Preguntas frecuentes - Instituto de Salud Carlos III

Subdirección General de Evaluación
y Fomento de la Investigación
CONTRATOS DE GESTIÓN EN INVESTIGACIÓN EN SALUD EN LOS IIS ACREDITADOS. AES 2016
PREGUNTAS FRECUENTES
1. ¿Qué centros pueden solicitar estas ayudas?
2. ¿Pueden los centros solicitantes presentar más de una solicitud?
3. ¿Por qué hay que distinguir entre centro solicitante y centro de realización?
4. ¿Cuál es el número máximo de concesiones por centro de realización?
5. ¿Dónde se puede encontrar la solicitud?
6. ¿Quién debe firmar la solicitud?
7.
¿Las solicitudes pueden firmarse P.A. (Por Ausencia) o P.O. (Por Orden)?
8. ¿Qué documentación hay que presentar en papel?
9. ¿Cuáles se consideran registros válidos para presentar la documentación en papel?
10. ¿Es subsanable la no presentación en plazo del CVN de I+D+I de la FECYT y/o de la memoria en
modelo normalizado?
11. ¿Sirven los modelos normalizados de convocatorias anteriores?
12. ¿Cómo se puede comprobar la información incorporada en la solicitud?
13. ¿Cuándo está previsto que se concedan estas ayudas?
14. ¿Cuándo está prevista la incorporación a los centros de los que resulten seleccionados?
15. Para que se valoren los méritos, ¿es suficiente con relacionarlos en el CV?
16. ¿Estos contratos son compatibles con la realización de otras actividades?
17. ¿Se pueden utilizar las cantidades concedidas para la financiación de contratos preexistentes?
18. ¿Con quién me puedo poner en contacto si me surge alguna otra duda?
1. ¿Qué centros pueden solicitar estas ayudas?
Únicamente podrán participar los Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados de acuerdo a lo
establecido en el RD 339/2004, de 27 de febrero (BOE de 13 de marzo de 2004) que no hayan
conseguido un contrato de gestión en investigación en salud de la AES.
En el caso de los IIS acreditados que gestionan sus actividades de investigación mediante fundación de
derecho privado constituida al amparo de lo previsto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de
Fundaciones, u otras entidades de derecho público o privado, podrán solicitar las subvenciones a través
de estas entidades.
En cualquier caso el centro de realización de la actividad será el citado IIS.
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2. ¿Pueden los centros solicitantes presentar más de una solicitud?
Sí, pueden presentar un máximo de dos solicitudes por IIS acreditado.
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3. ¿Por qué hay que distinguir entre centro solicitante y centro de realización?
En el caso de los IIS acreditados que gestionan sus actividades de investigación mediante fundación de
derecho privado constituida al amparo de lo previsto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de
Fundaciones, u otras entidades de derecho público o privado, deberán solicitar las subvenciones a través
de estas entidades. Es decir, la Fundación será el centro solicitante, al tener entidad jurídica propia para
poder recibir la subvención.
En cualquier caso, el centro de realización de la actividad será el citado IIS.
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4. ¿Cuál es el número máximo de concesiones por centro de realización?
Una.
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5. ¿Dónde se puede encontrar la solicitud?
Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán rellenar su solicitud en modelo normalizado
disponible a través de la dirección https://sede.isciii.gob.es, en Trámites más usados. Acción Estratégica
en Salud. Ayudas y subvenciones. Acceso a solicitud de ayudas. Contratos de Gestión en Investigación en
Salud en IIS.
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6. ¿Quién debe firmar la solicitud?
Sea cual sea la forma de presentación, los formularios de solicitud únicamente requerirán la firma del
representante legal de la entidad solicitante quien recabará las firmas del resto de interesados,
responsabilizándose de su custodia y veracidad. Dichas firmas se consignarán en los correspondientes
modelos normalizados a los que se podrá acceder desde la sede electrónica del ISCIII.
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La aplicación informática a través de la que se realizan las solicitudes, le facilita los datos de los
representantes legales, pero es esencial que el centro solicitante esté bien cumplimentado y seleccionen
el representante legal adecuado para la firma.
Cuando la forma de presentación de solicitudes sea mediante la aplicación informática sin certificado
electrónico, las firmas del formulario de solicitud enviado en papel deberán ser originales.
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7. ¿Las solicitudes pueden firmarse P.A. (Por Ausencia) o P.O. (Por Orden)?
No. Las firmas P. A. o P.O. determinan que las solicitudes no sean admitidas.
En caso de no ser posible obtener la firma del representante legal en el momento de presentar la
solicitud en el plazo establecido, se puede enviar la solicitud sin la firma del mismo y volverla a remitir
firmada correctamente en la fase de subsanación.
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8. ¿Qué documentación hay que presentar en papel?
Hay dos formas alternativas de presentación de solicitudes en esta convocatoria:
 Si se opta por presentar la solicitud y restante documentación ante el registro electrónico del ISCIII,
no hay que presentar ningún documento en soporte papel.
 Si la solicitud se hace a través de la aplicación informática sin certificado electrónico, una vez
generada la solicitud, hay que imprimirla, firmarla y presentarla, junto con el resto de la
documentación, en un registro válido, dentro del plazo de admisión.
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9. ¿Cuáles se consideran registros válidos para presentar la documentación en papel?
Los registros habituales son:
-
-
El del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), sito en Avda. Monforte de Lemos 5, 28029, Madrid.
Los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del
Estado o de las Comunidades Autónomas o los registros de las entidades que integran la
Administración Local, en los términos del artículo 38.4.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Las oficinas de correos (en la forma establecida reglamentariamente).
Las representaciones diplomáticas o en las oficinas consulares de España en el extranjero.
No son válidos los servicios postales extranjeros ni las empresas de mensajería.
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10. ¿Es subsanable la no presentación en plazo del CVN de I+D+I de la FECYT y/o de la memoria
en modelo normalizado?
No.
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11. ¿Sirve el modelo normalizado de memoria de convocatorias anteriores?
No. Además de encontrarse en la aplicación de solicitudes disponible en la pestaña “Documentos” de la
pantalla de solicitud, el modelo normalizado de Memoria de la propuesta se puede descargar en la
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página web del ISCIII a través de http://www.isciii.es/ISCIII/es/contenidos/fd-investigacion/fdfinanciacion/fd-convocatorias-ayudas-accion-estrategica-salud/programa-estatal-promocion-del-talentoy-su-empleabilidad.shtml
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12. ¿Cómo se puede comprobar la información incorporada en la solicitud?
En la tramitación de la solicitud a través de la aplicación, se pone a disposición de los usuarios un
Borrador de la solicitud (botón Ver borrador), donde se podrán revisar todos los datos incorporados en la
misma. Para que dicho Borrador contenga información deberán guardarse previamente los datos
incorporados a la solicitud.
Este documento “Borrador” no tendrá validez y, por lo tanto, tras comprobar la adecuación de los datos
recogidos en él, será necesario generar el documento definitivo de solicitud que será el documento
firmado y presentado en la forma y plazo indicado en cada caso.
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13. ¿Cuándo está previsto que se concedan estas ayudas?
La concesión está prevista para el último cuatrimestre de 2016.
La resolución de concesión se publicará en https://sede.isciii.gob.es, en Trámites más usados. Acción
Estratégica en Salud. Ayudas y subvenciones.
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14. ¿Cuándo está prevista la incorporación a los centros de los que resulten seleccionados?
La incorporación se fijará en la resolución de concesión. Está prevista para enero de 2017.
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15. Para que se valoren los méritos, ¿es suficiente con relacionarlos en el CVN de I+D+I de la
FECYT?
No. Los méritos relacionados en el CVN de I+D+I de la FECYT se deberán acreditar documentalmente
(certificado de vida laboral, credenciales de becario, certificados de cursos donde conste la duración de
los mismos, etc.), sin cuyo requisito no serán tomados en consideración.
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16. ¿Estos contratos son compatibles con la realización de otras actividades?
En términos generales el contrato es incompatible con cualquier otro contrato laboral así como
actividades remuneradas.
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17. ¿Se pueden utilizar las cantidades concedidas para la financiación de contratos preexistentes?
No, la concesión de la ayuda implica la celebración de un nuevo contrato laboral cuyo objeto es reforzar
y apoyar la gestión de la I+D+I de los Institutos beneficiarios.
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18. ¿Con quién me puedo poner en contacto si me surge alguna otra duda?
La persona de contacto para los Contratos de gestión en Investigación en Salud en los IIS acreditados es:
Bárbara García
Tfno: 91 822 21 07
Correo electrónico: [email protected]
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Estas preguntas frecuentes sólo pretenden facilitar la comprensión del texto oficial de la
Resolución de convocatoria. En caso de discrepancias, el texto prevalente es el publicado en la Base
de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
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