Plan de convivencia - IES Marqués de Comares

I.E.S. MARQUÉS DE COMARES
PLAN DE CONVIVENCIA
Lucena, noviembre de 2012
PLAN DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO I. CONFLICTIVIDAD DETECTADA Y OBJETIVOS A CONSEGUIR
1. Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro y conflictividad detectada en el mismo.
2. Objetivos a conseguir
CAPÍTULO II. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO
1. Normas generales de convivencia del centro.
2. Ejercicio de los derechos de reunión y de libertad de expresión del alumnado.
3. Normas particulares de aula.
CAPÍTULO III. CONDUCTAS CONTRA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO Y CORRECCIONES A APLICAR.
1. Principios generales sobre la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias.
2. Circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad de las conductas.
3. Conductas contrarias a las normas de convivencia y correcciones a aplicar.
Conductas.
Correcciones.
Las faltas injustificadas de asistencia.
4. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y medidas disciplinarias.
Conductas.
Medidas disciplinarias
5. Procedimiento general para la imposición de correcciones y medidas disciplinarias.
CAPÍTULO IV. MEDIDAS PARA PREVENIR, MEDIAR Y RESOLVER CONFLICTOS.
1.
2.
3.
4.
Medidas para fomentar la cultura de la paz y prevenir la convivencia pacífica en el centro.
Contratos y compromisos.
El delegado de grupo y sus funciones en la mediación de la resolución pacífica de conflictos.
El delegado o delegada de padres y madres.
4.1. Procedimiento para su elección.
4.2. Funciones y su intervención en la mediación de conflictos.
CAPÍTULO V. EL AULA DE CONVIVENCIA.
1.
2.
3.
4.
El aula de convivencia como recurso educativo y de mejora de la convivencia escolar.
Profesorado responsable.
Criterios para determinar qué alumnado será atendido en el aula.
Procedimientos para derivar y atender al alumnado en el aula de convivencia.
CAPÍTULO VI. LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.
1. Composición
2. Funciones y plan de actuaciones.
3. Plan de reuniones
CAPÍTULO VII. Estrategias para realizar la difusión, el seguimiento y la evaluación del Plan de
convivencia:
1. Difusión
2. Seguimiento y evaluación
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PLAN DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO I. CONFLICTIVIDAD DETECTADA Y OBJETIVOS A CONSEGUIR
1. Diagnóstico del estado de la convivencia en el centro y conflictividad detectada en el
mismo.
En el gráfico que se adjunta como ANEXO I podemos ver qué actitudes son las que generan
más conflicto entre el alumnado de la ESO. Esta representación gráfica resume el estudio
realizado mediante una encuesta que han pasado los tutores a todo el alumnado de dicha
etapa.
Como podemos apreciar los problemas de convivencia más frecuentes se dan entre iguales y
sobre todo en 2º y 3º de ESO. Es otro indicador más de la conflictividad de estos cursos.
“Hablar mal de los compañeros”, “poner motes”, “insultar” y “esconder cosas” son las
actitudes que ellos perciben como más frecuentes.
Los problemas de convivencia entre profesores y alumnos no son destacables, podríamos decir
que anecdóticos, y desde luego, si se produce algún incidente tenemos conocimiento del
mismo y se toman las medidas correctoras pertinentes.
Además de este estudio, tenemos más fuentes de información, como son los partes de
incidencias que se ponen a diario y las observaciones del profesorado en general y de los
tutores y la jefa de estudios después de mantener entrevistas con alumnos y padres. De todo
esto podemos deducir lo siguiente:
Las actitudes más frecuentes como fuente de conflicto en el aula son:
•
Falta de interés por el estudio, lo que puede traducirse en: no traer el material
adecuado para la realización de las actividades de clase, no seguir las indicaciones del
profesorado en el aula, no realizar las tareas que le encomiende el profesor/a tanto en
el aula como en casa.
•
Retrasos y faltas de asistencia injustificados.
•
Falta de respeto a los profesores o a los propios compañeros.
•
No respetar el derecho al estudio de sus compañeros.
•
Ofender, amenazar y pelearse con otros chicos y chicas.
•
Causar pequeños daños en las instalaciones del Centro o en el material de sus
compañeros.
•
Realizar pequeños hurtos.
•
Salir de clase sin permiso.
•
Arrojar cosas (tizas, borradores, botellas de agua, etc.) a compañeros.
•
No cuidar la limpieza y el orden de la clase.
•
Utilizar un vocabulario inadecuado (insultos, tacos, etc.) y mantener una pose de
desidia y desinterés.
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Las actitudes más frecuentes como fuente de conflicto en general son:
•
Falta de respeto a los miembros de la comunidad educativa.
•
Ofender, amenazar y pelearse con otros compañeros/as.
•
Salir del centro sin permiso.
•
No cuidar la limpieza y el orden del centro.
•
Utilizar vocabulario inadecuado (insultos, etc.).
•
Fumar en las dependencias del Centro.
•
Falsificación de documentos académicos (boletines de notas, partes de clase, etc.), lo
que impide la buena comunicación entre padres y profesorado.
2. Objetivos que se pretenden alcanzar con el plan de convivencia.
a. Facilitar a los órganos de gobierno y al profesorado instrumentos y recursos en
relación con la promoción de la cultura de la paz, la prevención de la violencia y la
mejora de la convivencia del centro.
b. Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de una
adecuada convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla.
c. Fomentar en el centro los valores, las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el
grado de aceptación y cumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la
diversidad y en el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres.
d. Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de los
conflictos que pudieran plantearse en el centro y aprender a utilizarlos como fuente de
experiencia de aprendizaje.
e. Facilitar la prevención, detección y eliminación de todas las manifestaciones de
violencia especialmente del acoso escolar, de la violencia de género y de las actitudes
y comportamientos xenófobos y racistas.
f. Facilitar la mediación para la resolución pacífica de los conflictos.
g. Contribuir desde el ámbito de la convivencia a la adquisición de las competencias
básicas, particularmente de las competencia social y ciudadana y para la autonomía e
iniciativa personal.
h. Favorecer la cooperación con entidades e instituciones del entorno que contribuyan a
la construcción de comunidades educadoras.
i. Fomentar los valores de solidaridad, responsabilidad y respeto entre todos.
j. Hacer valer el derecho a la educación, al estudio y al progreso académico del
alumnado así como el derecho del profesorado a realizar su trabajo en condiciones
adecuadas.
k. Impulsar la participación y la labor de mediación de los padres mediante la creación de
la figura de los padres delegados.
l. Adquirir capacidades de diálogo para comunicarse abierta y efectivamente,
reconociendo y expresando las propias emociones y sentimientos.
m. Mejorar las relaciones entre iguales y la de los alumnos con el profesorado.
n. Mejorar el protocolo de actuación ante conductas en contra de las normas de
convivencia y los canales de información a la familia.
o. Mejorar el funcionamiento del “Aula de Convivencia” para que sea un verdadero
recurso educativo.
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CAPÍTULO II. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO
Las normas de convivencia del centro son la concreción de los derechos y deberes reconocidos
para el alumnado, el profesorado y las familias que se detallan en los artículos 2 al 13 del
Decreto 327/2010. La convivencia pacífica y democrática es un fin educativo en sí mismo, pero
además es un medio imprescindible para crear el clima adecuado para el estudio y el
desarrollo de la actividad académica. Por tanto, debemos asegurarnos de que las normas que
establezcamos son instrumentos útiles para hacer posible el derecho y el deber de estudiar
que tienen nuestros alumnos.
1. Normas generales de convivencia del centro.
El principio máximo en el que debe basarse la convivencia en el centro es que todos los
integrantes de la comunidad educativa están obligados al reconocimiento y respeto de los
derechos de todos sus miembros, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Esto se
concreta en las siguientes normas:
a. Se consideran totalmente reprobables todas las actitudes y conductas discriminatorias
ya sea por razón de sexo, discapacidad, nacionalidad, convicciones religiosas o
morales, o de cualquier otro tipo.
b. No se permitirán contra ningún miembro de la comunidad educativa, las
intimidaciones, agresiones, insultos, ofensas, vejaciones o humillaciones, pues estas
atentarían contra la dignidad, integridad e intimidad de las personas.
c. Se respetarán las pertenencias ajenas, las privadas y muy especialmente las públicas,
por cuya pérdida saldríamos perjudicados todos.
d. El trato entre todos los miembros de la comunidad educativa debe ser cordial y
respetuoso, revistiendo mayor gravedad si la actitud irrespetuosa o desconsiderada se
produce contra el profesorado.
e. Debe evitarse cualquier acto que perturbe o impida la actividad lectiva dentro o fuera
del aula, pues esto atentaría contra el derecho al estudio de los compañeros.
f. Es un deber asistir regularmente a clase, y de no hacerlo habrá que justificar
adecuadamente la falta de asistencia para que esta no tenga consecuencias
académicas o disciplinarias.
g. Los alumnos, a partir de 3º de ESO, no tendrán que justificar las ausencias a clase
cuando éstas sean consecuencia de estar ejercitando su derecho a la libertad de
expresión.
h. A clase hay que entrar y salir con puntualidad y los alumnos no podrán abandonar el
aula entre clase y clase a no ser que tengan que desplazarse a otra para continuar con
la actividad lectiva.
i. El alumnado menor de edad de las enseñanzas de régimen diurno no podrá abandonar
el centro durante toda la jornada lectiva, sin la correspondiente autorización o sin que
un familiar adulto venga a recogerlo.
j. El alumnado mayor de edad y de régimen nocturno no necesitará autorización para
salir del centro.
k. La asistencia a las actividades complementarias, aun siendo fuera del centro, es
obligatoria y están sujetas a las mismas normas de cualquier otra actividad lectiva.
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l.
m.
n.
o.
p.
q.
r.
Es obligación de todos respetar, cuidar y utilizar adecuadamente las instalaciones del
centro y el material didáctico.
El centro debe ser un espacio limpio y saludable, por ello se utilizarán correctamente
las papeleras y contenedores de basura, con el propósito de facilitar el reciclado de los
residuos que se generen.
Está prohibido el consumo de comida o bebida en cualquier dependencia del centro
donde se desarrollen actividades académicas, deportivas o culturales, y en la biblioteca
en cualquier momento.
Dentro de las dependencias del instituto está totalmente prohibida la venta, tenencia y
consumo de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes, psicotrópicas o de
síntesis.
De acuerdo con las leyes vigentes y las medidas sanitarias contra el tabaquismo, está
totalmente prohibida la venta, la publicidad y el consumo de tabaco en todas las
dependencias del centro, incluidos los patios y las puertas de acceso tanto en diurno
como en nocturno.
Está prohibido para los alumnos, traer al instituto teléfonos móviles, grabadoras y
reproductoras de imágenes o sonidos, así como otro tipo de aparatos electrónicos
similares.
Está totalmente prohibido grabar y/o difundir imágenes de cualquier miembro de la
comunidad educativa que pueda atentar contra su intimidad o su imagen personal.
2. Normas específicas para las enseñanzas en modalidad semipresencial y para aquellos
alumnos que usen plataformas educativas.
Con carácter general, las normas en las enseñanzas de la modalidad semipresencial,
son las mismas establecidas por el centro con las especificaciones para la ESPA y para el
Bachillerato de Adultos. El hecho de que la plataforma sea una herramienta fundamental para
el desarrollo del curso hace del entorno virtual un lugar similar a la clase. Por tanto,
a. Las injurias y ofensas, expresadas con palabras o imágenes, contra cualquier
miembro de la comunidad educativa, sea insertas en mensajes, en correo interno,
en foros o en cualquier otro recurso, tendrán la misma consideración que la
establecida en este Plan de Convivencia.
b. Las herramientas de la plataforma, como la mensajería o los foros, han de ser
usadas exclusivamente para tratar asuntos de la materia de que se trate.
c. La foto que el alumno aporte para su perfil habrá de ser tamaño y formato
carnet.
d. Las sesiones presenciales son de asistencia obligatoria, excepto para aquellos
alumnos que también estén inscritos en un centro de adultos en las tutorías de
apoyo al estudio. La ausencia en ellas será tratada del mismo modo que en la
enseñanza presencial.
e. Las interrupciones o perturbaciones del normal desarrollo de las actividades, en las
sesiones presenciales, tendrán la misma consideración que en la enseñanza
presencial.
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3. Ejercicio de los derechos de reunión y de libertad de expresión del alumnado.
La libertad de expresión y de reunión son derechos reconocidos por la legislación vigente para
el alumnado de enseñanzas secundarias. Para garantizarlos y hacer efectivo su ejercicio, se
arbitran las siguientes normas:
Previa solicitud a la dirección del centro, se cederán las instalaciones necesarias (salón de
actos, aula) para poder llevar a cabo las reuniones que se consideren oportunas para tratar
temas educativos de interés general que pueda afectarles como colectivo, procurando no
interferir en las actividades lectivas que se estén desarrollando.
Si las reuniones se realizan en horario lectivo nunca se podrán ocupar más de tres por
trimestre.
Si del ejercicio del derecho de reunión se adoptase la decisión colectiva de no asistir a clase,
ésta inasistencia no será considerada incumplimiento de una norma del centro, y por tanto no
conllevará ninguna corrección.
Para que así se considere, el delegado del grupo deberá presentar ante la dirección del centro,
48 horas antes, un escrito con los motivos que han llevado a adoptar esa decisión, con los días
en que no van a asistir a clase y las firmas de los alumnos que secundan esa medida. De no
hacerse la comunicación de esta manera, se considerarán faltas injustificadas de asistencia.
4. Normas particulares de aula.
Al comienzo de curso, el tutor o tutora elaborará junto a los alumnos de su grupo las normas
particulares de aula, que serán consensuadas por todos. El tutor trasladará una copia de las
mismas a jefatura de estudios, junto con el acta de elección de delegado de curso. Éste
guardará otra copia de las normas aceptadas y se encargará de darles publicidad colgándolas
en el tablón de anuncios del aula.
Las normas podrán ser revisadas a lo largo del curso si las circunstancias así lo requiriesen.
En todo caso, las normas particulares de aula no podrán entrar en contradicción con las
normas generales del centro.
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CAPÍTULO III. CONDUCTAS CONTRA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO Y
CORRECCIONES A APLICAR
1. Principios generales sobre la imposición de las correcciones y de las medidas
disciplinarias.
a. Las correcciones y las medidas disciplinarias habrán de tener un carácter educativo y
recuperador. Asimismo deben garantizar el respeto a los derechos del resto de los
alumnos y procurarán la mejora de las relaciones de todos los miembros de la
comunidad educativa.
b. El alumnado no podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación ni, en el
caso de la educación obligatoria, de su derecho a la escolaridad.
c. No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad
personal del alumno.
d. Guardarán una proporcionalidad con la conducta del alumno, buscando siempre la
mejora de su proceso educativo.
e. Deberá tenerse en cuenta la edad y circunstancias personales, familiares o sociales. A
estos efectos, y antes de tomar una determinación sobre la corrección o medida
disciplinaria a imponer, o para aconsejar sobre las medidas más convenientes para el
alumno, se podrán recabar los informes que se estimen necesarios sobre las aludidas
circunstancias.
f. Se corregirán los actos contrarios a las normas de convivencia del centro realizados por
el alumno en el instituto, tanto en horario lectivo como en el dedicado al transporte
escolar, o en la realización de actividades extraescolares o complementarias.
g. Asimismo, podrán corregirse las actuaciones de los alumnos que, aunque realizadas
fuera del centro y del horario escolar, estén motivadas o relacionadas con el ejercicio
de sus derechos y el cumplimiento de los deberes como tal.
2. Circunstancias que atenúan o agravan la responsabilidad de las conductas.
Se considerarán circunstancias atenuantes:
a. El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta, así como la reparación
espontánea del daño producido.
b. La falta de intencionalidad.
c. El compromiso del alumno de modificar su conducta y la petición de excusas de forma
pública o privada.
d. el entorno social y familiar y sus circunstancias personales (por ejemplo, alumnado en
riesgo de exclusión social o alumnado de necesidades educativas especiales)
Se considerarán circunstancias agravantes:
a. La premeditación.
b. Cuando la persona contra la que se cometa la infracción sea un profesor o profesora,
c. los daños, injurias u ofensas causados al personal no docente y a los compañeros o
compañeras de menor edad o a los recién incorporados al instituto.
d. Las acciones que impliquen discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo,
orientación sexual, convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas
psíquicas o sensoriales, así como cualquier otra condición personal o social.
e. La incitación o estimulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los demás
miembros de la comunidad educativa.
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f.
La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los
integrantes de la comunidad educativa.
g. La difusión a través de internet o por cualquier otro medio, de imágenes de conductas
contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia, particularmente si resultan
degradantes u ofensivas para otros miembros de la comunidad educativa.
3. Conductas contrarias a las normas de convivencia y correcciones a aplicar.
3.1. Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia, las siguientes:
a. Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.
b. La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades
orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones
del profesorado respecto de su aprendizaje.
c. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el
cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros.
d. Las faltas injustificadas de puntualidad.
e. Las faltas injustificadas de asistencia a clase.
f. Estar sentado con desidia y responder con indolencia a las indicaciones del profesor.
g. Cualquier falta de respeto, acto ofensivo o desconsiderado dirigido hacia un miembro
de la comunidad educativa, expresado o difundido por cualquier medio, como por
ejemplo: dirigir palabras o gestos de carácter soez, insultar a los compañeros, peleas o
altercados leves, etc.
h. Desobedecer las indicaciones relativas al cumplimiento de alguna norma de
funcionamiento del centro hechas por un profesor o por algún miembro del personal
de administración y servicios.
i. Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del
centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
j. Consumir alimentos o bebidas en clase o cualquier dependencia del centro donde se
estén celebrando actividades académicas, deportivas o culturales.
k. Tirar al suelo papeles, bolsas de plástico, cáscaras de frutos secos o cualquier otro
objeto que ensucie.
l. La práctica deportiva con ropa inapropiada o con objetos personales (pulseras,
pearcings, cadenas, pendientes, etc.) que puedan resultar peligrosos para el propio
alumno o sus compañeros.
m. Traer teléfonos móviles, grabadoras y reproductoras de imágenes o sonido, así como
otro tipo de aparatos electrónicos o similares al instituto.
n. La falta de decoro en la vestimenta o en las fotos que se usen para presentarse en la
plataforma educativa (uso de ropa de baño, prendas que muestren ostensiblemente
ropa interior, chanclas, gafas oscuras, gorras).
o. Pequeños hurtos de objetos o material del centro, o de otros miembros de la
comunidad educativa.
p. No entregar a los padres o tutores legales las notificaciones que se les dirijan desde el
centro, o no traer al centro las que sus padres les entreguen.
q. Abandono del centro sin autorización.
r. Encubrimiento o incitación a cometer conductas contrarias a la convivencia.
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4. Correcciones que se podrán aplicar por las conductas contrarias a las normas de
convivencia.
Correcciones
-
-
Órgano competente para
imponer las correcciones
Todo el profesorado del
instituto
La amonestación oral.
Suspensión del derecho de asistencia a clase.
Retirar el móvil o cualquiera de los aparatos
especificados en el apartado l) y depositarlo en jefatura
de estudios.
Impedir la práctica deportiva por no cumplir la norma El profesorado de Educación
del apartado k)
Física
El apercibimiento por escrito
El tutor o tutora del alumno
Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo.
El jefe o la jefa de estudios
Suspensión del derecho de asistencia a determinadas
clases por un plazo máximo de tres días lectivos.
Suspensión del derecho de asistencia al centro por un El director o directora
período máximo de tres días lectivos
4.1.Las faltas injustificadas de asistencia: correcciones y efectos en la promoción y
titulación del alumnado.
Tendrán consideración de faltas injustificadas las que no sean excusadas de forma escrita en
el plazo de siete días naturales desde que el alumno se incorpora a clase, por el propio alumno
o sus representantes legales si éste es menor de edad.
Las faltas de asistencia o puntualidad se justificarán mediante certificado médico (en el caso de
enfermedad), certificado de la empresa (si tiene reconocida la condición de trabajador),
cualquier documento oficial que acredite el motivo de la ausencia o, en su defecto, mediante
el justificante de faltas, disponible en el Centro, debidamente cumplimentado (ANEXO II). En
todo caso, es el tutor el que determinará si la falta tiene consideración de justificada o no.
Por cada tramo horario sin justificar, se impondrá la corrección de dos horas de estudio
vigilado en horario de tarde o en el aula de convivencia, siempre serán las dos primeras horas
de la mañana siguiente al día en que se imponga la corrección. Si se incumpliera dicha
corrección y se acumularan hasta tres tramos horarios sin justificar, la dirección del centro
impondría la de suspensión del derecho de asistencia al centro durante un día.
Si la falta de asistencia injustificada es en uno o más días completos y coincide con las fechas
próximas a periodos vacacionales, y además se le une el agravante de interrumpir en el centro
impidiendo el normal desarrollo de la actividad lectiva y/o consumo de alcohol, la conducta
tendrá consideración de grave y la dirección del centro podrá imponer la corrección de
suspensión del derecho de asistencia al centro durante cinco días.
La asistencia regular a clase, el buen comportamiento en el aula, la actitud positiva ante el
estudio y el esfuerzo diario son criterios de evaluación de todas las materias y ámbitos, tienen
por tanto, su repercusión positiva en las calificaciones de los alumnos y su penalización si no se
cumplen.
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Sin perjuicio de las correcciones que se impongan en el caso de las faltas injustificadas, el
número máximo de faltas de asistencia por curso, en cada materia, o ámbito, a efectos de
evaluación y promoción del alumnado, que se establece, es el siguiente:
Si un alumno de ESO o Bachillerato diurno tuviera por asignatura y trimestre, más faltas
injustificadas que el equivalente a las horas de dicha área o materia que se imparten en dos
semanas, la calificación en las dos primeras evaluaciones sería de Insuficiente. En la calificación
ordinaria de junio tendría insuficiente si sobrepasara el número de horas que se imparten de
dicha asignatura durante seis semanas.
En caso de tener que tomar la decisión de promoción o titulación con carácter excepcional en
la ESO (porque tenga tres asignaturas suspensas), no promocionará ni titulará si ha
sobrepasado en alguna área o a lo largo del curso, el número de faltas injustificadas
equivalente a seis semanas.
En las enseñanzas de adultos, ya sea en su modalidad presencial o semipresencial, la
calificación trimestral o final de cada materia o módulo, será negativa si se supera el 50% de
las faltas de asistencia (ya sean justificadas o injustificadas) de las horas presenciales que les
correspondan, pues la inasistencia regular imposibilita llevar a cabo correctamente una
evaluación de carácter continuo, formativo y global.
5. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y medidas disciplinares.
5.1. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro,
todas las tipificadas en el art 37 del Decreto 327/2010, a saber:
a. La agresión física contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
b. Las injurias u ofensas contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
c. El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un
alumno o alumna producido por uno o más compañeros o compañeras de forma
reiterada a lo largo de un tiempo determinado.
d. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de
la comunidad educativa, o la incitación a las mismas.
e. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa,
particularmente si tienen una componente sexual, racial, religiosa, xenófoba o de
homofobia, o se realizan contra alumnos de necesidades educativas especiales.
f. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
g. La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o
sustracción de documentos académicos
h. Las actuaciones que causen graves daños en las instalaciones, recursos materiales o
documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad
educativa del centro, así como la sustracción de las mismas.
i. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de
convivencia del centro.
j. Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades
del centro.
k. El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia
considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.
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PLAN DE CONVIVENCIA
5.2. Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para
convivencia.
la
Para las conductas enumeradas en el artículo anterior podrán imponerse las siguientes
medidas disciplinarias (art. 38 del Decreto 327/2010):
a. Realización de tareas, en horario no lectivo, que contribuyan a la mejora, y desarrollo
de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones,
recursos materiales o documentos del centro, sin perjuicio del deber de asumir el
importe de otras reparaciones que hubieran de efectuarse por los hechos objeto de
corrección y de la responsabilidad civil del alumno o de sus padres o representantes
legales en los términos previstos en las leyes.
b. Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares y complementarias
por un plazo máximo de un mes.
c. Cambio de grupo.
d. Suspensión del derecho a asistencia a determinadas clases durante un periodo
superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la
suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se
determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
e. Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo superior a tres días
e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna
deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la
interrupción de su proceso formativo.
f. El Director puede levantar la suspensión si se observa un cambio positivo.
g. Cambio de centro.
Todas estas correcciones serán impuestas por el director o directora e informará de todas ellas
a la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar mediante el siguiente procedimiento: se
enviará un correo a los miembros de la comisión explicando los hechos y la corrección
impuesta, pero sólo se comunicarán las siglas del alumno y el curso al que pertenece.
6. Procedimiento general para la imposición de correcciones y medidas disciplinarias y
comunicación de las mismas.
El profesor que presencie, en cualquier dependencia del centro, la conducta de un alumno
digna de ser corregida, actuará de la siguiente forma:
a. Si la falta es leve y puede ser corregida con una amonestación oral, cumplimentará el
parte de incidencias (ANEXO III) y dejará una copia en jefatura de estudios.
b. Si la conducta reviste mayor gravedad y debe ser aplicada otra corrección para la cual
no tiene competencia, deberá comunicarlo en jefatura de estudios cumplimentando el
parte de incidencias donde se detallen los hechos producidos, para que sea el tutor o
la jefa de estudios quienes valoren la conducta del alumno.
Cuando el incidente se produce dentro del aula, se procederá según las circunstancias:
a. Si la conducta es un retraso injustificado (se considerará así siempre que el alumno se
incorpore al aula después del profesor y por un motivo que éste considere no
justificado), el profesor lo anotará en el parte de control de ausencias o en “Séneca
móvil”. Al tercer retraso injustificado podrá imponer la corrección de suspensión del
derecho de asistencia a esa clase y derivarlo al aula de convivencia, siguiendo el
protocolo que se detalla en el Capítulo V de este Plan de Convivencia.
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b. Si la conducta es falta de colaboración en la realización de las tareas escolares, no trae
el material escolar necesario, o la tarea encomendada para casa, la corrección será la
“amonestación oral”, de la cual dejará constancia rellenando el parte de incidencias
correspondiente y entregará copia al tutor y a la jefa de estudios. Cuando partes de
este tipo se repitan tres veces, el tutor concertará una entrevista con el alumno y sus
padres a la que asistirá el profesor implicado y se suscribirá un compromiso educativo
(ANEXO VII).
c. Si el alumno comete cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de la clase, el
profesor en primer lugar, tratará de resolver la situación llamándole la atención,
cambiándolo de sitio, etc. Si persiste en su actitud, le impondrá la corrección de
suspensión del derecho de asistencia a esa clase y lo derivará al aula de convivencia
siguiendo el protocolo que se detalla en el Capítulo V de este Plan de Convivencia.
Para imponer cualquier corrección o medida disciplinaria es preceptivo realizar el trámite de
audiencia al alumno, del cual se dejará constancia por escrito si la gravedad del caso lo
requiriese (ANEXO IV).
Para imponer la corrección o medida disciplinaria de suspensión del derecho de asistencia al
centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del art. 38.1 del Decreto
327/2010, y el alumno es menor de edad, se dará audiencia a sus padres o representantes
legales, de la cual se dejará constancia por escrito si la gravedad del caso así lo requiriese.
(ANEXO IV).
Si la corrección o medida disciplinaria impuesta es la de “suspensión del derecho de asistencia
a determinadas clases o al centro”, al alumno deberá indicársele cuáles son las tareas
formativas que deberá realizar en ese tiempo, según lo que determinen los profesores.
Las correcciones o medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas, y
una vez firmes, figurarán en el expediente del alumno o la alumna, en el apartado de
“observaciones”.
La comunicación a la familia de la conducta contra las normas del centro, así como de la
corrección aplicada es obligatoria. Si la corrección la ha impuesto un profesor éste lo
comunicará utilizando el parte de incidencias, entregando al alumno la copia destinada a los
padres, la cual deberá ser devuelta, firmada, al profesor tutor al día siguiente.
Es responsabilidad del tutor comunicar a los padres las conductas contra las normas del
centro cometidas por sus hijos, así como las correcciones que él mismo, o las personas que
ejerzan la jefatura de estudios o la dirección le hayan impuesto. Utilizará en primera instancia
la vía telefónica. También puede utilizar la vía telemática o el correo ordinario.
En todo caso, las medidas disciplinarias impuestas contra las conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia del centro, así como la corrección de no asistir al centro,
deberán ser comunicadas por escrito, utilizando el servicio de correos o la entrega en mano.
De esta manera quedará constancia de la fecha exacta en que los padres o representantes
legales del alumno han recibido la comunicación de la misma. (Se empleará el modelo de
notificación que emite Séneca).
A partir de esa fecha, y en un plazo de dos días, el alumno si es mayor de edad, o sus padres
podrán presentar una reclamación contra la corrección o la medida disciplinaria adoptada,
ante quien la impuso (ANEXO V). Si fuese estimada, la corrección o la medida disciplinaria no
figurarán en el expediente del alumno.
Para imponer la medida disciplinaria de cambio de centro, se seguirá el procedimiento descrito
en los artículos 42 a 47 del Decreto 327/2010.
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PLAN DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO IV. MEDIDAS PARA
CONFLICTOS.
PREVENIR, MEDIAR Y RESOLVER
1. Medidas para fomentar la cultura de la paz y prevenir la convivencia pacífica en el centro.
a. Desarrollo del Plan de igualdad. En tanto que pretende, concienciar al alumnado y a
sus familias de las ventajas de la coeducación como el mejor modo de prevenir las
situaciones de desigualdad y violencia que se dan en nuestra sociedad y eliminar
actitudes discriminatorias por razón de sexo, viene a reforzar uno de los objetivos de
este plan de convivencia.
b. Plan de Orientación y Acción Tutorial. Muchas de las actividades y puntos de interés de
este plan de convivencia se desarrollarán a través del P.O.A.T. Ambos comparten
objetivos comunes, como puedan ser fomentar el buen clima de clase, elaborando las
normas específicas de aula, dando a conocer las normas del centro, buscando
estrategias para la resolución de problemas de manera pacífica, etc. Por otra parte,
tanto el tutor como el orientador son figuras clave en el tema de la convivencia y por
supuesto en la acción tutorial.
c. Muchas actividades complementarias y extraescolares tienen entre sus objetivos el
fomento de la cultura de la paz y la mejora de la convivencia, en general.
d. Participación del centro en la Red Andaluza “Escuela: Espacio de Paz”, inscribiéndose
en la modalidad intercentros, para desarrollar junto con todos los demás centros
educativos de la localidad, el proyecto “LUCENA, CIUDAD EDUCADORA”. Formar parte
de esta red persigue la finalidad de compartir recursos, experiencias e iniciativas para
la mejora del plan de convivencia, pero además, participar junto con todos los demás
centros de la localidad (tal y como llevamos trabajando desde 2006) nos ayudará a
conseguir claramente uno de los objetivos definidos en este plan de convivencia:
“Favorecer la cooperación con entidades e instituciones del entorno que contribuyan a
la construcción de comunidades educadoras”.
e. Liga deportiva en los recreos: Organizada por el profesorado de E.F., para todo el
alumnado del centro, consiguiendo que participen en actividades lúdicas y
cooperativas, evitando que se produzcan enfrentamientos y conflictos entre iguales en
un momento muy propicio para ello. La actividad resulta especialmente eficaz en el
primer ciclo de la ESO.
f. Desarrollo del programa “mejorando nuestro ambiente”:
Se basa en un proyecto cuyos objetivos primordiales son que nuestros alumnos/as del
primer ciclo de secundaria mejoren el ambiente de su aula, tanto en convivencia como
en limpieza; es decir que nuestros alumnos/as adquieran hábitos de limpieza y respeto
al medio ambiente; que se hagan responsables de su comportamiento y del efecto que
tiene en el grupo; y por supuesto que acepten y comprendan las Normas de
Convivencia como parte imprescindible para vivir en Comunidad.
Para desarrollar este proyecto lo hemos basado en tres puntos clave:
- Alumnos responsables.
- Sistema de Puntuación.
- Taller de Educación Física.
La combinación de estos tres ejes le da al proyecto la posibilidad de conseguir los
objetivos de forma global e integradora. El desarrollo del Proyecto viene explicado en
ANEXO VI.
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PLAN DE CONVIVENCIA
g. Coordinación con nuestro colegio adscrito, C.E.I.P. “Nuestra Señora del Carmen”:
Con el propósito de mejorar el ingreso y la adaptación del nuevo alumnado, se llevan a
cabo las actividades de Transición Primaria-Secundaria, cuya planificación se recoge en
el ANEXO VII.
h. La agenda escolar, común para todos los escolares de Lucena desde 1º de primaria
hasta 4º de la ESO, será de uso obligatorio y es un instrumento muy útil para agilizar la
comunicación con las familias, avisando de los problemas de convivencia o de bajo
rendimiento escolar que se detecten, para planificar el trabajo escolar del alumno, y
para reflexionar sobre la cultura de la paz y la no violencia, gracias a los mensajes que
contiene.
i. Reuniones periódicas de juntas de delegados, organizadas por jefatura de estudios,
como forma de fomentar la participación del alumnado y encauzar sus inquietudes y
opiniones.
j. Medidas organizativas, tales como:
- La distribución equitativa entre todos los grupos de un mismo nivel del número de
alumnos repetidores y con necesidades educativas especiales.
- La organización de grupos flexibles siempre que dispongamos de horas suficientes
para asumir los desdobles que conllevan.
- La oferta de un taller, en las horas de libre disposición del primer ciclo de la ESO,
donde puedan realizarse juegos colaborativos y otro tipo de actividades que
ayuden a desarrollar habilidades sociales, y por tanto a mejorar la convivencia
entre los alumnos que presenten reiteradamente problemas de convivencia.
- La ubicación en distintos pasillos de los grupos de 2º o de 3º de la ESO, niveles
donde suelen producirse más situaciones conflictivas.
- Impedir, mediante el servicio de vigilancia de los pasillos, que los alumnos salgan
de sus aulas en los cambios de clase, momento en el que se suelen producir
muchos incidentes.
- Establecer un sistema de control y vigilancia de los aseos.
2. Contratos y Compromisos.
a. El compromiso educativo
Las familias tienen derecho a suscribir con el centro compromisos educativos para
procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos.
El compromiso educativo (ANEXO VIII) está indicado para el alumnado que presente
dificultades de aprendizaje y tiene por objeto estimular y apoyar su proceso educativo
y estrechar la colaboración de sus familias con el profesorado que lo atiende. El
profesor-tutor ofrecerá la posibilidad de suscribir un compromiso educativo a la familia
cuyo hijo o hija matriculado en la ESO, resulte con tres materias o más no superadas
tras la primera o la segunda evaluación.
Así mismo, si un alumno reitera la conducta, en una o más materias, de falta de
colaboración en la realización de las tareas escolares, no trae el material escolar
necesario, o la tarea encomendada para casa, el tutor concertará una entrevista con el
alumno y sus padres a la que podrá asistir el profesor implicado y se les ofrecerá la
posibilidad de suscribir un compromiso educativo.
También las familias pueden proponer la suscripción de un compromiso educativo.
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PLAN DE CONVIVENCIA
b. El compromiso de convivencia
Está indicado para el alumnado que presenta problemas de conducta o de aceptación
de las normas escolares y tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación
entre las familias y el profesorado, así como colaborar en la aplicación de las medidas
que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta
situación.
El profesor-tutor ofrecerá la posibilidad de suscribir un compromiso de convivencia
(ANEXO IX) a la familia cuyo hijo o hija, matriculado en la ESO, acumule 10 partes por
conductas contrarias a las normas de convivencia en un mismo trimestre, ó 2 por
conductas gravemente perjudiciales.
Una vez suscritos los compromisos educativos y de convivencia, el tutor dará traslado
de los mismos a la directora del centro, quien lo comunicará al Consejo Escolar de la
siguiente forma: en todas las sesiones del Consejo Escolar aparecerá un punto del
orden del día relativo a “informe de los compromisos educativos y de convivencia
suscritos”.
El seguimiento de los mismos, se hará en la Comisión de Convivencia del Consejo
Escolar, en sus reuniones trimestrales, y preparará un informe final, incluyendo la
valoración de la eficacia de los mismos, que presentará al pleno del Consejo Escolar,
incluida en la Memoria de Autoevaluación de final de curso.
c. El contraparte.
El contraparte es la opción negociada que se da al alumno o alumna de anular un parte
de incidencias y sus consecuencias ante una conducta contraria a las normas de
convivencia. Si a un alumno se le ha impuesto un parte de incidencias puede, en el
plazo de un día, pedir en Jefatura de Estudios un contraparte. Esto significa que al
finalizar cada clase, deberá solicitar al profesor o profesora que le firme en el casillero
correspondiente, en caso de haber mantenido una actitud correcta durante el
desarrollo de la misma. Si consigue rellenar de firmas todos los casilleros de una
semana, el parte de incidencias que se le puso quedará anulado (ANEXO X)
d. Compromiso de reparación de daños.
Cuando la conducta del alumno lo requiera, la jefatura de Estudios propondrá la
reparación del daño causado a las personas y/o al material. Para ello se ofrecerá al
alumno o alumna la firma del compromiso tras realizar un ejercicio de reflexión que
conlleve el reconocimiento de su responsabilidad y el deseo sincero de no volver a
cometer dicha conducta. (ANEXO XI).
3. El delegado de grupo y sus funciones en la mediación para la resolución pacífica de
conflictos.
El delegado y subdelegado de grupo serán elegidos según el procedimiento establecido en el
ROF, en el capítulo sobre los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad
educativa.
Esta figura es pieza clave en la organización democrática del centro, en tanto que es portavoz
del grupo al que representa, y puede desempeñar un papel muy importante en la convivencia
cuando ayuda a hacer cumplir las normas del centro y del aula, y en la resolución pacífica de
conflictos.
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PLAN DE CONVIVENCIA
Para alcanzar los fines anteriormente expuestos se concretan las siguientes funciones para el
delegado o, en su defecto, subdelegado del grupo:
a. Ser portavoz del grupo ante cualquier profesor, en las sesiones de evaluación, en la
junta de delegados o ante cualquier otra reunión para la que sea requerida su
asistencia, exponiendo sus problemas o reclamaciones.
b. Informar al grupo de cuantos asuntos puedan ser de su interés.
c. Custodiar una copia de las normas del aula particulares de su grupo y difundir las
normas de convivencia entre sus compañeros.
d. Acompañar a los compañeros al aula de convivencia si son expulsados de alguna clase,
si así se lo pide el profesor.
e. Ayudar al tutor en la resolución de los conflictos individuales o colectivos que pudieran
presentarse ya sea entre profesorado - alumnado o entre compañeros.
f. Colaborar con el tutor en el mantenimiento del orden y de la disciplina académica.
El tutor podría, si así lo considerase más conveniente desde el punto de vista educativo u
organizativo, repartir estas funciones o tareas entre varios alumnos del grupo.
4. El delegado o delegada de padres y madres.
4.1. Procedimiento para su elección.
Coincidiendo con la reunión de padres y madres del principio de cada curso escolar, el tutor o
tutora de cada uno de los grupos promoverá el nombramiento del delegado o delegada de
padres y madres. En la convocatoria de dicha reunión deberá hacerse constar, como puntos
del orden del día, la elección de delegado de padres o madres, así como la información de sus
funciones.
Se pedirá que al menos se presenten tres personas voluntarias, que podrán dar a conocer y
ofrecer su candidatura, y se elegirá entre ellas, por los allí presentes por sufragio directo y
secreto, resultando elegida la que obtenga mayor número de votos, es decir, por mayoría
simple. En este proceso, la segunda y tercera personas con mayor número de votos serán
designadas como subdelegadas 1ª y 2ª, que sustituirán a la persona delegada en caso de
ausencia de la misma y podrán colaborar con ella en el desarrollo de sus funciones.
Podrán votar los padres, las madres o ambos tutores legales.
Este nombramiento tendrá carácter anual para cada curso académico.
Una vez elegido al representante de los padres se levantará acta, la cual será entregada en
Jefatura de Estudios (ANEXO XII)
4.2. Funciones y su intervención en la mediación de conflictos.
La creación de la figura del delegado de padres y madres se enmarca dentro del derecho que
tienen las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos y en la organización
democrática del centro, en tanto que son representantes de los otros padres del grupo y
pueden ser nexo de unión entre las familias y el equipo educativo. Por otro lado, deben ayudar
al tutor en la mejora de la convivencia en el grupo, conociendo los conflictos que pudieran
presentarse, buscando las medidas más oportunas para su resolución y mediando entre las
partes en conflicto.
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PLAN DE CONVIVENCIA
Situándose en este marco sus funciones serían las siguientes:
a. Representar a los padres y madres del alumnado del grupo, recogiendo sus
inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de las mismas al tutor.
b. Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y
obligaciones.
c. Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el
grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.
d. Fomentar y facilitar la comunicación de los padres con el tutor del grupo y con el resto
del profesorado que imparte docencia al mismo.
e. Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la
asociación de madres y padres y los representantes de este sector en el Consejo
Escolar.
f. Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar
a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso
educativo de sus hijos.
g. Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de
convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.
h. Ser intermediario entre el tutor y los padres en los asuntos que puedan afectar al
grupo: falta de profesorado, resultados académicos generales, conflictos, etc.
i. Ayudar al tutor en el desarrollo del programa de gratuidad de libros de texto en los
términos en que se estipula en el ROF.
j. La mediación en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado o entre
este y cualquier miembro de la comunidad educativa.
Para cumplir esta función, que sería la más importante de todas, se procedería de la siguiente
manera:
Cuando se produjese algún incidente reseñable, bien por la gravedad del mismo, bien por
su reiteración, el tutor informará al delegado de padres, se valorará la situación y se
acordará la medida a tomar, que puede ser, si se considera oportuno, su intervención como
mediador entre las partes implicadas.
La mediación debe entenderse como unas estrategias que favorezcan el diálogo entre las
distintas partes en conflicto para conocer la raíz del problema, buscar el entendimiento y
arrancar unos compromisos que terminen con la conducta inadecuada.
En todo caso, la madre o padre delegado velará por el cumplimiento de las medidas
correctoras que se adopten.
Para llevar a cabo la coordinación con la persona responsable de la tutoría se muestra
imprescindible mantener una comunicación asidua y rápida, por lo que se establecerá el
modo más adecuado que ambas partes estipulen a principios de curso, de mutuo acuerdo.
Para las entrevistas personales se utilizará la hora semanal destinada a la atención de
padres.
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CAPÍTULO V. EL AULA DE CONVIVENCIA
1. El aula de convivencia como recurso educativo y de mejora de la convivencia escolar.
Tal y como establece el Decreto 327/2010 en su art. 25, se creará en el centro un “aula de
convivencia” para atender individualmente al alumnado al que se le haya impuesto alguna
corrección o medida disciplinaria que le impida continuar con el normal desarrollo de su
actividad lectiva.
Disponer de un espacio para vigilar a los alumnos que hayan sido expulsados del aula, es en sí
misma una decisión organizativa que favorece la imposición de una medida correctora, y el
normal desarrollo de las clases, por tanto ya estamos contribuyendo a la mejora de la
convivencia del centro. Pero además, debe convertirse en un recurso educativo y recuperador
para el alumno que allí sea derivado.
Por eso, su funcionamiento y organización
pedagógicos:
a.
deben guiarse por los siguientes criterios
Favorecer el proceso de reflexión por parte de cada alumno que sea atendido en las mismas
acerca de las circunstancias que han motivado su presencia en ellas, para lograr un compromiso
de cambio.
b. Facilitar el desarrollo de habilidades sociales y hábitos de convivencia socialmente
aceptables.
c. Convertirla en lugar de trabajo y recuperación de la actividad académica, favoreciendo
la concentración e interés por el estudio.
En este sentido, es importante la contribución del departamento de orientación, pues ayudará
al alumnado y al profesorado encargado de atender el aula con las siguientes actuaciones:
a. Elaboración de fichas de reflexión.
b. Entrega al profesorado que atienda el aula de unas pautas básicas para tranquilizar al
alumno, si fuera necesario, y conducirlo hacia la reflexión.
c. Elaboración de un material para el desarrollo de habilidades sociales y emocionales del
alumnado que haya sido derivado al aula de convivencia.
d. Mantener entrevistas individualizadas con el alumnado y con las familias del mismo
que el profesorado estime necesario.
2. Profesorado responsable.
El aula será atendida por los profesores tutores de la ESO y por la orientadora del centro,
hasta cubrir las treinta horas lectivas de la semana. Se adopta este criterio basándonos en que
es el alumnado de la Secundaria Obligatoria quien acude a ella con más frecuencia, y por
tanto el tutor puede hacer un seguimiento más directo de sus propios alumnos.
Por otro lado, aunque a la buena marcha de la convivencia en el centro, todos debemos
contribuir, es en el departamento de orientación y en las tutorías sobre quienes recae mayor
responsabilidad en la mejora de la convivencia y el seguimiento de los alumnos a los que se les
haya impuesto alguna corrección.
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Cuando falte el profesor encargado de su vigilancia en esa hora, debe ser sustituido por
algunos de los profesores del servicio de guardia.
3. Criterios para determinar qué alumnado será atendido en el aula.
En el Aula habrá alumnos que hayan sido expulsados circunstancialmente de una clase por
interrumpir el normal desarrollo de la misma o por retraso reiterado.
Estarán también aquellos a los que se les haya impuesto, por parte de jefatura de estudios o
dirección, la corrección o medida disciplinaria de no asistir a determinadas clases o a una
actividad complementaria mientras que la están realizando el resto de los compañeros del
grupo.
Cuando la corrección sea la de suspender el derecho de asistencia al centro por uno o más
días, se cumplirá la corrección en el aula de convivencia si el motivo que lo ha llevado a ello
son actitudes relacionadas con la falta de interés por el estudio, es decir, las normas contrarias
a la convivencia recogidas en los apartados a), b), c), d), e), p), r). Cuando sea por otros
motivos, se estudiará en función de las circunstancias personales del alumno y en las que se ha
producido la conducta inadecuada.
No se atenderá a los alumnos que no lleven el correspondiente parte de incidencias
cumplimentado por un profesor o cuya derivación no haya sido comunicada por jefatura de
estudios.
4. Procedimientos para derivar y atender al alumnado en el aula de convivencia.
a. Cuando a un alumno sea necesario aplicarle la sanción de privación del derecho de
asistencia a clase y por consiguiente, sea expulsado del aula, el profesor deberá
cumplimentar, describiendo lo sucedido de la forma más clara posible, el
correspondiente “Parte de incidencias” (ANEXO III) que está compuesto por tres
páginas “autocopiativas”.
b. Al alumno se le debe encomendar siempre una tarea para realizar en el aula y por
tanto debe llevar material escolar a la misma.
c. En la sesión siguiente que se tenga con el alumno se le pedirá y corregirá la tarea que
se le ha mandado. Si esto no se hace perderá eficacia la realización de tareas y por
tanto el sentido del aula de convivencia.
d. El alumno sancionado se dirigirá al Aula de Convivencia a la que irá acompañado del
delegado o subdelegado del grupo.
e. Entregará al profesor que allí se encuentre la copia correspondiente a “Jefatura de
Estudios” y llevará a casa la de los padres para que estos la firmen, y la entregará al día
siguiente a su tutor.
f.
Asimismo, éste recibirá copia del parte de incidencias, pues el profesor sancionador se
lo hará llegar, y comunicará a la familia el correctivo aplicado, en el caso de que el
alumno no le devuelva firmada la comunicación mencionada en el punto anterior.
g. Existirá un registro para anotar a todos los alumnos que entren en el aula (ANEXO XIII)
clasificado por meses, grupos y niveles. Estos registros se custodiarán finalmente en
jefatura de estudios y una copia se le dará al tutor de cada uno de los grupos, lo cual le
proporcionará un resumen de las incidencias que han ocurrido a sus alumnos.
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h. Si un alumno no asistiera al aula de convivencia, podrá ser suspendido del derecho de
asistencia al centro, pues se entenderá que la falta es grave por ser considerada
incumplimiento de la corrección impuesta.
i.
Los alumnos deben realizar la tarea que el profesor les ha indicado y/o cumplimentar
la ficha de auto- reflexión de su conducta con el correspondiente compromiso de
mejora, (ANEXO XIV) que servirá además de trámite de audiencia al alumno.
j.
Cuando un alumno incumple sus compromisos y vuelve a ser enviado al aula de
convivencia, a instancias del tutor, se podrá derivar a: Orientación, Jefatura de
estudios o dirección, para mantener una entrevista y si se considerara necesario, citar
posteriormente a la familia.
k. Si es Jefatura de Estudios quien decide que la corrección de “suspensión del derecho
de asistencia a determinadas clases” o “suspensión del derecho de asistencia al centro
durante varios días” se va a realizar en el aula de convivencia, comunicará a los
profesores vigilantes del aula, a través del tablón de anuncios dispuesto allí para ello, o
en la hoja de registro (ANEXO XII), los días y horas en que dicho alumno estará allí,
para que sea controlada su asistencia.
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CAPÍTULO VI. LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA
1. Composición.
La comisión de convivencia emana del Consejo Escolar y se eligen sus miembros entre los
representantes de cada uno de los sectores de la comunidad educativa.
En nuestro centro está constituida por: el director o la directora, que ejercerá la presidencia,
los dos jefes de estudios, de régimen diurno y de adultos, dos profesores, dos padres, uno de
los cuales es el designado por la Asociación de Madres y Padres del alumnado del centro como
representante de este sector en el Consejo Escolar, y dos alumnos.
2. Funciones y plan de actuaciones.
Las funciones, de acuerdo con el Decreto 327/2010, serán las siguientes:
a. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar
la convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de la paz y la
resolución pacífica de conflictos.
b. Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los
miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia
del centro.
c. Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo planes
de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas.
d. Proponer al Consejo Escolar las medidas que consideren oportunas para mejorar la
convivencia en el centro.
e. Mediar en los conflictos planteados.
f. Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias
en los términos que hayan sido impuestas.
g. Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las
actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
h. Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el instituto.
3. Plan de reuniones.
De forma ordinaria, la comisión de convivencia se reunirá una vez al trimestre, para cumplir las
funciones f), g) y h).
Con carácter extraordinario, si la gravedad del asunto lo requiriese, o fuese necesaria su
mediación en la resolución de conflictos, la comisión se reunirá cuantas veces como se
considere oportuno.
Para cumplir las funciones a), b) y c), y proponer cuantas valoraciones y propuestas de mejora
considere oportuno incluir en la Memoria de autoevaluación de final de curso, se reunirá en el
mes de mayo.
Al pleno del Consejo Escolar dará cuenta de las actuaciones realizadas y de las correcciones y
medidas disciplinarias impuestas trimestralmente.
A las reuniones de la Comisión podrían ser invitados por la presidencia: la orientadora del
centro, la coordinadora del Plan de Igualdad, la persona responsable de la coordinación del
plan de convivencia, es decir, un jefe de estudios adjunto, y el educador social de la zona
educativa, con objeto de informar, en el ámbito de sus respectivas competencias.
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PLAN DE CONVIVENCIA
CAPÍTULO VII. Estrategias para realizar la difusión, el seguimiento y la
evaluación del Plan de convivencia
1. Difusión
Una vez aprobado el Plan de Convivencia por el Consejo Escolar del Centro, se le dará difusión
de la siguiente manera: colgándolo en la página WEB del Centro, proporcionando un ejemplar
a cada uno de los delegados y delegadas de alumnos, a los tutores y tutoras de los grupos, a
los miembros del Consejo Escolar y a los miembros de la directiva de la asociación de madres y
padres del instituto.
Por otra parte, los tutores de los grupos dedicarán algunas sesiones a presentarlo ante los
alumnos y reflexionar sobre el mismo.
2. Seguimiento y evaluación
El seguimiento y la evaluación del Plan, así como su eficacia contabilizando el número y la
calidad de incidencias registradas, se realizarán, trimestralmente, a través de las valoraciones
que se hagan dentro de la Comisión de Convivencia. Finalmente, en la Memoria de
Autoevaluación aparecerán indicadores relacionados con este asunto.
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PLAN DE CONVIVENCIA
ANEXOS
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
XIV.
Gráfica del estudio realizado por el departamento de orientación (cap. I.1)
Justificante de faltas de asistencia (cap. III. 3.3)
Parte de incidencias (cap. III. 5)
Trámite de audiencia (cap. III. 5)
Reclamación contra la medida disciplinaria impuesta (cap. III. 5.)
Proyecto “Mejorando nuestro ambiente” (cap. IV. 1. e) )
Programa de tránsito de Primaria a Secundaria. (cap. IV. 1.)
Compromiso educativo (cap. IV.2.)
Compromiso de convivencia (cap. IV. 2.)
Contraparte (cap. IV. 2.)
Compromiso de reparación de daños (cap. IV.2.)
Modelo de acta de elección de delegado de padres y madres (cap. IV.4.)
Registro de alumnos atendidos en el aula de convivencia (cap.V. 4.)
Ficha de auto-reflexión (cap.V. 4.)
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