contrato b basico - Autoescuela Car Land

CONTRATO DE ENSEÑANZA
Autoescuela: Car Land
Nº00
Alumno/a:
Nº prov: 1555
Titular/Representante: Javier Moreno Sanz
Fecha nacimiento:
Dirección: Muelle Príncipe de España s/n piso 2 oficina 206
Dirección:
Localidad: Barcelona
Localidad:
C.P: 08040
DNI/NIE:
C.P.
Ambas partes, con capacidad legal para contratar y obligarse, convienen el presente contrato de enseñanza para el aprendizaje de la
conducción de vehículos de motor y la obtención de la licencia de conducción y/o el permiso de conducción de la clase___B____
CLÁUSULAS
1.
La escuela impartirá las enseñanzas necesarias para la obtención del mencionado permiso de conducción, con la máxima dedicación y
eficacia y con un profesorado que cumpla con todos los requisitos exigidos en el Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores.
2.
Para presentarse a examen será necesario un certificado conjunto del director y del profesor que haya impartido las enseñanzas de
conducción. Si el alumno insiste en presentarse a examen sin este requisito el director de la escuela lo hará constar expresamente y la
Jefatura Provincial de Tráfico resolverá, si procede, en cada caso.
3.
El Alumno deberá abonar (precios con IVA incluido, salvo las tasas) los siguientes conceptos:
Matrícula:
Prácticas circuito cerrado:
Examen circuito cerrado:
Teórica común:
Prácticas de circulación:
Examen circulación:
42€
Teórica específica:
Examen teórica común:
Tasas Tráfico:
Vigentes
Tramitación:
Material didáctico:
Otros:
Examen teórica
específica:
:
Renovación expediente:
110€
Otros:
:
Tasa cambio expediente:
Vigentes
4.
Las clases prácticas de circulación serán individuales y tendrán una duración mínima de 45 minutos. La clase teórica tendrá una duración
mínima de 45 minutos. La matrícula se abonará una sola vez, independientemente del número de convocatorias.
5.
Para presentarse a examen, el alumno deberá aportar la siguiente documentación: certificado médico oficial específico para la clase de
permiso solicitado, 2 fotografías y 2 fotocopias del DNI.
6.
Salvo casos excepcionales, el alumno durante la prueba de conducción irá acompañado por el profesor que le haya impartido la
enseñanza práctica, que se responsabilizará del doble mando.
7.
La escuela velará por el cumplimiento de todo lo dispuesto en la legislación vigente, así como del cumplimiento estricto de las
obligaciones del profesorado, atendiendo cualquier reclamación o queja del alumno en relación a la enseñanza recibida. En este
sentido, en caso de estar disconforme, el alumno dispone de hojas de reclamaciones en los que podrá manifestar sus quejas.
8.
El alumno ha de superar las pruebas de aptitud médica y psicológica legalmente exigidas para la obtención del permiso solicitado.
9.
Los cursos de teórica tendrán una duración máxima de tres meses. El alumno abonará a la autoescuela cursos completos de teórica o por
mensualidades.
10. La autoescuela se compromete a mantener los precios fijados en el presente contrato, hasta un mínimo de un año desde su firma (excepto
las tasas administrativas y los impuestos que se apliquen en cada momento). La revisión de precios se establecerá de acuerdo con el IPC y si
la subida fuera superior se deberían consensuar los nuevos precios con el alumno.
11.
Este contrato tiene una duración de seis meses desde su firma. Finalizado el contrato, el alumno tiene derecho a que se le reintegren las
cantidades que hubiera abonado anticipadamente a los servicios, siempre que éstos no hubieran sido recibidos por el alumno, así como las
tasas oficiales, si éstas no han estado desembolsadas ante el organismo correspondiente.
12. Excepto por una causa justificada, el alumno está obligado a comunicar con 24 horas de antelación a la autoescuela la anulación de una clase
práctica o de un examen. Si el alumno no anula en este período de tiempo, deberá pagar el importe de la clase práctica y del examen, tanto si
pierde como si no pierde la convocatoria.
13.
La documentación personal que deba incluirse en el expediente administrativo la aportará la persona interesada con veinte días de
antelación, como mínimo, sobre el periodo previsto para presentarse a examen. Cualquier retraso en la aportación de documentación
eximirá a la autoescuela de la obligación de gestionarla para la fecha concertada. Asimismo, para que la autoescuela gestione la
tramitación del expediente administrativo, el alumno debe abonar la totalidad de los pagos correspondientes para obtener el permiso de
conducir.
14.
Si durante la enseñanza se observa una actitud negligente o dolosa del alumno, que haya causado daños a las instalaciones, servicios,
vehículos o al buen nombre de la autoescuela o se prevé por su actitud que pueda causar daños, la autoescuela podrá suspender
cautelarmente el presente contrato y en caso de desacuerdo, el alumno podrá acudir al arbitraje de la Junta Arbitral de Consumo a fin de
que resuelva sobre el asunto.
www.autoescuelacarland.com
Oficinas Puerto de Barcelona. Muelle Príncipe de España s/n
Edificio Tersaco planta 2 oficina 206 C.P:08040 Barcelona
Teléfono: 93 010 74 62
E-mail: [email protected]
En todo caso la autoescuela devolverá al alumno las cantidades correspondientes a las tasas administrativas (si no se han pagado a la
Jefatura Provincial de Tráfico), y los importes correspondientes a las clases prácticas no realizadas. Del resto de importes abonados por el
alumno se estará a lo que disponga el laudo o la resolución judicial.
15. Independientemente de lo dispuesto en la cláusula 2, el alumno se podrá presentar al examen práctico siempre que las disponibilidades del
número de plazas de examen lo permitan.
16. El alumno autoriza a la autoescuela a subcontratar la realización de las prácticas de conducción para la obtención del permiso A1-A2-A- B+E-CC+E-D-D+E, con otra autoescuela especializada en los permisos de conducir motocicletas y vehículos pesados con las condiciones económicas
establecidas en el presente contrato.
17. Por lo que hace referencia a la actividad de la autoescuela y a la obtención de la autorización para conducir se estará a lo que disponga la
normativa vigente.
18.
De acuerdo con lo que dispone la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos Personales, el alumno da su consentimiento para el
tratamiento de sus datos personales que serán incorporados en el fichero de clientes de la autoescuela. Los datos serán utilizados únicamente
para las gestiones propias a los servicios contratados. El alumno podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
establecidos en esta Ley ante la autoescuela.
19. Y, como prueba de conformidad, ambas partes firman este contrato en dos ejemplares, una copia queda depositada en la autoescuela y la otra
se entrega al alumno.
Barcelona a,
2014
El/la titular o representante/a de la autoescuela:
El alumno/a:
El padre/madre o tutor/a legal del menor:
NOMBRE:________________________
DNI/NIE:_______________________
www.autoescuelacarland.com
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