Gaceta Judicial-787259-jud_tac_-_21_jul

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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 21 de julio del 2016
Boletín Informativo
Corte Superior de Justicia de Tacna
NOTA DE PRENSA
N° 105-2016-II-CSJT-PJ
MIERCOLES 20 DE JULIO DE 2016
Para determinar si magistrados incurrieron en inconducta funcional
PRESIDENTE DEL PJ PIDE A LA OCMA INVESTIGAR CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial respalda acciones del doctor Ticona Postigo
El presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, solicitó a la Oficina de Control de la
Magistratura (OCMA) que realice una pronta indagación respecto de las decisiones judiciales
adoptadas por el Juzgado Penal Colegiado de Ayacucho y la Primera Sala Penal con Reos en
Cárcel de Lima Norte, a fin de evaluar si los jueces que la conforman incurrieron en inconducta
funcional.
En oficio N° 4812-2016-SG-CS-PJ, la autoridad judicial le pide a la jefa de la OCMA, doctora Ana
María Aranda Rodríguez, que proceda de acuerdo con sus atribuciones e informe a la brevedad
sobre las medidas adoptadas.
El doctor Ticona Postigo manifestó que el órgano de control debe investigar a profundidad los
casos referidos a los procesados Adriano Pozo Arias y Rony García Guzmán y si los magistrados
incurrieron en responsabilidad funcional reciban una drástica sanción.
La acción del titular del Poder Judicial fue respaldada en sesión del Pleno del Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial (CEPJ) que se realizó esta mañana.
En atención al requerimiento del doctor Ticona Postigo, la jueza suprema titular Aranda
Rodríguez informó que la Unidad de Prevención Especial de la OCMA inició las investigaciones
sobre el proceso penal de lesiones seguido por Cindy Contreras Bautista contra Pozo Arias, que se
tramita ante el Juzgado Penal Colegiado de Ayacucho.
Del mismo modo, reportó que se encargó a la Oficina Desconcentrada de Control de la
Magistratura (Odecma) de Lima Norte que proceda conforme con sus atribuciones sobre el
proceso que Lizet Socla Guillen siguió contra García Guzmán en la Primera Sala Penal con Reos en
Cárcel de Lima Norte.
El doctor Ticona Postigo precisó que en ambos casos se tratan de resoluciones judiciales no
definitivas, por cuanto pueden ser apeladas ante la instancia superior que evaluará el caso y, en
su momento, emitirá la resolución correspondiente.
Finalmente, exhortó a las autoridades y medios de comunicación a tratar el tema con
ponderación, responsabilidad y respeto a la institucionalidad del Poder Judicial, como
corresponde en un Estado constitucional de derecho.
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Tacna
Jueves, 21 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
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Avisos Judiciales
EDICTO
EXPEDIENTE 00085-2016-0-2301-JM-CI-01
ANTE EL JUZGADO MIXTO DEL MBJ ALTO DE LA
ALIANZA, QUE DESPACHA LA JUEZ DRA. HILDA
FILOMENA SEGURA, CON INTERVENCION DEL
ESPECIALISTA LEGAL DR. JUAN GUZMAN AFAN,
EN EL EXP. 85-2016, SOBRE RECTIFICACION DE
PARTIDA, SEGUIDO POR ADELA SANDOVAL
CHAMBILLA, QUE SOLICITA SE LE AUTORICE A
USAR COMO PRIMER NOMBRE DE MARY ANTEPUESTO AL DE ADELA, PARA FIGURAR EN
LO SUCESIVO COMO MARY ADELA SANDOVAL
CHAMBILLA; SE HA EXPEDIDO LA RESOLUCION
02 DE FECHA 05-07-2016, QUE RESUELVE ADMITIR EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO
LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE PRESENTADA POR ADELA SANDOVAL CHAMBILLA,
SEÑALANDOSE FECHA PARA LA AUDIENCIA DE
ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL PARA
EL DIA 09 DE AGOSTO DE 2016 A HORAS 11.30
A.M., PREVIA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE
LA SOLICITUD EN EL DIARIO LA REPUBLICA Y
DIARIO OFICIAL EL PERUANO, POR EL TERMINO DE UN DIA HABIL . TACNA 14 DE JULIO DE
2016. JUAN GUZMAN AFAN Especialista Legal
Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
(1V/21 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1709-2015-0-2301-JR-PE-1.ACUSACION DIRECTA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá
Quelopana.
En el proceso N° 1709-2015-0-2301-JR-PE-2, seguido contra OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA,
CRISTIAN SIMON ZEGARRA VEGA Y SUJHEY
CARLA ZEGARRA VEGA, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en
agravio de SANTOS SIMON ZEGARRA LOZANO;
el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE
NOTIFIQUE por Edictos a OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA lo dispuesto en la Audiencia de fecha dieciocho de julio del dos mil dieciséis, en
la cual SE RESUELVE: CONTINUAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION EL DIA OCHO
DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS
NUEVE DE LA MAÑANA. Debiendo de emplazarse a los demás sujetos procesales conforme
corresponda, con la atingencia siguiente: si
inconcurriése los procesados, eventualmente
la parte agraviada en relación a que no existióse su presencia para dar la aprobación del
principio de oportunidad, se continuará con la
secuela del presente proceso. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHI CAO TEJADA - JUEZ DEL 2do
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
DE TACNA- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.
Tacna, 18 de julio del 2016. SILVANA ALCALA
QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de
Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA JORGE ANTONIO MA-
CHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado
De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/21-22-25 JUL)
EDICTO JUDICIAL
NOTIFICACION A JOSE WALTER CONDORI
YAPUCHURA
Exp. Nro. 1342-2015-2301-JR-FT-01, ante el
PRIMER JUZGADO DE FAMILIA, Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, Sec. Janeth Lezama, se
ha emitido la Resolución Nro. 01: Tacna, cinco
de Junio del dos mil quince: SE RESUELVE:
Abrir investigación tutelar por presunto Estado
de Abandono, a favor del adolescente ROBERTO CARLOS CONDORI CEREZO, de quince años
de edad. DICTÁNDOSE COMO MEDIDA DE PROTECCION PROVISIONAL, A FAVOR DEL TUTELADO ROBERTO CARLOS CONDORI CEREZO, SU
ALBERGAMIENTO PROVISIONAL EN EL HOGAR
SANTO DOMINGO SAVIO DE TACNA.- Resolución Nro. 31: Tacna, trece de Julio del dos mil
dieciséis; DE OFICIO.- Estando a las publicaciones efectuada en el Diario La República ( 6-7-8)
y no mediando los tres días entre la notificación para una actuación procesal y su realización, conforme lo dispuesto por el artículo 147
del Código Procesal Civil, se reprograma fecha
para recibir la declaración de JOSE WALTER
CONDORI YAPUCHURA, progenitor del tutelado, para el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS
MIL DIECISÉIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA,
debiendo de notificárseles mediante EDICTO,
bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inconcurrencia.- Tómese
Razón y Hágase Saber.- JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado
de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA(3V/19-20-21 JUL)
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado
de Tacna a cargo de la Juez Dra. MILAGROS PARIHUANA SERRANO y Especialista Legal: Dra.
Maritza Gómez Cutipa, Exp. Nro. 580- 2016,
EZEQUIELA ESPERANZA MENDOZA DE MEDINA, solicita la Rectificación de Partida, por lo
que el Juzgado ha dictado la resolución Nro.
01 de fecha 20 de mayo del año 2016, cuyo literal dice: ADMITIR en la Vía procedimental del
PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud de
Rectificación de Partida presentada por EZEQUIELA ESPERANZA MENDOZA DE MEDINA,
la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA RECURRENTE: Donde dice “Antonia
Pas de Mendoza” debe decir “ANTONIA PAZ
DE MENDOZA”. CITESE para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial a realizarse el
día VEINTITRES DE AGOSTO del año en curso,
a horas DIEZ de la mañana en la sala de audiencias del Juzgado, previa realización de la
publicación de un extracto de la solicitud en
el diario encargado de los avisos judiciales de
la localidad y en el diario Oficial “El peruano”,
por el término de un día hábil. Por ofrecidos los
medios probatorios. A los autos de los anexos.
Tómese Razón y Hágase Saber.-Tacna, 19 de
Julio del año 2016. MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA.
Secretario Judicial del 2do Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
(1V/21 JUL)
NOTIFICACION POR EDICTO
En el Expediente N° 2272 - 2016-0-2301-JPFC-01, que se tramita ante Primer Juzgado de
Familia de Tacna, que despacha la señora Juez
Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, con la actuación de la Especialista Legal Dra. Janeth Lezama Salamanca, doña Marylin Israel Tiznado
Salazar a interpuesto demanda de Tenencia en
contra de Arturo Emanuel Quijano Coico, expidiéndose en el mismo la Resolución N° 01 que
Resuelve: Admitir la presente demanda sobre
Reconocimiento de Tenencia y Acumulativamente Alimentos en contra de Arturo Emanuel
Quijano Coico, tramitándose en la vía del proceso UNICO, corriéndose traslado de la misma
al demandado para que la conteste, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, por lo que notifíquese mediante edicto,
debiendo de expedirse los carteles respectivos.TR y HS.Tacna, 18 de julio del 2016 JANETH
PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del
1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA (3V/20-21-22 JUL)
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por MI BANCO – BANCO DE
LA MICROEMPRESA S.A., en contra de HERMINIA ELISABETH ARRIAGA MAMANI y JOSE
JOAQUÍN PARIA, en el presente proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N°
1093-2015-0-2301-JR-CI-01; el Primer Juzgado
Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna,
a cargo del Juez, Juan Manuel Vera Esquivel,
y como Especialista Legal, José Luis Vilca Becerra, ha dispuesto sacar a Remate Público lo
siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El TERRENO
RÚSTICO DENOMINADO VIRGEN DE CHAPI,
PARCELA 9; EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con una extensión
superficial de 20.150 Has., cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida
N° 05129400 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna.
SUNARP.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 82,375.53
(OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA
Y CINCO CON 53/100 DÓLARES AMERICANOS).
3.- BASE DEL REMATE: US$. 54,917.02 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON 02/100 DÓLARES AMERICANOS),
equivalente a las dos terceras partes del valor
de la tasación.
4.- GRAVAMENES Y CARGAS:
A) HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de HERMINIA ELISABETH ARRIAGA MAMANI y JOSE JOAQUÍN PARIA, a favor de MI BANCO
– BANCO DE LA MICROEMPRE S.A., hasta por la
suma de US$. 50,000.00 Dólares Americanos.
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Según Escritura Pública de fecha 05/03/2013,
otorgado ante Notario Público Daisy Morales
de Barrientos, en la ciudad de Tacna. Inscrito en
el Asiento D00002 de la Partida N° 05129400
del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona
Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha
de inscripción 07/03/2013.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 DE AGOSTO
DEL 2016, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA.
6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado Civil, ubicado en el segundo piso de la
Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la
esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda,
tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por
Participación en Remate, indicando en este,
el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia
de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera
más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S.
008-2005-JUS. El remate será efectuado por
María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública
- Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190
ó RPM #339910. Tacna, 30 de Junio del 2016.
JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal
1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Ma.Angela Zeballos A.(6V/18 AL
25 JUL)
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A.,
en contra de CENTRO COMERCIAL DRAGON
DE ORO S.A.C. y RAUL MENDOZA HUAYTA, en
el presente proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 1645-2015-0-2301-JR-CI-02;
el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior
de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez,
Rosalynn Mercado Díaz, y como Especialista
Legal, Carla Jakeline Dávila Cáceres, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:
1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien Inmueble ubicado en PROGRAMA DE VIVIENDA
HABITACIONAL URBANA PROGRESIVA ALFONSO UGARTE MZ. C-3, LOTE 6; EN EL DISTRITO DE
CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA,
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con
un área de 120 M2, cuyo dominio, linderos,
medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N°
P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna.
SUNARP.
2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 151,071.03
(Ciento Cincuenta y Un Mil Setenta y Uno con
03/100 Dólares Americanos).
3.- BASE DEL REMATE: US$. 100,714.02 (Cien
Mil Setecientos Catorce con 02/100 Dólares
Americanos), equivalente a las dos terceras
partes del valor de la tasación.
4.- GRAVAMENES Y CARGAS:
A) INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre el bien
inmueble propiedad de RAUL HUAYTA MENDOZA, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A.,
hasta por la suma de US$. 150,000.00 Dólares
Jueves, 21 de julio del 2016
Americanos. Según Escritura Pública N° 1958
de fecha 19/12/2014, otorgado ante Notario
Público Elba Aurora Angüis de Adawi (Tacna).
Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida N°
P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna.
SUNARP. Fecha de Inscripción 06/01/2015.
B) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien
inmueble propiedad de RAUL HUAYTA MENDOZA, a favor de BANCO FINANCIERO DEL
PERU, hasta por la suma de S/ 12,000.00. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida N°
P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna.
SUNARP. Fecha de Inscripción 15/03/2016.
5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 de AGOSTO del
2016, a las 12:00 del MEDIO DÍA.
6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis (Pasadizo) del
Segundo Juzgado Civil, ubicado en el Segundo
Piso de la Corte superior de Justicia de Tacna,
sito en la esquina que conforma la Calle Inclán
con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda,
tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por
Participación en Remate, indicando en este, el
número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de
los documentos en mención). El Adjudicatario
cancela los honorarios de la Martillera más IGV
de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 0082005-JUS. El remate será efectuado por María
Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó
RPM #339910. Tacna, 15 de Julio del 2016.Ma.
ÁNGELA ZEBALLOS ALVA Martillera Pública
Reg. Nº 142 CARLA DAVILA CACERES Secretaria Judicial (e) del 2do Juzgado Civil CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/18 AL 25
JULIO)
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra
de MAMANI LUCERO JASINTA y MAMANI CALIZAYA BEATRIZ VERONICA; en el proceso sobre
Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente
N° 2347-2013-0-2301-JP-CI-03; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de
Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez Kati
Verónica Antonio Damián y como Especialista
Legal Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, quien
asume funciones por licencia vacacional de la
titular, ha dispuesto sacar a Remate Público:
EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble
ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA SAN FRANCISCO
MZ. 104, LOTE 3; EN EL DISTRITO DE CORONEL
GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área
de 141.23 M2, cuyo actual propietario es Erick
Rodrigo Chávez Mamani, Donatario inscrito el
13/04/2015 en el Asiento 00008 de la Partida
P20018213 del Registro de Predios de la Zona
Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP.
VALOR DE TASACIÓN: S/ 71,888.90 (Setenta
y Un Mil Ochocientos Ochenta y Ocho con
90/100 Soles).
BASE DE REMATE: S/ 47,925.93 (Cuarenta y
Siete Mil Novecientos Veinticinco con 93/100
Soles), equivalente a las dos terceras partes del
valor de tasación.
AFECTACIONES: A) Inscripción de Hipoteca.Sobre el bien inmueble propiedad de Erick
Rodrigo Chávez Mamani, a favor de CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA
S.A., hasta por la suma de $. 29,540.99. Según
Escritura Pública N° 1298 de fecha 26/08/2011,
otorgado ante Notaria Rosa María Málaga Cutipé (Tacna). Inscrito en el Asiento 00005 de la
Partida P20018213 del Registro de Predios de
la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP.
Fecha de inscripción 05/09/2011. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble
propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a
favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de
S/ 8,000.00. Inscrito en el Asiento 00006 de la
Partida P20018213 del Registro de Predios de
la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP.
Fecha de inscripción 02/04/2014. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble
propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a
favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/ 22,000.00.
Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida
P20018213 del Registro de Predios de la Zona
Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha
de inscripción 04/06/2014.
DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL
2016, A LAS 10:00 A.M.
LUGAR: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Cuarto Piso de la Corte
Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero
Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código
07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente;
original y copia de su DNI, copia certificada de
poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de
la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia.
El adjudicatario deberá depositar el saldo de
precio, dentro de tercer día de cerrada el acta,
bajo apercibimiento de declararse la nulidad
del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con
el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S.
008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany
Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766,
e-mail: [email protected]. Tacna, 18 de
Julio del 2016.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO
REG. Nº 278 INGRID
MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria
Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/19 AL 26
JUL)
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL
PERU, en contra de DANITZA BETZABE DE LA
TORRE VILLANUEVA; en el proceso sobre Obli-
Jueves, 21 de julio del 2016
gación de Dar Suma de Dinero, Expediente N°
261-2015-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado
de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que Despacha la Señora Juez Kati
Verónica Antonio Damián y como Especialista
Legal Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, ha
dispuesto sacar a Remate Público:
EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en MZ. 10, LOTE 07, SECTOR 18 AMPLIACION VIÑANI; EN EL DISTRITO DE CORONEL
GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área
de 500.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas
perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11067451
del Registro de Predios de la Zona Registral N°
XIII – Sede Tacna. SUNARP.
VALOR DE TASACIÓN: S/ 55,000.00 (Cincuenta y
Cinco Mil con 00/100 Soles).
BASE DE REMATE: S/ 36,666.67 (Treinta y Seis
Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 67/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del
valor de tasación.
AFECTACIONES: A) Inscripción de Embargo.Sobre el bien inmueble propiedad de Danitza
Betzabé De La Torre Villanueva, a favor de BANCO FINANCIERO DEL PERU, hasta por la suma
de S/ 25,000.00. Inscrito en el Asiento D00001
de la Partida N° 11067451 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna.
SUNARP. Fecha de inscripción 20/04/2015.
DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL
2016, A LAS 10:30 A.M.
LUGAR: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Cuarto Piso de la Corte
Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero
Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código
07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente;
original y copia de su DNI, copia certificada de
poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de
la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia.
El adjudicatario deberá depositar el saldo de
precio, dentro de tercer día de cerrada el acta,
bajo apercibimiento de declararse la nulidad
del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con
el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S.
008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany
Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766,
e-mail: [email protected]. Tacna, 18 de
Julio del 2016.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 278 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial
del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/19 AL 26 JUL)
REMATE PÚBLICO - JUDICIAL
En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ SAA en
contra de EXPORTACIONES IMPORTACIONES
CERVANTES TAPIA EMPRESA INDIVIDUAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA representada
por Gladys Teresa Guillén Olvea, y Víctor Jesús
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Cervantes Olvea; proceso único de ejecución
de garantía hipotecaria signado con Expediente Judicial N°00103-2010-0-2301-JR-C0-03; el
Tercer Juzgado Civil - de la Sede Central de la
Corte Superior de Justicia de Tacna a cargo del
Señor Juez Vladimir Salazar Diaz, con intervención de la Especialista Legal Srta. Patricia Albarracín Palacios, ha ordenado sacar a REMATE
PÚBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA 43 LOTE
13 DE LA URBANIZACIÓN ASOCIACIÓN DE VIVIENDA AGRARIO TACNA DEL DISTRITO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, inscrito
en la Partida Registral con Código N°11035036
de la Zona Registral N°XIII Sede Tacna.
La referida partida registral publicita que el
inmueble a ser rematado es de propiedad de
la Sociedad Conyugal conformada por VICTOR JESUS CERVANTES OLVEA y JESSICA TAPIA
QUISPE.
El inmueble se encuentra valorizado en la
suma de S/. 115 962.40 (ciento quince mil novecientos sesenta y dos con 40/100) soles y
SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/. 65 712,
03 (sesenta y cinco mil setecientos doce con
03/100) soles, suma equivalente a los dos tercios de la suma por la cual ha sido valorizado.
AFECTACIONES CONOCIDAS DEL BIEN: Asiento
D002 de la Partida Registral antes mencionada:
Inscripción de Hipoteca a favor del Banco Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de USD $
14, 417.00 dólares de los EUA. Asiento D003 de
la Partida Registral antes mencionada: Embargo en forma de Inscripción.- Hasta por la suma
de S/. 1 000 (mil) soles a solicitud del Ejecutor
Coactivo - SUNAT.
DIA. HORA Y LUGAR DEL REMATE:
La diligencia del remate estará a cargo del abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre - Martillero
Público con Registro N° 227 el día 25 DE JULIO
DEL AÑO 2016 A LAS 12:00 horas meridiano
en las instalaciones del TERCER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA, ubicado en la Calle Inclán, esquina con
Presbítero Andía s/n de esta ciudad.
POSTORES: Las personas que deseen ser consideradas como postores en el remate deberán
constituir depósito, en efectivo o en cheque
de gerencia girado a su nombre, una cantidad
no menor al 10% del valor de tasación del inmueble.- S/. 11 596,24 (once mil quinientos
noventa y seis con 24/100) soles, presentando
este depósito al Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro
de la suma depositada al terminar el remate.
Así mismo, los postores deberán de presentar
el pago correspondiente del arancel judicial
respectivo por derecho a participar en remate
judicial de bien inmueble a la orden del Tercer
Juzgado Civil de Tacna, suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expediente,
adjuntando copia fotostática del mismo y de
su documento nacional de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 732° del Código Procesal Civil y
Por Ley del Martillero Público, los honorarios
del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV.Tacna 11 de junio del
año 2016- PATRICIA ALBARRACIN PALACIOS Especialista legal del 3er juzgado civil de Tacna
La República
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA JUAN
PABLO KONG EYZAGUIRRE Martillero Publico
Reg.n°227 ABOGADO (6V/14 AL 21 JUL)
SUCESION INTESTADA
EXPEDIENTE N° 1095 - 2016, ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA,
QUE DESPACHA LA SEÑORA JUEZ MILAGROS
PARIHUANA SERRANO, ESPECIALISTA LEGAL
LUZ SARA AGUI LAR CHAMB!; CIRILO CONDORI
LUQUE SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE
QUIEN EN VIDA FUE SU PADRE MANUEL CONDORI ROQUE, A FIN QUE SE LE DECLARE HEREDERO UNIVERSAL DEL CAUSANTE, LO QUE SE
PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.TACNA 19 DE
JULIO DEL 2016. LUZ SARA AGUILAR CHAMBI
Secretario Judicial 2do.Juzgado de Paz Letrado
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/21
JUL)
RECTIFICACION DE PARTIDA
POR ANTE EL JUZGADO DE MIXTO DEL MODULO BASICO DEL ALTO DE ALIANZA, EXPEDIENTE
N° 101- 2016-0-2301-JM-CI-01, JUEZ DOCTORA
HILDA FILOMENA SEGURA Y ESPECIALISTA
JUDICIAL FELICIANA ROQUE ALANOCA SE
PRESENTÓ ALBERTINA CATUNTA ONOFRE, SOLICITANDO RECTIFICACION DE PARTIDA, ADMITIDA A TRAMITE MEDIANTE RESOLUCION N°01,
QUE RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR en la vía
procedimental del PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por ALBERTINA CATUNTA
ONOFRE. SEGUNDO: En consecuencia cítese al
solicitante a la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día VEINTICUATRO DE
OCTUBRE del año dos mil dieciséis a HORAS
DIEZ con TREINTA minutos de la mañana en la
Sala de audiencias del Juzgado, previa realización de la publicación de un extracto de la solicitud en el Diario La República y el Diario Oficial El Peruano, por el termino de un día hábil.
TERCERO: Por ofrecidos los medios probatorios
presentados y agréguese a los autos los anexos que acompaña. Regístrese y Comuniqúese.
TACNA 18 DE JULIO DEL 2016. FELICIANA ROQUE ALANOCASecretaria Judicial del Juzgado
Mixto Modulo Básico de Justicia de Alto de la
Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(1V/21 JUL)
REINVINDICACION Y OTROS
EXP. 00369-2016-0-230l-JR-CI-03 Seguido por
BERNARDO TEOFILO TAPIA SOTO, sobre Proceso de REIVINDICACION Y OTROS en contra de
Yolanda Rivera Rivera y TERCEROS NO IDENTIFICADOS. Ante el Tercer Juzgado Civil de la
Corte Superior de Justicia de Tacna, Juez Vladimir Salazar Diaz y Especialista: Elsa G. Aguirre Huareccailo. Se ha expedido la Resolución
Nro. 02. Tacna, trece de abril del año dos mil
dieciséis. SE RESUELVE.- ADMITIR la presente
demanda sobre REIVINDICACION referente del
Inmueble ubicado en la Calle José Gálvez N2
101 del CPM Augusto B. Leguía (lote identificado como Mza-A, Lote-02 de la Asociación
de Vivienda Villa Alto Leguía) inscrita en la
partida electrónica N2 11001037 del registro
de propiedad inmueble de Tacna, en la Vía del
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
proceso de CONOCIMIENTO, interpuesta por
BERNARDO TEOFILO TAPIA SOTO en contra de
YOLANDA RIVERA RIVERA y contra TERCEROS
no identificados y como pretensión accesoria: 1.- Indemnización de Daños y Perjuicios,
por la suma de S/. 120,000.00 nuevos soles y
2.- por Lucro Cesante la suma de S/. 120,000.00
nuevos soles, por lo que córrase traslado de la
demanda a los demandados, por el termino de
treinta días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y nombrársele curador procesal
respectivamente, debiendo notificársele a los
terceros no identificados mediante EDICTOS.
TRYH.S.-Tacna 02 de junio del 2016. ELSA G.
AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del
3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/21-22-25 JUL)
PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIO
DE BIEN MUEBLE
Expediente N° 000532-3016-0, ante el Primer
Juzgado Civil de Tacna, que despacha el señor
Juez doctor Juan Manuel Vera Esquivel y la actuación del Especialista Joaquín
Medina Castro por Resolución Nro. 03 De fecha diecisiete de junio del año dos mil dieciséis, se ha RESUELTO: ADMÍTASE la demanda
interpuesta por ANGEL CARLOS ALEJANDRO
NÚÑEZ GHERSI en contra de MARIA LUISA
NÚÑEZ TREVIÑO Y ANGEL PABLO GHERSI
NIETO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE - VEHICULO;
a fin de que se le declare como propietario
del VEHÍCULO AUTOMÓVIL SEDAN, MARCA
NISSAN, MODELO SUNNY FE, CON PLACA DE
RODAJE NRO. BK6084, AÑO DE FABRICACIÓN
1997, DE COLOR PLATEADO, CON NÚMERO DE
MOTOR GA13594485B, Y NÚMERO DE SERIE
B14314118; quien se encuentra en posesión
desde el dos de febrero del año dos mil cuatro, en forma permanente, pacifica, publica,
para lo cual solicita se curse el Oficio respectivo a la SUNARP, en su oportunidad, córrase
traslado de la demanda a los demandados por
el término de diez días, para que absuelvan;
téngase por ofrecida los medios probatorios y
anexadas las copias; debiendo notificarse a los
demandados por edictos, bajo apercibimiento
de nombrarse curador procesal, disponiéndose se publique un resumen de la demanda en
los diarios encargados de las publicaciones
judiciales, por tres días y con intervalo de tres
días hábiles.Tacna siete de junio del año dos
mil dieciséisJoaquín Medina Castro Especialista Legal del Primer Juzgado Civil de Tacna.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del
1er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA(3V/11-15-21 JUL)
PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIO
DE BIEN MUEBLE
Expediente N° 000532-3016-0, ante el Primer
Juzgado Civil de Tacna, que despacha el señor Juez doctor Juan Manuel Vera Esquivel y
la actuación del Especialista Joaquín Medina
Castro por Resolución Nro. 03 De fecha diecisiete de junio del año dos mil dieciséis, se ha
RESUELTO: ADMÍTASE la demanda interpuesta
por ANGEL CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ GHER-
Jueves, 21 de julio del 2016
SI en contra de MARIA LUISA NÚÑEZ TREVIÑO
Y ANGEL PABLO GHERSI NIETO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN
MUEBLE - VEHICULO; a fin de que se le declare
como propietario del VEHÍCULO AUTOMÓVIL
SEDAN, MARCA NISSAN, MODELO SUNNY FE,
CON PLACA DE RODAJE NRO. BK6084, AÑO
DE FABRICACIÓN 1997, DE COLOR PLATEADO,
CON NÚMERO DE MOTOR GA13594485B, Y NÚMERO DE SERIE B14314118; quien se encuentra en posesión desde el dos de febrero del año
dos mil cuatro, en forma permanente, pacifica,
publica, para lo cual solicita se curse el Oficio
respectivo a la SUNARP, en su oportunidad,
córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de diez días, para que
absuelvan; téngase por ofrecida los medios
probatorios y anexadas las copias; debiendo
notificarse a los demandados por edictos, bajo
apercibimiento de nombrarse curador procesal, disponiéndose se publique un resumen de
la demanda en los diarios encargados de las
publicaciones judiciales, por tres días y con intervalo de tres días hábiles.Tacna siete de junio
del año dos mil dieciséisJoaquín Medina Castro Especialista Legal del Primer Juzgado Civil
de Tacna.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
TACNA. JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de Tacna CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/11-15-21
JUL)
NOTIFICACION POR EDICTOS
El señor Juez del Primer Juzgado en lo Civil,
despachado por el DR. JUAN MANUEL VERA
ESQUIVEL y bajo la actuación del Especialista
Legal DR. JOSE LUIS VILCA BECERRA, en el proceso Nº01433-2015, en el proceso seguido por
doña ELSA LIMA DE CUTIPA Presidente de la
ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS GIRASOLES,
sobre Prescripción Adquisitiva en contra de
VILMA AURELIA ALVAREZ PEÑA Y OTROS, ha
dispuesto se publique mediante Resolución
Nº11, fechado el 17 de Junio del año 2016.- Por
recibido el oficio que antecede procedente de
la Sala Civil Transitoria de Tacna que contiene
el expediente que se detalla: Hágase saber la
bajada de autos. Y estando a lo ordenado mediante auto de vista número ocho de fecha
21-Marzo-2016 de fojas 533 y siguientes; se
provee conforme a ley la demanda de fojas 121
y siguientes, teniendo en cuenta además el escrito de subsanación de foja 484 y siguientes:
AL PRINCIPAL.- AUTOS Y VISTOS: La demanda
y los anexos acompañados; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demanda que antecede
reúne los requisitos que señalan los artículos
424 y 425 del Código Procesal Civil; que no se
encuentra incursa dentro de las causales de
inadmisibilidad e improcedencia que señalan
los artículos 426 y 427 del Código acotado.
SEGUNDO: Asimismo la presente acción reúne
los requisitos especiales contenidos en el artículo 505 del Código Procesal Civil, en lo que
respecta. Y de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 486 inciso 5, 504 y demás pertinentes del Código Procesal Civil. SE RESUELVE: Admitir en la vía de proceso ABREVIADO la
demanda interpuesta por la entidad demandante ASOCIACION DE VIVIENDA LOS GIRASO-
LES, representada por su Presidenta Elsa Lima
de Cutipa, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE en contra de
los demandados: 1).- VILMA AURELIA ALVAREZ
PEÑA; 2).- ANASTACIO HUALLPA JAHUIRA; 3).JEANLUI JAVIER PAUCARA PEREZ; 4).- EMPRESA
MOTELES WELLCOME E.I.R.L, representada por
Ulises Mendoza Molero; 5).- MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE TACNA, representada por su
Alcalde Luis Torres Robledo; en consecuencia
TRASLADO a los demandados a fin que contesten la demanda en el plazo de diez días, bajo
apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por
ofrecidos los medios probatorios que se indican. Agréguese a los autos los anexos acompañados. Y notifíquese la presente demanda a
los colindantes indicados en el escrito de fojas
486 (numeral 5) para los fines de ley. Y también
notifíquese la presente demanda al Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de
Tacna para los fines de ley. Asimismo publique
un extracto de la demanda en el Diario Oficial
el Peruano y Diario la República para los fines
de ley conforme dispone el artículo 506 del
Código Procesal Civil. T.R. y H.S. Y proveyendo
con arreglo a ley el escrito de fecha 30-Mayo2016 que antecede: AL PRINCIPAL.- Téngase
presente. AL OTROSI DIGO.- Estese a lo resuelto
en la fecha. AL MAS DIGO.- Téngase presente
y a los autos. AL PRIMER MAS DIGO.- Téngase
por señalada la casilla electrónica para los fines de ley. Y proveyendo con arreglo a ley el
escrito de fecha 14-Junio-2016 que antecede:
AL PRINCIPAL.- Téngase presente. AL OTROSI DIGO.- Estese a lo resuelto en la fecha. AL
OTROSI DIGO.- Téngase presente y a los autos.Firmado DR. JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL
Juez del Primer Juzgado Civil.-Firmado por el
Especialista Legal DR. JOSE LUIS VILCA BECERRA. Extracto de la demanda.- ELSA LIMA DE
CUTIPA, DNI 00516632 Presidenta de la Asociación de Vivienda Los Girasoles, solicita la
acción de Prescripción Adquisitiva del inmueble urbano ubicado en la Avenida Villa Litoral
del Centro Poblado Augusto B. Leguía, Distrito,
Provincia y Región de Tacna, con una área de
14,453.96 metros cuadrados, con un perímetro
de 558.556 metros lineales, inmueble que se
encuentra inscrita en la Partida Nº05023874,
cuya posesión data del 25 de Marzo del año
2000, cuyos linderos son: por el frente, colinda
con la Vía Litoral en una línea recta de 209.30
metros lineales; por el fondo colinda con terrenos de propiedad privada en línea quebrada
de dos tramos de 134.30 y 70.40 metros lineales; por el lado derecho, colinda con la calle
Nº01 y la Asociación de Vivienda Perú Posible
en una línea recta de 70.55 metros lineales;
y por el lado izquierdo colinda con el pasaje
Nº01 y propiedad privada en una línea recta
de 74.00 metros lineales, Tacna, 30 de Junio del
año 2015. Firmado EFRAIN ROGELIO ZEA PINAZO Abogado, ELSA LIMA DE CUTIPA, Presidenta
de la Asociación de Vivienda Los Girasoles. Lo
que se notifica conforme a ley; Tacna, 11 de
Julio del año 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA
Secretario Judicial del 1er Juzgado Civil CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/15-19-21
JUL)
Jueves, 21 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Gaceta Judicial
DESPACHO VEINTE DE ABRIL DEL 2016
1. Expediente N° 0219-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del
22/10/2015 a fjs. 162/173 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Gino
Alexander Díaz Vargas en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna, reconducirse el proceso a la vía Ordinario laboral y solicite la
Indemnización que corresponda de acuerdo al Art. 38 del TUO del D.L. 728. COLEGIADO
GC FA LAG
2. Expediente N° 00147-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 04 del
14/10/2015 a fjs. 195/208 que declara Improcedente la demanda interpuesta por José
Manuel Palza Velasco en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna, debiendo reconducirse el proceso a la vía Ordinario Laboral y
solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al Art. 38 del TUO del D.L. 728.
COLEGIADO GC FA LAG
3. Expediente N° 00046-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 17 del
30/06/2015 a fjs. 198/213 que declara Improcedente la Oposición formulada por la
demandada a medio probatorios admitidos por la demandante, Improcedente la
Oposición formulada por la demandante a medios probatorios de la parte demandada;
Fundada la demanda interpuesta por Segundo Francisco Choque Caytano en contra de
Cristóbal Bances Siesquen sobre Indemnización por Daños y Perjuicios.
REFORMANDOLA declararon INFUNDADA por improbada. COLEGIADO GC FA LAG
4. Expediente N° 00400-2014 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del
25/11/2015 a fjs. 307/311 que declara Fundada la demanda interpuesta por Catalina
Felicitas Vargas de Ortiz contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y Gobierno
Regional de Tacna. Ordena que la demandada reconozca los reintegros que por concepto
de gratificaciones por 20 años de servicios oficiales equivalente a dos remuneraciones
sobre la remuneración total con deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG
5. Expediente N° 00244-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 09 del
20/11/2015 afjs. 72/78 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda
interpuesta por Beatriz Aspiros Bermúdez sobre Pago de la Bonificación por Movilidad y
Refrigerio contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Dirección de la Unidad
de Gestión Educativa Local de Tacna, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA
LAG
6. Expediente N° 01364-2014 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 12 del
20/11/2015 a fjs. 111/119 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda
interpuesta por Edilberto César Miguel Blanco Portugal contra la Dirección Regional de
Educación de Tacna y Gobierno Regional de Tacna. REFORMANDOLA se declara
Fundada en parte la demanda. ORDENA a la demandada calcular los subsidios
reclamados sobre la base de la remuneración total descontándose lo pagado.
INFUNDADA la demanda en el extremo que se solicita la nulidad de la Resolución
Directoral Regional N° 000397 del 10/02/2014. COLEGIADO GC FA LAG
7. Expediente N° 01455-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del
11/12/2015 a fjs. 63/69 que declara Fundada la demanda interpuesta por Luis Alberto
Nieto Valderrama contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. Cumpla las
demandadas con expedir nueva Resolución Administrativa en la cual reconozca y
otorgue la Gratificaciones por haber cumplido 25 y 30 años de servicio sobre la
remuneración total dentro de 10 días con deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA
LAG
7
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 21 de julio del 2016
8. Expediente N° 01010-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del
11/11/2015 a fjs. 58/64 que declara Infundada la demanda interpuesta por José Roberto
Mendoza Maura sobre Pago de la Bonificación por Movilidad y Refrigerio contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de
Tacna, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
9. Expediente N° 00761-0-2014-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia a fjs. 178/191
del 21/10/2015 resolución N° 04 que declara Infundada la demanda interpuesta por
Rubén Edgar Lupaca Quispe contra la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria SUNAT – TACNA sobre reconocimiento de relación laboral a plazo
indeterminado desnaturalización de los contratos de trabajo a tiempo parcial y otros.
REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE. COLEGIADO GC FA LAG
10. Expediente N° 00234-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la
resolución N° 03 del 23/10/2015 a fjs. 178/189 que declara IMPROCEDENTE la demanda
interpuesta por Andrés Álvaro Coarite Laura contra la Municipalidad Distrital de Pocollay
sobre reposición labora. REFORMANDOLA
declararon fundada la demanda y
DISPUSIERON que la demandada reponga al demandante en el puesto que venía
desempeñando u otro de igual jerarquía. COLEGIADO GC FA LAG
11. Expediente N° 00116-0-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 04 del 19/10/2015 que declara IMPROCEDENTE la demanda presentada
por Edgard Jim Fernández Dávila Corvacho contra del Proyecto Especial Afianzamiento y
Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna reconducirse a la vía ordinario laboral y
solicite la indemnización que corresponde conforme el art. 38° del TUO del D. Leg. N°
728. COLEGIADO GC FA LAG
12. Expediente N° 00699-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del
20/11/2015 a fjs. 86/90 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda
interpuesta por Layme Castillo Vda. de Bustamante Matilde Antonieta como pensionista
Sobreviviente por Viudez del titular con derecho Marcial Fernando Bustamante Meneses
contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna
sobre Pago de Bonificación Especial del Decreto de Urgencia N° 037-94 disponiendo su
archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
13. Expediente N° 00121-2015-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la sentencia del 20/11/2015
a fjs. 107/115 que declara Infundada la demanda interpuesta por Eleonor Roosevelt
Zelada de Díaz contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y Gobierno Regional
de Tacna. REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda. Se ORDENA cumpla la
demandada con calcular el subsidio reclamado sobre la base de la remuneración total.
INFUNDADA la demanda que solicita la nulidad de la Resolución Directoral Regional N°
003049 del 01/10/2014. COLEGIADO GC FA LAG
14. Expediente N° 01640-2014-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la sentencia del 20/11/2015
a fjs. 113/121 que declara Infundada la demanda interpuesta por Elena Lucrecia Ale
Calizaya contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de
Tacna. REFORMANDOLA declararon FUNDADA en parte la demanda. ORDENA cumpla
la demandada con calcular el subsidio reclamado. INFUNDADA la demanda en el
extremo que se solicita la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 001741 del
23/05/2014. COLEGIADO GC FA LAG
15. Expediente N° 00045-2015-0-2301-SP-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 03 del 10/09/2015 a fjs. 239/258 que declara Fundada la demanda de
reposición interpuesta por Aurelio Porfidio Ticona Huacho contra la Municipalidad
Provincial de Jorge Basadre reponer al actor en las labores habituales que desempeñaba
antes de su despido. COLEGIADO GC FA LAG
Jueves, 21 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
16. Expediente N° 00100-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la
resolución N° 05 del 16/10/2015 a fjs. 237/249 que resuelve declarar Improcedente la
demanda presentada por Sergio Gregorio Hurtado Toledo contra del Proyecto Especial
Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna. REFORMANDOLA se
declara FUNDADA la demanda. Se ORDENA que la entidad demandada cumpla con
reponer al demandante en el cargo de Oficial o en otro de igual jerarquía. COLEGIADO
GC FA LAG
17. Expediente N° 01214-2014-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 04 del 13/10/2015 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta
por Ismael Chambilla Condori contra del Proyecto Especial Afianzamiento Ampliación de
los Recursos Hídricos de Tacna sobre reposición laboral. dispone el pago por Daño
Patrimonial Lucro Cesante S/. 66,542.00 y Daño Moral S/. 5,000.00 más los intereses
legales. COLEGIADO GC FA LAG
DESPACHO VEINTIDOS DE ABRIL DEL 2016
18. Expediente N° 00017-2015 ANULARON la sentencia de la resolución N° 09 del
25/11/2015 a fjs. 106/110 que resuelve declarar Infundada la demanda interpuesta por
Juliana Acero Quispe en calidad de sobreviviente contra la Dirección Regional de Salud
de Tacna y la Dirección Regional de Salud de Tacna y la Dirección Ejecutiva del Hospital
Hipólito Unanue de Tacna. MANDARON al Juez expedir nuevo fallo corrigiendo la
irregularidad advertida. COLEGIADO GC FA LAG
19. Expediente N° 01294-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 6 del 14/12/2015 a fjs. 97/101 que declara Infundada en todos extremos la
demanda interpuesta por Nitza Yorka Zantalla Linaja contra la Universidad nacional Jorge
Basadre Grohmann sobre Pago de Asignación por Refrigerio y Movilidad, dispone el
archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
20. Expediente N° 01254-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 06 dl 20/11/2015 a fjs. 74/77 que declara Infundada en todos extremos la
demanda interpuesta por Juan de Dios Ernesto Valdivia Zeballos contra la Unidad de
Gestión Educativa Local de Tacna y de la Dirección Regional de Educación de Tacna sobre
Pago de asignación de Movilidad y refrigerio, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO
GC FA LAG
DESPACHO VEINTISEIS DE ABRIL DEL 2016
21. Expediente N° 01418-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 05 del 14/12/2015 a fjs. 68/72 que declara Infundada la demanda
interpuesta por Alicia Albina López Zavala contra la Dirección Regional de Educación de
Tacna y el gobierno Regional de Tacna sobre Pago de la Asignación por Refrigerio y
Movilidad, disponiendo su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
22. Expediente N°01242-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 05 del 11/11/2015 a fjs. 63/69 que declara Infundada en tosos sus extremos
la demanda interpuesta por Carlos Benedicto Condori Hualpamaita contra la Dirección
Regional de Educación y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, disponiendo su
archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 21 de julio del 2016
23. Expediente N° 01266-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la
resolución N° 07 del 11/11/2015 a fjs. 69/75 que declara Infundada en todo sus extremos
la demanda interpuesta por Filomeno Sandoval Cárdenas contra la Dirección Regional de
Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna sobre sobre Pago de la Asignación
por Refrigerio y Movilidad, dispone su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
24. Expediente N° 00038-2015-0-2301-SP-LA-01 ANULARON la sentencia de la resolución
N° 11 del 30/04/2015 fojas 93 y siguientes, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la
demanda interpuesta por Julio Martin Molina Triveño contra la Municipalidad Distrital de
Ite sobre Cese o Despido. Se ORDENA que el Aquo expida nueva sentencia COLEGIADO
GC FA LAG
DESPACHO VEINTISIETE DE ABRIL DEL 2016
25. Expediente N° 00235-2015 ANULARON la sentencia de la resolución N° 04 del
19/10/2015 que declara de oficio la Incompetencia del juzgado, nulo lo actuado y
dispone la remisión al 2do Juzgado de Trabajo Permanente, en los seguidos por Simón
Quispe Merlín contra la Municipalidad Distrital de Gregorio Albarracín sobre reposición.
ORDENA el Juez de la causa continúe con el conocimiento del presente proceso.
COLEGIADO CG TP LAG
26. Expediente N° 00211-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 05 del
15/10/2015 a fjs. 330/343 que declara Improcedente la demanda presentada por José
Luis Yava Quispe en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna, debiendo reconducirse a la vía Ordinaria Laboral para que
solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg. 728.
REFORMANDOLA declara FUNDADA la demanda y ORDENA la reposición del
demandante en el cargo que venía desempeñando u otra de igual nivel. COLEGIADO GC
LAG RC
27. Expediente N° 00237-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del
26/10/2015 a fjs. 235/249 que declara Improcedente la demanda presentada por Lourdes
Natalia Quiroz Pérez en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna, debiendo reconducirse a la vía Ordinaria Laboral para que
solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg. 728 .
COLEGIADO GC FA LAG
28. Expediente N° 00404-2014 CONFIRMARON en parte la sentencia de la resolución del
19/10/2015 a fjs. 168/178 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por
Marieleth Zoila Salazar Molina en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y
Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna sobre Indemnización por Daños y
Perjuicios, dispone el pago por Daño Patrimonial del lucro cesante S/. 114,152.40.
REVOCARON el extremo que dispone pago por daño moral S/. 8,000.00.
REFORMANDOLA se fija el monto en S/. 3,000.00por daño moral. CONFIRMARON lo
demás. COLEGIADO GC FA LAG
29. Expediente N° 01286-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del
14/12/2015 a fjs. 59/63 que declara Fundada la demanda inerpuesta por Lyllean Elizabeth
Sardón Pereda contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno
Regional de Tacna. Ordeno que la demandada reconozca los reintegros que por concepto
de subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro remuneraciones conb
deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG
30. Expediente N° 01584-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del
28/12/2015 a fjs. 49/54 que declara Fundada la demanda interpuesta por Cayetano
Jueves, 21 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Wigberto Condori Flores contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de
Tacna. Ordeno que la demandada reconozca los reintegros por concepto de Bonificación
Diferencial equivalente al 30% de acuerdo al Art. 184 de la Ley N° 25303 más el pago de
los devengados e intereses legales desde su nombramiento a la fecha. COLEGIADO GC
FA LAG
31. Expediente N° 00960-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 08 del
09/11/2015 a fjs. 104/109 que declara Fundada la demanda interpuesta por Saturnina
Mamani Vda. de Condori Contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. ordena que la
demandada en plazo de 10 días expida nuevo acto administrativo donde se reconozca
los conceptos de Bonificación Diferencial equivalente al 30% más el pago de devengados
e intereses a partir del mes de enero 1991. COLEGIADO GC FA LAG
32. Expediente N° 01293-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del
27/11/2015 fjs. 97/101 que declara Infundada la demanda interpuesta por Florencio
Linaja Ale contra la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann sobre Asignación por
Movilidad y refrigerio y dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
33. Expediente N° 01440-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del
11/11/2015 fjs. 91/97 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda
interpuesta por Julia Antonio Vilca sobre Pago de la Bonificación por Movilidad y
refrigerio contra la Dirección Regional de educación de Tacna y la Unidad de Gestión
Educativa Local de Tacna y dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
34. Expediente N° 01613-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del
22/12/2015 a fjs. 110/113 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda
interpuesta por Raúl Mamani Chura contra la Dirección Regional de Salud de Tacna
dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
35. Expediente N° 047-2015-0-2301-SP-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución
N° 05 del 18/09/2015 a fjs. 115/128 que declara FUNDADA en parte la demanda
interpuesta por el Sindicato de Trabajadores de Toquepala y Anexos contra Southern
Perú Copper Corporation, Debiendo interponerse al actor la sanción de Amonestación
Verbal e inscribirse en el legajo personal con conocimiento del Ministerio de Trabajo.
REFORMANDOLA declararon INFUNDADA la demanda. Sin costas ni costos.
COLEGIADO GC FA LAG
11
12
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 21 de julio del 2016
ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
FECHA: Jueves 21 de Julio del 2016.
Nro
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62
63
64
65
66
67
68
69
70
Expediente
2013-01470-25
2012-00375-60
2010-00519-45
2014-00545-32
2015-02600-4
2014-02008-65
2012-01271-77
2009-00622-25
2016-00282-39
2014-01318-48
2015-00852-44
2015-02600-27
2015-00537-22
2015-02708-20
2014-01690-31
2016-00417-0
2014-02037-0
2015-03045-23
2014-00617-86
2016-00459-69
2016-00760-37
2012-01847-31
2015-00337-80
2015-02289-8
2009-01266-53
2012-01560-80
2016-01334-0
2016-01323-0
2016-01496-0
2015-03019-51
2012-00976-14
2016-01374-0
2012-00016-44
2016-00296-0
2015-02880-0
2016-00182-0
2015-01171-0
2016-00294-0
2013-00729-46
2015-01195-0
2014-01457-78
2013-00693-19
2016-00082-0
2016-00122-0
2014-01200-94
2012-01354-32
2012-01417-71
2010-00978-97
2012-01117-2
2011-00942-97
2013-00187-55
2015-00923-48
2015-02671-73
2015-02655-4
2015-02015-19
2016-01213-0
2015-00769-26
2016-01358-46
2014-01009-41
2015-00529-98
2015-00721-17
2012-00156-53
2014-00253-72
2013-01683-79
2014-02003-1
2013-00027-22
2011-00025-31
2014-01205-15
2010-01548-70
2016-00158-0
Organo Jurisdiccional
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
Sala Audiencia
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
Hora Delito
10:30 Hurto agravado.
11:20 Comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva.
12:01 Actos contra el pudor en menores.
12:30 Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, entre otros.
16:00 Robo Agravado
09:00 Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, entre otros.
10:00 Robo.
10:45 Asesinato
11:20 Actos contra el pudor en menores.
12:01 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
12:31 Robo Agravado
15:00 Robo Agravado
16:00 Hurto simple.
15:46 Cohecho pasivo propio
16:35 Homicidio culposo
09:00 Omisión de asistencia familiar
09:20 Falsedad ideológica.
10:00 Lesiones culposas
11:00 Estafa genérica
12:00 Robo Agravado
15:00 Formas Agravadas de la Trata de Personas
08:30 Hurto agravado.
09:00 Violación a persona en estado de inconsciencia o en imposibilidad de resistir.
09:30 Actos contra el pudor en menores.
10:00 Falsificación de documentos.
15:00 Usurpación
10:00 Omisión de asistencia familiar
11:00 Omisión de asistencia familiar
12:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
09:00 Omisión de asistencia familiar
10:00 Secuestro
11:30 Omisión de asistencia familiar
12:00 Omisión de asistencia familiar
15:00 Omisión de asistencia familiar
09:00 Omisión de asistencia familiar
09:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
10:00 Omisión de asistencia familiar
11:00 Omisión de asistencia familiar
11:30 Omisión de asistencia familiar
12:00 Omisión de asistencia familiar
12:30 Uso de documentos falsos.
15:00 Omisión de asistencia familiar
15:30 Omisión de asistencia familiar
16:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
08:10 Apropiación ilícita.
08:30 Hurto simple.
10:00 Homicidio Simple
11:00 Lesiones graves
13:00 Peculado
15:00 Lesiones culposas
17:00 Falsificación de documentos.
09:00 Ingreso Indebido de Equipos de Comunicación al Interior de un Establecimieno Penitenciario
09:31 Apropiación ilícita.
10:16 Receptación
11:01 Falsificación de documentos
11:46 Desobediencia o resistencia a la autoridad
12:31 Falsedad ideológica.
11:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
10:00 Omisión de asistencia familiar
11:00 Omisión de asistencia familiar
08:00 Robo Agravado
08:05 Actos contra el pudor en menores.
08:30 Violación sexual de menor de edad.
14:40 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
09:00 Lesiones leves por Violencia Familiar
10:30 Hurto simple.
12:00 Peculado doloso
13:00 Actos contra el pudor en menores.
15:00 Violación sexual de menor de edad.
15:30 Omisión de asistencia familiar
Jueves, 21 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
AVISO
La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble construido en material
noble, con un área construida de 250 m2 (como mínimo) y de dos pisos a mas (como
mínimo), el mismo que debe estar en buenas condiciones para garantizar el normal
funcionamiento de órganos Jurisdiccionales Penales, con escaleras amplias, Servicios
Higiénicos por cada piso habilitados, en buen estado de conservación y funcionamiento,
documentos en regla (Copia de SUNARP, planos de distribución, Registro Nacional de
Proveedores vigente) y ubicado en el cercado de Tacna.
Sírvase presentar su pretensión económica y plano de ubicación en mesa de partes de la
Oficina de Administración de la Corte que está ubicada en el 4to piso de la sede central, sito
en la 3ra cuadra de la calle Inclán S/N con Presbítero Andía.
Tacna, 5 de julio de 2016
Corte Superior de Justicia de Tacna
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 21 de julio del 2016
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Jueves, 21 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
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15
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 21 de julio del 2016