Sumario - Errepar

Primera Sección
Buenos Aires,
viernes 11
de marzo de 2016
Año CXXIV
Número 33.335
Precio $ 6,00
Sumario
DECRETOS
Pág.
DECRETOS
ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
Decreto 465/2016
Desígnase Comandante Operacional............................................................................................ 1
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ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
Decreto 465/2016
Desígnase Comandante Operacional.
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 173/2016
Desígnase Director General de Administración............................................................................. 2
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 168/2016
Desígnase Director Nacional de Formación de Actores Territoriales.............................................. 2
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 174/2016
Desígnase Director de Interpretación y Asistencia Normativa....................................................... 2
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 169/2016
Designación................................................................................................................................. 3
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 170/2016
Designación en la Subsecretaría de Comercio Exterior................................................................. 3
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 171/2016
Designación en la Subsecretaría de Comercio Interior.................................................................. 3
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 172/2016
Desígnase Director Nacional de Comercio Interior........................................................................ 4
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Decreto N° 727 del 12 de junio de 2006, el Expediente N° 8960/2016 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 727 del 12 de junio de 2006 se establece que el ESTADO MAYOR
CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS dispondrá la conformación de una instancia
permanente encargada de la dirección y coordinación de la actividad operacional, la cual
contará con un responsable a cargo del comando operacional de los medios puestos a
su disposición para el cumplimiento de la misión asignada.
Que el Ministro de Defensa ha propuesto designar como Comandante Operacional del
ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS al General de Brigada Carlos
Alfredo PEREZ AQUINO, quien cuenta con el perfil profesional adecuado para el cumplimiento de dicha función.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA
ha tomado la intervención que les compete.
Que esta instancia se halla facultada para el dictado de la presente medida en virtud
de lo establecido en el artículo 99, inciso 12), de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN
ARGENTINA.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
RESOLUCIONES
Secretaría de Comercio
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 30/2016
Resolución N° 269/2001. Modificación........................................................................................ 4
Artículo 1° — Desígnase Comandante Operacional del ESTADO MAYOR CONJUNTO
DE LAS FUERZAS ARMADAS, al General de Brigada D. Carlos Alfredo PEREZ AQUINO (D.N.I.
N° 11.773.739)
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Julio C. Martínez.
Secretaría General
INTERÉS NACIONAL
Resolución 51/2016
“Evaluación de los Procesos Electorales y Propuestas para su Perfeccionamiento”...................... 5
Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 3835
Impuesto sobre los Bienes Personales. Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Título VI. Período fiscal 2015. Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento. Decreto N° 1.807/93. Valuaciones computables e informaciones complementarias................. 5
INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 6/2016
Resolución General N° 7/2015. Modificación................................................................................ 5
Continúa en página 2
#F5082285F#
PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN
SecretarÍa Legal y TÉcnica
Dr. PABLO CLUSELLAS
Secretario
DirecciÓn Nacional del Registro Oficial
LIC. RICARDO SARINELlI
Director Nacional
www.boletinoficial.gob.ar
e-mail: [email protected]
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual
Nº 5.218.874
Domicilio legal
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Pág.
AVISOS OFICIALES
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................. 7
Anteriores ................................................................................................................................... 35
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MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 173/2016
Desígnase Director General de Administración.
en el cargo de Director General de Administración al licenciado Armando Gabriel
MARTINEZ.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del organismo de origen, ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta con
arreglo a las atribuciones emergentes del
artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el artículo 7° de la
Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto
N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.
Por ello,
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Expediente CUDAP N° 641/16 del
registro del MINISTERIO DE CULTURA,
la Ley N° 27.198, los Decretos Nros. 35
de fecha 7 de enero de 2016 y N° 227 de
fecha 20 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción
de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de
los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que por Decreto N° 227 de fecha 20 de
enero de 2016 se estableció, entre otras
cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de
rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
que corresponda a cargos de la dotación
de su planta permanente y transitoria y
cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida
presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será
efectuada por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
febrero de 2016, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Nuevos........................................................................................................................................ 7
DECISIONES
ADMINISTRATIVAS
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles, contados a partir del día
11 de febrero de 2016, al licenciado Armando Gabriel MARTINEZ (D.N.I. N° 20.234.807),
en un cargo de la Planta Permanente Nivel
A, Grado 0, como DIRECTOR GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto
N° 2098/08, con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.198 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de
Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 11 de febrero de 2016.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72
- MINISTERIO DE CULTURA.
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198,
se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a
la fecha de sanción de la misma en las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que
queden vacantes con posterioridad, salvo
decisión fundada del JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 355/02 se sustituyó
el artículo 1° de la Ley de Ministerios con
sus modificatorias, creándose, entre otros,
el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por el Decreto N° 20/07 se aprobó la
estructura organizativa del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del
nivel político.
Que por el Decreto N° 357 del 15 de febrero
de 2016 se sustituyó el Anexo I al artículo
1°, el Anexo II al artículo 2° y el Anexo III
al artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de
febrero de 2002, modificándose la conformación organizativa del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 227/16
se establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de
rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
que corresponda a cargos de la dotación
de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente
a los cargos vacantes y financiados con
la correspondiente partida presupuestaria
de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el señor Leandro Raúl COSTA debe
ser exceptuado del cumplimiento de los
requisitos mínimos previstos por el artículo
14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP).
Que tal requerimiento implica resolver la
cobertura de dicho cargo mediante una
excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de
que se trate se encuentran establecidas
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y
IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto
N° 2098/08.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Marcos Peña. — Alejandro P.
Avelluto.
Que, encontrándose vacante el cargo de
Director General de Administración en el
ámbito del MINISTERIO DE CULTURA,
resulta imprescindible disponer su cobertura transitoria.
Bs. As., 10/03/2016
Que ha tomado la intervención que le
compete la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
VISTO el Expediente N° E-3000-2016 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, la Ley N° 27.198, los Decretos
N° 355 del 21 de febrero de 2002, N° 20
del 10 de diciembre de 2007, N° 227 del
20 de enero de 2016, y N° 357 del 15 de
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
artículo 100, inciso 3° de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 7° de la Ley
N° 27.198 y por el artículo 1° del Decreto
N° 227/16.
Que a tal fin, el MINISTERIO DE CULTURA propone se designe transitoriamente
#I5082244I#
MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 168/2016
Desígnase Director Nacional de Formación de Actores Territoriales.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL de lo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio
2016, a los efectos de cubrir 1 (UN) cargo vacante
Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II, de Director Nacional de Formación de Actores Territoriales dependiente de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 2° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del 01 de febrero de 2016, y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente
medida, al señor Leandro Raúl COSTA, D.N.I.
N° 31.806.949, en el cargo de Director Nacional de Formación de Actores Territoriales, de
la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel A - Grado 0,
autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva II, con autorización excepcional
por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Sistema Nacional de
Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL
DEL PERSONAL del referido sistema homologado por el Decreto N° 2098/08.
Art. 3° — El cargo involucrado en la presente decisión administrativa, deberá ser cubierto
conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),
dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la
presente medida.
Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.
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#I5082282I#
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura del cargo de Director Nacional de Formación de Actores
Territoriales de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA.
Que por el Decreto N° 35/16 se sustituyó del Anexo I al artículo 1° del Decreto
N° 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA y se aprobó la
conformación organizativa de la citada
jurisdicción, estableciéndose que hasta
tanto se aprueben las unidades de nivel
inferior a las aprobadas por dicho Decreto, conservarán su vigencia las existentes
que hayan sido transferidas desde otros
ministerios o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el
Decreto N° 2098/08.
#F5082281F#
2
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para
el ESTADO NACIONAL.
MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 174/2016
Desígnase Director de Interpretación y
Asistencia Normativa.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM:
0004710/16, los Decretos Nros. 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, 151 de fecha
17 de diciembre de 2015, 227 de fecha 20
de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nro. 27.198 se aprobó el
Presupuesto General de la Administración
Pública Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7° de la citada ley se
dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de
sanción de la misma en las Jurisdicciones y
Entidades de la Administración Nacional y
de los que se produzcan con posterioridad,
salvo decisión fundada del señor Jefe de
Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 2098 de fecha 3
de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP).
Que a través del Decreto N° 151 de fecha
17 de diciembre de 2015, se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE y sus unidades
organizativas dependientes, con excepción
de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFOR-
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BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
#I5082245I#
MA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO
DE LA DEMOCRACIA, desde la órbita de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, encontrándose dentro de dichas
unidades la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto
N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir de la fecha de la presente medida.
Que por Decreto N° 227 de fecha 20 de
enero de 2016 se estableció, entre otras
cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada
y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta
permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos
vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales
aprobadas será efectuada por el señor Jefe
de Gabinete de Ministros, a propuesta de
la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye
asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, artículo 7° de la Ley N° 27.198 y
artículo 1° del Decreto N° 227 de fecha 20
de enero de 2016.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1 de enero de 2016, por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, al Doctor D. Ignacio PIÑERO (D.N.I.
N° 29.655.513) como Director de la DIRECCIÓN
DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA en el ámbito del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en UN (1) cargo Nivel A Grado
0 autorizándose el correspondiente pago de
la Función Ejecutiva III del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, con carácter de
excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.198.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulo III, IV
y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por Decreto N° 2.098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se
imputará con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente de la Jurisdicción 26 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Andrés
H. Ibarra.
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MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 169/2016
Designación.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0004034/2016 del
Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente, los Decretos Nros.
2.343 de fecha 30 de diciembre de 2008,
2.300 de fecha 28 de noviembre de 2012 y
227 de fecha 20 de enero de 2016 y las Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha
12 de enero de 2015 y 10 de fecha 19 de
enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 2.343 de fecha 30
de diciembre de 2008 y 2.300 de fecha 28
de noviembre de 2012 se crearon y cubrieron en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y del entonces MINISTERIO DE
INDUSTRIA, diversos cargos de carácter
extraescalafonario, a fin de asegurar el
eficiente desarrollo de distintas acciones
atinentes al funcionamiento de las actividades centrales de las referidas Jurisdicciones.
Que por el Artículo 24 del Decreto
N° 2.343/08 se creó el cargo extraescalafonario de Coordinador Administrativo
con dependencia directa del Coordinador
General Legal y Administrativo del entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA, con una
remuneración equivalente al Nivel A, Grado
0, Función Ejecutiva III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08 y modificatorios.
Que por el Decreto N° 2300/12, se sustituyó el artículo 24 del Decreto N° 2343/08,
asignándole al aludido cargo la Función
Ejecutiva I del referido Convenio Sectorial.
Que en esta instancia, razones operativas
y de correcto ordenamiento administrativo, determinan la necesidad de efectuar la
cobertura del aludido cargo, el que se encuentra vacante.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de
enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada,
en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía
inferior a Subsecretario será efectuada por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que tal requerimiento implica efectuar una
excepción a lo dispuesto por el Artículo 7°
de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas
de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
ha tomado la intervención que le compete.
Que Ia SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del
Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de las
Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de
Presupuesto General de la Administración
Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016,
respectivamente, y del Artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase, a partir del 10 de
diciembre de 2015, en el cargo extraescalafonario de Coordinador Administrativo con dependencia directa del Coordinador General Legal y Administrativo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, al señor Don Matías Lionel TORREZ
(M.I. N° 29.193.815) con una remuneración
equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), con carácter de excepción
a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes
Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto
General de la Administración Nacional para los
Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.
Art. 2° — EI gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de
la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Marcos Peña. — Francisco A.
Cabrera.
#F5082245F#
3
inferior a Subsecretario será efectuada por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que tal requerimiento implica efectuar una
excepción a lo dispuesto por el Artículo 7°
de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas
de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de las Leyes Nros.
27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto
General de la Administración Nacional para
los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, por el Artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
#I5082246I#
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 170/2016
Designación en la Subsecretaría de Comercio Exterior.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0006159/2016 del
Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente, los Decretos Nros.
1.070 de fecha 10 de julio de 2014, 1 de fecha 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20
de enero de 2016 y las Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha 12 de enero de
2015 y 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.070 de fecha 10 de
julio de 2014 se crearon y cubrieron en la
órbita del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, diversos
cargos de carácter extraescalafonario, a fin
de asegurar el eficiente desarrollo de distintas acciones atinentes al funcionamiento
de las actividades centrales de la referida
Jurisdicción.
Que por el Artículo 11 del citado decreto se
creó el cargo extraescalafonario de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva
Nivel I.
Que por el Artículo 2° del Decreto N° 1 de
fecha 4 de enero de 2016 se transfirió la
SECRETARÍA DE COMERCIO y sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados,
de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que en esta instancia, razones operativas
y de correcto ordenamiento administrativo, determinan la necesidad de efectuar la
cobertura del aludido cargo, el que se encuentra vacante.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de
enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada,
en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase, a partir del 10 de
diciembre de 2015, en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, al Licenciado en Economía
Don Nicolás HERRLEIN (M.I. N° 22.964.959),
con una remuneración equivalente al Nivel A,
Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con
carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016,
respectivamente.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo
a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51
- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.
#F5082246F#
#I5082247I#
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 171/2016
Designación en la Subsecretaría de Comercio Interior.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0006170/2016 del
Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente, los Decretos Nros.
1.070 de fecha 10 de julio de 2014, 1 de fecha 4 de enero de 2016 y 227 de fecha 20
de enero de 2016 y las Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha 12 de enero de
2015 y 10 de fecha 19 de enero de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.070 de fecha 10 de
julio de 2014 se crearon y cubrieron en la
órbita del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, diversos
cargos de carácter extraescalafonario, a fin
de asegurar el eficiente desarrollo de distintas acciones atinentes al funcionamiento
de las actividades centrales de la citada
Jurisdicción.
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Que por el Artículo 11 del citado decreto se
creó el cargo extraescalafonario de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARÍA
DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con una remuneración equivalente al
Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.
Que por el Decreto N° 1/16 se transfirió la
SECRETARIA DE COMERCIO y sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados
de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS PUBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCION.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de
enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada,
en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía
inferior a Subsecretario será efectuada por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que, en esta instancia, razones operativas
y de correcto ordenamiento administrativo, determinan la necesidad de efectuar la
cobertura del aludido cargo, el que se encuentra vacante.
Que la cobertura de dicho cargo implica
hacer una excepción a lo dispuesto por
el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008 y
27.198, ambas de Presupuesto General de
la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para
el ESTADO NACIONAL.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN,
ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención
que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo 7° de las Leyes Nros.
27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto
General de la Administración Nacional para
los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, y el Artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase, a partir del 10 de
diciembre de 2015, en el cargo extraescalafonario de Coordinador de Gabinete de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, a la Doctora Doña Mariana
RODRÍGUEZ GIAVARINI (M.I. N° 24.560.489), con
una remuneración equivalente al Nivel A, Grado
0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con carácter
de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de
las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional
para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.
#F5082247F#
#I5082249I#
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 172/2016
Desígnase Director Nacional de Comercio
Interior.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0354138/2015 del
Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente, los Decretos Nros.
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, 1.070 de fecha 10 de julio de 2014 y 227 de fecha 20 de enero de
2016 y las Decisiones Administrativas Nros.
1 de fecha 12 de enero de 2015 y 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.070 de fecha 10
de julio del 2014 se dispuso, entre otras
cuestiones, la aprobación de la estructura organizativa de segundo nivel operativo
de la Secretaría de Comercio del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de
enero de 2016 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal
en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada,
en cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y jerarquía
inferior a Subsecretario será efectuada por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de
servicio de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA
DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la
cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel
A, Grado 0, Función Ejecutiva I de Director
Nacional de Comercio Interior.
Que el Artículo 7° de las Leyes Nros. 27.008
y 27.198, ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los
Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente,
dispuso el congelamiento de los cargos
vacantes financiados existentes a la fecha
de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional y de los que queden vacantes
con posterioridad, salvo decisión fundada
del señor Jefe de Gabinete de Ministros o
del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de
las citadas leyes.
Que tal requerimiento implica efectuar una
excepción a lo dispuesto por el Artículo 7°
de las Leyes Nros. 27.008 y 27.198, ambas
de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y
2016, respectivamente.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para
el ESTADO NACIONAL.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN,
ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase transitoriamente,
a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada en Economía Doña Karina
Mónica PRIETO (M.I. N° 20.025.832) en el cargo de Director Nacional de Comercio Interior
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN,
Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto
N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, con carácter de excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros.
27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto General
de la Administración Nacional para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del 10 de diciembre
de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido
con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Marcos Peña. — Francisco A.
Cabrera.
#F5082249F#
RESOLUCIONES
#I5081931I#
Secretaría de Comercio
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 30/2016
Resolución N° 269/2001. Modificación.
Bs. As., 09/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0040535/2016 del
Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el Decreto N° 1.638 de fecha 11 de
diciembre de 2001, la Resolución N° 269 de
fecha 14 de diciembre de 2001 de la SECRETARIA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, sus modificatorias
y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, ha tomado la intervención
que le compete.
Que por el Decreto N° 1.638 de fecha 11
de diciembre de 2001 se establecieron las
normas para canalizar los fondos del comercio exterior a través del sistema financiero, y asimismo las excepciones necesarias a fin de no afectar el financiamiento
internacional.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las facultades conferidas por el artículo
100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de las Leyes Nros.
27.008 y 27.198, ambas de Presupuesto
General de la Administración Nacional
para los Ejercicios 2015 y 2016, respectivamente, y por el artículo 1° del Decreto
N° 227/16.
Que el citado Decreto N° 1.638/01 dispuso
que la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex
MINISTERIO DE ECONOMÍA, dependiente
actualmente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, cada uno dentro del
ámbito de su competencia, serán la Autoridad de Aplicación del mismo, pudiendo dictar normas de aplicación o interpretativas.
4
Que en uso de las facultades dispuestas
por el decreto mencionado se dictó la Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre
de 2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA,
sus modificatorias y complementarias, por
la cual se establecieron diferentes plazos
para ingresar las divisas provenientes de
las operaciones de exportación según el
tipo de mercadería involucrada.
Que posteriormente, mediante la Resolución N° 142 de fecha 24 de abril de 2012
del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, dictada en virtud
del Artículo 3 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, se
modificó el referido plazo establecido en la
resolución mencionada en el considerando
precedente.
Que a través de la Resolución N° 231 de fecha 24 de mayo de 2012 del ex MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
se extendió el plazo para el ingreso de divisas al sistema financiero local con relación
a las empresas vinculadas a TREINTA (30)
días corridos.
Que resulta conveniente adecuar los plazos previstos para el ingreso de divisas de
determinadas actividades, de manera de
fortalecer la competitividad de las exportaciones argentinas.
Que, asimismo, de acuerdo a la naturaleza de las operaciones, resulta procedente
modificar las resoluciones anteriormente
mencionadas para optimizar la operatoria
de los sectores exportadores y a la vez
preservar al sector exportador de menor
envergadura.
Que, la operatoria actual resulta restrictiva
para muchos sectores exportadores dado
que en el mercado internacional los plazos
de pagos se encuentran por encima de los
exigidos en la norma existente, dificultando
las operaciones y produciendo en algunos
casos la virtual desaparición de la transacción al no poder cumplimentar las exigencias normativas mencionadas.
Que la unidad de evaluación representa un
mecanismo discrecional para la ampliación
de los plazos normados, que otorga poca
previsibilidad a los productores, generando además dilaciones innecesarias en los
procesos de exportación.
Que corresponde adecuar los plazos otorgados por la unidad de evaluación, dentro de las categorías generales establecidas en el Anexo I de la citada Resolución
N° 269/01 de la SECRETARIA DE COMERCIO, sus modificatorias y complementarias.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud
de las facultades conferidas por el Artículo
5° del Decreto N° 1.638/01.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COMERCIO
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el Artículo 1° de la
Resolución N° 269 de fecha 14 de diciembre de
2001 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA, sustituido
en último término por el Artículo 1° de la Resolución N° 451 de fecha 8 de agosto de 2014 del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Los exportadores cuyas
operaciones están comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en
las planillas, que como Anexo I forman parte
integrante de la presente resolución, deberán
ingresar las divisas al sistema financiero local
dentro de los plazos que en cada caso se indica.
Cuando se trate de operaciones de exportadores que durante el año 2015 hayan registrado
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
exportaciones totales por un monto inferior a
DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES (U$S 2.000.000), tomando como base de
cálculo valores F.O.B., se deberán ingresar las
divisas al sistema financiero local dentro del
plazo de TRESCIENTOS SESENTA (360) días
corridos, contados a partir de la fecha en que
se haya cumplido el embarque, no siendo de
aplicación los plazos establecidos en el Anexo I
de la presente medida”.
Art. 2° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 269/01 de la SECRETARÍA DE COMERCIO, sus modificatorias y complementarias por
el Anexo que, con DIECIOCHO (18) hojas, forma
parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — Sustitúyese el Artículo 3° de la Resolución N° 142 de fecha 24 de abril de 2012,
sustituido por el Artículo 2° de la Resolución
N° 231 de fecha 24 de mayo 2012, ambas del
ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, por el siguiente:
“ARTÍCULO 3°.- Los plazos a los que se hace
referencia en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución se computarán
a partir de la fecha en que se haya cumplido el
embarque”.
Art. 4° — Deróganse los Artículos 4° y 5° de
la Resolución N° 142/12 del ex MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Art. 5° — La presente resolución entrará en
vigor para aquellas aplicaciones en curso a
partir de su entrada en vigencia, salvo que se
encontrasen oficializadas y cuyos plazos previstos con anterioridad sean más extensos que
los establecidos en la presente medida.
Art. 6° — La presente resolución comenzará
a regir a partir de su publicación en el Boletín
Oficial.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel Braun.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a)
Resolución se publican en la edición web del
BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también
podrán ser consultados en la Sede Central de
esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad
Autónoma de Buenos Aires).
#F5081931F#
#I5079740I#
Secretaría General
INTERÉS NACIONAL
nologías; y sobre la autoridad electoral y
los modelos de organización.
Que teniendo en cuenta la importancia de
las temáticas a desarrollar, la jerarquía de
sus organizadores y la relevancia de los
profesionales que asistirán al mismo, se
considera procedente conceder el pronunciamiento solicitado.
Que la Resolución N° 459/94 establece los
requisitos y procedimientos a los que se
debe ajustar el trámite de declaraciones de
interés nacional.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta conforme
a las facultades conferidas por el artículo
2°, inciso j) del Decreto N° 101/85 y su modificatorio, Decreto N° 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1° — Declárase de Interés Nacional
al Seminario “Evaluación de los Procesos Electorales y Propuestas para su Perfeccionamiento”, a desarrollarse el día 7 de marzo de 2016,
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para
la Jurisdicción 20.01 - SECRETARÍA GENERAL
- PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Fernando de Andreis.
#F5079740F#
#I5082241I#
Administración Federal
de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Resolución General 3835
Impuesto sobre los Bienes Personales.
Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y
sus modificaciones. Título VI. Período fiscal 2015. Pacto Federal para el Empleo,
la Producción y el Crecimiento. Decreto
N° 1.807/93. Valuaciones computables e
informaciones complementarias.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Que a tales efectos, se ha tenido en
cuenta el asesoramiento producido por la
Superintendencia de Seguros de la Nación y las informaciones suministradas
por el Banco de la Nación Argentina, la
Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la
Cámara Argentina de Fondos Comunes
de Inversión.
Que, además, resulta aconsejable informar
determinados datos que deben ser consignados al confeccionar la declaración jurada determinativa del tributo.
Que con el fin de agilizar y facilitar el acceso por parte de los contribuyentes a la
información referida en los considerandos
precedentes, se entiende conveniente que
la misma se encuentre disponible en el sitio
“web” de esta Administración Federal.
Que esta medida se enmarca en el Plan
Nacional de Gobierno Digital, que busca
avanzar hacia una administración sin papeles.
Que han tomado la intervención que les
compete la Dirección de Legislación y la
Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por los Artículos 22 y
28 de la Ley N° 23.966, texto ordenado en
1997 y sus modificaciones y 7° del Decreto
N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a efectos de la confección de la respectiva
declaración jurada correspondiente al período
fiscal 2015, deberán acceder al micrositio “Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas”
(http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/ )
obrante en el sitio “web” institucional de este
Organismo, en el cual estará disponible la información referida a:
a) El valor mínimo de los automotores y motovehículos (motocicletas y motos), a que se refiere el segundo párrafo del inciso b) del Artículo
22 de la Ley N° 23.966, Título VI, texto ordenado
en 1997 y sus modificaciones, correspondiente
al año fiscal 2015.
Resolución 51/2016
“Evaluación de los Procesos Electorales y
Propuestas para su Perfeccionamiento”.
Bs. As., 03/03/2016
VISTO el Expediente S01:0038102/2016 del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
el Decreto N° 101 del 16 de enero de 1985,
modificado por el Decreto N° 1517 del 23
de agosto de 1994, la Resolución N° 459
del 21 de octubre de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el
Visto tramita la solicitud de declarar de Interés Nacional al Seminario “Evaluación de
los Procesos Electorales y Propuestas para
su Perfeccionamiento”, organizado por la
Cámara Nacional Electoral, que se llevará
a cabo el día 7 de marzo de 2016 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que dicho acontecimiento es convocado
con el objetivo de promover el debate académico y técnico, como así también contribuir a las discusiones sobre la reforma
electoral, contando para ello con la participación de destacadas personalidades y
profesionales nacionales e internacionales.
Que su temario abarca importantes temas,
tales como la evaluación de los procesos
electorales del año 2015; los sistemas de
votación, boleta única y aplicación de tec-
Bs. As., 10/03/2016
b) Las cotizaciones al 31 de diciembre de
2015 de las monedas extranjeras.
VISTO la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997
y sus modificaciones y el Decreto N° 618
del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y
sus complementarios, y
c) Las cotizaciones al 31 de diciembre de
2015, de los títulos valores y sus cupones impagos y de las cuotas parte de los fondos comunes de inversión.
CONSIDERANDO:
Que el Título VI de la citada ley establece
el Impuesto sobre los Bienes Personales,
y que conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso b) de su Artículo 22,
corresponde establecer, a los efectos del
gravamen, los valores mínimos computables de los bienes automotores.
Que a los fines contemplados en el punto 8. de la declaración primaria del Pacto
Federal para el Empleo, la Producción y el
Crecimiento, cabe informar los valores de
los distintos automotores y motovehículos
(motocicletas y motos).
Que, asimismo, con la finalidad de facilitar
a los contribuyentes y responsables del
tributo la correcta liquidación de la obligación fiscal, esta Administración Federal considera conveniente dar a conocer
también el último valor de cotización al 31
de diciembre de 2015, de las monedas extranjeras, las obligaciones negociables, los
certificados de participación, los títulos de
deuda, los títulos públicos y sus cupones
impagos, que cotizan en bolsa, así como el
de las cuotas parte de los fondos comunes
de inversión.
d) El detalle de formato de catastro correspondiente a las distintas jurisdicciones del país.
e) Las denominaciones de las entidades financieras con su correspondiente Clave Única
de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
Art. 2° — A los efectos previstos en el punto
8. de la declaración primaria del Pacto Federal
para el Empleo, la Producción y el Crecimiento
—Anexo I del Decreto N° 1.807 del 27 de agosto
de 1993— se considerarán los valores a que se
refiere el inciso a) del Artículo 1°.
Art. 3° — Apruébase la información que se
indica en el Artículo 1°, la cual también se consigna respectivamente en los Anexos I a V, que
forman parte de la presente.
Art. 4° — Regístrese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto Abad.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a)
Resolución General se publican en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar—
y también podrán ser consultados en la Sede
Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
#F5082241F#
5
#I5081862I#
INSPECCIÓN GENERAL
DE JUSTICIA
Resolución General 6/2016
Resolución General N° 7/2015. Modificación.
Bs. As., 10/03/2016
VISTO la Resolución General I.G.J. N° 7/2015
y su modificatoria, la Resolución General
I.G.J. N° 9/2015 y,
CONSIDERANDO:
Que el Código Civil y Comercial de la Nación aprobado mediante Ley N° 26.994,
según texto modificado mediante Ley
N° 27.077 (en adelante “CCyCN”), regula el
contrato de fideicomiso en el Capítulo 30
del Título IV, Libro Tercero, artículos 1666
al 1700, así como el dominio fiduciario en
el Capítulo 31, en los artículos 1701 al 1707.
Que el artículo 1669 del CCyCN requiere la
inscripción del contrato de fideicomiso “...
en el Registro Público que corresponda...”.
Que del texto completo del CCyCN se interpreta que esta mención refiere al “Registro Público de Comercio”, tal como era
denominado en los anteriores Código Civil
de la Nación (Ley N° 340) y en el Código
de Comercio (Ley N° 2637). Ello en virtud
que la eliminación de los términos “de Comercio” surgen como consecuencia de
la unificación del derecho civil y comercial en un solo código de fondo y que la
referencia al “Registro Público” es utilizada en numerosos artículos del CCyCN
de los cuales surge como indiscutible la
referencia al anterior Registro Público de
Comercio (vgr. algunos ejemplos: artículo
323 sobre rúbrica de libros; artículo 329
sobre sustitución de libros rubricados; artículo 1448 sobre negocio en participación
(antes artículo 361 de la Ley N° 19.550);
artículo 1455 sobre agrupaciones de colaboración (antes artículo 369 de la Ley
N° 19.550); artículo 1466 sobre uniones
transitorias (antes artículo 380 de la Ley
N° 19.550); artículo 1473 sobre consorcios
de cooperación (antes artículos 5° y 6° de
la Ley N° 26.005).
Que, por ello y considerando que las Leyes
Nros. 21.768 (T.O. Ley N° 22.280), 22.315 y
22.316 no han sido derogadas por la Ley
N° 26.994 -y por tanto, serían complementarias del CCyCN-, mientras una ley especial no disponga lo contrario, la función del
Registro Público se encuentra a cargo de
aquellos organismos que en base a dichas
leyes tienen a su cargo el Registro Público
de Comercio.
Que no obstante ello, corresponde destacar que el CCyCN no establece los efectos
propios de la inscripción del contrato de
fideicomiso (a excepción de los efectos sobre la propiedad fiduciaria regulada en sus
artículos 1682 a 1684).
Que, al respecto, el artículo 41 del Anexo A
de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015
establece que la inscripción ante el Registro Público a cargo de este Organismo
produce respecto del propio acto inscripto
efectos internos declarativos o constitutivos según las normas sustantivas aplicables al mismo y efectos externos de oponibilidad a terceros.
Que en tal sentido y como se expresó, las
nomas sustantivas, es decir, el CCyCN, no
establece los efectos de la inscripción del
contrato de fideicomiso ante el Registro
Público, de manera que debe interpretarse
que se trata de una inscripción con efectos
declarativos e informativos de un acto jurídico cuyos efectos propios le son asignados por el CCyCN independientemente de
su inscripción.
Que en este marco, considerando los fines
declarativos e informativos que produce la
inscripción de este tipo de contratos, su
inscripción ante este Organismo debe limitarse únicamente a aquellos fideicomisos
cuyo objeto incluya acciones y/o cuotas
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
sociales de sociedades que se encuentren
inscriptas en la Inspección General de Justicia y cuyo acceso a la información resulta
amplio e irrestricto.
Que el artículo 213 de la Ley N° 19.550
establece que las sociedades anónimas
llevarán un libro de registro de acciones
con las formalidades de los libros de comercio, de libre consulta por los accionistas, en el que se asentará determinada
información sobre las acciones de la sociedad requiriendo, entre tal información,
las sucesivas transferencias y cualquier
otra mención que derive de la situación
jurídica de las acciones y de sus modificaciones.
Que el artículo 215 de la Ley N° 19.550 por
su parte establece que la transmisión de
las acciones nominativas o escriturales y
de los derechos reales que las graven debe
notificarse por escrito a la sociedad emisora o entidad que lleve el registro e inscribirse en el libro o cuenta pertinente, surtiendo
efectos contra la sociedad y los terceros
desde su inscripción.
Que en sentido similar se expresa la Ley
N° 24.587 de nominatividad de títulos valores en su artículo 2 y su Decreto Reglamentario N° 259/96, en sus artículos 6 a 9.
Que, por otra parte, el artículo 152 de la Ley
N° 19.550 establece que la transmisión de
las cuotas sociales es oponible a terceros
desde su inscripción en el Registro Público
de Comercio.
Que considerando tales requisitos, y a
los fines de contar con la información
adecuada para su libre consulta, resulta
necesario adaptar las Normas a los efectos de concentrar la intervención de este
Organismo en la información acerca de
los accionistas de sociedades accionarias y/o de los socios de sociedades no
accionarias con miras a otorgar mayor
seguridad en el tráfico mercantil y protección de los terceros en general en su
carácter de Registro Público y ente de
contralor.
Que con ello, además se generará una
mayor eficiencia en la registración de
este tipo de contratos, una simplificación
de los trámites y registros informativos y
un acceso amplio a la información de los
mismos y de las entidades sometidas al
control de este Organismo. También se
permitirá contar con datos sobre los beneficiarios finales del fideicomiso en cumplimiento de las normas nacionales e internacionales respecto de la lucha contra
el lavado de activos y la financiación del
terrorismo.
Que en este orden, corresponde efectuar
modificaciones a determinados artículos
del Título V del Libro III referido a los contratos de fideicomiso a los efectos de su
correcta aplicación.
Por todo ello, lo dispuesto en las normas
precedentemente citadas y en los artículos
3, 4, 11 y 21 de la Ley N° 22.315,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyense los artículos
36.4.e., 284, 285 y 288 del Anexo “A” de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015, modificados
por la Resolución General IGJ N° 9/2015, quedando en consecuencia redactados de la siguiente manera:
36.4.e.: Los contratos de fideicomiso y sus
modificaciones (incluyendo cualquier cambio
de las partes intervinientes) cuyos objetos
incluyan acciones y/o cuotas sociales de sociedades inscriptas en este Organismo, con
excepción de los que se encuentren bajo el
control de la Comisión Nacional de Valores.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Competencia registral.
Artículo 284: Se registrarán en el Registro Público a cargo de la Inspección General de Justicia únicamente los contratos de fideicomiso y
sus modificaciones, cuyos objetos incluyan acciones y/o cuotas sociales de sociedades inscriptas en este Organismo. La inscripción del
contrato de fideicomiso y sus modificaciones
estará a cargo del fiduciario. De no solicitarla dentro del plazo de veinte días corridos de
celebrado el contrato de fideicomiso y/o sus
modificaciones, la inscripción podrá solicitarla
indistintamente el fiduciante, el beneficiario o el
fideicomisario.
Se exceptúa de la competencia de este Organismo la inscripción de los fideicomisos financieros que hacen oferta pública a tenor de
lo dispuesto por los artículos 1690 y 1691 del
Código Civil y Comercial de la Nación.
Registración. Requisitos.
Artículo 285: A los fines de la registración de
los contratos de fideicomiso y de sus modificaciones referidos en el artículo anterior, deberá
presentarse ante este Organismo:
1. Primer testimonio de la escritura pública o
instrumento privado original mediante el cual
se formaliza el contrato y/o sus modificaciones,
conforme las previsiones del artículo 1669 del
Código Civil y Comercial de la Nación.
2. Dictamen precalificatorio emitido por escribano público o abogado, según la forma instrumental del contrato, que incluya:
a. Datos del fiduciante, del fiduciario, del beneficiario y del fideicomisario, incluyéndose,
según el caso, nombre y apellido, domicilio real
o legal, documento de identidad o número de
pasaporte si se trata de persona humana de
nacionalidad extranjera; denominación social,
datos de inscripción registral y sede social.
Deberá dictaminarse su clave única de identificación tributaria (“C.U.I.T.”) o la clave única de
identificación laboral (“C.U.I.L.”) o, en caso de
que el fiduciario sea una persona humana de
nacionalidad extranjera, deberá dictaminarse
su clave de identificación (“C.D.I.”), otorgadas
por la Administración Federal de Ingresos Públicos o por la Administración Nacional de la
Seguridad Social en el caso del C.U.I.L.
b. La identificación del beneficiario de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1667,
inciso d. y 1671 del Código Civil y Comercial de
la Nación y por el artículo 50, inciso d. de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015.
c. La existencia de restricciones, limitaciones
o condiciones al fiduciario para ejercer su facultad de disponer o gravar los bienes objeto
del fideicomiso u obligarse en su carácter de tal
frente a terceros.
d. La aceptación del beneficiario y del fideicomisario para recibir las prestaciones del fideicomiso, en caso de que surja del instrumento mediante el cual se formaliza el contrato o de instrumento complementario al mismo. Si la aceptación
se formaliza con posterioridad a la inscripción del
contrato, deberá efectuarse la inscripción del instrumento de aceptación pertinente.
e. En caso de que el fiduciario sea una persona jurídica local que posee domicilio fuera de
la jurisdicción de la Inspección General de Justicia, deberá dictaminarse si se encuentra inscripta ante el Registro Público que corresponda
según su domicilio.
f. En caso de que el fiduciario sea una persona jurídica constituida en el extranjero, deberá dictaminarse si se encuentra inscripta en
los términos de los artículos 118 ó 123 de la
Ley N° 19.550, individualizando los datos de
registro.
g. Nómina de los miembros del órgano de administración y de fiscalización, en su caso, de la
sociedad fiduciaria.
3. Declaraciones juradas exigidas por los artículos 511 y 518 de la Resolución General I.G.J.
N° 7/15, modificada por la Resolución General
I.G.J. N° 9/15, como también la declaración
jurada incluida como modelo en el Anexo XXVII de las Normas de la Inspección General de
Justicia.
6
Resoluciones sociales.
Artículo 288.- Para la inscripción en este
Registro Público de las resoluciones de asambleas de sociedades por acciones o de reuniones de socios de sociedades de responsabilidad limitada, inscriptas ante este Organismo,
en las cuales hayan participado ejerciendo derechos de voto titulares fiduciarios de acciones
o de cuotas sociales, respectivamente, deberá
verificarse la previa inscripción del contrato de
fideicomiso ante este Organismo y requerirse
en los dictámenes de precalificación que deban
emitirse, además de los requisitos que surgen
de las previsiones específicas contempladas en
las Normas de la Inspección General de Justicia, que el profesional se expida sobre:
a. Fecha y datos de registración del contrato
de fideicomiso en este Organismo.
b. Cantidad total de acciones y/o de cuotas
sociales fideicomitidas y sus características.
c. En el caso de las sociedades por acciones,
fecha de la inscripción de la transmisión fiduciaria en el registro de acciones, aclarándose si
dicha transmisión consta expresamente asentada en tal carácter. En el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, el dictamen
deberá expedirse sobre los datos de inscripción del trámite de cesión de cuotas que corresponda a dicha transmisión fiduciaria.
d. En su caso, cantidad de acciones adquiridas conforme al artículo 1684 del Código Civil
y Comercial de la Nación —incluidas acciones
liberadas y de suscripción o acrecimiento posteriores—, características de las mismas y fecha de su inscripción en el registro de acciones,
con la aclaración referida en el subinciso c. anterior acerca del carácter de dicha inscripción.
En su caso, cantidad de cuotas sociales adquiridas en los mismos términos, con los datos de
inscripción de su cesión conforme se requiere
en el subinciso c. anterior.
e. Si el fiduciante, fiduciario, beneficiario y, de
existir, el fideicomisario son todos o alguno de
ellos sociedad controlante, controlada o vinculada a la sociedad emisora de las acciones o de
las cuotas sociales.
f. Si el fiduciante, fiduciario, beneficiario y,
de existir, el fideicomisario, es o son todos o
alguno de ellos director, gerente, administrador, apoderado o empleado de la emisora o de
sociedad controlante, controlada o vinculada a
la sociedad emisora de las acciones o de las
cuotas sociales.
g. Si constan inscriptas o surgen del contrato restricciones, limitaciones o condiciones al
fiduciario para ejercer facultades de disponer
o gravar las acciones o las cuotas sociales, o
para el ejercicio de determinados derechos de
voto, reseñándose en caso afirmativo el contenido de las mismas.
h. En caso de que se trate de un fideicomiso
de garantía: a) Si el acreedor garantizado, o uno
de ellos en caso de pluralidad, es fiduciario; b)
Si el acreedor garantizado y/o el fiduciario son
sociedad controlante, controlada o vinculada a
la sociedad emisora.
Art. 2° — Derógase el artículo 286 del Anexo
“A” de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015,
modificado por la Resolución I.G.J. N° 9/2015.
Art. 3° — Deróganse los artículos 289 y 290
del Anexo “A” de la Resolución General I.G.J.
N° 7/2015.
Art. 4° — En el caso de los contratos de fidecomiso cuyo objeto no incluya acciones o
cuotas sociales que a la fecha de la presente
Resolución General se encuentren inscriptos
en el Registro Público a cargo de este Organismo, sus fiduciantes, fiduciarios, beneficiarios o fideicomisarios, indistintamente, quedan
habilitados para solicitar la cancelación de su
inscripción o para desistir de la solicitud de
inscripción en trámite, con el fin de inscribir los
contratos en cuestión en el Registro Público
que corresponda, de conformidad con lo establecido en el artículo 1669 del Código Civil y
Comercial de la Nación.
Art. 5° — Regístrese como Resolución General y publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido,
archívese. — Sergio Brodsky.
#F5081862F#
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
AVISOS OFICIALES
Nuevos
#I5080956I#
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
Armas de Fuego.
En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés,
puedan oponerse a dichas solicitudes:
SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
Denominación
7
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 10405681
BAROUILLE CARLOS MAURICIO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 25982804
BARRAGAN DIEGO EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13734602
BARRERA ENRIQUE HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28498067
BARRIENTO GERARDO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17578228
BARRIENTOS HECTOR ROLANDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 4999094
BARRIONUEVO PEDRO LUIS
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 11368112
BARTOK LUIS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 21490203
BARTOLUCCI ARIEL BENEDICTO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 7305340
BARTUSCH ERNESTO EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26297073
BATOCHIA FERNANDO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25662441
BAUAB CARLOS GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26847112
BAZANTE DIEGO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32889628
BAZZI EMANUEL LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26091501
BEDOYA MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20213946
BEJARANO RUBEN MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12778251
BELLANDI JORGE ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 30442568
BELLIZZI CRISTIAN DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35994167
BELLONI LUCAS MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94091460
BENAD MARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 6254592
BENITEZ ALDO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 93247656
BENITEZ NERI
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 21959067
BENITEZ NESTOR FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21421554
BENVENUTI JAVIER HUMBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24565460
BERARDOCCO MARCOS MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33023751
BERMANI SANTIAGO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12700107
BERTOTTI NESTOR DANIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22559220
BEURET FEDERICO RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26617598
BIASONI SERGIO MIGUEL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 20684543
BIRMAN GUSTAVO RUBEN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 4752416
BISCAYSACU JOSE NESTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30202501
BITANCOURT LORENA PAOLA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30849332
BLANGETTI MARCELO ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20987402
BLAQUIER IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20987402
BLAQUIER IGNACIO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 30317694
BODEGA DUCKWITZ EMANUEL JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13074917
BOGONI GUILLERMO EMILIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34996386
BOLAÑO CRISTIAN GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30766591
BONA RAUL EDUARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30766591
BONA RAUL EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 37791981
BONAFINI LUCAS FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37791981
BONAFINI LUCAS FERNANDO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 18157132
BONAHORA HECTOR FABIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34175744
BONAVIA NICOLAS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 6547990
BONETTO MIGUEL ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11293637
BONIFORTI CARLOS ALBERTO
sobre FUSIL calibre 7,5x55 MM
DNI 11293637
BONIFORTI CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37523281
BONIS FEDERICO MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31273237
BONISCONTI GERARDO AMADEO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21548927
BOOS JORGE RAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17457844
BORDAGARAY SERGIO ABEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33971839
BORDON HECTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36649510
BORGOGNONE PABLO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4431196
BORRELLI MARIO JUAN
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 29283487
BORTAGARAY HERNAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17323168
BRAGGIO CARLOS DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 37570952
BRAICOVICH JUAN JOSE
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 35160941
BRAVO JUAN FRANCISCO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34889630
BRESSAN LEONARDO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4362281
BRICCHI DANIEL ARMANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21043038
BRIGNOLE RICARDO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 37423955
BRINGA MARCOS LEONEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 5100840
BRUQUETAS MARIANA MAGDALENA
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 18554785
BUBAS SERGIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 35392004
BUELA MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 18164817
BUENDIA PABLO MARTIN
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 34593664
BURKI MAXIMILIANO HERNAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34593664
BURKI MAXIMILIANO HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13115286
BUSSANO FRANCISCO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29960713
BUSTAMANTE GUSTAVO HERNAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31426659
BUSTOS SEBASTIAN EXEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 38304159
CAAMAÑO EMANUEL DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12040737
CABANAS HECTOR HUGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32794737
CABEZA RODRIGO ALFREDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 12535265
CABEZAS CARLOS OSMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28513301
CABRAL VICENTE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28513301
CABRAL VICENTE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31520246
CABRERA ROQUE ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25142752
CACCAVALLO DIEGO LUIS
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 21395307
CACERES GUILLERMO ADRIAN
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
CACERES RICARDO ANTONIO
CACERES RICARDO LUIS
CALAMANDREI RODOLFO RICARDO
CALVO MAURICIO FEDERICO
CAMACHO D'AVANZO ADRIAN MARCELO
CAMARA DANIEL ROBERTO
CAMINOS ATILIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
sobre FUSIL calibre .308 PLG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20173644
ABBASCIA FRANCISCO JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24049366
ABREGU VASQUEZ GUSTAVO F.
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 25056994
ABRIGO SEBASTIAN ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25056994
ABRIGO SEBASTIAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27211475
ACEVEDO DANIEL MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22879665
ACUÑA JORGE CLEMENTE
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 16092589
ACUÑA SILVIA VIVIANA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10745299
ADJIGOGOVIC JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 7615563
AGUADO CARLOS ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18821869
AGUIRRE CARRASCO MOISES MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27437901
AGUIRRE GUILLERMO HERNAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26405315
AGUIRRE MARTIN GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11134848
AGUIRRE RAMON ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 5367492
AIROLDI CARLOS ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 28550462
ALARCON CESAR LEONARDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18840615
ALARCON MUÑOZ VICTOR DAMIAN
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 17466555
ALASSIA HUGO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 6899161
ALBA BARTOLOME JOSE
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 24245800
ALCALDE EDUARDO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
LE 8476655
ALCANTARA JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28997866
ALCAZAR REYNALDO RODOLFO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22769072
ALEMAN PABLO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20032560
ALFONZO JUSTO ALCIDES
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 22430828
ALGUEA MIRANDA JORGE MARIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35386411
ALLEN WALTER DANIEL
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 10989453
ALLIONE OSCAR LEONARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13454228
ALONSO JORGE DANIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 6059949
ALTUBE RICARDO JUAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30135003
ALVAREZ FERNANDO DARIO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 21776691
ALVAREZ HECTOR ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 4559409
ALVAREZ JORGE ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 11762560
ALVAREZ LUIS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 26540259
ALVAREZ MARCELO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32580517
ALZUGARAY MAURO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24561557
AMBROSSIO MARTIN ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 23164510
ANDINO JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 5087622
ANDRINI JORGE ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23762784
ANDRUSZCZUK JAIME JOHNNY
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25097073
ANGELINI ALEJANDRO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24720351
ANSALDI ALEJANDRO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26673037
ANSALDI JUAN CRUZ
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14090800
ARANDA ALBERTO SEFERINO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22762741
ARBARELLO GABRIEL ALEJANDRO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 24976621
ARGAÑARAZ JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24976621
ARGAÑARAZ JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 38449039
ARGAÑARAZ MAURO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12703414
ARGENTO SERGIO HUGO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 11959968
ARGUELLES JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32539702
ARGUILEZ MACIEL EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10780182
ARIAS LUIS SIXTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30387273
ARISMENDI CARLOS EDUARDO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 27039459
ARNOLDT ESTEBAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11267049
ASIS ROBERTO ROQUE
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 12642347
ASTUDILLO DANIEL VICENTE
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 35322849
ASTUDILLO MAURO NAHUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37376697
AUZOBERRY KEVIN ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21642752
AVILA RUBEN DARIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 37195568
AYUSO IGNACIO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21471556
BACARIS JOSE LUIS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 92490897
BAEZ CASTOR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26071965
BAINOTTI MARCOS GABRIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26126091
BALDARENAS IGNACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16964749
BALDERRAMA RAMON ELEODORO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 36643731
BALIAN FEDERICO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12491949
BALLESTER MARCELO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28924473
BALZI FERNANDO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18010454
BAÑOS PABLO EZEQUIEL
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 7952483
DNI 18468711
DNI 28223160
DNI 24088036
DNI 25585016
DNI 11276117
DNI 17384043
DNI 4578704
BARDON JOSE OMAR
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 5504973
CAMPO CONSTANTINO OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16708763
BARGAS MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22095651
BARGELLINI GUSTAVO
sobre CARABINA calibre 10,4x38R MM
DNI 22095651
BARGELLINI GUSTAVO
sobre FUSIL calibre .44-40 PLG
DNI 35404918
BARMAN GERARDO MARIANO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 33427459
DNI 32228931
DNI 22185654
DNI 26122157
CAMPORA FEDERICO SEBASTIAN
CANCINO GUILLERMO GABRIEL
CANO JUAN GABRIEL
CANOVAS ARIEL SEGUNDO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
sobre PISTOLA calibre 9 MM
sobre PISTOLA calibre 9 MM
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Documento
Denominación
8
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 20274062
CAPELETTO ALBERTO ESTEBAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35528663
DI DIO PABLO LUIS
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 28725137
CAPENTI CLAUDIO GASTON
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 17751334
DI GIOVANNI ILVO FABIO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 31994672
CAPRIO ALFREDO NICOLAS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17751334
DI GIOVANNI ILVO FABIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26261139
CARDENAS JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22943940
DI POMPO WALTER JAVIER
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 22069282
CARDENAS MANUEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 12944843
DIANDA ARIJON RODOLFO
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 18828625
CARDENAS SILVA JUAN MARCELO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 34441502
DIAZ HERNAYES ANDRES GASTON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28607194
CARLETTA FRANCO JOSE E.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22665250
DIAZ JULIO RICARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32669587
CARNEVALE HERNAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14487742
DIAZ ROBERTO FERMIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29722324
CARPANETTO FRANCISCO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 26035624
DIAZ RUBEN ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16534455
CARRILLO DANIEL
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 29229205
DIAZ SERGIO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 22736940
CASADO ALDO ELBIO ADRIAN
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 30746972
DIEZ OJEDA XIMENA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 93308345
CASE ALFREDO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 12870214
DISTAULO HUGO FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29790217
CASTAGNO EZEQUIEL AUGUSTO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 28566228
DOGLIANI DIEGO BALTASAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29790217
CASTAGNO EZEQUIEL AUGUSTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26270404
DOMENIGHETTI DAVID JORGE LUJAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34692976
CASTANO BRUNO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23544673
DOMINGUEZ CLAUDIO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 22311381
CASTELLI ALEJANDRO OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35057605
DOMINGUEZ KERKAERT S. R. H.
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24032817
CASTELLI CARLOS ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21400458
DOMINGUEZ MARCELO ANTONIO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 23434848
CASTILLA ALFONSO GABRIEL C.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18606162
DONALISIO ALBERTO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27828226
CASTRILLON JUSTO OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29344770
DOTTI DANIEL HUMBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 25557163
CASTRO ALEJANDRO EUGENIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 14007051
DREUS NORBERTO ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25555686
CASTRO RAMIRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12617593
DUARTE JUAN HECTOR
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 22809180
CATONI JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18258555
DUJE MARCELO RUBEN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26003571
CAVAGLIA DANILO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 24095666
DULSAN CRISTIAN NORBERTO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 30830014
CAVALLOTTI IGNACIO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4305757
ELETA FRANCISCO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30830014
CAVALLOTTI IGNACIO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 24 UAB
DNI 18185238
ELIAS JUAN JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29102417
CHACON NUÑEZ FERNANDO HERNAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11130479
ESCALANTE MANUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24695125
CHAMORRO DIEGO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17795375
ESCUDERO MARIA ELVIRA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25526509
CHAVARRIA HECTOR JAVIER
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 29666573
ESPINOSA RUBEN ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31923459
CHEMES AREVALO DIEGO ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 22825285
ESTEVEZ OTERO MARIANO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27075700
CHIALVA FLAVIO ROBERTO
sobre FUSIL calibre .243 PLG
DNI 4941411
FADON MARIA INES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 13147797
CIACE CARLOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23492760
FAFIAN FERNANDO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17671185
CIARROCCHI SERGIO FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23492760
FAFIAN FERNANDO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11213315
CIPRIANO HECTOR HORACIO
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 28032295
FANTONI DIEGO MAXIMILIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 5831078
CISNERO CLARO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28032295
FANTONI DIEGO MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 26651343
CLEMENTE PABLO LEONARDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 27619750
FARAMIÑAN OSCAR JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23001725
COFRE GUSTAVO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 36619995
FARIAS MAXIMILIANO VICTOR FELIPE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26524162
COLAZO MARCOS RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36619995
FARIAS MAXIMILIANO VICTOR FELIPE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17384129
COLOSI FRANCISCO FABIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 13405957
FASULO HECTOR MARCELO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 20691233
COMINELLI JUAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 8317841
FAUSTO NORBERTO JOSE
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4887739
COMITO JORGE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27864266
FAVERO HERNAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17323692
CONTRERAS ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27864266
FAVERO HERNAN PABLO
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 31162310
CORALES JORGE MARTIN
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 37275185
FERNANDEZ ECHENIQUE JOAQUIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10508989
CORDO HECTOR DARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21909553
FERNANDEZ ESTEBAN PABLO DE LA CRUZ
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27773208
CORDOBA ALEJANDRA NANCY
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32143825
FERNANDEZ EZEQUIEL GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17889242
CORDOBA GABRIEL ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 94739678
FERNANDEZ GONZALEZ ARNALDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22620295
COREA LORENZO ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20674455
FERNANDEZ HECTOR GERMAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30438303
CORIA JORGE ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 35667565
FERNANDEZ LEONARDO IVAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 38649538
CORONEL CLAUDIO EMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17584216
FERNANDEZ LUIS SERGIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 10809378
CORREA CESAR AUGUSTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 11964464
FERNANDEZ MIGUEL ANGEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 26333449
CORREA MARCOS GASTON
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 26051291
FERNANDEZ NICOLAS DIONEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22348157
CORREA RAMON DEL CARMEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23898648
FERNANDEZ PABLO IGNACIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 12864091
CORTESE JORGE HECTOR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24724698
FERNANDEZ RAMON PEDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 23228656
CORTEZ LUCIO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 20591626
FERNANDEZ RUBEN DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24319700
CORTIANA FABIAN EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18339452
FERNANDEZ SANTIAGO DARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18284305
COSSO CARLOS ENRIQUE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31030210
FERNANDEZ SIGONA JORGE LUCIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17943595
COSTA SERGIO FABIAN
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 14271843
FERRARA ENZO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 28052765
COZZANI NAHUEL MATIAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27328573
FERRARI ARNALDO LEANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25929493
CRAVERO MARIA GUADALUPE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30875674
FERRARI MAURICIO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 4959047
CRESPI LUIS ORFELIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27756039
FERREYRA JORGE ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 7886216
CRESPO GUILLERMO HECTOR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30599780
FIGUEIRA EMANUEL FABIAN ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31492962
CRIMELLA SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34523422
FIGUEROA BETANCOURT EDGARDO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34146226
CUBAS EZEQUIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30489488
FIGUEROA DAMIAN DARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4974980
CUCHI ROBERTO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 28345590
FIGUEROA PABLO MARCELO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17563426
CUDINI HUGO OMAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28345590
FIGUEROA PABLO MARCELO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 13981385
CUELLAR WILLIAMS FABIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13600736
FIORENZA ALBERTO HORACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27180010
CUTRO ENZO EMILIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21703570
FLORES GERARDO OSCAR
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 31395411
D'ANGELO FELLAY ENZO RAFAEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17456445
FLOSI LUIS OMAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34152468
DAFONTE PABLO NICOLAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25176516
FOCA LEANDRO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 8513917
DAY MARIO ALFREDO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 29761600
FOGLIA RODRIGO LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14459831
DE BARDECI JOSE ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 29983065
FONTANA WALTER HUGO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 28129948
DE CAROLIS FABRICIO VICTOR
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 93524837
FORNASIER ROBERTO JUAN
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 17368379
DE FEO DANIEL RICARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30639575
FOX MARTIN GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30229390
DE JUANINI MAURO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21612295
FRAGOLA EDGAR JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 27318489
DE LA IGLESIA MARTIN FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17746252
FRUTOS MARCELO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17957897
DE LA VEGA ALCALDE EDUARDO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21380373
FUENTES JAIME
sobre CARABINA calibre .243 PLG
DNI 4703985
DE LUSARRETA ROBERTO
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 18469166
FUENZALIDA SERGIO MARCELO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18601638
DE SALVO SANDRA SUSANA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18314121
FULLONE PEDRO JOSE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 30219272
DE SAN MARTIN ALEJANDRA ELISABET
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12478402
FURCH HUGO OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29435340
DE SANTIS LUCIANO ALBERTO
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 14896322
FUSERO DANTE DOMINGO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34712933
DE URQUIZA IGNACIO JULIAN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18356152
GACITUA JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12033409
DEBIASE EDUARDO OSCAR
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 36360907
GAIARDO AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 29138249
DECIMA NIEVE NELSON SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27484224
GAITAN MARIA SOLEDAD
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29138249
DECIMA NIEVE NELSON SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22421299
GALARZA JORGE D.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17688488
DEL PUP JORGE OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29900250
GALEANO ANGEL RODOLFO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 20036259
DELLA VEDOVA CARLOS FEDERICO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 21462085
GALIANO JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17696208
DELLI CARPINI MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27958969
GALLARA JAVIER JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11675768
DEMARK CLAUDIO ORLANDO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 30944266
GALLARDO MAURO EMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23089486
DEMO LUIS ADOLFO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 12519943
GALLO SERGIO ORLANDO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 14037909
DENOGENS CARLOS ROBERTO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 21401196
GALLO SILVIO MARCELO
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 34446849
DEVALIS AIELLO FRANCO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 18406842
GARCES LUZURIAGA MARIANO JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
9
Documento
Denominación
DNI 18464336
GARCIA FEDERICO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 36502518
HOCHNER PATRICIO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 33414573
GARCIA GOMEZ MAURICIO RAFAEL
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 22038625
HOGAN PATRICIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25827666
GARCIA GUIÑAZU GUILLERMO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23758746
HOLZMAN JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17761812
GARCIA GUSTAVO DANIEL
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 23949680
HORVAT WALTER WALDEMAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17555131
GARCIA JORGE RAMON
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 31460126
HOURNAU DIEGO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12087595
GARCIA MIGUEL OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16816148
HUAYQUILLAN ARMANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10865956
GARNIGA TULIO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 21346645
IBAÑEZ GUSTAVO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 16190945
GARRIDO DAMIAN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23784511
IBARRA DIEGO IGNACIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 21628973
GARRO LUCAS MARCELO
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 26851078
IGLESIAS MARCELO FERNANDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24293215
GASHU JUAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29009342
IGLESIAS VICTORIA OLGA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23440537
GAZQUEZ FERNANDO MARTIN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24782396
IGNES JAVIER ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13908382
GEIJO OSCAR PATRICIO M.
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 14614095
INSUA RAUL OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24167121
GENZONE DIEGO LEONEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28288753
IPARRAGUIRRE ARIEL RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29415334
GEREZ JORGE GUILLERMO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25594023
IRIBARNE BRUNO LUCAS
sobre ARMA LARGA COMB. calibre 12 UAB
DNI 24499871
GIACOBBE VICTOR LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14727423
ISNARDI NALDO HECTOR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24499871
GIACOBBE VICTOR LUIS
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 20596176
ISUARDI GUSTAVO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16414152
GIANI CLAUDIO ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 31857334
JORGE LUIS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22332962
GIL CARLOS MARIANO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 17902853
JORGE MARCELO FABIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 29137120
GIL DAVID ARNALDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 38814236
JUAREZ ALAN GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24682329
GIL DIEGO AGUSTIN
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 25186637
JULIAN LUIS ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11648519
GIL RICARDO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27816527
KORNUTA HERNAN ABEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 20145902
GILETTA DARIO JESUS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21023549
KOSTRUN ERVIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33031264
GIMENEZ HECTOR RUBEN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31999311
KRIVAK SABRINA JAEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21824298
GIMENEZ JOSE CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26201014
KUPHAL PEDRO ALEJANDRO J.
sobre FUSIL calibre .223 PLG
DNI 11916711
GIMENEZ JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 21555766
KUVERLING GUSTAVO FABIO ANIBAL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11238163
GIMENEZ MANUEL FERNANDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24143437
KUZAWKA ALEJANDRO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17638705
GIODA NESTOR ADRIAN
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 11672486
LALLA ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 29300300
GIORDANO BRUNO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16008029
LAMAZON OSCAR OMAR OVIDIO
sobre ESCOPETA calibre 24 UAB
DNI 35055981
GIORDANO JOSE IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 4523071
LAMBERT EDUARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 35055981
GIORDANO JOSE IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 36079803
LAMONICO LEONARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17437053
GIOVANINI FABIO NORBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18295040
LANDEYRO WALTER NESTOR ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17761687
GODON PABLO DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28059232
LANZA FEDERICO JAVIER
sobre FUSIL calibre .30-06 PLG
DNI 17761687
GODON PABLO DAVID
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 13199431
LANZILLOTTO JUAN MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28654640
GOFFI LUCAS DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 21509025
LARSEN SANTIAGO FABIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16585432
GOICOECHEA MARIO RAUL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29443028
LASSO LUIS ALBERTO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 18380029
GOLINI PABLO EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12045648
LAVALLE FLORO RODOLFO
sobre FUSIL calibre .416 PLG
DNI 29306684
GOMEZ ALDO DAVID
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7613231
LAVARELLO ENRIQUE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10260176
GOMEZ ALFREDO ALBERTO
sobre PISTOLON calibre 36 UAB
DNI 12586310
LAZARTE JOSE RAMON
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34427454
GOMEZ BUSTAMANTE VICTOR SAUL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13568332
LEBED NORBERTO OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31112066
GOMEZ CLAUDIO LEANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31373703
LECRUIT CRISTIAN IVAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25561199
GOMEZ GERARDO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30891935
LEDESMA ARIEL EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20324734
GOMEZ JORGE RAUL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 28947114
LEDESMA LEONARDO DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26939778
GOMEZ LEONARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 33848022
LEGUIZAMON VICTORIA NOELIA
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16771726
GOMEZ PEDRO RIGOBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 28393638
LEISER LEONARDO GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24002584
GOMEZ RODE MARIO OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 36375239
LEIVA TAYLOR FRANCO D.
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14465389
GOMEZ SERGIO GUILLERMO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 28440580
LELLES GABRIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28480713
GONZALEZ BRUNO MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30913845
LEMOS VICTORIA
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 28950915
GONZALEZ DIEGO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29543967
LEPERA SEBASTIAN ARIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17961685
GONZALEZ GERARDO GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 16195698
LEWCZUK CARLOS PEDRO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 11789651
GONZALEZ GUSTAVO PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 6908441
LIMA CARLOS MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 30351523
GONZALEZ LEANDRO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22250172
LLEDO PABLO DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33188235
GONZALEZ LUCAS DANIEL
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 28208546
LLOVERAS ALIAGA SANTIAGO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 23689450
GONZALEZ MARIANO MARTIN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 16072204
LO RE SERGIO HORACIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23211398
GONZALEZ MARIO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29532596
LOBO ALFREDO ESTANISLAO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 21856240
GONZALEZ NESTOR FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25749111
LOBO RICARDO JOSE TOMAS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18449945
GONZALEZ PASSINI CEFERINO G.
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 25749111
LOBO RICARDO JOSE TOMAS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16801271
GONZALEZ RICARDO ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 10479746
LOIS GUILLERMO IGNACIO
sobre ESCOPETA calibre 32 UAB
DNI 11537245
GONZALEZ RUBEN ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 12066146
LOPEZ ALANIZ GUSTAVO ROLANDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27394303
GONZALEZ SABER ABDO RAFAEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 94458934
LOPEZ BENITEZ SERGIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14905797
GORCHS GUSTAVO ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 8000373
LOPEZ CARLOS MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 20993685
GORGA FAVIO ANGEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 18196347
LOPEZ JORGE OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23851740
GRAFF CARLOS ABEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22805348
LOPEZ MANUEL ALEJANDRO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 29626079
GRASSI JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14477671
LOPEZ MARCELO HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26995240
GRAVAGNA HECTOR ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 12682503
LOPEZ ROBERTO ANIBAL
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 25594482
GRAZIOLI SEBASTIAN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25580431
LOPEZ SERGIO ARIEL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 25478991
GRIECCO GASTON SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29182950
LOPEZ VALENTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 27525298
GRILL GUILLERMO ENRIQUE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29805349
LORENZATO DIEGO NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 10054486
GRIMALDI JORGE ALDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 32696504
LUCAS CRISTIAN MAXIMILIANO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20273356
GUARNERA FABIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34247164
LUCCO FERNANDO GABRIEL
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 8341803
GUBITTA CONRADO JUAN
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 25797074
LUCERI GASTON JAVIER
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17768732
GUERRERO ELOY
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 21425015
LUGGREN NORBERTO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24061202
GUGLIELMERO GASTON ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22746047
LUIC GABRIEL HORACIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 4741436
GUGLIELMERO MIGUEL ANGEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22273124
LUJAN SIXTO PABLO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 30134925
GUIDI RUBEN DARIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23399231
LURASCHI SILVIO ALCIDES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 10740434
GUILINO OSVALDO JOSE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27421380
MACEDO CARLOS GASTON
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 16859473
GUILLERMO CARLOS EUGENIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22357991
MACHADO CARLOS HUGO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 8252504
GUOLO JORGE OMAR
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 30579829
MACIAS ADRIAN HORACIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17992698
GUSMEROTTI GABRIEL ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12760221
MAIDANA BERNARDINO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13295903
GUTIERREZ FERNANDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13607097
MAIDANA CARLOS MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20761601
GUTIERREZ ROBERTO FAVIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27629753
MAIDANA JOSE LUIS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 28859786
GUZMAN CRISTIAN DAVID
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 28601180
MAIDANA JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29269053
GUZMAN FEDERICO MAXIMILIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33084991
MAIDANA RODRIGO EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 34951187
GUZMAN MARIANO ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25202445
MALDONADO NESTOR ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .17 PLG
DNI 18181775
HAIDAR VICTOR ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 31219732
MALLIA MARTIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17425574
HERRERA CONSTANTINO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 18565288
MALNIS GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20690081
HERRERA FABIO ARIEL
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 28084087
MANERA LEANDRO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35195886
HERRERA FRONTINI RUBEN ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 4502242
MANEYRO HECTOR JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25287591
HERTT RUBEN MARIANO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17358826
MANGO JAVIER GUSTAVO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 6280437
HIDALGO INES BEATRIZ
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 34435488
MANNARA FRANCISCO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17031659
HIRSCH SAMUEL JULIO
sobre CARABINA calibre .44-40 PLG
DNI 24413120
MANZINI JORGE HUMBERTO
sobre FUSIL calibre 7.92X57 MM
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Documento
Denominación
10
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 34211390
MARANGI EMMANUEL SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 19015208
ORAMA RODRIGUEZ DARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37034120
MARCERO MATIAS NICOLAS
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 32361051
ORIETA HECTOR EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 33290668
MARCONI MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25943265
ORLANDO LEANDRO ANDRES
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 4841549
MARCOS JULIO CESAR
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 29909544
OROSCO MATIAS ADRIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24348861
MARENGO NICOLAS PABLO
sobre FUSIL calibre .300 PLG
DNI 92763913
ORTEGA MORA JOSIAS EXEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30608523
MARIGUAL FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32362386
ORTIZ NORBERTO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33225128
MARIN CESAR RAMON
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 93096802
ORTIZ RAMIREZ OSVALDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25106429
MARINOVICH SEBASTIAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7998145
OSCHEROV SAMUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25920720
MARQUEZ CHRISTIAN JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22539427
OSES RAFAEL SEGUNDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 32949502
MARSELLI MARIA FLORENCIA
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22811458
OSUNA RUBEN EDUARDO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 18382437
MARTELLI LUIS EMILIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21025823
OTTAVIANI JOSE RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34353935
MARTIN ANDRES SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33876101
OZUNA HECTOR SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20635415
MARTIN HORACIO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26324554
PADULA PABLO ANDRES
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 29986137
MARTINEZ GUSTAVO JAVIER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24962874
PAGANI MARIANO OSCAR
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 33685497
MARTINEZ JAVIER OSMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14525538
PAIS RUBEN NORBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 16475654
MARTINEZ JUAN CARLOS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10980535
PALANDRI ALBERTO LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10178460
MARTINEZ JUAN MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21763968
PANIAGUA ADRIAN LEONARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29859598
MARTINEZ LEOPOLDO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28732887
PANNO EDUARDO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22749426
MARTINEZ PABLO ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 34998930
PANZINI JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 27131011
MARUCCO JULIO ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14519623
PARGADE VICTOR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22775274
MASSACCESI PAULO RODRIGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 93702992
PARISI JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10108003
MATHIS ANIBAL JUAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17826418
PARMA RODOLFO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24994335
MATIAS WALTER OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25718082
PARODI EDGARDO ARIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 31809016
MATTEO JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 33680887
PARRILLO ARIEL SIXTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26282158
MATTERI ANDRES ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 13441391
PASCUAL CARLOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33588534
MATTO VICTOR RAMON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25526785
PASCUAL CARLOS ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 24424972
MECCIA MARCELO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24837133
PASCUALON GERMAN RICARDO
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 27501359
MEDINA GASTON SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22752992
PASSARELLI FERNANDO OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33732058
MEDINA GONZALO DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29113564
PAYA MARIANO SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 20686105
MEDINA JORGE GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 28546063
PAZ DIEGO ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23579955
MEDINA RAMIRO MAXIMILIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10178610
PAZ EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11939348
MELIET ENRIQUE OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18376170
PAZ LUIS MARIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26149446
MENDOZA FERNANDO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14567091
PAZOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 10203053
MESTRE JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
LE 7704685
PEDEMONTE MENDEZ JORGE HUGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 20210914
METZLER FABIAN ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 14595585
PERALTA JUAN DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 36569022
MEZA CRISTIAN EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10506986
PERANI MIGUEL ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 23913415
MIJICA MARIO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 8088501
PEREYRA BENJAMIN ARTURO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 8705351
MINONDI ROBERTO RUBEN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17512636
PEREYRA JUAN CARLOS
sobre PISTOLON calibre 32 UAB
DNI 24821674
MIRANDA JAVIER ANDRES
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 36064620
PEREYRA MATIAS EZEQUIEL BENJAMIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 13765302
MOLEA SEVERINO ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 18248523
PEREZ ANDRES EMILIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16772536
MOLINA MARCELO WALTER
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18248523
PEREZ ANDRES EMILIO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 29556193
MOLO FERNANDO IGNACIO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 33366758
PEREZ FRANCISCO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34532494
MONTAÑA DEBORA DENISA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 7901879
PEREZ RAMON HECTOR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17427791
MONTERO CARLOS RAUL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24055381
PEREZ RICARDO DANIEL
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 28747944
MONTORO EDUARDO MAXIMILIANO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29265565
PERNA EMMANUEL NAZARENO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30779385
MORALES DE DOMINGO CRISTIAN FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29265565
PERNA EMMANUEL NAZARENO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13569314
MORALES HECTOR GREGORIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22692505
PERNO PAULO GUSTAVO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25345984
MORE SILVIO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25464993
PERTILE ENRIQUE JUAN
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 14437190
MOREIRO JORGE ERNESTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 23607732
PERTUSATI GUSTAVO OSVALDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 18162701
MOREL RUBEN DARIO
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 13174271
PESENTI ANDRES ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33675539
MORENO ROBERTO CARLOS
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16342845
PETROLE RODOLFO DANTE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30880370
MORESI ALEJANDRO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22635607
PIANO EDUARDO DARIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 21836396
MOSES EDGARDO MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28705626
PICCOLI MARIO LUCIANO
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 26028110
MOYANO ADRIAN RAMIRO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 26360483
PIETRANERA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 21628181
MOYANO MARIO ARIEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12355170
PIETRINI ROBERTO RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24674231
MUGICA LUCAS MARTIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34272313
PIFARRE GERARDO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 37617349
MUGNAINI CESAR ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11567154
PLA JOAQUIN SALVADOR
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 24564444
MUJICA JUAN LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10439116
PLONSKI NESTOR MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28646117
MUÑOZ DIAZ PABLO ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 28630081
POLESCHUK OMAR ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26073106
MURE IVAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 12948027
POLETINO FRANCISCO LUIS
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 93567350
MURGO FERMIN JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23116565
PONCE DE LEON JERONIMO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 17163318
MURRAY MARISA VIVIANA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30024007
PONTIN SEBASTIAN JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25194958
ÑANCUAN HUGO ORLANDO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29735815
PORCEL JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 18772872
NAVARRETE BAZAES GUILLERMO O.
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13622573
PORRAS PIZARRO MANUEL DOLORES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33340947
NESPECA WALTER ARIEL ENRIQUE
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25359410
POSTERARO CLAUDIO ANTONIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26583557
NICKMANN JOSE ESTANISLAO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 11997150
POZZI ANTONIO BAUTISTA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22053899
NIETO GABRIEL GERMAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23528011
PRADA CRISTIAN FABIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 13929528
NIETO NILDO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23528011
PRADA CRISTIAN FABIAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27057740
NIEVAS GASTON
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 24718188
PRIETO CHRISTIAN JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14117141
NIEVES ROBERTO JOSE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 27169921
PRIMO PABLO EZEQUIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 32097562
NIGRA GUSTAVO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32535148
PRITULUK JUAN CARLOS
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 25302765
NORIEGA CARLOS RAFAEL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 8074752
PUGLIE EMILIO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 11987114
NOTO RODOLFO FERNANDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 8483326
QUESADA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30290848
NOVELLI IVAN GONZALO
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 13387042
QUIROGA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31264350
NOVELLO PABLO ANDRES
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33559362
QUIROGA JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23851332
NUÑEZ BERNARDO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 16984751
QUIROGA MIGUEL ANDRES
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22665244
NUÑEZ EMILIO HECTOR ESTEBAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 18825537
QUIROZ DORADO YOACIL OSWALDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 6138815
NUÑEZ MARTA BEATRIZ
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13684196
RACCA GUSTAVO RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 24413233
NUÑEZ RIVOLTA RODRIGO A.
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 25709021
RAFAEL JORGE LUIS
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 23472739
OBARRIO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 31827944
RAMBORGER DAVID ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 28757478
OCAMPO DIEGO RAUL
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20743705
RAMIREZ CARLOS ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20012891
OCHOA MARIA CECILIA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 16333595
RAMIREZ ELIAS DANTE
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 27768608
OJEDA ROBERTO EPIFANIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31373567
RAMOS MATIAS MIGUEL
sobre CARABINA calibre .357 PLG
DNI 11823577
OLAZAR RUBEN MARIA
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31373567
RAMOS MATIAS MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31908072
OLGIATI RUBEN DARIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 35549576
RAMOS MIGUEL ALEJANDRO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28773450
OLIVARES DAMIAN ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 33313360
RAU SEBASTIAN GASTON
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 22094747
OLMOS SERGIO ANTONIO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 14843097
RE JUAN CARLOS
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 23681943
OLMOS SERGIO OSCAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 31992886
REALE JUAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 28854834
OÑA JAVIER EXZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14735408
RESCH CARLOS OMAR
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 12714672
ONETO CARLOS EDGARDO
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 33063560
RETAMOZO JUAN LUIS
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Documento
Denominación
11
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 27513227
RINALDI LEANDRO ARIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 33737961
SEOANE SEBASTIAN ANDRES
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 36065249
RIVERA HEYN NICOLAS MIGUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 14945307
SERGIO ROSARIO CLAUDIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12855165
RIVERO JORGE RAUL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 92918945
SERLETO JOSE
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 14894012
RIVERO RUBEN OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 10832366
SERRA EDGARDO ANTONIO BERNARDO
sobre FUSIL calibre .311-06 PLG
DNI 26792661
ROBLES NORA CRISTINA
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 34917085
SERRANO CLAVIJO GABRIEL ANDRES
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 11876692
ROCHI RUBEN GUSTAVO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26766281
SERVETTO ARIEL ALEJANDRO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 18243448
RODRIGUEZ ADRIAN OSVALDO
sobre PISTOLON calibre 36 UAB
DNI 10986688
SICURELLO JUAN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 22805254
RODRIGUEZ DAVID JORGE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14284594
SIERRA JULIO JORGE
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 27371536
RODRIGUEZ DIEGO ENRIQUE
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24142051
SILVA DANIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 11686945
RODRIGUEZ ELIAS OSCAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 24142051
SILVA DANIEL ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 22549211
RODRIGUEZ FERNANDO MAXIMILIANO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 16602381
SMALKO CINTIA MIRIAM
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25797164
RODRIGUEZ HERNAN MATIAS
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 23644555
SOBRINO WALTER ROBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25797164
RODRIGUEZ HERNAN MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35209561
SOLMI MIQUEAS JOEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25797164
RODRIGUEZ HERNAN MATIAS
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 32983052
SORENSEN PABLO ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 30988383
RODRIGUEZ JUAN ALBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 8358427
SORIA JOSE EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 25923258
RODRIGUEZ JUAN ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25391199
SOSA ARIEL MARTIN
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24088017
RODRIGUEZ MAURICIO GASTON
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13569352
SOSA CARLOS EUGENIO
sobre PISTOLA calibre 6,35 MM
DNI 18653687
RODRIGUEZ MAURICIO SERGIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28375535
SOSA GUSTAVO ALBERTO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 18238865
RODRIGUEZ MAXIMO IDEMUNDO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28375535
SOSA GUSTAVO ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .22 PLG
DNI 26838003
RODRIGUEZ MIGUEL ADOLFO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12582295
SOSA MARCELO SANTIAGO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 28510526
RODRIGUEZ VICTOR MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 7962532
SOSA OSCAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27111627
ROJAS CRISTIAN JAVIER
sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM
DNI 32395446
SOSA PEDRO LEONARDO
sobre REVOLVER calibre .32 PLG
DNI 33074290
ROJAS DAVID OSCAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21601496
SOTTOSANTI PEDRO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 27243333
ROJAS MARTIN GABRIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 22207980
SPADACHINI ALDO EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 34908807
ROLDAN CARLOS NORBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29624298
SPENA JUAN PABLO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30612638
ROLDAN HERNAN NORBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26896311
SPRLJAN ALVAREZ FEDERICO GASPAR
sobre FUSIL calibre .458 PLG
DNI 17076569
ROLDAN JOSE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26896311
SPRLJAN ALVAREZ FEDERICO GASPAR
sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM
DNI 29869385
ROMAN ALFREDO RICARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26896311
SPRLJAN ALVAREZ FEDERICO GASPAR
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30001074
ROMAN RICARDO HUMBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24881130
STAMON DAVID
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 27935374
ROMANELLO PABLO GABRIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20796223
STANCATO HECTOR MARIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 4559777
ROMANO ENRIQUE PASCUAL
sobre PISTOLA calibre 7,65 MM
DNI 10447475
STOCK RODOLFO ALBERTO
sobre FUSIL calibre 11x59R MM
DNI 35523356
ROMANO HARDOY FRANCO EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 17034649
SUAREZ DANIEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35174762
ROMANO JUAN EZEQUIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26669826
SUAREZ RODRIGO DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 21746139
ROMERA VACA ANGEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 30932452
SUBIA GUSTAVO DARIO
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 27490379
ROMERO LUCIANO JESUS
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 31219781
TABACHE HUGO JAVIER
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 32772613
ROSADO GASTON EDGARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 17290582
TABOADA JORGE OMAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14618676
ROSMINO FABIAN ARMANDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 25562868
TADDEO EDUARDO GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14618676
ROSMINO FABIAN ARMANDO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 27856090
TEJERINA CESAR LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13547478
ROSSETTI LUIS MARIO
sobre FUSIL calibre 11,15x60R MM
DNI 29237333
TELEÑA BENJAMIN MAXIMILIANO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13547478
ROSSETTI LUIS MARIO
sobre PISTOLA calibre 7,63 MM
DNI 29195520
TERRON JUAN MANUEL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 14455683
ROSSI CARLOS EDUARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12952396
TESTONI FAUSTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28895248
ROSSI MARIANO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29115834
THIMENTAL FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 36 UAB
DNI 34140973
ROWINSKI SERGIO NICOLAS
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 26590491
THIONE EZEQUIEL AMILCAR
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 12476533
RUBERTO FRANCISCO GREGORIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26590491
THIONE EZEQUIEL AMILCAR
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 36041626
RUEDA FRANCO MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12703506
TINTE ERNESTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 29558790
RUEDA VERNA MATIAS EMMANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30315807
TISE JUAN JOSE
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 25835191
RUIZ JORGE LEONARDO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 26488094
TOLEDO JOSE DAVID
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 12032240
RUSSO FRANCISCO JOSE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 32139627
TOMATIS DAVID MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 25523663
RUSSO MAXIMILIANO SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 30571412
TORO ELIANA
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 30078344
SABRE OCTAVIO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30373395
TORRES DANTE GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13930255
SADINO JORGE EVASIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27735425
TORRES PABLO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 18267299
SAGARDOY RICARDO OSVALDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 6026873
TOSORATTI CARLOS RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 21341458
SAIN JOSE DOMINGO
sobre FUSIL calibre .22 PLG
DNI 11018757
TRAETTA CARLOS ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 5521640
SALAZAR JOSE RUBEN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 23507585
TREYSSAC RODRIGO EZEQUIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 25532463
SALCEDO MATIAS EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 30407034
TUTTOLOMONDO GONZALO DAMIAN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 11800846
SALINAS OSVALDO ANGEL
sobre ESCOPETA calibre 28 UAB
DNI 36981549
UMERE RICARDO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 22264289
SALOMON VICTOR SERGIO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 20761490
URSO JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 14216075
SALVATI MARIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 33491815
VALDEZ BORIS ADELQUI
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27679502
SALZMAN LUCIANO MIGUEL
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 33331226
VALDEZ MARTIN EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26836708
SAMSA ANDRES DANIEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 34745444
VALDEZ MAXIMILIANO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23674398
SANCHEZ CAIRONE DIEGO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 29165664
VALENZUELA BORQUEZ DIEGO SEBASTIAN
sobre PISTOLA calibre .45 PLG
DNI 34604825
SANCHEZ DANIEL OMAR
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 28438203
VALINOTTI CRISTIAN DANILO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 30062610
SANCHEZ FACUNDO ADRIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 35530994
VALIS GUSTAVO FERNANDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17889748
SANCHEZ HECTOR JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 35530994
VALIS GUSTAVO FERNANDO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 17174108
SANCHEZ MAURO ARIEL
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 14259737
VALLEJOS LEON CESAR
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 17038675
SANDOVAL LUIS ANTONIO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 10557064
VANDEMANDIER LUIS ANTONIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 92451868
SANDRI GASPERAZZO CARLOS CESAR
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17565515
VARELA DANIEL EDUARDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29096168
SANGUINETTI WALTER DAMIAN
sobre REVOLVER calibre .38 PLG
DNI 21030267
VARELA RAUL EMILIO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 31269208
SANHUESA FACUNDO DANIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 24510268
VASCHETTI GERARDO GASTON
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 13265599
SANSEVERINO LORENZO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 10132469
VEGA MARIO LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20320906
SANTA CRUZ DANILO EDGARDO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 35718044
VEGA SEBASTIAN RAFAEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 37708693
SANTA CRUZ MAURO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24258596
VELAZQUEZ JULIO JAVIER
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 20641875
SANTA HUGO LUIS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31471627
VELAZQUEZ MATIAS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 26725254
SANTILLAN PABLO FACUNDO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 37455804
VELIZ MASMUT OSCAR ALFREDO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 17178730
SANTUCHO ERNESTO FABIAN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 25862562
VENTURINI ALEJANDRO ERIE
sobre CARABINA calibre .30-30 PLG
DNI 7664776
SARALE HECTOR
sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG
DNI 28333407
VERA BONIFACIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25523237
SARNOVO CARLOS GUILLERMO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 29895255
VERA HURTADO MARIANO JAVIER
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 24546769
SATORRA JUAN PABLO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 17017604
VERDE OSCAR JOSE
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 34943195
SAVERINO ASISA JONATAN ARIEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17947557
VERDIA PABLO DESIDERIO
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 21700179
SCARAFIA MAURO DIEGO
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 23508864
VICINI DIEGO RODOLFO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 31842222
SCARAVILLI BRUNO ALBERTO
sobre CARABINA calibre .223 PLG
DNI 24319364
VIDAL PABLO ERNESTO
sobre FUSIL calibre .308 PLG
DNI 16675717
SCHANNEN JUAN CARLOS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26500326
VIDELA EZEQUIEL MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 10259756
SCHROH OMAR MANUEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 23479394
VIEJO PABLO ESTEBAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 25739753
SCHUENEMANN MARCOS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 27173209
VILCHES CARLOS JAVIER ALEJANDRO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 29216536
SCIACCA MARCOS DANIEL
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21370219
VILLALBA JORGE MARTIN
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30537388
SEBASTIANO HERNAN ANDRES
sobre CARABINA calibre .30-06 PLG
DNI 7703112
VILLANUEVA JORGE LUIS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26415941
SEGURA DIEGO OSCAR
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 30303467
VILLARREAL LUIS ALBERTO
sobre ESCOPETA calibre 16 UAB
DNI 29063137
SEMINO AGUSTIN
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 16977488
VITETTA EDUARDO MIGUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 13360365
SEMINO JORGE ALBERTO
sobre REVOLVER calibre .357 PLG
DNI 21562099
VOLKER GUILLERMO DAVID
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 16596761
SENRA NESTOR MARCELO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 21562099
VOLKER GUILLERMO DAVID
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego
DNI 30303088
WAKULICZ CARLOS DARIO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 25072798
WEIZEL OMAR DARIO
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 26240683
WEIZEL WALTER ERNESTO
DNI 35001869
WENDRELL EMANUEL ALEJANDRO
DNI 25528478
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Documento
Denominación
12
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 25598465
BARRETTA ULISES JESUS
ámbito de UNIFORM SECURITY SRL
30714095125
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 11723017
BARRIENTOS JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 12664021
BARRIONUEVO MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
YACHIANSKY PEDRO FABIAN GUSTAVO
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 28463505
BASTIANI JUAN PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28223793
YAPUR MATIAS
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 26297073
BATOCHIA FERNANDO HERNAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35249539
YAPURA JONATAN EMANUEL
sobre PISTOLA calibre .380 PLG
DNI 24339442
BAUER SANTIAGO
DNI 16032462
YASSOGNA LUCIO MATEO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 25821204
YEBRA MAURICIO ELIAS
sobre REVOLVER calibre .44 PLG
DNI 26847112
BAZANTE DIEGO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24030447
YERNAZIAN MAXIMILIANO PEDRO
sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG
DNI 35994167
BELLONI LUCAS MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12944573
YUNES JORGE ENRIQUE ALFREDO
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 13156039
BENEDETTUCCI JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27150424
ZABALA DARIO HERNAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 34249148
BENITEZ HUGO EZEQUIEL
DNI 21495795
ZABALA JUAN MANUEL
sobre PISTOLA calibre 9 MM
ámbito de AG. INV.Y SEG.PRIV.NORDIKA SRL
30707903305
DNI 27013343
ZALAZAR DIEGO MARTIN
sobre ESCOPETA calibre 12 UAB
DNI 16825678
BERGARA MARTIN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 93484541
ZANELLO BERNARDINO FLAVIO
sobre ESCOPETA calibre 20 UAB
DNI 6610308
BERTHET MARIO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37224688
ZANETTI ALVARO ANDRES
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
DNI 30202501
BITANCOURT LORENA PAOLA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23376908
ZARATE JULIO DANIEL
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 31931421
BLANCO NAHUEL ALEJANDRO
DNI 17617814
ZARZA LEANDRO ROBERTO
sobre PISTOLA calibre .22 PLG
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 17915020
ZENIQUEL JORGE FABIAN
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 17457844
BORDAGARAY SERGIO ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
BORDON OLEGARIO OMAR
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 28163552
ZIMMERMANN PAULO SEBASTIAN
sobre CARABINA calibre .308 PLG
DNI 17878832
DNI 28570827
ZUVI MATIAS
sobre CARABINA calibre .22 PLG
DNI 24028127
BORYSIUK DMITRUK MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8285960
BRAVO HECTOR RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34889630
BRESSAN LEONARDO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18023963
BRUNETTI HUGO JAVIER
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 17722803
BUGLIOLO MARIO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20172095
BUSTAMANTE JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 7207721
ABALOS JUAN FRANCISCO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 34537425
ABBRUZZESE SERGIO MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13308238
BYRNE RUBEN DARIO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 22504506
ABRAHAM MIGUEL ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 38304159
CAAMAÑO EMANUEL DAMIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20621317
ABREGU ELADIO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12933106
CABALLERO JORGE ANSELMO
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 14782116
CABALLERO OSCAR ALFREDO
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 12535265
CABEZAS CARLOS OSMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32376870
CABRAL ROBERTO GABRIEL
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 16254641
ACEVEDO MARIO RAFAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12864444
ACEVES MIGUEL ANGEL
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 12893646
ACIAR EDUARDO SIXTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34368012
ACOSTA CRISTIAN OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10970345
ACOTTO MIGUEL ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22635027
CABRERA LEONARDO ISAAC
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14645837
AGUILAR RUBEN ARNALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34109249
CABRERA PABLO MIGUEL
DNI 24887675
AGUIRRE CARLOS DAVID
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD
S.A. 30549486513
DNI 7782393
CABRERA PRUDENCIO YSMAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10648107
AGUIRRE CESAR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25142752
CACCAVALLO DIEGO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26405315
AGUIRRE MARTIN GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29637955
CACERES MARTIN MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14101559
AGUIRRE NESTOR JORGE
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 17315901
CADENAZZI JORGE DANIEL
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 11349414
AGUIRRE NICOLAS DEL VALLE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5607472
CALAPEÑA BERNARDINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16981713
ALANIZ ROBERTO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20797483
CAMERINI DARIO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8571254
ALBORNOZ JUAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21792633
CAMISAY MIGUEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22769072
ALEMAN PABLO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11977072
CAMPOS RUFINO ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32958507
ALOMO DIEGO SEBASTIAN
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 17431242
CANAY MARIANA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24543866
ALOMO GABRIEL HERNAN
ámbito de EMPR.DE SEG.FALCON S.A.
30655255865
DNI 33241335
CANEPA FERNANDO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12712846
CANSECO ZINGARIELLO MARIO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13313731
CANTEROS LUIS CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24367965
CAPITANELLI MARTIN GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27207828
CARBAJAL DIEGO SANTIAGO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 14183587
CARDOZO JUAN OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8113921
CARITA ALFREDO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29281917
CARNERO FEDERICO RUBEN
ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L.
33706337399
DNI 14153924
ALTAMIRANO IGNACIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13222689
ALTAMIRANO JORGE ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17137536
ALTAMIRANO NICOLAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17346622
ALVAREZ ARMANDO DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28338468
ALVAREZ CRISTIAN ARIEL
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 32580517
ALZUGARAY MAURO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22672155
ANDRADE PABLO ALEJANDRO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 28764504
ANSALDO RODRIGO ENRIQUE
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12746276
CARRANZA ROLANDO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10254028
CARRERA JOSE ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16131920
APEZTEGUIA JOSE ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25368374
CARRION SEBASTIAN VICTOR HUGO
DNI 18299913
AQUINO ABEL GABRIEL
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 16308789
CARRIZO HECTOR MARCELO
DNI 14090800
ARANDA ALBERTO SEFERINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22582970
ARANDA RICARDO ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16904475
CASTELLANO GUSTAVO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22311381
CASTELLI ALEJANDRO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24721824
AREVALO MARIO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33660910
CASTRO FRANCO ANTONIO
DNI 25831191
ARGAÑARAZ CRISTIAN EDUARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 17514656
CASTRO RAMON ALEJANDRO
DNI 14895252
ARISTA EDUARDO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L.
30710895569
DNI 11134941
ARIZCUREN ADRIAN ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27011024
CAVALITTO GUSTAVO JAVIER
ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157
DNI 22729119
ARRAYA VICTOR RODOLFO DEL VALLE
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25060864
CECERE ROBERTO ARIEL
ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A.
30678239549
DNI 17407579
ARRIETA FABIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14011865
CELENTANO JOSE MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13172321
ARRIETA LUIS SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18371094
CENA SERGIO ABEL
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 10618224
AUTELLI HORACIO ALBERTO
ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113
DNI 11097726
CENTENO EUGENIO PABLO
DNI 17883013
AVALOS ALEJANDRO DE JESUS
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 33001462
AVEDIKIAN ESTEBAN DIEGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8497689
CHARRAS SILVESTRE ISMAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11219772
CHAVANNE LEONARDO ALCIDES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12150619
CHIMENTO ALBERTO HUGO
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 4515071
CILENTO DANTE VIRGILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10141652
CIOCCA CARLOS ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26822436
CISLAGHI HERNAN EDUARDO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 5831078
CISNERO CLARO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8461072
CISNEROS JOSE FRANCISCO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25926067
CISNEROS NORBERTO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13810180
CISTERNA MARIO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17305994
CLAVAGUERA PEDRO
ámbito de BAYERSEGU S.A. 30711466076
DNI 26524162
COLAZO MARCOS RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25683297
COLONNA ADRIAN CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4887739
COMITO JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8064272
AVILA JUSTO LORENZO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11941876
AZCONA JORGE MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20582720
BAEZ HUGO MARIO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 12022961
BALLERINI ROBERTO ABEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31132598
BANEGA CRISTIAN JAVIER
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 4835742
BARATTUCCI ARMANDO ENZO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16207571
BARRAZA ALBERTO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16050522
BARRERA PABLO HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18072142
BARRETO GERARDO JESUS
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 30679601
BARRETO MARIO AGUSTIN
ámbito de AKROPOLIS SEGURIDAD S.R.L.
30710785569
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Documento
Denominación
13
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 25114390
CONCHA ROGER MARIANO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 7786841
GATTI VICTOR GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26260790
CONFORTE FERNANDO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17958958
GAY OSVALDO ADOLFO
ámbito de SEGURETAT SRL 30712831606
DNI 12440275
CONTIN ESTEBAN ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33607515
GHIONE ADAN ALEXIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17323692
CONTRERAS ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11713118
GIANFRON MARIO ROMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28924075
CONTRERAS EDGARDO SEBASTIAN
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 24567391
GILARDI DAVID OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17537379
CONTRERAS RAMON FABIAN
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 12738248
GIMENEZ JORGE ELIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8037363
GIMENEZ JORGE OMAR
ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157
DNI 4207105
GIOVANETTI NORBERTO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13407093
GIRARDI MARCELO MAXIMO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10041711
GIULIANI ALBERTO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16991987
GNESUTTA ABEL OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16429963
GODOY RAMON OMAR
ámbito de BAYERSEGU S.A. 30711466076
DNI 30780160
GODOY SERGIO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25699516
GOIBURU WALTER ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24315206
GOLODIUK CRISTIAN NICOLAS
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 10111691
GOMEZ ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34555358
GOMEZ CRISTIAN NICOLÁS
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 17595355
GOMEZ DANIEL OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10933515
GOMEZ JOSE NICOMEDES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24277614
GOMEZ OSCAR ESTEBAN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16750869
CONTRERAS RAUL SILVINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13638443
COPPOLA SERGIO OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14760237
CORDOBA SAMUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 38649538
CORONEL CLAUDIO EMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25658295
CORONEL CLAUDIO JAVIER
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 13846227
CORVALAN ROSENDO OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18468407
CORZO MONICA LILIANA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8586252
COSENTINO JESUS CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8283487
COYURI MAURICIO
ámbito de SEGURIDAD PROFESIONAL S.A.
30688598628
DNI 28052765
COZZANI NAHUEL MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20455391
CRUZ DOMINGO ANTONIO
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
DNI 32607404
CRUZ WALTER FERNANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 21328215
CUEVAS JOSE FERNANDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 30009225
GOMEZ SERGIO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20583654
DE CASTELLI LUIS ALBERTO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 25562811
GONCALVES CRISTIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24336807
GONZALEZ ALEJANDRO GERMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24587506
DE IBARLUCEA PABLO GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8306249
GONZALEZ AMBROCIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28465744
DE NARDIS MARISOL LILIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25639959
GONZALEZ ANDRES CEFERINO
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 30148374
DE SALVO MARIANO ANGEL ADRIAN
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 26122349
GONZALEZ AVOLA EXEQUIEL RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28480713
GONZALEZ BRUNO MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24491294
GONZALEZ CARLOS DIONICIO
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 10330722
GONZALEZ CARLOS HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35792523
GONZALEZ FERNANDO LAUTARO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 21328086
GONZALEZ JOSE ALFREDO
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 18601638
DE SALVO SANDRA SUSANA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30219272
DE SAN MARTIN ALEJANDRA ELISABET
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28227560
DEL FRANCO DAMIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12062704
DEL NEGRO ALBERTO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5522075
DELUCA ALFREDO RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10327240
DEPRESBITERO JORGE JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11919733
GONZALEZ JUAN LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10129661
DIANA EDUARDO HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20913073
GONZALEZ JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11455821
DIAZ CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20952889
GONZALEZ MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14531186
DIAZ DAVID LEANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24910209
GONZALEZ MARTIN HORACIO
ámbito de CEMSE S.R.L. 30709298123
DNI 18325470
DIAZ JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17357708
GONZALEZ RAMON ANTONIO
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 24345970
DIAZ LUIS FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28041110
GONZALEZ RODOLFO JAVIER
DNI 8341603
DIAZ RODOLFO AMADO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 13786134
DIAZ RODOLFO MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27307946
GONZALEZ SANTIAGO MANUEL
DNI 92389484
DIAZ VILLALBA JOSE LUIS
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A.
30712414215
DNI 22346275
GONZALEZ WALTER DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10462925
DIEGUEZ ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33206451
GRAMAJO RICARDO JAVIER
DNI 11758138
DUARTE MAXIMO LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.
LTDA. 30662934174
DNI 4978528
DUBOIS JORGE OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23843259
GRANVILLANO JUAN MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14767548
DURO FERNANDO ALFONSO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12335436
GRIGOLON WALTER RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20231607
EDREIRA MARIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14195068
GUACCI CARLOS DANIEL
ámbito de MURATA S.A. 30641063378
DNI 17298630
ENCINA LUIS VICTORIO
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 26146268
GUARAGLIA WALTER GERARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13255418
ENRIQUE RAUL HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32300607
GUERRA SERGIO MATIAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17795375
ESCUDERO MARIA ELVIRA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17513217
GUGLIELMINO CLAUDIO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21805185
FARIAS CARLOS EDGARDO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
LE 8436192
HAMELAU PATRICIO MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12456443
HERBER OSCAR RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28330192
FERNANDEZ ALBERTO MARTIN
ámbito de AG. INV.Y SEG.PRIV.NORDIKA SRL
30707903305
DNI 22899232
HERNANDO PABLO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8045046
HERRERO LUIS RENE
sobre PISTOLA calibre 9 MM
DNI 20050786
FERNANDEZ DANIEL HUGO
ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157
DNI 28646777
HUANCA JUAN ANTONIO
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 31166644
FERNANDEZ DIEGO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16816148
HUAYQUILLAN ARMANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34283945
FERNANDEZ EDUARDO MATIAS
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 20822874
HUGON ROBERTO DANIEL
DNI 27295923
FERNANDEZ FERREIRA DANIEL ARISTIDES
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 29570030
IBAÑEZ MEDINA GERARDO MARCELO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 29828103
FERNANDEZ GUSTAVO MARCELO
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 29009342
IGLESIAS VICTORIA OLGA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21772662
IMIDIO HORACIO MANUEL
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 37191114
IÑIGO JESUS EDUARDO
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
DNI 28697885
IREN NORBERTO MARIANO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 33108532
IRIGOYEN GASTON EMMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33324511
IZCUA GONZALO EZEQUIEL
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 24077358
FERNANDEZ JULIO GUSTAVO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 8182354
FERREIRA ALBERTO OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29628990
FERRER LUCIANO LUIS
ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L.
33706337399
DNI 30846797
FERRETTO ROBERTO RAUL
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 21989109
FERRO ALEJANDRO ROBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 38814236
JUAREZ ALAN GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30489488
FIGUEROA DAMIAN DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21523196
KIECAK CLAUDIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12259425
FITZ MAURICE JORGE LUIS ALBERTO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 13188702
KLOSTER OSVALDO ANTONIO
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 20824548
FLORES CARLOS GREGORIO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 31999311
KRIVAK SABRINA JAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25974585
FORCHIASSIN DARIO HERNAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14386529
LACABA RAUL OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35159098
FORTUNATO JUAN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8274869
LATTANZIO SILVIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31383900
FREITAS ANDRES ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28947114
LEDESMA LEONARDO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12625844
FRIAS RUTH MERCEDES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25165728
LEITHOLD JOSE MARIA
DNI 34569340
FUNES EDUARDO MARTIN
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 26111024
LEIVA MARTINEZ LUIS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16633529
GAITAN JORGE ELISEO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36375239
LEIVA TAYLOR FRANCO D.
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14859588
GAMBOA HECTOR MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25376601
LEMA MARTIN EMILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7745203
GANCHEV GUILLERMO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29543967
LEPERA SEBASTIAN ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23239782
GARCIA JORGE DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8355204
LEPEZ SEGUNDO RAFAEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30298056
GARCIA MARCOS EDGARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 5527711
LESCANO VICTOR ORLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13488933
GARCILAZO JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34353622
LICO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22588122
GARRIDO NESTOR OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8598912
LIENDO CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7775032
GASTALDI OMAR ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24365840
LISERA FACUNDO DAMIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12258235
GATICA JOSE ANIBALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17700792
LISSA HUGO ROMEO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Denominación
14
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
DNI 18300328
LLANOS ROCHA FERNANDO JAVIER
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16008990
MORLINI ARIEL FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
LE 4147226
LLOVERAS JUAN BENJAMIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28672125
MORROS ABEL MARCELO
DNI 21027331
LOBO OSVALDO ANTONIO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 5098562
LONCARIE GREGORIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14486321
MOUSSEGNE ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21794428
LOPEZ ALEJANDRO RAMON
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 28432336
MOYANO MARTIN OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11775910
LOPEZ CARLOS MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13034671
MOYANO RICARDO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22068556
LOPEZ FERNANDO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16607488
MPATSIOS BLAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23717698
LOPEZ HUGO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7600104
MUIÑOS OSVALDO CLAUDIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11027250
LOPEZ JULIO HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23317204
MUÑIZ RUBEN ROGELIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20861427
LOPEZ MARCELO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28646117
MUÑOZ DIAZ PABLO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20864479
LOPEZ ORONA JAVIER ADOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26073106
MURE IVAN ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31691690
LOPEZ SEBASTIAN RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31173378
MUSSARI GONZALEZ PATRICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17154375
LOYOLA JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12447576
MUZIO FRANCISCO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25950633
LUCERO CRISTIAN ALEJANDRO
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 17233255
ÑAMANDU CARLOS ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21967320
LUCERO EMILIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 94174571
NATIVIDAD CHOQUE JAIME
DNI 12204470
LUCERO HECTOR RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL
33707795579
DNI 12795026
LUCERO OSCAR ENRIQUE
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 10373146
NAVARRO FERNANDO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23154055
NIGRO GABRIEL ALEJANDRO
ámbito de BAYERSEGU S.A. 30711466076
DNI 16002795
NOGUERA FELIX MARIA
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 23540725
NOVAS SERGIO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20032064
NOVILLO ALBERTO ADRIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12352154
NUÑEZ CESAR ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
OCAMPO CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23595546
LUCERO RICARDO ARIEL
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14871382
LUDUEÑA CARLOS HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13624128
LUISSI GUSTAVO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13301833
LUNA ANDRES ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33644224
MACIEL ANGEL AURELIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4922878
DNI 18096953
MAESTRE RICARDO FABIAN
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 25235986
OJEDA JOSE ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20893210
OLIVA MIGUEL ANGEL
DNI 8128971
MAGUNA JOSE DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 25424148
MAIDANA ALCIDES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14662525
OLIVERA JORGE HIPOLITO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33084991
MAIDANA RODRIGO EMMANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23146991
OLIVERA LORENZO
DNI 17220024
MAMANI VICTOR SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12476336
MANNINO ANGEL OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14289175
ONTIVERO ROBERTO SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10513477
MANSILLA GANEM ORLANDO RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7600133
OPPIDO PABLO ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25572165
MANSILLA GUSTAVO HORACIO
ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125
DNI 11244015
ORDOÑEZ JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30450267
MARENCO ADOLFO MAXIMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12219946
ORELLANA CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33225128
MARIN CESAR RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33419141
ORFOIS EMMANUEL GUIDO
ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638
DNI 28626754
MARINELLO CRISTIAN ANDRES
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22242654
ORIETA CESAR HUMBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 14433511
MARIÑO ALEJANDRO EDGARDO NICOLAS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16076774
ORIOLANI HERALDO MARCELO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28939820
MARRAISO MILTON MARIO
ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L.
33706337399
DNI 30219137
ORSINO ANGEL NICOLAS
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 6896133
MARTIN JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29987114
OSTUNI MARTIN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16166914
MARTIN JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11748361
OVIEDO MIRIAM ADRIANA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30038716
MARTINEZ ADRIAN DARIO
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 33876101
OZUNA HECTOR SEBASTIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11086732
MARTINEZ CARLOS RAMON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20360734
PACHECO MARCELO FABIO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 20514382
MARTINEZ FERNANDO GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29228168
PACI MAURICIO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33685497
MARTINEZ JAVIER OSMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16558934
PAEZ JULIO RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26427944
MARTINEZ JUAN MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31208736
PAEZ VALENZUELA ELIEZER CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11957711
MARTINEZ JUAN ZENON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10923694
PAGADIZABAL HUGO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21670568
MARTINEZ MARCELO CLAUDIO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 11419607
PALACIO VICTORINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16496844
PALASI DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22287099
PALAVECINO CRISTIAN ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7591141
PANTANALI RODOLFO ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20337998
PARADA NORA
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33781554
PAREDES LUIS HERMAN
ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A.
30707828923
DNI 4598492
MASSET RODOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31913608
MATA CRISTIAN GABRIEL
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 18313672
MATTEUCCI MARCELO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17832298
MATURANO DANIEL OMAR
ámbito de SION SERVICIOS DE SEGURIDAD
S.R.L. 30710594623
DNI 13529970
MATZKIN HUGO GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22270948
PARRA JORGE MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25805588
MAURO CARLOS FERNANDO
ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L.
30710895569
DNI 23813131
PATAGUA SANDRO ELIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17789884
PAZ SERGIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33097519
MAYORCA MATIAS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10119702
PAZ TEODORO FELIX JESUS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13800265
MAZZOLA OSCAR HECTOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14567091
PAZOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28108921
MEDINA CLAUDIO DANIEL
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 16187564
PEÑA ENRIQUE LUIS
ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L.
30710895569
DNI 33732058
MEDINA GONZALO DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28155877
PENAYO DANTE DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26827203
MEDINA JUAN JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20224955
PERAFAN MARCELO EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25067776
MELLADO ADRIAN ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17193620
PEREZ JORGE OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13872343
MELO EDGARDO HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12483100
PEREZ JUAN ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20997702
MELONI ADRIAN OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12795423
PEREZ LUIS ALBERTO
DNI 31452954
MENDEZ MARCELO MARTIN
ámbito de AKROPOLIS SEGURIDAD S.R.L.
30710785569
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
DNI 21594860
PEREZ MARCELO HECTOR
DNI 30185004
MENDOZA HUGO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 24982432
MERCADO GABRIEL EDUARDO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 13526166
PEREZ RAUL ENRIQUE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26075447
PEREZ ROQUE ALBERTO
DNI 30660179
MERCADO RAUL EDUARDO
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
ámbito de AKROPOLIS SEGURIDAD S.R.L.
30710785569
DNI 8409841
MERLO JOSE DIONISIO NINO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13906831
PICCOLO FABIAN OSVALDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
PIETRINI ROBERTO RAUL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 6440888
MERLO MIGUEL ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12355170
DNI 25058557
MESA DIEGO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31478221
PISTAN MARIANO MARTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4429641
MEZA CASTULO FRUCTUOSO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23560789
POGONZA ALEJANDRO MIGUEL
DNI 29434678
MICHERO HORACIO ALBERTO
sobre PISTOLA calibre 9 MM
ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A.
30707386068
DNI 17193904
MICHIA MARCELO RUBEN
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 12366191
POL ROBERTO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22294949
PONCE SORIA GUSTAVO MANUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23913415
MIJICA MARIO ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29735815
PORCEL JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11114169
MILANI CESAR SANTOS GERARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 27347250
PORTILLO HUGO GUSTAVO
DNI 22639415
MIÑO MARCELO GUILLERMO
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 16087764
MONGELOS ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 30778194
PROCACCI EMANUEL ANTONIO
DNI 21788161
MORALES GUILLERMO ORLANDO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 22311088
PROCOPIO GUSTAVO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10248328
MORALES MIGUEL ANGEL
ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.
LTDA. 30662934174
DNI 13038246
QUEIJEIRO JORGE OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29193722
QUINDI VALLERGA GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23647207
QUINTANA RUBEN RAMON ALEJANDRO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22242645
MORE HUMBERTO MARIA
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Documento
Denominación
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Denominación
15
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
Documento
DNI 33559362
QUIROGA JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22042986
SPICACCI CITARELLA ALDO ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
Solicitud de Portación de Arma de Fuego
DNI 12380784
RABSCHUTZ RICARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23074332
STANCATI CLAUDIO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16213538
RAMALLO OSCAR ROLANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24838760
STOCCHETTI ARIEL GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32552712
RAMIREZ ALAN ANDRES
ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157
DNI 28778109
SUAREZ CLAUDIO HERNAN
DNI 34528877
RAMIREZ LEANDRO MOISES
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 16582177
RAMIREZ LEONARDO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17034649
SUAREZ DANIEL EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16723218
RAMIREZ LUIS OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17227102
SUAREZ OSCAR DAVID
DNI 22645080
RANDAZZO GABRIEL JORGE
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de ESAGEON SEGURIDAD S.A.
30683549858
DNI 17189570
REVUELTA CLAUDIO FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36759086
TALERICO DANIEL ADRIAN
DNI 17811192
REYES JOSE LUIS
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L.
33706337399
DNI 11955822
TAUFER JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10619800
TIKLE JESUS FRANCISCO
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
DNI 30158525
TIRAPELLI LUIS GERMAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22746104
REYNA ALEJANDRO AGUSTIN
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 28163411
RIOS GUILLERMO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13445159
TOLEDO RODOLFO OMAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 33881714
RIVERO FRANCO MAURICIO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23139622
TOLOZA JOSE CARLOS
ámbito de EXES S.R.L. 30590089873
DNI 13201164
TOMAS OSVALDO ANTONIO
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 13269954
ROBERTO JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7557163
ROCHA RAMON FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26616108
TOMASSICH ROMERO GABRIEL EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14468143
RODRIGUEZ ESTRADA RODOLFO GERMAN
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 7887071
TONON ALDO JUAN
sobre PISTOLA calibre .40 PLG
DNI 30379637
RODRIGUEZ FABRICIO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8607758
TORINO ALFREDO MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24024142
RODRIGUEZ WALTER ANDRES
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28473451
TORRES ARSENIO GUSMAN
DNI 17578794
ROJAS JORGE
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
ámbito de AKROPOLIS SEGURIDAD S.R.L.
30710785569
DNI 28328205
ROJAS SERGIO ORLANDO
ámbito de CI 5 S.A. 30679488593
DNI 16106034
TORRES HECTOR JUAN
ámbito de BAYERSEGU S.A. 30711466076
DNI 17473995
ROLDAN JOSE FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22789454
TORRES MARCELO FABIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17076569
ROLDAN JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 26604911
TORRES. JULIO CESAR
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 10598693
ROMAN JULIO DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 29717357
TOSCANO RUBEN MARTIN
DNI 16532410
ROMERO MARCELO CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 23022965
ROMERO MARCOS ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13576094
TRAVAGLIA CARLOS DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31543207
ROMERO RAMON ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 8252152
TUBELLO JUAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25978936
ROMERO ROBERTO RAFAEL
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
DNI 22972530
TUCCI MARIA JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22482121
ROMERO RUBEN ANGEL
ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG.
SRL 30662315148
DNI 20761490
URSO JORGE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16293598
VALDEZ FRANCISCO EMILIANO
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A.
30656423958
DNI 30676019
VALENTI FACUNDO ANDRES
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 12931910
VALENTI JOSE
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 29717092
VALENTI JOSE MANUEL
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 29035371
VALENZUELA PABLO ALEJANDRO
sobre armas de puño registradas a su nombre
VALLE ESTEBAN NORBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16846153
ROSALES MIGUEL ANGEL
DNI 23533145
ROTELA JUAN ERNESTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 36522123
ROVERE JOSE LUIS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12476533
RUBERTO FRANCISCO GREGORIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13866315
RUIZ DIAZ RUBEN ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18429507
ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731
DNI 14259737
VALLEJOS LEON CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 20743854
VALVAROSA CRISTIAN GABRIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 28384384
VANEGAS ANSELMO SANTIAGO
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
DNI 92096762
DNI 30975205
RUIZ DIAZ TOLEDO LUIS VICTORIANO
RUIZ EBER JUAN
DNI 12032240
RUSSO FRANCISCO JOSE
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 32251301
VANSTEENKISTE GASTON EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22644479
SABLICH DIEGO GASTON
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13997960
VARGAS LUIS RUBEN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 31507499
SALCIDO SEBASTIAN MIGUEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22756055
SALINAS ADRIAN MAURICIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 7377382
VAZQUEZ NESTOR HORACIO
ámbito de A.V.C. S.R.L. 30662138157
DNI 13443754
SALINAS OSCAR DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14083526
VAZQUEZ RAFAEL HIPOLITO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 23669394
SALTO ADRIAN JAVIER
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 34049519
VECCHIO DIEGO MARTIN
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 14216075
SALVATI MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11090581
VEGA CARLOS ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22482105
SALVATIERRA CHRISTIAN ADRIAN
ámbito de TECH SECURITY S.R.L.
30709463469
DNI 22711223
VELAZQUEZ ALFREDO GUSTAVO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 12760838
SALVATIERRA FELIPE EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 35352420
VELAZQUEZ MARTIN DAVID
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17789311
SALVIA MARCELO GUSTAVO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16426028
VELAZQUEZ OSCAR ALFREDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12634918
SANABRIA ALDO ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18114293
VELAZQUEZ RODOLFO CARLOS
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 23176750
SANCHEZ JORGE DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18175323
VELEZ JULIO CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20247071
SANCHEZ VEGA DARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 19008166
VENTURA GONZALEZ YERAY DAVID
DNI 31269208
SANHUESA FACUNDO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES
S.A 30650468380
DNI 17158150
SANTAMARIA CARLOS PABLO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 20462985
VERA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22825815
SANTANA PABLO DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 4186052
VEYRA JORGE MARIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13080953
SANTILLAN ANGEL ROBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25885697
VIDELA ANGEL FABIAN
ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 4532721
VILDOZA JUAN DOMINGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 22243746
VILLA CARLOS ALBERTO
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 22617121
SANTILLAN HECTOR OSCAR
DNI 13598351
SANTOMERO CARLOS BASILIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13263307
SAUCHAK CESAR NORBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14257597
VILLALBA CARLOS EDUARDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 34943195
SAVERINO ASISA JONATAN ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 37986446
VILLALBA ELIAS GABRIEL
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
DNI 33906424
SCHWAB NAHUEL HORACIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 21019398
VILLALBA JUAN OSCAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18265683
SENA RAMON ISAAC
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12552349
VILLARREAL CARLOS ALBERTO
DNI 30786487
SERRA ARIEL GUSTAVO
ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L.
33706337399
ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L.
30678784288
DNI 21680185
VILLARROEL HECTOR OMAR
DNI 20011694
SEZELLA NESTOR OMAR
ámbito de AG. INV.Y SEG.PRIV.NORDIKA SRL
30707903305
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 24699254
VILLARRUEL WALTER BASILIO
DNI 13063255
SFEIR ADOLFO RICARDO
ámbito de COOP.DE TRAB.EL ESCORIAL LTDA.
30644348853
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 20002164
VILLAVERDE WALTER TOMAS
ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745
DNI 13205596
SILVA JUAN CARLOS
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16295025
VILUGRON ANIBALDO EZEQUIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 16907953
SILVA LUIS RODOLFO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 25943083
VINHAS ALBERTO ARIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12900727
SILVA SANTIAGO ALBERTO
ámbito de SEGURETAT SRL 30712831606
DNI 22344703
WERNER DANIEL AUGUSTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11192280
SISTERNA RICARDO SATURNINO ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 11805127
ZABALA JUSTO ROBERTO
ámbito de MARSALA S.A. 33710001699
DNI 12565626
SOLIS LUIS ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17024365
ZABALA WALTER HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 10175986
SOLOHAGA MIGUEL ANTONIO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12228081
ZAPICO LEONARDO HUGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24748625
SOSA ANGEL ALBERTO
ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A.
30687288145
DNI 10744957
ZARATE RAMON VALENTIN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 18140717
ZARDI VICTOR ALCIDES
ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA
S.A. 30546969874
DNI 25035316
SOSA ARIEL FERNANDO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14855417
SOSA GABRIEL ANGEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17915020
ZENIQUEL JORGE FABIAN
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17595665
SOSA HILARIO SALVADOR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 24218661
ZUBIETA CRISTIAN DANIEL
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 12582295
SOSA MARCELO SANTIAGO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 13470956
ZUMOFFEN NELSON ORLANDO
DNI 18220240
SOSA RICARDO DANIEL
ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368
ámbito de AG. INV.Y SEG.PRIV.NORDIKA SRL
30707903305
DNI 34523892
SOUTO DAMIAN CESAR
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 17434261
SPACIUK JORGE ALBERTO
sobre armas de puño registradas a su nombre
DNI 14379797
SPERANZA MIRIAM ALICIA
sobre armas de puño registradas a su nombre
Dra. NATALIA GAMBARO, Directora Nacional, Registro Nacional de Armas.
e. 11/03/2016 N° 13631/16 v. 11/03/2016
#F5080956F#
Viernes 11 de marzo de 2016
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
16
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
17
#I5079129I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE BUENOS AIRES
EDICTO
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415,
comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos,
solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto
en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas
presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (DV COPN), dependiente del Departamento de Aduana de Buenos Aires Norte, sito en la calle Azopardo 350. P.B. - oficina 51 - de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Depósito
Medio
Arribo
Manifiesto
Conocimientos
Bultos
Cantidad Mercadería
MONTE ROSA
42398
16091MANI009611E
USPHLSUDU2500175263UY
CAJA
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI011384E
GEBHVLEXBRE160108120077
BULTOS
9 STC MELIO AAQUALBASE
01/02/2016
16091MANI009783Y
091UY072608928
PALETA
34 GRASA VEGETAL ESPECIAL
DODERO TIGRE
915 ART IMPORTADORA
FORD ARGENTINA S.C.A
27/01/2016
16091MANI008989V
09120825891
BULTOS
14 shrd strg
29/01/2016
16091MANI009534X
09120825891
BULTOS
6 shrd strg
CMA CGM NABUCCO
27/01/2016
16091MANI008234E
CHWANKPBNA00500
BULTOS
8 STC: ELECTRICAL COILS
MSC ALICANTE
28/01/2016
16091MANI008543H
SPBRE392893
BULTOS
2 CONTROL MODULE, POWER MOD
MSC ALICANTE
28/01/2016
16091MANI009368N
ITGEN00/15/300239/1
BULTOS
1 MACHINERY PARTS
MSC ALICANTE
28/01/2016
16091MANI008542G
ITGENMI/15/112217
BULTOS
2 MACHINERY PARTS
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI009775P
GEBHVHAMBUEF05837
BULTOS
4 STC: SYMPHONIC GONG AND A
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI011139C
SPAGSBOM0422539/001
PALETA
1 ETCH INHIBITORS
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI009174X
CHHONWHKG5120124
BULTOS
MAERSK SALALAH
01/02/2016
16091MANI009399R
CHSHAAMIGL150363773A
BULTOS
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI009334G
ZZZZZKPBNA00508
BULTOS
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI011440U
CHHONESSZNBUE1512157
CAJA
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009540F
USPWKECCI0137008U50422
BULTOS
1 STC: HYDRAULIC TOOLS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009540F
USPWKECCI0137008U50432
BULTOS
1 STC: HYDRAULIC TOOLS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010345A
USPVGDTG012596
BULTOS
1 motor vehicles
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009772M
USJSVINDBUEF03333
BULTOS
8 STC: BIMETALLIC STRIPS
3 STC: BRAKE RIGGING
GEMEZ SA
42 STC FOOTWEAR/CASUAL SHOES
1 QDC-PIROXICAM CL6.1 UN281
4 STC: TEI KAKAKU/PORTA FIL
25 LED PAR LIGHT
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009540F
USPWKECCI0137008U49358
BULTOS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010345A
USPVGMIA053158
BULTOS
1 power control device
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010345A
USPVGDTG012633
PALETA
1 motor vehicles
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009541G
USPVGECCI0137009U49019
BULTOS
1 QDC-REPLACEMENT FAN BLADE
CAP SAN NICOLAS
28/01/2016
16091MANI009544J
GEHAMHA150601BUE
PALETA
10 STEEL WIRES
CAP SAN NICOLAS
28/01/2016
16091MANI009552X
BEANWEXSA4127-AB
BULTOS
6 S.T.C. TINTA
MAERSK SALALAH
01/02/2016
16091MANI009492L
CHHONEHKEA1512007
BULTOS
7 STC ADIDAS SOCKLINER
E.R. SWEDEN
01/02/2016
16091MANI010490B
MXVRC7310-0924-512.012
BULTOS
1 bombas para liquidos
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI010118V
CHHONTWBUE1512002
BULTOS
1 Q.D.C. BAR FEEDER
E.R. SWEDEN
01/02/2016
16091MANI010493E
MXVRC7310-0924-512.013
BULTOS
1 bombas para liquidos
MAERSK SALALAH
01/02/2016
16091MANI009492L
CHHONEHKEA1512006
BULTOS
5 STC ADIDAS SOCKLINER
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI010553B
CHHONKHHBUE15120062
PALETA
9 Q.D.C. ROLLER CHAIN
E.R. SWEDEN
01/02/2016
16091MANI010495G
MXVRC7310-0924-512.014
BULTOS
2 motores
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010615A
USPVG6090036715
BULTOS
1 Q.D.C: PUMPS, PARTS AND A
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI011113R
USPVGMIEZE2116778
PALETA
3 Q.D.C.: PARTS OF MACHINER
GEMEZ SA-PUERTO
CHRISTMAS ISLAND
02/02/2016
16091MANI010298H
BRSTS1SZ042390
BULTOS
1 ginger flavor imo cl 3 un
CHRISTMAS ISLAND
02/02/2016
16091MANI010284C
BRSTS1SZ042388
BULTOS
7 soluble lemonade imo cl3
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009759R
USPVGBUE10233255
BULTOS
3 ORGANIC COMPOUNDS, DUTY D
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009910G
USPVGASF10-150436
BULTOS
7 STC: COMPUTER PARTS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI008800D
USPVG188697580CHI
BULTOS
5 STC PLT AGRICULTURAL EQUI
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009908N
USPVGASF10-150451
BULTOS
7 STC: COMPUTER PARTS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009554K
USPVGMIABUE1602017
BULTOS
6 AUTO PARTS
27/01/2016
16091MANI008902G
09176ROMSAI2016
BULTOS
E R BERLIN
14/01/2016
16091MANI004389L
ZZZZZCATOR2000002070-01
BULTOS
1 SPARE PARTS
CMA CGM NABUCCO
27/01/2016
16091MANI005915H
KSPUSDEL/BUE/110637
PALETA
4 SPARE PARTS NOT FINISHED
CMA CGM NABUCCO 1
27/01/2016
16091MANI007508H
CHSHAEURFL15D06976BUE
PALETA
ALIANCA SANTOS
27/01/2016
16091MANI009034D
BRSTSANRM664006016NLM
BULTOS
CMA CGM NABUCCO
27/01/2016
16091MANI007706H
CHSHASHBUE151263197F
BULTOS
CMA CGM NABUCCO 1
27/01/2016
16091MANI005901C
CHNGOHDMUNXAR0580884C
BULTOS
MAERSK LAGUNA
28/01/2016
16091MANI009205D
IIOOVCNXMN0981502485
BULTOS
201 OUTSOLES AND LASTS
CMA CGM NABUCCO
28/01/2016
16091MANI009389Z
CHWANOLGM152740
BULTOS
125 ADHESIVE
MSC VIGO
28/01/2016
16091MANI009233E
SPBRE092032
CONTENEDOR
MAERSK LAGUNA
28/01/2016
16091MANI009205D
IIOOVCNXMN0981502484
BULTOS
CAP SAN VINCENT 1
29/01/2016
16091MANI009500B
CHSHAHDE15-11167
BULTOS
1525 TEXTILE FABRIC
MSC ALICANTE
29/01/2016
16091MANI009375L
ITGENMIL-XO-3961029
PALETA
3 abrasive tools
MSC ALICANTE
29/01/2016
16091MANI009375L
ITGENBLQ-XO-7582514
BULTOS
1 spare parts for ceramic
MSC ALICANTE
29/01/2016
16091MANI009710E
SPVLC2230-0925-601.011
BULTOS
5 partes y accesorios
CMA CGM NABUCCO
29/01/2016
16091MANI009709M
CHNGOSNG115108315
BULTOS
CAP SAN NICOLAS
30/01/2016
16091MANI009997V
GEHAM61200191792
BULTOS
10 QDC:HOIST
MONTE ROSA
30/01/2016
16091MANI009647N
USPVGHBOL30571
BULTOS
18 PRINTERS
CAP SAN NICOLAS
30/01/2016
16091MANI008389P
BEANW15126307
PALETA
MONTE ROSA
01/02/2016
16091MANI009760J
USPVGHBOL30572
BULTOS
GEN POL
17 Q.D.C. PELICULA DE POLIET
MURCHISON
1 Yarn Ne 24/1 for fabric k
4065 TYRES
3 STC SILICON CABLE /ELECTR
15 AUTO PARTS
2 Q.D.C. GARMENTS
192 OUTSOLES
586 S.T.C SWITCHING POWER SUP
1 ISONALINE 95
18 PRINTERS
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Depósito
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Medio
Arribo
Manifiesto
Conocimientos
Bultos
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI010502S
CHHON4413-0924-512.011
BULTOS
E R SWEDEN
01/02/2016
16091MANI009768R
MXVRCQROBUEF00736
BULTOS
MSC ALICANTE
01/02/2016
16091MANI009959T
ITGENEMGEN001500003068
BULTOS
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI017843K
KSPUSSPGS36001
BULTOS
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI010518C
ZZZZZSZXS5C000310
BULTOS
50 STC ELECTRONIC DISPLAY, D
MAERSK SALALAH 551
01/02/2016
16091MANI008391X
CHHONKEBU1512694
PALETA
2 RODAMIENTOS MARCA NTN
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI007926L
USNYO3114581
CAJON
1 EFECTOS PERSONALES
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009418J
USPVGMIA160167-21
PIEZA
4 POLISH PADS
18
Cantidad Mercadería
MURCHISON
3 herramientas
1 STC: EXTENSION DE CABLE
22 PIPES
6 STC: COMPACT FLOURESCENT
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010685H
USPVG16010036
BULTOS
1 S.T.C. MACHINERY PARTS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009418J
USPVGMIA160167-9
PALETA
1 CALL SYSTEM
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI011234V
USPVG1713-1
PALETA
2 Q.D.C. HAND TOOLS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010685H
USPVG16010037
BULTOS
3 S.T.C. MACHINERY PARTS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI011243V
USPVG1712-1
PALETA
MAERSK SALALAH
02/02/2016
16091MANI010362W
ZZZZZ105103790
BULTOS
2 Q.D.C. HAND TOOLS
2000 LADDER
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI010685H
USPVG16010035
BULTOS
2 S.T.C. MACHINERY PARTS
MONTE TAMARO
02/02/2016
16091MANI009418J
USPVGMIA160167-18
PALETA
1 CALL SYSTEM
29/01/2016
16091MANI009578Z
091SHZ1899616
CONTENEDOR
1 ELECTRODOMESTICOS
27/01/2016
16091MANI008921H
09132600015
BULTOS
1 annual reports
27/01/2016
16091MANI008916L
CHSHA4351-9201-511.087
CONTENEDOR
1 motores
27/01/2016
16091MANI008917M
09165702401
BULTOS
3 Proteccion diferencial.
27/01/2016
16091MANI008914J
09165701567
BULTOS
1 parts
28/01/2016
16091MANI009313D
GEBHV0010-0924-601.021
BULTOS
6 motores
28/01/2016
16091MANI009175J
09165700962
BULTOS
2 Equipos.
PHILIPS ARGENTINA S.
SIEMENS S.A.
CAP SAN VINCENT 1
MAERSK LEON
28/01/2016
16091MANI009255X
09106ID1333
BULTOS
1 PARTES
29/01/2016
16091MANI009507X
09112532670
BULTOS
4 parts
01/02/2016
16091MANI010024R
09165702858
BULTOS
1 parts
01/02/2016
16091MANI010027U
09165702861
BULTOS
6 parts
02/02/2016
16091MANI010317W
09165703238
BULTOS
3 parts
02/02/2016
16091MANI010316V
09165703240
BULTOS
1 parts
13 parts
02/02/2016
16091MANI010308W
09165702845
BULTOS
02/02/2016
16091MANI010231R
09165700391
BULTOS
7 parts
02/02/2016
16091MANI010307V
09162002214
BULTOS
1 parts
02/02/2016
16091MANI010315U
09165703255
BULTOS
7 parts
02/02/2016
16091MANI010312R
09165703259
BULTOS
5 parts
02/02/2016
16091MANI010234U
09165700400
BULTOS
7 parts
02/02/2016
16091MANI010228A
09165700357
BULTOS
5 parts
02/02/2016
16091MANI010232S
09165700387
BULTOS
1 parts
02/02/2016
16091MANI010227W
09165700351
BULTOS
8 parts
02/02/2016
16091MANI010229B
09165700405
BULTOS
7 parts
MAERSK LABERINTO
10/02/2016
16091MANI012454D
GEBHV0010-0924-601.036
BULTOS
1 motores
CMA CGM NABUCCO
29/01/2016
16091MANI009617K
CHNGOFDNBSE1512157
CONTENEDOR
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI008985R
SPAGS955276018
BULTOS
5052 q.d.c. rubber backed coir
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI008985R
SPAGS955276587
BULTOS
2050 q.d.c. cotton
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI008985R
SPAGS955276021
BULTOS
5052 q.d.c. rubber backed coir
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI009810F
SPAGSNCS/477
CONTENEDOR
MAERSK SALALAH 551
02/02/2016
16091MANI010329C
CHHONFDTWSE1512026L
BULTOS
MAERSK SALALAH 551
02/02/2016
16091MANI010329C
CHHONFDTWSE1512026H
BULTOS
MAERSK SALALAH 551
02/02/2016
16091MANI010329C
CHHONFDTWSE1512026K
BULTOS
9 HIWIN LINEAR GUIDEWAYS
MAERSK SALALAH 551
02/02/2016
16091MANI010329C
CHHONFDTWSE1512026D
BULTOS
7 HIWIN BALLSCREWS
MAERSK SALALAH 551
02/02/2016
16091MANI010329C
CHHONFDTWSE1512026C
BULTOS
9 HIWIN LINEAR GUIDEWAYS
MONTE ROSA
29/01/2016
16091MANI009593N
USNYOHLCUMTR151219797
CONTENEDOR
MONTE ROSA
29/01/2016
16091MANI009625J
USPVGSUDU260017526K6H
BULTOS
29 QDC : TRACTOR PARTS
MONTE ROSA
29/01/2016
16091MANI009473K
USPVGSUDU260017526UK3
BULTOS
15 QDC : TRACTOR PARTS
MONTE ROSA
29/01/2016
16091MANI009473K
USPVGSUDU260017526PSR
BULTOS
14 QDC : TRACTOR PARTS
MONTE ROSA
29/01/2016
16091MANI009522F
USPVGSUDU2600175268PF
BULTOS
4 QDC TRACTOR PARTS
MONTE ROSA
29/01/2016
16091MANI009473K
USPVGSUDU260017526KHK
BULTOS
14 QDC : TRACTOR PARTS
MAERSK LIMA
31/01/2016
16091MANI009698T
GEBHV16CZ0005
BULTOS
CAP SAN MALEAS
01/02/2016
16091MANI009808M
BEANWMSCUIH973282
BULTOS
MSC ALICANTE
29/01/2016
16091MANI009531F
BRSTSZIMUCHI034291
PALETA
32 REPUESTOS
MSC ALICANTE
29/01/2016
16091MANI009542H
BRSTSZIMUCHI034289
PALETA
34 REPUESTOS
48 HERRAMIENTAS ELECTRICAS
SIR HOME S.A.
1 MOTORCYCLE COVER
TERBASA
2 POLYESTER TEXTURED YARN
4 HIWING LINEAR GUIDEWAYS
112 BICYCLE PARTS
TERMINAL CARGA TIGRE
1 STC EQUIPAMIENTO DE CINEM
6 QDC CUTTING MACHINE
46 QDC THIN SHEETS
TERMINAL PANAMERICAN
CAP SAN LAZARO
01/02/2016
16091MANI009979V
CHSHASHA344309
PALETA
01/02/2016
16091MANI009945Y
091BR463639410
PALETA
CMA CGM NABUCCO
02/02/2016
16091MANI010340S
CHSHASHA346979
PALETA
22 HERRAMIENTAS ELECTRICAS
CAP SAN VINCENT
02/02/2016
16091MANI010347C
CHSHASHA343681
PALETA
48 HERRAMIENTAS ELECTRICAS
CAP SAN VINCENT
02/02/2016
16091MANI010344W
CHSHASHA340384
PALETA
48 HERRAMIENTAS ELECTRICAS
02/02/2016
16091MANI010397H
091BR347403431
BULTOS
02/02/2016
16091MANI010401Z
091BR347403432
BULTOS
12 CORREAS AUTOMOTRICES, COR
02/02/2016
16091MANI010393D
091BR347403430
BULTOS
9 CORREAS INDUSTRIAL NCM: 4
31/01/2016
16091MANI010090U
SPBBO5628
CONTENEDOR
2 LUBRIFICANTES
2 MYVACET NCM 3824.90.89
2 TENSORES NCM: 84835090
TERMINAL. 4
MAERSK LIMA
Abog. EDGARDO R. PAOLUCCI, Director (Int.), Dirección Aduanas Metropolitanas I.
e. 11/03/2016 N° 12814/16 v. 11/03/2016
#F5079129F#
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
#I5079781I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
19
#I5079768I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 412-2014/3, caratulado: “LÓPEZ LUIS
MIGUEL, S/INF. ART. 986/987, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO N° 53/16 (AD.
SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “LOPEZ LUIS MIGUEL
D.N.I. N° 30.358.491”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio constituido en sede de
esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y SEIS CON 94/100 CENTAVOS ($ 29.896,94), equivalente a DOS (2) VECES el valor
en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs. 20/21 y a lo
normado por el Art. 986/987 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de
comiso de las mercaderías (Art. 986/987 del C.A.), las que deberán ser dispuesta de conformidad
a su naturaleza y a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a la parte interesada que
podrá interponer contra el presente pronunciamiento, en forma optativa y excluyente Recurso de
Apelación ante el Tribunal Fiscal o Demanda Contenciosa ante la Justicia Federal, en el plazo de
quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente de la notificación respectiva, en los términos
del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo cumplirse en tal caso con la comunicación
exigida por el art. 1.138 C.A. ARTICULO 4°.- Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a
emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede
judicial (art. 1.125 C.A.). ARTICULO 5° Y 6°.- DE FORMA. REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ.-
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 251-2014/1, caratulado: “ALANI ROBERTO CLAUDIO, S/INF. ART. 985, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO N° 356/15 (AD.
SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “ALANI ROBERTO CLAUDIO, D.N.I. N° 28.766.418”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio constituido en sede
de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: SIETE MIL DOSCIENTOS, CON
00/100 CENTAVOS ($ 7.200,00), equivalente a DOS (2) VECES el valor en plaza de las mercaderías en
cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs. 18/19 y a lo normado por el Art. 985 del Código
Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías (Art. 985 del C.A.),
las que deberán ser dispuesta de conformidad a su naturaleza y a la normativa vigente. ARTICULO
3°.- HACER SABER a la parte interesada que podrá interponer contra el presente pronunciamiento,
Demanda Contenciosa ante la Justicia Federal, en el plazo de quince (15) días a contar desde el día
hábil siguiente de la notificación respectiva, en los términos del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo cumplirse en tal caso con la comunicación exigida por el art. 1.138 C.A. ARTICULO
4°.- Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente Certificado de Deuda a
fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 C.A.). ARTICULO 5° y 6°.- DE
FORMA. REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ.MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13058/16 v. 11/03/2016
#F5079768F#
MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13071/16 v. 11/03/2016
#F5079781F#
#I5079769I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
#I5079782I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 451-2012/1, caratulado: “DELGADO
SATURNINO, S/INF. ART. 985, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO N° 11/16 (AD.
SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “DELGADO SATURNINO, D.N.I. N° 26.016.676”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio constituido en sede
de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: DIECISEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 CENTAVOS ($ 16.250,00), equivalente a UNA (1) VEZ el valor
en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs. 22/23 y a
lo normado por el Art. 985 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de
comiso de las mercaderías (Art. 985 del C.A.), la que destruida por Disposición N° 44/2012
(AD SATO) de conformidad a su naturaleza y demás normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a la parte interesada que podrá interponer contra el presente pronunciamiento,
Demanda Contenciosa ante la Justicia Federal, en el plazo de quince (15) días a contar desde
el día hábil siguiente de la notificación respectiva, en los términos del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo cumplirse en tal caso con la comunicación exigida por el art. 1.138
C.A. ARTICULO 4°.- Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente
Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125
C.A.). ARTICULO 5° Y 6°.- DE FORMA. REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA
DE SANTO TOMÉ.MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13072/16 v. 11/03/2016
#F5079782F#
#I5079783I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 421-2014/3, caratulado: “BEIRA
GRISELDA ALICIA, S/INF. ART. 985, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO N° 359/15
(AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “BEIRA GRISELDA
ALICIA, D.N.I. N° 26.476.106”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio constituido en
sede de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: VEINTITRES MIL CIEN,
CON 00/100 CENTAVOS ($ 23.100,00), equivalente a TRES (3) VECES el valor en plaza de las
mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs. 17/22 y a lo normado por
el Art. 985 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las
mercaderías (Art. 985 del C.A.), las que deberán ser dispuesta de conformidad a su naturaleza
y a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER al condenado para que dentro del plazo de quince (15) días de consentido y quedado firme la presente resolución, proceda a hacer
efectiva la multa, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, de acuerdo a los
arts. 1112, 1115 sgtes., y concordantes del Código Aduanero —Ley 22415— quedando expedita
la vía recursiva, a tales efectos el administrado podrá, interponer Demanda Contenciosa ante
el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Paso de los Libres, Ctes., previsto
en el art. 1132 del Código Aduanero, dentro de lo quince (15) días hábiles judiciales, contados
a partir de la notificación del presente, haciéndole saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 del Código Aduanero). ARTICULO 4°.- Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente
Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125
C.A.). ARTICULO 5° y 6°. DE FORMA. REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE
SANTO TOMÉ.MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13073/16 v. 11/03/2016
#F5079783F#
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 4-2015/3, caratulado: “PALACIO
CLAUDIO JAVIER, S/INF. ART. 985/987, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO
N° 34/16 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “PALACIO CLAUDIO JAVIER, D.N.I. N° 28.353.192” cuyos demás datos figuran en autos y domicilio
constituido en sede de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: TRECE
MIL NOVENTA Y SEIS CON 06/100 CENTAVOS ($ 13.096,06), equivalente a DOS (2) VECES el
valor en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs. 30/32
y a lo normado por el Art. 985/987 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la
pena de comiso de las mercaderías (Art. 985/987 del C.A.), las que deberán ser dispuesta de
conformidad a su naturaleza y a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a la parte
interesada que podrá interponer contra el presente pronunciamiento, Demanda Contenciosa
ante la Justicia Federal, en el plazo de quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente de
la notificación respectiva, en los términos del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo
cumplirse en tal caso con la comunicación exigida por el art. 1.138 C.A. ARTICULO 4°.- Ante el
incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de
iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 C.A.). ARTICULO 5° Y 6°.- DE
FORMA. REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ.MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13059/16 v. 11/03/2016
#F5079769F#
#I5079771I#
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DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 77-2014/6, caratulado: “EXPRESO JET
S.R.L. y AGUILAR VICTOR HUGO, S/INF. ART. 985, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO
N° 12/16 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.-CONDENAR a “EXPRESO JET
S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71203148-0, y AGUILAR VICTOR HUGO, D.N.I. N° 22.317.785”, cuyos demás
datos figuran en autos y domicilio constituido en sede de esta aduana; al pago de una multa igual a
la suma de PESOS: VEINTICUATRO MIL, CON 00/100 CENTAVOS ($ 24.000,00), equivalente a UNA
(1) VEZ el valor en plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs.
37/40 y a lo normado por el Art. 985 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena
de comiso de las mercaderías (Art. 985 del C.A.), la que destruida por Disposición N° 90/2013 (AD
SATO) de conformidad a su naturaleza y demás normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a
la parte interesada que podrá interponer contra el presente pronunciamiento, Demanda Contenciosa
ante la Justicia Federal, en el plazo de quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente de la notificación respectiva, en los términos del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo cumplirse
en tal caso con la comunicación exigida por el art. 1.138 C.A. ARTICULO 4°.- Ante el incumplimiento
del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites
de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 C.A.). ARTICULO 5° Y 6°.- DE FORMA. REGÍSTRESE.
FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ.MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13061/16 v. 11/03/2016
#F5079771F#
#I5079773I#
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DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 416-2014/1, caratulado: “MALVASIO
GUILLERMO EMMANUEL, S/INF. ART. 986/987, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO
N° 361/15 (AD.SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “MALVASIO
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
GUILLERMO EMMANUEL D.N.I. N° 31.211.173”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio
constituido en sede de esta aduana; al pago de una multa igual a la suma de PESOS: ONCE MIL
DOSCIENTOS DOCE CON 42/100 CENTAVOS ($ 11.212,42), equivalente a UNA (1) VEZ el valor en
plaza de las mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes y a lo normado por el
Art. 986/987 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías (Art. 986/987 del C.A.), las que deberán ser dispuesta de conformidad a su naturaleza y
a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER al condenado para que dentro del plazo de
quince (15) días de consentido y quedado firme la presente resolución, proceda a hacer efectiva la
multa, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, de acuerdo a los arts. 1112, 1115
sgtes., y concordantes del Código Aduanero —Ley 22415— quedando expedita la vía recursiva,
a tales efectos el administrado podrá, interponer Demanda Contenciosa ante el Juzgado Federal
de Primera Instancia de la Ciudad de Paso de los Libres, Ctes., previsto en el art. 1132 del Código
Aduanero, dentro de los quince (15) días hábiles judiciales, contados a partir de la notificación
del presente, haciéndole saber que en su defecto, la presente resolución se tendrá por firme y
pasará en autoridad de cosa juzgada (art. 1139 del Código Aduanero). ARTICULO 4°.- Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de iniciar
los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 CA.). ARTICULO 5° Y 6°.- DE FORMA.
REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN ADUANA DE SANTO TOMÉ.-
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
20
S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-545-2015, en los términos del artículo
1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 —Código Aduanero—. De no comparecer, se procederá a los citados
actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del
mismo texto legal.
Además, se le hace saber también que, en su primera presentación deberá constituir domicilio
dentro del radio urbano de ésta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en ésta oficina
aduanera (Arts. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se
planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415).
ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,
HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay.
e. 11/03/2016 N° 13036/16 v. 11/03/2016
#F5079746F#
#I5079747I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13063/16 v. 11/03/2016
#F5079773F#
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
#I5079777I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
EDICTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE SANTO TOMÉ
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N° 13-2015/3, caratulado: “ROJAS MARÍA ESTER, S/INF. ART. 986/987, DEL CÓDIGO ADUANERO”, se ha dictado FALLO N° 55/16 (AD.
SATO), que a continuación se transcribe: ARTICULO 1°.- CONDENAR a “ROJAS MARIA ESTER,
D.N.I. N° 25.054.621”, cuyos demás datos figuran en autos y domicilio constituido en sede de esta
aduana, al pago de una multa igual a la suma de PESOS: SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
Y UNO CON 51/100 CENTAVOS ($ 6.841,51), equivalente a UNA (1) VEZ el valor en plaza de las
mercaderías en cuestión de conformidad a sus antecedentes de fs. 27/28 y a lo normado por el
Art. 986/987 del Código Aduanero. ARTICULO 2°.- CONDENAR con la pena de comiso de las mercaderías (Art. 986/987 del C.A.), las que deberán ser dispuesta de conformidad a su naturaleza y
a la normativa vigente. ARTICULO 3°.- HACER SABER a la parte interesada que podrá interponer
contra el presente pronunciamiento, Demanda Contenciosa ante la Justicia Federal, en el plazo de
quince (15) días a contar desde el día hábil siguiente de la notificación respectiva, en los términos
del art. 1.132, 2° Ap. del Código Aduanero, debiendo cumplirse en tal caso con la comunicación
exigida por el art. 1.138 CA. ARTICULO 4°.- Ante el incumplimiento del Artículo 1° PROCEDER a
emitir el pertinente Certificado de Deuda a fin de iniciar los trámites de ejecución fiscal en sede judicial (art. 1.125 CA.). ARTICULO 5° Y 6°.- DE FORMA. REGÍSTRESE. FIRMADO JEFE DE DIVISIÓN
ADUANA DE SANTO TOMÉ.-
Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida
la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. Sección Asistencia Técnica de la Aduana de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la Mercadería interdicta
por Gendarmería Nacional el día 29 de mayo del año 2015 en Control sobre Ruta Nac. 14 altura Km.
100, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia por ésta
dependencia como 015-SC-5-2016/0, caratulado como “CASERES ORLANDO CATRIEL S/INFR.
ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-543-2015, en los términos del artículo 1.094 Inc.
b) de la Ley 22.415 —Código Aduanero—. De no comparecer, se procederá a los citados actos sin
su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo 242 del mismo
texto legal.
Además, se le hace saber también que, en su primera presentación deberá constituir domicilio
dentro del radio urbano de ésta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en ésta oficina
aduanera (Art. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415).
ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.
HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay.
e. 11/03/2016 N° 13037/16 v. 11/03/2016
#F5079747F#
#I5079748I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 11/03/2016 N° 13067/16 v. 11/03/2016
#F5079777F#
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
#I5079745I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
EDICTO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
EDICTO
Art. 1105 del Código aduanero - LEY 22.415 Se hace saber por este medio al Señor JOSE ANDRES GONZALEZ S/INF. ART. 987 C.A.” que
en el Sumario que se detalla al pie se ha decretado la Rebeldía en concordancia al Art. 1105 de la
Ley 22.415, por no haberse presentado a estar a derecho ni a ofrecer pruebas. Considerándose
como domicilio constituido a los efectos procesales en los estrados de ésta División Aduana de
Concepción del Uruguay - Estrada N° 4 - 3260 Concepción del Uruguay Entre Ríos - conforme Art.
1.004 del mismo texto legal.
S.C. N° 62/2015/7
INTERESADO
JOSE ANDRES GONZALEZ
Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida
la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana
de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la mercadería
interdicta por Gendarmería Nacional el día 29 de mayo del año 2015 en Control sobre Ruta Nac. 14
altura Km. 100, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia por ésta dependencia como 015-SC-2-2016/6, caratulado como “MARIA ROQUE CRISTALDO
SANABRIA S/INFR. ART. 987 C.A. LEY 22.415”, Actuación N° 12468-221-2015, en los términos del
artículo 1.094 Inc. b) de la Ley 22.415 —Código Aduanero—. De no comparecer, se procederá a los
citados actos sin su presencia, perdiendo el derecho a reclamo por los mismos conforme artículo
242 del mismo texto legal.
Además, se le hace saber también que, en su primera presentación deberá constituir domicilio
dentro del radio urbano de ésta Aduana, caso contrario se le tendrá por constituido en ésta oficina
aduanera (Arts. 1001, 1004 y cctes. del Código Aduanero), y que en las presentaciones que se
planteen cuestiones jurídicas será obligatorio el patrocinio letrado (conf. Art. 1034 de la Ley 22.415).-
INFRACC.
Art. 987
ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.
HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay.
ADUANA CONCEPCION DEL URUGUAY E.R.,
e. 11/03/2016 N° 13038/16 v. 11/03/2016
#F5079748F#
HUGO MIGUEL GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana Concepción del Uruguay.
e. 11/03/2016 N° 13035/16 v. 11/03/2016
#F5079745F#
#I5079746I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
EDICTO
Se hace saber a Ud., que deberá presentarse dentro de los (5) cinco días hábiles de recibida
la presente en horarios de 09:00 hs. a 15:00 hs. en la Sección Asistencia Técnica de la Aduana
de Concepción del Uruguay sita en Estrada N° 4 a los efectos de la verificación de la mercadería
interdicta por Gendarmería Nacional el día 29 de mayo del año 2015 en Control sobre Ruta Nac. 14
altura Km. 100, Depto. Uruguay, para su posterior aforo, afectada a la actuación que se substancia
por ésta dependencia como 015-SC-7-2016/7, caratulado como “SANTA CRUZ VILLALBA MARTA
#I5081086I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
CODIGO ADUANERO (LEY 22415, art. 1013 inc. “h” y 1101)
EDICTO NRO.
Por ignorarse domicilio, del Señor SANCHEZ TAPIA JOSE (PASAPORTE N AD 817615) se cita
para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas
por la infracción que se les imputa, cuyos expedientes tramitan en la Sec. n° 1 del Departamento
Procedimientos Legales Aduaneros - Hipolito Yrigoyen 460 1° Piso CAP. FED. bajo apercibimiento
de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo
apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la
multa mínima, y el abandono de la mercadería en cuestión (en caso de corresponder a favor del
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
21
Estado Nacional con entrega de esta Zona Primaria Aduanera, dentro del plazo arriba señalado
producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (art. 930,
931 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe de los tributos debidos, en los términos del art.
794 del Código Aduanero.
Expediente
12181-5690-2009
Imputado / C.U.I.T.
Infracción Código
Aduanero
Multa mínima
Tributos
Art. 970
$18065,49
U$S 4580,50 IVA
ADICIONAL Y
GANANCIAS $ 9980,29
SANCHEZ TAPIA
JOSE (AD817615)
ALEJANDRO KOCH, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación N° 1, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 11/03/2016 N° 13698/16 v. 11/03/2016
#F5081086F#
#I5081087I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
CODIGO ADUANERO (LEY 22415, art. 1013 inc. “h” y 1101)
EDICTO NRO.
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro
de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción
que se les imputa, cuyos expedientes tramitan en la Sec. n° 1 del Departamento Procedimientos
Legales Aduaneros - Hipolito Yrigoyen 460 1° Piso CAP. FED., bajo apercibimiento de rebeldía.
Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento
de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se le hace saber que el pago de la multa mínima,
dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (art. 930, 931 y 932 del C.A.). Asimismo se indica el importe de los tributos
debidos, en los términos del art. 794 del Código Aduanero.
Expediente
Imputado / C.U.I.T.
Infracción Código
Aduanero
Multa mínima
Tributos
12210-2661-2007
FERRO ALEACIONES
SA N 30-709084212
Art. 970
$19431,87
U$S 17360
ALEJANDRO KOCH, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación N° 1, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 11/03/2016 N° 13699/16 v. 11/03/2016
#F5081087F#
#I5081183I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DIVISIÓN SECRETARÍA DE ACTUACIÓN N° 3
EDICTO
EDICTO - LEY 22.415 Art. 1013 Inc. H
Por ignorarse domicilio, se cita a la/las Firmas que más abajo se mencionan, para que dentro de
los 10 (diez) días hábiles de notificadas, comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por
la infracción tipificada en el art. 954 del CA, cuyos expedientes tramitan en la División Secretaría de
Actuación N° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Hipólito Yrigoyen 440 Piso 4°
CABA, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio en los términos del art. 1001 del
Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se les hace saber
que el pago de la multa mínima, dentro del plazo arriba señalado, producirá la extinción de la acción
penal aduanera y la no registración del antecedente (art. 930, 931 y 932 del C.A.). Finalmente se hace
saber que de conformidad con lo dispuesto en la Res. Gral AFIP N° 3271/12 y las disposiciones DE
PRLA N° 16/2012 y 15/2013 se ha modificado la moneda de la obligación tributaria conforme se indica a
continuación, y que en el caso de los tributos reclamados en dólares estadounidenses se utilizará para
su conversión en pesos el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al
cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago.
Abog. CARLOS S. CAZZOLATO, Firma Responsable, Depto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 11/03/2016 N° 13746/16 v. 11/03/2016
#F5081183F#
#I5080042I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Disposición 36/2016
Asunto: Designación de Agentes Notificadores. Art. 100, inc. e) de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones). Dirección Regional Neuquén.
Bs. As., 07/03/2016
VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 11412-124-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Neuquén solicita la designación de
nuevos agentes notificadores en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas del área.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.
Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.
Viernes 11 de marzo de 2016
Primera Sección
Que de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10
de Julio de 1997, por las Disposiciones Nros. 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12
(AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Desígnense como Agentes Notificadores para que actúen conforme a la Ley
N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Neuquén,
a los siguientes agentes: VITA, Pablo Daniel (DNI N° 30.037.380 - Legajo N° 43560/92), BUSTOS
MARTINS, Pablo Santiago (DNI N° 29.547.939 - Legajo N° 43510/35), MOTA DE SANCHEZ HEREDIA, María Beatriz (DNI N° 13.487.616 - Legajo N° 26558/87), COSTANZO, Raúl Martín (DNI
N° 21.468.326 - Legajo N° 43767/93), ARDITO, María Magdalena (DNI N° 21.581.720 - Legajo
N° 36979/77), CABALLERO, Juan Manuel (DNI N° 24.336.388 - Legajo N° 43.645/38), LIZZI, Sofía
(DNI N° 37.663.162 - Legajo N° 43592/51), BELTRAME, Nicolás Rodrigo (DNI N° 32.558.276 - Legajo N° 43568/81); INGLERA VILLA, Leandro Exequiel (DNI N° 37.359.222 - Legajo N° 43529/55),
BAIGES, Federico Eduardo (DNI N° 28.802.679, Legajo N° 42268/31); CORVALAN, Alejandro
Gonzalo (DNI N° 17.726.152 - Legajo N° 29446/72) y ALESSANDRINI, Valeria Carolina Belén (DNI
N° 30.229.840 - Legajo N° 59452/75).
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Licenciado HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección
General Impositiva.
e. 11/03/2016 N° 13222/16 v. 11/03/2016
#F5080042F#
#I5080052I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.
Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de sus respectivas competencias.
Que de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10
de julio de 1997 y por las Disposiciones Nros. 571/06 (AFIP) de fecha 13 de septiembre de 2006 y
349/12 (AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Desígnese como Agente Notificadora para que actúe conforme a la Ley
N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional
Oeste, a la agente Gabriela ESTAVERON (D.N.I. N° 28.696.871 - Legajo N° 42.382/07).
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Licenciado HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección
General Impositiva.
e. 11/03/2016 N° 13229/16 v. 11/03/2016
#F5080049F#
#I5081994I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA DE LOS RECURSOS
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Disposición 38/2016
DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL OESTE
Asunto: Designación de Agentes Notificadoras Artículo 100, inc. e) de la Ley N° 11.683 (t.o. en
1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Oeste.
Disposición 9/2016
Bs. As., 07/03/2016
VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 10661-1494-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Oeste solicita la designación
de nuevas agentes notificadoras en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas
del área.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas.
Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de sus respectivas competencias.
Que de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10
de julio de 1997 y por las Disposiciones Nros. 571/06 (AFIP) de fecha 13 de septiembre de 2006 y
349/12 (AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Desígnense como Agentes Notificadoras para que actúen conforme a la Ley
N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional
Oeste, a las agentes Fernanda Viviana HOMEDES (D.N.I. N° 26.345.878 - Legajo N° 39864/22),
Mónica Marta LOMBARDIA (D.N.I. N° 27.178.669 - Legajo N° 39929/54) y Nora Mabel CARABAJAL
(D.N.I. N° 14.840.339 - Legajo N° 27477/95).
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Licenciado HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección
General Impositiva.
e. 11/03/2016 N° 13232/16 v. 11/03/2016
#F5080052F#
#I5080049I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Disposición 39/2016
Asunto: Designación de Agente Notificadora Artículo 100, inc. e) de la Ley N° 11.683 (t.o. en
1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Oeste.
Bs. As., 07/03/2016
VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 10651-299-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Oeste solicita la designación
de una nueva agente notificadora en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas
del área.
22
Asunto: Régimen de Reemplazos en Jurisdicción de la Dirección Regional de los Recursos de
la Seguridad Social Oeste.
Bs. As., 08/03/2016
VISTO, lo solicitado por la Jefatura y,
CONSIDERANDO:
Que por razones de índole funcionales surge la necesidad de establecer un Régimen de Reemplazo en la División Jurídica, División Fiscalización y División Investigaciones de los Recursos de
la Seguridad Social Oeste (DI RRSO), para los casos de ausencias o impedimentos de su titular.
Que el dictado de la medida se efectúa en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Disposición N° 487/07 (AFIP) y sus modificaciones, procediendo a disponer en consecuencia.
Por ello,
LA DIRECTORA
DE LA DIRECCION REGIONAL DE LOS RECURSOS
DE LA SEGURIDAD SOCIAL OESTE
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Dejar sin efecto en el Régimen de Reemplazo la Disposición N° 1/2015; Disposición N° 2/2015; Disposición N° 6/2015 y la Disposición N° 6/2016.
ARTICULO 2° — Formalizar el Régimen de Reemplazo a partir del 1/3/2016 para el caso de
ausencia o impedimento de la Jefatura del área detallada a continuación:
UNIDAD DE ESTRUCTURA
Div. Técnico Jurídica (DI RRSO)
Div. Investigación (DI RRSO)
Div. Fiscalización (DI RRSO)
PRIMER REEMPLAZO
Jefe Fiscalización (DI RRSO)
Jefe Técnico Jurídica (DI RRSO)
Jefe Investigación (DI RRSO)
SEGUNDO REEMPLAZO
Jefe Investigación (DI RRSO
Jefe Fiscalización (DI RRSO)
Jefe Técnico Jurídica (DI RRSO
ARTICULO 3° — Publíquese en la Dirección Nacional del Registro Oficial, Regístrese, notifíquese al área correspondiente y oportunamente archívese. — Abog. PATRICIA ALEJANDRA MELCON, Directora de la Dirección Regional de los Rec. de la Seg. Soc. Oeste, Subd. Gral. de Coord.
Operativa de los Rec. de la Seg. Social.
e. 11/03/2016 N° 14083/16 v. 11/03/2016
#F5081994F#
#I5080022I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 114/2016
Asunto: Designación Representantes del Fisco. S/finalización de medida cautelar. Disposiciones (AFIP) Nros. 327/14 y 328/14.
Bs. As., 07/03/2016
VISTO la Actuación N° 10138-81-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la Disposición N° 13/15 (SDG RHH), dictada por esta Subdirección General
el 9 de enero de 2015, y
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
CONSIDERANDO:
23
Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y Asuntos Jurídicos,
han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.
Que por el citado acto administrativo se dispuso que la aplicación de la Disposición N° 479/14
(SDG RHH) del 18 de diciembre de 2014, quedaba supeditada respecto de los Abogados Luis Alberto ALEGRE, Miguel Ángel ALEKSICH, Saúl Ángel FESTORAZZI y Julio César RONCONI —entre
otros— a la vigencia de la medida cautelar dictada respecto de los agentes alcanzados.
Que asimismo, por medio de la disposición mencionada en el considerando precedente se
dispuso, entre otras medidas y en cumplimiento de la Disposición N° 327/14 /AFIP) de fecha 21 de
agosto de 2014, la reubicación en el Grupo 17, Función Abogado, de los Agentes Judiciales que se
encontraban a cargo de las ejecuciones fiscales promovidas por esta Administración Federal de
Ingresos Públicos.
Que el dictado del acto dispositivo citado en el VISTO, implicó el reintegro de los abogados
que se detallan en el Anexo I de la presente, como Agentes Judiciales dentro de la Clase Administrativo y Técnico en el Grupo 8, Función 4, supeditado a la vigencia de las medidas cautelares.
Que en sede judicial, corresponde destacar que la División Jurídica de la Dirección Regional Resistencia ha informado que se encuentra firme la revocación por parte de la Excelentísima
Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia de la medida cautelar oportunamente otorgada a
favor de los actores.
Que en razón de ello, corresponde revocar la disposición citada en el VISTO y, en consecuencia, asignarles a los agentes incluidos en el Anexo I al ARTÍCULO 1° de la presente, el Grupo,
Función y tareas establecidas en la Disposición N° 479/14 (SDG RHH).
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades otorgadas a esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre
de 2005, las que se mantienen por el artículo 5° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.
Que ha tomado la intervención que es de su competencia la Subdirección General de Asuntos
Jurídicos.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10
de Julio de 1997, por la Disposición N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y el artículo 4° de la
Disposición N° 327/14 (AFIP), procede disponer en consecuencia.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Revócase la Disposición N° 13/15 (SDG RHH), dictada por esta Subdirección
General el 9 de enero de 2015, respecto de los abogados que se detallan en el Anexo I que forma
parte de la presente, dejándose establecido que los mismos ejercerán en el carácter de Representantes del Fisco, la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683
(texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes
del Código Aduanero (Ley N° 22.415).
ARTÍCULO 2° — Reubícase a los agentes nominados en el Anexo I al presente artículo, a partir
de la notificación de este acto dispositivo, dentro de la Clase Administrativo y Técnico en el Grupo
17, Función Abogado, del ordenamiento escalafonario previsto en el C.C.T.- Laudo N° 15/91 (T.O.
Resolución S.T. N° 925/10).
ARTÍCULO 3° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, remítase a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE,
Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.
Anexo I a los Artículos 1° y 2° de la Disposición N° 114/16 (SDG RHH)
APELLIDO y NOMBRE
ALEGRE, LUIS ALBERTO
ALEKSICH, MIGUEL ANGEL
FESTORAZZI, SAUL ANGEL
RONCONI, JULIO CESAR
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
LEGAJO
027482/55
026048/14
090339/53
024291/99
e. 11/03/2016 N° 13202/16 v. 11/03/2016
#F5080022F#
#I5080036I#
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 123/2016
Asunto: Baja de Representante del Fisco en jurisdicción de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social. Abogado Luciano Esteban BOTTO ROSTOM.
Bs. As., 08/03/2016
VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 13334-9-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO, la Subdirección General de Técnico Legal de los
Recursos de la Seguridad Social solicita dar de baja al Representante del Fisco, abogado Luciano
Esteban BOTTO ROSTOM, que fuera designado mediante la Disposición N° 669/15 (SDG RHH) del
4 de Diciembre de 2015, para ejercer la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL
DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en materia previsional, impositiva y aduanera.
Que ha prestado su conformidad la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10
de julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del
21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Dénse por finalizadas las funciones como Representante del Fisco del abogado Luciano Esteban BOTTO ROSTOM (D.N.I. N° 26.673.392 - Legajo N° 42.848/85), que fuera
designado mediante la Disposición N° 669/15 (SDG RHH) del 4 de Diciembre de 2015, para ejercer
la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los
procesos de ejecución fiscal que se promuevan en materia previsional, impositiva y aduanera, en
las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley
N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículo 1125 y concordantes del Código Aduanero
(Ley N° 22.415).
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General,
Subdirección General de Recursos Humanos.
e. 11/03/2016 N° 13216/16 v. 11/03/2016
#F5080036F#
#I5079231I#
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 11/2016
Bs. As., 07/03/2016
VISTO el Expediente CUDAP:EXP-JGM:0005500/2016 del registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto 438/1992), el Decreto N° 117 del 12 de enero
de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 117 del 12 de enero de 2016 implementa el PLAN DE APERTURA DE DATOS, el cual establece que los datos públicos deben ser publicados en forma proactiva, completa
y oportuna, en y por los canales, medios, formatos y bajo licencias que mejor faciliten su ubicación, acceso, procesamiento, uso, reutilización y redistribución.
Que, asimismo, el Decreto mencionado en el Considerando anterior, contempla un cronograma de publicación gradual de todos los datos producidos, almacenados o recopilados en medios
digitales, cuya publicidad no se encuentre excluida por normas específicas.
Que desde el año 2012, la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte de la ALIANZA PARA EL
GOBIERNO ABIERTO, iniciativa internacional multilateral que tiene como objetivo mejorar los niveles de participación ciudadana, transparencia y rendición de cuentas, aprovechando las nuevas
tecnologías para fortalecer la gobernabilidad mediante la adopción de compromisos nacionales
como los de apertura de datos, lucha contra la corrupción y promoción de la ética pública, y ante
la cual, la REPÚBLICA ARGENTINA, ha presentado DOS (2) planes de acción con compromisos
concretos en torno a dichos principios.
Que, por su parte, la CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS es una iniciativa mundial
promovida por los líderes del GRUPO DE TRABAJO DE DATOS ABIERTOS de la ALIANZA PARA
EL GOBIERNO ABIERTO, el gobierno de CANADÁ y la WEB FUNDATION, OMIDYAR NETWORK,
OD4D y el gobierno de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que articula principios fundamentales
a nivel global.
Que, por su parte, por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, se sustituyó el artículo
1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, creándose el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, con el propósito de implementar nuevas formas de
gestión que requiere un estado moderno, como así también el desarrollo de tecnologías aplicadas
a la administración pública central y descentralizada que acerquen al ciudadano a la gestión del
Gobierno Nacional.
Que entre las atribuciones asignadas al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encuentra la
de diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las
distintas áreas y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia, como así también definir el Plan de Modernización y ejercer funciones como
Autoridad de Aplicación del mismo.
Que entre las políticas a implementarse en el marco de la modernización del Estado se encuentran aquellas referidas al Gobierno Abierto, cuya realización requiere de la adopción de medidas que favorezcan la gestión de los conjuntos sistematizados de datos preservados digitalmente
por los diferentes Ministerios, Secretarías y organismos descentralizados del PODER EJECUTIVO
NACIONAL como un activo cívico y gubernamental de carácter estratégico.
Que, en ese contexto, la adhesión a la CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS refuerza el compromiso expresado por la REPÚBLICA ARGENTINA y servirá de impulso para seguir
mejorando la implementación de su política de datos abiertos con la finalidad de aprovechar las
nuevas tecnologías para fortalecer la gobernabilidad y potenciar la política de Datos Abiertos del
Estado mediante la adopción de compromisos con vistas a mejorar los niveles de participación
ciudadana.
Que, en consonancia con lo antes señalado, se hace necesario adherir a esa CARTA INTERNACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el artículo 23 octies de
la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto 438/1992) y sus modificatorias.
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Por ello,
EL MINISTRO
DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la adhesión de la REPÚBLICA ARGENTINA a la CARTA INTERNACIONAL DE DATOS ABIERTOS promovida por los líderes del GRUPO DE TRABAJO DE DATOS
ABIERTOS de la ALIANZA PARA EL GOBIERNO ABIERTO, el gobierno de CANADÁ y la WEB
FUNDATION, OMIDYAR NETWORK, OD4D y el gobierno de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — ANDRÉS IBARRA, Ministro de Modernización.
e. 11/03/2016 N° 12859/16 v. 11/03/2016
#F5079231F#
#I5079127I#
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO
y
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Conjunta 1/2016 y 25/2016
Bs. As., 04/03/2016
VISTO el Expediente N° 2204/2014 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios,
mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), la Resolución del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PRODUCTIVA N° 436 de fecha 30 de junio de 2015, y
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
24
VICIOS 3 DE FEBRERO LIMITADA, MAT. 9612, COOPERATIVA DE CONSUMO RIO QUINTO LIMITADA, MAT. 9656, COOPERATIVA INDUSTRIAL DARACTENSE DE TRABAJO Y CONSUMO
PARA EGRESADOS DEL ENET N° 1 COINDAR LTDA. MAT. 9711, COOPERATIVA SANLUISEÑA
DE ALMACENEROS MINORISTAS DE PROVISION CONSUMO CREDITO Y VIVENDA LIMITADA
MAT.9772, COOPERATIVA COVIMER LIMITADA, MAT. 9886, COOPERATIVA DE CONSUMO Y VIVENDA DE LA FAMILIA OBRERA LIMTADA, MAT. 9976, COOPERATIVA DE VIVIENDA EL TELEPOSTAL LIMITADA, MAT. 10140, COOPERATIVA DE VIVIENDA CONSUMO Y CREDITO PARQUE
INDUSTRIAL SAN LUIS LIMITADA, MAT.10307, COOPERATIVA APICOLA PUNTANA LIMITADA,
MAT. 10395, COOPERATIVA DE TRABAJO Y CONSUMO LA FLORIDA LIMITADA, MAT. 10667,
COOPERATIVA DE VIVIENDA URBANIZACION SERVICIOS PUBLICOS Y CONSUMO FERROVIARIA JUSTO DARACT LIMITADA, MAT. 11036, COOPERATIVA DE VIVIENDA CONSUMO SERVICIOS PUBLICOS Y TURISMO LTDA (COOPERLUZ) MAT. 11381, COOPERATIVA DE CONSUMO
Y VIVIENDA NUEVA SAN LUIS LIMITADA, MAT. 11435, COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS MILAGROS LIMITADA, MAT. 11645. Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de
actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes. Dichos
sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N° 3369/09 y Resol. N° 403/2013; por hallarse suspendidas la autorización para funcionar,
en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescriptas en los artículos 1°
y/o 2° de la Resolución N° 3369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut
supra” ha sido designado el suscripto como Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en
vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas
que hagan a su derecho (art. 1° inc. f) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir desde el último
día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio
legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su
representante legal (Arts.19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). Vencido
el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso
el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse
de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991).
Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 11/03/2016 N° 12838/16 v. 15/03/2016
#F5079153F#
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1° de la Resolución MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA N° 436 de fecha 30 de junio de 2015, se aprobaron las aperturas inferiores
de la Unidad de Auditoría Interna de la citada Jurisdicción.
Que por tal motivo, se solicita la incorporación de diversos cargos al Nomenclador de Funciones Ejecutivas.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Funciones Ejecutivas correspondientes.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS,
a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos
vigentes para la medida propugnada en la presente norma.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 7° de la
Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016.
#I5079223I#
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 147/2016
Bs. As., 04/03/2016
VISTO el Expediente ANC N° 0031018/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa EXECUTIVE JETS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 3071476218-0) solicita autorización para explotar servicios no regulares internos e internacionales de
transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte.
Que la mencionada transportadora ha dado cumplimiento a la totalidad de las exigencias que
sobre el particular establece el Código Aeronáutico.
Que se ha comprobado oportunamente que la Compañía Aérea acredita la capacidad técnica
y económico-financiera a que se refiere el Artículo 105 del Código Aeronáutico.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO
DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA
DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVEN:
Que la peticionaria acreditó debidamente la base de operaciones, mediante la autorización
otorgada por la autoridad competente.
Que dada la clase de servicios solicitados, los mismos no deberán interferir, tanto en su aspecto comercial como operativo, en el normal desenvolvimiento de las empresas regulares de
transporte aéreo.
ARTÍCULO 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, según el
detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Ing. PABLO MARTÍN LEGORBURU, Secretario de Empleo Público, Ministerio de Modernización. — Cont. GUSTAVO A. MARCONATO, Secretario de Hacienda.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1º
INCORPORACIONES
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
AUDITORÍA ADJUNTA
SUPERVISIÓN DE AUDITORIA DE GESTIÓN Y LEGAL
SUPERVISIÓN DE AUDITORIA CONTABLE, PATRIMONIAL Y PRESUPUESTARIA
SUPERVISIÓN DE AUDITORIA EN TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Que las instancias de asesoramiento se han expedido favorablemente con relación a los servicios no regulares requeridos.
Que la Empresa deberá ajustar la prestación de los servicios solicitados a los requisitos previstos en el Código Aeronáutico, en la Ley N° 19.030 (Política Nacional de Transporte Aerocomercial) y a las normas reglamentarias vigentes establecidas en el Decreto N° 326 de fecha 10 de
febrero de 1982 y en el Decreto N° 2.186 de fecha 25 de noviembre de 1992.
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Unidad Organizativa
Que los servicios a operar tienden a abarcar un sector de necesidades no satisfecho por las
empresas prestatarias de servicios aerocomerciales regulares y que, dado lo reducido del porte
del material de vuelo a ser utilizado, éste no ofrece posibilidad de competencia a las mismas,
quedando comprendido en la excepción prevista por el Artículo 102, aplicable en el orden internacional por el Artículo 128, ambos del Código Aeronáutico.
Nivel
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL ha tomado la intervención de su competencia.
III
IV
IV
IV
Que la presente resolución se dicta de conformidad con lo normado por los Artículos 102 y 128
del Código Aeronáutico y en el Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 y el Decreto N° 1.770
de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
e. 11/03/2016 N° 12812/16 v. 11/03/2016
#F5079127F#
#I5079153I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano N° 1656, Capital Federal, notifica que se ha ordenado instruir sumario a las entidades
que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE VIVIENDA CONSUMO Y PROVISION DE SER-
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a la Empresa EXECUTIVE JETS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-71476218-0) a explotar servicios no regulares internos e internacionales
de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de reducido porte.
ARTÍCULO 2° — Con carácter previo al ejercicio de los derechos que se confieren mediante la
presente resolución, la Empresa deberá obtener el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos.
ARTÍCULO 3° — La Empresa deberá iniciar las operaciones dentro de los CIENTO OCHENTA
(180) días siguientes a la fecha de obtención del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos.
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
ARTÍCULO 4° — En su explotación no deberá interferir, tanto en su faz comercial como operativa, los servicios regulares de transporte aéreo.
ARTÍCULO 5° — La base de operaciones se encuentra en el Aeropuerto de SAN FERNANDO
(Provincia de BUENOS AIRES).
ARTÍCULO 6° — La Empresa ajustará su actividad y la prestación de los servicios conferidos a
los requisitos previstos en el Código Aeronáutico y sus modificatorias, la Ley N° 19.030, las normas
reglamentarias vigentes y las que se dicten durante el ejercicio de la presente autorización.
ARTÍCULO 7° — La Empresa deberá solicitar la afectación de sus aeronaves y, previo a ello,
deberá acreditar mediante constancia emitida por los organismos competentes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL que tales equipos han cumplido con todos y cada uno
de los requisitos exigidos por los mismos.
ARTÍCULO 8° — Asimismo, deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las tarifas a aplicar, los seguros de ley, los talonarios de recibos y libros
de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución
o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros,
tarifas, cambio de domicilio y/o base de operaciones.
ARTÍCULO 9° — La Empresa deberá proceder a la afectación del personal que desempeñe
funciones aeronáuticas según lo establecido en la Disposición N° 3 de fecha 20 de abril de 2004 de
la ex-SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL dependiente de la ex-SECRETARÍA
DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 10. — Dentro de los QUINCE (15) días siguientes a la fecha de notificación de la
presente resolución, la Empresa deberá presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las constancias de haber
constituido el depósito de garantía prescripto por el Artículo 112 del Código Aeronáutico.
ARTÍCULO 11. — En caso de desarrollar la explotación de servicios de transporte aéreo como
actividad principal o accesoria dentro de un rubro más general, la Empresa deberá discriminar sus
negocios de forma de delimitar la gestión correspondiente a tales servicios y mostrar claramente
sus resultados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 100 del Código Aeronáutico.
ARTÍCULO 12. — Regístrese, notifíquese a la Empresa EXECUTIVE JETS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, publíquese mediante la intervención del Boletín Oficial y cumplido,
archívese. — Ing. JUAN PEDRO IRIGOIN, Administrador Nacional de Aviación Civil.
e. 11/03/2016 N° 12851/16 v. 11/03/2016
#F5079223F#
#I5079233I#
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 20/2016
Bs. As., 05/02/2016
VISTO el Expediente N° 732/16 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, la
Ley 25.636 y el artículo 68 del Anexo I del Decreto N° 1225/10, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley 25.636 establece que “...todas las radiodifusoras y cadenas de
televisión nacionales que hayan obtenido su correspondiente licencia, comiencen sus emisiones
con la transmisión del Himno Nacional Argentino”.
Que el artículo 2° de la Ley citada en el considerando precedente dispone que “En aquellas
difusoras que operen en forma continuada las veinticuatro horas, el himno lo deberán emitir a partir
de la cero (0) hora del nuevo día”.
Que el artículo 68 del Anexo I del Decreto N° 1225/10 establece que “...Al inicio del horario
establecido como apto para todo público y a su finalización, deberá emitirse claramente, en forma
escrita y oral, la leyenda “A PARTIR DE ESTE MOMENTO COMIENZA EL HORARIO APTO PARA
TODO PUBLICO” Y “A PARTIR DE ESTE MOMENTO FINALIZA EL HORARIO APTO PARA TODO
PUBLICO”, respectivamente.
Que conforme las características propias de la actividad de los servicios de comunicación
audiovisual y de las señales en muchos casos resulta dificultosa la sujeción estricta a los horarios
en los que debe cumplirse con las obligaciones previstas en las normas citadas precedentemente.
Que en virtud de ello resulta razonable flexibilizar las condiciones de cumplimiento de las referidas condiciones, a fin de garantizar su observancia en resguardo del interés público.
Que, en el marco de lo previsto en el artículo 68 del Anexo I del Decreto N° 1225/10 “Protección de la niñez y contenidos dedicados”, dicha flexibilización no implica en modo alguno la posibilidad de modificar el carácter y/o calificación de los contenidos a transmitirse.
Que el servicio jurídico permanente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado
la intervención de su competencia.
Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado del
presente acto administrativo tal surge del Acta N° 2, del 1° de febrero de 2016.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 12 de
la Ley N° 26.522, del Decreto 267/15 y del Acta N° 1 de Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, suscripta el día 5 de enero de 2016.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establécese que en marco de las disposiciones previstas en los artículos
1° y 2° de la Ley 25.636, los sujetos obligados cuentan con una tolerancia de hasta QUINCE (15)
minutos para su cumplimiento.
ARTÍCULO 2° — Establécese que los sujetos obligados por el primer párrafo del artículo 68
del Anexo I del Decreto N° 1225/10, cuentan con una tolerancia de hasta QUINCE (15) minutos para
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
25
la exhibición de la leyenda “A PARTIR DE ESTE MOMENTO FINALIZA EL HORARIO APTO PARA
TODO PUBLICO”, a emitirse en el horario de las 22:00 horas, en cumplimiento del inciso b) del
artículo 68 de la Ley 26.522.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 11/03/2016 N° 12861/16 v. 11/03/2016
#F5079233F#
#I5079236I#
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 22/2016
Bs. As., 05/02/2016
VISTO el Expediente N° 1169/10 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado del Decreto N° 267/15 se introdujeron diversas modificaciones a las
Leyes Nros. 26.522 y 27.078, con el objetivo de evitar la consolidación del proceso de regresión
de la industria de los medios y las telecomunicaciones en atención a la velocidad y dinamismo
con que los cambios tecnológicos se producen, como así también, se promovió la revisión de las
políticas regulatorias.
Que por el artículo 7° del Decreto N° 267/15 se sustituyó el artículo 10 de la Ley N° 27.078,
incorporándose como servicio que podrán registrar los licenciatarios de TIC, al servicio de radiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y/o vínculo radioeléctrico, excluyéndose a la servicios de televisión por suscripción satelital, los que se continuarán rigiendo por la Ley N° 26.522.
Que asimismo dicho artículo dispone que el servicio de radiodifusión por suscripción por
vínculo físico y/o radioeléctrico se regirá por los requisitos que establece la Ley N° 27.078 y los
demás que establezca la reglamentación, no resultándole aplicables las disposiciones de la Ley
N° 26.522.
Que en forma concordante, el artículo 14 del mencionado decreto modificó el artículo 38 de
la Ley N° 26.522, en virtud del cual se encuentran excluidos del ámbito de aplicación de la Ley
26.522 los servicios de comunicación audiovisual por suscripción que utilicen vínculo físico y/o
radioeléctrico.
Que mediante Resolución N° 432-AFSCA/11 se aprobaron los PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA ADJUDICACION DE LICENCIAS A PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS CON Y
SIN FINES DE LUCRO PARA LA INSTALACION Y EXPLOTACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION QUE UTILICEN VINCULO FISICO O EMISIONES SATELITALES, para personas físicas y jurídicas, con y sin fines de lucro.
Que en dichos pliegos se establecieron los requisitos y condiciones que debían acreditar quienes solicitaran: a) la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación
de servicios de comunicación audiovisual que utilicen vínculo físico o emisiones satelitales y b) la
extensión de licencias para prestar servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico, cuyos titulares hubieran obtenido la habilitación del servicio oportunamente adjudicado.
Que en razón de lo expuesto, corresponde suspender la venta de los pliegos mencionados
con relación a los servicios de comunicación audiovisual por suscripción que utilicen vínculo físico
y/o radioeléctrico.
Que asimismo, teniendo en cuenta el cambio de régimen operado respecto de los servicios de
comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico, deviene necesario
disponer la suspensión de los trámites iniciados en los términos de los Pliegos aprobados por Resoluciones Nros. 725-COMFER/91, 275-AFSCA/09 y 432-AFSCA/11 para la obtención de dichas
licencias, sus extensiones, ampliaciones y/o habilitaciones definitivas, hasta tanto se definan las
condiciones para su incorporación como servicio a registrarse por los licenciatarios de TIC.
Que el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha tomado
la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo tal se desprende del Acta de Directorio N° 2 del día 1° de febrero de 2016.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto
N° 267/2015, el Acta N° 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES y por el artículo 12 inciso 1° la Ley N° 26.522.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Suspéndase la venta de los PLIEGOS CONDICIONES PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES PARA LA ADJUDICACION DE LICENCIAS A PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS
CON Y SIN FINES DE LUCRO PARA LA INSTALACION Y EXPLOTACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL POR SUSCRIPCION QUE UTILICEN VINCULO FISICO O EMISIONES SATELITALES, aprobados por Resolución N° 432-AFSCA/11, con relación a las peticiones vinculadas
a servicios de comunicación audiovisual por suscripción mediante vínculo físico y/o radioeléctrico.
ARTICULO 2° — Exceptúense de lo dispuesto en el artículo anterior, a las solicitudes de adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de comunicación audiovisual por suscripción con uso de soporte satelital.
ARTICULO 3° — Dispóngase la suspensión de los trámites iniciados en los términos de los
pliegos aprobados por Resoluciones N° 725-COMFER/91; 275-AFSCA/09 y 432-AFSCA/11 para la
obtención de licencias de servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico
y/o radioeléctrico, sus extensiones, ampliaciones o habilitaciones definitivas, hasta tanto se definan
las condiciones para su incorporación como servicio a registrarse por los licenciatarios de TIC.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de
Comunicaciones.
e. 11/03/2016 N° 12864/16 v. 11/03/2016
#F5079236F#
Viernes 11 de marzo de 2016
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
26
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
#I5079234I#
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
27
correspondiente y solicitó que se contemplara con carácter de excepción, la no interrupción del
trámite por falta de pago del mismo.
MINISTERIO DE SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
EDICTO
“MINISTERIO DE SALUD. Conforme a lo dispuesto por el artículo 49 párrafo 2 de la Ley
N° 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita al Representante Legal de
la firma TWIN MEDICAL S.A. - CUIT 30-70887783-3 en carácter de propietaria del Establecimiento
para la Comercialización de Productos Biomédicos Twin Medical, para que en el plazo de DIEZ (10)
días, a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS
SANITARIAS de la DIRECCIÓN DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD, sito en la Avenida 9
de Julio 1925, Piso 3°, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el horario de 9:30 a 17:30 a
los efectos de tomar vista del Expediente N° 1-2002-13455/13-0 para posteriormente formular
descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa por la presunta infracción al art.
4° de la Ley N° 17.565 y art. 14 del Decreto Reglamentario N° 7123/68, en que habría incurrido bajo
APERCIBIMIENTO en caso de incomparecencia de juzgarlo en rebeldía”.
Dr. OSCAR J. PEREZ, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
e. 11/03/2016 N° 12862/16 v. 15/03/2016
#F5079234F#
Que atendiendo a la solicitud de la Entidad Responsable y a la función de la Instalación, la
GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomienda otorgar la Licencia de Operación, dado que se trata de una instalación cuyo objetivo es llevar a cabo ensayos
sobre materiales irradiados y no irradiados, caracterización de residuos radiactivos, tareas de
investigación y desarrollo radioquímicas, dilución isotópica, recuperación y purificación de uranio
enriquecido irradiado, actividades esenciales en el ámbito del Ciclo de Combustible Nuclear.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 inciso a) de la Ley
N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 2 de marzo de 2016 (Acta N° 9)
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTICULO 1° — Otorgar por vía de excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley
N° 24.804, la Licencia de Operación de la Instalación LABORATORIO DE FACILIDAD RADIOQUÍMICA solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, ubicada en el CENTRO
ATÓMICO EZEIZA, cuya versión, como Anexo, es parte integrante de la presente Resolución.
#I5079245I#
MINISTERIO DE SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
EDICTO
“MINISTERIO DE SALUD Conforme a lo dispuesto por el art. 131, párrafo 2 de la Ley N° 17.132
y atento la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita a Dra. Elsa Jeannette CONDORI
ONGANIA (DNI N° 94.045.841) para que en el plazo de DIEZ (10) días, a contar del quinto de esta
publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCION DE
SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD, sito en Avda. 9 de Julio 1925 - Piso 3° - CAPITAL FEDERAL, en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista del Expediente N° 1-2002-1356/137, para posteriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa,
por la presunta infracción a la Ley N° 17.132 en que habrían incurrido, bajo APERCIBIMIENTO, en
caso de incomparecencia, de juzgarlos en rebeldía”.
ARTICULO 2° — Instruir a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS que entregue el original de la Licencia de Operación a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
ATÓMICA en su carácter de Entidad Responsable de la Instalación citada.
ARTICULO 3° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA
ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL.
— Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA, Presidente del Directorio.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo.
e. 11/03/2016 N° 13069/16 v. 11/03/2016
#F5079779F#
Dr. OSCAR J. PEREZ, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.
e. 11/03/2016 N° 12873/16 v. 15/03/2016
#F5079245F#
#I5079779I#
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 121/2016
Bs. As., 04/03/2016
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario
N° 1.390/98, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) aprobado
por Resolución N° 76/08 y lo actuado en el Expediente N° 11.547/15 y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO,
toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
(ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece que es facultad de la ARN
otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios del material
radiactivo.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), solicitó a esta AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR (ARN) el otorgamiento de la Licencia de Operación del LABORATORIO
DE FACILIDAD RADIOQUÍMICA (LFR), ubicado en el CENTRO ATÓMICO EZEIZA.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIÓLOGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS a través de las
SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR Y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA y el Proyecto Actualización del Sistema de Licencias de la ARN recomendaron dar curso favorable a la solicitud de la Licencia de Operación del LABORATORIO DE FACILIDAD RADIOQUÍMICA, por cuanto
se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite, y se ha
verificado que la instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa de aplicación vigente.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de la tasa regulatoria.
Que mediante la Resolución N° 76/08 del Directorio de la ARN se aprobó el Régimen de Tasas
por Licenciamiento e Inspección, que se aplica a las personas físicas o jurídicas que soliciten el
otorgamiento o sean titulares de licencias, autorizaciones de operación, autorizaciones específicas y permisos individuales, entre otros.
Que conforme a lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS
- SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
ATÓMICA registra deuda en concepto de Tasa Regulatoria.
Que el otorgamiento de una licencia de operación a un usuario de material radiactivo que no
ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804,
conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar.
Que mediante nota N° 470.000-44/16 la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA informó la imposibilidad de pagar en tiempo la tasa regulatoria, debido a la falta de fondos en la partida
#I5079269I#
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 124/2016
Bs. As., 03/03/2016
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario
N° 1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 “Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II”, el trámite de solicitud
de permiso individual para Investigación y Docencia del Doctor José Luis CRUDO, lo actuado
por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por
el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES
(CAAR), y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito
de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que
lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 inciso c) establece que es facultad de la ARN
otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material
radiactivo.
Que el DOCTOR José Luis CRUDO ha solicitado a esta ARN el Permiso Individual para el uso
de radioisótopos con el propósito en Investigación y Docencia.
Que conforme lo informado por la titular de la Subgerencia Gestión Económica Financiera de
esta ARN, el solicitante adeuda a la fecha la suma de PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 5.250.-), en concepto de Tasa Regulatoria.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.
Que el DOCTOR CRUDO no ha dado cumplimiento al Artículo 26 mencionado.
Que el otorgamiento de un permiso individual a un usuario de material radiactivo que no da
cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado ut supra, conlleva una excepción a lo
dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe considerar, teniendo en cuenta razones de
oportunidad, mérito y/o conveniencia en cada caso en particular.
Que la CNEA solicitó que con carácter de excepción se autorice la prosecución del trámite
para el otorgamiento de un Permiso Individual para Investigación y Docencia, solicitado por el Dr.
José Luis CRUDO.
Que en su reunión del día 1° de diciembre de 2015 (Acta N° 39) el Directorio de esta ARN prestó su acuerdo para la prosecución del trámite.
Que el DOCTOR CRUDO, presta un servicio en tareas de Investigación y Docencia en el Laboratorio de Radiofarmacia, para la CNEA, que debe ser considerado como de interés público,
siendo en consecuencia de razonable necesidad el otorgamiento del permiso individual solicitado.
Que conforme lo expuesto, se autoriza que, como excepción a lo establecido en el Artículo 26
de la Ley N° 24.804, el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del
Permiso Individual solicitado.
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) en su Reunión N° 842 Listado - 845 recomendó dar curso favorable al trámite de
solicitud referido en el VISTO.
Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS
han tomado en el trámite la intervención que les compete.
Que el Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión del día 2 de marzo de 2016 (Acta N° 9)
ARTÍCULO 1° — Otorgar en carácter de excepción por tratarse de un caso de interés público,
el permiso individual para Investigación y Docencia, solicitado por el DOCTOR José Luis CRUDO,
correspondiente a la Reunión del CAAR N° 842 - Listado 845.
Permisos Individuales Nuevos
CRUDO JOSE LUIS
Propósito
8.8.1-INVESTIGACION Y DOCENCIA
Actuación N°
03
ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL.
— Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA, Presidente del Directorio.
e. 11/03/2016 N° 12897/16 v. 11/03/2016
#F5079269F#
#I5079307I#
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 125/2016
Bs. As., 03/03/2016
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario
N° 1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 “Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II”, el trámite de solicitud de
permiso individual para Calibración de Equipos, del señor Matías Ezequiel VALLEJOS, lo actuado
por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por
el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES
(CAAR), y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO,
toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina,
deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN)
en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización
respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 inciso c) establece que es facultad de la ARN
otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material
radiactivo.
Que el señor Matías Ezequiel VALLEJOS ha solicitado a esta ARN el Permiso Individual para
el uso de radioisótopos con el propósito en Calibración de Equipos.
Que conforme lo informado por la titular de la Subgerencia Gestión Económica Financiera
de esta ARN, el solicitante adeuda a la fecha la suma de PESOS MIL CINCUENTA ($ 1.050.-), en
concepto de Tasa Regulatoria.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una Tasa Regulatoria.
Que el otorgamiento de un permiso individual a un usuario de material radiactivo que no da
cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado ut supra, conlleva una excepción a lo
dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito
y/o conveniencia en cada caso en particular.
Que la CNEA solicitó que con carácter de excepción se autorice la prosecución del trámite
para el otorgamiento de un Permiso Individual para Calibración de Equipos, solicitado por el señor
Matías Ezequiel VALLEJOS.
Que en su reunión del día 1° de diciembre del 2015 (Acta N° 39) el Directorio de esta ARN
prestó su acuerdo para la prosecución del presente trámite.
Que el señor Matías Ezequiel VALLEJOS, presta un servicio en tareas de Calibración de dosímetros para el nivel radioterapia en el Laboratorio Secundario de Calibración Dosimétrica, para la
CNEA, que debe ser considerado como de interés público, siendo en consecuencia de razonable
necesidad el otorgamiento del permiso individual solicitado.
Que conforme lo expuesto, se autoriza que, como excepción a lo establecido en el Artículo 26
de la Ley N° 24.804, el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del
Permiso Individual solicitado.
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) en su Reunión N° 842- Listado 845 recomendó dar curso favorable al trámite de
solicitud referido en el VISTO.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención que les compete.
Que el Directorio de la ARN es competente para el dictado del presente acto, conforme lo
establecen los artículos 16 inciso c) y 22 de la Ley 24.804.
28
Por ello, en su reunión del día 2 de marzo de 2016 (Acta N° 9)
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTICULO 1° — Otorgar en carácter de excepción por tratarse de un caso de interés público,
el permiso individual para Calibración de Equipos, solicitado por el señor Matías Ezequiel VALLEJOS, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 842-Listado 845.
Expediente N°
Permisos Individuales Nuevos
06293-IN
VALLEJOS MATIAS EZEQUIEL
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
Expediente N°
05009-IN
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Propósito
10-CALIBRACION DE EQUIPOS
Actuación N°
02
ARTICULO 2° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dese a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, publíquese en
el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO
MASRIERA, Presidente del Directorio.
e. 11/03/2016 N° 12935/16 v. 11/03/2016
#F5079307F#
#I5079272I#
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 126/2016
Bs. As., 03/03/2016
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98,
el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 “Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II”, los trámites de solicitud de permisos
individuales de Investigación y Docencia e Importación, Exportación y Venta de Material Radiactivo
a usuarios autorizados, a la Licenciada Gabriela Lujan CERUTTI, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR
EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO,
toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina,
deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN)
en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización
respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 inciso c) establece que es facultad de la ARN
otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material
radiactivo.
Que la Licenciada Gabriela Lujan CERUTTI ha solicitado a esta ARN los Permisos Individuales
para el uso de radioisótopos con el propósito en Investigación y Docencia e Importación, Exportación y Venta de Material Radiactivo a usuarios autorizados.
Que, conforme a lo informado por el Responsable del Sector Facturación y Comercio Exterior de
esta ARN la solicitante posee deuda a la fecha, en concepto de Tasa Regulatoria del Permiso Individual.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios del material radiactivo el pago anual de una tasa regulatoria.
Que la Licenciada Gabriela Lujan CERUTTI no ha dado cumplimiento al Artículo 26 mencionado.
Que el otorgamiento de un permiso individual a un usuario de material radiactivo que no da
cumplimiento al requisito exigido por el Artículo 26 citado ut supra, conlleva una excepción a lo
dispuesto en la normativa vigente, que esta ARN debe fundar en razones de oportunidad, mérito
y/o conveniencia en cada caso en particular.
Que la CNEA solicitó con carácter de excepción se autorice la prosecución de los trámites de
permisos individuales de la mencionada Licenciada.
Que en su reunión del día 5 de noviembre de 2015 (Acta N° 35) el Directorio de esta ARN prestó su acuerdo para la prosecución de los trámites.
Que la Licenciada CERUTTI, presta un servicio en tareas de Investigación y Docencia en el
Laboratorio de Metrología de Radioisótopos-CAE, para la CNEA, que debe ser considerado como
de interés público, siendo en consecuencia de razonable necesidad el otorgamiento del permiso
individual solicitado.
Que conforme lo expuesto, se autoriza que, como excepción a lo establecido en el Artículo 26
de la Ley N° 24.804, el pago de la Tasa Regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión
del Permiso Individual solicitado.
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) en su Reunión N° 842-Listado 845 recomendó dar curso favorable al trámite de
solicitud referido en el VISTO.
Que la GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de
esta ARN han tomado en el trámite la intervención que les compete.
Que el Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión del día 2 de marzo de 2016 (Acta N° 9)
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTICULO 1° — Otorgar en carácter de excepción por tratarse de un caso de interés público,
los permisos individuales para los propósitos de Investigación y Docencia y para Importación, Exportación y Venta de Material Radiactivo a usuarios autorizados, solicitado por la Licenciada Ga-
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
briela Lujan CERUTTI, correspondiente a la Reunión del CAAR N° 842-listado 845. Se autoriza que
el pago de la Tasa Regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del Permiso Individual.
Expediente N°
07710-IN
Permisos Individuales
Nuevos
CERUTTI GABRIELA LUJAN
Propósito
Actuación N°
8.8.1 - INVESTIGACION Y DOCENCIA
6.2.1 - IMPORTACION, EXPORTACION
Y VENTA DE MATERIAL RADIACTIVO A
USUARIOS AUTORIZADOS
01
ARTICULO 2° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dese a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, publíquese en
el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO
MASRIERA, Presidente del Directorio.
e. 11/03/2016 N° 12900/16 v. 11/03/2016
#F5079272F#
#I5079286I#
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 127/2016
Bs. As., 03/03/2016
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario
N° 1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 “Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II” los trámites de solicitud de
permisos individuales referidos en el Anexo a la presente Resolución, lo actuado por la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, lo recomendado por el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR), y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO,
toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina,
deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN)
en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización
respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS verificó que se
haya dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación del solicitud del Doctor KORTSARZ GONZALEZ Álvaro Rafael para la renovación de su permiso individual
para el propósito 3.7 “Uso de equipos de alta energía, acelerador lineal y de uso médico”.
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) en su Reunión N° 842- Listado 845- Aplicaciones Médicas y la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS han recomendado el otorgamiento de
la renovación del permiso individual del Doctor KORTSARZ GONZALEZ Álvaro Rafael por vía de
excepción por el término de un año (1), hasta completar su actualización profesional.
Que el solicitante no ha dado cumplimiento a los requisitos necesarios a fines de la obtención
o renovación del permiso solicitado, llevando a cabo el “Curso de actualización para en protección
radiológica para Médicos Radioterapeutas”.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención que les compete.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado del
presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión del día 2 de marzo de 2016 (Acta N° 9)
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTICULO 1° — Otorgar el permiso individual por vía de excepción al Doctor KORTSARZ
GONZALEZ Álvaro Rafael correspondiente a la Reunión del CAAR N° 842 - Listado 845 - Aplicaciones Médicas
Expediente N°
01207-IN
Permisos Individuales
ALVARO RAFAEL
KORTSARZ GONZALEZ
Propósito
3.7-USO DE EQUIPOS DE ALTA ENERGIA,
ACELERADOR LINEAL Y DE USO MEDICO
Actuacion N°
05
ARTICULO 2° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, publíquese en
el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO
MASRIERA, Presidente del Directorio.
e. 11/03/2016 N° 12914/16 v. 11/03/2016
#F5079286F#
#I5079324I#
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Resolución 249/2016
Bs. As., 04/03/2016
VISTO el Expediente N° S02:0023856/2016 del registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 2560 de fecha 13 de junio de 2000 de la COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, entonces dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE INFRAES-
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
29
TRUCTURA Y VIVIENDA, aprobó los importes a percibir en concepto de gastos administrativos
por las tareas que en el ámbito de su competencia posee en virtud del (i) “MANUAL DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA VEHÍCULOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS”,
estatuido por las Resoluciones N° 606 de fecha 18 de diciembre de 1975 de la ex SECRETARÍA DE
ESTADO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS y N° 395 de fecha 23 de junio de 1989, modificatorias y complementarias, y del (ii) REGISTRO NACIONAL DE FÁBRICAS DE CARROCERÍAS Y
TALLERES, creado por la Resolución N° 68 de fecha 20 de octubre de 1981 de la ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE.
Que mediante la Resolución N° 3853 de fecha 7 de noviembre de 2000 de la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE se redujeron los montos aprobados por la precitada Resolución N° 2560/00 en un DIEZ POR CIENTO (10 %), los cuales se encuentran vigentes
al día de la fecha.
Que la Resolución N° 759 de fecha 20 de mayo de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE
TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, sustituyó los aranceles dispuestos por la Resolución N° 659 de fecha 25 de septiembre de 1997 de la COMISIÓN NACIONAL
DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, relacionados a funciones de habilitación del personal de
conducción que hasta dicho momento desarrollaba el Centro de Examen de Conducción de la ex
empresa Ferrocarriles Argentinos.
Que asimismo por la Resolución N° 872 de fecha 9 de junio de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE se determinó el costo de las libretas de Control Horario
establecidas por la Resolución N° 239 de fecha 16 de julio de 1998 de la ex SECRETARÍA DE
TRANSPORTE entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS y los calcos identificatorios de Oferta Libre, establecidos por la Resolución N° 6015 de
fecha 10 de diciembre de 2007 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
Que en esta instancia resulta dable adecuar la estructura arancelaria vigente de manera tal
que la misma guarde relación con el costo que le reporta al Organismo cumplimentar las tareas
asignadas por el plexo normativo antes reseñado, tanto en lo que refiere a recursos humanos,
logística, estructura organizativa e insumos.
Que la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS elaboró el informe que da
cuenta de la sustentabilidad de la presente medida, en función de los parámetros de actualización
utilizados a tales efectos.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN
DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de la
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobado por Decreto N° 1388 de
fecha 29 de noviembre de 1996, modificado por su similar N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015
(B.O. 20/8/2015) y el Decreto N° 118 de fecha 12 de enero de 2016 (B.O. 13/1/2016).
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 2560 de fecha 13 de junio de 2000
de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, entonces dependiente de la
ex SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del
ex MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, por el Anexo I de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Sustitúyese el Anexo II de la Resolución N° 759 de fecha 20 de mayo de 2014
de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el Anexo II de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3° — Sustitúyese el artículo 1° de la Resolución N° 872 de fecha 9 de junio de
2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Establécese que las libretas de Control Horario establecidas por la Resolución N° 239 de fecha 16 de julio de 1998 de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS tendrán un costo de
PESOS CIEN ($ 100.-) y los calcos identificatorios de Oferta Libre, establecidos por la Resolución
N° 6015 de fecha 10 de diciembre de 2007 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE, tendrán un costo de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO ($ 165.-), los que deberán
ser abonados mediante boleta electrónica por medio de los canales habilitados por el Organismo”.
ARTÍCULO 4° — Derógase la Resolución N° 3853 de fecha 7 de noviembre de 2000 de la
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE de la entonces SUBSECRETARÍA
DE TRANSPORTE TERRESTRE de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, Director Ejecutivo, Comisión Nacional de Regulación
del Transporte.
ANEXO I
Trámite
Aprobación de un plano de carrozado o de modificación de chasis.
Ensayo de módulo estructural, cuando las tareas se realicen en el territorio de la República
Argentina.
Ensayo de módulo estructural, cuando las tareas se realicen en países limítrofes.
Inscripción de una fábrica carrocera o taller modificador de chasis, cuando la planta se
encuentre radicada en el territorio de la República Argentina.
Inscripción de una fábrica carrocera o taller modificador de chasis, cuando la planta se
encuentre radicada en países limítrofes.
Conformidad técnica de un dispositivo, cuando las tareas se realicen en el territorio de la
República Argentina.
Conformidad técnica de un dispositivo, cuando las tareas se realicen en países limítrofes.
Arancel de Fiscalización anual para empresas radicadas en países limítrofes.
Importe
$ 540,00.$ 1.080,00.$ 4.050,00.$ 2.700,00.$ 5.400,00.$ 1.080,00.$ 4.050,00.$ 4.050,00.-
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
ANEXO II
Artículo 6° incisos e), f)
c) g) y h)
Todas
Concepto
30
Solicitante: UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS. FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS
AGROPECUARIAS (UNSL-FICA)
ARANCELES
Categorías
Artículo 6° incisos a), b)
c) d) e i)
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
Representante legal: Sergio Luis Ribotta
Importe
Aspirante
$ 66,00.-
Tema I
Tema II
Tema III
Tema IV, V y VI
$ 66,00.$ 66,00.$ 198,00.$ 264,00.-
Tema I
$ 132,00.-
Tema II
Emisión Licencia Nacional Habilitante
Reposición Licencia Nacional Habilitante
Traslado examinador fuera del Área Metropolitana de Buenos
Aires (artículo 21 inciso a) y artículo 22 inciso c)).
$ 330,00.$ 83,00.$ 42,00.$ 4.122,50.-
En todos los casos se cobrará el doble de los valores indicados si se tratare de repetición de
examen de aspirante o de un tema por reprobación anterior. A su vez se duplicará el nuevo valor
en caso de persistir la reprobación.
Si los examinadores del Centro debieren trasladarse para tomar examen fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires, se deberá abonar el importe correspondiente al traslado de cada uno de
ellos indicado en el cuadro precedente, además del Arancel correspondiente a aspirante y/o tema
por cada uno de los postulantes.
e. 11/03/2016 N° 12952/16 v. 11/03/2016
#F5079324F#
#I5079758I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 517/2015
Bs. As., 03/12/2015
VISTO el Expediente N° S05:0025899/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa CRIADERO EL CENCERRO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética de cebadilla intermedia (Bromus parodii Covas et Itria) de denominación DON ENRIQUE
II en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares,
creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20247.
Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley
de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para
la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18,
19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la
Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el
otorgamiento del respectivo título de propiedad.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 14 de octubre de 2015, según Acta N° 429, ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictaminado al respecto.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el
Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro
Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por
la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética de cebadilla
intermedia (Bromus parodii Covas et Itria) de denominación DON ENRIQUE II, solicitada por la
empresa CRIADERO EL CENCERRO S.A.
ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de
propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín
Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas.
e. 11/03/2016 N° 13048/16 v. 11/03/2016
#F5079758F#
#I5079890I#
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
En cumplimiento del artículo 32 del Decreto N° 2183/91, se comunica a terceros interesados
la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación
fitogenética de soja (Glycine max (L.) Merr.) de nombre FICES 5.2 obtenida por UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS. FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS AGROPECUARIAS (UNSL-FICA).
Patrocinante: Ing. Agr. Susana Beatriz Bologna Fernández
Fundamentación de novedad: FICES 5.2, es un cultivar transgénico tolerante al herbicida glifosato porque contiene el gen CP4 EPSPS pertenece al grupo de madurez V. Se asemeja al cultivar
DON MARIO 4712 RSF, en su hábito de crecimiento, color de flor, color de pubescencia y color de
hilo. FICES 5.2 se diferencia de DON MARIO 4712 RSF en su color de vaina presentando FICES 5.2
color de vaina tostado y DON MARIO 4712 RSF color de vaina castaño.
Fecha de verificación de la estabilidad: 20/11/2004
Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA (30) días de aparecido este aviso.
Ing. Agr. JORGE RAÚL TORRES, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de
Semillas.
e. 11/03/2016 N° 13124/16 v. 11/03/2016
#F5079890F#
#I5079785I#
MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 118/2016
Bs. As., 04/03/2016
VISTO lo establecido por el artículo 40 del Decreto N° 34.952 del 8 de noviembre de 1947
—reglamentario de la Ley N° 12.954 sobre creación del Cuerpo de Abogados del Estado— y por el
artículo 7° del Decreto N° 1204 del 24 de septiembre de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el primero de los preceptos citados reconoce el derecho de los Representantes del Estado en juicio a percibir los honorarios que se regulen a su favor en los juicios en que intervengan,
cuando resulten a cargo de la parte contraria y sea ésta quien los abone, de acuerdo con las disposiciones que reglan la materia en los organismos que representen.
Que en múltiples servicios permanentes de asesoramiento jurídico de la Administración Pública Nacional se ha implementado un régimen de percepción y distribución de honorarios, mediante
resoluciones emanadas de las autoridades competentes de los respectivos organismos.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha convalidado la validez de los referidos regímenes (v. Dictámenes 132:246; 200:209; 202:3 y 231:320).
Que dichos regímenes, en su implementación concreta, se han evidenciado como un recurso
idóneo para alcanzar un sistema proporcional y equitativo en la participación de los honorarios por
parte de la totalidad de abogados que conforman las asesorías jurídicas permanentes.
Que, por otra parte, han constituido una pieza normativa e interpretativa insustituible en aquellos
supuestos en los cuales resultó cuestionado el derecho de diversos letrados a participar en los estipendios profesionales regulados o devengados por convenciones extrajudiciales; al mismo tiempo
que su adopción ha sido propuesta por la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN para todos
los servicios jurídicos que integran el Cuerpo de Abogados del Estado (v. Resol. PTN N° 57/00, art. 3°).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA no
cuenta con un mecanismo de percepción y distribución de honorarios judiciales que, a la luz de lo
dispuesto por las normas citadas en el VISTO, no sólo efectivice el derecho de los miembros del
servicio jurídico a participar en los estipendios profesionales regulados o devengados en las condiciones precedentemente citadas, sino que también asegure una justa y equitativa distribución de
los honorarios entre la totalidad de los integrantes del servicio.
Que, con esa finalidad, el régimen contenido en la presente Resolución contempla criterios
justos y equitativos de participación, que encuentran su fundamento tanto en el reconocimiento a
la responsabilidad profesional comprometida en cada causa, como en insoslayables principios de
moralidad y justicia, toda vez que el abogado que desarrolla su labor en relación de dependencia,
o de locación o prestación de servicios, con el Estado, no obtiene por sí el trabajo profesional, sino
que éste le es asignado por pertenecer al servicio jurídico estatal, de manera tal que es el Estado,
y no su propio esfuerzo de captación, el que provee acceso a la retribución profesional.
Que a su vez, es la Administración la que le suministra la infraestructura necesaria para su
desempeño, ahorrándole gastos y erogaciones que normalmente debe afrontar el profesional independiente para instalar y mantener la organización de medios materiales y humanos que le
permiten trabajar, todo lo cual debe significar una merma en la ganancia que son los honorarios.
Que, asimismo, además de este cúmulo de elementos que hacen al trabajo profesional, debe
ponerse de realce la colaboración que el abogado estatal recibe de sus compañeros —profesionales y administrativos— y la conducción y responsabilidad que incumbe a sus superiores, que
respaldan su tarea en sus funciones de contralor y dirección de los casos (v. Dictámenes 237:13).
Que la extensión de la participación al personal administrativo, en una proporcionalidad menor, reconoce el esfuerzo de quienes integran la infraestructura de apoyo necesaria para el ejercicio profesional.
Que se ha previsto acabadamente el carácter excepcional y no remunerativo de los montos
que se perciban, en atención a las causas que los devengan.
Que el sistema aquí implementado, resguarda adecuadamente los créditos estatales al no privilegiar, por sobre éstos, a los honorarios que puedan ser regulados en juicio, ya que en ningún caso
la proporción entre la suma percibida por honorarios con relación al importe regulado podrá ser mayor a la existente entre el monto efectivamente cobrado del crédito y el reconocido por la sentencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha
tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 40 del
Decreto N° 34.952 del 8 de noviembre de 1947 —reglamentario de la Ley N° 12.954 sobre Creación
del Cuerpo de Abogados del Estado—, del artículo 7 del Decreto N° 1204 del 24 de septiembre de
2001, y por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificaciones.
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
Por ello,
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ARTÍCULO 8°.- Irrenunciabilidad. El profesional a cuyo nombre se hubieran regulado honorarios alcanzados por este régimen, no podrá renunciar a ellos, ni cederlos, ni acordar quitas o espera con relación a los mismos; sin expresa autorización del Director General de Asuntos Jurídicos o
autoridad superior, según corresponda.
EL MINISTRO
DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE HONORARIOS JUDICIALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE DEFENSA, que
como ANEXO I forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, en virtud
de lo dispuesto en la Resolución N° 57 del 18 de agosto de 2000 emanada de ese organismo.
ARTÍCULO 3° — Derógase toda otra norma que se oponga a la presente medida.
ARTÍCULO 4° — La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y archívese. — Ing. Agr. JULIO CESAR MARTÍNEZ, Ministro de Defensa.
ANEXO I
RÉGIMEN DE PERCEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE HONORARIOS JUDICIALES
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE DEFENSA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1°.- Objeto. Esta disposición tiene por objeto establecer un régimen de percepción
y distribución de honorarios judiciales para la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
del MINISTERIO DE DEFENSA.
ARTÍCULO 2°.- Ámbito material de aplicación. El presente régimen alcanza a los honorarios
que se regulen o se devenguen por su actuación profesional —sin distinción alguna de jurisdicción
o tipo de proceso—, a favor de la totalidad de los abogados pertenecientes a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, sea cual fuere su condición de revista, cuando aquéllos sean a
cargo de la parte contraria no estatal y resulten abonados por ella.
ARTÍCULO 3°.- Limitación. En aquellos supuestos en que el ESTADO NACIONAL fuere actor
y esgrimiere una pretensión de carácter pecuniario, en ningún caso la relación existente entre los
honorarios regulados y los percibidos podrá ser superior a la que resulte del crédito reconocido al
ESTADO NACIONAL o del monto que efectivamente ingrese al patrimonio público.
ARTÍCULO 4°.- Carácter no remunerativo. Las sumas que se distribuyan en virtud de lo dispuesto en este régimen tendrán carácter excepcional y no remunerativo.
CAPÍTULO II
Publicidad y Registro de las Regulaciones
ARTÍCULO 5°.- Publicidad. Los abogados de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS que intervengan en juicio, deberán dar cuenta de este régimen en todos los litigios en que
actúan patrocinando o representando al Estado Nacional, en la primera presentación, acompañando una copia de esta Resolución certificada por el Director General de Asuntos Jurídicos. En
los casos de juicios en trámite, deberán hacerlo dentro de los TREINTA (30) días de la entrada en
vigencia de esta Resolución.
En las citadas presentaciones se transcribirá textualmente el artículo 40 del Decreto N° 34.952
del 8 de noviembre de 1947, Reglamentario de la Ley N° 12.954, que crea el Cuerpo de Abogados
del Estado, y del artículo 7° del Decreto N° 1204 del 24 de septiembre de 2001; y se manifestará la
expresa conformidad del agente con el presente régimen. Asimismo, se hará saber al juzgado interviniente que el Director General de Asuntos Jurídicos, o quien él disponga por acto formalmente
emitido, se encuentra facultado para solicitar el libramiento y percibir los fondos pertinentes, en
caso de ausencia, impedimento, enfermedad, fallecimiento u cualquier otra circunstancia alegada
expresamente que imposibiliten su cobro oportuno por el profesional en cuyo favor se hubieren
regulados los honorarios.
CAPÍTULO III
Percepción de los Honorarios
ARTÍCULO 6°.- Percepción. Deber de información previa. Todo profesional de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, en cuyo favor se hayan regulado o devengado honorarios
alcanzados por el presente régimen, deberá requerir por escrito, formal autorización del Director
General de Asuntos Jurídicos, para proceder a solicitar al juzgado interviniente que ordene la
transferencia bancaria de la cuenta de autos a aquella cuya apertura se prevé en el artículo 7° o,
en su caso, el libramiento de la orden de pago pertinente, sobre los fondos correspondientes a los
honorarios abonados por la parte vencida no estatal.
En los casos que corresponda percibir honorarios que no resulten depositados judicialmente,
el profesional que tenga asignado el asunto deberá solicitar al Director General de Asuntos Jurídicos autorización para percibirlos. La autorización que a tal efecto se confiera, salvo disposición
expresa en contrario debidamente fundada, deberá contener la intimación a efectuar el depósito
de la suma percibida en la cuenta bancaria a la que se hace referencia en el párrafo precedente,
dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas hábiles judiciales subsiguientes. El profesional que
los perciba deberá, en ese mismo plazo, dar cuenta documentada del depósito efectivizado, bajo
apercibimiento de lo previsto en el artículo 19 del presente Régimen.
El Director General de Asuntos Jurídicos podrá convenir con los bancos judiciales pagadores
la apertura de cuentas donde las órdenes de pago judicial puedan ser directamente depositadas
y acreditadas.
ARTÍCULO 7°.- Depósito de honorarios. Cuenta bancaria. De no darse lo previsto en el artículo
6°, o cuando no resulte autorizada la transferencia de los fondos a la cuenta prevista en este artículo, el letrado que perciba honorarios depositados judicialmente deberá, a su vez, depositar el
importe liquidado por el banco pagador y/o proceder en la forma prevista en el artículo 7°.
ARTÍCULO 9°.- Renuncia al crédito emergente de un acto de distribución. El crédito emergente de un acto de distribución dictado en virtud de este régimen puede ser objeto de renuncia, en
cuyo caso, el resto del personal con derecho a participar en la distribución acrecerá en las proporciones establecidas en el mismo.
CAPÍTULO IV
Distribución de los Honorarios
ARTÍCULO 10.- Determinación del importe neto a distribuir. De las sumas percibidas y/o depositadas se deducirán los importes necesarios para el pago, o para completar el pago, de los
tributos de cualquier jurisdicción que resulten aplicables, aportes previsionales cuando correspondan y/o cualquier otra erogación que debieran afrontar los profesionales intervinientes en el
pleito respectivo, a causa de su actuación profesional en éste. La suma resultante conformará el
importe neto a distribuir entre quienes resulten habilitados a participar en el acto de distribución.
ARTÍCULO 11.- Requisitos para participar en la distribución de honorarios. Participará en la distribución de honorarios el personal profesional y administrativo, de planta permanente, transitoria o
contratada, que haya prestado servicios efectivamente en la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS al tiempo en que se practique la regulación de honorarios en la instancia de origen,
siempre y cuando hubiera permanecido en funciones hasta el primer día del sexto mes inmediatamente anterior a la fecha en que los honorarios se encuentren disponibles para ser percibidos.
El derecho a participar en cada distribución caduca para el personal que haya sido declarado
cesante o resultado exonerado al momento del dictado de la disposición aprobatoria del acto de
distribución.
Las limitaciones establecidas en el primer párrafo de este artículo no regirán para el profesional a cuyo nombre se hubiera practicado la regulación de los honorarios percibidos, quien conservará, en todo tiempo, su derecho a participar en la distribución de los mismos. Este profesional,
participará del porcentual, correspondiente a la Dirección de Asuntos Judiciales como si fuere un
profesional más de ésta.
ARTÍCULO 12.- Sujetos excluidos. Se encuentran excluidos de la participación, los abogados
integrantes de la DGAJ mientras perciban, y permanezcan en esa situación, el Suplemento por
Función Ejecutiva previsto en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado
por Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 13.- Categorías y subcategorías. La distribución de honorarios se efectuará teniendo en cuenta las siguientes categorías: a) Personal profesional; b) Personal administrativo; y
subcategorías: a)1. Profesionales de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JUDICIALES; a)2. Profesionales
de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES; b)1. Administrativos de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JUDICIALES; b)2. Administrativos de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES.
ARTÍCULO 14.- Porcentajes de distribución; coeficientes. Del monto neto de honorarios a distribuir corresponde al personal profesional de la categoría a) el SETENTA POR CIENTO (70%); de
este porcentaje, corresponderá el CUARENTA POR CIENTO (40%) al personal Profesional de la subcategoría a)1. Y el TREINTA POR CIENTO (30%) al personal profesional de la subcategoría a)2.; y al
personal administrativo de la categoría b), el VEINTE POR CIENTO (20%); de este porcentaje, corresponderá NUEVE POR CIENTO (9%) al personal de la subcategoría b)1. y el ONCE POR CIENTO
(11%) al personal de la categoría b)2. El restante DIEZ POR CIENTO (10%) será afectado a un fondo
para la adquisición de bibliografía y capacitación del personal alcanzado por la presente Resolución,
cuya administración será ejercida por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 15.- El monto neto de los honorarios será distribuido, a prorrata y en partes iguales,
del siguiente modo:
Categoría A, Subcategoría A)1.: Entre todos los abogados de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JUDICIALES (DAJ), intervengan o no en las causas en calidad de letrados apoderados o patrocinantes, revisten en planta permanente, transitoria o contratada.
Categoría A, Subcategoría A2.: Entre todos los abogados de la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES (DAL), intervengan o no en las causas en calidad de letrados apoderados o patrocinantes,
que revisten en planta permanente, transitoria o contratada.
Categoría B, Subcategoría B)1.: Entre el personal administrativo de la DAJ, de planta permanente, transitoria o contratada.
Categoría B, subcategoría B)2.: Entre el personal administrativo de la DAL, de planta permanente, transitoria o contratada.
ARTÍCULO 16.- Quedan expresamente excluidos del régimen establecido por los artículos 13;
14; y 15 precedentes, los honorarios devengados por los juicios de ejecución de honorarios, cuyo
monto neto será distribuido, a prorrata y en partes iguales del siguiente modo: a) el OCHENTA Y
CINCO POR CIENTO (85%) entre los Profesionales de la DAJ (subcategoría a)1.; y b) el QUINCE
POR CIENTO (15%) entre los administrativos de la DAJ (subcategoría b)1.
CAPÍTULO V
Resolución de Conflictos y disposiciones transitorias
ARTÍCULO 17.- Resolución de conflictos. Cualquier situación de conflicto que se genere entre
quienes se encuentren involucrados en el presente régimen será dirimida por el SUBSECRETARIO
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y/o quien éste designe o actúe en su lugar.
ARTÍCULO 18.- El personal contratado de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, profesional y administrativo, será notificado del contenido del presente convenio dentro de
los VEINTE (20) días hábiles administrativos posteriores a la entrada en vigencia de esta disposición, debiendo manifestar su aceptación y adherir al mismo mediante nota dirigida al Director
General de Asuntos Jurídicos.
ARTÍCULO 19.- Incumplimiento de las obligaciones resultantes de este régimen. El incumplimiento de las obligaciones resultantes de este régimen será considerado, en general, una falta
disciplinaria o contractual, según corresponda.
e. 11/03/2016 N° 13075/16 v. 11/03/2016
#F5079785F#
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
#I5079908I#
Que para su inclusión en este nuevo programa de estímulo se considerará al petróleo crudo
con características físico-químicas similares a las del petróleo crudo tipo Escalante y producido
en la Cuenca del Golfo San Jorge, y deberá corresponder a producción excedente por sobre la
demanda local de ese tipo de petróleo crudo.
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SECRETARÍA DE PROVINCIAS
Resolución 69/2016
Bs. As., 08/03/2016
VISTO la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998, modificada por su
similar N° 1 del 12 de enero de 2000,
EL SECRETARIO
DE PROVINCIAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Dase por otorgado, a partir del 1° de febrero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, el suplemento establecido en el artículo 3°, inciso c) de la Decisión Administrativa
N° 477/98, a las personas que se citan en el Anexo I a la presente, asignándoseles la cantidad de
Unidades Retributivas mensuales que allí se detallan.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Lic. ALEJANDRO CALDARELLI, Secretario de Provincias, Ministerio del
Interior, Obras Públicas y Vivienda.
ANEXO I
APELLIDO Y NOMBRES
MAGLIOCCHINI, María Adelina
NAPOLI, Claudia Marisa
TOMASELLO, Juliana Victoria
DOCUMENTO
TIPO
DNI
DNI
DNI
N°
12.446.529
21.503.028
26.825.580
32
UNIDADES
RETRIBUTIVAS
2.000
2.000
1.000
e. 11/03/2016 N° 13142/16 v. 11/03/2016
#F5079908F#
#I5081212I#
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
Resolución 21/2016
Bs. As., 09/03/2016
VISTO el Expediente N° S01:0054653/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley N° 17.319, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de
marzo de 1992) y sus modificaciones, la Ley N° 26.741, los Decretos Nros. 1.277 de fecha 25 de
julio de 2012, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 y 272 de
fecha 29 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 2° de la Ley N° 17.319 se establece que las actividades relativas a la
explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos se desarrollarán
conforme a las disposiciones de dicha ley y las reglamentaciones que dicte el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
Que el Artículo 3° de la precitada Ley N° 17.319 determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con respecto a la explotación, industrialización,
transporte y comercialización de los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las
necesidades de hidrocarburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.
Que el Artículo 1° de la Ley N° 26.741 establece entre sus objetivos en relación con las actividades de exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos el de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el
incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y
sustentable de las provincias y regiones.
Que teniendo en consideración que el precio de petróleo crudo ha registrado fuertes disminuciones en el escenario internacional durante los últimos DOS (2) años, resulta necesario aplicar
medidas de estímulo específicas que atenúen el impacto de tales disminuciones sobre el nivel
de actividad y empleo locales, a fin de mantener las pautas de inversión previstas por el sector
productor, tendientes al logro de los fines previstos por la Ley de Hidrocarburos N° 17.319 y sus
normas complementarias.
Que la oferta energética del país está basada en la producción de petróleo crudo y gas natural,
por lo que resulta necesario asegurar su disponibilidad en condiciones razonables y previsibles.
Que aun cuando la mayor parte de la producción local de petróleo crudo pesado se procesa
en el mercado interno, existe un excedente que no puede ser procesado en las refinerías locales,
que se destina a la exportación y que, por lo tanto, se ha visto afectado por el actual contexto
internacional de disminución en los precios del petróleo crudo.
Que ello obliga al diseño de una política sectorial que, mediante la compensación de diferencias de precio en las operaciones de exportación de petróleo crudo, procuren estimular la
inversión en exploración y explotación tanto para maximizar los esfuerzos a fin mantener estable
el empleo como, asimismo, para descubrir nuevos yacimientos que permitan recuperar reservas
que aseguren el futuro abastecimiento doméstico.
Que, en ese contexto, es conveniente diseñar un mecanismo que permita no sólo mantener el
nivel de actividad de la Cuenca del Golfo San Jorge sino también aumentar su producción, con el
objetivo de mantener el empleo regional, favorecer el crecimiento económico y el desarrollo local,
posibilitando a la vez un incremento de las exportaciones y su consecuente beneficio en la balanza
comercial energética.
Que tal situación hace aconsejable el establecimiento temporal de compensaciones económicas destinadas a la exportación de petróleo crudo proveniente de la Cuenca del Golfo
San Jorge.
Que a los efectos de delimitar la aplicación de las compensaciones previstas en este programa de estímulo, corresponde tomar como referencia la cotización internacional del petróleo crudo
Brent, utilizado como parámetro habitual en la comercialización del petróleo crudo de exportación
comprendido en el presente programa.
Que de esta manera la implementación de la presente medida se convertirá en un estímulo
para los productores locales otorgado por el ESTADO NACIONAL mientras el mercado internacional de crudos se encuentre en baja, por lo que corresponderá poner fin al estímulo aquí previsto en
caso de registrarse un alza sostenida del precio del petróleo crudo en el referido mercado.
Que en el Anexo de la presente se detallan las condiciones que deben cumplimentar las empresas beneficiarias del programa, así como los compromisos que asume el ESTADO NACIONAL,
a través del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que la referida medida tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre
de 2016.
Que la compensación estará sujeta a que el precio del marcador internacional denominado
Brent no supere el valor de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS POR BARRIL (47,50 U$S/BBL) conforme surja de publicaciones internacionales en
la materia tipo PLATT’s o similar; considerándose que el precio alcanzado por el petróleo crudo
Brent ha superado dicho valor una vez que su cotización se mantenga superior a los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS POR BARRIL (47,50 U$S/
BBL) por el período transcurrido entre DOS (2) días de cotización anteriores y DOS (2) días de cotización posteriores a la fecha indicada en los conocimientos correspondientes a cada embarque
para el cual se solicite la compensación prevista por el presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo
23 nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de
1992) y sus modificaciones y el Artículo 3° del Decreto N° 272 de fecha 29 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL MINISTRO
DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Créase un programa de estímulo a la exportación de petróleo crudo excedente tipo Escalante proveniente de la Cuenca del Golfo San Jorge, de conformidad con las pautas
y condiciones que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución,
con vigencia desde el 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, aplicable a cada
embarque de petróleo crudo excedente para exportación tipo Escalante proveniente de la Cuenca
del Golfo San Jorge, en la medida que el precio de venta de referencia del marcador internacional
denominado Brent no supere los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS POR BARRIL (47,50 U$S/BBL) conforme surja de publicaciones internacionales en la materia tipo PLATT’s o similar.
Se considerará que el precio alcanzado por el petróleo crudo Brent ha superado los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS POR BARRIL (47,50
U$S/BBL) una vez que su cotización se mantenga superior a dicho valor por el período transcurrido entre DOS (2) días de cotización anteriores y DOS (2) días de cotización posteriores a la fecha
del embarque del que se trate, indicada en el conocimiento de embarque respectivo.
ARTÍCULO 2° — Los gastos que demande la financiación del programa de estímulo establecido en el Artículo 1° de la presente resolución serán solventados con fondos del TESORO NACIONAL (Programa N° 29 de la Jurisdicción 58, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA).
ARTÍCULO 3° — Las compensaciones económicas otorgadas en virtud de lo establecido por
el Artículo 1° de la presente resolución no integran el precio del petróleo crudo, no correspondiendo en consecuencia su cómputo para el pago de regalías que las empresas beneficiarias deban
abonar conforme lo dispuesto por la Ley N° 17.319 y sus normas complementarias.
ARTÍCULO 4° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Ing. JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro de Energía y Minería.
ANEXO I
CONDICIONES DEL PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA EXPORTACIÓN DE PETRÓLEO CRUDO EXCEDENTE TIPO ESCALANTE PROVENIENTE DE LA CUENCA DEL GOLFO SAN JORGE
(Programa CGSJ).
I. DEFINICIONES.
A los fines de la implementación del presente se adoptan las siguientes definiciones:
1) Empresa Beneficiaria: empresa o empresas solicitantes del estímulo económico previsto en
el presente Anexo, que se encuentren debidamente inscriptas por ante el Registro de Empresas
Importadoras/Exportadoras establecido por la Resolución N° 419 de fecha 27 de agosto de 1998
de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS modificada por el Artículo 11 de la Resolución N° 1.283 de fecha 6 de septiembre de
2006 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
2) Petróleo Crudo: Es el petróleo crudo para exportación tipo Escalante proveniente de la Cuenca del Golfo San Jorge, excedente por sobre la demanda nacional para este tipo de petróleo crudo.
3) Exportación: se define como el volumen de petróleo crudo de producción propia exportado
por una Empresa Beneficiaria en cada embarque para el cual se solicite el Estímulo a la Exportación. El cálculo del volumen de exportación se realizará en base al volumen del cumplido de
embarque.
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
33
En aquellos supuestos de Empresas Beneficiarias que tengan empresas afiliadas o que pertenezcan a un mismo grupo económico que tenga otras empresas productoras de petróleo crudo en
la Cuenca del Golfo San Jorge, se tomarán los volúmenes y la información en forma consolidada,
previa aprobación de la Autoridad de Aplicación.
TREINTA (30) días corridos desde la fecha en que se presente la información completa prevista en
el apartado 2 por parte de la Empresa Beneficiaria.
4) Estímulo a la Exportación: es un monto otorgado en Pesos por el ESTADO NACIONAL
equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE CON CINCUENTA POR BARRIL (7,50 U$S/
BBL) aplicable a la Exportación de la Empresa Beneficiaria sujeto a las condiciones del presente
reglamento.
La SUBSECRETARIA DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN de la SECRETARÍA DE RECURSOS
HIDROCARBURÍFEROS estará a cargo de la ejecución del Programa CGSJ y dispondrá los actos
necesarios para su implementación.
e. 11/03/2016 N° 13775/16 v. 11/03/2016
#F5081212F#
El Estímulo será abonado por el ESTADO NACIONAL por la cantidad de Pesos que resulte del
cálculo del Estímulo a la Exportación al Tipo de Cambio de Referencia Comunicación “A” 3500
(Mayorista) del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA correspondiente a la fecha en
que se realice la exportación indicada en el conocimiento de embarque.
5) Compensación Económica: El cálculo de la compensación económica se realizará por cada
embarque para el cual la Empresa Beneficiaria solicite el Estímulo a la Exportación. La compensación será calculada multiplicando la Exportación por el Estímulo a la Exportación para cada
embarque que califique según lo definido en el presente Anexo.
6) Vigencia del Programa CGSJ: a partir del 1 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016.
Para cada embarque de Exportación, el Estímulo a la Exportación será aplicable solamente en
caso de que el precio del marcador internacional denominado Brent no supere los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS POR BARRIL (47,50 U$S/
BBL) conforme surja de publicaciones internacionales en la materia tipo PLATT’s o similar indicada
por la Autoridad de Aplicación del Programa CGSJ.
A los efectos del estímulo previsto en el Programa CGSJ, se considerará que el precio alcanzado por el petróleo crudo Brent ha superado los DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y
SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS POR BARRIL (47,50 U$S/BBL) una vez que su cotización se
mantenga superior a dicho monto entre DOS (2) días de cotización anteriores y DOS (2) días de
cotización posteriores a la fecha indicada en el conocimiento de embarque de cada operación de
exportación.
II. PROCEDIMIENTO. OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS.
1) Las Empresas Beneficiarias deberán estar inscriptas por ante el Registro de Empresas
Importadoras/Exportadoras establecido por la Resolución N° 419 de fecha 27 de agosto de 1998
de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS y su modificatoria, conforme a lo señalado en el punto I.1) del presente Anexo.
2) Para cada embarque las Empresas Beneficiarias deberán presentar la siguiente documentación: (i) el conocimiento de embarque, (ii) el cumplido de embarque, (iii) el certificado de calidad
del petróleo crudo exportado, y (iv) toda información técnica, cuantitativa, económica o requerida
como relevante por la Autoridad de Aplicación a los efectos de efectuar la Compensación Económica prevista en el presente Anexo. La Autoridad de Aplicación estará facultada para solicitar
a las Empresas Beneficiarias toda la documentación que considere pertinente para verificar la
veracidad y exactitud de las presentaciones trimestrales realizadas por cada una de las Empresas
Beneficiarias.
La inexactitud, omisión o falseamiento de la información provista por la empresa o el incumplimiento de toda y cualquier obligación prevista por el presente y/o por el marco regulatorio de
la Ley N° 17.319 y sus normas complementarias, darán lugar a la suspensión de los pagos que se
encuentren pendientes, previo apercibimiento por parte de la Autoridad de Aplicación para que se
subsane el incumplimiento en el plazo de QUINCE (15) días corridos.
Si una Empresa Beneficiaria omitiere informar cualquier dato que pudiere incidir en el otorgamiento del Estímulo a la Exportación o en el monto otorgado, o presentare información falsa o
inexacta, deberá devolver al ESTADO NACIONAL todas las sumas recibidas indebidamente en
concepto del estímulo aquí previsto, con más los intereses desde el momento de su percepción.
3) La Autoridad de Aplicación del presente programa deberá resolver el otorgamiento del Estímulo a la Exportación y determinar la Compensación Económica que corresponda dentro de los
III. AUTORIDAD DE APLICACIÓN.
#I5080041I#
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD
DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 90/2016
Bs. As., 08/03/2016
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias establece que la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA contará con el apoyo de Oficiales de Enlace designados por los titulares de los diversos organismos allí detallados.
Que dichos Oficiales de Enlace tienen como función la consulta y coordinación institucional
entre la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINNACIERA (UIF) y los organismos a los que pertenecen.
Que entre los organismos mencionados se encuentra esta DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS.
Que atento la desvinculación laboral con este organismo del funcionario oportunamente designado en ese cargo, resulta menester proceder a su sustitución.
Que, en ese marco, se considera que el doctor Martín Enrique Pennella, a cargo del Departamento de Asuntos Normativos y Judiciales de este organismo, reúne las condiciones de capacidad
e idoneidad necesarias para asumir esa tarea.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la
Ley N° 25.246 y modificatorias.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL
DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Asígnase al Dr. Martín Enrique Pennella (D.N.I. N° 20.893.266) las funciones
de Oficial de Enlace entre esta Dirección Nacional y la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA,
en los términos y con los alcances establecidos en el artículo 12 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese a la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, atento
su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Lic. CARLOS G. WALTER, Director, Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la
Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
e. 11/03/2016 N° 13221/16 v. 11/03/2016
#F5080041F#
#I5079739I#
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR
Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723 - 4-3-16
Expediente
5277625
Obra Publicada
Género: PROGRAMA
COMPUTACION
Título: PUMA
Autor: CARLOS RODOLFO GRANT
5277638
Obra Publicada
Género: MUSICA
Título: UNLOCK
5277639
Obra Publicada
Género: FONOGRAMA
Título: ONA
Productor: TRES LATIN JAZZ DE FEDERICO RAUL HILAL CWIELONG
5277667
Obra Publicada
Género: ARTISTICO
Título: MI VIAJE - CUADERNO DE BITACORA
Autor: LUIS FELIPE NOE
Titular: COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA
Autor: GONZALO SOLIMANO
Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA
Editor: EL ATENEO DE GRUPO ILHSA SA
5277668
Obra Publicada
Género: ARTISTICO
Título: MI VIAJE - CUADERNO DE BITACORA
5277675
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: LOS VIERNES 2
5277677
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: ACABA ESTE LIBRO
Autor: LUIS FELIPE NOE
Editor: EL ATENEO DE GRUPO ILHSA SA
Autor: JUAN FORN
Editor: EMECE DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC
Autor: KERI SMITH
Traductor: REMEDIOS DIEGUEZ DIEGUEZ
Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
5277678
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: CHINA, EL GRAN DESAFIO
5277679
Obra Publicada
Género: HISTORICO
Título: STALINGRADO
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
34
Autor: HORACIO BUSANELLO
Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC
Autor: ANTONY BEEVOR
Traductor: MAGDALENA CHOCANO MENA
Editor: CRITICA DE EDITORIAL PAIDOS SAICF
5277680
Obra Publicada
Género: CIENTIFICO
Título: EL CEREBRO VENDEDOR CUANDO LA CIENCIA ES AMIGA DEL SHOPPING Autor: DAVID LEWIS
LAS NUEVAS CIENCIAS DE LA MENTE Y LA IND
Traductor: MARIELA WLADIMIRSKY
5277681
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: MANUAL DE REHABILITACION COGNITIVA UN ENFOQUE
INTERDISCIPLINARIO DESDE LAS NEUROCIENCIAS
Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF
Autor: CAROLINA FELDBERG
Autor: IGNACIO DEMEY
Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF
5277682
Obra Publicada
Género: INFANTIL
Título: GERONIMO STILTON Y EL MISTERIO DE LOS ELFOS
Autor: GERONIMO STILTON
Autor: DANILO BAROZZI
Autor: SILVIA BIGOLIN
Autor: FRANCESCO CASTELLI
Autor: CHRISTIAN ALIPRANDI
Traductor: MANEL MARTI
Editor: DESTINO DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC
5277685
Obra Publicada
Género: INFANTIL
Título: INTENSAMENTE: RILEY Y LA AVENTURA DE LAS EMOCIONES
5277686
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: RECUERDAME QUE TE ODIE
Autor: PAOLA GOMEZ
Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC
Autor: ALEX DE LA IGLESIA
Editor: BOOKET DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC
5277687
Obra Publicada
Género: LITERARIO
Título: EL SONAMBULO
Autor: SEBASTIAN FITZEK
Traductor: NOELIA LORENTE
Editor: BOOKET DE GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC
5277689
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: FORMACIONES DE LO INCONSCIENTE
Autor: CARL GUSTAV JUNG
Traductor: ROBERTO POPE
Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF
5277690
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: LAS RELACIONES ENTRE EL YO Y EL INCONSCIENTE
Autor: CARL GUSTAV JUNG
Traductor: JULIO BALDERRAMA
Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF
5277691
Obra Publicada
Género: PUBLICIDAD
Título: DIFUSION RESPONSABLE
Autor/Editor: JAVIER ANTONIO ZARZAVILLA
Autor: MARCELO OSCAR SPALTRO
Autor: LUIS MARTIN RUFINO
5277708
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: TEMAS DE NEUROCIENCIAS MODULO I: BASES GENERALES DE
ORGANIZACION DEL SISTEMA NERVIOSO
Autor: ALBERTO YORIO
5277709
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: SATELITES: DE LA LUNA A LA ARSAT-1
Autor: RICARDO CABRERA
5277712
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: HIJOS DE LA ARGENTINA: DONDEQUIERA QUE ESTEN...
5277714
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: LA REINA DE LAS NIEVES
5277715
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: REPRESION Y RECONSTRUCCION DE UNA CULTURA: EL CASO
ARGENTINO
Autor: SAUL SOSNOWSKI
Título: INVESTIGAR EN DERECHO
Autor: ANA KUNZ
Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)
Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIO DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)
Autor: ANALIA SIVAK
Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM EUDEBA
Autor: ELVIO EDUARDO GANDOLFO
Editor: EDITORIA UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM EUDEBA
5277716
Obra Publicada
Género: JURIDICO
Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)
Autor: NANCY CARDINAUX
Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)
5277718
Obra Publicada
Género: INTERES GENERAL
Título: UN EDITOR DE TRES SIGLOS LA VIDA Y LOS LIBROS
DE ARNALDO ORFILA REYNAL
Autor: GONZALO ALVAREZ
Autor: ALEJANDRO ARCHAIN
Autor: CARLOS DIAZ
Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)
5277727
Obra Publicada
Género: PAGINA WEB
Título: MG ANIMATION
Autor: OBRA COLECTIVA
Autor: DANIEL ENRIQUE PERIZZOLO
Titular: MAGIC GARDENS SA
5277735
Obra Publicada
Género: TEATRAL
Título: TIERRA Y FUEGO QUE CAMINA
5277785
Obra Publicada
Género: PAGINA WEB
Título: RADIO WU
Autor/Titular: GABRIELA GIMENA HERRERA
Autor/Titular: TOMAS FERNANDO GALVAN
Autor/Titular: FRANCISCO JAVIER MARTINEZ
Autor/Titular: NICOLAS HECTOR MONASTIRIDIS
Autor/Titular: JUAN IGNACIO WAISSMAN
Autor/Titular: ADRIANA CECILIA MARINELLI
Autor/Titular: RICARDO GABRIEL CERNJUL
5277792
Obra Publicada
Género: HISTORICO
Título: OCTUBRE PILAGA, MEMORIAS Y ARCHIVOS DE LA MASACRE
DE LA BOMBA
Autor: VALERIA MAPELMAN
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Obra Publicada
Género: CINEMATOGRAFICO
Título: CAMPEON
Productor: ANDRES PASSONI
Editor: TREN EN MOVIMIENTO DE SCHMIED ALEJANDRO ESTEBAN
Editor: ANDRES PASSONI
Autor: ANDRES PASSONI
Titular: ANDRES PASSONI
Director: ANDRES PASSONI
5277797
Obra Publicada
Género: MUSICA
Título: TODOS LOS HOMBRES DEL REY
Autor/Editor: WALTER ANDRES BEHOBI BAUDOU
5277798
Obra Publicada
Género: LETRA
Título: TODOS LOS HOMBRES DEL REY
Autor/Editor: WALTER ANDRES BEHOBI BAUDOU
5277810
Obra Publicada
Género: PROGRAMA DE TV
Título: DESDE LA VIDA
Autor/Titular: FERNANDO EMILIO DELLA MAGGIORA
Autor/Titular: ANA PAULA VITELLI
5277827
Obra Publicada
Género: CIENTIFICO
Título: RESISTENCIA CAPITAL NACIONAL DE LAS ESCULTURAS: CUNA
DE LA ESTETICA BIOPSICOESPIRITUAL Y DEL ARTE E
Autor: MARIA NELIDA ERCILIA FRATI
Editor: JORGE ROSSI CASA EDITORIAL DE JORGE ROSSI
Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
e. 11/03/2016 N° 13029/16 v. 11/03/2016
#F5079739F#
Primera Sección
Viernes 11 de marzo de 2016
AVISOS OFICIALES
Anteriores
#I5077084I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656/58, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HACE SABER a las siguientes entidades
que mediante las resoluciones que en cada caso se indican, se ha dispuesto instruir sumario a las siguientes, COOPERATIVA DE TRABAJO ARTESANAL Y OFICIOS PARA DISCAPACITADOS “NUEVOS
HORIZONTES” LIMITADA Matricula N° 14.914 (Expte. N° 392/13-Res. 3008/13), COOPERATIVA DE VIVIENDA BARRIO PILAR LIMITADA, Matricula N° 10.549 (Expte. N° 10858/12-Res. 3767), COOPERATIVA
DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA, Matricula N° 14996 (Expte. N° 875/13-Res. 2698),
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS, ASISTENCIALES, VIVIENDA Y CONSUMO “CONFRATERNIDAD” LIMITADA Matricula N° 23311, (Expte. N° 3618/13-Res. 5304), COOPERATIVA DE TRABAJO EZFUERZO COMPARTIDO LIMITADA, Matricula N° 30.776 (Expte. N° 10163/12-Res. 3097), FEDERACION DE COOPERATIVAS DE VIVIENDAS Y CONSUMO DE SALTA Y JUJUY LIMITADA Matricula
N° 12147 (Expte. N° 905/13-Res. 2688), COOPERATIVA AGRICOLA ISLA VERDE LIMITADA Matricula
N° 311 (Expte. N° 5206/09-Res. 5053), COOPERATIVA DE ESPECTACULOS (C.O.T.D.E) LIMITADA, Matricula N° 19.488 (Expte. N° 11.061/12-Res. 2208), COOPERATIVA DE TRABAJO “ENSEÑANZA PERSONALIZADA” DE JARDIN AMERICA LIMITADA, Matricula N° 33.854 (Expte. N° 80/13-Res. 2647), FEDERACION DE MUTUALIDADES FRANCESAS EN LA ARGENTINA, Matricula N° 21 (Expte. 1582/13-Res.
2732), COOPERATIVA DE TRABAJO CENTRO DE ESTUDIOS INGLESES LIMITADA Matricula N° 14.367
(Expte. N° 200/13-Res. 2646), COOPERATIVA DE TRABAJO EL MILAGRO DE BELEN LIMITADA, Matricula N° 29767, (Expte. N° 207/13-Res. 2909), COOPERATIVA AGROPECUARIA Y FORESTAL “TATAHUASO” LIMITADA, Matricula N° 22.634 (Expte. N° 687/13, Res. 3099), COOPERATIVA DE VIVIENDA,
CREDITO Y CONSUMO “SILVANO FERNÁNDEZ” LIMITADA, Matricula N° 18336 (Expte. N° 188/13-Res.
2910), COOPERATIVA DE TRABAJO AGROPECUARIA “BETEL” LIMITADA, Matricula N° 19679 (Expte.
N° 1547/13-Res. 5164), COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO “NUEVA ARGENTINA”
Matricula N° 15035 (Expte. N° 6320/14-Res. 955), COOPERATIVA AGROPECUARIA Y FORESTAL “LOS
BUENOS VECINOS” LIMITADA, Matricula N° 24461 (Expte. N° 4733/13-Res. 4468), COOPERATIVA DE
TRABAJO AUTOMOTOR DE PASAJEROS “MUÑECAS” LIMITADA (Expte. N° 670/13-Res. 3768), COOPERATIVA DE TRABAJO LA PAZ LIMITADA, Matricula N° 19716 (Expte. N° 11.063/12), COOPERATIVA DE
TRABAJO “LA MECHONGA” LIMITADA Matricula N° 22964, (Expte. N° 11.073/12-Res. 2226), COOPERATIVA AGROPECUARIA “OLIVICOLA VILLA MANZAN” Matricula N° 10.205 (Expte. N° 208/13-Res. 2973),
COOPERATIVA DE TRABAJO “LA COLMENA” LIMITADA, Matricula N° 5109 (Expte. N° 2376/13-Res.
3770) habiendo sido designada la suscripta como instructora sumariante. En tal carácter se emplaza a la
nombrada, por el término de DIEZ (10) días, para la presentación del descargo y el ofrecimiento de prueba de la que intente valerse en los términos reglados por el Art. 1° inc. “f” ap. 1 y 2 de la Ley 19549 (T.O.
1991). Ello bajo apercibimiento de tenerla como no presentada y seguir las actuaciones sin la intervención
suya o de su apoderado. Intímasela, asimismo, para que dentro del plazo precedentemente señalado,
proceda a denunciar su domicilio real, en los términos y a los efectos bajo apercibimiento de lo dispuesto
en los arts. 19 a 22 del Decreto 1759/72, reglamentario de la Ley 19549. Fdo. Geraldine E. Mac Cormack.
Dra. GERALDINE MAC CORMACK, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 09/03/2016 N° 12037/16 v. 11/03/2016
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#I5077951I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio legal en Av.
Belgrano 1656, notifica que por Resolución 3968/15-INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION
PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO Y VIVIENDA “EL TRIUNFO” LTDA. (Mat. 29025)
con domicilio legal en la provincia de Catamarca. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549).
RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto.
N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como
así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada por
Ley N° 22.816. Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón
de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto.
N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), acción. Fdo. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
35
FAMILIAR LTDA., MAT. 9729, COOPERATIVA LTDA. DE PROVISION DE SERVICIOS DE MENSAJERIA
RURAL LOS TOLDOS, MAT. 9733, COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR LTDA. DE SALTO, MAT. 9767, COOPERATIVA TRES DE DICIEMBRE DE PROVISION
PARA FLETEROS LTDA., MAT. 9776, COOPERATIVA SICOOP DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA
LTDA., MAT. 9781, COOPERATIVA DE MATERIALES Y CONSTRUCCIONES MODULARES DE TRABAJO Y VIVIENDA LTDA., MAT. 9794, COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO DEL POLO LTDA.,
MAT. 9805, COOPERATIVA DE CONS. Y SERV.E/ADJUD. DEL COMP. HABIT. FLORENCIO VARELA
LTDA., MAT. 9807, COOPERATIVA AGRICOLA MARTIN CORONADO LTDA., MAT. 9823.- Todas ellas
con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado,
respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan
en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán
por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N° 3.369/09, y Resol.
N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución N° 3.369/09. Se
notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como
nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días,
más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap 1 y 2 de la Ley N° 19.549). Admitiéndose sólo la
presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a
denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72
Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando
por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar.- El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl. 1759
(T.O. 1991).- FDO: Dra. Blanca Susana REVOREDO, Instructora Sumariante.
Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 09/03/2016 N° 12404/16 v. 11/03/2016
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#I5077960I#
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por
las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se
detallan: COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CEIBAL LTDA. DE TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION Y CONSUMO, MAT. 6425, COOPERATIVA AGRICOLA CAÑERA EL PORVENIR DE ESQUINA LTDA., MAT. 6452, COOPERATIVA AGRICOLA RECONQUISTA LTDA., MAT. 6461, COOPERATIVA
AGRICOLA CAÑERA LOS CAMPEROS LTDA., MAT. 6475, COOPERATIVA AGROPECUARIA SAN ISIDRO LTDA. DE ELB., TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION DE PROVISION DE SERVICIOS Y
CONSUMO, MAT. 6498, LAS MESADAS COOPERATIVA DE TRABAJO AGROPECUARIO LTDA., MAT.
6516, COOPERATIVA AGROPECUARIA LA FAVORINA DE PROVISION, TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION Y CONSUMO, MAT. 6544, COOPERATIVA AGROPECUARIA DE CAÑEROS INDEPENDIENTES SANTA ROSA LTDA., MAT. 6573, COOPERATIVA DE TRABAJO SAN LUIS LTDA., MAT. 6593,
COOPERATIVA DE PRODUCCION BELLA VISTA LTDA., MAT. 6888, COOPERATIVA DE PROVISION Y
CONSUMO PARA TAXIMETROS INDEPENDENCIA LTDA., MAT. 6937, SOCIEDAD COOPERATIVA DE
LA VIVIENDA MAESTROS LAINEZ LTDA., MAT. 6943, COOPERATIVA AGROPECUARIA SAN GABRIEL
LTDA. DE PRODUCCION, TRANSFORMACIÓN, COMERCIALIZACION, SERVICIOS Y CONSUMOS,
MAT. 6963, COOPERATIVA OBRERA DE TRABAJADORES GRAFICOS Y AFINES LTDA., MAT. 6994,
COOPERATIVA AGROPECUARIA EL PARCELERO LTDA., MAT. 7022, COOPERATIVA DE CREDITO
GREMIAL LTDA. DEL CASINO PROVINCIAL DE TUCUMAN, MAT. 7056, COOPERATIVA DE TRABAJO
ARTESANAL Y FORESTAL SANTA LUCIA LTDA., MAT. 7135, COOPERATIVA ODONTOLOGICA TUCUMANA LTDA., MAT. 7144, COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSPORTE AUTOMOTOR GENERAL
URQUIZA LTDA., MAT. 7176, COOPERATIVA APICOLA LAS CEJAS LTDA., MAT. 7250.- Todas ellas con
domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado,
respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan
en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución N° 3.369/09, y Resol. N° 403/2013, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran
comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución N° 3.369/09,
Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta
como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10)
días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo
y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap 1 y 2 de la Ley N° 19.549). Admitiéndose
sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo
procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto
N° 1759/72 Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición
sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y
aconsejando la medida a adoptar.- El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art.
42 del Dec. Regl. 1759 (T.O. 1991).- FDO: Dra. Blanca Susana REVOREDO, Instructora Sumariante.
Dra. BLANCA SUSANA REVOREDO, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 09/03/2016 N° 12405/16 v. 11/03/2016
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e. 09/03/2016 N° 12396/16 v. 11/03/2016
#F5077951F#
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MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por
las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se
detallan: COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO SANTOS VEGA LTDA., MAT. 9556, COOPERATIVA
TAMBERA AMEGHINO LTDA., MAT. 9573, COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO 5 DE SEPTIEMBRE LTDA., MAT. 9583, COOPERATIVA DE TRABAJO, CONSUMO Y VIVIENDA 30 DE SEPTIEMBRE
LTDA., MAT. 9600, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO LTDA. HACIENDO PATRIA,
MAT. 9603, COOPERATIVA DE CREDITO Y CONSUMO DEL PERSONAL DE ABBOTT LTDA., MAT.
9605, COOPERATIVA DE VIVIENDA, URBANIZACION, CONSUMO Y PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS 6 DE SETIEMBRE LTDA., MAT. 9611, COOPERATIVA DE PROVISION, INDUSTRIALIZACION Y
COMERCIALIZACION DE TAMBEROS DE JUAREZ-CHILLAR LTDA., MAT. 9614, COOPERATIVA MARA
DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LTDA., MAT. 9648, COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA COMERCIANTES DE PRODUCTOS CARNEOS LISANDRO DE LA TORRE LTDA., MAT.
9676, COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS Y MENSAJERIA Y TELEFONIA RURALES Y ANEXOS DE RADIOCOMUNICACIONES LTDA., MAT. 9684, COOPERATIVA DE CONSUMO LA CANASTA
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resolución N° 3559/15 se ha resuelto REVOCAR el Subsidio otorgado por PESOS CIENTO CINCUENTA MIL
($ 150.000,-) a la entidad ASOCIACION MUTUAL E JUBILADOS Y PENSIONADOS DE CORDOBA “15
DE JUNIO LA CALERA”. (MATRICULA CBA 758) con domicilio legal en la calle Concejal Genaro y Olcese N° 510, de la localidad de La Calera, Provincia de Córdoba por incumplimiento en su obligación de
presentar la Rendición de Cuentas del mencionado apoyo financiero. Asimismo, se la EMPLAZA para
que en el término de CINCO (5) días hábiles proceda a ingresar en la Tesorería de este Instituto, sito en
Avenida Belgrano 1656, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 16 horas, el importe
total del monto otorgado mediante Resolución N° 4501/06, bajo apercibimiento de Ley en los términos
y condiciones establecidas en el Convenio suscripto oportunamente. Queda debidamente notificada
conforme a lo previsto en el Art. 42, Dto. N°. 1759/72 (t.o. 1991) reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos. Fdo.: Osvaldo A. MANSILLA - Coordinador Financiero Contable del INAES.
OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
e. 10/03/2016 N° 12776/16 v. 14/03/2016
#F5079091F#
CENTRAL B
CORREO
ARGENTINO
Viernes 11 de marzo de 2016
FRANQUEO
A PAGAR
Cuenta N° 16769 F1
Impreso por Talleres Gráficos Valdez SA y Graficase SRL
Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 33.335
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