NOCIONES GENERALES DEL TRABAJO

Nociones de
Derecho Laboral
Lic. Mirko Romero Salguero
NOCIONES GENERALES DEL TRABAJO
En el momento actual no podría entenderse al hombre
desprendido del trabajo, sin embargo el desarrollo de la
automatización, afectara a alas posibilidades de fuentes de trabajo,
quedando sustituido por otras ocupaciones directa o
indirectamente útiles para la sociedad.
TRABAJO
Definición
El trabajo no es otra cosa que el esfuerzo humano sea
físico, intelectual o mixto, aplicado a la producción y
obtención de la riqueza.
Trabajo Subordinado y Dependiente
La subordinación o el sometimiento constituye el elemento
característico de la relación de trabajo, consiste en la facultad de
Mandar y en el derecho a ser Obedecido durante la jornada de
trabajo.
Trabajo Autónomo o Independiente
Es aquella prestación que es ejercida sin ninguna relación de
dependencia alguna.
Características principales del trabajo subordinado y del
autónomo
La característica del trabajo subordinado es la obediencia con
respecto a su empleador.
El trabajo autónomo o independiente es la prestación de
servicios sin relación alguna de dependencia y esta librado a su
exclusiva voluntad al no existir sometimiento alguno
Características del Derecho de Trabajo
La principal característica, es la de conseguir por todos los
medios posibles la estabilidad económica y laboral del trabajador.
Esta principal característica se basa en res principios esenciales:
 Respeto mutuo de Derechos.
 Comprensión Reciproca de Necesidades.
 Coordinación Técnica de Esfuerzos.
Clasificación del Contrato de Trabajo
- Por Tiempo Indefinido
- Contrato de Duración Limitada.
- Contrato por Cierto Tiempo.
- Contratos para Obra o Servicios Determinados.
- Contratos de Trabajo por Temporada.
Por Tiempo Indefinido
Constituye el contrato de duración indeterminada o por tiempo
indefinido, por que esta basado en la estabilidad que debe tener el
trabajador en su fuente de trabajo.
Contrato de Duración Limitada.
Los contratos de trabajo de duración limitada, por la necesidad
temporal del servicio. Tiene por objetivo intensificar temporalmente
la producción o cuando los trabajos correspondan a circunstancias
accidentales de la empresa.
Contrato por Cierto Tiempo.
Es aquel en el que ambas partes tanto como el empleador y el
empleado han establecido la fecha de su iniciación y la fecha de
su conclusión.
Contratos para Obra o Servicios Determinados.
Estos contratos de trabajo deben redactarse por escrito y sólo pueden
celebrarse cuando lo exija la naturaleza del trabajo. Tienen lugar
generalmente en la industria de la construcción. Los trabajadores
ocupados en la construcción de una carretera, una vía férrea, un puente,
una vivienda, etc.,
Contratos de Trabajo por Temporada.
Estos contratos tienen lugar principalmente, en los trabajos de la
siembra, corte y recolección de productos agrícolas, cuyos cultivos se
realizan
en
ciertas
estaciones
o
temporadas
del
año.
TIPOS DE CONTRATO
En la actualidad esta en vigencia dos tipos de contrato que son:
Contrato de Trabajo Verbal.
Contrato de Trabajo por Escrito
El salario mínimo es la cantidad mínima de dinero
que se le paga a un trabajador en un país
establecida legalmente, para un período laboral
(hora, día o mes), que los empleadores deben pagar
a sus trabajadores por sus labores.
Esto significa que ningún trabajador, cuando cumpla
una jornada laboral de ocho horas diarias, podrá
ganar por debajo de este monto.
El mínimo nacional se incrementará de Bs 1.440 a Bs
1.656.50 Bs.-
Concepto
Se entiende por jornada de trabajo el lapso establecido por
ley o convenio por las partes que no puede exceder del
máximo legal.
Antecedentes
Antiguamente mas propiamente dicho en la edad media se
establecía que el trabajo se realizaba de sol a sol.
En Francia en las ordenes corporativas la jornada laboral era
de 9 a10 horas en invierno y de 12 a 14 horas en verano.
JORNADA EXTRAORDINARIA
Es aquella que es solicitada por el empleador que excede en
el tiempo a la jornada legal de las 8 horas al día y 48 horas a
la semana en los hombres y 7 horas día y 40 horas ala
semana en las mujeres.
JORNADA DIURNA
Es la que se cumple durante el día jornada diaria y semanal,
en algunos casos se trabaja de lunes a viernes y en otros
casos de lunes hasta el medio día del sábado.
JORNADA NOCTURNA
Es la prevista entre las 20 horas hasta las 6 de la mañana,
este trabajo no debe exceder de 7 horas. Este trabajo no
debe exceder de 7 horas, que será retribuido con recargo
nocturno.
JORNADA MIXTA
Es la que cumple parte durante el día y el resto durante la
noche ejemplo: fabricas de vidrios que trabajan los hornos
los 365 días del año.
JORNADA CONTINUA
No esta debidamente establecida, pero comienza a una hora
determinada y concluye transcurrida las 8 horas de trabajo con
descanso de media hora para servirse un refrigerio.
JORNADA DISCONTINUA
Esta se cumple en el sector privado cuya característica
principal es la suspensión de labores al medio día 12:00
durante el lapso de 2 horas para que el trabajador disponga su
tiempo libremente.
FRACCIONAMIENTO DEL DIA LABORAL
JORNADA
LABORAL
8 HORAS
ESPARCIMIEN
TO FAMILIAR
8 HORAS
DESCANSO
8 HORAS
24
HORAS
CLASIFICACION DE LA JORNADA
LABORAL
POR LAS CONDICIONES DE TRABAJO
Se clasifican en :
Salubres
Insalubres
SALUBRES
Son aquellos lugares de trabajo donde el trabajador presta
servicios en un ambiente inofensivo que no le cause daño y
no constituya un peligro para la salud del trabajador
INSALUBRES
Son aquellos lugares de trabajo que constituyen un
constante peligro para la salud y la vida de los trabajadores
El SALARIO
Concepto
El salario es el que percibe el trabajador en pago de su
trabajo , es la contraprestación que se reconoce por el
trabajo realizado, sea esfuerzo físico, actividad profesional,
manual o intelectual.
Componentes del salario
Toda remuneración tiene componentes que forman parte de
la misma y son los siguientes:
SALARIO BASICO
BONO DE ANTIGÜEDAD
BONO DE PRODUCCION
HORAS EXTRAS
SALARIO BASICO
Es base de toda remuneración, resultado del
acuerdo o convenio de partes sea verbal o escrito.
BONO DE ANTIGÜEDAD
Se paga de acuerdo a los servicios que va acumulando
el trabajador desde su ingreso a la fuente de trabajo.
La escala aplicable a todos los sectores laborales es:
AÑOS
2–4
5–7
8 – 10
11 – 14
15 – 19
20 – 24
50 o mas
PORCENTAJE
5%
11%
18%
26%
34%
42%
50%
BONO DE PRODUCCION
Es la remuneración que se reconoce por una producción
adicional entre el sindicato y los trabajadores.
HORAS EXTRAS
Las horas extraordinarias y los días feriados se pagan con
el 100% de recargo.
El trabajo efectuado en domingo se paga triple cuyo
resultado se establece que el día domingo que es el día que
no se trabaja.
CLASIFICACION DEL SALARIO
SALARIO EN DINERO
SALARIO POR COMISION
SALARIO EN ESPECIE
SALARIO MINIMO NACIONAL
SALARIO MIXTO
SALARIO BASICO
SALARIO POR UNIDAD DE
TIEMPO
SALARIO NOMINAL
SALARIO POR PIEZA O POR
UNIDAD DE OBRA
SALARIO POR TAREA O POR
DESTAJO
.
SALARIO EN DINERO
El salario será en dinero cuando el empresario entrega al
trabajador una cantidad en moneda de curso legal, o un
talón, o recurre a cualquier otra modalidad similar de pago a
través de las entidades bancarias (una transferencia, por
ejemplo).
SALARIO EN ESPECIE
El salario será en especie cuando el empresario entrega al
trabajador, en pago de su trabajo, ciertos productos o
servicios como el suministro de alimentos, de energía, de
vivienda o de medios de transporte.
SALARIO
MIXTO
Es aquel que combina el salario por unidad de obra con el salario
por unidad de tiempo.
SALARIO POR UNIDAD DE TIEMPO
este tipo de salario se establece de acuerdo a la duración de la
prestación del servicio. Por ejemplo, por día, por mes, etc.
SALARIO POR PIEZA O POR UNIDAD DE OBRA
se paga de acuerdo a la cantidad del trabajo que se ha llevado a
cabo. Es decir, independientemente del tiempo que se ha invertido
en la ejecución del mismo.
SALARIO POR TAREA O POR DESTAJO
Viene dado por el producto del número de tareas ejecutadas
o piezas fabricadas por el salario fijado previamente para
cada tarea o pieza.
SALARIO POR COMISION
El salario por comisión. es la percepción económica que un empleado
recibe por las ventas realizadas en determinado periodo.
SALARIO MINIMO VITAL
El mínimo vital hace referencia el ingreso mínimo que requiere una
persona para solventar o cubrir sus necesidades humanas básicas
como la alimentación, vivienda, transporte, vestido, educación, salud,
recreación entre otras.
SALARIO MINIMO NACIONAL
El salario mínimo es la cantidad mínima de dinero que se le
paga a un trabajador en un país con una ley
establecida legalmente.
SALARIO BASICO
Es el que sirve en todo pago sobre el cual se añaden y se
calcula el bono de antigüedad, horas extras y feriados,
recargos nocturnos.
SALARIO NOMINAL
Retribución del patrón al trabajador en moneda de curso
legal del monto establecido por la Comisión Nacional de los
Salarios Mínimos.
SALARIO REAL
Es el salario nominal en relación a los precios.
AGUINALDO
Es una remuneración que percibe el empleado
adicionalmente a las doce mensualidades habituales.
VIATICOS
Son una prestación económica que tienen los trabajadores
y empleados, para efectuar trabajos en comisión fuera de
la ciudad ajena a la sede de sus funciones.
Son indispensables biológica y socialmente
para el ser humano, para su recuperación
física (descanso, alimentación, práctica de
deportes), psicológica, y para relacionarse
con sus familiares y amigos.
DESCANSO INTERMEDIO EN LA JORNADA DIARIA
La jornada de trabajo durante el día de 8 horas
para el hombre y de 8 horas para la mujer se
distribuyen en dos medias jornadas la de la
mañana que concluye al medio día,
interrumpiéndose las labores por el espacio de 2
Horas y que se reanuda a las 14:00 horas y en el
oriente boliviano alas 15:00.
DESCANSO ENTRE DOS JORNADAS O DESCANSO NOCTURNO
Es el descanso que se establece una vez
cumplido las 8 horas de trabajo, que permite
al trabajador atender sus asuntos personales
o disfrutar de algún rato de esparcimiento
hacer vida familiar.
DESCANSO SABATINO
El descanso semanal se produce después de cumplir las 48
horas de trabajo durante la semana.
DESCANSO SEMANAL
Es el que se produce a la finalización de las labores después de
una actividad de trabajo durante una semana.
DESCANSO EN DIAS FERIADOS
Por disposición del Articulo 67 del D.S del 29 de agosto
de 1985, se establece los días feriados con suspensión
de actividades publicas y privadas los días domingos; 1
de Enero, Lunes y Martes de Carnaval; Viernes Santo; 1
de Mayo; Corpus Christi; 6 de Agosto; 2 de Noviembre;
25 de Diciembre y en cada Departamento la Fecha de su
efemérides.
Además todo feriado que coincida con día Domingo
debe ser compensado en el día hábil inmediato.
VACACIONES O DESCANSO ANUAL
Surge en el siglo XX debido al desarrollo industrial
del maquinismo. Las vacaciones son el derecho
del trabajador a suspender la prestación de
servicio.
Podemos extraer los siguientes aspectos:
a) Las vacaciones no son un premio otorgado por el empleador, si
no un derecho.
b) En la vacación se produce la suspensión de la prestación
laboral pero subsiste el vinculo contractual.
c) Cada empresa fija una época para gozar este derecho.
d) El empleador esta obligado a cancelar el salario durante la
vacación.
e) El trabajador debe descansar también restaurarse
físicamente y si quicamente para evitar el agotamiento
prematuro.
f) Para gozar de la vacación anual el trabajador debe
cumplir ciertos requisitos entre ellos el tiempo de trabajo
prestado, que en nuestro país de una año continuo.
inacumulabilidad de las vacaciones
La vacación no es acumulable salvo acuerdo mutuo por
escrito según nuestra legislación.
En caso de no haber un acuerdo la acumulación de
vacaciones de dos años pueden ser vacaciones
perdidas.
Compensación de las vacaciones no usadas
La vacación no es compensable en dinero, solo en caso que el
trabajador sea retirado forzosamente o se acoja al retiro
voluntario.
Duración de las vacaciones
Se establece la escala de vacaciones que se detalla:
De 1 – 2 años cumplidos de trabajo 15 días
De 2 – 3 años cumplidos de trabajo 15 días
De 3 – 4 años cumplidos de trabajo 15 días
De 4 – 5 años cumplidos de trabajo 15 días
De 5 – 6 años cumplidos de trabajo 20 días
De 6 – 7 años cumplidos de trabajo 20 días
De 7 – 8 años cumplidos de trabajo 20 días
De 8 – 9 años cumplidos de trabajo 20 días
De 9 – 10 años cumplidos de trabajo 20 días
De 10 años cumplidos adelante 30 días
GENERALIDADES
Todo contrato o relación laboral verbal o escrito, necesariamente se
produce la extinción por diferentes causas, puede ser por voluntad del
empleador, por voluntad del trabajador, por incumplimiento o conclusión
de un contrato.
Si es despido injustificado se procede al desahucio, que consiste en el
pago de tres sueldos o salarios y la indemnización por tiempo de servicio
Con la suma equivalente a un mes de sueldo por cada año de trabajo.
Si los servicios no llega a un año, en forma proporcional o duodécimas a
los meses de trabajo.
INDEMNIZACION POR DESAHUCIO O FALTA DE
PRE-AVISO
Cuando se origina el despido que puede ser por pre aviso con 90 días
de anticipación, no da lugar al desahucio