régimen de impugnaciones, procedimientos de investigación y

2009
RÉGIMEN DE
IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIÓN Y
SANCIONES
Ley No. 340-06 sobre Compras y
Contrataciones con sus modificaciones
contenidas en la Ley No. 449-06
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
Es la oportunidad que tiene la persona física o
jurídica para reclamar ante la Entidad Contratante.
1)  La Convocatoria al proceso;
2)  Los plazos;
3)  El Pliego de Condiciones Específicas;
4)  Las Especificaciones Técnicas;
5)  Los umbrales;
6)  Proceso de Recepción y apertura de Ofertas
7)  Evaluación de las Ofertas;
8)  La Adjudicación;
9)  Y cualquier etapa del procedimiento en la que se haya incurrido
en inobservancias a la Ley y el Reglamento.
El proveedor, oferente o proponente, este o no inscrito en
el Registro de Proveedores del Estado.
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
Inmediatamente se tenga conocimiento del hecho a
impugnar.
Ante la Entidad Contratante en un plazo de 10 días
calendario contados a partir del hecho a impugnar.
DÍAS CALENDARIOS INCLUYEN SÁBADOS,
DOMINGOS Y DÍAS FERIADOS.
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PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
NO.
Para impugnar ante el
Órgano Rector es
necesario la Resolución
en respuesta a LA
IMPUGNACIÓN
realizada ente la
Entidad Contratante.
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA ENTIDAD CONTRATANTE:
El recurso de Impugnación por escrito.
2.  Nombre y domicilio completo.
3.  Identificación clara del hecho impugnado .
4.  Alegatos sobre la presunta violación a la Ley No.
340-06 y su Reglamento de aplicación
aprobado mediante el Decreto No. 490-07;
5.  Motivación de las razones del hecho impugnado.
6.  Documentos que sustenten El Recurso.
7.  Pedimentos.
1. 
ES IMPORTANTE SOLICITAR EL ACUSE DE RECIBO DE LA IMPUGNACIÓN ANTE LA ENTIDAD
CONTRATANTE.
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PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
LA ENTIDAD CONTRATANTE:
LUEGO DE RECIBIDO EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN:
La Entidad Contratante,
deberá Notificar a los
Terceros Involucrados en un
plazo de 2 días hábiles.
Los Terceros Involucrados
deberán contestar sobre el
Recurso dentro de 5 días
calendarios.
NOTA: El plazo para dar respuesta al Recurso iniciará luego de vencido estos plazos.
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
MEDIDA CAUTELAR
Como medida precautoria mientras la Entidad Contratante
responde el Recurso de Impugnación, la parte afectada podrá
solicitar a la Dirección General de Contrataciones Públicas por
escrito la SUSPENSIÓN TEMPORAL del procedimiento en la etapa
en que se encuentre.
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PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
La constitución de Ministerio de
Abogados es opcional.
La presentación de
un Recurso de
Impugnación o
Apelación, NO
PERJUDICA a la
persona física o
jurídica en
participar en
futuros concursos.
La interposición
del Recurso es
gratuito.
La notificación de los actos NO
requieren Ministerio de
Alguacil.
RESPUESTA
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
La respuesta al Recurso de Impugnación
deberán realizarla mediante Resolución
Motivada, debidamente firmada por la
máxima autoridad de la entidad contratante
en un plazo NO mayor de quince (15) días
calendario a partir de la fecha en que se
emitió el Recurso.
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
¿CÓMO APELO?
Si aún la Persona Física o
Jurídica no esta conforme con
la respuesta de la Entidad
Contratante o no le dieron
respuesta dentro del plazo de
15 días calendarios pueden
apelar ante la Dirección
General de Contrataciones
Públicas, utilizando el mismo
procedimiento que se realizó
ante la entidad contratante.
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PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
Para apelar ante la Dirección General de Contrataciones públicas deben presentar
ante la entidad contratante lo siguiente:
Recurso de Apelación
por escrito.
Pedimentos.
Nombre y domicilio
completo.
Documentos que
sustenten el Recurso de
Apelación.
Identificación clara del
hecho a Apelar.
Resolución emitida por
la Entidad Contratante
en respuesta a la
impugnación.
Motivación de las
razones del hecho a
Apelar.
Alegatos sobre la presunta
violación a la Ley No.
340-06 y su Reglamento de
aplicación aprobado
mediante el Decreto No.
490-07;
NUNCA OLVIDES SOLICITAR EL ACUSE DE RECIBIDO DE TU RECURSO DE
APELACIÓN
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
Luego de recibido el Recurso de Apelación:
NOTA: El plazo para dar
respuesta al Recurso
iniciará luego de vencido
estos plazos.
Los Terceros Involucrados
deberán contestar sobre el
Recurso dentro de 5 días
calendarios.
La DGCP, deberá Notificar
a los Terceros Involucrados
en un plazo de 2 días
hábiles.
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
La DGCP solicitará a la Entidad Contratante:
•  Requerimiento del Departamento Solicitante;
•  Consultas y respuestas;
•  Solicitud de Compra de la Unidad Operativa;
•  Adendas o enmiendas;
•  Certificado de la Existencia de Fondos;
•  Registro de Asistencia al acto de apertura;
•  Pliego de Condiciones Específicas;
•  Ofertas, Garantías;
•  Dictamen Jurídico respecto de los Pliegos de
Condiciones;
•  Informe de la Comisión Evaluadora;
•  Acta Administrativa de Aprobación de Pliegos de
Condiciones Específicas,
•  Acto Auténtico donde se certifica el acto de apertura;
•  Aprobación del Procedimiento de Selección y
Designación de los miembros de la Comisión Evaluadora;
•  Adjudicación, notificación de adjudicaciones, posibles
impugnaciones;
•  La convocatoria/ Acuse de Recibo de Invitaciones;
•  Contrato;
•  Registro de retiro de Pliegos;
•  Posibles sanciones
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
La DGCP solicitará a la Entidad Contratante:
•  Requerimiento del Departamento Solicitante;
•  Consultas y respuestas;
•  Solicitud de Compra de la Unidad Operativa;
•  Adendas o enmiendas;
•  Certificado de la Existencia de Fondos;
•  Registro de Asistencia al acto de apertura;
esto,Específicas;
en original
•  Pliego deTodo
Condiciones
o en su defecto•  Ofertas,
certificados
Garantías; conforme al
original, en virtud de la Resolución No.7/2010 de fecha
•  Dictamen Jurídico respecto de los Pliegos de
•  Informe de la Comisión Evaluadora;
Condiciones;
Veintisiete (27) de Abril de Dos
Mil Diez (2010).
•  Acta Administrativa de Aprobación de Pliegos de
Condiciones Específicas,
•  Acto Auténtico donde se certifica el acto de apertura;
•  Aprobación del Procedimiento de Selección y
Designación de los miembros de la Comisión Evaluadora;
•  Adjudicación, notificación de adjudicaciones, posibles
impugnaciones;
•  La convocatoria/ Acuse de Recibo de Invitaciones;
•  Contrato;
•  Registro de retiro de Pliegos;
•  Posibles sanciones
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
La Dirección General de
Contrataciones Públicas tiene la
facultad de ver más allá de
LOS PEDIMENTOS e iniciará un
estudio del proceso completo
para dar respuesta al Recurso.
RÉGIMEN DE IMPUGNACIONES,
PROCEDIMIENTOS DE
INVESTIGACIONES Y SANCIONES
Si aún NO hay conformidad
con la respuesta emitida por
la DIRECCIÓN GENERAL DE
CONTRATACIONES
PÚBLICAS, tienen la facultad
de acudir a la vía judicial,
presentando demanda ante
el Tribunal Superior
Administrativo.
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN ANTE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
PROCESO DE
INVESTIGACIÓN ANTE LA
DGCP
Es la oportunidad que tienen las personas física y
jurídica para denunciar una violación a la presente
Ley.
1)  La Convocatoria al proceso;
2)  Los plazos;
3)  El Pliego de Condiciones Específicas;
4)  Las Especificaciones Técnicas;
5)  Los umbrales;
6)  Proceso de Recepción y apertura de Ofertas
7)  Evaluación de las Ofertas;
8)  La Adjudicación;
9)  Y cualquier etapa del procedimiento en la que se haya incurrido
en inobservancias a la Ley y el Reglamento.
Todo ciudadano y/o empresas dominicanas o extranjeras.
PROCESO DE
INVESTIGACIÓN ANTE LA
DGCP
Inmediatamente se tenga conocimiento del hecho.
Ante la Dirección General de Contrataciones
Públicas.
¿QUÉ NECESITO SABER PARA
IMPUGNAR O RECLAMAR ANTE
UNA ENTIDAD CONTRATANTE?
Para hacer la denuncia deberás presentar ante la Entidad Contratante lo siguiente:
La denuncia
por escrito.
Nombre y
domicilio
completo.
Identificación
clara del
hecho.
Alegatos sobre
la presunta
violación a la
Ley No. 340-06
y su Reglamento
de aplicación
aprobado
mediante el
Decreto No.
490-07.
Motivación
de la
denuncia.
Documentos
que sustenten
la denuncia.
Pedimentos.
¿QUÉ NECESITO SABER PARA
IMPUGNAR O RECLAMAR ANTE LA
DGCP?
La constitución de
Ministerio de
Abogados es
opcional.
La presentación de una
denuncia para investigación,
NO PERJUDICARA a las
personas naturales y jurídica
en participar en futuros
concursos.
La interposición de la
Denuncia es gratis.
La notificación de los
actos NO requieren
Ministerio de Alguacil.
¿QUÉ NECESITO SABER PARA
IMPUGNAR O RECLAMAR ANTE LA
DGCP?
En caso de que proceda la denuncia:
La Dirección General de Contrataciones Públicas
notificará la denuncia a las partes afectadas,
indicándole que dio inicio a un procedimiento de
investigación para que por escrito presenten sus alegatos.
RESPUESTA
¿QUÉ NECESITO SABER PARA
IMPUGNAR O RECLAMAR ANTE LA
DGCP?
La DIRECCIÓN GENERAL DE
CONTRATACIONES PÚBLICAS, deberá dar
respuesta a LA DENUNCIA mediante
Resolución motivada, debidamente firmada
por el Director General.
¿QUÉ NECESITO SABER PARA
IMPUGNAR O RECLAMAR ANTE LA
DGCP?
¿CÓMO APELAR?
Si hay inconformidad con
la respuesta pueden
apelar la decisión
iniciando un proceso por la
vía judicial ante el
Tribunal Superior
Administrativo.
SANCIONES
SANCIONES
En el caso de los funcionarios del
Poder Ejecutivo, las sanciones por
incumplimiento de las disposiciones
de la presente ley se aplicarán de
conformidad con el régimen previsto
en la Ley de Servicio Civil y
Carrera Administrativa.
En los restantes casos, la aplicación
de sanciones, se regirá por lo
establecido en los respectivos
estatutos disciplinarios.
SANCIONES
Los servidores públicos serán pasibles de las siguientes
sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades detalladas que
establezca el reglamento y de las responsabilidades civiles o
penales que prevean las leyes correspondientes, dependiendo
de la gravedad de la falta:
• Amonestación escrita;
• Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses;
• Despido sin responsabilidad patronal;
• Sometimiento a la justicia.
SANCIONES
Todos los funcionarios que participen en los procesos de compra o
contratación serán responsables por los daños que por su
negligencia o dolo causare al patrimonio público y será pasible
de las sanciones establecidas en la presente ley, sin perjuicio de
las sanciones penales de la que pueda ser objeto.
Sin perjuicio de las acciones penales o civiles que correspondan,
los proveedores podrán ser pasibles a las siguientes sanciones:
1) Advertencia escrita;
2) Ejecución de las garantías;
SANCIONES
3) Penalidades establecidas en el pliego de condiciones o en
el contrato;
4) Rescisión unilateral sin responsabilidad para la entidad
contratante;
5) Inhabilitación temporal o definitiva conforme a la
gravedad de la falta.
Las sanciones previstas en los
Numerales del 1 al 4 serán
aplicadas por las entidades
contratantes y la 5 por el
Órgano Rector.
SANCIONES
Las entidades contratantes deberán remitir al Órgano Rector
copia fiel de los actos administrativos, mediante los cuales se
hubieren aplicado sanciones a los proveedores.
El Órgano Rector podrá inhabilitar una persona natural o
jurídica, por un período de uno a cinco años o
permanentemente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles
que estipule la ley pertinente, por las siguientes causales:
ü Ofrecer
dádivas, comisiones o regalías a funcionarios de las
entidades públicas, directamente o por interpuesta persona en
relación con actos atinentes al procedimiento de licitación o
cuando utilicen personal de la institución para elaborar sus
propuestas;
SANCIONES
ü 
Presentar recursos de revisión o impugnación basados en
hechos falsos, con el sólo objetivo de perjudicar a un
determinado adjudicatario;
ü 
Incurrir en acto de colusión, debidamente comprobado, en la
presentación de su oferta;
ü 
Incumplir sus obligaciones contractuales para la ejecución de
un proyecto, una obra o servicio no importa el procedimiento
de adjudicación, por causas imputables a ellos;
ü 
Renunciar sin causa justificada a la adjudicación de un
contrato;
SANCIONES
ü 
Cambiar, sin autorización de la entidad contratante la
composición, la calidad y la especialización del personal que
se comprometieron asignar a la obra o servicios en sus
ofertas;
ü 
Obtener la precalificación o calificación mediante el
ofrecimiento de ventajas de cualquier tipo, presentando
documentos falsos o adulterados o empleando
procedimientos coercitivos;
ü 
Celebrar, en complicidad con funcionarios públicos, contratos
mediante dispensas del procedimiento de licitación, fuera de
las estipulaciones previstas en esta ley;
SANCIONES
ü 
Obtener información privilegiada de manera ilegal que le
coloque en una situación de ventaja, respecto de otros
competidores,
ü 
Participar directa o indirectamente en un proceso de
contratación, pese a encontrarse dentro del régimen de
prohibiciones.
PREGUNTAS
¡MUCHAS GRACIAS!