PDF de la disposición - Gobierno del Principado de Asturias

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 239 de 15-x-2014
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I. Principado de Asturias
•• Otras Disposiciones
Universidad de Oviedo
Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Universidad de Oviedo, por la que se autoriza el gasto y se aprueba
la convocatoria de ayudas de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en empresas u organizaciones participantes europeas, curso académico 2014-2015, en el marco del Programa Erasmus +.
Antecedentes de hecho
Dentro de su ámbito competencial, la Universidad de Oviedo, mediante la Resolución de 15 de mayo de 2014, aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar movilidades de estudiantes para prácticas,
en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Erasmus+, BOPA de fecha 5 de junio de 2014.
En el ámbito de la regulación expuesta, se estima conveniente la tramitación de un expediente para la apertura de
una convocatoria pública de ayudas para el curso 2014-2015.
Fundamentos de derecho
Primero.—Según lo establecido en el artículo 30 de las bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de
Oviedo del ejercicio 2014, toda subvención, beca o ayuda para las que exista crédito comprendido en el presupuesto
se otorgará según los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad, según las bases reguladoras de la
concesión que se establezcan.
Segundo.—En virtud de lo dispuesto en el Decreto 14/1999, de 11 de marzo, sobre régimen de publicidad de los actos
y acuerdos normativos de la Universidad de Oviedo, por orden del Rector u órgano en quien delegue expresamente al
efecto, serán objeto de publicación formal en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, para producir efectos jurídicos,
las convocatorias de concesión de becas o ayudas en régimen de concurrencia competitiva.
Tercero.—Vistos la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre,
del Principado de Asturias, modificado por el Decreto 14/2000, por el que se regula el Régimen General de Concesión
de Subvenciones, la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad de Oviedo por la que se regula el Régimen de
Concesión de Subvenciones; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el Decreto 12/2010, de 3 de
febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo.
Cuarto.—Visto el artículo 20 de las Bases de ejecución del presupuesto de la Universidad de Oviedo para el ejercicio
2014, en el que se contempla la competencia para autorizar y disponer gastos,
RES U E L V O
Primero.—Aprobar la convocatoria de ayudas de movilidad de estudiantes para la realización de prácticas en empresas y en organizaciones europeas en el marco del Programa Erasmus +, curso académico 2014-2015.
Cód. 2014-17021
Segundo.—Autorizar el gasto para la financiación de dicha convocatoria por un importe global de sesenta y un mil
doscientos euros (61.200 euros), que será sufragado con cargo a la siguiente aplicación 20.02.134B.491.01 del ejercicio
2014 o aquélla que ampare la presente convocatoria en el ejercicio 2015: (48.000 €, ejercicio 2014 y 13.200€, ejercicio 2015), siempre que en la misma exista crédito suficiente y adecuado, entendiéndose, en caso contrario, revocados
aquellos actos adoptados por encima de dicho límite.
Tercero.—El régimen regulador de las ayudas está recogido en la Resolución de 9 de abril de 2010 de la Universidad
de Oviedo por la que se regula el Régimen de concesión de subvenciones, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y por la Resolución de 15 de mayo de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de ayudas destinadas a financiar las movilidades para prácticas, en el marco del Programa Erasmus + (BOPA
de 5 de junio de 2014).
Cuarto.—Objeto y características de la movilidad.
La presente convocatoria tiene como objeto regular la concesión de ayudas destinadas a financiar la movilidad para
la realización de prácticas, dentro del marco del Programa Erasmus+, en las instituciones de acogida que se detallan:
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1.—Instituciones de Educación superior que estén en posesión de la Carta Erasmus.
2.—Cualquier organización de carácter público o privado en el ámbito del mercado de trabajo o de los sectores de la
educación, formación y la juventud excepto:
•Instituciones de la UE y otros organismos de la UE, incluidas las agencias especializadas. (Puede consultarse la
lista completa de estas instituciones en: http://europa.eu/institutions/index_es.htm)
•Organizaciones que gestionen programas de la UE, como las Agencias Nacionales.
•Representaciones Diplomáticas del país de origen del estudiante.
Las estancias de prácticas tendrán el siguiente reconocimiento académico:
— Aquellos estudiantes cuyos planes de estudio contengan prácticas curriculares, obligatorias u opcionales, con
carga de créditos, podrán solicitar el reconocimiento de estos créditos en su certificación académica personal
por el período de prácticas Erasmus+.
— En el caso de estudiantes de Grado o Máster que no se encuentren en ninguna de las situaciones anteriores, las
prácticas podrían ser incluidas en el Suplemento Europeo al Título.
— Aquellos estudiantes de licenciatura o diplomatura cuyos planes de estudio no contengan créditos de prácticas curriculares podrán solicitar el reconocimiento de su período Erasmus+ Prácticas por créditos de Libre
Elección.
— Los estudiantes de ingenierías podrán solicitar el reconocimiento de su período Erasmus+ Prácticas por créditos
de Libre Elección y por el Proyecto Fin de Carrera.
Quinto.—Carácter de las ayudas.
Las ayudas tendrán siempre carácter voluntario, sin naturaleza contractual, rigiéndose en su tramitación por la legislación aplicable en materia de subvenciones y por la presente convocatoria.
Sexto.—Requisitos de participación.
a) Estar matriculado en la Universidad de Oviedo durante el curso 2014/2015, en un programa de estudios conducente a la obtención de un título oficial de enseñanza superior: diplomatura, licenciatura, ingeniería, grado,
máster, o doctorado.
b) Ser ciudadano de la Unión Europea, de Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio pertenecientes al
Espacio Económico Europeo y de los países candidatos a la adhesión: Turquía y la Antigua República Yugoslava de Macedonia. También podrán solicitar la movilidad aquellos estudiantes de la Universidad de Oviedo que
proceden de países no comunitarios y que estén en posesión de un permiso de residencia válido para residir en
España durante el período de realización de la movilidad.
c) No haber superado el máximo de 12 meses de duración de la estancia Erasmus+ dentro del mismo ciclo formativo (o de 24 en el caso de estudios de Grado que dan acceso directo a estudios de Doctorado: Medicina,
Odontología), incluidos en ambos casos los períodos de estudio y de prácticas.
Séptimo.—Duración de las estancias.
Las prácticas se podrán realizar hasta el 30 de septiembre de 2015.
La estancia mínima será de 2 meses y la máxima de 12 meses.
Octavo.—Dotación y financiación.
1.—Las Ayudas económicas del Programa Erasmus+ no se destinarán a cubrir la totalidad de los gastos derivados de
la movilidad para prácticas en el extranjero, sino a tratar de compensar los costes adicionales que pueda ocasionar la
movilidad (costes de viaje y, en su caso, el coste de vida superior del país de acogida, etc.).
Cód. 2014-17021
2.—Su financiación se hará con cargo a la aplicación 20.02.134B.491.01 de los ejercicios 2014 y 2015 quedando en
todo caso sujeta su concesión a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
3.—La ayuda económica oficial que otorga el programa Erasmus + en el caso español se limita a un máximo de 3
mensualidades, con independencia de la duración de la estancia.
4.—El importe de las ayudas que pueden percibir los estudiantes seleccionados para una movilidad Erasmus+ prácticas dependerá del nivel de vida del país de destino, según los grupos que se describen a continuación:
http://www.asturias.es/bopa
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Grupos de países
Grupo 1
Países del Programa con costes de vida más altos
Grupo 2
Países del Programa con costes de vida medios
Grupo 3
Países del Programa con costes de vida más bajos
Austria, Dinamarca, Finlandia,
Francia, Irlanda, Italia, Liechtenstein,
Noruega, Reino Unido, Suecia
Alemania, Bélgica, Chipre, Croacia,
Eslovenia, Grecia, Holanda, Islandia,
Luxemburgo, Portugal, República
Checa, Turquía
Antigua República Yugoslava de
Macedonia, Bulgaria, Eslovaquia,
Estonia, Hungría, Letonia, Lituania,
Malta, Polonia, Rumania
Importe mensual
de las ayudas
400 €
350 €
300 €
5.—La obtención de una movilidad Erasmus+ prácticas no implica, necesariamente, la obtención de ayuda financiera.
Los estudiantes que habiendo sido seleccionados para disfrutar de una movilidad Erasmus+, no obtengan financiación,
podrán optar a la denominada “Beca 0”. La “Beca 0” es una movilidad Erasmus+ para prácticas que otorga a su receptor
todos los derechos de cualquier otro estudiantes Erasmus+, figurando en su expediente y computando a efectos del
cálculo del número máximo de 12 meses por ciclo formativo (o de 24 en el caso de estudios de Grado que dan acceso
directo a estudios de Doctorado: Medicina, Odontología), incluidos los períodos de estudio y de prácticas.
Noveno.—Compatibilidad o Incompatibilidades con otras ayudas.
1.—Estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones, públicas o privadas para la misma
finalidad, siempre que éstas no superen el coste de la actividad a llevar a cabo.
2.—El solicitante deberá comunicar al órgano concedente la obtención o la solicitud de otras subvenciones o ayudas
que haya obtenido o solicitado para las actividades subvencionadas, tanto al presentar la solicitud como en cualquier
momento ulterior del procedimiento.
Décimo.—Documentación, lugares y plazo de presentación de solicitudes y listas de admitidos y excluidos.
1.—Documentación requerida:
a) Impreso de solicitud (Anexo I).
b) Carta de aceptación de la empresa (Anexo II). Los estudiantes que carezcan de la carta de aceptación de la
empresa pueden formar parte de una lista de espera. Ver artículo decimotercero, apartado 4.
c) Acuerdo de Formación (Anexo III), debidamente cumplimentado por las partes. Los estudiantes que carezcan
del Acuerdo de Formación pueden formar parte de una lista de espera. Ver artículo decimotercero, apartado 4.
d) Curriculum Vitae, modelo EUROPASS, disponible en la siguiente dirección https://intranet.uniovi.es/internacional/
erasmus/erasmuspracticas
e) Fotocopia del DNI o pasaporte.
2.—Lugares y plazo de presentación:
Lugares:
a) En las oficinas de Registro siguientes de la Universidad:
Cód. 2014-17021
— Registro General, Plaza del Riego, 4, 33003 Oviedo.
—
Registro Auxiliar del Campus de El Cristo. E.U. de Estudios Empresariales. Avenida de El Cristo, s/n, 33006
Oviedo.
—
Registro Auxiliar del Campus de Viesques. Servicio del Campus de Gijón. Edificio Sur, planta baja, 33203
Gijón.
—
Registro Auxiliar del Campus de Mieres. Servicio Administrativo de Mieres. Edificio Científico Técnico, Calle
Gonzalo Gutiérrez Quirós, s/n, 33600 Mieres.
—
Registro Auxiliar de Avilés, Centro de Servicios Universitarios, Calle la Ferrería números 7 y 9, planta baja.
33402 Avilés.
—
Registro Auxiliar del Campus del Milán. Edificio de Administración, planta baja. Calle Tte. Alfonso Martínez
s/n. 330011 Oviedo.
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b) Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Plazos:
—El plazo límite para presentar solicitudes es de 25 días naturales a contar desde la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
3.—Una vez examinadas por el Vicerrectorado de Internacionalización y Postgrado las solicitudes y verificado que
contienen la documentación exigida, se hará pública en los tablones de anuncios de los Centros, de los Departamentos
y del Servicio de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo la lista provisional de admitidos y de excluidos, con
indicación, en relación a estos últimos, de la causa de su exclusión, concediendo a los interesados el plazo de 10 días
naturales, para que aleguen lo que estimen necesario sobre su exclusión de dicha relación o subsanen los defectos por
los que fueron excluidos. Transcurrido el plazo citado, se hará pública la relación definitiva de admitidos y excluidos con
la indicación de los recursos que contra la misma procedan, en el tablón de anuncios del Servicio de Internacionalización
y Cooperación al Desarrollo. Ambas listas también podrán ser consultadas por los interesados en la siguiente dirección:
https://intranet.uniovi.es/internacional/erasmus/erasmuspracticas
Undécimo.—Protección de datos.
1. La solicitud de una ayuda de movilidad implica la aceptación del contenido de estas Bases y la autorización para
que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Oviedo, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con el fin de la correcta gestión de las movilidades. Los datos
personales facilitados por el estudiante quedarán incorporados en los ficheros de usuarios, de acuerdo con lo establecido
en la citada Ley Orgánica.
2. Con la firma de la solicitud el estudiante autorizará el uso de sus datos relativos a nombre, apellidos, DNI, valoraciones y destinos solicitados en la intranet de la Universidad de Oviedo. La disconformidad con este apartado podrá ser
manifestada mediante escrito que será aportado en el momento de la presentación de la solicitud.
Duodécimo.—Comisión de valoración.
1.—La Comisión encargada de valorar los méritos de los aspirantes estará presidida por la Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado, será suplida por la Directora de la Oficina de Internacionalización. La Jefa de Sección de
Programas Internacionales actuará de Secretaria de la comisión, con voz pero sin voto, será suplida por la Jefa de
Unidad de Programas con Europa y Norteamérica. Serán vocales la Directora de Área de Europa y Norteamérica y la
Jefa del Servicio de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo, que serán suplidas por el Director de Área para
Iberoamérica, Resto del Mundo y Cooperación al Desarrollo y por la Jefa de Sección de Gestión Económica de Programas
Internacionales, respectivamente.
2.—La actuación de la Comisión de valoración se ajustará a las reglas de funcionamiento de los órganos colegiados
que recogen los Estatutos de la Universidad de Oviedo.
Decimotercero.—Criterios para la adjudicación.
1.—Los estudiantes que presenten la documentación requerida, incluyendo el Acuerdo de Formación y la carta de
aceptación de la empresa en la que se realizarán las prácticas, serán seleccionados en función de la nota media tipificada
de su expediente académico, calculada a fecha fin de plazo de presentación de solicitudes, probado que han superado el
50% de los créditos correspondientes a la carga lectiva de su titulación en el momento de la solicitud de la movilidad.
2.—La nota media tipificada del expediente académico se calculará según el procedimiento que se adjunta en el anexo
IV. En el caso de los estudiantes de Máster y Doctorado se tendrá en cuenta la nota media tipificada del expediente de
la titulación que dio acceso a estos estudios.
Cód. 2014-17021
3- En los casos en los que coincida la nota media tipificada de los solicitantes se tomará en consideración como criterio para discriminar entre las solicitudes la valoración de su Curriculum Vitae hasta un máximo de 1 punto.
4.—Aquellos estudiantes que no dispongan de la carta de aceptación, ni el acuerdo de formación para las prácticas,
pero que: (1) cumplan los requisitos de participación de esta convocatoria; (2) hayan superado el 50% de los créditos
correspondientes a la carga lectiva de su titulación en el momento de la solicitud de la movilidad y (3) presenten el resto
de la documentación requerida, serán admitidos en el proceso de selección y adjudicados provisionalmente en el orden
correspondiente a la nota media tipificada de su expediente académico, formando parte de una lista de espera. Estos
estudiantes podrán presentar la carta de aceptación y el acuerdo de formación hasta el 15 de marzo de 2015. Mensualmente se llevará a cabo una reunión de la Comisión de Valoración para adjudicar a los estudiantes que presenten la
carta de aceptación.
Decimocuarto.—Propuesta de resolución.
El órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión es la Vicerrectora de Internacionalización
y Postgrado, quien realizará la propuesta de resolución, previos los oportunos informes de la Comisión de Valoración,
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se publicará en la dirección: https://intranet.uniovi.es/internacional/erasmus/erasmuspracticas, y elevará el expediente
al Rector.
Decimoquinto.—Resolución del procedimiento.
El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de las ayudas es el Rector.
El Rector dictará resolución de adjudicación de las ayudas en el plazo de 15 días desde la fecha de la propuesta definitiva formulada por el órgano instructor, con indicación de los recursos que legalmente procedan, y se publicará en
la intranet de la Universidad de Oviedohttps://intranet.uniovi.es/internacional/erasmus/erasmuspracticas, a los efectos
previstos en el artículo 59, número 5, apartado b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá que ésta es desestimatoria a los efectos previstos en la Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Decimosexto.—Modificación de la resolución de concesión de ayudas.
Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse en el tiempo y forma aprobados que se recojan en las resoluciones de concesión. Toda alteración de las condiciones objetivas y subjetivas tenidas en cuenta para la concesión de la
subvención podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Decimoséptimo.—Aceptaciones y renuncias.
Los beneficiarios de las ayudas dispondrán de un plazo de 8 días naturales a contar desde la publicación de la adjudicación para presentar en los registros de la Universidad de Oviedo su aceptación o renuncia. De no recibirse la aceptación
en el plazo indicado, se entenderá que el beneficiario renuncia a la movilidad concedida, procediéndose a su archivo.
Decimoctavo.—Obligaciones de los beneficiarios.
1.—Aceptada la práctica y antes de su partida el estudiante:
a) Cumplimentará y presentará la Propuesta de reconocimiento en la Administración del centro de origen.
b) Suscribirá por su cuenta un seguro de asistencia sanitaria, repatriación y responsabilidad civil y de accidentes,
relacionado con las tareas del estudiante en el lugar de trabajo, y presentará copia del mismo en el Servicio de
Internacionalización y Cooperación al Desarrollo.
c) Realizará, en su caso, la prueba obligatoria de evaluación de la competencia lingüística en la lengua o lenguas
que se determine, en función de la institución de acogida, según el procedimiento y los plazos que establezca
la EACEA (Agencia Ejecutiva para la Educación, el Sector Audiovisual y la Cultura de la Unión Europea) para su
realización y que se darán a conocer con antelación suficiente.
2.—A su llegada a la empresa/organización de destino, el estudiante:
Devolverá al Servicio de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo, debidamente cumplimentado, por correo
postal o por email, el certificado de incorporación a la empresa u organización de destino.
3.—Finalizada la práctica, el estudiante:
a) Remitirá al Servicio de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo de la Universidad de Oviedo, debidamente firmado, el certificado de fin de estancia, que justifica la realización del período de prácticas en el
extranjero.
b) Presentará un certificado de realización de prácticas internacionales, expedido por la organización de acogida
que será evaluado por el tutor de prácticas internacionales del Centro a efectos del reconocimiento académico,
y cumplimentará un breve informe sobre su experiencia en la empresa de acogida.
c) Realizará, en su caso, la prueba obligatoria de evaluación de la competencia lingüística en la lengua o lenguas
que se determine, en función de la institución de acogida, según el procedimiento y los plazos que establezca
la EACEA (Agencia Ejecutiva para la Educación, el Sector Audiovisual y la Cultura de la Unión Europea) para su
realización y que se darán a conocer con antelación suficiente. Los resultados obtenidos no tendrán ninguna
consecuencia sobre las condiciones de la estancia.
Cód. 2014-17021
4.—La Universidad de Oviedo no será responsable de los daños ocasionados y deudas contraídas por el estudiante
durante el período de su beca.
5.—Serán obligaciones de los beneficiarios, además de las descritas, aquellas otras vinculadas a la subvención o
ayuda que reciba: realizar la práctica otorgada, someterse a las actuaciones de control a efectuar por la Universidad y
el cumplimiento de cualquiera otra que se desprenda de lo previsto en la legislación aplicable.
Decimonoveno.—Abono de las ayudas.
La ayuda será abonada al beneficiario mediante transferencia bancaria en dos plazos: un primer plazo del 80% de la
ayuda, una vez que se haya recibido en el Servicio de Internacionalización y Cooperación al Desarrollo el Certificado de
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inicio de estancia en la empresa u organización de acogida. El 20% restante será abonado, una vez finalizada y justificada su estancia, mediante certificado firmado por la empresa u organización de acogida en la que se indique la duración
de la misma.
Vigésimo.—Justificación de la Acción.
Finalizada la movilidad y transcurrido el plazo establecido en la convocatoria sin haber presentado la documentación
justificativa ante el órgano competente, éste requerirá al beneficiario para que la aporte en el plazo improrrogable de
30 días, con apercibimiento de que la falta de presentación dará lugar a la exigencia del reintegro, de conformidad con
lo establecido en esta resolución, sin perjuicio de las demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Vigésimo primero.—Revocación y reintegro.
1.—Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el
momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran
impedido.
b) Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad a llevar a cabo.
c) Incumplimiento de la obligación de justificación, una vez finalizada la movilidad o la justificación insuficiente.
d) En general, el incumplimiento de las obligaciones impuestas a los beneficiarios, así como de los compromisos
por éstos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención.
e) Aquellas otras previstas en la Ley de Subvenciones.
2.—El incumplimiento parcial de los fines para los que se concedió la ayuda o de la obligación de la justificación, dará
lugar al reintegro parcial de la ayuda en el porcentaje correspondiente a la actividad no efectuada o no justificada.
3.—El acuerdo por el que se inicie el procedimiento de reintegro deberá indicar la causa que determina su inicio, las
obligaciones incumplidas y el importe de la subvención afectado.
4.—Recibida la notificación del inicio del procedimiento de reintegro, el interesado podrá presentar alegaciones y documentación que estime pertinentes en un plazo de 15 días. La Resolución por la que se acuerde el reintegro debe ser
adoptada por el Rector, debiendo ser notificada al interesado.
5.—Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, y su cobranza se llevará a
efecto con sujeción a lo establecido para esta clase de ingresos en el texto refundido de régimen económico y presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio.
Vigésimo segundo.—Régimen sancionador.
El régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones y ayudas se regirá por lo dispuesto en la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo establecido en el Capítulo VI del Decreto Legislativo
2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del régimen económico y presupuestario.
Vigésimo tercero.—Aceptación de bases y normas de desarrollo.La participación en la convocatoria supondrá la plena
aceptación de esta convocatoria correspondiendo a la Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado su interpretación
y desarrollo.
Vigésimo cuarto.—Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Vigésimo quinto.—Contra esta convocatoria se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, la presente convocatoria podrá ser
recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Rector, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.”
Cód. 2014-17021
Oviedo, a 6 de octubre de 2014.—La Vicerrectora de Internacionalización y Postgrado.—Cód. 2014-17021.
http://www.asturias.es/bopa
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U NIVERSIDAD DE O VIEDO
ANEXO I
IMPRESO DE SOLICITUD
PROGRAMA ERASMUS + PRÁCTICAS 2014/2015
(Por favor, primero rellena todos los campos de este formulario (disponible en la página
https://intranet.uniovi.es/internacional/erasmus/erasmuspracticas
en el ordenador, imprímelo y entrégalo firmado en los lugares indicados, junto con el resto de la documentación solicitada).
Datos personales:
NIF:
Fecha de nacimiento:
Sexo: ...
Nombre:
Apellidos:
Email:
Teléfonos de contacto:
Dirección postal completa:
Municipio en el que estás empadronado:
Titulación en la Universidad de Oviedo:
Créditos superados (en el momento de la solicitud):
Titulación para la que solicitas las prácticas:
Formación:
¿Has participado anteriormente en algún otro programa de movilidad internacional?
Sí
No
Si la respuesta es afirmativa, especifica el programa, el destino y curso académico:
Prácticas que solicitas:
Duración de las prácticas:
Fecha aproximada de comienzo de las prácticas:
Fecha aproximada de terminación de las prácticas:
País y ciudad de destino:
Nombre de la empresa/institución de acogida:
Cód. 2014-17021
Área de actividad de la empresa/institución:
Datos del tutor en la empresa/institución
Nombre completo:
Email:
Teléfono:
Idioma en el que realizarás las prácticas:
http://www.asturias.es/bopa
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U NIVERSIDAD DE O VIEDO
Visto bueno del Coordinador Internacional del Centro:
D./Dña.
Coordinador/a Internacional de (centro)
doy mi conformidad con la solicitud del/la estudiante
dentro de la convocatoria Erasmus+ Prácticas 2014/2015, para realizar prácticas en
(empresa/institución de destino)
como parte de su programa de estudios (titulación)
para el reconocimiento de:
Ƒ Créditos ECTS: indicar la práctica curricular (y su nº de créditos) del programa de estudios
por la que se reconocerán las prácticas.
______________________________________________________________________
Ƒ Créditos de libre elección ….. (indicar nº de créditos)
Ƒ Proyecto Fin de Carrera.
Si no procede el reconocimiento, se solicita la incorporación al Suplemento Europeo al Título Ƒ
Fecha y firma:
Visto bueno del Tutor de las Prácticas en la Universidad de Oviedo:
D./Dña.
profesor/a de la (Facultad/Escuela)
doy mi conformidad en tutelar las prácticas Erasmus+ del/la estudiante
en (empresa/institución de destino)
durante el curso 2014/2015, como parte de su programa de estudios (titulación)
para el reconocimiento de:
Ƒ Créditos ECTS: indicar la práctica curricular (y su nº de créditos) del programa de estudios
por la que se reconocerán las prácticas.
______________________________________________________________________
Ƒ Créditos de libre elección …..(indicar nº de créditos)
Ƒ Proyecto Fin de Carrera.
Cód. 2014-17021
Si no procede el reconocimiento, se solicita la incorporación al Suplemento Europeo al Título Ƒ
Fecha y firma:
Firma del solicitante:
Fecha:
http://www.asturias.es/bopa
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U NIVERSIDAD DE O VIEDO
ANEXO II
Acceptance Letter
We hereby confirm that Mr/Mrs ............................................................................... has been accepted
as a trainee under ERASMUS STUDENT PLACEMENT European Programme, given that the
candidate complies with the necessary requirements concerning academic background and language
proficiency to complete this internship programme.
The internships programme will have a duration of .…… months, starting on (day/month/year)
.................... until (day/month/year)................, full time (working hours per day ___hours/day) under
direct supervision of Mr/Mrs ..........................................................(student company coordinator)
Our company operates in the area of ............................................................................... and has
(number) ..............employees.
The candidate will be involved in the following activities (please include a short description of the
technological aspects below, relating to the job placement):
- Knowledge, skills and competence to be acquired: …….............................................................
........................................................................................................................................................
- Detailed programme of the training period:……...........................................................................
……………………………………………………………………………………………………………….
- Tasks of the trainee:…..…………………………………………………………………………………
........................................................................................................................................................
- Monitoring and evaluation plan:....................................................................................................
.........................................................................................................................................................
Our company will offer (please mark your choice):
A monthly complement to the Erasmus Student Placement grant of ……….. € (Euros)
Help in finding accommodation
Company’s cafeteria - ………. € (Euros)
Luncheon vouchers - ……….. € (Euros)
Accommodation -……………. € (Euros)
Local travel paid- ……………. € (Euros)
Meals paid - ………………….. € (Euros)
Others:……………………….… € (Euros)
Company’s Name:
Address:
Phone (with area code):
Fax (with area code):
e-mail:
Web-site:
Date:
Cód. 2014-17021
Stamp and Signature:
(Name of the signatory):
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ANEXO III
LEARNING AGREEMENT FOR TRAINEESHIPS
The Trainee
Last name (s)
date of birth
First name (s)
nationality1
sex [M/F]
study cycle2
academic year
subject area,
Code3
e-mail
Phone
20../20..
The Sending Institution
name
Faculty
erasmus code
department
(if applicable)
address
Country,
Country code4
Contact person
name
Contact person
e-mail / phone
The Receiving Organisation/Enterprise
name
sector5
address, website
department
Country
size of enterprise6
Contact person7
name / position
Contact person
e-mail / phone
mentor8name / position
mentor e-mail / phone
1
2
3
4
Cód. 2014-17021
5
Country to which the person belongs administratively and that issues the id card and/or passport.
short cycle (eQF level 5) / bachelor or equivalent first cycle (eQF level 6) / master or equivalent second cycle
(eQF level 7) / doctorate or equivalent third cycle (eQF level 8) - specify the latest study cycle for recent
graduates.
Please refer to the ISCED 2013 subject field that is closest to the subject of the degree to be
awarded to the trainee by the sending institution. For the list of detailled subject fields, see:
http://www.uis.unesco.org/education/Pages/international-standard-classification-of-education.aspx.
Please use isO 3166-2 country codes available at: https://www.iso.org/obp/ui/#search.
For the list of top-level NACE sector codes, see :
http://ec.europa.eu/eurostat/ramon/nomenclatures/index.cfm?TargetUrl=LST_NOM_DTL&StrNom=NACE_RE
V2&StrLanguageCode=EN.
6
For instance: 1-50 / 51-500 / more than 500 employees.
7
a person who can provide administrative information within the framework of erasmus traineeships.
8
The role of the mentor is to provide support, encouragement and information to the trainee on the life and
experience relative to the enterprise (culture of the enterprise, informal codes and conducts, etc.). normally,
the mentor should be a different person than the supervisor.
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Section to be completed BEFORE THE MOBILITY
I.
PROPOSED MOBILITY PROGRAMME
Planned period of the mobility
from [month/year]
…………….
till [month/year]
……………
Number of working hours per week: …
Traineeship title
………………………..
Detailed programme of the traineeship period, including tasks/deliverables
and associated timing to be carried out by the trainee
………………………..
Knowledge, skills (intellectual and practical) and competences to be acquired
by the trainee at the end of the traineeship (learning outcomes)
………………………..
Monitoring plan [describing how/when the trainee will be monitored during his / her
traineeship by both the sending institution and the receiving organisation / enterprise.
specify the number of supervision hours. specify if a third party is also involved, such as a
higher education institution in the receiving country, and if yes, specify the contact details
of the person in charge.]
………………………..
Evaluation plan [describing the assessment criteria to be used to evaluate the trainee'ship
period.]
examples of assessment criteria: academic skills/expertise, analytical skills, initiative, adapt
communication skills, teamwork skills, decision-making skills, iCT skills,
innovative and creative skills, strategic-organisational skills, foreign language skills
………………………..
Language competence of the trainee
The level of language competence9 in ………….. [workplace language] that the trainee
already has or agrees to acquire by the start of the mobility period (for the abovementioned dates) is: a1 †
a2 †
B1 †
B2 †
C1 †
C2 †
The sending institution
Cód. 2014-17021
The institution undertakes to respect all principles of the Erasmus Charter for Higher
education relating to traineeships.
¾
The traineeship is embedded in the curriculum and upon satisfactory completion of
the traineeship, the institution undertakes to:
x Award …….. ECTS credits.
9
For the Common European Framework of Reference for Languages (CEFR) see
http://europass.cedefop.europa.eu/en/resources/european-language-levels-cefr.
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x Give a grade based on: Traineeship certificate † Final report† interview †
x record the traineeship in the trainee's Transcript of records.
x record the traineeship in the trainee's diploma supplement (or equivalent).
x record the traineeship in the trainee's europass mobility document Yes † no †
¾
The traineeship is voluntary and upon satisfactory completion of the traineeship,
the institution undertakes to:
x Award ECTS credits: Yes † no †
if yes, please indicate the number of ECTS credits: ….
x Give a grade: Yes † no †
if yes, please indicate if this will be based on:
Traineeship certificate † Final report † interview †
x record the traineeship in the trainee's Transcript of records Yes † no †
x record the traineeship in the trainee's diploma supplement (or equivalent), except
if the trainee is a recent graduate.
x record the traineeship in the trainee's europass mobility document Yes † no †
if the trainee is a recent graduate this is recommended.
The receiving organisation/enterprise
The trainee will receive a financial support for his/her traineeship: Yes † no †
if yes, amount in eUr/month: ….
The trainee will receive a contribution in kind for his/her traineeship: Yes † no †
if yes, please specify: ….
is the trainee covered by the accident insurance (covering at least damages caused to
the trainee at the workplace)? Yes † no †
if yes, please specify if it also covers:
- accidents during travels made for work purposes: Yes † no †
- accidents on the way to work and back from work: Yes † no †
if not, please specify whereas the trainee is covered by an accident insurance
provided by the sending institution: Yes † no †
if yes, please specify if it also covers:
- accidents during travels made for work purposes: Yes † no †
- accidents on the way to work and back from work: Yes † no †
is the trainee covered by a liability insurance (covering damages caused by the
trainee at the workplace)? Yes † no †
Cód. 2014-17021
The receiving organisation/enterprise undertakes to ensure that appropriate
equipment and support is available to the trainee.
Upon completion of the traineeship, the organisation/enterprise undertakes to issue a
Traineeship Certificate to the trainee [corresponding to the form in the section After
the Mobility which needs to be filled in the present document and can additionally be
issued independently.]
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II. RESPONSIBLE PERSONS
Responsible person10 in the sending institution:
name:
Function:
Phone number:
e-mail:
Responsible person11 in the receiving organisation/enterprise (supervisor):
name:
Function:
Phone number:
e-mail:
III. COMMITMENT OF THE THREE PARTIES
By signing12 this document, the trainee, the sending institution and the receiving
organisation/enterprise confirm that they approve the proposed Learning agreement and
that they will comply with all the arrangements agreed by all parties.
Cód. 2014-17021
The trainee and receiving organisation/enterprise will communicate to the sending
institution any problem or changes regarding the mobility period.
The trainee
Trainee’s signature
date:
The sending institution
responsible person’s signature
date:
The receiving organisation/enterprise
responsible person’s signature
date:
10
The responsible person in the sending organisation is responsible for signing the Learning agreement
and recognising the credits and associated learning outcomes as set out in the Learning agreement.
11
The responsible person in the receiving organisation (supervisor) is responsible for signing the Learning
agreement, supervising the trainee during the traineeship and signing the Traineeship Certificate.
12
scanned copies of signatures or digital signatures are recognised. There is no need to circulate papers
with original signatures.
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Section to be completed DURING THE MOBILITY
EXCEPTIONAL MAJOR CHANGES TO THE ORIGINAL LEARNING AGREEMENT
I.
EXCEPTIONAL CHANGES TO THE PROPOSED MOBILITY PROGRAMME
Planned duration of the mobility period
from [month/year] …………….
till [month/year]
……………
Number of working hours per week: …
Traineeship title
………………………..
Detailed programme of the traineeship period, including tasks/deliverables
and associated timing to be carried out by the trainee
………………………..
Knowledge, skills (intellectual and practical) and competences to be acquired
by the trainee at the end of the traineeship (learning outcomes)
………………………..
Monitoring plan [describing how/when the trainee will be monitored during his / her
traineeship by both the sending institution and the receiving organisation / enterprise.
specify the number of supervision hours. specify if a third party is also involved, such
as a higher education institution in the receiving country, and if yes specify the
contact details of the person in charge.]
………………………..
Evaluation plan [describe the assessment criteria used to evaluate the traineeship
period]
………………………..
II. CHANGES IN THE RESPONSIBLE PERSONS, if any
New responsible person in the sending institution:
name:
Function:
Phone number:
e-mail:
Cód. 2014-17021
New responsible person in the receiving organisation/enterprise:
name:
Function:
Phone number:
e-mail:
III. COMMITMENT OF THE THREE PARTIES
The trainee, the sending institution and the receiving organisation/enterprise confirm that
the proposed amendments to the Learning agreement are approved.
[Agreement of the proposed amendments by email is accepted. original or scanned
signatures are not mandatory for this specific section.]
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date:
The sending institution
responsible person’s signature or approval by e-mail
date:
The receiving organisation/enterprise
responsible person’s signature or approval by e-mail
date:
Cód. 2014-17021
The trainee
Trainee's signature or approval by e-mail
http://www.asturias.es/bopa
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Section to be completed AFTER THE MOBILITY
TRAINEESHIP CERTIFICATE
[This Traineeship Certificate must be issued together with the sections before and during
mobility and it can additionally be issued independently].
Name of the trainee:
Name of the receiving organisation/enterprise:
Sector of the receiving organisation/enterprise:
Address of the receiving organisation/enterprise [street, city, country, phone,
e-mail address], website:
Start13 and end14 of the traineeship:
from [day/month/year] ……………. till [day/month/year] …………….
Traineeship title:
Detailed programme of the traineeship period including tasks carried out by
the trainee:
Knowledge, skills (intellectual and practical) and competences acquired
(learning outcomes achieved):
Evaluation of the trainee15:
13
First day the trainee has been present at the enterprise to carry out his/her traineeship.
The end of the traineeship period is the last day the trainee has been present at the receiving enterprise to
carry out his/her traineeship.
Cód. 2014-17021
14
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Date:
Name and signature of the responsible person at the receiving
organisation/enterprise:
according to the agreed assessment criteria, such as: academic skills/expertise, analytical skills, initiative,
adaptability, communication skills, teamwork skills, decision-making skills, ICT skills, innovative and creative
skills, strategic-organisational skills, foreign language skills, …
Cód. 2014-17021
15
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Anexo IV
PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DE LA NOTA MEDIA TIPIFICADA
La nota media tipificada del expediente académico se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Nota media expediente solicitante - nota media titulación
Desviación típica nota titulación
La nota media y la desviación típica de cada titulación será la correspondiente al curso anterior.
La nota media del expediente se calculará según el siguiente procedimiento:
La nota media del expediente se valorará de 0 a 10 y se obtendrá de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto
1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en
las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con las siguientes adaptaciones
en el cálculo de la nota media a efectos de esta convocatoria:
a) En los planes de estudios no renovados (estructurados en asignaturas), se realizará la suma de las calificaciones
de las asignaturas y se dividirá por el número de las mismas que se hayan calificado, teniendo las cuatrimestrales la consideración de media asignatura a todos los efectos.
b) Cuando se trate de titulaciones de segundo ciclo, la nota media se hallará teniendo en cuenta las calificaciones
obtenidas en los estudios de primer ciclo desde los que se accede a la nueva titulación.
c) En los planes de estudios renovados (estructurados en créditos), se realizará la ponderación de las asignaturas
de la forma siguiente: suma de los créditos calificados, multiplicados cada uno de ellos por el valor de la calificación que corresponda y dividido por el número total de créditos calificados.
d) En cuanto a las asignaturas adaptadas, convalidadas y reconocimiento de créditos, se estará a lo dispuesto en
la disposición adicional única del Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del Suplemento Europeo al Título: las asignaturas convalidadas
tendrán la equivalencia en puntos correspondiente a la calificación obtenida en el centro de procedencia; para
las asignaturas adaptadas se computará la calificación obtenida en el centro de procedencia y el reconocimiento
de créditos en que no exista calificación no se tendrá en cuenta a los efectos de ponderación.
e) No se valorarán en el expediente académico las calificaciones obtenidas en las asignaturas complementarias, en
los casos de alumnos de centros en cuyos planes de estudio todavía figuren, y aquellas que, según los planes
de estudio, sólo puedan calificarse como «apto».
f) En aquellos casos en que en un expediente no figure, en todas o algunas de las asignaturas, la calificación numérica recogida en el artículo 5 del R.D. 1125/2003, la calificación cualitativa de la asignatura se convertirá en
cuantitativa mediante la aplicación del siguiente baremo:
10,00 puntos.
9,00 puntos.
7,50 puntos.
5,50 puntos.
2,50 puntos.
Cód. 2014-17021
Matrícula de honor
Sobresaliente
Notable
Aprobado
Suspenso
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