descargar - Escuela Colombiana de Ingeniería

Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 1 de 9
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales en Pregrado
Por el cual se dictan las normas relacionadas con las prácticas profesionales en los
programas académicos de pregrado.
Consideraciones
La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito formaliza las prácticas
profesionales considerando que:
1. La Declaración de Principios suscrita por los fundadores consagra la tarea de
contribuir “a la formación de ingenieros cuyas características distintivas sean la
alta preparación técnica y el espíritu de solidaridad social” y para cumplirlo la
orientación de la Escuela “tenderá hacia la formación integral” y tanto ésta como
las demás tareas que adelante la institución “estarán referidas a un marco
conceptual centrado en el estudio y conocimiento de la realidad colombiana,
para que los ingenieros en ella formados estén en condiciones de formular
soluciones de carácter autóctono a los problemas nacionales”1.
2. La Escuela asume la misión de “contribuir al desarrollo de la persona, del
conocimiento y de la sociedad, mediante la formación integral y la construcción
y desarrollo de conocimiento, con pertinencia y anticipación, en el contexto de
la realidad colombiana”.
3. La visión de la Escuela plantea que se les dará a los estudiantes una formación
científica y tecnológica “complementada con una adecuada preparación
humanística y un sólido conocimiento del entorno, lo cual les permitirá un mejor
desempeño en los ámbitos nacional e internacional”.
4. Los valores y principios institucionales destacan “la necesidad de formar
profesionales con una visión más amplia, conscientes de las interacciones que
ligan unos problemas con otros y capaces de proponer soluciones novedosas a
los mismos”.
5. Entre los objetivos del Proyecto Educativo Institucional (PEI) figuran los de
“diversificar e integrar las áreas del conocimiento para proporcionarle al
estudiante una formación universal y pertinente que incorpore constantemente
nuevas temáticas, sin desconocer la tradición científico-cultural” y “participar en
la construcción y transformación de la sociedad mediante la interacción con los
sectores productivo, gubernamental y comunitario”.
1
La Declaración de Principios se contextualiza de acuerdo con la evolución de la institución, sujeta a los cambios
que ha habido en la legislación y en las tendencias mundiales de la educación superior. En consecuencia, los
principios referidos a la formación de ingenieros se hacen extensivos a las demás profesiones.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 2 de 9
6. En el contexto colombiano, el Consejo Nacional de Acreditación (CNA), en las
pautas que establece para la acreditación de alta calidad de instituciones de
educación superior sugiere que las prácticas de los estudiantes “sean espacios
de aprendizaje significativo” y “no sólo un momento más de su entrenamiento
para el ejercicio profesional” pues “si se conducen académicamente se
convierten en una escuela insustituible que tiene efectos muy importantes para
su vida como profesionales y como ciudadanos”. Además, el CNA plantea que
las prácticas “así como las investigaciones y los estudios que responden a
necesidades sociales concretas, son espacios de los cuales la institución misma
aprende. La asimilación académica de las tareas de proyección social puede
producir cambios cualitativos valiosos y se legitima socialmente en las
instituciones de educación superior”.
Objetivos
La práctica profesional en la Escuela tiene los siguientes objetivos:





Situarse en una problemática real que constituya una aproximación al ejercicio
profesional, de tal forma que se involucren todos los aspectos del aprendizaje:
procedimientos, técnicas, valores, actitudes y relaciones interpersonales.
Utilizar, desarrollar, apropiar, adaptar y complementar los conocimientos y
competencias adquiridos mediante una experiencia dinámica en una
organización empresarial.
Contribuir a la formación integral del estudiante en pro de su desempeño
profesional, ciudadano y personal.
Retroalimentar el currículo con la información que se obtenga de las empresas
y con los resultados que obtengan los estudiantes en sus prácticas.
Afianzar los lazos entre la Escuela y el sector productivo para que el diálogo
permanente enriquezca el proceso de formación de los estudiantes, y concretar
alianzas para el desarrollo y construcción del conocimiento en el contexto de la
realidad colombiana.
Título Primero
Conceptos generales
Artículo 1. Concepto de práctica profesional. La práctica profesional es la
experiencia organizada y supervisada que tiene un estudiante de un programa de
pregrado de la Escuela en una empresa o entidad, donde aplica tanto los
conocimientos adquiridos a lo largo de su formación académica como sus
competencias. Para acceder a este programa el estudiante debe haber aprobado
como mínimo un 70% de los créditos académicos del plan de estudios y contar con
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 3 de 9
la aprobación de la Decanatura respectiva, atendiendo los objetivos de formación.
Tendrá validez académica una sola vez en el plan de estudios correspondiente.
Artículo 2. Modalidades de práctica profesional. El estudiante podrá realizar
su práctica profesional en una de las siguientes modalidades:




Práctica
Práctica
Práctica
Práctica
empresarial
social
docente
Investigativa
Artículo 3. Práctica empresarial. Es la práctica que se realiza en la Escuela o en
una empresa o entidad, en la cual el estudiante ejerce funciones que exigen la
aplicación de los conocimientos y competencias directamente relacionados con su
formación profesional.
Artículo 4. Práctica social. Es la “práctica universitaria estudiantil con pretensión
de carácter social que debe tener como punto de partida un proyecto, de naturaleza
económica, empresarial, administrativa, política, jurídica, artística, cultural, social,
entre otros y que tenga relación con el área de formación del estudiante; además
debe constituirse en una propuesta de comprensión, intervención o transformación
de la realidad. El proyecto debe estar concebido de tal manera que evite caer en el
activismo, el asistencialismo y el cortoplacismo. El programa de práctica social de la
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito, considera algunas condiciones:
acción significativa, sostenibilidad, capacidad y motivación”, tal como se define en
los valores y principios institucionales del Programa de Servicio Social de la Escuela.
Artículo 5. Práctica docente. Es aquella que se realiza en la Escuela, o en alguna
Entidad de Educación Superior con la que se tenga convenio, en la cual el estudiante
se hace responsable de un curso durante un periodo académico regular, aplicando
sus conocimientos y competencias profesionales bajo la orientación de un profesor
tutor de práctica, a quien el estudiante debe presentar un trabajo final en el que
describa la labor realizada.
Artículo 6. Práctica Investigativa. Consiste en la participación del estudiante en
una investigación aplicada en temas de su área de formación, relacionados
preferiblemente con asuntos de interés tanto para el programa como para la
empresa o entidad que lo haya seleccionado para tal fin.
Artículo 7. Propósitos de la práctica profesional. La práctica profesional debe
cumplir con los siguientes propósitos:
a. Estar dirigida a la aplicación directa de los conocimientos adquiridos por el
estudiante para el ejercicio de su profesión.
b. Complementar la formación académica del estudiante.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 4 de 9
c. Motivar al estudiante para el desarrollo de su capacidad y creatividad en el
campo profesional.
d. Contribuir al logro de la Misión de la Escuela en lo referente a interactuar con la
sociedad en busca de soluciones a sus problemas o en la optimización de los
procesos productivos e investigativos.
e. Proporcionarle al estudiante conocimientos y desarrollar en él habilidades
especiales para su futuro desempeño profesional.
Artículo 8. Calidad de estudiante en práctica profesional. La Escuela
reconoce como estudiante en práctica profesional a aquel que, en cumplimiento de
los requisitos académicos de su programa, establece un vínculo laboral, contrato de
aprendizaje o Convenio, con una entidad privada, pública o del Estado, nacional o
internacional, y desarrolla su trabajo directamente en las instalaciones de la entidad
en los términos y condiciones establecidos en este Reglamento.
Artículo 9. Tutor. Es el profesor vinculado a la Escuela que acompaña y evalúa al
estudiante en práctica profesional, para lo cual lleva a cabo reuniones, entrevistas,
visitas a la entidad donde se realiza la práctica, e igualmente dirige la elaboración
de informes de seguimiento al proceso de formación del estudiante, los cuales son
consolidados en las decanaturas de los programas académicos para su posterior
evaluación.
Artículo 10. Coordinador externo. Es el profesional no vinculado a la Escuela,
designado por la empresa o entidad en la que se realiza la práctica profesional, que
se encarga de orientar al estudiante en el desarrollo de ésta y apoya al tutor en el
respectivo proceso de seguimiento y evaluación.
Título Segundo
Desarrollo de las prácticas profesionales
Artículo 11. Oficialización de las prácticas profesionales en la Escuela. La
realización de prácticas profesionales estará sujeta a los convenios suscritos por la
Escuela y las empresas u organismos privados y oficiales, nacionales o
internacionales, a través de la Unidad de Gestión Externa, dependencia que
trabajará para este propósito en conjunto con las decanaturas de los programas
académicos.
PARÁGRAFO. La vinculación al programa de prácticas profesionales se podrá
realizar sin que medie el convenio interinstitucional en los casos en que las empresas
o entidades garanticen el cumplimiento de las condiciones establecidas en este
reglamento, pero por políticas internas no suscriben convenios, en este caso,
deberán firmar el respectivo Formato de Carta de Aceptación.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 5 de 9
Artículo 12. Duración de la práctica profesional nacional. La práctica
profesional en Colombia tendrá una duración mínima de cuatro (4) meses y máxima
de seis (6) meses. Durante este tiempo deberá mantener la condición de estudiante.
PARÁGRAFO. Después de iniciada la práctica el estudiante deberá cumplir con la
totalidad del tiempo indicado en la carta de aceptación. En caso de no cumplirse lo
anterior será la Vicerrectoría Académica de la Escuela quien tome la decisión
académica respectiva.
Artículo 13. Duración de la práctica profesional internacional. La práctica
profesional en internacional tendrá una duración mínima de cuatro (4) meses y
máxima de un (1) año. No obstante lo anterior, esta podrá ser determinada en el
convenio correspondiente.
PARÁGRAFO. Después de iniciada la práctica el estudiante deberá cumplir con la
totalidad del tiempo indicado en la carta de aceptación. En caso de no cumplirse lo
anterior será la Vicerrectoría Académica de la Escuela quien tome la decisión
académica respectiva.
Artículo 14. Dedicación. La práctica profesional tendrá una dedicación de tiempo
completo. Para que se realice con dedicación de medio tiempo, la empresa o entidad
deberá aceptarlo el Decano del programa aprobarlo.
Artículo 15. Periodo académico. El periodo de la práctica profesional deberá
ajustarse a la programación académica de cada periodo en la Escuela
Artículo 16. Inscripción en el registro del período académico. La práctica
profesional debe ser inscrita en el período académico correspondiente mediante
comunicación escrita de la Decanatura a la Secretaría General, una vez sea
oficializada por la empresa o entidad y legalizada por el programa académico, de
acuerdo con las fechas de cronograma elaborado para cada periodo en la Escuela.
Artículo 17. Equivalencia académica. Si la práctica profesional cumple con los
propósitos descritos anteriormente podrá ser homologada por asignaturas de
acuerdo con el plan de estudios.
Artículo 18. Dedicación del estudiante en práctica profesional. La práctica
profesional se realizará con dedicación exclusiva por parte del estudiante. Sin
embargo, si la empresa o entidad y la Decanatura lo aprueban, el estudiante podrá
inscribir una (1) asignatura adicional de su plan de estudios en la modalidad de
tiempo completo y dos (2) en la modalidad de medio tiempo. La práctica profesional
estará acompañada de un plan de trabajo para su debido seguimiento.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 6 de 9
Artículo 19. Procedimiento para realizar las prácticas profesionales. Las
Decanaturas de los programas académicos, en conjunto con la Unidad de Gestión
Externa, establecerán el procedimiento correspondiente y lo publicarán
oportunamente en cada convocatoria.
Título Tercero
Aportes al Sistema de Seguridad Social
Artículo 20. Afiliación de los estudiantes en práctica profesional al Sistema
de Seguridad Social. El estudiante en práctica profesional que haya sido vinculado
por la empresa o entidad mediante convenio interinstitucional, deberá mantener
vigente durante la realización de la misma la afiliación a la Seguridad Social en Salud.
La empresa o entidad será responsable de la afiliación y pago de los aportes al
Sistema General en Riesgos Laborales del estudiante en práctica.
PARÁGRAFO. Cuando la vinculación del estudiante en práctica profesional se
realice mediante contrato de aprendizaje, la empresa o entidad será responsable de
la afiliación y pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social en Salud y Riesgos
Laborales. Si la vinculación se realiza mediante contrato laboral en cualquiera de sus
modalidades, la entidad será responsable de la afiliación y pago de los aportes al
Sistema de Seguridad Social Integral.
Título Cuarto
Obligaciones de las partes
Artículo 21. Obligaciones contraídas por la Escuela. Adicionalmente a lo
estipulado en sus reglamentos y a lo pactado en los convenios que suscriba con las
empresas o entidades, para el caso particular de las prácticas profesionales, la
Escuela asume las siguientes obligaciones:
a.
b.
c.
d.
Informar oportunamente sobre el programa de prácticas profesionales en lo
referente a reglamento, procedimiento e instituciones vinculadas.
Exigir a los estudiantes que realicen su práctica profesional internacional, que
mantengan durante ésta un seguro médico internacional o una afiliación al
sistema de seguridad social del país respectivo.
Nombrar un Tutor a cada estudiante con el fin de realizar el seguimiento de la
práctica profesional.
Programar y llevar a cabo mínimo dos (2) visitas del tutor a la empresa o entidad
durante el semestre de práctica profesional, con el fin que se entreviste con el
jefe inmediato del estudiante y, si es el caso, con el directivo de recursos
humanos, para recibir información sobre su desempeño. Si no se pueden llevar
a cabo las visitas personalmente (práctica a nivel nacional o internacional), se
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 7 de 9
e.
f.
g.
h.
i.
programarán mínimo dos (2) reuniones virtuales con el jefe inmediato del
estudiante durante el periodo de práctica profesional, con los mismos fines
descritos.
Verificar que las actividades realizadas por el estudiante en práctica profesional
que ameritaron su afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, estén
exclusivamente relacionadas con su programa académico.
Verificar que el lugar en el que se realiza la práctica profesional, cuente con los
elementos de protección personal apropiados según el riesgo ocupacional
asociado a sus actividades.
Evaluar al estudiante en práctica profesional en dos oportunidades a lo largo del
semestre, de acuerdo con las indicaciones que se establezcan para tal fin.
Asignarle al estudiante una calificación definitiva de la práctica profesional, de
acuerdo con las evaluaciones realizadas y con el concepto de la empresa o
entidad, y registrarla en la Secretaría General según lo establecido en este
reglamento en los artículos en cuanto a equivalencia académica y dedicación del
estudiante.
Cumplir con las demás obligaciones que se deriven del convenio, en los casos
en que se suscriba.
Artículo 22. Obligaciones contraídas por la empresa o entidad. La empresa
o entidad asume los siguientes compromisos mínimos:
a. Ubicar al estudiante en el área pertinente para la práctica profesional, de acuerdo
con el área del conocimiento del programa académico correspondiente.
b. Garantizar que el desarrollo de las actividades de los estudiantes en práctica no
excedan el número de horas semanales aprobadas en la oferta presentada por
la empresa o la entidad.
c. Proporcionarle al estudiante la capacitación necesaria y los equipos, herramientas
y espacios requeridos para desarrollar de una manera eficiente y segura su
práctica.
d. Designar un funcionario como coordinador externo que guíe al estudiante, dirija
todas sus actividades en la empresa o entidad y colabore con el tutor designado
por la Escuela para la evaluación correspondiente.
e. Notificar oportunamente a la Escuela cualquier novedad relacionada con la
práctica profesional y el desempeño del estudiante.
Artículo 23. Obligaciones del estudiante. Adicionales a las estipuladas en los
reglamentos de la Escuela, para el caso particular de las prácticas profesionales el
estudiante se asume las siguientes:
a. Cumplir con los requisitos y procedimiento establecido por la Escuela para
participar en el programa de práctica profesional.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 8 de 9
b. Cursar y certificar el Seminario Taller de Preparación para el Ingreso al Mercado
Laboral, en las fechas establecidas por la Unidad de Gestión Externa, previo al
desarrollo de la práctica profesional.
c. En la modalidad de práctica docente, además de lo indicado en el literal b, el
estudiante deberá cursar y certificar el Taller de Desarrollo Profesoral, en las
fechas establecidas por la Unidad de Gestión Externa, previo al desarrollo de la
práctica docente.
d. Llevar a su Decanatura y a la Unidad de Gestión Externa el formato de carta de
aceptación propuesto por la Escuela, diligenciado y firmado por la empresa o
entidad, para que la práctica profesional sea válida. Adicionalmente, radicar
copia del contrato de práctica suscrito con la empresa. El plazo máximo de
entrega de este documento será en la semana previa al inicio de clases de cada
periodo académico regular correspondiente.
e. Desarrollar las labores definidas por la empresa o entidad para la práctica
profesional.
f. Cumplir con el reglamento interno de trabajo de la empresa o entidad y demás
normas establecidas por ésta para el desarrollo de la práctica profesional.
g. Atender las instrucciones del funcionario que designe la empresa o entidad como
coordinador externo de la práctica profesional.
h. Atender las indicaciones del tutor designado por la Escuela y asistir a las citas
que acuerde con él.
i. Presentar los informes que solicite el decano del programa académico o el tutor
para darle validez académica a la práctica profesional.
j. Llevar a cabo todas las actividades relacionadas con la práctica profesional con
el empeño y la diligencia que ésta demande.
k. Guardar con absoluta reserva la información confidencial de la empresa o
entidad a la que tenga acceso en razón de su condición de practicante.
l. Cumplir las obligaciones pecuniarias contraídas con la Escuela.
m. Cumplir las demás obligaciones que se deriven del convenio suscrito entre la
Escuela y la empresa o entidad, cuando medie dicho acuerdo, y realizar el
proceso a través del sistema de información de prácticas profesionales, en los
tiempos establecidos en cada convocatoria.
Título Quinto
Distinciones e Incentivos
Artículo 24. Distinciones e Incentivos. Considerando el desempeño de un
estudiante en el desarrollo de su práctica profesional, el Decano podrá otorgarle las
distinciones o incentivos según lo previsto en el Reglamento Estudiantil.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.
Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito
Reglamento de Prácticas Profesionales
Página 9 de 9
Título Sexto
Sanciones
Artículo 25. Sanciones. La disciplina del estudiante en práctica profesional, estará
regida por lo establecido en el reglamento estudiantil de la Escuela.
Título Séptimo
Derechos Pecuniarios
Artículo 26. Devolución sobre el valor de los derechos de matrícula para
prácticas profesionales en el país. Cuando un estudiante curse práctica
profesional, tendrá un descuento del cuarenta por ciento (40%) sobre el valor del
derecho de matrícula para ese periodo académico.
Artículo 27. Devolución sobre el valor de los derechos de matrícula para
prácticas profesionales en el exterior. El estudiante que realice práctica
profesional internacional, está obligado a cumplir los requisitos establecidos de
acuerdo con el convenio respectivo.
Documento aprobado por el Consejo Académico en su reunión No. 255 del 27 de mayo de 2015.