Asegúrese2015

SEGUROS
Diciembre de 2014
Asegúrese
para el
Mida sus riesgos
y cúbralos
adecuadamente
Derechos y
deberes al tomar
una póliza
2015
Sugese: ¿Cómo
Defensorías
apoya al consumidor del asegurado:
de seguros?
¡Aprovéchelas!
Registro de
Beneficiarios para
seguros de vida
2
Estrategia de aseguramiento 2015
Mida sus riesgos
Antes de tomar
una póliza, analice
su realidad, la
de su familia y
la de su entorno.
¡Identifique sus
riesgos y, a partir
de estos, plantee
una estrategia
familiar de
aseguramiento
para el año nuevo!
Comprar un seguro
es una inversión que le
ayudará en caso de un
siniestro y, para ello, la
industria costarricense ya
cuenta con 550 productos a
su disposición.
En el escaparate, hay
cada vez más de dónde
escoger. Si lo que necesita es
protegerse de riesgos ante
pérdida o daño de bienes
materiales, ya fuere como
individuo o como empresa
(carros, casas, edificios,
máquinas, cosechas, etc.),
hay 326 seguros generales. Y
la cifra crece mes a mes.
Igualmente, hay 224
seguros personales, que
amparan los riesgos asociados a la vida, a la integridad
física y a la salud de los seres
humanos.
Beneficios
familiares
Si muere, los beneficiarios que haya
nombrado
podrían contar con un
apoyo para hacerle frente
a la situación familiar. De
igual forma, si se enferma o
se accidenta, la póliza le podría ayudar con los gastos
familiares, así como con los
tratamientos médicos que
requiera.
¿Cuáles deberían ser
sus coberturas prioritarias?
“Hay que estudiar bien
cuáles son las prioridades
del cliente: si tiene hijos
estudiando o no, el número
de personas que forma el
núcleo familiar, las
edades, los ingresos, los riesgos, y, a partir de ahí, tomar
las coberturas que más se
ajusten a sus necesidades”,
responde Tomás Soley, superintendente de Seguros.
Asesoría confiable
Si ya tiene una aseguradora de su preferencia,
puede contactar a un agente
para que le explique en
detalle y lo asesore sobre
las opciones con que cuenta
usted como asegurado.
Para definir esas
prioridades, también puede
buscar la asesoría de un
corredor de seguros que le
suministrará imparcialmente la información de
al menos tres productos de
diferentes aseguradoras.
© 2014. Una producción de la Unidad de Contenidos a la Medida de Grupo Nación para la Superintendencia General de Seguros.
Coordinación editorial y edición de textos: Randall Sáenz. Redacción: Eduardo Baldares. Diseño: Laura Murillo. Ilustraciones: Daniel Mora. Corrección de estilo: Laura Solano.
Asesoría de contenido: Tomás Soley, superintendente de Seguros. Silvia Canales, intendente de Seguros, y Melissa Molina, gestora de comunicación, Sugese.
Fuentes: German Rodríguez, director legal de Sugese. Carlos Grangel, Mapfre. Carlos Ortiz, Sagicor. Carlos Solís, BN Corredora de Seguros. Douglas Soto, BCR Corredora de Seguros. Juan Carlos
Díaz, Popular Sociedad Agencia de Seguros. Natalia Silva, Assa. Luis Enrique Vargas, Director de Mercadeo y Ventas de Seguros del Magisterio. Silvia Pardo, Dirección de Operaciones del INS.
Silvia Pardo, Instituto Nacional de Seguros.
3
Imprescindibles
¿Cuáles son esas pólizas que, al margen de su realidad particular,
todos deberíamos tener? ¡Inclúyalas en su presupuesto!
Vida
Salud
(Gastos médicos)
Accidentes
(Gastos médicos)
Vivienda
Automóvil
Dentro de las coberturas más importantes están
las indemnizaciones por
muerte, incapacidad total
y permanente, incapacidad temporal o pérdida de
miembros del cuerpo.
Algunos seguros de este
tipo proporciona un adelanto
de alrededor del 50% de la
suma asegurada, en caso de
diagnóstico de enfermedades graves.
Además, según el contrato, proveen ingresos al
cónyuge e hijos por un plazo
determinado.
Hay productos que
cubren la educación de los
hijos, la cancelación de saldos de deuda, prestación de
servicios médicos, fúnebres,
etc. El menú es amplio.
Los seguros de gastos
médicos están diseñados
para brindar una cobertura
al asegurado principal o a
su núcleo familiar, ante una
eventualidad de salud.
Es un tipo de seguro
muy variado en cuanto a su
estructura. Cubre desde la
atención médica primaria
hasta procedimientos quirúrgicos más complejos.
No cubre enfermedad. Sólo opera cuando el
evento es consecuencia de
un accidente. El mercado
ofrece productos específicos para accidentes de
estudiantes, viajeros y de
tránsito, entre otros.
Usualmente, ampara
muerte accidental, incapacidad total o parcial permanente, incapacidad temporal
y gastos médicos.
Generalmente, quienes
compran casa están haciendo la inversión de sus vidas.
Así las cosas, lo mínimo
que se debería tener es un
seguro contra incendio.
Usualmente , cubre
contra eventos como
terremotos, inundaciones,
deslizamientos, huracanes,
caída de árboles y colisión de
un vehículo, entre otros.
Contra robo: cubre bienes
específicos, los cuales
usted desea proteger, como
cuadros, joyas, electrónicos
o cualquier otro que usted
ampare.
Cobertura total: si desea
ambas, no las adquiera
por aparte, pues suele ser
más económico en un solo
producto.
Recuerde que el Seguro
Obligatorio Automotor
(SOA) no incluye indemnizaciones por daños materiales.
Por eso, se recomienda
complementarlo con pólizas
voluntarias.
Las coberturas de
responsabilidad civil lo protegen en caso de que usted
cause lesiones, muerte o
daños materiales a la propiedad de terceras personas.
La segunda prioridad
debe ser proteger su vehículo de riesgos comunes como
choques, vuelcos, robos
totales o parciales, etc.
No deje de considerar
los beneficios complementarios, como grúas, paso de
corriente, cambio de llantas,
y cerrajería, entre otros.
Tenga presente que en las exclusiones
de cada seguro contratado deben
fijarse los períodos de carencia, las
fechas de vencimiento, los tiempos de
gracia y cualquier otro detalle esencial
al aplicar la póliza.
Cómo protegerse en caso de...
1.
Quedarse sin trabajo
El seguro de desempleo es útil para
todos, principalmente
para aquellos que tienen
personas que dependen
económicamente de ellos.
En estos casos, conviene
preguntarse: ¿en qué
situación quedaría si,
desafortunadamente, el
sostén del hogar se queda
sin empleo? La mayoría
de estos seguros protegen
por lapsos de entre 3 y 6
meses, cubriendo el pago
de la hipoteca u otros créditos, en el tanto usted trabaje con el mismo patrono
(la aseguradora define ese
mínimo de plazo).
2.
Tener un crédito
hipotecario
Si está pagando un préstamo de vivienda, tiene la
opción del seguro sobre
saldo deudor, con el cual,
en caso de muerte, se
cancelaría lo que le quede
por pagar. Si quiere dejarles a sus beneficiarios un
monto extra, está también
la opción del seguro sobre
monto original, con el
cual se cancela la deuda
al banco y el remanente
es otorgado a la persona
que usted designó como
beneficiario.
3.
Tener hijos en edad
estudiantil
Entre las modalidades del
seguro de vida está la que
prevé, en caso de fallecimiento del asegurado, el
pago de un monto mensual para gastos estudiantiles a los dependientes
definidos en el contrato.
Asimismo, están los
seguros estudiantiles en
sí, que los protege a ellos
en caso de sufrir algún
percance. Los hay de diferentes alcances, incluida la
cobertura 24/7, ya sea que
el percance ocurra dentro
del aula o fuera del centro
educativo.
En el sitio www.
sugese.fi.cr,
puede obtener
información sobre
los intermediarios
y las aseguradoras
autorizadas para
operar en el país.
4
Deberes y derechos
Adquirir una
póliza implica
responsabilidades
y beneficios.
¿Cuáles son los
más importantes?
¡No lo olvide!
¡Pague puntualmente
la prima! Si se atrasa y
le ocurre un accidente,
podría quedar
desprotegido.
Las declaraciones
falsas o inexactas de
los hechos o circunstancias conocidas por
el asegurado podrían
motivar la nulidad del
contrato.
Derechos
Deberes
1. Recibir por escrito
–antes del acuerdo y
firma del contrato de
seguro– información y
explicación sobre:
n el producto,
n las coberturas,
n el periodo de vigencia,
n los procedimientos
para el pago de la prima
y reclamos en caso de
siniestro,
n el desistimiento,
n la red de proveedores
de servicios auxiliares.
2. Recibir de la aseguradora, dentro de los 10
días hábiles siguientes a
la aceptación del riesgo
o la modificación del
contrato, la póliza o el
documento que corresponda.
3. Solicitar, dentro de los
30 días siguientes a la
recepción de la póliza,
la rectificación de las
cláusulas que difieran
de lo establecido en la
solicitud o propuesta de
seguro.
4. Determinar la forma
en que desea que se le
indemnice en caso de
que ocurra el siniestro
cubierto por la póliza.
5. Mantener la validez
del contrato una vez
transcurrido el plazo
de “disputabilidad” de
la póliza. Este no podrá
ser superior a dos años a
partir del perfeccionamiento del contrato.
6. Designar, revocar y
sustituir los beneficiarios determinados en la
póliza.
1. Declarar a la aseguradora
o el intermediario de
seguros, todos los hechos
y circunstancias que puedan resultar relevantes
para la valoración del
riesgo.
2. Evitar, hasta donde sea
razonablemente posible,
el acaecimiento del
siniestro y la agravación
de sus consecuencias.
3. Velar porque el estado de
riesgo no se agrave.
4. Notificar al asegurador la
aparición de circunstancias –con posterioridad al
acuerdo y firma del contrato– capaces de incidir
de forma negativa sobre
la valoración del riesgo.
5. Avisar a la empresa
aseguradora el acontecimiento del siniestro y sus
condiciones.
6. Notificar a la aseguradora
si tiene otras pólizas que
Si miente, pierde
Si el cliente sabe que
tiene una enfermedad
preexistente, no la revela y luego la compañía lo
comprueba, esta podría
anular el contrato.
Por el contrario, si el
cliente estaba enfermo
desde antes de firmar,
pero ni él mismo lo sabía, la empresa no podrá
disputar la validez de la
póliza y deberá cumplir
el contrato.
Si la empresa considera
que sí hay una preexistencia y el cliente con-
cubran un mismo riesgo,
ya que la ley establece
ciertas restricciones
cuando hay pluralidad de
coberturas.
sidera que no, corresponderá a la compañía
demostrarlo.
En ese caso, la persona
tendrá que someterse
a los exámenes que
razonablemente le sean
requeridos por parte de
la aseguradora, cuando haya que dirimir si
indemniza o no.
Quien debe pagar esos
chequeos médicos es la
compañía, no la persona.
Aún así, en caso de duda,
se considerará que el
caso no es preexistente.
5
¿Qué hace la Sugese?
La Superintendencia General de Seguros enfatiza
en la defensa de los consumidores de seguros y
se dirige hacia la consolidación de un sistema para
regular la gestión de los riesgos del mercado.
- ¿Qué es la
Superintendencia
General de Seguros?
R/
Es la entidad
responsable de la
autorización, regulación y
supervisión de las personas, físicas o jurídicas, que
intervengan en los actos o
contratos relacionados con
la actividad aseguradora,
reaseguradora, la oferta
pública y la realización de
negocios de seguros.
- ¿Cómo se refleja
ese énfasis hacia el
consumidor?
R/
Por ejemplo, a
través de la Carta de
Derechos y Deberes de los
Consumidores de Seguros,
en la cual se especifica el
procedimiento al momento de plantear una
queja o denuncia por alguna
disconformidad. Asimismo,
este documento le permitirá
conocer los plazos que deben
cumplir las instancias para
resolver el caso.
- ¿Hasta dónde puede
actuar?
R/
La Sugese puede emitir
un criterio técnico a la
aseguradora y dar seguimiento, pero sus determinaciones
tampoco son vinculantes (de
acatamiento obligatorio). No
obstante, en la mayoría de los
casos –en los cuales el cliente
tiene la razón–, las aseguradoras consideran la posición de
la Sugese en las denuncias y
quejas planteadas ante el ente
regulador.
- ¿Cuáles son sus
funciones?
R/
Velar por la estabilidad y el eficiente
funcionamiento del mercado de seguros, así como
entregar la más amplia
información a los asegurados. Alcanzar un mercado
estable, transparente y que
responda a las necesidades
de los consumidores costarricenses.
- ¿Cómo se procede
en el caso específico
de las quejas y
denuncias?
R/
Si ya gestionó su
reclamo en la aseguradora, lo que prosigue es
acudir a la oficina de defensa del asegurado correspondiente, en cada aseguradora.
Si persiste el problema,
puede acudir a la Sugese. De
igual forma, puede solicitar
a la Sugese que lo asesore en
el trámite ante la oficina del
defensor del asegurado.
En contacto
Central telefónica:
2243-5108.
Correo:
[email protected]
Página web:
www.sugese.fi.cr
Twitter:
twitter.com/sugesecr
Facebook:
www.facebook.com/
sugese
Mercado maduro
Sugese se concentra en el desarrollo de:
n Procesos de autorización y registro que
verifiquen la idoneidad de los participantes
y sus productos.
n Una normativa completa, actualizada,
adecuada al mercado y basada en estándares mundiales.
n Un modelo de supervisión que evalúe
riesgos relevantes, genere alertas tempranas y promueva acciones correctivas.
n Servicios que respeten los derechos del
consumidor de seguros.
n Información clara, oportuna y relevante
que permita potenciar la disciplina de
mercado, ampliar el conocimiento y facilite la toma de decisiones.
6
Asegurado
cuenta con
más
respaldo
Las instancias de atención al
consumidor de seguros no son
contralorías de servicios, sino
entidades que operan y dan sus
dictámenes con autonomía.
La oficina de atención
al asegurado es una instancia establecida en la Ley
Reguladora del Mercado de
Seguros (artículos 25 y 29), en
la Ley Reguladora de Contrato de Seguros (articulo 104) y
en el Reglamento de Defensa
y Protección del Consumidor
de Seguros (artículo 13), para
la atención y resolución de
quejas y reclamos de los consumidores de seguros.
Esta instancia ejerce de
manera autónoma (independiente de la parte operativa
de la aseguradora), por lo que
sus resoluciones deben emitirse con total imparcialidad
y objetividad.
Su misión consiste en estudiar los hechos y resolver
en apego a la normativa que
rige la materia.
La vía del reclamo
1. Primero, recurra a una
apelación dentro de la
misma aseguradora.
2. Si la respuesta no le satisfizo, recurra a la Oficina
de Defensa del asegurado.
3. Sugese puede orientarle
en el proceso de reclamo
con carácter propositivo,
no vinculante, aunque
sus recomendaciones
suelen ser atendidas.
4.Alternativamente,
usted puede recurrir a
la Dirección de Apoyo al
Consumidor, adscrita al
Ministerio de Economía,
Industria y Comercio.
Pero tampoco tiene
carácter vinculante.
5. Existen, además, otras
instancias como el
arbitraje, la resolución
alternativa de conflictos
y los tribunales. No obstante, suelen tardar más
en resolver la situación y
son más costosos.
El trámite
Para los reclamos, los
requisitos varían de acuerdo
con cada producto y de cada
aseguradora. Entre los más
usuales están:
n Nombre completo o
n
n
n
n
personería jurídica (en el
caso de empresas), lugar
para recibir notificaciones y cédula o número de
identificación.
Indicación de si ya
presentó reclamo ante la
aseguradora y la respuesta recibida (si la recibió).
Oficina, departamento
o servicio donde se
hubieren producido los
hechos objeto de la queja
o reclamación.
Lugar, fecha y firma
(denuncia en formato
electrónico debe incluir
firma digital).
Se deberá acompañar el
trámite con la documentación imprescindible:
descripción de la infracción y prueba disponible,
carta de declaración del
siniestro, cotizaciones,
facturas, etc.
En caso de insatisfacción, el asegurado
debe acudir, primero, a la aseguradora
y luego considerar la Sugese y la
Dirección de Apoyo al Consumidor.
¿Dónde acudir?
Atlantic Southern
Insurance Co.
Teléfono: 2221-6202.
Defensor del Cliente: José
Rafael Vargas Zúñiga.
Correo electrónico: [email protected]
Instituto Nacional
de Seguros (INS)
Teléfono: 2287-6464 /
2287- 6465 / 800INSCliente.
Defensor del Cliente:
Maritza Sáenz Bolaños.
Correo electrónico:
defensoriadelcliente@
ins-cr.com
Oceánica de Seguros
Teléfono: 2256-8770,
extensión 8021.
Defensor del Cliente: Daniela Olivares Chinchilla
Correo electrónico:
atencionalconsumidor@
oceanica-cr.com
Centro de Defensa
del Asegurado
Teléfono: 2520-1990.
Defensor del Cliente:
Mónica Román.
Correo electrónico: [email protected] y [email protected]
Aseguradoras asociadas:
ADISA, ASSA, BMI, MAPFRE, PanAmerican Life,
Seguros Bolívar, SAGICOR
y Seguros del Magisterio.
Quálitas Compañía
de Seguros
Teléfono: 2291-0590,
extensión 104.
Defensor del Cliente:
Silvia Acuña Valdelomar.
Correo electrónico: ccq@
qualitas.co.cr
Fuente: Superintendencia
General de Seguros. En: www.
sugese.fi.cr.
7
Para que se haga su voluntad
El Registro Único de Beneficiarios de la Sugese
le permite a los beneficiarios de pólizas de vida
constatar si tienen derecho a ser indemnizados.
A través de la plataforma Sugese en Línea, la
Superintendencia pone a
disposición de los ciudadanos el Registro Único de
Beneficiarios (RUB), con el
fin de permitirles consultar
a estos si son acreedores de
una póliza de vida suscrita
a su favor por una persona
que ya falleció.
La plataforma es
alimentada con la información que proporcionan las
aseguradoras a la Sugese
y se constata con las bases
del Registro Civil.
Los datos de las pólizas
y sus beneficiarios se mantienen almacenados hasta
por cinco años después de
cancelado el contrato de una
persona, por fallecimiento
u otras razones, resguardando así los derechos del
beneficiario. No obstante, es
importante tener en cuenta
que el derecho a reclamar
la póliza caduca a los cuatro
años después del fallecimiento del asegurado.
La información de
las personas fallecidas se
actualiza en el Registro Civil
aproximadamente diez días
después de su muerte. Antes
de esto, la designación es
completamente confidencial
por razones de seguridad del
tomador de la póliza.
Virtual o
físicamente
El registro está disponible en Internet y en las
oficinas de la Superinten-
dencia. En ambos casos, se
podrán realizar consultas y
emitir certificaciones.
Las personas que
deseen acceder en línea
deberán contar con un certificado de firma digital y
registrarse en la plataforma
a través del sitio web www.
sugese.fi.cr.
Quienes no tienen este
certificado digital pueden
realizar el trámite personalmente en las oficinas
de la Superintendencia,
ubicadas en San Pedro de
Montes de Oca, frente a la
Facultad de Derecho de la
Universidad de Costa Rica,
Edificio Torre del Este, piso
7. Allí deberán presentar su
cédula de identidad vigente
para realizar el trámite.
Módica inversión
Toda consulta tiene un
costo por concepto de los
servicios requeridos
para realizar el trámite,
como el uso de la
plataforma del Sistema
Nacional de Pagos Electrónicos (Sinpe), así como
los timbres correspondientes, en caso de que se
requiera la certificación de
los datos del Registro Civil.
Las consultas en
línea cuestan ¢445,53 y la
emisión de certificaciones ¢463.03. El monto se
deduce automáticamente
de la cuenta bancaria del
usuario, por lo que deberá
registrar su cuenta cliente
cuando se inscribe.
Por su parte, en la
oficina de Sugese la
consulta cuesta ¢475 y las
certificaciones ¢492.50. El
aumento con respecto al
trámite en línea se debe a
los costos administrativos,
de impresión, así como de
los timbres físicos que lleva
la certificación.
“Si los beneficiarios no conocían
de la póliza de vida que tenía un
asegurado fallecido, posiblemente
nunca presenten el reclamo para ser indemnizados.
Sugese en Línea permite consultar si se cuenta con
ese derecho, por designación específica o, bien,
genérica. Es decir, por ser hijo, esposo o madre, por
ejemplo”.
Tomás Soley. Superintendente
General de Seguros.
Servicio en línea
Para acceder a Sugese en Línea, se ingresa al sitio de la Superintendencia (www.sugese.fi.cr), para posteriormente darle
clic al logotipo del servicio, en la parte superior derecha del
cuadro blanco, debajo del buscador. También se puede entrar
directamente en la dirección www.sugeseenlinea.sugese.fi.cr.
Aquellas personas que no tengan una firma digital pueden
solicitarla en una entidad autorizada. Si tiene un certificado
digital, solo conéctelo a su computadora y utilícelo.
Le quitan el turno del baño y el asiento de la ventana, se
comen la última galleta y pierden el control del tele…
PERO, SIN DUDA, SU FAMILIA ES LA MEJOR
En mercado nacional de seguros hay muchas opciones
para asegurar a sus seres queridos.
ANTES DE ELEGIR, ASESÓRESE BIEN.
Estudie las ofertas que ofrece el mercado
y adquiera los productos que mejor se ajusten a sus
necesidades.
CADA ASEGURADORA CUENTA CON
UNA DEFENSORÍA DEL ASEGURADO
QUE VELA POR SUS DERECHOS.