Gaceta Judicial-747857-cx110316

N° 5546
PRECIO
PRE
CIOCORTE
POR
PO
R PALA
P
PALABRA:
ALABRA
BRA:: 0.015
0 0DE
15 INCLUDO
INCLUD
INC
LUDO
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CRÓNICA
CRÓN
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SUPERIOR
JUSTICIA
ÚBLICA DEL PERÚ
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2016 1
del 2016
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Vi
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Chiclayo,
Chicla
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JUDI
JU
JUDICIAL
DICI
CIAL
AL
PRESIDENTA:
MG. ANA ELIZABETH
SALÉS
CASTILLO
CJUDICIAL
RÓNICA
Chiclayo, viernes 11 de marzo del 2016
Instituciones coordinan optimización
de Ley N° 30364
La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, presidida por la Mg. Ana Elizabeth
Salés del Castillo en coordinación con el Ministerio Público
y jueces de familia, sostuvieron una reunión con el objetivo de optimizar la implementación y ejecución de la Ley
N°30364 en el distrito judicial
de Lambayeque.
En la reunión se tomaron
acuerdos en caso de detenFLyQ SRU ÁDJUDQFLD GHO GHOLWR
de violencia familiar. Así, si
se determina que el hecho no
constituye delito se debe disponer la libertad del detenido
y el juez de familia determina-
rá las medidas de protección
en caso corresponda.
De otro lado, los jueces de
familia para efectos de determinar un posible daño sicológico de la víctima, solicitarán
a la división médico legal del
Ministerio Público se realice
una evaluación sicológica.
En cuanto a la competencia territorial se determinará
por el lugar donde ocurrieron
los hechos de violencia.
Finalmente, el Ministerio
Público deberá comunicar a
los jueces de familia la dispoVLFLyQTXHSRQHÀQDOSURFHVR
En los próximos días, la reunirá con la Policía Nacio- naciones que el caso amerite
Mg. Ana Salés del Castillo, se nal para continuar las coordi- con esta institución.
,QVWLWXFLRQHVÀUPDQQXHYDVDOLDQ]DVSDUDHO3URJUDPD1DFLRQDOGH$FFHVR
DOD-XVWLFLDGHODV3HUVRQDV9XOQHUDEOHV\-XVWLFLDHQWX&RPXQLGDG
La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, presidida por la Mg. Ana Elizabeth
6DOpVGHO&DVWLOORÀUPyQXHvas alianzas con el objetivo de
fortalecer el trabajo realizado
a través del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de
las Personas Vulnerables y
Justicia en tu Comunidad.
En esta ocasión, la Gerencia Regional de Educación,
representada por su gerente,
Lic. Ulises Guevara Paico y
el Colegio de Psicólogos del
Perú, Consejo Directivo Regional IV, representada por
su decano, Paúl Arrunátegui
5DPtUH] ÀUPDURQ VHQGRV
compromisos, aunándose al
programa antes mencionado.
En el caso del Colegio
de Psicólogos, asumió entre
otros compromisos su participación en las ferias informativas, campañas de mesas
de partes itinerantes, consultorías psicológicas, capacitaciones, establecer relaciones
de apoyo y cooperación con
los docentes de las instituciones educativas, promover un
observatorio de tratamientos
psicológicos de menores, etc.
En el caso de la Dirección Regional de Educación,
garantizará el ingreso del
programa a las instituciones
educativas, brindará facilidades para la ejecución del
observatorio de tratamiento
psicológico, propondrá acciones, métodos y estrategias
WHQLHQWHV D RSWLPL]DU OD HÀFLHQFLDHÀFDFLD\HIHFWLYLGDG
del las actividades del Programa Nacional de Acceso
a la Justicia de las Personas
Vulnerables y Justicia en tu
Comunidad, entre otros.
2
CRÓNICA
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE
MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
1. REMATE JUDICIAL
REMATES BIENES INMUEBLES
Telf: 481030 - 239182
SEGUNDA CONVOCATORIA
A REMATE PÚBLICO
(Exp. N° 177-2014-0)
En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE
PIURA S.A.C. contra TOMAS AQUINO
FERNANDEZ CASTILLO y ESTHER
VILLALOBOS VENTURA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente 177-20140, el Segundo Juzgado Civil de Jaen,
a cargo del Señor Juez Dr. Rudecindo
Jose Damian Sandoval; Secretaria Judicial Dra Leidi Yanina Oliva Diaz, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN
SEGUNDA CONVOCATORIA efectuado
por el Martillero Publico Orlando Florencio Roca Cuzcano, quien llevara a cabo
el acto de remate, basado en el Código
Procesal Civil artículos 736, 737 y demás
inherentes al proceso de remate, de los
siguientes Inmuebles:
1.- Inmueble Uno, Predio rural ubicado en
Parcela El Eucalipto, Sector El Tablón.
U.C. 06944, Distrito Colasay, Provincia
Jaén y Departamento Cajamarca, con
área de 3.55 Ha. Linderos y medidas
perimétricas que corren inscritos en su
partida electrónica N° 02113178, del
Registro de Propiedad Inmueble de la
Zona Registral N° II Sede Chiclayo, Oficina Registral Jaen.
VALOR DE TASACION: US$ 6,000.00
(SEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS)
BASE DEL REMATE: US$ 3,400.00
(TRES MIL CUATROSCIENTOS y
00/100 DOLARES AMERICANOS equivalente a las 2/3 partes del valor de
tasación, menos el 15% por tratarse de
segunda convocatoria.
AFECTACIONES VICENTES: 1).- HIPOTECA, As. D00001, a favor de la CMAC
PUIRA S.A.C. hasta por la suma de US$
6,000.00 (SEIS MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS). 2).- HIPOTECA,
As. D00002, a favor de la ENTIDAD
DE DESARROLLO PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA - EDPYME
ALTERNATIVA, hasta por la suma de
US$ 28,400.00 (VEINTIOCHO MIL
CUATROSCIENTOS y 00/100 DOLARES
AMERICANOS).
2.- Inmueble Dos, Ubicado en Lote 1. Mz.
E (Calle Agua Caliente S/N), Pueblo Tradicional Colasay. Distrito Colasay, Provincia Jaén y Departamento Cajamarca,
con área de 261.90 M2. Linderos y medidas perimétricas que corren inscritos en
su partida electrónica N° P33003723,
del Registro de Propiedad Inmueble de
la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo,
Oficina Registral Jaén.
VALOR DE TASACION: US$ 33,000.00
(TREINTITRES MIL y 00/100 DOLARES
AMERICANOS). BASE DEL REMATE:
US$ 18,700.00 (DIECIOCHO MIL SETECIENTOS y 00/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente a las 2/3 partes
del valor de tasación, menos el 15% por
tratarse de segunda convocatoria.
AFECTACIONES VIGENTES: I).- INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00003,
a favor de LA CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C,
hasta por la suma de US$ 33,000.00
DOLARES AMERICANOS. 2).- INSCRIPCION DE HIPOTECA, As. 00004, a favor
de la la ENTIDAD DE DESARROLLO
PARA LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA - EDPYME ALTERNATIVA, hasta por
la suma de US$ 23,100.00 (VEINTITRES
MIL CIEN y 00/100 DOLARES AMERICANOS).
DIA Y HORA DEL REMATE PARA
AMBOS INMUEBLES: 30 de Marzo 2016
a las 11:00 am de la mañana.
LUGAR DEL REMATE: Para los dos
inmuebles, en la sala de remates ubicada en la Calle Mariscal Castillo N° 490,
Jaén, Cajamarca, (Segundo Piso Oficina
de administración).
LOS POSTORES: Oblarán no menos
del 10% del valor de Tasación de cada
inmueble en efectivo y/o en cheque de
gerencia (no debe tener sello de NO
NEGOCIABLE) y presentaran su arancel
judicial (con copia del arancel y del DNI),
donde se consignara el N° de Expediente, Juzgado e identificación del postor,
suscribiendo dicho arancel. Conforme lo
establece el Art. 736 del Código Procesal
Civil cuando el remate comprenda más
de un bien, se preferirá a quien ofrezca
adquirirlos conjuntamente, siempre que
el precio no sea inferior a la suma de
las ofertas individuales. La comisión del
Martillero es por cuenta del adjudicatario
de conformidad con el artículo 732 del
CPC, Ley de Martillero 27728, 28371 y
al Reglamento según escala indicada en
el Art. 18° D.S. 008-2005-JUS, y están
afectos al IGV. Martillero Público Reg. N°
205 Roca Cuzcano, Orlando Florencio.
Cel. 988-643628.
Jaén, 25 de Enero 2016
ORLANDO ROCA C.
MARTILLERO PÚBLICO
REG. NAC. N° 205
LEIDI OLIVA DIAZ
SECRETARIA JUDICIAL
2° JUZGADO CIVIL – JAEN
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5197361
F/ 223
S/. 31.50
11, 14, 15 Marzo
AVISO DE REMATE PÚBLICO
JUDICIAL
EXP. N° 00264-2014-0-1703-SP-CI-01.
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A. CONTRA VICENTE QUINTO CASTILLO Y VICTORIA
ALEJANDRIA AREVALO, SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍA.
BIEN EN REMATE: El Segundo Juzgado
Civil Mixto de Jaén, a cargo del Señor
Juez, Rudecindo José Damian Sandoval,
y Especialista Legal, Edinson Enrique
Soberon Hoyos; ha ordenado que el suscrito Martillero Publico, Guillermo Eulogio
Paredes Landauro con Reg. N° 210,
realice el REMATE PUBLICO JUDICIAL
EN SEGUNDA CONVOCATORIA del
bien inmueble consistente en la Parcela, identificada con Unidad catastral N°
062795, Ubicación Rural Valle Callayuc,
Distrito de Callayuc, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca; cuya
área, características, linderos, y medidas perimétricas se encuentran inscritas
en la Partida Electrónica N° 11006570,
Registro de Propiedad inmueble - Oficina
Registral de Jaén.
VALORIZACIÓN: US$. 26,375.00 (Veintiséis mil trescientos setenta y cinco con
00/100 dólares americanos).
PRECIO BASE: US$. 14,945.83
(CATORCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON
83/100 DOLARES AMERICANOS), que
representan dos tercios de su valorización, reducido en 15% por ser segunda
convocatoria.
GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento D00001, Hipoteca del 04.12.2013 a
favor de la Caja Municipal de Ahorro y
Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$,
26,375.00.
FECHA, HORA Y LUGAR DE REMATE:
Para el día VIERNES 08 DE ABRIL DE
2016 A LAS 09.00 HORAS EN LA SALA
DE REMATES, UBICADO EN LA OFICINA DE LA SUB ADMINISTRACION DE
LA SEDE JUDICIAL DE LA PROVINCIA
DE JAÉN del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en calle Mariscal Castilla N°
490, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca.
LOS POSTORES: Por el inmueble en
remate, deben depositar el dinero en
efectivo o con cheque de gerencia, negociable a su nombre, una cantidad no
menor del 10 % de su valorización,
adjuntar original y copia de DNI y/o
RUC, de arancel judicial con código 7153
por derecho de participación en remate,
indicando Juzgado; Expediente, DNI y/o
RUC, nombre completo, domicilio y firma;
y de ser el caso de vigencia y facultades
de poder de fecha actual.
HONORARIOS DEL MARTILLERO:
Inmediatamente culminada la diligencia de remate, el adjudicatario paga los
honorarios del Martillero Publico más
el I.G.V. de conformidad con la Ley N°
27728, Ley N° 28371 y su Reglamento
(D.S. N° 008-2005-JUS). Jaén, Enero 14
de 2016. (51)(44) 94-789-3343 94-9365850 34-7544 RPM *661990 [email protected] gueupala@hotmail.
com
GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO
ABOGADO – MARTILLERO PUBLICO
REG. N° 210
EDINSON E. SOBERÓN HOYOS
SECRETARIO JUDICIAL
SEGUNDO JUZGADO CIVIL – JAÉN
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5195978
F/ 217
S/. 20.00
10, 11, 14 Marzo
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
Expediente N° 00627-2012-0-1707-JPCI-01
En los seguidos por SALCEDO GUEVARA, MARIA FLOR contra VASQUEZ
GARCIA, MIGUEL
ANGEL y OTROS sobre OBLIGACION
DE DAR SUMA DE DINERO, el señor
Juez del PRIMER JUZGADO DE PAZ
LETRADO DE FERREÑAFE Dra. Torres
Torres Hella Marisol, interviniendo como
Especialista Legal Dr. José Domingo
Quiñones Bendezu, de conformidad con
lo dispuesto por Ley 28371, que modifica
los artículos 731 y 732 del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento
de la Ley del Martillero Publico, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 008 2005 - JUS, ha ordenado que el suscrito
Roberto Gutiérrez Quispe MARTILLERO
PUBLICO con Registro N° 113 realice el
Remate Público EN SEGUNDA CONVOCATORIA del Inmueble constituido por
el Predio Rural ubicado Valle Chancay
- Lambayeque / Sector, Potrero, Predio
con código de predio 7_6309240_07726
del distrito de Reque, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque,
inmueble cuya área, linderos, medidas
perimétricas y dominio corren escritas
en la Partida Número 02253138 de la
Oficina Registral de Chiclayo de la Zona
Registral N° ll-Sede Chiclayo.
TASACION: S/.181,105.00 (CIENTO
OCHENTA y UN MIL CIENTO CINCO
Y 00/100 SOLES). BASE DEL REMATE S/.102,626.45 (CIENTO DOS MIL
SEISCIENTOS VEINTISEIS Y 45/100
SOLES), que son las dos terceras partes
del valor de tasación, menos el quince
por ciento de la base de la postura de la
primera convocatoria.
AFECTACION: 1).- EMBARGO EN
FORMA DE INSCRIPCION por Resolucion número 06 de fecha 23/1108/20074,
aclarada por resolucion número 08 de
fecha 08-01-2008 ambas expedidas por
el Séptimo Juzgado Civil de Chiclayo, Dr.
Cesar Eduardo Burga Diaz, hasta por la
suma de S/.30,000.00 Nuevos Soles, inscrito en el asiento D00002 de la Partida
Electrónica N° 02253138 de la Oficina
Registral de Chiclayo.
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
DIA Y HORA DEL REMATE: EL DIA 29
DE MARZO DEL AÑO 2016 A HORAS
11:30 A.M.
LUGAR DE REMATE: en el local del
Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, ubicado en la Av. Victor Raúl Haya
de Torre N° 102 (intersección con la calle
Tacna), de la ciudad de Ferreñafe. POSTORES: Oblaran el 10 % del valor de la
tasación en efectivo, Cheque de Gerencia o en Depósito judicial del Banco de
la Nación por la suma de S/.18,110.50,
además presentaran su arancel judicial
consignando número de expediente, Juzgado y documento de identidad (con
copia de arancel y DNI). Funcionario responsable del Remate Roberto Gutiérrez
Quispe Martillero Publico. Adjudicatario
cancela los Honorarios del Martillero conforme a Ley N° 28371 y D.S. 008-2005JUS y están afectos al I.G.V.
Ferreñafe, 04 de febrero del año 2016
ROBERTO GUTIERREZ QUISPE
MARTILLERO PÚBLICO
REG. 113
JOSÉ D. QUIÑONES BENDEZU
SECRETARIO JUDICIAL
PRIMER JUZGADO DE PAZ
LETRADO FERREÑAFE
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5195136
B/ 1369
S/. 22.00
10, 11, 14 Marzo
PRIMERA CONVOCATORIA
A REMATE PÚBLICO
(Exp. N° 961-2013)
En los autos seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO DE
PIURA S.A.C. contra ROSA ISABEL
LUMBRES DE RAMON, JOSE ELOY
PALMA HUAMANCHUMO, FRANCISCO
RAMON OROSCO y MANUELA URCIA
DE PALMA, sobre Ejecución de Garantía,
Expediente 961-2013, el Octavo Juzgado
Civil Comercial de Chiclayo, a cargo del
Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Secretaria Judicial Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, ha dispuesto sacar a
REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, efectuado por el Martillero
Orlando; Florencio Roca Cuzcano, quien
llevara a cabo el acto de remate, basado
en el Código Procesal Civil, artículos 736,
737 y demás inherentes al proceso de
remate, del Inmueble ubicado en: Mz. 23,
Lote 2B, Pueblo Tradicional Santa Rosa,
Distrito Santa Rosa, Provincia Chiclayo,
Departamento Lambayeque, con área,
linderos y medidas perimétricas que
corre inscrito en la Partida Electrónica
N° P10047680, siendo su antecedente
registral N° P10047081 del Registro de
propiedad inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
- Zona Registral N° II. Sede Chiclayo.
VALOR DE TASACION: US$ 27,641.08
(VEINTISEETE
MIL SEISCIENTOS
CUARENTIUNO y 08/100 DOLARES
AMERICANOS).
BASE DEL REMATE: US$ 18,427.38
(DIECIOCHO MIL CUATROSCIENTOS
VEINTISIETE y 38/100 DOLARES AMERICANOS), equivalente 2/3 partes del
valor de tasación.
AFECTACIONES VIGENTES: 1).- HIPOTECA, As. 00008, a favor de CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO y CREDITO
DE PIURA SAC, hasta por la suma
de US$ 27,205.27 Dólares Americanos 2).- INSCRIPCION DE EMBARGO,
As. 00009, hasta por la suma de S/.
28,000.00 Nuevos Soles, en el proceso
seguido por el Banco Financiero del
Perú 3).- INSCRIPCION DE EMBARGO,
As. 00010, hasta por la suma de S/.
18,000.00 Nuevos Soles, en los seguidos por Banco de la Microempresa MiBanco.
DIA Y HORA DEL REMATE 29 de Marzo
2016 a las 11:00 am.
LUGAR DEL REMATE En la Sala de
Remates, ubicado en Calle San Jose N°
1052, (sede antigua de la Corte Superior
de Justicia de Lambayeque), Distrito y
Provincia de Chiclayo, Departamento de
Lambayeque.LOS POSTORES: Oblarán el 10% del
valor de Tasación en efectivo y/o en
cheque de gerencia
(no debe tener sello de NO NEGOCIABLE) y presentarán su arancel judicial
(con copia del arancel y del DNI), donde
se consignara el N° de Exp., Juzgado
e identificación del postor, suscribiendo
dicho arancel. La comisión del Martillero
es por cuenta del adjudicatario de confor-
CRÓNICA
midad con el Martillero 732 del CPC, Ley
de Martillero 27728, 28371 y al Reglamento según escala indicada en el Art.
D.S. 008-2005-JUS, y están afectos al
IGV. Chiclayo, 11 de Enero 2016. Martillero Publico Reg. N° 205 Roca Cuzcano,
Orlando Florencio Telf. 988643628.
ORLANDO ROCA C.
MARTILLERO PÚBLICO
REG. NAC. N° 205
CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO
SECRETARIA JUDICIAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5190541
F/ 813
S/. 48.00
08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo
PRIMER REMATE JUDICIAL
Exp. 00269-2008-0-1706-JR-CO-08, en
los seguidos por BANCO DE CREDITO
DEL PERU contra MARITZA CAICEDO
CHAVEZ Y MARTINA CHAVEZ ROJAS,
sobre Ejecución de Garantías. El Octavo
Juzgado Especializado en lo Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo que
Despacha el Sr. Juez Dr. Sandro Omar
Aguilar Gaitan, Especialista Legal Dra.
Betty Varias Céspedes; ha dispuesto
sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble:
UBICACION: Manzana 71, Lote 32, Pueblo Tradicional Monsefu (Actual: Calle
Manuel Maria Izaga N° 216), Distrito de
Monsefu, Provincia de Chiclayo, Departamento de la Lambayeque, inscrito en
la Partida Electrónica N° P10064146, del
Registro de Propiedad de Inmueble de la
Zona Registral N° II, Sede Chiclayo.
VALOR DE TASACIÓN: En la suma de
US$. 13,563.75 (TRECE MIL QUINIENTOS SESENTITRES Y 75/100 DÓLARES AMERICANOS).
PRECIO BASE: Siendo su precio base
las dos terceras partes del valor de la
tasación la misma que asciende a la
suma de US$. 9,042.50 (NUEVE MIL
CERO CUARENTIDOS Y 50/100 DOLARES AMERICANOS).
DIA Y HORA DE REMATE: 22 marzo del
2016 a horas 11:00 de la mañana.
LUGAR DEL REMATE: Sala de remates,
sito en la Calle San Jose N° 1070, Ciudad
de Chiclayo.
CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00004 de la
Partida N° 10064146). Las Propietarias,
constituye hipoteca a favor del BANCO
DE CREDITO DEL PERU; hasta por la
suma de S/. 52,713.50 Nuevos Soles. Así
consta en Escritura Publica N° 2245, de
fecha 30/10/2006, ante Notario Antonio
Enrique Vera Mendez.
POSTORES: Presentarán en efectivo
o en cheque de gerencia girado a su
nombre el 10% del valor de la tasación,
adjuntar la tasa judicial correspondiente a
la orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, debiendo consignarse
en la misma el número de expediente, el
acto procesal a realizar y copia de D.N.I,
y firmas. El presente remate estará a
cargo del martillero público Cesar Armando Zapata Obando, con Reg. 241.
Los HONORARIOS DEL MARTILLERO
será de cargo del adjudicatario conforme
a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N°
008-2005-JUS mas IGV.
Chiclayo, 30 de diciembre del 2015
CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 241
DRA. BETTY DEL SOCORRO
VARIAS CESPEDES
ESPECIALISTA LEGAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL –
COMERCIAL – CHICLAYO
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5190203
F/ 794
S/. 45.00
08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo
AVISO DE REMATE
PÚBLICO JUDICIAL
Exp. N° 601-2010-0-1706-JR-CO-08.
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra NOEMI
GARCIA CORDOVA y MARCO ANTONIO SILVA CORDOVA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO.
BIEN EN REMATE: El Octavo Juzgado Especializado Civil Sub Especialidad
Comercial de Chiclayo, a cargo del Señor
Juez, Sandro Omar Aguilar Gaitán, y
JUDICIAL
Especialista Legal, Betty del Socorro
Varias Céspedes, ha ordenado que el
suscrito Martillero Público, Guillermo
Eulogio Paredes Landauro, realice el
REMATE PUBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA del bien inmueble dado en garantía ubicado en Manzana A22 (A veintidós), Lote 22 (veintidós),
Zona 1 (uno), con frente a calle 5 (cinco),
Programa Juan Tomis Stack, I (primera)
Etapa, Distrito de San Jose, Provincia
y Departamento de Lambayeque, cuya
área, dominio, características, linderos,
colindancias y medidas perimétricas
corren inscritas en la Partida Electrónica
N° P10043069, Registro de Propiedad
Inmueble, Zona Registral N° II, Sede
Chiclayo.
VALORIZACION: US$. 4,536.00 (Cuatro
mil quinientos treinta y seis con 00/100
Dólares Americanos).
PRECIO BASE: US$. 3,024.00 (TRES
MIL VEINTICUATRO CON 00/100
DOLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valorización por
ser primera convocatoria.
GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento
00006, Embargo judicial en forma de
inscripción hasta por S/. 45,000.00, a
favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., Exp. N° 601-201097, 8° Juzgado Comercial de Chiclayo;
y, 2) Asiento 00007, Embargo judicial
en forma de inscripción hasta por S/.
60,000.00, a favor del Banco de Crédito
del Perú, Exp. N° 2025-2011-62, 8° Juzgado Comercial de Chiclayo.
FECHA, HORA Y LUGAR: El día MARTES 12 DE ABRIL DE 2016 A LAS 11.00
HORAS, EN LA SALA DE REMATES
DEL PODER JUDICIAL DE LAMBAYEQUE, sede Chiclayo, sito en calle San
Jose N° 1052, Distrito y Provincia de
Chiclayo, Departamento de Lambayeque.
LOS POSTORES: Por el inmueble en
remate, se presentan con dinero en efectivo o cheque de gerencia, negociable a
su nombre una cantidad no menor del 10
% de su valorización, adjuntan original y
copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial
con código 7153 por participación en
remate de inmueble, indicando Expediente, Juzgado, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma; y de ser el caso de vigencia
y facultades de poder de fecha actual.
HONORARIOS DEL MARTILLERO: El
adjudicatario paga los honorarios del
Martillero Publico más el I.G.V., determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371
y su Reglamento (D.S.008-2005-JUS), y
732° del Código Procesal Civil, inmediatamente al finalizar la diligencia de
remate. Chiclayo, enero 16 de 2016. (51)
(44) 94-789-3343 94-936-5850 34-7544
/ RPM *661990 / GPLmartilleropublico@
yahoo.es [email protected].
GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO
ABOGADO
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 210
DRA. BETTY DEL SOCORRO
VARIAS CESPEDES
ESPECIALISTA LEGAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL –
COMERCIAL – CHICLAYO
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5190545
F/ 814
S/. 46.00
08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA
SUBASTA PÚBLICA
Expediente N° 00757-2014-0-1706-JRCO-080.- Por disposición del Señor Juez
del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lambayeque,
que despacha el Dr. SANDRO OMAR
AGUILAR GAITAN, con intervención de
la Especialista legal Dra. BETTY DEL
SOCORRO VARIAS CESPEDES, en los
Autos seguidos por CAJA MUNICIPAL
DE AHORRO Y CREDITO PIURA S.A.C.
contra CARMEN CUMBAY LOPEZ DE
HUERTAS y OTROS, sobre EJECUCIÓN
DE GARANTIAS, de conformidad con lo
dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los artículos 731° y 732° del Código
Procesal Civil, concordante con et Reglamento de la Ley el Martillero Publico,
aprobado mediante Decreto Supremo N°
008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Publico SUJEILY ENITH CAMACHO
FERNANDEZ, con Registro Sunarp N°
276 para ejercer el cargo a nivel nacional;
se precederá a llevar a cabo el REMATE
PUBLICO JUDICIAL en PRIMERA CONVOCATORIA consistente en:
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
3
DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Ubicado en Mz. G, Lote N° 4, del Asentamiento
Humano Programa de Vivienda Damnificados de El Fenómeno del Niño - Mocce
- Sector 1, Distrito, Provincia y Departamento de Lambayeque, cuyo dominio,
área, linderos, medidas perimétricas, cargas, gravámenes y demás características
corre inscrito en la Partida Registral N°
P10004275, del Registro de Propiedad
Inmueble (Registro de Predios) de la
Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.
CARGAS Y GRAVAMENES: GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA, inscrita en el asiento D00005, a
favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CREDITO PIURA S.A.C. hasta por
la suma de US$. 36,760.00 (Treinta y
Seis Mil Setecientos Sesenta con 00/100
Dólares Americanos), 2) INSCRIPCION
DE HIPOTECA, inscrita en el asiento
D00006, a favor de CAJA MUNICIPAL
DE AHORRO Y CRÉDITO PIURA S.A.C.
hasta por la suma de US$. 38,460.00
(Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta con 00/100 Dólares Americanos).
VALOR DE TASACION: Valorización
para efectos de remate Ascendente a
la suma de US$. 41,504.00 (Cuarenta
y Un Mil Quinientos Cuatro con 00/100
Dólares Americanos).
BASE DEL REMATE: Deducido conforme a Ley, monto ascendiente a US$.
27,669.33 (Veintisiete Mil Seiscientos
Sesenta y Nueve con 33/100 Dólares
Americanos), equivalentes a las dos terceras partes del valor de la tasación.
DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE:
Lunes 21 de Marzo del 2016, a horas
10.00 a.m. en el local de la Sala de
Remates ubicada en la Calle San Jose
N° 1052 - 2do. Piso Cercado de Chiclayo.
- CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS
POSTORES: 1. Al momento del acto de
remate Oblaran (Garantía) el 10% del
valor de la tasación del inmueble en efectivo o en cheque de gerencia negociable,
girado a nombre del postor, es decir la
suma de US$. 4,150.40 2, Presentaran
en el acto de remate el arancel judicial
por participación en remate, que deberán
adquirir en el Banco de la Nación (Código
07153), indicando número de Expediente, Juzgado y DNI/RUC. 3. Informes al
teléfono 978436514 0 RPM *408462 BJ
EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del
acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Publico mas IGV, de
conformidad con el artículo 18 de D.S. N°
008- 2005-JUS. y al Art. 732 del CPC.2.
Deberá consignar dentro del tercer día
hábil posterior a la fecha de remate en el
Banco de la Nación el saldo para completar el monto ofertado, bajo apercibimiento
de declararse fa nulidad del remate a lo
dispuesto por el artículo 741 del Código
Procesal Civil.
Chiclayo, 11 de enero del 2016
DRA. SUJEILY ERLITH
CAMACHO FERNANDEZ
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 276
DRA. BETTY DEL SOCORRO
VARIAS CESPEDES
ESPECIALISTA LEGAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL –
COMERCIAL – CHICLAYO
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5190822
F/ 818
S/. 54.00
08, 09, 10, 11, 14, 15 Marzo
PRIMER REMATE JUDICIAL
(Exp. 16-2013-0-1706-JR-CO-08)
Proceso seguido por BBVA Banco Continental, contra José Luis Llamo Torres e
Hilda Santos Montenegro Mendoza interniniendo como acreedor no ejecutante la
Caja Municipal de Ahorro y Crédito de
Piura S.A.C., sobre ejecución de garantías, el Juez, doctor Sandro Omar Aguilar
Gaitán que despacha en el OCTAVO
JUZGADO CIVIL SUB ESPECIALIDAD
- COMERCIAL DE CHICLAYO, con intervención de la Especialista Legal, doctor
Betty Varias Céspedes, ha convocado a
PRIMER remate de:
BIEN A REMATAR: Inmueble ubicado
en la posesión informal unidad vecinal
Hector Aurich Soto, manzana 12, lote 20,
distrito y provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; inscritos en
la partida electrónica N° P10101382 del
registro de predios de la Zona Registral
N° II – sede Chiclayo
TASACION: US$ 17,912.78
BASE DE REMATE: US$ 11,941.85
4
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
CRÓNICA
GRAVAMENES: A) Hipoteca a favor
del ejecutante hasta por la suma de
US$ 30,560.00; B) medida cautelar en
forma de inscripción a favor de CMAC
Piura S.A.C. hasta por la suma de S/
25,000.00, ordenada por el primer juzgado de paz letrado civil de Chiclayo en el
expediente 2013-451-1; C] Embargo en
forma de inscripción a favor del Banco
Financiero del Perú hasta por la suma
de S/ 82,000.00, ordenada por el octavo
juzgado civil de Chiclayo en el expediente
491-2013-98; D) Embargo en forma de
inscripción a favor del Caja Rural de
Ahorro y Crédito Chavín S.A. hasta por
la suma de S/ 35,000.00, ordenada por
el primer juzgado de paz letrado civil de
Chiclayo en el expediente 2013-3891
las mismas que se encuentran inscritas
en los asientos 00004, 00005, 00006 y
00007 respectivamente.
MARTILLERO PUBLICO DESIGNADO:
Roderick Hudson Galdos Ojeda con
registro N° 117 quien en merito a la
facultad concedida por el Juzgado ha
señalado lugar día y hora para el remate
en PRIMER convocatoria.
LUGAR DE REMATE: Sala de Remates
de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en calle San Jose N° 1052
- 1070, Cercado, Chiclayo.
DIA DEL REMATE: Veintinueve de abril
del 2016.
HORA DEL REMATE: Quince horas.
REQUISITOS PARA SER POSTOR:
Entregar al Martillero Público, antes del
remate: 1) No menos del 10% del valor
de tasación en efectivo o en cheque de
gerencia negociable girado a nombre del
postor, en calidad de depósito. 2) Arancel
por derecho a participar en remate judicial, adquirido o habilitado con el número
de expediente y de D.N.I, o RUC del postor. 3) Las personas jurídicas, por medio
de sus representantes presentarán copia
del RUC y vigencia de poder de quien la
representara en el acto de remate. Los
honorarios del Martillero Publico son por
cuenta del adjudicatario, de conformidad
con lo previsto por el Decreto Supremo
N° 008-2005-JUS, y están afectos al IGV.
Chiclayo 05 de enero del 2016
RODERICK HUDSON
GALDOS OJEDA
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 117
DRA. BETTY DEL SOCORRO
VARIAS CESPEDES
ESPECIALISTA LEGAL
OCTAVO JUZGADO CIVIL
COMERCIAL – CHICLAYO
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5188552
F/ 787
S/. 51.00
07, 08, 09, 10, 11, 14 Marzo
ante notario Carlos Caballero Burgos en
la ciudad de Chiclayo. Asiento 000017
Embargo en forma de Inscripción:
Mediante Resolución Judicial N° 02, de
fecha 23/06/2014, expedida por el Juez
del 8vo juzgado Civil de Chiclayo Sandro
Omar Aguilar Gaitán y Secretaria Judicial
Encargada Magali Cóndor Villalta, se
resuelve Admitir a trámite la solicitud
de medida cautelar fuera de proceso
interpuesta por BBVA Banco Continental, contra Rossana Lozada Gastelo en
consecuencia trábese embargo en forma
de inscripción sobre el inmueble ubicado
en la Manzana C Lote 20 del Pueblo
Joven Las Lomas, distrito y provincia de
Chiclayo, departamento de Lambayeque,
Inscrito en la Partida N°10000071 del
registro de la propiedad inmueble de la
Zona registral N° ll Sede Chiclayo, hasta
por la suma de Setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 88/100
nuevos soles (S/.78,454.88), Así consta
de los partes debidamente certificados
por la Secretaria Judicial encargada
Magali Condori Villalta. Asiento 000018
DIA Y HORA DEL REMATE: 30 de Marzo
del 2016 a horas 11:30 de la mañana.
LUGAR DEL REMATE: En la Sala de
remates ubicada en la antigua Corte
Superior de Justicia de Lambayeque,
ubicada en San Jose No. 1052- Chiclayo.
LOS POSTORES: Oblaran el 10% del
valor de la tasación en efectivo o cheque
de gerencia, presentaran DNI y Arancel
Judicial indicando No. de DNI del postor, Juzgado correspondiente y No. de
expediente (con copia del arancel y del
DNI). Antes del Remate validar arancel
en las oficinas de REMAP - REPEJ. Los
honorarios del martillero público son por
cuenta del adjudicatario de conformidad
con el artículo 732 del Código Procesal
Civil y están afectos al IGV - Martillero
Publico: Raúl Jose Fernando Zevallos
Diaz - Registro Nacional N° 114. Telf.
998104095.
RAUL ZEVALLOS DIAZ
MARTILLERO PÚBLICO
REG. N° 114
CAROLINA
PORTOCARRERO ESTELA
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL
COMERCIAL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5188662
F/ 789
S/. 54.00
07, 08, 09, 10, 11, 14 Marzo
PRIMERA CONVOCATORIA
DE REMATE PÚBLICO
En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU con LOZADA GASTELO ROSSANA, sobre EJECUCION DE
GARANTIAS REALES, Expediente N°
820-2013, el 8° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chidayo a cargo
del Señor Juez Dr. Sandra Omar Aguilar
Gaitán, Especialista Legal Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto sacar a
REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble dado en garantía, consistente en el inmueble ubicado
en la Mz. C Lote 20 del Pueblo Joven La
Lomas (Actualmente Prolongación Avenida Augusto B. Leguía S/N), Distrito y
Provincia de Chiclayo y Departamento
de Lambayeque, inscrito en el Asiento N°
00017 de la Partida N° P10000071 de la
Oficina Registral- Sede Chiclayo; TASACION COMERCIAL: US$.40,665.80
(Cuarenta mil seiscientos sesenta y cinco
con 80/100 dólares americanos), BASE
DEL REMATE: US$.27,110.05 (Veintisiete mil ciento diez con 05/100 dólares
americanos), monto que equivale a las
dos terceras partes de su tasación.
AFECTACIONES:
Inscripción de hipoteca: El propietario
constituye hipoteca sobre el inmueble
inscrito en la presente partida a favor
del Banco de Crédito del Perú, debidamente representada, hasta por la suma
de S/.62,267.75 nuevos soles, a fin de
garantizar el crédito que otorga el Banco
al prestatario por la suma de S/.60,000.00
que serán cancelados en un plazo de 15
años con una tasa de interés de 14%,
así y más consta en la escritura Publica
#2148 de fecha 15/06/2011 otorgada
CONSEJO DE FAMILIA
2. EDICTOS CLASIFICADOS
FORMACION DE CONSEJO
DE FAMILIA
Ante TERCER JUZGADO PAZ LETRADO FAMILIA CHICLAYO, que despacha
Dra. LARREA, se tramita Expediente
03634-2014-0-1706-JR-FC-03, seguido
por LIDIA VITÓN CERDAN, sobre FORMACIÓN CONSEJO FAMILIA, para nombrar CURADOR de interdicta AZUCENA
VITÓN CERDAN. Propone a siguientes
personas para integrar dicho Consejo:
YSMENIA, RAÚL, MANUEL JESÚS y
MÁXIMO VITON CERDAN; y JANET
SIPIÓN VITÓN. Se hace de público conocimiento para que en plazo diez días,
cualquier interesado observe inclusión
o exclusión indebida de tales personas.
Chiclayo, 02 de Marzo 2016
CESAR URPEQUE CRUZADO
SECRETARIO JUDICIAL
8° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE
FAMILIA
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5195931
B/ 1391
S/. 9.00
11, 14, 15 Marzo
INSCRIPCION Y RECTIFICACION
DE PARTIDAS
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Monsefú, que despacha la Dra. Carla Yolanda
Paredes Ciccia y el Secretario Judicial
Manuel Gilberto Romero Balcazar, en
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
el Expediente N° 018-2016-0-1713-JPCI-01, se ha dispuesto por Resolución
N° UNO admitir a trámite en la VIA NO
CONTENCIOSA la solicitud presentada
por JOSE HUMBERTO DEL CASTILLO
IBAÑEZ sobre Rectificación de su Partida
Nacimiento.
Monsefú, 09 de marzo del 2016
MANUEL GILBERTO
ROMERO BALCAZAR
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO –
MONSEFÚ
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5195956
B/ 1393
S/. 2.50
11 Marzo
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
EXPEDIENTE: 575-2015-0-1703-JR-CI
EL PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO DE
JAEN, JUEZ: LUICIEN MONTOYA URBINA, SECRETARIO: JHON VLADIMIR
CAYAOPA CALDERON, EXPEDIENTE
N° 575-2015-0-1703-JR-CI mediante la
resolución N° UNO, se admite la solicitud
de doña MARIA OLINDA CIEZA FERNANDEZ, de CAMBIO DE NOMBRE, de
su menor hija Rhianna Alessandra Katherine Huarcaya Cieza, partida registrada
con el Número 014533, Inscrita en el
registro Civil del distrito de Jaén, debiendo suprimirse el prenombre “KATHERINE” y RECTIFICARSE EL PRENOMBRE
“RHIANNA” a “RIHANNA”, el mismo que
se rectificara quedando como RIHANNA ALESSANDRA, rectificado que sea
el nombre deberá quedar plasmado de
la siguiente manera RIHANNA ALESSANDRA HUARCAYA CIEZA, señalando Audiencia de Actuación y Declaración Judicial, para el día TREINTA DE
MARZO A HORAS 11:30 de la mañana.
Jaen, 09 de Marzo del año 2016
ABOG. JHON VLADIMIR
CAYATOPA CALDERON
SECRETARIO JUDICIAL
1° JUZGADO CIVIL – JAÉN
PODER JUDICIAL
P/ 5197358
F/ 222
S/. 4.00
11 Marzo
INSCRIPCION DE PARTIDA
DE DEFUNCION
Ante el Juzgado de Paz Letrado de
Lambayeque en el expediente seguido
N° 1829-2015, por JULIO QUEREBALU
CHIMOY sobre INSCRIPCION OE PARTIDA DE DEFUNCION con la asistencia
del secretario Dr. Santos Flores Ramos,
recurre a este despacho a fin de solicitar
la INSCRIPCION DE LA PARTIDA DE
DEFUNCION ante la Municipalidad Distrital de Mochumi de su difunta madre
MANUELA CHIMOY SANTAMARIA fallecida con fecha 01/09/2007, la cual por
desconocimiento no se registró en su
oportunidad.
Lo que hace de conocimiento para fines
de ley.
Lambayeque, 03 de Marzo de 2016
SANTOS AMERICO FLORES RAMOS
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO –
LAMBAYEQUE
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5194110
B/ 1363
S/. 7.50
09, 10, 11 Marzo
SUCESIÓN INTESTADA
SUCESION INTESTADA
Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado
Civil de Chiclayo, que despacha el Doctor
.JUAN F. GARCIA MAYORGA y Especialista Legal Dr. VICTOR ARBULU NORABUENA, expediente 2904-2015-1JPLCCH. don CARLOS ALBERTO MUÑOZ
ISIQUE conjuntamente con su hermano
NORBIL ORLANDO MUÑOZ ISIQUE
está solicitando la sucesión intestada de su padre VENANCIO MUÑOZ
PARDO, fallecido el 2 de abril del 2015,
en Pimentel.
Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la
herencia.
Chiclayo 28 de diciembre del 2015
DR. VICTOR M. ARBULÚ NORABUENA
SECRETARIO JUDICIAL
1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5195897
B/ 1389
S/. 3.00
11 Marzo
3.NOTIFICACIONES
NOTIFICACION POR EDICTOS
La señora Juez (T) del séptimo Juzgado civil de Chiclayo, Dra. LIZ KARINA
FABIAN PALOMINO y Especialista Legal
BRUNO RAMIRO LÓPEZ LÓPEZ, en
el Exp. 03200-2015-0-1706-JR-CI-07,
seguido por QUINTANA DÍAZ VILMA
CONSUELO Y RAMIREZ VASQUEZ
AMADO contra SUCESORES DE MOISES DAVILA DIAZ, sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA
ha dispuesto publicar un extracto de la
siguiente:
RESOLUTION: UNO
Chiclayo, Seis de enero
Del dos mil Dieciséis.AUTOS y VISTOS ... SE RESUELVE:
ADMITIR A TRÁMITE - via proceso
SUMARISIMO - la demanda interpuesta por QUINTANA DIAZ VILMA CONSUELO Y RAMIREZ VÁSQUEZ AMADO
contra SUCESORES DE MOISÉS DAVILA DIAZ, sobre OTORGAMIENTO DE
ESCRITURA PUBLICA, por ofrecidos
los medios probatorios, por señalado
su domicilio procesal y EMPLAZAMIENTO mediante EDICTOS a los presuntos
sucesores de Moisés Dávila Díaz; y por
ende PUBLIQUESE un extracto del Auto
Admisorio y de la presente resolucion por
tres veces y con intervalo de tres días, en
el diario “La Republica” y en “El Peruano”, a fin que dentro del plazo de treinta
días se apersonen al proceso y contesten
la demanda, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal.
Chiclayo, 09 de de Marzo del 2016.
BRUNO RAMIRO LOPEZ LOPEZ
SECRETARIO JUDICIAL
SETIMO JUZGADO CIVIL
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5196584
B/ 1397
S/. 15.00
11, 14, 15 Marzo
EDICTO
El Primer Juzgado de Paz Letrado
de Familia Chiclayo, que despacha la
Señora Juez Dra. MAGALI JACQUELINE SOTO BARDALES; Secretaria Dra.
CAROLA FLORES PORTILLA, en el
Expediente N° 02454-2015 ha expedido
la resolucion N° 01 que, RESUELVE:
ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por KARLA JANNET ALVAREZ
CUBAS DE ESPINOZA, en representación de su menor hija ANDREA DEL
ROCIO SÁNCHEZ ÁLVAREZ, contra
LUIS ROLANDO SANCHEZ SALDAÑA,
en la via del PROCESO ÚNICO, en
consecuencia:
CORRASE traslado del escrito de
demanda, al demandado por el plazo de
CINCO DIAS más el término de la distancia, para que conteste la demanda, con
el requisito especial previsto en el artículo 565° del Código Procesal Civil; bajo
apercibimiento en caso de omisión, de
nombrársele curador procesal a, seguido
por KARLA JANNET ALVAREZ CUBAS
DE ESPINOZA contra LUIS ROLANDO
SANCHEZ SALDAÑA sobre ALIMENTOS, publíquese por el plazo de TRES
DIAS conforme a ley; Notifíquese.
Chiclayo, 07 de Marzo de 201
MAGALI JACQUELINE
SOTO BARDALES
JUEZ
PRIMER JUZGADO DE PAZ
LETRADO DE FAMILIA
PODER JUDICIAL – CSJLA
P/ 5193997
B/ 1361
S/. 12.50
10, 11, 14 Marzo
4. EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL
Oficio N° 3943-2012-41-1706-JR-PE-/
BSC
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
JUZADO COLEGIADO TRANSITORIO
- CHICLAYO
ESPECIALISTA: Blanca Seclen
CTTA Y EMPLAZA; al acusado de autos
VICTOR ARMANDO GARCIA ROSAS ;
para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 3943-2012-411706-JR-PE, que se le sigue por el delito
de violación de la libertad sexual en agravio de G.M.D.J notificándosele para que
concurra a la diligencia de JUICIO ORAL
programada para el día QUINCE DE
MARZO del año dos mil dieciséis a horas
ocho y treinta de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala
de audiencia numero DIECISIETE-17 de
los Juzgados colegiados, ubicada en el
cuarto piso de la nueva sede judicial de
la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz
N° 155 Centro Cívico - Chiclayo.
Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 3943-2012-41-1706JR-PE-02, que se sigue contra VICTOR
ARMANDO GARCIA ROSAS por el delito
de Actos Contra El Pudor en agravio de
JG.M.D.J
DR. HERNAN NECIOSUP CHANCAFE
DIRECTOR DE DEBATE
JUZGADOS COLEGIADOS
PJ-NCPP-CSJLAMB
10, 11, 12 Marzo
EDICTO PENAL
EXP. N° 7652-2015-45-0-1706-JR-PE2°-JIP-KPCH.
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
LAMBAYEQUE.
JUEZ: DRA. MARISOL VASQUEZ RUIZ.
SE NOTIFICA por el presente al imputado RICARDO DAVID CERCADO GONZALES, con el contenido de la resolucion
número uno, que dispone. CITAR A LA
AUDIENCIA PARA DE DETERMINAR
LA PROCEDENCIA DE PRISION PREVENTIVA requerida por el representante
de la Segunda Fiscalía Provincial Penal
de Chiclayo para el día DIEZ DE MARZO
DEL AÑO EN CURSO, a horas DOS Y
CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE
(hora exacta), a realizarse en la Sala
de Audiencias Número dos del Segundo
Juzgado de Investigación Preparatoria
sito en Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155
(Segundo Piso) - Centra Cívico - Chiclayo, a realizarse con la presencia obligatoria del representante del Ministerio
Publico y del abogado defensor, bajo
apercibimiento de ser sancionados disciplinariamente si por su causa se frustra
la audiencia
Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 7652-2015-45-1706-JR-PE2°-que se sigue por el delito de robo
agravado en agravio de Galvarino Sanchez Linares.
Secretaria: Kelly Juliana Puescas Chunga
Chiclayo, 07 de marzo de 2016
MARISOL VASQUEZ RUIZ
JUEZ TITULAR
2° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
PJ-NCPP-CSJLAMB
09, 10, 11 Marzo
EDICTO PENAL
Inst. No. 1552-2016-0
ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA
GONZALES PAREDES
MOTIVO: NOTIFICACION.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL
MODULO BASICO DE JUSTICIA DE
JOSE LEONARDO ORTIZ
CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los imputados JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA;
CON UN EXTRACTO DEL REQUERMIENTO FISCAL DE INCOACION DE
PROCESO INMEDIATO;
SOLICITA FISCAL:
Acudo o vuestro Digno Despacho, con el
propósito de SOLICITAR LA INCOACION
DE PROCESO INMEDIATO contra JOSE
DIONICIO LOPEZ LEYVA inmerso en
la comisión de DELITO CONTRA LA
SEGURIDAD PUBLICA en su figura CONDUCCION DE VEHICULO EN
ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de
SOCIEDAD .HECHOS:
Que, el Acta de Intervención Policial de
fecha 28.11.2015, personar policial, intervino al imputado JOSE DIONICIO LOPEZ
LEYVA identificado con DNI 10700495,
CRÓNICA
de 45 años de edad, natural de Chiclayo,
con domicilio en Pasaje Sonta Rosa
Mz. E Lote 07- Upis Nueva Esperanza -Chiclayo, conduciendo el vehículo
automotor mayor Ml, automóvil signado
con Placa de Rodaje Nro. M2V-218,
marca HYUNDAI, año 2013, color rojo,
en circunstancias (que se, encontraba en
la Av. Chiclayo y Balta, por lo que al ser
identificado presentaba visibles síntomas
de ebriedad con aliento alcohólico.
2. Finalmente, realizado los actos de
investigación propios al caso, el conductor intervenido paso prueba de dosaje
etílico, siendo del caso que se ha logrado
recabar el Certificado de Dosaje Etílico
Nro. 0023-B-00914.OH practicado en la
PNP, resultado que del análisis de lo
muestra de sangre
extraída arrojo 0.55 g/l (gramos de alcohol por litro de sangre), es^ decir la
sangre contiene alcohol etílico.
SUPUESTO DE APLICACION DEL PROCESO INMEDIATO:
El Artículo 446° inciso 4 del Código
Procesal Penal (modificado por D Leg.
N° 1194) establece que para los delitos
de CONDUCCION DE VEHIUCLOEN
ESTADO DE EBRIEDAD, lo incoación
del proceso inmediato es OBLIGATORIA.
EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE
TIPIFIQUE QUE EL HECHO,
El hecho se subsume artículo 274° primer
párrafo del Código Penal, que establece:
“El que encontrándose en estado de
ebriedad, con presencio de alcohol en
la sangre en proporción mayor de 0.5
gramos-litro, o bajo el efecto de, drogas
toxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicos c sintéticos conduce, opera
o maniobra vehículo motorizado, será
reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor
de dos años o con prestación de servicios comunitarios; de cincuenta y dos a
ciento cuatro jornadas e inhabilitación,
conforme al artículo 36 inciso 7) Cuando
el agente presta servicios de transporte
público de pasajeros, mercancías o carga
en general, encontrándose en estado de
ebriedad, con presencia de alcohol en la
sangre en proporción superior de 0.25
gromos-litro, o bajo: el efecto de drogas
Toxicas Estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, la pena” privativa
de libertad será no menor de uno ni
mayor de tres años o con prestación de
servicios comunitarios de setenta a
ciento cuarenta jornadas e inhabilitación
conforme al artículo 36, inciso 7).
EXTRACTO DE LA RESOLUCION
NÚMERO UNO:
Por tales consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 446°
inciso 3) y el artículo 447° del Código
Procesal Penal
SERESUELVE:
1. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE
INCOACION DE PROCESO INMEDIATO
EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISION A LA ASISTENCIA
Familiar y conducción en estado de ebriedad - DROGADICCION
requerido por el requerido por el Señor
Fiscal Adjunto Provincial Penal de la
Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz; Dr.: Edgar
Juvenal Camacho Olano, contra el imputado JOSE DIONICIO LOPEZ LEYVA
para el día CATORCE DE MARZO DEL
AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS
TRES DE LA TARDE (03:00 hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo
Juzgado de Investigacion Preparatoria
del Módulo Básico de Jose Leonardo
Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia
obligatoria del señor representante del
Ministerio Publico, el abogado defensor
del imputado, del propio imputado; bajo
apercibimiento en caso de inasistencia
del abogado defensor del procesado se
aplicara el artículo 85° inciso 1) del
Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una
audiencia de carácter inaplazable como
lo establece el artículo 447.4 del código
procesal penal modificado por el decreto
legislativo 1194.
2. OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Publica del Ministerio de Justicia
con sede en este distrito con la finalidad
de que DESIGNE Abogado defensor
Penal Publico que asuma la defensa del
investigado, en la anotada diligencia que
es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Publica de
Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop.
JUDICIAL
3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado JOSE
DIONICIO LOPEZ LEYVA por EDICTO
a la brevedad posible en el diario oficial
la Republica
4. NOTIFIQUESE al imputado JOSE
DIONICIO LOPEZ LEYVA en su domicilio real sito en Pasaje santa Rosa MZ E
lote 07 Upis Nueva Esperanza-Chiclayo
y Mz E lote 07 Upis Nueva Esperanza
1- Chiclayo, al señor, Fiscal en su local
Institucional o casilla electrónica 43900,
INFORMANDOSE’-que si no concurre se
REMITIAN copias al Órgano de Control
del Ministerio Publico, y si no puede
concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Publico con otro
Fiscal ya que la Primera Fiscalía Penal
de Jose Leonardo Ortiz es un ente corporativo.
NOTIFIQUESE a los sujetos procesales.Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 1552-2016 que se le sigue por el
delito de CONDUCCION DE VEHICULO
EN ESTADO DE EBRIEDAD.
Jose Leonardo Ortiz, 04 de Marzo del
2016
KARINA GONZALES PAREDES
ESPECIALISTA DE CAUSAS
1° JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA
MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO
09, 10, 11 Marzo
EDICTO PENAL
Expediente N° 1639-2016-0-0 - 1706JR-PE-01
Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion
Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque
Especialista: Cesar Augusto Salazar
Piscoya.
Imputado: DAVID FLORES GUERRERO
Delito: OMISION A LA ASISTENCIA
FAMILIAR
Agraviado: MARIA JULIA FLORES
IDROGO
SE NOTIFICA A :
DAVID FLORES
GUERRERO, con domicilio en calle
Rossvelt N° 1745 PJ Urrunaga 6 en
calle Mariano Cornejo N° 350 CMP San
Lorenzo
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita
la incoación de proceso inmediato contra David Flores Guerrero, por el delito
de Omisión a la asistencia familiar, en
agravio del menor Maria Julia Flores
Idrogo, toda vez que de la remisión de
copias certificadas derivada del Exp. N°
548 -2013 Juzgado de Paz Letrado de
Jose Leonardo Ortiz, se advierte que el
imputado adeuda la fecha de 4,866.64
nuevos soles, por pensiones alimenticias
devengadas. Se adjunta como elementos
de convicción:
La sentencia
La resolucion que declara consentida
la sentencia
La liquidación de pensiones alimenticias
devegadas. Y notificaciones
d) La resolucion que aprueba la liquidación y notificaciones
RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR
audiencia de incoación inmediato, para el
14-03-16 a horas10:00 am, la misma que
se llevara a cabo en la Sala de Audiencia
N° 02 de los Juzgados de Investigacion
Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz.
Jose L Ortiz 04 Marzo 2015
CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA
ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
09, 10, 11 Marzo
EDICTO PENAL
Expediente N°1549 -2016-0-0 - 1706JR-PE-01
Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion
Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque
Especialista: Cesar Augusto Salazar
Piscoya.
Imputado: GUILLERMO ABRAHAM
VILLANUEVA DELGADO
Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE
EBRIEDAD
Agraviado: LA SOCIEDAD
SE NOTIFICA A GUILLERMO ABRAHAM VILLANUEVA DELGADO, con
domicilio en calle Cesar Vallejos N° 490
PJ Micaela Bastidas- Jose L. Ortiz.
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la
incoación de proceso inmediato Contra
Guillermo Abraham Villanueva Delgado,
por el delito contra la Seguridad Publics
-Delito1 de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebrie-
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
5
dad, eh agravio de la Sociedad, teniendo
como antecedente el acta de intervención policial de fecha”- 24-09-15 a horas
03.20, donde efectivos policiales intervino al imputado por inmediaciones de
la avenida México y Saenz Peña, quien
conducía el vehículo menor, (mototaxi)
de placa de rodaje MG-6336 en evidente
estado de ebriedad, corroborado con el
certificado de dopaje etílico que arrojo
0.84 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR
audiencia de incoación inmediato, para
el 15-0.3-16 a horas 03.00pm, la misma
que se llevara a cabo en la Sala de
Audiencia N° 02/de los Juzgados de
Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz.
Jose L Ortiz 04 Marzo 2015
CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA
ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
09, 10, 11 Marzo
EDICTO PENAL
Expediente N° 1651 -2016-0 - 0 - 1706JR-PE-01
Juzgado: 2 Juzgado de Investigacion
Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Cesar Especialista: Augusto
Salazar Piscoya.
Imputado: MANUEL JOSE QUINONES
ZEÑA
Delito: CONDUCCION EN ESTADO DE
EBRIEDAD
Agraviado: LA SOCIEDAD
SE NOTIFICA A: MANUEL JOSE QUINONES ZEÑA, con domicilio en Pasaje
Real N° 156 PJ Las Palmeras - Jose
L. Ortiz
REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita
la incoación de proceso inmediato contra
Manuel Jose Quiñones Zeña, por el delito
contra la Seguridad Publica - Delito de
Peligro Común. En su modalidad de
Conducción en estado de ebriedad, en
agravio de la Sociedad, teniendo como
antecedente el acta de intervención policial de fecha 21-12 -15 a horas 12:25
donde efectivos policiales intervino al
imputado por inmediaciones de la avenida Mariano Cornejo con la intersección
de la calle Antenor Orrego, quien conducía el vehículo menor (mototaxi) de placa
de rodaje MB -6224 en evidente estado
de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojo 0.99 g/l de
alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR
audiencia de incoación inmediato, para
el 15-03-16 a horas12.30 del mediodía,
la misma que se llevara a cabo en la
Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados
de Investigacion Preparatoria de Jose
Leonardo Ortiz.
Jose L Ortiz 04 Marzo 2015
CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA
ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO
PJ-NCPP-CSJLAMB
09, 10, 11 Marzo
EDICTO PENAL
JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE -CUTERVO.
CUADERNO: 157-2015 JPUP-C- CSJLA
/PJ DR.
JUEZ: DR. JORGE ENRIQUE TELLO
GONZALES.
ESPECIALISTA:
LILY
MARLENY
REAÑO CAMPOS
El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la ciudad de Cutervo, Juez DR.
JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES,
CITA Y EMPLAZA a: NEICER PEDRAZA
MEGO, para que se ponga a derecho
y se defienda de los cargos formulados
en su contra, derivado del Expediente
N° 157-2015, por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en
agravio del ESTADO, A quien además
se le hace de conocimiento que median
te Acta de fecha quince de Diciembre del
dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A
JUICIO ORAL, para el día QUINCE DE
MARZO DEL DOS MIL DIECISEIS, A
HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00
AM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, se declarado reo
contumaz, y se ordenara su ubicación y
captura a nivel nacional.
JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES
JUEZ
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE
PJ-CSJLAMB – CUTERVO
09, 10, 11 Marzo
6
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
&RQÀUPDQVHQWHQFLDGHDxRVGHFiUFHOSDUDWtRTXH
UHDOL]yDFWRVFRQWUDHOSXGRUFRQVREULQD
La Segunda Sala Penal de
Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lamba\HTXHFRQÀUPyODVHQWHQFLD
de cinco años de cárcel, para
Pedro Flores Llatas (35),
acusado del delito contra la
libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor,
en agravio de su sobrina de
trece años de edad.
/D VHQWHQFLD FRQÀUPy
el fallo en primera instancia
emitida por el Cuarto Juzgado Unipersonal de Chiclayo,
instancia que condenó al
procesado luego de revisar
las pericias psicológicas, declaraciones de testigos y la
declaración de la agraviada.
Los hechos ocurrieron en
junio del año 2012, en la vi-
vienda del acusado, ubicado
en la calle Virrey Toledo del
pueblo joven Micaela Bastidas del distrito de José Leonardo Ortiz, cuando éste,
bajo el pretexto de solicitar
a la agraviada que le realizara
masajes en la cabeza, debido
a un fuerte dolor producto
del licor que había ingerido
un día anterior, aprovechó
para tocarle la cintura y besarla en los labios.
La menor contó todo lo
sucedido a su madre, quien
pidió apoyo a la policía para
su captura.
La Sala Penal impuso
además la suma de 3 mil
soles por concepto de reparación civil a favor de la
víctima.
(QHOPDUFRGHO'tD,QWHUQDFLRQDOGHOD0XMHU
&6-/$DWUDYpVGHO3URJUDPDGH$FFHVRDOD-XVWLFLDGHVWDFD
HVIXHU]R\YDORUGHODPXMHUGXUDQWHHQWUHYLVWDUDGLDO
Con un conversatorio sobre el rol que cumple la mujer
en la sociedad lambayecana,
desarrollado en el marco del
Día Internacional de la Mujer y, a través de las ondas
de Radio “La Norteña” del
distrito de Monsefú, la Corte
Superior de Justicia de Lambayeque (CSJLA), a través
del Programa Nacional de
Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en
tu Comunidad, destacó el esfuerzo y valor de la mujer en
pleno Siglo XXI.
En ese contexto, el martes 8 de marzo del presente
año, una de las facilitadoras
del precitado programa, Ps.
Rustmery Heredia Cieza par-
ticipó junto a la regidora de
la Municipalidad distrital de
Ciudad Eten, Sra. Rosa Lumbre Silva y la SO PNP Erika
Pereyra Zelada de este importante diálogo.
La también integrante de
OD 2ÀFLQD 'HVFRQFHQWUDGD
de Control de la Magistratura – ODECMA de esta Corte
Superior, Ps. Heredia Cieza,
manifestó durante su participación que con el paso de los
años el rol del varón y el de la
PXMHUVHKDPRGLÀFDGR´/RV
trabajos que antiguamente
eran propios y representativos de cada sexo, hoy en día
son compartidos como lo es
el trabajo doméstico y el mercado formal e informal de la
economía”, expresó.
Asimismo, otros temas
tratados, fueron los principios
para el empoderamiento de la
mujer, tales como: “Una direc-
ción que promueva la igualdad
de género, igualdad de oportunidades (integración y no discrimación), salud, seguridad y
una vida libre de violencia”.
&RUWH6XSHULRUGH-XVWLFLDGH/DPED\HTXH
&2081,&$'2
Se hace de conocimiento de los señores magistrados y personal jurisdiccional del distrito judicial de Lambayeque, que
se vienen realizando trabajos de mejoramiento y habilitación de ambientes del local del Archivo Central ubicado en la calle
Ortiz Veliz Nº 101 Chiclayo, por tanto actualmente no será posible que esta dependencia recepcione más expedientes
hasta que se concluyan los trabajos, los cuales tienen un plazo de ejecución de veinte días; por lo que apelamos a vuestra
FRPSUHQVLyQ\FRODERUDFLyQD¿QGHQRUHPLWLUQLQJ~QH[SHGLHQWHKDVWDODFXOPLQDFLyQGHORVWUDEDMRVDQWHVUHIHULGRV
Archivo Central – Unidad de Servicios Judiciales CSJLA
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
7
6HFUHDPyGXORZHEGHO6HUYLFLRGH,QWpUSUHWHV\7UDGXFWRUHV
GH/HQJXDV,QGtJHQDVX2ULJLQDULDVGHO3RGHU-XGLFLDO
Mediante Resolución
Administrativa
N°0112016-CE-PJ, el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial
implementó el módulo web
del “Servicio de Intérpretes
y Traductores de Lenguas
Indígenas u Originarias del
Poder Judicial”, el cual estará a disposición de la ciudadanía en general, a través de
la página web.
Esta decisión fue tomaGDFRQODÀQDOLGDGGHIDYR-
recer una justicia bilingüe
en aquellos procesos donde
participen ciudadanos cuyo
dominio de una lengua materna u originaria sea superior al castellano.
En el documento se
informa de la lista de ciudadanos que aprobaron el
“Primer Curso de Especialización para Traductores
e Intérpretes de Lenguas
Indígenas en Temas de Justicia”.
LA LEY
Corte Suprema establece precedente vinculante penal
3DUDFRQGHQDUSRUYLRODFLyQVH[XDOVHUHTXLHUH
YDORUDUODSUXHEDGH$'1
La Suprema ha establecido que el juez no puede condenar a un imputado de violación sexual si
es que no ha actuado una prueba de ADN. Esto
es así cuando dicho medio probatorio tiene vinculación directa con el caso y su actuación sea imprescindible para determinar la imputación y la
responsabilidad penal del procesado.
Cuando en el proceso se presenta una prueba
Œ’Ž—ÇꌊȱŽȱȱšžŽȱžŠ›Žȱž—Šȱ›Ž•ŠŒ’à—ȱ’›ŽŒta con el hecho principal que se pretende probar,
esta debe actuarse en sede de instancia y en tiempo
oportuno.
Esto ha sido declarado como precedente vinculante por la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema en la Casación N° 292-2014-Áncash, en
˜—ŽȱŠŽ–¤œȱŽœŠ‹•ŽŒ’àȱšžŽȱŽœȱŽ‹Ž›ȱŽ•ȱ“ž£Šdor efectuar la valoración previa de la prueba de
ADN, pues no puede sentenciar si no se ha efectuado la actuación probatoria de dicha evidencia
Œ’Ž—Çꌊǯ
El caso que motivó este pronunciamiento fue el
œ’ž’Ž—ŽDZȱœŽȱŠŒžœàȱŠȱž—ȱœž“Ž˜ȱŽȱ‘Š‹Ž›ȱ’—Ž›ŒŽ™tado y forzado a una menor de edad de 17 años a
mantener relaciones sexuales. Producto de la violación, la menor quedó embarazada, dando a luz al
‘’“˜ȱŽȱœžȱŠ›Žœ˜›ǯ
En primera instancia, el imputado fue conde—Š˜ȱ™˜›ȱŽ•ȱŽ•’˜ȱŽȱŸ’˜•ŠŒ’à—ȱœŽ¡žŠ•ȱŽ—ȱŠ›ŠŸ’˜ȱ
Žȱ•Šȱ–Ž—˜›ǯȱ’—ȱŽ–‹Š›˜ǰȱ™›ŽœŽ—àȱž—ȱ›ŽŒž›œ˜ȱ’–™ž—Š˜›’˜ȱšžŽȱžŽȱŽ•ŽŸŠ˜ȱŠȱ•ŠȱŠ•Šȱ’¡Šȱ›Š—sitoria Descentralizada de la provincia de Huari.
ȱ •ȱ Œ˜—Ž—Š˜ȱ ž—Š–Ž—àȱ œžȱ ’–™ž—ŠŒ’à—ȱ
Šę›–Š—˜ȱšžŽȱ—˜ȱœŽȱ‘Š‹ÇŠȱŠŒžŠ˜ȱ•˜œȱ›Žœž•Š˜œȱ
Žȱž—Šȱ™›žŽ‹ŠȱŽ—·’ŒŠȱŽȱȱ™Š›ŠȱŽŽ›–’—Š›ȱ
si producto de la violación sexual habían procreado a un hijo, por lo que consdieró que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia y
el derecho a la prueba pertinente. No obstante, la
Š•Šȱ’¡ŠȱŽœŽœ’–àȱŽ•ȱ›ŽŒž›œ˜ȱ¢ȱŒ˜—ę›–àȱ•ŠȱœŽ—tencia de primera instancia.
Sobre la base de los mismos fundamentos, el
condenado interpuso recurso de casación, el cual
fue admitido por la Sala Penal Permanente de la
Corte Suprema. El motivo fue determinar la per’—Ž—Œ’ŠȱŽȱ•Šȱ™›žŽ‹ŠȱŒ’Ž—ÇꌊȱŽȱȱ¢ȱœžȱ›Ž•Šción con el derecho a la presunción de inocencia.
Revisado el caso, la Corte Suprema sostuvo
que, por las circunstancias especiales del caso, en
Ž•ȱšžŽȱœŽȱŠ•ŽŠȱ•Šȱ™›˜Œ›ŽŠŒ’à—ȱŽȱž—ȱ‘’“˜ȱŽ•ȱŠ›Žsor sexual, no valorar la prueba de ADN afecta
el derecho del imputado a utilizar los medios de
prueba pertinentes; más aún si se tiene presente
que en casos de violación sexual esta es necesaria
para determinar la paternidad y la responsabilidad penal del imputado.
ȱ˜›ȱŽœ˜œȱ–˜’Ÿ˜œǰȱŽ•ȱŒ˜•Ž’Š˜ȱœž™›Ž–˜ȱŽŒ•Šró fundado el recurso y casó la sentencia de vista.
œÇǰȱ•žŽ˜ȱŽȱŽŒ•Š›Š›ȱ—ž•Šȱ•ŠȱœŽ—Ž—Œ’ŠȱŽȱ™›’–Ž›Šȱ
instancia que lo condenó, ordenó la celebración de
un nuevo juicio oral contra el imputado de parŽȱŽȱž—ȱŒ˜•Ž’Š˜ȱ’œ’—˜ȱšžŽȱŽ‹Ž›¤ȱŸŠ•˜›Š›ȱ•Šȱ
prueba de ADN.
La Ley.-
8
Chiclayo, Viernes 11 de marzo del 2016
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
-X]JDGRVHQWHQFLDDDxRVGHSULVLyQSDUD
YLRODGRUGHPHQRUGHDxRV
El juzgado Penal Colegiado Transitorio de la
Corte Superior de Justicia
de Lambayeque, dictó 30
años de pena efectiva para
Augusto Felipe Mori Morillos, después de haber sido
declarado culpable por el
delito de violación sexual
en agravio de una menor de
13 años de edad, cometido
en diciembre del 2010.
Durante la audiencia,
realizada el jueves 03 de
marzo del año en curso,
los magistrados Julio Renato Luna Victoria, Hernán
Neciosup Chancafe y René
Zelada Flores, valoraron
entre los medios probatorios, el testimonio de la
agraviada, la pericia psicológica y médico legal practicada a la menor, entre otros
elementos de prueba.
Asimismo, el Colegiado
manifestó que el sentenciado eludió la justicia, al
habérsele declarado como
reo contumaz en diciembre
del 2010, siendo capturado
el viernes 19 de febrero del
año en curso.
El deplorable hecho se
registró el 15 de diciembre
del 2010, en circunstancias
en que la menor se dirigía
a la Institución Educativa
Santa Lucía de la provincia
de Ferreñafe para recibir
clases de nivelación de matemática, siendo interceptada por el acusado, quien la
llevó a la fuerza a espaldas
del mencionado colegio,
donde la ultrajó sexualmente.
Esta situación volvió a
repetirse en los años 2011,
2012 y el 2014 cuando el
procesado la llevó contra su
voluntad al Centro Poblado
de Nueva Esperanza, en el
departamento de Cajamarca, quedando embarazada
producto del abuso sexual
al que fue sometida.
Augusto Mori Morillos
ya fue trasladado al establecimiento penitenciario de
Chiclayo (ex Picsi), donde
permanecerá por 30 años
y además deberá pagar una
reparación civil de 5 mil
soles a favor de la menor
de 13 años, quien también
recibirá tratamiento especializado.
'LFWDQGLVSRVLFLRQHVSDUDKHFKRV
RFXUULGRVDQWHVGHYLJHQFLDGH'/
5$1ƒ3&6-/$3&RQÀUPD\U~EULFDGHO'U9LFWRU7LFRQD3RVtigo, Presidente del Poder Judicial, se ha resuelto:
Artículo Primero.- Establecer que todas las
GHQXQFLDV VREUH FDVRV GH ÁDJUDQFLD RPLVLyQ D
la asistencia familiar; y conducción en estado de
ebriedad o drogadicción, derivadas de hechos
ocurridos antes de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1194, que no se hayan judicializado, serán
de competencia de los órganos jurisdiccionales
constituidos mediante Resoluciones Administrativas N° 347-20 15-CE-PJ y N° 010-2016-CE-PJ.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial,
2ÀFLQDGH&RQWUROGHOD0DJLVWUDWXUDGHO3RGHU
Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia del país, Coordinación
Nacional de Flagrancia, Delitos de Omisión a la
Asistencia Familiar; y Conducción en Estado de
Ebriedad o Drogadicción; y a la Gerencia General
GHO3RGHU-XGLFLDOSDUDVXFRQRFLPLHQWR\ÀQHV
consiguientes.