resolucion general 2024

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 68
VIENE DE TAPA
previstos en la Ley 9361 y Decreto 2500/2010 aplicables en la
materia.
Que a requerimiento de la entonces Secretaría General de la
Gobernación, el Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales
en todas las jurisdicciones, quienes durante los días 24 y 25 de
Junio de 2011 certificaron el proceso de ensobrado y custodia
de los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron,
y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se
realizaron las Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó
el proceso con la recepción de las Entrevistas Personales, la
corrección de dichas pruebas y la evaluación de los antecedentes
de los concursantes inscriptos y acreditados en aquellas,
culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden de
Mérito Provisorio, que fue publicado en las respectivas sectoriales
de personal.
Que durante los días 18 al 25 de Julio de 2011 transcurrió el
período para vista de antecedentes y presentación de
observaciones.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral
de Concurso y Promoción, receptaron, consideraron y
respondieron, cuando las hubo, las presentaciones,
requerimientos de información y reclamos efectuados por los
concursantes, en los términos del art. 78 de la Ley 5350 (T.O por
Ley 6658), tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo,
que fue publicado en las respectivas sectoriales de personal.
Que corresponde en la instancia la modificación del referido
Orden de Mérito atento que: en relación a la concursante Dall’
Amore, el Tribunal atribuyó 6 puntos a la agente por la evaluación
y desempeño de un cargo similar en base a la certificación
suscripta por el Director del Teatro del Libertador y otra persona
cuyo cargo no se especifica, de que la señora Dall’ Amore se
desempeñó como Jefe de Sección Boletería desde el 20/11/09
hasta el 19/03/10; pero de la constancia de servicios obrante en
autos, no se desprende que la agente haya revistado en cargo
de conducción alguno por el período indicado, sino que lo hizo
en el cargo Administrativo A-4.
Que el “ejercicio de hecho” del cargo no importa funciones de
conducción, en los términos exigidos por el Punto III b) del Anexo
I del Decreto N° 2500/10, debiendo por ende descontarse 6
puntos en dicho ítem, correspondiendo por tal motivo otorgarle
un puntaje total de 64,25 puntos.
Que en relación a la concursante Herrera, el Tribunal otorgó
puntaje en el ítem Cursos de Capacitación, al curso denominado
“I° Simposio Internacional de Políticas Públicas Culturales de
Iberoamérica”, el cual no debió ser valorado, atento que no se
verifica en el correspondiente certificado la carga horaria del
mismo; por lo tanto se descuentan 0,50 puntos, por lo que el
puntaje final correspondiente a la señora Herrera es de 64,50
puntos.
Que por su parte la concursante Montoya fue valorada por el
Tribunal en el punto Evaluación y Desempeño en el cargo que
se concursa, por su supuesto desempeño en el cargo concursado
por distintos períodos a partir del 01/07/2000, pero la constancia
de servicios no acredita que la agente haya ostentado ningún
cargo de conducción, más aún se verifica que su relación laboral
con la Administración se inició el 01/03/2002; en virtud de ello, y
lo consignado supra acerca de la improcedencia de considerar
cargos cuyo ejercicio se habría producido “de hecho”,
corresponde descontar los 10 puntos otorgados a la señora
Montoya en el mencionado ítem, quedando su puntaje final en
60,25 puntos.
Que en consecuencia, el primer lugar en dicho Orden de Mérito,
habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley
para acceder al cargo vacante Jefatura de Sección Boletería
dependiente de la Dirección de Jurisdicción del Teatro Real en la
orbita de la Agencia Córdoba Cultura, corresponde a la señora
Patricia del Valle Herrera (M.I. N° 13.964.067).
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el Decreto
CÓRDOBA, 14 de abril de 2015
N° 2565/2011 ratificado por Ley N° 10.029 y sus modificatorias,
lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N° 198/2015, y en
ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente
Decreto a la señora Patricia del Valle Herrera (M.I. N°
13.964.067) en el cargo vacante Jefatura de Sección Boletería
dependiente de la Dirección de Jurisdicción del Teatro Real en la
órbita de la Agencia Córdoba Cultura S.E., por haber obtenido el
primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso
de títulos, antecedentes y oposición, convocado por el Decreto
N° 2500/2010 en los términos del artículo 14°, punto II) A de la
Ley 9361, cargo que, de corresponder, deberá ser adecuado y/
o reconvertido de acuerdo a la nueva estructura orgánica del
Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto N° 2565/2011, ratificado
por Ley N° 10.029 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Gestión Pública y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese,
dese a la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Gestión
Pública, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
DR. JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
DIRECCIÓN GENERAL DE
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
RENTAS
VIALIDAD
Resolución General N° 2024
Resolución N° 194
Córdoba, 13 de Abril de 2015
Córdoba, 10 de Abril de 2015
VISTO: El diseño del Formulario F-991 REV. 00 “IMPUESTO AUTOMOTOR- DATOS VALUATIVOS” Ó “IMPUESTO INMOBILIARIO
-DATOS VALUATIVOS” según corresponda,
Y CONSIDERANDO:
QUE en muchas situaciones los Contribuyentes necesitan contar con la información de los datos básicos valuativos y base imponible,
relacionados al Impuesto Inmobiliario y/o a la Propiedad Automotor.
QUE en consecuencia se estima conveniente que el Contribuyente y/o Responsable, ingresando con clave al portal Web del Gobierno
de la Provincia de Córdoba, -www.cba.gov.ar-, link de la Dirección General de Rentas, en la opción “Mis Objetos” pueda emitir el
reporte mencionado con las bases imponibles de los últimos cinco (5) periodos fiscales o periodo inferior a éste si el alta del objeto que
se consulta fuese menor a cinco años.
QUE por todo lo citado resulta necesario aprobar el diseño del Formulario F-991 REV. 00 “IMPUESTO AUTOMOTOR- DATOS
VALUATIVOS” ó “IMPUESTO INMOBILIARIO DATOS VALUATIVOS”.
QUE el referido formulario concuerda con los requerimientos efectuados por el Sector Operativo respectivo.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 17 y 19 del Código Tributario, Ley Nº 6006 - T.O. 2012 y modificatorias,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR el diseño del Formulario F-991 REV. 00 “IMPUESTO AUTOMOTOR- DATOS VALUATIVOS” ó “IMPUESTO
INMOBILIARIO DATOS VALUATIVOS” según corresponda, que se adjuntan a la presente, y que reflejarán los datos básicos valuativos
y bases imponibles, relacionados al Impuesto Inmobiliario y a la Propiedad Automotor de los últimos periodos fiscales.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución tiene vigencia a partir del 14 de Abril de 2015.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ANEXO
http://goo.gl/vhRFy0
EXPEDIENTE N° 0045-017395/15.VISTO: Las presentes actuaciones referidas a la ejecución de
los trabajos “Horas Máquinas para Trabajos de Emergencia en
Caminos Vecinales y Calles Urbanas de la Municipalidad de
Marull”.
Y CONSIDERANDO:
Que el Área Obras, Conservación y Servicios Generales, ha
realizado el estudio y proyecto de la obra, así como también
ha confeccionado los Pliegos y el Presupuesto respectivo, el
que asciende a la suma de $ 150.000,00, aconsejando dicha
Unidad Técnica tanto la aprobación de la documental antes
mencionada como la adjudicación directa de los trabajos de
la referencia a la Municipalidad de Marull.
Que conforme surge de la Memoria Descriptiva obrante en
autos, el presente proyecto tiene como finalidad proceder a
realizar trabajos de emergencia para restablecer las
condiciones mínimas exigidas de seguridad y tránsito en
caminos vecinales y calles urbanas del Municipio, como
consecuencia de las intensas precipitaciones acaecidas en
los meses de enero y febrero próximos pasados.
Que consta en autos la conformidad de la Municipalidad de
Marull para realizar los trabajos en cuestión por la suma de
$ 150.000,00.
Que el Departamento I Administración y Personal ha emitido
el Documento de Contabilidad mediante Nota de Pedido N°
2015/000784.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N°
188/15 obrante en autos, señala que de conformidad a lo
CÓRDOBA, 14 de abril de 2015
manifestado por el Departamento Técnico y la documentación
que se acompaña, no tiene objeción jurídico formal que
formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad, en
atención a las facultades conferidas por la Ley N° 8555, se
encuentra habilitada a prestar aprobación al presente
proyecto, y adjudicar los trabajos de marras a la
Municipalidad de Marull en los términos referidos por la
Secretaría Técnica del Área Obras, Conservación y Servicios
Generales en su informe de fs. 24 por la suma de
$150.000,00, en virtud de las disposiciones contenidas en el
Art. 7 inc. a) y e) de la Ley N° 8614.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado
por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades
conferidas por la Ley Provincial N° 8555 y las previsiones
de la Ley N° 8614;
EL DIRECTORIO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Proyecto y demás
documentación Técnica que se acompaña en autos,
correspondiente a los trabajos de “Horas Máquinas para
Trabajos de Emergencia en Caminos Vecinales y Calles
Urbanas de la Municipalidad de Marull” y su Presupuesto
Oficial que asciende a la suma de Pesos CIENTO
CINCUENTA MIL ($ 150.000,00).
ARTÍCULO 2°.- Adjudicar directamente a la
Municipalidad de Marull la ejecución de los trabajos
correspondientes a la obra “Horas Máquinas para Trabajos
de Emergencia en Caminos Vecinales y Calles Urbanas de
la Municipalidad de Marull” por la suma de Pesos CIENTO
CINCUENTA MIL ($150.000,00).
ARTÍCULO 3°.- Imputar la suma de Pesos CIENTO
CINCUENTA MIL ($ 150.000,00), conforme lo indica el
Departamento I Administración y Personal de esta Dirección,
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido N° 2015/
000784), de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción: 1.50
Programa: 504 – 006
Partida: 12.06.00.00
Centro de Costo 045602 del P.V........$ 150.000,00
ARTÍCULO 4°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de
Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
DR. EZEQUIEL VIGLIANCO
VOCAL DIRECTORIO
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - T OMO DCIV - Nº 68
Primera Sección
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DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECTURA
Resolución N° 888
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
Expediente 0047- 002287/2013 REFERENTE Nº 1.VISTO este Referente en el que a fs. 2 mediante Nota de fecha 27
de Agosto de 2014, la Empresa HIRAM S.A., Contratista de la
Obra: “REPARACIONES GENERALES en los edificios de los
siguientes establecimientos: ESCUELA PRIMERA JUNTA, ubicada
en calle Pública s/N° - LA ENCRUCIJADA y ESCUELA FRANCISCO FAGGIOLI, ubicada en calle Pública s/N° - SAN PEDRO,
ambas del Departamento Río Seco – Provincia de Córdoba”, solicita
sustituir el Fondo de Reparo de la referida obra, para lo cual
adjunta Póliza Nro. 163461 (fs. 4/5), expedida por ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., por la suma de $
61.203,oo.;
Y CONSIDERANDO: Que a fs. 8 División Certificaciones, produce informe manifestando que correspondería el dictado de la
Resolución que autorice la sustitución aludida, hasta el monto indicado
en la Póliza antes mencionada;
Que a fs. 9 se expide División Jurídica mediante Dictamen N* 806/
2014 expresando que, atento las constancias de autos, lo establecido
en los arts. 22 y 59 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y el
art.107 del PGC (Decreto Nº 4758/77), puede el Señor Director
dictar Resolución autorizando la sustitución de que se trata para
aquellos certificados que a la fecha del presente dispositivo legal se
hubieran emitido y para los que se emitan en el futuro de la
obra tramitada por Expediente N° 0047-002287/2013,
hasta el monto propuesto y facultando a División
Certificaciones a emitir los Certificados correspondientes,
debiendo reservarse los originales de la póliza e incorporando al
presente fotocopia autenticada de la misma;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO1º.- AUTORIZAR a la Empresa HIRAM S.A., a sustituir
el Fondo de Reparo retenido de la obra: “REPARACIONES GENERALES en los edificios de los siguientes establecimientos:
ESCUELA PRIMERA JUNTA, ubicada en calle Pública s/N° - LA
ENCRUCIJADA y ESCUELA FRANCISCO FAGGIOLI, ubicada
en calle Pública s/N° - SAN PEDRO, ambas del Departamento Río
Seco – Provincia de Córdoba”, por Póliza de Seguro de Caución
en Garantía de sustitución de Fondo de Reparo Nro. 163461 (fs. 4/
5), expedida por ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE
SEGUROS S.A., hasta la suma de PESOS SESENTA Y UN MIL
DOSCIENTOS TRES ($ 61.203,oo.-), hasta cubrir dicho monto y
consecuentemente FACULTAR a División Certificaciones para
proceder conforme lo dispuesto por el Ar.107 del Decreto N°
4758/77debiéndose reservar en el Área que corresponda, el original
de la Póliza aludida.ARTICULO 2º.- PROTOCOLICESE, tome razón el H. Tribunal
de Cuentas, notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial, dése copia
a División Certificaciones y previa intervención de Dirección de
Administración del Ministerio de Infraestructura, PASE al Área
Inspecciones y Certificaciones a sus efectos.ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA