TÉRMINOS Y CONDICIONES CLUBCARD10 INTERNACIONAL

TÉRMINOS Y CONDICIONES CLUBCARD10 INTERNACIONAL.
Las presentes cláusulas regularán las condiciones en las que el AFILIADO accede al servicio
"CC10" prestado por parte de CLUBCARD10 INTERNACIONAL ,S.L. así como fijar las condiciones
y forma de remuneración del AFILIADO a CC10.
1. Definiciones:
«Sistema de Comunicaciones de CC10»: cualquier forma de comunicación empleada por CC10
para comunicarse con los AFILIADO periódicamente; incluye, sin limitarse a ellos, la intranet de
CC10 para AFILIADO conocida como «Clubcard10.com Intranet para representantes», el correo
electrónico, el teléfono, el fax, los boletines y/o las cartas.
«Derechos de Propiedad»: todos los derechos de propiedad sobre el nombre de
ClubCard10.com, su logotipo, marcas registradas, marcas de servicios y materiales con
derechos de autor. "
2. a) El AFILIADO certifica que es mayor de edad (mayor de 18 años) y residente en el Pais
donde opera prestando el servicio de Distribuidor Independiente. b) El AFILIADO deberá
abonar en la fecha de pago correspondiente el importe de todos los productos, materiales,
servicios u otros artículos que adquiera de CC10; en caso de que el AFILIADO no respetase la
fecha de pago y/o formas, CC10 podrá compensar dicha deuda deduciendo el importe debido
de aquellos importes que CC10 debiera pagar al AFILIADO según lo establecido en el Plan de
Retribución. c) Al participar en este Contrato, el AFILIADO garantiza lo siguiente: i) que no se
infringen otros acuerdos de carácter personal y/o profesional, otras disposiciones, normativas
y/o obligaciones reglamentarias; ii) que el AFILIADO no se dedica, ni lo hará en el futuro, a
ninguna otra actividad comercial incompatible con las actividades contempladas en este
Contrato, y que asumirá todos los requisitos para que dicha actividad sea compatible; iii) que
el AFILIADO no se dedica a ninguna otra actividad que está sujeta a una obligación de no
competencia; Con respecto a lo expuesto anteriormente en 2 a) y c), el AFILIADO acepta
irrevocablemente indemnizar y librar a CC10 de toda responsabilidad ante cualquier infracción
de dichos puntos. "
3. El AFILIADO será responsable de su propio negocio, es independiente de CC10 y no tiene la
calidad de socio, representante legal, ni empleado de CC10, ni de cualquier otra de las partes
con las que CC10 negociase o con quienes CC10 tuviese relaciones contractuales. El AFILIADO
podrá elegir libremente el medio, método y forma de actuación así como las horas y el lugar
para el desarrollo de sus actividades en virtud de este Contrato, sometiéndose tan solo a las
Condiciones previstas en el mismo. El AFILIADO no se presentará, bajo ningún concepto, como
socio, representante legal o empleado de CC10, ni de cualquier otra de las partes con las que
CC10 negociase o con quienes CC10 tuviese relaciones contractuales. El AFILIADO no será
considerado empleado o socio de CC10 a cualesquiera efectos legales o fiscales. CC10 no
responderá de las deudas u obligaciones, cualesquiera y de la naturaleza que fueran,
contraídas por el AFILIADO, independientemente de si estas hubieran sido contraídas o no
durante la vigencia del presente Contrato y el AFILIADO acepta su plena responsabilidad por
todas ellas.
4. Para poder ejercer como AFILIADO, es necesario la adquisicion de un pack de productos
para su uso o comerciliación en Clubcard10.com, por el cual el AFILIADO recibirá los siguientes
productos y servicios de CC10: Activacion en Back Oficce y Sistema de Expansión del CC10: un
completo paquete de información virtual (incluyendo una guía), material de formación,
documentos de marketing, entre otros; Licencia: esta otorga al AFILIADO el derecho de utilizar
el nombre de CC10 (en determinadas circunstancias) y promocionar el servicio de Club de
descuentos, viajes, ocio y franquicias on-line, de la empresa a posibles clientes finales en
donde CC10 funciona; Servicios: con esto se hace referencia al uso ilimitado de determinados
servicios de apoyo administrativo y contable que CC10 proporciona, como, por ejemplo, el
Servicio de Atención, dedicado a ofrecer apoyo comercial y operativo a los AFILIADO y sus
negocios. Materiales y guías de marketing de CC10, entre los que se incluyen: acceso al portal
en línea «Clubcard10.com para Distribuidores Independientes» y la herramienta de
comunicación de «CC10», la cual sirve para mantener al AFILIADO informado con las noticias
más recientes; el departamento de Operaciones, que se dedica a tareas tales como la
activación del servicio de los clientes, la facturación, el procesamiento de los pagos y el
Servicio de Atención al Cliente.
5. El AFILIADO tiene conocimiento de que ningún organismo público o autoridad reglamentaria
revisa y/o aprueba ningún esquema comercial, contrato, producto, el conjunto de socios, ni el
plan de retribución de ninguna empresa de marketing.
6. El AFILIADO podrá rescindir el presente Contrato, previa comunicación por escrito mediante
Burofax a CC10 realizada, dentro del período de siete (7) días naturales siguientes a la fecha de
entrada en vigor del Contrato y: a.) el AFILIADO podrá solicitar a CC10 que le reembolse en el
plazo citado de siete (7) días naturales, cualquier importe que el AFILIADO hubiera abonado a
CC10 en relación con la oportunidad de negocio de CC10; b.) y siempre que no haya echo uso
de sus servicios o activado los productos, el dI podrá devolver y tendrá derecho a que se le
reembolsen todos los materiales no vendidos que hubiera adquirido en relación con la
oportunidad de negocio de CC10 en el plazo de siete (7) días naturales desde la fecha de
rescisión, sin perjuicio de que si el valor de los materiales durante el tiempo en el que hubieran
estado en posesión o control del AFILIADO hubiera disminuido como resultado de las acciones
o negligencia del AFILIADO, CC10 podrá deducir del importe a reembolsar al AFILIADO, la
cantidad equivalente a la devaluación sufrida por los materiales; y c.) el AFILIADO en el citado
plazo de los siete (7) días naturales, podrá cancelar cualquiera de los servicios que hubiera
solicitado en el marco del esquema comercial de CC10 así como podrá recuperar el importe
abonado por dichos servicios, siempre que estos todavía no hubieran sido prestados al
AFILIADO. y remitiendo dicha mercancia a CC10 a portes pagados.
7. A fin de recuperar cualquiera de los importes a reembolsar de conformidad con el apartado
6, el AFILIADO deberá devolver los materiales (incluyendo los materiales físicos suministrados
como parte del Sistema de éxito del CC10) a CC10 en el plazo de diez (10) días naturales a
contar desde la fecha de la cancelación y CC10 reembolsará dichos importes a los que tenga
derecho el AFILIADO dentro del plazo de veinte (20) días naturales a partir de la fecha de
devolución de los materiales.
8. Solicitud en línea: en caso de que el formulario de solicitud fuera enviado en línea, de
acuerdo con la guía detallada de entonces, tal introducción de datos por parte de CC10 se
indicará con la ventana de confirmación en línea, aunque no posteriormente al envío de la
confirmación por correo electrónico de CC10 al AFILIADO.
9. CC10 Se reserva el derecho de admision. Se podrá rescindir este Contrato por mutuo
acuerdo entre las partes, o bien, el AFILIADO o CC10 podrá rescindir el Contrato, en cualquier
momento, mediante preaviso a la otra parte por escrito de treinta (30) días naturales. CC10
podrá rescindir inmediatamente por escrito este Contrato, según su criterio, en caso de
incumplimiento de cualquiera de sus disposiciones o infracción de cualquiera de sus
Condiciones, entre otras, por ejemplo, el incumplimiento de la obligación de abonar la cuota
mantenimiento del Sistema de CC10, la cuota de renovación o cualquier otra cuota de
aplicación. El procedimiento para dicha rescisión deberá respetar las disposiciones
establecidas al efecto en el documento Políticas y Procedimientos.
10. En el supuesto de que cualquiera de las partes notificase la rescisión del Contrato
transcurridos más de siete (7) días naturales después de la fecha de entrada en vigor del
mismo, el AFILIADO podrá devolver a CC10 todos los materiales (incluyendo los materiales de
promoción y formación, manuales comerciales y kits) que el AFILIADO hubiera adquirido en el
marco del esquema comercial antes de transcurrido un año con anterioridad a la rescisión del
Contrato y será reembolsado un 40% del precio (incluyendo el IVA u otros impuestos
indirectos, si procediese) que el AFILIADO hubiera pagado por los mismos, menos un importe
equivalente a: a.) las comisiones, bonificaciones u otros beneficios recibidos por el AFILIADO
sobre los materiales devueltos; b) las sumas adeudadas por el AFILIADO a CC10 por cualquier
concepto; y c.) todo ello, a condición que: i.) el AFILIADO no hubiera adquirido o comprado
dichos materiales infringiendo este Contrato; ii.) el AFILIADO devolviese a CC10 los materiales
mencionados sin haberlos utilizado previamente y en buen estado para su reventa; iii.) si CC10
no hubiera informado claramente al AFILIADO antes de la compra sobre el carácter de
temporada, discontinuo o de promoción especial de los productos, que no están sujetos a la
disposiciones de recompra de este apartado.
11. En el supuesto de rescisión de este Contrato y en virtud del apartado 10, a fin de recobrar
los importes pagados por los materiales, el AFILIADO deberá entregar los materiales a CC10
dentro de diez (10) días naturales a partir de la fecha de rescisión. El importe a reembolsar
conforme al apartado 10, será pagado al AFILIADO a la entrega de los materiales o
inmediatamente si los materiales ya estuviesen en poder de CC10.
12. Si este Contrato se rescindiese por la razón que fuera, el AFILIADO se verá relevado de
todas sus futuras obligaciones contractuales hacia CC10 adquiridas al amparo de su relación
comercial con el mismo, excepto: a.) aquellas obligaciones relativas a los pagos hechos al
AFILIADO en virtud de los contratos firmados por él como AFILIADO de CC10 (en caso de
existir); b.) toda obligación de pagar el precio de los materiales o servicios que CC10 hubiera
suministrado ya al AFILIADO y que no hubieran sido devueltos a CC10 de conformidad con los
apartados 6 y 10; y c.) las disposiciones del apartado 15 relativas a las medidas legales y
soluciones, la(s) indemnización(es) contempladas en el apartado 24, y los apartados 28 y 31
que seguirán en vigor después de la fecha de su rescisión.
13. Cualquier comunicación o notificación entre las partes en virtud de este Contrato, se
deberá realizar por correo a la dirección de la sede principal de las partes, o a la dirección que
las partes se hubieran notificado por escrito cada cierto tiempo. El periodo de notificación se
computará desde el día que ésta fuera enviada por correo, puesto que la fecha de envío consta
en el timbre de la oficina de correos. En lo que a este Contrato se refiere, la dirección del
AFILIADO indicada en el formulario de solicitud (ya sea en formato electrónico o papel)
adjunto a estas Condiciones se considerará como la correcta en tanto en cuanto el AFILIADO
no notificase por escrito a CC10 el cambio de dirección.
14. Antes del vencimiento del periodo inicial, el AFILIADO puede renovar el Contrato para un
periodo adicional de 12 meses. Para ello, debe cumplimentar y enviar el formulario de solicitud
de renovación, así como pagar la cuota correspondiente. El formulario de renovación anual se
encuentra disponible a través del Sistema de Comunicaciones de CC10. El AFILIADO debe
enviar a CC10 el pago de la cuota de renovación anual antes del vencimiento del periodo
inicial, y las cuotas para la renovación de los años siguientes en cada caso antes del comienzo
de cada año sucesivo del Contrato. Esta cuota anual se abona en concepto de continuación de
la facultad de promoción de los servicios suministrados por CC10 que incluyen, de forma no
limitativa, los servicios de apoyo de las oficinas centrales, el acceso al Sistema de
Comunicaciones de CC10, el seguimiento de los clientes obtenidos, el seguimiento de la
downline de los AFILIADO y los servicios contables. La renovación se producirá con las
Condiciones Generales, Políticas y procedimientos y el Plan de retribución vigentes entonces,
los cuales se considerarán aceptados por el AFILIADO cuando envíe a CC10 el formulario de
solicitud de renovación anual y abone la cuota correspondiente, o bien, por medio del uso
continuado de la facultad de promoción y/o uso de los servicios anteriormente mencionados
proporcionados por CC10. Si CC10 no recibe el formulario de solicitud de renovación y la cuota
correspondiente después de un año del comienzo de la vigencia del Contrato, la posición del
AFILIADO podría ser desactivada sin previo aviso al AFILIADO, con lo que el AFILIADO en
cuestión perderá CC10. "
15. a) Ética y administración personal: el AFILIADO guardará con la debida diligencia todos los
registros (por ejemplo, formularios de pedidos, facturas), procederá de forma ética y legal, y
no se verá envuelto ni llevará a cabo prácticas deshonestas o engañosas o poco éticas;
tampoco realizará declaraciones falsas o engañosas acerca de su relación con CC10 y/o los
productos o servicios. El AFILIADO respetará todas las leyes que regulasen la promoción de
productos y servicios comercializados por CC10, incluyendo de forma no restringida, todos los
permisos y licencias necesarios para dirigir el negocio del AFILIADO en virtud de este Contrato,
y cualquier normativa relacionada con la protección de los derechos de los consumidores,
específicamente normas aplicables concernientes a la firma de contratos fuera del local del
negocio. En caso de comprobarse que se ha incumplido la prohibición de preasignación
fraudulenta («slamming»), CC10 se reserva el derecho de iniciar acciones contra el AFILIADO o
la downline de este, incluyendo el derecho a recuperar el importe de cualquier penalización
y/o coste asociado a través de vías legales a su alcance. b) Asociación de empresas de venta
directa (DSA): el AFILIADO acepta cumplir los códigos de conducta establecidos por una
Asociación de empresas de venta directa (DSA, Direct Selling Association) en lo que respecta a
la promoción de los productos y servicios de CC10, la adquisición de clientes y la promoción de
la Oportunidad de CC10, si CC10 es miembro de dicha DSA en el país en el que reside un
posible cliente o Representante Independiente. "
16. CC10 no será responsable, bajo ninguna circunstancia, por los daños o pérdidas de
cualquier tipo, incluyendo daños, pérdidas o beneficios indirectos, especiales, punitivos,
compensatorios o consecuenciales cualesquiera que fuere su causa, incluyendo entre otros,
pero no limitado a, el incumplimiento de garantía, retraso, acción, error u omisión de CC10 y
de sus proveedores de materiales y servicios, o en el supuesto de interrupción o modificación
de un producto o servicio por parte de CC10 y de sus proveedores de materiales y servicios.
Las obligaciones de CC10 y sus proveedores se limitarán a realizar sus mejores esfuerzos en el
procesamiento de las solicitudes del cliente acerca de la aceptación y aprobación de los
servicios solicitados.
17. El AFILIADO reconoce y acepta que queden reservados expresamente a favor de CC10
todos los Derechos de Propiedad. Al AFILIADO se le garantiza una licencia no exclusiva, durante
la duración de este Contrato, para utilizar los Derechos de Propiedad de CC10 de estricta
conformidad con este Contrato. El AFILIADO no usará, en forma alguna, los Derechos de
Propiedad de CC10 excepto los permitidos por escrito por CC10 o los que consten en los
materiales de promoción y publicidad suministrados, diseñados o publicados por CC10. El
AFILIADO no copiará o duplicará ningún material suministrado por CC10 o adquirido de éste
sin previa autorización de CC10 a tal efecto. La utilización sin consentimiento de cualquier
Derecho de Propiedad es ilegal y será motivo de rescisión de este Contrato por CC10.
18. El AFILIADO será responsable personalmente de todos los impuestos y obligaciones
exigidas por la ley, incluyendo su registro como contribuyente a efectos de los Impuestos
sobre la Renta, el Impuesto de Actividades Económicas (si procediese), las cotizaciones a la
Seguridad Social y la imposición y pago correspondiente del IVA (u otros impuestos indirectos
pertinentes) sobre importes pagados al AFILIADO. El AFILIADO siempre llevará los libros
correctamente en la medida de lo necesario para asegurar el cálculo y pago adecuados de los
mencionados impuestos y obligaciones exigidas por la ley.
CC10 se reserva el derecho de solicitar una copia de tales registros o libros para asegurarse de
su cumplimiento, en cuyo caso, el AFILIADO proveerá de dichas copias en un plazo de catorce
(14) días tras la solicitud. Si CC10 estuviera obligado o se le hiciera responsable del pago del
IVA u otros impuestos a las autoridades fiscales como resultado del incumplimiento por parte
del AFILIADO de este requisito, el AFILIADO reconoce y acepta que CC10 está en su derecho de
reclamarle el importe de dichos impuestos, deduciéndolos de la cuenta del AFILIADO o por
cualquier otro medio disponible. "
19. El AFILIADO autoriza expresamente a CC10 a expedir en su nombre las facturas que deba
emitir en virtud de este Contrato de AFILIADO. A fin de facultar legalmente a CC10 para
preparar las facturas para el AFILIADO junto con la autorización arriba mencionada, deberán
cumplirse los siguientes requisitos: a) Cada factura deberá ser aceptada por el AFILIADO. Las
facturas que no hubieran sido rechazadas expresamente dentro de los quince (15) días
naturales siguientes a su recepción serán consideradas como expresamente aceptadas. b) El
AFILIADO recibirá una copia de cada factura en el plazo de un mes después de realizada la
transacción correspondiente (en cualquier caso antes del día 16 del mes siguiente dentro del
plazo para el cálculo del IVA u otros impuestos indirectos, si procediese). c) Las facturas
deberán ser emitidas a nombre del AFILIADO. CC10 utilizará series especiales para cada
AFILIADO por tipo de factura. Las facturas correspondientes a cada serie estarán numeradas
consecutivamente. d) Las facturas emitidas estarán en formato papel y se enviarán por correo
postal ordinario, o en formato electrónico, o bien, como se le comunique regularmente al
AFILIADO a través del Sistema de Comunicaciones de CC10. "
20. El AFILIADO será responsable de la supervisión y asesoramiento de otros AFILIADO en su
downline y consiente en mantener un contacto regular de asesoramiento con la mencionada
downline de AFILIADO a través de comunicaciones verbales o escritas. Al patrocinar nuevos
AFILIADO, el AFILIADO es responsable de que toda la información introducida por el AFILIADO
potencial en el formulario de solicitud (ya sea en formato papel o electrónico) sea correcta, así
como de verificar dichos datos, por medio, entre otros, de la comparación de los datos con la
tarjeta de identificación del AFILIADO potencial.
21. Los AFILIADO no estarán obligados a adquirir ningún producto adicional al pack de inicio de
negocio o servicio de CC10, como establece el apartado 4. Si el AFILIADO decidiese adquirir
algún producto o servicio de CC10, deberá pagar por los productos o servicios en cuestión, tal
y como se establece en las condiciones aplicables a las relaciones con los clientes de CC10. En
caso de que el AFILIADO no pagase los productos o servicios dentro de un periodo de siete (7)
días naturales, a contar desde la fecha en que deba efectuarse el pago, CC10 tendrá derecho a
rescindir este Contrato. "
22. a)El AFILIADO podrá registrar a tantos clientes personales como desee. Por cada cliente
personal que registre, el AFILIADO recibirá una comisión basada en el volumen de facturación
por consumo de los clientes personales del AFILIADO de acuerdo con el Plan de Retribución.
Cualquier otro pago que el AFILIADO recibiese se basará en el cumplimiento de determinadas
condiciones de calificación tal y como se contienen en el Plan de Retribución. Como condición
para recibir comisiones, el AFILIADO deberá centrarse principalmente en la promoción de
servicios y productos a clientes que no formasen parte del esquema comercial de CC10. CC10
podrá ajustar sus comisiones en caso de productos de promoción o precios negociados. Existe
una cuota nominal independiente por la gestión y el procesamiento de todos los pagos a
AFILIADO (disponible por medio del Sistema de Comunicaciones de CC10). El AFILIADO acepta
que se le deduzca dicha cuota de los pagos en cualquier momento. b) El AFILIADO acepta que,
en calidad de tal, únicamente es un promotor de los productos y servicios de CC10, y la
relación contractual por los productos y servicios de CC10, y las disposiciones de la misma son
establecidas entre CC10 y el cliente, dichos clientes lo son de CC10 y no del AFILIADO. "
23. El AFILIADO reconoce y acepta que no se le garantiza la percepción de ingreso alguno,
obtención de beneficios o logro del éxito, y que ni CC10, ni su patrocinador le han dado, en
ningún momento, garantías sobre los beneficios a obtener, ni han descrito los posibles
ingresos que pudieran derivarse del trabajo como AFILIADO. El AFILIADO no manifestará,
directa ni indirectamente, la posibilidad de que cualquier persona pudiese o fuese a ganar
cualquier cantidad, bruta o neta, de dinero, ni que el patrocinio de otros AFILIADO pudiera
obtenerse o contratarse fácilmente, o que todos o cada uno de los AFILIADO fuera a tener
éxito.
24. Por el presente, el AFILIADO libera de toda responsabilidad a CC10 y a sus proveedores de
bienes y servicios de toda reclamación, pérdida, daños o gastos, incluyendo honorarios legales,
derivados de las acciones o conducta del AFILIADO que infringiesen este Contrato. Sin
limitación de lo anterior y a fin de recuperar cualquier daño o gasto resultante de uno o más
incumplimientos del Contrato, CC10 podrá deducir dichos gastos o daños de las comisiones u
otros pagos adeudados al AFILIADO.
25. Este Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la normativa española. Las
partes se someten irrevocablemente, por el presente, a la jurisdicción no exclusiva de los
tribunales españoles competentes en lo que respecta a cualquier litigio que surgiese de este
Contrato o de cualquiera otra relación contractual entre las partes.
26. El AFILIADO reconoce haber leído y comprendido la totalidad de estas Condiciones, la
solicitud (ya sea en formato papel o electrónico), las Políticas y Procedimientos y el Plan de
Retribución, cada uno de los cuales considerará parte integrante del presente Contrato, en su
forma actual y por medio de esta referencia. Todas las comunicaciones, representaciones y
disposiciones, ya sea de forma oral o escrita, relativas al contenido del presente documento
realizadas anteriormente a la fecha de entrada en vigor quedarán, por tanto, excluidas.
Además, el AFILIADO reconoce y acepta que CC10 se reserva totalmente el derecho a
modificar, según su criterio y en todo momento, los precios de sus productos, las Políticas y
Procedimientos, el Plan de Retribución de CC10 y otros documentos, comunicándolo al
AFILIADO, bien por notificación escrita o verbal a través del Sistema de Comunicaciones, a
condición de que CC10 informe al AFILIADO por escrito con catorce (14) días naturales de
antelación de cualquier cambio en las obligaciones financieras anuales del AFILIADO. La
continuación del AFILIADO en el cumplimiento de su obligación constante de promocionar los
servicios/productos y la oportunidad de negocio de CC10, después de la comunicación de la
revisión del Contrato, constituirá una aceptación tácita de la revisión realizada y se obligará
legalmente al cumplimiento de este Contrato. Aunque el AFILIADO podrá recibir información
acerca de CC10, su negocio, la situación de un AFILIADO y otras cuestiones de otras partes que
no sea la misma CC10, incluyendo su patrocinador y otros representantes de CC10, en los
aspectos en los que esta información contradijese las Condiciones de este Contrato, primarán
las Condiciones de este Contrato. En lo que a este Contrato se refiere, la dirección del
AFILIADO indicada en la cubierta del Contrato de Representante Independiente o, cuando
proceda, enviada por medio del proceso de solicitud en línea, se considerará como la correcta
en tanto en cuanto el AFILIADO no notificase por escrito a CC10 el cambio de dirección.
27. A excepción de lo previsto en el apartado 26, el AFILIADO reconoce y acepta que el
Contrato no se modificará, ni rectificará excepto por escrito, mediando la firma de CC10. Las
partes reconocen y aceptan que al participar en este Contrato no lo hacen basándose o
dependiendo de representaciones, promesas, compromisos, garantías u otras declaraciones
(tanto escritas como verbales) de cualquier tipo, excepto las contenidas expresamente en este
Contrato (y, de acuerdo con esto, cualquier condición, garantía u otros términos contenidos en
estatutos o derivados del derecho común quedarán, por el presente, excluidos en la medida en
que lo permita la ley). Este Contrato será vinculante y, tras la aprobación por escrito de CC10,
redundará en beneficio de los herederos, sucesores y cesionarios autorizados designados por
las partes. El AFILIADO no podrá ceder ni transferir de otro modo los derechos de la condición
de AFILIADO establecidos por el presente Contrato, a ninguna otra persona, empresa o entidad
jurídica sin que medie el consentimiento previo y por escrito de CC10. Si las autoridades
competentes determinasen que alguna disposición del Contrato fuese parcial o totalmente
inválida o resultase inaplicable por cualquier motivo, la validez del resto de la disposición o
fragmentos de ella no quedará afectada por esta resolución.
28. Durante la vigencia de este Contrato, el AFILIADO no podrá, ni directa ni indirectamente,
promover o captar servicios ofrecidos por CC10 mediante cualquier persona o entidad que
CC10 no hubiera designado o aprobado expresamente por escrito. Asimismo, durante la
vigencia de este Contrato y los noventa (90) días naturales posteriores a su rescisión, el
AFILIADO no desviará, atraerá, reclamará, promoverá o requerirá voluntariamente, retirará, ni
transferirá, directa o indirectamente, a ningún cliente de CC10 o de sus proveedores de
productos o servicios, se tratase o no de un cliente originalmente conseguido o aportado por
el Representante Independiente a CC10 (estas actividades se denominarán en su conjunto y en
lo sucesivo Captación). Con referencia a 22 b) todos los clientes que hubieran sido captados
por AFILIADO en nombre de CC10 y su(s) proveedor(es) de productos y servicios serán
considerados clientes de CC10 o de su(s) proveedor(es) de productos y servicios y no de sus
AFILIADO. El AFILIADO reconoce y acepta que esta prohibición de no captación se aplicará
estrictamente y que los proveedores de productos o servicios de CC10 se beneficiarán como
terceros de esta prohibición que afectará también, de igual modo, a cualquier información
confidencial o sujeta a derechos de propiedad suministrada a CC10 y que a su vez hubiera
recibido el AFILIADO. Asimismo, durante la vigencia de este Contrato y los noventa (90) días
naturales posteriores a su rescisión, el AFILIADO no podrá iniciar una relación directa de
marketing con ningún proveedor de productos y servicios de CC10. Durante la vigencia de este
Contrato y los noventa (90) días naturales siguientes, el AFILIADO no podrá solicitar a
Representantes Independientes de CC10, activos o no, persona física o jurídica, que participen
en un programa de marketing multinivel ofrecido por cualquier otra empresa, sin que deba
tenerse en cuenta, si esta empresa de marketing multinivel ofreciese productos y servicios
similares o no. El incumplimiento de esta cláusula y condición causará la rescisión de este
Contrato y la revocación de todos los derechos de la posición de AFILIADO, incluyendo todas
las comisiones, bonificaciones y pagos de todo tipo actuales y futuros. Asimismo, CC10 se
reserva el derecho de solicitar la aplicación de cualquier tipo de sanción contemplada en la
legislación española, en caso de que lo establecido en esta cláusula 28 sea infringido durante la
Vigencia de este Contrato o durante un periodo de noventa (90) días a partir de la fecha de
terminación de este Contrato.
29. El AFILIADO no hablará, en nombre de CC10, ni acerca de sus productos o servicios,
mediante artículos o entrevistas de televisión, radio o cualquier tipo de prensa, documento
impreso o medio de comunicación sin que medie el consentimiento previo por escrito de
CC10. Si alguno de los medios indicados más arriba se pusiera en contacto con el AFILIADO,
este deberá remitirlo directamente a CC10.
30. Si en algún momento cualquiera de las partes no exigiera de otra parte el cumplimiento de
las disposiciones de este Contrato, ello no será interpretado como una renuncia a derecho o
acción alguna que pudiese proceder con el fin de exigir compensación por cualquier
incumplimiento de las disposiciones de este Contrato, ni deberá interpretarse como
exoneración de cualquier incumplimiento continuo o sucesivo de estas disposiciones.
31. Excepto si así lo exigiese o autorizase CC10, el AFILIADO no deberá revelar a persona
alguna secretos comerciales o información confidencial (incluyendo, entre otros, pero no
limitado a, las estructuras downline que en todo momento seguirán siendo propiedad de
CC10) que hubiera podido llegar a su conocimiento durante la vigencia del Contrato; asimismo,
el AFILIADO guardará absoluto secreto sobre toda información confidencial y no utilizará ni
intentará utilizar dicha información de manera tal que directa o indirectamente pudiese
perjudicar o causar pérdidas a CC10 y a su negocio, o tuviese probabilidades de hacerlo. Una
vez rescindido este Contrato, esta restricción seguirá aplicándose durante el periodo de un
año, pero no afectará a aquella información o conocimientos que llegasen a ser de dominio
público, sin culpa o intervención del AFILIADO. Tras la rescisión de este Contrato el AFILIADO
no entregará muestras, notas, memorandos o información acerca de secretos comerciales o
información confidencial de CC10 (incluyendo copias de las estructuras downline) que el
AFILIADO hubiera redactado o recibido durante la duración del Contrato. El AFILIADO reconoce
y acepta por el presente que estas notas, memorandos e información pertenecen a CC10.
32. El AFILIADO reconoce haber sido informado por CC10 de que la información entregada a
CC10 (incluyendo aquella información relativa al AFILIADO, su dirección y otros detalles) será
conservada en la base de datos de CC10 y utilizada por CC10 para fines de marketing, pago de
comisiones y otros fines relacionados con los servicios suministrados. CC10 adoptará las
medidas de seguridad oportunas para evitar el acceso o modificación, divulgación o
destrucción de datos personales sin autorización, así como protegerlos de su pérdida o
destrucción accidentales. También reconoce que CC10 está facultada para revelar esta
información en relación con los fines mencionados a CC10 Europe (Europa) y CC10 USA
(Estados Unidos de América), así como terceros (en Europa o Estados Unidos) que trabajen
directa o indirectamente en nombre de CC10. El AFILIADO acepta que CC10 recopile y procese
sus datos personales en la medida de lo necesario para este Contrato y que guarde, procese y
publique la información referida tal y como se indica más arriba. El AFILIADO podrá ejercer su
derecho de acceso, modificación y cancelación enviando la solicitud adecuada junto a una
copia de su identificación personal a CC10.
33. Los residentes en Ceuta y Melilla si pueden ser Representantes Independientes de CC10, ya
que CC10 si proporciona productos y servicios en esas zonas.
34. Notificaciones. Para cualquier comunicación o notificación referente al presente contrato y
no a los servicios contemplados en él, se utilizará la siguiente dirección: CLUBCARD10
INTERNACIONAL ,S.L. Sede Social en Gabriel Miró, 3, Planta 1ª Edificio Wertice CP: 41704 de
Dos hermanas, Sevilla, (España) Mail: [email protected] Los datos de contacto del
AFILIADO serán los proporcionados en el presente contrato.
35. Protección de datos. A efectos de lo previsto en la legislación vigente en materia de
protección de datos, CLUBCARD10 INTERNACIONAL ,S.L. (CC10) informa al AFILIADO, y éste
acepta, que sus datos serán incorporados a un fichero automatizado, cuya finalidad es la
gestión de la relación técnica, administrativa y comercial y cuyo titular es CLUBCARD10
INTERNACIONAL ,S.L. (CC10). Este fichero está inscrito en el correspondiente registro de la
Agencia Española de Protección de Datos. Conforme a la misma normativa el AFILIADO podrá
en todo momento ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de tales datos.
Esta aceptación podrá ser revocada en cualquier momento por el AFILIADO mediante
comunicación por escrito al domicilio social de CLUBCARD10 INTERNACIONAL ,S.L. (CC10).,
CLUBCARD10 INTERNACIONAL ,S.L. (CC10) garantiza que los datos estarán almacenados en una
base de datos confidencial y protegida en la que toda persona ajena a la entidad tendrá
bloqueada su entrada de acuerdo con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la
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