria de cortesía:
Deprecamur mansuetudinem vestram, piissimi imperatores Valentiniane, Theodosi et Arcadi
[…] (Libell. 1, 1)15, y a lo largo del texto utiliza numerosas fórmulas de respeto para referirse
a los emperadores, tales como: vestra tranquillitas et provisio (Libell. 2); mansuetudo et
devota Deo religio vestra (Libell. 5); Augusta mansuetudo vestra, vestra prudentia (Libell. 9);
piissimi et religiosissimi imperatores (Libell. 11, 18); religiosi imperatores (Libell. 17, 96);
sapientia vestra (Libell. 19); tranquillitas vestra (Libell. 83, 113); pii(ssimi) imperatores
(Libell. 47, 100, 110, 113, 124); imperatores qui […] venerabilis Ecclesiae divinam
sanctimoniam vindicatis (Libell. 49); piissimi imperatores et rectae fidei vindices (Libell. 96);
13
Otra obra fundamental para reconstruir los acontecimientos del cisma luciferiano es La Altercatio Luciferiani
et Orthodoxi, escrita por Jerónimo de Estridón entre los años 378-379. Está redactada en forma de diálogo y
presenta un debate sobre cuestiones disciplinares.
14
Sobre este género cf. E. Andt, La procédure par rescrit, París, 1920; J. Gaudemet, “L’empereur interprète du
droit”, Festschrift Ernst Rabel, Tübingen, 1954, pp. 169-203; Idem, La formation du droit séculier et du droit de
l’Église aux IVe et Ve s., París, 1957; Idem, “Le droit romain dans la littérature chrétienne occidentale du II e au
Ve siècle”, Ius Romanum Medii aevi 1/3 b, Milán, 1978.
15
En las citas seguiré la versión de la CA, que coincide prácticamente con la última edición de la obra de A.
Canellis, Paris, 2006, pero he preferido la numeración de las líneas de esta última; para la traducción al
castellano tendré en cuenta su versión al francés.
pii imperatores et pro fide catholica venientes (Libell. 100); pii catholici imperatores (Libell.
116); catholicae fidei vindices (Libell. 120); piissimum imperium (Libell. 122); gloriossimi
imperatores (Libell. 124); a veces se dirige en singular a Teodosio solamente, dedicándole
términos de respeto similares: religiossime Auguste Theodosi, tam religiosus, tam piissimus
imperator et Christo Deo divino […] consecratus (Libell. 123). Firman la carta los sacerdotes
Faustino y Marcelino por separado, y cada uno termina con una fórmula retórica de buenos
augurios, tradicional en el género epistolar: (Marcellinus) optans felicissimo imperio vestro
securam quietem et perpetuam beatitudinem; (Faustinus) optans ut et hic multos annos
clementissimae divinitatis auxilio feliciter imperetis et in futuro Christi Filii Dei regno
perpetuam cum sanctis beatitudinem consequamini (Libell. 124).
La formación retórica del autor se observa tanto en los rasgos generales de la obra, en su
estructura, como en los detalles concretos. Siguiendo la dispositio clásica de un discurso
judicial, consta de exordio, en el que se capta la atención del público y se le indica la
estructuración del discurso (Libell. 1-4), narratio, en la que expone los hechos y aporta
numerosas pruebas para demostrarlos y sustentar así su tesis –argumentatio- (Libell. 5-119) y
epílogo, que es una recapitulación de los principales argumentos e incluye la peroratio
(Libell. 120-124), es decir, la parte destinada a atraerse la voluntad del oyente, suscitando sus
afectos y provocando su compasión y su indignación. En el exordio realiza un elogio de los
emperadores (Libell. 1-2), en un claro ejercicio de la captatio benevolentiae.
El tema recurrente de toda la argumentación es el castigo divino ejemplarizante que caerá
sobre los que no profesan la verdadera fe. Esta es una idea surgida entre los primeros autores
cristianos y consolidada en el siglo IV por Lactancio en su obra De mortibus persecutorum.
Por ejemplo, en el discurso nº V de Gregorio de Nacianzo “Contra Juliano” se registra la
exposición de los castigos que la divinidad reserva a los malvados e impíos, en consonancia
con la derrota y muerte infamante de Juliano. La creencia consiste en que, al igual que los
emperadores perseguidores tuvieron una muerte horrible, precedida de tremendos
sufrimientos, Dios también dio y seguirá dando su merecido a los herejes. Para demostrar esa
teoría Faustino proporciona una serie de exempla paradigmáticos. Así, describe de forma
detallada y escabrosa la muerte de Arrio en las letrinas (Libell. 6, 7 y 8) -muy semejante a las
de otros traidores de la fe como Antíoco Epífanes, Judas y Herodes Antipas-, que concluye de
la forma siguiente: “He aquí un castigo digno de un impío. He aquí el final vergonzoso, digno
de un funesto hereje, y he aquí la sepultura digna de sus miembros, tan infectados por el
espíritu del diablo. Pues de manera extraordinaria y ejemplar debía sufrir y morir el que había
tramado impiedades extraordinarias […]”16. Otro ejemplo que aparece es el de Osio de
Córdoba, por haberse adherido al credo filo-arriano aprobado en el concilio de Rímini. Tras
un enfrentamiento con Gregorio de Elvira, no fue capaz de expresar su opinión, sino que se le
torció la cabeza y cayó al suelo, donde murió según algunos y según otros quedó mudo
(Libell. 38, 1-5). Potamio de Lisboa pagó su “prevaricación de la sagrada fe” con la muerte
(Libell. 41, 4-11). Florencio de Mérida, que entró en comunión con Osio y con Potamio,
sufrió también extraordinarios suplicios (Libell. 43-44). El obispo prevaricador Zósimo de
Nápoles no pudo desempeñar sus funciones episcopales, ni pronunciar una sola palabra en la
basílica, porque cuando lo intentaba su lengua se alargaba y se le salía de la boca como la de
un buey jadeante (Libell. 62-65). El propio autor es consciente de la excesiva longitud que
alcanzaría su obra si continúa recordando ejemplos de las penas impuestas por Dios a los
prevaricadores17 y por eso termina su enumeración (Libell. 46-47).
También da muestra de gran habilidad retórica cuando utiliza diferentes tipos de
argumentación para sustentar mejor su defensa. Como solicitante, se presenta a sí mismo, y
también a Marcelino, con humildad en todo momento, con modestia: “Vuestro reino sublime
se eleva hasta las más sublimes alturas […] cuando no desdeñáis la verdad de los pequeños,
cuando no reforzáis la mentira de los que son muchos y poderosos”18; “Os pedimos, os
rogamos suplicantes que prestéis vuestro oído imperial a nosotros, que somos tan pequeños,
mientras demostramos que no somos herejes […]”19; “Decimos estas cosas llorando, con
dolor de corazón, no porque no sea glorioso para los fieles sufrir por la verdad de parte de
cualquiera”20; “Prestad atención, os lo pedimos, muy piadosos emperadores y defensores de la
recta fe”21; “Os pedimos, muy piadosos emperadores, que os dignéis pensar en las causas de
esas desgracias”22.
Aparecen reiteradas manifestaciones de indignación por las injusticias y las ofensas que
están soportando, del tipo: “No ha sido escrito el derecho civil para evitar que el poder y el
16
Libell., 8, 1-5: Digna haec poena impio, digna haec mors turpis pestífero haeretico atque de spiritu diaboli
fortidissimis membris digna haec sepultura! Novo enim exemplo et cruciari debuit et perire qui novas […]
commentatus fuerat impietates […]. Es un tópico de la literatura apologética, especialmente utilizado contra los
herejes; entre otros cf. Tert., Ad Scapulam, 3, 14 ss.; Lact., De mort. persec. 1, 7.
17
Con ese término se refiere Faustino a los obispos que firmaron en Rímini la fórmula homeísta, y lo utiliza
reiteradamente a lo largo de la obra.
18
Libell., 1, 4-7: Sublime regnum vestrum tunc ad sublimiora […] conscendit, cum nec inexiguis hominibus
despicitis veritatem nec in multis vel potentibus mendacium roboratis.
19
Libell., 4, 2-5: Quaesumus autem, supplices quaesumus, ut regias aures vestras nobis exiguissimis
commodetis, dum ostendimus non nos ese haereticos […].
20
Libell., 57, 1-3: Haec cum dolore omnium viscerum loquimur deflentes, non quod non sit fidelibus gloriosum
sub quolibet pro vero perpeti […].
21
Libell., 97, 1-2: Advertite, quaesumus, piissimi imperatoris et rectae fidei vindices!.
22
Libell., 113, 5-6: Sed hoc, quaesumus, piissimi imperatores, cogitare dignemini quibus ex causus ista
proveniunt.
gran número prevalezcan sobre la verdad y la equidad, aunque estas fueran defendidas por los
pequeños?”23; “[…] cómo en los asuntos religiosos la verdad de la santa fe es debilitada y
oprimida por una banda de impíos y por sus muy fraudulentas maquinaciones?”24; […]
nosotros no somos herejes y, sin embargo, somos atacados con violencia, mientras que los que
nos atacan con violencia, o sus acólitos, no podrían ahora decir o probar que nosotros somos
herejes”25; “(los herederos de Arrio) cargan de calumnias a los que se resisten a destruir la
religión sagrada en favor de la fe arriana, o los atormentan mediante castigos o con el exilio, y
los asesinan”26; “ Nosotros no decimos esas cosas porque quisiéramos verter la sangre de
cualquiera. Lejos de nosotros semejante idea! […]. Pero no hay razón, ahora que no está
permitido a las gentes de bien ni a los fieles desear la sangre de los falsos sacerdotes, para que
los fieles sean asimilados a los falsos sacerdotes de tal manera que los sometan a sus
durísimas persecuciones”27.
Utiliza reiteradamente el estereotipo de la brevedad, característico del género epistolar,
según el cual el autor afirma que tiene intención de referirse solo a algunos casos de
persecución, entre muchos, en su afán de abreviar el texto. Por ejemplo pide paciencia a sus
destinatarios para escuchar “a grandes líneas” (summatim) su narración28; o asegura que cita
solo algunos de los numerosos casos: “Hay todavía muchos otros ejemplos similares”29.
También finge abstenerse de relatar otras calamidades, porque los emperadores ya las
conocen: Non opus est nunc nos singula quaeque plagarum recensere, quae tranquillitas
vestra recognoscit […] (Libell. 113, 1-2).
Las figuras de estilo son numerosas, como hemos podido observar en las citas anteriores.
Señalaré las más llamativas, pues resultaría muy prolijo recoger todas. Los juegos de palabras
y las antítesis son constantes, siguiendo la tradición antiherética, y lo podemos ver en algunos
ejemplos: “[…] cambian de opinión condenando […] la fe de los apóstoles que habían
23
Libell., 1, 11-13: Siquidem ius saeculi ideo scriptum est ne contra verum aequumve potentia vel multitudo
praevaleat, etiamsi ab exiguis vindicetur?
24
Libell., 2, 5-7: […] quomodo, in negotiis divinis, sanctae fidei veritas impiorum caterva et fraudulentissimis
eorum circumventionibus obfuscatur et premitur?
25
Libell., 4, 4-7: […] ostendimus non nos esse haereticos, et tamen quasi haereticos vehementer affligi, cum nec
ipsi, qui nos vehementer affligunt, vel socii eorum, possint nunc dicere vel probare quod simus haeretici.
26
Libell., 13, 3-6: Habentes ergo hi, quos diximus, vermes Arrii […] in eversionem catholicae fidei et in
excidium sacrae religionis pro Arriana impietate contendunt, ita ut resistentes aut clumniis adpeterent vel poenis
vel exilio cruciarent et necarent.
27
Libell., 71: Quae quidem nos non ideo dicimus quasi qui velimus alicuius sanguinem fundi: ábsit hoc a votis
nostris! […] Sed non, quia quidem nunc non licet bonis et fidelibus falsorum sacerdotum sanguinem cupere,
idcirco fideles falsis sacerdotibus addicendi sunt, ita ut gravissimis eorum persecutionibus affligantur.
28
Libell., 48, 1-4: Sed quaesumus miram benivolentiam vestram, ut adhuc nobis pro contemplatione Christi Dei
infatigabilem audiendi patientiam commodetis, dum adhuc, summatim licet, exponimus in quantum crevit
impietas.
29
Libell., 70, 8-9: Sunt et alia multa simillima exempla.
defendido y aceptando la impiedad de Arrio que habían reprobado”30; “Y nosotros callamos el
hecho de que tal vez Constancio, por terrible que él fuera a causa de su poder imperial, habría
podido ser refutado y vencido por la constancia de tantos obispos en la unidad”31. En este caso
es evidente el juego semántico entre el nombre del emperador, dotado de un poder enorme, y
la virtud de la constancia de los obispos, como arma más poderosa que la autoridad imperial.
En el mismo sentido juega al referirse al emperador Valente cuando afirma: “He aquí lo que
ha engañado también al emperador Valente, cuando ve entre los herejes la constancia de su
apoyo (al error), pero entre esos ilustres obispos la inconstancia de su fe”32; y “Así Valente,
conmovido por esos acontecimientos, él que ignoraba la fuerza de la verdadera fe y que
comparaba la constancia con la inconstancia, defendía con cierta justicia la impiedad de los
herejes”33. También se sirve de la ironía al hacer derivaciones del nombre de Turbo, obispo de
Eleutherópolis y otro de sus adversarios, cuando dice “Este Turbo, cuando supo que algunos
se unieron a la fe íntegra y que el partido de la verdad creció por la gracia de Dios, nos
amenaza con destrucciones y perturbaciones (turbae)”34. A veces esos juegos de palabras se
formulan mediante construcciones paralelas como: “No es la peor de las impiedades defender
bajo el nombre de Cristo sus propias injusticias y sus sacrilegios? No es la peor de las
impiedades designar con nombres de hombres la piadosa doctrina consagrada por el nombre
de Cristo?”35; o también: “Según opinamos, una sola herejía ha sido aceptada en Rímini bajo
un rey hereje (Constancio), pero ahora, bajo los piadosos emperadores católicos que sois
vosotros, se defienden numerosas herejías no menos impías que la impiedad de Arrio” 36; y
“Estos egregios amantes de la paz llevan a cabo una guerra incesante contra los sacerdotes
fieles”37. Con ese epíteto se refiere a los obispos prevaricadores, al igual que en varios
capítulos de la obra. Se trata de una expresión irónica, pues claramente Faustino opina lo
Libell., 19, 9-12: […] vertunt sententias, damnantes […] illam apostolicam quam vindicarent fidem et
suscipientes illam Arrii quam reprobaverant impietatem.
31
Libell., 28, 1-3: Et tacemus quod fortassis ipsum illum Constantium, quamvis regni potestate terribilem,
tantorum tamen episcopporum unita constantia confutasset et frangeret.
32
Libell., 66, 1-3: Haec, haec res decepit et Valentem imperatorem, cum in haereticis videt constantiam
defensionis, in istis autem egregiis catholicis inconstantiam fidei.
33
Libell., 66, 10-12: His rebus Valens motus, ignorans virtutem verae fidei et constantiam cum inconstantia
conferens, impietatem haereticorum cum quadam iustitia vindicabat.
34
Libell., 108, 1-4: Namque hic Turbo, posteaquam audivit quosdam se integrae fidei copulare et per Dei
gratiam rem veri crescere, nobis exitia minimatur et turbas.
35
Libell., 91, 9-12: An non summa impietas est iniquitates suas et sacrilegia sub Christi nomine vindicare? An
non summa impietas est piam doctrinam sub Christi nomine consecratam humanis appellationibus denotare?
36
Libell., 116, 1-4: Una, ut opinamur, haeresis apud Ariminum sub haeretico rege suscepta est et nunc sub vobis
piis catholicis imperatoribus tot haereses vindicantur, non minus impiae quam es Arrii impietas!
37
Libell., 119, 4-5: Sed isti egregii pacis amatores fidelibus sacerdotibus bellum exagitant.
30
contrario sobre ellos38. Al propio Dámaso lo califica de egregius archiepiscopus (79), tal vez
para señalar la diferencia jerárquica.
Las metáforas y las comparaciones desempeñan también un papel importante en la obra,
similar a los juegos de palabras.
Así, el autor personifica a la verdad otorgándole
características físicas como la capacidad de respirar o de sufrir ante las mentiras y engaños de
los prevaricadores, ya que “se consume de dolor la verdad, puesto que no le está permitido
respirar […]”39. También insiste en la maldad de Arrio que, pese haber muerto, continúa
ejerciéndola a través de sus herederos: “de hecho no han dejado de nacer gusanos de su
putrefacto cadáver”40. A propósito de Teodoro, otro adversario, comenta: “¿Qué hay de
sorprendente si, como un lobo, él ataca a las ovejas, él que no deja de atacar a su buen
pastor?”41.
Resulta llamativa la deformación de los hechos que con frecuencia se logra mediante la
retórica, como podemos observar en un caso muy significativo del Libellus. La utilización
interesada de verdades a medias puede convertirlas en auténticas falacias42. Debido a la
política religiosa favorable al arrianismo del emperador Constancio II, Faustino lo denomina
“protector de herejes” (patronus haereticorum) y afirma que, tras su muerte, Juliano había
revocado la orden de exilio y hecho volver a todos los obispos desterrados43. De este modo
convierte a Juliano en el gran defensor del cristianismo, cuando justamente lo que intentaba
fue restaurar el helenismo. Es cierto que dio esa orden, aunque resulta muy improbable que
fuera con intención de favorecer la integración de esos obispos. En todo caso, el autor no duda
en ensalzar a Juliano con tal de descalificar a su oponente, Constancio. Para justificar la
paradoja de que el emperador “apóstata” se hubiera erigido en el benefactor de los obispos
cristianos exiliados, añade: “La divinidad tiene la costumbre de actuar así y de velar por la
38
Cf. Libell., 3, 52; 66; 74; 75; 92; 96; 100; y 107.
Libell., 3, 7-9: […] tanto et perniciosius grassantur et dolentius aestuat veritas, quod ei adhuc non licet nec
sub vobis imperatoribus, qui piam fidem defenditis, respirare.
40
Libell., 12, 1-3: Sed licet Arrius sit sepultus in stercoribus, reliquit tamen suae impietatis heredes; denique non
defuerunt vermes, qui de eius putrido cadavere nascerentur.
41
Libell., 99, 8-10: Sed quid mirum si oves ut lupus affligeret, quarum bonum pastorem frequenter affligit?
42
En la literatura cristiana se encuentran frecuentes ejemplos de la deformación interesada de la historia, algunos
estudiados en J. Torres, “Falacias persuasivas en la literatura cristiana antigua: retórica y realidad”, en F. Marco
Simón, F. Pina Polo y J. Remesal Rodríguez (eds.), Fraude, mentira y engaño en el Mundo antiguo, Collecció
Instrumenta, Barcelona: Universitat de Barcelona, 2014), 209-224; Eadem, “Rhetoric and historical distortion.
The case of Marcus of Arethusa”, in M. Saghy, Pagans and Christians in the Late Roman Empire: new
evidence, new approaches (4th-6th centuries), Budapest, en prensa.
39
43
Libell. 51. 1-3: Sed mortuo Constantio patrono haereticorum, Iulianus solus tenuit imperium, ex cuius
praecepto omnes episcopi catholici de exiliis relaxantur.
religión cristiana, que es la suya, incluso a través de sus adversarios, de manera que los que
honran a Cristo hagan otro tanto por los fieles”44.
Con el objetivo de lograr la comprensión de los emperadores, Faustino exagera en su
gusto por los contrastes, describiendo a los católicos como verdaderos santos, equiparables a
los mártires y a los héroes bíblicos: apostolicus vir Lucifer de Sardinia episcopus (Libell. 22,
1-2); Maximus de Neapoli martyr in Domini pace requievit (Libell. 25); inclytus Paulinus in
exilio martyr animam dedit (Libell. 77, 3-4); Sanctus Heraclides (Libell. 94, 11); catholicae
fidei episcopus Lucifer […] fidelissimus sacerdos (Libell. 109, 7 y 9), etc. En cambio contra
los adversarios traza un retrato caricaturesco, cercano a los más eximios ejemplos de las
sátiras de Juvenal, como se puede observar, por ejemplo, cuando afirma en referencia al error
de los prevaricadores: “No es un sacrilegio menor, ni es una impiedad menor que haber
sacrificado en honor de un ídolo pagano ante un perseguidor; pues dar su firma a la herejía
por temor es también sacrificar en honor de los demonios, ya que, según la enseñanza de las
divinas Escrituras, la herejía es la doctrina de los demonios, lo mismo que la idolatría”45. Es
decir, equipara el delito de la herejía con el de la idolatría. Y continúa acusándolos de
crímenes terribles: “Al mismo tiempo, los sacerdotes de Satán vienen a este lugar; rompen las
puertas de la iglesia de San Vicente y roban todo lo que servía para los ministerios sagrados
de la iglesia; y finalmente, hecho horrible de decir! colmo del sacrilegio!, tras arrancar el
propio altar de la morada de Dios, lo colocaron en un templo a los pies de un ídolo”46; “Que
digan lo contrario si, entre otras atrocidades, no han roto a hachazos su puerta cerrada, si,
arrojándose sobre Lucifer […] no han echado por tierra los divinos sacramentos, mancillando
con un asesinato impío a cada uno de los hermanos allí reunidos”47.
Para defender al obispo de Cagliari, Faustino establece diferencias entre la locuacidad
engañosa e insidiosa de los herejes y las verdades inspiradas en las Escrituras, pues asegura:
“Pero Lucifer, aunque ignoraba la elocuencia artificiosa, sin embargo, como escribía a la
manera de los Profetas, de los Evangelios y de los Apóstoles -lo cual sobrepasa toda
44
Libell., 51. 3-6: Solet hoc facere Divinitas, ut etiam per adversarios Christianae religioni suae consulat, ut
tanto magis, qui cultores sunt Christi pro fidelibus elaborent.
45
Libell., 29: Non hoc minus sacrilegium est, non haec minor impietas, quam si sub persecutore gentili ídolo
sacrificatum est, quia in haeresi perterritum subscribere daemonii sacrificare est, si quidem docentibus
Scripturis Divinis doctrina daemoniorum est haeresis, sicut et idolatría. Las palabras señaladas reproducen un
pasaje de I Tim., 4, 1.
46
Libell., 76: Simul etiam et presbyteri eius (Satanas) ad locum veniunt, ecclesiae illius ianuas confringunt
diripientes inde quicquid ad sacra ecclesiae ministeria pertinebat, et postremo, quod horroris est dicere, ad
cumulum perpetrati sacrilegii, ipsum altare Dei de dominico sublatum in templo sub pedibus idoli posuerunt!
47
Libell., 99, 7-11: Negent, si non inter cetera sua atrocia ianuam clausam securibus effregerunt, si non
irruentes in Luciferum fidelissimum sacerdotem divina quoque sacramenta everterunt, unumquemque illic de his
fratribus qui convenerant impia caede mulcantes!
elocuencia humana- recibió la gracia del Espíritu Santo en recompensa por su recta fe y por su
muy pura conciencia”48. Estamos ante un topos literario al que han recurrido la mayoría de los
autores cristianos, en su afán de diferenciar su estilo del de los adversarios, especialmente de
los paganos y los herejes. En la literatura apologética se finge una sencillez estilística y una
falta de elocuencia para exponer la verdad desnuda, sin disfraz, que no responde a la realidad,
pues en casi todas las obras se observa un uso frecuente de la retórica clásica. Minucio Félix
ponía en boca de Octavio esa misma idea afirmando con contundencia que “Cuanto menos
hábil es el discurso, con más luz brilla entonces la razón, porque no queda disfrazada por la
pompa de la elocuencia y de la elegancia, sino que, tal como es, se apoya en la rectitud”49; o
también: “Nosotros preferimos la sabiduría por su espíritu y no por su aspecto exterior, no
ponemos la grandeza en la elocuencia sino en el modo de vida”50. Por consiguiente esa renuncia
a la pompa rhetoris en beneficio de la simplicitas christiana es un tópico, presente en la
apologética cristiana de los primeros siglos, que progresivamente se iría abandonando.
Bernard Pouderon lo resume muy acertadamente: “Los apologetas perseguían la eficacia,
predicaban el valor de los actos y de las doctrinas, y declaraban despreciar los rebuscamientos
estilísticos, asociados a la mentira o al artificio. ¿Cómo podrían entonces comprometerse a
respetar las reglas de una téjne (la retórica) que ellos denominaban enemiga de la verdad”51.
En el epílogo del Libellus el autor hace una recapitulación de todo lo expuesto y recurre a
la hipérbole con el objetivo de provocar indignación y cólera en los destinatarios. Ya antes ha
interpelado a los emperadores con estas palabras: “¿Permitiréis, muy piadosos emperadores,
que bajo la autoridad de vuestro nombre la impiedad tiranice durante largo tiempo y por todas
partes a los fieles? ¿Es ventajoso para el imperio romano […] que los que predican
piadosamente a Cristo sufran persecuciones y la muerte, de manera que no se les permita
levantar en ninguna parte piadosos altares en honor de Dios, o al menos que, una vez erigidos,
sean destruidos?”52. Consciente de que se acerca el final de su petición, Faustino va a cargar
48
Libell., 89, 1-5: Sed Lucifer, ignarus licet artificiosae eloquentiae, tamen ut prophetico et evangelico atque
apostolico more scriberet, quod super omnem humanam eloquentiam est, habuit gratiam sancti Spiritus ex
merito rectae fidei et sincerissimae conscientiae.
49
Min. Fel. Octav., 16, 6: Atque etiam, quo imperitior sermo, hoc inlustrior ratio est, quoniam non fucatur
pompa facundiae et gratiae, sed, ut est, recti regula sustinetur.
50
Min. Fel. Octav., 38, 6: Nos, non habitu sapientiam sed mente praeferimus, non eloquimur magna sed vivimus
[…].
51
B. Pouderon, “Origins du genre de l’apologie”, en D. Boisson et É. Pinto-Mathieu (eds.), L’Apologétique
Chrétienne. Expressions de la pensé religieuse de l’Antiquité à nos jours, Rennes: Presses Universitaires de
Rennes, 2012, pp. 15-34, esp. p. 33. Cf. J. Torres, Ars persuadendi: estrategias retóricas en la polémica entre
paganos y cristianos al final de la antigüedad, PubliCan, Santander, 2013, pp. 24-25.
52
Libell., 110, 5-11: Permittetis, piissimi imperatores, ut sub vestri nominis auctoritate adversus fideles diu
ubique dominetur impietas? Expedit enim hoc Romano imperio […] ut qui Cristum pie praedicant, persecutiones
las tintas en las descripciones de los sufrimientos de los luciferianos, y advierte de que
pretende conmover al máximo a los emperadores, pues afirma: “pero vamos a decir lo que
puede emocionar hasta el horror a vuestro corazón, atento a la recta fe”53. Explica el motivo
por el que han presentado la denuncia “para evitar que, por vuestra ignorancia, sea vertida
durante más tiempo la sangre de los cristianos que defienden la fe muy piadosa” 54. Y más
adelante repite la misma idea de que los dos sacerdotes no temen sufrir sino que les informan
“para impedir que, derramada a causa de las impiedades y de los actos de crueldad de los
otros, la sangre de los cristianos fieles pese durante largo tiempo sobre el poder muy piadoso
de vuestro principado”55. Es decir, veladamente está amenazando a los emperadores con la
represalia divina, si no actúan convenientemente. Por ello les advierte de que las fechorías
perpetradas contra los verdaderos católicos fueron castigadas muy duramente por sanción
divina, y pregunta de manera retórica: “¿De dónde vienen las calamidades tan numerosas con
las que el mundo es sacudido y oprimido?”56. Es decir, en opinión de Faustino muchos de los
males del mundo han sido provocados por los herejes debido al cumplimiento de la represalia
divina.
Para finalizar, recurre nuevamente a la captatio benevolentiae dirigiéndose en particular a
Teodosio, al que halaga profusamente: “Especialmente bajo tu gobierno, muy religioso
Augusto Teodosio, -tú que con una admirable devoción compartes la piadosa confesión de la
religión cristiana contra todos los herejes- nosotros hemos creído que sufriríamos un gran
suplicio ante Dios si ante ti, que eres un emperador tan religioso, tan piadoso, consagrado a
Cristo Dios por el temor divino y el más grande, tú a quien verdaderamente Cristo Dios ha
elegido para el Imperio, si ante ti guardamos silencio acerca de lo que es propio de la
verdadera fe y de la verdadera Iglesia”57. Con buen criterio, el autor cree que ese ditirambo
ayudará a que el emperador preste atención a su denuncia y evite que se repitan las vejaciones
sufridas por los seguidores de Lucifer de Cagliari58.
mortesque patiantur, ita ut nusquam liceat Deo pia altaria conlocare aut certe, cum conlocata fuerint,
destruantur?
53
Libell., 115, 2-4: Sed tamen quod moveat ad horrorem intentum verae fidei animum vestrum dicimus.
54
Libell., 120, 1-3: Haec ideo prosecuti sumus ne per vestri ignorantiam diu fundatur sanguis Christianorum
piissimam fidem defendentium.
55
Libell., 122, 5-8: Non ergo quasi qui timeamus perpeti, ideo sumus ista prosecuti, sed ne aliorum impietatibus
et crudelitatibus sanguis effusus fidelium Christianorum diu piissimum vestrae principalitatis gravet imperium.
56
Libell., 112, 6-7: Et unde sunt tot plagae quibus orbis Romanus quatitur et urguetur?
57
Libell., 123, 1-8: maxime sub te, religiossime Auguste Theodosi, qui mira devotione contra omnes haereticos
Christianae religionis pia confessione conspires, magnum nobis apud Deum fore supplicium credidimus, si apud
te tam religiosum, tam piissimum imperatorem et Christo Deo divino ac plinissimo timore consecratum quem
vere ad imperium Deus Christus elegit, quae sunt verae fidei ac verae Ecclesiae taceremus.
58
Libell., 123, 9-13.
En síntesis, la calidad estilística y las habilidades retóricas de Faustino quedan fuera de
toda duda, tras este recorrido por las principales características del Libellus. Su cualificación
literaria y teológica se puso de manifiesto también en otro escrito que se nos ha conservado,
De Trinitate, dirigido a la emperatriz Elia Flacilla, esposa de Teodosio.
Tras analizar las epístolas 1 y 2 de la CA y comprobar las diferencias de estilo entre una y
otra, resulta evidente que no salieron de la misma pluma, ni buscaban los mismos objetivos.
Probablemente alguien colocó la más breve a modo de prefacio de la otra, pero ateniéndose
solo al contenido y sin tener en cuenta otros rasgos.
En todo caso la súplica resultó efectiva, pues Teodosio respondió a Faustino y a
Marcelino a través del prefecto del pretorio de Oriente, Cinegio. Le envió un rescriptum que
ordenaba la protección de los luciferianos. Así mismo, decreta que sean respetados y
protegidos contra “los ultrajes de los hombres deshonestos y heréticos”59 los seguidores de
Gregorio de Elvira y de Heraclides, como miembros de la fe católica también. Llama la
atención que el rescripto imperial, al considerar ortodoxos a los detractores de Dámaso, entra
en contradicción con el edicto de Tesalónica, que reconocía a este último como exponente
cualificado de la auténtica fe, junto con Pedro de Alejandría. Si los seguidores de Lucifer de
Cagliari denuncian a Dámaso y lo califican de perfidus por su conducta contra ellos, resulta
difícil conciliar bajo la misma comunión a unos y a otros. Tal vez por ello Teodosio se quiso
justificar afirmando que al emperador no le compete añadir nada a la fe60. Es decir, pretende
solamente proteger a los que son víctimas de injusticias, pero no entra en disquisiciones
teológicas.
El rescripto adopta las convenciones literarias propias de este tipo de documentos, de
carácter legal. Es conciso y aborda la cuestión planteada proponiendo una solución, pues la
respuesta imperial tiene valor de ley y sirve para sancionar las medidas encaminadas a
resolver algún conflicto. Comienza con la fórmula tradicional del saludo epistolar: Salve,
Cynegi carissime nobis! Aparecen términos de cortesía convencionales como: clementia
nostra (Lex 2), sublimitas tua, nostra serenitas, Cynegi, parens carissime atque amantissime
(Lex 7), etc. Abundan los epítetos, en positivo y en negativo, para referirse a unos personajes
y a otros. A Marcelino y Faustino los califica como plenissimi fidei sacerdotes (Lex 2); a
Gregorio y Heraclides de sancti sane et laudabili episcopi (Lex 6) y de sacrae legis antistites
(Lex 8); y a los seguidores de Lucifer les atribuye bonae mores et caelestia instituta (Lex 4).
En cambio se refiere a los improbi homines atque haeretici (Lex 8), que han tendido trampas 59
60
Lex Augusta 8, 6-7.
Lex 2, 7-8: fidei autem nihil ex nostro arbitrio optemus vel iubeamos adiungi.
insidiati-; a la detestable insinuación -detestanda insinuatione-, a criminales -criminosi- (Lex
4), que oprimen, persiguen y atacan a los católicos mediante maquinaciones -catholicos
occultis machinationibus urguent, insequuntur, oppugnant- (Lex 5); habla de la perseverancia
en el error y del pecado -tanta perseverantia errores est ut […] cottidie peccare malint- (Lex
5); y prohíbe cualquier complot, asalto o fraude -non conventio aliquid, non appetitio, non
fraus- (Lex 7). Aunque el texto es breve, se pueden distinguir varias partes: empieza
planteando la situación, a modo de exordio (Lex 1 y 2), sintetiza los hechos y sus etapas (Lex
3 y 4), expone la decisión adoptada (Lex 6 y 7) y concluye prescribiendo a Cinegio que
ejecute la sentencia (Lex 8).
Las once cartas restantes son también rescriptos imperiales sobre distintas cuestiones
relacionadas con el cisma de Dámaso y Ursino. Günther adjudicó a cada una un título que
sintetiza su argumento. La nº 3 se refiere a la construcción y a las características de la nueva
basílica de San Pablo Extramuros en el 384; la 4ª celebra la ordenación del Papa Siricio,
sucesor de Dámaso en el 384; en la 5ª se recoge el edicto de Valentiniano que permite volver
del exilio a Ursino y a sus acompañantes en el 367; la 6ª decreta la restitución de la basílica de
Liberio –Sicinini-, la última en manos de los ursinianos, que Dámaso había reclamado; en la
7ª se recoge la confirmación del exilio de Ursino, tan solo 2 meses después de haberle
permitido volver a Roma; las tres siguientes -8, 9 y 10- hay que datarlas en torno al 368, y
abordan los tumultos ocasionados por las reuniones de los seguidores de Ursino en torno a las
tumbas de los mártires, tras haberles quitado la basílica de Liberio; para evitar desórdenes
públicos, Valentiniano prohíbe esas reuniones dentro del perímetro de veinte millas de Roma;
en la carta nº 11 se ordena la detención de Ursino en un lugar de la Galia, por instigador de los
altercados en la basílica de Sta. Inés en el 369, y en la nº 12 se le permite fijar su morada en
cualquier lugar lejos de Roma; por último la nº 13 es bastante más larga que las demás y
aborda cuestiones de gran trascendencia, como la orden de Graciano de expulsar de sus sedes
a los obispos que habían firmado el credo de Rímini, y contra los cuales Dámaso había
emitido ya su condena en el concilio de Roma del 378; se refiere también al proceso al que
fue sometido el Papa, tras la denuncia de adulterio por Isaac, y a una de sus repercusiones
fundamentales, como fue el establecimiento diferenciado de las competencias jurídicas,
reservando las causas leves al tribunal eclesiástico y las de mayor entidad a los tribunales
civiles. Como se puede observar, el orden de los rescriptos no sigue una sucesión cronológica,
sino que parecen añadidos unos detrás de otros sin un criterio claro, excepto la cercanía
temática.
Los aspectos formales de esos documentos coinciden básicamente, ya que se adaptan a la
tradición literaria de los rescripta imperiales. Casi todos comienzan con el nombre del autor y
la dedicatoria: Valentinianus Theodosius et Arcadius Augusti Sallustio praefecto urbis (ep. 3);
Valentinianus Valens et Gratianus Praetextato praefecto urbis (ep. 6); Idem Augusti
Praetextato p.u. (ep. 7); Idem Augg. Olybrio p.u. (ep. 8); Idem Augg. ad Aginatium vicarium
(ep. 9); Idem Augg. ad Olybrium p.u (ep. 10); Idem Augg. ad Ampelium p.u.( ep. 11); Idem
Augg. Maximino vicario urbis Romae (ep. 12); Gratianus et Valentinianus Augg. Aqulino
vicario (ep. 13). Abundan en todos ellos las expresiones de respeto hacia sus interlocutores,
mayoritariamente prefectos de la ciudad (Salustio, Pretextato, Olybrio, Ampelio) o vicarios
(Aginacio, Maximino y Aquilino) y también hacia sí mismos, con expresiones del tipo: tua
sublimitas, nostra clementia, nostra serenitas (ep. 3); praecelsa sublimitas tua (epp. 5, 6 y 7);
egregia sublimitas tua (ep. 8); prudentia tua (ep. 9); serenitas nostra (epp. 9 y 13) sinceritas
tua (epp. 9, 12 y 13); sublimitas tua, illustris auctoritas tua (ep. 10); mansuetudo nostra (epp.
10, 11, 12 y 13). Las fórmulas de saludo son también una constante, acompañadas a veces de
interpelaciones posteriores, en el mismo tono cariñoso: Have Piniane carissime nobis,
Piniane karissime ac iocundissime (ep. 4); Have Paetextate carissime nobis, Paetextate
karissime ac iocundissime (ep. 5); Pratextate parens karissime atque amantissime (ep. 6 y 7);
Aginatius clarissimus vir, Olybrii parens karissime atque amantissime (ep. 8);
Aginati
karissime ac iocundissime, Olybrius clarissimus atque illustris vir (ep. 9); Ampeli parens
karissime atque amantissime (ep. 11). A veces aparecen en la despedida los preceptivos
cumplidos, llenos de buenos deseos: Divinitas te servet per multos annos, parens karissime
atque amantissime (ep. 3); Vale Ampelli karissime atque amantissime (ep. 11). Algunas
cartas registran la fecha de su emisión, como es propio de las leyes. Podemos verlo en la nº 4:
Data VI. Kal. Mar. Mediolani; y en la nº 7: Data pridie Idus Ianuar. Triu. AA. Conss. En
definitiva, responden a unos cánones específicos y son redactadas según el modelo retórico
tradicional, con independencia de su autor.
Para concluir, el análisis de los recursos lingüísticos y literarios de las 13 cartas sobre el
cisma entre Dámaso y Ursino, compiladas en la Collectio Avellana, ha puesto de manifiesto la
existencia de tres tipos de documentos:
1. Los Gesta-. Síntesis interesada de los acontecimientos, que adquiere los rasgos de un
panfleto en defensa de Ursino y contra su adversario, Dámaso. Desconocemos el
nombre del autor, que ha descrito los hechos en un estilo sencillo, sin pretensiones
literarias y con el único objetivo de su divulgación.
2. La Supplicatio, dirigida a la Corte pidiendo protección para los luciferianos. Es el
documento más largo, escrito por Faustino, un sacerdote cultivado y experto en el
manejo de los recursos retóricos. Hasta el más mínimo detalle se ha cuidado para
impresionar a los emperadores, provocar su indignación y lograr el objetivo
perseguido.
3. Los Rescripta imperiales. El primero de ellos dictamina la protección de los
seguidores de Lucifer de Cagliari, que han sufrido injustamente persecuciones. Es la
prueba de que la súplica de Faustino surtió efecto. Las demás cartas decretan medidas
destinadas a preservar la tranquilidad y evitar los desórdenes públicos. Todas ellas se
ajustan a las normas convencionales del género jurídico- epistolar.