4.- CAO DRO - Oaxaca

DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA PARA
INFRAESTRUCTURA CARRETERA
PONENTE:
ING. ALMA NAYELY TORRES DE LA ROSA
1
A.M.D.R.O.C.
Código de Ética.
I.
El ejercer una actividad profesional, es una decisión libre y personal del
individuo y por ese hecho de actuar, adquiere una responsabilidad que
trasciende a la sociedad y a su medio ambiente natural.
II.
El ejercer una actividad profesional, es para satisfacer las necesidades que
demanda la sociedad, y en la cual el profesional forma parte de ella. Por lo
que su respuesta deberá ser la mejor, dentro de su capacidad técnica y su
leal y saber entender, para beneficio de la sociedad y su entorno urbano.
III.
La capacidad técnica como soporte para dar la mejor respuesta a la
sociedad, deberá estar basada en una actualización constante de
conocimientos inherentes a su ámbito profesional.
2
A.M.D.R.O.C.
Código de Ética.
IV.
La actuación del profesional deberá estar en armonía con la sociedad, para
lo cual se han creado leyes, normas y reglamentos que reflejan sus
costumbres y su desarrollo de vida de la sociedad. Estas disposiciones en el
actuar, deberán observarse, para que ellas sirvan al profesional y poder
convivir armónicamente dentro de la sociedad en su ambiente natural y
urbano.
V.
En relación con la persona que solicite sus servicios profesionales, el
profesionista deberá conservar frente al contratante, su completa
autonomía y utilizar sus medios de trabajo en la forma que resulte más
conveniente, para el cumplimiento de los trabajos que le han sido
confiados, haciéndolos lo mejor posible según los conocimientos adquiridos,
la información proporcionada, disponible y en conformidad con el
contratante.
3
A.M.D.R.O.C.
Código de Ética.
VI. Las relaciones entre profesionista y contratante deberán estar en igualdad de
derechos y respeto mutuo y sin tomar decisiones unilaterales que afecten
ambas partes.
VII. En un régimen de libre competencia, la invitación para la elección de los
servicios del profesionista, deberá estar basada en la semejanza de calidad
técnica, calidad administrativa y experiencia profesional, de tal manera que
la elección sea la que ofrece mayores garantías en calidad y seguridad en sus
servicios profesionales y de ninguna manera en la competencia de precios, ya
que los aranceles estipulados en una norma, son únicos y obligatorios para
ambas partes.
4
A.M.D.R.O.C.
Código de Ética.
VIII. La relación profesional con el contratante deberá estar basado en la buena fe,
como norma en los negocios y las profesiones, en el aprecio de toda
ocupación útil y en la dignificación de la propia actividad, en servicio de la
sociedad.
IX. La relación profesional con el contratante deberá ser equitativa y beneficiosa
para ambas partes.
X. La actuación del profesional deberá estar sustentada en la lealtad consigo
mismo y con el contratante, con el gremio de la construcción y con la
sociedad. Esta lealtad es congruente con sus principios éticos y morales y con
su capacidad técnica. Teniendo en cuenta que en su actuar con inteligencia
creativa, podrá comprender las consecuencias de sus actuaciones y responder
satisfactoriamente a las necesidades humanas.
5
RESPONSABILIDADES DEL D. R. O.
Un Profesionista es un DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA cuando otorga su responsiva,
en los siguientes puntos:
1. Suscriba una solicitud de licencia de construcción y el proyecto de una obra, cuya
ejecución vaya a realizarse directamente por él o por persona física o moral diversa,
siempre que supervise la misma, en este último caso;
2. Tome a su cargo su operación y mantenimiento, aceptando la responsabilidad de la
misma;
3. Suscriba un dictamen de estabilidad o seguridad de una edificación o instalación
4. Suscriba una constancia de seguridad estructural, o
5. Suscriba el Visto Bueno de Seguridad y Operación de una Obra
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¿COMO APLICA UN D. R. O. EN CAO?
• Caminos y Aeropistas de Oaxaca, busca la actualización para la participación del D. R. O. en
los siguientes puntos:
Elaboración de Estudios y
Proyectos
Supervisión y Ejecución de
Obra
• Carreteras (Caminos)
• Carreteras (Caminos)
• Puentes
• Puentes
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CLASIFICACION DE LAS CARRETERAS
Caminos
Tipo de Terreno
Transitabilidad
Régimen de
Técnica Oficial
• Plano
• Lomerío
• Montañoso
• Terracerías
• Revestidas
• Pavimentada
• Federales
• Estatales
• Municipales
• Tipo Especial
(TDPA>3000)
• Tipo A (TDPA=3000)
• Tipo B
(1500<TDPA>3000)
• Tipo C
(500<TDPA>1500)
• Tipo D
(100<TDPA>500)
• Tipo E (TDPA<100)
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CARACTERISTICAS GEOMETRICAS
DE LAS CARRETERAS
CONCEPTO
TDPA en el horizonte de proyecto
TERRENO
MONTAÑOSO
LOMERÍO
PLANO
VELOCIDAD DE PROYECTO
DISTANCIA DE VISIBILIDAD DE
PARADA
DISTANCIA DE VISIBILIDAD DE
REBASE
GRADO MÁXIMO DE CURVATURA
CRESTA
CURVAS
VERTICALES
veh./dia
E
D
C
B
A
HASTA 100
100 a 500
500 a 1500
1500 a 3000
MAS DE 3000
_
km/h
30 40
50
60
70
30
40
50
60
70
40
50
60
70
90 100 50
60
70
m
30 40
55
75
95
30
40
55
75
95
40
55
75
95 115 135 155 55
75
60 30
4 7
4 7
20 30
9
17
12
10
30
11
23
15
40
- 135 100
7.5 60 30
36 3
4
20 4
7
40 20 30
8
225
17
8
10
30
270
11
14
15
40
315 180 225
7.5 30 17
20 4
8
20 7 10
40 30 30
6
270
11
14
15
40
315
7.5
20
20
40
270
11
14
15
40
5
m
°
m/%
COLUMPIO
m/%
LONGITUD MÍNIMA
m
PENDIENTE GOBERNADORA
Tipo de Camino
UNIDAD
%
7
6
_
13
PENDIENTE MÁXIMA
%
380
5.5
31
25
50
405
4.25
43
31
50
450
3.25
57
37
60
225
17
8
10
30
5
9
90 100
110
95 115 135 155 175 75
95 115 135 155
175
315
7.5
20
20
40
315
7.5
20
20
40
360
5.5
31
25
50
_
8
7
80
90 100 110 60
405
4.25
43
31
50
460
3.25
57
37
60
485
2.75
72
43
60
70
270
11
14
15
40
4
4
_
12
10
80
7
360
5.5
31
25
50
405
4.25
43
31
50
3
_
6
6
5
fig. 004.4
5
4
4
LONGITUD CRITICA
m
ANCHO DE CALZADA
m
4.0
6.0
6.0
7.0
ANCHO DE CORONA
m
4.0
6.0
7.0
9.0
ANCHO DE ACOTAMIENTOS
m
_
_
0.5
1.0
ANCHO DE FAJA SEPARADORA
CENT.
m
_
_
_
BOMBEO
%
3
3
2
2
2
SOBREELEVACIÓN MÁXIMA
SOBREELEV. P/GRADOS MENORES
AL MÁXIMO
AMPLIACIONES Y LONGITUDES
MÍNIMAS
DE TRANSICIONES
%
10
10
10
10
10
ver tabla No. 004-5
ver tabla No. 004-6
ver tabla No. 004-7
ver
_
460 485
3.25 2.75
57
72
37
43
60
60
_
7
6
80
A2
A4
A4 S
7.0
2 = 7.0
2 = 7.0
2 carriles 4 carriles 4 carriles
>
>
12.0
22.0
11.0
cuerpos
un cuerpoun cuerpo sep.
3.0 ext.
3.0 ext.
2.5
0.5 int.
1.0 int.
_
>
- 1.0
>
-
%
ver tabla No. 004-5
ver tabla No. 004-8
m
9
ELABORACIÓN DE ESTUDIOS Y PROYECTOS
CAMINOS Y PUENTES
Norma SCT: N-LEG-2/07
“Ejecución de Estudios y Proyectos, Consultorías y Asesorías”
10
DISENO GEOMETRICO DE CARRETERAS
• Conjunto de actividades, de campo y gabinete, necesarias para representar gráficamente y a una
escala convenida, la topografía de un lugar mediante sus proyecciones horizontales (planimetría)
y verticales (altimetría), identificando sobre ésta, cuando así se requiera, los puntos
característicos de las obras que existan en el lugar y de las que se proyecten.
(N-PRY-CAR-1-01-001/07)
INGENIERÍA BÁSICA
ESTUDIOS ESPECIALIZADOS
Estudios Topográficos
Estudios de Geotecnia
Obras de Drenaje
Medio Ambiente
(N-PRY-CAR-1-01-006/07)
(N-PRY-CAR-1-03-003/00)
(N-PRY-CAR-1-01-006/07)
(Reg LGEEPA Art 5-B)
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ENTIDADES QUE RESPALDAN LA VIABILIDAD DE UN
PROYECTO DE CARRETERAS
SCT/CAO
Validación Técnica
CAMINOS
TIPO:
E, D, C, B y A
SEMARNAT
Resolutivo Ambiental
Cambio de Uso de Suelo
SHCP
Costo-Beneficio
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DISENO GEOMETRICO DE PUENTES
El proyecto de un nuevo puente o estructura similar, comprende desde la ejecución de la ingeniería
de detalle necesaria para diseñarlo geométrica y estructuralmente, de manera que permita la
continuidad del transito sobre un obstáculo, con seguridad y eficiencia , hasta la elaboración del
proyecto ejecutivo considerando su representación grafica (planos), especificaciones y otros
documentos en lo que se establezcan las características geométricas, estructurales, de materiales y
de acabados de cada uno de sus elementos, para proporcionar al constructor los datos que le
permitan su correcta ejecución
Según propósito y ubicación, las estructuras se clasifican de la siguiente manera:
•
•
•
•
•
Puente
Viaducto
Paso Superior Vehicular (PSV)
Paso Inferior Vehicular (PIV)
Paso Inferior Ganadero (PIG)
(N-PRY-CAR-1-01-001/07)
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¿COMO SE INTEGRAN LOS PROYECTOS DE PUENTES
Y OBRAS SIMILARES?
Informes
Memoria Ejecutiva
Memoria de Calculo
Planos Constructivos
Plano General
Plano de cimentación
Plano de Subestructura
Plano de Superestructura
Datos Geométricos
Catalogo de Conceptos y Volúmenes de Obra
Especificaciones de Construcción
N-PRY-CAR-6-01-009/04
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ENTIDADES QUE RESPALDAN LA VIABILIDAD DE UN
PROYECTO DE PUENTES
SCT/CAO
Validación Técnica
CONAGUA
Concesión para
ocupación de terrenos
federales
PUENTES /
ESTRUCTURAS
SIMILARES
SHCP
Costo-Beneficio
SEMARNAT
Resolutivo Ambiental
15
EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE OBRA
CAMINOS Y PUENTES
16
EJECUCION DE OBRAS
BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO
Designación de:
Superintendente
Contrato
(D.R.O.) / Residente
Presentación de
Estimaciones en base al
art 132 del Reglamento de
la LOPYSRM
Inicio de los Trabajos de
Acuerdo a Contrato
De existir modificaciones al contrato estas deberán
ser planteadas en base al art 99 del Reglamento de
la LOPYSRM
Revisión de proyecto y
especificaciones
entregadas a
Superintendente Art 117
del Reglamento de la
LOPYSRM
Apertura de Bitácora de Obra
Superintendente/Residente
Finiquito y Terminación de Contrato en base
al Art. 168 del Reglamento de la LOPYRSM
* CON FUNDAMENTO EN LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMAS Y SU REGLAMENTO
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FUNDAMENTO LEGAL
LOPSRM.- ART 53
… De manera previa al inicio de los trabajos, los contratistas designarán a un superintendente de construcción o de
servicios facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter
personal, así como tomar las decisiones que se requieran en todo lo relativo al cumplimiento del contrato…
Reglamento de la LOPSRM.- ART 110
La ejecución de los trabajos deberá realizarse con la secuencia y en el tiempo previsto en el programa de ejecución
convenido en el trabajo.
Reglamento de la LOPSRM.- ART 111
Para iniciar la ejecución de los trabajos, las dependencias y entidades deberán designar a un servidor público y el
contratista a un representante que fungirán como residente y superintendente, respectivamente…
Reglamento de la LOPSRM.- ART 117
El superintendente deberá conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de
construcción, catalogo de conceptos o actividades de obra o servicios, programas de ejecución y de suministros,
incluyendo los planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y normas
de calidad, Bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen con motivo de la ejecución de los
trabajos.
La dependencia o entidad podrá reservarse en el contrato el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas
justificadas, la situación del superintendente y el contratista tendrá la obligación de nombrar a otro que reúna los
requisitos exigidos en el contrato.
* LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMAS Y SU REGLAMENTO
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NORMATIVIDAD APLICABLE
• Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas
• Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas
• Normativa para la Infraestructura del Transporte (SCT)
• http://normas.imt.mx/busqueda-desplegable.html#002
• Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente
• Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Evaluación del Impacto Ambiental
• Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
• Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento
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¡GRACIAS!
20