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Boletín Oficial de Canarias núm. 55
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Lunes 21 de marzo de 2016
III. Otras Resoluciones
Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
1059 Secretaría General Técnica.- Resolución de 7 de marzo de 2016, por la que se
ordena la publicación de la Adenda segunda de prórroga, durante 2016, del
Convenio suscrito el 20 de febrero de 2014, por el que la Administración Pública
de la Comunidad Autónoma de Canarias encomienda la gestión al Ayuntamiento
de Guía de Isora, de la actividad consistente en la gestión del Centro de Día para
personas mayores de Guía de Isora.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El 20 de febrero de 2014, se formalizó un Convenio de Colaboración entre
la extinta Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de
Canarias y el Ayuntamiento de Guía de Isora, Tenerife, por el que se encomienda la gestión
a este Ayuntamiento de la actividad consistente en la gestión del Centro de Día para personas
mayores de Guía de Isora.
Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento, con una vigencia desde su
firma hasta el 31 de diciembre de 2014.
Segundo.- Posteriormente, con fecha 30 de diciembre de 2014 se firmó la Adenda
primera de prórroga y modificación del Convenio ampliando su vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2015.
El Convenio y la Adenda primera han sido publicados en el Boletín Oficial de Canarias
nº 189, de fecha 28 de septiembre de 2015.
Tercero.- Con fecha 30 de diciembre de 2015, se firmó la Adenda segunda de prórroga,
durante 2016, del Convenio suscrito con fecha 20 de febrero de 2014.
A los anteriores, le es de aplicación el siguiente
FUNDAMENTO JURÍDICO
Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de
26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, los Convenios que
se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras
administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones,
prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de
Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.
Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 3 del Decreto 103/2015, de 9 de julio,
del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las
Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias
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que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas
Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, así como las relativas a la
materia de empleo, que tenía asignada la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; y en
ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 7.B), apartados 4 y 6, del Reglamento
Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por
Decreto 64/2013, de 6 de junio, aplicable en virtud de la Disposición transitoria primera del
Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica,
así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias,
R E S U E L V O:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de la Adenda segunda de
prórroga, durante 2016, del Convenio suscrito con fecha 20 de febrero de 2014, por el que la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, encomienda la gestión al
Ayuntamiento de Guía de Isora, de la actividad consistente en la gestión del Centro de Día
para personas mayores de Guía de Isora, cuyo texto se acompaña como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2016.- La Secretaria General Técnica, Marta
Arocha Correa.
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ANEXO
ADENDA SEGUNDA DE PRÓRROGA, DURANTE 2016, DEL CONVENIO, SUSCRITO CON
FECHA 20 DE FEBRERO DE 2014, POR EL QUE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS ENCOMIENDA LA GESTIÓN AL AYUNTAMIENTO
DE GUÍA DE ISORA, DE LA ACTIVIDAD CONSISTENTE EN LA GESTIÓN DEL CENTRO DE DÍA
PARA PERSONAS MAYORES DE GUÍA DE ISORA.
En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2015.
REUNIDOS
De una parte la Excma. Sra. Dña. Patricia Hernández Gutiérrez, en su calidad de
Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en nombre y representación del
Gobierno de Canarias, actuando en virtud de las competencias que le otorga los artículos
16 y 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas de Canarias, en relación con los Decretos 105/2015, de 9 de
julio, del Presidente (BOC nº 133, de 10.7.15) por el que se le nombra Consejera de
Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que
se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías y 183/2015,
de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes
de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y facultada expresamente para la firma del
presente Convenio por acuerdo del Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 28
de diciembre de 2015.
Y de otra parte, el Sr. D. Pedro Manuel Martín Domínguez, en su calidad de AlcaldePresidente del Excmo. Ayuntamiento de Guía de Isora, en representación que del mismo
tiene atribuida en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases del Régimen Local y del artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los
municipios de Canarias y facultado para la firma de la presente Adenda mediante acuerdo
adoptado por el Pleno en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2015.
Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua
y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda
y, en su mérito.
EXPONEN
Primero.- Con fecha 20 de febrero de 2014 se suscribió, entre las Instituciones que
ambas representan, un Convenio al objeto de encomendar la completa gestión del Centro de
día para personas mayores de Guía de Isora, ubicado en calle La Era, nº 2, del citado término
municipal, por parte de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
al Ayuntamiento de Guía de Isora, Convenio que es registrado con el nº RCO2014TF00007,
y cuya vigencia se fijó hasta el día 31 de diciembre de 2014.
Segundo.- La vigencia del citado Convenio se ha prorrogado hasta el día 31 de diciembre
de 2015, en virtud de la suscripción, con fecha 30 de diciembre de 2014, de la oportuna
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Adenda, la cual ha sido debidamente inscrita en el Registro de Convenios del Departamento
con fecha 12 de febrero de 2015.
Tercero.- Las partes intervinientes, al amparo de lo establecido en la cláusula novena
del citado Convenio, dado el resultado positivo obtenido durante su vigencia hasta ahora
acordada del mismo y en aras del interés público y social perseguido con su suscripción,
así como por razones de eficacia por la proximidad de las corporaciones municipales a los
ciudadanos, tienen interés en prorrogar la vigencia del mismo durante el ejercicio de 2016,
para lo cual acuerdan la suscripción de la presente Adenda, la cual se incorpora al Convenio
principal formando parte del mismo, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Es objeto de la presente Adenda la prórroga del Convenio de Colaboración
suscrito con fecha 20 de febrero de 2014, por el que la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la entonces Consejería de Cultura, Deportes,
Políticas Sociales y Vivienda, encomienda la gestión, al Ayuntamiento de Guía de Isora, de
la actividad consistente en la gestión del centro de día para personas mayores de Guía de
Isora.
Segunda.- La vigencia de la prórroga contemplada en la presente Adenda será desde el 1
de enero hasta el 31 de diciembre, ambos de 2016.
Tercera.- Para hacer efectiva la presente prórroga del Convenio de referencia, la
Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, a través de la Dirección General de
Políticas Sociales e Inmigración, aportará la cantidad de 30.000,00 euros con cargo a la
aplicación presupuestaria 23 07 231B 229 99 del presupuesto de gastos de la citada Dirección
General para 2016.
Haciéndose constar que el objeto de la presente prórroga de convenio queda supeditado
a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en la citada
aplicación, para financiar las obligaciones derivadas de la misma para el ejercicio 2016,
importe previsto en el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Canarias para 2016.
Cuarta.- Para hacer efectivo el abono del importe acordado durante el periodo de
vigencia de la presente Adenda, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda,
a través de su Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, procederá a realizar
el abono, previa autorización del órgano competente de la Consejería de Hacienda, de un
primer 50% del mismo, a la firma de la presente Adenda, que se corresponderá con la gestión
que se realice en el primer semestre de 2016, constatada la justificación y abono del importe
acordado para el ejercicio 2015.
Una vez justificado por el Ayuntamiento este primer pago se procederá al abono del
segundo 50% (correspondiente a la gestión del segundo semestre), el cual deberá ser
justificado como máximo a la finalización del plazo de vigencia del convenio, es decir, hasta
el 31 de diciembre de 2016.
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En el caso de que el referido informe no fuera favorable, el abono se efectuará en los
términos que en el mismo se establezca, y de no establecerlo, las aportaciones económicas
previstas durante el periodo de vigencia de la presente Adenda, se abonarán por trimestres
vencidos una vez justificado el período anterior.
Una vez se tenga conocimiento del informe del órgano competente de la Consejería de
Hacienda, el contenido del mismo será comunicado al Ayuntamiento.
Quinta.- El Ayuntamiento de Guía de Isora, como perceptor de la cantidad que se le
transfiere, se compromete a someterse a las actuaciones de control financiero que legalmente
se establezcan en la correspondiente Resolución de concesión de la misma, y en la legislación
que sea de aplicación.
Sexta.- Las condiciones que han de regir la presente prórroga serán las mismas y en
los mismos términos que las acordadas en el Convenio principal como en su Adenda de
prórroga suscrita con fecha 30 de diciembre de 2014.
De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de las cuales son
titulares los firmantes, y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben
por triplicado ejemplar la presente Adenda, en fecha y lugar indicados.- La Consejera de
Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Patricia Hernández Gutiérrez.- El Alcalde-Presidente
del Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, Pedro Manuel Martín Domínguez.
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