La DGT inicia el lunes una nueva campaña de exceso de velocidad

La DGT inicia el lunes una
nueva campaña de exceso de
velocidad en las carreteras
jiennenses
JAÉN.- La Dirección General de Tráfico va a llevar a cabo
durante la próxima semana una campaña de vigilancia y control
de velocidad, con el objetivo de que los conductores tomen
conciencia de los riesgos del exceso de velocidad, causante
del 22% de los casos de accidentes mortales en carretera. La
operación se iniciará el lunes, día 18, y concluirá el
domingo, 24. En la última campaña llevada a cabo para este
objetivo, en julio del pasado año, fueron controlados en las
carreteras de la provincia de Jaén 8.547 vehículos, de los que
603 conductores resultaron infractores y, por tanto,
denunciados por exceso de velocidad, lo que supone algo más
del 7% de los automóviles controlados. A estos resultados hay
que sumar los controles que las policías locales realizaron en
su ámbito de actuación, colaboración muy importante por el
alto riesgo de atropello que supone para los peatones que los
vehículos no respeten los límites de velocidad en las zonas
urbanas.
En torno a esta campaña, el subdelegado del Gobierno, Juan
Lillo, ha señalado que durante la misma se incrementarán los
controles de velocidad en carretera, con participación del
mayor número posible de medios humanos y materiales. De manera
especial habrá un reforzamiento de la vigilancia en las
carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril
en cada sentido), en las que se detectan en torno al 68% de
las infracciones. Además, como suele ser habitual, desde la
Jefatura Provincial de Tráfico se ha invitado a los
ayuntamientos a sumarse a la campaña para que también en las
vías urbanas se controlen estos comportamientos peligrosos.
Asimismo Juan Lillo se ha referido a las medidas dispuestas
por la Dirección General de Tráfico para la gestión de la
velocidad. Entre ellas, la unificación en todo el territorio
DGT del umbral de tolerancia con el que actúan los radares,
establecido en 7 km/h para límites hasta 100 Km/h y 7% para
límites superiores, de manera que el conductor conocerá cual
es exactamente la velocidad a partir de la cual el radar
denunciará, y que los radares distingan qué tipo de vehículo
ha cometido la infracción, para así aplicar la sanción en
función de la limitación de velocidad específica aplicable a
cada uno.
La velocidad genérica máxima para turismos y motos en
autopistas y autovías sigue siendo 120Km/h. En carreteras
secundarias, de 100 km/h o 90 km/h en función de la anchura
del arcén y en vías urbanas dicha velocidad genérica es de 50
km/h. Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades,
establecidas en el Reglamento General de Circulación, los
conductores que las incumplan estarán cometiendo una
infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a
600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del
exceso de velocidad cometido.
En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en
sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta
kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida
reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y
es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a
la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la
comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier
caso, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor
y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro
años. Desde la entrada en vigor de la Ley del Permiso por
Puntos más de un 40% de las sanciones y más de un 48% de los
puntos detraídos lo han sido por causa del exceso de
velocidad.