BASES DEL SORTEO

BASES DEL SORTEO:
VIAJE A VIENA PARA DOS PERSONAS CON TARJETA EROSKI RED VISA
BASE 1ª - ÁMBITO
SANTANDER CONSUMER FINANCE S.A. y EROSKI S.COOP., para todas sus
tarjetas emitidas pertenecientes a EROSKI red Visa, organizan un sorteo para
promocionar el uso de las mismas. El ámbito es nacional y va dirigido a los
titulares de la tarjeta.
El sorteo consistirá en un viaje a Viena para 2 personas los días 8, 9 y 10 de
mayo 2015 e incluye:
 Vuelos Madrid- Viena (ida y vuelta, desde Madrid), para 2 personas con



traslados desde el aeropuerto al hotel y viceversa.
Estancia de 2 noches en habitación doble en un hotel de Viena
Entradas (1 noche / concierto ).
Seguro de viaje.
El vuelo saldrá desde el aeropuerto de Madrid (el traslado desde el domicilio del
titular al aeropuerto correrá por cuenta del mismo).
El paquete no incluye comidas, servicio de habitaciones y teléfono en el hotel
El viaje se disfrutará los días 8,9 y 10 de mayo de 2015.
El Notario elegirá mediante sorteo del fichero en el que figuren todos aquellos
titulares de tarjeta que cumplan con los requisitos descritos en la Base 4ª, a 1
participante agraciado que se le adjudicará el premio anteriormente mencionado, y
a 5 suplentes, que sustituirán al ganador por orden de extracción para el caso de
renuncia o imposible localización del ganador.
En el caso de que el agraciado no pudiera disfrutar del premio, éste no podrá
cederse, pasando el mismo al primer suplente y así sucesivamente. En el caso de
agotarse los suplentes y no aceptarse el premio o no sea posible la localización
de alguno de ellos, este quedará desierto.
El premio objeto de este sorteo no podrán ser objeto de cambio, alteración ó
compensación económica.
En el caso de que la persona agraciada hubiera fallecido con anterioridad a la
recepción del premio, éste corresponderá al suplente elegido al efecto.
El sorteo se realizará informáticamente mediante un programa aleatorio.
BASE 2ª - DURACIÓN
La promoción abarcará las operaciones efectuadas entre el 1 al 31 de marzo de
2015 (ambos inclusive) realizadas con la tarjeta EROSKI red Visa durante el
periodo de la promoción, que hayan sido procesadas en SISTEMAS 4B, S.A.,
hasta el 3 de abril de 2015.
BASE 3ª - COMUNICACIÓN CAMPAÑA
La campaña se comunicará a los titulares de las tarjetas en el extracto liquidación
26 de febrero 2015, y en los distintos medios que dispone EROSKI
BASE 4ª - REQUISITOS A CUMPLIR PARA PARTICIPAR EN EL SORTEO
Adquiere el derecho a participar en el sorteo, el titular de la cuenta de tarjeta
EROSKI red Visa al hacer uso de la misma (el mismo titular o cualquiera de las
tarjetas adicionales autorizadas que dependen de dicha cuenta).
Se asignará una participación, si la suma de las compras realizadas con la tarjeta
EROSKI red Visa, entre el periodo del 1 al 31 de marzo de 2015 superan los 200€.
El titular de la cuenta de tarjeta será el beneficiario del regalo en el caso de salir
agraciado con el premio, aunque su participación haya venido por el uso de una
tarjeta adicional (a nombre de otra persona) autorizada.
No tendrán derecho a premio:

Los titulares de cuenta que se encuentren en situación de morosidad o
cualquier otra situación de irregularidad en el momento de realizarse la
adjudicación del premio.

El titular que realice, a juicio de SANTANDER CONSUMER FINANCE, una
actuación fraudulenta en la presente promoción.
La participación en el sorteo tiene carácter gratuito.
BASE 5ª - ESTRUCTURA PARA REALIZAR EL SORTEO
Una vez finalizado el periodo de promoción, se realizará el sorteo el día 8 de abril
de 2015 ante Notario del Ilustre Colegio de Madrid. Si por cualquier causa, no
fuese posible realizar el sorteo en la fecha mencionada, éste se llevará a cabo el
siguiente día hábil.
Para que el Notario pueda realizar el sorteo, SANTANDER CONSUMER FINANCE
S.A. le entregará un fichero en el que aparecerán todas las cuentas de tarjeta que
hayan efectuado compras con la tarjeta EROSKI red Visa y cumplan con los
requisitos y periodo de la promoción mencionada.
BASE 6ª - OPERATIVA
Una vez comunicado por el Notario el nombre del ganador, SANTANDER
CONSUMER FINANCE S.A. se pondrá en contacto con él para comunicar el
premio y coordinar la documentación del viaje. En el caso de no poder contactar en
el plazo de dos días con el agraciado se pasará el premio al primer suplente, y así
sucesivamente.
BASE 7ª - PUBLICIDAD DE LOS PREMIOS
Una vez aceptado por el cliente el premio, se le enviará una carta de aceptación
del mismo, que tendrá que devolver firmada a Santander Consumer Finance S.A.
Santander Consumer Finance y Eroski podrán dar publicidad del resultado del
sorteo no siendo obligatorio. En el caso de que el cliente no desee que se diera a
conocer que ha sido agraciado con el premio, renunciará al mismo.
BASE 8ª - ACEPTACIÓN DE LAS BASES
El hecho de participar en la presente promoción supone aceptar íntegramente el
presente Reglamento regulador de sorteos.
BASE 9ª - FISCALIDAD
A los premios de la presente promoción, les será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 3/2004, por el que se aprueba el Texto del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas; el Real Decreto nº 1775/2004, por el que se aprueba su
Reglamento; Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba
el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real
Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso,
corresponderá a la entidad mercantil SANTANDER CONSUMER FINANCE la
realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
BASE 10ª - DEPÓSITO BASES
Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas
ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. José Usera Cano, con despacho
en la calle Buen Suceso, 6, 1º, 28008 Madrid, y publicadas en el Archivo
Electrónico de Bases de Concursos (ÁBACO) servicio de interés general
ofrecido por el Consejo General del Notariado y publicado en www.notariado.org
y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas.
BASE 11ª – PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de la normativa referente a protección de datos de carácter
personal, SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A. informa de que los datos
personales de los participantes a los que tenga acceso como consecuencia de la
celebración del sorteo, serán tratados de conformidad con lo dispuesto en la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y demás normas de aplicación sobre la materia.