destrezas y habilidades del juez en audiencia

DESTREZAS Y HABILIDADES DEL
JUEZ EN AUDIENCIA
PARA LA APLICACIÓN DEL CÓDIGO
ORGÁNICO GENERAL DE PROCESOS (COGEP)
2. EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DIRECCIÓN
DE AUDIENCIAS.
El cambio de paradigma
La oralidad por sí sola no asegura ningún
resultado si no se logra una efectiva
inmediación
Cambio de
paradigma
El proceso
como
instrumento
La
inmediación
como método
EL CAMBIO DE PARADIGMA
SISTEMA ANTERIOR
SISTEMA COGEP
SISTEMA ESCRITO
SISTEMA ORAL
DILIGENCIAS ESCRITAS
DILIGENCIAS VERBALES
MERA LEGALIDAD
GARANTIAS DE DERECHOS
PRINCIPIO DISPOSITIVO
PRINCIPIO DE OFICIOSIDAD
PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD
PRINCIPIO DE CONCENTRACION
DILATACION PROCESAL
PRINCIPIO DE CELERIDAD
CONGESTION PROCESAL
DESCONGESTIONAMIENTO PROCESAL
ACTUACIONES PROCESALES SIN INMEDIACIÓN PRINCIPIO DE INMEDIACION
El cambio de paradigma
El moderno proceso
por audiencias como
eje del trabajo de los
tribunales
La oralidad con
inmediación como
método de trabajo en
audiencia
La Justicia como un
servicio esencial a la
sociedad: el justiciable
como centro
El juez como director
del proceso
Publicidad y
Transparencia
Características
de la o el juez
“Cuatro características
corresponden al juez:
• Escuchar cortésmente,
• responder sabiamente,
• ponderar prudentemente y
• decidir imparcialmente”.
Sócrates (470 AC-399 AC)
Filósofo griego.
El rol de la o el Juez en el COGEP
• Facultades (Poderes-deberes)
• Articulación de rol de “director” del juez con:
– Principio dispositivo
– Principio de congruencia
– Derecho de defensa – Debido proceso
INDEPENDENCIA Y
CARRERA JUDICIAL
DIRECCIÓN DEL PROCESO (ART. 3 DEL CO.GE.P.)
Rol de la o el Juez en el proceso
• ¿Cuáles son los límites de la función de la o del Juez
en el proceso?
• 4 figuras posibles:
– Juez espectador
– Juez omnipotente
– Juez protector de una de las partes
– Juez director
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
Juez director
• Solución intermedia
• Facultades (poderes-deberes) del juez son incrementados, pero
existe un equilibrio entre sus atribuciones y las facultades de las
partes
– Co-protagonista en el proceso y autoridad única
– No es dictador que prescinde de las partes, pero tampoco un mudo
espectador que se desentiende del litigio hasta su fin
– Encauza el proceso y lo orienta al descubrimiento de la verdad en los
límites de la congruencia y el debido proceso
• Bajo la figura del juez director, a su vez, existen distintos modelos
(mayores o menores potestades)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
Juez director
• “El proceso debe ser un proceso idóneo para el
ejercicio de los derechos:
– lo suficientemente ágil como para no
agotar por desaliento al actor y
– lo suficientemente seguro como para no
angustiar por restricción al demandado”
(Couture)
ROL DE LA O EL JUZGADOR DIRECTOR
DEL PROCESO
Tomar en cuenta ciertos principios como :
IGUALDAD DE LOS
LITIGANTES
CONCILIAR
LEALTAD , PROBIDAD
EN EL PROCESO Y
VERDAD PROCESAL
CONTRADICTORIO.
ROL DE LA O EL JUZGADOR DIRECTOR
DE LA AUDIENCIA
PERTINENCIA: Indicar a las partes los
asuntos a debatir y moderar sus
intervenciones
PUBLICIDAD: Grabadas solamente por el
sistema judicial. Se prohíbe fotografiar,
filmar o transmitir la audiencia.
PROCEDENCIA: Ordenar la práctica de pruebas.
ORDEN: Quienes asistan a las audiencias
deberán guardar respeto, silencio y acatar las
disposiciones judiciales para cumplir el objeto
de la audiencia
CONTINUIDAD: Presencia ininterrumpida de la o
del juzgador en las audiencias desde su inicio
hasta su culminación.
COMUNICACIÓN: Las partes podrán
comunicarse libremente con sus defensores
durante las audiencias, siempre que ello no
perturbe el orden
Ref.: Art. 80 y ss. COGEP
DESAFÍO EN EL NUEVO ROL DE LA O
EL JUZGADOR
UTILIZAR LAS TÉCNICAS Y HERRAMIENTAS JURÍDICAS EN
APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE CELERIDAD, INMEDIACIÓN,
OPORTUNIDAD,
CONCENTRACIÓN,
SIMPLIFICACIÓN,
MOTIVACIÓN E IMPARCIALIDAD PARA CONCILIAR EN AUDIENCIA.
CUIDANDO EL DEBIDO
PROCESO, TUTELA Y SEGURIDAD
JURIDICA DE LAS PARTES
DESCONGESTIONAMIENTO DE LOS
PROCESOS EN APLICACIÓN DE UN SISTEMA
DE JUSTICIA EN AUDIENCIA
CONSIDERAR EN AUDIENCIA

Manejo agenda
Dirección del proceso en audiencia
Intervención partes y abogados: límites
Complejidad y prueba a diligenciar en audiencia

Tiempo entre una y otra audiencia Contralor de admisión de prueba
 Notificaciones en audiencia
 Registro
Recursos en audiencia
EL ROL DEL JUEZ O JUEZA CON LAS PARTES
Y ABOGADOS













LAS PARTES:
Comparecer a audiencias o diligencias dispuestas.
Intervención directa y activamente.
Manejar la verdad.
Puntualidad en las diligencias judiciales.
ABOGADOS:
Comparecencia obligatoria a las audiencias.
Asesoramiento técnico jurídico adecuado.
Actuar con buena fe y lealtad procesal.
Manejar verdad procesal.
Actuación proactiva.
Control y calidad de la prueba.
Colaboración probatoria.
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
• Facultades del
Juzgador en
audiencia :
“...podrá indicar a las partes los
asuntos a debatir,
moderar la discusión,
impedir que sus alegaciones se
desvíen hacia aspectos no
pertinentes y
ordenar la práctica de pruebas
cuando sea procedente (...)”
(art. 80 inc. 2)
EL ROL DEL JUEZ EN EL PROCESO
• Facultades
del Juzgador
en
audiencia:
“...podrá limitar el tiempo del uso
de la palabra...interrumpiendo a
quien haga uso manifiestamente
abusivo o ilegal de su tiempo.
Ejercerá las facultades disciplinarias
destinadas a mantener el orden y
garantizar su eficaz realización.”
(art. 80 inc. 2)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
•
Facultades del
Juzgador en
audiencia:
“La o el juzgador dirigirá la
audiencia de tal manera que las
partes y el público comprendan
lo que ocurre”
(art. 80 inc. final)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
• Facultades del
Juzgador en
audiencia:
“La o el juzgador que inicie una
audiencia debe dirigirla y
permanecer en ella.”
(art. 81)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
• Admisión
de la
prueba:
“La o el juzgador dirigirá el debate probatorio con
imparcialidad y estará orientado a esclarecer la
verdad procesal.”
“...rechazará de oficio o a petición de parte la prueba
impertinente, inútil e inconducente.”
“...declarará la improcedencia de la prueba cuando
se haya obtenido con violación de la Constitución
o de la ley.” (art. 160)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN EL PROCESO
• Admisión de la
prueba:
“La o el juzgador podrá,
excepcionalmente, ordenar de
oficio y dejando expresa
constancia de las razones de su
decisión, la práctica de la prueba
que juzgue necesaria para el
esclarecimiento de los hechos
controvertidos. Por este motivo, la
audiencia se podrá suspender
hasta por el término de quince
días”.(art. 168)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS
• Audiencia
preliminar:
“Las manifestaciones de dirección de
la audiencia,
incluso la proposición de fórmulas de
arreglo entre las partes y las
ordenadas para el cumplimiento de
las actividades previstas en la
misma, en ningún caso significarán
prejuzgamiento.”
(art. 294 numeral 8)
EL ROL DE LA O EL JUEZ EN LA DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS
• Facultades
correctivas se
prevé que los
jueces y
juezas
pueden:
– Devolver los escritos
ofensivos o injuriosos, sin
perjuicio de la sanción que
pudiera imponer
– Expulsar de las actuaciones
judiciales a quienes alteren su
desarrollo o atenten contra su
legal evolución
(131 del COFJ.; Disposición Reformatoria
Segunda del COGEP.)
Herramientas para el nuevo rol
de la o el Juez en el COGEP
El COGEP
consagra
Los
principios
procesales y
sus diversas
aplicaciones
Habilidades
y destrezas
para la
dirección de
audiencias
LA PRÁCTICA