Barakaldo PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL
PARA LA GESTION Y EXPLOTACIÓN DEL BAR-CAFETERÍA-RESTAURANTE EN EL
POLIDEPORTIVO DE GOROSTIZA Y AMBIGÚ DE LA BOLERA DEL PARQUE
LANDABEKO DE BARAKALDO POR EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ABIERTO Y
LA FORMA DE ADJUDICACIÓN DE CRITERIO UNICO.
NÚMERO DE EXPEDIENTE: 201600508
1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Tradicionalmente el Instituto Municipal de Deportes, en adelante I.M.D., ha venido
instrumentando sus relaciones con particulares, para la prestación de los servicios de
hostelería en equipamientos deportivos, actividades que en si mismas son
susceptibles de explotación económica, que se consideran de interés y en cierto
modo, necesarias para los miembros de la comunidad usuarios de las mencionadas
instalaciones deportivas.
En este sentido, contribuyen a la relación social entre usuarios y colectivos
deportivos; potencian el asociacionismo y son un lugar de encuentro para la
organización de eventos populares como el Ranking de tenis; actos protocolarios y
gastronómicos como colofón de eventos de trayectorias de temporada; contribuyen al
confort de los tiempos de espera de padres y madres de niños y niñas; dan cobertura
hostelera y de tiempo libre a los espectadores de grandes eventos. En definitiva, es
un elemento que contribuye a la integración de todos los colectivos deportivos entre
sí y una puerta abierta a la ciudadanía desde donde también se puede promocionar
la práctica deportiva entre estos clientes potenciales.
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Dichas actividades se llevan a cabo en determinadas instalaciones o locales
demaniales municipales, habilitados al efecto para la prestación de tales servicios o
actividades.
Los usuarios de tales servicios son quienes abonan los precios de los servicios o
productos adquiridos.
Este tipo de contratos no son financiados por eii.M.D., en cuanto este, como tal, no
es preceptor o usuario de las prestaciones objeto de los mismos, sino que percibe un
canon para la explotación de tales actividades.
Con el objeto de buscar el modo más ágil y eficaz de prestación de dicho servicio, el
Instituto Municipal de deportes considera adecuado al momento y a las necesidades
actuales la concesión de los mismos a una empresa privada especializada en el
sector.
....
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2. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del presente contrato lo constituye:
Explotar el Servicio de hostelería del polideportivo de Gorostiza, Anexo 11, Calle
Gorostiza n° 1, 48903 Barakaldo, que incluye como prestación principal la
prestación del servicio en el local acondicionado como bar restaurante así como
de los kioscos de helados.
Explotar el Servicio de Ambigú de las instalaciones pertenecientes al I.M.D.,
ubicadas en la bolera del Parque Landabeko, Anexo 111, Calle Aragón s/n, 48902
Barakaldo.
Instalaciones todas ellas definidas junto con el mobiliario y enseres en el Anexo 1del
presente pliego.
3. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LA EXPLOTACIÓN
3.1 OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
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La gestión integral y explotación del Bar-Cafetería-Restaurante ubicados en las
instalaciones del Polideportivo Municipal de Gorostiza y Ambigú de la bolera del
Parque Landabeko, estando obligado al cumplimiento de las obligaciones
establecidas en la normativa estatal, autonómica, foral y municipal que sea de
aplicación a la actividad desarrollada.
Solicitar la licencia de apertura correspondiente, asumiendo los gastos que de ello se
deriven.
Existirá a disposición de los usuarios del servicio un Libro de Reclamaciones, de
cuya existencia se expondrá notificación al público con carácter visible y
permanentemente. Estos Libros se presentarán a la Dirección del Centro tan pronto
se consigne en ellos una reclamación .
El personal adscrito al servicio deberá tener conocimiento y cumplir, y hacer cumplir
lo previsto en el Plan de Autoprotección (PdA) de la Instalación.
Indemnizar por los daños que se causen a terceros como consecuencia de las
operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea
producido por causas imputables al l. M. D.
No se admitirán máquinas expendedoras de tabaco, máquinas recreativas de
puestas, ni máquinas que no sean propias del servicio de bar cafetería.
Cuidar y garantizar el buen orden del servicio.
Correr con los gastos de los productos consumibles.
Realizar la comercialización, publicidad y propaganda que estime conveniente para
dar a conocer y promocionar la carta de servicios que en cada momento se ofrezca.
Así mismo con carácter general toda la información que se preste al público deberá
estar redactada en euskera y castellano
El cumplimiento y publicación de las siguientes normas:
a. Queda prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de edad.
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A la terminación del contrato, el adjudicatario tendrá un plazo de siete días para
retirar todos los bienes por él aportados dejando a salvo las inversiones realizadas
para su mantenimiento, conservación y mejoras llevadas a cabo en las instalaciones
o bienes entregados por la Administración, no percibiendo indemnización alguna por
ello. De no respetar dicho plazo, y hasta tanto la Administración ejecute el desalojo
por sus medios, se devengará el canon correspondiente en proporción al tiempo
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b. Queda prohibido fumar
c. Queda prohibido sacar del recinto de la cafetería envases de vidrio.
d. Cartel de tener a disposición de los clientes hojas de reclamaciones, además
de tener registro de las reclamaciones recibidas
e. Mantener en lugar visible la lista de precios y la Licencia de Actividad del local
La contratación y adquisición de artículos que se consuman en los bares - cafeterías
serán por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, no pudiendo utilizar el
nombre del I.M.D. en sus relaciones con terceros, tanto en lo que afecte a clientes,
proveedores o cualquier otra que pueda tener con personas a su servicio,
haciéndose directamente responsable de la obligación que contraiga.
Reposición de los elementos deteriorados por el uso.
Permitir que el I.M.D. realice periódicamente controles de calidad por sí mismo o
mediante empresas especializadas. Como resultado de los mismos se reserva el
derecho de exigir por escrito la retirada de los productos que no reúnan las
condiciones expresadas en el presente pliego, así como aquellos que por su
naturaleza forma de preparación resulten inapropiados. El adjudicatario deberá
atender este requerimiento en un plazo máximo de quince días.
Pagar el canon que realice en su proposición económica.
Desalojo de las instalaciones:
Cinco días anteriores al cumplimiento del plazo de finalización del Contrato, se
levantará Acta, que firmarán el responsable del contrato y adjudicatario en la que se
dejará constancia de la conservación de las instalaciones y, en su caso, de los
bienes que deben revertir a la Administración. De reflejar la necesidad de acometer
reparaciones y reposiciones, el adjudicatario deberá hacerlas a su cargo y de no
hacerlo, el Instituto Municipal de Deportes procederá a su subsanación a cuenta del
contratista, minorando la garantía definitiva en el importe al que hayan ascendido
aquéllas.
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transcurrido.
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•
El adjudicatario ha de explotar de forma directa el serv1c1o del presente pliego,
edando terminantemente prohibido traspasar el presente contrato a favor de
terceros.
3. 1.1. MEDIOS PERSONALES
•
Disponer de todo el personal específico y necesario para una adecuada prestación
de los servicios, con el cumplimiento estricto de sus obligaciones laborales, fiscales y
prevención de riesgos laborales
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El adjudicatario se compromete a uniformar y mantener claramente identificado al
personal y que realice la prestación siempre limpio y con decoro, así como mostrar
un grado de profesionalidad adecuado. La cantidad y calidad de vestuario a facilitar
al personal se regirá en todo momento según lo acordado por los convenios
colectivos en vigor.
Todo el personal deberá estar en posesión del Carné de Manipulador de Alimentos,
presentando en el I.M.D., el primer mes de inicio de la prestación una copia
compulsada de dicho carné de manipulador de alimentos.
3.1.2. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO
•
•
•
•
El Adjudicatario realizará a su cargo, antes del inicio de la Actividad, una limpieza
general de los dos locales objeto del presente pliego, así como aplicación de un
tratamiento de Desinfección, Desratización y Desinsectación, con empresa
especializada inscrita en el Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas
El adjudicatario deberá tener en perfectas condiciones de limpieza durante todo el
horario de la actividad todos los recintos objeto de la concesión y los espacios
aledaños, con especial atención a la retirada de envases y restos derivados del
consumo de los productos ofertados así como participar en la recogida selectiva de
los residuos sólidos urbanos, depositándolos de forma separada en cada uno de los
contenedores que a tal efecto se instalen (vidrios, grasas, papel, envases y
embalajes, etc.)
El mantenimiento del local irá a cargo de la empresa contratista, así como los
elementos de grifería, tubos fluorescentes, bombillas y demás material de mera
reposición. Así como mantener el decoro de la fachada exterior.
Realizar el mantenimiento general del área de influencia directa del Bar Cafetería y
Ambigú de todos sus elementos, equipos, mobiliario e instalaciones, así como de los
espacios auxiliares (almacén, servicios, cocina, etc.).
\
3.1.3. MAQUINARIA Y EQUIPAMIENTO
Además del inventario reflejado en el anexo 1, el adjudicatario deberá aportar a su cargo el
equipamiento y menaje necesario que como mínimo contemple lo reflejado en el anexo IV
.1.4. GASTOS
Correrán a cargo del adjudicatario:
• Los gastos de limpieza descritos anteriormente.
• Gastos de papel higiénico y jabón de mano en servicios
• Gastos de teléfono
• Gasto de conexión a vía digital
• Gastos de derechos que proceda satisfacer a causa de reproducción y/o emisión de
obras audiovisuales, etc...
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•
•
El adjudicatario será responsable de los accidentes, daños y perjuicios que puedan
ocurrir por la mala ejecución de los trabajos objeto de este pliego, que no sean
imputables a terceros. A los citados efectos, deberá acreditar la suscripción de póliza
de seguro de responsabilidad civil, en sus vertientes general, de explotación, patronal
y de trabajos terminados, incluyendo los riesgos de intoxicación alimentaria,
producida por los servicios prestados de los cuales la empresa adjudicataria será la
única responsable; incluyendo como asegurado al contratista, el subcontratista y al
personal que intervenga a su cargo, en su caso, y al IMD. El importe mínimo de dicha
póliza será de 300.000,00 €. El contratista acreditará el cumplimiento de esta
obligación, mediante la aportación de la póliza suscrita, en la que deberán constar las
coberturas indicadas, y justificante del abono del recibo correspondiente. El
adjudicatario contratará y mantendrá a su costa este seguro durante el periodo
contractual y el plazo de garantía.
Gastos de los mantenimientos normativo-técnico-legal que le afecten a los edificios
del presente pliego:
Aplicación DDD
3.1.5. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
•
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•
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El adjudicatario podrá disponer de máquinas expendedoras de bebidas y/o productos
de alimentación envasados y otros productos de vending, cuyo número y ubicación
será el autorizado por el l. M.O.
El adjudicatario tendrá la posibilidad, previa solicitud de éste y autorización del
I.M.D., de realizar la venta puntual de bebidas y productos de alimentación
envasados en pabellón cubierto.
En caso de que se celebren en el interior de las instalaciones deportivas municipales
eventos de carácter extraordinario, el Instituto Municipal de Deportes se reserva el
derecho de permitir a personas ajenas a esta concesión la venta de bebidas y
productos de alimentación, previa solicitud de oferta al adjudicatario.
Se permitirá la publicidad en medios de comunicación (prensa, radio, etc.), siempre
con el nombre de los servicios de hostelería contratados.
3.1.6. CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS
•
•
El adjudicatario habrá de cumplir la normativa sanitaria, medio-ambiental y de
consumo que sea aplicable a los establecimientos y actividades de hostelería, en
particular deberá cumplir rigurosamente las exigencias establecidas en las
Ordenanzas Municipales de Medio Ambiente, de Limpieza Viaria, de Ruidos y
Vibraciones y la de Terrazas y Veladores.
Las tarifas que el concesionario habrá de percibir del público por los servicios
prestados se regularán por el régimen general de precios establecidos para este
sector, reservándose el IMD la facultad de supervisar los precios con el fin de evitar
que éstos no excedan de los habituales de establecimientos análogos.
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•
La conservación, el almacenamiento de los alimentos, la preparación y servicio de
las comidas deberá ajustarse a lo previsto en la normativa en vigor
•
La empresa adjudicataria habrá de responsabilizarse tanto de las condiciones
higiénicas y sanitarias de los artículos y productos que estén a la venta, como de los
que sean de aplicación en la preparación de los mismos, con escrupulosa
observancia de la reglamentación existente.
•
La conservación y manipulación de las materias primas, tanto frescas como
congeladas deberá de cumplir la reglamentación técnica sanitaria de comedores
colectivos
a) El Restaurante del Polideportivo Gorostiza deberá ofrecer una oferta gastronómica
que incluya, como mínimo:
Relación de platos combinados.
Desayunos.
Aperitivos, tapas variadas y helados.
Bebidas de toda clase y marcas variadas: agua, zumos, refrescos, etc.
Los puntos de venta ambulante, en pabellón o zona deportiva podrán ofrecer, en su
caso:
Bebidas, se prohíbe la venta de bebidas con alcohol y la expedición de botes o botellas
y las bebidas se servirán en vasos desechables.
Aperitivos de tipo frío debidamente envasados.
\
b) El Ambigú del Parque Landabeko deberá ofrecer:
Aperitivos, tapas variadas y helados
Bebidas de toda clase y marcas variadas: agua, zumos, refrescos, etc.
3.1. 7 HORARIO DE SERVICIO
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\: \.,_.
\
Respetando la Normativa Sectorial Municipal, los horarios serán:
.
a) Bar Restaurante del Polideportivo Gorostiza
' \ \\._ El horario de apertura y cierre de la actividad coincidirá -como mínimo- con el horario de
\ pertura y cierre de las instalaciones deportivas municipales.
E~cualquier caso, el horario de apertura y cierre de las instalaciones a explotar podrá variar
con respecto al horario de apertura de las instalaciones deportivas municipales, en cuyo
caso deberá ser autorizado expresamente por el l. M. D.
Durante la campaña de verano, habilitará un espacio, independiente del resto, para dar
servicio a las piscinas exteriores
b) Ambigú Parque Landabeko
El horario será como mínimo el siguiente:
Del 1 de Abril al 31 de Mayo:
Lunes a Viernes, excepto festivos, de 17 h. a 22 h.
Sábados, Domingos y Festivos de 12 h. a 14 h. y de 17 h. a 22 h.
Del 1 de Junio al 7 de Septiembre:
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Lunes a Domingo de 12 h. a 14 h. y de 16 h. a 22 h.
Del8 al31 de Diciembre:
Lunes a Viernes, excepto festivos, de 17 h. a 22 h.
Sábados, Domingos y Festivos de 12 h. a 14 h. y de 17 h. a 22 h.
HORARIOS DE APERTURA Y CIERRE DE INSTALACIONES
INSTALACIÓN: POLIDEPORTIVO GOROSTIZA
Del 16 de Septiembre al14 de Junio
Lunes a sábado de 8,15 h. a 22 h.
Domingos y Festivos de 8,15 h. a 14 h.
Del 15 de Junio al 15 de Septiembre
De Lunes a Domingos, incluido Festivos de 8,15 h. a 22 h.
Cerrado todo el día: 25 de Diciembre, 1 y 6 de Enero
Cerrado a partir de las 13 horas: 24 y 31 de Diciembre
INSTALACIÓN: PARQUE LANDABEKO
Del 1 de Octubre al 31 de Marzo
Lunes a sábado de 8 h. a 13h. y de 17 h. a 21 h.
Domingos y Festivos de 8 h. a 14 h.
Del 1 de abril al 30 de Septiembre
Lunes a domingo de 8 h. a 14 h. y de 17 h. a 22 h.
Cerrado todo el día: 25 de Diciembre, 1 y 6 de Enero
Cerrado a partir de las 13 horas: 24 y 31 de Diciembre
3.1.8 PRESENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE TRABAJO
Una vez adjudicado el contrato la empresa adjudicataria habrá de presentar
Programas de trabajo que deberá de incluir como mínimo los siguientes aspectos:
Descripción de la organizacir· n que se propone como idónea para la mejor
prestación del servicio
Plantilla de personal mínima pecesaria en función de la organización estimada,
con asignación a turnos y hor~ rios
Programa de recogida selecti~a de residuos
Plan de limpieza
i
Plan de calidad
1
Plan de marketing y comunic~ción
Listado de precios
i
Barakaldo, a 15 de Marzo de 201i
/
Fdo. Antonio Guerrero
Adjunto Técnico I.M.D.
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ANEXO 1
imdNVENTARIO OEL BAR CAFETERIA GOROSTIZA
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~OCINA
1 Campana extractora de humos
1 Cuadro eléctrico
1 Fregadero de acero inoxidable con mueble
2 Freidora modelo asocien
3 Equipos de luz fluorescentes
5 Lámparas fluorescentes de 40 w
1 Inodoro
1 Lavabo
1 Toallero
1 Espejo
1 Portarrollos
8 Puntos de luz de emergencia
1Lavavajillas industrial
1 Cocina tres fuegos
Baldas metálicas
SALON SOCIAL Y CAFETERIA
1 Expositor
2 Aparatos mosquiteros
1Maquina registradora
7 Asientos y 2 mesas de mármol
6 Módulos de verja separadora de aluminio
16 Mesas de madera
40 Sillas de madera
7 Mesas madera lacadas
34 Sillas metálicas
8 Equipos de luz fluorescentes grandes
24 Fluorescentes de 40 w
1 Equipos de luz pequeños
33 Fluorescentes pequeñas de 40 w
11 Focos Dowling
22 Lámparas de bajo consumo
2 Fregaderos de acero inoxidable
1 Mostrador de acero inoxidable
2 Cámaras de puertas superiores
1 Cafetera de 3 brazos Cimbali M.20Selft-express
1 Balda botellero de madera
1 Maquina de hielo
Manguera contra incendios
xtintores de polvo
1 Balda acero y mueble de acero inoxidable
6 Altavoces de megafonía con mando de volumen
SALA DE JUNTAS
4 Equipos de luz fluorescentes
8 Lámparas fluorescentes de 40 w
ALMACEN
1Juego de baldas metálicas
VESTUARIO DE PERSONAL
1 Taquilla de 8 huecos tipo piscina
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2Taquillas metálicas
1Ducha
11nodoro con tapa
1Lavabo con grifo de pedal
1 Portarrollos
1Portarrollo de papel de mano
SERVICIO DE SEÑORAS
2 Inodoros con tapas
2Portarrollos
2Lavabos
2Espejos
1Jabonera
4 Focos Dowling
1 Secador de manos
\
SERVICIO DE CABALLEROS
2 Inodoros con tapas
3 Urinarios
2Portarrollos
2Lavabos
2Espejos
1Jabonera
4 Focos Dowling
1 Secador de manos
\
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~\·
\
\
INVENTARIO AMBIGÚ DE LA BOLERA DEL PARQUE LANDABEKO
1 Botellero de 4 puertas
1 Cafetera de 2 brazos
1 Cocina de 2 fuegos
1 Lavavajillas
1 Maquina de hielo
1 Mueble de cocina
1 Nevera de tres puertas
2 Mesas de trabajo
1O Mesas de terraza
30 Sillas de terraza
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ANEXO IV
ARTICULO
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EQUIPAMIENTO CAFETERIA-COCINA-COMEOOR
EXPRIMIDOR DE AGRIOS
BATIDOR DE BEBIDAS
MICROONDAS
FRIGORIFICO COMBI KB
CORTADORA FIAMBRE
MOLINILLO CAFÉ
MENAJE
VASOS COCACOLA
TERMO 2 LITROS
JARRA SANGRIA
VASO ZURITO
JARRA ESTRELLA
COPA PRINCESA (AGUA-VINO}
VASO WHISKY
COPA ESTRELLA
COPACOGNAC
COPA CHAMPAN
COPA FINO
VASO AGUA
VASO TUBO
VASO CUBATA
PLATO CAFÉ
TAZA CAFÉ
PLATO CORTADO
TAZA
PLATO LLANO
PLATO HONDO
PLATO POSTRE
BANDEJA LOZA
TENEDOR
PALA PESCADO
CUCHILLO
CUCHILLO CHULETERO
CUCHARA
TENEDOR POSTRE
CUCHARILLA CAFÉ
CUCHILLO POSTRE
CUCHARA POSTRE
SERVILLETEROS
PORTAMENUS
TETERAS
SOPERAS ACERO
CAZUELAS DIF. TAMAÑOS
OLLA EXPRESS
VINAGRERAS
CAZO
CUCHARAS, CAZOS, ESPUMADERAS ...
CUCHILLOS COCINA
JARRITAS INOX
JARRAS PEQUEÑAS LECHE
PASAPURE
SALVAMANTEL
CHINO
ENSALADERA CERAMICA
BANDEJAS PLASTICO
TIJERAS COCINA
SARTENES DIFERENTES TAMAÑOS
PLATO BARRO
CAZUELAS BARRO
CUBITERAS
JARRA LECHE 1,5 L
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