EJERCER EL PARADIGMA AMBIENTAL

EJERCER EL PARADIGMA AMBIENTAL :
EDUCAR PARA DECIDIR,
EDUCAR PARA EVALUAR,
EDUCAR PARA RECLAMAR
Arq. Astrid Sánchez
Asesora Parlamentaria en
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
Especialista en Evaluación Ambiental Estratégica y Patrimonio
PARA EJERCER EL PARADIGMA AMBIENTAL HAY QUE SABER QUE:
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL, LA PLANIFICACIÓN Y LA PARTICIPACIÓN EN LA
PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL AMBIENTAL TIENEN RANGO CONSTITUCIONAL - Artículo 47º de la Constitución de
la República
LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ES DE INTERÉS GENERAL. LAS PERSONAS DEBERÁN ABSTENERSE DE CUALQUIER
ACTO QUE CAUSE DEPREDACIÓN, DESTRUCCIÓN O CONTAMINACIÓN GRAVES AL MEDIO AMBIENTE. LA LEY
REGLAMENTARÁ ESTA DISPOSICIÓN Y PODRÁ PREVER SANCIONES PARA LOS TRANSGRESORES. - Artículo 47º de la
Constitución de la República.
EL AGUA ES UN RECURSO NATURAL ESENCIAL PARA LA VIDA - Artículo 47º de la Constitución de la República.
..EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL ES EL CONJUNTO DE ACCIONES TRANSVERSALES DEL ESTADO QUE TIENEN POR
FINALIDAD MANTENER Y MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN, LA INTEGRACIÓN SOCIAL EN EL TERRITORIO Y
EL USO Y APROVECHAMIENTO AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE Y DEMOCRÁTICO DE LOS RECURSOS NATURALES Y
CULTURALES. - Artículo 3º Concepto y Finalidad . Ley 18.308 de OT y DS
EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL ES UNA FUNCIÓN PÚBLICA QUE SE EJERCE A TRAVÉS DE UN SISTEMA INTEGRADO DE
DIRECTRICES, PROGRAMAS, PLANES, Y ACTUACIONES DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO CON COMPETENCIA A FIN DE
ORGANIZAR EL USO DEL TERRITORIO. - Artículo 3º Concepto y Finalidad . Ley 18.308 de OT y DS
EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL ES LA HERRAMIENTA CONSTITUCIONAL
PARA PROTEGER EL AMBIENTE
- Ley 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible
LA EDUCACIÓN DE LOS ACTORES, A TODOS LOS NIVELES
ES FUNDAMENTAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y PARA QUE
EL PARADIGMA AMBIENTAL SEA UNA REALIDAD.
A lo largo de estos últimos 20 años, hemos elaborado muchas normas, muchas de las cuales las
hemos diseñado a partir de las experiencias de otros países que nos dieron el modelo de lo que no
hacer y lo que hacer pero hoy nos está faltando la capacidad de cumplirlas.
LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE,
LA LEY DE CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS,
LA LEY DE POLÍTICA NACIONAL DE AGUAS
LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE
conforman un sistema de planificación. Los actores aún la viven como sectorial.
QUÉ NOS FALTA? CÓMO HACER PARA QUE SE RESPETEN LAS NORMAS, PARA EXIGIR QUE SE CUMPLAN?
Educar, Es darle a la persona el PODER DEL CONOCIMIENTO para que tenga una PARTICIPACIÓN
REAL
SOCIEDAD
Desarrollo
territorial
sostenible
ECONOMÍA
Enseñar a observar, a comprender la naturaleza, a mirar el territorio, a construir un escenario deseable.
AMBIENTE
EDUCAR PARA DECIDIR, EDUCAR PARA EVALUAR,
EDUCAR PARA RECLAMAR
ENSEÑAR QUÉ SIGNIFICA “QUE LA LEY SE CUMPLA” :

Que cada decisión se inscribe en un instrumento de OT que tiene un proceso de
elaboración que hace que los principios de la ley se cumplan y que los derechos y
obliga se ejerzan

Que, si esto ocurre, LA GENTE (vecinos, científicos, ongs, etc.) tiene la oportunidad de
participar, de conocer, de opinar, sus derechos no serán arrebatados y también recaerá
en ellos la responsabilidad de lo que finalmente se decida.

Que EL TOMADOR DE DECISIÓN tenga toda la información sobre la mesa, los costos
sociales, los costos ambientales, los económicos y deberá decidir de acuerdo a lo que
está dispuesto a defender poniendo en una balanza los costos de oportunidad de hacer
una cosa u otra, podrá conducir el destino de ese territorio siendo consciente que
tendrá la responsabilidad política de la decisión.

Que para EL EMPRESARIO es una de las mejores herramientas para defender su
inversión y tener las mismas reglas del juego que los demás. Se beneficia de las
garantías que los instrumentos le brindan y evita conflictos sociales, administrativos,
ambientales…
Ej. Yo no puedo instalar mi industria al costado de una escuela…. Luego….. la escuela no
podrá instalarse al costado de mi industria. Nunca voy a invertir en un hotel 5 estrellas
al costado de un basurero….no van a instalar un basurero al costado de mi hotel.
EDUCAR PARA DECIDIR, EDUCAR PARA EVALUAR,
EDUCAR PARA RECLAMAR
ENSEÑAR QUÉ SIGNIFICA “QUE LA LEY SE CUMPLA” :

Al seguirse los procedimientos establecidos en la ley, la planificación tiene la obligación de
INCORPORAR LOS ASPECTOS AMBIENTALES, desde el inicio; los científicos serán quienes evalúen
las decisiones desde un comienzo sin tener que, luego, subsanar el daño causado.

Siguiendo este modo de planificar, se está obligado a mirar y SER COHERENTE con objetivos
generales para el país, con normas, planes, políticas, acuerdos internacionales. El objetivo es
evitar conflictos, generar sinergias positivas, mejorar la sostenibilidad y no lo contrario.

Todo esto le da a las personas, a los tomadores de decisión, a los empresarios, a los políticos
GARANTIAS, de que todos sus intereses fueron tomados en cuenta y de que todos los estudios
necesarios fueron realizados. Poder sentir la confianza de que si se tomó esa decisión es porque
muchos, desde las diferentes disciplinas y roles creyeron que era lo mejor.

Educar para conocer y discernir sobre LA CALIDAD de los instrumentos: sus contenidos, su
coherencia, su pertinencia y el procedimiento de su elaboración.
EDUCAR PARA DECIDIR, EDUCAR PARA EVALUAR,
EDUCAR PARA RECLAMAR
QUÉ ES LO QUE ESTAMOS HACIENDO MAL O QUÉ NO ESTAMOS HACIENDO?

Un gran número de acciones NO están PLANIFICADAS, no están inscritas en ningún proceso,
no tienen INSTRUMENTO

Un gran número de INSTRUMENTOS, POBRES EN CONTENIDOS, no tratan los temas que
son los realmente urgentes y necesarios.

Un bajo cumplimiento de las normas y la falta de exigencias ponen en evidencia márgenes
de NEGLIGENCIA institucional.

Un gran DESCONOCIMIENTO de los derechos y de las obligaciones territoriales y
ambientales

La FALTA DE SANCIONES reales que hagan que pagar una multa no sea más beneficioso que
el incumplimiento de la norma. (pago 10 de multa y gano 100 por incumplir). Necesidad de
crear las figuras delictivas: DELITO AMBIENTAL – DELITO TERRITORIAL
Lo que está ocurriendo con el agua es un buen ejemplo de ello:
Se han elaborado normas, leyes y hasta hemos llevado el tema del agua a la Constitución, se
han realizado muchos instrumentos de planificación, estudios científicos, se han creado
mecanismos de control y desde hace años se tienen diagnósticos QUE ADVIERTEN, han
cambiado en cifras o algún factor por cambios en modos de producir y finalmente: la
situación ha empeorado, por qué?
EDUCAR PARA DECIDIR, EDUCAR PARA EVALUAR, EDUCAR
PARA RECLAMAR
ALGUNOS “POR QUÉ”

POR FALTA DE CONOCIMIENTO, por cuidar intereses que no son
los intereses generales o por no saber evaluar los costos de
oportunidad de las decisiones.

Porque EL ESTADO DESCONOCE SUS PROPIAS NORMAS y por
ende no las aplica ni las defiende correctamente.

SON POCOS los tomadores de decisión que comprenden e
incluyen en su discurso al OT y lo reclaman.

LAS PERSONAS NO SABEN DE SUS DERECHOS territoriales, las
personas no comprenden la importancia de su participación en
las decisiones y en el manejo del territorio que habitan.

PORQUE no se entiende que EL AGUA ESTA PRIMERO - porque
EL AGUA ES ESCENCIAL PARA LA VIDA
EN SUMA
LA PREGUNTA ES: AHORA CÓMO HACEMOS? :
EDUCANDO, ENSEÑANDO, COMUNICANDO Comenzar a hablar del Ordenamiento Territorial como la
herramienta constitucional para defender el ambiente y los derechos de las personas a la vida.

Que EL LEGISLADOR incluya en su discurso y en sus reclamos al OT

Que EL JUEZ pueda distinguir un instrumento bien hecho de otro que no y descubra el
incumplimiento legal

Que EL EDIL sepa la importancia de su roll como decisor, que pueda evaluar contenidos,
comprender la importancia de la participación y su responsabilidad ante cada aprobación.

Que LAS PERSONAS sepan que tienen derecho a reclamar por un ordenamiento territorial
adecuado. Art. 6 , literal a) y c) de la Ley 18.038
REVISANDO LA CALIDAD DE LOS INSTRUMENTOS
SANCIONANDO - CREANDO NUEVAS FIGURAS : DELITO AMBIENTAL
DELITO TERRITORIAL
EL PARADIGMA AMBIENTAL NO ES UNA OPCIÓN, ES UNA OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL,
TENEMOS QUE AVANZAR EN EL DISCURSO, ES HORA ACTUAR, Y DE DECIDIR QUE SE HACE PARA
QUE ESTO SE CUMPLA NOS ESTÁ COSTANDO DAR EL SALTO,
EL DEBATE SE DEBE DAR EN OTRO NIVEL
Arq. Astrid Sánchez
[email protected]
MUCHAS GRACIAS