tema 6 informe de auditoria

TEMA 6: Informe de Auditoría
Objetivos: Definir la documentación
contable que debe ser objeto de
revisión al concluir la recopilación de
evidencia como eventos subsecuentes,
así como la naturaleza del informe de
auditoría y la información financiera
complementaria que debe acompañar
al mismo
EVENTOS SUBSECUENTES
Objetivos de Auditoria:
A) Determinar los eventos o transacciones que
pueden afectar de manera importante a los
Estados Financieros y que acontezcan en algunos
de los periodos siguientes .
• De la fecha de los estados financieros a la
fecha del dictamen que normalmente es la
misma en que el auditor se retiro de las oficina
de la empresa o entidad.
De la fecha del dictamen a la fecha en
que este se le entregue a la empresa o
entidad.
De la fecha del dictamen a la fecha en
que debido a propósito diversos se les
solicite nuevamente su opinión.
B) Determinar si se trató de un evento
que requiere ajustes o solo revelación
C) Determinar su adecuada revelación
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA
Los principales procedimientos de auditoria son:
1) Examen de libros, registros de contabilidad y
comprobantes que respalden transacciones
realizadas durante el periodo subsecuentes.
2) Examen de actas de asambleas o de junta de
consejos de administración segregadas en el
periodo subsecuentes.
3) Comparación de los EEFF, emitidos en periodos
subsecuentes al dictamen, obteniendo
explicaciones y examinando la documentación
relativa a variaciones relevantes
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA
4)
Investigar con los funcionarios de la
empresa sobre la existencia de algún
hecho o evento subsecuentes.
5) Confirmación con los asesores
legales de la empresa con respecto a
riesgos y juicios conocidos en el
periodo subsecuentes.
PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA
6) Cuando el periodo entra en la fecha del
dictamen y la fecha que este se entrega es
amplio, el auditor debe evaluar si las
circunstancias ameritan la aplicación de los
procedimientos mencionados .
7)Cuando se requiere emitir nuevamente la
opinión se aplicaran todos los procedimientos
aplicados, a menos que se trate de copia del
dictamen original y el auditor no tenga
conocimiento de un evento subsecuente que lo
afecte.
Informe de Auditoría
• Comprende la preparación y emisión del
informe de auditoría que incluye el dictamen
sobre los estados financieros y los
comentarios, conclusiones y recomendaciones
pertinentes. Cuando no se han elaborado
estados financieros el informe contiene las
opiniones del auditor sobre el sistema de
control interno y el sistema financiero en
general..
• El informe incluye la carta del informe o
presentación que incorpora el dictamen sobre
los estados financieros (opinión no calificada,
calificada, o adversa o negativo), la expresión
de la abstención de dictaminar cuando sea
necesario o la aclaración de que los objetivos
del examen no contemplan dictaminar de ser el
caso.
• Cuando la entidad no ha elaborado estados
financieros, normalmente indica graves
deficiencias en el sistema de control interno
que se deben revelar en el informe.
El dictamen del auditor sobre los estados financieros
incluirá la siguiente información:
• Título
• Destinatario
• Fecha del Dictamen
• Párrafo de introducción
• Párrafo del alcance de la auditoría realizada de
conformidad con las Normas de Auditoría
• Responsabilidad de la Entidad por los estados
financieros
• Párrafo con la opinión respecto los estados financieros
• Firma de los auditores que realizaron la auditoría y
emiten el dictamen.
• Otras responsabilidades de reporte
• Fecha del Reporte
El dictamen del auditor sobre los
estados financieros incluirá la siguiente
información
Destinatario
• Se dirigirá el informe a la máxima autoridad de
la entidad a la que se le practico la la auditoría.
• Fecha del Dictamen
• Corresponde a la fecha de finalización de
trabajo de campo
• Párrafo de introducción
• Párrafo con la opinión respecto a sí los estados
financieros presentan razonablemente, en
todos los aspectos significativos, la situación
financiera de la entidad a la fecha del balance
general, así como los resultados de sus
operaciones y los flujos de efectivo del período
terminado, conforme los Principios de
Contabilidad vigentes en Nicaragua, si es
entidad sujeta a este régimen, o con las NIIF.
Firma del funcionario que emite el dictamen.
• El informe sobre el entendimiento del sistema
de control interno. Como mínimo el informe
contendrá: a) el alcance del trabajo, b) una
descripción de los controles más importantes,
c) las condiciones reportables.
• El informe y la opinión con respecto al
cumplimiento por parte de la Entidad de las
disposiciones legales, reglamentarias y
contractuales.
Tipos de Dictámenes
• Dictamen
• Cuando uno de los objetivos de la auditoría es
expresar una opinión sobre los estados financieros
de la Entidad o sobre los registros contables y
operativos, el auditor presenta su opinión en un
"Dictamen" cuyo formato prácticamente se ha
estandarizado entre la Comunidad Internacional de
Contadores Públicos y ha sido aceptado por los
organismos internacionales que se han creado para
la investigación y desarrollo de la Auditoría
Gubernamental.
• En el desarrollo de las auditorías sujetas a
Dictamen el Auditor podrá expresar los
siguientes dictámenes:
• Dictamen no calificado
Se emplea cuando el auditor expresa opinión
sobre los estados financieros en el sentido
de que presentan razonablemente la
situación financiera y los resultados de las
operaciones de la entidad,
• Una opinión sin reparos se da cuando el auditor
está satisfecho con todo lo esencial, esto es:
• Si las cuentas se han elaborado aplicando normas
y directrices de contabilidad aceptables y esa
aplicación.
• Ha sido consecuente
• Si las cuentas han cumplido con las exigencias
legales y con los reglamentos pertinentes.
• Si la situación de las cuentas concuerda con el
conocimiento que el auditor tiene de la entidad
fiscalizada y Si existe una adecuada y completa
presentación de las cuestiones importantes
relacionadas con las cuentas.
Dictamen calificado
• Un dictamen calificado es el que se emite
cuando se han comprobado desviaciones que
no afectan de manera sustancial la
presentación razonable de los estados
financieros tomados en conjunto, pero tales
desviaciones son significativas en relación a la
cuenta o cuentas sobre las cuales se expresa la
salvedad.
Debe entenderse como salvedad aquel evento o eventos en los
cuales se presentaron:
• Limitaciones al alcance
• Hubo una falta de evidencia comprobatoria o limitaciones al
alcance en la auditoría, las cuales por su importancia relativa
hacen concluir al auditor que no puede expresar un dictamen
limpio y que no son suficientes como para expresar una
abstención de opinión.
• Desviación de
Principios y Normas de Contabilidad
Gubernamental.
• Con base en los resultados de la auditoría, se concluye que hay
una desviación (incumplimiento o violación) de un Principio y
Norma de Contabilidad Gubernamental, cuyo efecto es
importante para una cuenta o cuentas, pero no es suficiente
para expresar una opinión adversa.
• Hay falta de evidencia comprobatoria, cuando el
auditor no puede ejecutar pruebas de auditoría
necesarias para formarse un criterio sobre los
mismos. Entre otras razones tenemos:
• Restricciones impuestas por la Entidad
• Registros inadecuados
• Inexistencia o ineficiencia de documentación de
respaldo de las transacciones
• Iniciación de la auditoría en fecha lejana al
cierre auditado, con imposibilidad de
seguimiento, por registros inadecuados
Dictamen adverso o negativo
Se emite un dictamen adverso cuando se
determina que los estados financieros no
presentan razonablemente la información que
intentan presentar.
Una opinión adversa se da cuando el auditor es
incapaz de formar una opinión sobre los estados
financieros como un todo por un desacuerdo
tan fundamental que repercuta en la situación
presentada hasta tal punto que una opinión con
reparos en algunos aspectos no fuera adecuada.
La emisión de este tipo de dictamen debe
considerar las siguientes condiciones.
• Que el trabajo haya podido hacerse de
conformidad con las Normas de Auditoría
• Que como consecuencia de violaciones a
principios y normas de contabilidad a los
estados financieros tomados en conjunto, se
vean afectados por sobre o subestimación
importante, lo cual por sus efectos no alcance
para expresar una opinión con salvedades.
Abstención de opinión
• Se emitirá un informe con abstención de
opinión cuando no haya sido posible
obtener evidencias sólidas y suficientes
sobre la razonabilidad de los estados
financieros sujetos a auditoría o existan
significativas limitaciones al alcance del
trabajo que no le permitan al auditor
emitir un juicio profesional.
La abstención de opinión debe
considerar las siguientes condiciones:
• Que las limitaciones para cumplir con las
Normas de Auditoría sean tales que no le
permitan al auditor formarse una opinión
sobre los estados financieros tomados en
conjunto, de tal forma que no sea suficiente
para decidir expresar una opinión calificada.
• Aunque haya lugar a abstención de opinión, si
el auditor tiene conocimiento de violaciones a
Principios y Normas de Contabilidad, debe
revelar tales violaciones.
Dictamen sobre el cumplimiento legal
y reglamentario
El informe sobre el cumplimiento legal y
reglamentario, el auditor asume mayores
responsabilidades a las generales al
conducir una auditoría de conformidad con
Normas de Auditoría Generalmente
Aceptadas.
Dictamen sobre información
complementaria
• Los principios de contabilidad y los convenios
internacionales, entre otros, requieren la
presentación de cierta información, distinta a los
estados financieros y a las notas básicas sobre los
mismos, pero que se acompañan a dichos
estados y notas. Estas informaciones por lo
general incluyen detalles y análisis de las cuentas
en los estados financieros, información
estadística, comentarios que explican el
desarrollo de un proyecto, la utilización de un
préstamo, información sobre los recursos
humanos, planes de pensiones, etc.
• Cuando
se
acompañe
información
complementaria,
pueden
ocurrir
dos
situaciones:
• Que la información, que se acompañe por su
naturaleza contable sea susceptible de ser
auditada conforme a las normas para auditoría
financiera las cuales permitieron formarse una
opinión sobre los estados financieros tomados
en conjunto, a los que se acompaña dicha
información y Que la información que se
acompaña por su naturaleza no presenta
condiciones para ser sometida a los
procedimientos de auditoría financiera.