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CONVENIO "MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL
ENTRE PLANNING R&C CONSULTORES SAC Y UNIVERSIDAD
GLOBAL DEL CUSCO"
Conste por el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional que
celebran de una parte Planning R&C Consultores, con RUC 20556747955,
debidamente representado por su Gerente General Doctor Gino Mario Rolleri
Alvarado, identificado con DNI 4360460, con domicilio legal en Calle la Camelia
Mz S Lte. 24 - Urbanización Los Sauces - Surquillo, cuya sucursal está
ubicada en el Pasaje Los Pinos N° 157 oficina 307; a quienes en adelante se
les denominará Planning R&C Consultores SAC; la Universidad Global del
Cusco, con domicilio legal en Av. Manantiales 164- Cusco que en adelante se
denominara Universidad Global del Cusco debidamente representado por su
Presidente de la Comisión Organizadora, Dr. JOHNNY IVAN UBILLUS
CARBONEL. Identificado con DNI No. 10809933, en los términos y condiciones
que se expresan en las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1. PLANNING R&C CONSULTORES, es una empresa conformada por un
equipo de profesionales con gran experiencia en la administración pública, el
desarrollo empresarial y el desarrollo social del País. Comprometidos en
facilitar a su organización alcanzar sus objetivos, evaluando y optimizando sus
procesos, mediante herramientas modernas de gestión; permitiendo un mejor
desempeño en las áreas de Planeamiento Estratégico articulado al
resupuesto, Planeamiento de desarrollo de capacidades, Determinación de
stos y formulación del Texto Único de Procedimientos Administrativos,
Simplificación administrativa, Procesos de adquisiciones y contrataciones con
el Estado, Gestión en seguridad, Promoción de comercio exterior. Así mismo,
proporciona capacitación en Gestión pública y privada, Ciencia Política,
Formulación de políticas públicas, Seguridad y Defensa Nacional, y Seguridad
Ciudadana.
1.2 LA UNIVERSIDAD GLOBAL DEL CUSCO, Universidad reconocida por el
Estado peruano, que funciona al amparo de la Resolución N° 406-2012 emitida
por el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de
Universidades (CONAFU) de la Asamblea Nacional de Rectores del Perú, es
integrante de la Corporación Educativa Khipu, una organización privada con
una exitosa y reconocida trayectoria de 30 años de servicios en el sector
educación, la investigación tecnológica y cultural. Su sede principal está
ubicada en la Ciudad del Cusco, la antigua capital de los Incas, cúspide del
proceso cultural andino, en el corazón de uno de los más antiguos y originales
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focos civilizadores del planeta. Asume la responsabilidad de contribuir, con un
talante innovador, a la formación de líderes, emprendedores y gestores que
demanda el futuro, generando conocimiento y sus aplicaciones tecnológicas,
con un espíritu pragmático y un fuerte énfasis empresarial, con el fin de anudar
armoniosamente la tradición cultural andina con lo mejor de la modernidad.
Acorde a la Ley Universitaria No. 30220 y el estatuto Universitario, está
facultada para extender su acción educativa a favor de quienes no son sus
estudiantes regulares. En tal sentido organiza sus actividades de promoción y
difusión de cultura general y estudios de carácter profesional. Para tales
efectos establece relación con instituciones educativas, sociales y económicas
con fines de cooperación y asistencia técnica.
CLÁUSULA SEGUNDA: FINALIDAD
El presente Convenio tiene por finalidad sentar las bases para establecer el
respaldo institucional de la Universidad Global del Cusco, en la realización de
diplomados, cursos, Seminarios, Talleres y Eventos institucionales; así como
en el establecimiento de una consultoría a fin de instituir innovaciones en el
desarrollo y estructura de las diferentes carreras universitarias.
CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4.1 La Universidad Global del Cusco, asume los siguientes compromisos:
•
Brindar el respaldo institucional y académico para el desarrollo de
las diferentes actividades que se desarrollen.
•
La certificación de los diferentes actos académicos que sean el
sustento de los diferentes eventos a realizarse.
•
La participación de un representante, de la Universidad Global del
Cusco en las ceremonias de apertura y de finalización de los actos
académicos a realizarse en Cusco.
•
Brindar con la infraestructura de la universidad en cuanto se refiere al
auditórium, equipos y otros que se requieren para la realización de
las diferentes actividades a dictarse, incluyendo espacio (oficina) en
la primera planta (matrículas) y otros, en plena coordinación con el
representante legal.
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Otorgará a Planning R&C Consultores SAC, el logo de la
universidad para fines de Marketing y otros que sea necesario para
beneficio de ambas partes.
Capacitar a cinco integrantes de la empresa Planning R&C
Consultores SAC, en temas relacionados a la visión y objetivos de
la Universidad, así como otros aspectos que se requieran para
ofrecer los servicios académicos en conjunto entre la empresa y la
Universidad.
Realizar y conducir los planes de difusión y captación de los
estudiantes de los diplomados y capacitaciones que se impartan en
la ciudad del cusco y/u Otras del Sur del País.
•
La actividad de cobranza de los conceptos por capacitación que se
realicen en la Región Cusco será realizada por la Universidad,
debiéndose depositar el íntegro del dinero a la cuenta de la empresa
Planning R&C Consultores SAC, para posteriormente pagado los
impuestos depositar el monto correspondiente a la cuenta de la
Universidad Global.
Planning R&C Consultores SAC, asume los siguientes compromisos:
•
Organizar, difundir y desarrollar los diferentes eventos académicos
en coordinación con la Universidad Global del cusco.
•
La empresa será responsable de la contratación, traslado,
alimentación y alojamiento de los catedráticos que impartirán las
asignaturas.
•
Planning R&C Consultores SAC y la Universidad Global del cusco
acordaran mutuamente la formula económica más conveniente para
ambas instituciones.
•
Capacitar a dos (02) trabajadores de la Universidad Global del
Cusco de manera gratuita, los cuales deberán de participar en los
diplomados que se dictaran en la región del cusco.
•
La utilidad que genere el dictado de los diplomados y de las
capacitaciones diversas se realizará de la manera siguiente: 70%
para la empresa portadora del servicio y el 30% para la Universidad
Global del Cusco después de descontar los impuestos de ley
correspondientes.
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•
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Realizará el depósito en la cuenta de la Universidad Global del
Cusco (50% al iniciar y 50% al culminar), en el caso de que las
capacitaciones se realicen fuera de la región del Cusco.
CLÁUSULA QUINTA: COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL.
Las partes acuerdan que para la coordinación interinstitucional: Planning R&C
Consultores SAC, estará representada por el DR. Gino Mario Martin Rolleri
Alvarado y por la Universidad Global del Cusco el Dr. Johnny Iván Martin
de Jesús Ubillus Carbonel.
CLÁUSULA SEXTA: VIGENCIA.
El plazo de vigencia del presente convenio será de dos años a partir de la firma
del convenio.
Este plazo podrá ser renovado mediante la suscripción de la Adenda
respectiva, que se realizara por escrito y por el mismo nivel de aprobación del
presente Convenio.
CLÁUSULA SEPTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Los litigios que puedan surgir en la interpretación o la aplicación del presente
Convenio Interinstitucional serán resueltos por vía de negociación entre las
artes. Las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja o
e relacione con la ejecución y / o interpretación del presente convenio, será
resuelta de manera definitiva mediante el procedimiento de conciliación.
CLÁUSULA OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL CONVENIO.
El presente convenio podrá ser resuelto en cualquier momento. Así mismo,
podrá ser resuelto por cualquiera de las partes ante incumplimiento de lo
pactado en el presente convenio por alguna de ellas, para cuyo efecto bastará
una comunicación escrita con un plazo de anticipación de dos (02) semanas.
Las actividades en ejecución continuarán hasta su culminación, sin perjuicio de
la resolución del convenio.
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CLÁUSULA NOVENA: DISPOSICIONES FINALES.
Cualquier asunto no previsto expresamente en el presente Convenio y/o
cualquier discrepancia en su aplicación o interpretación, se intentará solucionar
por el entendimiento directo en base a las reglas de la buena fe y común
intención de las partes, procurando para el efecto la máxima colaboración para
la solución de las diferencias. En caso de no poder solucionarlas de común
acuerdo, las partes someterán sus diferencias a un Arbitraje de Derecho.
Toda comunicación que debe ser cursada entre las partes, se entenderá
válidamente realizada en los domicilios consignados en la parte introductoria
del presente instrumento. En caso de variación de los mismos, ello se deberá
comunicar por escrito.
Toda modificación de los términos u obligaciones contenidas en el presente
Convenio deberá ser realizada por escrito y mediante la Adenda
correspondiente, que se realizará con el mismo nivel de aprobación.
En señal de conformidad con el contenido proceden a firmar al pie del
documento presente los representantes de las partes ¡ntervinientes proceden a
su suscripción en dos (02) originales, en la ciudad de Lima, a los 13 días del
mes de mayo del año 2015.