3 - MinTIC

REGISTRO DE TIC
Subdirección para la Industria de Comunicaciones
¿QUÉ ES?
Instrumento público en línea a cargo del Ministerio de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el que
se consolida la información relevante de redes, habilitaciones,
autorizaciones y permiso de los proveedores de redes o de
servicios de telecomunicaciones, incluida la información
referente a los concesionarios del servicio de radiodifusión
sonora y los titulares de permisos para el uso de recursos
escasos.
¿QUIÉN DEBE INSCRIBIRSE?
Deben inscribirse y quedar incorporados en el Registro los
proveedores de redes y de servicios de telecomunicaciones, los
titulares de permisos para el uso de recursos escasos y los
concesionarios del servicio de radiodifusión sonora, indicando sus
socios, quienes también deberán cumplir con esta obligación
incluyendo y actualizando la información, cuando haya lugar.
La no inscripción en el Registro de TIC acarrea las sanciones a que
haya lugar, de conformidad con lo establecido en la Ley 1341 de
2009 o la que la modifique, adicione o sustituya.
NORMATIVIDAD
NORMATIVIDAD
VIGENTE
VIGENTE
Decreto 2433
de 2015
Decreto 4948
de 2009
• Cuando la vigencia de la persona jurídica, en el caso de la provisión de redes y/o
servicios de telecomunicaciones, sea inferior a diez (10) años, contados a partir de
la fecha de la inscripción.
• Retiro del registro.
• El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones contaba con
diez (10) días hábiles para verificar la información consignada en la inscripción, los
cuales se contarán a partir del día hábil siguiente a la inscripción, en caso de no
se podía adjuntar electrónicamente algunos de los documentos que sirven de
soporte a la inscripción, el proveedor contaba con cinco (5) días hábiles contados
a partir del día siguiente de la inscripción, para remitirlos físicamente al Ministerio
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
•
•
•
•
•
Define la vigencia de la persona jurídica solo para solicitudes de asignación de Espectro.
Habilitación General Oficiosa para los inscritos
Número Único Registro asociado al NIT o CC (persona natural o jurídica)
Creación Certificados (Actualización, Inscripción, incorporación)
El usuario contara con un mes para completar la solicitud en caso de que no pueda
adjuntar la documentación en línea según Ley 1755/15 – Art. 17.
• Archivo del Registro de TIC hasta por un termino de 10 años.
¿DÓNDE LO HAGO?
SOLICITUD DE USUARIO Y
CONTRASEÑA
¿CÓMO ME REGISTRO?
CONTÁCTENOS
En caso de tener inquietudes o evidenciar inconvenientes
en su trámite de Registro de TIC, podrá comunicarse con
los funcionarios encargados del trámite en el Ministerio al
teléfono 3443460 (Ext. 3118, 1800) o al correo
electrónico [email protected]
2016
Ministerio de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones
Tel:+57(1) 344 34 60
Edif. Murillo Toro Cra. 8a entre calles 12 y 13,
Bogotá, Colombia - Código Postal 111711
www.mintic.gov.co – www.vivedigital.gov.co