copia sin valor legal - Auditoría Superior de Michoacán

P
E R I Ó D I C O
OF
I C I A L
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Fundado en 1867
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Director: Lic. José Juárez Valdovinos
Tabachín # 107, Col. Nva. Jacarandas, C.P. 58099
TOMO CLXIV
SEXTA SECCIÓN
Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
NUM. 22
Morelia, Mich., Viernes 11 de Marzo de 2016
CONTENIDO
Responsable de la Publicación
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
Secretaría de Gobierno
DIRECTORIO
L
A
G
E
L
SILVANO AUREOLES CONEJO, Gobernador del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, a todos sus habitantes hace saber:
El H. Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente:
Gobernador Constitucional del Estado
DECRETO
de Michoacán de Ocampo
Ing. Silvano Aureoles Conejo
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
ELCONGRESO DE MICHOACÁN DE OCAMPO DECRETA:
Secretario de Gobierno
NÚMERO 128
Lic. Adrián López Solís
Director del Periódico Oficial
Lic. José Juárez Valdovinos
R
O
L
A
V
ÚNICO. Se reforma el segundo párrafo del Artículo 9, y se deroga el Artículo
Cuarto Transitorio, ambos de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de
Michoacán de Ocampo, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 9. …
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 150 ejemplares
Esta sección consta de 2 páginas
Precio por ejemplar:
$ 25.00 del día
$ 33.00 atrasado
A
I
P
O
C
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Los Auditores Especiales durarán en su encargo cinco años.
…..
….
N
I
S
T RAN S I TO R I O S
ARTÍCULO PRIMERO ALARTÍCULO TERCERO. …
ARTÍCULO CUARTO. Derogado.
ARTÍCULO QUINTO. …
T RAN S I TO R I O S
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al momento de su aprobación.
Correo electrónico
[email protected]
SEGUNDO. Dese cuenta del presente Decreto al Titular del Poder Ejecutivo del
"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
PÁGINA 2
Viernes 11 de Marzo de 2016. 6a. Secc.
PERIÓDICO OFICIAL
Estado, para su conocimiento y debida publicación en el
Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de
Michoacán de Ocampo.
SEGUNDO SECRETARIO.- DIP. JUAN BERNARDO
CORONA MARTÍNEZ.- TERCERA SECRETARIA.- DIP.
SOCORRO DE LA LUZ QUINTANA LEÓN. (Firmados).
El Titular del Poder Ejecutivo del Estado, dispondrá se
publique y observe.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL PODER
LEGISLATIVO, en Morelia, Michoacán de Ocampo, a los
24 veinticuatro días del mes de Febrero de 2016 dos mil
dieciséis.
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 65 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Michoacán de Ocampo, para su debida publicación y
observancia, se ordena publicar el presente Decreto, en la
residencia del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Morelia,
Michoacán, a los 10 diez días del mes de Marzo del año 2016
dos mil dieciséis.
ATENTAMENTE.- "SUFRAGIO EFECTIVO. NO
REELECCIÓN".-PRESIDENTEDELAMESADIRECTIVA.DIP. RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA.- PRIMERA
SECRETARIA.- DIP. ANDREA VILLANUEVA CANO.-
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN.- EL
GOBERNADOR DEL ESTADO.- ING. SILVANO
AUREOLES CONEJO.- EL SECRETARIO DE
GOBIERNO.- LIC. ADRIÁN LÓPEZ SOLÍS.- (Firmados).
A
I
P
O
C
N
I
S
R
O
L
A
V
L
A
G
E
L