manifestación de impacto ambiental modalidad particular

MANIFESTACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
MODALIDAD PARTICULAR SIN RIESGO
Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo mediante Estación de
Servicio con fin Específico
¿Qué es?
La evaluación de impacto ambiental es un instrumento de la política ambiental, cuyo objetivo es
prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente, así como la regulación de obras o actividades
para evitar o reducir sus efectos negativos en el ambiente y en la salud humana. A través de este
instrumento se plantean opciones de desarrollo que sean compatibles con la preservación del
ambiente y manejo de los recursos naturales.
Dicho trámite debe solicitarse previo al inicio de cualquier obra o construcción.
¿En qué casos debe presentarse?
Cuando se pretenda realizar alguna de las obras o actividades señaladas en el artículo 28 fracción II
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 5°, inciso D), fracción VIII del
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Evaluación del Impacto Ambiental.
Debe presentarse la solicitud de autorización antes de iniciar cualquier tipo de obra o construcción.
¿Qué consecuencias tendría no hacer este trámite?
No se aplicaría un Instrumento de política ambiental cuyo objetivo es prevenir afectaciones al
ambiente, la pérdida de recursos naturales y daños a la salud. Al no aplicarse dicho instrumento, se
pueden realizar proyectos cuyos costos por la pérdida de recursos naturales y contaminación
ambiental, pueden ser mayores a los beneficios generados; trasladando los costos ambientales, del
beneficiario del proyecto a la sociedad, subsidiando de esta manera las actividades que deterioran
el ambiente, reduciendo el capital ambiental del país y poniendo en riesgo su sustentabilidad.
Clave del trámite
SEMARNAT-04-002-A Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) modalidad particular sin riesgo
(MIA-P)
Fundamento legal del trámite
Artículos 3, fracción XI inciso d), 5, fracción XVIII, 7, fracción I de la Ley de la Agencia Nacional de
Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, 37, fracción V,
del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio
Ambiente del Sector Hidrocarburos, 28 fracción II de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente, y 5 inciso D), fracción VIII, del Reglamento de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Recepción del Trámite
Melchor Ocampo 469, Col. Nueva Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Distrito Federal, C.P.
11590, México.
No contamos con Delegaciones en los Estados.
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 hrs.
Días hábiles.
Tiempo de Respuesta
60 días hábiles prorrogables
Costo del trámite:
El monto a pagar se obtiene de calificar su proyecto contra cada uno de los criterios de la tabla A,
asignando el valor que corresponda y la suma de todos los valores deberá compararse con los rangos
de la Tabla B y en función de ello deberá pagar el monto que corresponda:
Hasta 16 puntos paga:
a). $30, 069.45 M.N.
Rango de 17 hasta 23 puntos paga b). $60,140.31 M.N.
Rango de más de 23 puntos paga c). $90,211.18 M.N
Según la miscelánea fiscal 2016
Área responsable del trámite:
Dirección General de Gestión Comercial
Documentos Requeridos
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Carta solicitud del trámite de evaluación suscrita por el representante legal.
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Copia sellada de la constancia de Pago de derechos y Tabla A y B de cálculo con fundamento
en la Ley Federal de Derechos y la Miscelanea fiscal vigente.
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Tabla de cálculo del pago de derechos firmada por el promovente.

Carta bajo protesta de decir verdad de la veracidad de los datos incluidos en el estudio,
suscrita por el representante legal o por la persona que realizó el estudio.

Original y copia para cotejo del documento que acredite la personalidad jurídica de la
persona moral o física que solicita el trámite.

Copia del documento que acredite el carácter del representante legal, y copia de la
credencial oficial con fotografía.
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Carta de autorización para recibir y oír notificaciones vía correo electrónico, suscrita por el
representante legal.
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Impreso original del estudio de impacto ambiental que contenga los 8 capítulos indicados
en el artículo 12 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
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Tres copias electrónicas del estudio de Manifestación de Impacto Ambiental (CD o USB).
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Resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental particular.

Anexos como planos, cartografía, diagramas, imágenes de satélite. videos, fotografías,
listados de flora y fauna, resultados de estudios técnicos, de laboratorio, modelos
matemáticos, análisis estadísticos, documentación legal, entre otros, en relación y
contenido de la Manifestación de Impacto Ambiental.

Una copia electrónica en versión consulta pública del estudio de Manifestación de Impacto
Ambiental o en su defecto escrito suscrito por el representante legal donde autorice a que
todos los datos personales incluidos en el estudio presentado pueden manejarse
públicamente.

Licencia o factibilidad de usos de suelo o cédula de zonificación.
Notas Importantes
La falta de alguno de estos documentos imposibilita a la autoridad emitir una respuesta rápida y
expedita a su solicitud.
Con base en el artículo 34, párrafo 3, fracción I de la LGEEPA, una vez ingresado su trámite, cuenta
con cinco días hábiles para realizar la publicación del extracto de su proyecto en un periódico de
amplia circulación en la Entidad en la que se pretenda llevar a cabo y debe contener lo siguiente:
·
·
·
·
Nombre de la persona física o moral responsable del proyecto.
Breve descripción de la obra o actividad de que se trate, indicando los elementos que la
integran.
Ubicación del lugar en el que la obra o actividad se pretenda ejecutar, indicando el Estado y
Municipio, y haciendo referencia a los ecosistemas existentes y su condición al momento de
realizar el estudio.
Indicar los principales efectos ambientales que puede generar la obra o actividad y las
medidas de mitigación y reparación que se proponen.
Asimismo, dentro del término de 5 días hábiles a que haya publicado el extracto, deberá remitir a
la Agencia la página del periódico o diario (original completa) donde se hubiere realizado la
publicación. Lo anterior, para ser incorporado al expediente respectivo y tener evidencia física de
ello.
Ligas para consulta de guías y formatos de pago:
http://www.gob.mx/tramites/ficha/autorizacion-de-la-mia-particular-sin-actividad-altamenteriesgosa/SEMARNAT465
http://tramites.semarnat.gob.mx/Doctos/DGIRA/Guia/MIAParticularRiesgo/g_petrolera.pdf
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Documentos
Requeridos