S u m a r i o - Diputación de Sevilla

Publicación diaria, excepto festivos
Depósito Legal SE-1-1958
Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
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u
m
a
r
i
o
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA:
— Área de Fomento:
Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
JUNTA DE ANDALUCÍA:
— Consejería de Fomento y Vivienda:
Delegación Territorial en Sevilla:
Expedientes de descalificación de viviendas de protección
oficial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO
DEL INTERIOR:
— Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla:
Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL:
— Dirección Provincial de Sevilla:
Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR:
— Comisaría de Aguas:
Expediente de modificación de características. . . . . . . . . . . . . . 14
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA:
Declaraciones iniciales y modificaciones del Registro de Intereses
de los cargos electos y personal directivo. . . . . . . . . . . . . . . . . . 14
Anuncio de adjudicación de contrato. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:
— Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.— Sevilla:
Sala de lo Social:
Recursos núms. 1184/13, 1837/12 y 1727/13. . . . . . . . . . . . . . . 18
— Juzgados de lo Social:
Sevilla.—Número 1: autos 500/13, 243/14 y 157/14; número 3:
autos 1120/12 y 1099/12; número 6: autos 59/13 y 190/13;
número 7: autos 265/13 y 102/12; número 11: autos 213/13,
114/14 y 402/12. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .19
Huelva.—Número 2: autos 672/11 y 857/12 . . . . . . . . . . . . . . . 25
Madrid.—Número 16: autos 296/13; número 17: autos 152/14. 26
Tarragona.—Número 1: autos 705/12. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
— Juzgados de Primera Instancia:
Écija.—Número 2: autos 359/14.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27
AYUNTAMIENTOS:
— Sevilla: Anuncio de adjudicación de contrato. . . . . . . . . . . . . . . 28
Convocatoria de subvenciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29
Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34
Gerencia de Urbanismo: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36
— Aguadulce: Anuncio de licitación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39
— Alcalá de Guadaíra: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
— La Algaba: Delegaciones de funciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40
Nueva numeración de edificios del municipio. . . . . . . . . . . . . . 41
— Algámitas: Régimen de dedicación de miembro de la Corporación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41
— Arahal: Modificación de las retribuciones del Alcalde. . . . . . . . 42
— Benacazón: Resolución sobre puestos de trabajo reservados a
personal eventual. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42
— Bollullos de la Mitación: Expediente de modificación presupuestaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42
Cuenta general ejercicio 2013. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
Notificación.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
— Bormujos: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal
de habitantes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
— Brenes: Delegación de funciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43
— Camas: Delegaciones de funciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
Notificación.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 44
— Cantillana: Expediente de modificación presupuestaria. . . . . . . 45
Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
— Carrión de los Céspedes: Expedientes de baja de oficio en el
Padrón municipal de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
— Casariche: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52
— Dos Hermanas: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
— Estepa: Ordenanza fiscal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53
— Gines: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
— Isla Mayor: Ordenanza fiscal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54
— Lebrija: Corrección de errores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
— Mairena del Aljarafe: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55
— Marchena: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56
— Palomares del Río: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
— Paradas: Padrones fiscales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
— El Pedroso: Anuncio de licitación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57
— Pruna: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de
habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58
— La Puebla de Cazalla: Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59
— La Puebla de los Infantes: Expediente de baja de oficio en el
Padrón municipal de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59
— La Puebla del Río: Expediente de baja de oficio en el Padrón
municipal de habitantes.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59
— La Rinconada: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60
Notificaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60
— El Rubio: Innovación urbanística. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61
— Sanlúcar la Mayor: Delegación de funciones. . . . . . . . . . . . . . . 62
ANUNCIOS PARTICULARES:
— Comunidad de Regantes «Las Marismas del Guadalquivir»:
Convocatoria de asamblea general extraordinaria . . . . . . . . . . . 62
Miércoles 15 de octubre de 2014
Número 239
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ANDALUCÍA
————
Área de Fomento
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la resolución de paralización de obras/suspensión de usos, acordada por la Delegada del Gobierno en Andalucía con fecha 23 de julio de 2014
en virtud de denuncia formulada por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias contra don Alejandro Moreno Hernández, con
DNI 30793213P y domicilio en Córdoba, Muro de la Misericordia, 12, bloque 12, escalera B, C.P. 14001, ya que habiéndose intentado
la notificación ésta no se ha podido practicar.
Expediente de reposición de la legalidad ferroviaria 2/2014-CO.
Vista la denuncia formulada por la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) con
fecha 9 de julio de 2014 contra don Alejandro Moreno Hernández, con DNI 30793213P, y analizados los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.—El ADIF formula denuncia contra don Alejandro Moreno Hernández por los siguientes hechos: Construcción de
cerramiento dentro de la zona de dominio público y de la zona de protección del ferrocarril en parcela 132 del polígono 10 de Bélmez,
colindante con el ferrocarril, desde el p.k. 615/130 al 65/821 lado izquierdo de la línea férrea Almorchón-Mirabueno.”
Segundo.—Los hechos denunciados se han realizado y continúan realizándose sin la previa autorización que el artículo 15 de
la ley 39/2003, de 17 de noviembre, del sector ferroviario exige. ADIF ha solicitado de esta Delegación del Gobierno la paralización
de las obras y la suspensión de los usos prohibidos o no autorizados referidos en la denuncia, al amparo de lo estipulado en el artículo
18 de la citada ley 39/2003.
Tercero.—Queda acreditado, mediante documentación que acompaña a la denuncia, que la Jefatura de Área de Mantenimiento
de Córdoba, del ADIF, ha dirigido escrito a don Alejandro Moreno Hernández, mediante burofax de fecha 5 de junio de 2014, informándole de la necesidad de desmontar el cerramiento situado dentro de la zona de dominio público—que en la situación actual supone
un riesgo para las instalaciones ferroviarias—así como del procedimiento a seguir si desea realizar obras o instalaciones en la zona de
protección ferroviaria.
Cuarto.—La entidad denunciante hace constar que:
Una parte del cerramiento colocado se encuentra dentro de la zona de seguridad ferroviaria (zona situada a partir de una línea
paralela a más de 3 metros de distancia, medida desde el borde exterior de la cabeza del carril, a ambos lados de la vía).
El tipo de cerramiento instalado y sistema de fijación del mismo son en algunos tramos de unas características que no ofrecen
garantías suficientes de que los animales que se encuentran en la finca, principalmente caballos, no accedan a la infraestructura ferroviaria con el consiguiente riesgo de arrollamiento y peligro para la circulación ferroviaria.
Quinto.- En base a la denuncia presentada, el ADIF solicita como medidas objeto de este procedimiento las siguientes:
Paralización cautelar e inmediata de las obras o instalaciones y suspensión de usos prohibidos y no autorizados objeto de denuncia.
Iniciación del procedimiento previsto en el artículo 18.2 de la Ley del Sector Ferroviario.
Fundamentos de derecho
Visto lo informado en la propia denuncia, de fecha 9 de julio de 2014, y documentación que la acompaña—copia del escrito
dirigido mediante burofax a don Alejandro Moreno Hernández y prueba de entrega del mismo expedida por Correos, reportaje fotográfico y planos—la ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, su Reglamento de aplicación aprobado por Real Decreto
2387/2004, de 30 de diciembre, y la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Primero.—Están suficientemente acreditados los hechos, realizados en zona de dominio público y protección del ferrocarril.
Segundo.—No ha quedado acreditada la presentación de la documentación previa necesaria para la correcta localización y
definición de la actuación denunciada, según preceptúa el artículo 29 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario.
De conformidad con las competencias que a las Delegaciones del Gobierno atribuye el artículo 18 de la citada ley 39/2003, esta
Delegación del Gobierno, a propuesta del Director del Área de Fomento, acuerda:
Primero.—Ordenar a don Alejandro Moreno Hernández la paralización de obras y suspensión de los usos prohibidos consistentes en construcción de cerramiento dentro de la zona de dominio público y de la zona de protección del ferrocarril en parcela 132 del
polígono 10 de Bélmez, colindante con el ferrocarril, desde el p.k. 615/130 al 65/821 lado izquierdo de la línea férrea Almorchón-Mirabueno, advirtiéndole de que esta orden tiene carácter de medida provisional y cautelar y es trámite previo a la adopción, por esta
Delegación del Gobierno, de una de las resoluciones previstas en el artículo 18 de la ya citada ley 39/2003, del Sector Ferroviario,
a saber: a) La demolición de las obras o instalaciones y la prohibición definitiva de los usos no autorizados o que no se ajusten a las
autorizaciones otorgadas; b) Ordenar la instrucción del oportuno expediente para la eventual legalización de las obras o instalaciones
o autorización de los usos que se adapten a las normas aplicables; y se decide sin perjuicio de las sanciones que se puedan deducir del
expediente sancionador que, en su caso, se incoara y demás responsabilidades de todo tipo.
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto el artículo 84 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Publicas y del Procedimiento administrativo Común, conceder a don Alejandro Moreno Hernández, como propietario de la finca en la que se encuentran las instalaciones denunciadas, trámite de audiencia por un plazo de quince días contados a partir
del siguiente a la notificación del presente acuerdo, a fin de que pueda efectuar alegaciones y presentar los documentos que estime pertinentes, poniéndosele de manifiesto, durante el indicado plazo, el procedimiento en las oficinas del Área de Fomento de la Delegación
del Gobierno en Andalucía, plaza de España, Torre Sur, 41013 Sevilla.
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Notifíquese este acuerdo, según lo exigido en el artículo 58.1, de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sevilla, 23 de julio de 2014. La Delegada del Gobierno,
Carmen Crespo Díaz.
Sevilla, 1 de septiembre de 2014.—El Secretario General, Javier Arroyo Navarro.
36W-10400
————
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la resolución de paralización de obras/suspensión de usos, acordada por la Delegada del Gobierno en Andalucía con fecha 23 de julio de 2014 en
virtud de denuncia formulada por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias contra Cañada Gumartini S.L., con CIF B85694362
y domicilio en San Sebastián de los Reyes (Madrid), avenida de Somosierra número 2 H, C.P. 28703, ya que habiéndose intentado la
notificación ésta no se ha podido practicar.
Expediente de reposición de la legalidad ferroviaria 3/2014-CO.
Vista la denuncia formulada por la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) con
fecha 9 de julio de 2014 contra Cañada Gumartini S.L., CIF B85694362, y analizados los siguientes.
Antecedentes de hecho
Primero.—El ADIF formula denuncia contra Cañada Gumartini S.L. por los siguientes hechos:
Construcción de cerramiento dentro de la zona de dominio público y de la zona de protección del ferrocarril en parcelas 2, 3,
133, 139 y 140 del polígono 10 de Bélmez, colindante con el ferrocarril, desde el p.k. 615/130 al 65/821 lado derecho y desde el p.k.
65/821 al 66/690 ambos lados de la línea férrea Almorchón-Mirabueno.”
Segundo.—Los hechos denunciados se han realizado y continúan realizándose sin la previa autorización que el artículo 15 de
la ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario exige. ADIF ha solicitado de esta Delegación del Gobierno la paralización
de las obras y la suspensión de los usos prohibidos o no autorizados referidos en la denuncia, al amparo de lo estipulado en el artículo
18 de la citada ley 39/2003.
Tercero.—Queda acreditado, mediante documentación que acompaña a la denuncia, que la Jefatura de Área de Mantenimiento
de Córdoba, del ADIF, ha dirigido escrito a Cañada Gumartini S.L., mediante burofax de fecha 5 de junio de 2014, informándole de
la necesidad de desmontar el cerramiento situado dentro de la zona de dominio público —que en la situación actual supone un riesgo
para las instalaciones ferroviarias—así como del procedimiento a seguir si desea realizar obras o instalaciones en la zona de protección
ferroviaria.
Cuarto.—La entidad denunciante hace constar que:
Una parte del cerramiento colocado se encuentra dentro de la zona de seguridad ferroviaria (zona situada a partir de una línea
paralela a más de 3 metros de distancia, medida desde el borde exterior de la cabeza del carril, a ambos lados de la vía).
El tipo de cerramiento instalado y sistema de fijación del mismo son en algunos tramos de unas características que no ofrecen
garantías suficientes de que los animales que se encuentran en la finca, principalmente caballos, no accedan a la infraestructura ferroviaria con el consiguiente riesgo de arrollamiento y peligro para la circulación ferroviaria.
Quinto.—En base a la denuncia presentada, el ADIF solicita como medidas objeto de este procedimiento las siguientes:
Paralización cautelar e inmediata de las obras o instalaciones y suspensión de usos prohibidos y no autorizados objeto de denuncia.
Iniciación del procedimiento previsto en el artículo 18.2 de la ley del Sector Ferroviario.
Fundamentos de derecho
Visto lo informado en la propia denuncia, de fecha 9 de julio de 2014, y documentación que la acompaña—copia del escrito dirigido mediante burofax a Cañada Gumartini S.L. cuya entrega ha resultado infructuosa, reportaje fotográfico y planos - la ley 39/2003,
de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, su Reglamento de aplicación aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, y
la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Primero.—Están suficientemente acreditados los hechos, realizados en zona de dominio público y protección del ferrocarril.
Segundo.—No ha quedado acreditada la presentación de la documentación previa necesaria para la correcta localización y
definición de la actuación denunciada, según preceptúa el artículo 29 del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento del Sector Ferroviario.
De conformidad con las competencias que a las Delegaciones del Gobierno atribuye el artículo 18 de la citada ley 39/2003, esta
Delegación del Gobierno, a propuesta del Director del Área de Fomento, acuerda:
Primero.—Ordenar a Cañada Gumartini S.L. la paralización de obras y suspensión de los usos prohibidos consistentes en
construcción de cerramiento dentro de la zona de dominio público y de la zona de protección del ferrocarril en parcelas 2, 3, 133, 139
y 140 del polígono 10 de Bélmez, colindante con el ferrocarril, desde el p.k. 615/130 al 65/821 lado derecho y desde el p.k. 65/821 al
66/690 ambos lados de la línea férrea Almorchón-Mirabueno, advirtiéndole de que esta orden tiene carácter de medida provisional y
cautelar y es trámite previo a la adopción, por esta Delegación del Gobierno, de una de las resoluciones previstas en el artículo 18 de
la ya citada ley 39/2003, del Sector Ferroviario, a saber: a) La demolición de las obras o instalaciones y la prohibición definitiva de los
usos no autorizados o que no se ajusten a las autorizaciones otorgadas; b) Ordenar la instrucción del oportuno expediente para la eventual legalización de las obras o instalaciones o autorización de los usos que se adapten a las normas aplicables; y se decide sin perjuicio
de las sanciones que se puedan deducir del expediente sancionador que, en su caso, se incoara y demás responsabilidades de todo tipo.
Segundo.—De conformidad con lo dispuesto el artículo 84 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Publicas y del Procedimiento administrativo Común, conceder a Cañada Gumartini S.L., como propietaria de la finca
en la que se encuentran las instalaciones denunciadas, trámite de audiencia por un plazo de quince días contados a partir del siguiente a
la notificación del presente acuerdo, a fin de que pueda efectuar alegaciones y presentar los documentos que estime pertinentes, ponién-
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 2395
dosele de manifiesto, durante el indicado plazo, el procedimiento en las oficinas del Área de Fomento de la Delegación del Gobierno
en Andalucía, plaza de España, Torre Sur, 41013 Sevilla.
Notifíquese este acuerdo, según lo exigido en el artículo 58.1, de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sevilla, 23 de julio de 2014. La Delegada del Gobierno,
Carmen Crespo Díaz.
Sevilla, 1 de septiembre de 2014.—El Secretario General, Javier Arroyo Navarro
36W-10401
JUNTA DE ANDALUCÍA
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Consejería de Fomento y Vivienda
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Delegación Territorial en Sevilla
«Expediente núm. 54/13, de descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de don Jesús María González Fontela, de fecha 7 de marzo de 2013, se resuelve declarar la caducidad del procedimiento de descalificación y ordenar el archivo de las
actuaciones. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona
titular de la Consejería de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su
publicación.»
Sevilla, 22 de septiembre de 2014.—La Delegada Territorial, Granada Santos García.
265W-11228
————
Delegación Territorial en Sevilla
«Expediente núm. 279/13, de descalificación de Viviendas de Protección Oficial, a instancia de don Carmelo Muñoz Lagares,
de fecha 22 de noviembre de 2013, se resuelve tener por desistida la solicitud presentada y declarar concluso el procedimiento iniciado,
procediendo al archivo del expediente. Contra la presente resolución, que no pone fin a la via administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar su publicación.»
Sevilla, 22 de septiembre de 2014.—La Delegada Territorial, Granada Santos García.
265W-11229
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
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Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla
De conformidad con lo dispuesto en los art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285 de 27 de noviembre de 1992) se hace pública notificación de subsanación de defecto observado en el expediente de canje del permiso de conducción de Todor Gavrilov Skenderov, con
NIE Y2114388N.
Según lo previsto en el art. 71 de la Ley 30/92, se le concede un plazo de diez días hábiles para que subsane la falta o acompañe
los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.
Transcurridos tres meses sin atender esta petición se producirá la caducidad del expediente, ordenándose el archivo de las
actuaciones.
Sevilla, 14 de julio de 2014.—El Jefe Provincial de Tráfico, Ramiro Marcello Marín.
15W-8792
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De conformidad con lo dispuesto en los art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285 de 27 de noviembre de 1992) se hace pública notificación de
inicio de expediente de pérdida de vigencia del permiso de conducción número 45745119M, de Emilio José Sanchez Gálvez, otorgándole un plazo de dos meses para que presente en la Jefatura de Tráfico un informe médico expedido por los Servicios Provinciales del
Servicio Andaluz de Salud en las que se hagan constar el mantenimiento de las aptitudes psicofísicas que se exigen para la obtención
del permiso de conducción. Si en el plazo de dos meses no quedan debidamente acreditadas las aptitudes aludidas se procederá, como
medida cautelar, a la intervención de su permiso.
Contra este acuerdo podrá alegar lo que estime pertinente en su defensa o, demostrar en tiempo y forma, que no carece de tales
requisitos.
Sevilla, 25 de julio de 2014.—El Jefe Provincial de Tráfico, Ramiro Marcello Marín.
15W-9331
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
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Dirección Provincial de Sevilla
Resolución de concesión de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional.
El Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, que ha sido prorrogado por los Reales Decretos-Leyes 10/2011, 26 de agosto,
20/2011, de 30 de diciembre y 23/2012, de 24 de agosto sucesivamente, que de conformidad con el mandato contenido en los mismos,
ha dado lugar a una serie de disposiciones de desarrollo por parte de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.
Finalmente, mediante el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga nuevamente el programa de recualificación profesional de las personas desempleadas que agoten la prestación por desempleo regulado en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011,
de 11 de febrero. La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal dictó Resolución de 13 de febrero de 2013, por la que
se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas, conforme a lo dispuesto en la disposición
adicional cuarta del citado Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero. Dado que, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional
segunda del citado Real Decreto-Ley, en la que se establece la prórroga automática del programa PREPARA, se ha dictado Resolución
de fecha 24 de enero de 2014, por la que se modifica la de fecha de 1 de agosto de 2013.
Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de
los requisitos legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal por delegación de la Directora
General de este Organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo de la citada Resolución y asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la Intervención Delegada competente
Acuerda conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, correspondiente al mes
de mayo de 2014, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total
de las ayudas a 1.352.459,94 euros (un millón trescientos cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y nueve euros con noventa y
cuatro céntimos).
Según lo previsto en el artículo segundo, número 3, de la citada resolución, estas ayudas pueden ser objeto de justificación
para su cofinanciación por el Fondo Social Europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa nacional y
comunitaria.
Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en
la que existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante
la Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Sevilla a 30 de junio de 2014.—El Director Provincial, Miguel Ángel Terrero Prada.
Anexo I de la resolución de concesión correspondiente al mes de mayo de 2014
Beneficiario
AGUILERA AMAYA, MARIA ANTONIA AGUILERA MENA, SONIA ALBUJA SANCHEZ, ANGEL ALCERRECA TORRES, ABRAHAM ALEGRIA RAMOS, M CARMEN ALKHOULI , RUBA ALMUEDO PEREZ, REMEDIOS ALVAREZ BLANCO, MARCOS ALVAREZ DOMINGUEZ, JUAN JOSE ALVAREZ GALINDO, FRANCISCO ALVAREZ MAYOL, ALCIDES ALVAREZ SANCHEZ, NATIVIDAD JESUS ALVAREZ VERA, IRENE ALVAREZ VILLARROEL, MARIA ELOINA AMADOR CHIA, FRANCISCO JESUS AMODEO GARCIA, ROSARIO AMUEDO ORDOÑEZ, MARIA JOSE ANDRADE DA SILVA, KATIA VIVIANE ANGUITA GALLEGO, ANA LEONOR APARICIO CAVIEDES, ESTEFANIA AQADIR ZIHAJ, BRAHIM ARANDA DOMINGUEZ, ANTONIO ARENAL PONCE, RAFAEL ARIAS MUNOZ, ELISABET AVALOS MEDINA, JUSTO JAVIER AVILA CAMPOS, DAVID BAENA DEL RIO, FRANCISCO JAVIE BARBA RODRIGUEZ, MIGUEL BARBERO NAVAS, ELISA ISABEL BAREA PADILLA, MARIA CARMEN BARJE EVANS, MARIA ANGELES BARRAGAN SAN ROMAN, GEMA BARRERA DÍAZ, ISABEL BARRERO HURTADO, JOSE ANTONIO BASERBA ROMERO, JAIME Importe
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Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 2397
Beneficiario
BEATO RODRIGUEZ, CONCEPCION BELMONTE MARTIN DE SOTO, MARIA JOSE BENGHZALA , ZAHRA BENITEZ ALCALA, GEMMA BENITEZ DE LA LAMA, MARIA JOSE BENITEZ DIANA, ISABEL LUCIA BENITEZ DOMINGUEZ, RAUL BENSALAH BAKOU, ABDELKADER BERNAL FERNANDEZ, RAFAEL BERNAL GONZALEZ, FRANCISCO JAVIE BERNAL JIMENEZ, ANTONIA BERNAL SOTO, ELENA MARIA BERRAQUERO MARTIN, TAMARA BERSABE RODRIGUEZ, INMACULADA BISAN ETAME JOHNSON, CRISTINA BLANCO CRUZ, SUSANA BLANCO MACIAS, BARTOLOME BLANCO MARTIN, OLGA BOHORQUEZ GUTIERREZ, MARÍA JOSÉ BONHOME HERRERA, DAVID BONILLA VERGARA, RAFAEL BORREGO OJEDA, JUAN CARLOS BOULMANE ABOUKAFFAL, AZDINE BRENES GARCIA, JOSE MANUEL BUESO TAVORA, ELENA CABELLO CHALVET, ALBERTO CACERES SEGURA, MANUEL JESUS CADIZ HEREDIA, AGUSTIN CALDERON GARCIA, MARIA CARMEN CALDERON ROLDAN, MOISES CALERO SANTOJA, PEDRO CALVO GALINDO, ALEJANDRO CAMACHO CAMPOS, JESICA CAMPILLO EXPOSITO, MARIA DEL MAR CAMPOS FLORES, MARIA CAMPOS HIDALGO, FERNANDO MANUEL CAMPOS VIDIELLA, OSCAR LUIS CANDEA SERRANO, CARMEN ROCIO CANTERO GONZALEZ, RAFAEL CAPACETE RUIZ, ANA CAPITAN SANJUAN, ANTONIO CAPUTO CARMONA, JOSE MANUEL CARABALLO REYES, MARCO JAVIER CARBAJO MORENO, ANA CARDOSO CASTRO, JAVIER CARMONA GUERRERO, MARIA CARMEN CARRILLO RIVERO, VANESA CARRION FERNANDEZ, EDUARDO CARRION GARCIA, JULIA CARVAJAL BIZCOCHO, ESTRELLA CASAS HUMANES, MARIA ESTHER CASTAÑEDA BUZON, ANTONIO CASTILLA BAENA, MARIA ANGELES CASTILLO ALCANTARA, MARIA CARMEN CASTILLO HERRERA, MARIA INMACULAD CASTRO CACERES, WILMA VIDALINA CASTRO VALCARCEL, SALVADOR CEDEÑO CEJUDO, MILAGROS CHIU GONZALEZ, MARIA ANGELICA CID DÍAZ, PEDRO COBANO RIVERO, JOSE MANUEL CONDE CASTRO, MARIA ISABEL CORCHADO CORNEJO, CARMEN GLORIA CORDON ACOSTA, MA ANGELES CORDON ALVAREZ, FRANCISCO CORREGIDOR BATISTA, ROCIO CORTES AMAYA, RAFAEL CORTES CORTES, YOLANDA CORTES GONZALEZ, MARTA CORTES ROJAS, REYES COTAN BERNABE, SUSANA CRUZ MOBILLA, CRISTINA CRUZ SUAREZ, ESAU CRUZ VAZQUEZ, MARIA O Importe
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Beneficiario
CUEVAS GARCIA, JUAN CARLOS CUEVAS TUBIO, JUAN DALE GOODPASTER, CHARLES DANA DOMINGUEZ, MARIA CARMEN DE CASAS ALVAREZ, AMANDA DE LA ROSA ALONSO, ESAUL DE LOS SANTOS PEREZ, MARTA BEATRIZ DEL BOT DE LEON, ELENA DEL VALLE GARCÍA, ANA MARÍA DELGADO CARMONA, MIGUEL ANGEL DELGADO MIRANDA, JOSE MARIA DIAZ MARTINEZ, LUIS MIGUEL DIAZ MORENO, MARIA LLANOS DIAZ NAVARRO, DAVID DOMINGUEZ DEL RIO, ROSA MARIA DOMINGUEZ ESTEPA, ANTONIO FELIPE DOMINGUEZ MARTIN, BLANCA DOMINGUEZ RUIZ, CRISTINA DOÑA LOPEZ, MANUEL DORANTES HERRERA, SILVIA DOZO GARCIA, ANGELES DUARTE MENDEZ, ALEJANDRO DANI DURAN GARCIA, MARIA ROSARIO EL ABIDI , RHIMOU EL AMANI TAOULAI, AZIZA EL FARISSI , AICHA EL JAMIY , MOHAMED EL KASMI , ZOUHAIR ENCINAS ESPINOZA, HUGO ERNESTO MACHUCA, RAQUEL ESCALERA RIOS, LOURDES ESPINOSA BARBERO, FRANCISCO ESPINOSA DELGADO, MARIA JOSE ESPINOSA MATEOS, ISMAEL ESPINOSA SEGURA, CRISTOBAL ESTEVEZ FERNANDEZ, ROSA MARIA FALL , TAMSIR FENUTRIA GOMEZ, EMILIO FERNANDEZ BARBA, ISABEL FERNANDEZ BARRAGAN, RAQUEL FERNANDEZ CAMPOS, RAFAEL FERNANDEZ CENTENO, JUAN ALBERTO FERNANDEZ GARCIA, MARIA JOSE FERNANDEZ GARCIA, VANESA FERNANDEZ MEDINA, RAFAEL FERNANDEZ MONTOYA, AFRICA FERNANDEZ RAMIREZ, JESUS SALVADOR FERNANDEZ RAMIREZ, MARIA AUXILIADO FERNANDEZ RODRIGUEZ, JESUS FERREIRA DAMAS, MARIA JOSE FERRETE RODRIGUEZ, RAFAEL FLORENCIO GARRIDO, FCO JAVIER FLORES MARTIN, AGUEDA FLORES MEJIAS, MARIA FLORES REYES, AGUSTIN FORNET CABELLO, JUAN DIEGO FORNET ROMAN, JOSE ANT FRANCO CASTILLO, GLORIA FRANCO JAEN, MARIA CARMEN FROTA DA COSTA, MICHELLE FUENTES OTERO, JOSE MANUEL FUENTES POZA, JESUS FUILLERAT DOMINGUEZ, EMILIA GALAN AMADOR, ANTONIO GALAN CACERES, JAVIER GALAN CASTILLO, MANUEL ANGEL GALAN VEGA, MANUEL GALINDO RUFO, RAQUEL GAMAZA CRVENKOVIC, VERONICA GAMERO LUENGO, MARIA GEMMA GARCIA ALVAREZ, FRANCISCA GARCIA ALVAREZ, INMACULADA GARCIA APARICIO, MA ROCIO GARCIA BOZADA, OLGA MARIA Miércoles 15 de octubre de 2014
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 2399
Beneficiario
GARCIA CARABALLO, SERGIO MANUEL GARCIA CLAVIJO, ROSA ANGELA GARCIA DIAZ, MARIA ISABEL GARCIA GARCIA, HORACIO JUAN GARCIA GOMEZ, DIEGO GARCIA GONZALEZ, ROCIO GARCIA GORDILLO, LIDIA GARCIA GUERRERO, RAQUEL GARCÍA HELLÍN, AMPARO GARCIA JIMENEZ, DANIEL GARCIA JIMENEZ, DAVID GARCIA LEON, RAFAEL GARCIA LOBO, ENCARNACION GARCIA LOPEZ, DOLORES DEL CAR GARCIA LOPEZ, MIGUEL GARCIA LUCENA, JUAN IGNACIO GARCIA MARQUEZ, ANTONIO MANUEL GARCIA MARTIN, HELGA GARCIA MATEOS, MARIA ROCIO GARCIA MORALES, JOSE ENRIQUE GARCIA ORTEGA, GLORIA GARCIA ROMERO, DIANA GARCIA SUAREZ, SUSANA GIRON PIÑERO, ESTRELLA GIRONA MARTI, MARIO GOBEA LOPEZ, CARMEN ROCIO GODOY TREJO, MARIA CARMEN GOMEZ GUILLEN, DOLORES GOMEZ MARTINEZ, ESTRELLA GÓMEZ TRISTÁN, INMACULADA ROCÍ GONZALEZ ALCAIDE, ANTONIO GONZALEZ AVILA, GRACIA MARIA GONZALEZ DIANA, BEATRIZ GONZALEZ GARCIA, EMILIO ANTONIO GONZALEZ GOMEZ, MANUEL GONZALEZ JAEN, ELISA ISABEL GONZALEZ JIMENEZ, DOLORES GONZALEZ JIMENEZ, LAURA GONZALEZ PIGNE, JOSE MANUEL GONZALEZ PRIETO, CLAUDIO GONZALEZ TEODORO, LOURDES GORDILLO MONROY, RAUL ALBERTO GORDILLO PEREZ, JOSE GRACIANO JIMENEZ, FRANCISCO GRANADOS VIDAL, JOSE GUERRERO SISTO, SERGIO GUILLEN GONZALEZ, LAURA GUILLEN JURADO, MANUELA GUTIERREZ GARCIA, MARIA JESUS GUTIERREZ OTERO, MARIA CARMEN GUTIERREZ SOTO, JOSE ANTONIO HERENCIA ORDOÑEZ, DANIEL HERNANDEZ GONZALEZ, ANTONIO HERNANDEZ MARQUEZ, PATRICIA HERRERA RUIZ, YOLANDA HERRERA SANCHEZ, ROCIO HIDALGO BENITEZ, MACARENA HIDALGO COLORADO, CONCEPCION HIDALGO MORGADO, GERTRUDIS HOUSSA , NADIA HRYHORENKO , OLEKSANDR HUERTA HEREDIA, FCO JAVIER IDARRAGA GIRALDO, WILFREDO IGLESIAS LOPEZ, BARBARA IGLESIAS MUÑOZ, ANTONIO INFANTES FRANCO, ESTRELLA IOAN MIHAI, RUS JAPON CORDERO, JOSE ANTONIO JIMENEZ CALERO, JOSE ANTONIO JIMENEZ CEBALLOS, ROSARIO JIMENEZ MARTIN, MIGUEL ANGEL JIMENEZ MAYA, JOSE LUIS JIMENEZ MUNOZ, DAVID JIMENEZ MUÑOZ, MATILDE Importe
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Beneficiario
JIMENEZ PEÑA, FRANCISCO JOSE JIMENEZ RODRIGUEZ, MARIA JOSE JIMENEZ VALDES, RAFAEL JURADO CASANOVA, DANIEL LAGUNA PEREZ, OVIDIO LAMA MARQUEZ, MIGUEL LARGO PEREZ, FRANCISCO LEO VAZQUEZ, ALMUDENA LEON SÁNCHEZ, TERESA LEON SUAREZ, MANUEL LINARES SEVILLA, OSCAR LOBATO GARCIA, SUSANA LOPEZ BENJUMEA, JOSE MARIA LOPEZ BERNAL, INOCENCIO LOPEZ DOMINGUEZ, ENRIQUE LOPEZ ESPINAR, ROBERTO CA LOPEZ FERNANDEZ, ADRIAN LOPEZ FERNANDEZ, JUAN MANUEL LOPEZ LOPEZ, JUAN LOPEZ MASSE, ALVARO LOPEZ PORTILLO, MIGUEL ANGEL LOPEZ RODRIGUEZ, ALBERTO LOPEZ SORIANO, DOLORES MARIA LOPEZ VAZQUEZ, LUZ MARGARITA LORA ESPALIN, ROSARIO LORA NUÑEZ, ANA MARIA LOZANO SOBRADO, M GRACIA LUCENA CAMARERO, MONTSERRAT LUGO ARAHAL, RAFAEL LUJAN ALAMO, MANUEL MACHUCA FERRER, NORA MACIAS OJEDA, ANA MARIA MACIAS RAMIREZ, AFRICA MADRID PEREZ, DIEGO MANZANARES MACIAS, JUAN MARIEVA TODOROVA, ELKA MARÍN ANDRADES, ANA MARÍA MARIN CAMPA, MARIA CARMEN MARINA NICULAI, IOANA MARQUEZ MARTINEZ, SANDRA MARQUEZ REINA, M CARMEN MARTIN BACO, MARIA YOLANDA MARTIN CAYUELA, BEATRIZ MARTIN LUNA, PEDRO MARTIN MANZANO, ALFREDO MARTIN MOLINA, NURIA MARTIN MUÑOZ, SERGIO MARTINEZ CHAVES, ESTEFANIA MARTINEZ LOPEZ, FRANCISCOJAVIER MARTINEZ MORENO, YOLANDA MARTINEZ PIZARRO, CONSOLACION MARTINEZ RODRIGUEZ, CONCEPCION MARTINEZ RODRIGUEZ, JUAN CARLOS MATA MARTINEZ, DAMARIS MATA MORENO, INMACULADA MATE JIMENEZ, ELENA MATEOS MÁRQUEZ, FRANCISCO MAURI MORALES, JOSE ANTONIO MBOUP , ALASSANE MEDINA ARADILLAS, MARIA JOSE MEDINA RIOS, ARBEY MEJIAS RAMOS, FRANCISCA MEJIAS TRUJILLANO, ISABEL MELENDEZ LOPEZ, ROSA MARIA MELERO BARRERA, EVA MELLADO ARANDA, ESTRELLA MENDEZ GARCIA, JUANA MENDOZA BALCAZAR, MARIA ANGELES MENDOZA BATISTA, MARICRYS MENDOZA CALVO, ROCIO MENDOZA PIQUERAS, MARIA CARMEN MIRICICA , VASILE MARIAN MOLERO ESTEBAN, MARIA JOSE MOLINA SEGURA, LAURA MARIA Miércoles 15 de octubre de 2014
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23911
Beneficiario
MOLINA VARELA, MARÍA ESTHER MOLINERO BLANCO, FRANCISCO MOLINES LOPEZ, MARIA ESPERANZA MONTENEGRO GUISADO, FRANCISCO MONTES HURTADO, MARIA ROCIO MONTES VERA, MARIA CARMEN MORA GOMEZ, EDUARDO MORA PEREZ, ROCIO MORAL GARCIA, MARIA DEL MAR MORALES GAMITO, SILVIA MORALES GARCIA, MOISES MORALES MORALES, ISABEL MARIA MORANTE FERNANDEZ, JORGE MORENO REYES, JOSE MARIA MORENO RODRIGUEZ, ISABEL MORENO RODRIGUEZ, ROSA MARIA MORENO ROMERO, JUAN MANUEL MORENO VAZQUEZ, INOCENCIO MOYA PILARES, ALEJANDRA MUNOZ COLMENERO, DESIREE MUÑOZ CASTRO, ROSA VICTORIA MUÑOZ GUILLEN, ANTONIO JOSE MUÑOZ LÓPEZ, ROSARIO MUÑOZ NUÑEZ, MARIA CASTILLO MUÑOZ POZO, ESMERALDA MUÑOZ SOLOMANDO, BEATRIZ MURIEL GUERRERO, FRANCISCO NARANJO DELGADO, FRANCISCO JESUS NARANJO FERRETE, SARA NAVARRO RODRIGUEZ, ANTONIO NAVARRO SANCHEZ, MARIA MAR NOGUERA ALGECIRAS, ANTONIO NUÑEZ CRUZ, BERNARDA OJEDA VEGA, NORBERTO OLIVA SANTIAGO, DOLORES ORELLANA OSUNA, MARIA DOLORES ORON APARICIO, LAUREANO JOSE ORTEGA GUERRA, DOMINGO ORTEGA RIDAO, JUAN CARLOS ORTEGO CORTES, CARMEN ORTIZ COLON, EVA MARIA OSTOS MAGRIT, MARIA SOL OSUNA HIDALGO, CARMEN OSUSU , BLESSING OTEO GARCIA, MARIO OULAD DAOUDIA, MOHAMED LARBI PAEZ BURGOS, FAUSTINO PALLARES DOMINGUEZ, ISABEL PALMERO RODRIGUEZ, MARIA ROCIO PALOMARES FUENTES, MARIA PILAR PALOMO GUILLEN, ESTEBAN PARRA FERNANDEZ, JOSE FRANCISCO PARRA RUIZ, ANA MARIA PARTIDA JURADO, YOLANDA PAYAN GANDIA, MARIO PAZO PARGAS GOMEZ, ROSA MARIA PECELLIN HERRERA, PEDRO PEÑA MUÑOZ, MARIA DE GRACIA PEÑA VALLE, JUAN CARLOS PEÑALBA ARRIARAN, JUAN CARLOS PERAL PLATA, JUAN JOSE PEREA RUIZ, ANA BELEN PEREGRIN GARCIA, MARIA INMACULAD PEREIRA RUIZ, M VICTORIA PEREZ AGUNDEZ, DANIEL PEREZ ANDRES, MARIA ANTONIA PEREZ ARROYO, FATIMA PEREZ CASTRO, JUAN CARLOS PEREZ FUENTES, JOHATHAN PEREZ MORILLA, YOLANDA PEREZ PRIETO, JOSE JAVIER PEREZ ROMERO, DOMINGO JOSE PIGNER GARCIA, MERCEDES PINO BEAS, JOSE LUIS Importe
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Beneficiario
PIÑA MORENO, JUAN PIRES VARA, JOSE PLATA PARRILLA, JUAN JESUS PONCE VARGAS, MARIA JENIFER PORRAS MARQUES, MOISES PORTILLO CHAVES, INMACULADA PORTILLO LÓPEZ, MARTA MARÍA PORTILLO PEREA, ANA MARIA POSITO MENDOZA, ANTONIO POZO GOMEZ, JOSE LUIS PRADAS ARDITE, MANUEL PRIOR REINA, CELIA MARIA PUERTA ACUÑA, MIGUEL ANGEL PUJALTE PORRAS, VÍCTOR MANUEL PULIDO RODRIGUEZ, JUAN ANTONIO PUNTAS VELAZQUEZ, MARIA ANGELES RAMIREZ AMODEO, CARMEN RAMIREZ AVILES, ANA MARIA RAMIREZ DOMINGUEZ, NATALIA RAMIREZ JIMENEZ, GEMMA RAMIREZ MORENO, ABEL RAMIREZ TORO, CRISTOBAL RAMOS FERNANDEZ, GEMMA MARIA RAMOS FERREIRA, EVA MARIA RAMOS MORENO, DIEGO RAMOS RUIZ, M LUISA RECIO ROALES, MANUEL REDONDO SOUSA, AURORA REGUERA SANCHEZ, ISABEL REQUELO REQUELO, MARIA FRANCISCA RINCON AVALOS, FRANCISCO JOSE RIVADENEIRA LEON, EMILIA RODRIGO GARCIA, EVA MARIA RODRIGUEZ CAMUNEZ, JOSE MANUEL RODRIGUEZ CANTERO, ANTONIO RODRIGUEZ CARNERERO, ISABEL RODRIGUEZ FERNANDEZ, FRANCISCO JAVIE RODRIGUEZ GARCIA, FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ JIMENEZ, MARIA JENNIFER RODRIGUEZ JIMENEZ, RAFAEL RODRÍGUEZ LUNA, MARÍA DOLORES RODRIGUEZ PEREZ, LORENA RODRIGUEZ ROALES, MYRIAN RODRIGUEZ ROMERO, MARIA CARMEN RODRIGUEZ SANCHEZ NORIEGA, JESUS ROLDAN RODRIGUEZ, GRACIA MARIA ROMAN ALCANTARA, ANA MARIA ROMÁN JIMÉNEZ, FRANCISCO JOSÉ ROMERA GARCIA, JUAN MANUEL ROMERA JIMENEZ, VICTOR MANUEL ROMERO ATIENZA, TRINIDAD ROMERO DURAN, MAGDALENO ROMERO GOMEZ, ANA MARIA ROMERO MARTIN, ANTONIO MANUEL ROMERO MASSIA, BELEN ROMERO PORTILLO, JOSE ROMERO RODRIGUEZ, VERONICA ROMERO ROMERO, RUBEN ROMERO RUEDA, MARIA JOSE ROMERO SANCHEZ, MANUEL ROMERO SUTILO, M ROCIO ROMERO TABOADA, RAQUEL ROMERO VALDERRAMA, JUAN GASPA ROSENDO CASTRO, MANUELA RUANO SALAZAR, JUAN C RUIZ DIAZ, JOSE ANTONIO RUIZ FUENTES, JOSE JOAQUIN RUIZ LOPEZ, VICTOR MANUEL RUIZ MORENO, JESUS RUIZ PEREZ, FATIMA RUIZ PINEDA, EVA MARIA RUIZ RODRIGUEZ, MARIA EUGENIA RUIZ SAMPEDRO, CAROLINA Miércoles 15 de octubre de 2014
Importe
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Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23913
Beneficiario
Importe
RUIZ SERRATO, ALBA MARIA RUSO BERMUDEZ, ROCIO SAAVEDRA BRAZO, ALBERTO SABORIDO BEIROA, MONSERRAT SALAS RODRIGUEZ, TAMARA SANCHEZ CABEZA, MARIA DEL MONTE SANCHEZ CAMPOS, ELISABET SANCHEZ CANTERLA, ANTONIO SANCHEZ CARRASCO, FABIAN SANCHEZ GARCIA, EDELMIRA SANCHEZ GARCIA, LORENA SANCHEZ GOMEZ, JUAN CARLOS SANCHEZ GONZALEZ, FRANCISCO SANCHEZ MARTIN, ISRAEL SANCHEZ MATEOS, ANA MARIA SANCHEZ ORDONEZ, MARIA SOL SANCHEZ RODRIGUEZ, ENCARNACION SANCHEZ RODRIGUEZ, JUAN LUIS SANCHEZ SANCHEZ, MARIA ESTEFANIA SANTAMARIA CASTILLEJO, M. DOLORES SANTAMARIA LEDESMA, ALFONSO SANTANA BERIHUETE, YDRI MERCEDES SANTANTON LOPEZ, JUAN MANUEL SANZ ARNAIZ, ROCIO SEGOVIA REGIFE, SERGIO SEGURA GOMEZ, ANA RAQUEL SEGURA ROMERO, JOSE FRANCISCO SERRANO RODRIGUEZ, VANESSA SIBAJA CARDENAS, PEDRO MANUEL SIERRA AGUILAR, EVA MARIA SILVA DURAN, MARIA DOLORES SILVA GOMEZ, MONICA SILVA HIDALGO, MARIA DEL PILAR SORIA HERRERA, ARANZAZU SORIANO BENITEZ, RICARDO SORIANO GARCIA, JULIAN ANTONIO SPINOLA GONZALEZ, LUIS EDUARDO STAN , IULA MIRELA SUAREZ BABIANO, GRACIA TAGMOUTI TAGMOUTI, MOHAMMED JAOUAD TAPIA VELAZQUEZ, JOSE ANGEL TIRAVIT SOSA, JOSE TORE GOMEZ, GUADALUPE TORO GOMEZ, ROCIO TORRES BOHORQUEZ, JOSE ANTONIO TORRES MELLADO, DAVID TOUIL , MUSTAPHA VACCARO PARIENTE, LETICIA VALERIO HOYOS, JOSE MARIA VALIENTE ROMERO, TAMARA VALLECILLO CARO, JOSEFA VÁZQUEZ ESCOBAR, MONTSERRAT VAZQUEZ LOZANO, SERGIO VAZQUEZ MANZANO, MARIA REMEDIOS VEGA ALBAREZ, REYNA VEGA MIRO, MARINA VEGA RODRIGUEZ, MARIA YOLANDA VELA GARCIA, MIGUEL VELAZQUEZ HIERRO, FRANCISCO VELAZQUEZ VELAZQUEZ, LOURDES VENEGAS BARBA, MAXIMA VERDUGO PEREZ, FERNANDO VILLALBA MARTINEZ, MARIA JESUS VILLALON DIAZ, CARMEN MARIA VILLAREJO ALVAREZ, ALEJANDRO YAÑEZ CARNERO, OMAR YERGA RODRIGUEZ, FRANCISC JAVIER ZAMORA ALVAREZ, MARIA ZAMORA CID, LORENA ZAPICO PULIDO, JOSE JULIAN TOTAL BENEFICIARIOS: 548
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TOTAL: 1.352.459,94
8W-8235
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
————
Comisaría de Aguas
Esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en el expediente de modificaicón de características de concesión de aguas
públicas, ha resuelto que procede su otorgamiento e inscripción en el Registro de Aguas Públicas con arreglo a las siguientes características:
N.º expediente: M-1814/2006 (AP/0569).
Peticionario: C.R. Norieta.
Uso: Riego goteo olivar 18,36 ha.
Volumen anual (m.3/año): 27.540.
Caudal concesional (l/s): 2,7.
Captación:
N.º
T.m.
Prov.
Procedencia agua
M.A.S.
X UTM (ETRS89)
1
Herrera
Sevilla
Masa de aguas subterráneas
05.69 Osuna-La Lantejuela
334785
Y UTM (ETRS89)
4134711
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico,
aprobado por el R.D. (49/1986, de 11 de abril, modificado por el R.D. 606/2003 de 23 de mayo.
En Sevilla a 1 de julio de 2014.— El Comisario de Aguas, Rafael Álvarez Giménez.
6F-9037
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.7 y en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación de las Declaraciones de Intereses y sus modificaciones formuladas por los Diputados Provinciales, los Cargos Directivos y Funcionarios con Habilitación de Carácter Estatal de la Diputación
Provincial de Sevilla, en los términos aprobados por la Resolución de la Presidencia de la Corporación núm. 2.727/07, de 18 de julio:
Los siguientes documentos se formalizaron en cumplimiento de los arts., 75.7 Ley 7/85, de 2 de abril y 30 y ss. del R.D. 2.568/86,
28 de noviembre, manifestando quienes los suscribieron bajo su responsabilidad, que los datos aportados son ciertos a fecha 5 de octubre de 2014.
Registro de Intereses
Elecciones: 22 de mayo de 2011
Mandato: 2011/2015
I. Declaraciones iniciales
Núm. de registro: 61.
Nombre: Dolores.
Apellidos: Escalona Sánchez.
Cargo directivo: Vicepresidenta Prodetur.
I. Registro de actividades que realiza distinta a la de su cargo en la Diputación Provincial.
1.ª Actividad:
Descripción: Alcaldesa.
Entidad: Ayuntamiento de Aznalcázar. Pública.
Ámbito territorial:
Puede dar lugar a incompatibilidad con el cargo de Diputado Provincial: No.
Afecta o está relacionado con el ámbito de competencias de la Diputación: No.
Le proporciona o puede proporcionarle ingresos económicos. Si.
Clase de ingreso: Dietas por asistencia.
2.ª Actividad:
Descripción: Presidenta.
Entidad: Amuparna (Asociación de municipios con territorios en parques nacionales)
Ámbito territorial: Nacional.
Puede dar lugar a incompatibilidad con el cargo de Diputado Provincial. No.
Afecta o está relacionado con el ámbito de competencias de la Diputación: No.
Le proporciona o puede proporcionarle ingresos económicos. No.
II. Registro de bienes patrimoniales.
A) Bienes inmuebles.
1.Identificación: Vivienda ubicación: Aználcazar.
Fecha adquisición: 2011,Valor catastral: 92.954,01 €,
B) Cuentas, valores, depósitos, planes de pensiones y análogos.
1.Identificación: Cuenta corriente valor/cuantía: 7.000 €.
Entidad financiera: Caja Rural del Sur.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23915
III. Modificaciones durante el mandato.
Año 2011: Objeto Alta apartado II.A.), 1 vivienda Aználcazar. Valor catastral 92.954,01 €.
Año 2012: IRPF 2011: -491,14 €.
Año 2013: IRPF 2012: -394, 06 €.
Año 2014: IRPF 2013: -597,81 €.
Sevilla, 29 de septiembre de 2014.
————
Núm. de registro: 62.
Nombre: Rosario.
Apellidos: Andújar Torrejón.
Cargo directivo: Vicepresidenta del OPAEF.
I. Registro de actividades que realiza distinta a la de su cargo en la Diputación Provincial.
1.ª Actividad:
Descripción: Alcaldesa.
Entidad: Ayuntamiento de Osuna. Pública.
Ámbito territorial: Municipio de Osuna.
Puede dar lugar a incompatibilidad con el cargo de Diputado Provincial: No.
Afecta o está relacionado con el ámbito de competencias de la Diputación: Si.
Le proporciona o puede proporcionarle ingresos económicos. No.
2.ª Actividad:
Descripción:
Entidad: Presidenta Consorcio de Aguas Écija Pública.
Ámbito territorial: Consorcio Supramunicipal.
Puede dar lugar a incompatibilidad con el cargo de Diputado Provincial: No.
Afecta o está relacionado con el ámbito de competencias de la Diputación: Si.
Le proporciona o puede proporcionarle ingresos económicos: Si,
Clase de ingreso: Sueldo dietas por asistencia.
3.ª Actividad:
Descripción:
Entidad: Saprome. Pública.
Ámbito territorial: Osuna.
Puede dar lugar a incompatibilidad con el cargo de Diputado Provincial: No.
Afecta o está relacionado con el ámbito de competencias de la Diputación: Si.
Le proporciona o puede proporcionarle ingresos económicos: No.
4.ª Actividad:
Descripción:
Entidad: Presidenta fundación Fco. Maldonado. Pública.
Ámbito territorial: Osuna.
Puede dar lugar a incompatibilidad con el cargo de Diputado Provincial: No.
Afecta o está relacionado con el ámbito de competencias de la Diputación: No.
Le proporciona o puede proporcionarle ingresos económicos. No.
II. Registro de bienes patrimoniales.
A) Bienes inmuebles.
1.Identificación: Vvda. unifamiliar ubicación:
Fecha adquisición: 1990. Valor catastral: 12.782.,60 €.
Otros datos: Hipoteca.
B) Otros bienes y derechos (+ de 3.000,00 €).
a)
Bienes muebles.
1. Identificación: Coche.
Fecha de adquisición: 2002. Valor: 3.000 €.
Otros datos: Peugeot 307.
b)Cuentas, valores, depósitos, planes de pensiones y análogos.
1. Identificación: C.C. Valor/Cuantía: 28.300,19 €.
Entidad financiera: Cajasur/BBK.
2. Identificación: C.C. Valor/Cuantía: 5.500 €.
Entidad financiera: Caja Rural.
3. Identificación: Plan de pensiones. Valor/Cuantía: 3.436 €.
Entidad financiera: Cajasur/BBK.
III. Modificaciones durante el mandato.
Año 2014: IRPF 2013: 600,83 €.
Sevilla, 3 de octubre de 2014.
16
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
III. Modificaciones durante el mandato.
Registro núm. 7.
Declarante: Don Carmelo Conde Chávez.
Cargo: Diputado Provincial.
Objeto: IRPF 2013: 810,68€
Registro núm. 8.
Declarante: Don Manuel Domínguez Jiménez.
Cargo: Diputado Provincial.
Objeto: IRPF 2013: -1.815,15€.
Registro núm. 9.
Declarante: Don Alberto Manuel Mercado de la Higuera.
Cargo: Diputado Provincial.
Objeto: Baja Apartado II B.a) 1Vehículo Renault Clío.
Baja Apartado II B.a) 3: Vehículo Ford Transit año 2010.
Alta: Citroen C4 Grand Picasso.
IRPF 2013: -3.164,67 €
Registro núm. 10.
Declarante: Don Manuel González Lora.
Cargo: Diputado Provincial.
Objeto: Alta Apartado II.A.1. Almacén Fuentes Andalucía.- Valor 51.620 €
IRPF 2013: 7,14 €
Registro núm. 13.
Declarante: Don Fernando Zamora Ruiz
Cargo: Diputado Provincial..
Objeto: Baja Apartado II.B.a) 1, coche Mercedes Vito.
Alta Vehículo Crysler Cruisser 3.000 €
IRPF 2013: - 482,92 €
Registro núm. 14.
Declarante: Don José M.ª Villalobos Ramos.
Cargo: Diputado Provincial
Objeto: IRPF 2013: -1.081,33€
Registro núm. 18.
Declarante: Doña Lidia Ferrera Arias.
Cargo: Diputada Provincial.
Objeto: IRPF 2013: - 1.674,22 €
Registro núm. 20
Declarante: Doña Carmen Rodríguez Hornillo.
Cargo: Diputada Provincial.
Objeto: Baja apartado I. 2.ª) Agente de Seguros.
Baja apartado II B.a.3) coche BMW
Baja apartado B.b.) 1, 2 y 5 c/c Pastor y Fondo de Inversión, c/c CAM.
Altas apartado B.b).
Depósito Bankia: 6.000 € (50%) cuenta 6.436 € (50%).
- Banco Popular: 17.000€.
- Fondo inversión BBVA 40.492 (50%).
- Cambio: B.b.3) Saldo 48.295 (50%).
- Préstamo personal BBVA 40.000 (50%).
- C/C Santander 24.479 (50%).
Objeto: IRPF 2013: 79,73 €.
Registro núm. 21:
Declarante: Doña M.ª Carmen Arciniega Bocanegra.
Cargo: Diputada Provincial.
Objeto: IRPF 2013: 1.200 €
Registro núm. 23
Declarante: Don José Vicente Franco Palencia
Cargo: Diputado Provincial.
Año 2012:
Objeto:Baja Apartado C a) 1. Participaciones de la sociedad (venta). Lex Et Iustitia, S.L.
IRPF 2011: - 1.620,26 €.
Año 2013:
Objeto:Apartado I. Pase régimen dedicación parcial como Diputado Provincial.
IRPF 2012: - 3.166,32 €.
Año 2014:
Objeto:IRPF 2013: -4.364,81 €.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23917
Registro núm. 24.
Declarante: Doña Trinidad Argota Castro.
Cargo: Diputada Provincial.
Objeto: IRPF 2013: -1.177,03 €.
Registro núm. 25
Declarante: Doña Amparo Gil Gómez.
Cargo: Diputada Provincial.
Objeto: IRPF 2013: - 886,65 €.
Registro núm. 27.
Declarante: Doña Beatriz Sánchez García.
Cargo: Diputada Provincial.
Objeto: IRPF 2013: - 3.693,14 €.
Registro núm. 30.
Declarante: Don Fernando Rodríguez Villalobos.
Cargo: Presidente.
Objeto: IRPF 2013: - 2.528,23 €.
Registro núm. 31
Declarante: Don Jerónimo Guerrero Jiménez
Cargo: Diputado Provincial
Objeto: IRPF 2013: - 2.379,89 €.
Registro núm. 32
Declarante: Don Fernando Fernández-Figueroa Guerrero.
Cargo: Secretario General.
Objeto: Baja apartado II. B.a) 1, coche Volvo XC60 año 2009.
Alta Jeep Cherokee.
Alta Aparado II B.b) Fondo Banco Santander: 50.000€.
IRPF 2.013: 2.310,09 €.
Registro núm. 38
Declarante: Don Juan Francisco González Alfonso.
Cargo: Gerente OPAEF.
Objeto: IRPF 2013: - 3.769,80 €.
Registro núm.45
Declarante: Don Amador Sánchez Martín.
Cargo: Gerente Prodetur, S.A.
Objeto: IRPF-2013 -86,55 €
Registro núm.54
Declarante: Doña Inmaculada Muñoz Serván.
Cargo: Directora General de Hacienda.
Objeto: Apartado II B.b).6. Préstamo personal amortizado.
IRPF 2013: - 837,22 €.
Registro núm.55
Declarante: Don Francisco Javier Guzmán Cuevas.
Cargo: Director General de Cohesión Social e Igualdad.
Objeto: IRPF 2013: - 99,86 €.
Registro núm.56
Declarante: Don Francisco Joya Díaz.
Cargo: Director General de Empleado/a Público.
Objeto: IRPF 2013: - 1.502,93 €.
Registro núm.57
Declarante: Don Francisco Ortiz Moreno.
Cargo: Director General de Organización.
Objeto: Apartado Baja II B b), 3 de Cajasol.
IRPF 2013: -528,24 €.
Registro núm.58
Declarante: Doña Silvia Copete Peña.
Cargo: Directora General de Concertación.
Objeto: IRPF 2013: - 1.573,89 €.
Registro núm.59
Declarante: Doña M.ª Luisa Cercas Domínguez.
Cargo: Directora General de Empleo e Innovación.
Objeto: IRPF 2013: - 387,68 €.
Sevilla, 10 de octubre de 2014.—El Secretario General, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero.
265W-11751
18
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Esta Diputación Provincial de Sevilla ha formalizado los contratos que a continuación se relacionan con los contratistas que
se indican en los precios y en las fechas que se señalan. Lo que se hace público en cumplimiento de lo previsto en el art. 154 del R.D.
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Texto Refundido de la L.C.S.P.
Contrato
Contratista
«Obras correspondientes a las actuaciones del FEDER de Desarrollo
Local y Urbano 2007-2013, Convocatoria 2011. Sevilla Metropolitana.
Desarrollo Integral Área Metropolitana de Sevilla. Carril Bici desde Avenida de Loreto, Olivares, hasta Estación de Ferrocarril en Villanueva del
Ariscal por la A-8075».
Esta actuación está incluida en el marco de los Proyectos FEDER de
Desarrollo Local y Urbano de la Provincia de Sevilla cofinanciados en
un 76,02% por la Unión Europea (UE) con cargo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional (FEDER), dentro del Eje 5 de «Desarrollo sostenible
urbano y local» del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Andalucía y por la Excma. Diputación Provincial de Sevilla.
Urbanizaciones y
Montajes Andaluces, S.L. (URMA)
Importe adjudicado
(Sin iva)
242.325,71 euros
Fecha formalización
09/10/2014
En Sevilla a 10 de octubre de 2014.—El Secretario General, P.D. Resolución número 2.942/11, Fernando Fernández-Figueroa
Guerrero.
2W-11709
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
————
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.—Sevilla
————
SALA DE LO SOCIAL
Negociado: AU.
Recurso de Suplicación 1184/13 –AU.
Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con
sede en Sevilla.
Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 1184/13-AU-, se ha dictado sentencia por esta Sala, con fecha 17-07-14,
resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número once de Sevilla, en procedimiento
n.º 641/11.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra
la misma podrá preparar recurso de casación para la unificación de doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.
Y para que conste y sirva de notificación a Vultuaria S.L., cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su
publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.
Sevilla a 24 de julio de 2014.—La Secretaria de la Sala, Carmen Álvarez Tripero
2W-9300
————
SALA DE LO SOCIAL
dalucía.
N.I.G.: 4109144S20110008781.
Negociado: MG.
Recurso: Recursos de Suplicación 1837/2012.
Juzgado origen: Juzgado de lo Social núm. 10 de Sevilla.
Procedimiento origen: Despidos/Ceses en general 726/2011.
Demandante: Rosario Amodeo Ruiz
Demandado: Francisco Sanchez Quintana, Araceli Agullo Diaz, Ministerio Fiscal y Eurosur Centros de Estudios, S.L.
Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de An-
Hace saber: Que en el recurso de suplicación núm. 1837/12, se ha dictado resolución por esta Sala, con fecha 23-7-14, aclarando la sentencia núm. 2613/13 de fecha 9-10-13 dictado por esta Sala.
Del contenido de la resolución podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra
la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente
notificación.
Y para que conste y sirva de notificación a don Francisco Sánchez Quintana, doña Araceli Agulló Díaz y Eurosur Centro de Estudios, S.L., cuyos actuales paraderos son desconocidos, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.
En Sevilla a 24 de julio de 2014.—La Secretaria de la Sala, Carmen Álvarez Tripero.
253W-10370
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23919
SALA DE LO SOCIAL
dalucía.
N.I.G.: 4109144S20120003996
Negociado : LC
Recurso: Recursos de suplicación 1727/2013
Juzgado origen: Juzgado de lo Social núm. 3 de Sevilla
Procedimiento origen: Despidos/Ceses en general 358/2012
Demandante: Miguel Jurado García
Demandado: Mifasan, S.L., Isfon 7, S.L. y Fondo de Garantía Salarial
Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial de la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de An-
Hace saber: Que en el recurso de suplicación núm. 1727/13, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 17/07/14, resolviendo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Sevilla, en Procedimiento núm. 358/12.
Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra
la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente
notificación.
Y para que conste y sirva de notificación a Mifasan, S.L. e Isfon 7, S.L., cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.
En Sevilla a 4 de septiembre de 2014.—La Secretaria de la Sala, Carmen Álvarez Tripero.
253W-10767
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Juzgados de lo Social
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1
N.I.G.: 4109144S20130005401.
Procedimiento: 500/2013. Negociado: 1B.
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Predesca, S.L.
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 500/2013, sobre social ordinario, a instancia de Fundación Laboral
de la Construcción, contra Predesca, S.L., en la que se ha dictado resolución que sustancialmente dice lo siguiente:
«Dispongo:
—Admitir la demanda presentada.:
—Señalar el día 16 de noviembre del 2015, las 9.40 horas para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este
Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26, edif. Noga, 1.ª planta, Sala de Vistas número 8.
—Citar para conciliación a celebrar el mismo día a las 9.10 horas en la 5.ª planta, Secretaría, para acreditación de las partes
y de su representación procesal ante el/ la Secretario/a Judicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011
de RJS.
«Artículo 83. 83. Suspensión de los actos de conciliación y juicio.
2. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del
juicio, el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez o Tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda.
3. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.»
—El/la Secretario/a Judicial no está presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la Ley 36/2011 Reguladora de la
Jurisdicción Social.
—Dar traslado a S.S.ª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de
demanda.:
—Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.
—Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado.
—Notifíquese la presente resolución.»
Y para que sirva de notificación en forma a Predesca, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente
Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla , con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se
trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Sevilla a 8 de septiembre de 2014.—El Secretario Judicial. (Firma ilegible.)
2W-10559
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1
Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 243/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de
don Juan Rodrigo Oliva Gómez contra Seguridad Sansa, en la que con fecha 12 de septiembre de 2014 se ha dictado Auto y Decreto
cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:
Auto
En Sevilla a 12 de septiembre de 2014.
20
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Parte dispositiva
S.Sª. Ilma acuerda:
Despachar ejecución a favor dedon Juan Rodrigo Oliva Gómez, contra Seguridad Sansa por la suma de 14,22 euros en concepto
de principal, más la de 2,84 euros calculados para intereses y costas y gastos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición,
en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su
efectividad.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta
de este Juzgado abierta en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de c/ José
Recuerda Rubio nº 4, de Sevilla, Cuenta nº 4020-0000-64-0243-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposición
adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.
Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes
LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN:
ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el
«beneficiario», Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de
todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.
Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. señora doña. Aurora Barrero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de
lo Social número uno de esta capital y su provincia. Doy fe.
La Magistrada-Juez—El Secretario.
Decreto
Señor Secretario Judicial: Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles.
En Sevilla a 12 de septiembre de 2014.
Parte dispositiva
Acuerdo:
Habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial
a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones
del deudor que puedan ser objeto de embargo.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio,
número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos
de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.
Notifíquese esta resolución al ejecutado, junto con el Auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda
ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda personarse en la
ejecución.
Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles
contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no
se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta
de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de c/ José
Recuerda Rubio nº 4, de Sevilla, Cuenta nº 4020-0000-64-024-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición
adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.
Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes
LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN:
ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el
«beneficiario», Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de
todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial,
indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social-Revisión».
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación en forma a Seguridad Sansa, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente
Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla , con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan
en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate
de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Sevilla a 12 de septiembre de 2014.—El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles.
15W-10871
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1
Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número uno de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución número 157/2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de
don José Carlos Rete Sevilla contra Áridos Sevillanos SL, en la que con fecha 16 de septiembre de 2014 se ha dictado decreto cuyos
encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23921
Decreto
Señor Secretario Judicial:
Don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles.
En Sevilla, a 16 de septiembre de 2014.
Parte dispositiva
Acuerdo:
Declarar a la ejecutada, Áridos Sevillanos SL, en situación de insolvencia por importe de 15.958,01 euros, insolvencia que se
entenderá a todos los efectos como provisional.
Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa.
Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles
contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no
se admitirá el recurso.
Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta
de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, Sucursal de c/ José
Recuerda Rubio nº 4, de Sevilla, Cuenta nº 4020-0000-64-0157-14, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo establecido en la Disposición
adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.
Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes
LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banco de Santander con IBAN:
ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (en formato papel), indicando el
«beneficiario», Juzgado de lo Social nº 1 de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de
todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos –antes expresados– de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial,
indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «31» y «Social-Revisión».
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación en forma a Áridos Sevillanos SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el
presente Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla , con la prevención de que las demás resoluciones que
recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias
o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Sevilla a 16 de septiembre de 2014.—El Secretario Judicial, Reynaldo Carlos Carmona Argüelles.
15W-10883
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue procedimiento núm. 1120/12, a instancia de Montserrat Deu Martínez contra Brasal
Marino, S.L., e Impulso Trabajo Joven y Futuro, S.L.U., en la que con fecha 4-7-2014 se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva
extractada contiene los siguientes extremos, advirtiéndole a la ejecutada que los originales se encuentran a su disposición en el Juzgado
todo ello de conformidad con la Circular 6/12 de la Secretaría de Estado de la Administración de Justicia:
Fallo.
1. Estimo la demanda presentada por Montserrat Deu Martínez contra Brasal Marino, S.L., e Impulso Trabajo Joven y Futuro,
S.L.U., en reclamación de cantidad.
2. Condeno solidariamente a las demandadas Brasal Marino, S.L., e Impulso Trabajo Joven y Futuro, S.L.U., a que paguen
a la demandante Montserrat Deu Martínez la cantidad total de dos mil novecientos noventa y siete euros y noventa y dos céntimos
(2.997,92 €) por las retribuciones adeudadas correspondientes al período de 5 de mayo de 2011 a 4 de octubre de 2011.
3. Condeno a la demandada Impulso Trabajo Joven y Futuro, S.L.U., a que pague a la demandante Montserrat Deu Martínez la
cantidad total de siete mil setenta y cinco euros y diecisiete céntimos (7.075,17 €) por las retribuciones adeudadas correspondientes al
período de 5 de octubre de 2011 a 25 de febrero de 2012.
4. Condeno también a las demandadas Brasal Marino, S.L., e Impulso Trabajo Joven y Futuro, S.L.U., a que paguen a la demandante Montserrat Deu Martínez:
a)Los intereses de las cantidades adeudadas, al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron de ser
abonadas hasta la notificación de la sentencia a la parte condenada; y,
b)El interés procesal conforme al art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento civil, desde la fecha de notificación de la sentencia a
la parte condenada hasta el total pago (art. 576 LEC).
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra esta sentencia cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social
del T.S.J.A. (Sevilla), cuyo anuncio podrá efectuarse mediante manifestación de la parte o de su Abogado, Graduado Social Colegiado
o de su representante en el momento de hacerle la notificación, por comparecencia ante este Juzgado o por escrito de la parte o de su
Abogado, Graduado Social Colegiado o de su representante, todo ello en el plazo improrrogable de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de esta Sentencia.
Si recurren las empresas condenadas, deberán acreditar, al anunciar el recurso de suplicación, la consignación del importe de
la condena en la c/c núm. 4022-0000-65 con expresión del núm. de autos, a efectuar en la entidad Banco Santander, sucursal sita en
22
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
calle José Recuerda Rubio de Sevilla, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de
duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito; así como deberán efectuar el ingreso del depósito
especial de 300,00 euros en la misma cuenta y sucursal; todo ello con apercibimiento de que, caso de no efectuarlos, se declarará la
inadmisión del recurso.
Al ser solidaria una parte de la condena, la obligación de consignación o aseguramiento de la misma alcanzará a todos los
condenados con tal carácter, salvo que la consignación o el aseguramiento, aunque efectuado solamente por alguno de los condenados,
tuviera expresamente carácter solidario respecto de todos ellos para responder íntegramente de la condena que pudiera finalmente
recaer frente a cualquiera de los mismos.
A todo escrito de interposición del recurso se deberá acompañar el justificante de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de
la potestad jurisdiccional (Ley 10/2012, de 20 de noviembre), salvo que la parte que recurra esté exenta de ello. En caso de que, estando
obligada la parte al pago de la tasa, no se acompañase dicho justificante, el Secretario Judicial requerirá a la parte para que lo aporte, no
dando curso al escrito de interposición del recurso hasta que tal omisión fuese subsanada; y que la falta de presentación del justificante
de autoliquidación no impedirá la aplicación de los plazos establecidos en la legislación procesal, de manera que la ausencia de subsanación de tal deficiencia, tras el requerimiento del Secretario Judicial, dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente
continuación o finalización del procedimiento, según proceda.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a Brasal Marino, S.L., e Impulso Trabajo Joven y Futuro, S.L.U., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla conforme
a la instrucción núm. 6/2012 de la Secretaria General de la Administración de Justicia en relación con la Ley de Protección de Datos,
con la prevención de que las citadas resoluciones se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la
advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las
que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente
disponga otra cosa.
Sevilla, 22 de septiembre de 2014.— El Secretario Judicial (firma ilegible).
265W-11061
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de los de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue procedimiento núm. 1099/12, a instancia de José Esparragosa Rodríguez contra Fomento Protección y Seguridad, S.A.L., en la que con fecha 3 de julio de 2014, se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva extractada
contiene los siguientes extremos, advirtiéndole a la ejecutada que los originales se encuentran a su disposición en el Juzgado todo ello
de conformidad con la Circular 6/12 de la Secretaria de Estado de la Administración de Justicia:
Fallo.
1. Estimo la demanda presentada por José Esparragosa Rodríguez contra Fomento Protección y Seguridad, S.A.L. en liquidación en reclamación de cantidad.
2. Condeno a la demandada Fomento Protección y Seguridad, S.A.L., en liquidación, a que pague al demandante José Esparragosa Rodríguez la cantidad total de ocho mil quinientos veinte euros y cuarenta y un céntimos (8.520,41 €) por los conceptos y
períodos ya indicados.
3. Condeno también a la demandada Fomento Protección y Seguridad, S.A.L., en liquidación a que pague al demandante José
Esparragosa Rodríguez:
a)Una indemnización por mora respecto de los conceptos salariales conforme al art. 29.3 del E.TT., consistente en los intereses de la cantidad adeudada por retraso en el pago, al tipo del 10% anual desde el momento en que las cantidades debieron
de ser abonadas hasta la fecha de la declaración del concurso de acreedores de la demandada; y al tipo del interés legal del
dinero desde la fecha del concurso al de notificación a la demandada de esta resolución.
b)Una indemnización por mora respecto de los conceptos extrasalariales, conforme a los arts. 1101 y 1108 del Código civil,
consistente en el pago del interés legal del dinero desde la fecha en que se efectuó la primera reclamación hasta la notificación de la sentencia a la parte condenada; y,
c)El interés procesal conforme al art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento civil, desde la fecha de notificación de la sentencia a
la parte condenada hasta el total pago (art. 576 LEC).
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra esta sentencia cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social
del T.S.J.A. (Sevilla), cuyo anuncio podrá efectuarse mediante manifestación de la parte o de su Abogado, Graduado Social Colegiado
o de su representante en el momento de hacerle la notificación, por comparecencia ante este Juzgado o por escrito de la parte o de su
Abogado, Graduado Social Colegiado o de su representante, todo ello en el plazo improrrogable de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de esta Sentencia.
Si recurre la empresa condenada, deberá acreditar, al anunciar el recurso de suplicación, la consignación del importe de la condena en la c/c núm. 4022-0000-65 con expresión del núm. de autos, a efectuar en la entidad Banco Santander, sucursal sita en calle José
Recuerda Rubio de Sevilla, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración
indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito; así como deberá efectuar el ingreso del depósito especial
de 300,00 euros en la misma cuenta y sucursal; todo ello con apercibimiento de que, caso de no efectuarlos, se declarará la inadmisión
del recurso.
A todo escrito de interposición del recurso se deberá acompañar el justificante de autoliquidación de la tasa por el ejercicio de
la potestad jurisdiccional (Ley 10/2012, de 20 de noviembre), salvo que la parte que recurra esté exenta de ello. En caso de que, estando
obligada la parte al pago de la tasa, no se acompañase dicho justificante, el Secretario Judicial requerirá a la parte para que lo aporte, no
dando curso al escrito de interposición del recurso hasta que tal omisión fuese subsanada; y que la falta de presentación del justificante
de autoliquidación no impedirá la aplicación de los plazos establecidos en la legislación procesal, de manera que la ausencia de subsa-
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23923
nación de tal deficiencia, tras el requerimiento del Secretario Judicial, dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente
continuación o finalización del procedimiento, según proceda.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a Fomento Protección y Seguridad, S.A.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla conforme a la instrucción núm. 6/2012
de la Secretaria General de la Administración de Justicia en relación con la Ley de Protección de Datos, con la prevención de que las
citadas resoluciones se encuentran a su disposición en el Juzgado para que sean consultadas, así como la advertencia de que las demás
resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de
autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Sevilla, 22 de septiembre de 2014.— El Secretario Judicial (firma ilegible).
265W-11059
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6
Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 59/2013 a instancia de la parte actora don Pavel Guyda
contra Gómez Car Sevilla SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 26 de febrero de 2013 del tenor
literal siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
Declarar al ejecutado Gómez Car Sevilla SL en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 3.000 euros,
de principal más 600 euros presupuestadas para intereses legales y costas del procedimiento.
Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla al encontrarse la ejecutada en paradero
desconocido.
Archivar las actuaciones previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo. Notifíquese la presente resolución
a las partes.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a
juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la
Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado nº 4025 0000 00 1076/11
debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante
transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código
31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando
el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las
Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Gómez Car Sevilla SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente
para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados,
salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 31 de marzo de 2014.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.
15W-4238
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6
Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 190/2013 a instancia de la parte actora don Fernando
Rendón Peréa contra Esabe Vigilancia SA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 19 de septiembre de 2014
cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
1.- Declarar terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de Fernando Rendón Peréa frente a Esabe
Vigilancia SA.
2.- Alzar, todos los embargos trabados sobre los bienes propiedad de la parte ejecutada.Librense los correspondientes oficios y
alcense telemáticamente los embargos acordados a través de la base de datos que tiene instalada este Juzgado.
3.- Archivar el presente procedimiento.
Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el
plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido, (art. 188 LRJS). El
recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de
la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de
veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones nº 4025.0000.00.0033.12 del Juzgado de lo Social número 6
de Sevilla, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad
local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto
en los artículos 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
La Secretaria Judicial.
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Y para que sirva de notificación al demandado Esabe Vigilancia SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente
para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados,
salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 19 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.
15W-10984
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7
Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de esta
capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número de ejecución 265/2013 a instancias de la parte actora
don Felipe Gutiérrez Balderrama contra Plakocat Interiors SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 26 de
junio de 2014 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Acuerdo: Declarar a la ejecutada Plakocat Interiors, S.L. en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de
4.609,08 euros de principal, más 922 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin
perjuicio de su ulterior tasación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabrá interponer ante S.Sª., recurso
directo de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los tres días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infracción en
que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndose el recurso si no se cumplieran ambos requisitos.
Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.
Así por este Decreto, lo acuerda manda y firma la señora Secretaria del Juzgado de lo Social número siete de esta capital y su
provincia, doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. Doy fe.»
Y para que sirva de notificación al demandado Plakocat Interiors SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente
para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados,
salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 26 de junio de 2014.—La Secretaria Judicial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas.
15W-10923
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número siete de los de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 102/2012, sobre social ordinario, a instancia de Antonio
Ramírez Chías contra Fernando Antonio Carbajosa Fernández y Puerta Real Arquitectura y Urbanismo, S.L., en la que con fecha 16 de
septiembre de 2014 se ha dictado Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Que estimando la demanda interpuesta por Antonio Ramírez Chías; contra Fernando Antonio Carbajosa Fernández, Puerta
Real Arquitectura y Urbanismo, S.L., y Fogasa, debo condenar y condeno solidariamente a Puerta Real Arquitectura y Urbanismo, S.L.,
y a Fernando Antonio Carbajosa Fernández a pagar al actor 10.307,88 € más 3.599,82 € de interés de demora, condenando el Fogasa
estar y pasar por ello.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso de
suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, con sede en esta capital y que deberán anunciar por
ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al anunciar el recurso
haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones núm. 4026000068010212, abierta por este Juzgado de lo Social núm. siete
en el Banco Banesto la cantidad objeto de condena, utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el número y año del
procedimiento, pudiéndose sustituir la referida consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá
hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. El resguardo de consignación o en su caso el documento de aseguramiento,
quedará bajo la custodia del Sr. Secretario, que expedirá testimonio de los mismos para su unión a los autos, facilitándose el oportuno
recibo.
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien al anunciar el recurso o al formalizarlo, el depósito de 300 euros, en la
cuenta “depósitos” establecida por este Juzgado en el Banco Banesto de esta ciudad, con el núm. 4026000065010212, indicando a
continuación el número y año del procedimiento.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»
Y para que sirva de notificación en forma a Fernando Antonio Carbajosa Fernández y Puerta Real Arquitectura y Urbanismo,
S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia
de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del
Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la
ley expresamente disponga otra cosa.
Sevilla a 18 de septiembre de 2014.—El Secretario Judicial (firma ilegible).
265W-10996
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11
Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número once de los de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 213/2013 a instancia de la parte actora Fundación
Laboral de la Construcción contra Miniexcavadoras Sadani, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha
8-9-2014 del tenor literal siguiente:
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23925
Parte dispositiva.
Acuerdo:
Declarar al ejecutado Miniexcavadoras Sadani, S.L., en situación de insolvencia por importe de 140,99 euros, insolvencia que
se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación
ante la Secretaria Judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
La Secretaria Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Miniexcavadoras Sadani, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el
presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.
Sevilla, 8 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez.
265W-10441
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11
Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 114/2014 a instancia de la parte actora Asepeyo contra
Tajo del Espino SLU sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 16 de septiembre de 2014 del tenor literal
siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
a) Declarar al ejecutado Tajo del Espino SLU, en situación de insolvencia por importe de 30.008,96 euros, insolvencia que se
entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución
Contra la presente resolución, que se notificará a las partes, cabe interponer recurso de reposición ante el Secretario en el plazo
de los tres días hábiles siguientes a su notificación, por escrito citando la disposición que se considere infringida, sin que tal recurso
tenga efectos suspensivos.
Así lo decreta y firma doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su
provincia. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado Tajo del Espino SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente
para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados,
salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 16 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez.
15W-10906
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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11
Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número once de esta capital y su provincia.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 402/2012 a instancia de la parte actora doña Sonia Mantero Polvillo contra Juan Manuel Hidalgo Moreno, Atlántico Sur 2008 SL, Surpool Servicios Acuáticos SL y Julio Vallejo Camarena
sobre Social Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 30 de junio de 2014 del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por doña Sonia Mantero Polvillo contra Surpool Servicios Acuáticos S.L., debo condenar y condeno a ésta a que abone a la actora la suma de 1640,18 euros, respondiendo Atlántico Sur 2008 S.L., en forma solidaria,
del abono de dicha suma. Debo condenar y condeno a Atlántico Sur 2008 S.L. al abono a doña Sonia Mantero Polvillo de la suma de
370,17 euros
Se tiene por desistida a doña Sonia Mantero Polvillo de la pretensión dirigida frente a don Juan Manuel Hidalgo Moreno.
Notifíquese a las partes con la advertencia de que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por ésta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Surpool Servicios Acuáticos SL actualmente en paradero desconocido, expido
el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán
en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 8 de septiembre de 2014.—La Secretaria Judicial, Cecilia Calvo de Mora Pérez.
15W-10473
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HUELVA.—JUZGADO NÚM. 2
Don Sergio Gutiérrez Saborido, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Huelva.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 672/2011 a instancia de la parte actora don Francisco
Manuel Rengel Cruz contra Aroa, SL., Mutua Ibermutuamur y INSS y TGSS sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha
dictado resolución de fecha 3 de junio de 2014 del tenor literal siguiente:
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Fallo
Que desestimando la demanda planteada por don Francisco Manuel Rengel Cruz en los autos 672/11, se confirma la resolución
de fecha 18 de mayo de 2011 de la Dirección Provincial y se absuelve a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra.
Notifíquese esta sentencia a las partes con información de que contra dicha resolución y de conformidad con el artículo 191
de la LJS cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla,
anunciándolo ante este Juzgado en los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Aroa, SL. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su
publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo
las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva a 4 de septiembre de 2014.—El Secretario Judicial, Sergio Gutiérrez Saborido.
15W-10636
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HUELVA.—JUZGADO NÚM. 2
Don Sergio Gutiérrez Saborido, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Huelva.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 857/2012 a instancia de la parte actora don José González
Martín contra Grupo Hamilton SC sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 9 de abril de 2014 del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda iniciadora de los autos nº 857/12, se condena a Grupo Hamilton SC a que abone a don José González Martín la cantidad de mil doscientos noventa y ocho con diez euros (1298,10 euros), con intereses moratorios en la suma de
doscientos veinticinco con ochenta y tres euros (225,83 euros).
Notifíquese esta sentencia a las partes con información de que la misma es firme al no caber recursos en su contra.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Grupo Hamilton SC actualmente en paradero desconocido, expido el presente
para su publicación en el «Boletín Oficial» de las provincias de Huelva y Sevilla, con la advertencia de que las siguientes notificaciones
se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva a 23 de julio de 2014.—El Secretario Judicial, Sergio Gutiérrez Saborido.
15W-10442
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MADRID.—JUZGADO NÚM. 16
Cédula de citación a juicio y a interrogatorio.
Órgano que ordena citar: Juzgado de lo Social, núm. 16 de Madrid .
Asunto en que se acuerda: Juicio núm. 296/2013 promovido por doña María de las Mercedes García Guardia sobre reclamación
de cantidad.
Persona que se cita: Esabe Vigilancia, S.A., en concepto de parte demandada en dicho juicio.
Objeto de la citación: Asistir a acto de conciliación y juicio y en, su caso, responder al interrogatorio solicitado por Esabe Vigilancia, S.A., sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el Tribunal declare pertinente.
Lugar y fecha en la que debe comparecer: En la sede de este Juzgado, sito en C/ Princesa, 3, 28008, sala de vistas núm. 5 D,
ubicada en la planta 5.º el día 14 de noviembre de 2014, a las 10,00 horas.
Advertencias legales:
1.Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía
(art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se
trate de emplazamiento (art. 59 LJS).
2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (art. 82.2 LJS).
3.Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe
manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (art. 21.2 LJS).
4.Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el Tribunal podrá considerar reconocidos los hechos
controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil –LEC–, en relación con el artículo 91 de la LJS).
5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.
La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
Madrid, 2 de septiembre de 2013.—La Secretaria Judicial, Ana Correchel Calvo.
265W-12177
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MADRID.—JUZGADO NÚM. 17
Doña Paloma Muñiz Carrión, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número diecisiete de Madrid.
Hace saber: Que en el procedimiento 152/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Santiago Yanini Calvo
frente a Esabe Vigilancia, S.A., sobre ejecución forzosa se ha dictado resolución de fecha 4 de septiembre de 2014 con la parte dispositiva siguiente:
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23927
«Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Santiago Yanini Calvo, frente a la demandada Esabe Vigilancia, S.A., parte ejecutada, por un principal de 1.842,53 euros, más 128,97 euros y 184,25 euros de intereses y
costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su
notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad
Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco de Santander 2515-0000-64-0152-14.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada-Juez.
Doña Paloma Rebate Labrandero.
La Magistrada-Juez.»
Y para que sirva de notificación en legal forma a don Santiago Yanini Calvo, en ignorado paradero, expido el presente para su
inserción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina
judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
Madrid, 4 de septiembre de 2014. La Secretaria Judicial, Paloma Muñiz Carrión.
265W-11113
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TARRAGONA.—JUZGADO NÚM. 1
Doña Ángela Iribas Cabrera, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Tarragona.
Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado expediente núm. 705/2012, instados por don José Francisco Méndez Rodríguez contra Basf Española, Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., Seguridad Sansa, S.A., y Control Orden y Seguridad, S.L., en el
cual se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don José Francisco Méndez Rodríguez, defendido y representado por el
Letrado don Jordi Blade Ventura, contra la mercantil Seguridad Sansa, S.A.; con emplazamiento del Fogasa, condenando a la empresa a
abonar al trabajador demandante la cantidad de 3.740,34 euros, de conformidad con lo expuesto en el Fundamento de Derecho Séptimo
de la presente resolución judicial.
Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por don José Francisco Méndez Rodríguez, defendido y representado
por el Letrado don Jordi Blade Ventura, contra las mercantiles Basf Española, defendida y representada por la Letrada doña Judit Gúell
Bargalló; Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., defendida y representada por la Letrada doña Anabel Navarro Gallardo; y Control
Orden y Seguridad, S.L.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Esta sentencia no es firme, cabe contra ella recurso de suplicación (art. 191 Ley
Reguladora de la Jurisdicción Social) ante la Sala de lo Social del TSJ de Cataluña con sede en Barcelona, que deberá ser anunciado
ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación, en el modo y forma previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Social, arts. 194 y 196. Al interponer el recurso, todo el que no tenga la condición de trabajador o causabiente suyo o beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social, entregará resguardo de haber depositado trescientos euros (300 €) en la cuenta de depósitos y
consignaciones que este Juzgado tiene abierta en Banesto (art. 209.1.a) Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en la primera instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado Seguridad Sansa, S.A., y Control Orden y Seguridad, S.L., y se inserte en el
«Boletín Oficial» de la provincia, expido el presente dado el ignorado paradero del mismo, haciéndole saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social núm. Uno. Así mismo se le advierte que sera de aplicación
en cuanto a las ejecuciones lo dispuesto en disposición transitoria cuarta de la LPL, y por ello las sucesivas notificaciones, salvo que
revistan forma de auto o sentencia, se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.
Tarragona a 6 de junio de 2014.—La Secretaria Judicial, Ángela Iribas Cabrera.
265W-8630
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Juzgados de Primera Instancia
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ÉCIJA.—JUZGADO NÚM. 2
Procedimiento: Expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo 359/2014. Negociado: A.
Sobre: Reanudación tracto sucesivo.
Solicitante: Doña Isabel Conde López.
Procurador: Sr. Rafael Díaz Baena.
En el expediente de dominio de referencia, seguido para reanudación del tracto sucesivo de la finca que luego se dirá, por medio
de la presente y en virtud de lo acordado por resolución de esta fecha, se cita a quien abajo se indica como colindantes desconocidos a
fin de que dentro de los diez días siguientes a su citación, pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
La finca de que se trata es la siguiente:
Rústica: Haza de tierra calma en el sitio de la Dehesa, término de la villa de Fuentes de Andalucía, cuarto primero de Paredones. Tiene una cabida de cuatro fanegas y ocho celemines, según su inscripción registral. Superficie de 26.085 metros cuadrados
(2,6085 hectáreas). Sobre la misma se encuentra una construcción de 1.627 metros cuadrados, para uso agrario.
Al norte linda con padrón maestro del segundo cuarto de Paredones.
Al este con haza de tierra propiedad de don José Luis Escalera.
Al sur con vereda del Arrecifejo.
Al oeste con tierras de don José Caro.
28
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Inscrita a nombre de don Manuel Garrido Elvira, adquirida mediante compraventa en virtud de escritura pública, autorizada
ante el Notario de Fuentes de Andalucía don Juan Glez Gabella, el día 3 de noviembre de 1928.
Referencia catastral: 41042A019000430000BD, finca 3853, inscrita en el Registro de la Propiedad de Écija al tomo 441, libro
104, folio 20.
En Écija a 22 de julio de 2014.—El Secretario. (Firma ilegible.)
34W-10859-P
AYUNTAMIENTOS
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SEVILLA
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento de Sevilla.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección del Distrito Casco Antiguo.
c) Número de expediente: 2014/000598 26/2014.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Contrato administrativo de servicios.
b) Título del expediente: Instruido para contratar el servicio de impartición, organización, planificación , programación y coordinación de los cursos y talleres socio-culturales en el Distrito Casco Antiguo durante el curso 2014-2015, así como la organización de
las actividades relacionadas con la clausura y final de los cursos.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Urgente.
b) Procedimiento: Abierto.
4. Presupuesto base de licitación.
a) Importe sin IVA: 247.966,10€.
b) Importe IVA.: 52.072,88€.
c) Importe total (IVA incluido): 300.038,98€.
5. Ofertas presentadas.
1. Instituto Madrileño de Formación S.L.
2. Arteaula.
3. Campusport S.L.
4. Asistencia de Organización y Servicios S.A. (AOSSA).
5. Ute Ludociencia – Educomex.
6. Asociación para la Formación Integral y el Empleo 2009 (Forinemas 2009).
7. Atlas Servicios Empresariales, S.A.
8. Grupo Studium Formación.
9. Ibérica Soluciones Formativas.
10. BCM Gestión de Servicios, S.L.
6. Criterios aplicados para la valoración de las ofertas.
Los determinados en el Anexo I, 3 del pliego de cláusulas administrativas particulares que rigen la presente contratación, sucintamente:
Numeración
1
2
3
Criterio
Mejor Propuesta Económica
Proyecto de gestión
Mejoras
Puntuación máxima
asignada (100)
55
35
10
7. Clasificación de las ofertas: (Puntuación total):
Clasificación
1
2
3
4
5
6
Empresa licitadora
Grupo Studium Formación
Aossa
Arteaula Asociación Cultural
IMF
UTE Ludociencia - Educomex
BCM Gestión de Servicios SL
Total puntos
85,55
81
77,55
77,55
67,55
65,54
8. Ofertas excluidas.
Ibérica Soluciones Formativas, por no subsanar la documentación requerida, en relación al sobre .1
Atlas Servicios Empresariales (ADECCO), por no acreditar la solvencia técnica requerida.
Forinemas, por no subsanar de forma completa la documentación requerida, en relación al sobre 1.
Campusport S.L. no contestó al requerimiento cursado en relación a la baja temeraria.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23929
9. Adjudicación.
a) Fecha del acuerdo de adjudicación: Resolución número 5280 de 21/08/2014.
b) Órgano de contratación: Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla.
c) Contratista: Grupo Studium Formación, CIF: B41989005, refiere precio/hora de 22,87€.
d) Nacionalidad: Española.
e) Importe de adjudicación: 300.038,98€ (IVA incluido).
f) Importe de la garantía definitiva: 12.398,31 €.
10. Formalización del contrato.
Fecha de formalización: 11 de septiembre de 2014.
De conformidad con los pliegos de prescripciones administrativas particulares y en relación con los artículos 154 y 156 del
texto refundido de la ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RD Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Sevilla a 6 de septiembre de 2014.—La Jefa de Sección del Distrito Casco Antiguo, María José Rodríguez Sevillano.
36W-11603
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SEVILLA
Por resolución número 006127, de fecha 2 de octubre de 2014, del Capitular Delegado del Distrito Norte (PD de la Junta de
Gobierno de la ciudad de Sevilla), se ha aprobado la convocatoria que ha de regir la concesión de subvenciones en especie «Empieza
el Cole-Norte» para sufragar, parte de material escolar, a través del Distrito Norte para el presente año 2014 (expediente 27/14) que se
transcriben a continuación:
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN ESPECIE «EMPIEZA EL COLE-NORTE 2014», PARA SUFRAGAR PARTE
DE MATERIAL ESCOLAR A ALUMNOS MATRICULADOS EN CENTROS PÚBLICOS O CONCERTADOS DEL DISTRITO NORTE EN EL
NIVEL DE EDUCACIÓN PRIMARIA, PARA EL CURSO 2014-2015
Preámbulo
Con el inicio del curso escolar 2014-2015 las familias deben afrontar importantes gastos derivados de la escolarización, entre
ellos los relacionados con materiales no inventariables fungible como cuadernos, lápices, etc.
Asimismo, y más en la difícil situación que atravesamos, existen muchas familias con escasos recursos económicos que precisan apoyo para atender a los menores durante el inicio del curso escolar.
A tenor de lo anterior, el Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Norte, convoca estas ayudas para entregar material
escolar fungible (cuadernos, bolígrafos,...) para ayudar a las familias más desfavorecidas del Distrito en la vuelta al colegio en estos
difíciles momentos.
Primera.—Objeto y finalidad.
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas en especie destinadas a familias, con menores en edad
escolar, empadronados en el Distrito Norte y matriculados en el próximo curso en algunos de los Colegios Públicos o concertados,
ubicados en el Distrito Norte, en la etapa de educación primaria, y están dirigidas a sufragar una pequeña parte de las prestaciones
económicas derivadas del inicio del curso escolar 2014-2015, paliando parte del gasto en material de papelería imprescindible para el
inicio del próximo curso escolar.
La ayuda consistirá en la entrega de material escolar ordinario por valor previsto de 40€, con IVA, por menor, según requisitos
indicados, hasta agotar la dotación presupuestaria prevista (bolígrafos, lápices, colores, cuadernos, esto es: material ordinario consumible de papelería, común a los exigidos generalmente por los colegios de primaria ubicados en el Distrito Norte).
Segunda.—Régimen jurídico.
Las subvenciones a que se refiere la presente Convocatoria, además de lo previsto por la misma, se regirán por los preceptos
básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo establecido Reglamento por el que se regulan los procedimientos aplicables
a las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla («Boletín Oficial» de la provincia número 161, de 14 de julio de 2005).
Debido a las características de los/as potenciales beneficiarios/as, así como por el objeto de las ayudas, se establece un régimen
de concurrencia competitiva con sometimiento a los requisitos y procedimientos establecidos en la presente Convocatoria, conforme a
lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Subvenciones.
Las subvenciones a las que se refiere la presente Convocatoria se otorgaran con arreglo a los siguientes principios:
a) Publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y evaluación individualizada.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Tercera.—Aplicación presupuestaria y régimen económico.
Las ayudas para gastos a subvencionar por la presente convocatoria se concederán con cargo a partida presupuestaria 7021732102-48900 del vigente presupuesto municipal, por un importe total de 4.000,00 €, correspondiente a 100 packs aproximadamente,
teniendo como límite temporal el año 2014.
Las dotaciones presupuestarias para la presente Convocatoria quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente, según
dispongan el Presupuesto Municipal, con las modificaciones presupuestarias que, en su caso, puedan autorizarse por el órgano competente.
Cuarta.—Requisitos generales del solicitante.
Podrán ser solicitantes de estas ayudas en especies, los padres o tutores de menores con edad escolar en la franja comprendida
entre los 6 y los 12 años de edad, dentro del ciclo de educación primaria, que cumplan los siguientes requisitos:
1.Estar empadronados, la unidad familiar (padres y/o tutores o guardadores legales y menores para los que se solicita la
ayuda), en el Distrito Norte del Ayuntamiento de Sevilla.
30
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
2.Estar escolarizado en el curso 2014-2015 en centros públicos o concertados ubicados en el ámbito territorial del Distrito
Norte, en el ciclo de educación primaria:
– C.E.I.P ADRIANO.
– C.E.I.P ESCRITOR ALFONSO GROSSO.
– C.E.I.P FEDERICO GARCÍA LORCA.
– C.E.I.P HERMANOS MACHADO.
– C.E.I.P IGNACIO SÁNCHEZ MEJÍAS.
– C.E.I.P JUAN DE MAIRENA.
– C.E.I.P MARÍA ZAMBRANO.
– C.E.I.P PABLO RUIZ PICASSO.
– C.E.I.P TEODOSIO.
– C.E.P BUENAVISTA.
– CENTRO DE ENSEÑANZA CONCERTADA SAFA PATRONATO VEREDA.
3. No estar pendiente de justificar documentalmente prestaciones concedidas con anterioridad.
4.Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición para percibir subvenciones determinadas en el artículo
13 de la Ley General de Subvenciones.
Estos requisitos se deberán reunir desde el momento de presentación de solicitudes de la convocatoria y mantener, al menos,
durante el ejercicio económico en el que se conceda la subvención.
Quinta.—Documentación a presentar.
5.1. Documentación general.
1.Solicitud por duplicado ejemplar, por familia, según modelo oficial, que incluye declaración responsable de no estar
incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario. (ANEXO I). En el caso de ser varios los menores
que optan a la ayuda deberá detallarse los datos de cada uno de ellos. El menor que no sea incluido en la solicitud no será
tenido en cuenta a los efectos de concesión.
2. Fotocopia de la matricula oficial del menor/es matriculado/s para el curso 2014-2015.
3. Fotocopia del documento nacional de identidad del representante del menor.
4. Fotocopia del Libro de familia completo, o documento equivalente, que acredite la representación del/os menor/es.
5.Certificado de estar al corriente de la obligaciones con la Seguridad Social. (Si se dispone de firma electrónica se podrá
solicitar e imprimirse directamente desde la sede electrónica de la página web de la Seguridad Social). El Distrito Norte
recabará de oficio los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias frente al Ayuntamiento de Sevilla y
con la Agencia Tributaria Estatal. Por lo tanto, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano gestor,
para consultar el Padrón municipal y recabar de oficio, en su caso, las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla, así como la aceptación íntegra de
las normas que rigen la presente Convocatoria.
5.2. Documentación específica: Solo la presentaran aquellos solicitantes que se encuentren en uno o varios de los supuestos de
los criterios específicos de puntuación, detallados en el apartado 7.2 de la presente convocatoria:
1.Documentación acreditativa de la condición de familia numerosa: Fotocopia de la tarjeta /libro de familia numerosa, o
documento equivalente, de los menores para los que se solicita la ayuda.
2.Documentación acreditativa de la condición de monoparental: Fotocopia de sentencia judicial, demanda, auto de medidas
provisionales u otra equivalente que se considere suficiente.
3.Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo de uno o ambos progenitores desempleados, en su caso, debidamente sellada
y actualizada.
Sexta.—Actividades a subvencionar.
6.1 Conceptos a subvencionar.
Se subvencionaran, mediante la concesión de ayudas en especie en régimen de concurrencia competitiva, el gasto que ocasione
el suministro de material de oficina no inventariarle, que incluirá, entre otros: cuadernos, bolígrafos, lápices, gomas, colores
A cada unidad familiar que resulte beneficiaria se le hará entrega de un pack completo de material escolar común, fungible y
ordinario de los establecidos como básicos en la etapa de Educación Primaria.
6.2. Topes máximos a subvencionar.
Las ayudas serán tramitadas y otorgadas conforme a la baremación y según los criterios establecidos hasta el límite del crédito
presupuestario disponible para esta Convocatoria.
La cuantía de la ayuda será como máximo el equivalente a 40€ IVA incluido, y se concederá a las unidades familiares que resulten beneficiarias una vez baremadas todas las solicitudes presentadas. Solo se concederá una ayuda por cada menor solicitante que
reúna las condiciones y se encuentre relacionado en la solicitud hasta el tope establecido.
La presente ayuda será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos Internacionales, sin perjuicio de los dispuesto en el apartado siguiente.
El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos supere el coste de la compra del material subvencionado.
Séptima.—Criterios. Baremación.
7.1.Generalidades:
– Las ayudas no se adjudicaran, en ningún caso, por orden de llegada.
7.2. Baremación: Cuando no existan bonos suficientes para atender todas las solicitudes, se regirán por los siguientes criterios
y asignación de puntos:
a) Que el menor pertenezca a una familia con la condición de monoparental 10 puntos.
Se entenderá que concurre esta circunstancia, cuando se trate de menores a cargo de uno solo de sus progenitores, ya sea por
separación, divorcio o que tras la ruptura de la convivencia de los mismos, en caso de parejas no casadas, hayan quedado reguladas
legalmente las medidas relativas a su guarda y custodia.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23931
Acreditación de esta condición: Fotocopia de sentencia judicial, demanda, auto de medidas provisionales u otra equivalente
que se considere suficiente.
b) Que el menor pertenezca a una familia con la condición de numerosa 10 puntos.
El concepto de familia numerosa que se tendrá en cuenta a efectos de su valoración será el establecido en el artículo 2 de la Ley
40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias numerosas.
Acreditación de esta condición: Fotocopia de la tarjeta de familia numerosa, o documento equivalente, de los menores para los
que se solicita la ayuda.
c) Que el menor pertenezca a una unidad familiar (padres y/o tutores o guardadores legales y menores para los que se solicita
la ayuda) cuyo/s representante/s legal/es se encuentren desempleados conforme a lo que sigue:
– En el caso de encontrarse en situación de desempleo ambos progenitores; o en el caso de familia monoparental, padre, madre
y/o tutor o guardador legal en situación de empleo activo 10 puntos.
– En el caso de encontrarse en situación de desempleo uno solo de los progenitores 5 puntos.
Acreditación de esta condición: Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo de uno o ambos progenitores desempleados, en
su caso, debidamente sellada y actualizada.
7.3. Sorteo público: La puntuación total que obtengan los solicitantes, en aplicación de lo establecido en el apartado 7.2, decidirá el orden de concesión de los bonos canjeables.
En el caso de que la demanda sea superior a la oferta se realizara un sorteo público, de la forma siguiente:
Todas las solicitudes validas de admisión y empatadas se ordenaran alfabéticamente, previa baremación, se ordenaran alfabéticamente, por apellidos y nombre del solicitante que conste en primer lugar, y se numeraran de forma correlativa, desde el número 1
hasta el último de los solicitantes.
Se determinara, por sorteo, un número y la tendencia a seguir, ya sea ascendente (1,2,3,4...) o descendente (4,3,2...), que será el
resultado del sorteo. A continuación, se asignaran los bonos canjeables en el sentido y a partir del número, que se fije en el sorteo, hasta
agotar el cupo total de bonos canjeables existentes. La fecha para el sorteo público en el caso que sea necesario, será publicado en el
tablón de anuncios del Distrito Norte. No obstante, por causas imprevistas podrá ser modificada esta fecha.
El resto de solicitantes que no resulten beneficiarios en el sorteo, constituirán la lista de reserva, en el mismo orden y prelación.
En el caso de que alguno de los beneficiarios renunciara a la ayuda concedida, esta pasara al siguiente dispuesto en la lista de reserva.
Para cualquier consulta e información podrán dirigirse al teléfono 955472040.
Octava.—Lugar y plazo de presentación de las solicitudes resolución.
8.1. Las solicitudes, por duplicado ejemplar, en modelos normalizados según Anexo I de esta convocatoria, irán acompañadas
de la documentación detallada en el apartado 3 y se presentaran en el Registro General Auxiliar del Distrito Norte, (sito en calle Estrella Proción nº 8) en horario determinado al efecto, o en los lugares o por los medios previstos en la ley 30/92 de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
8.2. El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación que se acompaña será de diez (10) días hábiles siguientes a
la publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de la presente convocatoria.
Solo se admitirán a trámite las solicitudes presentadas en tiempo y forma. Este plazo podrá ser ampliado, de forma justificada,
cuando existan razones que así lo aconsejen.
8.3.En el caso de que la solicitud sea presencial y cuando la documentación que acompaña a la solicitud sea incompleta o
defectuosa, se requerirá en el momento de atención la solicitante para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos con apercibimiento de que, si no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas
y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente, se requerirá la subsanación de las faltas o documentos sea cual sea el medio
de presentación de la solicitud. En el caso de no aportar la documentación requerida, de tratarse de documentación específica, esta no
será tenida en cuenta a efectos de baremación.
8.4.Procedimiento de concesión: Atendiendo a cada solicitud, y una vez estudiada la documentación presentada, los servicios
competentes realizaran una propuesta de resolución provisional, la cual dará lugar a resolución estimatoria o desestimatoria. En este último supuesto, la resolución será motivada al objeto de que los solicitantes puedan hacer uso de los recursos a que en derecho haya lugar.
8.5. El órgano competente para otorgar las presentes subvenciones es el Capitular Presidente de la Junta Municipal del Distrito
Norte, en virtud de la competencia atribuida, por delegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, mediante acuerdo de 21
de diciembre de 2012.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, que se computaran
a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, entendiéndose desestimatorio, si transcurrido dicho plazo no hubiese
recaído resolución expresa. La concesión de la subvención solicitada se notificara a los beneficiarios de las mismas de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y de Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, a los solicitantes de las ayudas que no hayan sido admitidos, se les notificara la denegación.
La resolución de concesión que adopte la Capitular Presidente de la Junta Municipal del Distrito Norte, pondrá fin a la vía administrativa y contra dicho acto podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al del recibo
de la notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos
(2) meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso–Administrativo de Sevilla o la Sala de lo Contencioso–Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, según el objeto de los actos, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno.
8.6. Listado de seleccionados. Entrega de material.
En el tablón de anuncios de la sede del Distrito Norte, y en la página web del Ayuntamiento de Sevilla se expondrán las listas de
los beneficiarios de los bonos canjeables. Cubierto el número total de bonos ofertados y concedidas las ayudas, el resto de solicitantes
que no hayan obtenido bono quedaran en la lista de reserva, conservándose el orden definitivo y conforme a lo dispuesto en el apartado
séptimo de esta Convocatoria.
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Expuestas las listas, se indicara lugar, día y hora en el que se hará la entrega del material escolar correspondiente, pudiendo ser
en acto público. De no retirarse en el plazo de un mes desde la concesión de la ayuda se entenderá que la unidad familiar renuncia a la
ayuda concedida pasando a corresponderle al siguiente en reserva.
8.7. Uso del material escolar entregado.
El material entregado deberá ser destinado para el fin que justifica la presente ayuda: uso escolar del menor. No podrá enajenarse ni ceder a terceros siendo motivo de revocación de la ayuda.
Además de lo anterior, será motivo de revocación y de reintegro de los materiales:
1. La alteración de las circunstancias alegadas que motivaron su concesión.
2. La inasistencia al colegio.
3. La ocultación de datos o documentos.
Novena.—Justificación del gasto.
La justificación de la subvención se documentará mediante la presentación de una cuenta justificativa comprensiva de los
siguientes documentos:
a) Declaración jurada del representante-solicitante del menor que ha recibido el material de oficina no inventariarle, según
Anexo II suscrito en el momento de ser entregado y retirado.
Dicha documentación deberá ser entregada el mismo día de la retirada del mencionado material. Las cuantas justificativas,
previa conformidad de las mismas, se aprobaran por el órgano competente a tales efectos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.6 de la Ordenanza General por la que se aprueban las Bases reguladoras de
las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Sevilla, por el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva,
aplicable de forma supletoria a la presente convocatoria, “no podrá proponerse el pago de subvenciones a beneficiarios que no hacían
justificado en tiempo y forma otras subvenciones concedidas con anterioridad con cargo a créditos gestionados por el mismo órgano
concedente. En consecuencia, el incumplimiento de la obligación de justificar la ayuda concedida conllevara la denegación de posteriores solicitudes de subvención al Ayuntamiento de Sevilla sin perjuicio, en su caso, de la incoación del correspondiente expediente de
reintegro conforme a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones y en el artículo 3 del reglamento que la desarrolla.
Décima.—Pago de la subvención.
Por tratarse de ayudas en especie, y con el objetivo, de un lado, de agilizar la tramitación de las mismas; y de otro, por estar
sujeta a la disponibilidad presupuestaria, se instruirá por el Distrito, de forma previa, expediente para la contratación del suministro de
forma que los beneficiarios de las ayudas no percibirán cantidad económica. Esto implica que una vez sea concedida la ayuda se pondrá
a disposición de los beneficiarios el suministro en cuestión y será el Ayuntamiento, previa comprobación de la realización efectiva del
servicio según lo contratado, y según conformidad de la factura por la Dirección del Distrito, el encargado de abonar a la empresa que
resulte adjudicataria de la referida contratación el importe de los servicios efectivamente realizados.
Decimoprimera.—Inspección y control.
La Dirección del Distrito se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación anterior, a todos los efectos, así
como la de ordenar las inspecciones y controles que estime necesarios para verificar la correcta aplicación de la subvención concedida.
Duodécima.—Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de las subvenciones vendrán obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003,
de 17 de Noviembre General de Subvenciones, quedando obligadas, entre otras, a:
a) Cumplir el objetivo, realizar y asistir a la actividad que fundamenta la concesión de subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad
y cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizarse, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones
anteriores.
d) Comunicar al Distrito Norte, Ayuntamiento de Sevilla, la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualquiera otra Administración Publica o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá hacerse tan pronto como se conozca y en todo caso con
anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos destinados a tal fin.
e) Comunicar al Distrito Norte cualquier modificación o alteración de los datos, documentación y demás extremos que afecten a la concesión de estas ayudas.
f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos que se destinen a la ayuda, en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control.
g) Hacer constar expresamente y de forma visible que las actividades subvencionadas se realizan con la financiación del
Ayuntamiento de Sevilla, a través del Distrito Norte.
Decimotercera.—Reintegro y régimen sancionador.
En caso de falsedad u ocultación de los datos o documentos aportados por la Entidad beneficiaria de la subvención, así como la
no justificación de la misma en su totalidad o en una parte, o destinarla a un fin distinto al que fue concedido, conllevara la aplicación
del procedimiento de reintegro y la exigencia del interés de demora, y en su caso del régimen sancionador regulado en el Título IV de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Para la valoración de la ayuda en especie concedida en la instrucción,
en su caso, del expediente de reintegro se tendrá en cuenta como base el importe que figure en la facturación correspondiente del suministro prestado, sin perjuicio de los interés de demora que procedan.
Decimocuarta.—Protección de datos.
Asimismo, se advierte que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la presentación de la solicitud de participación, incluidos, en su caso, menores de edad, en el Programa de ayudas del Distrito Norte van a ser incorporados, para su tratamiento, en
un fichero automatizado con la finalidad de gestionar procedimientos y tramites en este Ayuntamiento, DG Desconcentración administrativa y Coordinación de servicios, Distrito Norte a, teniendo como finalidad la gestión del Programa. De acuerdo con lo previsto en la
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23933
citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito al Ayuntamiento de Sevilla, Distrito Norte, a través del Registro General, sito
en c/ Pajaritos n° 14 de Sevilla, y demás auxiliares del mismo.
Decimoquinta.—Anexos.
Anexo I
Modelo de solicitud y declaración responsable
Anexo II
Modelo de entrega de material/cuenta justificativa
CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES. EXPEDIENTE 27/14 DISTRITO NORTE.
ANEXO 1.- SOLICITUD GENERAL A CUMPLIMENTAR POR DUPLICADO EJEMPLARIDENTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN: PROGRAMA DE AYUDAS EMPIEZA EL COLE-NORTE 2014, PARA SUFRAGAR PARTE DE MATERIA ESCOLAR (AYUDAS EN ESPECIE
DATOS DEL MEJOR/ES DE EDAD
CURSO ESCOLAR
DE PRIMARIA 20142015
NOMBRE Y APELLIDOS
¿Ha obtenido ayudas para el coste de esta actividad procedentes
de cualesquiera entidades públicas o privadas?
CENTRO EDUCATIVO MATRICULADO
Marque con una X lo que proceda:
No
SI
□
□
DATOS DEL REPRESENTANTE DEL MENOR DE EDAD
PARENTESCO CON EL
MENOR DE EDAD
NOMBRE Y APELLIDOS
Nº DE D.N.I
TELÉFONO FIJO
TELÉFONO MÓVIL
CORREO ELECTRÓNICO
□
VÍA PREFERENTE DE NOTIFICACIÓN : TELÉFONO
CONDICIONES DEL MENOR DE EDAD (marque con una X el que corresponda)
FAMILIA MONOPARENTAL
SI
□
NO
□
FAMILIA NUMEROSA
SI
□
NO
□
EMAIL
□
REPRESENTANTES DESEMPLEADOS
NO
SI
•
•
□
□
□
□
UNO.……………
AMBOS…………
Declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos declarados y la documentación aportada, autorizando, en su caso, el
alta de la misma en los respectivos ficheros públicos. Asimismo, me comprometo a comunicar al Distrito Norte cualquier modificación
o alteración de los datos, documentación y demás extremos que afecten a la concesión de estas ayudas. La presentación de la solicitud
conlleva la aceptación íntegra de las normas que rigen el Programa, y por tanto autoriza expresamente al Distrito Norte a publicar los
daros de los menores precisos para la tramitación de esta ayuda en el tablón de anuncios o en cualquiera de los medios previstos en
la convocatoria (web municipal), a consultar los datos que figuran en el Padrón Municipal y autorizo al Distrito Norte a recabar la
información tributaria referente a los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria Estatal y con la Tesorería del Excmo.
Ayuntamiento de Sevilla, y me comprometo a aportar junto con esta solicitud el certificado de hallarme al corriente de mis obligaciones
con la Seguridad Social. Declaro bajo mi responsabilidad que no me encuentro incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Lo anterior se declara bajo responsabilidad del firmante en la Convocatoria de ayudas «Empieza el Cole-Norte 2014», promovida por el Distrito Norte del Ayuntamiento de Sevilla, a todos los efectos temporales y legales previstos para dicha convocatoria y
conforme a lo dispuesto en el artículo 71.bis de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AAPP y Procedimiento
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Administrativo Común, comprometiéndome a comunicar cualquier alteración que afecte a la concesión de la ayuda que solicito en la
presente convocatoria.
En Sevilla a___ de ____________de _______2014.
Fdo:
Anexo 2
MODELO DE CUENTA JUSTIFICATIVA A RELLENAR POR DUPLICADO
A entregar en el momento de la entrega del material en caso de resultar seleccionado.
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN ESPECIE
PROGRAMA EMPIEZA EL COLE–NORTE 2014.
DATOS DEL MENOR/ES DE EDAD
CURSO ESCOLAR
DE PRIMARIA 20142015
NOMBRE Y APELLIDOS
DATOS DEL REPRESENTANTE DEL MENOR DE EDAD.
NOMBRE Y APELLIDOS
DOMICILIO
TELÉFONO FIJO
EMAIL
CENTRO EDUCATIVO MATRICULADO
DNI
TELÉFONO MÓVIL
Declaro haber retirado el/ los packs completos de material escolar fungible de la convocatoria «Empieza el Cole–Norte 2014»
y me comprometo a destinarlo al fin público para el cual es concedido: Uso escolar del menor arriba referenciado.
En Sevilla, a ______de ____________de ______________
Fdo:
En Sevilla a 7 de octubre de 2014.—El Jefe de Sección del Distrito Norte, Francisco Martín Tovar.
8D-11629
————
SEVILLA
De conformidad con lo establecido en los artículos 59.4 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP), intentada sin efecto la notificación de actos
derivados de los expedientes sancionadores incoados en materia de disciplina ambiental a las personas o entidades que a continuación
se relacionan, se hace pública la notificación a los interesados mediante anuncios en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el
«Boletín Oficial» de la provincia.
La competencia para iniciar y resolver los procedimientos e imponer sanciones corresponde a el Director General de Medio
Ambiente, por delegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla (acuerdo de 27-06-11) y del señor Alcalde (resolución número
774 de 29-06-2011), conferida en sus respectivos ámbitos de competencias.
Para el conocimiento íntegro del acto, los interesados podrán comparecer en el Servicio de Protección Ambiental, calle Palos
de la Frontera s/n (pabellón de la Madrina), de Sevilla, de lunes a viernes, en horario de 10,00 horas a 13,00 horas.
Las contestaciones y recursos que proceden, según el tipo de acto que se notifica, son los siguientes: Iniciación de procedimiento sancionador:
Se dispone de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la notificación, para formular
alegaciones, presentar documentos y justificaciones y proponer pruebas. De no efectuarse alegaciones en el citado plazo, la resolución
de iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.
Orden de clausura; resolución del procedimiento sancionador; resolución de archivo de actuaciones; resolución de caducidad
del procedimiento:
La orden de clausura es inmediatamente ejecutiva. De no cumplirse voluntariamente por el obligado, procederá su ejecución
forzosa mediante el precinto correspondiente.
Son actos definitivos en vía administrativa, contra los que puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el
mismo órgano que los ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con lo previsto en los
artículos 116 y 117 LRJAP, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Sevilla o, a elección del demandante, ante el Juzgado o Tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio, en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo
109.c LRJAP y artículos 14 y 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa. También
podrán utilizarse, no obstante, otros recursos si se estimasen oportunos.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Número
expediente
Nombre o razón
social
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23935
Lugar infracción
65/14
Sirena S.C.
Calle Arias Montano
número 1
526/13
Wng Yougen
Plaza Doctor Barraquer, 2
103/14
Ceron Mesa,
Manuel
Calle Oso Panda, 48
233/13
González Muñoz,
José
Calle Torregrosa
640/13
García Collantes,
Vicente
Calle Cuesta del
Rosario
Acto notificado
Res 4378-03/07/14
Iniciación Procedimiento
Sancionador y orden de
clausura
Res 4379-03/07/14
Iniciación Procedimiento
Sancionador y orden de
clausura
Res 4262-27/06/14
Iniciación Procedimiento
Sancionador y orden de
clausura
Res 749-15/07/14
Iniciación Procedimiento
Sancionador
Res 4378-03/07/14
Iniciación Procedimiento
Sancionador
Norma infringida
Sanción
Artículo 87.3.i OROA,
artículo 139 LRBL
750€
Artículo 87.3.f OROA,
artículo 139 LRBL
2250€
Artículo 87.3.c OROA,
artículo 139 LRBL
2000€
Artículo 20.1, 19.2
LEPARA
1000€
Artículo 7.3
LAOEMA
3000€
Siglas utilizadas:
LGICA: Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión de la Calidad Ambiental de Andalucía.
LAOEMA: Ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en
los espacios abiertos de los municipios de Andalucía
LEPARA: Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
Ley 4/97, de 9 de Julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas.
LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
OMA: Ordenanza Municipal de Actividades (BOP número 178, de 02-08-2001).
OMRV: Ordenanza de Protección del Medio Ambiente en materia de ruidos y vibraciones (BOP número 229, de 03-10-2005)
RSEPARA: Reglamento de Inspección, Control y Régimen Sancionador de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
de Andalucía
RPCAA: Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica de Andalucía (Decreto 326/2003, de 25 de noviembre)
ORCEA: Ordenanza Reguladora del Control del ejercicio de actividades en el Municipio de Sevilla.
Sevilla, 2 de septiembre de 2014.—El Jefe de Servicio de Protección Ambiental, Alfonso Pinto del Bot.
36W-10115
————
SEVILLA
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP), intentada sin efecto la notificación de actos derivados
de los expedientes sancionadores incoados por infracción de la Ordenanza Municipal de la Feria de Abril (OMFA) a las personas o
entidades que a continuación se relacionan, se hace pública la notificación a los interesados mediante anuncio en el «Boletín Oficial»
de la provincia.
La competencia para iniciar y resolver los procedimientos e imponer sanciones corresponde al Teniente de Alcalde Delegado
del Área de Empleo, Economía, Fiestas Mayores y Turismo por delegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, conferida
por acuerdo de 8 de noviembre de 2013.
Para el conocimiento íntegro del acto, los interesados podrán comparecer en el Servicio de Fiestas Mayores, calle Matienzo
númemro 1-3, de Sevilla, de lunes a viernes, de 9:00 h. a 14:00 horas.
Las contestaciones y recursos que proceden, según el tipo de acto que se notifica, son los siguientes:
Resolución de archivo de actuaciones; resolución de caducidad del procedimiento:
-Son actos definitivos en vía administrativa, contra los que puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el
mismo órgano que los ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con lo previsto en los
arts. 116 y 117 LRJAP, o bien interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o, a elección del demandante, ante el Juzgado o Tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio (con
el límite de que éste se halle dentro de la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía), en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de la publicación de la notificación, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c) LRJAP y arts. 14 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa. También podrán utilizarse, no obstante,
otros recursos si se estimasen oportunos.
Num. Expte.
Infractor
172/2013
Antonio López Contreras
185/2013
Antonio Seijo Ceballos
186/2013
225/2013
266/2013
Lugar Infracción
Acto Notificado
Precepto Infringido
Sanción
C/ Virgen de la Cinta
(Control de Carruajes)
Avda. Juan Pablo II
(Contraportada)
Res. 3482 De 29-05-2014. Caducidad.
Art. 108.2 Omfa
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Res. 3477 De 29-05-2014. Caducidad.
Art. 108.2 Omfa
----------
Ángeles Navarro Cortés
Avda. Juan Pablo II
Res. 3479 De 29-05-2014. Caducidad.
Art. 108.2 Omfa
----------
José María Salmerón Durán
C/ Espartero, 109
Res. 2344 De 14-04-2014. Archivo de actuaciones
Art. 108.18 Omfa
----------
David Domínguez Pérez
C/ Santa Fe, 2
Res. 3480 De 29-05-2014. Caducidad.
Art. 108.3 Omfa
----------
Sevilla, 16 de julio de 2014.—La Jefa de Servicio de Fiestas Mayores, Pilar Ballesteros Aragón.
15W-9023
36
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
SEVILLA
Por el presente anuncio se notifica a don Leonid Merkulov cuyo último domicilio conocido se encuentra en calle Antonio Maura número 5 tercero C, Tomares, Sevilla y, actualmente en paradero desconocido, la resolución nº 002334 dictada por el señor Director
General de Empleo y Economía con fecha 11 de Abril de 2014, por la que se le concede la baja del puesto número cinco del Mercado
de Abastos de Los Remedios, con licencia de venta de arreglos del hogar, a partir del 31 de Marzo de 2014.
Sevilla, 11 de julio de 2014—La Jefe del Servicio de Consumo, Amparo Guisado Castejón.
15W-8665
————
SEVILLA
Gerencia de Urbanismo
La Comisión Ejecutiva, en sesión celebrada el día 18 de junio de 2014, se ha servido aprobar una propuesta del Sr. Gerente que
literalmente dice así:
Esta Gerencia de Urbanismo tiene atribuida por sus Estatutos la competencia para la gestión del Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas, correspondiéndole, en general, el control del cumplimiento de los distintos deberes urbanísticos que la Ley y, en su
caso, el planeamiento establecen.
En el ejercicio de esta competencia, se ha incoado el correspondiente expediente administrativo al efecto de proceder a la
inclusión en dicho Registro de la finca sita en calle María Auxiliadora núm. 3, acc.A, de conformidad con lo previsto en el art. 157.5
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), concediéndole el correspondiente plazo de
audiencia previa de conformidad con el art. 84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Pues bien, una vez notificada la correspondiente resolución 139, de fecha 16 de enero de 2014, no se ha presentado por la propiedad escrito de alegaciones alguno al respecto.
De esta manera, la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas que se propone, cumple la función
principal de contribuir a la consecución de la necesaria publicidad del régimen urbanístico de los inmuebles; publicidad que es consecuencia no ya sólo de la inclusión en el mencionado Registro, sino también del acceso que al Registro de la Propiedad tiene esta resolución mediante la práctica de la anotación marginal sobre la finca registral de la que se trate, conforme al art. 87 del RD 1093/1997, de
4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción
en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.
La inclusión de la finca sita en la calle María Auxiliadora núm. 3, acc.A en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones
Ruinosas se propone en virtud del mencionado artículo 157.5 de la LOUA, y de conformidad con el informe de fecha 5 de junio de
2014, de la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, habilitándole el plazo de un año para cumplir con el
deber de rehabilitar de conformidad con el art. 3.3.19.E de las Normas Urbanísticas del Plan General y el art. 157.5 de la citada Ley
7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, sin perjuicio de obtener para ello la preceptiva licencia municipal. El mero transcurso del mencionado plazo conllevará la colocación de la citada finca en situación de venta forzosa para su ejecución
por sustitución. En este sentido, de conformidad con el artículo 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y
Edificaciones Ruinosas, el deber de edificar no se entiende cumplido con la mera solicitud de la licencia de edificación, sin perjuicio de
que el cómputo de dicho plazo máximo quede interrumpido hasta tanto se resuelva la solicitud de licencia.
Por todo ello, el firmante viene en proponer los siguientes, acuerdos:
Primero.—Incluir en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas la finca que seguidamente se relaciona, de
conformidad con lo dispuesto en el art. 157.5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA),
y con el informe de fecha 5 de junio de 2014 emitido por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, del cual
se dará traslado, advirtiendo a sus titulares de la existencia de un plazo máximo de un año, de conformidad con el citado art. 157.5, para
que ejecuten las obras de rehabilitación pertinentes.
El mero transcurso del plazo mencionado conllevará, de conformidad con lo dispuesto en dicho art. 157.5 de la LOUA, la colocación de la citada finca en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, habiéndose de iniciar de oficio o a instancia
de parte el correspondiente concurso público.
Expte. 47/13 R.M.S.
Situación: Calle María Auxiliadora núm. 3, acc. A.
Referencia catastral: 5929004TG3452H
Descripción: Urbana: Casa en esta ciudad, barrio de San Roque, sitio llamado antes Puerta del Osario, hoy calle Arrebolera,
número cinco antiguo, uno moderno y novísimo y tres actual, llamada ahora, la expresada calle Arrebolera, calle María Auxiliadora,
teniendo el número tres de la misma; con una superficie de doscientos cincuenta y un metros, treinta centímetros cuadrados, junto con
el grueso de sus muros y medianeras; cuyos linderos son: por la derecha de su entrada, con la casa número tres, hoy cinco, de la misma
calle Arrebolera; por la izquierda, con la marcada con los números nueve, nueve-segundo, nueve-tercero y nueve-cuarto, en la calle
Puñonrostro, hoy con los números uno, de dicha calle Arrebolera, y siete, nueve y once, de la calle Puñonrostro; y por su espalda, con
la número cinco, de la misma calle.
Datos del Registro de la Propiedad: Finca núm. 11254, Registro de la Propiedad núm. 17, tomo 3738, libro 326, folio 76
Cargas: No hay cargas registrales.
Titularidad:
- Benito Neira Barahona, 1,666600% del pleno dominio con carácter privativo, por título de herencia en virtud de Testimonio Judicial, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de Sevilla.
- Dolores Reina Infante, 12,500000% del pleno dominio con carácter privativo, por título de herencia en virtud de Testimonio Judicial, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de Sevilla.
- Dolores Reina Infante, 4,166000% del pleno dominio con carácter privativo, por título de herencia en virtud de Testimonio
Judicial, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de Sevilla.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23937
- Fernando Neira Reina, 25,000000% del pleno dominio con carácter privativo, por título de herencia en virtud de Testimonio Judicial, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de Sevilla.
- Fernando Neira Reina, 7,499700% del pleno dominio con carácter privativo, por título de herencia en virtud de Testimonio
Judicial, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de Sevilla.
- Francisco Javier Neira Reina, 7,499700% del pleno dominio con carácter privativo, por título de herencia en virtud de
Testimonio Judicial, autorizada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 14 de Sevilla.
- Josefa Luisa Ortega García, 16,666000% del pleno dominio con carácter ganancial, por título de compraventa en virtud de
escritura pública.
- Josefa Luisa Ortega García, 25,000000% del pleno dominio con carácter ganancial, por título de compraventa en virtud de
escritura pública.
Clasificación y Calificación Urbanísticas: Urbano Consolidado. Centro Histórico (CH). Plan Especial de Protección del Sector
4 del Conjunto Histórico de Sevilla “Santa Catalina-Santiago”, aprobado el 16 de julio de 2010. Catalogación “D” Protección Parcial
Grado 2.
Plazo máximo de cumplimiento del deber de edificar: UN AÑO, a contar desde la declaración de ruina de la finca.
Segundo.—Anotar en el Libro del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas el citado plazo.
Tercero.—El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de junio de 2013, aprobó en uso de la habilitación
prevista en la Disposición Adicional Tercera de la “Ordenanza Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, así como del concurso
para la sustitución del propietario incumplidor de los deberes de edificación, conservación y rehabilitación”, la suspensión del plazo de
edificación previsto en el art. 3.3 de la citada Ordenanza municipal para aquellos solares en que se plantee, y así se les autorice, como
uso provisional, actividades de las previstas en el art. 3.3.13 de la Normativa del Plan General de Ordenación Urbanística; actividades
de interés general que redunden en beneficio de la población del sector donde se localicen siempre que vengan avaladas por las Dependencias municipales a quien pueda competer las mismas, sin perjuicio de cumplimentar para la autorización de los usos provisionales
de que se trate, los requisitos y formalidades previstos en la legislación y el planeamiento urbanístico vigentes.
Cuarto.—Notificar los presentes acuerdos de conformidad con los arts. 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, publicar de conformidad con el art. 15.1b del
Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y expedir certificación de los mismos para su remisión al Registro de la Propiedad, a los efectos de que se practique la anotación registral
procedente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87 y ss. del Decreto 1093/1997, de 4 de julio.
Quinto.—Facultar ampliamente al Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines y al
Gerente que suscriben, para la ejecución de los anteriores acuerdos, indistintamente y con carácter solidario, en el ámbito de sus respectivas competencias.”
El informe emitido por la Sección Jurídica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos de fecha 5 de junio de 2014 a que
se hace referencia tiene el siguiente tenor literal:
En relación con la situación de la finca sita en calle María Auxiliadora núm. 3, acc.A, por la Sección Jurídica del Servicio de
Gestión y Convenios Urbanísticos se emite el siguiente
Informe
La finca sita en calle María Auxiliadora núm. 3, acc.A, fue declarada en situación legal de ruina urbanística por acuerdo de la
Comisión Ejecutiva de fecha 10 de julio de 2013, lo que de conformidad con el art. 157.5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía comporta su inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas.
Por ello, se inició, mediante decreto del Sr. Gerente número 139, de fecha 16 de enero de 2014, el correspondiente procedimiento administrativo para su inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de conformidad con el art. 157.5 de la
Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Habiendo sido notificado a la propiedad en fecha 3 de abril de
2014, mediante publicación en «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla núm. 80, de conformidad con el art. 59 de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En dicha notificación, se otorgaba el correspondiente plazo de audiencia previa, por quince días, de conformidad con el art.
84 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común para que por la propiedad se presentasen cuantas alegaciones, documentos o justificaciones estimaran pertinente, no habiéndose
presentado una vez finalizada dicho plazo escrito de alegaciones al respecto.
De esta manera, procede la inclusión de la finca presente finca sita en calle María Auxiliadora núm. 3, acc.A en el Registro de
Solares y Edificaciones Ruinosas de conformidad con el art. 157.5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía en virtud de la cual “La declaración legal de ruina urbanística comportará la inclusión de la construcción o edificación en el
Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, habilitándose al propietario el plazo de un año para que ejecute, en su caso, las
obras de restauración pertinentes. El mero transcurso del plazo mencionado conllevará la colocación de la construcción o edificación
correspondiente en situación de venta forzosa para su ejecución por sustitución, habiéndose de iniciar de oficio o a instancia de parte,
en el plazo de seis meses, el correspondiente concurso, que se tramitará de acuerdo con las reglas de los apartados 2, 3, 4, 5 y 6 del
artículo 152 de esta Ley”.
Así, de conformidad con el precitado artículo, dicha inclusión en el Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas comporta el
deber urbanístico para la propiedad del inmueble que nos ocupa, de ejecutar las correspondientes obras de rehabilitación sobre el mismo
en el plazo máximo de un año, cuyo cómputo procede iniciarse desde la recepción de la notificación del acuerdo de la inclusión de la
presente finca, sita en calle María Auxiliadora núm. 3, Acc.A, en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas. Considerando dicho plazo suficiente para remover todos los obstáculos que pudieran existir para la solicitud de la preceptiva licencia de obras.
En este sentido cabe indicar, que de conformidad con el artículo 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de
Solares y Edificaciones Ruinosas, el deber de edificar “no se entenderá cumplido con la mera solicitud de la licencia de edificación, sin
perjuicio de que el cómputo” de dicho plazo de un año “quede interrumpido hasta tanto se resuelva la solicitud de licencia”.
En consecuencia, procede incluir la referida finca sita en la calle María Auxiliadora nº 3, Acc.A, en el Registro de Solares y
Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el art. 157.5 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Es cuanto se ha de informar a los efectos oportunos. Al pie están las firmas de la T.A.G. adscrita a la Sección Jurídica, Áurea
del Noval Onraita, con el Vº Bº de la Jefe del Servicio, María Luisa Arcos Fernández.”
38
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 c) y d), en relación
con el 15.2 del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada
ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, de conformidad con los
artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de
sus derechos.
En Sevilla a 4 de julio de 2014.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.
253W-8555
————
SEVILLA
Gerencia de Urbanismo
El Sr. Gerente de Urbanismo por decreto número 5968, de fecha 17 de diciembre de 2013, se ha servido disponer lo siguiente,
siendo el tenor literal de la resolución el que sigue:
«Vistas las actuaciones seguidas en el expediente 8/2000, instruido en el Servicio de Conservación de la Edificación y Paisaje
Urbano para la finca sita en calle Orfebre Cayetano González 332 Zona 2, Bloq 332, y teniendo en cuenta.
Presupuestos fácticos
Primero.—Tras realizarse intervención por parte del Servicio contra Incendios y Salvamento, por resolución número 3267 del
Sr. Gerente de Urbanismo de fecha 18 de julio de 2006, se ordena a la propiedad de la finca sita en calle Orfebre Cayetano González
332 Zona 2, Bloq 332 la ejecución de medidas urgentes de seguridad, contenidas en el informe emitido, con fecha 13 de julio de 2006,
por la Sección Técnica de Conservación de la Edificación y Paisaje Urbano, que si bien constataba los que los daños que originaron la
intervención citada habían desaparecido, la finca precisaba la ejecución de otras medidas para garantizar las condiciones de seguridad,
salubridad y ornato público, comprobándose por la Sección Técnica del Servicio de Conservación que las obras han sido ejecutadas no
siendo necesaria la presentación de documentación técnica dada la escasa entidad técnica de las mismas.
Segundo.—Que, con fecha 10 de diciembre de 2013, se ha girado emitido informe por la Sección Técnica de Conservación de
la Edificación y Paisaje Urbano, haciendo constar que dado que las medidas ejecutadas y que fueron ordenadas por Resolución del Sr.,
Gerente de 18 de julio de 2006, tienen el carácter de provisionales se deberá llevar a cabo por la propiedad un seguimiento continuado
del estado de la edificación.
De otra parte, se hace constar que consultadas las condiciones particulares de la finca de referencia, según la vigente Ordenanza de inspección técnica de edificaciones, publicada en el «Boletín Oficial» de la provincia con fecha 16 de noviembre de 2011, la
propiedad de la misma tenía como plazo para presentar el primer Certificado de ITE hasta el 6 de julio de 2012, no constando hasta el
momento que la misma se haya presentado.
Fundamentos jurídicos
Primero.—Visto lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Suelo y los artículos 155 a 159 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Segundo.—Visto lo dispuesto en artículo 5.5 de la Ordenanza de inspección técnica de edificios en la redacción dada por modificación aprobada mediante acuerdo plenario de fecha 28 de septiembre de 2011, publicada en «Boletín Oficial» de la provincia el 16
de noviembre de 2011, según el cual si llegado el momento de presentación del Informe de Inspección Técnica de la Edificación, éste
no se hubiese presentado en tiempo y forma, la Gerencia de Urbanismo deberá requerir al propietario de forma motivada, para que en
un nuevo plazo adecuado a la naturaleza y características de la finca, proceda a su entrega, apercibiéndole del inicio del procedimiento
sancionador, en los términos del artículo 8.2 de la misma Ordenanza.
Tercero.—Que en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 27 de los Estatutos que rigen la Gerencia de Urbanismo y
en el acuerdo del Consejo de Gerencia de fecha 5 de julio de 2011.
Vengo en disponer
Primero.—Requerir a la propiedad de la finca sita en calle Orfebre Cayetano González 332 Zona 2, Bloq 332, para que presente,
en un plazo máximo de 3 meses, Informe de Inspección Técnica de la Edificación, apercibiéndole que, en caso de que se incumpla el
plazo de presentación arriba indicado, la Administración actuante, de acuerdo con el artículo 8.2 de la Ordenanza de inspección técnica
de edificios, podrá incoar procedimiento sancionador que podrá dar lugar a la imposición de multa de entre 600 a 6.000 €.
Segundo.—Imputar a la propiedad del inmueble las responsabilidades de todo orden que pudieran derivarse por negligencia en
los deberes de conservación que le correspondiera, y en el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
Tercero.—Dar traslado a los interesados en el presente procedimiento del informe emitido, con fecha 11 de diciembre de 2013,
por la Sección Técnica de Conservación de la Edificación y Paisaje Urbano.
El Gerente, P.D.F. El Director de Administración y Economía (Resolución número 3055, de 29 de julio 2011) doy fe: El Secretario de la Gerencia».
Asimismo, dese traslado literal del mencionado informe técnico:
«Sr.: Gerente: En relación a la solicitud de informe de la Sección de Gestión Administrativa, el técnico que suscribe informa
lo siguiente:
Primero.—Girada visita de inspección se ha podido comprobar han sido ejecutadas las obras ordenadas por resolución de fecha
18 de julio de 2006. A pesar de que en la resolución citada se incluía que dichas obras se ejecutaran con dirección técnica competente,
dada la escasa entidad técnica de las mismas no se considera necesaria su presentación. El plazo máximo de presentación del Informe de
Inspección Técnica de la Edificación se cumplió el pasado 6 de julio de 2012, sin que hasta el momento conste que se haya presentado.
Segundo.—Dado que las medidas ejecutadas tienen el carácter de provisionales, hasta que el edificio sea reparado en su totalidad, se deberá llevar a cabo por la propiedad un seguimiento continuado del estado de la edificación con objeto mantener las debidas
condiciones de seguridad, realizando para ello las labores que resulten necesarias.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23939
Tercero.—En relación a la ordenanza de ITE, dado que en la finca n calle Orfebre Cayetano Gonzalez número 2 blq: 332 (con
referencia catastral 6993702TG3369S), no se presentado hasta la fecha de hoy el informe de ITE (habiendo superado ampliamente el
plazo de presentación, 6 de julio de 2012), dado el estado actual del edificio, se considera necesario requerir con un plazo de tres (3)
meses, la presentación del informe de ITE. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos. Sevilla a 11 de diciembre
de 2013. V.º B.º Adjunto de Sección del Servicio de Conservación de la Edificación, Pedro Sánchez Beguería. El Arquitecto, Álvaro
Gómez de Terreros Roche».
Lo que le notifico para su conocimiento y los efectos oportunos.
Todo lo anterior se publica para que sirva de notificación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
En Sevilla a 24 de julio de 2014.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.
8W-9677
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SEVILLA
Gerencia de Urbanismo
Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.
Expte.: 2/14 O.S.; C/Gaviota, 18-20-22 y 24
En fecha 27 de mayo de 2014, se ha resuelto conceder trámite de audiencia relativo a las obras ejecutadas subsidiariamente en
la finca sita en calle Gaviota, 18,20,22 y 24, de esta capital, a don Pedro Arobes Domínguez, como propietario de la misma, así como
restantes titulares del citado inmueble, por un plazo de diez días, durante los cuales podrán examinar el expediente, alegar y presentar
los documentos y justificaciones que estime pertinentes, y ello como trámite previo al requerimiento del pago del coste de dichas obras
ejecutadas subsidiariamente.
Todo lo anterior se publica para que sirva de notificación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, tras haber resultado fallidos los intentos de notificación personal al
propietario o los propietarios de los inmuebles en los domicilios conocidos por esta Administración Municipal.
Sevilla, 15 de julio de 2014.—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.
15W-9649
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SEVILLA
Gerencia de Urbanismo
Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.
Expte.: 11/14 O.S.; Calle Guadalajara número 81.
En fecha 4 de junio de 2014, se ha resuelto conceder trámite de audiencia relativo a las obras ejecutadas subsidiariamente en
la finca sita en calle Guadalajara número 81, de esta capital, a la entidad Rescan 99, S.L., como propietaria de la misma, así como
restantes titulares del citado inmueble, por un plazo de diez días, durante los cuales podrán examinar el expediente, alegar y presentar
los documentos y justificaciones que estime pertinentes, y ello como trámite previo al requerimiento del pago del coste de dichas obras
ejecutadas subsidiariamente.
Todo lo anterior se publica para que sirva de notificación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, tras haber resultado fallidos los intentos de notificación personal al
propietario o los propietarios de los inmuebles en los domicilios conocidos por esta Administración Municipal.
Sevilla, 9 de julio de 2014—El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.
15W-9650
————
AGUADULCE
1. Entidad adjudicadora:
•
•
•
Organismo: Ayuntamiento de Aguadulce.
Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
Número de expediente:140/14 .
2. Objeto del contrato:
3.
4.
5.
6.
7.
8.
•Descripción del objeto: Concesión del servicio publico de Unidad de Estancia Diurna para personas mayores de
titularidad municipal.• Lugar de ejecución: Aguadulce (Unidad de Estancia Diurna )
Tramitación: Ordinaria.
Procedimiento: Abierto.
Forma: Varios criterios de adjudicación .Concesión.
Presupuesto Máximo. No existe.
Garantía Provisional: No se exige.
Obtención de la documentación:
• Entidad: Ayuntamiento de Aguadulce.
• Domicilio: Plaza Ramón y Cajal 1
• Localidad: Aguadulce
• Teléfono: 954.81.60.21
• Fax/e.mail: 954.81.63.28
40
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
9. Requisitos del contratista: Los previstos en el pliego de clausulas.
10. Presentación de ofertas:
• Fecha límite de presentación: 20 días hábiles siguientes al anuncio de publicación.
• Documentación necesaria: La prevista en el pliego de clausulas administrativas.
• Lugar de presentación: Ayuntamiento de Aguadulce, plaza Ramón y Cajal número 1
11. Apertura de las ofertas:
• Entidad: Ayuntamiento de Aguadulce.
• Fecha: a los dos días hábiles en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
• Hora: 12.00 horas.
Aguadulce a 6 de octubre de 2014.—El Alcalde, Juan Jesús García Díaz.
Miércoles 15 de octubre de 2014
2W-11498
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ALCALÁ DE GUADAÍRA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285/1992, de 27 de noviembre), por medio del
presente anuncio se practica a don Manuel García Pulido, la notificación del oficio que a continuación se transcribe, ya que habiéndose
intentado la notificación, en el último domicilio conocido, no se ha podido realizar.
Mediante acuerdo del Pleno Municipal de fecha 19 de abril de 2007 se ordenó a don Manuel García Pulido, la restauración del
orden jurídico perturbado en DS Valdecabras junto a Retamar en la parcelación La Ruana, mediante la reposición de la situación física
alterada, consistente en la demolición de las obras realizadas (expediente 50/2006-URPL).
Posteriormente, el Pleno Municipal de fecha 25 de julio de 2007, acordó desestimar el recurso de reposición interpuesto por
don Manuel García Pulido contra el acuerdo plenario de fecha 19 de abril de 2007 y dejar sin efecto la medida cautelar de suspensión
de la ejecución del acto.
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de mayo de 2008 se acordó acusar recibo de la sentencia de fecha
29 de marzo de 2012, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, que declara la desestimación del recurso de apelación nñumero 37/12 contra la sentencia de fecha 1 de septiembre de 2011
dictada por el Juzgado de la contencioso-administrativo número 8 de Sevilla que desestimó el recurso interpuesto contra la orden de
demolición de las obras ejecutadas relativas al expediente número 50/2006-URPL.
Consta en el expediente informe de fecha 21 de junio de 2013 emitido por la Inspección Territorial e informe de fecha 16 de
julio de 2013 emitido por el arquitecto técnico de la Sección de Disciplina Urbanística, según los cuales se comprueba que no se ha
restaurado la situación física alterada.
En su virtud, si a partir de la recepción del presente escrito no se acredita por su parte el cumplimiento voluntario de la orden de
restitución acordada en el Pleno de fecha 19 de abril de 2008 en el plazo en él establecido (un mes), se procederá a adoptar los acuerdos
oportunos en orden a la imposición de multas coercitivas o a la ejecución subsidiaria.
En Alcalá de Guadaíra, 28 de agosto de 2014.—El Vicesecretario, José Manuel Parrado Florido
36W-10013
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ALCALÁ DE GUADAÍRA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE número 285/1992, de 27 de noviembre), por medio del
presente anuncio se practica a don Eduardo Rosco Pérez y a la entidad Los Adaines S.C.P., la notificación del oficio que a continuación
se transcribe, ya que habiéndose intentado la notificación, en el último domicilio conocido, no se ha podido realizar.
Mediante acuerdo del Pleno Municipal de fecha 21 de octubre de 2010 se ordenó a la entidad Los Adaines S.C.P. y a don
Eduardo Rosco Pérez, la restauración del orden jurídico perturbado mediante la reposición a su estado originario de la situación física
alterada emplazada en carretera Sevilla-Utrera, kilómetro 6,7 Finca los Adaines, con referencia catastral 41004A039000040000IE, en
los términos y plazos expresados en el informe del arquitecto técnico municipal de fecha 14 de octubre de 2010.
Posteriormente, el Pleno del Ayuntamiento de fecha 20 de enero de 2011, acordó desestimar íntegramente el recurso de reposición interpuesto por don Eduardo Rosco Pérez con fecha 7 de diciembre de 2010 y dejar sin efecto la medida cautela de suspensión de
la ejecución del acto impugnado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111.3 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Consta en el expediente informe de fecha 15 de marzo de 2013 emitido por la Inspección Territorial e informe del Arquitecto
Técnico de la Sección de Disciplina Urbanística de fecha 26 de junio de 2013, según los cuales se comprueba que no se ha restaurado
la situación física alterada.
En su virtud, si a partir de la recepción del presente escrito no se acredita por su parte el cumplimiento voluntario de la orden
de restitución acordada en el Pleno de fecha 31 de enero de 2008 en los plazos en él establecidos (veinte días para el comienzo y quince
días para su ejecución), se procederá a adoptar los acuerdos oportunos en orden a la imposición de multas coercitivas o a la ejecución
subsidiaria.
En Alcalá de Guadaíra, 28 de agosto de 2014.—El Vicesecretario, José Manuel Parrado Florido
36W-10014
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LA ALGABA
Don Diego Manuel Agüera PIñero, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de La Algaba.
Hace saber: Que con fecha 11 de agosto de 2014 se adoptó la resolución de Alcaldía número 956/2014, cuyo tener literal es el
siguiente:
(…) Debiendo ausentarse del término municipal este Alcalde, por motivos personales, durante los días 15 al 31 de agosto de
2014, ambos inclusive, se precisa que las funciones del cargo sean asumidas por un Teniente de Alcalde y por el orden de nombramiento.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23941
Visto el Decreto de esta Alcaldía número 863/2011, de 13 de junio, por el que se designa de entre los miembros de la Junta de
Gobierno Local a los Tenientes de Alcalde, con señalamiento del orden de nombramiento o prelación en virtud del cual les corresponde
la sustitución de esta Alcaldía en los supuestos legalmente previstos. Considerando que por la indicada resolución fue nombrado Primer
Teniente de Alcalde don José Manuel Gutiérrez Retamino.
En consecuencia, al amparo de las facultades que me confieren los artículos 21.1 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente, Ha resuelto:
Primero.- Disponer que durante mi ausencia los días 15 a 31 de agosto de 2014, ambos incluidos, se haga cargo de las correspondientes funciones el Primer Teniente de Alcalde, don José Manuel Gutiérrez Retamino, en los términos que prevé el artículo 47 del
ROF, quedando por tanto como Alcalde Accidental.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del ROF el presente Decreto surtirá efectos en el día de la fecha.
Tercero.- Sin perjuicio de lo establecido en el punto precedente, el presente Decreto será publicado en el «Boletín Oficial» de
la provincia, debiendo notificarse al Teniente de Alcalde, sujeto a la delegación el mismo contenida (…)
Lo que se hace público para general conocimiento de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.32 del Real Decreto 2568/1986, de
28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En La Algaba a 11 de agosto de 2014.—El Alcalde-Presidente, Diego Manuel Agüera Piñero.
36W-9759
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LA ALGABA
Don Diego Manuel Agüera Piñero, Alcalde–Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de es ta villa.
Hace saber: Que con fecha 15 de julio de 2014, se adoptó resolución de Alcaldía número 843/2014, cuyo tenor literal es el
siguiente:
«Debiendo ausentarse del término municipal este Alcalde, por motivos personales, durante los días 20 a 27 de julio de 2014,
ambos incluidos, se precisa que las funciones del cargo sean asumidas por un Teniente de Alcalde y por el orden de nombramiento.
Visto el Decreto de esta Alcaldía número 863/2011, de 13 de junio, por el que se designa de entre los miembros de la Junta de
Gobierno Local a los Tenientes de Alcalde, con señalamiento del orden de nombramiento o prelación en virtud del cual les corresponde
la sustitución de esta Alcaldía en los supuestos legalmente previstos. Considerando que por la indicada Resolución fue nombrado Primer Teniente de Alcalde don José Manuel Gutiérrez Retamino.
En consecuencia, al amparo de las facultades que me confieren los artículos 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:
Primero.—Disponer que durante mi ausencia los días 20 a 27 de julio de 2014, ambos incluidos, se haga cargo de las correspondientes funciones el Primer Teniente de Alcalde, don José Manuel Gutiérrez Retamino, en los términos que prevé el artículo 47 del
ROF, quedando por tanto como Alcalde Accidental.
Segundo.—De conformidad con lo establecido en el artículo 44 del ROF el presente Decreto surtirá efectos en el día de la fecha.
Tercero.—Sin perjuicio de lo establecido en el punto precedente, el presente Decreto será publicado en el «Boletín Oficial» de
la provincia, debiendo notificarse al Teniente de Alcalde sujeto a la delegación en el mismo contenida.»
Lo que se remite para su publicación, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales.
En La Algaba a 15 de julio de 2014.—El Alcalde–Presidente, Diego Manuel Agüera Piñero.
8W-8843
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LA ALGABA
Diego Manuel Agüera Piñero, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que aprobada inicialmente mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Ayuntamiento Pleno
en fecha 31 de julio de 2014 la nueva numeración de los edificios del municipio de La Algaba en los términos recogidos en documento
técnico obrante en el expediente, se somete el expediente a información pública por el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente
y formular alegaciones u objeciones a la modificación propuesta.
De no producirse éstas, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En La Algaba, 2 de septiembre de 2014.—El Alcalde, Diego Manuel Agüera Piñero.
36W-10137
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ALGÁMITAS
El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 15 de julio de 2014, adoptó el acuerdo que se literalmente se transcribe:
«Punto segundo.- Determinación de miembros de la corporación en régimen de dedicación parcial y retribuciones.
El art. 75.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, señala que los miembros de las Corporaciones locales que desempeñen sus cargos con dedicación parcial por realizar funciones de presidencia, vicepresidencia u ostentar
delegaciones, o desarrollar responsabilidades que así lo requieran, percibirán retribuciones por el tiempo de dedicación efectiva a las
mismas, en cuyo caso serán igualmente dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Asimismo, el apartado 5 del citado art. 75 dispone que las Corporaciones locales consignarán en sus presupuestos estas retribuciones, indemnizaciones y asistencias, dentro de los límites que con carácter general se establezcan. Asimismo, dispone que por estas
Corporaciones deberán publicarse íntegramente en el «Boletín Oficial» de la provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación los
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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de éstos últimos,
indemnizaciones y asistencias, así como los acuerdos del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que
realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
En el debate, la señora Berlanga Castillo se muestra en desacuerdo con la propuesta de la señora Alcaldesa porque el concejal
propuesto para que ejerza sus funciones en régimen de dedicación parcial no es de su grupo político.
A la vista de lo anterior, el Pleno, a propuesta de la señora Alcaldesa, con los votos a favor de doña Isabel María Romeo Gómez,
don Daniel Toledo Cabrera, don Gregorio Verdugo Gómez, don Salvador Muñoz Pernía, doña Violeta Díaz Fernández, don Jesús Javier
Vera García, don Francisco Jesús Verdugo Gómez, y el voto en contra de doña María Dolores Berlanga Castillo, acuerda:
Primero: Los cargos de la Corporación a desempeñar con dedicación parcial son:
Teniente de Alcalde: don Daniel Toledo Cabrera.
La dedicación parcial será de treinta horas por semana.
Segundo: Fijar para don Daniel Toledo Cabrera una retribución equivalente a la de oficial del convenio de la construcción,
teniendo en cuenta la jornada reducida que desempeña».
Lo que se hace público conforme a lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local.
Algámitas, 29 de julio de 2014—La Alcaldesa, Isabel María Romero Gómez.
15W-9738
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ARAHAL
Don Miguel Ángel Márquez González, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.
Hago saber: Que ha sido aprobada por el Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2014, al punto
diecinueve del orden del día, la aprobación de reducción de retribuciones del Alcalde, que transcrita literalmente dice así:
«A la vista del informe-propuesta de Secretaría de fecha 23 de julio de 2014 y del informe de Intervención de fecha 23 de julio
de 2014, por el que se declara la existencia de suficiente consignación presupuestaria para proceder al pago de las retribuciones determinadas para los miembros de la Corporación Municipal.
Considerando que, mediante acuerdo de Pleno de fecha 28 de julio de 2011 se procedió a determinar las retribuciones de los
miembros de la Corporación.
Considerando la voluntad manifestada por Alcalde de la Corporación, don Miguel Ángel Márquez González, en orden a proceder a su disminución retributiva para el presente ejercicio 2014 al objeto de equipararlas a las del colectivo de empleados públicos de
la enseñanza Secundaria en Andalucía a que a título particular pertenece.
Y visto lo dispuesto en el art. 75 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, se propone la adopción del siguiente acuerdo.
Primero.- Acordar la reducción, a los solos efectos del ejercicio presupuestario 2014, de las retribuciones de don Miguel Ángel
Márquez González en la cuantía de 1.424,65 euros.
Segundo.- Determinar la reducción íntegra de la cantidad citada en el abono de la retribución correspondiente al mes de agosto.
Tercero.- Que se publique en el «Boletín Oficial» de la provincia de forma íntegra el presente acuerdo, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.»
Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del
Régimen Local.
Arahal, 5 de agosto de 2014.— El Alcalde Presidente, Miguel Ángel Márquez González.
15W-9482
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BENACAZÓN
Doña Juana María Carmona González, Alcaldesa del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2014, en cumplimiento de lo
dispuesto en el apartado 6.º del artículo104 bis de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, introducido por la Ley 27/2013,
de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, se dió por enterado del informe de la Alcaldía
de que no existe en la plantilla de este Ayuntamiento dotación de puestos de trabajo cuya cobertura corresponda a personal eventual.
A los efectos de lo dispuesto en el apartado 5.º del citado artículo, se procede a la publicación del presente anuncio en la sede
electrónica y en el «Boletín Oficial» de la provincia.
Todo lo cual se hace público para general conocimiento.
Benacazón, 2 de octubre de 2014.—La Alcaldesa, Juana María Carmona González.
265W-11503
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BOLLULLOS DE LA MITACIÓN
En la Intervención de esta Entidad Local y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto
al público a efectos de reclamaciones el expediente de modificación presupuestaria 12/2014, consistente en una transferencia de crédito
entre diferente grupo de función, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2014. Los interesados que están legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del texto refundido podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno por un plazo de quince días hábiles. La modificación presupuestaria se considerará definitivamente
aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un
mes para resolverlas.
En Bollullos de la Mitación a 1 de octubre de 2014.—El Alcalde-Presidente, Francisco Manuel Godoy Ruiz.
4W-11509
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23943
BOLLULLOS DE LA MITACIÓN
De conformidad con lo expuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Cuenta General de este Ayuntamiento correspondiente al año 2013,
junto con sus justificantes e informes de la Comisión Especial de Cuentas, queda expuesta al público durante quince días, a partir de la
publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia. Durante dicho plazo y ocho días más, los interesados podrán
formular ante este Ayuntamiento las reclamaciones, los reparos y las observaciones oportunas.
Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 212.3 del Texto Refundido anteriormente mencionado.
Bollullos de la Mitación a 29 de septiembre de 2014.—El Alcalde, Francisco Manuel Godoy Ruiz.
4W-11510
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BOLLULOS DE LA MITACIÓN
Don Francisco Manuel Godoy Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de los actos
o acuerdos cuyos interesados, números de expedientes y procedimientos se relacionan a continuación, ya que habiéndose intentado la
notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. El correspondiente expediente obra en el departamento
de Secretaria, del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, sito en plaza de Cuatrovitas, número 1, donde los interesados en el procedimiento podrán comparecer a los efectos de formular alegaciones o interponer recurso, de lunes a viernes, en horario de atención
al público, dentro del plazo que en cada caso se establece, contándose desde el día siguiente al de la publicación del presente en el
«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.
Transcurrido el plazo sin que se haya hecho uso del derecho que se otorga, se seguirá el procedimiento correspondiente.
Interesados
Doña Josefa Moreno Lora.
Dirección
Calle Larga, número 5. 41110, Bollullos de la Mitación.
Notificación por Actividad sin licencia en calle Lepanto.
ActuaciónAlegaciones.
Plazo
10 días.
Sirva pues, la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 59.5 de la ley 30/92 de 26 de noviembre, sirviendo de emplazamiento a otros posibles interesados.
Lo que se publica a los efectos antes señalados.
En Bollullos de la Mitación a 30 de julio de 2014.—El Alcalde Presidente, Francisco Manuel Godoy Ruiz.
36W-9486
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BORMUJOS
Doña Ana María Hermoso Moreno, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que por el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento, se tramita expediente de baja de oficio en el Padrón
Municipal de Habitantes núm. 10/14 B.O., de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690//1986 de 11 de julio, de las personas que a continuación se indican, por no residir habitualmente en este municipio, siendo su último domicilio conocido la calle Pará de la Suerte núm. 10, 1º-B:
Nombre
N.I.E.
Fecha de nacimiento
Nacionalidad
Gendy Omar Fonseca Mora
Milder Delgado Chaves
X-8591068-Q
X-8082281-N
31/01/1983
7/10/1982
Costa Rica
Costa Rica
Habiéndose intentado las notificaciones, sin que se hayan podido practicar por desconocimiento de sus domicilios actuales, se
hace público este anuncio, según lo establecido en el art. 59 punto 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 10 días, para sus conocimientos, y para que
manifiesten su conformidad o no con la baja, alegando al respecto lo que estimen pertinente y, en su caso, indicando el nuevo municipio
donde residen habitualmente, en donde habrán de solicitar el alta en su padrón.
En Bormujos a 10 de julio de 2014.—La Alcaldesa-Presidenta, Ana María Hermoso Moreno.
253W-8814
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BRENES
Don Manuel Moreno Noa, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que por resolución de la Alcaldía número 1209/14, de 17 de julio de 2014, se adoptó los acuerdo que literalmente
transcrito dice:
«Esta Alcaldía de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre.
Ha resuelto
1.º Durante los días 19 al 27 de julio de 2014 ambos inclusive, 8 al 10 de agosto ambos inclusive, y 20 al 27 de agosto ambos
inclusive, asumirá las funciones propias de esta a excepción de aquellas que hayan sido objeto de expresa y previa delegación, la 1.ª
Teniente de Alcalde, doña Rosario Ana Urbano García.
Durante los días 11 al 15 de agosto ambos inclusive, asumirá las funciones propias de ésta a excepción de aquellas que hayan
sido objeto de expresa y previa delegación, el 2.ª Teniente de Alcalde, don Manuel Palma Cuevas.
44
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
2.º De conformidad con lo establecido en el punto del artículo 44 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, el presente
Decreto surtirá efectos el día de la fecha.
3.º Sin perjuicio de lo establecido en el punto precedente, el presente Decreto será publicado, en el «Boletín Oficial» de la
provincia, debiendo darse cuenta del mismo en la próxima sesión ordinaria a celebrar por el Pleno del Ayuntamiento y notificarse al
Teniente de Alcalde sujeto a la Delegación en él mismo contenido.»
En Brenes a 17 de julio de 2014.—El Alcalde–Presidente, Manuel Moreno Noa.
8W-8974
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CAMAS
Decreto 1014/2014 de diecisiete de junio, sobre sustitución del señor alcalde-presidente de este ayuntamiento.
Debiendo ausentarse el señor Alcalde-Presidente, don Rafael Alfonso Recio Fernández por disfrute de vacaciones, durante los
días 23 a 29 de junio del año dos mil catorce, y visto los nombramientos de Tenientes de Alcalde conferidos por Decreto 635/2011, de
trece de junio, modificado por Decreto 648/2.011 de quince de junio; por el presente he resuelto:
Primero.—Encomendar, a doña María Estrella Borrero Palma, el desempeño accidental de las funciones de Alcalde durante los
días 23 a 29 de junio del año dos mil catorce, con plenitud de las facultades legales, excepto modificar las delegaciones que la Alcaldía
tiene conferidas.
Segundo.—Dar traslado de este decreto al departamento de personal de este Ayuntamiento, a los efectos oportunos.
Lo manda y firma el señor Alcalde-Presidente, Rafael Alfonso Recio Fernández, en Camas, a 17 de junio de 2014, de lo que,
como Secretaria General, doy fe. Amadora Rosa Martínez.
36W-7864
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CAMAS
Decreto 1166/2014 de nueve de junio, sobre sustitución del señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento.
Debiendo ausentarse el señor Alcalde-Presidente, don Rafael Alfonso Recio Fernández el día once de julio del año dos mil
catorce, y visto los nombramientos de Tenientes de Alcalde conferidos por Decreto 635/2011, de trece de junio, modificado por Decreto
648/2.011 de quince de junio; por el presente he resuelto:
Primero.—Encomendar, a doña María Estrella Borrero Palma, el desempeño accidental de las funciones de Alcalde el día
once de julio del año dos mil catorce, con plenitud de las facultades legales, excepto modificar las delegaciones que la Alcaldía tiene
conferidas.
Segundo.—Dar traslado de este decreto al Departamento de Personal de este Ayuntamiento, a los efectos oportunos.
Lo manda y firma el señor Alcalde-Presidente, Rafael Alfonso Recio Fernández, en Camas a 9 de julio de 2014, de lo que, como
Secretario acccidental, doy fe. Francisco Liñán Ríos.
36W-8750
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CAMAS
Decreto 644/2014, de 22 de abril, sobre requerimiento de retirada de la vía pública, por encontrarse en posible estado de abandono, del vehículo matrícula 3278FWV
Examinadas, las diligencias y actuaciones realizadas por este Ayuntamiento, en relación con el expediente administrativo número 020/2014, para la declaración en estado de abandono del vehículo matrícula 3278FWV:
Antecedentes de hecho
I.- Con fecha 24 de marzo de 2014, por parte de los Agentes de la Policía Local, titulares de los NIP 45 y 64, se realizó informe
sobre estado aparente de abandono de un vehículo en la vía pública, concretamente en la calle Andalucía, frente al número 9,11, donde
se encontraba el vehículo tipo turismo, marca Volkswagen, modelo Beetle, matrícula 3278FWV que según consta en el informe presentaba síntomas de encontrarse en estado de abandono (ruedas desinfladas, óxido en discos de freno) llevando el vehículo en el citado
lugar según el propio Agente se desconoce el tiempo.
II.- A fecha 26 de marzo de 2014, consultados los archivos de la D.G.T. el vehículo matrícula 3278FWV, es propiedad de Pablo
González Bustillo Álvarez, titular del D.N.I. número 07980739S, siendo el domicilio fiscal del vehículo en la calle Correhuela, 10-3º-D
de Salamanca (37001.- Salamanca).
Fundamentos de derecho
Primero.—De conformidad con el artículo 86.1 a) y b) del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, “se determina que el vehículo
tiene la consideración de abandonado cuando hayan transcurrido mas de dos meses desde que el mismo fuese inmovilizado o retirado
de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones, o cuando permanezca estacionado
por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios
medios o le falten placas de matrícula.
Segundo.—Según lo dispuesto en el artículo 51 de la Ordenanza Municipal de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial del Ayuntamiento de Camas, acuerdo adoptado en el pleno del Excmo. Ayuntamiento de Camas de fecha 28 de octubre de 2009, y aprobada
definitivamente con la publicación el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número 38, de 16 de febrero de 2010, “se presumirá
racionalmente el abandono de los vehículos en los siguientes casos: a) Cuando permanezca estacionado por tiempo superior a un mes
en un mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o les falten las placas de
matriculación. En este caso tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano, de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente. b)
Cuando transcurran mas de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado en el lugar destinado a tal fin, tras su retirada de la
vía pública por la autoridad competente”.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23945
Así en el mismo artículo apartado 4 se determina “transcurrido un mes desde la formalización de dicha acta, la cual gozará
de presunción de certeza a efectos probatorios, se procederá a la retirada del vehículo y su traslado al depósito designado a tal efecto,
formalizándose igualmente en este caso otro acta o diligencia de retirada o traslado del vehículo, continuándose la tramitación del
procedimiento anteriormente iniciado”
Tercero.—El artículo 3. apartado b) de la Ley 22/2011, de 28 de julio de Residuos y suelos contaminados, determina que tendrán la consideración de residuos domésticos, los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas
y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados., el artículo 7.c del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2
de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y el
artículo 21.1 s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto a la competencia de los municipios
y entidades locales, en materia de ordenación, control y vigilancia del tráfico, retirada de vehículos de las vías públicas y recogida,
transporte y tratamiento de residuos domésticos.
Cuarto.—El artículo 12.5. a) de la Ley 22/2011 de 28 de julio de Residuos y suelos contaminados, el artículo 7.c del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos
a Motor y Seguridad Vial, y el artículo 21.1 s) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, respecto a la
competencia de los municipios y entidades locales, en materia de ordenación, control y vigilancia del tráfico, retirada de vehículos de
las vías públicas y recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos.
En base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho;
Resuelvo:
Primero.—Formalizar requerimiento al titular del vehículo matrícula 3278FWV, don Pablo González Bustillo Álvarez, para
que en el plazo de un mes retire el vehículo del lugar donde se encuentra estacionado.
Segundo.—Notifíquese la presente resolución al interesado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le comunica
que el plazo para resolver y notificar el presente expediente es de seis meses a contar desde su iniciación y que en caso de no resolverse
expresamente los efectos serán de caducidad conforme a lo señalado en el artículo 44 de la misma normal legal.
Recursos.—Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, y si interpone
el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo o Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con
sede en Sevilla, según sus respectivas competencias y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de
13 de julio Rpeguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a aquél
en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en el plazo de seis meses contados desde el siguiente
a aquél en que se produzca el acto presunto.
El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El plazo para interponer este recurso será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo,
sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, Rafael Alfonso Recio Fernández, en Camas a 22 de abril de 2014, de lo que, como Secretaria
General, doy fe.—Amadora Rosa Martínez.
253W-7861
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CANTILLANA
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 25 de septiembre de 2014, el expediente
de modificación presupuestaria de crédito extraordinario CE-1/2014, por importe de 11.776,85 euros, en los términos del artículo 177
del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de conformidad
con su artículo 169.1, se expone el expediente al público durante quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y
presentar reclamaciones ante el Pleno.
En Cantillana a 26 de septiembre de 2014.—La Alcaldesa, Ángeles García Macías.
2W-11395
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Sebastian Florentin Bartan Amoraritei y al no haberse podido
practicar; en base al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín
Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
«Notificación.
N/ref.: Expte. núm.: 26/13.
Asunto: Baja de oficio.
Le comunico que la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación, ha dictado resolución núm. 359/2014, con fecha 12 de mayo
de 2014, que copiada literalmente en la parte que interesa dice así:
Iniciado de oficio expediente de baja de oficio de Sebastian Florentin Bartan Amoraritei, del inmueble sito en C/ Velázquez, n.º
17, P02 pta. izq, según providencia de Alcaldía de fecha 27 de agosto de 2013.
Visto el informe del Presidente la Sección Provincial de Sevilla del Consejo de Empadronamiento, de fecha 25 de abril de
2014, el cual pone de manifiesto que se ha seguido el procedimiento previsto en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales y en el apartado II.1.c2) de la resolución de 9 de abril de 1997, para baja por inscripción indebida, e
informa favorable la petición de que causen baja de oficio en el domicilio sito en C/ Velázquez, n,º 17, P02 pta. izq, la siguiente persona:
• Sebastian Florentin Bartan Amoraritei.
46
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Por todo lo anterior, esta Alcaldía viene en resolver hacer efectiva con esta fecha la baja en el Padrón municipal de habitantes
de este municipio de la persona relacionada anteriormente.
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que contra esta resolución de la
Alcaldía, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Órgano, dentro del plazo de un
mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente resolución siendo el plazo máximo para dictar y notificar
la resolución de este recurso de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien en el supuesto de que no haga uso del
recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado correspondiente de los de Sevilla del citado Orden Jurisdiccional, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167
de 14 de julio).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.»
Cantillana a 13 de mayo de 2014.—El Secretario General accidental, Salvador Ferreira López.
34W-7161
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Guozhong Ruan, Guofen Wang, Guoping Ruan y Pinhong Chen y
al no haberse podido practicar; en base al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de
Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
«Notificación.
N/ref.: Expte. núm.: 18/13.
Asunto: Baja de oficio.
Le comunico que la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación, ha dictado resolución núm. 349/2014, con fecha 12 de mayo
de 2014, que copiada literalmente en la parte que interesa dice así:
Vista la solicitud presentada por don Gabriel Loma Blanco, DNI n.º 28477180Y, registro de entrada n.º 4184, de fecha, 1 de
agosto de 2014, en la que solicita la baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes de Guozhon Ruan, Guofen Wang, Guoping
Ruan y Pinhong Chen, los cuales figuran inscritas en el domicilio sito en C/ Dolores Ibárruri, n.º 134, de este municipio.
Visto el informe del Presidente la Sección Provincial de Sevilla del Consejo de Empadronamiento, de fecha 25 de abril de
2014, el cual pone de manifiesto que se ha seguido el procedimiento previsto en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales y en el apartado II.1.c2) de la resolución de 9 de abril de 1997, para baja por inscripción indebida, e
informa favorable la petición de que causen bajas de oficio en el domicilio sito en C/ Dolores Ibárruri, n.º 134, las siguientes personas:
• Guozhong Ruan.
• Guofen Wang.
• Guoping Ruan.
• Pinhong Chen.
Por todo lo anterior, esta Alcaldía viene en resolver:
1. Hacer efectiva con esta fecha las bajas en el Padrón municipal de habitantes de este municipio de las personas relacionadas
anteriormente.
2. Notificar a los interesados la presente resolución.
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que contra esta resolución de la
Alcaldía, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Órgano, dentro del plazo de un
mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente resolución siendo el plazo máximo para dictar y notificar
la resolución de este recurso de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien en el supuesto de que no haga uso del
recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado correspondiente de los de Sevilla del citado Orden Jurisdiccional, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167
de 14 de julio).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.»
Cantillana a 12 de mayo de 2014.—El Secretario General accidental, Salvador Ferreira López.
34W-7166
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Silvin Petru Popescu y al no haberse podido practicar; en base
al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ref.: Expte nº: 37/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en España
está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/ San Bartolomé, nº 40.
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23947
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real
Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el Apartado II.1.c) 2, de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 25 de abril de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-5961
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Sali Danut Robert y al no haberse podido practicar; en base al
artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ref.: Expte nº: 38/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo
establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en
España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. Polvillo, Nro. 0048, Piso P02.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7290
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Mitroi Ion Catalin y al no haberse podido practicar; en base al
artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ ref.: Expte. n.º: 45/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo
establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en
España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. Viar, n.º 2.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real
Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el Apartado II.1.c) 2, de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández
6W-7297
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Bandrabula Cecilia y al no haberse podido practicar; en base al
artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ ref.: Expte. nº: 44/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
48
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en España
está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. El Sanatorio, s/n.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón, dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7296
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Dragalai Marciel, Dragalai Irina, Dranga Mihai y Stroia Costel y
al no haberse podido practicar; en base al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de
Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ref.: Expte nº: 39/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo
establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en
España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. Polvillo, n.º 0033.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7291
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Tincau Simonica y al no haberse podido practicar; en base al
artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ ref.: Expte. nº: 40/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo
establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en
España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. Ramón y Cajal, nº 4.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7292
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Mustafa Maria Alina y al no haberse podido practicar; en base
al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23949
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ref.: Expte. nº: 41/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo
establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en
España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. Venta de Tomás, s/n.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7293
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Cretu Ionela Anisoara y al no haberse podido practicar; en base
al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ref.: Expte. nº: 42/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en España
está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/ Los Pajares, s/n.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7294
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Guiter Carmona Cristopher y al no haberse podido practicar; en base
al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
Notificación
N/ref.: Expte. nº: 43/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en España
está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: C/. Venta de Tomás, s/n.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por
Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el apartado II.1.c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón., dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si Vd. reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
6W-7295
50
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Anghel Cornel y al no haberse podido practicar; en base al artículo
59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de
Sevilla a los efectos pertinentes:
«Notificación.
N/ref.: Expte. núm.: 17/13.
Asunto: Baja de oficio.
Le comunico que la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación, ha dictado resolución núm. 350/2014, con fecha 12 de mayo
de 2014, que copiada literalmente en la parte que interesa dice así:
Iniciado de oficio expediente de baja de oficio de Anghel Cornel, del inmueble sito en Avda. Ntra. Sra. de la Soledad, n.º 32 P02
pta. E, según providencia de Alcaldía de fecha 31 de julio de 2013.
Visto el informe del Presidente la Sección Provincial de Sevilla del Consejo de Empadronamiento, de fecha 25 de abril de
2014, el cual pone de manifiesto que se ha seguido el procedimiento previsto en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales y en el apartado II.1.c2) de la resolución de 9 de abril de 1997, para baja por inscripción indebida,
e informa favorable la petición de que causen baja de oficio en el domicilio sito en Avda. Ntra. Sra. de la Soledad, n.º 32 P02 pta. E, la
siguiente persona:
• Anghel Cornel.
Por todo lo anterior, esta Alcaldía viene en resolver hacer efectiva con esta fecha la baja en el Padrón municipal de habitantes
de este municipio de la persona relacionada anteriormente.
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que contra esta resolución de la
Alcaldía, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Órgano, dentro del plazo de un
mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente resolución siendo el plazo máximo para dictar y notificar
la resolución de este recurso de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien en el supuesto de que no haga uso del
recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado correspondiente de los de Sevilla del citado Orden Jurisdiccional, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167
de 14 de julio).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.»
Cantillana a 12 de mayo de 2014.—El Secretario General accidental, Salvador Ferreira López.
34W-7167
————
CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Alexandru Florin Craia y al no haberse podido practicar; en base
al artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:
«Notificación.
N/ref.: Expte. núm.: 16/13.
Asunto: Baja de oficio.
Le comunico que la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación, ha dictado resolución núm. 351/2014, con fecha 12 de mayo
de 2014, que copiada literalmente en la parte que interesa dice así:
Iniciado de oficio expediente de baja de oficio de Alexandru Florin Baicu Craia, del inmueble sito en C/ Antonio Sánchez Palma, n.º 26, según providencia de Alcaldía de fecha 31 de julio de 2013.
Visto el informe del Presidente la Sección Provincial de Sevilla del Consejo de Empadronamiento, de fecha 25 de abril de 2014,
el cual pone de manifiesto que se ha seguido el procedimiento previsto en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y en el apartado II.1.c2) de la resolución de 9 de abril de 1997, para baja por inscripción indebida, e informa favorable la petición de que causen baja de oficio en el domicilio sito en C/ Antonio Sánchez Palma, n.º 26, la siguiente persona:
• Alexandru Florin Craia.
Por todo lo anterior, esta Alcaldía viene en resolver hacer efectiva con esta fecha la baja en el Padrón municipal de habitantes
de este municipio de la persona relacionada anteriormente.
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que contra esta resolución de la
Alcaldía, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Órgano, dentro del plazo de un
mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente resolución siendo el plazo máximo para dictar y notificar
la resolución de este recurso de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien en el supuesto de que no haga uso del
recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado correspondiente de los de Sevilla del citado Orden Jurisdiccional, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167
de 14 de julio).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.»
Cantillana a 12 de mayo de 2014.—El Secretario General accidental, Salvador Ferreira López.
34W-7168
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23951
CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Costel Muti y al no haberse podido practicar; en base al artículo 59.5
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de
Sevilla a los efectos pertinentes:
«Notificación.
N/ref.: Expte. núm.: 15/13.
Asunto: Baja de oficio.
Le comunico que la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esta Corporación, ha dictado resolución núm. 352/2014, con fecha 12 de mayo
de 2014, que copiada literalmente en la parte que interesa dice así:
Iniciado de oficio expediente de baja de oficio de Costel Muti, del inmueble sito en C/ María, n.º 36, según providencia de
Alcaldía de fecha 31 de julio de 2013.
Visto el informe del Presidente la Sección Provincial de Sevilla del Consejo de Empadronamiento, de fecha 25 de abril de
2014, el cual pone de manifiesto que se ha seguido el procedimiento previsto en el art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de las Entidades Locales y en el apartado II.1.c2) de la resolución de 9 de abril de 1997, para baja por inscripción indebida,
e informa favorable la petición de que causen baja de oficio en el domicilio sito en C/ María, n.º 36, la siguiente persona:
• Costel Muti.
Por todo lo anterior, esta Alcaldía viene en resolver hacer efectiva con esta fecha la baja en el Padrón municipal de habitantes
de este municipio de la persona relacionada anteriormente.
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que contra esta resolución de la
Alcaldía, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Órgano, dentro del plazo de un
mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente resolución siendo el plazo máximo para dictar y notificar
la resolución de este recurso de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien en el supuesto de que no haga uso del
recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado correspondiente de los de Sevilla del citado Orden Jurisdiccional, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. núm. 167
de 14 de julio).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.»
Cantillana a 12 de mayo de 2014.—El Secretario General accidental, Salvador Ferreira López.
34W-7169
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Marin Ilie y al no haberse podido practicar; en base al artículo 59.5
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de
Sevilla a los efectos pertinentes:
Número de referencia: Expediente número: 46/14.
Asunto: Incoación expediente baja de oficio.
Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este Municipio la mayor parte del año. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local «toda persona que viva en España
está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio en el que resida habitualmente».
Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este Municipio en el domicilio siguiente: Barriada La Esperanza, nº 167.
De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real
Decreto 1690/1986, de 11 de julio y en el Apartado II.1.c) 2, de la Resolución de 1 de abril de 1997 de la presidente del I.N.E. y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón, dispone
de un plazo de diez días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones
que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este Municipio en el que reside el mayor número de días al año.
Si usted reside habitualmente en otro Municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se
tramitaría por este mismo Ayuntamiento.
Cantillana a 7 de mayo de 2014.—El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández.
15W-7298
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CANTILLANA
Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Lenuta Curt y al no haberse podido practicar; en base al artículo 59.5
de la ley 30/1992, de de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los
efectos pertinentes:
Notificación.
Número referencia: expediente número 53/13.
Asunto: Baja de oficio.
Le comunico que la señora Alcaldesa-Presidenta de esta corporación, ha dictado resolución número 375/2014, con fecha 15 de
mayo de 2014, que copiada literalmente en la parte que interesa dice así:
52
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Iniciado de oficio expediente de baja de oficio de Lenuta Curt, del inmueble sito en calle Sánchez Cotán, número 8, según
providencia de Alcaldía de fecha 12 de noviembre de 2013.
Visto el informe del Presidente la Sección Provincial de Sevilla del Consejo de Empadronamiento, de fecha 25-04-2014, el cual
pone de manifiesto que se ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y en el apartado II.1.c2) de la resolución de 9 de abril de 1997, para baja por inscripción indebida, e informa favorable la petición de que causen baja de oficio en el domicilio sito en calle Sánchez Cotán, número 8, las siguientes personas:
Lenuta Curt
Por todo lo anterior, esta Alcaldía viene en resolver hacer efectiva con esta fecha la baja en el Padrón Municipal de habitantes
de este municipio de la persona relacionada anteriormente.
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que contra esta resolución de la
Alcaldía, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reoposición ante este órgano, dentro del plazo de un
mes contado desde el día siguiente a la fecha en que se notifique la presente resolución siendo el plazo máximo para dictar y notificar
la resolución de este recurso de un mes, transcurrido el cual se entenderá desestimado; o bien en el supuesto de que no haga uso del
recurso potestativo de reoposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el
día siguiente al de la notificación de esta resolución, ante el Juzgado correspondiente de los de Sevilla del citado Orden Jurisdiccional,
de acuerdo con lo previsto en la ley 26/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa (B.O.E. número
167 de 14 de julio).
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Cantillana a 16 de mayo de 2014.—El Secretario General accidental, Salvador Ferreira López.
36W-9043
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CARRIÓN DE LOS CÉSPEDES
Notificación de expediente de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de Carrión de los Céspedes.
Intentada y no habiendo podido ser practicada la notificación del expediente que a continuación se relaciona, sobre «baja de
oficio en el Padrón municipal de habitantes de Carrión de los Céspedes» se procede a su publicación en el «Boletín Oficial» de la
provincia de Sevilla.
Nº Expediente
Órgano y fecha de resolución
Nombre y Apellidos
Domicilio
138/2014
138/2014
138/2014
138/2014
138/2014
138/2014
Alcaldía-18/07/2014
Alcaldía-18/07/2014
Alcaldía-18/07/2014
Alcaldía-18/07/2014
Alcaldía-18/07/2014
Alcaldía-18/07/201
Dumitru Mirel Sarban
Aurelia Sarban
Adrian Mihail Sarban
Lucian Panait
Sila Stan
Ionut Orlando Stan
Calle Juan Carlos I, número 99
Calle Juan Carlos I, número 99
Calle Juan Carlos I, número 99
Calle Juan Carlos I, número 99
Calle Juan Carlos I,número 99
Calle Juan Carlos I, número 99
En Carrión de los Céspedes, a 30 de julio de 2014.—El Alcalde, Ignacio Escañuela Romana.
15W-9404
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CASARICHE
Don Basilio Carrión Gil, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2014, con la asistencia de doce de
sus trece miembros de derecho, que representa quórum de mayoría absoluta, trató y adoptó acuerdo sobre la Ordenanza reguladora del
procedimiento de implantación de actividades de servicios de la Ley 17/2009: Modificación, con el tenor literal siguiente:
«Primero.—Aprobar la modificación de la Ordenanza reguladora del procedimiento para la instalación en Casariche de establecimientos destinados a actividades de servicios incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, con el
siguiente alcance:
1.—El apartado 6 del artículo 6.º queda redactado con el siguiente tenor:
“6. La inexactitud, falsedad u omisión en las manifestaciones, datos o documentos incorporados a una declaración responsable
o comunicación previa se consideraran de carácter esencial cuando:
a)Se haya constatado que la viabilidad urbanística de la actividad a desarrollar no es conforme a lo establecido en la legislación urbanística y en las Ordenanzas del Plan General de Ordenación Urbanística o del planeamiento de desarrollo que sea
de aplicación.
b)No se haya llevado a cabo la evaluación ambiental de una actividad o su ejercicio sometida a un instrumento de control
ambiental previo.
c)Se aprecie que la actividad pueda crear situaciones de peligro o grave riesgo para los bienes o para la seguridad e integridad
física de las personas, o supongan una perturbación relevante de la convivencia que afecte de forma grave, inmediata y
directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas o al normal desarrollo de las actividades.”
2.—El apartado 2 del artículo 8.º queda redactado con el siguiente tenor:
“En todo caso, se propondrá al órgano competente acordar la ineficacia de la declaración responsable en los siguientes casos:
—Se haya constatado que la viabilidad urbanística de la actividad a desarrollar no es conforme a lo establecido en la legislación urbanística y en las Ordenanzas del Plan General de Ordenación Urbanística o del planeamiento de desarrollo que
sea de aplicación.
—Cuando, tratándose de declaración responsable y comunicación previa para el acceso a una actividad o su ejercicio sometida a un trámite de evaluación ambiental, se constate que no se ha llevado a cabo dicha evaluación ambiental.
—Cuando del examen y comprobación, en su caso, de la documentación a que se refiera el contenido de la declaración responsable, se aprecie que la actividad pueda crear situaciones de peligro o grave riesgo para los bienes o para la seguridad
e integridad física de las personas, o supongan una perturbación relevante de la convivencia que afecte de forma grave,
inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas o al normal desarrollo de las
actividades.”
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23953
Segundo.—Que se anuncie en el «Boletín Oficial» de la provincia la apertura de un trámite de información pública, de 30 días
de duración, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
Tercero.—Si durante el trámite de información pública no se presentara ninguna alegación o sugerencia, deberá entenderse
aprobada la modificación de Ordenanza de forma definitiva en los términos del último párrafo del art. 49 de la Ley de Bases de Régimen
Local, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a efectos de su entrada en
vigor.»
Casariche a 1 de octubre de 2014.—El Alcalde, Basilio Carrión Gil.
34W-11396
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DOS HERMANAS
Doña Ana Conde Huelva, Teniente Alcalde Delegada de Ordenación de Territorio, del Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas
(Decreto 12/2011, de 11 de junio BOP número 146, de 27 de junio de 2011).
Hace saber: Habiéndose intentado la notificación de multa coercitiva por incumplimiento orden de ejecución de fecha 12 de
diciembre de 2013, recaída en el expediente instruido en el Servicio de Disciplina, expediente de orden de ejecución, ref. 000050/2012OE, contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausentes de su domicilio en la hora de
reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común.:
Destinatario de la resolución:
Don Jaime Sanglas Domínguez, con DNI-46204218-R.
El contenido de la resolución recaída es el siguiente:
Multa coercitiva por incumplimiento de orden de ejecución.
Con fecha 8 de febrero de 2013, se ha dictado orden de ejecución para el restablecimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y/u ornato público en relación al inmueble sito en Ds Parcelación Casquero H, 4, parcela catastral 7741009TG3-374S0001OH-.
En dicha resolución se ordena la adopción de las siguientes medidas:
-Limpieza y retirada de los escombros y materiales existentes en la superficie del solar. La retirada de materiales no comprende
los vehículos desguazadas existentes en el inmueble.
-Tratamiento de la parcela con herbicidas que retarden la rápida reproducción de especies vegetales.
Las medidas ordenadas debían llevarse a cabo en los siguientes plazos:
Veinte días para el inicio de las medidas y veinte para su finalización.
Cumplidos los plazos establecidos para dar cumplimiento a la referida orden de ejecución, se comprueba tras visita de inspección que la misma no ha sido ejecutada
Vistas las disposiciones legales aplicables, en uso de las facultades delegadas en virtud del Decreto de Alcaldía 12/2011, de
fecha 11 de junio (B.O.P. número 146 de fecha 27 de junio de 2011), se adopta la siguiente resolución:
Primero.- Imponer a don Jaime Sanglas Domínguez, con DNI: 46.204218-R multa coercitiva por importe de 4.586,95euros, por
incumplimiento de la orden de ejecución descrita anteriormente conforme a lo señalado en el artículo 158.2.b LOUA.
La referida sanción se hará efectiva una vez se notifique liquidación emitida por los Servicios Económicos Municipales, donde
se indicará lugar y plazos para su ingreso.
Segundo.- Apercibir al interesado de que, conforme a lo señalado en el referido precepto, transcurrido un mes sin que las medidas contenidas en la orden de ejecución hayan sido cumplidas procederá la adopción de multa coercitiva por importe del diez por
ciento del coste estimado de las obras ordenadas. Todo ello sin perjuicio de la posibles ejecución subsidiaria de las referidas medias a
costa del obligado que podrá ser acordada conforme a lo señalado en el artículo 158.2.a LOUA.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso contencioso administrativo en plazo de dos meses ante el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo de Sevilla. Potestativamente se podrá interponerse recurso de reposición ante la autoridad que la dicto
en el plazo de un mes. El recurso se entenderá desestimado transcurrido un mes si no se dictara resolución expresa. Podrá interponerse
cualquier otro recurso que se estime pertinente. La interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado
salvo en las circunstancias previstas en la Ley
Dos Hermanas a 11 de junio de 2014—La Teniente Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio, Ana Conde Huelva.
15W-7363
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ESTEPA
Don Miguel Fernández Baena, Alcalde-Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de esta ciudad.
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2014, adoptó entre otros, los
siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar, con carácter provisional, la modificación del precepto que a continuación se relaciona de la Ordenanza
reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Se da nueva redacción al artículo 10, que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 10º.
1. La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen.
2. El tipo de gravamen será:
a) Para bienes de naturaleza urbana, el 0,55 %.
b) Para bienes de naturaleza rústica, el 0,96 %.
54
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
3. El cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles de naturaleza urbana se efectuará en periodo voluntario, en dos plazos semestrales, cada uno del 50% del importe de la cuota líquida según los plazos establecidos al efecto por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) de la Diputación Provincial de Sevilla, y ello como consecuencia de la delegación de las facultades
recaudatorias, de dicho tributo, de esta Corporación Municipal en dicho Organismo Provincial.
4. El cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica se efectuará en periodo voluntario, en un solo pago
según los plazos establecidos al efecto por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) de la Diputación
Provincial de Sevilla, y ello como consecuencia de la delegación de las facultades recaudatorias, de dicho tributo, de esta Corporación
Municipal en dicho organismo Provincial.
Segundo: Las disposiciones finales de la Ordenanza modificada quedará redactada de la siguiente forma:
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y comenzará a aplicarse
a partir del día 1 de enero de 2015, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Tercero: Exponer al público este acuerdo y el expediente correspondiente para que los interesados puedan examinarlo y, en
su caso, formular las reclamaciones que estimen oportunas contra los referidos acuerdos, por plazo de treinta días, entendiéndose definitivamente aprobados los adoptados con carácter provisional, si durante el periodo de exposición no se presenta reclamación alguna.
Cuarto: Publicar los anuncios de exposición al público a que se refiere el acuerdo anterior en el «Boletín Oficial» de la provincia y en un diario de los de mayor difusión de la provincia.
Quinto: Publicar los acuerdos definitivos y el texto íntegro de las modificaciones aprobadas en el «Boletín Oficial» de la provincia.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para que en el plazo de treinta días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, puedan examinar el expediente y se formulen
las reclamaciones que estimen convenientes los interesados. Si durante dicho periodo de exposición no se presenta reclamación alguna
se considerarán adoptados definitivamente los anteriores acuerdos.
Estepa, 1 de octubre de 2014.—El Alcalde-Presidente, Miguel Fernández Baena.
34W-11458
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GINES
Ante la imposibilidad de poder practicar la notificación por algún medio a don Francisco José Alfonsín Iglesias, en el expediente que se tramita en este Ayuntamiento y de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico
de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo la publicación de la notificación del tenor literal
siguiente:
«Vista la declaración responsable y comunicación previa para el ejercicio de la actividad de tienda de alimentación y bebidas
envasadas en la Avenida de Europa, número 17, local B, presentada por don Francisco José Alfonsín Iglesias, con fecha 15 de octubre
de 2013.
Visto el informe de la Policía Local, de fecha 16 de junio de 2014, en el que pone de manifiesto que girada visita al local de
referencia se comprueba que en la citada fecha el local se encuentra vacío.
Esta Alcaldía, en virtud de lo establecido en el artículo 92 de la LYE 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto:
Primero.- Advertir que transcurridos tres meses desde el presente acuerdo sin que el particular realice actuación alguna, se producirá la caducidad de la declaración responsable de don Francisco José Alfonsín Iglesias para la actividad de tienda de alimentación
y bebidas en la Avda. De Europa, nº 17, local B, de esta localidad, expte. 52/13.
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo al interesado a los efectos oportunos. Lo que notifico a usted significándole que contra
el acto anteriormente expresado, que es definitivo en la vía administrativa podrá interponer, en el plazo de dos meses contados a partir
del siguiente día siguiente al del recibo de esta notificación, recursos Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, conforme a lo dispuesto en el articulo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la jurisdicción Contencioso-Administrativo. Igualmente puede interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes,
contando a partir de la notificación del presente acto administrativo (en cuyo caso el plazo para presentar recurso Contencioso-Administrativo se contará a partir del día siguiente en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición o del que debe
entenderse presuntamente desestimado). También podrá utilizar cualquier otro recurso que considere procedente. Gines, 20 de junio
de 2014. La Secretaria.
Gines, 29 de julio de 2014.—El Alcalde, Manuel Camino Payán.
15W-9509
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ISLA MAYOR
Don Ángel García Espuny, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con carácter ordinario el día 25 de septiembre de 2014,
aprobó inicialmente, y de forma definitiva de no producirse reclamaciones, la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por un plazo de treinta (30) días, a contar del
siguiente al de la inserción de este edicto en el tablón de anuncios de la entidad y en el «Boletín Oficial» de la provincia, dentro de los
cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En Isla Mayor a 3 de octubre de 2014.—El Alcalde–Presidente, Ángel García Espuny.
8W-11602
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23955
LEBRIJA
Corrección de errores
Advertido error material en el anuncio 4W-5353, publicado el día 09/08/2014 en el «Boletín Oficial» de la provincia número
184, donde dice: resolución número 1246, de fecha 3 de abril de 2012, registrada la salida con el número 1807 de 9 de abril; debe decir
resolución número 1293, de fecha 26 de marzo de 2014, registrada la salida con el número 1475 de 27 de marzo
Lebrija, 1 de septiembre de 2014.—El Secretario General, Cristóbal Sánchez Herrera.
36W-10046
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MAIRENA DEL ALJARAFE
Don Juan de la Rosa Bonsón, Delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que intentada la notificación de la resolución núm. 805/2014 de 21 de julio de 2014, que a continuación se transcribe, en los domicilios de C/ Exposición, 16 (PISA) de este municipio y en C/ Zaragoza, 52 Bajo-B 41001 de Sevilla, y no habiendo
sido posible, por la presente se le notifica, de conformidad con lo establecido en el art. 59,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
«Notificación de resolución.
En Mairena del Aljarafe a tres de julio de dos mil catorce, el Delegado de Urbanismo y Vicepresidente de la GMU, don Juan de
la Rosa Bonsón, ha dictado la siguiente:
Resolución.
GMU 805/2014.
Expte.:122/2013
Solicitante:
Palomino Motor, S.L.
Actividad:
Taller de reparaciones de vehículos
Emplazamiento: C/ Exposición, n.º 16.
Vistos los antecedentes que a continuación se relacionan:
1.—Por la sociedad Palomino Motor, S.L., con C.I.F. n.º B90084567, se presenta solicitud de Calificación Ambiental previa a
la presentación de Declaración Responsable para el ejercicio de la actividad de taller de reparaciones de vehículos en la C/ Exposición,
n.º 16, de este municipio .
2.—La Arquitecta municipal emite informe urbanístico en el que consta:
“ […] Para poder analizar la propuesta, será necesario aportar:
— Plano de situación de la parcela a escala visible.
—Plano de emplazamiento del local dentro del edificio en el que se encuentra ubicado, indicando los locales colindantes y
los usos.
—Plano de sección que refleje las alturas libres y el posible desnivel con respecto al acerado público, así como la solución
prevista para el cumplimiento del Decreto 293/2009, de 7 de julio, sobre accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación, y el transporte en Andalucía (arts. 64, 67 y 72).
— Justificación del cumplimiento del citado Decreto 293/2009 (art. 7).
Conclusión:
Por las razones expuestas anteriormente el técnico que suscribe considera procedente solicitar documentación complementaria
que justifique los extremos que se desarrollan en el análisis técnico anterior. […].”
3.—Asimismo, el Arquitecto Técnico municipal considerando la normativa de protección contra incendios, de accesibilidad,
medioambiental y de aplicación vigente, formula informe en el que consta que debe presentar documentación complementaria dando
justificación a:
“ […]
•Conforme establece el artículo 42 del Decreto 6/2012, 17 de enero, que aprueba el Reglamento de Protección contra la contaminación acústica en Andalucía debe presentar estudio acústico, cuyo contenido mínimo deberá ajustarse a lo recogido
en la IT.3.2.
•Residuos: Debe aportar justificación de los residuos generados por la actividad, almacenamiento y forma de eliminación
de los mismos. Vertidos: aguas residuales de limpieza de máquinas con restos de aceites. Emisiones: polvo y partículas
metálicas, gases de equipos de oxicorte.
•Saneamiento: En apartado 2.3.2 se describe una arqueta separadora de grasas y fangos y arqueta de toma de muestras
previa a la arqueta sifónica pero no se refleja en plano correspondiente. […].”
4.—Mediante Resolución GMU 85/2014 de fecha veintidós de enero de dos mil catorce (notificada 04/02/2014) se le comunica
el contenido de los informes de los técnicos municipales; se requiere al titular para que presente la documentación en el plazo de un
mes conforme al artículo 16.2 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de
la Comunidad Autónoma de Andalucía; se procede a realizar la advertencia de la caducidad en aplicación del art. 92 de la Ley 30/92 de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se ordena el cese de la actividad sin
que, hasta la fecha, la titular haya presentado documentación alguna.
5.—Transcurrido el plazo sin que el titular haya dada cumplimiento al requerimiento, se ha solicitado informe al inspector de
obras sobre si se está ejerciendo actividad sin la preceptiva licencia municipal, éste emite informe al respecto diciendo: “[…] Personado
en la dirección solicitada el día 5 de junio de 2014 a las 13:45 horas, se observa que el local cuyo titular es Palomino Motor, S.L. y
destinado a taller de reparación de vehículos, se encuentra cerrado y sin desarrollar la actividad indicada.[...].”
Teniendo en cuenta las siguientes consideraciones jurídicas:
1. Visto lo establecido en el art. 90 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras la modificación introducida por la Ley 4/99 de 14 de enero.
2. Conforme al art. 22 de la Ordenanza Reguladora del control del ejercicio de actividades.
56
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
3. En virtud y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, con las modificaciones introducidas por las Leyes 11/99, de 21 de abril y el art. 21.1.q) de la Ley 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local de 16 de diciembre, el art. 41.9 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Corporaciones Locales, y vista la delegación de competencias consignadas en el Decreto del Sr. Alcalde-Presidente 696/2011 de
fecha 14 de junio de 2011, al Delegado de Urbanismo.
Resuelvo:
Primero.—Archivar el expediente n.º 122/2013 a nombre de Palomino Motor, S.L., sin más trámite, con los efectos previstos
en el art. 42.1 de la LRJAP-PAC.
Segundo.—Dar traslado en legal forma al interesado.
En Mairena del Aljarafe a veintiuno de julio de dos mil catorce, el Secretario General.»
Mairena del Aljarafe a 29 de septiembre de 2014.—El Delegado de Urbanismo, Juan de la Rosa Bonsón.
34W-11389
————
MAIRENA DEL ALJARAFE
Don Ricardo Tarno Blanco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que intentadas las notificaciones, por dos veces, de las resoluciones de vehículos abandonados, que se relacionan
a continuación, y no habiendo sido posible, se ha resuelto declarar inicialmente los vehículos como abandonados, de conformidad con
lo establecido en los artículos 106,107 y 108 de la Ordenanza Reguladora de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial de este
Municipio, publicada en el «Boletín Oficial» de la provincia de fecha 15 de julio de 2004, procediendo a su tratamiento como residuo
urbano y posterior entrega a un centro de descontaminación conforme a la normativa de aplicación.
Por medio del presente anuncio se notifica a sus propietarios, de conformidad con lo establecido en el artº 59.4 de la Ley 30/92
de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente resolución se puede interponer recurso de reposición potestativamente en el plazo de un mes ante esta Alcaldía, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el de dos meses.
Nº Resolución
Expte
Titular
Matrícula/Bastidor
Marca
Modelo
0690/14
0691/14
VH/18/14
VH/19/14/
Dª. Marta Amaya Vega
D. Jesús Manuel Coca Moreno
C-3625-BDR
SE-4307-CV
Peugeot
Suzuki
Treker
AN 125
Lo que se hace público para general conocimiento.
Mairena del Aljarafe a 29 de julio de 2014—El Alcalde-Presidente, Ricardo Tarno Blanco.
15W-9398
————
MARCHENA
Don Antonio Manuel Mesa Cruz, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de1992),
modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, se hace pública la siguiente notificación a Ingeniería Inst. y Desarrollo Solar, S.A., ya
que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar:
«Expte. 140/2012.
Aprobada la admisión a trámite, por resolución de Alcaldía 1107/2014, de fecha 12 de septiembre de 2014, de proyecto de
actuación para red subterránea de baja tensión para caseta de telecomunicaciones en subestación Marchena (Sevilla), sita en el polígono 29, parcelas 16, 18, 23, 24, 25 y 211, del término municipal de Marchena, se le comunica, en su condición de propietario de terrenos
incluidos en el ámbito del proyecto que, en cumplimiento con lo previsto en el artículo 43.1.c) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, se abre período de información pública por término de veinte días, desde la publicación del
presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que presente, por escrito dirigido a estas dependencias y por duplicado a
efectos de constancia en el expediente, las alegaciones que considere pertinentes.»
Marchena, 3 de octubre de 2014.—El Secretario, Antonio Manuel Mesa Cruz.
265W-11506
————
MARCHENA
Don Antonio Manuel Mesa Cruz, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de1992),
modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero, se hace pública la siguiente notificación a doña Leocadia Melero Ramos, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar:
«Expte. 140/2012.
Aprobada la admisión a trámite, por resolución de Alcaldía 1107/2014, de fecha12 de septiembre de 2014, de proyecto de
actuación para red subterránea de baja tensión para caseta de telecomunicaciones en subestación Marchena (Sevilla), sita en el polígono 29, parcelas 16, 18, 23, 24, 25 y 211, del término municipal de Marchena, se le comunica, en su condición de propietario de terrenos
incluidos en el ámbito del proyecto que, en cumplimiento con lo previsto en el artículo 43.1.c) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, se abre período de información pública por término de veinte días, desde la publicación del
presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que presente, por escrito dirigido a estas dependencias y por duplicado a
efectos de constancia en el expediente, las alegaciones que considere pertinentes.»
Marchena, 3 de octubre de 2014.—El Secretario, Antonio Manuel Mesa Cruz.
265W-11505
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23957
PALOMARES DEL RÍO
Habiéndose intentado sin efecto en el último domicilio conocido a los contribuyentes que se relacionan, las notificaciones de
los acuerdos adoptados por el Pleno de este Ayuntamiento, en las sesiones celebradas los dias 27 de julio de 2005 y 23 de abril de
2014, por los que se subsana la falta de notificación del acuerdo de imposición de contribuciones especiales por la realización de las
obras comprendidas en la actuación (SU-AS-11 «Razo de Ugena I» del P.G.O.U. de este municipio, de conformidad con lo establecido
en el artículo 29.1, letra a) del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que fue aprobado el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, y se aprueba la liquidación final de las obras ejecutadas en dicha actuación, asi como la relación de los propietarios
afectados y el reparto equitativo del coste de las mismas.
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 4/1999 de 13 de enero, que la modifica, se hace
pública la relación de contribuyentes afectados, significándole que en el plazo de quince dias, pueden retirar de las oficinas municipales
las notificaciones que contienen el texto íntegro de los acuerdos adoptados:
Nº Parc.
Refª Catastral
Dirección
SUP.
Nombre y apellidos
propietario
Domicilio
C.P.
Importe
VR/m2
50
9641510QB5394S
Pimienta, 13
2.500,00 m2
Doña. Natividad Escobedo Tobar
C/ Pimienta, nº 13 (P-50 de
Urb. Razo de Ugena)
41928
5.118,75 €
2,05 €/m2
57
9641503QB5394S
Pimienta,5
2.500,00 m2
Don Francisco Javier Claudio Pozo y
doña María Luz Ramírez Andrés
C/ Pimienta, nº 5 (P-57 de
Urb. Razo de Ugena)
41928
5.118,75 €
2,05 €/m2
22
9639704QB5393N
Pimienta, 16
1.250,00 m2
Don Manuel González Rodríguez
C/ Pimienta, 16 (P-22 Urb.
Razo de Ugena)
41928
2.559,38 €
2,05 €/m2
29
9639712QB5393N
Canela, 1
2.500,00 m2
Don Rafael Mirman
del Castillo
C/ Canela, nº 1 ( P-29 Urb.
Razo de Ugena)
41928
2,05 €/m2
5.118,75 €
9
9542809QB5394S
Azafrán,19
3.580,00 m2
Don Daniel García
Gutierrez
C/ Azafrán, nº 19 ( P-9 de
Urb. Razo de Ugena)
41928
7.330,05 €
2,05 €/m2
37
9540606QB5394S
Azafrán, 26
2.500,00 m2
Don Antonio Díaz
Medina
C/ Azafrán, nº 26
41928
5.118,75 €
2,05 €/m2
35
9540608QB5394S
Azafrán, 30
2.500,00 m2
Don José María Sisto Fernández y doña
María del Carmen
Hoces Troya
C/ Azafrán, nº 30 ( P-35 de
Ur b. Razo de Ugena)
41928
5.118,75 €
2,05 €/m2
31
9639714QB5393N
Canela, 5
2.500,00 m2
Don Carlos Antonio
Navarro Marzal y
Otros
C/ Abedul, nº 3 Urb. San
Francisco
41928
5.118,75 €
2,05 €/m2
52
9641508QB5394S
Azafrán, 25
2.500,00 m2
Don Juan M. Díaz
Jiménez y don Manuel Díaz Arias
C/ Azafrán, nº 25
41928
5.118,75 €
2,05 €/m2
23
9639706QB5393N
Pimienta, 12
1.460,00 m2
Doña Dolores Sosa
Cabrera
C/ Pimienta, 12
41928
2.989,35 €
2,05 €/m2
Palomares del Río, 4 de agosto de 2014.—La Alcaldesa, Juana Caballero Gómez.
15W-9473
————
PARADAS
Confeccionado el padrón de la tasa por ocupación de terrenos de uso público venta ambulante (Mercadillo), 4.º trimestre de
2014, se expone al público por espacio de treinta días a contar desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos de que pueda ser examinado por los interesados.
Contra este padrón podrá interponerse recurso de reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes a
contar del día siguiente al de finalización de la exposición pública de aquel.
Se hace saber que el periodo de cobranza en voluntaria será desde el día 21 de octubre de 2014, hasta el 20 de diciembre de
2014, durante el cual podrán pagar los recibos en cualquier oficina de las Entidades Colaboradoras de la Recaudación del Excelentísimo
Ayuntamiento de Paradas, siendo estas:
Caixabank.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley General
Tributaria.
Paradas a 2 de octubre de 2014.—El Alcalde-Presidente, Rafael Cobano Navarrete.
4W-11515
————
EL PEDROSO
Don Manuel Meléndez Domínguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que mediante resolución de la Alcaldía de 11 de septiembre de 2014, se ha aprobado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá en la contratación de servicio de bar de la piscina municipal de esta localidad, se expone al público
58
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
para la presentación de reclamaciones contra el mismo y al propio tiempo se anuncia la licitación pública para la adjudicación de dicho
contrato, con arreglo a las siguientes condiciones:
1. Órgano adjudicador:
Alcalde-Presidente.
2. Dependencia que tramita el expediente:
Secretaría-Intervención.
3. Objeto del contrato:
Gestión del servicio de bar-restaurante en bar de la piscina municipal, todo ello conforme al Pliego de Cláusulas Administrativas que rige en esta contratación.
4. Lugar de ejecución:
Bar de la piscina municipal, sita en el Paseo del Espino de El Pedroso.
5.Tramitación:
Ordinaria.
6.Procedimiento:
Abierto.
7. Criterios que servirán para la adjudicación:
El precio del canon mas alto.
8. Canon del servicio fijado como tipo de licitación:
600,00 € mensuales para el primero año.
9. Garantía provisional:
200,00 €.
10. Garantía definitiva:
1.000,00 €
11. Obtención de documentación:
Ayuntamiento de El Pedroso, Plaza España, 1, 41360. Teléfono: 954889001, Fax: 954889313.
12. Fecha límite de obtención de documentos e información:
Último día del plazo de presentación de ofertas.
13. Fecha límite de presentación de ofertas:
Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de este anuncio en el Perfil del Contratante de la web municipal.
14. Documentación a presentar:
La que se indica en el Pliego de Cláusulas que rigen la contratación, en la forma y conforme al modelo que en dicho pliego
se establece.
15. Lugar de presentación:
Registro General de documentos de este Ayuntamiento.
16. Apertura de ofertas:
Tendrá lugar en este Ayuntamiento a las 12.00 horas del día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de
proposiciones, si no existen comunicaciones de envíos de proposiciones por correo, o del undécimo día si las hubiera.
En El Pedroso a 11 de septiembre de 2014.—El Alcalde, Manuel Meléndez Domínguez.
34W-10705-P
————
PRUNA
Don Francisco López Sánchez, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que por el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento se tramita expediente de baja de oficio en el Padrón
Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, de las personas que a continuación se indican, por no residir
habitualmente en este municipio.
Expediente
DNI/Pasaporte/Residencia Nombre y Apellidos
Último domicilio
1
1
BM7768410 - Pasaporte
AB6904059
DOROTA ALICJA MACHNICKA
LUKASZ PAWEL KOLODZIEJ Puerto 121
Puerto 121
Habiéndose intentado la notificación, sin que se haya podido practicar por desconocimiento de su domicilio actual, se hace
público este anuncio según los establecido en el Art. 59 punto 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 10 días, para su conocimiento, y para que
manifieste su conformidad o no con la baja, alegando al respecto lo que estime pertinente y, en su caso, indicando el nuevo municipio
donde reside habitualmente, en donde habrá de solicitar el alta en su padrón.En Pruna a 12 de mayo de 2014.—El Alcalde, Francisco López Sánchez.
15W-5966
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23959
LA PUEBLA DE CAZALLA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública
notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por esta Alcaldía, a las personas o entidades
denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se
ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Secretaría General de este Ayuntamiento ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro
del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el «Boletín Oficial» de la provincia.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, se
dictarán las oportunas resoluciones.
Expediente
DNI/CIF
Nombre
000407/ 2014
000452/ 2014
000546/ 2014
000580/ 2014
000609/2014
000624 /2014
X9400701A
43423321B
43423321B
X8451477N
B41780255
B41780255
Ionel Ceausu
Francisco Bonet Espadas
Francisco Bonet Espadas
Florín Bongioi
Explotación Orbaneja, S.L.
Explotación Orbaneja, S.L.
Precepto
Cuantía
002 094.002.073
002 094.002.073
002 094.002.073
002. 159. 053
002 094.002.073
002 094.002.073
200 euros
200 euros
200 euros
60 euros
200 euros
200 euros
La Puebla de Cazalla, 15 de julio de 2014.—El Alcalde, Antonio Martín Melero.
265W-8798
————
LA PUEBLA DE LOS INFANTES
Don Antonio Torres Molero, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: De conformidad con lo establecido en el art. 72 del R.D. 1690/86, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, se ha tramitado expediente de baja de oficio de inscripción
en el padrón Municipal de Habitantes de este municipio de las personas que se reseñan a continuación. Al no haberse podido practicar
notificación a los afectados por la baja, se procedió publicar la incoación del expediente en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento
y en los «Boletines Oficiales» de la provincia número 128 de 5/6/2014 dando a los interesados trámite de audiencia.
Al no manifestar los afectados expresamente su conformidad con la baja de oficio, se solicito el informe preceptivo del Consejo
de Empadronamiento. Sección Provincial de Sevilla, el cual emitió informe favorable.
Por todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la
Alcaldía en este Ayuntamiento, mediante Decreto de fecha 14 de junio de 2011 y en uso de las facultades que me confiere el art. 21 de
la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se ha tenido a bien dictar resolución con las siguientes disposiciones:
Primero.— Declarar la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio, de las siguientes personas:
EXPTE
DNI/PASAPORTET.RES.
NOMBRE Y APELLIDOS
ULTIMO DOMICILIO
2014
Y00618375B
Zlate Dumitru
Calle Triana Nº 1
Segundo.— Recordar a las personas a las que se le declara la baja de oficio, que deben proceder a inscribirse en el Padrón de
Habitantes del municipio donde residan habitualmente, según el Art. 15 de la Ley Reguladora de bases de Régimen Local, la modificación dispuesta en la ley 4/1996.
Tercero.— Notificar el presente Decreto a los interesados mediante edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia y tablón de
anuncio de este Ayuntamiento a los efectos prevenidos en el art. 59,5 de la Ley 30/92.
La Puebla de los Infantes a 21 de julio de 2014.—El Alcalde, Antonio Torres Molero.
15W-9169
————
LA PUEBLA DEL RÍO
Don Manuel Bejarano Álvarez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Que por el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento, se ha iniciado expediente de baja de oficio en el Padrón
Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, a la persona que a continuación se indica, por no residir
habitualmente en este municipio.
Nombre y apellidos
Fecha nacimiento DNI-Pasaporte-NIEDomicilio
Henrry Argote Sánchez
25-02-1984
Y-6327126-T
María del Rocío, 8 3ºA
Habiéndose intentado la notificación, sin que se haya podido practicar por desconocimiento de su domicilio actual, se hace
público este anuncio, según lo establecido en el art. 59 punto 4 de la Ley 30/92, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de diez días hábiles, para su conocimiento y que
manifieste su conformidad o no con la baja que se tramita, de manera que transcurrido el plazo establecido, este Ayuntamiento remitirá
al Consejo de Empadronamiento el expediente completo, para que emita el informe correspondiente.
La Puebla del Río, 6 de agosto de 2014.—El Alcalde, Manuel Bejarano Álvarez.
15W-9749
60
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
LA RINCONADA
Por acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 23 septiembre de 2014, se acordó aprobar el
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha regir la adjudicación, mediante procedimiento abierto, del servicio mantenimiento de la ampliación parque El Majuelo, conforme a continuación se detalla:
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo. Ayuntamiento de La Rinconada.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría municipal.
2. Objeto del contrato , financiación y plazo de duración de la concesión:
a) Descripción del objeto: Servicio mantenimiento zonas verdes de la ampliación del parque El Majuelo.
b)El contrato se iniciará el día siguiente a la firma del correspondiente contrato administrativo y finalizará el día 24 de
abril de 2015.
3. Presupuesto de licitación:
Presupuesto base de licitación: 57.851,24 € IVA no incluido.
4. Financiación:
0301-171-22763 – «Mantenimiento parque El Majuelo».
5. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
6.
Obtención de documentación e información y presentación de ofertas:
a) Secretaría municipal. Perfil contratante: www.larinconada.es.
b) Domicilio: Plaza de España número 6.
c) Teléfono: 955797000.
d) Fax: 955797187.
d)Fecha límite de presentación de ofertas: Quince (15) días naturales a contar desde el siguiente al de esta publicación
en el «Boletín Oficial» de la provincia.
7. Gastos de anuncios:
Será por cuenta del adjudicatario el importe de los anuncios de licitación en el «Boletín Oficial» de la provincia.
8. Modelo de proposición:
Se efectuará según lo dispuesto en el anexo II al Pliego.
9. Capacidad para contratar:
La solvencia económica, financiera o técnicas, se acreditará conforme a lo establecido en el anexo I al Pliego.
10.
Criterios de adjudicación:
Oferta económica
55 puntos.
Mejoras
10 puntos.
Memoria técnica
35 puntos.
11. Garantía provisional: No se requiere.
12. Garantía definitiva: El 5 por ciento del precio de adjudicación.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En La Rinconada a 23 de septiembre de 2014.—El Alcalde–Presidente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.
8W-10889-P
————
LA RINCONADA
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en
los Expedientes Sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente, a las personas o entidades denunciadas que a
continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Contra estas resoluciones, podrán interponerse los siguientes recursos:
Recurso reposición.—Tiene carácter potestativo y se interpondrá ante el órgano que dictó el acto que se impugna, en el plazo
de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuese, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante, a partir del día siguiente
a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (art. 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre
modificado por la Ley 4/99).
Recurso contencioso-administrativo.—Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, en el plazo de
dos meses (art. 8 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio) que deberá contarse: a) Cuando el acto impugnado deba notificarse personalmente, desde el día siguiente a la notificación, b) En el caso de que no proceda la notificación personal, desde el día siguiente al de la última
publicación oficial del acto o disposición y cualquier otro recurso que estime procedente.
Formas de pago.—La presente resolución puede hacerse efectiva en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de La Rinconada, sita en Plaza de España, n.º 6.
Plazos de ingreso.—Según establece el art. 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: a) si la notificación
de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes
posterior o, si éste no huera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, b) si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y
Miércoles 15 de octubre de 2014
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 23961
último de cada mes desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil,
hasta el inmediato hábil siguiente. Transcurrido el plazo del periodo voluntario el importe de la liquidación incurrirá en el recargo
regulado en el art. 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria.
Los correspondientes expedientes obran en el Departamento de Sanciones de la Jefatura de la Policía Local de La Rinconada.
Expte.
Denunciado/a
Identificación
59/13/S Jiménez Campos, José Manuel 28.911.786-G
60/13/S Sánchez Bejarano, José Antonio 30.233.442-B
(Rpte. Legal de Pulidos y Abrillantados Hueso)
78/13/S García Durán, David
28.628.902-C
12/14/S Fernández García, Fco. Javier
47.512.607-N
20/14/S Barjoca 11, S.L., (Rpte. Legal
J.A. Catalán García)
21/14/S Barjoca 11, S.L., (Rpte. Legal
J.A. Catalán García)
38/14/S Pérez Gómez, Antonio
B-91.828.890
B-91.828.890
47.512.515-N
Domicilios
Fecha
Denuncia
Cuantía Eur. Precepto
Art.
C/ Cristo de la Resurrección, 12/11/13
N.º 11 2.º C (41309 La Rda)
C/ Fragua, N.º 41 3.º A (41300 29/10/13
S.J. Rda)
60,00 O.M.
Limpieza
100,00 O.M.
Limpieza
64
Pza. de las Tendillas, N.º 16 P. 04/12/13
3 Piso 18 (41019 Sevilla)
Bda. La Estacada, N.º 3 3.º C 16/02/14
(41309 La Rda)
C/ Foro de Ermua, N.º 44
21/07/12
(41300 S. José Rda)
C/ Foro de Ermua, N.º 44
30/06/12
(41300 S. José Rda)
C/ libro del Buen Amor, N.º 47 02/05/14
(41300 S. J. Rda)
300,52 Ley 1/92
25,1
100,00 O.M.
Limpieza
3.000,00 LEPARA
69
20.19
1.500,00 LEPARA
20.19
300,52 Ley 1/92
25,1
65
La Rinconada a 25 de septiembre de 2014.—El Alcalde, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.
4W-11549
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LA RINCONADA
Don Fco. Javier Fernández de los Ríos Torres, Alcalde–Presidente del Ayuntamiento de esta localidad.
Hace saber: Habiéndose intentado la notificaciones a las personas que a continuación se relacionan, relativas al expediente de
Plan de Empleo Joven Municipal, y no pudiéndose practicar por estar ausentes de su domicilio en la hora de reparto o por ser desconocido en el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de las mismas, conforme a lo dispuesto en el artículo
59.5 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Interesado: Carpintería Maqueda, S.L.
Número expediente: 1703/14.
CIF: B-90074550.
Domicilio: Carretera Sevilla–La Rinconada A-8002 km 4,5.
Población: La Rinconada. CP: 41300. Provincia: Sevilla.
Para su conocimiento y efectos consiguientes, le notifico que por acuerdo de fecha 22 de mayo de 2014, se adoptó lo siguiente:
«Visto que por la empresa, Carpintería Maqueda, S.L., con CIF B-0074550, se ha presentado solicitudes de fecha 9 de mayo de
2014, con número de registro 6149/2014 y 6150/2014, acogiéndose a los beneficios establecidos en la convocatoria de subvenciones,
aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 17 de febrero de 2014, y que tiene por objeto establecer
incentivos para promocionar la inserción laboral a favor de empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como a entidades sin
animo de lucro, en aras a la contratación de nuevos trabajadores de edades comprendidas entre 18 a 39 años, favoreciendo así, la inserción socio-laboral del citado colectivo de desempleados residentes en el municipio de La Rinconada, dada su mayor dificultad de
incorporación al mercado laboral.
Visto el informe técnico obrante en el expediente, que determina que la solicitud con candidato predeterminado y la documentación aportada, no se ajusta a lo dispuesto en la base décimo tercera, relativo a la documentación a adjuntar con la solicitud, que a
continuación se detalla:
— No aporta licencia municipal de apertura de establecimiento permanente en el municipio de La Rinconada.
Visto que consta informe del Área de Urbanismo, en el que se indica que no se puede otorgar licencia de apertura, hasta que no
se proceda a la recepción de la urbanización del polígono industrial de «Las Pavas».
Por lo que según se estipula en la bases décimo tercera que regula el Plan Joven Municipal, se le requiere para en el plazo máximo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al recibí de esta notificación, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.»
Las personas relacionadas anteriormente, durante el plazo de diez (10) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán presentar alegaciones y sugerencias al expediente.
La Rinconada a 16 de julio de 2014.—El Alcalde–Presindente, Fco. Javier Fernández de los Ríos Torres.
8W-9057
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EL RUBIO
Aprobada provisionalmente, por acuerdo del Pleno del 6 de octubre de 2014, la innovación mediante modificación, consistente
en la redelimitación del suelo urbano no consolidado número 4, de la Adaptación de las Normas Subsidiarias a la LOUA-PGOU, de
conformidad con los artículos 32.1.2.ª y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete
el expediente a información pública por el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el
«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, en el tablón de anuncios y en uno de los diarios de mayor difusión provincial.
62
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 239
Miércoles 15 de octubre de 2014
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se
formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
En El Rubio a 6 de octubre de 2014.—La Alcaldesa, Ramona Ramos Llorens.
2W-11620
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SANLÚCAR LA MAYOR
Doña M.ª Rosa Ricca Ribelles, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.
Certifico: Que el Sr. Alcalde–Presidente mediante Decreto de Alcaldía número 451/14, de fecha 22 de julio de 2014, ha dictado
la siguiente resolución:
«Decreto de Alcaldía número 451/14
De conformidad con lo establecido en los artículos 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local y 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tengo a bien dictar la siguiente resolución.
Primero.—Delegar en el Concejal del Área de Asuntos Sociales, Igualdad, Policía Local, Tráfico y Protección Civil, don Manuel Jesús Reyes Robayo, la competencia para la asistencia a la sesión del Consejo de Administración del Consorcio de Transporte
Metropolitano del Área de Sevilla, en la jornada del jueves 23 de julio de 2014, a las 12.00 horas, en la sala de Plenos, sito plaza Virgen
de los Reyes número 8.
Segundo.—Dar traslado de la presente resolución al Concejal don Manuel Jesús Reyes Robayo, en quien se ha efectuado la
delegación y al Pleno Corporativo en la primera sesión que celebre, para su conocimiento.
Tercero.—Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial» de la provincia.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos expido el presente de orden y con el V.° B.° del Alcalde, en Sanlúcar la
Mayor a 22 de julio de 2014.—La Secretaria general, M.ª Rosa Ricca Ribelles.
8W-9058
ANUNCIOS PARTICULARES
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COMUNIDAD DE REGANTES «LAS MARISMAS DEL GUADALQUIVIR»
Se convoca por la presente a todos los regantes de esta Comunidad a la asamblea general extraordinaria que tendrá lugar el
próximo miércoles día 5 de noviembre de 2014, a las 9.30 horas en primera convocatoria y a las 10.00 horas en segunda convocatoria,
en el salón de actos de la cooperativa «Las Palmeras» de El Trobal, Los Palacios y Villafranca (Sevilla), con el siguiente:
Orden del día:
1. Aprobación, si procede, de la modificación del préstamo de la modernización.
2. Aprobación, si procede, de las obras para la puesta en funcionamiento de las Balsas de Alcantarilla y Belmonte.
3. Ruegos y preguntas respecto a los puntos anteriores.
Debido a la importancia de los asuntos a tratar, se ruega la asistencia a todos los regantes.
Los Palacios y Villafranca a 9 de septiembre de 2014.—El Presidente, Rafael Algarín Parejo.
4D-11490
TASAS CORRESPONDIENTES AL
«BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA
Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25
Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72
Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán
al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.
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Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 2390 649. Correo electrónico: [email protected]
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